monografia derecho penal
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1. INTRODUCCIONA lo largo de la historia de la humanidad, el hombre siempre ha
necesitado de medios de instrumentos de control de la conducta
desviada, a fn de ejercer el orden y la tutela de los bienes más
preciados. A comienzos de la era humana, el prototipo del hombre
venia construido reacciones palmariamente primarias, producto
del insipiente desarrollo de la intelectualidad del individuo, a la
uerza que se ejercía sobre un bien procedía otra uerza cuya
reaccin podía ser de mayor intensidad, quiere decir, que la
violencia que desencadenaba la realizacin de una determinada
conducta, no estaba sujeta a limitaciones ni a criterio alguno que
defna su racionabilidad y penetrabilidad.!a caracterizacin de esta "poca era marcada por la !ey de #alin,
consolidándose la venganza privada, que habría de asumir una
confguracin autoritativa. !a !ey del #alin se unda en el
principio de$ %&iente por diente ojo por ojo', representando el
&erecho (enal una primera limitacin al e)ceso de la venganza
privada. *ste principio consistía en compensar al agraviado con un
da+o igual o equivalente al causado por el oensor. in embargo,
no ue hasta la "poca medieval o mejor dicho con el -mperio
omano, que se ueron gestando las primeras maniestaciones del
&erecho como positivizacin de un orden superior. (rimero, el
derecho civil a fn de regular las diversas relaciones entre los
ciudadanos romanos, la comisin de s/bditos, la esclavitud, la
servidumbre y otras maniestaciones que eran características del
(oder que habría de undar un sentido imperativo a las relaciones
humanas. !a pena ue llamada venganza publica por los jurisconsultos romanos, pues aquella venganza que el estado de
naturaleza ejercía el brazo privado del oendido, en la ciudad la
in0ige la autoridad p/blica. (ero en realidad, 2uándo podemos
decir que nace el &erecho (enal3 iguiendo a 4A-*, diremos que
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el &erecho penal como instrumento de reaccin ormal del estado,
nace con la creacin de los *stados 6acionales, precisamente con
7*22A-A, con la sancin de todo un cuerpo de normas, que se
estructuran modelos de comportamiento, y que prev"n sanciones
severas para sus inractores.
2. INDICE1. Introducción
pag .12. Índice
pag. 23. El derecho penal
pag. 3-. El derecho penal o!"eti#o
pag.$-%
$. El derecho penal &u!"eti#o
pag.%-'%. Cri(inolog)a
pag.'-*+.El Derecho penal co(o di&ciplina cient),ca
pag.*'. El Derecho penal co(o (edio de control &ocial
pag.1-12
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*. i!liogra/)a
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3. El Derecho 0enal!a denominacin &erecho (enal, que es la más usada en la
actualidad, indica su naturaleza de ciencia jurídica y
el carácter más específco de su contenido, consistente en el
estudio de los actos que la ley amenaza con pena.
9ranz :on !iszt;51? 1@1@< tratadista penal alemán, esgrimi
que el &erecho (enal es el conjunto de las reglas jurídicas
establecidas por el *stado, que asocian el crimen, como hecho, a
la pena, como legítima consecuencia. *n la actualidad esta
defnicin de la materia es anacrnica, toda vez que el &erecho
(enal, no slo busca el establecimiento de las penas a los
delincuentes, si no tambi"n posee el instrumento de aplicar las
medidas de seguridad, además, nuestra disciplina comprende
ante todo las normas que se dirigen a los ciudadanos para que no
cometan los delitos previstos por la leyB5C
antiago 4ir (uig indica que el &erecho (enal no constituye slo
un conjunto de normas dirigidas a los jueces ordenándoles
imponer penas o medidas de seguridad, sino tambi"n, y antes de
ello, un conjunto de normas dirigidas a los ciudadanos que les
http://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/disciplina/disciplina.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elorigest/elorigest.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/lamateri/lamateri.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/disciplina/disciplina.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-delito/el-delito.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtml
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prohíben bajo la amenaza de una pena la comisin de delitos. B8C
eg/n este autor, el &erecho (enal está integrado tambi"n por
valoraciones y principios.
