ministerio de cultura y deportes - sgp.gob.gt

6
· ~. PRESIDENCIA DE LA REPUBUCA Secretaría General Registro de Decretos y Acuerdos Fecha de Ingreso 15 DIe 2017 Ubro:_1Z_ Follo' B3 Casl!l¡\:_..1_ MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 285 - 2O17 ".,,!_cf Guatemala, 15OI e 2017 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos. CONSIDERANDO Que la Junta Directiva del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA- con base en lo que establece el numeral 5, Artículo 8, del Decreto Número 95-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Creación del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA-, emitió en el punto segundo del Acta Número 24 de fecha 11 de julio de 2017, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad, para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas. CONSIDERANDO Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número t,' 68 de fecha 1~ Ole 2011 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 425 J de fecha 14/12/2017 del Ministerio de Finanzas Públicas. POR TANTO En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley. ACUERDA Artículo 1. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto de Ingresos del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, en el monto de CINCO MILLONES DE QUETZALES (Q5,OOO,OOO), originado de los recursos siguientes:

Upload: others

Post on 25-Oct-2021

8 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

· ~. PRESIDENCIA DE LA REPUBUCASecretaría General

Registro de Decretos y Acuerdos

Fecha de Ingreso 1 5 DIe 2017Ubro:_1Z_ Follo' B3 Casl!l¡\:_..1_

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 2 8 5 - 2 O 1 7 ".,,!_cf

Guatemala, 1 5 O I e 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos losingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto esobligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo comúnindivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.

CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA- con base en lo queestablece el numeral 5, Artículo 8, del Decreto Número 95-96 del Congreso de la República deGuatemala, Ley de Creación del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA-, emitió en elpunto segundo del Acta Número 24 de fecha 11 de julio de 2017, por medio del cual aprobó el Proyectode Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida entidad, para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho,con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto delMinisterio de Finanzas Públicas.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el DictamenNúmero t,' 6 8 de fecha 1 ~ Ole 2011 , emitido por la Dirección Técnica delPresupuesto, así como la Resolución Número 425 J de fecha 14/12/2017 delMinisterio de Finanzas Públicas.

POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República deGuatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 delDecreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto yel Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.

ACUERDA

Artículo 1. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto de Ingresos del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treintay uno de diciembre de dos mil dieciocho, en el monto de CINCO MILLONES DE QUETZALES(Q5,OOO,OOO), originado de los recursos siguientes:

Page 2: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

Hoja Número 2 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- por el montode Q5,OOO,OOO.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

PRESUPUESTO DE INGRESOS(Montos en Quetzales)

CÓDIGO DESCRIPCIÓN ESTIMACIÓN

TOTAL:

16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES2 Del Sector Público

10 De la Administración Central

~ooo5,000,0005,000,0005,000,000

RESUMEN

TOTAL: 5,000,0005,000,000INGRESOS CORRIENTES

Artículo 2. Presupuesto de egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treintay uno de diciembre de dos mil dieciocho, en el monto de CINCO MILLONES DE QUETZALES(Q5,000,000), distribuido de la forma siguiente:

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR PROGRAMA(Montos en Quetzales)

CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO

TOTAL: 5,000,000

5,000,00011 Apoyo Cultural a la Sociedad Civil

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR TIPO Y OBJETO DEL GASTO(Montos en Quetzales)

CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO

TOTAL: 5,000,000

FUNCIONAMIENTO 5,000,000

o022026027

SERVICIOS PERSONALESPersonal por contratoComplemento por calidad profesional al personal temporalComplementos específicos al personal temporal

2,035,5901,185,600

31,500292,400

I

Page 3: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO

Hoja Número 3 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- por el montode Q5,OOO,OOO.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

029 Otras remuneraciones de personal temporal051 Aporte patronal al IGSS055 Aporte para clases pasivas061 Dietas071 Aguinaldo072 Bonificación anual (Bono 14)073 Bono vacacional

