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REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES MOP - 001-F 2002 ESPECIFICACIONES GENERALES ESPECIFICACIONES GENERALES PARA LA CONSTRUCION PARA LA CONSTRUCION DE CAMINOS Y PUENTES DE CAMINOS Y PUENTES QUITO - 2002

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REPUBLICA DEL ECUADOR MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES

MOP - 001-F 2002

ESPECIFICACIONES GENERALES PARA LA CONSTRUCION DE CAMINOS Y PUENTES

QUITO - 2002

Indice de las Especificaciones Generales

CAPITULO 100 DISPOSICIONES GENERALES SECCION 101 SECCION 102 SECCION 103 SECCION 104 SECCION 105 Siglas o Abreviaturas y Definiciones Contratacin Ejecucin del Contrato Marco de Actuacin Ambiental Participacin Pblica y de la Comunidad CAPITULO 200 MEDIDAS GENERALES DE CONTROL AMBIENTAL SECCION 201 SECCION 202 SECCION 203 SECCION 204 SECCION 205 SECCION 206 SECCION 207 SECCION 208 SECCION 209 SECCION 210 SECCION 211 SECCION 212 SECCION 213 SECCION 214 SECCION 215 SECCION 216 SECCION 217 SECCION 218 SECCION 219 SECCION 220 SECCION 221 SECCION 222 SECCION 223 SECCION 224 SECCION 225 SECCION 226 SECCION 227 SECCION 228 Construccin y Funcionamiento de Campamentos, Bodegas y Talleres de Obra Caminos de Acceso Desvos Desvo y Control de Fuentes de Abastecimiento de Agua Control del Polvo Proteccin de la Va Embellecimiento de la Va Recuperacin y Acopio de la Capa Vegetal Patio de Mantenimiento de Equipos y Maquinaria Instalacin y Operacin de Plantas de Trituracin Y de Hormign Instalacin y Operacin de Plantas de Asfalto Rellenos Sanitarios Seguridad Industrial y Salud Ocupacional Prevencin y Control de la Contaminacin del Suelo Prevencin y Control de la Contaminacin del Agua Prevencin y Control de la Contaminacin del Aire Prevencin y Control de Ruidos y Vibraciones Conservacin de la Flora y Fauna Conservacin del Patrimonio Cultural y Arqueolgico Educacin y Concientizacin Ambiental Cruce por reas Sensibles y Protegidas Manejo y Transporte de Materiales Peligrosos Integracin Paisajstica Transporte de Materiales y Movimiento de Maquinaria Mantenimiento del Transito Mantenimiento en el Perodo de Prueba Proteccin del Medio Ambiente Movilizacin CAPITULO 300 MOVIMIENTO DE TIERRAS SECCION 301 Operaciones Preliminaresi

I-1 I-26 I-40 I-78 I-82

II-1 II-5 II-7 II-8 II-10 II-11 II-17 II-19 II-21 II-22 II-24 II-25 II-27 II-29 II-30 II-32 II-34 II-35 II-37 II-38 II-41 II-43 II-52 II-54 II-55 II-56 II-57 II-59

III-1

Indice de las Especificaciones Generales

SECCION 302 SECCION 303 SECCION 304 SECCION 305 SECCION 306 SECCION 307 SECCION 308 SECCION 309 SECCION 310 SECCION 311 SECCION 312 SECCION 313

Desbroce, Desbosque y Limpieza Excavacin y Relleno Excavacin de Prstamo Terraplenado Mejoramiento de la Subrasante Excavacin y Relleno para Estructuras Acabado de la Obra Bsica Transporte Disposicin Final y Tratamiento Paisajstico de Zonas de Depsito (Escombreras) Material de Prstamo Control y Mantenimiento de Derrumbes y Deslizamientos Fuentes de Materiales CAPITULO 400 ESTRUCTURA DEL PAVIMENTO

III-12 III-15 III-24 III-26 III-33 III-34 III-43 III-46 III-48 III-51 III-52 III-53

SECCION 401 SECCION 402 SECCION 403 SECCION 404 SECCION 405 SECCION 406 SECCION 407

Superficies de Rodadura Mejoramiento de la Subrasante Subbases Bases Capas de Rodadura Reparacin y Mantenimiento de Pavimentos Control Ambiental durante la Conformacin De la Carpeta Asfltica CAPITULO 500 ESTRUCTURAS

IV-1 IV-16 IV-38 IV-48 IV-76 IV-169 IV-195

SECCION 501 SECCION 502 SECCION 503 SECCION 504 SECCION 505 SECCION 506 SECCION 507 SECCION 508 SECCION 509 SECCION 510 SECCION 511 SECCION 512

Pilotes y Tablestacas Estructuras de Hormign Precomprimido Hormign Estructural Acero de Refuerzo Estructuras de Acero Estructuras de Madera Pinturas para Estructuras Mampostera y Muros de Gaviones Impermeabilizacin y Revestimientos con Mortero colocado Neumticamente Estructuras de Retencin de Materiales Escolleras y Revestimientos Control de Crcavas CAPITULO 600 INSTALACIN DE DRENAJE Y ALCANTARILLADO

V-1 V-16 V-32 V-59 V-64 V-82 V-87 V-95 V-107 V-110 V-111 V-118

SECCION 601

Alcantarillas de Tubo de Hormign Armadoii

VI-1

Indice de las Especificaciones Generales

SECCION 602 SECCION 603 SECCION 604 SECCION 605 SECCION 606 SECCION 607 SECCION 608 SECCION 609 SECCION 610 SECCION 611 SECCION 612 SECCION 613 SECCION 614

Alcantarillas de Tubo de Metal Corrugado Alcantarillas de Lminas de Acero Estructural Alcantarillas de Tubo de PVC Tneles de Drenaje Desages Subterrneos Desages de la Calzada Instalaciones de Drenaje Miscelneos Cloacas Aceras y Bordillos de Hormign Equipos para Estaciones de Bombeo Dispositivos e Instalaciones Miscelneos de Metal Sistemas de Proteccin Ambiental Badenes CAPITULO 700 INSTALACIONES PARA CONTROL DE TRANSITO Y USO DE LA ZONA DEL CAMINO Alambrado Mojones e Indicadores Guardacaminos y Barreras de Hormign Barandales Marcas Permanentes del Pavimento Semforos y Sistemas de Iluminacin Puentes para Seales Seales al lado de la Carretera Delineadores Sealizacin Preventiva Sealizacin Ambiental CAPITULO 800 MATERIALES

VI-6 VI-12 VI-15 VI-19 VI-20 VI-23 VI-25 VI-27 VI-31 VI-36 VI-42 VI-44 VI-46

SECCION 701 SECCION 702 SECCION 703 SECCION 704 SECCION 705 SECCION 706 SECCION 707 SECCION 708 SECCION 709 SECCION 710 SECCION 711

VII-1 VII-7 VII-9 VII-13 VII-21 VII-26 VII-30 VII-32 VII-34 VII-37 VII-38

SECCION 801 SECCION 802 SECCION 803 SECCION 804 SECCION 805 SECCION 806 SECCION 807 SECCION 808 SECCION 809 SECCION 810 SECCION 811 SECCION 812 SECCION 813 SECCION 814

Hormign de Cemento Prtland VIII-1 Cemento Prtland VIII-20 Agregados para Hormign VIII-24 Agua para Hormigones y Morteros VIII-41 Aditivos VIII-43 Materiales para Juntas VIII-48 Acero de Refuerzo VIII-53 Acero para Precompresin VIII-59 Morteros VIII-64 Asfaltos y Productos Asflticos VIII-67 Agregados para Hormign Asfltico VIII-81 Agregados para Tratamientos Superficiales y Sellos Bituminosos VIII-87 Empedrados y Adoquines VIII-91 Capa de Base de Material Granular VIII-94iii

Indice de las Especificaciones Generales

SECCION 815 SECCION 816 SECCION 817 SECCION 818 SECCION 819 SECCION 820 SECCION 821 SECCION 822 SECCION 823 SECCION 824 SECCION 825 SECCION 826 SECCION 827 SECCION 828 SECCION 829 SECCION 830 SECCION 831 SECCION 832

Capa de Base Estabilizada Subbases de Agregados Material de Mejoramiento, Terraplenes y Pedraplenes Piedra para Mampostera y Hormign Ciclpeo Gaviones Alcantarillas de Hormign Alcantarillas Metlicas Drenes y Subdrenes Acero Estructural Madera para Estructuras Pilotes Pinturas Proteccin y Embellecimiento de la Va Cercas y Cerramientos Barandales y Barreras Sealizacin Pegas y Recubrimientos Epxicos Varios y Miscelneos

VIII-98 VIII-101 VIII-103 VIII-105 VIII-108 VIII-110 VIII-112 VIII-116 VIII-121 VIII-129 VIII-135 VIII-140 VIII-142 VIII-145 VIII-148 VIII-150 VIII-151 VIII-153

iv

100 Disposiciones Generales

CAPITULO 100 DISPOSICIONES GENERALES SECCION 101.-SIGLAS O ABREVIATURAS Y DEFINICIONES 101-1. Generalidades.

101-1.01. Cuando en estas "Especificaciones Generales" o en otro tipo de documentos contractuales o precontractuales se utilicen las SIGLAS o ABREVIATURAS que constan en la subseccin 101-2, ellas tendrn el significado que all se seala. 101-1.02. En la subseccin 101-3 se precisa el sentido y alcance de trminos que pueden tener otras acepciones en el lenguaje comn, de palabras de otros idiomas o de sus adaptaciones libres que son de uso comn en el medio vial, o de palabras cuyo significado convencional ser el que all se indique. 101-1.03. No se incluyen definiciones para aquellos trminos cuyo significado o interpretacin son suficientemente conocidos, precisos y claros, ni para aquellos que son definidos explcita o implcitamente en otra parte de estas Especificaciones. 101-2. Siglas o Abreviaturas. Asociacin Americana de Autoridades de Vialidad de los Estados. (American Association of State Highway Officials).

AASHO:

AASHTO: Asociacin Americana de Autoridades de Vialidad y Transporte de los Estados. (American Association of State Highway and Transportation Officials). ACI: ANSI: AP: ASTM: Instituto Americano del Concreto (American Concrete Institute). Instituto Americano de Normas Nacionales (American National Standars Institute). Asfalto fabricado a partir de Petrleo. Sociedad Americana para Ensayo de Materiales (American Society for Testing and Materials).

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100 Disposiciones Generales

AWS: CBR:

Sociedad Americana de Soldadura (American Welding Society). Indice de California, Capacidad portante de California (California Bearing Rates). Medida de la resistencia de un suelo al esfuerzo cortante bajo condiciones de densidad y humedad cuidadosamente controladas. Se expresa en porcentaje (%) y se utiliza, auxilindose con curvas empricas, para el proyecto de Pavimentos flexibles. Cmara de la Construccin. Colegio de Ingenieros Civiles del Ecuador. CORPECUADOR Direccin General de Obras Pblicas. Especificaciones complementarias. Especificaciones Especiales. Especificaciones Generales. Instituto Nacional de Estadsticas y Censos. Instituto Ecuatoriano de Normalizacin. Asfaltos lquidos (Rebajados) de curado medio. Ministerio de Obras Pblicas y Comunicaciones.

