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TEMA: “APLICACIÒN TEMPORAL DE LA LEY PENAL”
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APLICACIÒN TEMPORAL DE LA LEY PENAL FCJP-UNA Puno
de las concepciones dominantes sobre la necesidad de proteger unos u otros
bienes jurídicos”. Esta sucesión puede producir las siguientes situaciones:
una nueva ley crea un delito no establecido en un ley anterior: si los
actos que se dieron durante la vigencia de la ley anterior eran
considerados impunes y con la nueva ley se estipulan punibles, ésta no
puede aplicarse retroactivamente
-una nueva ley considera lícito un hecho que en la ley anterior era
considerado ilícito: rige en este caso el principio de la retroactividad de
la ley más favorable (ley abolitiva).
- una nueva ley modifica la penalidad de un delito; si disminuye la pena
se aplica la nueva ley, pero si aumenta la pena se aplica la ley anterior
por ser más favorable.
En el caso de la ley abolitiva pueden presentarse dos situaciones
procesales en el momento de su aplicación retroactiva:
El proceso está en trámite o,
El proceso ha concluido con sentencia condenatoria.
Esta última hipótesis se constituye como una excepción a la cosa juzgada, así, en
los supuestos de cosa juzgada, es decir, en los casos de modificación de la ley penal
dictadas después de la sentencia o durante la condena, se limitará la pena conforme
a la ley más favorable.1
Si, según la nueva ley, el hecho sancionado en una norma anterior deja de ser
punible, la pena impuesta y sus efectos se extinguen de pleno derecho.2
3.1. OTRAS ACEPCIONES SOBRE RETROACTIVIDAD
1 VILLAVICENCIO, 2007, pág. 1772 Código Penal art. 7.- Retroactividad benigna
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DERECHO PENAL GENERAL