[1] Figura cumbre del Derecho Penal alemán. Nacido en Viena en 1851, profesor en iesen !18"#$,%arburgo !188&$, 'alle !188#$ ( )erl*n !18##$ ( muer+o en )erl*n en 1#1#. n su programauni-ersi+ario de %arburgo de 188&, l pensamien+o finalis+a en Derecho Penal, des+aca fren+e a las+eor*as penales absolu+as a la sa/n dominan+es, la necesidad de la consideraci/n finalis+a, ( conello la e0igencia de una pol*+ica criminal adecuada a los fines sociales. os nsa(os de Pol*+ica2riminal desarrollan al de+alle el Programa, consideran los resul+ados de la 3n+ropolog*a ( s+ad*s+icacriminales ( fi4an el cri+erio del au+or respec+o a los problemas de la e4ecuci/n peni+enciar*a, de lapena cor+a pri-a+i-a de liber+ad ( de sus sus+i+u+os, de la remisi/n condicional de la pena, del+ra+amien+o de los menores, e+c,. u 6ra+ado aparece en 1881. 3no+a uis 7imne de 3sua 9uedesde su clebre Programa de %arburgo en 9ue aplica el Derecho penal la doc+rina de :odolfo -on;hering, sobre el fin en el Derecho, ( 9ue mereci/ los honores de una -ersi/n rusa, le-an+a los pilaresde la direcci/n moderna alemana con +endencia sociol/gica, ( fi4a su +eor*a de la pena finalis+a, opena de fin. !$.[&] an+iago %ir Puig.
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*n cuanto a la uncin del derecho penal en el *stado social y
&emocrático de &erecho, consiste en mantener una coe)istencia
pacífca entre los ciudadanos, una ordenacin de vida donde
impera la libertad y la igualdad, no solo desde una perspectiva
ormal sino de transcendencia material.*l Ibjeto del &erecho penal, orece dos aspectos undamentales$
a< determinar que conductas están prohibidas conminándolas con
la imposicin de una sancin y b< precisar la gravedad y
modalidad de la pena o medida de seguridad que corresponde
imponer. *n el primer momento valorativo se precisa de una
determinacin legal, que se materializa mediante la conrontacin
de la conducta incriminada con los alcances normativos del tipopenalJ en concreto, para esta uncin del principio de legalidad
despliega una labor de primera línea, fjando los causes de
interpretacin normativa.
[A] 2laus :o0*n. Derecho Penal. Par+e eneral. Fundamen+os. a s+ruc+ura de la 6eor*a del Deli+o,
p. A1.
. DERECO 0EN O4ETI5OA este nivel, es importante tambi"n, dierenciar el derecho a penar
del *stado ;ius puniendi) B>C del sentido ormalista del &erecho
penal ;objetivo< que se patentiza a trav"s de su ormulacin
morolgica que tiende a su legitimidad ormal, al *stado entonces
se le legitima intervenir en la esera de la libertad de los
ciudadanos, por medio de las normas de control, reguladoras de
las diversas ormas de interrelacin social. !a doctrina se refereentonces al ius poenale, al &erecho penal objetivoBKC, y este
derecho penal objetivo se constituye en normas primarias y en
normas secundarias, la primera de ellas es comprendida por
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modelos de conductas ideales, que el estado a trav"s de ellas es
comprendida por modelos de conducta ideales, que el *stado a
trav"s de la comunicacin simblica que las normas despliegan,
pretende que se concientice a los ciudadanos a fn de que no
vulneren o pongan en peligro bienes jurídicos protegidos. (ero
como seres humanos son entes imperectos, ejercita una uncin
coaccionadora psicolgica mediante la amenaza de la sancin, a
fn de que se produzca un eecto contramotivador a los estímulos
delictivos de los individuos. *n suma, el &erecho penal tiene como
uncin principal la proteccin de bienes jurídicos mediante la
prevencin del delito. *s decir, la norma jurídico?penal tiene como
fn principal la proteccin de los bienes jurídicos importantes, esto
es, las condiciones indispensables para la convivencia social rente
a los ataques más graves, en eecto, mediante los fnes
preventivos de la pena y de la medida de seguridad se tiende un
puente viabilizador para que las normas penales intenten cumplir
efcazmente su uncin de proteccin de bienes jurídicos.*l &erecho (enal Ibjetivo ;ius poenale< es el conjunto de normas
penalesJ en otras palabras, son las leyes penales positivas que
imperan o rigen a una sociedad determinada.