CC: CICE: CORPE: DGO: EC: EE: EG: INEC: INEN: MC: MOP:

MOP-001-F-2000: Especificaciones Generales para la Construccin de Caminos y Puentes, Edicin 2000. MS: RC: RS: SAE: SC: Emulsin Asfltica de curado medio. Asfaltos lquidos (Rebajados) de curado rpido. Emulsin Asfltica de curado rpido. Sociedad de Ingenieros de Automotores (Society Automotive Engineers). Asfaltos lquidos (Rebajados) de curado lento.

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100 Disposiciones Generales

SS: TAI: 101-3.

Emulsin Asfltica de curado lento. El Instituto de Asfalto (The Asphalt Institute). Definiciones.

Abandono ambiental de un proyecto. Etapa en la que se recuperan las condiciones ambientales de una zona o lugar, usadas para el proyecto, restituyendo caractersticas ecolgicas y paisajsticas similares o mejores a las previas a la ejecucin del proyecto. Acarreo Libre: Traslado de Materiales excavados hasta una distancia determinada, sin derecho a una compensacin adicional por este trabajo. Acera (Vereda): Parte de una Carretera o Puente construida exclusivamente para el uso de peatones. Aditivo: Sustancia que se mezcla con la masa de concreto, con productos asflticos o ridos, para proporcionarles una o varias propiedades o para mejorar sus caractersticas. Adjudicacin: Decisin administrativa de aceptar una oferta la que se comunicar por escrito al proponente. Adjudicatario: El proponente cuya oferta es aceptada por la entidad contratante y con quin se celebrar el contrato. Aerdromo: rea definida destinada al movimiento (carreteo), despegue y aterrizaje de Aeronaves. Aeropuerto: Aerdromo de servicio pblico que cuenta con obras e instalaciones adecuadas para la operacin de Aeronaves destinadas a ese servicio. Agua adsorbida: Agua que permanece unida a las partculas minerales de un suelo, o a los ridos mediante enlaces inicos y que nicamente puede ser eliminada por desecacin trmica. Agua libre: Agua contenida en los poros o espacios nter granulares de un suelo, que puede circular por ellos y eliminarse por compactacin, drenaje o secado. Alcantarilla: Cualquier clase de estructura no clasificada como puente, destinada a proporcionar un cauce libre del agua, localizada debajo de una carretera. Alquitrn: orgnicas: Material bituminoso obtenido por destilacin de materiasI-3

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carbn, madera, materia vegetal, etc. Ambiente contaminado. Aquel en donde por efecto de acciones naturales o humanas, la concentracin de un elemento, sustancia o intensidad de energa aportada exceda el nivel mximo permisible determinado en las normas de calidad ambiental o cuyos efectos atentan contra la salud e integridad humana. Anteproyecto: Conjunto de planos y documentos resultantes de un trabajo preliminar y suficientes para definir las caractersticas principales de una obra. El Anteproyecto, por su carcter, no es suficiente ni permite ejecutar la Obra. Apuntalamiento: Armado y colocacin de soportes para asegurar temporalmente una obra o parte de ella. rea ecolgicamente sensible. Zona muy proclive a disturbios o perturbaciones de sus factores ambientales ante acciones humanas o naturales. ridos o Agregados: Nombre genrico para distintos conjuntos de partculas minerales, de diferentes tamaos, que proceden de la fragmentacin natural o artificial de las Rocas. Asfalto: Betn slido, semislido o lquido, de color entre negro o pardo oscuro, encontrado en depsitos naturales u obtenido artificialmente como un residuo del petrleo. En nuestro pas, la mayor parte del asfalto empleado se obtiene del Petrleo. Asfalto Natural: Asfalto formado naturalmente por la migracin de petrleos hacia la superficie terrestre, seguida o combinada con la volatilizacin de sus componentes ms ligeros y que se los encuentra mezclados, en mayor o menor proporcin, con materia mineral. Es muy conocido el procedente del Lago Trinidad, as como las afloraciones de El Tena y la Tierra Brea de la Pennsula de Santa Elena. Asfalto Rebajado: Es un cemento asfltico, lquido a la temperatura ambiente, que se obtiene durante el proceso de refinacin del petrleo o calentando y diluyendo un cemento asfltico, mediante la adicin de un destilado voltil del mismo petrleo: nafta, gasolina, kerosn, aceites combustibles, aceites diesel o combustibles para propulsin a chorro. Segn la velocidad de curado del agente diluyente, pueden producirse (3) tres tipos generales de Asfaltos lquidos: si contienen diluyentes ligeros que se evaporan rpidamente, tales como la Nafta y la Gasolina, se denominan de Curado Rpido (RC); si contienen diluyentes menos ligeros como Kerosn o combustibles para propulsin a chorro, se conocen como de curado Medio (MC); y si contienen aceite diesel u otros aceites combustibles, se los llama de Curado Lento (SC).I-4

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Dentro de cada tipo, la viscosidad (Resistencia a derramarse), que depende de la cantidad y clase del diluyente, se representa mediante un nmero entre cero (0) y cinco (5). A menor nmero menor viscosidad (Mayor porcentaje de diluyente). Atagua: Cualquier obra de tierra u otros materiales destinada a atajar el agua mientras se construye una obra hidrulica. Atarjea: Conducto a cielo abierto o con parrillas (metlicas, de Hormign, etc.) que lleva las aguas superficiales al sumidero y que, eventualmente, cruza la va al nivel de la rasante. Autopista: Carretera para trnsito expreso, concebida, construida y sealizada para ese propsito y que tiene accesos controlados y todos sus cruces a desnivel. Aviso para Comenzar: Notificacin escrita dirigida al Contratista para que inicie la ejecucin de la Obra. Esta notificacin emitir el Fiscalizador. Badenes: Las bermas que se preparan como apoyo de los pies del talud durante el proceso de construccin de un relleno o terrapln. Base: Capa (o capas), de espesor definido, de materiales sujetos a determinadas especificaciones, colocada sobre la subbase o la subrasante para soportar las capas de Superficie o Rodadura. Bases de Licitacin: Documentos suministrados a los presuntos proponentes para que, en igualdad de condiciones, puedan presentar una Oferta competitiva que, adems, pueda ser objetivamente calificada y evaluada, para la ejecucin de una Obra, la prestacin de un Servicio o la provisin de un bien. Sin limitarse a ellos, normalmente las Bases para la licitacin deben incluir: Trminos de Referencia, o pliego de Condiciones, Proyecto de Contrato, Formas para la presentacin de las propuestas y el "Proyecto de Ingeniera". Bermas: Fajas longitudinales comprendidas entre el borde del Espaldn y la Arista interior de las cunetas o los terraplenes. Se utilizan para sealamiento, iluminacin, barreras de seguridad, etc. Tambin se denominan as los escalones en un talud (de corte o de relleno; sean permanentes o temporales durante el proceso de construccin) y las fajas que eventualmente se dejan entre el pie del talud, en un corte, y la Arista exterior de las cunetas. Betn: Material en estado slido, semislido o lquido, con propiedades aglomerantes, que resulta de la mezcla de Hidrocarburos Naturales y/o Artificiales; se presenta a menudo con sus derivados no metlicos y es completamente soluble en bisulfuro de Carbono. Los Asfaltos y los AlquitranesI-5

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son Betunes. Bordillo: Cinta, borde o cordn sobresaliente de hormign (asfltico o hidrulico), piedra o ladrillo, que se usa para definir el lmite de la calzada, del espaldn o de la acera, para guiar al conductor, advertir zonas de peligro y/o facilitar el drenaje. Calidad de vida. Trmino que involucra al bienestar fsico, mental, ambiental y social de acuerdo a la percepcin de cada individuo y cada grupo. Es funcin adems de las caractersticas del medio en que el proceso se desenvuelve. Calzada: La parte del camino donde circulan los vehculos, incluyendo los carriles auxiliares, pero excluyendo los espaldones. Calificacin: Procedimiento precontractual, propio de cada Licitacin, mediante el cual, basndose en los documentos solicitados en los Trminos de Referencia y presentados por el proponente en su Oferta, se trata de establecer si la capacidad legal para contratar, la competencia y experiencia tcnica respecto al objeto del contrato, la idoneidad moral y la situacin econmico-financiera del Oferente, son suficientes para garantizar el fiel y completo cumplimiento del contrato, en el caso de que ste llegase a suscribirse. Camelln: Lomo, cordn o caballete continuo y uniforme de materiales, colocado o formado temporalmente a lo largo de un tramo de una obra vial durante su construccin. Camino: Va pblica rural usada para el trnsito general, con exclusin de las vas frreas. Camino auxiliar lateral: Va auxiliar situada al lado de una va principal, la cual sirve a las propiedades colindantes, intercepta y distribuye el trnsito que cruza, o que va o viene de la va principal y controla el acceso a la misma. Cantera: Yacimiento rocoso que requiere del uso de explosivos para la explotacin de materiales de construccin. Cantidad de pago: Cantidad a pagarse, por cualquier rubro del contrato que el Fiscalizador incluya en una planilla de pago por trabajos efectuados por el Contratista. Caera: Conducto cerrado por el que pasa el agua, el gas, los cables, etc. Capa vegetal. Se comprende como toda la vegetacin que cubre una determinada rea a ser excavada o rellenada; incluye la vegetacin cobertora menor (hasta aproximadamente 1m de alto) y la capa de suelo con mayor concentracin de races, nutrientes y microorganismos.I-6

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Capacidad portante (o soportante): Aptitud de un suelo o roca, en desmonte; relleno o capa de firme para soportar las cargas del trnsito. Capa de rodadura o superficie: Capa superior de la calzada, de material especificado, designada para dar comodidad al trnsito. Debe tener caractersticas antideslizantes, ser impermeable y resistir la abrasin que produce el trfico y los efectos desintegrantes del clima. A veces se la llama "Capa de Desgaste". Capa ligante: Cuando una capa de Hormign asfltico tiene un espesor superior a siete centmetros (7 cm) es conveniente construirla en dos capas: la inferior recibe el nombre de ligante o de nivelacin y la superior, de rodadura o superficie. Capa sellante: Tratamiento superficial simple cuyo propsito principal es obtener una superficie impermeable. Capa vegetal: Capa superficial de la corteza terrestre, rica en materia orgnica. Crcava. Zanja causada por la erosin del suelo que sigue generalmente la pendiente mxima del terreno y constituye un cauce natural en donde se concentra y corre el agua proveniente de las lluvias Carpeta: Capa de concreto asfltico, de un espesor determinado, que se coloca para que sirva de capa de rodadura. Carretera: Camino que se disea y se construye con especificaciones adecuadas para un trnsito vehicular importante. Carril: Parte de la calzada destinada al trnsito de una sola fila de vehculos. Carril Auxiliar: Carril adicional adyacente a un carril principal, que se usa para cambio de velocidad o para otros fines que conduzcan a un trnsito sin interrupcin. Caso de Errores: Los errores manifiesto de hecho que consta en el contrato pueden ser modificados en contratos complementarios con solo los informes previos y favorables del Contralor General del Estado y del Procurador General del Estado. Cemento Asfltico: Asfalto refinado, semi-slido a la temperatura ambiente y de consistencia apropiada para fines de pavimentacin. Cimientos: Materiales en sitio sobre los cuales se funda una estructura. Parte de una subestructura que transmite las cargas al suelo. Compactacin: Aumento de la "Densidad" de un determinado suelo o CAPAI-7

