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-. * República de Colombia Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES ANLA SOLUCIÓN . 613 2 ¡ -HAY 2015 "Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para el Control de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar y se toman otras determinaciones" EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de¡ 27 de septiembre de 2011, la Resolución 1306 de[ 30 de octubre de 2014, la Resolución 1541 de¡ 12 de septiembre de 2014 y CONSIDERANDO: Que la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, identificada con NIT. 892.301.483-2, y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), identificado con NIT 800.096,580-4 mediante radicado No. 4120-E1-62666 del 11 de noviembre del 2014, solicitó Permiso de Ocupación de Cauce para realizar la 'Construcción de Diques para el Control de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar"- Que mediante radicado 2014071035-1-000 del 19 de diciembre de 2014, la CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, allega a esta Autoridad Ambiental de Licencias Ambientales - ANLA, el soporte del pago por concepto de servicios de evaluación efectuado en el BBVA, por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS PESOS ($464620600) MONEDA CORRIENTE. Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, recibió la solicitud de certificación de exclusión del impuesto sobre las ventas IVA, presentada por la CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), efectuó la revisión preliminar de la misma y determinó que cumple con los requisitos de información, dio inicio al trámite administrativo de permiso de ocupación de cauce mediante el Auto 5790 del 19 de diciembre de 2014 y en consecuencia declaró formalmente abierto el expediente POC 0038-00. Que una vez verificado el lleno de los requisitos formales, la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLA evaluó dicha solicitud, emitiendo el concepto técnico 200 del 19 de enero de 2015, acogido mediante Auto 258 del 26 de enero de 2015, el cual requirió información adicional. Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales de la ANLA, valoró técnicamente la solicitud de permiso de ocupación de cauce y demás documentación anexa que reposa dentro del expediente POC 0038 y la visita realizada el 23 de diciembre de 2014, emitiendo D

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República de ColombiaMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALESANLA

SOLUCIÓN .613 2 ¡ -HAY 2015

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se toman otras determinaciones"

EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA

En uso de sus facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de¡ 27 deseptiembre de 2011, la Resolución 1306 de[ 30 de octubre de 2014, la Resolución 1541 de¡ 12 de

septiembre de 2014 y

CONSIDERANDO:

Que la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, identificadacon NIT. 892.301.483-2, y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), identificado con NIT800.096,580-4 mediante radicado No. 4120-E1-62666 del 11 de noviembre del 2014, solicitóPermiso de Ocupación de Cauce para realizar la 'Construcción de Diques para el Control de Erosióne Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar"-

Que mediante radicado 2014071035-1-000 del 19 de diciembre de 2014, la CORPORACIÓNAUTONOMA REGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, allega a esta Autoridad Ambiental deLicencias Ambientales - ANLA, el soporte del pago por concepto de servicios de evaluaciónefectuado en el BBVA, por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILDOSCIENTOS SEIS PESOS ($464620600) MONEDA CORRIENTE.

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales- ANLA, recibió la solicitud de certificación deexclusión del impuesto sobre las ventas IVA, presentada por la CORPORACION AUTONOMAREGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), efectuó larevisión preliminar de la misma y determinó que cumple con los requisitos de información, dio inicioal trámite administrativo de permiso de ocupación de cauce mediante el Auto 5790 del 19 dediciembre de 2014 y en consecuencia declaró formalmente abierto el expediente POC 0038-00.

Que una vez verificado el lleno de los requisitos formales, la Subdirección de Instrumentos, Permisosy Trámites Ambientales de la ANLA evaluó dicha solicitud, emitiendo el concepto técnico 200 del 19de enero de 2015, acogido mediante Auto 258 del 26 de enero de 2015, el cual requirió informaciónadicional.

Que la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Tramites Ambientales de la ANLA, valorótécnicamente la solicitud de permiso de ocupación de cauce y demás documentación anexa quereposa dentro del expediente POC 0038 y la visita realizada el 23 de diciembre de 2014, emitiendo

D

ResoIucinNo4

Del de Hoja No, 2

1"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

el concepto técnico No. 2277 del 19 de mayo de 2015, el cual entre otros apartes dispuso losiguiente:

2. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

A continuación se evalúa la información allegada por la Corporación Autónoma Regional del Cesar(CORPOCESAR) y el Municipio de Curumani (Cesar) mediante Radicados No. 2015006949-1-000de febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de' abril 30 de 2015, como respuesta a losrequerimientos de información adicional realizados con el Auto 258 de enero 26 de 2015 en loreferente al proyecto "Dique para control de erosión e inundaciones en la Quebrada San Pedro,municipio de Curumani en el departamento del Cesar."

2.1 Objetivo

Formular el Concepto Técnico de evaluación a la solicitud de permiso de ocupación de caucerealizada por la Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) y el Municipio deCurumani (Cesar), ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), teniendo en cuentala información adicional presentada mediante radicados 2015006949-1-000 de febrero 13 de 2015 y2015022602-1-000 de abril 30 de 2015.

2.2 Localización

El sitio donde la Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) y el Municipio deCurumani (Cesar) solicitaron el permiso de ocupación de cauce, se ubica sobre la margen derechade la Quebrada San Pedro, en jurisdicción del Municipio de Curumani (Cesar) el cual se encuentraubicado en la zona de los Valles de los ríos Cesar y Magdalena y limita al norte con el Municipio deChiriguana (Cesar), al oriente con la Republica de Venezuela y el Municipio del Carmen (Cesar) y aloriente y sur con el municipio de Chimichagua (Cesar).

La quebrada San Pedro nace en la Serranía del Perijá, presenta un área de 390 km 2, tiene unaextensión lineal de 45,56 km y un perímetro de 11,83 km, es la encargada de suplir de recursohídrico al casco urbano del Municipio de Curumani y parte de la zona rural, su cauce principal tieneuna longitud total de 49 km y se considera muy irregular.

Resolución NQ 6 1 3 Del- - de Hoja No. 3

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se toman otras determinaciones"

A continuación se referencia en la Figura 2 el tramo donde se plantea realizar la construcción de undique cubierto en espigones en gavión para el control de la erosión en la margen derecha de laquebrada San Pedro en el Municipio de Curumani (Cesar), imagen obtenida del Sistema deInformación Geográfica SIG-WEB ANLA,

Figura 2. Localización del sitio planteado para la canstrucción del dique.

