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EJE 4: Estructura, niveles y modalidades En el presente documento se transcribieron los diferentes registros provenientes de los informes enviados por las escuelas a propósito de la 1° Jornada de Debate por la Nueva Ley Orgánica de Educación realizada en las escuelas de la Provincia de Río Negro. Esta acción se realiza a los fines de garantizar la transparencia a través de la publicación de los aportes mencionados en la página web del Ministerio de Educación de Río Negro. Las transcripciones y aportes que luego se detallan, son las correspondientes al Eje 4: Estructura, niveles y modalidades. La lectura de la totalidad de los registros nos permite ubicar las tendencias mayoritarias y los consensos en cada caso e identificar las disidencias respetando la textualidad de los documentos recibidos y, por otro lado, otro lado impide el acceso al nombre o número de cada escuela resguardando la identidad de los informantes según lo establece la lógica de la investigación cualitativa. A su vez permite que cada escuela pueda acceder a la sistematización que se ha hecho de su aporte ingresando al SAGE. Cantidad de registros: 364 Cantidad de registros para este eje: 371 1-En el artículo 46 para su cumplimiento es necesario la creación de jardines maternales que dependan del gobierno provincial con la designación de los cargos a partir de la junta de clasificación ya que en estos momentos sólo contamos con maternos a cargo del municipio. 2-Todo a todos. Encontramos en el documento que se hace referencia a la educación artística pero no se ve ningún planteamiento de que lugar se la toma para poder debatirla. 3-Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. 4-Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). 5-Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. 6-Equipos técnicos: reposicionar. 7-El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. 8-Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo?. Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas? La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes).

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Page 1: Primer Jornada Eje4

EJE 4: Estructura, niveles y modalidades

En el presente documento se transcribieron los diferentes registros provenientes de los

informes enviados por las escuelas a propósito de la 1° Jornada de Debate por la Nueva

Ley Orgánica de Educación realizada en las escuelas de la Provincia de Río Negro. Esta

acción se realiza a los fines de garantizar la transparencia a través de la publicación de

los aportes mencionados en la página web del Ministerio de Educación de Río Negro.

Las transcripciones y aportes que luego se detallan, son las correspondientes al Eje 4:

Estructura, niveles y modalidades.

La lectura de la totalidad de los registros nos permite ubicar las tendencias mayoritarias

y los consensos en cada caso e identificar las disidencias respetando la textualidad de

los documentos recibidos y, por otro lado, otro lado impide el acceso al nombre o

número de cada escuela resguardando la identidad de los informantes según lo

establece la lógica de la investigación cualitativa. A su vez permite que cada escuela

pueda acceder a la sistematización que se ha hecho de su aporte ingresando al SAGE.

Cantidad de registros: 364

Cantidad de registros para este eje: 371

1-En el artículo 46 para su cumplimiento es necesario la creación de jardines maternales que dependan del gobierno provincial con la designación de los cargos a partir de la junta de clasificación ya que en estos momentos sólo contamos con maternos a cargo del municipio. 2-Todo a todos. Encontramos en el documento que se hace referencia a la educación artística pero no se ve ningún planteamiento de que lugar se la toma para poder debatirla. 3-Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. 4-Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). 5-Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. 6-Equipos técnicos: reposicionar. 7-El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. 8-Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo?. Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas? La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes).

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¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar 5 años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro? (Laboral, estudios superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? Discusión sobre presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la Provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Se valora el interés puesto en la Educación Superior (revisar profundamente). 190 días de clases hay que vincularlos a la calidad. Considerar que otro tema a incluir en la ley es que las escuelas merecen la sala de 3 años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de "obligatoriedad. 9-Para el tema de la inclusión habría que tener un técnico psicopedagogo que nos asista continuamente. Y se necesita urgente y eficaz para contribuir al proceso educativo. Se requiere mayor apertura social de las escuelas técnicas y mayor contacto con otras instituciones sociales. Aprovechar las delegaciones como intermediarias para gestionar encuentros y capacitaciones destinadas a la escuela de la misma orientación. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. 10-Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". 11-Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 12-La Institución con respecto al Art. 1, opinan que la obligatoriedad de la escolarización desde los 4 años al secundario es ideal, pero la realidad demuestra otra cosa (falta infraestructura y equipamiento) y con el secundario se preguntan por la deserción, de qué manera se los obliga? Promoviendo la universalidad del Nivel Inicial y siendo igualitaria no se tiene en cuenta la particularidad o necesidad de cada niño, ni los intereses de los niños. En cuanto al derecho de educación gratuita, que esto realmente se cumpla. El Art. 2º respecto a los 190 días de clases resulta casi imposible cumplir con los 180 días anteriores, teniendo en cuenta razones externas como: falta de agua, feriados, etc. y que en los últimos años se ha llegado a los 160 días. El Art. 4º unificación en un nivel integrado: inicial-primario y medio, no se tiene en cuenta la infraestructura. Los equipos técnicos deberían ser por escuela o por localidad, porque la zona abarca es amplia. Consideramos de gran importancia que se revean las funciones del equipo técnico, los espacios que abarcan, esto posibilitara un verdadero seguimiento de cada niño con NEE y no sólo diagnosticando, que brinden estrategias para trabajar con algunos chicos y que dialoguen con los docentes. Estos sienten que a medida que transcurra el tiempo, deben atender cada vez más a diversa situaciones que se les presentan en el aula.

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13-Acordamos con la universalización del Nivel Inicial, siempre y cuando se brinden las condiciones edilicias, de infraestructura, presupuesto, recursos humanos, capacitación del personal, etc. Asimismo consideramos que debe tenerse en cuenta el número de niños por sala. 14-Obligatoriedad hasta la finalización de la escuela secundaria: no garantiza una educación de calidad, las políticas que se implementan priorizando la promoción de alumnos implican, en cierto sentido, un vaciamiento de contenidos, fomenta la falta de responsabilidad con el estudio, etc. 15-Sin sugerencias siempre y cuando las condiciones edilicias sean las correspondientes. Asimismo consideramos que 10 días más de clases no afectan ni influyen en la calidad educativa. 16-La implementación del ciclo básico en Nivel Medio implica la supresión de algunas asignaturas y, por ende, de profesores y/o puestos de trabajo. La no existencia de materias equivalentes contribuye al vaciamiento de contenidos, la baja en el nivel educativo, menor nivel de capacitación y de preparación para la Universidad. El no limite de edad no es favorable dado los diferentes intereses de los alumnos del mismo establecimiento. 17-Una docente hizo hincapié en su preocupación por la edad de los egresados en el ciclo superior, considerando que es necesario contemplar y garantizar el ingreso al sistema laboral. Con respecto a extender el ciclo lectivo a 190 días, nos preguntamos si ello garantizaría mas y mejores aprendizajes, si garantizaría mejorar la calidad educativa. Con condiciones edilicias optimas, acuerdos salariales coherentes con la realidad económica, antes del inicio del ciclo lectivo, designaciones docentes en tiempo y forma se estaría en condiciones de garantizar la transformación que se pretende, sin necesidad de extender el ciclo lectivo. 18-El Art. 3° que sustituye el Art. 46°, se contradice con el primer articulo con respecto a la Educación Primaria ya que no queda claro ni preciso en cuanto cuando dice" se promoverá el logro parcial de los objetivos de la formación general obligatoria ... de esta ley", ¿que significa parcial? ¿Seria una evaluación subjetiva? ¿Quienes realizaran esta determinación? El Art. 4° que sustituye al Art. 47°, continúa dejando de lado al Nivel Inicial desde su comienzo, realizando un corte arbitrario del mismo, ya que solo promoverá los dos últimos años del Nivel. 19-Art. Nº 3 - de la ley 4737 sustituyese Art. Nº 46 de la ley 2444 pedimos que garantice el cumplimiento de la universalización del nivel inicial desde los 45 días a los 5 años entendiendo la importancia de la atención de la franja etaria que tiene el nivel ya que la realidad Rionegrina no lo garantiza. 20-Si bien se tiene en cuenta el cumplimiento de la formación general obligatoria, tal como lo establece el Art. Nº 4 de la ley 4737 sustituyese Art. Nº 47 de la ley 2444 es necesario crear salas de tres y educación maternal publica que no existen en la mayoría de las regiones de Río Negro. Crear cargos vice directores /as, maestros /as, preceptores/as en jardín de infantes y jardines maternales, maestros especiales de música y educación física. La revisión y ampliación de las plantas funcionales de los Jardines de Infantes y Maternales Públicos creando los cargos necesarios a cubrir en toda la provincia en virtud de garantizar el derecho social a la educación para todos los niños y niñas.

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21-Artículo 1º Se acuerda con la universalización de la educación a partir de los 4 años. Se plantea como inquietud: ¿De qué forma se garantizará la obligatoriedad? Al no limitar las edades para cada nivel ¿ Qué ocurrirá con los desfasajes en las edades de los diferentes alumnos? En cuanto al artículo 4to de la ley 4737, surge la cuestión de la obligatoriedad sin tope ampliada al secundario y se acuerda el aspecto positivo de la misma. Artículo 39: en cuanto a la extensión del ciclo lectivo de 180 a 190 días, se hace referencia a la forma de implementación de la misma. Se habla de la posibilidad de dar clases los sábados. Se sugiere que se especifique más claramente donde se contemplaría esos días ya que por ejemplo, los espacios no son evaluados en esta. "Sin modificar la ley anterior se habla de tope mínimo de 190 días". 22-Se hace referencia a las costumbres perdidas en el tiempo y la responsabilidad de los padres. Como solución o alternativa se habla implementar talleres de puericultura o talleres para padres y madres evitando así el destierro del infante del seno familiar tempranamente con las consecuencias que conlleva. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". 23-Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 24-Apoyamos la recuperación del espacio artístico y las escuelas técnicas para brindar variedad de opciones a los jóvenes y sus familias y que permitirá una más rápida inserción de los adolescentes al mundo del trabajo. 25-Apoyamos la recuperación del espacio artístico y las escuelas técnicas para brindar variedad de opciones a los jóvenes y sus familias y que permitirá una más rápida inserción de los adolescentes al mundo del trabajo. Coincidencia en la necesidad de cumplir con los 190 días de clase. En acuerdo.Se objeta la falta de mención de escuelas nocturna para adultos. 26-En el art 3 de la ley nº 4737. Si bien estamos de acuerdo en la orientación de atención de niños y niñas entre su nacimiento y los 5 años de edad, iniciando su formación general, creemos que las salas de las escuelas rurales, necesitaran de más docentes debido a la demanda de atención que requieren los niños por encontrarse en una multisección con edades diferentes. 27-los aprendizajes que se construyan en la escuela deben estar relacionadas con la realidad local, regional, nacional y latinoamericana, es por ello que seria interesante proponer escuelas con orientaciones, con talleres de oficios, etc.

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28-para la inclusión se debería trabajar articulando los diferentes grados y niveles e integrando las diferentes áreas curriculares. Los docentes deben compartir las experiencias, las opiniones, incluyendo a los maestros especiales e integradores. 29-La educación artística es tan importante como el resto de las áreas curriculares, teniendo en cuenta que permite al niño desarrollar su imaginación y creatividad, entre otras oportunidades que le brinda para construir su aprendizaje. 30-tanto las escuelas rurales como adultos, técnica y especial deben tomar la misma importancia que el resto de la educación para poder hablar de una educación que brinde todo a todos. Deben ser tenidas en cuenta en cualquier decisión que se tome que afecte a la escuela y se les debe brindar igualdad de oportunidades. 31-A que edad se refiere cuando habla del término de la escuela secundaria, si los 190 días es garantía de calidad. 32-Dentro del Art. 3º consideran que no es factible o pertinente, y dentro de la obligatoriedad desde los 4 años falta definir edad, infraestructura, decisión de familia y apuntan a la cantidad y no a la calidad educativa. 33-El Derecho a la Educación Gratuito, en todos sus niveles, debe establecerse desde los tres años hasta la finalización de Nivel Medio. 34-Ampliar la obligatoriedad desde los cuatro años hasta completar la escuela secundaria es sin lugar a dudas un avance en la preparación de los alumnos para insertarse en la vida social y laboral y por lo tanto ayuda al crecimiento del país en todos los niveles. La cantidad de días de clases no mejora la educación, sino poder y saber seleccionar los contenidos. 35-Apoyo profesional del equipo de ETAP y de Supervisión. Implementar jornada extendida, dado que esta institución necesita de este proyecto. Que se contemple la apertura de nuevos espacios educativos de articulación entre niveles. 36-Obligatoriedad desde 4 años: - Es positiva esta implementación Quedan dudas de cómo se va a instrumentar. - La obligatoriedad de la sala de 4 años estaría bien, si todas las instituciones contaran con las instalaciones necesarias para ello, al igual que para el maternal. e incluso los jardines que no pueden tener las salas de 3 años. 37-Al ser nuestra institución una escuela bilingüe con doble escolaridad vemos todo el trabajo que hacen nuestros alumnos todos los días y creemos que continuar con los 180 días es lo más acertado teniendo en cuenta la necesidad de descanso y el tiempo para recuperar energías de los alumnos. 38-Existe contradicción entre lo que propone la ley (190 días) y la unificación de todos los niveles. La buena formación de los alumnos no se garantiza con estas dos características mencionadas. - Hay que diferenciar a las escuelas de doble jornada. - Poco realista con el calendario de feriados nacionales. - Difícil en secundaria con 3 semanas de período complementario. - Se habla, en general de la escuela pública, en la que mayoritariamente hay más falencias, y de un cumplimiento de 190 días de clases, que nunca se lograron, nos preguntamos cómo puede hacerse posible si el ciclo lectivo comenzó el 28 de febrero y entre el 1 y 7 de marzo se hicieron las primeras jornadas. (a días de que los chicos asistan a la escuela), por ejemplo, sin contar otras eventualidades por las cuales durante todo el año, los alumnos no asisten a la escuela. 39-Art. 4: Pensamos que las autoridades de los establecimientos deben tener la autoridad para decidir si se promueve a sus alumnos o no teniendo en cuenta el proceso que ha realizado cada uno de ellos.

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40-Alargar el ciclo lectivo porque hay que cumplir cierta cantidad de días de clase no es garantía de mejor educación. 41-Muy generales e indefinidas las metas y objetivos de cada etapa. - Dio buenos resultados incorporar 7º al nivel secundario. (por lo pedagógico y por la etapa evolutiva) - Definir algún sistema de articulación entre la secundaria y la universidad. - ¿qué sucede con los institutos de formación docente y el diseño curricular? - Debería haber un sistema de regulación de lo que está pasando en las aulas. - La unificación en un nivel desvaloriza el esfuerzo que el alumno debe tener para la obtención de logros, como estímulo y motivación para la vida. 42-Art. 2º: de acuerdo a nuestra humilde opinión es imposible cumplir con un calendario de 190 días debido a que hay muchos feriados ¿Qué sucederá con el período complementario? ¿Está incluido dentro de los 190 días? 43-Coincidimos con el ingreso de todos los sectores de la sociedad a la escuela media con todo nuestro compromiso como docentes y con los apoyos que a diario vemos como necesarios (personal adecuado para ayudar, horas para apoyo, materiales didácticos) ¿Los 190 días son realmente una garantía de aprendizaje y buenos procesos educativos? Ya que se hace muy extenuante para los alumnos y profesores. Además, los alumnos no se presentan a rendir. Respecto a las educativas o trayectorias diferentes, para los casos particulares de alumnos problemáticos, debería existir no sólo alternativas de escuelas nocturnas que hay alternativas que valoricen, no discrimen y les den acceso a un título u oficio. 44-Que exista una oferta académica en oficios para escuela media. 45-Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 46-En cuanto a la promoción de la universalización de carácter obligatorio de la escolarización de los 4 años de edad hasta la finalización de la escuela secundaria estamos de acuerdo con ello, pero: ¿Quién debe procurar que esta normativa se cumpla? Qué escuela secundaria necesitamos para que la mitad de los jóvenes no abandonen el desafío entre 1º y 2º año. ¿Qué lugar ocupará la educacion artística? ¿debe dársele mayor relevancia y horas cátedras. El pensamiento divergente de este tipo de educacion no puede estar ausente en la formación integral de niños/as y adultos/as. 47-Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). Que la ley contemple

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¿como¿ hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde segundo grado. Los chicos de 17 que no quieran estudiar ¿permanecerán en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No está clara la finalidad de la educación media ¿media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/prepara para el mundo del trabajo? Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas. La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingreso, CVC) de lo que la escuela no logra alcanzar (en contenidos, en actitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar cinco años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Temas prioritarios: queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro (laboral, estudio superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? ¿Qué pensamos frente a la Ley? Discusión sobre el presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Plenario: considerar que otro tema incluir en la ley es que las escuelas merecen las salas de tres años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de obligatoriedad. 48-Art. 2: No queda claro cómo se va a implementar la obligatoriedad de 190 días de clase cuando actualmente no se llega a los 180. Además, surge el interrogante acerca de si la obligatoriedad del cumplimiento es sólo para el docente, dada la permisividad de la reglamentación con respecto a las inasistencias de los alumnos/as. 49-Art. 3: Surgen interrogantes acerca de la ¿estructuración¿ de los niveles, parecen no estar incluidas las escuelas nocturnas. Realizar un control y seguimiento de la nueva propuesta educativa a que se llegue, con evaluaciones del proceso realizado. 50-Art. 4: No queda clara la idea de ¿integración¿ de los niveles. La planificación en todos los niveles de políticas de inclusión que no vayan en desmedro de la calidad educativa flexibilizando exigencias en cuanto a inasistencias y rendimiento académico de los alumnos, sino que generen una vinculación real de la contención social con la producción de aprendizajes. 51-La creación de una estructura de cargos docentes con carga horaria frente a alumno y carga horaria para tareas de planificación y evaluación, con carga horaria también para actividades complementarias en contra turno (clases de apoyo, talleres, etc.). 52-La creación de trayectos escolares de óptima calidad alternativos a la escuela secundaria común, para aquellos adolescentes que por diferentes dificultades necesitan otro sistema que los incluya y les proporcione saberes de otra índole. El sistema de evaluación y acreditación de los alumnos. Nuestra escuela ha sugerido en documentos anteriores la necesidad de retornar en la instancia de febrero al tribunal examinador. Los resultados obtenidos es estos años demuestran que el período complementario de febrero no es óptimo, con gran ausentismo y poco compromiso de los alumnos con la preparación de la asignatura y escaso acompañamiento de la familia. La articulación entre escuela primaria y secundaria. Consideramos que el gran fracaso y repitencia que se produce en primer año es en buena medida consecuencia de la falta de articulación entre ambos niveles, de la carencia de hábitos de estudio y de conocimientos de los alumnos que ingresan a primer año. 53-Rediscutir cuál es la función de la educación artística. Se plantea que se considere a los Equipos Técnicos en el sistema Educativo en la nueva ley de Educación, revisando en los ETAP la mirada tecnicista para darle otro sentido a la tarea que se realiza, es fundamental un cambio de denominación.

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54-Se pide analizar el tema de articulación entre niveles para evitar fracasos en Media y Terciario. En cuanto a la obligatoriedad del nivel inicial no se cuenta con la cantidad suficiente de salas para cuatro años, la oferta y la demanda no es equitativa. Respecto a los 190 días expresan que es casi imposible llegar a esa cantidad, dado los recesos, feriados y espacios institucionales ( ...) Y a su vez es importante analizar qué sucede con el ciclo superior que pareciera estar desarticulado con el ciclo básico al no poder continuar con la transformación propuesta en el año 2008. Sería importante rever los contenidos de cada área o asignatura como así también la carga horaria de las misma para asegurar la formación integral básica de los ciudadanos. Art. 1º: Acordamos con la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta la finalización de la escuela secundaria. 55-Art. 2º: La cantidad de días no garantiza la calidad educativa de nuestros alumnos. 56-Establecer los temas como educación sexual integral, en contenidos transversales de cada espacio curricular. La educación artística debería estar a la altura de los demás espacios curriculares. Las modalidades deben responder a las realidades locales y a las necesidades locales. La escuela deberá atender a la transversalidad en los tres campos de contenidos (conceptuales, actitudinales y procedimentales) y una verdadera articulación entre los tres niveles educativos para hacer efectiva la formación integral del alumno. Es necesario discutir: calidad educativa, perfeccionamiento Docente contínuo en todas las áreas y niveles por parte del estado, jornadas completas para nuestros alumnos, sueldos dignos para los Docentes, escuelas equipadas, no volver a la estructura cíclica de años que hacen que los alumnos pasen y pasen sin aprobar los lineamientos de acreditación que se cambian por orientación. Como temas prioritarios, deseamos resaltar la valoración en todo esto del Diseño Curricular, ya que este es el instrumento que guía nuestra práctica cotidiana y en donde se especifica los contenidos y estrategias prioritarias en este nivel. 57-Se observa que la cantidad de días de clases estipulados no mejora o garantiza la Calidad Educativa. Habría que tener en cuenta otras variables, como: Modificar y unificar la modalidad (todas las escuelas de la Provincia deberían ser o de jornada Simple, o de jornada completa, o de jornada extendida de una hora más). Recurso humano necesario. El cual incluye la creación de cargo por escuela y permanentes de maestros preceptores, parejas pedagógicas e integradoras de acuerdo a las necesidades y demandas de los alumnos y la institución. 58-Que se garantice la permanencia o continuidad de los cargos solicitados anteriormente. Un mayor apoyo de los equipos técnicos dado que por más que se cuente actualmente con los mismos son insuficientes ante la gran demanda que existe. 59-Al realizar la lectura de la nueva Ley vemos que en Bariloche la obligatoriedad en las salas de 4 años no está garantizada por la falta de espacios físicos. Es notoria la escasez de Jardines Independientes. Se plantea la necesidad de que las salas de los Jardines Maternales estén a cargo de docentes. Se contempla a los alumnos mayores de edad dentro de la educación obligatoria y gratuita. El proceso educativo es planteado en términos cuantitativos mientras que consideramos que debería primar la calidad. La Modalidad EDJA no aparece mencionada de forma explícita en la estructuración de los niveles. En la realidad CENS EXCLUIDOS DE PROGRAMAS TECNOLÓGICOS. Es una concepción muy pobre respecto de los objetivos de la EDJA.

