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Manual electoral para partidos políticos

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Page 1: Manual electoral para partidos políticos

Manual electoral para partidos políticos

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Capítulo Chileno de Transparencia Internacional

Santiago - 2016

Autores: Emilio Moya y Michel Figueroa

Editor: Christopher O’’kuinghttons

Diseño: Pixeldigital

Ilustración: Carlos Covarrubias

Impresión: 1.000 ejemplares

Digital: Link en www.chiletransparente.cl

Proyecto financiado por la Embajada Británica

Distribución gratuita / prohibida su venta

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El Capítulo Chileno de Transparencia

Internacional, presenta este manual

de campañas electorales, el que

constituye una guía práctica dirigida

a partidos políticos, movimientos

políticos y candidatos a cargos de

elección popular para promover

buenas prácticas y herramientas de

transparencia en la ejecución de las

campañas electorales, con el fin de

asegurar ciertos principios de probidad

y transparencia durante el desarrollo

de las contiendas electorales, proceso

fundamental para la democracia.

Los últimos escándalos políticos

vinculados al financiamiento irregular

de campañas políticas dejaron en

evidencia las falencias del sistema

que regula actualmente el desarrollo

de éstas, y una impresión de

vulnerabilidad de nuestros procesos

eleccionarios y democráticos. En la

ciudadanía se generó la impresión de

que la política está siendo controlada

por ciertos intereses económicos, que

el voto no vale lo mismo dentro de la

ciudadanía chilena y que los órganos

fiscalizadores en materia electoral son

débiles, instalándose en el imaginario

colectivo la cultura del “todo vale”.

Por otra parte, se destaca que luego

de ser conocidas estas irregularidades,

se ha aprobado una nueva regulación

sobre transparencia y financiamiento

de las campañas que implica adoptar

e interiorizar nuevas prácticas y

conductas para el adecuado desarrollo

de aquellas, específicamente, la Ley de

Fortalecimiento y Transparencia de la

Democracia. En este contexto es que

surge la idea de elaborar el presente

manual; para revertir la imagen

negativa que tiene la ciudadanía de

la actividad política, para promover

buenas prácticas en materia de

campañas electorales y para dar a

conocer los principales aspectos de

la nueva que regulará las campañas

electorales en nuestro país.

En este manual los partidos políticos,

los movimientos políticos, y los

candidatos se encontrarán con

contenidos como lo qué se entiende

por campaña electoral, la importancia

de regular la campañas, la relevancia

de la transparencia, la regulación de

las campañas electorales en Chile, los

procesos críticos de las campañas en

Chile, buena prácticas para desarrollar

campañas y los principales aspectos

de la nueva normativa aprobada.

Como Chile Transparente creemos

que en un año de elecciones es una

ventana de oportunidades para

impulsar cambios que puedan ayudar

a recuperar los niveles de confianza

y legitimidad que la democracia

chilena poseía hace algún tiempo.

Es por esta razón que el uso de este

manual pretende ser un apoyo para un

comportamiento transparente y justo

por parte de los candidatos y reducir la

posibilidad de influencia y de intereses

económicos.

Chile Transparente

INTRODUCCIÓN

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ÍNDICE

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

ÍNDICE

CAMPAÑAS ELECTORALES

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

BUENAS PRÁCTICAS:

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

TIPS Y RECOMENDACIONES PARA RENDIR

CUENTAS DE LA CAMPAÑA ELECTORAL

DECÁLOGO

PRINCIPALES ASPECTOS DE LA NUEVA

REGULACIÓN ELECTORAL

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Existen diversas definiciones de campañas electorales, en todas ellas se enfatiza que es un proceso en el que se buscan votos y/o apoyo electoral para lograr acceder a un cargo público. Específicamente, desde el Proyecto ACE (Proyecto Administración y costos electorales) se define a las campañas electorales como un proceso a través del cual los contendientes (partidos, candidatos o grupos de interés especial) buscan apoyo electoral en una contienda para acceder a cargos públicos (ver Farell 1996, Kavanagh 2000:29 y Nelson 1999).

