acuerdo gubernativo 354-2001reglamento organico interno del ministerio de cultura y deportes

30
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 354-2001 Guatemala, 21 de agosto de 2001 El Presidente de la República, CONSIDERANDO Que la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 y sus reformas ordena en su artículo 49 elaborar y poner en vigencia el Reglamento Orgánico interno de cada Ministerio de Estado, estableciendo en el mismo su estructura interna, funciones, mecanismos de coordinación y otras disposiciones para el cumplimiento de sus objetivos. CONSIDERANDO Que dentro del marco de la modernización de la administración pública, los ministerios de estado deben estructurarse en forma tal que sus servicios se desconcentren y descentralicen, para hacer énfasis en la conciencia participativa de las comunidades y la estructura del Ministerio de Cultura y Deportes responde a esos objetivos. CONSIDERANDO Que al Ministerio de cultura y deportes le corresponde ejercitar la promoción del desarrollo integral y sustentable de las guatemaltecas y guatemaltecos, mediante el fomento de las manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y recreativas para el fortalecimiento de la conciencia de nación, y el fomento de lo intercultural por la naturaleza multicultural de la sociedad guatemalteca, dentro del marco de convivencia pacífica y democrática, con el pleno respeto a los derechos humanos. POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 24 y 49 de la Ley del Organismo Ejecutivo, ACUERDA: Emitir el siguiente: REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETO, DENOMINACIÓN, NATURALEZA, PRINCIPIOS Y COMPETENCIA ARTICULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer la estructura orgánica, funciones y mecanismos de administración y coordinación

Upload: laura

Post on 27-Jul-2015

253 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 354-2001

Guatemala, 21 de agosto de 2001

El Presidente de la República,

CONSIDERANDO

Que la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 y sus reformas ordena en su artículo 49 elaborar y poner en vigencia el Reglamento Orgánico interno de cada Ministerio de Estado, estableciendo en el mismo su estructura interna, funciones, mecanismos de coordinación y otras disposiciones para el cumplimiento de sus objetivos.

CONSIDERANDO

Que dentro del marco de la modernización de la administración pública, los ministerios de estado deben estructurarse en forma tal que sus servicios se desconcentren y descentralicen, para hacer énfasis en la conciencia participativa de las comunidades y la estructura del Ministerio de Cultura y Deportes responde a esos objetivos.

CONSIDERANDO

Que al Ministerio de cultura y deportes le corresponde ejercitar la promoción del desarrollo integral y sustentable de las guatemaltecas y guatemaltecos, mediante el fomento de las manifestaciones artísticas, culturales, deportivas y recreativas para el fortalecimiento de la conciencia de nación, y el fomento de lo intercultural por la naturaleza multicultural de la sociedad guatemalteca, dentro del marco de convivencia pacífica y democrática, con el pleno respeto a los derechos humanos.

POR TANTO:En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 24 y 49 de la Ley del Organismo Ejecutivo,

ACUERDA:

Emitir el siguiente:

REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

TITULO IDISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO IOBJETO, DENOMINACIÓN, NATURALEZA, PRINCIPIOS Y COMPETENCIA

ARTICULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene por objeto establecer la estructura orgánica, funciones y mecanismos de administración y coordinación del Ministerio de Cultura y Deportes y asigna las atribuciones y competencias de sus dependencias. Sus normas son de observancia general para sus funcionarios y empleados.

ARTICULO 2. Denominación y naturaleza. El Ministerio de Cultura y Deportes, que en adelante también se denominará ?El Ministerio?; es el órgano administrativo político, en la estructura del Estado encargado de hacer cumplir el régimen jurídico, relativo al desarrollo de las culturas, las artes, la recreación y el deporte no federado ni escolar del país, así como la protección, conservación y promoción del patrimonio cultural y natural de la nación, con la participación activa del guatemalteco.

ARTICULO 3. Principios. Las actuaciones del Ministerio de Cultura y Deportes, estarán orientadas por los principios generales siguientes: El respeto a la libertad de expresión cultural y física de todo ser humano que conforma la sociedad multicultural guatemalteca, tanto en lo individual como en lo colectivo; la participación amplia y efectiva de toda persona en la vida cultural y artística de la nación con equidad de género lo mismo que el reconocimiento y respeto a la identidad cultural de las personas y las comunidades. Asimismo, la protección, conservación y promoción de valores, idiomas, indumentaria,

Page 2: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

costumbres y formas de organización social de los pueblos indígenas que integran y conforman la nación multicultural guatemalteca.

ARTICULO 4. Competencia. Al Ministerio de Cultura y Deportes le corresponde atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la conservación y desarrollo de la cultura guatemalteca y al cuidado de la autenticidad de sus diversas manifestaciones. También le compete la protección de los monumentos nacionales y de los edificios, instituciones y áreas de interés histórico o cultural y el impulso de la recreación y del deporte no federado ni escolar, así como dar cumplimiento a sus políticas culturales y deportivas definidas. Para ello, tiene a su cargo las siguientes funciones:

1. Formular, ejecutar y administrar en forma descentralizada la política de fomento, promoción y extensión cultural y artística de conformidad con la ley.

2. Formular, ejecutar y administrar en forma descentralizada la política de preservación y mantenimiento del patrimonio cultural de la nación, de conformidad con la ley.

3. Administrar en forma descentralizada o contratar la operación de los medios de comunicación oficiales de radio y televisión, para asuntos que se relacionan con el Ministerio.

4. Promover y difundir la identidad cultural y los valores cívicos de la nación en el marco de carácter pluriétnico y multicultural que los caracteriza.

5. Crear y participar en la administración de los mecanismos financieros adecuados para el fomento, promoción y extensión cultural y artística. Propiciar la repatriación y la restitución al Estado de los bienes culturales de la nación, que hubiesen sido sustraídos o exportados ilícitamente.

6. Impulsar de forma descentralizada la recreación y el deporte no federado y no escolar

7. Incorporar a todos sus planes, programas y proyectos, acciones tendientes a propiciar la cultura de Paz y el Desarrollo Humano Sostenible.

8. Incluir en sus planes, programas y proyectos, componentes que tiendan a consolidar las actitudes y valores construidos por la sociedad guatemalteca, a través del reconocimiento de la multiculturalidad y de sus propias formas de comprender la vida.

9. Proveer los elementos culturales y deportivos indispensables para incorporar la dimensión cultural al desarrollo y propiciar el desarrollo humano sostenible, estos elementos serán propuestos a las instituciones públicas a través de la Unidad de Planificación y Políticas del Ministerio, para que sean incluidos en sus respectivos planes, programas y proyectos.

10. Organizar y realizar actividades culturales, deportivas y recreativas, tendientes a fortalecer la convivencia pacífica como premisa para la construcción de la cultura de la paz, la multiculturalidad y la interculturalidad.

11. Planificar, programar y realizar acciones con el propósito de administrar de las funciones culturales, artísticas, deportivas y recreativas, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio y por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito.

12. Facilitar el acceso de la población a actividades culturales, artísticas, deportivas y recreativas, con el fin de fortalecer las identidades, la cooperación solidaria, la equidad y la justicia social.

13. Fomentar, promocionar y realizar investigaciones socioculturales en coordinación con la Unidad de Planificación y Políticas.

14. Ejecutar eventos que propicien el conocimiento y difusión de la identidad nacional y de sus valores multiculturales, en coordinación con el Departamento de Comunicación Social.

CAPITULO IIESTRUCTURA Y FUNCIONES

ARTICULO 5. Organización. El Ministerio de Cultura y Deportes desarrollará sus funciones encaminadas al cumplimiento de los propósitos, principios, misión y, políticas a través de sus direcciones y dependencias que lo integran, procurando la desconcentración y descentralización progresiva de sus funciones y servicios, en coordinación con otras entidades públicas y privadas de los diferentes sectores culturales, deportivos y de recreación del país.

Page 3: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

Para el cumplimiento y realización de sus funciones el Ministerio contará con la siguiente estructura organizativa:

I. Dirección Superior. Despacho Ministerial a) Ministro yb) Dos Viceministros

II. Funciones Sustantivas:1. Dirección General de Culturas y Artes

1.1 Subdirección de las Culturas1.1.1 Departamento de Fomento y Promoción de Investigaciones Socioculturales1.1.2 Departamento de fomento y promoción de expresiones culturales1.1.3 Departamento de Fomento de la Producción Cultural1.1.4 Departamento de Artesanías

1.2 Subdirección de las Artes1.2.1 Departamento de Formación Artística1.2.2 Departamento de Fomento de las artes1.2.3 Departamento de Difusión de las Artes1.2.4 Departamento de Apoyo a la Creación Artística.