2.3 Información técnica presentada en la solicitud

La Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) y el Municipio de Curumani (Cesar)en el marco de un convenio interadministrativo, mediante oficio con radicado No. 4120-E1-62666 del11 de noviembre de 2014, realizaron la solicitud ante esta Autoridad de un permiso de ocupación decauce sobre la quebrada San Pedro, asociado a la construcción de un "Dique para control de erosióne inundaciones en la quebrada San Pedro, municipio de Curumani en el departamento del Cesar",presentando la siguiente información:

Formulario Único Nacional de solicitud de Ocupación de Cauces, playas y lechos.

• Acta de posesión y fotocopia de la cedula del Doctor Henry Chacón Amaya, AlcaldeMunicipal de Curumani, Cesar.

• Certificado de la Secretaria de Planeación del Municipio de Curumani, sobre la nointervención de predios privados.

• Plano de Localización de la quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani,departamento del Cesar.

•Estudio hidrológico e hidráulico.

• Exploración y ensayos de laboratorio.

• Plano sección típica del pedraplen.

• Plano cuenca hidrográfica de la quebrada San Pedro.

• El pago por concepto de evaluación y visita técnica.

Teniendo en cuenta el Auto 258 de enero 26 de 2015 proferido por esta Autoridad, el cual requirió lapresentación de información adicional, la Corporación Autónoma Regional del Cesar(CORPOCESAR) y al Municipio de Curumani (Cesar) con radicados 2015006949-1-000 de febrero13 de 2015 y 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015, dieron respuesta a dicha solicitud radicando lasiguiente documentación:

Resolución No; ¡• Del' de Hoja No. 4

'Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

• Documentos que acreditan la personería jurídica del solicitante para el caso particular deCORPOCESAR.

• Formulario Único Nacional de solicitud de Ocupación de Cauces, playas y lechos,modificándose las coordenadas de la solicitud del permiso por las que correspondenefectivamente a la obra que se proyecta construir.

• Planos a escala 1:10.000 de la ubicación del tramo a evaluar, planos de obra civil en plantadonde se evidencian las cotas y abscisado y planos de las obras civiles a construir en perfil.

• Estudio hidráulico e hidrológico para un periodo de retorno de 100 años de la quebrada sanPedro.

Medidas de Manejo Ambiental.

Cabe resaltar que de acuerdo al replanteo del diseño, al levantamiento topográfico y al estudio desuelos realizado, la información técnica presenta un cambio en el diseño del proyecto consistente enmodificar el diseño inicial de colchonetas en gavión por el de espigones en gavión.

2.4 Descripción técnica del proyecto

La Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) en búsqueda de la conservación ycontrol de los recursos naturales en el área de su jurisdicción garantizando lo dispuesto en elDecreto 2811 de 1974, Decreto 1541 de 1978, Ley 99 de 1993, Ley 373 de 1997, suscribióconvenios con siete municipios del departamento del cesar para ejecutar obras civiles para el controlde la erosión e inundaciones en distintas fuentes superficiales de uso público.

En el caso del Municipio de Curumani, el convenio se realizó para desarrollar la construcción de undique en espigones en gavión para el control de la erosión en la margen derecha de Ja QuebradaSan Pedro, proyecto que fue presentado ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientalesformalmente como "Dique para control de erosión e inundaciones en la Quebrada San Pedro,municipio de Curumani en el departamento del Cesa(.

Dicho proyecto busca mitigar procesos erosivos de socavación lateral que se han generado en lamargen derecha de la quebrada San Pedro a una distancia aproximada de 300 metros de labocatoma principal del acueducto municipal de Curumani, el cual es operado por la Empresa deServicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Municipio de Curumani ACUACUR, laobra se piensa realizar en beneficio directo de las veredas Galaxia, San pedro Bajo y San PedroMedio que se ven afectadas por las inundaciones y crecientes provocadas en épocas de invierno porla Quebrada San Pedro, sin embargo, es de resaltar que existe un beneficio indirecto de toda lapoblación civil del casco urbano de Curumani, puesto que la bocatoma principal del acueductomunicipal se ve afectada en ocasiones por las crecientes súbitas y los fenómenos erosivosprovocados por la quebrada en cuestión.

El Municipio de Curumani viene realizando una gestión de mitigación de riesgos sobre la quebradaSan Pedro desde hace 7 años, siendo así que se ha construido una línea de gaviones deaproximadamente 1 km sobre la margen izquierda de la quebrada, lo que ha mitigado en gran partelas inundaciones que se provocaban en el sector de la vereda Galaxia, faltando aún a la fecha unaintervención sobre la margen derecha en un tramo de 300 metros que complemente las obrasanteriormente realizadas.

Pedro (margen derecha)San San

San Pedro

tografía 6. Punto 20 punto final planteado por persorde-.

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Resolución N0Q 6. 1 3 Dei - de 'Hoja No. 5

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y se toman otras determinaciones"

A continuación se observan las fotografías 1 a 6, tomadas en campo el día 23 de diciembre de 2014,

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Fotografía 4. Bocatoma del Acueducto Municipal, qucPedro.

La Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) en conjunto con el Municipio deCurumani (Cesar) ha asumido el compromiso de proteger la margen derecha de la quebrada SanPedro y controlar los procesos erosivos e inundaciones que se presentan a lo largo del cauce de lafuente en mención, emprendiendo acciones necesarias para la defensa y adecuado manejo de sucuenca hidrográfica.

Conforme a la problemática expuesta en la quebrada San Pedro, en la jurisdicción de las veredasGalaxia, San Pedro Medio y San Pedro Bajo, del Municipio de Curumani y CORPOCESAR planeandesarrollar una obra con las siguientes etapas:

Resolución No. Del de Hoja No. 6

A•

Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones'

• Localización y trazado.• Nivelación del terreno.•Instalación de geo malla biaxial.• Excavación manual para la instalación de los espigones en gavión.• Construcción de los espigones en gavión hasta la cota nivelada,• Conformación y compactación del dique.