Para el IIDH (Instituto Interamericano de Derechos Humanos) la campaña electoral es el conjunto de actividades organizativas y comunicativas realizadas por los candidatos y partidos que tienen como propósito la captación de votos. Estas actividades están sujetas a normas y pautas de actuación que garanticen y permitan la igualdad de los competidores, la limpieza y transparencia del proceso electoral y la neutralidad de los poderes públicos. En muchos países, estas actividades son financiadas, directa o indirectamente por fondos públicos. El IIDH señala que las campañas electorales reúnen dos elementos: el proselitismo político tradicional y los medios de comunicación. En el primero de los casos, se manifiesta un contacto más próximo y directo entre candidatos y electores. En el segundo caso, la emisión de los mensajes políticos utilizando los medios de comunicación permite la recepción de miles o millones de electores, por lo que la comunicación es impersonal, pero su impacto mayor.

El TRICEL (Tribunal Calificador de Elecciones) en su “Manual de Campañas Electorales” señala que en la campaña electoral los partidos políticos buscan comunicar sus ideas, programas y los candidatos por su parte, ya sean militantes de partidos políticos o independientes buscan lo mismo que los partidos, tratar de ser elegidos. Este proceso se realiza básicamente a través de la propaganda electoral y del acceso a los medios de comunicación.

En una campaña electoral se deben regular los plazos y el acceso a los medios de comunicación, el financiamiento de las campañas, el gasto electoral, límites al gasto, financiamiento público, rendición de cuentas, publicidad, sanciones, entre otras.

I.- Qué es una campaña electoral

CAMPAÑAS ELECTORALES

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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Si bien en la literatura existen distintos argumentos a favor de la regulación de las campañas electorales, el libro “Control del financiamiento y gasto electoral en Chile” identifica como los más importantes:

1) Contribuir al establecimiento de condiciones equitativas en la competencia electoral, sobre todo, al momento de realizar propaganda electoral. En otras palabras, se trata de evitar que la desigualdad económica entre los candidatos sea un factor que determine quién sea el ganador de una elección.

2) Evitar una competencia desequilibrada entre candidatos. Si no existiesen límites, aquellos candidatos que pueden ser respaldados por grupos económicamente más poderosos

tendrían mayores posibilidades de ganar la contienda electoral.3) Evitar el gasto desenfrenado o excesivo de dinero en una campaña electoral por parte de aquellos candidatos que cuentan con una mayor cantidad de recursos. Se pretende evitar la posible influencia que el dinero pueda tener en los resultados de una elección.

4) Impedir que grupos sociales que obtienen sus ingresos a través de actividades ilícitas, como son el narcotráfico y el lavado de dinero, pueden aportar grandes sumas de dinero a campañas electorales. En este sentido, los límites actúan como barreras al ingreso de grandes cantidades de dinero provenientes de dichas actividades.

II.- Importancia de regular las campañas electorales

CONTROL SOCIAL OPORTUNO Y RESPONSABLE

REGULACIÓN ADECUADA Y DINÁMICA

ÓRGANO DE CONTROL INDEPENDIENTE Y EFICIENTE

SOCIEDAD

NORMATIVA

PROCESOINSTITUCIONALIDAD

Financiamiento y gasto electoral transparentes

Rendición de cuentas detallada y veraz

Fiscalización eficiente e imparcial

Sanciones justas y

efectivas

Divulgación de la informaciónoportuna y completa

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La transparencia, entendida como la apertura de la información de procesos, actividades y acciones, es importante como practica en las campañas electorales porque:

1) Al regularse el financiamiento y el gasto de las campañas, los candidatos se ven obligados a rendir cuentas de los ingresos y egresos asociados a la campaña electoral. La transparencia contribuye a prevenir que ocurran prácticas corruptas, pero al mismo tiempo, es un aspecto importante a la hora de garantizar la democracia, ya que si los candidatos

actúan de manera transparente se acrecientan los niveles de confianza en ellos por parte de la ciudadanía.

