normas administrativas de cumplimiento patronal

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Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal Lic. Josemaría Moreno Gestiones Administrativas y Empresariales

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Page 1: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Normas Administrativas

de Cumplimiento Patronal

Lic. Josemaría Moreno

Gestiones Administrativas y Empresariales

Page 2: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Esta Consultora, entiende que el cumplimiento patronal es una acción ciudadana responsable, que contribuye en el

crecimiento del país, en el sentido de la valorización de los paraguayos como capital humano e intelectual, y desde

esta función, como protagonista de su propio crecimiento, en el pleno goce de sus derechos y libertades. En

consecuencia, coopera con este proceso de desarrollo, a través de éste instrumento técnico, que permitirá a las

firmas obtener una herramienta que les ayudará a cumplir con sus obligaciones para con sus trabajadores, con el

Ministerio de Trabajo y con la Ley.

Page 3: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Artículo 385º del Código Laboral

“Las faltas de cumplimiento de las disposiciones de este Código que carezcan de pena especial, serán

sancionadas con una multa correspondiente de diez a treinta jornales mínimos por cada trabajador afectado,

que se duplicará en caso de reincidencia”

Page 4: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Establecimiento del Vínculo Laboral

La Patronal está obligada por el Ministerio de Trabajo a suscribir Contrato por Escrito, pudiendo utilizar la Pro-forma del Ministerio de Trabajo para las condiciones generales del Contrato, u otros métodos, como el informatizado y debiendo solicitar la homologación en los casos especiales.

Page 5: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Obligaciones ante el Instituto de Previsión Social

• Inscribir a la firma como Patronal de IPS.

• Confeccionar mensualmente las planillas de IPS, incorporando

todos los eventos diarios de cada uno de los empleados y

justificando cualquier sanción, inasistencia o beneficio que le

compete a cada empleado.

• Abonar mensualmente el 16,5% de todos los sueldos y jornales

de los empleados de la empresa, además del 9% que se le

descuenta a cada empleado.

Page 6: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Obligaciones ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad

Social

Page 7: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Inscripción en el Registro Obrero Patronal:

La obligación de la firma es inscribirse en la Dirección de

Registro Obrero Patronal del Ministerio de Trabajo, antes de

60 días corridos de haberse inscripto en IPS, así obtener su

Número Patronal, que le servirá como identificador en el

Ministerio de Trabajo y como usuario para acceder

posteriormente al sistema REGOBPAT

Page 8: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Rúbricas de Libros Laborales y de Hojas sueltas para recibos de salarios.

“Los libros mencionados, para su validez, deberán tener sus hojas numeradas y rubricadas por el Departamento de Inscripción Obrero Patronal”.

Page 9: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

El Sistema de Comunicaciones de eventos laborales

(Resolución 835/2016)

• Las firmas deben presentar sus comunicaciones a través del sistema REGOBPAT, del Módulo de Comunicaciones.

• Ya no se presentan comunicaciones por ventanilla de Mesa de Entradas.

• Las patronales deben estar al día con la presentación de las Planillas, desde el año 2011, sin multas pendientes para poder realizar las comunicaciones.

Page 10: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Tenencia de Libros Laborales

• Se debe tomar como obligación de la Patronal entonces la mensual y correcta Tenencia de los Libros Laborales de Empleados y Obreros; de Sueldos y Jornales y de Vacaciones Anuales; los cuales pueden ser exigidos en cualquier momento por el Ministerio de Trabajo, y eventualmente, ante conflictos legales entre Patronal y Empleado, deben presentarse estos Libros ante las instancias judiciales del fuero laboral.

Page 11: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Las Liquidaciones de Salario

Conforme al Artículo 222º del Código Laboral, es obligatoria

para las Patronales la Comunicación al empleado por escrito

con 15 días de anticipación a las vacaciones que gozará, y

la tenencia de estas comunicaciones firmadas por el

empleado.

Page 12: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal
Page 13: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Recibos de Vacaciones

Conforme al Artículo 220º del Código Laboral, es

Obligatoria la concesión de vacaciones a los trabajadores

por cada periodo interanual; para lo cual deberá realizar la

tenencia mensual de los Recibos de Vacaciones, firmados

por los empleados, que le servirá de comprobante de

cumplimiento con esta obligación.

Page 14: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal
Page 15: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Recibos de Aguinaldos.

• El cumplimiento de esta clara obligación patronal se comprueba a través de la tenencia de los Recibos de Aguinaldo, los cuales el Ministerio de Trabajo puede requerirlos a la Patronal en cualquier momento.

Page 16: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Presentación Anual de Planillas Laborales

• Según el Decreto 580/08, la Patronal está “Obligada” a

presentar las Planillas Laborales Anuales, caso contrario,

será pasible de multa de 20 jornales mínimos, por cada

año de atraso. Además, el sistema REGOBPAT permite la

presentación de las planillas anuales, solamente si la

Patronal está al día con sus presentaciones, caso

contrario, deberá abonar primero las multas para poder

presentar sus Planillas.