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El espíritu de ambas Leyes no contempla a la EDJA como Modalidad en el Nivel Medio, se deberían garantizar los espacios necesarios y sistemáticos de equipos interdisciplinarios para incorporar a la EDJA a las Discusiones de la Política Educativa. 60-Nos surge un interrogante ¿quedarán excluidas las salas de 3 años del nivel inicial que hoy están funcionando?,porque en el Artículo 1º de la Ley 4737 no lo menciona. 61-en el artículo 4º de la Ley 4737, en donde sustituye el artículo 47º de la Ley 2444, nos preguntamos ¿A qué se refiere con la progresiva unificación en un nivel integrado en los dos últimos años de nivel inicial, la totalidad del nivel primario y del nivel medio? Otra de las sugerencias que creemos importante es que contemple la ley, la obligatoriedad de INGLES, dentro de la carga horaria del Nivel Primario (Escuelas Primarias Comunes, en sus áreas curriculares) así se podrá agregar en el nomenclador el cargo de "Maestro de Inglés" del Nivel Primario, como están los maestros de áreas especiales. No es productivo incluirlo en las horas de jornada extendida, en escuelas de esa modalidad, mientras en otras escuelas primarias sin extensión horario se incluye dentro de la carga horaria del II ciclo y 7mo grado. Si es obligatorio inglés, tiene su currículum propio emanado del Ministerio de Educación y Cultura de la Pcia de Río Negro, está para evaluar en el boletín, entonces porque no está en una ley su obligatoriedad en II ciclo y 7mo grado del Nivel primario y dentro de la carga horaria de la Escuela Primaria Común. 62-La DIRECTORA OPINA Y VICE QUE LA ESCUELA PRIMARIA CON J/EXTENDIDA debería contemplarse en la nueva ley, como escuelas de Jornada Completa, para poder tener marco legal que sustente, con el mismo maestro de grado haciendo una prolongación horaria diaria de 07 horas, para el alumno que no supere las 06 hs. y 30 minutos diarios ( incluída la hora de comedor con acompañamiento del docente de cada grado) y 30 minutos diarios para que el docente de grado y responsable por ende la prolongación horaria pueda evacuar dudas en dirección, o viceversa, recibir sugerencias del director y/o acomodar su sala para la jornada del día siguiente de 6:30hs frente a sus alumnos y 07hs de carga horaria diaria. Trabajando cada docente con proyectos, en la prolongación horaria, de acuerdo a la realidad aúlica, con tiempos estipulados para cada proyecto atendiendo siempre a las dificultades de aprendizajes observadas en su grado y con solo efecto de superarla. No deberán faltar proyectos del área de lengua, matemática, de ciencias y para aprender a aprender. No más de 06:30 hs de permanencia los alumnos en la escuela. 63-En cuanto al artículo 39 que referencia los 190 días de clases, en el presente documento, consideramos que no sólo se trata de cantidad de los aprendizajes sino calidad de los mismos, haciendo referencia a lo expuesto anteriormente, que las situaciones de aprendizaje sean en condiciones adecuadas de habitabilidad, seguridad e higiene, según lo establecen las reglamentaciones vigentes. 64-Año tras año vemos como principal problemática de muchas escuelas rurales, también la nuestra, que la falta de condiciones edilicias, de alimentos, de transportes, actúan como factor determinante y llevan indefectiblemente a la pérdida de días de clases. Observando que por año la pérdida es de más de treinta días de clases. Con la terrible experiencia del año anterior donde nuestra institución perdió más de 3 meses de clases por falta de condiciones edilicias. En lo que corresponde al artículo 46 nos parece primordial universalizar la educación inicial, ya que esta constituye una etapa crucial e irrepetible, donde se estructuran las bases fundamentales del desarrollo cognitivo, emocional y ético de toda persona, adquiriendo aquí aprendizajes significativos. 65-Que los proyectos nacionales que se promuevan se realicen en concordancia con las reglamentaciones vigentes en nuestra provincia. Incorporación de áreas especiales a las escuelas rurales. 66-Para evitar la deserción escolar, y promover la contención de los alumnos en la escuela debe contemplarse la cantidad de alumnos por curso, evitando la superpoblación en las aulas.

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Orientaciones con salida laboral y formación base para el ingreso a la universidad. 67-Art.2 No se acepta la modificación del artículo 46º de la Ley N º 2444 por las siguientes razones: El año escolar no alcanza para dar cumplimiento a los 190 días hábiles de clases, la realidad aí lo acredita en los registros anuales. Existencia de un calendario escolar (atr. De la ley 2444) con períodos definidos, para nuestra zona de Marzo a Noviembre, con distribución de los Espacios Institucionales, Capacitación en servicio, entre otros espacios ganados por el conjunto docente para debatir y buscar estrategias de solución a las problemáticas socio-pedagógicas de cada comunidad educativa. Cabe preguntarles ¿Por qué 190 días de clases? ¿Es la cantidad lo que garantiza más y mejores aprendizajes? Los que transitamos a diario las aulas sabemos que son múltiples los factores que inciden en los aprendizajes de nuestro alumnado. Art.4) no resulta clara la frase..." promoverá la progresiva unificación en un nivel integrado"...dado que se desconoce su alcance. Con respecto a este articulo consideramos que no estamos de acuerdo en cumplir 190 días, por que hay que garantizar la CALIDAD por sobre la CANTIDAD. Estamos de acuerdo en la estructuración de los distintos niveles, esto se tendría que unificar en toda la Republica Argentina. Acordamos en que todos los niveles estén articulados ya que desde la práctica esto no se lleva a cabo. 68-Se considera que 10 días más de clase (190) no garantizan mejor calidad de educación, por lo tanto es una idea que se rechaza. Es claro que la cantidad no hace a la calidad. Criterios de Promoción. 69-Es sustancial el acompañamiento de un equipo técnico que ayude al docente, para la mejora de las prácticas educativas. 70-Art Nº 2: 190 días hábiles de clases. Nos preguntamos: sigue el período complementario?, ese periodo y los tres días de exámenes previos y libres se encuentran dentro de los 190 días o hay que sumarlos? ¿Tendremos que venir a la escuela después de las fiestas? 71-La ley aclara que se atenderá la educación desde el nacimiento hasta... quiere decir que se crearán guarderías? pensamos que esta deberá financiarla el desarrollo social que no es debate del ministro de educación. La consecuencia es una discriminación en el presupuesto educativo. Con ese dinero se mejorarían las condiciones de trabajo para alumnos y docentes, condiciones edilicias, capacitación, etc. 72-Consideramos positivo la aplicación de la obligatoriedad de la educación desde los 4 años... Estamos de acuerdo en cuanto a la obligatoriedad del ciclo secundario siempre y cuando se respete la concurrencia teniendo en cuenta su etapa evolutiva (no tener alumnos de 17 años en 1º año).En la escuela rural, dadas las distancias...¿Como se implementaría? A partir de nuestra experiencia, como docentes de escuela Hogar, no acordemos con la institucionalización de niños pequeños, hecho que genera desarraigo de su núcleo primaria. Hay códigos emocionales y lazos afectivos insustituibles que solo les brinda la familia y en particular la madre. 73-Es necesario desde el vamos permitir el acceso y continuidad de los adolescentes de parajes rurales al nivel. Para ello primordialmente hay que crear Residencias y mejorar las condiciones de habitabilidad en otras. Facilitar becas y transporte a los lugares de origen. Instrumentar sistemas de educación media de adultos para áreas rurales, en lo posible con orientación laboral. 74-Talleres productivos y áreas especiales: Implementar algún sistema de docentes itinerantes para áreas especiales, y uno o dos talleres por escuela, relacionados a la producción de la zona.

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75-Revaluar proyectos que se han implementado en algunas escuelas y han permanecido, planteando diferencias con las otras, si se consideran positivos extenderlos a todas para asegurar igualdad dentro de las modalidades. 76-A la expresión ¿...ampliar la obligatoriedad de la educación inicial desde los 4 años¿... promover la universalización del Nivel Inicial y la mejora pedagógica", nos preguntamos: Hasta que punto es obligatoriedad cuando éste no es requisito para ingresar a la escuela primaria? 77-Están los espacios necesarios para dar cobertura a todos y todas los niños/as de 4 años en los Jardines de Infantes actuales? Como se va a instrumentar la universalización del nivel y la mejora pedagógica? En que espacios-instituciones, puesto que pensando en nuestra zona no contamos con ningún jardín maternal ¿Quienes tendrán la oportunidad, quienes tendrán el privilegio? ¿para quiénes esta pensado? ¿en que instituciones? En el Art. 3° que modifica el Art. 46 expresa "a) para el Nivel Inicial: se orientara hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los (5) cinco años de edad inclusive, iniciando su formación general"¿.nos preguntamos ¿a que se refieren cuando hablan de atención? ¿Por que no hablan de educación? ¿a que se refieren con formación general? ¿Quienes se ocuparan de esta tarea? ¿en qué instituciones? ¿será en jardines maternales? ¿por que se habla de formación general y no educación integral? Cuando expresa que serán 190 días de clase, nos preguntamos: ¿más días es garantía de más calidad? ¿y las condiciones, los espacios adecuados? 78-Se solicita la determinación de límites de edades para los distintos niveles educativos y/o la incorporación a los sistemas nocturnos. 79-Se conversa sobre la necesidad de revisar los mecanismos de evaluación, calificación, acreditación y promoción en los distintos niveles, como así también establecer claros regímenes de asistencia. 80-Es importante aclarar que los 190 días de clase incluyen los períodos complementarios, para que no se pudieran plantear exigencias al respecto por parte de padres de alumnos que hubieran aprobado el curso durante el período general de clase. 81-Hace mucho tiempo, durante la intendencia del Sr. César Miguel, existía en el CENS 4 un espacio de guardería para los/as niños de nuestros alumnos, atendidos por mujeres del plan Madres Cuidadoras. Funcionó bien durante algún tiempo, pero luego estas señoras dejaron de concurrir y el servicio de guardería se interrumpió. También la escolarización secundaria es obligatoria desde hace 6 años. Sin embargo, es importante el número de alumnos que no tienen vacantes para ingresar a primer año. Nuestro CENS en particular, tiene casi 20 inscriptos con edades que oscilan entre los 15 y los 17 años, en espera de la Resol. de creación del CEM, cuyos padres estaban muy preocupados debido a que el inicio de clases se posterga, y la falta de novedades al respecto genera mucha incertidumbre en toda la comunidad educativa. 82-Totalmente de acuerdo con garantizar un mayor número de días de clase, pero es dificil llegar a los 190 planteados por ley, salvo contando el período complementario. Es importante la cantidad de días, pero también la calidad educativa, que ha ido declinando en los últimos años, siendo reemplazada por la indolencia y el facilismo, camuflados bajo el manto de una falsa inclusión, que deviene en una forma de exclusión oculta tras la fachada de retención y permanencia escolar, paro sin brindar educación de calidad para todos/as, y "sin aprender lo necesario y fundamental", como es la denominada "exclusión inclusiva" 83-Siendo nuestro CENS una escuela comercial, es preocupante la implementación de las modalidades, especialmente por cuánto está en juego la apertura de un CEM anexo al CENS 4. Es importante conservar la modalidad comercial por cuanto es fundamental en el proceso de

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articulación e integración entre EPJA y Formación para el trabajo. Hay una especialización que ha teniendo poca difusión en la provincia y que se complementa a la perfección con la modalidad comercial, que es cooperativismo. Los valores de participación, solidaridad y cooperación deben promoverse desde la escuela y esta especialización es ideal para hacerlo. 84-Sería importante una aclaración respecto de la unificación de niveles. 85-Que los centros de crianza se definen como Jardines Maternales, integrados al Sistema Educativo Provincial; 86-Creemos que es necesario garantizar el Nivel Inicial a través de un estudio sociológico de la franja etaria, con proyección a diez años como mínimo, a fin de establecer, con una evaluación sostenida, la construcción de edificios escolares (aplicando la arquitectura correspondiente a su función) que eviten al hacinamiento (que tienen actualmente), que tengan las condiciones acústicas necesarias para la comunicación y que faciliten el desplazamiento de persona con discapacidades físicas. 87-Consideramos que las reformas llevadas a cabo de manera imprecisa vapulean a los seres humanos, protagonistas del proceso educativo: docentes y alumnos. 88-La continuidad de los alumnos en la institución escolar se relaciona con la continuidad de los docentes, conformando una comunidad educativa. Sólo así se puede crear un vínculo que haga frente a la cultura de la dispersión. De allí que resulta necesario que exista un cuerpo docente estable en cada establecimiento y también creemos que el acceso a la tarea de enseñar debería partir de concursos de antecedentes y oposición, y de un examen psico- físico realmente efectivo y creíble. Es el único modo de empezar a establecer seriedad, respeto y eficiencia laboral que fueron diluyéndose con los años. 89-Con respecto al primer punto sostienen que no están dadas las condiciones edilicias fundamentales para dicha implementación, sobre todo con respecto a las salas de 4 años que recurren al sorteo para cubrir los pocos bancos que pueden emplear en esa sección, dado que es prioridad los niños de cinco años. Para que todos los chicos puedan transitar y egresar de la escuela secundaria, es necesario que existan grupos pedagógicos de apoyo, destinados a estimular y realizar un seguimiento serio, de los alumnos que han presentado dificultades de escolaridad primaria y con los que se trabaja en los períodos complementarios, con los ETAP y ahora con trayectorias. No nos olvidamos de la cantidad de demandas que se realizan y los pocos cupos de atención que se nos brinda para solucionar problemáticas en el aula. Con respecto al segundo punto, los docentes opinan que nunca han llegado a los 180 días hábiles de clases y con cada vez más feriados es imposible cumplir con esa meta y menos aún, con 190. Sentimos que si bien en las normativas y leyes se menciona al Nivel Inicial, en la práctica no ha sido prioridad en las políticas educativas. El Artículo 46 organiza la estructuración de los niveles: en el primer escalón se encuentra el Nivel Inicial abarcando desde el nacimiento hasta los 5 años de edad. ¿Por que entonces se crean Instituciones paralelas como los Centros de Crianza? ¿Dichas instituciones son creadas y sostenidas con financiamiento provincial o nacional, instituciones que atienden a nuestros niños desde el nacimiento hasta los 3 a 4 años de edad sin personal especializado, sin ningún tipo de control. Otros de los temas que surgió en el Debate es la necesidad urgente que manifiestan los Docentes de poder contar con gabinetes psicopedagógicos para los niños que se encuentran en el proyecto de inclusión, aunque sea por localidad. 90-La zona de Valle Medio presenta una realidad compleja, con siete localidades distantes unas a otras, y el personal que apoya a los docentes es escaso. Solo podemos contar con el maestro integrador una vez o dos veces por semana. Consideramos que el proceso de debate que concluirá el 30 de septiembre como se estipula en el articulo 150, no debería significar la perdida de otros espacios institucionales importantes que necesitamos.

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Los Espacios institucionales para la construcción, revisión, reestructuración y evaluación de los Proyectos Educativos Institucionales deberán ser tenidos en cuenta en el Calendario Escolar 2012. 91-¿Garantizar la cobertura del Nivel Inicial a partir de los 4 anos de edad previendo los mecanismos para que sea efectiva la universalización del nivel, sin descuidar la estructura del Nivel Inicial que comprende dos ciclos: Jardín Maternal, que abarca desde los 45 días a 3 años, y el Jardín de Infantes abarcando desde los 3 a los 5 años de edad. Se realiza esta aclaración para que todos los niños/as tengan acceso en igualdad de oportunidades educativas y posibilidades. 92-¿Estamos de acuerdo en fijar el periodo escolar de 190 días de clases, pero teniendo en cuenta todos los feriados nacionales y puente fijados para el presente ano, estos no permiten que se cumplan. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 93-Que la obligatoriedad desde el jardín hasta la secundaria es un derecho universal y que como docentes debemos garantizarlo pero, para que esto sea una realidad se necesita construir los espacios adecuados en todas las localidades. Así todos los niños y niñas tendrán acceso a la educación en sus lugares de origen. 94-No estamos de acuerdo con el artículo 3, punto B, considerando que promueve el logro parcial de los objetivos de la formación general obligatoria. 95-Acordamos en la obligatoriedad desde los 4 años a la finalización del nivel medio como universalización de la educación y derecho social. En relación al Art. que sustituye al 39 de la Ley 2444 ¿Qué criterios se tomaron para arribar a 190 días? 96-Para poder cumplimentar los 190 días hábiles de clase, ¿qué días serían afectados? Creemos que no deben afectarse las Jornadas Institucionales, espacios fundamentales para la participación y el encuentro entre docentes, donde se generan ideas, proyectos, acuerdos que afianzan el sentido de pertenencia a la escuela y contribuyen al crecimiento personal e institucional. 97-En cuanto a los 190 días de clase, creemos que la cantidad de días no garantiza la calidad. En la realidad es imposible cumplir con esa cantidad de días hábiles. Si se implementara se perderían espacios institucionales, capacitaciones en servicio; es decir derechos adquiridos en pos de una mejor labor docente.

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98-Es importante destacar entonces que si la nueva Ley 4737 toma como punto de partida ampliar la obligatoriedad de la Educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria, promoviendo la universalización del Nivel Inicial y la mejora pedagógica, con el fin de garantizar la inclusión y la justicia social. Confiamos como educadores que a partir de la aprobación de esta nueva ley, se tenga en cuenta la contextualización de la Escuelas Rurales, para que se dé la equidad e igualdad, a partir de la educación de Nivel Inicial. 99-Para nuestra escuela es de suma importancia contar con áreas especiales referidas a lo artístico, dado que se desarrollan en el niño la creatividad, la expresión corporal, fortalece la motricidad fina, etc. Nuestra institución educativa no cuenta con cargos de áreas especiales, las cuales consideramos de suma importancia por lo antes explicitado. Sería importante y muy productivo, teniendo en cuenta que la nueva propuesta de ley se focaliza en esta área se garantice en las escuelas rurales las áreas especiales y se creen los cargos para las mismas. Artículo 2:Se plantea que, dada la organización actual, no se pueden alcanzar los 190 días propuestos, teniendo en cuenta los feriados decretados y los tiempos de recesos ( necesarios para el alumno) y vacaciones. Artículo 3: Especificar el máximo de edad que debe corresponder a cada nivel. Atender en este punto a la coordinación entre las modalidades, entendemos lo importante generar estrategias que permitan la inclusión de todos y cada uno de los alumnos pero hay situaciones que merecen excepciones. Es importante delimitar atendiendo a la modalidad primaria común y adulta. 100-(...), promoviendo la univerzalización en el nivel inicial y estableciéndolo con carácter de obligatorio para todas las personas desde los (4) años hasta la finalización de la escuela secundaria. La puesta en marcha de este artículo evitaría así el analfabetismo en nuestra provincia. Se plantean varios interrogantes respecto a la inclusión y la creación de cargos necesarios para garantizar la atención de niños con discapacidad. la obligatoriedad de la escolaridad inicial desde los 4 años hasta el secundario. En relación a los 90 días de clase. (nuevo) fue muy discutido por los docentes dejando en incógnita el siguiente interrogante: ¿calidad o cantidad?. Como figura de la inclusión (Qué pasa con las escuelas especiales? los docentes de grado se van hacer cargo de los alumnos con NEE?, puede que se llene de profesionales la escuela, no todos los chicos con discapacidad van a poder ir a una escuela común, donde quedo el proyecto de inclusión que se trato durante todo un año? ¿qué paso con el? Garantizar la cobertura de nivel inicial: se menciono los Centros de Actividades infantiles ( CAI), que se pretende hacer los sábados en cada institución. Respecto a este tema hubo disparidades de criterios. 101-Que se determine el tope para cada nivel y modalidad. ¿Qué pasa con los niveles? ¿Y la modalidad? (adultos- escuela especial) Análisis cualitativo en lugar de cuantitativo. Garantizar 180 días y la calidad. Un apoyo interesante sería la implementación de Talleres de Educadores para que los docentes pudiéramos charlar de los que sirve o no trabajar con los chicos, para poder aplicarlo en nuestra práctica docente. Se propone la creación de escuelas, ya sean vespertinas o diurnas, que se presenten como alternativas para aquellos alumnos excedidos en edad, para que no necesariamente terminen concurriendo a una nocturna. También se critico la actual escuela secundaria virtual donde se sienta a los alumnos en el "aula virtual" con el dictado de clases sin el acompañamiento de un docente. Consideramos que el vínculo en esta etapa de la adolescencia es fundamental sin olvidarnos que algunos de esos chicos, al vivir en zonas rurales, es en la escuela el único ámbito donde pueden sociabilizar.

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Una opción seria la creación de residencias para abarcar a estudiantes de localidades vecinas( Villa Llanquín, Pichileufu, etc). Se mencionó que en la escuela de hotelería existe una residencia escolar que nunca se habilitó. Es necesario la creación de un cargo docente junto al referente Tic que lo acompañe en el asesoramiento y manejo de programas, tanto a alumnos como a docentes, en lo relacionado al programa Conectar Igualdad. Período Complementario de Febrero: no tuvieron buenos resultados, existiendo un gran porcentaje de ausentismo ( no sólo en el 2012, sino también en 2011) Las tres materias previas fueron consideradas un recurso superficial Se habló de las grillas y la necesidad de achicarlas. Algunos opinaban que debería haber un modo de volver a los niveles (por año) y que el docente tenga la posibilidad de poder elegir dar su materia en un 1er año, o en 2º, etc. Los Talleres Interdisciplinares deberían estar dentro de la carga horaria del docente, como fueron los Talleres Integrales en el CBU. 102-Respecto al art. 1: Las modificatorias serían correctas aunque no está claro sobre la edades límites nivel de ingreso y egreso de los alumnos/as. Art. 3 y 4, no se observan modificaciones. Fundamentar desde ese Consejo Cuál es el propósito de considerar como una unidad los tres niveles en la educación. En cuanto a la educación artística se deberían revalorizar a las áreas expresivas, tanto los docentes de grado como los de dichas áreas. Cuando se plantean 190 días de clase, cómo se planea implementar? Períodos complementarios más cortos? Estos períodos son sumamente valiosos en nuestras escuelas. ¿Se prevé una articulación con el nivel universitario? 103-Consideramos que no se tiene en cuenta a algunas escuelas rurales, en cuanto a que no poseen la sección de Nivel Inicial, tampoco se especifica la edad límite de los alumnos para la escuela primaria. En cuanto a la duración mínima de 150 días hábiles, sostenemos que es una utopía, teniendo en cuenta las distintas problemáticas a las que nos debemos enfrentar año a año como, condiciones edilicias, climáticas, feriados puentes, etc. Se garantiza la educación desde el maternal, siendo obligatorio a partir de los 4 años; se especifica la duración de los niveles primarios y secundarios; no se garantiza el aspecto social para lograr una calidad educativa, por ejemplo: número de alumnos por grado, equipos pedagógicos, salario docente, como tampoco se tiene en cuenta la realidad de las escuelas rurales. 104-Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos: reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar?. No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo?. Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas?