1.3 Departamento de Espectáculos Públicos

1.4 Departamento Técnico-administrativo y Financiero

2. Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural

2.1 Subdirección del Patrimonio Cultural y Natural2.1.1 Departamento Bibliográfico, Hemerográfico y Documental.2.1.2 Departamento de Coordinación de Museos2.1.3 Departamento del Patrimonio Natural2.1.4 Departamento de Monumentos Públicos2.1.5 Departamento de Parques Nacionales y2.1.6 Departamento de Patrimonio Mundial y Proyectos Internacionales

2.2 Instituto de Antropología e Historia2.2.1 Departamento de Restauración de Bienes Inmuebles2.2.2 Departamento de Conservación y Restauración de Bienes Muebles2.2.3 Departamento de Monumentos Prehispánicos2.2.4 Departamento de laboratorios técnicos y2.2.5 Departamento de Investigaciones Arqueológicas, Antropológicas e Históricas.2.3 Departamento de Registro de Patrimonio Cultural2.4 Departamento Técnico-administrativo y Financiero

3. Dirección General del Deporte y la Recreación3.1 Subdirección General del Deporte y la Recreación3.1.1 Departamento Técnico-administrativo y Financiero3.1.2 Departamento de Áreas Sustantivas del Deporte y recreación3.1.3 Departamento de Infraestructura Física

III. Funciones Administrativas

1. Administración General1.1 Unidad de Administración Financiera1.2 Departamento de Recursos Humanos1.3 Departamento de Comunicación Social1.4 Departamento Financiero1.5 Departamento de Sistemas Informáticos1.6 Departamento de Compras y Contrataciones1.7 Departamento de Servicios Generales

2. Subadministración General2.1 Departamento de Secretaría

Page 4: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

IV. Funciones de Apoyo Técnico 1. Unidad de Asesoría y Consultoría Jurídica2. Unidad de Planificación y Políticas

V. Funciones de control1. Unidad de Auditoria Interna

VI. Unidades Especiales1. Comité Ejecutivo Ministerial2. Asesoría Específica3. unidad de cooperación Nacional e Internacional4. consejo de Investigación5. unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y Deportivo

CAPITULO IIIDIRECCION SUPERIOR-DESPACHO MINISTERIAL

ARTICULO 6. Despacho Ministerial. El Despacho Ministerial de Cultura y Deportes está integrado por el Ministro y Viceministros. El Ministro de Cultura y Deportes en la máxima autoridad del Ministerio. Para el despacho de los asuntos oficiales contará con dos Viceministros. El primer Viceministro tiene a su cargo el área de cultura y el segundo viceministro el área del deporte y la recreación.

ARTICULO 7. Ministro. Al Ministro como la máxima autoridad del Ministerio, le corresponde ejercer su dirección y conducción política, técnica y administrativa. En cumplimiento de las disposiciones de la Constitución Política y de la Ley del Organismo Ejecutivo, le corresponden las atribuciones siguientes:

a) Proponer a la Presidencia de la República las normas, anteproyectos de ley acuerdos, reglamentos y otras disposiciones, para la ejecución de las políticas de cultura y deportes.

b) Asesorar y proponer soluciones a la Presidencia de la República y funcionarios del Organismo Ejecutivo que de alguna manera, puedan adoptar decisiones que tengan efectos en las áreas de cultura y deportes.

c) Dictar disposiciones para descentralizar y desconcentrar actividades, funciones y procesos técnico administrativos; suscribir cuando estime necesario convenios administrativos; aprobar los diversos manuales organizativos y operativos y emitir disposiciones internas.

d) Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar las acciones relacionadas con su Ministerio.

e) Crear, suprimir, fusionar, reestructurar, dirigir y coordinar unidades y dependencias administrativas del Ministerio, así como administrar sus recursos financieros, humanos y físicos ejerciendo la potestad de gobierno y en consecuencia disponiendo la actividad de los medios personales y utilización de los medios materiales.

f) Asignar funciones permanentes o temporales a funcionarios, empleados o asesores del Ministerio y de sus dependencias, por propia iniciativa o a solicitud de los respectivos directores generales, administradores y jefes de unidades.

g) Presentar al Presidente de la República anualmente el plan de trabajo y la memoria de labores e informarle periódicamente sobre el desempeño del Ministerio.

h) Presentar al Congreso de la República, dentro de los primero diez días del mes de febrero de cada año, la memoria de las actividades de su ramo, que deberá contener además, la ejecución presupuestaria del Ministerio.

i) Formular el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos del Ministerio y velar por su correcta y eficiente ejecución.

j) Celebrar convenios de cooperación con organizaciones nacionales e internacionales y propiciar la negociación y obtención de recursos técnicos y financieros con agencias de cooperación nacional e internacional, participando, en la negociación y concreción de la cooperación internacional correspondiente a su ramo.

k) Promover la creación, facilitar y supervisar la gestión de fideicomisos y otros mecanismos financieros descentralizados para agilizar la ejecución financiera de fondos específicos, con financiamiento nacional o externo.

Page 5: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

l) Tomar las medidas que correspondan, según la ley, en casos de faltas, incumplimiento de deberes u otras infracciones cometidas por los funcionarios y empleados públicos bajo su autoridad, incluyendo los casos contenidos en los informes de los gobernadores departamentales.

m) Resolver los recursos administrativos que se presenten por acuerdos y resoluciones de la administración a su cargo, conforme a la ley de la Contencioso Administrativo.

n) Celebrar y suscribir en nombre del Estado los contratos. Administrativos relativos a los asuntos que se relacionen con el Ministerio a su cargo.

o) Participar en los órganos en que la ley lo establezca y delegar la participación, en los casos que corresponda, a funcionarios de Ministerio encargados de los diferentes temas.

p) Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores en materia de obligaciones y compromisos del país para la firma y ratificación de convenios, convenciones y tratados internacionales en relación a cultura y deportes.

ARTICULO 8. Los Viceministros. Los Viceministros tienen las siguientes funciones generales:

a) Sustituir al Ministro, por ausencia temporal o imposibilidad, de acuerdo con el orden de prelación que establece la Ley del Organismo Ejecutivo.

b) Preparar y presentar al Ministro propuestas de proyectos de ley, acuerdos, reglamentos, informes, resoluciones, circulares y demás instrumentos relacionados con su gestión.

c) Dirigir, promover y coordinar los aspectos técnicos y administrativo de las dependencias bajo su cargo.

d) Integrar planes de trabajo e informes de labores.

e) Velar porque las dependencias del Ministerio cuenten con los recursos necesarios para su funcionamiento y la adecuada coordinación institucional.

f) Dar seguimiento y supervisar el cumplimiento de convenios, tratados o acuerdos celebrados, mediante los cuales se haya asignado funciones que sean de su competencia.

g) Suscribir los contratos administrativos que de conformidad con la ley deban celebrarse.

h) Mantener la integralidad del Ministerio en el proceso de planificación, control, ejecución y valuación.

i) Dar la adecuada direccionalidad al Ministerio con base en las Políticas Culturales y Deportivas.

j) Las demás que les asignen las leyes y reglamentos y las que les encomiende el Ministro.

ARTICULO 9. Primer Viceministerio de Cultura y Deportes. El primer Viceministerio de Cultura y Deportes, es el encargado de velar por el desarrollo de las culturas y de las artes del país, así como de la conservación, protección y restauración del patrimonio cultural y natural de la nación. Sus funciones son las siguientes:

a) Representar al Ministerio de Cultura y Deportes Cuando el caso lo amerite.

b) Dar seguimiento a los diferentes proyectos y expedientes administrativos legales y técnicos delegados por el Despacho Superior.

c) Atender al público en general, en relación con los proyectos e iniciativas que este curse al Ministerio y establecer vínculos con los hacedores y organizaciones culturales del país.

d) Dar directrices de trabajo a los directores generales, cuidando la integralidad del Ministerio de Cultura y Deportes.

e) Hacer que funcione la organización estructural del Ministerio, sobre la base de las políticas culturales y deportivas nacionales.

f) Contribuir a la adecuada ejecución presupuestaria del Ministerio

g) Rendir informes periódicos internos y externos

Page 6: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

h) Evaluar el proceso de gestión y ejecución de proyectos, programas y actividades que se desarrollen con apoyo técnico y financiero nacional e internacional.

i) Evaluar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones Generales y Administración General del Ministerio, así como el trabajo realizado por la Unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y deportivo.

j) Suscribir a nombre del Estado los convenios y contratos relativos a los asuntos propios del Ministerio de Cultura y Deportes para los cuales haya sido designado por el Ministro.

k) Realizar, en el ámbito de su competencia, otras funciones que le asigne el Ministro.

ARTICULO 10. Segundo Viceministro de Cultura y Deportes. El segundo Viceministro de Cultura y Deportes es el encargado de velar por el desarrollo y promoción del deporte no federado y no escolar del país. Sus funciones son las siguientes:

a) Proponer la regulación de coordinación deportiva e interrelación de los sectores institucionales de la educación física, el deporte no federado y la recreación del marco de la cultura física.

b) Garantizar la práctica de las actividades físicas bajo su competencia, como un derecho de todo guatemalteco, de acuerdo con las disposiciones internacionales aceptadas por Guatemala.

c) Conducir las acciones de la política deportiva no federada ni escolar y recreación del Estado.

d) Orientar las acciones de los órganos de dirección para el efectivo cumplimiento de las funciones que le competen al Ministerio.

e) Analizar y presentar alternativas de solución a problemas técnicos y administrativos inherentes al ámbito de su competencia, en función del desarrollo del deporte no federado ni escolar y recreativo del país.

f) Proponer políticas y acciones, dentro de su área de competencia y asesorar al ministro, apoyándose en los órganos especializados del Segundo Viceministerio a su cargo.

g) Coordinar y controlar los sistemas y procedimientos administrativos de línea y apoyo.

h) Presentar informes periódicos al Ministro sobre el desarrollo de los programas del Viceministro y las funciones administrativas de cada una de las dependencias a su cargo.

i) Orientar y evaluar los planes y programas de desarrollo deportivo y recreativo en el ámbito nacional.

j) Supervisar los aspectos administrativos y de ejecución programática de las delegaciones regionales.

k) Cumplir con lo establecido en la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte (Decreto número 76-97 del Congreso de la República) en lo que corresponda.

l) Suscribir a nombre del Estado los convenios y contratos relativos a los asuntos propios del Ministerio de Cultura y Deportes para los cuales haya sido designado por el Ministro.

m) Realizar en el ámbito de su competencia, otras funciones que le asigne el Ministro.