La Figura 3, muestra la imagen del sitio exacto donde CORPOCESAR y el Municipio de Curumaniplantean desarrollar las obras de ocupación de cauce en la margen derecha de la quebrada SanPedro, igualmente en la Tabla 1 se encuentran las coordenadas referenciando el punto inicial y finaldel dique en espigones en gavión.

Es de resaltar que en la anterior figura se puede observar el cambio brusco del cauce sobre lamargen derecha, el mayor de los cuales se observa en el punto final donde se plantea realizar laobra de ocupación de cauce, punto donde se observaron en campo procesos de socavación lateral.

Tabla 1. Coordenadas permiso ocupación de cauce

Con radicado No. 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015, CORPOCESAR y el municipio deCurumani Cesar presentaron un nuevo Formulario único Nacional de Solicitud de Ocupación deCauces, playas y lechos, modificándose las coordenadas solicitadas inicialmente por las tomadas encampo el día 23 de diciembre de 2014.

3. EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL

A continuación se presenta un análisis de la información técnica presentada por CORPOCESAR y elmunicipio de Curumani (Cesar), mediante oficios con radicado Radicado No. 2015006949-1-000 de

r aResolución Ni1 k 1 L Del de Hoja No. 7

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se toman otras determinaciones"

febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015, teniendo en cuenta lo requerido por elAuto 258 del 26 de enero de 2015:

Previo al análisis de los requerimientos realizados desde el punto de vista técnico por el Auto 258 del26 de enero de 2015, se debe recalcar que CORPOCESAR y el municipio de Curumani (Cesar),modificaron el diseño originalmente presentado en el sentido de modificar la obra inicialmenteplanteada de 280 metros de colchonetas en gavión, por 280 metros de espigones en gavión.

A. Plano general de localización Esc 1:10.000 con ubicación del tramo a evaluar, planos de obracivil (planta perfil) y planos de detalle donde se evidencien los 280 metros de dique concolchonetas en gavión (cotas y abscisado).

CORPOCESAR y el municipio de Curumani presentan 3 planos que contienen la siguienteinformación:

"Curvas de Nivel río Curumani", se presenta una vista de planta de la quebrada San Pedrocon el tramo a intervenir, el plano presenta coordenadas, abscisado y ubicación del tramo dedique en espigones en gavión de 300 metros de longitud sobre la margen derecha.

"Detalle Muro Gaviones con Espigones", se presenta un plano detalle escala 1:50, de laconformación del dique con espigones en gavión, donde se observa que tiene una alturatotal de 4,5 metros.

"Detalle Corte Gaviones", plano detalle en escala 1:50, donde se observa a detalle losmateriales de los que están compuestos los gaviones durante el desarrollo de la obra civil,geotextil y malla hexagonal, igualmente se puede observar la forma del relleno posterior.

Como se puede observar, la intervención sobre la margen derecha de la quebrada San Pedro estácompuesta por un dique de espigones en gavión de 280 metros de largo y 20 metros que seránutilizados para replanteo y nivelación, para una longitud total de intervención de 300 metros linealessegún muestra el plano "Curvas de Nivel río Curumani".

B. Estudio hidráulico e hidrológico que justifique el diseño final y la escogencia de las cotasdonde se desarrollará la construcción de los 280 metros de dique con colchonetas en gavión,acompañado de las secciones transversales del tramo donde se instalará la estructura, queobedecen a un diseño hidráulico para un periodo de retorno de 100 años de la quebrada SanPedro.

El estudio hidrológico se plantea a partir de la referenciación del área de la cuenca de la quebradaSan Pedro la cual suma 135 km 2 , la información para la estimación de los caudales de diseño fueobtenida de la estación pluviométrica "Animito", por ser la estación activa más cercana a la zona deestudio, a partir de estos datos se calcularon los datos de intensidad - duración y frecuencia paradistintos periodos de retomo (3 a 100 años) (ver tabla 3), obteniéndose un caudal de diseño de45,38 m 3/s (ver tabla 2).

Tabla 2. Intensidad, Área y Caudales máximos según periodo de retorno.

Tr C1 A(Ha)Qfm3/s)60DiMSA337.$023.197

1050OSlltffl33730fl.4506004142.05337.50 J 4144it • 41316134337,5045.38

Fuente: RadicSo 2015022602. 1 .000 de obdt 30 de 2015. P000038-00

Resolución No.fl [ Del de 1Hoja No. 8

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Tabla 3. Intensidad - Duración - Frecuencia, Estación Animito.

Fuente: Radicado 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015. POCO038-00

El usuario en referencia al cálculo de los caudales máximos y mínimos para los distintos periodos deretorno, presenta la justificación de la utilización de los métodos racional de snyder y NRCS, sinembargo no se pudo observar en el texto el desarrollo de los cálculos, ni las memorias de losmismos.

En cuanto al estudio hidráulico, se presenta una modelación realizada con el programa HEC-RAS(Ver figuras 4 y 5), el cual utiliza el método numérico Standard Step Method, el usuario presenta lasdistintas memorias de cálculos y resultados arrojadas por dicho software.

Figura 4. Modelación Hidráulica HEC-RAS quebrada San Pedro.

Teniendo en cuenta la modelación realizada en el Software HEC-RAS, se puede observar un estudiopara un tramo de 800 metros lineales (ver figura 5), cabe la aclaración que el usuario realiza estamodelación de acuerdo a un proyecto que pretende intervenir 800 metros lineales en margenizquierda y derecha para la construcción de gaviones en la quebrada San Pedro, sin embargo es delinterés particular del presente concepto técnico el analizar única y exclusivamente los primeros 300metros de la modelación, que componen la totalidad del permiso solicitado por CORPOCESAR y elMunicipio de Curumani (Cesar) sobre la margen derecha de la quebrada San Pedro.