2) Aumentar la capacidad de control del Estado y la ciudadanía de los procesos electorales. Una mayor regulación contribuye a prevenir la existencia de favores políticos entre los candidatos y los electores, la extorsión de los candidatos por parte de los donantes o las amenazas de represalia a aquellos electores que no donan de la forma esperada. En otras palabras, al aumentar el control también se previene la corrupción.

III.- Importancia de la transparencia en campañas electorales

TRANSPARENCIA EN EL FINANCIAMIENTO

Y GASTO ELECTORAL

Sanciones severasen caso de

incumplimientode las normas

Mejoracontinua

de la normativa

CAMPAÑAS ELECTORALES

Fiscalización eficiente e imparcial

Amplia difusión de la información

Control social (accountability)

Voluntad política de detectar

e infraccionarlos iílicitos

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• Ley 20.840 que sustituye el sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional.

• Ley 20.568 que regula la inscripción automática, modifica el Servicio Electoral y moderniza el sistema de votaciones.

• Ley 20.556 que facilita el proceso de inscripción automática.

• Ley 20.542 relativo al plazo de renuncia a un partido político para presentar candidaturas independientes.

Las elecciones son un proceso fundamental para las democracias, ya que no solo se decide sobre el candidato o el partido que dirigirá los destinos de una nación o de un territorio sub-nacional, sino que también se decide sobre un conjunto de políticas públicas contenidas en sus programas.

Las elecciones tienden a generar gran incertidumbre en quienes participan de los procesos políticos activos, es por esto que los diversos candidatos y partidos políticos utilizan diferentes herramientas y recursos para lograr movilizar a sus simpatizantes, influir y politizar a los ciudadanos para lograr captar sus preferencias de votos

1.

Los esfuerzos por influir en la opción de voto de los ciudadanos, se concentran en un período al que se le ha denominado campaña electoral, este es un período en que los candidatos o los partidos políticos buscan comunicar sus ideas y programas con la intención de ser elegidos, lo que se consigue fundamental y tradicionalmente a

través de la propaganda electoral y el acceso a los medios de comunicación que logren alcanzar los actores intervinientes.

En este sentido el establecimiento de reglas mínimas que aseguren la igualdad de condiciones de los competidores y el acceso libre e igualitario de los electores a la información de campaña son esenciales para asegurar que éstos tengan las mejores alternativas posibles de elección en cuanto a los candidatos. La tendencia es a regular los costos y limite de las campañas, la duración, los requisitos y los espacios en que se puede efectuar.

2

En Chile la regulación electoral está compuesta por una diversidad de ámbitos entre los que cuentan los propiamente electorales, tributarios, sobre rendición de cuentas y de fiscalización. La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) ha sistematizado que las normas vigentes en materia electoral son las siguientes

3

(ver el cuadro a continuación):

I.- Regulación de las campañas electorales en Chile

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

1: http://www.idea.int/publications/electoral_law_la/upload/XXVIII.pdf

2: http://anterior.cdc.gob.cl/wp-content/uploads/2015/03/CANADA-USA.pdf

3: http://www.leychile.cl/Consulta/listado_n_sel?_grupo_aporte=&sub=811&agr=2&comp

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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• Ley 20.515 Reforma constitucional para adecuar los plazos vinculados a las elecciones presidenciales.

• Ley 20.337 que modifica los artículos 15 y 18 de la Carta Fundamental consagrando el sufragio como un derecho de los ciudadanos y su inscripción automática en los registros electorales.

• Ley 19.885 norma sobre el buen uso de donaciones de personas jurídicas que dan origen a beneficios tributarios y los extiende a otros fines sociales y públicos.

• Ley 19.884 sobre transparencia y limite del gasto electoral.

• Ley 18.700 Ley orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios.

• Ley 18.603 Ley Orgánica Constitucional de los partidos políticos.