CAPITULO IVORGANO ADMINISTRATIVO.

ARTICULO 11. Administración General. La Administración General es la autoridad superior en materia administrativa en el Ministerio y depende directamente del Ministro. Tiene bajo su responsabilidad la generación de propuestas institucionales en materia administrativa y financiera, así como ejercer la administración de recursos humanos, comunicación social, informática, adquisiciones y proporcionar los servicios generales, en apoyo a todas las dependencias del Ministerio. Con el propósito de desconcentrar la ejecución de las funciones administrativas y financieras, la delegará en el Departamento Técnico y Administrativo-Financiero, creado en cada una de las Direcciones Generales.

ARTICULO 12. Atribuciones. La Administración General le corresponde cumplir a través de sus órganos integrantes las siguientes funciones generales:

a) Realizar la función de Secretaría General del Ministerio.

Page 7: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

b) Planificar, programar y realizar acciones tendientes a descentralizar las funciones administrativas y financieras, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito. También debe coordinar y evaluar el trabajo de las unidades de personal de las direcciones generales del Ministerio.

c) Diseñar y proponer al despacho ministerial políticas administrativas y financieras, cuya implementación y aplicación serán a nivel del Ministerio de Cultura y Deportes. Asimismo a dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de la ejecución financiera del presupuesto, conforme a los indicadores de gestión establecidos por la Dirección Técnica del Presupuesto, a través de la Unidad de Administración Financiera.

d) Cumplir y velar porque se cumplan las leyes, normas y procedimientos relacionados con presupuesto y finanzas.

e) Realizar el proceso permanente de evaluación, revisión y adecuación de la estructura orgánica de la Administración General, en coordinación con la unidad de Planificación y Políticas.

f) Proporcionar apoyo institucional a los promotores y comunicadores culturales y deportivos, ministeriales, gubernamentales y no gubernamentales.

g) Establecer lineamientos, coordinar y evaluar la ejecución de las funciones administrativas y financieras asignadas al departamento Técnico, Administrativo y Financiero de cada una de las Direcciones Generales.

h) Asesorar al Despacho Superior Ministerial en materia Administrativa y financiera, realizar estudios para emitir dictámenes u opiniones técnicas en dicha materia, cuando se les solicite, y generar reportes e informes financieros que sean requeridos por las autoridades ministeriales.

i) Emitir las normas complementarias para la administración eficiente y eficaz del Sistema Integrado de Administración Financiera.

j) Realizar un inventario y organizar una base de datos del personal que labora en el Ministerio; identificar las necesidades de formación y capacitación técnica y profesional de dicho personal y proponer al Despacho Superior la organización y realización de eventos para estimular y reconocer el rendimiento satisfactorio de sus recursos humanos.

k) Realizar eventos que propicien el conocimiento y difusión de las políticas culturales y deportivas nacionales, la identidad nacional y de sus valores pluriculturales, a través del departamento de Comunicación Social.

l) Divulgar los resultados de las investigaciones que realicen las dependencias del Ministerio.

m) Proporcionar apoyo a las dependencias del Ministerio, para el desarrollo de campañas informativas dirigidas a orientar a la población sobre los distintos programas y servicios del Ministerio. Asimismo, proporcionar información para la actualización y socialización de las Políticas y Estrategias Culturales Nacionales.

n) Realizar las funciones de relaciones públicas del Ministerio, elaborar artículos y documentos de divulgación en medios escritos y organizar convocatorias para conferencias de prensa.

o) Proponer las modificaciones presupuestarias conforme a la Ley orgánica del Presupuesto y su Reglamento, para su aprobación por parte del Despacho, y gestionar ante la Dirección Técnica del Presupuesto aquellas que no le compete autorizar al Ministerio.

p) Proporcionar apoyo y servicios, en materia de procesamiento de datos a todas las dependencias del Ministerio, así como apoyo logístico que contribuya a la adecuada ejecución de las funciones asignadas a estas.

q) Llevar un registro actualizado de los bienes propiedad del Ministerio.

r) Realizar las actividades de compras y contrataciones de bienes materiales, necesarios para el funcionamiento adecuado del Ministerio.

s) Llevar registro y control del Archivo General del Ministerio

t) Realizar otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Ministerial.

Page 8: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

ARTICULO 13. Subadministración General. Para el cumplimiento de su cometido, la Administración General del Ministerio se apoyará en una Subadministración General. El objetivo de esta será el facilitar y apoyar el desempeño eficiente y eficaz de la administración del Ministerio, a través de un uso óptimo y transparente de los recursos físicos y financieros. Además le corresponde desempeñar las labores de Secretaría del Ministerio.

Le corresponde apoyar a la Administración General en las labores competentes y sustituir, en caso de ausencia y por necesidad o emergencia, las funciones del Administrador General.

CAPITULO VORGANOS DE ASESORIA, PLANIFICACIÓN Y CONTROL

ARTICULO 14. Asesoria y Consultoría Jurídica. La Asesoría y Consultoría Jurídica es una unidad de apoyo técnico que depende directamente del Despacho Ministerial. Se encarga de asesorar y velar porque las actuaciones técnico-administrativo del Ministerio se enmarquen dentro de la legalidad y de generar propuestas y acciones institucionales que se orienten a la implementación de las políticas culturales nacionales. Para la realización de sus funciones, debe tomar en cuenta los elementos jurídico-antropológicos indispensables para incorporar la dimensión cultural al desarrollo, propiciando el desarrollo humano sostenible. Sus atribuciones son las siguientes:

a) Evaluar y revisar el conjunto de normas que integran la legislación cultural y deportiva vigente y proponer las modificaciones necesarias para que respondan a la realidad nacional; revisar los tratados o convenios internacionales que haya suscrito Guatemala, en materia cultural y deportiva, para su actualización y aplicación, para dar seguimiento a lo establecido en los referidos tratados o convenios.

b) Prestar asesoría, consultoría y procuración en todos los asuntos de competencia legal del Ministerio de Cultura y Deportes y dar respuesta a las consultas verbales o escritas que le hicieren las autoridades superiores.

c) Colaborar mediante su opinión y dictamen, previo estudio, con las distintas dependencias del Ministerio.

d) Velar porque se interpongan en su oportunidad las demandas, denuncias y todos los recursos legales que fueren procedentes y en los que tenga interés el Ministerio.

e) Identificar las necesidades de formación y capacitación técnica y profesional en materia legal, en coordinación con el departamento de Administración de Recursos Humanos.

f) Elaborar los anteproyectos de reglamentos y convenios en general y otros instrumentos jurídicos, así como acuerdos y resoluciones ministeriales, proyectos de acuerdos gubernativos y otros documentos que le fueren encomendados por Despacho Superior.

g) Revisar los contratos y demás documentos legales en general que debe suscribir el Ministerio debiendo llevar, para el efecto, el control numérico de cada instrumento legal y procurar que los expedientes administrativos sean resueltos dentro del plazo legal. Asimismo, refrendar acuerdos y resoluciones ministeriales que dicte el titular del Despacho o los señores Viceministros cuando se encuentren en el ejercicio de las funciones de Ministro.

h) Recopilar las disposiciones legales que competen al Ministerio y que se relacionen con sus funciones. Asimismo, fortalecer y actualizar el archivo de acuerdos ministeriales, resoluciones ministeriales, acuerdos gubernativos, convenios, contratos administrativos y pólizas de fianzas.

i) Realizar las notificaciones de acuerdos ministeriales, resoluciones ministeriales, acuerdos gubernativos, convenios, contratos, y otras disposiciones dictadas por el Despacho Ministerial, en cumplimiento del principio de audiencia.

j) Actuar, por delegación del Despacho Ministerial, como representante ante diversas instancias para la actualización y socialización de las Políticas y Estrategias Culturales y Deportivas Nacionales.

k) Realizar otras funciones que dentro, del ámbito de su competencia, le asigne el Despacho Ministerial.

ARTICULO 15. Planificación y Políticas. La unidad de Planificación y Políticas es una unidad de apoyo técnico y depende directamente del Despacho Ministerial. Le corresponde generar propuestas en materia de planificación, diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos, programas y acciones institucionales, orientadas a la implementación de las políticas culturales y deportivas nacionales, así

Page 9: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

como asesorar a las dependencias del Ministerio, para propiciar la ejecución de las estrategias de desconcentración y descentralización de sus funciones.

