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MANUAL DE RÉGIMEN DE EDUCACIÓN DE LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ LIMA – PERÚ 2010

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  • MANUAL DE RGIMEN DE EDUCACIN DE LAS ESCUELAS DE FORMACIN DE LA POLICA NACIONAL DEL PER

    LIMA PER 2010

  • 2

    NDICE INTRODUCCIN

    CAPTULO I

    GENERALIDADES A. FINALIDAD B. CONTENIDO C. ALCANCE D. BASE LEGAL E. DEFINICIN DE TRMINOS

    CAPTULO II PRINCIPIOS DOCTRINARIOS

    CAPTULO III

    NORMAS EDUCATIVAS

    CAPTULO IV RGIMEN ACADMICO

    A. GENERALIDADES

    1. Concepto 2. Finalidad

    B. PLAN CURRICULAR 1. Concepto 2. Competencia 3. Procedimiento

    C. PERIODO DE ADAPTACIN 1. Concepto 2. Competencia 3. Procedimiento

    D. METODOLOGA DE LA ENSEANZA E. SISTEMA DE EVALUACIN

    1. Concepto 2. Competencia 3. Procedimiento 4. Evaluacin del aprendizaje 5. Sistema de calificacin 6. La evaluacin de competencias 7. La evaluacin de actitudes

  • 3

    F. PRCTICAS PREPROFESIONALES 1. Concepto 2. Procedimientos

    G. SUPERVISIN EDUCATIVA 1. Concepto 2. Competencia 3. Procedimiento

    H. DESPACHOS, GRADOS Y TTULOS

    1. Despachos 2. Grados 3. Ttulos

    a. EO PNP b. ETS PNP

    I. CONSEJO ACADMICO 1. Concepto 2. Procedimiento

    J. INVESTIGACIN, DESARROLLO EDUCATIVO Y CONVENIOS 1. Investigacin y Desarrollo Educativo

    a. Concepto b. Procedimiento

    2. Convenios

    K. CEREMONIAS (INTERNAS Y EXTERNAS)

    CAPTULO V RGIMEN DISCIPLINARIO

    A. GENERALIDADES

    1. Concepto 2. Finalidad

    B. PRINCIPIOS DOCTRINARIOS C. FUNDAMENTOS BSICOS

    1. La disciplina y las normas que guan su ejecucin a. Disciplina Policial b. Jerarqua c. Subordinacin d. Mando e. Antigedad en el grado f. Prelacin en el grado g. Ejercicio del comando

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    h. Potestad sancionadora del personal PNP i. Responsabilidad en el ejercicio del mando j. rdenes k. Obediencia l. Conducto regular

    2. Normas de comportamiento policial D. DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DE CADETES Y ALUMNOS

    1. Derechos 2. Deberes y obligaciones

    E. INCENTIVOS 1. Concepto 2. Clasificacin

    a. Condecoraciones b. Felicitaciones escritas c. Menciones honrosas d. Diplomas de Honor e. Salidas Generales f. Incentivos Materiales

    F. SANCIONES 1. Generalidades 2. Clasificacin

    a. Amonestacin verbal b. Correctivos c. Suspensin d. Separacin definitiva de la Escuela

    (1) Medida Disciplinaria (2) Deficiencia Acadmica (3) Inaptitud Fsica y/o Mental (4) A su solicitud

    3. Reclamos 4. Efecto 5. Equivalencia y cmputo

    G. INFRACCIONES 1. Concepto 2. Clasificacin de infracciones y sanciones

    a. Infracciones Leves b. Faltas Graves c. Faltas Muy Graves.

    3. Atenuantes 4. Agravantes

    H. ATRIBUCIONES DISCIPLINARIAS 1. Generalidades

  • 5

    2. Normas generales para imponer sanciones 3. Procedimientos generales para sanciones

    I. ESTRUCTURA DE LA ETAPA DE LA INVESTIGACIN 1. OFICINA MORAL Y DISCIPLINA

    J. ETAPA DECISORIA

    1. CONSEJO DE DISCIPLINA

    CAPTULO VI RGIMEN ADMINISTRATIVO

    A. GENERALIDADES

    1. Concepto 2. Administracin de recursos

    B. OFICINA DE ADMINISTRACIN 1. Concepto 2. Objetivos 3. Organizacin

    a. Unidad de Recursos Humanos y Bienestar (1) Administracin de Personal

    (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (2) Mantenimiento de la Disciplina. (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (3) Incremento y Mantenimiento de la Moral (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (4) Servicio de Bienestar (a) Concepto (b) Organizacin (c) Procedimientos

    1 Asistencia Social y de Salud. 2 Esparcimiento (casino) 3 Cafeteras 4 Servicio de cmputo, biblioteca, telfonos pblicos,

    bazar, zapatera, talabartera, peluquera, lavandera, sastrera y fotocopiado.

    b. Unidad de Economa (1) Concepto (2) Competencia (3) Procedimientos

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    (a) Asignacin de Partidas Presupuestales (b) Arqueo de Caja

    c. Unidad de Logstica (1) Control Patrimonial

    (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (2) Almacn General (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    1. Recepcin. 2. Verificacin y Control 3. Internamiento 4. Registro Control 5. Custodia

    (3) Armamento y Municin (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (4) Subsistencias y/o Abastecimiento (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (5) Servicios Generales (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (6) Transportes (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    (7) Veterinaria (a) Concepto (b) Competencia (c) Procedimientos

    C. PLANEAMIENTO EDUCATIVO 1. GENERALIDADES 2. DIAGNSTICO DE SITUACIN

    a. CONCEPTO b. FINALIDAD c. COMPETENCIA

    3. PLAN DE DESARROLLO ESTRATGICO a. CONCEPTO b. COMPETENCIA c. PROCEDIMIENTOS

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    D. ADMINISTRACIN DE LOS SERVICIOS 1. FINALIDAD 2. SERVICIOS

    a. JEFE DE PERMANENCIA b. JEFE DE CUARTEL c. CAPITN DE DA d. OFICIAL ADMINISTRATIVO e. OFICIAL DE DA f. CEOPOL

    (1) CONCEPTO g. OFICIAL DE GUARDIA h. BRIGADIER GENERAL i. BRIGADIER DE AO j. BRIGADIER DE SECCIN k. SERVICIO DE CASINO l. ADJUNTO AL OFICIAL DE DA m. ADJUNTO AL OFICIAL DE RANCHO n. ADJUNTO AL OFICIAL DE GUARDIA o. SERVICIO DE SEGURIDAD p. SERVICIO DE AULA q. SERVICIO DE MONITORES r. CUARTELEROS s. IMAGINARIAS t. SERVICIO DE COMPAA DE COMISIONES

    3. POLICA MONTADA a. Actividades b. Servicios

    (1) OFICIAL DE DA (2) ADJUNTO AL OFICIAL DE DA (3) SERVICIO VETERINARIO (4) SERVICIO DE GUADARNES (5) ALMACENERO DE FORRAJE (6) HERRADOR

    4. OFITEL-EEFF a. Competencia b. Procedimientos

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    PRESENTACIN

    as organizaciones contemporneas tambin llamadas inteligentes, por su mentalidad abierta al cambio, otorgan a la preparacin de sus miembros

    importancia vital, en razn que el conocimiento ha demostrado de manera irrefutable ser el instrumento de mayor eficacia para la transformacin de las personas, instituciones y naciones. El Comando de la Polica Nacional ha determinado la necesidad de contar con una generacin de lderes conscientes de la realidad nacional e internacional, con slida escala de valores y comprometidos con los destinos superiores de la Institucin. En este contexto, los cambios que se vienen gestando en la Polica Nacional, son el resultado de constantes reflexiones sobre nuestra Visin de futuro sustentada en el anlisis crtico constructivo de nuestra realidad actual, orientada hacia la modernizacin institucional que conlleve necesariamente al desarrollo de un moderno Sistema Educativo. Las Escuelas de Formacin constituyen el primer nivel de la estructura educativa de la Direccin de Educacin y Doctrina Policial, las mismas que tienen como misin formar integralmente a los futuros Oficiales y Suboficiales Policas, a travs de una educacin de calidad, donde se enfatice la concepcin humanista de la Funcin y Doctrina Policial, de slidos principios y valores en un Estado de Derecho, con respeto irrestricto a los Derechos Humanos. El presente MANUAL DE RGIMEN DE EDUCACIN DE LAS ESCUELAS DE FORMACIN DE LA PNP, asimilando los criterios de la actual poltica de calidad educativa de la Direccin de Educacin y Doctrina Policial, enmarcados en el REGLAMENTO DE REGIMEN DE EDUCACION DE LA POLICA NACIONAL DEL PERU as como las nuevas tendencias de la EDUCACIN SIGLO XXI, plantea innovaciones metodolgicas en los actuales escenarios de las Escuelas de Formacin de la PNP, orientadas a optimizar la gestin educativa, enmarcndolas en los paradigmas de competitividad y excelencia acadmica.

    LA COMISIN

    L

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    MANUAL DE RGIMEN DE EDUCACIN DE LAS ESCUELAS DE FORMACIN DE LA POLICA

    NACIONAL DEL PER

    CAPTULO I

    GENERALIDADES

    A. FINALIDAD

    Establecer normas y procedimientos de gestin acadmica y administrativa, que aseguren el logro eficiente de los objetivos educativos de las Escuelas de Formacin de la Polica Nacional del Per, en concordancia con la legislacin vigente y la poltica educativa institucional

    B. CONTENIDO

    Contiene disposiciones especficas que regulan los Regmenes Acadmico, Disciplinario y Administrativo de las Escuelas de Formacin de la Polica Nacional del Per (PNP).

    C. ALCANCES

    Las prescripciones contenidas en el presente Manual son aplicables a los rganos y personal que integran las Escuelas de Formacin de la PNP.

    D. BASE LEGAL

    1. Constitucin Poltica del Per de 08DIC93. 2. Ley General de Educacin, Ley N 28044 de 29JUL2003. 3. Ley de la Polica Nacional del Per, Ley N 27238 de 21DIC99. 4. Modificatoria de la Ley de la Polica Nacional del Per, Ley N 28078. 5. Ley Universitaria, Ley N. 23733 de 09DIC83 6. Modificatorias de la Ley Universitaria, Leyes 25064, 26302, 26327,

    26363, 26404. 7. Ley de Rgimen Disciplinario de la PNP, Ley N 29356 del

    10MAY2009. 8. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444 de

    10ABR2001 9. Reglamento de la Ley de la Polica Nacional del Per, Decreto

    Supremo N 008-2000-IN de 4OCT2000. 10. Reglamento de la Ley N. 28078 que modifica a la Ley de la Polica

    Nacional, Decreto Supremo N. 019-2003-IN de 19DIC2003. 11. Reglamento de las Escuelas e Institutos de Educacin Superior,

    Decreto Supremo N. 007-83-ED de 12ENE83.

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    12. Cdigo de tica Profesional PNP, Resolucin Suprema N 0140-89-IN / DM de 30JUN89.

    13. Reglamento del Sistema Normativo PNP, Resolucin Ministerial N 0306-92-IN/PNP del 17MAR92.

    14. Reglamento del Docente Civil y Policial del Sistema Educativo Policial, RM N 0310 96 IN/ PNP de 22MAR96.

    15. Normas para la Programacin, Ejecucin y Evaluacin de las Prcticas Profesionales en los Institutos Superiores Tecnolgicos Estatales y No Estatales, Resolucin Ministerial N 738-85-ED de 1985.