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La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar 5 años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro? (Laboral, estudios superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? Discusión sobre presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la Provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Se valora el interés puesto en la Educación Superior (revisar profundamente). 190 días de clases hay que vincularlos a la calidad. Considerar que otro tema a incluir en la ley es que las escuelas merecen la sala de 3 años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de "obligatoriedad. 105-Con respecto a la duración del ciclo lectivo plantean que mas días de clases no implican necesariamente una mejor calidad en los aprendizajes, ya que debieran estar acompañados de las condiciones de habitabilidad de los edificios escolares, acorde a las necesidades educativas de los niños, contemplando las características de cada uno de los establecimientos. Para dar cumplimiento a la propuesta se hace necesario, además, contar con recursos humanos y materiales necesarios. Entendemos que en análisis realizado por los docentes no se pudo evaluar el impacto de la cantidad de horas en aquellas escuelas de jornada extendida y hora más, lo que se traduce en mayor cantidad y calidad del tiempo escolar. Nos constan los avances de los aprendizajes a través de la propuesta. La ley establece la organización de los diferentes niveles educativos, y los docentes sostienen que no se puede garantizar la educación para todos si no existen instituciones y profesionales al frente de estas, que sería necesario la creación de jardines maternales y la designación de personal especializado para su atención. Se plantea la progresiva unificación de los tres niveles de Educación de manera Integrada, por lo que consideran que es necesaria la especificación del modo en el que se realizará la misma en el texto de la ley o en los lineamientos generales que sostendrán esa acción. Se hace hincapié en la creación de una nueva estructura de cargos para la educación primaria que de respuesta a las diversas necesidades del nivel, que los cargos no sean designados a término, creación de cargos de preceptores para las escuelas primarias, se respete el proyecto de inclusión respecto a la presencia de un maestro de apoyo a la inclusión por turno escolar, considerando la cantidad de alumnos incluidos por escuela, creación de maestros de áreas especiales para brindar doble estímulo a los estudiantes de la provincia, maestro de inglés, etc. como también dotar a las escuelas de espacios físicos adecuados para el desarrollo de distintas actividades. 106-Si bien la ley Nº 4737 marca la obligatoriedad del Nivel Inicial desde sala de 4 años, consideramos que es necesario la reglamentación de la misma. La ley 2444 marca la obligatoriedad de la sala 5, pero al no estar aún reglamentada, todavía acceden niñ@s al nivel primario sin haber asistido al Nivel Inicial. Así mismo agregamos que para garantizar la "universalización del Nivel inicial será necesario que el estado garantice la existencia de Jardines Maternales Públicos en toda la provincia. a) En este artículo debería aclararse que en la estructuración del Nivel Inicial, el inicio de atención de los niños sea desde los 45 días como lo marca la Reglamento de Nivel Inicial para la modalidad Maternal y no desde el nacimiento como lo marca la nueva ley. Respecto de los 190 días, la experiencia nos dice que es evidente que la cantidad de días no garantiza la calidad. por lo que proponemos fortalecer y trabajar con mayor planificación sobre los 180 que hoy están estipulados. Acerca de la unificación de los niveles, opinamos que es un gran meta a la que aspiramos y necesitamos ya que hace varios años así lo manifestamos, sin embargo no se han puesto en marcha acciones concretas que la posibiliten. Nos planteamos también de que debe existir una articulación seria entre los niveles del sistema educativo, a efectos de que no se produzca una brecha entre un nivel y otro.

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Cuando hablamos de una educación de calidad, entre el grupo docente plantea mirar un poco a algunos países donde realmente se prioriza la educación, y pensar a la escuela secundaria con jornada completa. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. 107-Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 108-Art. 2 por 39 Se presenta como una dualidad..., paralelismo...,incoherencias...El planteo de la duración mínima de 190 días de clase, cuando por otra parte se establecen una serie de feriados nuevos y/o "puentes" que no permiten la suma en días del número determinado. 109-Art. 3 por 46 a) Para dicha estructuración e implementación del Nivel, consideramos que se debería especificar la ejecución de los JARDINES MATERNALES los que no están creados en muchas localidades, por lo que no se garantiza la educación en su totalidad. En otros casos no son netamente Jardines Maternales sino que se sustituyen por guarderías, Centro de Crianza y otros; cuyo personal no es docente específico del nivel. La narración de este artículo sugiere la unificación de la, por lo que se vislumbra la desaparición del Nivel Inicial como tal, Primario, Secundario... y la especificidad de cada uno. Artículo N 2 que subyace al artículo N 39: estamos de acuerdo en que el ciclo lectivo tenga una duración de 190 días, a lo cual nosotros estamos dispuestos a cumplir pero nuestro interrogante sería ¿ El estado Garantizaría las condiciones necesarias para poder cumplirlos? Artículo N 3 que subyace al artículo N 46: estamos de acuerdo con la estructura de los distintos niveles de educación. Igualmente con el artículo N 4 que subyace al artículo N 47. 110-También nos parece importante ampliar la obligatoriedad escolar desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria (acorde a la ley 26206 art 4) Coincidimos en educación obligatoria desde los 4 años; pero es necesario fijar un tope de edad para la finalización del ciclo superior teniendo en cuenta el límite de edad por curso. Garantizar la finalización del secundario para adultos. Que se contemple la apertura de nuevos espacios educativos de articulación entre niveles. Obligatoriedad desde 4 años: - Es positiva esta implementación Quedan dudas de cómo se va a instrumentar. - La obligatoriedad de la sala de 4 años estaría bien, si todas las instituciones contaran con las instalaciones necesarias para ello, al igual que para el maternal. e incluso los jardines que no pueden tener las salas de 3 años. El art. 46: se acuerda en que seria bueno que dentro de esa estructuración se haga por ciclos y contar con el recurso humano necesario para poder abordar la multiplicidad de grados en uno. La práctica demuestra que con un solo docente en grados integrados no se puede trabajar,

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además que no se respeta al alumno que quiere avanzar. Se sugiere implementar el trabajo de parejas pedagógicas. Análisis y propuestas del sistema educativo que queremos para los años que vienen, que contemplen una visión integral del sistema educativo con ejes vertebradores en los distintos niveles y dejar en claro las diferentes modalidades, cargos, recursos humanos, formación inicial y permanente. 111-¿los edificios escolares están acondicionados para dar clase durante los mese de febrero y diciembre, meses de mucho calor? De lo contrario ¿con tantos feriados a lo largo del año como se cumplirán los 190 días? 112-Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". 113-Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. 114-Sería importante asegurar la articulación entre todos los niveles profundizándola, entre los niveles medio y superior, ya que llegado el momento de la elección de una carrera o profesión por parte de los adolescentes que egresan del nivel medio se encuentran con problemas de contenidos (en curso de nivelación), generando en los jóvenes grandes decepciones y abandonando la idea de seguir la carrera o profesión elegida. Equipo de ETAP por cada Institución Educativas: Asistente Social. Psicopedagogo Maestro integrador Creación de cargos: Bibliotecario Preceptor 115-Acordamos con el nuevo art. 4, pero dudamos que se pueda garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad, sobre todo del nivel secundario. 116-(...) Art 46º no entendemos porque el Nivel Inicial se refiere a la atención de los niños entre su nacimiento y los 5 años. 117-Del artículo 46: se solicita que el estado garantice en todas las localidades el acceso a los jardines maternales desde los 45 días. Artículo 47: que se garantice la totalidad del nivel inicial. Nivel medio: contradicción con art. 4 - educación como derecho social y universal mientras que en el artículo 46 se orienta para la formación para el trabajo. 118-Puntualmente en nuestra institución para poder garantizar el derecho a la educación, con carácter de urgente necesitamos, por lo menos la construcción de una sala más, para alumnos de 4 años. En el presente ciclo lectivo quedaron aproximadamente 27 niños sin poder iniciar su educación inicial, no siendo este el primer año que ocurre esta situación.

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En este punto nos parece importante la creación de más jardines maternales, para garantizar la atención de todos los niños desde su nacimiento. Que no se debió suspender el proceso de transformación puesto en marcha, luego de que se hiciera un trabajo con toda la comunidad Educativa para la elección de la Modalidad para el Ciclo Orientado, porque en el medio de todo están los alumnos. 119-Se opina que no se garantiza el ¿derecho social de educación¿ con meras medidas cuantitativas como aumentar la obligatoriedad y los días de clase anuales. Este tipo de decisiones tienen que estar acompañadas de políticas económicas, edilicias, técnicas y de formación docente consecuentes. 120-¿los edificios escolares están acondicionados para dar clase durante los meses de febrero y diciembre, meses de mucho calor? De lo contrario ¿con tantos feriados a lo largo del año cómo se cumplirán los 190 días? 121--Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). Que la ley contemple ¿como¿ hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde segundo grado. Los chicos de 17 que no quieran estudiar ¿permanecerán en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No está clara la finalidad de la educación media ¿media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/prepara para el mundo del trabajo? Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas. La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingreso, CVC) de lo que la escuela no logra alcanzar (en contenidos, en actitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar cinco años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Temas prioritarios: queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro (laboral, estudio superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? ¿Qué pensamos frente a la Ley? Discusión sobre el presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Plenario: considerar que otro tema incluir en la ley es que las escuelas merecen las salas de tres años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de obligatoriedad. 122-Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). Que la ley contemple ¿como¿ hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde segundo grado. Los chicos de 17 que no quieran estudiar ¿permanecerán en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No está clara la finalidad de la educación media ¿media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/prepara para el mundo del trabajo? Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas. La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingreso, CVC) de lo que la escuela no logra alcanzar (en contenidos, en actitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar cinco años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Temas prioritarios: queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro (laboral, estudio superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? ¿Qué pensamos frente a la Ley? Discusión sobre el presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Plenario: considerar que otro tema incluir en la ley es que las escuelas merecen las salas de tres años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de obligatoriedad.

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123-En nuestra realidad, al ser Residencia escolar NO permite en ingreso de niños hasta los seis años, por ello quedan varios niños sin escolaridad, por eso deberían haber una revisión de nuestra normativa y contemplar las distintas particularidades. Con respecto al artículo 4º: Estamos de acuerdo con la integración de todos los niveles desde el inicial, primario y medio, ya que forma parte de un reclamo histórico de la escuela media. No se entiende el art. 46 inciso b) cuando se enuncia que " para el nivel primario: se promoverá el logro parcial de los objetivos de la formación general obligatoria". ¿A qué se refiere con logro parcial de los objetivos? Dentro de la prioridades para producir un cambio en el nivel creemos necesario establecer una estructura de cargos con criterio en el que se especifique "claramente" la compatibilidad laboral y la incumbencia de título. 124-En relación a la ley de inclusión coincidimos en que es perjudicial la permanencia de chicos con sobre edad porque no tienen los mismos intereses y compromisos que en un alumno en edad acorde al nivel. En el nivel secundario proponemos tutorías para ayudar a los alumnos/as en las distintas materias, para que no repitan y luego abandonen. Con relación al art 2, referido a los 190 días de clase, expresan que lo que necesitan los niños/as es "calidad" de aprendizaje no "cantidad". La cantidad no garantiza un mejor aprendizaje. Hay otros factores que inciden en el aprendizaje, por ej: escuelas en condiciones edilicias adecuadas. 125-Se considera que la llamada Transformación de la escuela secundaria rionegrina no constituye el proceso de cambio que muchos docentes supimos plantear como necesarios. Si bien algunos aspecto implicaron mejoras respecto de la situación previa a su implementación, los espacios de trabajo interdisciplinario son insuficiente. Se propone recuperar la noción de trabajos por áreas y a lo largo de todo el ciclo básico y superior. En el marco de un proceso de reforma de la escuela secundaria se sostiene como imprescindible repensar y modificar el diseño curricular establecido por la Res. 235/08 (rescatando algunos planteos que se consideran positivos e interesantes) estableciendo espacios para su continua apropiación. Sería interesante crear un currículo que sea acompañado de la permanente reflexión sobre la práctica. Para ello se necesita una nueva estructura organizativa de la escuela secundaria y, sobre todo, definir desde otro enfoque el puesto del docente en el nivel medio. El puesto de docente de nivel medio debe asociarse a la noción de ¿cargo docente¿. Al respecto debe concebirse un cargo en horas o tiempos para la reflexión sobre las prácticas educativas y la apropiación del diseño curricular. El cargo debe establecerse sobre la base de horas que garanticen la planificación conjunta de clase de áreas y asignaturas, la evaluación conjunta del proceso de aprendizaje de los estudiantes, la atención de padres, la capacitación, entre otras cuestiones. Todos los docentes que conforman un área deben contar con la misma cantidad de horas para llevar adelante estas tareas (no que algunos tengan más que otros, como sucede con las horas institucionales en las escuelas de transformación). Por sobre estas horas se deberá definir cuantas horas son las necesarias para la atención de los estudiantes de cada curso y división y de esa manera quedará definido el cargo y la remuneración que le correspondiera (según tiempo de trabajo, ya que por función o tarea serian básicamente las mismas). Es importante también, en este sentido, trabajar en redefinir los términos de compatibilidad entre cargos, de modo que el docente del nivel medio vea una limitación en el acceso a las horas, que garantice que se trabaje en menos escuelas y menos cantidad de horas semanales. Esto, por supuesto, debe ir acompañado de las mejoras salariales necesarias. Los docentes del nivel medio sentimos que deberíamos estar más capacitados para trabajar en situaciones puntuales. Creemos que se necesita contar con apoyo especializado (por ejemplo y dependiendo de las dificultad del estudiante contar con otro maestro integrador en el aula) el docente debe tener un contacto permanente con el maestro ¿integrador, y no como pasa actualmente. La escuela común y la especial deberán mejorar sustancialmente su articulación y para eso es necesario crear tiempos y espacios.

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Art.39 Cantidad no hace a la calidad. No están garantizadas las maneras de llegar a los 190 días. La calidad de la educación no va a estar dada por la cantidad de días, sino en la calidad de cada una de las clases. Art 46 ¿Se olvidaron de los planes de estudio de 3 a 4 años como formación de nivel medio? Los docentes del CET nº 20 aprovechan la oportunidad para dejar planteada la necesidad de incluir en todas las escuelas técnicas, por cada turno, un jefe de sección para el normal funcionamiento del taller (ya que no se cumple la reglamentación). 126-Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. 127-Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. 128-Equipos técnicos: reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar?. No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo?. Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas? La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar 5 años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro? (Laboral, estudios superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo?. Discusión sobre presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la Provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Se valora el interés puesto en la Educación Superior (revisar profundamente). 190 días de clases hay que vincularlos a la calidad. Considerar que otro tema a incluir en la ley es que las escuelas merecen la sala de 3 años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de "obligatoriedad. 129-Se considera que la llamada Transformación de la escuela secundaria rionegrina no constituye el proceso de cambio que muchos docentes supimos plantear como necesarios. Si bien algunos aspecto implicaron mejoras respecto de la situación previa a su implementación, los espacios de trabajo interdisciplinario son insuficiente. Se propone recuperar la noción de trabajos por áreas y a lo largo de todo el ciclo básico y superior. En el marco de un proceso de reforma de la escuela secundaria se sostiene como imprescindible repensar y modificar el diseño curricular establecido por la Res. 235/08 (rescatando algunos planteos que se consideran positivos e interesantes) estableciendo espacios para su continua apropiación. Sería interesante crear un currículo que sea acompañado de la permanente reflexión sobre la práctica. Para ello se necesita una nueva estructura organizativa de la escuela secundaria y, sobre todo, definir desde otro enfoque el puesto del docente en el nivel medio. El puesto de docente de nivel medio debe asociarse a la noción de ¿cargo docente¿. Al respecto debe concebirse un cargo en horas o tiempos para la reflexión sobre las prácticas

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educativas y la apropiación del diseño curricular. El cargo debe establecerse sobre la base de horas que garanticen la planificación conjunta de clase de áreas y asignaturas, la evaluación conjunta del proceso de aprendizaje de los estudiantes, la atención de padres, la capacitación, entre otras cuestiones. Todos los docentes que conforman un área deben contar con la misma cantidad de horas para llevar adelante estas tareas (no que algunos tengan más que otros, como sucede con las horas institucionales en las escuelas de transformación). Por sobre estas horas se deberá definir cuantas horas son las necesarias para la atención de los estudiantes de cada curso y división y de esa manera quedará definido el cargo y la remuneración que le correspondiera (según tiempo de trabajo, ya que por función o tarea serian básicamente las mismas). Es importante también, en este sentido, trabajar en redefinir los términos de compatibilidad entre cargos, de modo que el docente del nivel medio vea una limitación en el acceso a las horas, que garantice que se trabaje en menos escuelas y menos cantidad de horas semanales. Esto, por supuesto, debe ir acompañado de las mejoras salariales necesarias. Los docentes del nivel medio sentimos que deberíamos estar más capacitados para trabajar en situaciones puntuales. Creemos que se necesita contar con apoyo especializado (por ejemplo y dependiendo de las dificultad del estudiante contar con otro maestro integrador en el aula) el docente debe tener un contacto permanente con el maestro ¿integrador, y no como pasa actualmente. La escuela común y la especial deberán mejorar sustancialmente su articulación y para eso es necesario crear tiempos y espacios. Art.39 Cantidad no hace a la calidad. No están garantizadas las maneras de llegar a los 190 días. La calidad de la educación no va a estar dada por la cantidad de días, sino en la calidad de cada una de las clases. Art. 46 ¿Se olvidaron de los planes de estudio de 3 a 4 años como formación de nivel medio? Los docentes del CET nº 20 aprovechan la oportunidad para dejar planteada la necesidad de incluir en todas las escuelas técnicas, por cada turno, un jefe de sección para el normal funcionamiento del taller (ya que no se cumple la reglamentación). 130-En la zona las capacitaciones de Nivel inicial se realizan con capacitadores del instituto de formación docente de EGB. Los institutos de formación docente se deben replantear sus prácticas, formar profesionales con apertura de mente, innovadores, capacitados adecuadamente. Que pasa con los centros de crianza, quien los controla? hay docentes con titulo? Están municipalizados? Es necesario reorganizar las instituciones y los ciclos de nivel inicial para que no haya superposiciones de edades y salas. 131-Se finaliza con un detalle de necesidades: creación de una nueva estructura de cargos en en el nivel primario para dar respuesta a las diversas necesidades del nivel, que los cargos no sean designados a término, creación de cargos de preceptores para las escuelas primarias, creación de maestros de áreas especiales para brindar dobles estímulos a los estudiantes de la provincia, dotar a las escuelas de espacios físicos adecuados para el desarrollo de distintas actividades y este no es el momento indicado para hacer un análisis comprometido y exhaustivo de algo tan importante como nuestra Ley de Educación. Sobre obligatoriedad de la educación media Conformidad con el postulado- dudas sobre la implementación. 132-La escuela deberá atender a la transversalidad en los tres campos de contenidos (conceptuales, actitudinales y procedimentales) y una verdadera articulación entre los tres niveles educativos para hacer efectiva la formación integral del alumno. Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo).

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Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos: reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar?. No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo?. Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas? La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar 5 años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro? (Laboral, estudios superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo?. Discusión sobre presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la Provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. 133-Se valora el interés puesto en la Educación Superior (revisar profundamente). 190 días de clases hay que vincularlos a la calidad. Considerar que otro tema a incluir en la ley es que las escuelas merecen la sala de 3 años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de "obligatoriedad. 134-Apoyamos la recuperación del espacio artístico y las escuelas técnicas para brindar variedad de opciones a los jóvenes y sus familias y que permitirá una más rápida inserción de los adolescentes al mundo del trabajo. 135-Que se contemple la apertura de nuevos espacios educativos de articulación entre niveles. Obligatoriedad desde 4 años: - Es positiva esta implementación Quedan dudas de cómo se va a instrumentar. - La obligatoriedad de la sala de 4 años estaría bien, si todas las instituciones contaran con las instalaciones necesarias para ello, al igual que para el maternal. e incluso los jardines que no pueden tener las salas de 3 años. Al ser nuestra institución una escuela bilingüe con doble escolaridad vemos todo el trabajo que hacen nuestros alumnos todos los días y creemos que continuar con los 180 días es lo más acertado teniendo en cuenta la necesidad de descanso y el tiempo para recuperar energías de los alumnos. 136-Existe contradicción entre lo que propone la ley (190 días) y la unificación de todos los niveles. La buena formación de los alumnos no se garantiza con estas dos características mencionadas. - Hay que diferenciar a las escuelas de doble jornada. - Poco realista con el calendario de feriados nacionales. - Difícil en secundaria con 3 semanas de período complementario. - Se habla, en general de la escuela pública, en la que mayoritariamente hay más falencias, y de un cumplimiento de 190 días de clases, que nunca se lograron, nos preguntamos cómo puede hacerse posible si el ciclo lectivo comenzó el 28 de febrero y entre el 1 y 7 de marzo se hicieron las primeras jornadas. (a días de que los chicos asistan a la escuela), por ejemplo, sin contar otras eventualidades por las cuales durante todo el año, los alumnos no asisten a la escuela. 137-Art. 4:

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Pensamos que las autoridades de los establecimientos deben tener la autoridad para decidir si se promueve a sus alumnos o no teniendo en cuenta el proceso que ha realizado cada uno de ellos. 138-Alargar el ciclo lectivo porque hay que cumplir cierta cantidad de días de clase no es garantía de mejor educación. 139-Muy generales e indefinidas las metas y objetivos de cada etapa. - Dio buenos resultados incorporar 7º al nivel secundario. (por lo pedagógico y por la etapa evolutiva) - Definir algún sistema de articulación entre la secundaria y la universidad. - ¿qué sucede con los institutos de formación docente y el diseño curricular? - Debería haber un sistema de regulación de lo que está pasando en las aulas. - La unificación en un nivel desvaloriza el esfuerzo que el alumno debe tener para la obtención de logros, como estímulo y motivación para la vida. 140-Art. 1: creemos que la obligatoriedad debería ser desde los 3 años y garantizar jardines maternales en toda la provincia. 190 días de clase: como conciliar este prioridad en relación a un sistema más laxo de inasistencias. Que no sea sólo para la estadística, sino con educación de calidad. En el "afán de incluir", corremos el riesgo de un vaciamiento de contenidos que no habilite para una educación superior. 141-Creemos que deberían crear escuelas que potencien las habilidades de capacidades diferentes no conceptuales ( queremos decir las materias convencionales, sino otras que enriquezcan su potencial). No nos olvidemos de las escuelas de oficios (debería haber más) pues serían una buena alternativa, para aquellos estudiantes cuyos intereses no se encausan hacia una educación formal. 142-Ante tanto casos "difíciles" que se le presentan al docente es necesario un equipo psicosocial pedagógico en cada escuela, incluyendo la nocturna. Para que nadie se quede en el camino priorizaríamos la organización de guarderías para las mamás y/o papás que la necesiten. 143-El nivel primario presenta algunas falencias que muchas veces no condicen con el nivel medio, es aquí donde se deben tener en cuenta varias cuestiones, sobre todo la preparación para el ingreso al secundario, generalmente se produce un desfazaje entre ambos niveles y esto conlleva muchas veces al fracaso del alumno haciendo que muchas veces que éste termine por dejar sus estudios y creemos que esa no es la idea. También creemos que en último grado de la escuela primaria debería existir una articulación entre este y los primeros años del nivel medio, esto llevaría a una mejor integración. Las exigencias en el nivel primario deben ser mayores en los últimos tres grados del nivel ya que esto debe preparar para el pase a otro nivel como lo es el secundario. En cuanto al secundario volvemos a reiterar que todo alumno debe ser exigido en todas sus tareas como así también en su formación integral como persona, el sistema brindarle las harramientas necesarias para afrontar un nivel terciario o universitario pero también es tarea fundamental el trabajo del docente que no sea una mera enseñanza y nada más, sino que el compromiso debe ser mayor, siempre en beneficio del alumno. Tener siempre presente que no importa año a año la cantidad de egresados que parten de cada colegio secundario acá lo importante debe ser la calidad en su formación y los conocimientos que haya adquirido a lo largo de los cinco años. Que se realice un diagnostico que permita ver la realidad de los grupos a cargo en todos los niveles. Que se reglamente y se lleve adelante una educación integral y que no solo quede en el texto de la ley la mención de la educación artística o la técnica. Articulación entre niveles y las instancias para llevarlo a cabo. Poner la mirada en las escuelas rurales.