[5]l Derecho Penal sub4e+i-o o iues puniendi es definido como la capacidad represora del es+adocomo en+e monopoliador ( +i+ular de si mismos , conferidas pol*+icamen+e por el con+ra+o social.
*l &erecho (enal objetivo conoce y estudia todas las
características del hecho punible o delictivo, por lo que esta partecomprende la teoría del delito, y además, como asevera
7ustos amírez, individualiza al sujeto que lo realiz quien
merece por ello una pena yLo una medida de seguridadBKC
http://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/memoram/memoram.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/memoram/memoram.shtml
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*n valoracin de 7ustos amírez, el &erecho penal, desde un
punto de vista objetivo, puede ser defnido como aquella parte del
ordenamiento jurídico que determina las características del hecho
delictivo ;lo que comprende la teoría del delito< e individualiza al
sujeto que lo realiz ;a lo que se refere la teoría del sujeto
responsable
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para los hombresJ por tanto, cuando se plantea el problema del
&erecho penal subjetivo, como muy bien recalcan 2obo y :ives, no
se trata de situar la discusin en el plano meta jurídico o en el
del &erecho natural, aunque haya autores que así lo hagan o
períodos de la historia en que esto ue preponderanteB=C
&icho en palabras del tratadista 2arlos 9ontán 7alestraB@Cel
&erecho (enal ubjetivo, en su sentido más amplio, es la acultad
que el *stado tiene de defnir los delitos y fjar y ejecutar las penas
o medidas de seguridad$ el ius puniendi . *s acultad, porque el
*stado, y slo "l , por medio de sus rganos legislativos,
tiene autoridad para dictar leyes penales, pero es tambi"n deber,tanto porque no se concibe una sociedad organizada sin normas
legales represivas, cuanto porque es garantía indispensable la
determinacin de las fguras delictivas con anterioridad a toda
intervencin estatal de tipo represivo Ese conjunto de normas
legales , que asocian al crimen como hecho, la pena como legítima
consecuencia, constituye el &erecho (enal Ibjetivo.
Ipina ebastián oler que ambos derechos no son dos cosas
distintas sino de dos aspectos de la misma, ya que en &erecho
(enal esta distincin tiene importancia para se+alar que el derecho
penal objetivo es el límite estricto de la acultad de reprimir.
ealmente nos adherimos a la opinin del ilustre penalista
argentino, toda vez que el legislador, creador de la ley penal,
interviene como reno a la autoridad suprema del *stado que tiene
el encargo de reprimir necesariamente cuando se ha cometido undelito prefgurado en la propia ley penal. 2omo se+al
certeramente Nonzalo odriguez 4ourullo el ilimitado poder de
punir, atributo de la soberanía del *stado, se convierte en poder
jurídico, es decir, en &erecho
http://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/dernatur/dernatur.shtml#DERECHhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/sobeydcho/sobeydcho.shtml
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@
[8] ;dem. p. &5# ( sg+e.
[#] 2arlos Fon+án )ales+ra. A ( >5
subjetivo (ius puniendi), en virtud del imperio de la norma objetiva
que vincula tambi"n, auto limitándolo, al propio *stado. *l *stado
puede imponer penas y medidas slo dentro de los límites de la
ley, y no más allá. (or ello, asegura este autor, el &erecho (enal
puede ser contemplado, pues, en sentido objetivo como conjunto
de normas, y en sentido subjetivo como acultad que tiene el
*stado de imponer penas y medidas de seguridad y correccin a
los ciudadanos cuando se cumplen los presupuestos legalmente
se+alados.
%. CRI7INOO8I
i se toma en cuenta la naturaleza de los conocimientos que se
intenta incluir en el estudio de la criminología, se comprende que
su contenido haya sido determinado de modo bastante dispar. !a
tendencia más aceptada hoy considera que la criminología se
integra con la antropología criminal y la sociología criminal, con las
que se constituyen sus dos grandes capítulos, aunque una u otra
prevalezcan en las distintas tendencias.