• Ley 18.593 Ley de tribunales electorales regionales.

• Ley 18.556 Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicios electorales.

• Ley 18.460 Ley orgánica constitucional sobre el Tribunal Calificador de Elecciones.

• Decreto con Fuerza de Ley Nº 1- 2006, Ministerio del Interior, contiene Ley orgánica Constitucional de Municipalidades (Titulo V).

• Decreto con Fuerza de Ley Nº 1- 2005, Ministerio del Interior, contiene Ley Orgánica Constitucional sobre Gobiernos y Administración Regional (Capítulo VI sobre elecciones del Consejo Regional).

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Si bien la regulación electoral en Chile es amplia, todavía existen algunos ámbitos que falta regular y especificar por su ambigüedad. Por un lado detalla los ámbitos más relevantes de una campaña electoral como son la duración, plazos y financiamiento, la contabilidad de los gastos de campaña, el personal de campaña, la protección de la salud del personal voluntario, y por otros aspectos específicos.

Las principales áreas reguladas de las campañas electorales son:

1. Plazos y duración:

El plazo para las campañas electorales es de 90 días antes de las fecha en que se celebra la elección. Además se considera un período de precampaña entre los 90 y 200 días para candidaturas presidenciales. En ese tiempo, los candidatos podrán percibir los aportes de personas naturales y se aplicará como límite al gasto electoral el 10% de lo permitido para elección presidencial.

2. Acceso a los medios de comunicación:

La legislación regula el acceso en igualdad de condiciones de los diferentes candidatos y partidos políticos que se enfrentan en una elección, estableciendo una franja electoral gratuita por televisión, la que consiste en que los canales de televisión de libre recepción deben destinar un período de tiempo diario para transmitir la propaganda electoral. Por otra parte la prensa escrita y las radioemisoras podrán publicar o emitir la propaganda electoral que libremente se contrate, pero sin discriminar en

materia de cobros de tarifas entre un candidato u otro.

3. Financiamiento de las campañas:

El régimen de financiamiento es mixto, es decir, se reciben aportes públicos como privados. Se prohíbe las donaciones de las personas jurídicas. Los aportes efectuados a candidatos o sus partidos durante las campañas pueden ser públicos o sin publicidad. Los aportes sin publicidad son aquellos que no superan el equivalente en pesos a 40 UF en las presidenciales; 20 UF para las parlamentarias y 15 UF en campañas para alcaldes. Los aportes personales que efectúen los postulantes al cargo no pueden superar el 25% del gasto electoral permitido. No podrán aportar en una misma elección una suma que exceda el 10% del límite del gasto electoral fijado para la comuna. Las personas naturales tampoco podrá efectuar en una misma elección de alcaldes o concejales aportes por una suma superior a las 1.000 UF o 2.000 UF en el caso de comicios parlamentarios, de consejeros regionales o presidenciales.

4. Gasto electoral:

Se entenderá por gasto electoral todo desembolso o contribución avaluable en dinero, efectuado por el pre candidato en lo que corresponda, el candidato, un partido político o un tercero a su favor.

II.- Principales áreas de regulación de las campañas electorales

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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5. Límite al gasto:

Se establece un límite al gasto electoral diferenciado por tipo de candidatura, entre las que se cuenta:

a. Presidente de la República: 0,04 UF por inscrito en los registros electorales.

b. Senador: El límite de gasto no podrá exceder de la suma de mil quinientas unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por dos centésimos de unidad de fomento los primeros doscientos mil electores, por quince milésimos de unidad de fomento los siguientes doscientos mil electores y por un centésimo de unidad de fomento los restantes electores en la respectiva circunscripción.

c. Diputados: No podrán exceder la suma de setecientas unidades de fomento, más aquélla que resulte de multiplicar por quince milésimos de unidad de fomento el número de electores en el respectivo distrito.

d. Alcalde: 120 UF más 0,03 por el número de inscritos en la comuna.

e. Concejales: La mitad de lo que le corresponda gastar al candidato a alcalde.

f. Consejero Regional: No podrá exceder de la suma de 350 unidades de fomento, más aquella que resulte de multiplicar por 0,01 de unidad de fomento los primeros doscientos mil electores, por setenta y cinco diezmilésimos de unidad de fomento los siguientes doscientos mil y por cinco milésimos de unidad de fomento los restantes electores de la respectiva circunscripción provincial.

g. Partido Político: Corresponde a 1/3 del conjunto de sus candidatos.