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144-Se habla de estructura, inclusión, de trayectorias, de obligatoriedad, pero no se está de acuerdo con el logro de la promoción parcial de los objetivos en la formación general obligatoria de los 7 años en el nivel primario y que se completará en el Nivel medio. Esta problemática es la que nos compete como nivel. Se manifiesta que debemos la manera de poder modificar las herramientas y los criterios a utilizar como consecuencia del trabajo,..." hay cosas que como institución debemos plantear y analizar teniendo en cuenta todo lo presentado a Nivel Provincial. La unificación entre niveles es una meta anhelada, pero hasta el momento no existieron acciones concretas tendientes a lograrlas Uno de los objetivos primordiales es la articulación entre niveles, no solo en lo que respecta a contenidos, sino poniendo énfasis en la metodología. En lo que respecta a un Ciclo Lectivo de 190 días hábiles, recordamos que cantidad, no quiere necesariamente significar calidad. Po otra parte con respecto a los 190 días de clases, resalta que la cantidad no garantiza la calidad educativa. El jardín de infantes es reconocido en su verdadera función: responder a las necesidades del niño de 3 a 5 años, teniendo en cuenta que en este período se estructura la base de la personalidad y se logran los primeros aprendizajes de competencias. Es necesario reconstruir la unidad pedagógica del Nivel y su estructuración en dos ciclos Maternal de 45 a 3 años y Primera Infancia de 3 a 5 años (obligatorio) El acceso a la educación en esta etapa de la vida de los niños constituye un derecho fundamental y posibilidad irrepetible (es el único nivel educativo que no puede hacerse a cualquier edad) de aprendizajes culturales, emocionales, intelectuales y físicos. Artículo 2: "Artículo 39" 190 días de clases. Con instituciones en condiciones, en lo edilicio( acorde a la temperatura en cada región), pedagógico( personal nombrado a tiempo, creaciones de salas en el mes de febrero) 145-En cuanto al art.39º: Falta explicitar la forma en que se llevará a cabo el cumplimiento de los 190 días de clases dado la importante cantidad de feriados que se presentan durante el año. Con respecto al art 46º surgieron interrogantes acerca de quién será el responsable desde el nacimiento hasta los 5 años? A qué se refiere? En el caso de no alcanzar los logros parciales del nivel ¿ Cuál será el criterio de promoción? Se tiene en consideración la figura del maestro de trayectorias en cada establecimiento? Y la conformación de un equipo con profesionales( fonoaudiólogos, psicopedagogos, psicólogos) necesarios desde el inicio lectivo por establecimiento? En el caso de maestro/a integrador evaluar el rendimiento en cuanto a la tarea realizada con el niño para establecer la continuidad en el cargo y así favorecer los vínculos establecidos y el respeto por la trayectoria. Art. Nº 39 El ciclo lectivo, en todos los niveles, tendrá un duración mínima de 190 días hábiles de clases y su equivalente a horas/cátedras". Acordamos que en un año normal de clases, sin problemas edilicios, ni paros docentes dificílmente se llegan a cumplir los 165 días de clases. ¿De qué modo se piensan llegar a cumplimentar lo que dice este artículo? 146-Art. 1º- Acordamos en que no haya un límite de edad en la obligatoriedad de la escolaridad de las personas, sino hasta la finalización de la escuela secundaria. Art. 2º -No acordamos con los 190 Días de clases Art. 3º; 4º; 5- Acordamos con los agregados, sustituciones y/o modificaciones a los artículos 46; 47 y 75 de la Ley nº 2444, que refieren a la estructuración de los niveles , la formación general obligatoria y la integración del Consejo Provincial de Educación. Consideramos que no por agregar días de clases al ciclo lectivo se enriquece la educación, los cambios son necesarios desde otro abordaje con una nueva y verdadera reforma de la política educativa, que incluya ante todo capacitación docente actualizada y de calidad. No hay límite en la edad para la Educación Secundaria obligatoria.

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En el análisis del artículo 2 con el art. 38 de la Ley Orgánica se observa que incrementan los días hábiles de clase, es decir, de 180 a 190 días; y no constan las equivalencias en las horas cátedras de los servicios comunes y técnicos. Consideramos como institución que es muy importante la universalización del Nivel inicial, pero con la salvedad de la separación según las edades: Maternal (de 45 días a 3 años) y Jardín de Infante (3 a 5 años). l Art.2º Priorizamos la calidad por sobre la cantidad de días de clase que los alumnos/as asisten a la escuela. Si lo que se pretende es cumplir con cierta cantidad de días de estímulos/ clases habrá que ver/ evaluar cómo regular los períodos de clase/ trabajo y los de descanso buscando optimizar la concentración y disposición de alumnos y docentes. Para finalizar se realizan algunos acuerdos institucionales, atendiendo al aspecto organizativo. Se rescata la importancia también que se le otorga en la localidad en las salas de 4 ya que una gran mayoría de alumnos de 5 años ingresan con escolaridad previa. Respecto a los 190 días que se establecen surge la duda respecto si son todos los efectivos de clase o se considerarían también destinados a espacios o jornadas institucionales. Diseño curricular y los conceptos de infancia... e incorporar los Derechos del niño/a adolescente todo ello con sus respectivas acciones. 147-Con respecto a la obligatoriedad de la escolaridad desde la sala de 4 años hasta concluir el Nivel Medio, consideramos fundamental la necesidad de contar con la infraestructura adecuada y la creación de los cargos docentes suficientes para cumplimentar con el requerimiento; porque observamos que existen jardines de infantes que no tienen actualmente la sala de 4 años mientras existen otros que hasta tienen sala de 3, por lo tanto, consideramos que se debe comenzar por el principio y dar prioridad a las salas que por Ley se considerarían obligatorias. 148-Es fundamental que se reglamente cuántas serán las asistencias mínimas que deberá cumplimentar el alumno para poder promocionar el año escolar en cada uno de los niveles. En relación al Art. 39 se modifica la cantidad de días hábiles, llevando de 180 a 190 días, expresan que la cantidad no hace a la calidad educativa, este cambio puede ser funcional al discurso político. 149-Ciclo lectivo de 190 días. Hasta ahora no se ha podido cumplir con los 180 días. Una educación de calidad no depende solamente de la cantidad de días de clases sino de una multiplicidad de factores. ¿Cómo podemos garantizar una buena educación si no intervenimos en el mantenimiento de los edificios, no se construyen más aulas, más escuelas, ni se realizan las refacciones necesarias en tiempo y forma? Con relación al art. 2º (que plantea la sustitución de Art. 39 de la Ley 2444) y establece que la duración del ciclo lectivo será de mínimo de 190 días hábiles, plantean que más días de clase no implican necesariamente un mejor calidad en los aprendizajes. El art. 3º (sustituye al 46 de la ley 2444) establece la organización de los diferentes niveles educativos, sostienen que no se puede garantizar la educación para todos si no existen instituciones ni profesionales al frente de estas que sería necesario la creación de jardines y la designación de personal especializado para su atención. El art. 4 plantea la progresiva unificación de los tres niveles de Educación de manera Integrada, por lo cual consideran que es necesaria la especificación del modo en el que se realizará la unificación integrada de los diferentes niveles en el texto de la ley o los lineamientos generales que sostendrán esa acción. 150-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda

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es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? 151-Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. 152-Acordamos con el planteo del Art. 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. 153-Con respecto al Art 4°, no nos queda claro qué significa ¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). 154-(CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará, incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención : integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. 155-La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. 156-Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°). 157-(...) esfuerzos en mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 158-Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros.

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159-No acordamos con los 190 días de clases, porque ni siquiera los 180 anteriores eran reales (jornadas, feriados, etc) Tender a la jornada extendida. Importancia de la educación técnica y la formación profesional. 160-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? 161-Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. 162-Acordamos con el planteo del Art. 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. 163-(...)la progresiva unificación en un nivel integrado¿ Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). 164-(CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho 165-Además de la palabra ¿orientará, incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención : integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. 166-La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. 167-Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Y para el desarrollo de competencias. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°).

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168-(...) mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 169-Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar,(...) 170-Con respecto a los límites de edad, ¿No hay? ¿Quién tiene prioridad, los ingresantes de 7º a los alumnos repitentes de 1º? ¿Esto soluciona o alivia el tema de la deserción? Art. 4: Garantiza la educación como derecho social desde los 4 años hasta la finalización del Nivel Medio. Los docentes manifiestan su acuerdo pero surgen dudas acerca de la garantía de los recursos humanos y materiales, de infraestructura, posibilidades de acceso a las tic´s. La mayor inquietud refiere a la Modalidad en la que desarrollamos nuestra área, es decir Educación de jóvenes y adultos. Art. 39: La realidad nos muestra que será muy difícil el cumplimiento de los 190 días de clases. No llegamos a los 180 días propuestos en la actualidad, no por decisión de los docentes sino por emergentes: fenómenos climáticos, falta de mantenimiento de los edificios escolares y la mayoría de las veces el no inicio de las clases porque no terminan las obras por múltiples motivos (Por ej.: escuela Nº 248, entre otros). Art. 2. no se aprueba los 190 días de clase ya que menciona la cantidad y no la calidad educativa, se omite su equivalencia en horas cátedras. Se observa que con el periodo complementario, los alumnos no pueden llegar a este tiempo estimado de clases, es una falencia. Debería incluir la etapa de recuperación y exámenes. Art. 3: Hace referencia a nivel medio comprendido de 5 a 6 años, no hace referencia a la modalidad nocturna con un período de 4 años. 171-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos.

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172-(...)¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). (CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho 173-Además de la palabra ¿orientará ¿ incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención: integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. 174-La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. 175-Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°) 176-(...) mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 177-Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar,(...) 178-En Nivel Inicial ¿Existe o existirá la permanencia? ¿Es lo mismo que el Nivel primario? Si un niño o niña de 5 años no está en condiciones de promover del Nivel Inicial, ¿Igualmente egresa y pasa al Nivel Primario? a veces parece que las dificultades en los alumnos se ven solamente en la escuela primaria, también se reciben alumnos o alumnas que parecen no haber asistido a un jardín y debe la escuela primaria encarar todo un trabajo de apresto para acelerar a ese niño o niña y pueda estar a la altura de la mayoría en lo básico. 179-Con respecto a los 190 días de clases hay muchos condicionamientos que hacen que no necesariamente se cumplan, entre ellos suspensión de clases por problemas edilicios, feriados, etc. Además más días no garantiza mejor educación. 180-Nuestra educación rionegrina y los 190 días de clase se van a garantizar siempre y cuando se den las condiciones básicas de funcionamiento; infraestructura adecuada, comedores, transporte, capacitación en servicio, sueldos dignos. ¿quién asegura que cantidad es calidad? Tenemos los alumnos que se pueden contener en un aula. Nosotros como docentes debemos saber cuales son la "políticas positivas" que garanticen la educación con privilegio social de 4 años hasta la finalización de la escuela secundaria. Estructuras edilicias adecuadas para jardines de infantes sala de 4 años. Respetar la cantidad de metros cuadrados por alumnos para no tener aulas superpobladas.

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Ciento noventa días de clase, no garantiza la calidad de educación. No alcanza a veces los 180 días de clase, ya que algunos ciclos lectivos, fueron acortados por feriados puentes, feriados nuevos, edilicios en mal estado, etc. que hay que considerarlos en la historia de la educación. Hay cuestiones mucho más importantes que resolver que no pasa por los días de clases y los consejos escolares sino por los períodos de recuperación donde los alumnos en realidad no recuperan los contenidos y empequeñecen sus saberes para evitar la repitencia lo que trae aparejado el fracaso de los niños en el secundario y arrastrando abandono escolar y fracaso universitario. Habla de la obligatoriedad a partir de los 4 años, pero en nuestra localidad no hay jardín independiente, no en todas las escuelas hay sala de 4. Sustituye al artículo 47 integración de sala de 4 y 5 hasta 16 años. Surge la duda si la obligatoriedad es hasta 3º años porque coincide con los 16 años. 181-Disentimos con la palabra promover, creemos que de esa forma no se garantiza la obligatoriedad de las salas de 4 y 5 años de Nivel Inicial, así como del Nivel Medio. ¿No por más tiempo de permanencia en la escuela vamos a Mejorar la Calidad de la Educación. Se acuerda con el artículo, solo sería necesario definir las edades máximas de acuerdo al nivel en que cursan los niños. Hay suficientes jardines que contemplen la matrícula de niños de 4 años, para que sea obligatorio? La obligatoriedad de Nivel inicial es una necesidad real. La viabilidad de los 190 días de clase, requiere reorganizar el calendario (...) Es positiva la obligatoriedad del Nivel Medio o la universalización del Nivel Inicial puesto que son elementos que aportan a la garantía social. 182-Estamos de acuerdo con la afirmación: "La educación es un derecho social y con la obligatoriedad hasta la finalización del Nivel Medio" y desde los 3 años. El Art.1 de la nueva Ley contempla la educación con carácter obligatoria para todos sus niveles pero no garantiza la permanencia en el sistema. Al garantizar el derecho a la finalización de los estudios no se especifica que características etarias deberían tener los alumnos durante el transcurso, permanencia y egreso de los diversos ciclos. Si bien menciona las políticas positivas, no específica cuales serian esas políticas. Por ejemplo, nuestra escuela no cuenta con la estructura edilicia, ni la creación del cargo para implementar la sala de cuatro anos, como dice la Ley Nacional N° 26. 206 y esta Nueva Ley Provincial Actualmente, no se permite la repitencia del ultimo ano de la escuela secundaria debiendo los alumnos, rendir todas sus materias, induciendo al educando a la deserción escolar, por lo tanto a ser excluido del sistema educativo, del ingreso al Nivel Superior, Universitario y /o del mercado laboral. 183-No se armonizan el calendario anual, los feriados propuestos por el Gobierno Nacional, con los días propuestos en la presente Ley. Específica que la formación general obligatoria deberá comprender desde los 2 últimos años del nivel inicial hasta el nivel medio. En la actualidad no esta garantizada, en el nivel inicial, de la sala de 4 anos en especial la inexistencia edilicia para el nivel.

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184-Estamos de acuerdo con respecto a la universalización del carácter obligatorio de la escolarización de los 4 años de edad hasta la finalización de la escuela secundaria, pero quién se hará cargo si el Estado genera políticas para brindar educación y no garantiza la educación. Estamos de acuerdo con la cantidad de días pero 10 días más o 10 días menos no hacen a la calidad educativa. Hacen falta otras políticas educativas, cantidad no es calidad. En relación al Art. consideramos que para establecer la universalización En el Nivel Inicial y la obligatoriedad para todas las personas desde los cuatros años seria necesario brindar desde el estado en primera instancia los recursos de infraestructura escolar adecuados para tal fin. En relación a lo planteado en el Art. 2, nos surge el interrogante de que si mas cantidad de días de clases garantiza mas y mejores aprendizajes. Dadas las problemáticas sociales actuales consideramos que seria conveniente ampliar la jornada laboral de todos los establecimientos y respetar los periodos vacacionales necesarios tanto para los educandos como para los educadores. Nos preguntamos a que hace referencia el Art. 47º cuando dice "progresiva unificación en un nivel integrado, de los dos últimos años del actual nivel inicial, la totalidad del nivel primario y del nivel medio¿. 185-Art. 1. Aumentaron la obligatoriedad en el sistema educativo hasta finalizar el nivel secundario. Se especifican 190 días de clases. Art.3. inciso c) No se especifica la función al Ciclo Básico como función general obligatoria. En la nueva ley expresa la cantidad de días de clases (190). 186-Los 190 días planteados, aparecen como un discurso de buenas intenciones pero poco sustento, que se sostiene con la buena voluntad de los docentes y en la naturalización de cosas que no se hacen en los tiempos que debieran llevarse a cabo. No se ha visto que se prevean los espacios y cargos para que estas salas funcionen. La realidad nos muestra que se deben recurrir a los jardines privados para sala de 4. Considerando solo al nivel primario, aún no se ha podido llevar adelante acciones conjuntas: hay escuelas de jornada común, jornada extendida, hora más, con doble estímulo en áreas especiales, con el aporte de planes provinciales, nacionales, no hay acuerdos provinciales concretos en la carga horaria de la jornada común. 187-Mantener los 180 días de clase, los 190 se hacen imposibles por la gran cantidad de feriados. Será necesaria esta modificación si las escuelas son de Una hora más ? Se acuerda con la organización de los niveles, dando la obligatoriedad tanto de inicial como secundario. 188-Silvia T.: (...)la nueva concentración de tierras es importante¿ nosotros tratamos de promover la producción en función de la canasta familiar, para el consumo de sus casas, para que lo que producimos en la escuela cada alumno se lo lleve a su casa¿ por lo menos algo de la producción, nuestro objetivo es activar la producción en la zona¿ es como una misión de la escuela¿ Alfredo: nosotros tratamos de fomentar en los alumnos la Huerta Familiar¿ la escuela se tiene que ir introduciendo en la políticas locales¿ en las leyes agrarias de la zona¿ la escuela es un lugar de encuentro, y que fomenta la interacción¿ hay dos cosas importantes formar jóvenes para eso y conseguir que el estado acompañe¿ Mariana S.: habría que lograr que por lo menos se cuestionan que otras herramientas tienen¿ recuperar la producción¿ Silvia T.: favorecer la agricultura¿ no hay que dejar de pensar que si esto desaparece¿ vamos a traer comida de otro lado¿ lo importante sería que la comida se produzca acá¿ lo orgánico¿ Jorge O: (...)hay que pensar la escuela y su perfil productivo¿ es importante saber¿ Verónica B.: la escuela tiene que hacer un mercado acá Alfredo: la escuela tiene que producir ¿ y de buena calidad

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Alfredo: una posibilidad es cuestionarnos que postura¿infraestructura y maquinaria que podemos compartir con la comunidad¿nos va a permitir una relación fuerte con la comunidad, poder mejorar las técnicas y utilizar nuestras salas por ejemplo de faena¿lograr que este aprobada por Senasa¿una buena sala de faena¿entrar en el círculo de comercialización¿ para el alumno poder ofrecer sus servicios¿ lograr una buena cámara de frío¿ 189-Apuntar hacia la calidad educativa y no al punto de vista cuantitativo que deja reflejada la nueva ley al establecer 190 días de duración para el ciclo lectivo. La rectificación del Art. 46 referida a la estructuración de los niveles, tendría que contemplar el deber del Estado en ofrecer las condiciones pedagógicas para enseñar y aprender, como lo es la estructura edilicia que corresponda en óptimas condiciones, los recursos humanos con la consecuente actualización del Estatuto Docente en lo que respecta a los cargos para cada nivel y modalidad educativa. En nuestra vida cotidiana escolar vemos como en el Nivel Medio faltan los recursos humanos, cuando personas idóneas cubren cargos por falta de personal con título reglamentario. Casos que se presentan en el Nivel primario en algunas áreas especiales y modalidades. Y en el marco de una escuela inclusiva, estimamos oportuno expresar la necesidad que los equipos técnicos de apoya pedagógico sean por localidad o escuela, que se revean sus funciones y se adecúen las escuelas en las distintas dimensiones para tal fin, como así también incorporar el perfil de pareja o acompañante pedagógico. 190-Desde nuestro enfoque la obligatoriedad de Nivel Medio o la universalización del Nivel Inicial son elementos que aportaran a la garantía social.- Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardían maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. En cuanto a la formación docente consideramos que dentro de las carreras tiene que contemplarse mayor tiempo para la observación y práctica en las escuelas, de parte de los futuros docentes. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas.