1 SERVICIOS NO PERSONALES113 Telefonía121 Divulgación e información122 Impresión, encuadernación y reproducciónl33 Viáticos en el interior151 Arrendamiento de edificios y locales162 Mantenimiento y reparación de equipo de oficina165 Mantenimiento y reparación de medios de transporte183 Servicios jurídicos184 Servicios económicos, contables y de auditoría185 Servicios de capacitación186 Servicios de informática y sistemas computarizados189 Otros estudios y/o servicios191 Primas y gastos de seguros y fianzas196 Servicios de atención y protocolo199 Otros servicios no personales

Resumen de otros renglones del grupo

2 MATERIALES Y SUMINISTROS211 Alimentos para personas233 Prendas de vestir241 Papel de escritorio243 Productos de papel o cartón244 Productos de artes gráficas253 Llantas y neumáticos262 Combustibles y lubricantes267 Tintes, pinturas y colorantes268 Productos plásticos, nylon, vinil y P.V.C.291 Útiles de oficina292 Útiles de limpieza y productos sanitarios298 Accesorios y repuestos en general299 Otros materiales y suministros

Resumen de otros renglones del grupo

4419456

TRANSFERENCIAS CORRIENTESOtras transferencias a personas individualesServicios Gubernamentales de Fiscalización

40,00077,68480,676

176,10074,21574,2153,200

532,15050,00045,00025,00050,00036,00013,00017,00057,00038,00065,00018,00050,00013,50017,00019,14818,502

169,76023,500

7,0005,000

10,0006,000

12,00040,00014,0003,0003,0003,000

17,2606,000

20,000

2,262,5002,250,000

12,500

Page 4: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

Hoja Número 4 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- por el montode Q5,OOO,OOO.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO(Montos en Quetzales)

CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO

TOTAL: 5,000,000

11 Ingresos corrientes 5,000,000

Artículo 3. Distribución analítica del presupuesto. Se aprueba la distribución analítica delPresupuesto de Ingresos y Egresos del Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA- para elEjercicio Fiscal dos mil dieciocho, con base en los montos autorizados en este Acuerdo Gubernativo.

Artículo 4. Presupuesto analítico de sueldos. La máxima autoridad de la institución, es responsable deaprobar para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, el Presupuesto Analítico de Sueldos del personal concargo al renglón de gasto 022 Personal por contrato, debiendo remitir copia del mismo y de suresolución aprobatoria, a la Oficina Nacional de Servicio Civil -ONSEC- y a la Dirección Técnica delPresupuesto, durante enero.

a. La solicitud de la autoridad superior;b. La justificación detallada de los movimientos presupuestarios

soporte que corresponda; y,

Artículo 5. Creación de puestos. La creación de puestos para el personal permanente y temporal, sólopodrá autorizarse por el órgano superior de la Institución, cuando se trate de servicios que se requieranpara incremento de cobertura por disposición legal vigente y que se encuentren vinculados conlos programas estratégicos de Gobierno, siempre que para ello exista el estudio técnico yfinanciero. En todo caso, ningún sueldo podrá ser superior al inicial de acuerdo con la escala de salariosvigente.

Artículo 6. Gastos de representación. La asignación y modificación de gastos de representación, seráaprobada por medio de Resolución del Ministerio de Finanzas Públicas, conforme a lo establecido en elArtículo 91 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica delPresupuesto.

Artículo 7. Modificaciones a la red de categorías programáticas. Cuando sea necesario modificar laestructura programática establecida, deberá solicitarse a la Dirección Técnica del Presupuesto, la cualprevio análisis informará sobre la procedencia o ajustes a la misma, para que posteriormente laInstitución emita la Resolución aprobatoria correspondiente e incorpore los cambios en elSistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, remitiendo copia de dicha documentación a lacitada Dirección. La creación de nuevas categorías programáticas, tendrá que incluir laasignación de metas físicas, en el nivel correspondiente a la nueva estructura.