Resolución N. 6 1 3 Del de Hoja No. 9

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Por tanto y en desarrollo de dicha evaluación, se observa que para la ocurrencia de un eventoextraordinario de lluvia para un periodo de retorno de 100 años, la línea de las aguas de la quebradaSan Pedro, registra una diferencia máxima de 2,5 metros en la abscisa kO+200m, dato que al sercomparado con la altura de la estructura hidráulica que plantea construir el usuario, la cual mide 4,5metros, la muestra suficiente para soportar el enviste de las aguas en un evento extraordinario delluvia de acuerdo a la simulación presentada por el usuario.

Igualmente es de resaltar que durante la visita realizada se observaron una serie de obrashidráulicas sobre la margen izquierda de la quebrada San Pedro, las cuales fueron ejecutadas enaños anteriores por el Municipio de Curumani, y las cuales tienen una altura de 3 metros, de acuerdoa los funcionarios de la Empresa de Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo delMunicipio de Curumani ACUACUR, la obra ha resistido los envistes de dos inviernos pasados, sinlas aguas siquiera llegar a superar el primer nivel de gaviones, es decir la cota de las aguas no llegóa superar una crecida de 1 metro de altura.

Se presenta el ítem denominado Üoiseño de obras de protección", donde se resume que se hanproyectado obras de protección para la defensa de la margen derecha de la quebrada San Pedrocon el fin de evitar los procesos erosivos naturales, se decide disponer de un muro de gaviones paraevitar que la línea de erosión creada por las crecidas de los cursos de agua en estudio, tenga unacapacidad tal que desplace la margen del río, se plantea entonces conformar un conjuntolongitudinal de espigones en gaviones, unidades de gaviones tipo caja con medidas de lmxlmxlm y1 mxlmxo,5m.

Figura 5. Perfil de Modelación Hidráulica HEC-RAS quebrada San Pedro

El usuario justifica la escogencia de las obras de espigones en gavión, presentándolas comopequeñas obras transversales que tienen como finalidad la transformación de la acción del agua,moderando la velocidad, desviando la corriente principal, alejando la línea de máxima profundidadde la quebrada para así combatir la acción erosiva de la corriente del agua.

El usuario modificó el diseño original de colchonetas en gavión por espigones en gavión, presentadodentro de la documentación allegada, el diseño de los espigones donde se tienen en cuentavariables como el tipo de suelo, el tipo de trazado (curvo o lineal), el tipo de separaciones en zonarecta y en zona curva, elevaciones y pendientes en la columna de los espigones, orientación de losmismos, socavación local y socavación general.

Resolución No. ¿ k' Del de Hoja No. 10-A.A

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Igualmente el usuario presenta un aparte de "Recomendaciones Importantes", donde se mencionaque la modelación hidráulica evidenció que la zona crítica de desbordamiento se encuentra encercanías a la bocatoma, por lo cual se debe tener especial cuidado en este sector, por otro lado seindica que se debe rectificar el cauce desde la abscisa kO+0 hasta kO+20, teniendo en cuenta que elfondo esta alto y genera un resalto que contribuye con los problemas erosivos. Por último serecomienda tener en cuenta para la construcción de los gaviones, la Norma Invias 681-07.

C. Medidas de manejo ambiental a establecer en cuanto al transporte de material, emisiones dematerial particulado, señalización de obras, medidas de control de niveles de la quebrada SanPedro, procedimiento constructivo sobre la margen derecha de la fuente y demás medidasque garanticen entre otros, la no obstrucción del cauce o contaminación del mismo y queeviten la modificación de las características fisicoquímicas de la quebrada San Pedro.

Como medidas de manejo ambiental, CORPOCESAR y el municipio de Curumani plantean lassiguientes actividades:

Transporte de Agregados Pétreos:

1 Manejar en el frente de trabajo los materiales necesarios para una sola jornada detrabajo (1 día), el material restante deberá almacenarse en un patio de materialesdebidamente cubierto y protegido.1 Cuando el material de excavación pueda ser reutilizado se debe adecuar un sitio dentrodel frente de obra para su almacenamiento temporal.

1 Los vehículos de transporte de materiales, deben ir carpados y no sobrepasar elvolumen para el cual han sido diseñados.

1 Cuando por las condiciones específicas de la zona de la obra no se cuente con un sitioadecuado para el depósito temporal de materiales, de manera excepcional se permitirásu acopio en zonas verdes siempre y cuando, los sitios estén previamente identificadosy se restituyan sus condiciones originales.

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, considera ajustadas las medidas descritasanteriormente, siempre y cuando se tenga presente que en las zonas verdes no se debe afectar otalar cualquier tipo de individuo arbóreo susceptible de la obtención de un permiso deaprovechamiento forestal, el cual debería ser solicitado con anterioridad a la ejecución de las obras,igualmente el usuario deberá contar con todos los permisos, autorizaciones y licencias, necesariospara la utilización o explotación del material pétreo o de construcción necesario para la realizaciónde la obra, debiendo comunicar a esta autoridad dentro de los informes de cumplimiento ambiental elorigen de los mismos.

. Emisiones Atmosféricas:

1 En las vías de acceso y evacuación de materiales, se mantendrá personal de la obrapara realizar la respectiva limpieza continua del sector afectado por acumulación demateriales o sedimentos.

1 En vías destapadas, reglamentar la velocidad de las volquetas y maquinaria a fin dereducir las emisiones de polvo, a su vez se recomienda el humedecimiento periódico enépocas de tiempo seco.

1 Se prohiben las quemas a cielo abierto en los lugares donde se realicen las obras.

Resolución No. Del de Hoja No. 11

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se toman otras determinaciones"

1 La maquinaria y equipos que no se estén utilizando en los frentes de obra deberánpermanecer apagadas con el fin de evitar la emisión de gases y partículas.

Tener especial control de cada una de las emisiones de ruido que se presenten en lasdiferentes áreas de trabajo, ya sean continuas, fluctuantes o transitorias, esto con elobjeto de prevenir la emisión de ruido que trascienda los limites permitidos por lalegislación nacional.

Se consideran adecuadas las medidas planteadas.

• Señalización de obras:

1 Para la demarcación se instalará cinta reflectiva de 10 cm de ancho, en por lo menosdos lineas horizontales o malla sintética que demarque todo el perímetro del frente detrabajo.