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Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. Rediscutir cuál es la función de la educacion artística. Se plantea que se consideren a los equipos técnicos en el sistema educativo de la nueva Ley de Educación, revisando en los ETAP la mirada tecnicista para darle otro sentido a la tarea que se realiza, es fundamental un cambio de denominación. Se pone el acento en la obligatoriedad y ampliación de los días de clases y no en la calidad educativa. 191(...) Esto abre el debate sobre muchas decisiones conflictivas ya que las pautas están establecidas de manera implícita y no reglamentada más que por acuerdos tácitos. Algunos ejemplos son los problemas referidos a la sobre edad, la imposibilidad de dejar libre al alumno por inasistencias. Estos acuerdos no regulados ocasionan problemáticas pedagógicas. Consideramos como problema fundamental la inexistencia de gabinetes psicipedagógicos en cada escuela al contar con evidencias de graves problemáticas de malestares infanto juveniles. Sostenemos que el gabinete debe contar tanto con un psicopedagogo como con un psicólogo y un asistente social. La articulación primaria-secundaria, secundaria-terciarios/universidad ya que encontramos un choque entre el paradigma inclusivo de la escuela primaria y secundaria y el exclusivo-expulsivo de la universidad. El problema de la asistencia a clases y sus consecuencias pedagógicas La creación de gabinetes psicopedagógicos en cada escuela. 192-Con respecto a la duración del ciclo es importante la regularidad en los términos detallados (190 días) Desde el lugar, zonas rurales como el que estoy/estamos incide y se dificulta el ciclo lectivo teniendo en cuenta las inclemencias del clima y demás factores (alumnos que viven espacios alejados a la escuela, crecida del río, etc.) que influyen desfavorablemente en el período lectivo Es importante la estructuración de los niveles educativos teniendo en cuenta las pautas detalladas y respetando los niveles (inicial, primario, medio y superior) y criterios consensuados de los mismos. Cumplimentar la formación general obligatoria con la progresiva unificación de los niveles sería lo primordial para el logro de la propuesta. Estamos de acuerdo con las reformas establecidas en el Nivel Inicial como en el Nivel Primario. Se requiere en las instituciones mayor presencia y constante de equipos técnicos especializados que acompañen a los docentes para enfrentar determinados casos. La escuela deberá atender a la transversalidad en los tres campos de contenidos (conceptuales, actitudinales y procedimentales) y una verdadera articulación entre los tres niveles educativos para hacer efectiva la formación integral del alumno. Consideramos conveniente que a la sala de 4 años se le de le carácter de obligatoriedad porque el niño adquiere más herramientas para el desempeño escolar en primer grado(Art.4) En cuanto a los 190 días de clases durante el presente ciclo lectivo, lo vemos imposible, ambiguo de cumplir, con 190 días de clase cuando hay tantos feriados durante todo el año. Y los tiempos institucionales no alcanzan incluyendo los espacios institucionales y las capacitaciones en servicio.(Art. 2) 193-Jardines maternales: la directora acota que considera la creación de los mismos en todas lasa localidades de la provincia, que en los mismo sean atendidos por docentes, esto generaría mayores puestos de trabajo al existir más cargos, y se podría intercambiar comunicación y

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experiencias entre los docentes. Erradicar los jardines comunitarios o centros de crianza, o asociaciones que funcionan como guarderías, etc. Y que a su vez estos últimos no sean subsidiados por el estado, como en el caso de esta localidad. Resolución 828/87: la directora comenta que se trabajó y discutió en los jardines y desde el gremio y que dicha revisión se encuentra a la espera de una aprobación de dicha resolución. Resolución 1713/97 la directora comenta que a su criterio considera necesario la revisión de la misma teniendo en cuenta que en las salas ocupan mucho espacio los rincones de juego, armarios, mesadas y mobiliario. Diseños curriculares: se cree necesario la revisión y actualización de los mismos, pero no la unificación de ambos en un solo documento. Educación Especial: la directora plantea que en nuestra localidad no se cuenta con especialistas y sería muy importante en nuestra institución contar con un fonaudiólogo, psicopedagogo, maestro integrador. Esto teniendo en cuenta que el ETAP detecta los casos, sugiere a los docentes como trabajar y sugiere a los padres derivaciones a especialistas. 194-Extender el Ciclo Lectivo a 190 días. Reposicionar la modalidad rural y Adultos. Consideramos que debemos tener en cuenta en los criterios de evaluación del sistema y de nuestra práctica un seguimiento de fortalecimiento a las trayectorias de los alumnos. El Consejo Provincial debería planificar, junto con otros estamentos gubernamentales, la creación de divisiones y escuelas de acuerdo al crecimiento. La ley Nº 4737 detecta una contradicción al presentar un ciclo básico de 3 (tres) años cuando en al marco de la homologación de títulos Técnicos la tendencia es de establecer un ciclo básico de dos años en todo el país. Se habla de ciclo superior modalizado y no de enseñanza técnica. La Educación Técnica necesita una ley que contemple su especificidad, su dinámica de funcionamiento y instrumenten sus reglamentaciones particulares como por ejemplo el doble turno y su relación con la asistencia del alumno, las equivalencias y otros temas. Creación de gabinetes multidisciplinarios como apoyo didáctico pedagógico. Favorecer la concentración de horas cátedras en una misma institución. Creación de los cargos de ayudantía necesarios (laboratorio, referentes, etc.). Creación y reglamentación de talleres para padres, con el objetivo de lograr la pertenencia al establecimiento y fortalecer la comunicación hogar-escuela. SENTIMOS Y PENSAMOS QUE EL NIVEL INICIAL NO TIENE EL RECONOCIMIENTO SOCIAL QUE DEBERIA TENER, SABIENDO QUE EN ALGUNA FORMA SOMOS EN PARTE RESPONSABLES DE ESTA SITUACION, PORQUE NO NOS ABRIMOS A LA COMUNIDAD EN FORMA PERMANENTE. ESTA INSTITUCION EN LOS ULTIMOS AÑOS APUESTA A QUE RELACIONEMOS LOS CONOCIMIENTOS CON LA RELIADAD LOCAL, REGIONAL, NACIONAL Y LATINOAMERICANA EN TODOS LOS CAMPOS DEL CONOCIMIENTO, PERO EN MUCHAS OCASIONES NO CONTAMOS CON LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LLEVAR ADELANTE PROPUESTAS DE TRABAJO QUE CONTEMPLEN ESTA PROPUESTA, NO POR ELLO DEJAMOS DE GESTIONAR Y BUSCAR OPCIONES QUE NOS PERMITA LLEVAR A DELANTE NUESTROS PROYECTOS QUE LE DEMOS A LA EDUCACION ARTISTICA EL LUGAR QUE CORRESPONDE CONSIDERANDO QUE ESTA INSTITUCION EDUCATIVA ENTENDEMOS QUE UNA DE NUESTRAS MAYORES TAREAS ES LA DE CONSTITUIRNOS COMO MEDIADORES ENTRE LOS PEQUEÑOS Y LA CULTURA, FACILITADORES QUE PONGAMOS A SU ALCANCE LAS OPORTUNIDADES NECESARIAS PARA DESCUBRIR, EXPLORAR, OBSERVAR Y COMENZAR A APROPIARSE DE ELLAS. PARA ELLO ES NECESARIO QUE PROMOVAMOS EL DESPERTAR DE LAS DIFERENTES POTENCIALIDADES QUE LOS NIÑOS Y NIÑAS TIENEN, AYUDANDO A QUE ADQUIERAN CONOCIMIENTOS Y HABILIDADES QUE LE PERMITAN AMPLIAR SUS CAPACIDADES EXPRESIVAS. Se cuestiona en la reunión, el aumento de los 180 días de clase a 190 días desde dos aspectos: Que la cantidad no garantiza la calidad educativa recibida y que deberían evaluarse

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también los nuevos feriados incorporados al calendario oficial que , finalmente reducen el ciclo lectivo que se intenta prolongar. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. 195-Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. Asimismo, surgen dudas en relación a cómo se procederá con aquellos infantes que no han cursado el Nivel Inicial y ya cumplen con la edad para ingresar al Nivel Primario. Por otra parte, otros docentes expresaron que se debería incluir la gratuidad desde el jardín maternal, según lo citado en este artículo donde se expresa que "...se orientará hacia la atención de los niños entre su nacimiento y los cinco (5) años de edad...". Si no se efectiviza la obligatoriedad y/o universalización en el Nivel Inicial, resulta insuficiente la sola aplicación del criterio de promoción al Nivel Primario, siendo la edad la variable considerada para la misma. Hay niños/as que no se han incorporado al Nivel Inicial con cuatro años, por lo que es necesario considerarlos excepcionalmente, debiendo ser más flexible la normativa para atender también las necesidades educativas que presentan. Para ello, deberán existir políticas públicas que garanticen el acceso a la educación a todos y todas. Es fundamental la atención temprana y el seguimiento de acciones relacionadas con la salud, a fin de garantizar realmente, las prestaciones médicas que requieren los infantes a edad temprana, sin que tengan que esperar a ingresar al Sistema Educativo para que sean derivados y reciban las intervenciones que oportunamente les fueron negadas. "Qué lugar ocupa la educación artística" Se plantea desde hace mucho tiempo la creación de cargos tendientes a estas áreas. Por el momento se sustituyen con proyectos áulicos docentes tratando de incorporar estas temáticas. pero sería conveniente, ya que se habla de democratizar la educación, que los niños de los parajes tengan la misma posibilidades que los niños de centros urbanos. También, relacionado con la igualdad y los derechos, sería apropiados que el Equipo Técnico de Apoyo Pedagógico, defina su función para con las escuelas rurales y que no solo sea el docente, que se dirige a las supervisiones a hablar y comentar la situación de algunos alumnos, quedándose únicamente con esta visión, sin palpar la realidad concreta (aula-escuela-comunidad). 196-Además se requiere la formación de equipos con profesionales capacitados para hacer acompañamiento y seguimiento de alumnos que actualmente abandonan su escolaridad en los diferentes tramos. No se especifica las edades que comprende cada nivel.(a qué edad puede ingresar a la modalidad adultos, en primaria/secundaria, etc). En realidad no se observa que se haya realizado un debate, sino lectura y comentario. Se copian los artículos.

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En principio se habló sobre los 190 días de clases del ciclo lectivo, y se acordó que es más importante la calidad educativo que la cantidad de dias, tomando como referencia los 167 días trabajados el año pasado y además las suspensiones de clases (por motivos ajenos a lo institucional) el agregado de feriados etc. No se contempla a los C.E.M de 4 años ni tampoco a los C.E.N. S. S en forma específica. En cuanto a la promoción de la universalización de carácter obligatorio de la escolarización de los 4 años de edad hasta la finalización de la escuela secundaria estamos de acuerdo con ello, pero: ¿Quién debe procurar que esta normativa se cumpla? 197-Qué escuela secundaria necesitamos para que la mitad de los jóvenes no abandonen el desafío entre 1º y 2º año. ¿Qué lugar ocupará la educacion artística? ¿debe dársele mayor relevancia y horas cátedras. El pensamiento divergente de este tipo de educacion no puede estar ausente en la formación integral de niños/as y adultos/as. 198-La institución acuerda con la creación de espacios físicos del art. 4º (jardines y escuelas) para que todos los niños puedan asistir. Art. 3 no se acepta porque creemos que hablan de los jardines maternales que no funcionaron. Los restantes incisos no sufrieron modificaciones. Art. 4 Ampliar y explicar la siguiente frase "progresiva unificación en un nivel integrado". En el marco de los requerimientos y necesidades de la sociedad actual, teniendo en cuenta la revisión de la Ley 2444, desde nuestro lugar cercano a los niños pequeños , estamos convencidas que no deberían olvidar el derecho a la Educación desde el nacimiento a los 3 años de edad, no debemos olvidar el derecho a la Educación desde el nacimiento contemplado en la "Convención Internacional de los derechos del niño" Y arbitrar los medios desde la ley de manera que en forma paulatina se incorporen o creen Jardines Maternales, considerando la esctructura que deben tener y la designación de personal especializado. Se pretende sostener los 180 días de clases y continuar incluyendo dentro de la carga horaria perfeccionamiento docente real, no sólo para los maestros de grado sino también para los maestros especiales con temáticas específicas, horas institucionales de articulación entre docentes, jornadas. Apuntar a la calidad educativa y no a la cantidad de días. ¿Qué lugar ocupará la educación artística?- Revalorización de las horas especiales, -Ampliar el tiempo de recreación y expresión de los chicos en bloques de 1 hora y media por estímulo, -Aunar a la tarea docente de Inicial y primaria, Articulación entre las áreas especiales(proyectos) , -Perfeccionamiento real, -Dos estímulos semanales de 40 minutos para nivel inicial, articulando con docentes de sala y especiales, -Lugar específico y recursos (materiales e insumos) acorde al nivel. ¿Cómo incorporamos las nuevas tecnologías para democratizar su uso? -Que se expliciten en el diseño curricular los contenidos mínimos por nivel. ¿Cómo reposicionar modalidades históricamente relegadas: rural, adultos, técnica, especial? -Construir una escuela que brinde y esté abierta a la comunidad con actividades, talleres, etc. ¿Cómo garantizar cobertura a Nivel Inicial? -Creando nuevos jardines, acorde a las necesidades del nivel (SUM, sanitarios, salas amplias), -ampliando los existentes, -Creando cargos necesarios (especiales, porteros, secretarios, preceptores, docentes), -Garantías de recursos (materiales e insumos), - Capacitación docente. ¿qué organización tendrá la escuela para que mejore los aprendizajes? -creación de horas institucionales de articulación, -evaluación periódica de los proyectos 8jornada extendida). ¿qué pasa con los alumnos que tienen 16, 17 y 18 años y han repetido? ¿Pueden seguir en el diurno? ¿Qué condiciones debe cumplir y/o requisitos para mantener su permanencia? Art. 39: Esto entra en contradicción con la disposición que habilita a los alumnos a tener inasistencias de forma limitada. ¿Para qué garantizar 190 días de clases si después los alumnos pueden faltar todo lo que quieran? Por otra parte, la cantidad de días de clase no hace a la calidad educativa y a la continuidad del trayecto educativo del alumno. Debemos acompañar a los alumnos y garantizar un recorrido satisfactorio basado en otras formas de contención: gabinetes psicopedagógicos, becas estudiantiles, transporte, condiciones edilicias y mobiliarias.

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Otra cuestión: ¿se contempla dentro de los 190 días el período complementario de diciembre y febrero? Porque también son días de clases que asistimos tanto docentes como alumnos. Los 190 días apuntan a que los docentes estén en las escuelas pero no garantiza una verdadera calidad educativa para los alumnos. En cuanto a los 190 días de clases, esto si bien es positivo, no constituye una garantía de calidad educativa, ni de cantidad de contenidos aprendidos durante el año. Art. 46: Necesidad de abrir otra oferta educativa apuntada a una salida laboral, tres años de ciclo común y dos años con una especialidad (oficio-tecnicatura), con la posibilidad de realizarlo en un turno diurno. Objetivo: Tener un título intermedio y poder insertarse laboralmente, sin tener que hacer una carrera universitaria. 199-Surgen voces a favor de la hipótesis de que en el Nivel Inicial no se ha manifestado tan fuertemente la queja o la negativa al trabajo llamado ¿asistencialista; por lo contrario, otros expresan que habría que pensar en que los NI no es tan diferente al Primario y al Medio. Que hay algunas idealizaciones, que en el NI también a veces se deja de CUIDAR al alumno, se deja de ESCUCHAR al alumno. Que es este sentido sería importante problematizar estas cuestiones por las cuales en el NI a veces creemos que tenemos toda tan resuelto. 190 días de clases: convencidos de que nuestras niñas y niños necesitan más y mejores aprendizajes. ¿Se tienen en cuenta la cantidad de días feriados y los días que en las zonas de montaña la nieve impiden el dictado de clases? Ley nº 4734 ¿Art. 3: no sólo debe orientarse hacia la intención de los niños entre su nacimiento y los 4 años, sino que deben garantizarse los Jardines maternales, y no centros de crianzas, en concordancia con el espíritu de la Ley de Educación Nacional. ¿Art. 4: ¿se entiende una escuela unificada en sus tres niveles? Es algo que se repite en ambas leyes pero no está clara su implementación. Pareciera que se contradice ¿escuela unifica o niveles? 200-Algo que esta fallando es la comunicación entre 1º/2º/3º años y 4º/5º años. Habría que mantener horizontabilidad y calidad de contenidos. Escuela inclusiva: Nivel inicial: 2 años Nivel primario: 7 años Nivel secundario: ciclo básico: 5 o 6 años; y ciclo superior modalizado Estos conforman la formación general obligatoria articulando todos los niveles entre sí con logros parciales y sin límite de edad. Los conocimientos se relacionan dentro de la misma escuela, dentro del aula, asociando de manera práctica y concreta esos conocimientos con la realidad, sea nacional, latinoamericana, etc. Fomentar el diálogo, el debate es fundamental en este punto. Es imposible separar la realidad del conocimiento, ya que éste forma parte de la misma realidad. 201-En el art. 2 de acuerdo a nuestro cálculo estimativo, se garantizaría los 190 días para el periodo marzo-noviembre (sumamos 205 días iniciando el 28-02- 2012; receso invernal del 10-07-2012 y finalización de clases 07-12 1012). Este cálculo es estimativo porque no contamos con el calendario escolar 2012- 2013, solo contamos con el de enero, febrero y marzo RS. 72/2012. En nuestro período lectivo, de acuerdo a RS. 60/2010 tenemos 174 días de clase. El artículo N º 3: Inciso A: acordamos en su totalidad porque garantiza la escolarización desde su nacimiento, que antes no era considerado. Inciso B: consideramos que no se modifica. Inciso C: estamos de acuerdo, porque abarca el nivel medio y superior modalizado.

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Art. 4: estamos de acuerdo con progresiva unificación de la articulación de contenidos de los diferentes niveles. En nuestra escuela no contamos con áreas especiales (educación física, música y plástica) Por eso creemos necesario la implementación de talleres que apunten a la formación integral de los alumnos con participación activa de la comunidad (padres y vecinos). Nuestra escuela había sido seleccionada para un Proyecto CAI (centro de Actividades Infantiles), pero el mismo quedo sin efecto porque la Coordinación Provincial considera baja matrícula. Coartándonos la posibilidad de tener una salida a la comunidad, efectiva, atrayente y continua. Para afianzar el vínculo escuela-comunidad. Nos parece importante la obligatoriedad de sala de 4 años. Si bien estamos de acuerdo con el carácter obligatorio de la finalización de la escuela secundaria, sin depender de la edad, hay que hacer hincapié en las políticas que permitan el cumplimiento de dichos objetivos (organización por edades, por ejemplo). 202-Que la ley contemple "como" hacemos para garantizar la cobertura de nivel inicial hasta el secundario y la permanencia de los alumnos. Equipos técnicos: reposicionar. El trabajo por áreas porque en Fátima trabajan desde 2do. grado. Que garantice la permanencia en todos los niveles. ¿Permanecerá en la escuela sin estudiar? ¿Promoverá sin estudiar? No se habla (la ley) de "calidad educativa", sino de permanecer. No es una prueba, ya está dada No está clara la finalidad de la Educación Media ¿Media con la educación superior? ¿Qué es escolarizarse? ¿Sólo pasar por la escuela? ¿Cómo se implementarán las modalidades? ¿Para qué va a servir el título? ¿Enseña/ prepara para el mundo del trabajo? Parece que la preocupación es que cierren las estadísticas? La universidad termina haciéndose cargo (cursos de ingresos, CBC) de lo que la escuela no logar alcanzar (en contenidos, en aptitudes). ¿Cuál es la salida laboral que ofrece la escuela media? Es una estafa estar 5 años en la escuela media para no estar habilitado para el mundo del trabajo. Ni siquiera aquellas escuelas que tienen modalidad. Queremos debatir ¿Qué proyección propone a futuro? (Laboral, estudios superiores, mundo del trabajo) este sistema educativo? Discusión sobre presupuesto destinado a la planta funcional y planes de mejora de la Provincia, nudos de la creación de cargos en la vocalía. Se valora el interés puesto en la Educación Superior (revisar profundamente). 190 días de clases hay que vincularlos a la calidad. Considerar que otro tema a incluir en la ley es que las escuelas merecen la sala de 3 años como beneficio para solventar la necesidad de las familias trabajadoras, sin darle carácter de "obligatoriedad. 203-¿Cómo llegamos a los 190 días siendo que nunca llego a los 180? El período complementario ¿Está contemplado dentro de los 190 días? ¿cuál es la situación en el acceso al nivel primario, de niños que no cumplan en el nivel inicial, en el marco de la obligatoriedad?. ¿Cuáles serían las líneas de acciones que se implementarán para logro al menos estimular la "unificación integrada" de niveles? Otros temas de prioridad (...) Cantidad de alumnos por grado (fundamentado desde la psicología Social y el aprendizaje para la construcción colectiva, en un contexto de reconocimiento de la diversidad). Cantidad de miembros de Equipos Directivos no en relación a la cantidad de alumnos, sino a demandas de una comunidad educativa inestable, cambiante y exigente. Un contexto social en el que prima la incertidumbre, la necesidad de permanecer alerta a los emergentes cotidianos, que superan lo proyectado. Una responsabilidad civil exigida. Una acentuada "soledad" al momento de resolver situaciones en las que las estrategias institucionales no son suficiente (muchas "redes" poca conectividad real, intereses superpuestos, falta competencia resolutiva...quedando, generalmente, atrapados en ese nivel).