Artículo 8. Gestiones presupuestarias ante el Ministerio de Finanzas Públicas. Las gestionespresupuestarias que requieran opinión previa del Ministerio de Finanzas Públicas, deben acompañarsede la documentación siguiente:

Page 5: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

Hoja Número 5 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- por el montode Q5,OOO,OOO.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

c. Los comprobantes de modificación presupuestaria del Sicoin a nivel de solicitado, avalados por lasautoridades superiores de la Institución.

Artículo 9. Reprogramación de obras. La reprogramación de obras, podrá autorizarse por resolucióno disposición equivalente de la máxima autoridad de la Institución y deberá cursarse copia de la mismay del comprobante de modificación física (C02F), durante los siguientes diez días hábiles de haberseaprobado, a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN- y a laContraloría General de Cuentas.

Artículo 10. Actualización de la información de la ejecución física. La Institución queda obligada aactualizar las variaciones de metas físicas que se deriven de la aprobación de las modificacionespresupuestarias y registrar mensualmente el avance de metas de producción de bienes y servicios, en lasherramientas que pongan a disposición el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia. Cuando se modifiquen las metas físicas en el transcursodel ejercicio fiscal, se tendrá que emitir el comprobante de modificación física (C02F), el cual seráaprobado por la autoridad superior mediante la resolución de reprogramación de metas correspondiente.

Artículo 11. Clasificadores temáticos. La Institución con base al Artículo 17 Quáter del DecretoNúmero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, esresponsable de la ejecución presupuestaria por clasificador temático, para lo cual debe utilizar elmódulo disponible en el Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-. En el caso de requerir asesoríarespecto a los temas estipulados en el Artículo en mención, podrán avocarse al ente rector de cada tema.

Artículo 12. Disposiciones generales. La ejecución de los créditos presupuestarios que se apruebancon el presente Acuerdo Gubernativo, está sujeta a lo que para el efecto estipulen el Decreto Número101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el AcuerdoGubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley; los manuales, procedimientos y cualquierotra disposición emanada de los entes rectores correspondientes para regular la ejecuciónpresupuestaria, así como las normas aplicables contenidas en el Decreto que regirá el PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho.

El Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de órgano rector de la ejecución presupuestariaestablecida en los Artículos 23 Y 35 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República deGuatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, podrá consultar la programación y ejecución de los créditospresupuestarios aprobados, por medio de las diferentes herramientas informáticas del Sistema Integradode Administración Financiera -SIAF-.

Con el fin de llevar a cabo la consolidación de cuentas del Sector Público a que hacereferencia el Artículo 8 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, LeyOrgánica del Presupuesto, el Aporte para la Descentralización Cultural -ADESCA-, deberáproporcionar la información que se requiera y dar las facilidades necesarias, conforme lo preceptuadoen las literales e) y e) del Artículo 134 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Para utilizar los saldos de efectivo, deberá observarse lo que establece el Artículo 38 delDecreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto yel Artículo 42 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley. ""':;:::-.=.:::::::.

:;::-:;:'i", DE L~~ 4~

7/':" l j,~ ~~. .<\~r:,~\t L;! '0~'·\.);Q:::''''~,;•. / ~~f C~\

~~~g!~,

Page 6: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES - sgp.gob.gt

Hoja Número 6 del Acuerdo Gubernativo que apruebael Presupuesto de Ingresos y Egresos para el EjercicioFiscal dos mil dieciocho del Aporte para laDescentralización Cultural -ADESCA- por el montode QS,OOO,OOO.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

Artículo 13. Vigencia. El presente Acuerdo Gube tivo empieza a regir el uno de enero de dos mildieciocho y concluirá el treinta y uno de diciembr d 1 mismo año y deberá publicarse en el Diario deCentro América.

EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS INISTRO DE CULTURA Y DEPORTES

José Luis e

,