    16. Resolucin que autoriza la procedencia de la inscripcin del Grado Acadmico de Bachiller y el Ttulo Acadmico Profesional otorgado por la Escuela de la PNP, Resolucin N 326-2004-ANR del 02JUN2004.

    17. Resolucin Ministerial N 495-2009-IN/PNP del 10JUL2009, que aprueba al Reglamento de Rgimen de Educacin de la PNP.

    E. DEFINICIN DE TRMINOS (Anexo N 01)

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    CAPTULO II

    PRINCIPIOS DOCTRINARIOS El Rgimen de Educacin de la PNP se basa en los siguientes principios: A. El Sistema Educativo de la Polica Nacional del Per es el conjunto de

    elementos interdependientes: institucionales, humanos, cientficos, tecnolgicos y administrativos que participan en los procesos de formacin, capacitacin, especializacin, perfeccionamiento e investigacin cientfica del personal policial, orientados hacia la optimizacin de la carrera Policial en todos los grados y jerarquas, para responder eficazmente a los requerimientos de la sociedad y del Estado. El Sistema Educativo de la Polica Nacional del Per es de nivel universitario y tcnico. Se rige por la Ley de la PNP as como por la Ley General de Educacin y Ley Universitaria en concordancia con normas especficas del Sector Educacin e Institucional Policial.

    B. Contribuir al desarrollo cientfico tecnolgico del pas y de la PNP, al afianzamiento de los valores ticos, al fortalecimiento de la Identidad Nacional y a la consolidacin de la Cultura Organizacional de la PNP.

    C. Bsqueda de la verdad, afirmacin de los valores y principios ticos al servicio de la comunidad.

    D. Primaca de la capacidad analtica, innovadora y creativa que propenda al aprendizaje interactuante, vivencial y multidisciplinario.

    E. Promocin de estilos de vida, patrones de creencias, valores y comportamientos orientados a la cultura de paz.

    F. Consolidacin de la excelencia y calidad institucional basada en la informacin y capacitacin permanente de sus integrantes.

    G. Formacin tica y deontolgica en armona con la preparacin cientfico-humanstica.

    H. Educacin intercultural, desde una perspectiva global basada en la cultura participativa, el trabajo en equipo, el respeto y la solidaridad.

    I. Participacin activa en el desarrollo de la cultura organizacional de la PNP para fortalecer la identidad nacional.

  • 12

    CAPTULO III

    NORMAS EDUCATIVAS A. La actividad de las Escuelas de Formacin est orientada y normada por

    la Constitucin, las Leyes, los Reglamentos, Manuales, Directivas y otras disposiciones de Comando, que son de conocimiento obligatorio de quienes prestan servicios en estas Unidades.

    B. La moral y disciplina del personal de las Escuelas de Formacin para

    lograr servicio ptimo, se basa en la correcta observacin de las responsabilidades y atribuciones que tiene cada miembro PNP, de acuerdo a su categora, jerarqua y grado.

    C. La comunicacin fluida y el dilogo permanente con todo el personal en

    sus diferentes escalones y reas, es va de perfeccionamiento profesional.

    D. La instruccin privilegia los aspectos de dignidad y derechos humanos de

    las personas, en observancia del Cdigo de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, el Cdigo de tica Profesional y disposiciones del Comando Institucional.

    E. El proceso educativo desarrolla permanentemente la investigacin

    cientfica y tecnolgica, segn la realidad educativa policial y los adelantos de la educacin contempornea.

    F. Las Escuelas de Formacin de Polica deben:

    1. Propender que el futuro Polica se enmarque en los criterios de calidad, competitividad, proactividad y asertividad.

    2. Potenciar la educacin en valores para garantizar la consolidacin de

    la conciencia tico-moral. 3. Promover la enseanza basada en el respeto de los Derechos

    Humanos, a la Constitucin Poltica, a las leyes y al sistema democrtico.

    4. Propiciar la participacin del personal docente e instructores idneos

    que garanticen la ptima formacin policial.

  • 13

    CAPTULO IV

    RGIMEN ACADMICO A. GENERALIDADES

    1. Concepto

    Conjunto de normas y procedimientos acadmicos que caracterizan el quehacer educacional de las Escuelas de Formacin PNP.

    2. Finalidad

    Optimizar los procesos de planificacin, organizacin, direccin supervisin, evaluacin y control de la gestin acadmica de las Escuelas de Formacin de la PNP.

    B. PLAN CURRICULAR

    1. Concepto

    Instrumento tcnico pedaggico que contiene la visin, misin, objetivos estratgicos, estructura curricular, mallas curriculares, plan de estudio y slabo de los procesos acadmicos que gerencian las Escuelas de Formacin de la PNP, enmarcados en los principios de la teora curricular.

    2. Competencia

    Los planes curriculares son formulados por las Escuelas de Formacin teniendo como base el Plan Curricular General elaborado por la Subdireccin Acadmica de la DIREDUD-PNP.

    3. Procedimiento

    Contiene los siguientes aspectos:

    (a) FILOSOFIA INSTITUCIONAL (1) Visin (2) Misin (3) Objetivos Estratgicos (4) El Perfil Profesional del Oficial/Suboficial de Polica

    (b) EL PLAN CURRICULAR

    (1) Objeto (2) Alcance

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    (3) Base legal

    (c) PROCESO EDUCATIVO DE LAS EE FF PNP (1) Finalidad (2) Objetivo General (3) Objetivos Especficos (4) Metas Educativas

    (a) Proceso de Formacin Profesional. (b) Acreditacin Acadmica (c) Acadmico Profesional (d) Formacin General (e) Formacin Profesional Policial

    (d) ORGANIZACIN DEL PROCESO EDUCATIVO

    (e) ASPECTO ACADMICO

    (1) Estructura Curricular (2) El Plan de Estudios (3) Slabos (anexo) (4) Rgimen de Estudios (5) Rgimen del Personal Docente (6) Sistema de Evaluacin (7) Proceso de Supervisin

    (f) ASPECTO ADMINISTRATIVO (1) Infraestructura (2) Recursos Humanos (3) Medios y Materiales Educativos

    (g) RESPONSABILIDAD

    (1) Ser aprobado para cada proceso educativo por la DIREDUD, mediante Resolucin Directoral. Son evaluados al final de cada semestre acadmico.

    (2) El Plan Curricular es evaluado anualmente por una Comisin

    Multidisciplinaria, que designa la DIREDUD, integrada por personal profesional de las Escuelas de Formacin, para enriquecer los procesos educativos, en concordancia con los alcances de la ciencia y tecnologa, as como de la poltica de calidad educativa institucional.

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    (3) El Currculo de Estudios es organizado en Ejes Curriculares, reas Cognoscitivas, reas Educativas y Asignaturas enmarcndose en el Sistema de Crdito que se emplea en la Educacin Universitaria, cuya equivalencia es:

    1 hora terica (semanal) = 1 crdito. 2 horas prcticas (semanal) = 1 crdito.

    (4) El Currculo de Estudio de las Escuelas de Formacin ser

    calendarizado en Aos, Semestres y/o Periodos Acadmicos, segn Programas y Modalidades.

    (a) La Escuela de Oficiales de la PNP:

    (1) Los ingresantes a la Escuela de Oficiales PNP en la

    modalidad regular, reciben educacin durante CINCO (5) aos o DIEZ (10) Semestres Acadmicos, divididos en las etapas de Formacin General (I al IV Semestre) y de Formacin Profesional (V al X Semestre), otorgndosele el Despacho de Alfrez PNP y el grado acadmico de Bachiller en Administracin y Ciencias Policiales..

    (2) Los que ingresen a la Escuela de Oficiales PNP en

    la modalidad Egresados Universitarios, reciben Educacin Complementaria durante CUATRO (4) Semestres o DOS (2) aos, otorgndosele el Despacho de Alfrez PNP.

    (3) Los que ingresen a la Escuela de Oficiales PNP en la modalidad de Estudiantes Universitarios del VI Ciclo o Tercer Ao aprobado, reciben educacin durante un perodo de SEIS (6) semestres acadmicos o TRES (3) aos, otorgndosele el Despacho de Alfrez PNP.

    a. Las Escuelas Tcnico Superiores PNP

    (1) El Proceso Regular para Egresados de Educacin

    Secundaria, comprende TRES (3) aos o SEIS (6) Semestres Acadmicos; los DOS (2) primeros semestres o UN (1) ao comprenden la Formacin General y los CUATRO (4) semestres o DOS (2) ltimos aos, a la Formacin Tcnico-Profesional Policial.

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    (2) El proceso educativo para Titulados de Institutos Superiores Tecnolgicos o Pedaggicos, se desarrolla en UN (1) ao calendario o TRES (3) periodos Acadmicos de DIECISIETE (17) semanas cada uno.

    (3) El proceso educativo para Estudiantes Universitarios

    y de Institutos Superiores Tecnolgicos o Pedaggicos, se lleva a cabo en UN (1) ao y medio o CUATRO (4) periodos Acadmicos de DIECISIETE (17) semanas cada uno.

    (4) Las Escuelas de Formacin realizan Programas de

    Educacin a Distancia, cuando lo disponga la Superioridad, para atender la Seguridad Ciudadana, formulndose Planes Acadmicos de carcter Extraordinarios.

    (5) Las Escuelas Tcnico Superiores organizan el

    Proceso de Prcticas Tcnico-Profesionales segn el Plan Curricular y el Plan de Prcticas correspondiente en concordancia con lo aprobado por la Subdireccin Acadmica de la DIREDUD-PNP en concordancia con la ley General de Educacin.

    b. La Subdireccin Acadmica de cada Escuela a travs de su

    Departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica, adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento del Plan Curricular.

    c. Las Escuelas de Formacin realizarn sus actividades

    acadmicas sin interrupciones, excepto los perodos vacacionales contemplados en el Plan Curricular, a fin de garantizar el normal desarrollo de los procesos educativos, salvo acontecimientos de trascendencia, para lo cual la DIREDUD coordinar con el Comando Institucional para limitar la concurrencia de los Cadetes y/o Alumnos a ceremonias, comisiones y otros.

    d. Las actividades educativas complementarias y extracurriculares

    como Cursillos de Capacitacin, Visitas de Instruccin en unidades especializadas y otras similares sern aprobados por la DIREDUD a propuesta de la Direccin de la Escuela juntamente con el Plan de Estudios con la Resolucin Directoral, por lo que estn sujetas a evaluacin y constituyen prerrequisitos para aprobar el semestre acadmico. El Cadete o Alumno desaprobado en una de estas actividades educativas

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    ser separado del proceso de formacin por deficiencia acadmica.

    e. La Subdireccin Acadmica de cada Escuela de Formacin,

    designar por cada asignatura un Coordinador o Jefe de Asignatura, el mismo que en coordinacin con el Departamento de Supervisin y Evaluacin Acadmica (DSEA), velarn por la adecuada ejecucin de los contenidos educativos.

    f. Los cadetes o alumnos que se reincorporen por resolucin

    judicial o resolucin administrativa lo harn en el semestre en el cual hayan interrumpido su periodo de formacin policial, siendo requisito indispensable que sean sometidos a un examen fsico y mdico para determinar su aptitud mdica y fsica y poder reincorporarse la EO-PNP y ETS-PNP

    g. Estos tendrn la oportunidad de reincorporarse al semestre

    que les corresponde en caso de no haber acabado satisfactoriamente el mismo, para lo cual se le otorgara 30 das desde la fecha de incorporacin para la rendicin de exmenes extraordinarios previa entrega de slabos y cronograma respectivo formulndose el acta respectiva o caso contrario previa solicitud escrita con firma legalizada notarialmente pedir su reincorporacin al ao siguiente al semestre en que se suspendi su periodo de formacin.