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Se considera que la calidad educativa se logra con el perfeccionamiento docente y más horas de permanencia de los alumnos en la escuela. Es necesario modificar la infraestructura de los establecimientos para que todas las escuelas de la provincia cuenten con el proyecto de jornada extendida. 204-"Surge la preocupación a cerca de la exigencia de un ciclo lectivo de una duración mínima de 190 días hábiles de clases ya que aún no contamos con un calendario escolar que permita visualizarlos". "Se cree conveniente la obligatoriedad de los tres niveles." 205-"Surge la preocupación a cerca de la exigencia de un ciclo lectivo de una duración mínima de 190 días hábiles de clases ya que aún no contamos con un calendario escolar que permita visualizarlos." "Se cree conveniente la obligatoriedad de los tres niveles." Se acuerda con el término "universalización en el nivel inicial" y estableciéndose como obligatoria desde los cuatro años hasta la finalización de la escuela secundaria, sin establecer una edad cronológica. se considera que una ley no debe pautar la cantidad de días del ciclo lectivo, sino garantizar el servicio y la calidad. Artículo 1º No hay consenso ya que un grupo acuerda que sea a partir de los 4 años y no de los 3 años y otro grupo que sea optativo y no obligatorio. Se está en desacuerdo con la intervención temprana del estado en la vida de las familias. 206-Artículo 3º: duración de la escuela primaria con los 7 años y el ¿sin límite de edad¿ para capacitarse y estudiar. ¿Qué significa logro parcial de los objetivos de la formación general obligatoria 207-No llegar a los 190 días de clase, ya que en los dos años anteriores (2010-2011), sin imprevistos ni paros, se llegaron a los 165-170 días de clase. Crear escuelas técnicas con capacitación laboral real. Que la especialización de los CEM sea real y adecuada a las necesidades sociales actuales. 208-¿Art. 1, Con relación a los 190 días hábiles de clases, apostamos a la calidad educativa no a la cantidad, y solicitamos que se clarifique el modo de implementación. ¿Art. 4, se plantea la necesidad de reconocer las diferentes realidades en la provincia de Río Negro, respecto a la desigualdad con relación a los jardines maternales existentes. Denotando un gran abandono en nuestra ciudad principalmente, respecto a la atención de la primera infancia. Para dar cumplimiento, a lo expresado en el precitado Artículo, consideramos indispensable explicitar la necesidad de generar estructura, así como la atención de los niños/as desde los 45 días a cargo de docentes, aludiendo a la pedagogía de la crianza ¿cuyo objeto de estudio, la crianza, es la educación-formación entendida en un proceso complejo, conjunto de prácticas sociales que permiten la constitución de la subjetividad y la transmisión de la herencia cultural a los niños pequeños¿. ¿Coincidimos qué la atención de niños pequeños a cargo de ¿madres cuidadoras ¿, constituye desigualdad entre los niños a cargos de docentes y personal especializado, en este sentido apostamos a profesionalizar la docencia y a la urgente construcción de jardines maternales y/o escuela infantiles, en nuestra ciudad. 209-Con relación a la obligatoriedad de la sala de 4, coincidimos en la necesidad, pero también visualizamos la falta de edificios para contener a todos los niños/as en esa franja etaria. En este sentido, consideramos a la educación un derecho social de todos los niños, que debe garantizar el Estado.

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Anhelamos que todas las Instituciones que se dediquen al cuidado de la primera infancia estén bajo la Supervisión del Consejo Provincial de Educación. 210-Respecto, a ¿la progresiva unificación de un nivel integrado ¿ como se desea sustituir el Art 47, necesitamos se explicite de qué modo se implementaría y si eso significaría la desaparición de la Unidad Pedagógica del Nivel Inicial, como lo expresa la actual Ley de Educación Nacional (45 días a 5 años). Y de implementarse un solo nivel integrado ¿cómo sería esa organización? 211-Valorizamos como muy positivo la obligatoriedad en la escolaridad desde los 4 años y consideramos que debe mantener el status de Nivel Inicial desde los 45 días a 5 años de edad. 212-Consideramos que la apertura de la escuela a la comunidad debe ser desde lo cultural y lo pedagógico. La institución educativa debe mantener su especificidad pedagógica. Existen otras instituciones, como centros comunitarios, clubes, etc. Que complementan la atención de las necesidades de la comunidad. Asegurar 190 días de clases frente alumnos. 213-Abrir el sistema para integrar al adolescente a escuelas de tipo artes y oficios. No se entiende el termino (unificación de niveles). Reconocer que la Educación es un Derecho Social para que todos/as puedan acceder, también tendría que promover la creación de Jardines Maternales o escuelas de educación Inicial de 0 a 5 años en todos los barrios que garanticen la universalización de la Educación. Respecto al Art. 39, que completa 190 días de clase, surge la pregunta si se puede lograr con todas las dificultades que se presentan en las escuelas, los feriados, las suspensiones, el clima. En cuanto a la Educación Inicial específicamente creemos que es necesario luego que finalice la revisión de la presente ley, actualizar la reglamentación actual con las nuevas leyes: Reglamento de Nivel N ° 828/87, unificar los Diseños Curriculares de Jardín Maternal y de Infantes en un solo documento, ya que si consideramos que la Educación Inicial es una unidad pedagógica, no tenemos que separarla desde la legislación. Toda esta revisión tiene que incorporar la Ley de Educación Nacional, La Ley de Protección Integral de derechos de Infancia y Adolescencia, (Nacional y Provincial), Ley de Educación Sexual, y toda aquella que se ocupe de garantizar derechos. También es importante revisar la Resolución 1713/97 teniendo en cuenta criterios pedagógicos y sociales para determinar cantidad de alumnos y planta funcional, actualizándola a esta realidad que atraviesa la primera infancia. Es necesario actualizar el nomenclador de Inicial y Primaria ya que existe una brecha muy grande e injusta. 214-Que el Nivel Inicial sea obligatorio sin poder acceder a otro nivel sin pasar por él. ¿Qué pasa con la Resolución 122? Para qué acrecentar la cantidad de días si todavía no logramos asegurar los 180 días (condiciones edilicias, climáticas, etc ..) Orientar a la Universalización del Nivel Inicial con calidad desde los 45 días hasta los 4 años. Que sean profesionales de la educación los que se ocupen de éstos niños En relación al Art.4º que sustituye al Art.47 (formación general obligatoria) Estamos de acuerdo en que el Estado garantice que se cumpla realmente este artículo. Hacer más escuelas de acuerdo a la demanda del crecimiento poblacional para poder garantizar lo que dice la ley de una escolaridad universal. Teniendo en cuenta una mayor articulación entre los niveles.

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Pedimos la creación de proyectos que abarquen articulando los niveles educativos 215-¿¿Cuál es el límite de edad para la culminación de nivel medio? ( hasta qué edad se contempla) ¿¿Se prevé la creación de cargos en nivel inicial (salita de 4) para dar respuesta a la demanda en este aspecto? 216-Art. 2°- sustituye al Art. 39°: S/ Duración del ciclo lectivo 190 días. ¿Consideramos que no es la cantidad sino la calidad de la educación lo que debiéramos tener en cuenta¿ 217-Proponer acciones para ¿agilizar trámites¿ evitando la burocracia administrativa. Ej. para la creación de cargos de maestras/os integradores. 218-Habilitar espacios virtuales de consulta y capacitación.- 219-Organizar un verdadero trabajo en red. (intra e interministerial), a efectos de lograr un abordaje articulado y coordinado de situaciones problemáticas complejas que se viven a diario en las escuelas. ( generalmente en total soledad)(CM)Sobre Administración Escolar. 220-Se acuerda con el término "universalización en el nivel inicial" y estableciéndose como obligatoria desde los cuatro años hasta la finalización de la escuela secundaria, sin establecer una edad cronológica. se considera que una ley no debe pautar la cantidad de días del ciclo lectivo, sino garantizar el servicio y la calidad. 221-Con respecto al artículo 39º de la nueva ley ( Art. 2º de la Ley 2444) creemos que la extensión de tiempo (190 días) no garantiza mejores aprendizajes, lo importante es la calidad educativa no la cantidad de días previstos. El artículo 46º de la ley 4737 en su reestructuración de N.P.(punto b) incluye a la educación de Adultos dentro de la estructura común, no mencionándola ni siquiera, siendo que la misma tiene una estructura y funcionamiento específico, con una realidad totalmente distinta. Sugerimos: ¿Reorganización de la estructura de la Escuela para adultos en cuanto a poder compartir no solamente espacios sino talleres sustentados económicamente por el Estado en cuanto a materiales y personal promoviendo así el intercambio con otras instituciones (Municipio, Hospital, otras escuelas, etc.) ¿Necesidad de la formación y apertura de talleres que acompañen al alumno/a en su formación para poder insertarse y desarrollarse más formalmente a la sociedad actual. 222-¿Está bien la inclusión, pero al haber tanta disparidad y heterogeneidad en los grupos de alumnos en las escuelas diurnas, no beneficiaría a los jóvenes con sobreedad y quitaría población escolar a las escuelas nocturnas. 223-¿Que las escuelas de Adultos sean a partir de los 21 años, ya que los mayores muchas veces no se sienten cómodos con los chicos de 18 años, y de esta manera abandonan, no terminan la primaria o la secundaria. De hecho, hay algunos trabajos que también atentan a esa finalización. 224-¿El espacio del CENS es más abarcativo que el de la escuela de trabajadores, incluyendo, de esta manera a muchos alumnos del Proyecto ¿Jóvenes por mucho más y mejor trabajo¿. Si bien hay que invitarlos a que no sólo se conformen con la constancia de asistencia que les dá la escuela, para cobrar la beca, sino, aprovechar la capacitación de los diferentes Talleres tan valiosos que están planificados, para hacer el acompañamiento correspondiente. 225-¿Una docente expresa que para cambiar este sistema¿¿los directivos no pueden ser elegidos como lo son. Deben ser elegidos por sus colegas, que estuvieran 4 años y vuelvan a

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ser re-elegidos o no ¿que vuelvan a ver lo que sucede en la escuela ¿Caso contrario, es verticalista, por donde se lo mire. Deben volver al aula, a dar clase, para ver lo que sucede. 226-¿Las instituciones públicas deberían dejar hacer Pasantías a los alumnos, sin que se corra el riego de que los mismos sean utilizados de mano de obra barata. ¿Por ejemplo, el caso de muchos chicos que llegan a 5º año, y no hacen nada, podrían hacer Pasantías de acuerdo a su modalidad, etc. 227-¿Se comenta, que en otro CENS, había muchos alumnos mientras no había trabajo, conforme aumentó el mismo, la matrícula se redujo, ¿debiendo el director abrir¿ un CEM para jóvenes a partir de 16 años. ¿Se habla que la realidad de la edad de nuestros alumnos cambió, hace 10 años atrás había gente de 55 ¿ 40 años, en oposición al presente, que tienen 18 ¿ 19 años. 228-¿De este modo se hace necesario, crear escuelas para edades intermedias, opciones de cursada ¿Se habla sobre un material para Adultos de la Prov. de Córdoba, que hace años está en la Biblioteca de la escuela, pero la Directora aclara que poseen un nuevo Diseño Curricular, en esa provincia, a partir del 2011, que está en concordancia, con los Lineamientos Curriculares que se proponen desde el Consejo Federal de Educación. ¿Se destaca que el alumno reclama el contacto presencial. 229-Se acuerda con el término "universalización en el nivel inicial" y estableciéndose como obligatoria desde los cuatro años hasta la finalización de la escuela secundaria, sin establecer una edad cronológica. Se considera que una ley no debe pautar la cantidad de días del ciclo lectivo, sino garantizar el servicio y la calidad. 230-Para garantizar la cobertura del nivel inicial sería importante de acuerdo a los tiempos que corren que sea obligatoria la educación desde los 3 años. 231-Qué lugar ocupará la educación artística. Los docentes que discutieron esta pregunta creen que la educación artística debería estar más integrada con las demás áreas y ocupar un lugar preponderante en el currículum. Contribuye al crecimiento y desarrollo integral de la persona, la ayuda a expresarse, a plantarse en el mundo desde otro lugar, a comunicarse de distintas formas: con la voz, las manos y con el cuerpo todo. Ayuda a la expresión de los estados de ánimo. La educación artística proporciona salud, arte y bienestar y resulta esencial para la formación de un individuo pleno y debe complementarse con una formación deportiva importante. 232-Un grupo opinó que es fundamental que haya una mayor oferta educativa para que cada alumno pueda elegir según sus habilidades, capacidades e intereses. Es importante que puedan orientar sus intereses artísticos, científicos, tecnológicos, sociales, manuales. La escuela debería Integrar saberes, inteligencias e intereses desde diferentes perspectivas brindando las herramientas para que los jóvenes puedan desarrollar un oficio o desempeñarse a nivel profesional . Otro grupo centró su atención en la necesidad de que la escuela aparte de contener a los alumnos debe profundizar los contenidos y ayudar a construir la identidad de un alumno capaz de pasar sin inconvenientes el proceso de integración a la universidad o el aprendizaje de un oficio.

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233-Varios grupos coincidieron en la necesidad de contar con un equipo interdisciplinario de maestros especiales, psicopedagogos, maestras integradoras y realizar la adecuación edilicia que facilite un proceso adecuado tanto para el niño integrado como para el grupo en general que lo recibe. 234-Creemos que debe reestructurarse la currícula de los institutos de formación y profesorados y acercarlos a las universidades quienes, a su vez, deberían readecuar su curriculum. (CM) Superior. 235-¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas 236-No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. 237--¿Cómo se cumplirán los 190 días de clases que propone la ley? -¿Qué pasará con los alumnos que superen los 16 años, continúan en la modalidad común o podrán pasar adultos? -Se sigue haciendo hincapié en la cantidad y no en la calidad educativa. -Se cuestiono la obligatoriedad de la sala de 4 años, cada papá debería tener la posibilidad de elegir si quiere o no mandarlo y tener la posibilidad de hacerlo le garantiza calidad y no la cantidad. Que sucederá con aquellos alumnos y alumnas que superen los 16 años dentro del sistema común que hoy en día son derivados a adultos. Consideramos que la obligatoriedad de estudio: Inicial , primario y secundario es una conquista importante a lograr para beneficio de todos y cada uno de los habitantes de nuestro querido país ; erradicar la ignorancia ; proporcionar a todos y cada uno, el acceso a la cultura ; el conocimiento de sus derechos y obligaciones como ciudadano y el placer de participar del legado cultural e histórico de nuestra Patria , construyendo participativa mente nuestra identidad como Nación Libre y Soberana. Sin embargo, nos preguntamos si ciertos detalles de lo expresado en dicho proyecto de Ley (que espera nuestras propuestas para recién salir a la luz con la participación de la reconocida experiencia de los docentes argentinos tan valorados por nuestras autoridades...) no necesitan ser ajustados un poco para garantizar que dicho propósito sea posible. Si los alumnos deben ser promocionados sí o sí, hayan adquirido los conocimientos, habilidades y conductas necesarias para ser promocionados, o no, porque lo primordial (que se lee entre líneas) es que se respete la edad...nos preguntamos de qué modo se garantiza así la Calidad Educativa?

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Más allá de que los docentes anhelamos siempre que nuestros niños logren los propósitos básicos de cada año, la realidad, nos demuestra año a año que esto no siempre se logra...Por eso se les vuelve a dar la posibilidad de aprender estos conceptos y madurar un año más. Con respecto a la duración mínima de 190 días escolares, nos parece muy bien y tenemos aquí propuestas concretas (...) que no se introduzcan mas feriados en el calendario. 238-¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas 239-No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No queda especificada la gratuidad escolar. No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? 240-¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. 241-¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. 242-¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? 243-No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas

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244-No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos 245-No queda especificada la gratuidad escolar. No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? 246-¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. 247-¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. 248-¿Que el promedio final no se redondee. 249-Estuvimos reflexionando sobre que tipo de educación queremos en nuestra provincia. Tema que resultó un buen disparador sobre todo para nuestra escuela de formación profesional de nivel post primario. 250-Con respecto al nivel de nuestra escuela, no queremos dejar de hacer notar, la función importante que cumplen los "`post primarios". Nos da la sensación que en el imaginario colectivo, somos "tallercitos" en donde los pibes van a pasar el tiempo. No vemos en esta ley y disculpen si nos equivocamos, referencia clara a nuestros colegios. Pensamos que cumplimos una importante función en el engranaje educativo. Somos "captadores" de jóvenes NO escolarizados, muchos de ellos expulsados por un sistema educativo exclusivo. Jóvenes que por su situación social o circunstancias personales no han podido continuar con sus estudios secundarios y que ven en el post primario una oportunidad de inclusión. Obligatoriedad: se acuerda con el Atr. 1º de la Ley 4737, con la idea de inclusión, participación e igualdad de oportunidades que se propone y que sea el estado quien garantice la universalidad y la obligatoriedad para todos. 251-Días de clases: respecto del cumplimiento de los 190 días de clases, se considera imposible esa posiblilidad ya que en un año sin suspenciones, ni paros se cumplieron 160 días de clases. Días de clases: consideran imposible la propuesta de cumplir 190 días de clases, entendiendo que denota una intención caprichosa de cambiar cantidad por calidad educativa. Obligatoriedad: plantean coincidencias en que la educación sea un derecho social esencial, que se amplíe la obligatoriedad escolar desde los 4 años y en un trabajo integral y articulación entre niveles, respetando la trayectoria escolar de cada niño/niña. 252-Días de Clases: consideran imposible el cumplimiento de los 190 días de clases, entendiendo que la cantidad de feriados para promover el turismo no aportan en este sentido. Obligatoriedad: se acuerda con la obligatoriedad de la escolarización desde los 4 años hasta la finalización de la escuela secundaria sin límite de edad. Debería profundizarse el trabajo de articulación entre niveles para evitar el abandono de escolaridad, aunque se considera que no existen los recursos humanos y presupuestarios para cumplir con lo que propone el sistema educativo. Días de clases: consideran que no se cumple con los 190 días de clases y el cumplimiento de esto está sujeto a dificultades edilicias o de servicios.

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253-Obligatoriedad: a fin de cumplir con la obligatoriedad de la escolaridad desde los 4 años deberían garantizarse la cantidad de salas disponibles. Días de clases: respecto de los 190 días de clases consideran que no están garantizados si se siguen sumando feriados y no se garantizan los servicios. Consideran que debe trabajarse la articulación entre niveles. ¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas 254-No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. 255-¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. 256-Obligatoriedad: consideran que la educación obligatoria debe corresponder desde los 3 años y debe estar garantizada desde el estado. Debería decir procurar un mínimo de 190 días de clases ya que hay emergentes que condicionan el cumplimiento. Donde dice promover debería decir asegurar, ya que el cambio debe ser más profundo. 257-Obligatoriedad: coinciden que creando la infraestructura necesaria se debe implementar la obligatoriedad de la escolaridad desde los 4 años y el nivel medio. Días de clases: consideran imposible la implementación de los 190 días de clases, entendiendo que cantidad no es sinónimo de calidad. Obligatoriedad: se acuerda con la obligatoriedad de la finalización del nivel medio, con la idea dde inclusión, participación e igualdad de oportunidades que propone. Días de clases: repecto del cumplimiento de los 190 días de clases consideran que debe ser correctamente planificada la tarea a lo largo del año ya que no se llega a esa cantidad de días. Respecto a la aplicación del Art. 46º son escépticos respecto de la implementación si no hay recursos para crear la infraestructura necesaria. 258-Días de clases: analizan la dificultad en cumplir los 190 días de clases. Obligatoriedad: se coincide con la obligatoriedad de la escolaridad desde los 4 años hasta la finalización del nivel medio. Días de clases: Sin calendario escolar no se puede conocer la organización anual. Dentro de los 190 días debe contemplarse la capacitación del docente, reuniones de trabajo, etc. Escolaridad, desatendiendo a la CALIDAD, son temas que consideramos preocupantes y que deberían ser replanteados.

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259--Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? -Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. 260-Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. 261-(...)¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). 262-(CM) Sobre NI Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho. Además de la palabra ¿orientará incluiríamos la palabra ¿regulará¿ Especificaríamos el tipo de ¿atención integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. 263-Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°). (...)estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 264--Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. -Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar, salir de voluntarismo

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265-Art. 39 que los 190 días de clase sea como máximo y este incluido el periodo complementario. Art. 46 se expresa la necesidad de salas maternales que dependan del Consejo Provincial de Educación y no solamente de los Gremios. Nuestra provincia cuenta con sala de tres años (Nivel Inicial) debería ser obligatorio. Art. 2º: la escolaridad desde sala de 4 años intenta compensar deficiencias de la sociedad y la familia, quienes han disminuido en su funcionalidad en cuanto contención afectiva y estimulación. En términos de buscar reformas operativas del sistema educativo, habría que chequear exhaustivamente la matrícula de los jardines de la provincia que absorben en ciertos casos una población infantil mayor a sus posibilidades de funcionamiento. También realizar un mejor mantenimiento regular de los establecimientos educativos. En lo que se menciona dentro del Nivel primario (Art. 46º) como espectativa de "logro parcial de los objetivos de la formación general obligatoria, nos preguntamos que significa exactamente, y si estos términos implican la cuestión de la no permanencia en años en los que el desempeño del niño no haya sido satisfactorio. En el Nivel Medio: la modalización no garantiza una salida laboral y/o vocacional, deberían pensarse mecanismos de orientación desde los primeros años, incluyendo la mirada familiar y profesional, para canalizar productivamente el potencial de nuestros futuros ciudadanos. Podría acompañarse por algún sistema de créditos que estimulara el estudio y el esfuerzo sin descompensar la equidad. Ampliar la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria. 190 días de clases ¿Cómo se cumplimentarán?. Cantidad no asegura calidad. ¿Qué mecanismos se implementarán para hacer seguimiento de cumplimiento de Educación Media? En Nivel Primario en la actualidad se logra. Pensando en el alumno, que es siempre el mismo el que transita por los diferentes niveles, con su historia, sus individualidades, sus aprendizajes, sus vivencias, consideramos que es necesario realizar un seguimiento y acompañamiento continuo y articulado en cada uno de los niveles por los que va transitando. 266--Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? -Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. -Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración).

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(CM) Sobre N I; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho -Además de la palabra ¿orientará ¿, incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención ¿ integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. -La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. ¿Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. (...) los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar,(...) Incluir en todos los niveles la educación artística y los deportes, puede ser en forma de actividades culturales, y vincularlo con la escuela abierta. Especialmente en las escuelas de adultos y jóvenes de más de 16 años. Crear para el nivel medio la Modalidad Artística y garantizar en cada zona los mismos. Organizando muestras y exposiciones entre escuelas. 267- Ampliar la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria. 190 días de clases ¿Cómo se cumplimentarán? Cantidad no asegura calidad. ¿Qué mecanismos se implementarán para hacer seguimiento de cumplimiento de Educación Media? En Nivel Primario en la actualidad se logra. Pensando en el alumno, que es siempre el mismo el que transita por los diferentes niveles, con su historia, sus individualidades, sus aprendizajes, sus vivencias, consideramos que es necesario realizar un seguimiento y acompañamiento continuo y articulado en cada uno de los niveles por los que va transitando.  Ampliar la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria. 190 días de clases ¿Cómo se cumplimentarán? Cantidad no asegura calidad. ¿Qué mecanismos se implementarán para hacer seguimiento de cumplimiento de Educación Media? En Nivel Primario en la actualidad se logra. Pensando en el alumno, que es siempre el mismo el que transita por los diferentes niveles, con su historia, sus individualidades, sus aprendizajes, sus vivencias, consideramos que es necesario realizar un seguimiento y acompañamiento continuo y articulado en cada uno de los niveles por los que va transitando.