7ajo el título de ciencias au)iliares se acostumbra a agrupar a la
criminalística, la estadística criminal, la medicina legal, y la
http://www.monografias.com/trabajos6/lide/lide.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/lide/lide.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos3/presupuestos/presupuestos.shtml
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psiquiatría orense. !a criminalística tiene por fn el
esclarecimiento del delito. Al eecto se vale de disciplinas
au)iliares como la dactiloscopia, que procura la identifcacin
humana mediante huellas dactilaresJ la scopometría, que lleva a
cabo diversos procedimientos para determinar alsedades
documentales, tales como alteraciones, sustituciones, tiempos de
escritura, elementos empleados, etc"teraJ la balística, que
establece la aptitud para el tiro de un arma, su calibre, si el
proyectil objeto de investigacin ue disparado por tal o cual arma,
etc"teraJ la otograh legal y otras muchas ciencias de
colaboracin. !a enciclopedia criminolgica se nutre, entre otras
disciplinas, de la medicina legal, la psiquiatría orense, la química
legal, la estadística criminal, la penología, la política criminal y
otras muchas ciencias au)iliares
!a medicina legal utiliza la totalidad de las ciencias m"dicas para
dar respuesta a interrogantes jurídicos y asume relevancia para la
determinacin de la muerte y sus motivos, el día y la hora en que
ocurri y otras circunstancias de inter"s orenseJ la e)istencia de
lesiones y su mecanismo de produccinJ la de maniobras
abortivasJ la edad de las personas, etc"tera.
!a psiquiatría orense, que a trav"s del estudio de la psiquis del
imputado o de la víctima de un delito determina cuestiones
sustanciales como la imputabilidad o inimputabilidadJ la veracidad
de ciertas acusaciones o el estado de salud mental del sujeto
pasivo, o su edad, en uncin de las e)igencias de la fguradelictiva.
!a química legal, aplicada al análisis de la e)istencia de venenos u
otros elementos en las vísceras del interectoJ la determinacin de
la e)istencia de infnidad de sustancias vinculadas a la
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investigacin criminalJ líquidos en el teatro de los hechosJ esperma
en casos de violacionesJ antigOedad de tintas o escrituras en
alsedades documentales, etc.
!a estadística criminal, es una herramienta importante para
determinar la política criminal del *stado y recoge los n/meros de
delitos cometidos, tomando en cuenta su calidad, el bien jurídico
aectado, el n/mero de condenas y absoluciones recaídas,
etc"tera.
!a penología o ciencia de las penas, que atiende tanto a la az
te? rica cuanto a la práctica, resulta de sumo inter"s en la
actualidad, en que se está acordando la importancia que merecen
los establecimientos carceleros y que, en muchos países, se ha
establecido el juez de ejecucin penal como encargado del
cumplimiento de la pena judicialmente establecida.
!a política criminal es la ciencia de la legislacin penal. A trav"s de
ella el *stado determina qu" reormas debe eectuar en sus leyes
punitivas para el mejor cumplimiento de sus fnes.
+. E DERECO 0EN CO7O DI6CI0IN CIENTI9IC
*l &erecho desde una perspectiva científca tiene por objeto el
estudio del delito a partir de los elementos intrasistematicos que
se compaginan en la dogmática de la jurídico?penal. 4isin de ella
es desarrollar sistemáticamente e interpretar, en su cone)in
interna, el contenido de las normas que constituyen el
ordenamiento jurídico penal. *s decir, el m"todo científco abarca
una dimensin estrictamente normativa, cuya principal tarea es de
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proporcionar al juzgador de un m"todo rigoroso capaz de
proporcionar seguridad jurídica a las resoluciones judiciales, en
cuanto se manifestan conductas humanas de características
análogas.