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DEL FIRME al comprimirlo empleando medios mecnicos. Concepto de Trabajo (o Trabajo Especfico): Conjunto de materiales, actividades y operaciones manuales y/o mecnicas, convencionalmente establecido con fines de medicin y pago, que integran una parte o elemento de la Obra. Cada concepto de Trabajo (o Trabajo especfico) terminado se mide en unidades preestablecidas y sealadas en las especificaciones. Concreto Asfltico: Es una mezcla en planta de cemento asfltico con agregados minerales. Conformidad con los documentos contractuales: Es el cumplimiento de lo que en ellos se ha establecido, sujetndose a las tolerancias que, para la fabricacin o construccin, se acostumbra y se aceptan en la prctica, cuando no se han definido tolerancias especficas. Cuando estas tolerancias han sido especificadas, es el cumplimiento estricto de ellas, a menos que el Fiscalizador acepte variaciones aisladas que a su juicio no atentan contra la bondad del trabajo ni los intereses del contratante. Conglomerado: Mezcla natural formada de un esqueleto mineral de ridos de diferente granulometra y un ligante, dotada de caractersticas de resistencia y cohesin. Consolidacin: Proceso de duracin variable, segn sus propias caractersticas, que sigue una capa de suelo o firme, sometida a cargas, hasta alcanzar un volumen estable. Constancia de Cambio: Documento suscrito por la entidad contratante o su delegado y el contratista en el que consta la diferencia de obras ejecutadas en relacin con las establecidas en el cuadro de cantidades estimadas del contrato. Se realiza en base a los precios unitarios pactados. Contaminar. Accin de introducir contaminantes lquidos, slidos, gaseosos, ruido, vibraciones, energa o una combinacin de ellos en un ambiente dado, en niveles y duraciones tales que produzcan contaminacin. Contenido de humedad: En mecnica de suelos, es el peso del agua contenida en la muestra del suelo (libre, adsorbida, capital o higroscpica), expresada como porcentaje del peso de la misma muestra secada al horno a 110 C., hasta que ella no registre variaciones en su peso. Contratante: Entidad, del sector pblico o dependencia de ella que tenga presupuesto descentralizado con capacidad para contratar, que ha suscrito un contrato o convenio con una o varias personas naturales o jurdicas, pblicas o privadas, para que ejecuten una obra, preste un servicio, o venda un bien, y queI-8

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recibe por ello el pago acordado. Contratista: Persona Natural o Jurdica, pblica o privada o sociedades civiles (asociaciones, consorcios) que ha suscrito un contrato o convenio, obligndose a ejecutar y entregar una obra, prestar un servicio o suministrar un bien, y que recibe por ello la compensacin acordada. Contrato: Documento escrito entre el Contratante y el Contratista, en el que, con sujecin a la ley, se establecen las obligaciones y derechos de las partes al ejecutar una obra, prestar un servicio o suministrar un bien, por un precio establecido. Contrato Complementario: Es el contrato accesorio celebrado por las partes contratantes, con posterioridad a la firma del contrato original, para ampliar, modificar o complementar una obra determinada, debido a causas imprevistas o tcnicas. Convenio: Nombre que generalmente se usa para los contratos suscritos entre entidades Pblicas. Convocatoria: Llamado pblico (aviso o anuncio) que hace una entidad, a fin de que los interesados presenten sus ofertas para la ejecucin de una obra, la prestacin de un servicio o la provisin de bienes determinados. Costo de una Obra: Sumatoria de todas las inversiones requeridas, en una moneda determinada, para proveer de todos los elementos necesarios y lograr su correcta ejecucin y total terminacin, sujetndose a pautas tcnico-legales preestablecidas y dentro de un plazo determinado de antemano. Esta definicin es vlida tanto para la totalidad de la obra cuanto para cada uno de los Rubros o tems que la integran. Creacin de Rubros Nuevos: Cuando en la ejecucin de una obra es necesario la creacin de rubros no contemplados en el contrato, esto se realizar mediante la emisin de "ordenes de trabajo" o la celebracin de un Contrato Complementario. Cunetas: Zanjas, revestidas o no, que recogen y canalizan las aguas superficiales y se desarrollan paralelamente al Camino. Generalmente, se utiliza este nombre para las cunetas laterales del borde exterior de los Espaldones o de las Bermas y se usan para recoger las aguas de la calzada, los Espaldones y las Bermas, si stas existen. Cunetas de coronacin: Las que se construyen cercanas a las aristas superiores de los taludes de corte. Cunetas de guarda: Las que se construyen en los mismos taludes (o en lasI-9

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Bermas-Escalones) cuando estos son muy altos, para prevenir desprendimientos y erosiones causadas por el agua cada en el propio talud. Curado: Endurecimiento. Proceso que exigen ciertos materiales o mezclas (madera, asfaltos, hormigones) a fin de alcanzar los requisitos mnimos indispensables para cumplir el propsito a que estn destinados. Densidad: Se usa en el sentido de "Peso Unitario" de un determinado suelo o capa de firme. Puede determinarse para diferentes condiciones de contenido de agua y distintas energas de compactacin. Densidad mxima de Laboratorio: "Peso Unitario Mximo" que se logra compactando en el laboratorio una muestra de suelos, o agregados, de acuerdo con un mtodo de ensayo establecido (Proctor, Estndar o Modificado) y que sirve como referencia para el control de la compactacin en el campo del mismo material. Derecho de va: Concepto jurdico que faculta la ocupacin, en cualquier tiempo, del terreno necesario para la construccin, conservacin, ensanchamiento, mejoramiento o rectificacin de caminos. La amplitud del "Derecho de Va" ser determinada por la autoridad competente, en el acuerdo de aprobacin del proyecto de la obra, y generalmente se extender a cada lado del camino y hacia afuera, una y media veces el ancho de la obra bsicamente terminada. Estas medidas se tomarn en los rellenos desde el pie inferior de los taludes; y en los cortes, desde el borde superior de los mismos. Da calendario: Cada da que registra el almanaque. Incluye sbados, domingos, feriados, etc. Da laborable: Da calendario en que, segn el Cdigo de Trabajo, se debe trabajar, y las condiciones atmosfricas u otras que no estn bajo el control del Contratista permitan hacerlo, por lo menos durante cinco horas (dentro de la jornada normal) y con al menos el 75% de la cantidad de obreros y equipos normalmente empleados. Segn el Cdigo de Trabajo, son das de Descanso forzoso los Sbados y Domingos y de descanso obligatorio las fiestas Cvicas (once das calendario) y los declarados as por leyes especiales, segn la circunscripcin territorial y la rama de actividad. Diferencia en Cantidades de Obra: Las que se producen al ejecutarse una obra entre las cantidades reales ejecutadas y las que constan en el cuadro de cantidades estimadas del contrato. No requieren contrato complementario ni autorizacin, sino solo la constancia del cambio en un documento suscrito por las partes. Distancia de libre acarreo o acarreo libre: Distancia especificada hasta laI-10

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cual no se reconocer ninguna compensacin por el transporte de materiales excavados. Director: El Director General de Obras Pblicas del Ministerio, Representante Tcnico del Ministro y administrador de los contratos. Diversidad biolgica o Biodiversidad. Es el nmero y variedad de los organismos que forman parte de los ecosistemas terrestres y acuticos; incluyendo la diversidad gentica dentro de una especie, la diversidad de especies y la diversidad de ecosistemas. Doble tratamiento superficial: Tratamiento superficial constituido por dos (2) capas. Documentos Precontractuales: Son los elaborados por la entidad contratante y deben incluir, entre otros, los siguientes: Proyecto de contrato, que a ms de las clusulas que le sean propias, contendr las estipulaciones relativas a la terminacin o resolucin, recepciones, obligaciones, garantas y las dems que sean del caso. Especificaciones generales y tcnicas conteniendo los requerimientos mnimos y rangos de variacin, segn sea el caso. Planos, que contengan el diseo definitivo y defina con precisin la obra a ejecutarse en sus caractersticas bsicas. Valor estimado, plazo y lista de equipo mnimo requerido, si fuera del caso. Documentos contractuales: Todos los que se sealan expresamente en el contrato y forman parte de l, y tambin los que, con autorizacin de la Ley, de l provienen. No importa que stos se hayan preparado, redactado y firmado por separado y en distinta fecha. Generalmente constituyen anexos al contrato y, segn corresponda, cuando ste se eleva a "Escritura Pblica", pueden incluirse en el texto de la escritura (Habilitantes) o citarse o protocolizarse por separado (Referenciales). Entre otros, los Documentos Contractuales podran incluir: "Estatutos, Poderes, Nombramientos y Listas de Personal (Directivo y/o Tcnico y/o Administrativo); el "Proyecto de Ingeniera; la Oferta o Propuesta; el Presupuesto Oficial; las Listas de Precios Unitarios o globales Referenciales; las Listas de Equipos y de Materiales y los cuadros de desembolsos o Flujos de Caja; el Programa aprobado y sus modificaciones; las Ordenes de Cambio y las Ordenes de Trabajo; los Contratos Complementarios; las Actas de Recepcin, etc. Ecosistema. Es la unidad estructural de organizacin y funcionamiento de la vida. Comprende a la comunidad bitica (vegetales y animales) que habita en una determinada rea geogrfica y todas las condiciones abiticas (suelo, clima, humedad, temperatura, etc.) que lo caracterizan. El ecosistema, constituye, en s mismo, el nivel ms alto de integracin de la biosfera.I-11