1 En el evento en que se requiera la habilitación de accesos temporales, estos se debendelimitar con la misma cinta señalada en el inciso anterior.

1 Al adelantar labores de excavación en el frente de obra se debe aislar totalmente elárea excavada y fijar avisos preventivos e informativos que indiquen la labor que seestá realizando.

1 El suelo sobre el cual se instale el campamento deberá ser protegido de cualquier tipode contaminación y deberá recuperarse la zona en igual o mejor estado del encontradoinicialmente.

1 Si dentro del campamento hay almacenamiento temporal de materiales, debemantenerse señalizada la entrada y salida de vehículos de carga definiendo los sitiosde tránsito de los mismos,

1 Dentro del campamento se deben establecer las rutas de evacuación, para los eventosde emergencia.

1 Se ubicará una valla fija para todo el contrato. Esta valla informativa debe ser fácilmentevisualizada por los trabajadores y la comunidad en general.

1 La valla fija deberá contener como mínimo los siguientes datos: entidad ejecutora delproyecto, nombre del proyecto, nombre del contratista y número telefónico, entidadcontratante.

En cuanto al campamento planteado para el desarrollo de la obra, debe emplazarse en un sitio queno tenga especies arbóreas susceptibles de aprovechamiento forestal, en caso contrario previo a laconstrucción del mismo deberá solicitarse el debido permiso. Por otro lado y teniendo en cuenta queexisten viviendas sobre la margen derecha de la quebrada San Pedro, podrá contemplarse por partedel proyecto, utilizarlas como vivienda temporal, para el uso doméstico de baños y cocina de losoperarios en campo, de lo contrario se deberán solicitar los respectivos permisos de vertimientos yconcesión de aguas superficiales para satisfacer las necesidades domésticas de los trabajadores.

Resolución N& J h 1 4 Del de Hoja No. 12

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupaci5n de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se toman otras determinaciones'

o Manejo de Aguas:

Los drenajes naturales, deberán ser canalizados para evitar la obstrucción de losmismos, la canalización se realizará de manera similar a la construcción de un canalteniendo en cuenta no arrojar materiales a la corriente.

Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural, se debe solicitar los permisoscorrespondientes a las autoridades ambientales, así mismo el curso abandonadodeberá ser restaurado a sus condiciones originales y remover y disponer en sitiosadecuados los materiales empleados y los desechos producidos en la construcción delpaso de agua.

En zonas donde se presentan situaciones desfavorables debido a la presencia de aguasubterránea, y particularmente cuando el suelo es muy susceptible a los procesos deerosión o degradación o se encuentra suelto, es conveniente la implementación demétodos de drenaje de tipo superficial o subterráneo.

Si bien son medidas adecuadas para el manejo de aguas, se observa que se trata de medidasplanteadas de manera general y no particular, más aun teniendo en cuenta que el permiso deocupación de cauce se solícita para la construcción de obras hidráulicas encaminadas a larectificación de cauce, lo que implicará la construcción y ejecución de trabajos incluso dentro de lasaguas de la quebrada San Pedro, por tanto el usuario deberá allegar una descripción puntual de lasactividades a desarrollar sobre la cuenca de la quebrada San Pedro, las cuales en todo momentodeben permitir el libre flujo de las aguas, evitar el represamiento total de las mismas y preservar lacalidad de la fuente hídrica a intervenir.

o Manejo de maquinaria y equipo:

1 Mantener el ruido de la operación de maquinaria por debajo de los límites permisibles,realizando mediciones de nivel de ruido al interior de la obra.

1 El mantenimiento de los equipos debe considerar la perfecta combustión de motores,ajuste de componentes mecánicos, balanceo y calibración de las llantas, igualmente serecomienda al contratista emplear vehículos de modelos recientes.

1 Se solicitarán certificaciones de emisiones atmosféricas de los vehículos utilizados en laobra, como lo son volquetas, retroexcavadora, plantas eléctricas etc. Con una vigenciade seis meses.

/ Inspección visual sobre la maquinada para identificar posibles fugas de agua, aire,combustible, líquido de frenos e hidráulico.

1 Realizar constante mantenimiento y limpieza de las zonas de circulación.

1 Cuando se realice mantenimiento y limpieza de la maquinaria, se debe poner algunaprotección sobre el suelo que garantice que no se produzca contaminación al mismo.

Se consideran medidas adecuadas.

Resolución No.,)

',De¡ de Hoja No. 13

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

3.1 Estado de Cumplimiento de las Obligaciones Impuestas en los Actos Administrativos

CORPOCESAR y el municipio de Curumani (Cesar), mediante oficios con Radicado No.2015006949-1-000 de febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015, remiteninformación adicional en cumplimiento al el Auto 258 del 26 de enero de 2015, la cual es analizada yevaluada:

Cumple (SI)-(190)-(NO APLICA)Auto No. 258 de enero 26 de 2015

"Por el cual se requiere información adicional y se toman otras determinaciones"ARTICULO PRIMERO.- Requerir a la Corporación Autónoma Regional del cesar —CORPOCESAR,identificada con NIT. 892.301.483-2, y al municipio de Curumani (Cesar), identificado con NIT 800.096.580-4, para que dentro del término de dos (2) meses siguientes a la ejecutoria del presente acto administrativo,allegue con destino a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA , la siguiente informaciónadicional:

Obligaciones Cumple Observaciones1. Documentosqueacreditenla Con radicados No. 2015006949-1-000 de

personaría jurídica del solicitante en el febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 decaso único y exclusivo deLa abril 30 de 2015, CORPOCESAR y el

Corporación Autónoma Regional del municipio de Curumani, remiten copia delCesar (CORPOCESAR). Decreto 3454 de 1983 por el cual se crea

CORPOCESAR, copia del Auto No. 042 deSIjunio 29 de 2012 por medio del cual se

designa al Director General deCORPOCESAR, copia del acta de posesióndel Director General, copia de la cedula deciudadanía del Director General Doctor KalebVillalobos y copia del Registro únicoTributario de CORPOCESAR.