*l &erecho penal como toda ciencia jurídica necesita de un m"todo
e)eg"tico que lo legitime en una uncin interventora, y, sobre
todo, que le proporcione soluciones coherentes y racionales, pues,
la con0ictividad social que se produce como eecto inmediato del
delito, es un problema humano, en tal sentido, la ciencia jurídico?
penal debe elaborar soluciones humanas, al ser la pena de especie
de naturaleza publica más grave con la que se puede grabar losbienes jurídicos de un ciudadano en el marco del estado de
derecho. *l considerar objeto del estudio del &erecho penal a las
normas jurídicas es característico de un enoque dogmático,
porque presupone la e)istencia de una ley, y se propone su
sistematizacin, interpretacin y aplicacin correctas. (esquisa los
principios que undamentan la ley penal, no solo los preceptos
más generales, sino tambi"n las descripciones de los delitos en
particular, de marea de confgurar un sistema armnico de
mandatos y prohibiciones que permita, en la medida de lo posible,
soluciones semejantes para casos parecidos. *n eecto, la
dogmática jurídico?penal parte de casos particulares,
descomponi"ndolo en sus elementos integrantes, a fn de deducir
de aquel, ormulas homog"neas para solucionar casos análogos.
'. E DERECO 0EN CO7O 7EDIO DE CONTRO 6OCI
*l &erecho penal es un instrumento de control social, es pues %una
orma de de control social lo sufcientemente importante como,
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para que, por una parte, haya sido monopolizada por el estado, y
por otra parte, constituya una de la parcelas undamentales del
poder estatal' B1GC.&esde el ángulo jurídico, &erecho (enal es aquella parte de
ordenamiento jurídico que defne ciertas conductas como delitos y
establece la imposicin de penas o medidas de seguridad a los
inractores.Eaciendo retrospeccin a todo lo largo de la civilizacin humana,
identifcamos que todos los grupos humanos que se asentaron en
un determinado territorio crearon mecanismos y medios de control
social, a fn de preservar un mínimo de orden en las relaciones de
los individuos. eaccin social ante la maniestacin de ciertos
comportamientos que de una u otra orma eran contrarios a las
normas sociales que se habían constituidos de modelos de
conducta. !a proteccin de la propiedad, la tutela de la vida de las
personas, la privacia de la autoridad ungida, etcJ ueron
presupuestos que ueron ingresando al campo de valoracin de los
asociados, para lo cual ueron creando instancias de control social.
*specifca determinacin de %comportamiento social negativos'
que habrían de originar una reaccin por parte de la autoridad o
del gobernante, en cuanto reaccin ormal, o la compaginacin de
una serie de reglas de conducta y tablas de sanciones por los
propios miembros de la comunidad ;reaccin inormal
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reglas de conducta ;normas sociales< y tambi"n mecanismos para
asegurar esas reglas de conducta ;control social< B11C.*l control social es una condicin básica y renunciable de la vida
social B15C,
[1?] %;: P;, &??A, Pag.5?.[11] E;3 :CD:E, aura. Pol*+ica criminal. di+orial cole0. %adrid &???, Pag.>>.[1&] '3%:, Ginfried. Fundamen+os del derecho penal, )arcelona 1#8A, Pág. >#?.
4ediante la cual todo el grupo o comunidad asegura las normas o
e)pectativas de conducta de sus miembros indispensables para
seguir e)istiendo como tal, a la par que imponen límites a la
libertad del hombre y conducen a su socializacin como integrante
del grupo B18C. *s el mismo proceso de socializacin, esto es, la
organizacin del hombre con sus cong"neres que propicia laaparicin de sistemas de control, en orden a neutralizar
comportamientos da+inos para sus intereses undamentales.
[1>]323NC, 2arlos 7ulioH 2oncep+os fundamen+ales del Derecho penal,Pag.15.
*. IIO8R9I
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. Alonso aul (e+a 2abrera 9reyre.&erecho (ena. (arte Neneral
. 2arlos 9ontan 7alestra. &erecho (enal, -ntroduccin y (arte
Neneral
. 9elipe A. :illavicencio #erreros. &erecho (enal, (arte Neneral
.http$LLPPP.monografas.comLtrabajos=5Lderecho?penal?
concepciones?tratadistasLderecho?penal?concepciones?
tratadistas5.shtml