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Efecto ambiental. Alteracin que produce el proyecto en el ambiente. Emulsiones asflticas: Lquidos no inflamables, resultantes de la combinacin de asfalto y agua con la presencia de un agente emulsificador, tal como carbn, productos qumicos o especiales, arcillas coloidales. Generalmente, se consideran tres tipos bsicos, de acuerdo con la velocidad de "Ruptura" (separacin del asfalto y el agua), velocidad que depende del tipo y la cantidad del agente emulsificante: Ruptura rpida (RS), Ruptura media (MS) y Ruptura lenta (SS). Para cada tipo, se establece un grado de viscosidad representado por un nmero entre uno (1) y cuatro (4). Las emulsiones de curado rpido no son apropiadas para mezclarse con agregados hmedos, pues se "quiebran" o se rompen antes de que el asfalto recubra los agregados. Ensayos de CBR: Pruebas efectuadas en el laboratorio con muestras alteradas, inalteradas o compactadas, saturadas o no; o realizadas en el terreno "In Situ", con el contenido de humedad existente, para obtener el valor del Soporte de California. Equipo: Toda la maquinaria, vehculos y dems bienes de capital, junto con los repuestos, herramientas y abastecimientos necesarios para su operacin y mantenimiento, requeridos para la construccin y la terminacin de la obra dentro de las especificaciones aprobadas. Escarificacin. Tcnica de preparacin del terreno que consiste en romper la parte superior del suelo (30 cm como mximo) y la cubierta vegetal muerta, sin volteo de horizontes. Espaldn: La parte contigua a la calzada necesaria para el estacionamiento temporal de vehculos, las maniobras de emergencia y el soporte lateral del pavimento. Especie en peligro. Trmino usado para una especie de planta o animal en peligro de extincin en toda la amplitud de su territorio o en parte del mismo. Especificaciones: Conjunto de Instrucciones, Normas y Disposiciones que rigen la ejecucin y terminacin de una Obra y/o la prestacin de un Servicio; y las Condiciones y Requisitos que deben satisfacer: el personal, los materiales (simples o compuestos en Obra), los equipos y los procedimientos utilizados para esos fines y/o los Bienes que se desea adquirir. (El concepto de "Especificaciones" incluye los de "DISPOSICIONES", "NORMAS", "INSTRUCCIONES", etc., cuando estas tienen que ver con laI-12

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ejecucin de una Obra, el ejercicio de un "Servicio" o las caractersticas y requisitos que se exigen en un "Bien". Pero las disposiciones, normas y/o instrucciones no son "especificaciones" cuando se refieren a otros aspectos; por ejemplo: documentos y procedimientos precontractuales, contractuales, de financiamiento, de instrucciones a los oferentes, de inspecciones, de recepciones, etc., etc.). Especificaciones Complementarias: Especificaciones legalmente aprobadas, que se aaden o de alguna manera modifican las Especificaciones Generales. (Para que sean de cumplimiento obligatorio, en cada caso especfico, puede hacerse referencia al documento de difusin, legalmente aprobado, en el que constan). Especificaciones Especiales: Especificaciones que, considerando las peculiaridades de una Obra, se aaden o de alguna manera modifican las Especificaciones Generales, y son aplicables solo a dicha obra. Para que sean de cumplimiento obligatorio, puede hacerse referencia a documentos, textos o folletos tcnicos y/o prepararlas para cada caso. Especificaciones Generales: Las Especificaciones contenidas en este libro, legalmente aprobadas para aplicacin general y uso repetido. (Para que sean de cumplimiento obligatorio en cada caso especfico, puede slo citarse este libro). Estabilizacin: Tratamiento que se aplica a los suelos o a las capas del firme mediante la adicin de un ligante (cal, cemento, asfalto, productos qumicos, etc.), para mejorar sus caractersticas mecnicas y conseguir un suelo o capa de firme capaz de soportar los esfuerzos impuestos por las cargas del trnsito y resistir la accin de los agentes atmosfricos, conservando materialmente uniforme su volumen. Este procedimiento se usa frecuentemente para mejorar la subrasante y con ello disminuir el espesor de las capas de Subbase y/o Base, o para construir una capa de base capaz de soportar una capa de rodadura asfltica. Estructura: Arreglo o disposicin de materiales o elementos de construccin que, de acuerdo con el "Proyecto de Ingeniera", integran el todo, la parte fundamental o una de las partes principales de una obra. Se consideran estructuras los: Puentes, Edificios, alcantarillas, cloacas, cunetas, atarjeas, sumideros, cisternas de desage, muros de contencin, entibados, bocas de inspeccin, Tuberas de Servicio, subdrenajes, drenajes para cimentacin y otros artculos o particularidades que pueden necesitarse durante la ejecucin de los trabajos y no se han incluido en otros conceptos. Estructura del Pavimento: Combinacin de capas de SUBBASE, BASE y de SUPERFICIE o RODADURA colocadas sobre una SUBRASANTE, para soportar las cargas del trnsito y distribuir los esfuerzos en la PLATAFORMA.I-13

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Estructura Superior o Super Estructura: Toda porcin de una estructura que no sea la parte denominada subestructura. Esviaje: Angulo formado por el eje de una alcantarilla, ro o camino, y la lnea perpendicular al eje de la carretera que es cruzada por estos elementos. Evaluacin: Procedimiento precontractual que consiste en el anlisis comparativo de las ofertas calificadas, para elegir la ms conveniente a los intereses del presunto contratante, y que culmina en la adjudicacin. Explanacin: Conjunto de cortes y/o terraplenes realizados en una obra vial hasta llegar a la obra bsica. Fauna. Contenido de organismos animales de un sitio determinado. Firme: Nombre genrico para todas las capas que constituyen la estructura del Pavimento. Fiscalizador o Ingeniero: Todo Ingeniero que, debidamente autorizado y dentro de lmites expresamente sealados, representa al Director en cada obra y tiene la responsabilidad de realizar la Supervisin y Control para la adecuada ejecucin. Fiscalizacin: Vigilancia, Control y anlisis de los hechos o sucesos relacionados con la ejecucin, prestacin y/o entrega de una Obra, Servicio o Bien, para formarse un juicio recto y tomar o proponer, segn corresponda, las medidas pertinentes a travs de disposiciones, Instrucciones, Ordenes o Informes oportunos y precisos. Flora. Es el conjunto de las especies y variedades de plantas de un territorio dado Fondo de Garanta: Capital que se forma mediante la retencin de un porcentaje de los pagos que se hacen al Contratista, el cual se deposita en una cuenta especial cuyos intereses corresponden a dicho contratista. Sirve para responder por la debida ejecucin de la obra y la buena calidad de los materiales empleados y es devuelto, de acuerdo con la Ley, en las condiciones que se hacen constar en uno o ms documentos contractuales. Formas (Formatos-Formularios): Modelos impresos, preparados por el presunto contratante, que obligatoriamente deben utilizarse y llenarse por quien corresponda, cuando, a juicio de dicho presunto contratante, se requiera de uniformidad y precisin en la presentacin. Garanta de fiel cumplimiento del contrato: Fianza que asegura el fiel cumplimiento del contrato y sirve adems para responder por las obligaciones que el Contratista, en relacin con el contrato, contrajere a favor de terceros.I-14

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Garantas de seriedad de la oferta: Fianza rendida por el oferente para asegurar la firma del contrato. Su valor se determina en los documentos precontractuales como un porcentaje del monto del presupuesto referencial. Garanta por el anticipo: Fianza que rinde el Contratista para responder por el valor y buen uso del anticipo, cuando ste ha sido considerado en el contrato. Hormign (o concreto): Mezcla de Aridos, de especificada granulometra, y un agente ligante. El tipo general de Hormign se define segn la clase de ligante empleado y/o el elemento o Aditivo que le confiere caractersticas especiales (hidrulico, Asfltico, Armado, epxico). Humedad natural: Contenido total de agua de una capa de suelo en condiciones naturales. Ingeniero: Fiscalizador, en su calidad de representante del Director para la ejecucin de los proyectos de Ingeniera, o quien ejerza autoridad y funciones similares en entidades administrativas del Sector Pblico. Inspector: Representante del Fiscalizador, debidamente autorizado, que se encarga de hacer inspecciones y ensayos para comprobar el cumplimiento del contrato. Invitacin: Comunicacin que cursa el presunto contratante a los interesados precalificados para determinada actividad, con el propsito de que participen en una Licitacin, de acuerdo con las condiciones, documentos y requisitos establecidos. Laboratorio: Laboratorio de ensayos adecuadamente equipado, que sea aprobado por el Fiscalizador para efectuar los ensayos requeridos para el control de la calidad de los materiales simples o compuestos, empleados en la obra o que integran el bien. Ley de Contratacin Pblica: Disposicin legal vigente en el pas, que reglamenta los procesos de contratacin de obras, adquisicin de bienes y prestacin de servicios no regulados por la Ley de Consultora. Libro de Obra: Documento que bajo la supervigilancia del Fiscalizador, el Contratista obligatoriamente debe llevar y mantener en la Obra, y en el que se registran todos los hechos, circunstancias, Disposiciones, Instrucciones, Ordenes, etc., que tienen que ver con la ejecucin del Contrato y/o la realizacin de la Obra. En este libro el Fiscalizador dejar constancia de las rdenes que haya emitido verbalmente y que, de acuerdo con estas Especificaciones, deben ser escritas y no lo han sido por cualquier motivo, con lo que quedar satisfecho tal requisitoI-15

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y de las Ordenes, instrucciones, disposiciones, etc., que, segn su juicio, por su importancia merecen constar en l. Se identificar cada una de las anotaciones del libro indicando el lugar, fecha y hora de los hechos y condiciones que registran. Este libro, historia de la ejecucin del contrato, se entregar definitivamente al contratante al suscribir el Acta de Recepcin definitiva. Licitacin: Procedimiento precontractual mediante el cual una entidad administrativa del Sector Pblico interesada en contratar, invita a presentar ofertas o propuestas para cumplir con el objeto del Contrato, a todos los que se sujeten a las condiciones establecidas. Es, en otras palabras, el procedimiento de seleccin del co-contratante de la Administracin Pblica o Contratista. En este sentido, independientemente del nombre que le asigne la legislacin, nombre que puede obedecer a las regulaciones que rigen el procedimiento, el Concurso de Ofertas, el Concurso de Precios, la Seleccin de Oferentes, la Seleccin de Cotizaciones, etc., son tambin licitaciones en concepto general. Materiales: Cualesquiera sustancias simples y/o compuestas que estn especificadas para uso en la construccin de una obra. Material de prstamo: El excavado por el Contratista en un sitio aprobado por el Fiscalizador, para ser utilizado en la construccin de terraplenes o rellenos cuando el material adecuado, proveniente de la excavacin autorizada para la Obra bsica, canales o estructuras, no es suficiente. Medio Ambiente. Sistema ecolgico global formado por los aspectos fsicos, biolgicos, socio -econmicos-culturales, que interactan relacionndose entre s, para dar paso al desarrollo de la vida. Memoria: Relacin escrita del trabajo realizado para llegar al Proyecto de Ingeniera. Debe referirse, sin limitarse a ellos, a los siguientes aspectos: propsito que persigue el proyecto; justificacin de su necesidad; descripcin general de la obra; anteproyecto; normas, parmetros y criterios de diseo asumidos, cantidades de obra, unidades y mtodos de medicin, rubros o tems a considerarse; programa previsto (plazos definidos); alternativas analizadas y sus consecuencias tcnico-econmicas; conclusiones a las que se ha llegado; y, adems, debe formular las recomendaciones que sean pertinentes. Segn corresponda, se acompaarn los anexos necesarios; entre otros: clculos; datos para replanteo y reconstruccin de obras y servicios afectados; reas de expropiacin; modificaciones ecolgicas, ambientales e hidrolgicasI-16