    h. En caso de resultar desaprobado hasta en dos asignaturas

    sern sometidos a un examen sustitutorio en el plazo de 7 das, de resultar desaprobados en una asignatura luego de rendir el examen sustitutorio, sern separados de la EO-PNP o ETS-PNP por DEFICIENCIA ACADEMICA.

    i. Aquellos cadetes o alumnos que al rendir los Exmenes

    parciales hayan resultado desaprobados en UNA asignatura, sern sometidos a un Ciclo de Reforzamiento Acadmico dirigido a que estos se dediquen a estudiar y afianzar sus conocimientos en la asignatura cuyo rendimiento es BAJO,( BRAC) a realizarse los das sbados de 14:00 a 18:00 bajo la supervisin y control del Servicio de Da.

    j. Aquellos cadetes o alumnos que al rendir los Exmenes

    parciales hayan resultado desaprobados en DOS o ms asignaturas, sern sometidos a un Ciclo de Reforzamiento

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    Acadmico dirigido a que estos se dediquen a estudiar y afianzar sus conocimientos en las asignaturas cuyo rendimiento es DEFICIENTE, (DRAC) a realizarse los das sbados de 14:00 a 18:00 y los Domingos de 08:00 a 12:00 bajo la supervisin y control del Servicio de Da.

    k. Es obligacin de la cadete y alumna que resultase embarazada durante el proceso de formacin policial, informar de su estado de gestacin a la Escuela respectiva, quedando sujeta al procedimiento especial de suspensin de actividades acadmicas.

    l. Verificado el estado de gestacin mediante Informe Mdico de la Sanidad PNP, la Escuela expedir la respectiva Orden de Suspensin de Actividades Acadmicas en forma inmediata.

    m. La Orden de Suspensin de Actividades Acadmicas tendr vigencia no mayor de 2 aos, la que se emitir por periodos: 1er. periodo 1 ao, 2do. periodo 6 meses y 3er. Periodo 6 meses, debiendo la Direccin de la Escuela respectiva emitir Resolucin Directoral regularizando su situacin administrativa.

    n. Expedida la Orden de Suspensin de Actividades Acadmicas,

    la Cadete o Alumna ser entregada a su padre o apoderado, formulndose con carcter regular las Actas siguientes: Recepcin de prendas policiales, armamento, municin, enseres, documentacin, entrega de la Cadete o Alumna y otras que fueran necesarias.

    o. Encontrndose en proceso de suspensin de actividades

    acadmicas, la cadete o alumna continua sujeta a las disposiciones del rgimen administrativo y disciplinario de la Escuela de Formacin, teniendo la obligacin de pasar Lista de Revista Mensual los primeros das de cada mes, requisito necesario para el abono de su propina, sin perjuicio de efectuar la investigacin necesaria al respecto.

    p. Verificado el cumplimiento del periodo de suspensin de

    actividades acadmicas, la cadete o alumna podr solicitar por escrito su reincorporacin a la respectiva Escuela de Formacin, sometindose previamente a las siguientes evaluaciones en

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    forma satisfactoria: aptitud mdica, psicolgica, aptitud fsica y aptitud acadmica.

    q. El plazo mximo para solicitar la reincorporacin a la respectiva

    Escuela de Formacin es de siete (07) das naturales improrrogables. Si dentro del referido plazo la cadete o alumna no solicita su reincorporacin, se le renovar automticamente un nuevo periodo de suspensin de actividades acadmicas; salvo que se tratare del ltimo periodo, en cuyo supuesto ser separada definitivamente de la respectiva Escuela de Formacin, entendindose dicha separacin a su solicitud.

    r. Cumplido el plazo y aprobadas las evaluaciones indicadas en el

    numeral p, la cadete o alumna podr ser reincorporada a la respectiva Escuela de Formacin, asumiendo los gastos que irrogue su proceso de formacin, suscribindose el documento contractual correspondiente. Ser reincorporada al Semestre Acadmico en el que interrumpi su proceso de formacin, incluyndola en la nueva promocin que cursa dicho semestre acadmico.

    C. PERIODO DE ADAPTACIN

    1. Concepto Periodo en el que se proporciona al Cadete o Alumno de reciente ingreso, informacin y conocimientos bsicos sobre los Regmenes Acadmico, Disciplinario y Administrativo de la respectiva Escuela, inherentes al inicio de su Proceso de Formacin Policial, mediante el desarrollo de un conjunto de actividades de instruccin, psicolgicas, axiolgicas y deportivas, que permitan facilitarles la adecuacin a su nuevo Status, a travs del desarrollo de sentimientos de pertenencia e identificacin institucional. Tiene una duracin de (30) das para Cadetes y Alumnos.

    2. Competencia Las subdirecciones Acadmicas de cada Escuela, son las encargadas de dar cumplimiento al Plan de adaptacin que elabore la Subdireccin Acadmica de la DIREDUD-PNP el cual deber estar concordado con las diferentes tareas y aspectos precisados en el Numeral 3 literal b del siguiente tem.

  • 20

    3. Procedimiento

    (a) Las Subdireccin Acadmica de la EO-PNP y las ETS-PNP a nivel nacional ejecutaran el Plan de Adaptacin considerando los aspectos necesarios sobre el funcionamiento de la Escuela y la adaptacin psicolgica al Rgimen Interno de las Escuelas de Formacin de la PNP.

    (b) Para el desarrollo de los diferentes aspectos de instruccin en la

    etapa de adaptacin de los Cadetes o Alumnos PNP de reciente ingreso a los Centro de Formacin Policial, cumplirn las diferentes tareas:

    Instruccin Policial.- El mismo que estar a cargo del Jefe de Regimiento de Cadetes o Alumnos PNP, el jefe de compaa y Monitores de las diferentes secciones, los que debern realizar las labores de enseanza referente a los aspectos de movimientos a pie firme, marcha, presentacin y otros.

    Adaptacin Psicolgica.- Estar a cargo del Jefe del Departamento Psicopedaggico y/o Hospital SPNP y/o la Posta Medica de Salud del lugar de las ETS-PNP, en coordinacin con personal profesional policial de la especialidad, los mismos que debern ofrecer charlas de orientacin psicolgica, moralidad, comportamiento y otros.

    Motivacin Institucional.- Estar a cargo del Jefe de Regimiento de Cadetes o Alumnos PNP de la ETS-PNP., quien brindara charlas de voluntad, entusiasmo, mstica institucional conforme a nuestro lema DIOS - PATRIA - LEY.

    Historia de la PNP.- El mismo que estar a cargo de la Subdireccin Acadmica de la EO-PNP o ETS-PNP, que permitir a los Cadetes o Alumnos PNP internalizar y conocer la el pasado, presente y futuro de nuestra institucin, que les permitir consolidar su vocacin profesional policial.

    Manual de Rgimen de Educacin.- El mismo que estar a cargo de la Sub Direccin Acadmica de la EO-PNP o ETS-PNP, el mismo que orientara a los Cadetes o Alumnos PNP sobre tpicos relacionados al rgimen acadmico, disciplinario y administrativo.

    Formacin Moral y Espiritual.- Estar a cargo del Jefe de Administracin de la EO-PNP o ETS-PNP, quien coordinara con el capelln de la PNP y/o con el Prroco del distrito donde esta ubicado las ETS-PNP, a fin de que impartan charlas y organicen reuniones espirituales (misas) con los Cadetes o Alumnos del Centro de Formacin.

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    Charlas Referentes a Sexualidad, enfermedades infecto contagiosas, higiene y salud.- Estar a cargo del personal del policlnico o Posta Mdica de Salud de la PNP, quien coordinara con personal especializado, mdicos del Hospital Central PNP o Centros de Salud segn la ubicacin de los Centros de Formacin PNP.

    Mtodos y Tcnicas de Estudio.- A cargo de los Departamentos Psicopedaggicos de los Centros de Formacin de la PNP, quien deber orientar sobre los aspectos y/o lineamientos que rigen el buen rendimiento acadmico del Alumno Polica.

    Actividades Deportivas y Recreativas.- Corresponde al Jefe de los Departamentos de Educacin Fsica, Deportes y Recreacin de los Centros de Formacin PNP, quien deber orientar al Cadete o Alumno Polica, sobre aspectos de ejercitacin psicofsico, conocimientos de las estructura corporal, participacin en actividades recreativas, deportivas y de esparcimiento.

    (c) Dicho plan deber contener los siguientes anexos:

    (1) Cronograma General de Actividades. (2) Cronograma detallado de las actividades a desarrollar por

    los Departamentos Psicopedaggicos. (3) Cronograma detallado de las actividades a desarrollar por las

    Secciones de Educacin Fsica.

    (d) La SDIACA de cada Escuela, al finalizar el Proceso de Adaptacin, formula un Informe de Evaluacin, en el que consigna los logros, limitaciones y recomendaciones para optimizar los objetivos y fines de esta actividad acadmica.

    (e) Para la formulacin del Cronograma General de Actividades del

    Plan de Adaptacin, se considera aquellas referidas al desarrollo acadmico y administrativo de la Escuela, la Instruccin Policial, reforzamiento psicolgico, espiritual, axiolgico y actividades deportivas.

    (f) Durante este periodo los Cadetes o Alumnos que incurran en

    infracciones disciplinarias establecidas en el presente Manual, no sern objeto de descuento para el cmputo de su conducta.

    D. METODOLOGA DE LA ENSEANZA

    1. La metodologa de la enseanza en las Escuelas de Formacin de la PNP se orienta a la interaccin permanente Docente-Educando enmarcada en la cultura participativa y el trabajo en equipo, promueve la investigacin permanente y la exposicin de los conocimientos

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    adquiridos, posibilita el desarrollo del pensamiento lgico, analtico, crtico y reflexivo.

    2. La Escuela de Oficiales PNP sujetar sus semestres acadmicos a la duracin de 17 semanas, debiendo estudiarse 2 semestres por ao que hace un total de 34 semanas o 2 semestres anuales conforme lo establece la Ley Universitaria Nro 27333 e igual procedimiento seguirn las Escuelas de Formacin de Suboficiales que se adecuaran y regirn a la Ley General de Educacin.

    3. Los contenidos de las asignaturas se imparten con procedimientos

    didcticos eminentemente objetivos de la Educacin Superior, propiciando el proceso Enseanza - Aprendizaje, enmarcado en los cuatro pilares de la Educacin: Aprender a Conocer (slido desarrollo cognoscitivo holstico), Aprender a Ser (calidad personal, creatividad, proactividad), Aprender a Hacer (desarrollo de habilidades, destrezas, potencialidades); Aprender a Convivir (educacin en valores, cultura participativa, trabajo en equipo).

    4. De acuerdo a la naturaleza de las asignaturas y las exigencias de la

    Educacin Siglo XXI, las Escuelas de Formacin enmarcan sus procedimientos metodolgicos en la concepcin constructivista y el aprendizaje significativo, empleando los mtodos siguientes:

    a. Clase Magistral b. Mtodo de Anlisis e Interpretacin de Textos. c. Mtodo de Estudio de Casos. d. Mtodo de Laboratorio. e. Mtodo de Solucin de Problemas. f. Mtodo de Simulacin. g. Tecnologa Educativa Sistemtica. h. El Mtodo de Volney Faw i. Modelos de Diseo j. Tcnicas de Dinmica Grupal:

    (1) Perspectivas dinmicas de los procesos de enseanza. (2) Los elementos bsicos de la dinmica grupal. (3) El Phillips 66. (4) El Simposio. (5) El Panel. (6) La Mesa Redonda. (7) El Foro. (8) El Desempeo de Roles. (9) El Seminario.

    k. Metodologa del Estudio Dirigido.