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6. Rendición de cuentas y publicidad:

Toda persona que haya participado como candidato en un proceso electoral, debe contar con un administrador electoral que lleve la contabilidad de los ingresos y gastos, así como conservar debidamente la documentación de respaldo de los mismos. El que al final del proceso

electoral deberá presentar al SERVEL una cuenta general de los ingresos y gastos electorales en donde se deberá precisar el origen de la totalidad de los ingresos y el destino de todos los gastos del partido político y candidato respectivo. El mismo SERVEL publicará dichas rendiciones en su sitio web y estará a disposición de cualquier persona.

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

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Dinero Especie DineroDinero

Financiamiento PRIVADO del

gasto electoral

Especie Dinero

Financiamiento PÚBLICO del

gasto electoral

Financiamiento del gasto electoral

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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III.- Procesos críticos de las campañas electorales. Definición y características.

Duración de las campañas:Si bien la ley define que las campañas electorales tienen una duración de 90 días, existe una ventaja evidente de los candidatos incumbentes por sobre los no incumbentes, al no necesitar tiempo para darse a conocer ya que el periodo de ejercicio del cargo público contribuye positivamente a ese factor. Los candidatos han reconocido que en caso de ser no incumbente se necesita hasta un año de actividad previa a las elecciones para posicionar al candidato y lograr una capacidad de competencia real frente al adversario.

Propaganda electoral:El posicionamiento de la imagen del candidato es crucial para darse a conocer, razón por la cual la propaganda y los lugares en que ésta se instala son claves para dicho cometido, razón por la cual los espacios con mayor visibilidad a la ciudadanía y al tránsito de personas son causa de conflicto entre los equipos de los candidatos. Otros focos de conflicto son la desproporcionalidad con que se llenan los espacios públicos de propaganda, la invasión a la propiedad privada y el destrozo de propaganda de los competidores, el que incluso genera riñas entre los comandos.

Equipos de trabajo:El incumplimiento de las garantías laborales y la protección social de las personas que se desempeñan en equipos de campañas es una situación bastante frecuente, debido fundamentalmente al carácter voluntario de gran parte de los jóvenes que ponen sus servicios a disposición del candidato.

La regulación juega un rol significativo en el aseguramiento de elecciones libres, justas y competitivas. Sin embargo, la evidencia y los estudios de campo muestran que la existencia de reglas del juego no aseguran la libre competencia de los candidatos en una elección.Los espacios desregulados, las tensiones entre candidatos y las prácticas que ninguna ley puede

prever dejan la puerta abierta para malas prácticas y espacios de riesgos de corrupción que pueden terminar mermando el ejercicio libre y soberano del voto.

En este sentido se han identificado una serie de nudos críticos que son necesarios regular o que afectan negativamente el desarrollo de las campañas electorales, estos son:

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Vínculos electorales:Los candidatos buscan establecer un vínculo de cercanía con sus electores para de esa forma influir sobre su intensión de voto, muchas veces para lograrlo recurren a la entrega de regalos. Caso en el cual se puede llegar a estar en la línea difusa de lo que es un regalo para influenciar indebidamente en un voto y el marketing como un gasto de campaña, por ejemplo, ¿Es lo mismo entregar un tazón con el rostro del candidato o llamando a votar por un candidato a cambio de pagar las cuentas de suministros básicos (luz, agua, gas) de los votantes?