Tiene bajo su responsabilidad la coordinación del proceso de planificación y programación presupuestaria con la Unidad de Administración Financiera, así como de los procesos y proyectos de investigación y de desarrollo institucional, con el propósito de contribuir al cumplimiento de las metas y objetivos del Ministerio Emitiendo previa aprobación del despacho superior, normas, procedimientos e instrumentos, para el desarrollo y avance de todas las dependencias del Ministerio.

Para el cumplimiento de sus objetivos tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, programar y realizar acciones tendientes a ejercer en el Ministerio una administración desconcentrada y descentralizada de las funciones sustantivas, de investigación, planificación, programación y coordinación, mediante el uso de los recursos y la infraestructura física del Ministerio, por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito.

b) Coordinar la formulación, ejecución y evaluación de planes estratégicos y planes operativos anuales, así como el proceso de programación y evaluación financiera y presupuestaria.

c) Definir y aplicar sistemas y procedimientos que faciliten a la población guatemalteca la participación en la organización, ejecución y administración de proyectos, programas y actividades que tengan relación con las funciones sustantivas del Ministerio.

d) Proponer al Despacho la política de investigación del Ministerio, así como el programa de investigaciones y estudios a realizarse, en coordinación con el Consejo de Investigación.

e) Preparar la agenda de trabajo del Comité Ejecutivo ministerial, en coordinación con el Primer Viceministro de Cultura y Deportes; participar en las reuniones del comité en mención y proporcionarle apoyo técnico, en el área de su competencia.

f) Coordinar la ejecución de las acciones necesarias para garantizar la efectiva gestión y ejecución de planes y proyectos, en apoyo a las áreas sustantivas.

g) Planificar y ejecutar acciones orientadas a garantizar que las actividades de las dependencias sustantivas se enmarquen en lo establecido en los principios, políticas y ejes transversales que orientan el quehacer ministerial.

h) Realizar, coordinar, dar seguimiento y evaluar acciones de desarrollo institucional. Asimismo, elaborar y mantener actualizados los instrumentos técnicos para el desarrollo institucional.

i) Implementar acciones de coordinación intrainstitucional, interinstitucional y sectorial

j) Preparar y mantener actualizados los instrumentos técnicos y orientados a garantizar la eficiente y eficaz ejecución presupuestaria y financiera.

k) Crear y mantener actualizado un sistema de información gerencial de proyectos; ejecutar y coordinar estudios y proyectos de investigación en apoyo al proceso gerencial y administrativo; coordinar y dar seguimiento a las investigaciones y estudios que realicen las dependencias del Ministerio.

l) Coordinar y propiciar acciones de desconcentración y descentralización del Ministerio.

m) Apoyar técnicamente a la Unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y Deportiva

n) Coordinar la formulación y evaluación de proyectos de las áreas sustantivas y de apoyo.

o) Elaborar informes técnicos relacionados con la gestión ministerial y coordinar la preparación de la memoria de labores del Ministerio.

p) Ejercer la representación institucional, en diversas instancias y foros, por designación del titular del Despacho del Ministerio

q) Apoyar, en el área de su competencia, al despacho superior y a las dependencias del Ministerio.

r) Realizar otras funciones que, dentro del ámbito de su competencia le sean asignadas por el despacho ministerial.

Page 10: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

ARTICULO 16. Control y Auditoria interna. La unidad de Auditoria interna es la responsable de velar por el cumplimiento de las normas lineamientos y recomendaciones en materia contable y financiera, con el propósito de que los recursos del Ministerio sean utilizados de conformidad con las normas y procedimientos contables generalmente aceptados, y que se orienten a la implementación de las políticas culturales y deportivas nacionales y al cumplimiento de los objetivos institucionales.

De conformidad con lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo, tiene a su cargo la función de control interno del Ministerio. Para tal fin tiene las siguientes funciones:

a) Evaluar en forma permanente, los sistemas integrados de administración y finanzas, así como la ejecución de ingresos y egresos del presupuesto de las unidades ejecutoras. Asimismo, cumplir y velar porque se cumplan las leyes, normas y procedimientos relacionados con la materia contable y financiera.

b) Elaborar y ejecutar un plan de auditorias, con base en los objetivos del Ministerio y mantener comunicación y coordinación permanente con la Contraloría General de Cuentas.

c) Evacuar las consultas y dictámenes que le requiera el Despacho Superior y las dependencias del Ministerio.

d) Realizar eventos que propicien el conocimiento y difusión de las normas y procedimientos contables y financieros, a través del departamento de Comunicación social.

e) En el área de su competencia, proponer al Departamento de administración de Recursos humanos la realización de actividades para propiciar la forma y capacitación técnica y profesional del recurso humano del Ministerio.

f) En coordinación con la Unidad de planificación y políticas, definir y aplicar sistemas y procedimientos para promover la participación y coordinación institucional e interministerial, para la ejecución coordinada de las actividades contables y financieras.

g) Presentar propuestas para promover la revisión y actualización de la legislación vigente en materia contable y financiera, en coordinación con la Asesoría Jurídica.

h) Proponer a la Asesoria Jurídica, la realización de acciones que garanticen el cumplimiento de las disposiciones legales vinculadas a las materias contables y financieras.

i) Asesorar al despacho superior ministerial en materia contable y financiera. Orientar a las unidades ejecutoras en el cumplimiento de las normas que se refieren a la fiscalización del gasto público para mejorar el control interno.

j) Emitir las normas de control interno complementarias para la administración eficiente y eficaz del Sistema integrado de administración financiera, en coordinación con la Administración General.

k) Proponer al despacho ministerial normas y procedimientos contables y financieros, cuya implementación y aplicación serán a nivel del Ministerio de Cultura y deportes.

l) Evaluar a las unidades ejecutoras sobre controles internos administrativos y promover en estas la existencia de indicadores de gestión para buscar la eficiencia y eficacia en los costos en la administración.

m) Realizar otras funciones que, dentro del ámbito de su competencia, le sean asignadas por el Despacho Ministerial.

CAPITULO VIUNIDADES ESPECIALES

ARTICULO 17. Comité ejecutivo Ministerial. Se crea el Comité ejecutivo ministerial como órgano responsable de apoyar técnica y políticamente al despacho ministerial. El mismo estará integrado por lo Viceministros, Directores Generales y por el Administrador General, con el objetivo de evaluar el grado de avance del los planes, programas, proyectos y actividades de las dependencias del Ministerio y, en su caso definir las acciones correlativas pertinentes, con el propósito de logra su cumplimiento e implementar las políticas culturales nacionales estrategias y mecanismos de desconcentración y descentralización.

Tiene bajo su responsabilidad la convocatoria y realización de reuniones y actividades, para propiciar la coordinación entre las Direcciones Generales del Ministerio y entre estas la unidad coordinadora de Desarrollo Cultural y deportivo para la ejecución en forma desconcentrada y descentralizada de las funciones, las que deberán ejercerse dentro de un marco de reconocimiento y respeto a la diversidad cultural, con equidad étnica y de genera, fomentado la interculturalidad y la convivencia pacifica.

Page 11: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

También le corresponde evaluar la ejecución de los proyectos, programas y actividades asignadas a las unidades de desarrollo cultural y deportivo, en coordinación con la unidad de planificación y políticas.

Sus funciones son las siguientes: a) Velar porque las Direcciones Generales y demás dependencias del Ministerio incorporen a todos sus planes, programas y proyectos, acciones orientadas a propiciar la cultura de paz y el desarrollo humano sostenible.

b) Velar porque en los planes, programas y proyectos, se incorporen componentes que a través del reconocimiento de la pluriculturalidad y de sus propias formas de comprender la vida. Asimismo, velar porque los planes, programas proyectos y actividades, se orienten hacia el ejercicio de una administración desconcentrada y descentralizada, a través de la utilización optima de los recursos e infraestructura física del Ministerio, por medio de la coordinación institucional con otros organismos estatales privados u organizaciones de la sociedad civil que contribuyan a este propósito

c) Orientar a las Direcciones generales y demás dependencias del Ministerio, respecto a los elementos indispensables para incorporar la dimensión cultural al desarrollo y propicia el desarrollo humano sostenible

d) Propiciar lineamientos par organizar y realizar actividades tendientes a fortalecer la convivencia pacifica como premisa para la constitución de la cultura de paz, la multiculturalidad y la interculturalidad, a través de las unidades de desarrollo cultural y deportivo.

e) Evaluar el resultado de estudios e investigaciones realizadas en áreas y temas de investigación cultural, deportiva y recreativa, así como los informes presentados por la Unidad coordinadora de desarrollo cultural y deportivo.

f) Evaluar periódicamente los procesos de planificación programación y ejecución presupuestaria del Ministerio y el grado de avance en la elaboración, gestión y ejecución de proyectos así como los resultados de los programas de formación capacitación y en general de las políticas de administración de los recursos humanos del Ministerio.

g) Realizar otras funciones que dentro del ámbito de su competencia le sean asignadas por el despacho ministerial. ARTICULO 18. Asesoria Específica. La unidad de Asesoría Específica tiene como objetivo captar recopilar y analizar información cultural, política y social, tanto nacional como internacional para prestar asesoria sobre la materia de su competencia al despacho ministerial. Sus funciones son las siguientes:

a) Recopilar información, analizarla y trasladarla al despacho ministerial a requerimiento del mismo, especialmente para situaciones concretas de beneficio de la nación multicultural guatemalteca.

b) Informar sistemáticamente al despacho ministerial de las tendencias y desarrollo cultural, social y político nacional e internacional.

c) Realizar otras funciones que dentro del ámbito de su competencia, le asigne el despacho ministerial.