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268-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. (...)¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). (CM) Sobre NI Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará ¿ incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención ¿ integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°). (...)mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. 269-Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar,(...) 270- Ampliar la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria. 190 días de clases ¿Cómo se cumplimentarán? Cantidad no asegura calidad. ¿Qué mecanismos se implementarán para hacer seguimiento de cumplimiento de Educación Media? En Nivel Primario en la actualidad se logra. Pensando en el alumno, que es siempre el mismo el que transita por los diferentes niveles, con su historia, sus individualidades, sus aprendizajes, sus vivencias, consideramos que es

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necesario realizar un seguimiento y acompañamiento continuo y articulado en cada uno de los niveles por los que va transitando. 271-Cuando se menciona la obligatoriedad de la escolaridad desde los 4 años hasta la terminación del cursado en el nivel medio: solo se puede inferir que en los papeles está todo excelentemente redactado, pero en la realidad la sala de cuatro años no está garantizada para todos los hijos de ciudadanos (...) 272-Ampliar la obligatoriedad de la educación desde los 4 años hasta completar la escuela secundaria. 190 días de clases ¿Cómo se cumplimentarán?. Cantidad no asegura calidad. ¿Qué mecanismos se implementarán para hacer seguimiento de cumplimiento de Educación Media? En Nivel Primario en la actualidad se logra. Pensando en el alumno, que es siempre el mismo el que transita por los diferentes niveles, con su historia, sus individualidades, sus aprendizajes, sus vivencias, consideramos que es necesario realizar un seguimiento y acompañamiento continuo y articulado en cada uno de los niveles por los que va transitando. 273-Al reglamentar el Art. 1º de la Ley 4737, se deberá tener en cuenta la edad de las personas que asisten al mismo edificio, por los intereses y experiencias vividas por cada uno. por ejemplo, en ingreso de adultos jóvenes a cursos de pre -adolescentes. El Art. 2º menciona 190 días hábiles de clases y su equivalente a horas cátedra resultando imposible garantizar para los alummos dicho periodo. Dicho periodo podría ser exigido para los docentes pero no se pueden considerar "días de clases". El Art. 3º se contradice con el Art. 1º, por lo tanto se debe garantizar el ingreso a los 4 años. Para Nivel Primario no puede la ley establecer la promoción de "logro parcial" de los objetivos, una ley no puede establecer una medida/condición, el nivel primario tiene una duración de 7 años aunque hagas 7 veces 1er grado. El Nivel Medio no puede tener como único objetivo el ingreso al nivel superior y el ingreso al mundo del trabajo. El Nivel medio sólo comprende 5 o 6 años, sin importar que repitas 5 veces 1er año. Reposicionar la educación técnica es una tarea fundamental porque implica reconocer la importancia para el desarrollo económico y social, se deben enmarcar con distintos actores y referentes en la sociedad: padres, técnicos, docentes, profesionales y gobierno. Se debe brindar asistencia técnica y económica a los establecimientos educativos para que los alumnos conozcan/operen las nuevas tecnologías actuales del mercado laboral. 274-Consideramos muy positiva la extensión del plazo de escolarización obligatoria, pero nos preguntamos ¿qué pasa cuando no hay jardines en la localidad? ¿qué pasa con la obligatoriedad? Aún hay lugares que no tienen la infraestructura necesaria para la sala de 4 años priorizándose la de 5 años. Para cerrar el debate sobre la extensión del periodo lectivo se concluye que la cantidad de días de escolarización no incide directamente sobra la calidad del proceso de enseñanza aprendizaje, ya que también confluyen múltiples factores que determinarán el mismo tal como se mencionara anteriormente. 275-También nos parece correcto. Se tendría que tener especial cuidado en la confección en tiempo y forma de un calendario escolar que lo garantice. Estamos de acuerdo. Nos parece muy bien trabajar con las articulaciones entre niveles y lograr la unificación de miradas entre los distintos niveles en relación al niño y/o adolescentes, pautas pedagógicas, etc.

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276-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. (...)¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). (CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará ¿ incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención¿ integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°) (...)mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros.

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277-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art. 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. Con respecto al Art. 4°, no nos queda claro qué significa ¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). (CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará¿, incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención¿: integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Y para el desarrollo de competencias. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°) las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. En cuanto a la inclusión- permanencia, hay que plantearla como oportunidad de hacer. Faltan momentos de encuentros en nivel secundario, horas para planificar,(...) 278- Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de

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clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿ Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art.N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 279-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso?

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Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 280-¿No hay fundamentación de porqué un Concejo Local o Zonal es más operativo que un institucional en el tratamiento de problemáticas tan específicas de la comunidad educativa de cada escuela. ¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años.

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¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee. 281-¿El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos. No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado 282-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿ Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art.N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios.

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Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. 283-Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades.

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Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 284-Sobre la obligatoriedad del nivel inicial, estamos muy de acuerdo con querer y promover la obligatoriedad de la educación desde preescolar hasta nivel medio. La pregunta que nos queda es ¿qué instituciones, además de la escuela, garantizarán el cumplimiento de este derecho? ¿Cómo será ese trabajo en red? Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art. 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. Con respecto al Art. 4°, no nos queda claro qué significa ¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de

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articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). (CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará ¿ incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención¿ integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°). 285-(...)las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 286-Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. 287-Darle importancia es que el Estado reglamente que para el ingreso al nivel primario se soliciten certificados que acrediten que concurrieron a sala de 5 años. Igual para el traspaso de legajos escolares, muchas veces las escuelas primarias no solicitan los legajos, que tienen información muy valiosa. El legajo debe acompañar al alumno en toda su escolaridad. Acordamos con el planteo del Art 1° de la Ley 4737, que sustituye el art. 4 de la ley 2444. Por ello pensamos que un tema a tratar es la implementación de la misma, que en el Nivel Inicial implica la creación de Escuelas Infantiles o Jardines maternales con personal especializado en el Nivel, que efectivicen la ¿universalización¿ del Nivel y la ¿obligatoriedad¿ de salas de 4 y 5 años. En este sentido es importante atender al aumento poblacional en cuanto a la infraestructura necesaria, considerando el crecimiento de barrios (construcciones de planes de viviendas), el aumento de padres que trabajan y la importancia de incluir a niños en situaciones de riesgo social, entre otros fundamentos. 288-(...)¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración). ¿la progresiva unificación en un nivel integrado¿. Creemos que es importante establecer lineamientos curriculares claros de articulación entre los niveles hoy existentes, considerando también las salas de bebés a tres años (más allá de que no sean obligatorias, deben considerarse al pensar en la creciente integración).

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289-(CM) Sobre NI; Para resaltar el valor educativo del Nivel es necesario explicitar más estos términos. Más que una orientación se requieren lineamientos políticos claros, proyectos específicos y profundos diseñados por equipo profesional interdisciplinario que ubiquen al niño como sujeto de derecho Además de la palabra ¿orientará ¿ incluiríamos la palabra ¿regulará¿. Especificaríamos el tipo de ¿atención¿ integral, poniendo énfasis en lo educativo. Agregaríamos que esa iniciación en esa ¿formación general¿ favorezca el desarrollo sano y pleno de los niños y niñas garantizando el derecho a la educación desde bebés. La modalidad secundaria obligatoria es una buena implementación. Igual nos parece importante revisar la educación secundaria en la provincia, porque es poco contenedora, poco cuidada. Si se quiere tener a alumnos dentro del sistema educativo, revisar y cuestionar las modalidades sería uno de los pasos. 290-Promover como estrategia didáctica el AULA-TALLER, como otras formas de aprender. Trabajar conjuntamente con la escuela primaria para articular conocimientos y sentar bases en el cambio que implica la transferencia a la escuela media. Acordar enfoques y articulaciones entre niveles. Queremos que se promueva la articulación de todos los niveles (en referencia al artículo 4°). 291--esfuerzos en mejorar las condiciones de los dos sectores del ámbito educativo más abandonados en los últimos años: estos son los más niños y los jóvenes y adultos, que no han podido terminar la secundaria. 292-Revisar las orientaciones de las escuelas medias y post-primarios, adecuándolas a las necesidades regionales en cuanto a la sustentabilidad y desarrollo de los territorios, adecuando las modalidades según corresponda en turística, agrotécnicas, mineras y pesquería/acuicultura, para las escuelas costeras, entre otras. Pensar estructuras que habiliten la nueva escuela con roles y puestos laborales que favorezcan la dinámica escolar tales como, Referentes TICS y bibliotecarios, entre otros. 293-El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos

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No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee. 294-El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿ Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee. 295-El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee

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296-El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? 297-¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee. 298-El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee.

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299-Un gabinete, capacitación, encuentro con los padres, que haya 2 personas por sala, parejas pedagógicas. Que todos los niveles tengan cambios de estructura. Creación de jardines maternales y jardines de infantes, permitirse el cambio en las estructuras de organizaciones en todos los niveles, la posibilidad de hablar, de "escuelas infantiles" tender a la creación de escuelas infantiles (45 días a 5 años) 300-Los las docentes PROPONEMOS que se creen equipos psicopedagógicos EN CADA ESCUELA, además de evitar la superpoblación en las aulas , especialmente en aquellas en las que hay alumnos incluidos. El art. 1, donde dice que se sustituye el art. 4 de la ley 2444 menciona educación obligatoria desde los 4 años hasta finalizar escuela secundaria pero no menciona edad límite. Tampoco indica si es un alumno que ya se encuentra en el sistema o uno que ingresa ya que si lo hace no se sabe hasta qué edad está permitido. ¿Art. 2 falta el equivalente en horas cátedras, ya que sí figura cantidad de días (anterior Art. 38) ¿Con respecto al art. 3 donde se sustituye el art. 46 de la ley 2444, se considera cuestionable el inciso d ya que con respecto a que no hay límite de edad para ingresar al ciclo superior desaparecerían las escuelas nocturnas. ¿Art. 3° Art.° 46 aclare la homologación de la Educación Técnica, básico 2 años y Ciclo Superior 4 años. ¿Art. 4, donde se sustituye el art. 47 de la ley 2444 nos preguntamos a que se refiere con ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿. Este artículo se debe reglamentar (¿Cómo?) va a ser obligatoria, ¿con qué tiempos?, ¿cuándo? No está claro que sucede con la Homologación de Esc. Técnicas 301-No se contempla la inclusión de los jardines maternales como tampoco la educación para jóvenes y adultos No hay límite de edad para terminar la educación obligatoria, es obligatoria la educación para mayores de 18 años que no quieran estudiar? Dónde estudiarán? ¿Repensar el período complementario de febrero por ausencia masiva de los alumnos. ¿Revisión de Evaluación del Taller en la Esc. Técnica, no está adecuadamente normado y reglamentado. ¿Que el promedio final no se redondee. 302-¿(...)en zonas de vulnerabilidad social, la sal de tres es impresindible. .Los centros Infantiles deben ser ¿Jardines Maternales¿ donde todo personal tenga titulo docente(Art. 46). Los 190 dias de clase apunta a cantidad o calidad educativa? ¿Reveer la cantidad de niños por sala, para garantizar calidad educativa. 303-Comisión Ministerial (CM): El texto refiere a la organización del Nivel Inicial. Ley Nacional 26206, articulo Nº 25. Garantizar el derecho a la educación gratuita en todos los niveles promoviendo la universalización en el Nivel Inicial y estableciéndola con carácter de obligatoria para todas las personas desde los 4 años hasta la finalización de la escuela secundaria para lo cual

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desarrollará las políticas positivas que permitan cumplir con dicho objetivo. Es un derecho del niño, del adolescente y del jóven. Nos alegra que el Estado Provincial reconozca (...) en nuestro nivel la incorporación de niños de cuatro años, lo cual materializa el "crecimiento del Nivel". (...) consideramos que aumentar la cantidad de días del ciclo lectivo en todos los niveles no garantiza la calidad de la educación. En relación a la obligatoriedad: (...) acordamos (...) que abarque los dos últimos años del nivel inicial y la totalidad del nivel primario. (...)Con respecto al Nivel Medio no sólo garantizar la finalización del mismo sino también que se garantice la calidad del aprendizaje. Fijar una edad limite para su permanencia en el sistema (Escuela de Adultos) para que no exista mucha diferencia de edades. 304-(...) ¿Quién garantiza el apoyo en los casos de Integración de niños con N. E. E? Es necesario agilizar la creación de cargos. Definir ¿qué papel ocupa la Escuela Especial? 305-Nos preguntamos desde que edad se orientará el nivel inicial dado que nuestros jardines maternales comienzan desde los 45 días y no desde el nacimiento como dice este artículo. Además hacemos referencia que sería importante que los CECI (Centros educativos comunitarios infantiles), se convirtieran en Jardines Maternales por la unificación del N. Inicial y dependiendo del Consejo Provincial de educación cubiertos por cargos docentes. Se debería especificar más sobre que se entiende por nivel integrado. ¿Cómo seria la articulación entre niveles? Cómo se implementaría esta integración? ¿Cuál sería la necesidad de integración? ¿Para qué se implementaría un nivel integrado? ¿Qué quiere decir: ¿progresiva unificación en un nivel integrado¿ dos últimos años del actual N. Inicial¿?. ¿El nivel Inicial abarca a todos los niños desde recién nacidos a 5 años¿. Nuestra preocupación es que actualmente los únicos centros que atienden a niños de esta edad son los CECIS. Estos no contemplan el aspecto pedagógico en la educación de los niños de 0 a 3 años ya que no están a cargo de docentes. Es por ello que los mismos tendrían que transformarse en Jardines Maternales garantizando la igualdad social y la equidad educativa. Por ejemplo en nuestra ciudad existe un solo Jardín Maternal al que sólo concurren hijos de docentes, quedando el resto de la comunidad sin poder contar con esta posibilidad. Otro tema de debate que sugerimos es la incorporación de los CECI en el ámbito educativo, ya que los niños de 3 años y 4 años quedan excluidos del proceso de enseñanza-aprendizaje y de la apropiación de los contenidos curriculares correspondiente a su edad. El nivel inicial la atención de los niños desde los 45 días hasta los 5 años de edad inclusive. Consideramos que la calidad educativa no pasa por la cantidad de días de clases. Estamos de acuerdo con que cuanto más permanezcan los niños/as en la escuela mejor, pero también consideramos que hay que priorizar la calidad antes que la cantidad. Nos preguntamos desde que edad se orientará el nivel inicial dado que nuestros jardines maternales comienzan desde los 45 días y no desde el nacimiento como dice este artículo. Además hacemos referencia que sería importante que los CECI (Centros educativos comunitarios infantiles), se convirtieran en Jardines Maternales por la unificación del N. Inicial y dependiendo del Consejo Provincial de educación cubiertos por cargos docentes. Art 4: En cuanto al comienzo de la obligatoriedad educativa ¿Por qué desde los 4 y no desde los 45 días donde comienza el jardín maternal? ¿Por qué solo 4 y 5 años como obligatorio, si se habla de universalización del N. Inicial?. 306-En el ítem del Nivel inicial creemos conveniente cambiar la palabra ¿atención¿ por la palabra ¿cobertura¿ ya ésta implícitamente hace referencia a lo afectivo, a lo vincular, siendo un pilar necesario para llevar a cabo la tarea pedagógica. La progresiva unificación de un nivel educativo general facilitará el rumbo, orientación e implementación de políticas educativas de acuerdo a la Ley General.- Si en estos momentos, no podemos completar los 180 días de clases, según lo indica el Art. Nº 39 de la Ley F Nº 2444, debido a diferentes circunstancia (feriados, suspensiones sean por deterioro edificio, falta de mantenimiento, etc.), como se implementarían los 190 días.

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Aparece aquí otro interrogante; se sabe que por ley, en todo ámbito laboral, a las mujeres les corresponde la licencia por maternidad, para estar en los primeros meses con su hijo/a recién nacido. Nos preguntamos ¿Por qué llevar a los niños/as desde su nacimiento al jardín? el Art. Nº 47 de la Ley Nº 4737 modifica al Art. Nº 47 de la Ley F Nº 2444 y expresa la unificación de las dos ultimas salas del jardín de Infantes, no queda claro, a que se refiere con ¿unificar¿, cuales serian los aspectos a tener en cuenta para ello. Y cuando se dice igualdad de oportunidades para todas y todos los niños rionegrinos debemos decir que los Jardines Maternales que dependan del Ministerio de Educación deben ser atendidos por personal especializado Por otro lado cuándo se sustituye el Art. 39º no estamos de acuerdo en que mayor cantidad de días asegure más y mejor calidad del servicio. 307-(Art. 4º Ley 2444). Establece la obligatoriedad desde los 4 años hasta la finalización de la escuela secundaria: si bien estamos de acuerdo que la educación sea obligatoria, consideramos que debe especificarse un límite de edad para cada nivel y modalidad. Art. 46º Ley 2444). Si bien no se observan grandes cambios, no estamos de acuerdo con el inciso ¿B¿ que dice: ¿Para el Nivel Primario: se promoverá el logro parcial de los objetivos¿¿, esto no apunta a la mejor calidad educativa Coincidimos con el Art.4 e incorporar la sala de 3 años y los jardines maternales ( no comunitarios) Consideramos que la obligatoriedad debería ser a partir de los 3 años... es necesario contemplar en el nivel inicial las 2 modalidades ¿que abarca desde los ¿45 días¿ ( y no desde su nacimiento) hasta los 5 años. Consideramos que es necesario, y nos gustaría que la formación general obligatoria sea a partir de los 3 años 308--CON RESPECTO A LA CANTIDAD DE DIAS DE CLASES CREEMOS QUE SERIA NECESARIO NO GENERALIZAR TODOS LOS NIVELES, SINO DESGLOSAR PRINCIPALMENTE LOS DIAS DE CLASES POR NIVELES, NOSOTROS COMO MODALIDAD MATERNAL OBSERVAMOS QUE LOSDIAS DE CLASES NO SE PUEDEN EXTENDER MAS DEL 10 DE DICIEMBRE, PERO OBSERVAMOS QUE EL NIVEL MEDO TERMINA CERCA DEL 23 DE DICIEMBRE. -COMO PROVINCIA DE RIO NEGRO SERIA BUENO CREAR EN LAS LOCALIDADES ESCUELAS DE OFICIOS, AUNQUE FUERA PEQUEÑA PERO CON ALGUNOS OFICIOS, COMO CONTRUCTOR, MECANICO, PANADERO Y OTROS. VEMOS QUE MAS ALLA QUE ES OBLIGATORIO EL NIVEL MEDIO, NUCHOS SE RESISTEN A ESTUDIAR PERO SE OBSERVA LA NECESIDAD DE TRABAJO Y ORIENTA CION A LOS ADOLECENTES Y JOVENES. 309-(...)no visualizar los niveles y modalidades como compartimentos estancos, sino una mirada que posibilite relevar las falencias y contradicciones del sistema actual y a la vez poder ¿ver¿ como necesaria, relevante e imprescindible LA ARTICULACIÓN en el interior del mismo. La construcción de la articulación implica pensar simultáneamente en la unidad y la diversidad. Una articulación real entre distintas instituciones y entre los diferentes niveles y ciclos permite dar coherencia y unidad al sistema educativo. Resulta de alta significatividad e importancia debatir y concretar en este aspecto si hablamos desde lo discursivo de una Educación de calidad, democrática, Integral y permanente ¿para todos¿ 310-La aparición de los Jardines Maternales Comunitarios, Centros de Crianza y otros, formaron parte de esa política y se constituyeron en instituciones meramente asistencialistas,

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con personal no titulado o con agentes sociales no vinculado a la educación formal para la atención de la primera infancia de los sectores más desprotegidos. 311-sostenemos como desafío para los diversos organismos gubernamentales la profundización en la identidad y especificidad que debe alcanzar este ciclo de cero a 2 años/3 años y la incorporación de salas de 3 años en el segundo ciclo (Jardines de Infantes), atendiendo a la necesidad de prevención y educación temprana, que garanticen la calidad de los resultados en todas las etapas del aprendizaje y programas que combinen el escolar con servicios nutricionales y de salud, específicamente en esta franja etaria.- 312-¿Creación de Jardines Maternales, Jardines de Infantes que garanticen el cumplimiento de la universalización del Nivel Inicial, ya que en Río Negro faltan salas de 4 en muchas localidades. (...)creación y el sostenimiento de los Jardines Comunitarios, política que no es coherente con concepciones teóricas actuales en relación a la Educación formal y profesionalización docente.- 313-¿Revisión y reformulación de las resoluciones: - Resolución 828/87 que es el Primer Reglamento, en concordancia con las nuevas leyes, propiciando que el Estado garantice el derecho social a la educación para todos los niños y niñas. Cabe aclarar que desde el momento que se inicio su revisión en el año 2004, donde se generaron espacios de debate en toda la provincia, se realizaron aportes desde los compañeros/as de Nivel Inicial que nunca fueron considerados. 314-(...)criterios para la organización de la planta funcional y espacios, considerando prioritariamente criterios pedagógicos, basados en la realidad actual del nivel, considerando nuevas necesidades y problemáticas sociales, como así también las dimensiones del espacio físico Institucional. 315-Otros aportes: En el marco del total respeto por la opinión y debate colectivo que promueve el valor de la construcción conjunta, la Dirección del Jardín de Infantes Nº 22 sugiere y/o propone otros aportes que pueden sumar a un debate más amplio en relación a ¿El lugar que ocupará la Educación Artística en la Escuela¿(mencionado en el documento enviado)Se adjunta documento específico. 316-¿En el artículo N º2 sustituye el art. N º 39 de la Ley Nº 2444 de forma tal que el ciclo lectivo se amplía a 190 días .Esto es casi imposible en relación a la cantidad de feriados nacionales en el año calendario. ¿En el artículo Nº 46 inc c Se habla del Nivel Medio sosteniendo un nivel superior modalizado ¿es superior? ¿es modalizado? O se habla en referencia a una escuela técnica. 317-Art. 3º: A) entre su nacimiento, significa que el niño dejará de tener l posibilidad de estarlos primeros 45 días desde el nacimiento con su madre? ¿Dónde quedaron los derechos del niño y de la madre? 318-Art. 4º: ¿Dónde queda la lucha por la identidad de cada nivel? ¿podrá ser garantizada? ¿cómo?. 319-Los presentes manifiestan no estar de acuerdo ya que es imposible alcanzarlo teniendo en cuenta la instancia del período de recuperación en el mes de diciembre. Art 1 que sustituye al Art. 4 amplia la obligatoriedad hasta la finalización de la escuela secundaria considerándolo una propuesta positiva. Se cuestiona porque no se efectiviza la obligatoriedad de los 4 años ya que en la ley 2444 aparece especificado Art. 3 que sustituye al Art. 46 acordamos con estructura de nivel inicial, primario y medio.