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predecibles, etc. Mezcla caliente en planta: Mezcla preparada en planta y en caliente, y que debe ser tendida y compactada cuando todava est con la temperatura especificada. Mezcla fra en planta: Mezcla que se prepara, se tiende y se compacta a la temperatura ambiente. Mezcla en planta: Mezcla de asfalto y agregados realizada en una planta central. Mezcla en la va: Mezcla realizada en el lugar (la va) de agregado, rellenador mineral y un ligante asfltico, tendida y compactada sobre la subrasante o la base preparada. Mina: Yacimiento o fuente de materiales de construccin, siempre que no se trate de yacimientos de roca slida (Cantera). Ministerio: Ministerio de Obras Pblicas y Comunicaciones del Gobierno del Ecuador. Ministro: El Ministro de Obras Pblicas y Comunicaciones del Ecuador, o su representante legal, especficamente designado. Normas INEN: Especificaciones de cumplimiento obligatorio emitidas por el Instituto Ecuatoriano de Normalizacin. Nmero AP: Un nmero, generalmente de uno (1) a seis (6), utilizado a continuacin de la sigla AP, para indicar la consistencia que, para fines de pavimentacin, tiene un cemento asfltico. Cada nmero representa un grado de penetracin medido en dcimas de milmetro (1/10 de milmetro) mediante un ensayo normalizado. Por ejemplo: AP5 significa un cemento asfltico duro, con un grado de penetracin de sesenta a setenta (60-70) dcimas de milmetro, y AP3 un cemento asfltico medio, cuyo grado de penetracin es de ochenta y cinco a cien (85-100) dcimas de milmetro. (Al mayor nmero corresponde una menor penetracin o sea una mayor consistencia). Objeto del contrato: Obra, Servicio o Bien, claramente definido y limitado, que el contratista se compromete a ejecutar y/o proveer y/o entregar, en las condiciones establecidas. Obra: Proyecto de Ingeniera contratado y/o en proceso de construccin, que el Contratista tiene que entregar al Contratante debidamente terminado, lo que le obliga a suministrar la direccin tcnica, la mano de obra, los equipos y losI-17

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materiales requeridos y a realizar todas las actividades y labores contingentes necesarias y convenientes para su exitosa conclusin. Todo esto dentro de un plazo establecido, a un precio determinado y, adems, cumpliendo con todos los deberes y obligaciones que le impone el contrato. Obra bsica: Terrapln y/o zona de corte terminados hasta el nivel de la subrasante, incluyendo los taludes y las cunetas laterales. Obras Complementarias: Las necesarias para ampliar, modificar o complementar una obra, debido a causas imprevistas o tcnicas presentadas en la ejecucin de un contrato. Deben constar en el respectivo contrato complementario, que requiere informe previo del Contralor General del Estado y no podr exceder del porcentaje establecido por la ley del valor actualizado o reajustado del contrato original. Oferta o propuesta: Conjunto de documentos que presentan los proponentes u oferentes, sujetndose a las BASES DE LA LICITACION, con el propsito de ser calificados y, si as sucede, comprometindose a suscribir el contrato en el caso de resultar favorecidos con la adjudicacin y a cumplirlo cabal y fielmente a cambio de una compensacin en dinero, cuyo monto total y cuyos precios unitarios y/o globales l propone. Orden de cambio: Disposicin escrita, expedida por el Contratante, autorizando cambios, dentro del alcance y contenido del contrato, en el aspecto tcnico. Orden de trabajo: Aquella que se emite para la creacin de rubros nuevos, hasta el porcentaje establecido por la ley del valor actualizado del contrato, sin informe previo y empleando la modalidad de costo ms porcentaje. En este caso, la Fiscalizacin deber enviar al Contralor General del Estado copia de la orden respectiva. Ordenes extraordinarias: Son rdenes que emite el "Director" para ratificar disposiciones verbales del Fiscalizador, originadas en sucesos extraordinarios o sumamente urgentes cuya solucin no fue prevista en el contrato y exige procedimientos especiales y/o nuevas formas de pago, y/o modificaciones substanciales. Paisaje. Parte del espacio de la superficie terrestre aprehendida visualmente. Se considera al paisaje como la unidad fisiogrfica bsica en el estudio de la morfologa del ecosistema, con elementos que dependen mutuamente y que generan un conjunto nico e indisoluble en permanente evolucin. Participacin pblica y comunitaria. Se refiere a la relacin biunvoca que deben tener los involucrados (directos e indirectos) con el proyecto a ejecutarse, desde las etapas iniciales del mismo. Dicha participacin debe darse por conviccin y no por imposicin, mediante el empleo de procedimientosI-18

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adecuados de informacin, a fin de conseguir su temprana y continua participacin. Pavimento: Nombre genrico para toda la "estructura" de un pavimento (Firme). No obstante se lo utiliza tambin para designar solo la capa de rodadura, especialmente cuando ella est constituida por una carpeta. Perfilado (Conformacin): Operacin constructiva que consiste en dar forma a una superficie, segn un perfil o seccin transversal determinado. Planilla de pago: Documento en que el Fiscalizador, de acuerdo con los Rubros o Items de Pago, establece y aprueba las cantidades de "Trabajos especficos", montos parciales y monto total que se debe pagar al Contratista por trabajos ejecutados adecuadamente durante un perodo determinado. Planos: Documentos tcnicos (Dibujos) esenciales para la ejecucin de la obra, los cuales muestran grficamente la ubicacin, forma, dimensiones y detalles de la misma. Sin limitarse a ellos, pueden incluir los relativos a la implantacin, planimetra, altimetra, cortes o secciones, reas, volmenes, instalaciones y tambin las modificaciones aprobadas y los planos adicionales suministrados durante el proceso de ejecucin, los "PLANOS TIPO" y los PLANOS DE TRABAJO. Planos de entrega: Planos de la obra terminada, tal como queda construida, incluyendo, cuando sea del caso, instrucciones de uso, operacin y mantenimiento. Planos de trabajo: Planos de diseos complementarios que el contratista, cuando se le pida, debe someter a la aprobacin del Fiscalizador. Sin limitarse a ellos, puede incluir: Dibujos de taller (de detalle), lminas de esfuerzos (clculos de resistencia); planillas de hierros; planos de montaje (apuntalamiento y ereccin), andamiaje, armaduras, entramados, ataguas; diagramas de doblado para acero de refuerzo y todos los otros dibujos y listas (de piezas) que el Fiscalizador pueda requerir para la supervisin y control. Planos tipo: Planos aprobados para uso repetido, en distintas obras o en la misma, en cada ocasin en que se requieran. Plataforma del camino: En una carretera terminada, la parte que incluye la calzada, los espaldones y cualquier margen (Bermas) entre los espaldones y las aristas internas de las cunetas o de los taludes. Una carretera con dos calzadas separadas tiene dos plataformas. Tratndose de la "Obra Bsica", en cualquier etapa de su construccin, la plataforma abarca la parte superior de la obra, entre los taludes.I-19

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Plazo contractual: El nmero de das calendario o das laborables estipulado en el contrato para el cumplimiento del mismo, incluyendo las extensiones de tiempo autorizadas. Pliego de condiciones o (Trminos de Referencia): Documento en el que se deja constancia de todos los requisitos y condiciones que necesariamente deben cumplirse para presentar una oferta y, eventualmente, garantizar la bondad de la ejecucin del proyecto de Ingeniera. Pre-calificacin: Concurso pblico promovido para que las personas naturales y/o jurdicas interesadas puedan someter los documentos solicitados a una calificacin previa que, de ser favorable, los declarara aptos para participar en futuras licitaciones correspondientes a la rama de actividad especializada en la que se calificaron, sin tener que cumplir con este requisito en cada una de ellas. Los interesados calificados quedaran catalogados en los correspondientes Registros de Contratistas. Precio de una obra: Es el valor total que se paga por la ejecucin de una obra efectivamente realizada, conformado por los Costos Directos e Indirectos, ms el reajuste de precios. Se determina al momento de la liquidacin contable del contrato. Precio unitario: Precio por Unidad de Medida, establecido para cada Rubro o Item. Programa: Documento en que se establece el orden y los plazos dentro de los cuales se estima que se puede iniciar y concluir cada concepto de trabajo, cada etapa de Construccin, cada parte del Proyecto y/o el Proyecto mismo. Programa de avance de obra: Diagrama en que, utilizando una escala apropiada, se muestra el porcentaje de trabajo que se espera terminar en una fecha cualquiera dentro del plazo. Programa oficial: El propuesto por el oferente, aprobado por el "Director" o el acordado entre el "Director" y el adjudicatario; o el acordado entre el Contratista y el Director, antes de iniciar la ejecucin de la Obra; o el aprobado por el Director, al que deben sujetarse todos los Oferentes. Este programa forma parte del contrato e incluye las eventuales modificaciones legalmente aprobadas. Programa propuesto: El que forma parte de una Oferta o Propuesta. Proponente (oferente): Una persona natural o jurdica que presenta una oferta relacionada con una licitacin, para ejecutar una obra dada o proveer de determinados bienes o servicios.I-20

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Proyecto de Ingeniera: Conjunto de documentos tcnicos definitivos que determinan las caractersticas y dimensiones de una obra y permiten su valoracin y ejecucin. Generalmente incluye: Memoria, Planos, Especificaciones y el Presupuesto Referencial. Proyecto de Contrato: Documento preparado por el presunto Contratante, donde, adems de las clusulas que le son propias por disposicin legal, establecen las obligaciones y derechos de las partes, deben constar tambin estipulaciones relativas a la terminacin o resolucin del contrato, las recepciones Provisional y Definitiva, las obligaciones laborales, los procedimientos para la solucin de controversias de orden tcnico o legal y las garantas que debe rendir el eventual contratista, enmarcadas en las leyes vigentes. Puente: Estructura de una o varias luces, incluyendo sus apoyos, erigida sobre una obstruccin (agua, entre otras), depresin, carretera, autopista o ferrocarril, que tiene una va apta para el trfico de vehculos y/o peatones u otras cargas mviles y cuya luz total en el caso de que se levante para salvar cursos de agua, medida entre las caras verticales internas de los apoyos extremos, sea mayor de seis (6) metros. Rasante: Lnea de gradiente a nivel de la superficie de rodadura del camino. Recepcin definitiva: Aceptacin final de una obra contratada, de la prestacin de un servicio, o de la provisin de bienes, de acuerdo a lo estipulado en el respectivo contrato. Recepcin provisional: Aceptacin expresa o presunta de que una obra se ha terminado conforme lo pactado. Recursos culturales. Son aquellos que forman parte de la cultura de los pueblos y que por un lado colaboran en desarrollar los conocimientos humanos y por otro, ayudan al hombre a ser ms plenamente hombre en todas las dimensiones de su existencia. Comprende los recursos: arqueolgicos, etnolgicos, histricos, artsticos (arquitectnicos, pictricos, literarios, etc.), naturales singulares y cientfico-educativos. Reductor de polvo: Generalmente un riego de asfalto rebajado, de curado lento, aplicado a una superficie de tierra. Rellenador mineral: Cualquier material natural o artificial (polvo de piedra finamente pulverizado, cemento Portland, cal, etc.) que pasa el tamiz N 200 en un ochenta (80) a cien (100) por ciento de su total y que se aade a las mezclas asflticas para aumentar su estabilidad, rellenando los vacos.