Gasto electoral:La no existencia de cuentas contables mínimas obligatorias facilita la rendición de gastos de forma general y sin un adecuado control de los gastos realizados, es común agregar artículos de merchandising o pago de remuneraciones a brigadistas de forma general en gastos generales.

Financiamiento electoral:El control y fiscalización sobre el origen, destino y contabilidad de los fondos electorales es fundamental. En la práctica algunos importantes aportes realizados por personas naturales y aportes entregados de forma directa al candidato eluden los sistemas de contabilidad y registro de los fondos, lo que sumado a la baja capacidad de los organismos que les corresponde la fiscalización hace que las rendiciones de cuenta están subdeclaradas.

CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

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1.- Realizar un registro de sus voluntarios y de todas las personas que esté prestando servicios a su campaña. Empadronar al menos los siguientes datos: nombre, RUT, edad y dirección. Asimismo suminístrele al personal de campaña una identificación oficial.

I.- Ejecución de Campañas

BUENAS PRÁCTICAS: CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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2.- Evitar la manipulación política indebida para influenciar ilegítimamente el voto de los ciudadanos, como por ejemplo, las falsas denuncias, la divulgación irresponsable de encuestas falsas durante la campaña, la oferta de empleos y la compra de votos, respetando la estabilidad del servidor público y sus derechos a la libre militancia política.

3.- Respetar los espacios públicos, en especial, no colocar propaganda en los locales gubernamentales, municipales y judiciales, en monumentos y en lugares patrimoniales. Así como tampoco instalar propaganda en lugares que puedan poner en riesgo la integridad física de los equipos de campañas como de los transeúntes.

Page 23: Manual electoral para partidos políticos

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4.- Velar por el cuidado y respeto del medio ambiente en todas las actividades de campaña, protegiendo los árboles y demás recursos naturales contra el uso de la pintura, colocación de afiches o cualquier otro tipo de propaganda.

5.- Comprometerse con la no-violencia y a evitar la agresividad en cualquiera de sus manifestaciones, incluso los mecanismos privados intimatorios y represivos y a impulsar entre su militancia acuerdos de no-agresión verbal o física, a fin de propiciar un clima de entendimiento. Lo que se puede manifestar en romper material de los competidores, ni irrumpir en actividades de sus competidores.

BUENAS PRÁCTICAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

Page 24: Manual electoral para partidos políticos

POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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6.-No auspiciar mensajes violentos, calumniosos, irrespetuosos o discriminatorios por causa de sexo, raza, edad, extracción social, religión o ideología.

7.-Desarrollar códigos de ética para las campañas o hacer extensible el del partido del candidato.

8.-No utilizar, directa o indirectamente, los recursos del Estado aportados por los contribuyentes a favor de partidos políticos o candidatos, a excepción del financiamiento que les otorga la ley.

9.-No realizar proselitismo o propaganda partidaria en las inauguraciones de obras públicas tanto del gobierno central como de los gobiernos municipales, así como en la ejecución de las políticas sociales.

Page 25: Manual electoral para partidos políticos

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1.-Capacitar al candidato y a los equipos de campaña sobre la normativa vigente aplicable a campañas electorales.

2.-Rendir cuenta a sus electores, informando quienes lo financian, cuáles son sus actividades en terreno o sus próximas actividades.

II.- Financiamiento de Campañas

BUENAS PRÁCTICAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

Page 26: Manual electoral para partidos políticos

POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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3.-Cada candidato debería contar con una cuenta bancaria única en donde se reciban todos los aportes de campañas. También es importante ir monitoreando constantemente las cuentas de ingresos y gastos.

4.-Designar un administrador electoral debidamente capacitado y que cuente con el respaldo necesario para cumplir sus funciones.

5.-Declarar y contabilizar todas las donaciones en especies recibidas y no solo las donaciones monetarias.

6.- Llevar una contabilidad detallada y/o registro de todos los gastos menores que se realizan en campaña.