Page 17: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Otras Normas Obrero Patronales de

Cumplimiento General

Page 18: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Carteles de Horarios y Salarios y Jornales Mínimos Vigentes

El Artículo Art. 206. Todas las empresas, explotaciones o establecimientos a que se refiere este Código, deberán: a) fijar carteles en lugares visibles, que contengan indicaciones claras sobre las horas de principio y fin de la jornada de cada trabajador o equipo de trabajadores y los períodos intermedios de descanso en la jornada; y b) registrar las horas extras e importes respectivos en el libro de salarios. Por su parte, en el Artículo 260°, Se establece la obligación de dar “amplia publicidad a los salarios mínimos… mediante la fijación de carteles.

Page 19: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Exámenes Médicos de Admisión y Periódicos

El Artículo 275° del Código Laboral establece que “el empleador deberá:

a) disponer el examen médico, admisional y periódico de cada trabajador, asumiendo el costo. La reglamentación determinará el tiempo y la forma en que deben realizarse los exámenes médicos periódicos, los cuales serán pertinentes a los riesgos que involucra la actividad del trabajador”;

Page 20: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

El examen médico admisional comprenderá, para todos los trabajadores: 1. Examen clínico (vista, oído, piel, extremidades, etc.). 2. Radiografía de tórax. 3. Hemograma completo. 4. Investigación de VDRL - Sífilis. 5. Colesterol. 6. Glicemia. 7. Inmunofluorescencia (Mal de Chagas). 8. Tipificación sanguínea (grupos sanguíneos y factor RH). 9. Examen de rutina (orina). 10. Examen parasitológico de heces. 11. Test sicológico elemental y de coordinación muscular. 12. Investigación V.I.H. (SIDA).

Page 21: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Art. 263°: El examen médico periódico de doce (12) en

doce (12) meses, al máximo comprenderá:

1. Examen clínico. 2. Radiografía del tórax. 3. Hemograma completo 4. Examen de rutina, orina 5. Electroencefalograma 6. Test Sicológico 7. Examen ginecológico PAP

Page 22: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Constancia de provisión y entrega de Ropas de Trabajo y Equipos de Protección Personal

El comprobante de entrega de esta indumentaria de trabajo y los equipos de protección personal, es una tenencia obligatoria para la Patronal, pues estos comprobantes el Ministerio de Trabajo podrá solicitarlos en cualquier momento.

Page 23: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Obligaciones Especiales para las Patronales de a partir de 10 y más de 100 empleados

Page 24: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

El Reglamento Interno de Trabajo

El Artículo 354º del Código Laboral establece cuanto sigue “Todo empleador con más de diez trabajadores contará con Reglamento Interno de Trabajo homologado, para aplicar las sanciones disciplinarias previstas en los incisos a), d) y e) del artículo anterior, salvo que el empleador decida aplicarlas en sustitución del despido”.

Page 25: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

La Comisión Interna de Prevención de Accidentes.

• El Artículo 292º del Decreto 14.390/92 establece como atribuciones de la Comisión las siguientes:

• “1) Investigar el origen y las causas de los accidentes.

• 2) Proponer y recomendar al empleador medidas de prevención de accidentes, de seguridad e higiene

del trabajo que considere necesarias.

• 3) Colaborar estrechamente, si los hubiere, con los Servicios de Seguridad, Medicina e Higiene del

Trabajo de la Empresa.

• 4) Inspeccionar periódicamente las instalaciones de la empresa, verificando el cumplimiento de las

reglamentaciones legales y el estado de conservación de los equipos de protección y dispositivos de

seguridad.

Page 26: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

6) Proponer medidas de acción disciplinaria para los que infringieren normas y reglamentos de seguridad.

7) Cooperar para el cumplimiento de las reglamentaciones e instrucciones de carácter oficial o internas, relativas a la prevención de accidentes, seguridad e higiene del trabajo.

8) Realizar reuniones, charlas, proyecciones de películas sobre prevención de accidentes, seguridad e higiene en el trabajo.

9) Analizar los accidentes ocurridos y las estadísticas que deben figurar en las actas de reunión.

10) Remitir mensualmente al Servicio de Seguridad, Servicio de Higiene y Medicina del Trabajo, para la elaboración de resúmenes, la documentación referente a sus actividades”.

Page 27: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

El Decreto 14.390/92: POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL TÉCNICO DE SEGURIDAD, HIGIENE Y

MEDICINA EN EL TRABAJO

Page 28: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Art. 275°: Los establecimientos que cuenten con menos de ciento cincuenta (150) trabajadores incluyendo los que desarrollan tareas administrativas, deben solicitar los servicios especializados externos de Medicina, Higiene y Seguridad en el Trabajo.

Page 29: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna (Ley Nº

5508/2015)

(Resolución N° 396 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social “POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA HABILITACIÓN DE LAS SALAS DE LACTANCIA EN

INSTITUCIONES Y EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS”)

Page 30: Normas Administrativas de Cumplimiento Patronal

Muchas Gracias