2. Copia del convenio interadministrativo Con radicado No. 2015006949-1-000 de

celebrado entre CORPOCESAR y el febrero 13 de 2015, CORPOCESAR y elMunicipio de Curumani (Cesar). SI municipio de Curumani, remiten copia del

convenio interadministrativo No. 19-7-0016-0-2013 de_ Noviembre 06_de_2013.

3. Formulario Único Nacional para la Con radicado 2015022602-1-000 de abril 30

solicitud de un permiso de Ocupación de 2015, CORPOCESAR y el municipio dedeCauces,playasylechos, Curumani, remiten Formulario único Nacional

modificándose las coordenadas de laSIpara la solicitud de un permiso de Ocupación

solicitud del permiso por las que de Cauces, playas y lechos, donde se

corresponden efectivamente a la obra actualizaron las coordenadas por las tomadasque se proyecta construir, en campo el día 23 de diciembre de 2014,

4. Plano general de localización Esc Con radicado 2015022602-1-000 de abril 30

1:10.000 con ubicación del tramo a de 2015, CORPOCESAR y el Municipio de

evaluar, planos de obra civil (planta - Cururriani, remiten 3 planos que contienen la

perfil) y planos de detalle donde seSIsiguiente información:evidencien los 280 metros de dique

con colchonetas en gavión (cotas y •"Curvas de Nivel Río Curumani".abscisado). •"Detalle Muro Gaviones con Espigones".

•"Detalle Corte Gaviones".5. Estudio hidráulico e hidrológico que Con radicados No. 2015006949-1-000 de

justifique el diseño final y la febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de

escogencia de las cotas donde se abril 30 de 2015, CORPOCESAR y el

desarrollará la construcción de los 280 municipio de Curumani, remiten estudio

metros de dique con colchonetas en hidrológico e hidráulico para la zona a

gavión, acompañado de las seccionesSIintervenir sobre el cauce de la quebrada San

transversales del tramo donde se Pedro, información evaluada en el literal B.

instalará la estructura, que obedecen a delnumeral3delpresenteacto

un diseño hidráulico para un periodo administrativo.de retorno de 100 años de la quebradaSan Pedro.

Resolución No.!.Del de Hoja No. 14

-.1"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

6. Medidas de manejo ambiental a Con radicado 2015022602-1-000 de abril 30

establecer en cuanto al transporte de de 2015, CORPOCESAR y el Municipio dematerial,emisiones de material Curumani, remiten una serie de medidas de

particulado, señalización de obras, manejo ambiental a implementar durante el

medidas de control de niveles de la desarrollo de la obra sobre el cauce de la

quebrada San Pedro, procedimiento quebrada San Pedro, ver literal C. numeral 3

constructivo sobre la margen derechaSIdel presente acto administrativo.de la fuente y demás medidas quegaranticen entre otros, la noobstrucción del cauce o contaminacióndel mismo y que eviten la modificaciónde las características fisicoquímicas dela quebrada San Pedro.

4. CONSIDERACIONES TÉCNICAS

El día 23 de diciembre de 2014, se realizó la visita de evaluación técnica al permiso de ocupación decauce solicitado por la Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) y el municipiode Curumani sobre la margen derecha de la quebrada San Pedro, localizando y verificando el tramodonde se solicita el permiso (punto inicial y final) y realizando una inspección ocular en el sector paradeterminar las condiciones del mismo. Una vez realizada la visita técnica, analizada la informacióntécnica suministrada con radicado No. 4120-E1-62666 del 11 de noviembre de 2014, y la allegadacon los radicados No. 2015006949-1-000 de febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de abril 30 de2015, en cumplimiento al Auto 258 del 26 de enero de 2015, se concluye lo siguiente:

4.1. La Corporación Autónoma Regional del Cesar (CORPOCESAR) y el municipio de Curumanisolicitaron ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), permiso de ocupaciónde cauce mediante oficio con Radicado No. 4120-E1-62666 del 11 de noviembre de 2014, cuyoobjetivo es la protección de la margen derecha de la quebrada San Pedro en jurisdicción delMunicipio de Curumani (Cesar).

42. Para la fecha de la visita de evaluación técnica (23 de diciembre de 2014), no se esténrealizando labores constructivas en la margen derecha de la quebrada San Pedro, ni sobre sitiosaledaños al solicitado como permiso de ocupación de cauce.

4.3. De igual manera durante la visita técnica se pudo evidenciar que la quebrada San Pedro hagenerado en el pasado episodios de inundaciones y desbordamiento en los sectores de lasveredas Galaxia, San Pedro Medio y San Pedro Bajo, afectando igualmente al casco urbano delMunicipio de Curumani, así mismo en el punto exacto donde se plantea ejecutar la obra seobservó un cambio muy pronunciado en el cauce de la quebrada, lo que ha provocado con eltiempo fenómenos de desprendimiento de taludes y socavación lateral en los distintos terrenosaledaños al cauce de la quebrada, donde se han generado grandes depósitos de sedimentos ymaterial de arrastre.

4.4. Que CORPOCESAR y el municipio de Curumani dieron cumplimiento a lo solicitado por elAuto 258 del 26 de enero de 2015, presentando la totalidad de la información adicionalsolicitada, mediante los radicados No. 2015006949-1-000 de febrero 13 de 2015 y 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015.

4.5. Que la ejecución del proyecto denominado "Dique para control de erosión e inundaciones enla Quebrada San Pedro, municipio de Curumani en el departamento del Cesar" no requiere laobtención de servidumbres por desarrollarse dentro del cauce natural de la quebrada.

' r.Resolución No. Del de Hoja No. 15

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones

4,6. Que CORPOCESAR y el Municipio de Curumani, presentaron información técnica (planos,memorias y diseños) que permite dimensionar el tamaño y el tipo de obra civil a ejecutar en untramo de 300 metros sobre la margen derecha de la quebrada San Pedro, presentado un estudiohidráulico e hidrológico que permitió conocer las condiciones morfológicas del tramo a interveniry así determinar que incluso para la ocurrencia de un fenómeno atipico o una precipitaciónmáxima en un periodo de retorno de 100 años, la obra planteada, en este caso unos espigonesen gavión de 4,5 metros de altura, permitirán contener las crecientes de la quebrada ysalvaguardar y proteger los taludes de la misma para así evitar no solo fenómenos erosivos, sinotambién la afectación de la bocatoma municipal y la inundación de predios aledaños a laquebrada.