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    5. El Docente, emplear preferentemente aulas-laboratorios, gabinetes de aplicacin prctica o lugares adecuados de entrenamiento, as como tcnicas e instrumentos apropiados para dinamizar sus clases, tales como: a. Mapas Conceptuales b. Mapas Semnticos c. Crucigramas d. Situaciones de experiencias directas, individual o grupal e. Manipulacin de material concreto f. Refuerzo de la nocin adquirida g. Resolucin de cuestionarios y problemas h. Trabajos de investigacin bibliogrfica i. Trabajos de aplicacin prctica.

    6. El Docente, orienta su trabajo acadmico intensificando las siguientes actividades intelectuales:

    a. Comparar. b. Resumir. c. Observar. d. Clasificar. e. Interpretar. f. Formular crticas. g. Buscar suposiciones. h. Imaginar. i. Reunir y organizar datos. j. Aplicar hechos y principios a nuevas situaciones. k. Formular hiptesis. l. Tomar decisiones. m. Disear proyectos o hacer investigaciones. n. Codificar

    E. SISTEMA DE EVALUACION

    1. Concepto

    Proceso sistemtico que realizan las Escuelas de Formacin de la PNP, es de carcter integral y se orienta a garantizar la calidad de la enseanza as como el logro de los objetivos educativos.

    2. Competencia

    La sub. Direccin Acadmica de cada Escuela, a travs del Departamento de Supervisin y Evaluacin Acadmica adoptar las acciones necesarias para organizar y ejecutar la evaluacin de los procesos

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    3. Procedimiento

    a. El sistema de evaluacin comprende:

    (1) La valoracin del proceso Enseanza Aprendizaje debe ser objetiva en la apreciacin del rendimiento acadmico de los Cadetes y alumnos, el desempeo profesional del Personal Docente y Administrativo.

    (2) La evaluacin del proceso educativo mediante la

    valoracin de la ejecucin del Plan Curricular y Planes de Estudio del Proceso de Formacin del Oficial y Suboficial de Polica, en todas sus modalidades, Formacin Profesional Policial y Tcnico Superior Policial, Programas de Subsanacin y otros, involucran la ejecucin de los procesos de planificacin, coordinacin y supervisin acadmico administrativa.

    (3) La evaluacin del contexto determina la valoracin

    diagnstica del escenario educativo, medios y materiales, infraestructura, plataforma tecnolgica y otros aspectos coadyuvantes permitiendo gerenciar el proceso educativo.

    b. La Evaluacin del rendimiento acadmico de los Cadetes y

    Alumnos ser permanente e integral, conforme a la programacin del desarrollo de los slabos, los lineamientos metodolgicos establecidos en ellos y a las normas acadmico administrativas expresadas en el presente Manual, adoptndose las decisiones competentes para los casos de falencias tcnico - pedaggicas. Comprende los siguientes aspectos:

    (1) Evaluacin del aprendizaje (2) Evaluacin de competencias (3) Evaluacin de actitudes, habilidades y destrezas. (4) Evaluacin de asistencia y puntualidad.

    c. La evaluacin del desempeo profesional del Personal Docente es integral y se sustenta en su Apreciacin y Calificacin oportuna; comprende los factores siguientes:

    (1) Asistencia y Puntualidad

    (a) Asistencia (b) Puntualidad

    (2) Metodologa de la Enseanza

    (a) Tcnicas de Enseanza

  • 25

    (b) Ayudas Didcticas (c) Plan de Leccin

    (3) Desempeo profesional

    (a) Capacidad como educador (b) Espritu de trabajo y de superacin (c) Iniciativa y colaboracin (d) Actividades acadmicas.

    (4) Condiciones personales

    (a) Personalidad y carcter (b) Relaciones interpersonales (c) Orden y disciplina (d) Identificacin institucional

    (5) Cualidades morales

    (a) Conducta y moralidad (b) Responsabilidad (c) Lealtad

    d. La evaluacin educativa se ejecuta a cargo de profesionales Ad

    Hoc designados por la Sub Direccin Acadmica y la apreciacin valorativa de los Cadetes y Alumnos, a travs de una encuesta con carcter referencial sobre las tcnicas de enseanza, dominio del tema, trato al educando, mantenimiento de la disciplina y otros que garanticen la idoneidad en el ejercicio de la docencia. Se realiza durante el desarrollo del semestre acadmico, capitalizando la calificacin en el proceso de seleccin de la Planta Docente.

    e. La calificacin y evaluacin del personal que cumple funciones

    administrativas en las SDIACAS se realizar al final de cada semestre acadmico, debiendo valorarse factores y criterios de eficiencia, eficacia, competitividad, asertividad, disciplina y otros que avalen la calidad de la gestin educativa.

    f. La evaluacin de los Planes (Curricular y de Estudios) y

    Programas que se ejecuten en las Escuelas de Formacin abarcar los aspectos de planificacin, organizacin, ejecucin, control, y supervisin, cuya apreciacin constituye insumo para subsanar las disfunciones que sean identificadas. Se instrumentaliza al final de cada semestre acadmico.

    g. La evaluacin del contexto se llevar a cabo al final de cada

    semestre acadmico, con criterios de innovacin, modernizacin y capacidad proactiva, a fin de cautelar la optimizacin del gerenciamiento educativo.

  • 26

    4. Evaluacin del aprendizaje

    a. La evaluacin del aprendizaje es un proceso permanente e integral, que se objetiviza mediante la aplicacin de exmenes escritos, orales, trabajos aplicativos y la participacin durante las sesiones acadmicas, comprende las siguientes modalidades:

    (1) Evaluacin diagnstica o de entrada. (2) Evaluacin formativa interactiva, en relacin con la

    participacin activa del Cadete o Alumno en el aula. El promedio de las intervenciones orales constituye nota de Examen Oral.

    (3) Evaluacin formativa o de proceso, para comprobar el

    rendimiento acadmico, pronosticar posibilidades de desarrollo y reorientar la metodologa, compromete la realizacin de talleres, exposiciones, dos exmenes escritos parciales y un trabajo de investigacin monogrfica en concordancia con la naturaleza de la asignatura.

    (4) Evaluacin sumativa orientada a comprobar el nivel de

    desarrollo cognoscitivo, reflexivo y del pensamiento lgico y crtico, para lo cual se aplica un examen final.

    b. Los exmenes parciales son ejecutados por el Docente de la

    asignatura en la 8 y 13 semana, conforme especifica los slabos; al finalizar el semestre acadmico en la 17 semana la Sub Direccin Acadmica desarrolla los exmenes finales, recibiendo de los Docentes coordinadores de cada asignatura, el banco de CIEN (100) preguntas o (5) pruebas desarrolladas, pudiendo ser estructuradas en: Grupo verdadero falso; Grupo interrelacin de materias; Grupo eleccin mltiple y Grupo desarrollo, de las cuales se dispone la elaboracin de TRES (3) exmenes, de entre el que es elegido al azar, el examen que se administra en la modalidad de Prueba nica, a fin de garantizar el carcter de uniformidad de la evaluacin de los contenidos curriculares.

    c. Los Exmenes Parciales y Finales se enmarcan en los modelos

    de Prueba Objetiva y de desarrollo, as como situacin problema en las que priman el empleo de la capacidad reflexiva, la correlacin de criterios, anlisis y pensamiento lgico. Son de aplicacin en asignaturas cuya naturaleza terica doctrinaria lo faculta.

    d. Las asignaturas de carcter eminentemente prctico son

    evaluadas en forma objetiva a travs de la valoracin de la

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    participacin de los Cadetes o Alumnos en los talleres y prcticas calificadas as como en los exmenes finales para comprobar el aprendizaje de los contenidos. No requiere elaboracin de Trabajos Monogrficos.

    e. Los exmenes son programados con una duracin de cuarenta y

    cinco (45) minutos como mnimo y sesenta (60) minutos como mximo (en casos excepcionales podr extenderse el tiempo de acuerdo a la naturaleza de la asignatura previa coordinacin con la SDIACA); dichos exmenes sern entregados al Departamento de Supervisin y Evaluacin del SDIACA de la respectiva Escuela, con setenta y dos (72) horas de anticipacin a la fecha fijada en el rol de exmenes finales. Las Hojas con los patrones de Respuestas sern colocadas en lugar visible despus de cada examen.

    f. La prueba ser elaborada bajo los lineamientos tcnico

    pedaggico siguientes: el 60% debern corresponder a preguntas objetivas (Verdadero-Falso, Eleccin Mltiples, Interrelacin de Materias, Completamiento), el 20% a preguntas de desarrollo y el otro 20% a preguntas de situacin problema.

    g. Los Docentes, debern encontrarse obligatoriamente al inicio del

    examen final de su asignatura, para aclarar cualquier consulta relacionada con el tema; exigiendo que el Cadete o Alumno formule la pregunta de pie y en voz alta, debiendo hacer la aclaracin respectiva dirigindose a todos ellos.

    h. Al trmino del desarrollo de los exmenes finales, estos sern

    codificados por los Oficiales de Control y entregados a la SDIACA para su ordenamiento y luego entregados a los respectivos Docentes para la calificacin annima, en la Sala de Profesores. Por ningn motivo lo harn fuera de los ambientes de la Escuela.

    i. En caso que en algunos exmenes parciales o finales de

    cualquier asignatura resulten desaprobados el 50% o ms de Cadetes o Alumnos de una Seccin, la SDIACA dispondr se tome otra prueba, quedando anulada la anterior.

    j. Para la obtencin del Promedio Final de Asignatura, se multiplica

    el promedio parcial de cada factor evaluado por su coeficiente y su sumatoria se divide entre DIEZ (10).

    o La Intervencin Oral tiene coeficiente UNO (1) o Trabajo Aplicativo DOS (2) o Examen Parcial TRES (3)

  • 28

    o Examen Final de semestre (examen SDIACA), coeficiente CUATRO (4).

    k. El Cadete o Alumno que resultara desaprobado hasta en DOS (2)

    asignaturas en un semestre acadmico, deber rendir Examen Sustitutorio en un plazo no mayor de SIETE (7) das, de haber sido notificado. El que resulte desaprobado en TRES (3) o ms asignaturas ser separado de la Escuela de Formacin respectiva por DEFICIENCIA ACADEMICA.

    l. En caso que el Cadete o Alumno resultara desaprobado en una

    (1) asignatura, luego de rendir el examen sustitutorio, ser sometido al Consejo Acadmico y separado de la Escuela de Formacin por DEFICIENCIA ACADEMICA. No se consideran las asignaturas desaprobadas que se dictan a travs de convenios con otras instituciones educativas.

    m. El resultado de los exmenes sustitutorios se consignar en acta

    aparte. La nota del examen sustitutorio slo reemplazar a la Nota del EXAMEN FINAL de la Asignatura desaprobada. Si despus de realizado el procedimiento para obtener el promedio final que resulta de la sumatoria de los calificaciones obtenidas en el Examen Sustitutorio, promedio de los exmenes parciales, trabajo aplicativo y Paso Oral, este resulte desaprobatorio, se elevar el Informe respectivo de la SDIACA, debiendo el Director de Escuela someter a dicho cadete o alumno a Consejo Acadmico como paso previo para su Separacin de la Escuela de Formacin por DEFICIENCIA ACADEMICA. Queda terminantemente prohibido la realizacin de cualquier tipo de examen extraordinario de evaluacin luego del Examen sustitutorio ya que se afecta la calidad y excelencia acadmica que debe caracterizar el proceso de formacin del futuro Polica. En caso el cadete o alumno aprobase la asignatura luego de rendir el examen sustitutorio, se le consignar como Promedio Final la Nota ONCE (11).

    n. El resultado de los exmenes sustitutorios de la Asignatura de

    Educacin Fsica se consignar en acta aparte. La nota del examen sustitutorio slo reemplazar a la Nota del EXAMEN FINAL de la Asignatura desaprobada. Si despus de realizado el procedimiento para obtener el promedio final que resulta de la sumatoria de los calificaciones obtenidas en el Examen Sustitutorio, promedio de los exmenes parciales, este resulte desaprobatorio, se elevar el Informe respectivo de la SDIACA, debiendo el Director de Escuela someter a dicho cadete o alumno a Consejo Acadmico como paso previo para su Separacin de la Escuela de Formacin por DEFICIENCIA ACADEMICA.