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1.-Revisar que las declaraciones de cuentas de ingresos y egresos de los candidatos estén cuadradas y con el debido respaldo de los documentos, ya que uno de los errores comúnmente detectados es que el monto consignado como gasto de campaña es superior al ingreso.

2.-Las facturas pendientes de pago no pueden ser colocadas en las rendiciones de gastos, ya que deben registrarse como ingresos. En este mismo sentido tenga precaución con hacer mal uso de las facturas o documentos tributarios.

II.- Rendición de Cuentas

BUENAS PRÁCTICAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN CHILE

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Tips y Recomendaciones

TIPS Y RECOMENDACIONES PARA RENDIR CUENTAS DE LA CAMPAÑA ELECTORAL

Identifique de forma clara y completa el administrador electoral de la campaña y los datos del candidato y/o partido.1)

Asigne un número correlativo a los comprobantes y documentos que respaldan sus ingresos y gastos de campañas electorales.2)

Identifique y registre a todos sus donantes (Nombre, dos apellidos, cantidad donada. Esta información que sea respaldada por la cuenta bancaria única).

3)

Publique el número de su cuenta de banco para recibir aportes.4)

Asegúrese de que las glosas de gastos e ingresos sean las correctas Es decir, que sean acorde a la descripción del ingreso y egreso que está declarando.

5)

El candidato y el administrador electoral deben firmar la declaración de gastos electorales. Se aconseja hacer una doble revisión antes de firmarla.

6)

Registre e identifique claramente a sus proveedores, con nombre y RUT.7)

Cuando existan boletas afectas a IVA, consignar el monto total, esto es, precio neto más IVA.8)

En caso de boletas a honorarios, consignar el monto total, es decir incluir el 10% de impuestos.9)

Guardar los documentos originales de respaldo tanto de los ingresos como de los egresos.10)

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Decálogo

Los representantes de las juventudes de los partidos y movimientos políticos adhirieron a respetar estos principios en campañas electorales. Los principios son los siguientes:

DECÁLOGO

Fiel cumplimiento de las normas

electoralesvigentes

1

3Honestidad e

integridad

4Tolerancia y respeto

por las ideas y propuestas de los

competidores

5Resguardarel normal

funcionamientode los espacios

públicos

6Sustentabilidady respeto con

el medioambiente

8No violencia

entre competidoresy equipos de

campaña

9No utilizarinfluencias

indebidas sobrelos electores

10No utilizar

recursos públicos tanto estatales como

municipales

7Vigilar y

denunciar los posibles aportes

de fuentesilegales

2Transparencia

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• Se entenderá por propaganda electoral todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos, siempre que promueva a una o más personas o partidos políticos constituidos o en formación, con fines electorales.

• Al momento de declarar las candidaturas, todos los candidatos deberán realizar una declaración de patrimonio e interés. Asimismo deberán cumplir con esa obligación quienes realicen una declaración de precandidatura.

• Solo podrá realizarse propaganda electoral en plazas, parques u otros espacios públicos que estén expresamente autorizados por el Concejo Municipal y visados por el Servicio Electoral. En espacios públicos no podrá realizarse propaganda mediante carteles de gran tamaño, cuyas dimensiones superen los dos metros cuadrados.

• Se podrá realizar propaganda por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura. En ningún caso podrá realizarse propaganda aérea mediante aeronaves o cualquier otro tipo de elementos de desplazamiento en el espacio aéreo.

• Asimismo, estará prohibida toda clase de propaganda que, pese a ubicarse en lugar autorizado, destruya, modifique, altere o dañe de manera irreversible los bienes muebles o inmuebles que allí se encuentren.

• Podrá efectuarse propaganda en espacios privados mediante carteles, afiches o letreros, siempre que exista autorización escrita del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble en que se encuentra y la dimensión (de esta propaganda) no supere los seis metros cuadrados totales. Se prohíbe realizar propaganda electoral en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público.