4.7. Que la obra planteada pretende proteger y defender el cauce de la quebrada San Pedro enun tramo de 300 metros en la margen derecha de la misma, con la construcción de unosespigones en gavión, que junto con las obras desarrolladas por administraciones pasadaslograrán encausar , canalizar y proteger la quebrada en un tramo total de casi 800 metrosalrededor de la Bocatoma municipal que es la responsable de cubrir las necesidades hídricas del80% de los habitantes del área urbana y rural del Municipio de Curumani en el departamento delCesar.

4.8. Igualmente el documento involucra el planteamiento de las respectivas medidas de manejoque deberán acompañar la ejecución de la obra y que se deberán implementar desde elmomento de iniciar su construcción, medidas que según el análisis realizado en el literal c. delnumeral 3 del presente concepto técnico deberán ser complementadas para el caso particulardel manejo de aguas.

CONSIDERACIONES JURíDICAS

Que el artículo 80 de la Constitución Política determina: "Es obligación del Estado y de las personasprotegerlas riquezas culturales y naturales de la nación".

Que los artículos 79 y 80 de la Constitución Política consagran el derecho colectivo a gozar de unambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente, planificar elmanejo y aprovechamiento de los recursos naturales renovables a fin de garantizar su desarrollosostenible, su conservación, restauración o sustitución y prevenir los factores de deterioro ambiental.

Que el artículo 209 ibídem, en cuanto a la función Administrativa, establece que se halla al serviciode los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, y añade que las autoridades administrativasdeben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que el articulo 3° del Código Contencioso Administrativo consagran los principios orientadores delas actuaciones administrativas, estableciendo que las mismas se desarrollarán con arreglo a losprincipios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad y contradicción.

Que el artículo 102 del Decreto Ley 2811 de 1974, establece que Quien pretenda construir obrasque ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua, deberá solicitar autorización".

Que el Artículo 92 del Decreto 1541 del 26 de junio de 1978, dispuso que los permisos a que serefieren los artículos anteriores se otorgarán por plazos máximos de diez (10) años, y pueden serprorrogables, a juicio de la Autoridad Ambiental, sin exceder dicho plazo.

Resolución No.' Del de Hoja No. 161

Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumani - Cesar

y se tornan otras determinaciones"

Que el artículo 104 de¡ Decreto 1541 del 26 de junio de 1978, establece que la construcción deobras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua requiere autorización, que seotorgará en las condiciones que establezca la autoridad ambiental.

Que hechas las anteriores consideraciones de orden jurídico y acogiendo lo establecido en elConcepto Técnico No. 2277 del 19 de mayo de 2015 se considera viable autorizar la ocupación decauce para realizar la 'Construcción de Diques para el Control de Erosión e Inundación en laQuebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar", a la CORPORACION AUTONOMAREGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, identificada con NIT. 892.301.483-2, y el MUNICIPIODE CURUMANI (CESAR), identificado con NIT 800.096.580-4, en los términos a puntualizar en laparte resolutiva de este acto administrativo.

CONSIDERACIONES LEGALES

Que mediante Ley 99 de 1993, se creó el Ministerio del Medio Ambiente como el organismo rectorde la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables asi como la formulación dela política nacional ambiental y de recursos naturales renovables, fines, objetivos y propósitos que semantuvieron en el Decreto Ley 216 de 2003, por el cual se organizó y creó el Ministerio de Ambiente,Vivienda y Desarrollo Territorial.

Que la Ley 1444 de 2011 en el artículo 11 escindió del Ministerio de Ambiente, Vivienda yDesarrollo Territorial los objetivos y funciones asignados por las normas vigentes a los Despachosdel Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial y al Despacho del Viceministro de Agua ySaneamiento Básico.

Que el artículo 12, de la norma en mención, reorganizó el Ministerio de Ambiente. Vivienda yDesarrollo Territorial el cual se denominará Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ycontinuará cumpliendo los objetivos y funciones señalados en las normas vigentes.

Que el Decreto Ley 3570 de 2011, estableció los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambientey Desarrollo Sostenible,

Que mediante Decreto Ley 3573 de 2011, se creó la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998, con autonomía administrativa yfinanciera, sin personeria jurídica, la cual hará parte del Sector Administrativo de Ambiente yDesarrollo Sostenible.

Que en el numeral 1° del articulo tercero del Decreto Ley en mención estableció como funcionesotorgar o negar las licencias, permisos y trámites ambientales de competencia del Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible.

Que mediante Resolución 1306 del 30 de octubre de 2014 "Por la cual se ajusta el Manual Especificode Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la AutoridadNacional de Licencias Ambientales - ANL4", se asignó a la Dirección General la función de suscribirlos actos administrativos mediante los cuales "se otorguen, modifiquen o nieguen licencias, permisos ytrámites ambientales, o se declare la caducidad o terminación de los mismos, según el caso, de acuerdocon la normatividad vigente".

Que mediante Resolución 1541 del 12 de septiembre de 2014, expedida por el Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible, se nombró al Doctor Fernando lregui Mejía, titular del empleo deDirector General de Unidad Administrativa Especial, código 0015, del Despacho de la DirecciónGeneral de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA-.

Resolución 0.1 5 'J 3 Del de Hoja No, 17

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Otorgar a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR -CORPOCESAR, identificada con NIT. 892.301.483-2, y al MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR),identificado con NIT 800.096.580-4, permiso de ocupación de cauce para realizar la "Construcciónde Diques para el Control de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio deCurumaní - Cesar", en la margen derecha de la quebrada San Pedro, en una longitud total de 300metros lineales.

PARÁGRAFO PRIMERO.- El presente permiso aplica única y exclusivamente en las siguientescoordenadas:

PUNTOCOORDENADAS

u oGEOGRÁFICAS

NW

Punto Inicial Dique9,1783573,49323Punto Final Dique9,1774873,49047

Fuente: Visita técnica de evaluación diciembre 23 de 2014 y radicado 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015. P000038-00

PARÁGRAFO.- El presente permiso se otorga por el término de un (1) año contado a partir de laejecutoria del presente acto administrativo, para la construcción de las obras.