  • 29

    o. El Promedio General se calcular en concordancia con las disposiciones establecidas en el Manual de Rgimen de Educacin de las Escuelas de Formacin de la PNP, conforme se precisa :PEP (3) + PO (1) + TA (2) +EF (4) ,

    10 Debiendo entenderse a: PEP (Promedio de Exmenes Parciales),

    PO (Paso Oral), TA (Trabajo de Investigacin Monogrfica), EF (Examen Final=

    p. Los Cadetes o Alumnos que se encuentren en comisin del servicio o de permiso debidamente justificado y no rindan algn examen, al reincorporarse se les notificar y podrn rendir exmenes de rezagados en un plazo no mayor de SIETE (7) das. Si el examen de rezagados corresponde al Examen Final de Semestre, tienen la opcin de rendir un examen sustitutorio, en caso de resultar desaprobados, sujetndose a las mismas prescripciones antes detalladas.

    q. Los Cadetes o Alumnos que por enfermedad o lesin,

    debidamente justificado con Informe Mdico de la Junta de Sanidad PNP se encuentren impedidos de rendir exmenes, al trmino del semestre, tendrn un plazo mximo de treinta (30) das, para rendir dichos exmenes y en caso de no rendirlos o resultar desaprobados, sern sometidos al Consejo Acadmico, aplicndoseles lo prescrito en el presente manual.

    r. Aquellos cadetes o alumnos que transcurridos los (30) das de

    finalizado el semestre y no puedan rendir los exmenes por prescripcin mdica debern ser sometidos a Junta Mdica de Sanidad para determinarse su APTITUD y su inclusin en la Ley Nro 12633 de ser pertinente.

    s. Los Cadetes o Alumnos deben estar informados sobre su

    rendimiento en las distintas asignaturas con sus respectivas pruebas de evaluacin, las cuales firmarn y devolvern a los Docentes correspondientes, pudiendo formular reclamo dentro de las 24 horas siguientes, pasado ese tiempo devendr en EXTEMPORANEO.

    t. Los Cadetes o Alumnos que registren ms del 10% de inasistencia a

    clases tericas y/o prcticas en cada semestre en tres o ms asignaturas, por causas injustificadas, no tendrn derecho a ningn tipo de evaluacin, siendo considerados como desaprobados en la asignatura correspondiente y sern separados de las Escuelas respectivas por DEFICIENCIA ACADMICA.

  • 30

    u. El Cadete o Alumno que resulte desaprobado en programas educativos que administran entidades de nivel superior con las que la PNP registran convenios sern separados automticamente de dicho programa correspondiendo revertir la inversin recibida.

    5. Sistema de calificacin

    a. El sistema de calificacin que emplean las Escuelas de Formacin de la PNP. es concordante con los lineamientos establecidos por la Ley Universitaria y Ley General de la Educacin. Utiliza el sistema vigesimal (de 00.00 a 20.00), siendo la nota aprobatoria mnima ONCE (11.00). Las fracciones de 0.50 o ms son equivalentes a un punto (01.00) para todos los procesos de evaluacin.

    b. La calificacin de la participacin oral del Cadete o Alumno, est

    exenta de subjetivismos enmarcados en los principios ticos morales del calificador.

    c. La calificacin del comportamiento del Cadete o Alumno se realiza

    en concordancia con las normas establecidas en el Rgimen Disciplinario del presente Manual.

    d. Para formular el Cuadro de Mrito, la nota de conducta tiene

    coeficiente DOS (2) y el promedio de las asignaturas coeficiente CINCO (5).

    e. Para formular el Cuadro de Mrito por Semestre y el Cuadro de

    Mrito General de los Cadetes o Alumnos, al finalizar el proceso de formacin respectivo, se considerarn en las mismas condiciones a todos los discentes, sin excepcin.

    f. Para los Cadetes y/o alumnos Becados en Escuelas de

    Formacin del extranjero que concluyan satisfactoriamente sus estudios, conservarn el Orden de Mrito con el cual fueron seleccionados para la beca; exceptundose el Primer Puesto que ser ocupado por el Numero Uno de la respectiva Escuela de Formacin Nacional.

    g. La nota ponderal de cada asignatura, se obtendr de la

    multiplicacin del promedio final por el nmero de crditos de la misma.

    h. El desarrollo de las asignaturas que comprenden los semestres

    de formacin del Cadete y/o Alumno con su respectiva evaluacin y promedio, tendr carcter cancelatorio.

  • 31

    i. La evaluacin del proceso educativo de formacin profesional policial se ceir a los siguientes parmetros:

    (1) La evaluacin de las actividades acadmicas exige la

    utilizacin de tcnicas y/o instrumentos que permitan verificar el logro eficiente de los objetivos educativos establecidos en el respetivo Plan de Estudios, Estructura Curricular y en los Slabos por Asignaturas.

    (2) La evaluacin es permanente e integral, conforme al Plan

    Curricular y compromete a la Planta Orgnica, docentes y Participantes a fin de determinar su efectividad en el logro de los objetivos y metas educativas.

    (3) La evaluacin del Plan Curricular la realizar la DIREDUD-

    PNP a travs de una Comisin Multidisciplinaria.

    (4) La evaluacin del desempeo de los docentes, la efectuar la Divisin Acadmica a travs del Departamento de Planeamiento Educativo, departamento psicopedaggico y departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica en coordinacin con la Direccin, mediante procedimientos establecidos, tales como: Record Docente:

    Control de asistencia Presentacin oportuna de la documentacin Tcnico

    Pedaggica Aplicacin y presentacin oportuna de Pruebas

    Diagnsticas Calificacin oportuna de los Exmenes Parciales Cumplimiento de la calendarizacin Acadmica Coordinacin oportuna del equipo de docentes Supervisin y monitoreo inopinado del desarrollo de

    clases. Encuestas annimas aplicadas a los estudiantes Aplicacin de Pruebas Exploratorias, para verificar la Unidad de enseanza que se trasunta en unidad de Doctrina Informe del Jefe de Evaluacin y Supervisin Acadmica

    (5) Para la evaluacin del aprendizaje de los cadetes o alumnos

    se emplear tcnicas y procedimientos que permitan verificar el logro de los objetivos educativos establecidos, en el respectivo Plan Curricular y slabos de las asignaturas. El proceso de evaluacin estar a cargo de los docentes y el control de los mismos a cargo de la SDIACA.

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    (6) La ejecucin de los exmenes escritos parciales y finales, ser de la siguiente manera:

    (6.1) Aplicacin de examen nico, para cada asignatura, y

    por excepcin, podr ser por aulas y segn lo desarrollado por el docente, cuando situaciones excepcionales hayan impedido el normal desarrollo de las actividades acadmicas, lo cual ser determinado por el SDIACA con autorizacin previa de la Direccin de cada Escuela.

    (6.2) Para efectos de identificacin de las pruebas, esta se

    realizar mediante la asignacin de una clave secreta proporcionada al cadete o alumno PNP por la SDIACA de las Escuelas de formacin PNP.

    (7) En caso de impedimento por fuerza mayor, el docente de la

    asignatura que no pudiera asistir para la calificacin de su examen, la Divisin Acadmica designar a otro docente de una asignatura afn, para su calificacin.

    (8) Los Factores de Evaluacin de los Participantes son los

    siguientes:

    (8.1) Factor Rendimiento Acadmico (8.2) Factor Comportamiento y Asistencia

    (9) El Factor Rendimiento Acadmico que se evala a los

    cadetes o alumnos en cada asignatura, comprende los siguientes criterios:

    (9.1) Prueba de entrada (con valor referencial - slo para

    el docente) (9.2) Intervenciones orales (mnimo una - mximo seis) (9.3) Trabajo Aplicativo Individual (TAI) (9.4) Primer Examen escrito Parcial (9.5) Segundo Examen escrito Parcial (9.6) Examen Escrito Final de Semestres. Salvo la asignatura de educacin fsica en que en concordancia con su naturaleza eminentemente prctica y la sumilla y objetivos de dichos slabos en que no se considerar como factores de evaluacin las intervenciones orales ni Trabajo Individual ni Grupal.

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    (10) La nota mnima aprobatoria para cada asignatura es ONCE (11) considerndose el 0.5 como 1.0 a favor del cadete o alumno.

    V. DISPOSICIONES ESPECFICAS

    A. DEL FACTOR RENDIMIENTO ACADMICO

    1. APLICACIN DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIN a. Prueba de Entrada

    Es una prueba escrita de diagnstico que sirve para medir el grado de conocimientos previos que tiene el cadete o alumno sobre determinada asignatura y/o tema, debiendo ser evaluada por el docente y servir como referencia para adecuar sus estrategias de aprendizaje-enseanza.

    b. Intervenciones en Orales (1) Este criterio de evaluacin se aplica al inicio, durante

    y/o al final del desarrollo de cada clase, para verificar la comprensin de las clases anteriores y de la actual, tambin permite promover la participacin activa del Cadete o Alumno.

    (2) El docente preguntar en clase al Cadete y/o

    Alumno, calificando y consignando la nota obtenida (en nmeros) en la respectiva hoja de evaluacin del registro de notas, debiendo tener cada cadete o Alumno como mnimo una y mximo seis notas, durante el desarrollo de la asignatura a su cargo.

    (3) Las Intervenciones en Clase sern calificadas de

    CERO (0.00) a VEINTE (20.00).

    c. Exmenes Escritos (1) Son pruebas escritas programadas por la SDIACA y

    el Docente de cada asignatura, se ejecutan cuando se ha arribado a la octava semana y dcimo tercera semana de desarrollo de los contenidos temticos de los slabos de las asignaturas, as como al final del semestre, en la dcimo sptima semana. Los Exmenes Parciales se desarrollarn con suspensin de clases, su duracin no ser mayor de 60 minutos y no menor de 45 minutos.

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    (2) Por su nivel universitario o tcnico, las preguntas deben formularse de modo que puedan evaluar el conocimiento razonado y analtico del cadete o alumno, debindose determinar si la naturaleza de la asignatura amerita una prueba objetiva; situacin problema o mixta, mtodo de solucin de casos, evitando en lo posible aspectos subjetivos, memorsticos o repetitivos.