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Remediacin ambiental. Accin de reponer al medio ambiente o uno o ms de sus componentes a una calidad similar a las que tenan con anterioridad a su deterioro, o en caso de no ser posible, restablecer sus propiedades bsicas. Replanteo: Demarcacin en el terreno de puntos de control del proyecto, necesarios para realizar la obra. Reunin pre-construccin: Reunin que puede realizarse entre el Fiscalizador y el Contratista, despus de la suscripcin de un contrato y por convocatoria del primero, con el propsito, entre otros, de precisar detalles de trabajo. Riego de imprimacin: Aplicacin de asfalto lquido, de baja viscosidad, a un suelo o capa de firme, para hacerlo impermeable y facilitar la unin con la capa superior. Riego de liga (o ligante): Aplicacin de asfalto lquido, usualmente sobre capas superficiales viejas (de rodaduras o desgaste), para facilitar su unin con nuevas capas de pavimento. Riesgo ecolgico. Es la probabilidad condicional de la ocurrencia de un acontecimiento . Ripado. Procedimiento de fragmentacin mecnica de suelos compactados o rocas. Roca: Material mineral slido que se encuentra en estado natural, en grandes masas o fragmentos y que requiere de explosivos para su explotacin. Rubro o tem: El "Concepto de trabajo" (o trabajo especfico), el servicio, la actividad o el bien, para el cual se han definido unidades de medida, calculado cantidades y previsto una compensacin o pago. Rubro o tem de pago: Items o Rubros para los cuales se han estipulado PRECIOS UNITARIOS y/o PRECIOS GLOBALES. Rubro principal: Todos aquellos que, "individualizados as", tienen influencia importante en el Precio y en el tiempo de ejecucin de la Obra. (Este es un concepto que no necesariamente coincide con el usado con el mismo nombre en el Reglamento de la Ley de Reajuste de Precios). Subsolar. Descompactacin del suelo a profundidades mayores de 30 cm, con volteo de horizontes. Sobre acarreo: Transporte autorizado de materiales excavados, efectuado a una distancia que excede a la de acarreo libre o libre acarreo. El pago por el sobre acarreo debe preverse en los documentos contractuales.I-22

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Subbase: Capas, de espesor definido, de materiales que cumplen determinadas especificaciones, las cuales se colocan sobre una subrasante aprobada, para soportar la Capa de Base. Subcontratista: Persona natural o jurdica, con la cual el Contratista subcontrata parte de la obra que ampara el contrato. Subestructura o Infraestructura: Parte de una estructura, de una o varias luces, debajo de los apoyos, de los arranques de los arcos y de las juntas de construccin en la parte superior de los elementos verticales (pilares y estribos) en estructuras rgidas. Se incluyen tambin los muros e contencin debajo de los de cabeza o cabezal y de los tabiques de proteccin contra el viento. Subrasante: Superficie superior de la obra bsica, preparada como fundacin de la estructura de pavimento y de los espaldones. Subsuelo: Terreno de fundacin debajo de la subrasante. Se emplea tambin para designar el suelo que se encuentra debajo de la superficie sobre la que se construir un relleno o terrapln, o debajo de la superficie natural del terreno. Suceso extraordinario: Acto de la naturaleza cuya magnitud y frecuencia son inslitas, tales como un terremoto, maremoto, huracn o una tormenta o riada cuya frecuencia de retorno sea calculada en ms de 50 aos. La determinacin definitiva de si un acontecimiento puede calificarse como un suceso extraordinario o no ser hecha por el Director. Suelo. Es la capa superficial ms externa de la superficie terrestre, constituida por sustancias minerales y orgnicas, que soporta las plantas y cuyas propiedades se deben a los efectos combinados del clima y de la materia viva sobre la roca madre. La ciencia que estudia el suelo se conoce como edafologa. Suelo o terreno: Genricamente, la superficie de la corteza terrestre. Especficamente: Capa de sedimentos y otras acumulaciones de partculas slidas, sin cohesin (arcillas, arenas, gravas, etc., y mezclas de ellas) provenientes de la desintegracin fsica y qumica de las rocas y que puede contener o no, materia orgnica. Superintendente: Ser un Ingeniero Civil, con por lo menos cinco aos de experiencia, encargado de la ejecucin de la obra, como representante autorizado del Contratista y con las responsabilidades correspondientes a l. Supervisin: Revisin y control del debido cumplimiento del "Objeto del Contrato". Talud: Superficie inclinada de un corte, de un terrapln o un muro.I-23

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Trminos de referencia (o Pliego de Condiciones): Documento preparado para una Licitacin, en el cual se establecen las regulaciones, procedimientos y formalidades precontractuales; se dan disposiciones e instrucciones generales a las cuales deben someterse los interesados en participar en ella; se somete a su conocimiento el Proyecto de Ingeniera por contratar y la Forma de Pago prevista; se determinan las normas y requisitos que deben cumplir los Oferentes y sus Ofertas; se precisan los documentos y garantas que deben presentar y se sealan la forma, el lugar y la fecha cuando deben entregarse las Ofertas. El "Proyecto de Ingeniera" puede incluirse en el Texto o presentarse como Anexo; sea ntegramente o en forma resumida: Una sntesis de la Memoria que responda a las preguntas: Qu? (Objeto del Contrato; Dnde? (Ubicacin); Cundo? (Plazos); Para qu? (Propsito o finalidad); las especificaciones, que responden a la pregunta Cmo?; los planos; y el Presupuesto Referencial, segn corresponda. Terrapln (o relleno): Construccin elevada sobre el terreno natural, compuesta de suelo, roca o una combinacin de los dos, la cual constituye la obra bsica del camino en zonas de relleno. Trabajos: Trmino de uso general, para referirse a actividades desarrolladas durante la ejecucin de la Obra, incluyendo, en cada caso, la provisin de mano de obra, materiales, equipos y la satisfaccin de otros requisitos incidentales. Trabajos adicionales: Trabajos imprevistos y necesarios para los cuales no existe un rubro o tem de pago definido en el contrato y que el contratista necesariamente debe ejecutar, sujetndose a las instrucciones del fiscalizador. Tratamiento superficial bituminoso: Riego de un ligante asfltico cubierto por una capa de agregado, de espesor igual al mximo tamao de ste, realizado con el propsito de obtener una superficie uniforme, antideslizante, resistente a los agentes atmosfricos e impermeable, pero que no aumenta la capacidad soportante. Puede constar de una o ms capas. En este ltimo caso, en cada capa superior el tamao mximo del agregado y la cantidad de ligante van disminuyendo. Tratamiento superficial simple: Tratamiento superficial constituido por una (1) sola capa. Transporte: Traslado de cualquier tipo de materiales para el que se ha previsto un RUBRO o ITEM DE PAGO. Vegetacin. Es el conjunto que resulta de la disposicin en el espacio de los diferentes tipos de vegetales presentes en una porcin cualquiera del territorioI-24

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geogrfico. Va: Area debidamente acondicionada para el paso de peatones, cabalgaduras o vehculos. Zapata: Cimentacin (Cuerpo inferior, parte de la subestructura) de una estructura. Zona del camino: Faja fsica de terreno comprendida entre los lmites del "Derecho de Va". Zona lateral del camino: Faja de terreno comprendida entre el lmite exterior de la zona del camino y la arista externa, del mismo lado, de la "Obra bsica".

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SECCION 102. CONTRATACION 102-1. Licitacin de la obra

102-1.01. Presentacin de Ofertas.- Los proponentes debern presentar sus ofertas para la ejecucin de la obra sujetndose a las disposiciones de la Ley y a las bases de la Licitacin. Es responsabilidad exclusiva de cada oferente examinar el sitio de la Obra y todos los documentos de las bases, antes de preparar su oferta. Asimismo debe enterarse de leyes, reglamentos y ordenanzas que de alguna manera puedan afectar su ejecucin. No se aceptar ningn reclamo posterior del Contratista, que aduzca falta de conocimiento respecto a las condiciones del sitio o zona de ubicacin de la obra, los requisitos de ejecucin de la misma o las disposiciones legales que con ella se relacionen. Los oferentes deben necesariamente incluir un programa de trabajo, basndose generalmente en el mtodo de la "Ruta Crtica" y un anlisis de cada uno de los precios unitarios. El anlisis se referir a la proporcin en que inciden: mano de obra, materiales, equipos, transportes, herramientas y los gastos generales como los administrativos, los imprevistos y las utilidades. En el caso de que, por la naturaleza de la obra, sean indispensables pagos en moneda extranjera, los desgloses o anlisis debern referirse a tal moneda en la proporcin que corresponda. 102-1.02. Anlisis de las Ofertas.- De acuerdo con las disposiciones legales en vigencia, las ofertas sern estudiadas y analizadas por los organismos competentes. Es obligacin de los oferentes sujetarse estrictamente a las bases, para lo que, durante los plazos establecidos previos a la presentacin de las ofertas, debern solicitar las aclaraciones, ampliaciones o precisiones que juzguen convenientes. 102-1.03. Modificaciones del Contrato.- El Contrato nicamente podr modificarse en la forma y con los procedimientos previstos en la Ley. 102-2. Adjudicacin y Suscripcin del Contrato.

102-2.01. Finalidad del Contrato.- La finalidad del contrato y los documentos contractuales es la de establecer los deberes y derechos de las partes, los trminos y condiciones en las que debe ser ejecutada la obra. El Contratista deber llevar a cabo los trabajos de conformidad con las lneas, pendientes, dimensiones, secciones transversales tpicas y otros datos que contengan los documentos contractuales o cualquier modificacin de los mismos que autorice el Director por escrito. Ser responsabilidad del Contratista el suministrar todos los materiales, equipos, herramientas, mano de obra, direccin tcnica y dems elementos necesarios para el adecuado avance y terminacin de la obra, salvo que el Contratante ejerza su derecho deI-26

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suministrar materiales de acuerdo a lo estipulado en el numeral 103-3.09. A menos que, en forma expresa, se indique lo contrario en los documentos contractuales pertinentes, todos los equipos, materiales y artefactos incorporados a la obra debern estar en perfecto estado de funcionamiento. Adems, todos los trabajos debern efectuarse empleando tcnicos y obreros entrenados en su oficio y de acuerdo con las buenas prcticas de construccin. Cuando en los documentos contractuales se haga mencin de un equipo o materiales especficos o un proceso patentado por su nombre de fbrica o nmero de catlogo, se deber entender que dicha mencin tiene el propsito de establecer una norma de calidad, y el Contratista, a su opcin, podr, previa aceptacin escrita del Fiscalizador, emplear cualquier otro equipo, material o proceso de igual calidad al mencionado. El Contratista proporcionar al Fiscalizador todos los datos necesarios para poder juzgar la calidad y rendimiento de cualquiera de los materiales o maquinarias que se proponga incorporar a la obra. Debern presentarse muestras de los materiales para la aprobacin del Fiscalizador cuando se lo solicite. Los materiales, artefactos o maquinarias a utilizar o a instalar sin la aprobacin requerida, podrn ser rechazados; y ser por cuenta y riesgo del Contratista cualquier gasto ocasionado por tal rechazo. 1) El Contratista deber suministrar y mantener, para el uso del personal de fiscalizacin, oficinas y laboratorios y, en el caso de haberse previsto en los trminos de referencia, vivienda, vehculos u otras instalaciones. 102-2.02. Adjudicacin del Contrato.- La adjudicacin del contrato se efectuar cumpliendo las disposiciones legales previstas para tal objeto y mediante la notificacin al proponente que resultare favorecido, dentro de los plazos establecidos. 102-2.03. Devolucin de garantas de seriedad de la oferta.- Las garantas de seriedad de la oferta sern devueltas sujetndose a lo que prescribe la Ley. 102-2.04. Formalizacin del Contrato.- El adjudicatario deber suscribir el contrato en las condiciones y plazos que consten en la Ley y/o en los trminos de referencia para la Licitacin; luego de presentar la garanta de tal cumplimiento del contrato y/u otras que la ley determine. 102-2.05. No suscripcin del Contrato.- En el caso de que el contrato no se suscribiese, deber establecerse los motivos y a quin debe imputarse la responsabilidad de este hecho. Segn tal responsabilidad, se aplicar lo que al respecto establezca la Ley.I-27