ARTICULO 19. Unidad de cooperación nacional e internacional. Como unidad especializada del despacho superior ministerial se crea la unidad de cooperación nacional e internacional, a la que le corresponderá gestionar cooperación internacional y nacional en apoyo a las políticas, programas y proyectos del Ministerio de Cultura y deportes, en coordinación con los entes gubernamentales y no gubernamentales especializados en cooperación.

Para el efecto tendrá las siguientes funciones:

a) Diseñar y preparar propuestas de políticas de cooperación en coordinación con la unidad de planificación y políticas, y presentarlas a las autoridades superiores, para su autorización. Asimismo identificar fuentes de cooperación técnica financiera, internacional y nacional, y canalizar demandas de apoyo del Ministerio de Cultura y Deportes hacia dichas fuentes.

b) Negociar y gestionar cooperación técnica y financiera internacional y nacional para la ejecución de programas y proyectos culturales y deportivos.

c) Gestionar becas e intercambios en el extranjero o el país que contribuyan a la formación capacitación y actualización tanto del personal del Ministerio, como de otros actores del sector.

Page 12: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

d) Mantener relaciones de trabajo con las diferentes fuentes de cooperación internacional y nacional y con las dependencias del Ministerio de Cultura y Deportes.

e) Apoyar en la adaptación de proyectos formulados en formatos genéricos a formatos específicos de cooperación internacional y nacional.

f) Da seguimiento, durante su ciclo, a los proyectos culturales y deportivos financiados con recursos extrapresupuestarios de cooperación internacional y nacional a través de los informes de las unidades ejecutoras o las fuentes.

g) Dar apoyo protocolario para eventos, intercambio, exhibiciones y muestras en el ámbito de la cooperación internacional.

h) Dar seguimiento a los asuntos jurídicos relativos a convenios de cooperación internacional y nacional.

i) Realizar otras funciones que dentro del ámbito de su competencia le sean asignadas por el despacho.

ARTICULO 20. Consejo de Investigación. Se instituye al Consejo de investigación como órgano colegiado integrado por académicos, científicos los cuales son nombrados por el Ministro. Este consejo tiene por objeto analizar evaluar y aprobar propuestas de investigaciones que presenten las dependencias del Ministerio, en coordinación con la unidad de planificación y políticas, previo a su presentación ante el despacho ministerial para que apruebe las investigaciones a realizar, con el propósito de garantizar en esta materia la implementación de las políticas culturales y deportivas nacionales. Para tales efectos, formula normas y procedimientos técnicos, que regulen y orienten la ejecución de las investigaciones con la aprobación previa del despacho superior.

Sus funciones son las siguientes:

a) Ejercer el debido control a fin de que, en los procesos de investigación, se incluyan componentes que tiendan a identificar y consolidar las actitudes y valores construidos por la sociedad guatemalteca a través del reconocimiento de la pluriculturalidad y de sus propias formas de comprender la vida.

b) Controlar los lineamientos a seguir por los encargados de las investigaciones, para que estas recopilen y procesen elementos en materia de culturas y artes, patrimonio la dimensión cultural al desarrollo y propiciar el desarrollo humano sostenible.

c) Procurar que las investigaciones que se realicen, propicien el fortalecimiento de la identidad nacional basada en el reconocimiento de la diversidad cultural.

d) Ordenar que las investigaciones que se realicen y se consideren pertinentes, aporten elementos para ejercer en el Ministerio, una administración desconcentrada y descentralizada de las funciones sustantivas.

e) En coordinación con la Unidad de planificación y Políticas debe proponer al despacho ministerial la planificación y el programa de investigaciones y estudios a realizar, en las áreas social, cultural jurídica lingüística, histórica, arqueológica, recreativa y deportiva.

f) Apoyar a la Unidad de planificación y políticas en la ejecución de actividades para mantener una estrecha vinculación con universidades, institutos y centros de investigación, con el propósito de crear un sistema de investigación sociocultural, artístico y deportivo.

g) Realizar otras funciones que dentro del ámbito de su competencia le asigne el despacho superior.

CAPITULO VIIORGANOS SUSTANTIVOS

ARTICULO 21. Dirección General de Culturas y Artes. La Dirección General de Culturas y Artes es el órgano responsable de generar propuestas y acciones institucionales que se orienten a la implementación de las políticas culturales nacionales, por medio de la investigación formación, protección, conservación, fomento, promoción y difusión de todas las expresiones culturales de los cuatro pueblos que forman la nacionalidad guatemalteca y de la obra de los creadores guatemaltecos y guatemaltecas, , de carácter material, espiritual, tangible e intangible así como de los depositarios de culturas individuales y colectivas, dentro de los marcos de reconocimiento y respecto a la multiculturalidad y a la práctica intercultural; con equidad étnica y de género, fomentado la tolerancia y convivencia pacifica para el desarrollo humano sostenible.

Page 13: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

Le corresponde también la formación y desarrollo de la vocación artística de los guatemaltecos y guatemaltecas, con el propósito de difundir la cultura dentro y fuera del país, como parte de la construcción y fortalecimiento de la identidad nacional.

ARTICULO 22. ATRIBUCIONES. Para el cumplimiento de sus objetivos esta Dirección General realizará las funciones que a continuación se detallan por medio de los órganos que la integran.

1. Organizar y realizar actividades culturales y artísticas, tendientes a fortalecer la convivencia pacífica como premisa para la constitución de la cultura de paz la multiculturalidad y la interculturalidad.

2. Planificar, programar y realizar acciones dirigidas a ejercer una administración descentralizada de las funciones culturales y artísticas, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito.

3. Identificar y proponer al Consejo de investigación áreas y temas de investigación cultural y sus manifestaciones.

4. Formular y realizar investigaciones en áreas como diversidad cultural, historia de la cultura y de las artes, en coordinación con la unidad de planificación y políticas.

5. Realizar actividades de apoyo a la creación y desarrollo de organizaciones socioculturales dedicadas a la investigación, formación producción, promoción y difusión cultural, planificar, dirigir y coordinar programas y proyectos orientados al fomento y difusión de la obra y su creador en el marco de una política de fortalecimiento de la identidad nacional. Asimismo preservar y fomentar la libre circulación del mensaje cultural.

6. Ejecutar e implementar acciones institucionales orientadas a la protección promoción y fomento de las artesanías nacionales.

7. Ejercer el debido control a fin de que los espectáculos públicos que se presenten en el territorio nacional, cumplan con los requerimientos establecidos en el marco legal vigente y velar porque este sea congruente con la realidad sociocultural del país. Además, cuidar porque el contenido de los programas y mensajes transmitidos a través de los distintos medios de comunicación se mantengan dentro de los principios éticos y valores morales de los guatemaltecos y guatemaltecas que propicien y contribuyan a la formación de los ciudadanos.

8. Promover en coordinación con la Unidad de Planificación y políticas, el fortalecimiento y modernización de las capacidades de gestión, técnicas, administrativas y financieras de la Dirección General de Culturas y Artes.

9. Realizar acciones para el fortalecimiento y suscripción de convenios de cooperación técnica con casas de cultura, sector público, organizaciones de la sociedad civil, nacionales e internacionales, que contribuyan al desarrollo cultural. Asimismo, definir y aplicar sistemas y procedimientos para promover la participación y coordinación institucional e interministerial, para la ejecución coordinada de proyectos de promoción y difusión de las culturas y las artes, para el desarrollo cultural y artístico del país.

10. Realizar en coordinación con la unidad de planificación y políticas, un proceso permanente de evaluación, revisión y adecuación de la estructural orgánica de la Dirección General de Culturas y Artes.

11. Realizar estudios para emitir dictámenes u opiniones técnicas sobre áreas culturales y artísticas, cuando sean solicitados por el despacho ministerial.

12. En coordinación con el departamento de administración de Recursos humanos identificar las necesidades de formación y capacitación técnica y profesional en áreas de cultura y arte.

13. Administrar los recursos humanos de la dirección bajo la coordinación, normas y lineamientos emitidos por el departamento de administración de recursos humanos del Ministerio.

14. En coordinación la asesoría jurídica, presentar propuestas para promover la revisión y actualización de la legislación vigente, que contribuya a fomentar y apoyar la creatividad artística y cultural y a consolidad un marco jurídico que responde a la realidad pluricultural del país.

15. Revisar los tratados convenios que en el área de su competencia haya suscrito Guatemala, en coordinación con la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional y la Asesoria Jurídica. Asimismo, proponer a esta ultima la realización de acciones legales que garanticen la propiedad intelectual,

Page 14: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

individual colectiva de producciones artísticas y cultural y emprender acciones en contra de la depredación del tráfico ilícito de bienes culturales.