    (3) El Docente entregar el patrn de respuestas a la

    SDIACA al trmino del examen, a fin que sea publicado para conocimiento de los cadetes o alumnos.

    (4) La calificacin de las pruebas parciales y de fin de

    semestre se efectuar inmediatamente despus del examen en la Sala de Profesores, en forma annima para exmenes semestrales, siendo la calificacin de CERO (00.00) A VEINTE (20.00) .

    (5) El Departamento de Evaluacin y Supervisin

    Acadmica SDIACA, har conocer el resultado del examen semestral y el cadete o alumno podr presentar su Hoja de Reclamo (fundamentado) inmediatamente despus de haber firmado el enterado de las notas de sus exmenes.

    (6) A los cadetes y/o alumnos que incurran en

    irregularidades durante el desarrollo de los exmenes parciales o de fin de semestre (ejemplo : copiando, conversando o dejando que se copien de su prueba , o de cualquier otra forma fraudulenta ) se les impondr la nota de CERO (00.00) sin perjuicio de adoptarse las medidas disciplinarias correspondientes, previa formulacin del Acta respectiva.

    d. Trabajo Aplicativo Individual (TAI)

    (1) Es la asignacin de tareas de naturaleza analtica, crtica, reflexiva y de investigacin, relacionadas con temas del Slabo de la asignatura correspondiente y que por su importancia y trascendencia se hace necesario que los Cadetes o alumnos amplen sus conocimientos mediante una investigacin bibliogrfica que permita un adecuado anlisis crtico, o aplicacin de la Teora a la prctica de

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    acuerdo a la naturaleza de la asignatura y trascendencia e importancia en la profesin policial.

    (2) El Trabajo Aplicativo Individual ser de aplicacin

    obligatoria para todos los cadetes o alumnos, ser desarrollado en forma personal y lo asignar el docente los primeros das de clases a travs de la Instruccin Acadmica.

    (3) La entrega y presentacin ser de acuerdo a las

    formalidades propuestas por la SDIACA quien determinar los criterios estructurales y tcnicos que el caso requiera.

    (4) Ser evaluado por el Docente y devuelto al SDIACA,

    para el registro correspondiente, el plazo para su entrega ser antes de los Exmenes Parciales y se har por duplicado (original para la SDIACA y la copia para su devolucin al cadete y/o alumno) cada participante debe tener obligatoriamente esta nota durante el semestre acadmico. Su calificacin ser de CERO (00.00) a VEINTE (20.00).

    (5) El cadete y/o alumno que no cumpla con entregar en

    el plazo fijado se le aplicar la nota CERO (00.00) para lo cual los docentes informarn por escrito al departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica-SDIACA sobre los cadetes o alumnos que no cumplan con entregar dichos trabajos para adopcin de dicha medida, previa formulacin del acta respectiva.

    e. Trabajo Aplicativo Grupal (TAG)

    (1) El Trabajo Aplicativo Grupal por la amplitud y profundidad del tema a desarrollar deber estar orientado a apreciar la capacidad de investigacin analtico-crtica y la habilidad que tiene el cadete o alumno para aplicar sus conocimientos, planteando alternativas de solucin a la problemtica policial, desde la perspectiva misma de la asignatura, el cual ser expuesto por los integrantes del grupo en el aula.

    (2) El tema ser asignado por cada docente, los

    primeros das de clases a travs de la respectiva Instruccin Acadmica, considerando que los

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    contenidos de los trabajos grupales, deber reunir los requisitos de originalidad, objetividad, profundidad y trascendencia institucional.

    (3) Los trabajos se desarrollarn en grupo, debiendo

    previamente los cadetes o alumnos se organizaran en Equipos de Trabajo integrados por cinco o seis participantes en forma proporcional.

    (4) La evaluacin de estos trabajos aplicativos se

    efectuar con la elaboracin del trabajo en forma grupal y la sustentacin del estudiante en forma individual.

    (5) Para la nota de elaboracin del trabajo en forma

    grupal, se aplicar el aspecto formal de la presentacin y el contenido indicado por el docente.

    f. Exmenes Finales (EF)

    (1) Son pruebas escritas que se aplican cuando se ha concluido el semestre acadmico, que se desarrollarn en la dcimo sptima semana de clases

    (2) Su ejecucin demanda la suspensin de clases de

    acuerdo a la programacin de la SDIACA se realiza a razn de dos o tres asignaturas por da que incluir todo el contenido temtico.

    (3) Su duracin no podr ser mayor de NOVENTA (90)

    minutos ni menor de SESENTA (60) minutos.

    (4) Siendo los criterios de la enseanza uniformes, la evaluacin de los exmenes finales en cada semestre acadmico ser bajo la modalidad de PRUEBA NICA, para lo cual los docentes COORDINADORES se reunirn previamente antes del examen programado con sus similares en cada asignatura, a fin de la elaborar la prueba nica que ser sustentada en bancos de preguntas o cinco pruebas tipo.

    (5) La formulacin, procedimientos de control y entrega

    de la prueba a los docentes, se sujetarn a las mismas prescripciones del Examen Parcial, para lo cual se emitir las disposiciones de detalle.

  • 37

    (6) La calificacin, se efectuar inmediatamente

    despus del examen en la Sala de Profesores, en forma annima, siendo su puntuacin de CERO (00.00) a VEINTE (20.00) luego sern devueltos en el SDIACA.

    (7) A los cadetes o alumnos que incurran en

    irregularidades durante el desarrollo de los exmenes parciales o de fin de semestre (Ejemplo: copiando, conversando o dejando que copien de su prueba etc.) se les impondr la nota CERO (00.00) sin perjuicio de adoptarse las medidas disciplinarias, previa formulacin de las Actas respetivas.

    2. APLICACIN DE COEFICIENTES A LOS CRITERIOS DE EVALUACIN

    a. Los calificativos obtenidos en cada uno de los criterios de

    evaluacin, estn sujetos a coeficientes que se determinan en el presente manual.

    b. Del procesamiento de los mismos para cada una de las

    asignaturas, resultar el promedio final de la misma, dicho proceso es responsabilidad de la SDIACA.

    3. NOTA FINAL DE LA ASIGNATURA

    La nota final de cada asignatura, estar dada por el promedio aritmtico de los aspectos sealados en los literales anteriores y sujetos al coeficiente, que a continuacin se detalla: a. Intervencin oral : 01 b. Examen Parcial : 03 c. Trabajos Aplicativos : 02 d. Examen Final de Semestre : 04 Salvo en la Asignatura de Educacin Fsica en que debido a su naturaleza eminentemente prctica no se considera ni existen como criterios ni factores de evaluacin el PASO ORAL ni los TRABAJOS APLICATIVOS INDIVIDUALES NI GRUPALES, en concordancia con las sumillas y objetivos previstos por alcanzar en los slabos de dicha asignatura.

  • 38

    4. PROMEDIO FINAL DEL FACTOR RENDIMIENTO ACADMICO

    La nota final del Factor Rendimiento Acadmico se obtiene del promedio aritmtico del total de asignaturas programadas, dividindose entre (10) DIEZ tal como lo establece el numeral O. del Numeral 4 Evaluacin del Aprendizaje del presente documento normativo.

    B. EDUCACION FSICA

    1. Las actividades de entrenamiento fsico se realizarn, con la

    finalidad que los cadetes o alumnos, logren y mantengan un estado fsico ptimo para el servicio policial, estando los docentes obligados a preparar a los participantes para las diferentes pruebas fsicas.

    2. Estar a cargo de docentes designados por la SDIACA., quienes dirigirn las instrucciones terico prcticas, a fin que los cadetes o alumnos sean evaluados con la nota respectiva, en concordancia con la tabla Vigente y slabos respectivos.

    3. La Divisin Acadmica, determinar que el cadete y/o alumno que por prescripcin mdica se encuentre impedido fsicamente de realizar la prueba de esfuerzo fsico, ser notificado al final del semestre otorgndole 30 das hbiles al trmino del semestre para que rinda sus exmenes en caso de no rendir la prueba estando APTO FISICAMENTE previo Informe Mdico de Sanidad PNP se le aplicara la NOTA DE CERO 00.00 mediante acta respectiva sin perjuicio de ser sometido a Consejo Acadmico. En caso de no poder rendir dicho examen pese habrsele concedido los 30 das hbiles al trmino del semestre el cadete o alumno ser sometido a la Junta Mdica de Sanidad para determinarse en forma indubitable su APTITUD o NO y de ser el caso incluirlo en la Ley Nro. 12633 o aplicar el procedimiento que corresponda.

    4. Para la evaluacin de las pruebas fsicas la SDIACA nombrar

    una comisin integrada por los Docentes de Educacin Fsica, Departamento de Educacin Fsica y Departamento de Evaluacin y Supervisin Docente, encargada de la ejecucin, supervisin y control de los mismos, formulndose un Acta con el cual se har conocer a los cadetes o alumnos el tiempo y/o registro en dichas pruebas y la nota obtenida, las mismas que podrn ser filmadas.

    5. En caso que por razones debidamente justificadas el cadete o alumno no asista a rendir prueba de esfuerzo fsico, la SDIACA

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    programar una nueva fecha y nombrar la comisin de supervisin y control de la prueba, en caso que el cadete o alumno no se presentase a rendir su prueba en forma injustificada segn Informe del Regimiento de Cadetes o Alumnos, se har merecedor a la NOTA DE CERO (00.00), formulndose el acta respectiva.

    C. FACTOR COMPORTAMIENTO Y ASISTENCIA

    1. Tiene por finalidad asegurar que los Cadetes o alumnos

    durante el desarrollo de las actividades acadmicas cumplan a cabalidad las disposiciones disciplinarias de la Polica Nacional del Per y de la Escuela de formacin, as como mantener una relacin recproca entre los dems cadetes o alumnos, promoviendo sus cualidades personales en cuanto a su asistencia y puntualidad, presentacin y disciplina, as como responsabilidad.

    2. Al iniciar el ao Acadmico, al cadete o alumno se le asigna

    VEINTE (20) puntos, descontndose cada vez que infrinja las normas que establece la Tabla Valorativa consignada en el presente Manual en concordancia con la Ley de Rgimen Disciplinario de la PNP Nro. 29356.

    3. En caso que un cadete o alumno registre una nota de

    Comportamiento y asistencia (conducta) por debajo de TRECE (13) ser sometido al Consejo Disciplinario y separado definitivamente por infraccin disciplinaria, conforme lo establece el art. 80 numeral 28 de la Ley Nro. 29356- Rgimen disciplinario de la PNP.

    4. El Jefe de Regimiento con el concurso de los Jefes de Batalln,

    Compaa y de Seccin sern responsables de la disciplina, asistencia y puntualidad a las actividades acadmicas por parte de los cadetes o alumnos de la PNP.

    5. Cuando el cadete o alumno haya cometido una infraccin grave

    o muy grave, la Seccin de Moral y disciplina del Regimiento de Cadetes o Alumnos instruir la investigacin administrativa disciplinaria y con el IAD correspondiente se someter a consideracin del Consejo Disciplinario en el plazo de ley y emitir su pronunciamiento respecto a las medidas a adoptarse.

