politicas y normas del sector cultural que hacen referencia a los medios ciudadanos y comunitarios

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Dirección: Carrera 8 N° 8-09. Conmutador: 3424100. Línea gratuita (018000) 913079. Correo electrónico: [email protected] . Internet: http://www.mincultura.gov.co Anexo 2 Políticas y normas del sector cultural que hacen referencia a los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios Marco normativo y político que vincula al Área de Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios con el sector cultural. Ley 397 de 1997 o Ley de Cultura: Artículo 13 Difusión del patrimonio. Con el fin de proteger lenguas, tradiciones, usos y costumbres y saberes, el Estado garantizará los derechos de autoría colectiva de los grupos étnicos, apoyará los procesos de Etnoeducación, y estimulará la difusión de su patrimonio a través de los medios de comunicación. Artículo 21. Derecho preferencial a la radio y la televisión públicas Artículo 59. Integración del Consejo Nacional de Cultura. Los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios están representados mediante el Presidente del Consejo del área en el Consejo Nacional de Cultura. Artículo 60. Consejos Departamentales, Distritales y Municipales de cultura. Este artículo establece que cada Consejo Municipal y Distrital de cultura, debe tener un representante por agremiaciones y asociaciones de comunicadores. Plan Decenal de Cultura: Hacia una Ciudadanía Democrática Cultural 2001-2010 Los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios aparecen en diferentes momentos de este documento, y en general se le da importancia al aspecto comunicativo en varias de las políticas nacionales planteadas. Por ejemplo, para el Campo del Diálogo Cultural, en su política de “Promover el diálogo, el intercambio y la cooperación entre las cul turas”, se contemplan como estrategias: Una radio que exprese y ponga en diálogo la diversidad: fomento a la producción radial local como base para garantizar la participación equitativa de las culturas en el espectro radial.

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Marco normativo y político que vincula al Área de Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios con el sector cultural

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Page 1: Politicas y normas del sector cultural que hacen referencia a los Medios Ciudadanos y Comunitarios

Dirección: Carrera 8 N° 8-09. Conmutador: 3424100. Línea gratuita (018000) 913079. Correo electrónico: [email protected]. Internet: http://www.mincultura.gov.co

Anexo 2

Políticas y normas del sector cultural que hacen referencia a los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios

Marco normativo y político que vincula al Área de Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios con el sector cultural. Ley 397 de 1997 o Ley de Cultura:

Artículo 13 Difusión del patrimonio. Con el fin de proteger lenguas, tradiciones, usos y costumbres y saberes, el Estado garantizará los derechos de autoría colectiva de los grupos étnicos, apoyará los procesos de Etnoeducación, y estimulará la difusión de su patrimonio a través de los medios de comunicación.

Artículo 21. Derecho preferencial a la radio y la televisión públicas

Artículo 59. Integración del Consejo Nacional de Cultura. Los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios están representados mediante el Presidente del Consejo del área en el Consejo Nacional de Cultura.

Artículo 60. Consejos Departamentales, Distritales y Municipales de cultura. Este artículo establece que cada Consejo Municipal y Distrital de cultura, debe tener un representante por agremiaciones y asociaciones de comunicadores.

Plan Decenal de Cultura: Hacia una Ciudadanía Democrática Cultural 2001-2010

Los Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios aparecen en diferentes momentos de este documento, y en general se le da importancia al aspecto comunicativo en varias de las políticas nacionales planteadas. Por ejemplo, para el Campo del Diálogo Cultural, en su política de “Promover el diálogo, el intercambio y la cooperación entre las culturas”, se contemplan como estrategias:

Una radio que exprese y ponga en diálogo la diversidad: fomento a la producción radial local como base para garantizar la participación equitativa de las culturas en el espectro radial.

Page 2: Politicas y normas del sector cultural que hacen referencia a los Medios Ciudadanos y Comunitarios

Dirección: Carrera 8 N° 8-09. Conmutador: 3424100. Línea gratuita (018000) 913079. Correo electrónico: [email protected]. Internet: http://www.mincultura.gov.co

Televisión cultural pública plural y de calidad: impulso a una televisión pública que propicie la creación y promueva el diálogo intercultural con producciones de calidad. Apoyo a iniciativas que pongan en red canales de televisión local y

regional y que cualifiquen su producción bajo un marco de respeto por la diversidad.

Alfabetización audiovisual: apropiación de los medios, las tecnologías y los lenguajes audiovisuales por parte de comunidades que no han tenido acceso a la producción audiovisual de manera que puedan expresar desde ellos su propia voz. Establecer circuitos que propicien la exhibición nacional de su producción.

Prensa para una Nación diversa: las distintas voces del país y del mundo deben tener cabida, sin censura, en la prensa escrita. Apoyo a la pluralidad de medios. Estímulos para las revistas culturales y otros medios impresos que circulen las identidades

Conectar las memorias: Las memorias son los materiales que necesitamos para construir la Nación, pero es preciso que éstas tengan posibilidad de interactuar. La Agenda de Conectividad debe ser aprovechada para poner en diálogo museos con bibliotecas, centros de documentación con archivos, fonotecas con radios comunitarias de manera que puedan trazarse rutas comunes entre las distintas memorias orientadas a aportar al proyecto colectivo de Nación.

Decretos

1126 de 1999. Por el cual se reestructura el Ministerio de Cultura, y se determina como una de las funciones de la Dirección de Comunicaciones “Proponer y coordinar las acciones necesarias para el desarrollo de las radios comunitarias y otras iniciativas de participación colectiva, y para el establecimiento de una programación cultural en los medios masivos de comunicación (Art.15)”.

3600 del 2 de Noviembre de 2004. Por el cual se reglamentan los Consejos Nacionales de las Artes y de la Cultura y se dictan otras disposiciones. Estos Consejos diferencian su función de la del Consejo Nacional de Cultura, en tanto que, los Consejos de Áreas Artísticas y Culturales son espacios de autonomía de cada área, y si se quiere, de especialización en los temas. Según este decreto los Consejos Nacionales de las Artes y de la Cultura estarán conformados por un

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Dirección: Carrera 8 N° 8-09. Conmutador: 3424100. Línea gratuita (018000) 913079. Correo electrónico: [email protected]. Internet: http://www.mincultura.gov.co

representante de cada una de los Grupos Regionales delegados por los Espacios de Participación Departamentales y Distritales.

Resoluciones

0912 del 5 de julio del 2000. Mediante esta resolución se reconoce a los medios de comunicación Ciudadanos y/o Comunitarios como una “expresión cultural de la nacionalidad colombiana”.

0986 del 2000. Por el cual se crea el Consejo Nacional de las Artes y de la Cultura de Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios y se reglamenta su composición y funciones.

0125 del 14 de Febrero de 2005. Por el cual de crea el Consejo Nacional del Área y La Cultura en Medios de Comunicación Ciudadanos y Comunitarios (Deroga la anteriores)