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Si la no suscripcin del contrato obedece a fuerza mayor o caso fortuito, debern el adjudicatario y el eventual Contratante, de mutuo acuerdo, definir el procedimiento posterior, sin que en ningn caso la falta de suscripcin sea fundamento para reclamar indemnizaciones. 102-2.06. Seguros.- Cuando as se establezca en los trminos de referencia, antes de empezar a ejecutar el contrato el adjudicatario deber presentar al Fiscalizador una constancia aceptable de que, con respecto al contrato adjudicado, l tiene en vigencia todos los seguros exigidos por las leyes nacionales con relacin a posibles reclamos por parte de su personal o terceros, como consecuencia de accidentes que ocurran durante la construccin de la obra. 102-2.07. Aviso para Comenzar.- Una vez firmado el contrato por las partes contratantes y presentadas las garantas estipuladas, el Fiscalizador legalmente designado, entregar al Contratista, dentro de un plazo no mayor de los sesenta (60) das despus de haberse suscrito el contrato, el aviso para comenzar la construccin de la obra. El Contratista a su propia eleccin y riesgo, podr comenzar con los trabajos, objeto del contrato antes de recibir el Aviso para Comenzar, siempre y cuando se cumplan todas las exigencias de los documentos contractuales. 102-3. Relaciones Legales y Responsabilidades Generales.-

102-3.01. Leyes que debern Observarse.- El Contratista debe conocer todas las leyes y decretos de la Repblica del Ecuador, adems de ordenanzas y reglamentos provinciales y locales que pudieren afectar en alguna forma la ejecucin de la obra, y es su obligacin el cumplimiento de todos ellos. El Contratista debe proteger y salvar de responsabilidad al Gobierno y a sus representantes de cualquier reclamo o juicio que surgiere como consecuencia de la contravencin o falta de cumplimiento de dichas leyes y ordenanzas por parte del Contratista o su personal. En caso de encontrar en los documentos contractuales una discrepancia o contradiccin con relacin a cualquier ley, decreto, ordenanza o reglamento, el Contratista deber de informar de inmediato al Director, con copia para el Fiscalizador, en orden a resolver el problema presentado. 102-3.01.1.Seguro Social.- El Contratista deber afiliar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a todo el personal nacional, de acuerdo a las exigencias legales vigentes. En caso de estar radicado en un pas extranjero, el Contratista deber tener en vigencia un seguro social para sus empleados extranjeros, de acuerdo a las leyes aplicables. 102-3.01.2.Condiciones de Trabajo.- El Contratista deber cumplir estrictamente con las leyes y reglamentos oficiales en cuanto a los sueldos mnimos a pagar; adems del suministro de alojamiento, alimentacin, ropa deI-28

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trabajo y cualesquiera otros artculos o servicios que el Contratista est obligado a proveer a sus empleados. 102-3.01.3.Personal Extranjero.- El empleo de personal no ecuatoriano por el Contratista o subcontratistas deber estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley de Defensa Profesional y cualquier otra que sea pertinente. 102-3.01.4 Marco Legal Ambiental Las leyes y normativas que rigen las actividades ambientales para obras de infraestructura, en el mbito vial son las que a continuacin se mencionan: 1. La Constitucin Poltica del Ecuador, en sus artculos 86 al 91 establece los lineamientos principales para preservar el medio ambiente y normar los procedimientos tendientes a un desarrollo sustentable. Ley de Gestin Ambiental (R.O. 245: 30-julio-1999), en su captulo segundo menciona a travs de 9 artculos los procedimientos para la evaluacin de impactos ambientales y el control ambiental en actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales al entorno. En tanto que el captulo tercero seala los mecanismos de participacin social en las evaluaciones ambientales Ley de Caminos y sus reglamentos (L. 1351 . R.O. 285: 64-julio-7), los artculos 37,38 y 39 de la Ley hacen mencin al cuidado del trnsito y manejo de desechos slidos, en tanto que el Art.23 del reglamento de caminos privados hace referencia al procedimiento para explotacin de minas. El prrafo tercero del literal (d) del numeral 2.2. y el numeral 5 del literal (e) del numeral 4.2 de la Poltica Nacional de Concesiones Viales, establecen las responsabilidades que tiene los concesionarios respecto a la prevencin y mitigacin de impactos socio-ambientales en la va. Ley de Prevencin de la Contaminacin Ambiental y sus Reglamentos relativos al recurso agua, ruido, suelos y desechos slidos(D.S. R.O. 374: 31mayo-1976), contiene parmetros de control y vigilancia para los elementos indicados. Ley de Aguas y su Reglamento General (D.S. R.O. 69: 30-mayo1972), contiene la normativa pertinente a la prevencin y control de la contaminacin del agua, as como el manejo, conservacin y mantenimiento de sistemas de abastecimiento de aguas. Ley Forestal y de Conservacin de reas Naturales y Vida Silvestre y sus Reglamentos (L. 74-PLC. R.O. 64: 24-agosto-1981), establece las reas naturales protegidas, sus clases y los procedimientos de intervencin y manejo de las mismas. Ley de Trnsito y Transporte Terrestres, especialmente en loI-29

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concerniente al reglamento de las seales, luces y signos convencionales de trnsito. 8. Ley de Patrimonio Cultural y sus reglamentos. En lo relativo a los procedimientos establecidos cuando se encuentren restos arqueolgicos y de inters cultural y patrimonial nacionales.

102-3.02. Subcontratacin o Traspaso del Contrato.- El Contratista no podr subcontratar, ninguna parte de los trabajos sin contar previamente con la aprobacin escrita del Director. En ningn caso el Contratista podr subcontratar o ejecutar con personal o recursos que no son de su propia organizacin, trabajos cuyo valor sea mayor al 49 por ciento del monto del presupuesto original del contrato, excepto cuando se trate de trabajos especializados, as designados en las especificaciones especiales o en los trminos de referencia y cuyo subcontrato haya sido contractualmente autorizado. En ningn caso el Contratista podr vender, o traspasar la totalidad o parte del contrato. En caso de subcontratar o traspasar a otros de cualquier manera, una o ms partes de las obras, el Contratista siempre tendr la responsabilidad ante el Contratante por la correcta ejecucin de los trabajos subcontratados. 102-3.03. Permisos y Autorizaciones.- El Contratista deber obtener todos los permisos y autorizaciones que se necesiten para la ejecucin correcta y legal de la obra, sufragando los gastos e impuestos del caso. Adems, el Contratista deber dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes, para la debida proteccin del pblico, personal de la Fiscalizacin y del Contratista mismo. El Fiscalizador podr exigir del Contratista la entrega de una copia de cualquier permiso o autorizacin que obtenga con relacin a la ejecucin de la obra. En caso de que un individuo o una entidad quisiera hacer un corte en la calzada u otra parte de la obra para efectuar trabajos de instalacin o reparacin de tubera, cables, etc., y cuente con el respectivo permiso escrito otorgado por el Director o el Fiscalizador, el Contratista deber permitir al poseedor de dicha autorizacin efectuar los trabajos amparados por el permiso. Mientras no se haya efectuado la recepcin provisional de la obra o de la parte afectada por los trabajos ya mencionados, el Contratista deber efectuar cualquier trabajo necesario para la adecuada restauracin de la calzada u otra parte de la obra, y el Contratante le pagar por los trabajos de restauracin de acuerdo con los rubros contractuales o de las estipulaciones del numeral 103-1.05 de estas Especificaciones. 102-3.04. Restricciones sobre las Cargas Vehiculares.- El peso bruto y lasI-30

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cargas por eje del equipo y vehculos de construccin que el Contratista opera sobre las bases, pavimentos o estructuras dentro o en las cercanas del proyecto, no debern sobrepasar los lmites fijados en las leyes y reglamentos pertinentes en vigencia, excepto que se estipule lo contrario en los documentos contractuales. Sin embargo, el Fiscalizador podr permitir al Contratista pasar sobre alcantarillas instaladas, cruzar en sentido transversal las vas pblicas dentro del derecho de va o pasar sobre las bases y pavimentos recin terminados, con equipo de construccin que excede los lmites de peso permitidos en las carreteras pblicas, siempre y cuando el Contratista tome por su cuenta las medidas de proteccin que el Fiscalizador considere necesarias y sufrague el costo de reparacin de cualquier dao que la operacin de sus vehculos sobrecargados causare. 102-3.05. Artefactos, Materiales o Procesos Patentados.- Es de exclusiva responsabilidad, tanto legal como pecuniaria del Contratista, el uso que haga de equipos, artefactos, materiales o procesos patentados. En caso de surgir cualquier reclamo o demanda como consecuencia de tal uso, responder el Contratista, y quedarn liberados el Gobierno y sus representantes de cualquier tipo de responsabilidad a este respecto. 102-3.06. Pago de Impuestos y Derechos.- Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirn la nica compensacin al Contratista por todos sus costos inclusive cualesquiera impuestos y derechos que l tuviera que pagar a cualquier autoridad gubernamental. En caso de ser posible exonerar al Contratista el pago de ciertos impuestos o derechos, toda la informacin pertinente ser sealada en los documentos contractuales. 102-3.07. Campamentos e Instalaciones Sanitarias.- El Contratista deber proveer de acuerdo a las leyes vigentes y a lo estipulado en la Seccin 201 o en los documentos contractuales de campamentos para el alojamiento y alimentacin de su personal y, de ser requerido, del personal de fiscalizacin. Los Campamentos debern estar provistos de las instalaciones sanitarias necesarias, de acuerdo a los reglamentos de las entidades responsables de la salud pblica y a las estipulaciones contractuales. 102-3.08. Seguridad de la Obra.- Hasta la recepcin definitiva de la obra, el Contratista deber tomar, las precauciones necesarias para garantizar la seguridad de todas las personas que tienen derecho a estar presentes en la obra o pasar por ella, especialmente los empleados del Contratista y del Contratante, y para la debida proteccin de bienes y pertenencias dentro o en las cercanas de la obra. El Contratista deber promover e insistir en el acatamiento de la buena prctica, en cuanto se refiere a reducir al grado mnimo los riesgos y peligros de operacin de maquinaria y procedimientos de trabajo en general. Todos los equipos y maquinarias debern llevar las advertencias y los dispositivos de seguridad previstos o recomendados por los fabricantes.I-31