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320--Art. 4 que sustituye al Art. 47 se cuestiona a que hace referencia la unificación en un nivel integrado. 321-Acordamos que el nivel primario y nivel medio sean obligatorios; no nos queda claro a que se refiere ¿promoverá la progresiva unificación en un nivel integrado, de los dos últimos años de la actual nivel Inicial¿ A qué se le denomina nivel integrado? Consideramos muy importante la obligatoriedad de las salas de 4 ya que de esta manera se logra garantizar la cobertura a tantos niños que actualmente quedan fuera del sistema por falta de creaciones de salas y /o jardines; también consideramos fundamental la progresiva incorporación de las salas de tres Consideramos que 190 días de clase no garantizan la calidad educativa, que no depende de eso. 322-Contar con talleres de apoyo extraescolar en la Escuela, es decir que sean cargos docentes que puedan acompañar a los niños que no cuentan con apoyo extraescolar. Que cada Escuela cuente con la presencia de maestros auxiliares, para que trabaje con el niño en el grado y acompañe a la docente en el proceso a cumplir por Etapa y en casos muy específicos. Que los cargos de Maestros de Trayectorias escolares sean creados si o sì en cada escuela. Pero también queremos expresar que es muy poco factible llegar a los 190 días de clase, no porque no quisiéramos cumplir, sino porque muchas veces surgen otros desencadenantes como feriados puentes, jornadas no estipuladas y otros emergentes que puedan llevarnos a la suspensión de actividades. 323-El Nivel Inicial fue uno de los Niveles mas olvidados en los últimos años, por tal motivo, la obligatoriedad de sala de 4 años, como así también, la promoción de la universalización del Nivel, para nosotras es un gran avance que garantiza la prevención y la educación como derecho social de la primera infancia, que es una etapa constitutiva de cada ser que nace. 324-Queremos destacar que cundo hablamos de universalización, nosotras entendemos: mas construcción de jardines maternales dependientes del Consejo Provincial de Educación atendido por docentes, ya que son muy pocos los jardines en la provincia y no alcanzan a cubrir la demanda existente de la población Rionegrina. Es una deuda pendiente con las primeras infancias. 325-Para el Nivel Inicial, consideramos necesario que se nombre el ciclo maternal, de esta manera le daríamos nombre, con fuerza de ley y especificación concreta para que el Estado sea el garante de brindar a cada familia, la oportunidad, si la necesita, de enviar a sus hijas/os a Jardines Maternales; ya que en nuestra Provincia existe el Instituto de Formación Docente egresan con el titulo de Jardín y Maternal. Nos preguntamos ¿Es necesario unificar un Nivel para garantizar la obligatoriedad de los dos últimos años del Nivel Inicial y la totalidad del Nivel Primario y Nivel Medio? Habría que especificar que se pretende con la unificación y cuales son los beneficios y contras? Nos quedan dudas. 326-¿La nueva Ley Nº 4737; Art. 2º Se agregan 10 (diez) días al ciclo lectivo, se dialoga y se acuerda que se agreguen días de clase, siempre y cuando no se prolonguen las actividades en el mes de Diciembre, pues los docentes y alumnos se encuentran con poco rendimiento.- ¿Se acuerda con la exigencia de articular con los niveles inferiores, en nuestro caso superior, pues somos el 1er. Escalón.-

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327-¿Hasta que edad podrá permanecer cada alumno en cada ciclo? ¿Habrá limite de edad para finalizar el Nivel Primario? ¿Será requisito tener Nivel Inicial para poder ingresar al Nivel Primario? En relación a los 190 días: ¿Cómo se llevará a cabo su concreción? Si se tiene varios días feriados a lo largo del año. ¿Se incluye el Periodo Complementario de Aprendizaje y Promoción de alumnos en este período? Articulación entre niveles generando espacios para generar una trayectoria escolar continua para los alumnos. -En relación al texto donde se pide los ¿190 días de clase¿, creemos que se debe cambiar el uso del término ¿mínimo¿ por ¿aproximadamente¿. -Obligatoriedad: ¿se debe acotar a la cantidad de años supuestos que lleva cada nivel, alcanzando los contenidos mínimos? ¿con logros parciales? ¿estamos promoviendo así con calidad de educación? Vemos la necesidad de que se aclare ¿desde los cuarenta y cinco días¿¿. Es importante el vínculo de contención que creará ese niño/a con su familia en la primera etapa de la vida, considerando el rol ejercido por la misma como insustituible. La atención de los niños deberá ser ¿desde los 45 días¿ no ¿desde su nacimiento¿ respetando la Legislación laboral y fomentando el vínculo tan importante para el niño y su madre en esta etapa de su vida. -Art 1 que sustituye al Art. 4 amplia la obligatoriedad hasta la finalización de la escuela secundaria considerándolo una propuesta positiva. Se cuestiona porque no se efectiviza la obligatoriedad de los 4 años ya que en la ley 2444 aparece especificado. Art. 3 que sustituye al Art. 46 acordamos. Acuerdan con estructura del artículo Nº 46 328-Art. 4 que sustituye al Art. 47 se cuestiona a que hace referencia la unificación en un nivel integrado 329--También proponemos la creación de más Equipos Técnicos de Aprendizajes y que sean integrados por la totalidad de profesionales necesarios para cubrir las necesidades de todas las áreas de desarrollo del niño. 330-Consideramos al Jardín Maternal como uno de los PILARES FUNDAMENTALES DEL INICIO DE LA CONSTRUCCION DEL VINCULO ENTRE LA INSTITUCION EDUCATIVA Y LAS FAMILIAS QUE INTEGRAN LA COMUNIDAD, ya que en cuanto a las edades que abarca el mismo el vinculo que se establece con las familias es mas estrecho y fluido, por lo que proponemos la REVALORIZACION DEL JARDIN MATERNAL COMO INSTITUCION EDUCATIVA DENTRO DEL SISTEMA. 331-También queremos dar a conocer nuestro desacuerdo con la creación de Jardines Maternales llamados Comunitarios donde la Planta Funcional no es docente, lo cual modifica ampliamente el sentido del vinculo que se establece entre la comunidad y la educación y no concuerda con la propuesta de educación que queremos implementar. 332-También consideramos importante que las carreras, postgrados o post-títulos docentes de maternal sean otorgados con práctica docente en el área específica y no solo con la teoría. *No se especifica la edad de finalización de la escolaridad media.- Con los tres (3) años básicos obligatorios, bajaría el nivel de contenidos.- La falta de especificación de la edad para la finalización de cada nivel escolar, fomentará la "sobre edad" en las instituciones educativas (sobre todo en el nivel medio) La duración del periodo lectivo a 190. Creemos que no importa la cantidad sino la calidad (ésta última es responsabilidad nuestra) también hay distintos factores que influyen en el calendario.

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333-(...)se considera que debería garantizarse la existencia de los edificios para jardines de 4 años, ya que aún muchas salas de 5 años, funcionan como anexo en escuelas primarias. 334-.Con respecto al artículo 39º, se piensa que es imposible cumplir con la premisa de los 190 días de clase. Agregar en el Art. 4º que la universalización del Jardín a partir de los 4 años se rija en todas las juridicciones de la provincia, ya que en las zonas rurales no existen hasta la fecha secciones de nivel inicial. Para poder concretar con todo el proceso hasta la finalización del nivel medio, tener en cuenta los equipos técnicos, proponemos que cada institución tenga su equipo único, que se realice mayor inversión al igual que políticas educativas para que los cargos estén ocupados por personas con idoneidad. Proponemos esto para poder llevar adelante un proceso de enseñanza-aprendizaje, más acorde a las necesidades de nuestros alumnos y alumnas y poder llevar adelante el proceso de articulación entre los distintos niveles. En el Nivel Medio proponer que se lleven a cabo distintos talleres de oficio para luego salir a la sociedad con otras posibilidades. Tener en cuenta a las escuelas que están bajo el proyecto PIE a nivel nacional, que los cargos que plantean como referentes TIC, sean como se plantean en nuestra reglamentación vigente en nuestra provincia como cargo y no sujetos a cuestiones económicas. 335-Como sugerencia queremos agregar que cada institución educativa ponga en real vigencia y revalorice su P.C.I como así también brindarlo a la comunidad educativa si esta lo requiera. Art. 46° La propuesta va junto con la Ley de Inclusión: que todos los niños tengan la misma oportunidad, revisar dificultades y evaluar por no tener el ETAP. Art. 1° Importante la universalización pero no la integración de niños de 4 y 5 años, por sus características. Especificar más, el Nivel Inicial no tiene período de recuperación. Surgen muchos interrogantes, como por ejemplo: cómo se hace para garantizar la finalización de estudios y evitar el desgranamiento; se preguntan si saldrá una nueva solución para con tener a los estudiantes con exceso de edad.- 336-Plantean la necesidad de creación de un colegio vespertino.- Gabinete pedagógico para el Proyecto de Inclusión.- Consideran positivo la obligatoriedad de la Escuela Secundaria.- También consideran necesario garantizar las salas de (4) cuatro años. No se acuerda con el aumento a 190 días de clase, dado que esto no puede ser real, teniendo en cuenta los días por los Períodos Complementarios de Recuperación, más los días destinados a exámenes previos y libres en diciembre y febrero, eso insume un mes.- 337-Y vuelven al tema de las Escuelas Técnicas, tema que no visualizan en la propuesta, y esto trae enojo, ya que el año anterior se trabajó a conciencia, en la Homologación de títulos con miras a actualizar los planes de estudios que desde 1984, no se trabajan, y existen rumores de que por el presente año se suspenderá el Proyecto. Art. 3° sustituye al 46° En el Nivel Inicial no queda claro a qué se refiere con la ¿orientación¿ en cuanto a la atención de los niños y a cargo de quién estará dicha orientación y cuál será la capacitación que tendrán que tener esas personas acompañadas de un grupo profesional que cubra las necesidades. Se debería garantizar la creación de Jardines maternales. Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la

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Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 338-En relación al Art.1º Se debería incluir en el párrafo de la ley:¿.¿ independiente de la categoría y ubicación de la escuela ¿( matricula)en relación con el nivel inicial y las materias especiales.- 339-Art. 4° No queda claro la ¿progresiva unificación¿, ¿no pierde identidad cada nivel? 340-Respecto 190 días de clase: Mejor reducir feriados y/o puentes para cumplir con 180 días. 341-Evaluar cambios sobre Ley 4737, Creaciones de Jardines Maternales, Rever Ley 828/87 Reglamento de Nivel Inicial, Rever Diseño Curricular del Nivel.

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Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 342- El Nivel Inicial atiende niños? El Nivel tiene un Diseño Curricular, se deben utilizar los conceptos adecuados. Esta propuesta abarca maternal y común, garantiza infraestructura, estructura organizativa, capacitación, personal imprescindible que intervenga en la educación y estimulación de los niños?. En relación a los 190 de clases, sostienen que se garantiza cantidad, no calidad.- 343-Solicitan que las Escuelas Técnicas, especiales y otras, cuenten con su propia estructura autónoma, Consejos de Educaciones Especiales.

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¿Artículo 3º: opinan que la redacción parece indicar que desde el nacimiento, la persona ingresará a algún establecimiento educativo. Este punto debería tener cierta aclaración, ya que resulta confuso.- 344-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N ° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. 345-Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades.

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346-Se acuerda con la obligatoriedad de la sala de 4 años hasta la finalización del nivel secundario, si bien surge la inquietud en relación a las políticas que se llevarán a cabo para cumplir dicho objetivo en cuanto a la infraestructura y las necesidades de las distintas comunidades. En cuanto a la extensión del período escolar a 190 días, se propone utilizar y enriquecer el tiempo real (180 días) garantizando la calidad de la educación. Desde nuestra experiencia como escuela de gestión privada, sin realizar paros docentes, llevando a cabo las jornadas de perfeccionamiento fuera del horario escolar (sin suspensión de clases), sin interrupciones por factores climáticos ni edilicios, en el, año 2011 llegamos a 181 días de clases. El grupo docente concluye, que se obtendrán mayores logros en la escolarización y adquisición de conocimientos, si la calidad de trabajo docente se lleva a su máximo potencial, sustentada con una seria capacitación. Todo el plantel docente acuerda con la idea de promover la universalización del nivel inicial. Pero el gran debate y los interrogantes, surgen de la palabra "inclusión", como ha ocurrido tiempo atrás, al analizar los primeros materiales acerca de la misma. 347-Eje Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años.

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348-Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N ° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 349-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N ° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel

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Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. 350-Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 351-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N ° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N ° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles.

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352-Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 353-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿ Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso?

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Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art.N° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel. Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N ° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero... ¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. 354-Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 355-Plantean si cantidad de días garantiza calidad educativa y si existe verdadera preocupación por la calidad tan declamada. Es casi imposible hacer realidad los 180 días de clases teniendo en cuenta los nuevos feriados. ¿ Cómo se asegurarían 190 días de clase en la práctica y no sólo en el discurso? Ambos grupos acordaron con respecto a la modificación del Art. N ° 46 respecto a que nada cambia en el Nivel Inicial. Se preguntan qué ocurre con los Jardines Maternales dado que la Educación Pública está siendo discriminatoria. El derecho a asistir a un Jardín Maternal es sólo para muy pocos, por ejemplo en Viedma donde asisten los hijos de los funcionarios. Se acordó solicitar la creación de Jardines Maternales como así también el ¿acceso real¿ a sala de tres y cuatro años. Aseguran que transformar los centros de Promin en Jardines Maternales sería el inicio de un cambio para el Nivel.

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Luego se preguntan en qué se fundamenta el artículo N ° 47 puesto que no queda claro para qué se unificará en un solo nivel inicia y primaria. Que sea obligatorio no impide que cada nivel mantenga su identidad teniendo en cuenta la historia del Nivel Inicial y las luchas que le permitieron ser reconocido en toda sus peculiaridades. Otra cuestión es tener claro lo que implica una ley, en especial la de educación por su implicancia en todos los ámbitos de una comunidad. Se interesan en recordar que la ley es el marco legal de nuestro sistema educativo. Agregan que la Ley N° 2444 nunca se reglamentó. Un ejemplo en nuestro Nivel es que la ley considera que enseñanza obligatoria comienza a los cuatro años y esto no se está poniendo en práctica. La obligatoriedad del Nivel Inicial la establece para 4 y 5 años y se hace un vacío al período anterior que va desde los 45 días, tal como figuraba en la Ley N° 2444. ¿O tal vez haya alguna suspicacia para no contar los Jardines Maternales? Tampoco se aclara cómo se va a garantizar la educación desde los 4 años. 356-Solicitan y exigen al gobierno que arbitre los medios adecuados y suficientes para poder contar en todas en todas las instituciones con salas de 4 años, como así también, que el Nivel Primario solicite el certificado de finalización de Nivel Inicial tal como se exige en el resto de los niveles educativos. Agregan que muchas familias concurren a Promin en busca de un lugar para su hija/o porque en otras instituciones no hay cupo. Solicitan, además, que el Nivel Inicial sea un nivel integrado desde los 45 días hasta los 5 años. En el Nivel Medio, no existe límite de edad para estar en una institución educativa como figura en la ley anterior hasta los 16 años. Con esto se garantizaría el acceso y permanencia en el sistema pero no la adquisición de conocimientos (pasar con tres materias adeudadas y sin cómputos de inasistencias de los alumnos/as). Ahora: El Estado reconoce el derecho a una educación obligatoria desde los 4 años de edad hasta culminar el nivel secundario. Antes: El Estado garantiza una educación gratuita desde los 4 años hasta los 16 años. Surge como interrogante que la Ley N ° 2444 plantea la obligatoriedad desde los 4 años pero...¿se cumple en la realidad? Consideran que existen contradicciones entre lo que está escrito con lo que se vive a diario en educación dado que si un niño/a no ha concurrido a Nivel Inicial puede ingresar sin dificultad a la Escuela Primaria omitiendo un eslabón del sistema educativo, situación que no ocurre cuando se trata de otros niveles. Expresan que los Jardines Maternales surgieron como una demanda social. A lo largo de la historia han ido cobrando sentido y significatividad pero los Jardines Maternales públicos funcionan en muy pocas ciudades. 357-Cuando en el Art. 39 habla de un mínimo de 190 días hábiles de clase no especifica cómo se van a implementar, porque si a la licencia anual obligatoria del mes de enero, le sumamos las vacaciones de invierno, los feriados y los 95 sábados y domingos, la cuenta no da. 358-Art 39 . Establece la duración del ciclo lectivo en 190 días hábiles de clase . Como comunidad rural de escuela de cordillera , señalamos que las autoridades nunca han dado curso a los reclamos sobre la necesidad de realizar ajustes en el Calendario escolar, al finalizar los periodos y al iniciarse, las comunidades rurales de la Zona andina han presentado a las distintas autoridades propuestas de calendarios ajustadas a la Realidad de la zona de cordillera , propuestas que garantizaban un cumplimiento efectivo del calendario la Ley establece una duración de los ciclos lectivos que luego desconoce a la hora de organizar los calendarios . Un alto porcentaje de nuestros alumnos no asiste a las escuela los días de junio , las autoridades están informadas de esta situación , sin embargo hace cinco periodos que extiende los días de clases en el mes de junio en los calendarios correspondientes al periodo febrero ¿ diciembre, ignorando esta realidad, los reclamos y las propuestas presentadas por las comunidades rurales .De modo que el C .Provincial de educación no garantiza el cumplimiento que pretende efectivizar, ya que con un porcentaje de asistencia de niños menor al 30 % de la matricula , los días de junio no pueden considerarse de cumplimiento efectivo, mas aun cuando los derechos de los niños que no pueden acceder a la escuela están siendo vulnerados.

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Observación:(CM) Sin modalidad rural. 359-Con respecto al nivel Primario, sostenemos la propuesta elaborada en las jornadas de trabajo de Revisión del diseño curricular EN PERIODO 2010. ( Anexamos copia ) Por otra parte , los jardines maternales o centros de crianzas deben estar dentro de la estructura del sistema educativo ( Nivel Inicial ) los cargos cubiertos por docentes del Nivel y depender de las supervisiones zonales. 360-¿Las salas de 5 años es necesario analizar el modo de acreditación. Art.4° de la ley 2444: ¿mínimo de 190 días? De qué manera se logran, bajo qué condiciones? Aún sin ningún inconveniente no podríamos lograr ese ¿mínimo¿. 361-Art. 46 de la ley 444: ¿¿se orientará hacia la atención ¿¿ No acordamos con el sólo concepto de atención, sobre todo a partir de los 4 y 5 años que será obligatoria y podríamos incorporar objetivos y metas como en el nivel primario donde se habla de promover logros parciales y no sólo de atender. 362-Creación de puestos de trabajo: dada la necesidad de trabajar con alumnos en proceso de integración es necesaria la figura de maestros de apoyo o pareja pedagógica o maestro integrador. Tampoco contamos con maestros de áreas especiales: Ed. Física, Plástica y Música lo que implica el ninguneo de la educación artística, la negación del derecho de nuestros niños y niñas a la educación artística. 363-Cómo reposicionamos a la escuela rural para que sea inclusiva? 364 Nivel Inicial:Rural Necesita atención edilicia: sala nuevas para dar acceso a los nenes y nenas de 4 años y salas adecuadas para los de 5 -cuya matrícula viene aumentando progresivamente- con el equipamiento y mobiliario correspondiente. La consecuente creación de puestos de trabajo que respondan a estas necesidades ( maestra de sección y preceptor). Creación de cargos para atender las áreas especiales: Ed. Física, Plástica y Música. 365- Creación de puestos de trabajo: dada la necesidad de trabajar con alumnos en proceso de integración es necesaria la figura de maestros de apoyo o pareja pedagógica o maestro integrador. Tampoco contamos con maestros de áreas especiales: Ed. Física, Plástica y Música lo que implica el ninguneo de la educación artística, la negación del derecho de nuestros niños y niñas a la educación artística. 366-Articulación con Nivel Medio: Es necesario que los alumnos egresados de nivel primario tengan la oportunidad de acceder a los estudios secundarios en el lugar de residencia, evitando el desarraigo y a su vez promoviendo la socialización que limita la implementación del CEM Virtual: Esto implica no coartar el vínculo docente-alumno, alumno-alumno, alumno-comunidad, apropiarse significativamente de los contenidos, desarrollar estrategias propias y conocer estrategias ajenas, generando un proceso pedagógico dinámico, democrático, inclusivo. 367-Jardines maternales: muy buenas propuestas que si se acompañan con lo que Unter ha expuesto al respecto pueden ser viables y de resultados positivos inmediatos.El nivel inicial es el único nivel educativo que no puede recuperarse en otra etapa de la vida¿ . Hace dos años que nuestra institución solicita a las autoridades en vigencia la creación del nivel inicial en nuestra escuela. ¿Es necesario rediseñar los Consejos Institucionales que como alumnos adultos su participación es diferente. ¿Actualmente además de los adultos se han incluido a los jóvenes que cada año suman más matrícula en la modalidad.

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368-Con relación a los contenidos, si bien son más flexibles, contextualizarlos partiendo de sus intereses y necesidades a través de propuestas de proyecto de vida. Es decir formatos desde los talleres con soporte de conocimientos específicos necesarios, sobre una didáctica apropiada para cumplir una verdadera misión institucional. 369-El ciclo lectivo tendrá una duración de 190 días. Este periodo no podrá cumplirse en condiciones óptimas puesto que los feriados reconocidos a nivel nacional y los puentes que complementan a los primeros disminuyen notablemente la cantidad de clase. 370-Atiende y promueve los conceptos de continuidad-articulación-diversidad e inclusión para que el pasaje de nivel exija una planificación estratégica de las instituciones educativas. 371-Con respecto al..." Cómo reposicionamos modalidades históricamente relegadas tales como rurales, Adultos, técnica y especial...", consideramos que, es fundamental como docentes conocer de que manera, con qué recursos económicos y humanos se contarán para lograr tal fin ya que la modalidad ADULTOS hasta el momento, no es reconocida como verdaderamente debe ser: sin recursos, sin Talleres, sin Cursos de <perfeccionamiento. En la mayoría, sin edificio propio.