    6. Los Docentes debern comunicar al Jefe de la SDIACA, las inasistencias, tardanzas y otras faltas cometidas por los Cadetes o Alumnos durante el desarrollo de la Asignatura, registrndolas como NOVEDADES en el respectivo Registro

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    de Evaluacin y Asistencia, sin perjuicio de informar verbalmente y por escrito a la SDIACA y Subdirector Acadmico los mismos que de acuerdo a su naturaleza sern sancionados aplicndose el Rgimen respectivo, en caso que las infracciones sean graves o muy graves sern sometidas al Consejo Disciplinario para que se pronuncie de acuerdo a su competencia.

    VI. DISPOSICIONES DE COORDINACIN

    A. ACTIVIDAD DOCENTE

    1. Recabarn el Registro de Evaluacin y Asistencia de la asignatura a su cargo del Departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica SDIACA, firmando la hora de ingreso (llegada) y hora de salida de clases (Control de Asistencia y Puntualidad de Docentes) y harn entrega de su Plan de Leccin.

    2. Al inicio del Ao Acadmico se efectuar un diagnstico (prueba de entrada) sobre el nivel de conocimiento de los cadetes o alumnos utilizando las tcnicas respectivas, de cuyo resultado deber informarse por escrito a la SDIACA de las EE.FF

    3. El desarrollo de las asignaturas se realizar de acuerdo al

    horario establecido, en todos los casos de inasistencia, los docentes estn obligados a reponer las horas lectivas no dictadas, para lo cual coordinarn con el Departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica SDIACA, para su respectiva reprogramacin y recuperacin de clases; igual procedimiento se seguir en caso de inasistencia por fuerza mayor o en caso de suspensin de clases por Comisiones del Servicio, caso contrario se le descontara las horas no dictadas y no recuperadas. Y en caso de acumular ms de 10 % inasistencias injustificadas se les resolver el contrato de locacin de servicios de docencia del semestre y se tomar como antecedente para su no contratacin en el futuro.

    4. Consignarn en el Registro de Evaluacin y Asistencia la

    ausencia de los cadetes o alumnos en cada clase desarrollada, coordinando para tal fin con el Brigadier y dando cuenta al SDIACA para los descuentos y acciones disciplinarias pertinentes.

    5. Desarrollarn las unidades acadmicas de acuerdo a los

    slabos establecidos y disposiciones de la SDIACA de las EE.FF

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    6. Presentarn TRES (03) propuestas de pruebas escritas

    (alternativa A, B, C) para los Exmenes Parciales o Bancos de Preguntas para los exmenes parciales de 50 preguntas y 100 preguntas para los exmenes finales o CINCO (05) propuestas de pruebas escritas finales (alternativa A, B , C, D y E) de acuerdo a los objetivos establecidos en cada una de las unidades acadmicas del slabo con la anticipacin que les sea requerido por la SDIACA, previo sorteo se decidir la aplicacin de los exmenes propuestos o de formular los exmenes de acuerdo a los contenidos temticos del slabo de las Asignaturas respectivas y bancos de preguntas alcanzados en forma aleatoria.

    7. Entregarn los Trabajos Aplicativos debidamente calificados,

    registrando las notas en nmeros y letras, consignando su firma y post firma correspondiente.

    8. Consignarn de su puo y letra en los Registros de Evaluacin

    y Asistencia las calificaciones con bolgrafo de tinta negra para las notas aprobatorias y bolgrafo de tinta roja para las desaprobatorias y suscribirn los mismos en seal de conformidad del proceso de evaluacin y calificacin de los cadetes o alumnos.

    9. Elaborarn separatas sobre los contenidos que son

    sustanciales para el desarrollo de la Asignatura, las mismas que deben ser actualizadas y coordinadas (docentes de las mismas asignaturas) conforme lo requiere el avance de la ciencia y tecnologa.

    10. Los docentes que observen conducta disfuncional

    (incumplimiento a las normas legales y/o administrativas) o incurran en actos contrarios a la tica profesional, sern separados de su actividad docente, de conformidad a lo prescrito en el Manual del Docente del Sistema Educativo de la PNP sin perjuicio de establecerse la responsabilidad disciplinaria y penal que el caso amerite.

    11. Los docentes podrn presentar las propuestas de mejora e

    innovacin de los slabos de la Asignatura cuya conduccin se les encargue en un plazo de (7) das hbiles del inicio del ao acadmico o semestre a la SDIACA con el informe sustentatorio respectivo a travs del Docente Coordinador, estando estos sujetos a la revisin y correccin de dicha dependencia policial.

  • 42

    B. RESULTADO DE EXMENES Y RECLAMOS

    1. De acuerdo al rol de exmenes, las pruebas escritas inmediatamente despus de ser administradas, sern calificadas preferentemente en la Sala de Profesores de la SDIACA, en todo caso sern devueltas inmediatamente despus de su calificacin.

    2. La SDIACA, por intermedio del Departamento de Evaluacin y

    Supervisin tendr a su cargo la identificacin de los exmenes parciales y finales, a fin de registrar oportunamente los resultados en la Hoja de Evaluacin de los correspondientes Registros. Asimismo, obligatoriamente se har conocer a los cadetes el resultado de sus exmenes, quienes despus de revisarlos y tomar conocimiento procedern a su devolucin, previa firma y post-firma, los mismos que formarn parte del archivo del Departamento en mencin.

    3. El cadete y/o alumno que no estuviese conforme con su nota

    obtenida, presentar al Dpto. de Evaluacin y Supervisin Acadmica SDIACA, la Hoja de Reclamo dentro de las 24 horas de haber tenido conocimiento, la misma que ser presentada, debidamente sustentada y/o fundamentada, especificando la pregunta o preguntas motivo del reclamo que justifique su revisin para una nueva calificacin, las Hojas de Reclamo presentadas despus del tiempo antes sealado sern declaradas improcedentes por extemporneas.

    4. El SDIACA, tramitar dicho reclamo entregndolo al docente en

    sobre cerrado, a fin que dentro de las 24 Hrs. como mximo proceda a absolverla. En caso sea absuelto favorablemente o desfavorablemente, se proceder a la rectificacin o no de la nota, para cuyo efecto en la Hoja de Reclamo de puo y letra del docente, se especificar la nota final en forma numrica y en letras; adicionalmente, en la prueba motivo de reclamo, se colocar la nueva nota numricamente y en letras, firmando al costado el docente en seal de conformidad de dicho acto.

    5. El resultado de los reclamos se har conocer a los Cadetes y/o

    Alumnos quienes firmarn el enterado correspondiente de su nota consignando su firma, post firma, impresin digital y fecha de notificacin, la decisin del docente quedar firme, respetndose su autonoma, idoneidad, criterio y libertad de ctedra.

    6. A los Cadetes y/o Alumnos que incurran en irregularidades

    durante el desarrollo de los exmenes (Ejemplo: copiando,

  • 43

    conversando o dejando que copien de su prueba) se les impondr la nota de CERO (00.00) sin perjuicio de adoptarse las medidas disciplinarias correspondientes.

    C. INASISTENCIA A LOS EXMENES

    1. El Cadete y/o Alumno que por algn motivo justificado (enfermedad u otra causa de fuerza mayor) deje de rendir alguna prueba (Examen Parcial o Examen Final) mediante solicitud formulada dentro de las 24 Hrs. y dirigida al SDIACA, tramitada por la Jefatura de Regimiento, solicitar ser evaluado por los motivos de su inasistencia y/o adjuntando los documentos probatorios sobre el particular.

    2. El Jefe de Regimiento determinar la veracidad de los hechos

    y har conocer a la SDIACA, para que en coordinacin con el docente de la asignatura se formule y establezca fecha y hora del examen.

    3. Cuando la causal es injustificada y/o la solicitud de evaluacin

    se presenta fuera del plazo fijado, previa opinin del SDIACA, no habr reprogramacin de evaluacin, imponiendo la SDIACA en este caso la nota CERO (00.00), previa formulacin del Acta respectiva.

    D. DEL CUADRO DE MRITO

    1. Al finalizar el Semestre, ao de estudios y Proceso de Formacin-educacional policial, la SDIACA, se encargar del procesamiento de las notas que recibir al trmino del semestre acadmico, ao de estudios y proceso de formacin educacin policial debiendo efectuar asimismo el control de calidad que sean necesarias y guardando la seguridad y la reserva del caso con la finalidad de que el Departamento de Evaluacin y Supervisin Acadmica, proceda a publicar el Cuadro de mrito respectivo.

    2. En la formulacin del Cuadro de Meritos se tendr en cuenta el

    promedio aritmtico de las notas obtenidas en cada uno de los factores de evaluacin, cuya resultante tendr los coeficientes siguientes:

    a. Factor Rendimiento Acadmico : (5) b. Factor Comportamiento y Asistencia : (2)

    3. El promedio general estar constituido por la sumatoria del

    puntaje final de los factores de evaluacin dividido entre siete (07).

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    (a) La evaluacin de competencias

    Es el proceso permanente que se realiza para determinar el nivel de aprehensin de habilidades, destreza, potencialidades. Est a cargo del Docente de Aula y de los profesionales que laboran en el Departamento Psicopedaggico.

    (b) La evaluacin de actitudes

    Consiste en la observacin individual y permanente del comportamiento del Cadete o Alumno durante su proceso de formacin policial. Ser calificado peridicamente, de acuerdo a las normas establecidas en el Rgimen Disciplinario del presente Manual.

    E. PRACTICAS PRE- PROFESIONALES

    1. Concepto

    Etapa del proceso de formacin del Cadete o Alumno, que se realiza con el objetivo de afianzar los conocimientos tericos impartidos durante su proceso de formacin sobre los diferentes servicios que presta la institucin, conociendo en la prctica los procedimientos operativos y administrativos, consolidando su formacin profesional como futuros Oficiales y Suboficiales PNP.

    2. Procedimientos

    Las Escuelas de Formacin establecen las prcticas pre-profesionales de conformidad a sus Planes Curriculares.

    La Evaluacin de las Prcticas respectivas estarn a cargo de la SDIACA de cada Escuela, para lo cual formular el Plan de Prcticas correspondiente observando las disposiciones de Comando y las normas legales correspondientes.

    El Plan de Prcticas se enmarca en la siguiente estructura metodolgica:

    (a) Organizacin (b) Situacin (c) Misin (d) Ejecucin

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    (1) Concepto de la operacin (2) Desarrollo de las prcticas

    1 Etapa de ambientacin 2 Etapa aplicativa

    (e) Tareas especficas (1) De las unidades de prcticas (2) De las escuelas de formacin respectivas

    1Departamento Acadmico 2Regimiento de Cadetes / alumnos 3De los coordinadores de prcticas 4De Jefes de prcticas 5Instrucciones de coordinacin 6De las Gua metodolgica

    (f) Evaluacin de las prcticas (g) Administracin

    (1) Racionamiento (2) Movilidad (3) Uniforme, equipo y otros (4) Evacuacin y hospitalizacin

    (h) Comando y Comunicaciones (i) Disposiciones finales y complementarias

    Ser aprobado para cada proceso educativo por la DIREDUD, mediante Resolucin Directoral. Son evaluados al final de cada semestre acadmico.

    Los Cadetes y Alumnos durante el Perodo de Prcticas, recibirn el importe del racionamiento que les corresponde. La Oficina de Administracin de cada Escuela, por intermedio del rgano respectivo, adoptar las acciones para el cumplimiento de esta disposicin. A las unidades acuarteladas se les girar el importe correspondiente.