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En caso de que el Contratista utilice explosivos en la obra, tendr sumo cuidado para no poner en peligro vidas o propiedades y ser el nico responsable de cualquiera de los daos resultantes del empleo de explosivos. El Contratista suministrar y colocar seales adecuadas para advertir al pblico de sus operaciones con explosivos. Dichas seales se emplazarn en lugares apropiados, dentro de los lmites de la obra; sern mantenidas de manera que resulten claramente visibles al pblico. Si se efectan las explosiones mediante detonadores elctricos, se emplear tambin una seal que indique la necesidad de mantener desconectados los aparatos transmisores de radio. Durante todos los perodos en que se utilicen explosivos, el Contratista debe mantener, en lugares apropiados, sealeros o guardas para evitar que entren personas a dicha zona de trabajo. No se pagar en forma directa por el suministro, colocacin y mantenimiento de seales de advertencia, sealeros o guardas, sino que se considerar que los gastos respectivos son costeados por los pagos que se efecten por los rubros del contrato correspondiente. Todos los explosivos debern almacenarse en forma segura, cumpliendo con lo determinado por las leyes y ordenanzas locales. Todos estos lugares de almacenamiento debern sealarse claramente con la inscripcin " Peligro Explosivos ". Donde no existan leyes u ordenanzas relacionadas con ello, el lugar de almacenamiento deber ser satisfactorio al Fiscalizador y deber ubicarse en sitios no ms cercanos de trescientos metros de la ruta o de cualquier edificio o zona de campamentos. En caso de determinar que el Contratista persiste en procedimientos peligrosos, o que no haya subsanado condiciones peligrosas despus de haber recibido el aviso al respecto, el Fiscalizador podr ordenar la suspensin de los trabajos, de acuerdo al numeral 103-4.01 de estas Especificaciones. Nada de lo indicado en este numeral exonerar al Contratista de su responsabilidad en la debida ejecucin de la obra ni en posibles reclamos, de acuerdo al numeral 102-3.01 de estas Especificaciones. 102-3.09. Comodidad del Pblico.- En todo momento el Contratista deber conducir sus operaciones de tal manera que ocasionen la menor inconveniencia y demora posibles al trnsito pblico. La parte de la obra transitada por el pblico deber mantenerse adecuadamente de acuerdo a lo estipulado en el numeral 103-1.07, y no podr cerrarse ningn tramo del proyecto, excepto con la autorizacin escrita del Fiscalizador. Durante todo el tiempo de ejecucin de la obra, el Contratista deber ofrecer condiciones razonables de seguridad y comodidad a los usuarios y moradores aledaos al camino en construccin o mejoramiento. Deber mantenerse acceso adecuado a las propiedades adyacentes a la obra, as como a los caminos pblicos que intercepta el proyecto. No podr cortarse el acceso existente a ninguna propiedad, hasta que est en servicio la instalacin que laI-32

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reemplace. El Contratista deber remover prontamente y por su cuenta cualquier material que cayere sobre la calzada de la va pblica durante el acarreo de materiales de construccin para el proyecto, si el Fiscalizador considera que ste representa un peligro para el trfico pblico. Los trabajos de excavacin y construccin de terraplenes debern ejecutarse de tal manera que faciliten el paso expedito del trnsito que debe efectuarse a travs de la obra. Deber colocarse lo antes posible relleno suficiente, en los accesos de puentes y sobre alcantarillas, para permitir el trfico pblico. Si el Fiscalizador lo ordena, el Contratista deber efectuar los cortes para la plataforma y construir los terraplenes en forma escalonada, alternando sus operaciones de un lado al otro y dirigiendo el trnsito al lado opuesto de la faja en construccin. Cuando el trnsito pblico deba pasar por la plataforma de la obra, se instalarn las alcantarillas en dos etapas, cada una hasta la mitad del ancho de la plataforma, mantenindose en buenas condiciones el lado de la plataforma por donde fluye el trnsito. Mientras el Contratista est trabajando dentro de la calzada, deber permitir el trnsito pblico por los espaldones, en caso de no existir un desvo adecuado. Cuando se coloque la capa de rodadura por mitades del ancho, deber permitir el trfico por el lado que no est en construccin. Si el ancho de la plataforma y los procedimientos de trabajo lo permiten, debern mantenerse abiertos dos carriles para el uso del trnsito pblico, durante las operaciones de preparacin de la subrasante y construccin del pavimento. El Fiscalizador podr requerir del Contratista el riego de la plataforma o la aplicacin de otro paliativo para el polvo, de acuerdo a las estipulaciones del Seccin 205. De no figurar en el presupuesto del contrato un rubro de pago para " Mantenimiento de Trnsito " y de no estipular otra forma de pago en los documentos contractuales, se considerar que todos los gastos en que incurra el Contratista en cumplimiento de los requisitos de este numeral son costeados por los varios rubros del contrato y no se har ningn pago directo por este concepto. El fiel cumplimiento de los requisitos de este numeral no exonerar al Contratista de ninguna de sus obligaciones estipuladas en el numeral 102-3.10 102-3.10. Proteccin del Pblico.- En este numeral, se estipularn las responsabilidades del Contratista en cunto a medidas que l tendr que tomar para la adecuada proteccin del pblico, durante el plazo de construccin de la obra. Los numerales 102-3.08, 102-3.09, 102-3.11 y 102-3.12 son complementarios y tratan de otras responsabilidades del Contratista, con relacin a la proteccin y seguridad que se deber ofrecer a personas yI-33

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propiedades que podran ser afectadas por las acciones del Contratista. Cuando las operaciones del Contratista presenten un peligro al trnsito o al pblico en general, o creen condiciones peligrosas, l deber suministrar, erigir y mantener luces, barreras y otros dispositivos que sean requeridos por el Fiscalizador para evitar daos y desgracias personales. Si el Fiscalizador lo considera necesario, tambin se deber emplear guardas y sealeros para advertir al pblico de posibles peligros en la obra. Los detalles de sealizacin y medidas de proteccin que pueden ser necesarias, estarn de acuerdo a lo estipulado en el manual de mantenimiento, donde se trata del control de trnsito en zonas de construccin. Cuando el Fiscalizador lo ordene, el Contratista deber proveer de un vehculo de gua y sealeros para conducir al trnsito pblico en forma segura en un tramo de un solo carril. Si los vehculos y equipos del Contratista tambin deben pasar por el mismo carril, ellos debern cumplir con el control establecido para el trnsito pblico. En todo momento en que estn en ejecucin trabajos en una zona adyacente a un carril abierto al trfico pblico, o mientras exista una excavacin abierta al lado de dicho carril, debern proveerse por el Contratista delineadoras o barreras adecuadas a lo largo del borde del carril. Las delineadoras o barreras debern complementarse con linternas o faroles encendidos de 18 a 06 horas y cuando exista neblina. Los caminos cerrados al trnsito pblico se sealarn con barreras y letreros efectivos, iluminados de noche por linternas o faroles adecuados. El Contratista colocar seales adecuadas de advertencia, iluminadas de noche y durante perodos de neblina por linternas o faroles en los lugares de la obra donde termina el pavimento, o donde existen otras condiciones inesperadas que requieren una reduccin considerable en la velocidad normal de recorrido. 102-3.11. Proteccin y Restauracin de Propiedades.Ser responsabilidad del Contratista preservar las propiedades pblicas o particulares situadas fuera de los lmites de la construccin y proteger de daos a los bienes pblicos y particulares, de cualquier naturaleza, que se encuentren con derecho dentro o en las cercanas de la obra. El Contratista deber conservar y proteger de daos y desplazamientos a los monumentos e hitos de propiedades, hasta que el Fiscalizador o su representante los haya referenciado y autorizado su remocin. El Contratista deber responder durante la ejecucin de la obra, hasta su recepcin definitiva, por cualesquier dao o perjuicios que sufran las mencionadas propiedades como consecuencia de sus actos, omisiones, negligencia, trabajos defectuosos, desacierto en la direccin de la obra o empleo de materiales no aceptables.I-34

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En caso de encontrarse en la obra ruinas u otros objetos de valor histrico o arqueolgico, debern suspenderse los trabajos hasta que el Fiscalizador ordene su reiniciacin. El Fiscalizador podr especificar que se ejecute el movimiento de tierras en el sitio en que se encuentren dichos objetos o ruinas, de tal manera que no sufran dao y se los recupere en buen estado, para entregarlos a las autoridades competentes en la materia. Si as ordena el Fiscalizador, se pagar al Contratista por los trabajos adicionales de acuerdo con el numeral 103-1.05 de estas Especificaciones. El Contratista deber efectuar la obra de tal modo que reduzca al mnimo posible la erosin de los suelos como consecuencia del movimiento de tierra. Deber tener cuidado especial en los lugares donde la sedimentacin proveniente de la erosin podra afectar en forma adversa a los ros, canales o embalses. Antes de suspender sus operaciones por un tiempo considerable, el Contratista tendr que conformar la plataforma, de tal manera que permita el escurrimiento de las aguas pluviales con un mnimo de erosin. Si fuera considerado necesario por el Fiscalizador, el Contratista deber construir diques, desages u otras obras provisionales para el control de la erosin y mantenerlos hasta que fueran terminadas las obras programadas. Excepto que se estipulara lo contrario en las disposiciones especiales, no se pagar al Contratista en forma directa por las obras provisionales o las medidas especiales que puedan ser requeridas en cumplimiento de las estipulaciones de este numeral, sino que se considerar que la compensacin por las mismas se incluye en los pagos efectuados por los varios rubros de pago del contrato. Si como resultado de la accin u omisin del Contratista se produjera cualquier dao o perjuicio a la propiedad ajena, l deber restaurar dicha propiedad a la condicin anterior de ocurrido el dao o perjuicio, por su propia cuenta y a satisfaccin del Fiscalizador. 102-3.12. Responsabilidad en los Casos de Reclamos por Daos y Perjuicios.- El Contratista liberar de responsabilidad al Gobierno y a sus representantes en la obra, con relacin a cualquier reclamo, demanda o juicio de cualquier naturaleza que surgiere como consecuencia de accidentes, heridos, muertos, daos o perjuicios que pudieren atribuirse a la construccin de la obra. De ser permitido por las leyes pertinentes, el Contratista podr descargar las responsabilidades ya mencionadas mediante el contrato de una pliza durante el tiempo que dure la obra, de acuerdo a los trminos del contrato. Nada en estas Especificaciones o en otras partes de los documentos contractuales deber interpretarse como que incluye a alguna persona o al pblico en general como parte o como beneficiario del contrato. Tampoco se podr interpretar cualquier clusula del contrato para establecer niveles en la proteccin que necesariamente se deber otorgar al pblico o a cualquier individuo. 102-3.13. Obras Colindantes con Ferrocarri