ARTICULO SEGUNDO.- La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR -CORPOCESAR, y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), deberán dar cumplimiento a lassiguientes obligaciones:

1. Informar a esta Autoridad con quince (15) días de antelación, el inicio de las obrasencaminadas a desarrollar el proyecto "Construcción de Diques para el Control de Erosión eInundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Cururnaní - Cesa?'; para lo cualdeberá adjuntar fotos del lugar a intervenir antes de la ejecución de la obra ygeorreferenciación de los puntos a intervenir.

2. Dar cumplimiento a todas y cada una de las medidas técnicas y ambientales propuestasdentro del radicado 2015022602-1-000 de abril 30 de 2015 y relacionadas en el literal c) delnumeral 3 del presente acto administrativo.

3, Previo al desarrollo de la obra, el usuario deberá allegar una descripción puntual de lasactividades a desarrollar sobre la cuenca de la quebrada San Pedro, las cuales en todomomento deben permitir el libre flujo de las aguas y evitar el represamiento total de lasmismas,

4. Preservar la calidad de las aguas de la fuente hídrica a intervenir, durante las labores deconstrucción de las obras hidráulicas y complementarias.

5. Evitar la contaminación de la quebrada San Pedro por materiales utilizados en el punto deejecución de la obra o por sedimentos que genere el desarrollo de la misma.

6. Remitir con destino al expediente POC 0038, con una frecuencia trimestral durante laejecución de las obras, un Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) en donde se incluya lasiguiente información:

Resolución No. ( J bZ 1 2Del1 - de Hoja No. 18

"Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación detCauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesar

y se toman otras determinaciones"

6.1. La descripción de las actividades ejecutadas

6.2. La descripción del proceso de implementación de las medidas de manejo ambiental yel análisis de su efectividad.

6.3. La descripción del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presentepermiso, con los soportes correspondientes.

6.4. Registro fotográfico del área donde se emplazará el proyecto antes del inicio de lasobras y durante su ejecución, de manera que se evidencie el estado actual de la zona y suevolución hasta finalizar la ejecución de las obras autorizadas.

7. Posterior a la terminación de la obra se deberán realizar monitoreos o inspecciones a laobra de forma trimestral y mínimo por un (1) año con el fin de verificar su funcionamiento,reportes que deberán ser remitidos con destino al expediente POCO038.

ARTÍCULO TERCERO.- Se advierte a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR- CORPOCESAR y al MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR) que deberán tener en cuenta que enlas zonas verdes a ser utilizadas para el almacenamiento de materiales pétreos o las zonas que sepretendan utilizar para el establecimiento de un campamento, no deberán ser objeto de intervencióno aprovechamiento de individuos arbóreos a partir de diez centímetros (10 cm) de diámetro a laaltura del pecho, los cuales son susceptibles de la obtención de un permiso de aprovechamientoforestal, el cual en dado caso deberá ser solicitado con anterioridad a la ejecución de las obras.

ARTÍCULO CUARTO.- Se advierte a la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR -CORPOCESAR, y al MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR) que en el caso de construir uncampamento permanente sobre la cuenca de la quebrada San Pedro, deberá solicitar losrespectivos permisos de concesión de aguas superficiales para satisfacer las necesidadesdomésticas de los trabajadores, así como el respectivo permiso de vertimientos para las aguasresiduales de origen doméstico que allí se puedan generar.

ARTÍCULO QUINTO.- La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR -CORPOCESAR y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR) deberán contar con todos los permisos,autorizaciones y licencias, necesarios para la utilización o explotación del material pétreo o deconstrucción, necesario para la realización de la obra, debiendo informar a esta Autoridad dentro delos informes de cumplimiento ambiental el origen de los mismos.

ARTiCULO SEXTO.- La CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CESAR -CORPOCESAR y el MUNICIPIO DE CURUMANI (CESAR), asume toda la responsabilidad pordaños o accidentes que se causen a terceros, como consecuencia del permiso concedido en elartículo primero de este acto administrativo.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Cualquier modificación en las condiciones del permiso de ocupación decauce para el proyecto 'Construcción de Diques para el Control de Erosión e Inundación en laQuebrada San Pedro en el Municipio de Curumaní - Cesa(, autorizadas en el presente actoadministrativo, deberá ser informada previamente a esta Autoridad para su evaluación y aprobación.

ARTÍCULO OCTAVO.- Publicar en la gaceta de esta entidad el presente acto administrativo.

Resolución No. Soel de Hoja No. 19

Por el cual se otorga un Permiso de Ocupación de Cauce para la Construcción de un Dique para elControl de Erosión e Inundación en la Quebrada San Pedro en el Municipio de Curunianí - Cesar

y se toman otras determinaciones"

ARTÍCULO NOVENO.- Comunicar el presente Acto Administrativo a la Gobernación del Cesar, a lasAlcaldias Municipales de Chiriguaná, el Carmen y Chimichagua en el departamento del Cesar.

ARTÍCULO DÉCIMO.- Notificar el presente acto administrativo a la CORPORACIÓN AUTÓNOMAREGIONAL DEL CESAR - CORPOCESAR, identificada con NIT. 892.301.483-2, y al MUNICIPIODE CURUMANI (CESAR), identificado con NIT 800.096.580-4, a través de sus representanteslegales o quien haga sus veces, respetivamente.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- En contra de este acto administrativo, procede el recurso dereposición, de conformidad con lo previsto en el articulo 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011. "Por /acual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo",

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Aprobó: Claudia Victoria Gonzalez Hemandez- Subdirectora de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la ANLAWYRevisó: Diego Diaz-Abogado Profesional especializado -Subdirecdón de Instrumentos, Permisos y Trámites AmbientalesProyectó: Vanessa Paola Gonzalez Cortes - Abogada Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales- ANLA.

Fecha de elaboración: 20 de mayo de 2015Concepto Técnico N' 2277 del 19 de mayo de 2015Expediente N". poc 0038-00