    El proceso de evaluacin de las Prcticas se considerar: (1) Evaluacin de la Unidad de Prcticas, que deber evaluar en

    el discente lo siguiente: (a) Aspecto actitudinal (b) Creatividad e iniciativa (c) Organizacin e inters para el trabajo (d) Capacidad de desempeo

    (2) La Hoja de evaluacin Quincenal y Calificacin que debe ser

    formulada por el Oficial Instructor nombrado y visada por el Jefe de la dependencia PNP, por medio del sistema de calificacin vigesimal, segn los aspectos detallados en dicho documento.

  • 46

    (3) La Ficha de Evaluacin calificada por el Oficial Instructor de

    la Escuela respectiva a travs del sistema vigsimal, luego al promediarse ser convertido al sistema vigesimal, en concordancia con los respectivos Planes de Prcticas que regulan el periodo en que se realizan estas evaluaciones as como su modalidad.

    (4) El Informe de Prcticas sea parcial o final, ser evaluado en

    los aspectos de planeamiento metodolgico, objetividad, veracidad, aporte personal, sustentacin y oportunidad de entrega.

    (5) La Nota Final de la Practica Pre -Profesional, es el promedio

    aritmtico de las Notas de: la Hoja de Evaluacin Quincenal y Calificacin formulada por el Oficial Instructor, Fichas de evaluacin calificada por el Oficial Instructor de la Escuela respectiva y el Informe de Prcticas presentado por el cadete o alumno sea en forma individual o en equipos, dividido entre TRES (3).

    (6) Las Prcticas Pre-Profesionales son irrecuperables e

    irreemplazables. Los discentes que desaprueban en el promedio final de stas, sern separados definitivamente por Deficiencia Acadmica.

    F. SUPERVISIN EDUCATIVA

    1. Concepto

    Actividad permanente, sistemtica y secuencial, destinada a mejorar la calidad de la educacin policial, mediante la orientacin, asesoramiento, promocin y evaluacin integral de los procesos educativos.

    2. Competencia La Subdireccin Acadmica de las Escuelas de Formacin, a travs del Departamento de Supervisin y Evaluacin Acadmica, adopta las acciones pertinentes para organizar y ejecutar la supervisin de los procesos acadmico-administrativos.

    3. Procedimiento La supervisin educativa se lleva a cabo en concordancia con el Plan de Supervisin Educativa de las Escuelas de Formacin comprendiendo: a. Visitas inopinadas a las aulas.

  • 47

    b. Control de asistencia de docentes. c. Control de Registro de Notas y Asistencia de Cadetes o Alumnos. d. Apreciacin de la metodologa del trabajo de las reas. e. Reuniones de coordinacin e implementacin acadmica a los

    Docentes. f. Encuestas annimas a los sujetos del Proceso Enseanza

    Aprendizaje. g. Reuniones de coordinacin con los cadetes o alumnos

    G. DESPACHOS, GRADOS Y TTULOS

    1. Despachos a. El Cadete, al concluir satisfactoriamente los estudios en la EO-

    PNP, se le otorgar a nombre de la Nacin, el Despacho de Alfrez de la Polica Nacional, firmado por el Presidente de la Repblica y refrendado por el Ministro del Interior, mediante Resolucin Suprema.

    b. El Alumno, al concluir satisfactoriamente los estudios en las

    Escuelas Tcnico Superiores PNP, se le otorgar a nombre de la Nacin, el Despacho de Suboficial de Tercera de la PNP, firmado por el Director General y refrendado por el Director de Recursos Humanos, mediante Resolucin Directoral.

    2. Grados

    La EO-PNP otorga a sus egresados, en nombre de la Nacin, el Grado Acadmico de Bachiller en Administracin y Ciencias Policiales al concluir los estudios del Programa Educativo, respectivo. Para el caso de Oficiales por Acceso Directo contemplado en el Reglamento de la Ley de la PNP, el Grado Acadmico de Bachiller en Administracin y Ciencias Policiales podr ser obtenido previa convalidacin o complementacin de los crditos acadmicos requeridos.

    3. Ttulos

    a. EO-PNP Otorga en nombre de la Nacin, Ttulo de Licenciado en Administracin y Ciencias Policiales, con las formalidades previstas en la Ley de la PNP y su Reglamento, as como en el Reglamento de Grados y Ttulos de la EOPNP.

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    b. Escuela Tcnico Superior -PNP Otorgan en nombre de la Nacin, Ttulo de Tcnico en Ciencias Administrativas y Policiales, con las formalidades previstas en la Ley de la PNP y su Reglamento.

    4. INVESTIGACION, DESARROLLO EDUCATIVO, CONVALIDACION, REVALIDACION, RECONOCIMIENTO Y CONVENIOS

    a. Son procesos acadmico-administrativos que acreditan y reconocen acadmicamente en el sistema de educacin policial, a los estudios realizados por los cadetes o alumnos en otras instituciones educativas nacionales o extranjeras, en concordancia con lo establecido en el reglamento respectivo. b. La convalidacin de estudios en las Escuelas de formacin de la PNP constituyen un proceso a travs del cual se reconoce en un expediente acadmico una o ms asignaturas cursadas y aprobadas en instituciones educativas nacionales o extranjeras por cadetes o alumnos siempre y cuando su contenido, horas acadmicas y crditos sean equivalentes al Plan de Estudios de la Escuela. c. Las escuelas de formacin de la PNP revalidan los estudios realizados en las escuelas de Policas Extranjeras de similar nivel. Asimismo reconocen los estudios de pre-grado, grados acadmicos y ttulos realizados u obtenidos en el extranjero, cuando en sus programas no hubiera equivalente de ello. d. Estos procedimientos acadmicos debern ser tomados en cuenta y consignados en convenios y/o alianzas estratgicas con instituciones educativas nacionales o extranjeras que realice la Direccin de Educacin y Doctrina PNP.

    H. CONSEJO ACADEMICO

    1. Concepto

    ltima instancia en el aspecto acadmico de las Escuelas de Formacin, est constituido por:

    PRESIDENTE : Director de la Escuela VOCAL : Jefe Divisin Acadmica VOCAL : Jefe del Regimiento correspondiente SECRETARIO : Secretario de la Direccin de la Escuela

    2. Procedimiento

    a. Se renen por convocatoria de su Presidente cuando considere necesario adoptar alguna decisin en ltima instancia relacionada con el aspecto acadmico de Cadetes o Alumnos segn corresponda.

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    b. El Jefe de la Divisin Acadmica har una exposicin detallada sobre el caso motivo de la convocatoria y sealar los aspectos de ndole normativo existentes al respecto.

    c. Para el efecto de las decisiones slo el Presidente y los

    Vocales tienen voz y voto.

    d. En caso de ausencia de alguno de sus miembros ser reemplazado por otro Oficial de la Escuela de su mismo grado, debiendo constar en acta.

    e. En caso de ausencia del Presidente, ser reemplazado por el

    Oficial Superior policial ms antiguo de la Escuela, debiendo constar en acta.

    f. Los fallos que determine el Consejo Acadmico son apelables,

    ante el Director de la EO-PNP.

    g. El Secretario levantar el Acta correspondiente, en la que quedarn debidamente asentadas las opiniones y acuerdos; la misma que ser firmada por sus integrantes.

    h. Cuando el Presidente lo estime conveniente podr disponer la

    participacin de algn otro integrante como Asesor Acadmico quien tan slo podr opinar sobre aspectos de su competencia absolver las preguntas que formulasen los integrantes del Consejo; para las decisiones, carece de voz y voto.

    I. INVESTIGACIN, DESARROLLO EDUCATIVO

    1. Investigacin y Desarrollo Educativo

    a. Concepto

    Actividades cientficas destinadas a conocer los resultados de la aplicacin del proceso de formacin profesional del Cadete o Alumno, con el objetivo de establecer sus deficiencias, proponer medidas correctivas o de retroalimentacin, en procura de su permanente modernizacin y perfeccionamiento, bsico en la relacin educacin-evaluacin y toma de decisiones.

    b. Procedimiento

    El anlisis del proceso de formacin permite detectar sus limitaciones y deficiencias, conocer su magnitud e incidencia en el rendimiento individual y colectivo, pudindose realizar a travs de:

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    (1) Una investigacin cientfica, orientada a identificar las causas de sus limitaciones y deficiencias y proponer soluciones adecuadas a nuestra realidad.

    (2) Activar un sistema permanente de obtencin y adecuacin

    de nuevos adelantos en los aspectos de educacin y evaluacin, de tal forma que se mantenga actualizado el sistema aplicado.

    2. Convenios

    Las Escuelas de Formacin a travs de la DIREDUD podrn suscribir convenios o alianzas estratgicas con instituciones educativas culturales y deportivas nacionales o extranjeras de reconocido prestigio.

    J. CEREMONIAS (INTERNAS Y EXTERNAS)

    1. Inauguracin del Ao Acadmico e Incorporacin

    En las Escuelas de Formacin de la PNP, se realiza una Ceremonia de alto simbolismo, en la que participan Cadetes y/o Alumnos de reciente incorporacin.

    2. Bienvenida

    Es una ceremonia especial, organizada por la Escuela de Formacin respectiva, la que a travs de una actividad socio-cultural, da la bienvenida a los Cadetes o Alumnos de reciente incorporacin.

    Tiene como finalidad que los ingresantes a las Escuelas respectivas, se comprometan con la gran responsabilidad que asumen al integrar el Regimiento de Cadetes o Alumnos, segn corresponda.

    Tiende a mantener la tradicin de la Escuela, fomentando el espritu de cuerpo y camaradera, as como incentivar la plena identificacin con la Institucin.

    3. Clausura del Ao Acadmico

    Esta Ceremonia se realiza en el Patio de Honor de cada Escuela, con la participacin del todo el personal de la misma y los Cadetes o Alumnos, segn corresponda, de conformidad a las normas de Ceremonial y Protocolo establecidas en el respectivo Plan.

  • 51

    4. Clausura y Graduacin

    a. Asamblea Nacional de Rectores (1) En esta ceremonia se hace entrega de los Diplomas de

    Bachilleres en Administracin y Ciencias Policiales a los graduandos de la promocin que egresa de la EO-PNP al trmino de sus (5) aos o 10 Semestres Acadmicos de formacin profesional. Contar con la concurrencia de altas Autoridades Polticas, de la ANR y Universidades Pblicas y Privadas, Policiales y Militares, Embajadores, Agregados Militares y Policiales de diferentes pases, as como de los familiares de los Oficiales de reciente egreso.

    (2) El desarrollo de la Ceremonia se efectuar de

    conformidad al Programa formulado por la Escuela de Oficiales en coordinacin con la ANR.

    b. Escuela de Oficiales. (1) En esta ceremonia se hace entrega de las Espadas y

    Despachos a los nuevos Oficiales. El Presidente de la Repblica, hace entrega de la Espada de Honor al Oficial que ocupara el 1er. Puesto en el Cuadro de Mrito Final Regular de los (5) aos o 10 Semestres Acadmicos de formacin profesional. Contar con la concurrencia de altas Autoridades Polticas, Policiales y Militares, Embajadores, Agregados Militares y Policiales de diferentes pases, as como de los familiares de los Oficiales de reciente egreso.

    (2) El desarrollo de la Ceremonia se efectuar de

    conformidad al Programa formulado por la Escuela de Oficiales en coordinacin con la DIRINFO-PNP.

    c. Escuelas Tcnico Superiores PNP

    (1) Contar con la concurrencia del Comando Institucional y

    los familiares de los Suboficiales de reciente egreso; es presidida por el seor General de Polica Director General de la Polica Nacional del Per, y se hace entrega de los Despach