• Los candidatos deberán llevar un registro de sus brigadistas, de sus sedes y de los vehículos que utilicen en sus campañas. Se considerarán brigadistas las personas que realicen acciones de difusión o información en una campaña electoral determinada y reciban algún tipo de compensación económica. El candidato será subsidiariamente responsable de los daños dolosamente causados por actos delictuales de uno o más de sus brigadistas con motivo de los actos de propaganda electoral.

I.- Candidaturas y propaganda

PRINCIPALES ASPECTOS SOBRE LA LEY DE FORTALECIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA DEMOCRACIA

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POR UNA CAMPAÑA ELECTORAL TRANSPARENTE Y LIMPIA

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• Se considerará aporte todo desembolso o contribución avaluable en dinero y, tratándose de contratos onerosos, las diferencias manifiestas entre el valor de la contraprestación y el precio de mercado.

• Todos los aportes efectuados a candidatos o sus partidos durante las campañas deberán ser públicos. Pero también habrán aportes individuales sin publicidad, cuyo total no puede superar el equivalente en pesos a 40 UF en elecciones presidenciales; 20 UF para las parlamentarias y 15 UF en campañas para alcaldes.

• Ningún candidato o partido político, durante el período de campaña electoral, podrá recibir, por concepto de aportes menores sin publicidad la identidad del aportante, más del veinte por ciento del límite de gastos electorales.

• Se prohíbe los aportes de personas jurídicas a campañas.

• Las personas naturales no podrán aportar en una misma elección una suma que exceda el 10% del límite del gasto electoral fijado para la comuna. Tampoco podrá efectuar en una misma elección de alcaldes o concejales aportes por una suma superior a las 1.000 UF o 2.000 UF en el caso de comicios parlamentarios, de consejeros regionales o presidenciales.

• Los aportes personales que los mismos candidatos efectúen en sus propias campañas no podrán ser superiores al veinticinco por ciento del gasto electoral permitido.

• Los precandidatos, candidatos y partidos políticos no podrán recibir, directa o indirectamente, aportes de campaña electoral de los órganos de la Administración del Estado, de las empresas del Estado, ni de aquellas empresas, sociedades o instituciones tengan participación.

• Se entenderá por gasto electoral todo desembolso o contribución avaluable en dinero, efectuado por el precandidato en lo que corresponda, el candidato, un partido político o un tercero en su favor.

• El límite de gasto de los candidatos a alcalde no podrá exceder de la suma de 120 unidades de fomento, más aquella que resulte de multiplicar por tres centésimos de unidad de fomento el número de electores en la respectiva comuna. Cada candidato a concejal podrá gastar una suma no superior a la mitad de aquella que se permita al correspondiente candidato a alcalde.

• Gastos menores y frecuentes de campaña, tales como la alimentación de personas, mantención de vehículos o de las sedes u otros similares. Estos deberán ser declarados detalladamente y no podrán exceder el diez por ciento del límite total autorizado al candidato o partido político. Será responsabilidad del administrador electoral mantener la documentación de respaldo o justificarla debidamente.

II.-Financiamiento y gasto

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• El que otorgue u obtenga aportes para candidaturas o partidos políticos, cuyo monto excediere en un 40% lo permitido por la ley, tendrá una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, que va de 61 días a 3 años y un día y una multa equivalente al triple de lo otorgado u obtenido.

• Tratándose de aportes otorgados u obtenidos por o de una persona jurídica, las personas arriesgan presidio menor en su grado mínimo a medio, desde 61 días a 3 años y un día y una multa equivalente al triple de lo otorgado u obtenido.

• En tanto, el administrador electoral, el administrador general electoral o el administrador general de fondos de un partido político que proporcione al SERVEL antecedentes falsos, arriesgará presidio menor en su grado máximo, que va desde los tres años y un día a los 5 años.

• Podrán perder su cargo aquellos representantes que cometan infracciones graves a la legislación sobre el control y gasto electoral.

III.- Sanciones

PRINCIPALES ASPECTOS SOBRE LA LEY DE FORTALECIMIENTO Y TRANSPARENCIA DE LA DEMOCRACIA

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