16. En coordinación con el departamento de comunicación social y otras instituciones públicas y privadas realizar eventos que propicien el conocimiento y difusión de la identidad nacional y de sus valores pluriculturales; desarrollar actividades tendientes a la divulgación de resultados de las investigaciones socioculturales y artísticas, a nivel nacional e internacional, y efectuar campañas de información, dirigidas a orientar a la población sobre los distintos programas y servicios del Ministerio y a fortalecer el conocimiento de la creación cultural.

17. Establecer y poner en práctica, en coordinación con la Unidad de Planificación y Políticas, departamento de Comunicación social, y otras instituciones públicas o privadas, procedimientos institucionales i intersectoriales para el impulso de la producción y difusión del libro, la música, el cine, la radio, televisión y cualquier otra actividad artística cultural.

18. Proporcionar al departamento de comunicación social información par la actualización y socialización de las políticas y estrategias culturales nacionales.

19. Recopilar, procesar y brindar información cultural y artística al Sistema nacional de información cultural y Deportiva.

20. Proponer a la Dirección Superior del Ministerio la organización y realización de concursos y el otorgamiento de premios, para estimular la organización social orientada a la investigación, registro, protección, conservación, preservación, rescate y difusión del arte y la cultura.

21. Preparar, en coordinación con la unidad de planificación y políticas y la UDAF, el anteproyecto de presupuesto general de egresos de la dirección general, así como los planes y proyectos que contribuyan al desarrollo de sus funciones y velar por la correcta ejecución presupuestaria.

22. Realizar actividades de apoyo a la creación y desarrollo de escuelas de arte y talleres artesanales, para garantizar la formación permanente y fortalecimiento de la vocación cultural de los guatemaltecos. Asimismo, revisar y mantener actualizados los contenidos de los currículos de estudios de las escuelas de arte, velando porque se adecuen a la realidad sociocultural del país.

23. Organizar y realizar actividades que motiven la participación y la organización social para el desarrollo de los artistas, artesanos, hacedores, promotores y portadores de la cultura.

24. Realizar un inventario regionalizado de artistas, grupos artísticos, hacedores y portadores de expresiones culturales, así como actividades para la identificación, conocimiento, valoración, promoción y socialización de las manifestaciones artísticas y culturales de las comunidades del país.

25. Programar y realizar periódicamente misiones que difundan de manera activas, dentro y fuera del país, las expresiones artísticas.

26. Promover intercambios a nivel nacional e internacional, con el objeto de fortalecer y hacer visibles a otros los distintos aspectos y expresiones que integran nuestro patrimonio artístico, cultural y el de la humanidad.

27. Organizar y apoyar la realización de festivales, certámenes y eventos de estímulo, que fomenten y desarrollen la creatividad cultural y artística del país.

28. Asesorar al despacho superior ministerial en programas y proyectos cuyo desarrollo involucre o incida sobre aspectos relativos al desarrollo artístico y cultural del país.

29. Actuar, por delegación del despacho ministerial como representante ante instituciones afines a nivel nacional como internacional.

30. Realizar otras funciones que, dentro ámbito de su competencia, le sean asignadas por el despacho ministerial.

ARTICULO 23. Dirección General del patrimonio cultural y natural. La Dirección General del patrimonio cultural y natural es el órgano sustantivo al que le corresponde generar propuestas y acciones institucionales que se orienten a la implementación de las políticas culturales nacionales y crear estrategias y mecanismos para la protección y conservación del patrimonio cultural y natural, tangible e intangible del país. Asimismo coordinar, supervisar, desarrollar y evaluar programas orientados para proteger, conservar y valorizar bienes muebles o inmuebles, que integran el patrimonio cultural y natural

Page 15: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

de la nación, dentro de un marco de reconocimiento y respeto a la diversidad cultural con equidad étnica y de genero, fomentando la interculturalidad y convivencia pacífica para el desarrollo humano sostenible.

Al amparo de las leyes nacionales e internacionales de la materia, debe evitar la modificación destrucción y salida ilícita del territorio nacional de objetos, documentos, creaciones y testimonios de la cultura nacional. También debe evitar la contaminación o depredación del medio natural dentro del cual se encuentran localizados sitios arqueológicos y sitio sagrados, sin perjuicio de las acciones que, en este último aspecto, desempeñan otros ministerios o instituciones del Estado.

ARTICULO 24. Atribuciones. La Dirección General del Patrimonio cultural y natural a través de los departamentos que la integran, cumple las siguientes atribuciones:

1) Planificar, programar y realizar acciones tendientes a ejercer una administración desconcentrada y descentralizada de las funciones de estudio, investigación, registro, protección rescate, conservación restauración promoción difusión del patrimonio cultural y natural, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, por medio de la coordinación interinstitucional o con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito.

2) Fomentar el conocimiento del patrimonio cultural de Guatemala, con el propósito de evidenciar la génesis de su historia plural y la evolución de su multiculturalidad y contribuir de esa forma al fortalecimiento de la cultura de la paz.

3) Velar por la conservación y el manejo adecuado del patrimonio natural en donde se encuentran manifestaciones del patrimonio cultural, con le propósito de contribuir al desarrollo humano sostenible.

4) Realizar acciones de apoyo a la creación, así como de mantenimiento, fortalecimiento y desarrollo de los museos y las dependencias que resguardan el patrimonio bibliográfico y documental del país que constituyen medio fundamentales de conservación y difusión amplia del patrimonio cultural.

5) Proponer al Despacho Ministerial la declaratoria de monumentos nacionales, así como la creación de zonas de protección típicas y pintorescas y parques arqueológicos de conformidad con la ley

6) Emprender acciones orientadas a brindar mantenimiento a monumentos públicos y parques nacionales y realizar estudios para emitir dictámenes u opiniones técnicas sobre áreas de patrimonio cultural y natural.

7) Organizar y realizar actividades que motiven la participación y la organización social para la investigación, registro, protección, restauración, rescate, conservación, preservación, promoción, y difusión del patrimonio y natural.

8) Realizar inventarios y registros del patrimonio cultural y natural, para garantizar su propiedad, protección, conservación y adecuado manejo.

9) Realizar actividades de apoyo a la creación y desarrollo de organizaciones socioculturales dedicadas a la investigación, formación, producción, promoción y difusión del patrimonio cultural y natural.

10) Intensificar la realización de actividades de acopio, salvaguardia, revitalización, y difusión de los patrimonios, formas de expresión cultural tradicionales, los idiomas indígenas, los sitios sagrados, los paisajes culturales, los sitios históricos, los monumentos, obras visuales, plásticas y escenográficas. 11) Realizar actividades para la identificación registro, conocimiento valoración, promoción y socialización del patrimonio cultural y natural y facilitar a la población guatemalteca el conocimiento del patrimonio cultural y natural, como un medio para fortalecer la identidad nacional.

12) Promover y supervisar el manejo apropiado, con plena sujeción a la ley, de los sitios inscritos en el Patrimonio Mundial, los sitios arqueológicos, sitios históricos, lugares sagrados, parques nacionales y las áreas naturales protegidas.

13) Identificar y proponer al Consejo de investigación, áreas de investigación en el campo de patrimonio cultural y natural.

14) Evaluar, revisar y adecuar permanentemente la estructura orgánica de la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural. Asimismo, definir y aplicar sistemas y procedimientos para promover la participación y coordinación institucional e interministerial, para la ejecución coordinada de proyectos de promoción y difusión del patrimonio cultural y natural. Todo esto en coordinación con la Unidad de Planificación y Políticas.

Page 16: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

15) Realizar con la autorización y aprobación del Despacho Ministerial, acciones para el fortalecimiento y suscripción de convenios de cooperación técnica con casas de cultura, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones comunitarias y otras gubernamentales y no gubernamentales, que contribuyan al desarrollo cultural.

16) Realizar acciones coordinadas con instituciones del sector seguridad pública, en contra de la depredación y del tráfico ilícito del patrimonio cultural.

17) Realizar acciones para descentralizar sus funciones sustantivas, facilitando la participación de las poblaciones locales, en los trabajos de investigación rescate y puesta en función social del patrimonio cultural y natural.

18) Asesora al Despacho Superior Ministerial en programas y proyectos cuyo desarrollo involucre o incida sobre aspectos relativos al patrimonio cultural y natural del país.

19) En coordinación con el departamento de Administración de Recursos Humanos, identificar las necesidades de formación y capacitación técnica y profesional en áreas vinculadas al patrimonio cultural y natural.

20) Administrar sus recursos humanos de acuerdo con las normas y lineamientos emitidos por el Departamento de Administración de Recursos humanos del Ministerio.

21) Proporcionar apoyo institucional a los promotores y comunicadores culturales ministeriales, gubernamentales y no gubernamentales.

22) En coordinación con la Asesoría Jurídica del Ministerio, presentar propuestas para promover la revisión y actualización de la legislación vigente, con el fin de consolidad el marco jurídico que responda a la realidad pluricultural del país y fomente la investigación registro, rescate, protección, conservación, promoción y difusión del patrimonio cultural y natural. Asimismo, emprender acciones orientadas al rescate de bienes culturales extraídos ilícitamente del territorio nacional, o que pertenezcan al patrimonio cultural guatemalteco, siempre en coordinación con dicha asesoria.

23) También en coordinación con la Asesoría Jurídica y la Unidad de Cooperación Nacional e internacional, revisar los tratados o convenios que, en relación con el patrimonio cultural y natural haya suscrito Guatemala

24) Diseñar, en coordinación con el departamento de Comunicación Social y la Unidad de planificación y políticas, programas interinstitucionales de información, sensibilización y valoración del patrimonio cultural y natural, y las formas de protegerlo, orientados a la población en general y particularmente, a escolares y medios de comunicación social.

25) En coordinación con el Departamento de Comunicación social, ejecutar eventos que propicien el conocimiento y difusión de la identidad nacional, de sus valores pluriculturales y del patrimonio cultural y natural y que incentiven a los medios de comunicación para que contribuyan a este fin.

26) Realizar acciones que garanticen la difusión y aplicación de las normas legales relativas al patrimonio cultural y natural, tangible e intangible, mueble e inmueble, y su adecuado registro, respetando la propiedad individual, institucional, municipal o comunitaria del mismo, en coordinación con el departamento de comunicación social y Asesoria Jurídica.

27) Proporcionar información para la actualización y socialización de las políticas y Estrategias culturales nacionales al departamento de comunicación Social.

28) Recopilar y procesar información relacionada con el patrimonio cultural y natural, para proporcionar insumos al Sistema Nacional de información Cultural y Deportivo y Recreativo.

29) Proponer a la Dirección Superior del Ministerio, la organización y realización de concursos y el otorgamiento de premios, para estimular la organización social orientada a la investigación, registro, protección, conservación, preservación, rescate y difusión del patrimonio cultural y natural.

30) Promover intercambios entre regiones del país y con otros países, con el objeto de fortalecer y hacer visibles a otros, los distintos aspectos y expresiones que integran nuestro patrimonio cultural, natural y de la humanidad.

31) Preparar el anteproyecto de presupuesto general de egresos de la Dirección General, así como los planes y proyectos que contribuyan al desarrollo de sus funciones y velar por la correcta ejecución presupuestaria, en coordinación con la Unidad de Planificación y políticas y la UDAF.

Page 17: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

32) Definir e impulsar lineamientos y criterios técnicos para la conservación y restauración del patrimonio cultural tangible del país, atendiendo las disposiciones internacionales de tratamiento conservacionista, emitidas por entes y organizaciones de carácter internacional. Asimismo impulsar proyectos y programas de tecnificación y modernización de las actividades de registro y conservación de los bienes muebles.

33) Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio y a otros organismos, entidades autónomas y descentralizadas en lo concerniente a la investigación registro, conservación, protección y explotación de los recursos antropológicos, arqueológicos e históricos del país.

34) Velar por la aplicación del marco jurídico para realizar investigaciones y trabajos de excavación, restauración arqueológica y recolección de objetos y garantizar la protección y conservación del patrimonio cultural y natural del país.

35) Fomentar proponer promocionar y realizar investigaciones y estudios históricos y antropológicos, en coordinación con al unidad de planificación y políticas.

36) Proponer y realizar investigaciones en áreas como historia, antropología social y arqueología, en coordinación con la Unidad de Planificación y políticas.

37) Actuar como representante ante instituciones afines a nivel nacional como internacional por delegación del Despacho Ministerial.

38) Realizar otras funciones que, dentro del ámbito de su competencia le asigne el Despacho Ministerial.

ARTICULO 25. Dirección General del Deporte y la Recreación. La Dirección General del Deporte y la Recreación es el órgano encargado de generar propuestas y acciones institucionales orientadas a la implementación de las políticas culturales y deportivas nacionales. Asimismo es el responsable de planificar, programar, dirigir, ejecutar y evaluar todas las actividades que en materia administrativa, deportiva y recreativa realicen las dependencias que la integran, aplicando estrategias y mecanismos de desconcentración y descentralización para propiciar que las actividades deportivas y recreativas formen parte del desarrollo humano sostenible.

Además, le corresponde desarrollar programas y proyectos deportivos y recreativos cuyos componentes se ubiquen dentro de un marco de reconocimiento y respeto a la diversidad cultural, de equidad étnica y de género, fomentando la interculturalidad y convivencia pacífica.

ARTICULO 26. Atribuciones. A través de los diferentes departamentos que la integran la Dirección General del Deporte y la recreación cumple las funciones siguientes:

1. Planificar, programar y realizar acciones tendientes a ejercer una administración descentralizada de las funciones de investigación planificación, programación, coordinación y facilitación de actividades deportivas, recreativas no federadas y no escolares, mediante la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, en coordinación con otros organismos estatales que contribuyan a este propósito.

2. Facilitará a la población guatemalteca la participación en la organización, ejecución y administración de proyectos, programas y actividades deportivas y recreativas, especialmente los dirigidos a la población en condiciones de extrema pobreza, de conformidad con los compromisos asumidos en los Acuerdo de Paz, asimismo realizar programas, proyectos y actividades tendientes a atender las necesidades tanto de la población en general como de grupos vulnerables, a través de programas dirigidos a la niñez, juventud, adultos mayores y discapacitados.

3. Fomentar, proponer, promocionar y realizar investigaciones y estudios, para identificar necesidades y posibilidades para la construcción de áreas deportivas y recreativas, así como estudios vinculados con todos los campos de la promoción deportiva y recreativa; además, llevar a cabo un proceso permanente de evaluación, revisión y adecuación de la estructura orgánica de la Dirección General del Deporte y la Recreación. Todo esto, en coordinación con la Unidad de Planificación y Políticas.

4. Identificar y proponer al Consejo de Investigación, áreas de investigación en el campo deportivo y recreativo.

5. Realizar acciones para el fortalecimiento y suscripción de convenio de cooperación técnica con casas de cultura, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones comunitarias y otras gubernamentales y no gubernamentales, que contribuyan al desarrollo del deporte y la recreación. También establecer vínculos con universidades, institutos y centros de investigación, a fin de crear un sistema de investigación sociocultural, artístico y deportivo.

Page 18: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

6. Definir y aplicar sistemas y procedimientos para promover la participación y coordinación institucional e interministerial, para la ejecución coordinada de proyectos deportivos y recreativos, en coordinación con la unidad de planificación y políticas.

7. Elaborar el anteproyecto de plan de trabajo y realizar estudios para emitir dictámenes u opiniones técnicas sobre áreas del deporte y la recreación.

8. En coordinación con la unidad de planificación y políticas, realizar programas, proyectos y acciones con el Ministerio de Educación (especialmente con la Dirección General de educación Física), la Comisión de Educación del Congreso de la República y otras instituciones, para fortalecer la puesta en marcha de las políticas culturales y deportivas.

9. Identificar las necesidades de formación y capacitación técnica y profesional en áreas vinculadas al deporte y la recreación, en coordinación con el departamento de Administración de Recursos Humanos. Asimismo administrar sus recursos humanos de acuerdo con las normas y lineamientos emitidos por el Departamento de Administración de Recursos Humanos del Ministerio.

10. Velar por el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Despacho Superior, así como por el funcionamiento técnico y administrativo del Segundo Viceministerio.

11. Proporcionar apoyo institucional a los promotores y comunicadores deportivos ministeriales, gubernamentales y no gubernamentales.

12. en coordinación con la Asesoría Jurídica presentar propuestas para promover la revisión y actualización de la legislación vigente, en la materia de su competencia, tendiente a consolidar el marco jurídico que responda a la realidad pluricultural del país. Asimismo, en coordinación con dicha asesoria y con la Unidad de Cooperación Nacional e internacional, revisar los tratados o convenios que, en relación con el deporte y la recreación haya suscrito Guatemala.

13. En coordinación con el departamento de Comunicación Social, realizar actividades para incentivar a los medios de comunicación social para que contribuyan en la tarea de conocimiento y difusión de la identidad nacional, los valores pluriculturales, y las formas de recreación tradicionales proporcionar a dicho departamento información vinculada al deporte y la recreación, para la actualización y socialización de las políticas y Estrategias Culturales Nacionales. También, recopilar y procesar información relacionada con el deporte y la recreación y proporcionárselos tanto al departamento de Comunicación Social como al Sistema Nacional de Información Cultural y Deportiva.

14. Ejecutar en coordinación con el Departamento de Comunicación Social, eventos recreativos que propicien el conocimiento y difusión de la identidad nacional, sus valores y tradiciones pluriculturales.

15. Elaborar el anteproyecto de presupuesto y monitorear la ejecución y evaluación presupuestaria asimismo, preparar el anteproyecto de presupuesto general de egresos de la Unidad, así como los planes y proyectos que contribuyan al desarrollo de sus funciones y velar por la correcta ejecución presupuestaria, todo esto en coordinación y con el apoyo de la Unidad de Planificación y Políticas y la UDAF.

16. Realizar inventarios y registros relacionados con las actividades recreativas y de lo procedente de la tradición oral que permitan construir un atlas a nivel nacional.

17. Realizar actividades de apoyo a la creación y desarrollo de organizaciones socioculturales dedicadas al fomento, promoción y difusión del deporte y la recreación así como actividades para la identificación registro, conocimiento, valoración, promoción y socialización de las formas de recreación tradicionales.

18. Proponer a la Dirección Superior del Ministerio, la organización y realización de concursos y el otorgamiento de premios, para estimular la organización social orientada al fomento y desarrollo de las actividades deportivas y recreativas a nivel nacional; así como acciones tendientes a dignificar el trabajo de deportistas y especialista, que tiendan a contribuir al desarrollo deportivo y recreativo del país.

19. Promover intercambios entre regiones del país y con otros países, con el objeto de fortalecer y hacer visibles a otros, los distintos aspectos del deporte y la recreación, enfocando prioritariamente las estrategias de integración centroamericana.

20. Contribuir con el Ministerio de Educación en la provisión de contenidos deportivos y recreativos para las currículos del sistema educativo nacional y también de materiales que fortalezcan las capacidades del magisterio nacional, para fomentar la interculturalidad y el desarrollo deportivo y recreativo.

Page 19: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

21. Realizar actividades deportivas y recreativas que contribuyan al reconocimiento de la multiculturalidad y al desarrollo de la interculturalidad.

22. Promover el deporte, el juego y la recreación propios de los pueblos y comunidades que conforman la nación guatemalteca, así como los valores que enaltezcan el deporte y la recreación en general.

23. Contribuir a fortalecer la articulación del deporte federado, deporte escolar y deporte no federado no escolar a través de CONADER.

24. Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias del Ministerio y a otros organismos, entidades autónomas, descentralizadas en lo que concierne a la investigación, registro, conservación, protección, y explotación de las formas tradicionales de recreación.

25. Asesorar al Despacho Superior Ministerial en programas y proyectos cuyo desarrollo involucre o incida sobre aspectos relativos al deporte y la recreación.

26. Actuar, por delegación del Despacho Ministerial, como representante ante instituciones afines tanto a nivel nacional como internacional.

27. Dotar de infraestructura deportiva polifuncional para uso comunitario integrado y realizar acciones orientadas a brindar mantenimiento a instalaciones deportivas y recreativas que no pertenezcan al deporte federado, ni al sistema escolar.

28. Realizar otras funciones que, dentro del ámbito de su competencia, le asigne el Despacho Ministerial.

TITULO IIDESCONCENTRACION Y DESCENTRALIZACION

CAPITULO UNICOLA DESCONCENTRACION MINISTERIAL

ARTICULO 27. Unidad coordinadora de Desarrollo cultural y Deportivo. Para fines de desconcentración de funciones del Ministerio, se instituye la Unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y deportivo, como el órgano responsable de generar propuestas y acciones institucionales que se orienten a la implementación de las políticas culturales nacionales, así como estrategias y mecanismos de desconcentración y de descentralización en los departamentos de la república, propiciando que todas las manifestaciones culturales y deportivas formen parte del desarrollo humano sostenible.

ARTICULO 28. Objeto. La Unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y Deportivo tiene por objeto, planificar, organizar, dar seguimiento y evaluar la ejecución de los proyectos, programas y actividades asignadas a las unidades de desarrollo cultural y deportivo del país. Asimismo, realizar actividades culturales y deportivos en coordinación entre la Planta Central del Ministerio y las unidades de desarrollo cultural y deportivo, asignadas por desconcentración y descentralizada de las funciones que le asigne el Comité Ejecutivo Ministerial, las que deberán ejercerse dentro de un marco de reconocimiento y respeto a la diversidad cultural de equidad étnica y de genero, par el fomento de la interculturalidad y convivencia pacifica.

ARTICULO 29. Atribuciones. Para el cumplimiento de sus fines y objetivos, la Unidad Coordinadora de Desarrollo Cultural y Deportiva tiene las siguientes funciones:

1. Planificar, programar y realizar acciones, que contribuyan a la administración desconcentrada de las funciones que le asigne el Comité Ejecutivo Ministerial, a través de la utilización de los recursos e infraestructura física del Ministerio, y por medio de la coordinación interinstitucional con otros organismos estatales y privados u organizaciones de la sociedad civil que contribuyan a este propósito.

2. Identificar y proponer al Consejo de investigación áreas y temas de investigación cultural, deportiva y recreativa.

3. Recopilar y procesar información relacionada con aspectos culturales deportivos y recreativos, para proporcionar insumo al Sistema Nacional de Información Cultural y Deportivo.

4. Realizar actividades de apoyo a la creación y desarrollo de organizaciones dedicadas a la investigación formación, producción, promoción y difusión, cultural, deportiva y recreativa. Asimismo, proporcionar apoyo institucional a los promotores culturales y deportivos ministeriales, gubernamentales y no gubernamentales

Page 20: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

5. Realizar actividades para la identificación, conocimiento valoración, promoción y socialización de las manifestaciones artísticas culturales deportivas y recreativas tradicionales de las comunidades del país, en coordinación con las Direcciones Sustantivas del Ministerio.

6. Identificar las necesidades de formación, capacitación técnica y profesional en las áreas de cultura, deporte y recreación en coordinación con el departamento de administración de recursos humanos.

7. Llevar a cabo un proceso permanente de evaluación, revisión y adecuación de la estructura orgánica y procedimientos de trabajo de la Unidad Coordinadora y las unidades de desarrollo cultural y deportivo, en coordinación con la unidad de planificación y política.

8. Presentar al Comité Ejecutivo Ministerial informes periódicos de las actividades realizadas.

9. Juntamente con la unidad de planificación y políticas, realizar acciones para consolidar mecanismos de cooperación y coordinación entre el Ministerio y las municipalidades las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones gubernamentales, con el fin de establecer acuerdos de desarrollo de programas, proyectos y actividades en materia de investigación, formación, producción, promoción, difusión e intercambio cultural, deportivo y recreativo.

10. Junto con la unidad de planificación y políticas facilitar la participación democrática en las actividades que planifique el Ministerio y el acceso de todos al disfrute del desarrollo cultural, a través de una red de centros de promoción cultural y deportiva, y al mismo tiempo fortalecer las identidades la cooperación solidaria, la equidad y la justicia social.

11. En coordinación con la unidad de planificación y políticas, definir y aplicar sistemas y procedimientos para promover la participación y coordinación institucional i interministerial, para la ejecución coordinada de proyectos de promoción y difusión de las culturas y las artes, y el patrimonio cultural y natural del país.

12. Presentar propuestas en coordinación con la Asesoria Jurídica, para promover la revisión y actualización de la legislación vigente en materia cultural, deportiva y recreativa y emprender acciones en contra de la depredación y del tráfico ilícito de bienes culturales y patrimoniales.

13. Realizar actividades para la divulgación de resultados de las investigaciones que se realicen en el área de su competencia y desarrollar campañas de información cultural, deportiva y recreativa dirigidas a orientar a la población sobre los distintos programas y servicios del Ministerio, todo esto en coordinación con el departamento de Comunicación Social. Asimismo proporcionar a dicho departamento información para la actualización y socialización de las políticas y estrategias culturales y Deportivas Nacionales.

14. Promover intercambios culturales, deportivos y recreativos entre regiones del país y con otros países, con el objeto de fortalecer y hacer visibles a otros, los distintos aspectos y expresiones que integran nuestro patrimonio artístico, cultural y el de la humanidad.

15. Realizar estudios para emitir dictámenes u opiniones técnicas sobre áreas culturales deportivas y recreativas cuando se lo solicite el Despacho Ministerial.

16. Actuar como representante ante instituciones afines a nivel nacional como internacional, por delegación del Despacho Ministerial.

17. Efectuar estudios orientados a conocer y difundir los rasgos socioculturales de las comunidades que forman parte de su respectiva cobertura geográfica.

18. Preparar, en coordinación con la Unidad de planificación y políticas y la UDAF, el anteproyecto de presupuesto general de egresos de la unidad, así como los planes y proyectos que contribuyan al desarrollo de sus funciones y velar por la correcta ejecución presupuestaria.

19. Realizar otras funciones que, dentro del ámbito de su competencia, le asigne el Despacho Ministerial.

TITULO IIICAPITULO UNICO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

ARTICULO 30. Servicios, programas y proyectos vigentes. El Ministerio desarrollará las acciones necesarias para garantizar que los servicios, programas y proyectos vigentes a la fecha, continúen funcionando adecuadamente durante la implementación de este reglamento y que la presente estructura, funciones y políticas no representen disminución o ausencia de servicio; y que en igual forma, no se interrumpa el cumplimiento de las obligaciones existentes.

Page 21: Acuerdo Gubernativo 354-2001reglamento Organico Interno Del Ministerio de Cultura y Deportes

ARTICULO 31. Derogatoria. Se derogan el Acuerdo Gubernativo Número 521-94 de fecha 16 de agosto de 1994, y todos los Acuerdos, Reglamentos y demás disposiciones gubernativas que se opongan al debido cumplimiento del presente reglamento.

ARTICULO 32. Vigencia. El presente Acuerdo empezará a regir el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE

ALFONSO PORTILLO

Licda. Otilia Lux de CotíMinistra de Cultura y Deporte

Lic. J. Luis Mijangos C.

Secretario General

Presidencia de la República.