manual de funciones · 2016. 11. 24. · 7.4 funciones en materia de inspecciÓn tÉcnica de obras....

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INDICE 1 INTRODUCCIÓN 3 2 DEFINICIÓN DE MANUAL DE FUNCIONES 4 3 ALCALDÍA 4 3.1 FUNCIONES DEL ALCALDE. 4 3.2 FUNCIONES DE SECRETARIA DE ALCALDÍA. 6 4 ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. 6 4.1 FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR MUNICIPAL. 7 4.2 INFORMACIONES Y OFICINA COMUNAL DE SERNAC. 8 4.3 MAYORDOMO Y ENCARGADO DE EMERGENCIA. 8 4.4 ENCARGADO DE INFORMATICA. 9 4.5 SECRETARIA ADMINISTRACIÓN. 10 4.6 AUXILIARES DE SERVICIO. 10 5 DIRECCIÓN DE CONTROL. 10 5.1 DEL CONTROL DE LEGALIDAD. 10 5.2 DEL CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO. 11 6 SECRETARÍA MUNICIPAL. 12 6.1 FUNCIONES GENÉRICAS. 12 6.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON EL CONCEJO MUNICIPAL. 13 6.3 FUNCIONES RELACIONADAS CON O.O.C.C. 13 7 DIRECCIÓN DE OBRAS. 14 7.1 FUNCIONES DEL DIRECTOR DE OBRAS. 15 7.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LAS EDIFICACIONES. 16 7.3 FUNCIONES EN MATERIA DE URBANISMO. 16 7.4 FUNCIONES EN MATERIA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS. 17 7.5 FUNCIONES EN MATERIA CATASTROS Y ARCHIVOS. 17 7.6 OFICINA MUNICIPAL DE VIVIENDA. 18 7.7 FUNCIONES DE ADMINISTRATIVO DE DIRECCIÓN DE OBRAS. 18 7.8 FUNCIONES DE SECRETARÍA DE DIRECCIÓN DE OBRAS. 19 7.9 FUNCIONES DE OPERARIOS DE MAQUINARIA. 19 7.10 AUXILIARES PEONETA. 19 8 UNIDAD DE TRÁNSITO. 20 8.1 FUNCIONES EN MATERIA DE LICENCIAS DE CONDUCIR. 20 8.2 FUNCIONES EN MATERIA DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN. 21 8.3 FUNCIONES EN MATERIA DE INGENIERÍA DE TRÁNSITO. 21 1

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  • INDICE 1 INTRODUCCIÓN 3 2 DEFINICIÓN DE MANUAL DE FUNCIONES 4 3 ALCALDÍA 4 3.1 FUNCIONES DEL ALCALDE. 4 3.2 FUNCIONES DE SECRETARIA DE ALCALDÍA. 6 4 ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. 6 4.1 FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR MUNICIPAL. 7 4.2 INFORMACIONES Y OFICINA COMUNAL DE SERNAC. 8 4.3 MAYORDOMO Y ENCARGADO DE EMERGENCIA. 8 4.4 ENCARGADO DE INFORMATICA. 9 4.5 SECRETARIA ADMINISTRACIÓN. 10 4.6 AUXILIARES DE SERVICIO. 10 5 DIRECCIÓN DE CONTROL. 10 5.1 DEL CONTROL DE LEGALIDAD. 10 5.2 DEL CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO. 11 6 SECRETARÍA MUNICIPAL. 12 6.1 FUNCIONES GENÉRICAS. 12 6.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON EL CONCEJO MUNICIPAL. 13 6.3 FUNCIONES RELACIONADAS CON O.O.C.C. 13 7 DIRECCIÓN DE OBRAS. 14 7.1 FUNCIONES DEL DIRECTOR DE OBRAS. 15 7.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LAS EDIFICACIONES. 16 7.3 FUNCIONES EN MATERIA DE URBANISMO. 16 7.4 FUNCIONES EN MATERIA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS. 17 7.5 FUNCIONES EN MATERIA CATASTROS Y ARCHIVOS. 17 7.6 OFICINA MUNICIPAL DE VIVIENDA. 18 7.7 FUNCIONES DE ADMINISTRATIVO DE DIRECCIÓN DE OBRAS. 18 7.8 FUNCIONES DE SECRETARÍA DE DIRECCIÓN DE OBRAS. 19 7.9 FUNCIONES DE OPERARIOS DE MAQUINARIA. 19 7.10 AUXILIARES PEONETA. 19 8 UNIDAD DE TRÁNSITO. 20 8.1 FUNCIONES EN MATERIA DE LICENCIAS DE CONDUCIR. 20 8.2 FUNCIONES EN MATERIA DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN. 21 8.3 FUNCIONES EN MATERIA DE INGENIERÍA DE TRÁNSITO. 21

    1

  • 9 SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN. 22 9.1 FUNCIONES DE SECPLAN. 22 9.2 DE LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS. 23 9.3 ASISTENTES DE PROYECTOS. 24 9.4 SECRETARIA ADMINISTRATIVA. 24 10 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. 24 10.1 FUNCIONES DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS. 24 10.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LA GESTIÓN DE R.R.H.H. 25 10.3 FUNCIONES DE GESTIÓN DE ADQUISICIONES E INVENTARIOS. 26 10.4 FUNCIONES DE RENTAS Y FINANZAS MUNICIPALES. 26 10.5 FUNCIONES DE LA TESORERIA MUNICIPAL. 27 10.6 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CONTABILIDAD. 28 10.7 FUNCIONES DEL CAJERO MUNICIPAL. 28 10.8 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE PERSONAL. 28 10.9 FUNCIONES ENCARGADO DE RENTAS Y PATENTES. 28 10.10 FUNCIONES ENCARGADO DE ADQUISICIONES. 28 10.11 FUNCIONES ADMINISTRATIVO DE FINANZAS. 29 11 DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO. 29 11.1 FUNCIONES DEL (LA) DIRECTOR (A) DE DESARROLLO COMUNITARIO. 29 11.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON O.O.C.C. 30 11.3 FUNCIONES ENCARGADO DE CULTURA. 31 11.4 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE FOMENTO PRODUCTIVO. 31 11.5 FUNCIONES DE SECRETARIA DIDECO. 31 11.6 FUNCIONES ENCARGADO OMIL. 31 11.7 FUNCIONES CONDUCTOR VEHÍCULO DE DIDECO. 31 12 DEPARTAMENTO SOCIAL. 32 12.1 FUNCIONES DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO SOCIAL. 32 12.2 ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO SOCIAL. 33 12.3 ENCARGADO SUBSIDIO UNICO FAMILIAR (SUF). 33 12.4 ENCUESTADOR DEPARTAMENTO SOCIAL. 33

    2

  • 1 INTRODUCCIÓN.

    El presente documento ha sido desarrollado para la orientación e información de los

    funcionarios Municipales y público usuario de la Municipalidad para la formalización

    y respaldo de la responsabilidad de las funciones encomendadas y designadas.

    La recopilación de antecedentes está basada en lo establecido en la Ley Nº 18.695,

    Orgánica Constitucional de Municipalidades. Además se han incluido las funciones

    propias del Municipio de acuerdo a nuestra realidad local y se han realizado

    adaptaciones de acuerdo a la innovación del Municipio en la administración del

    presupuesto Municipal debido a la creación de unidades compradoras

    descentralizadas y con responsabilidad propia en el manejo y operación de sus

    recursos.

    Este documento deberá mantenerse disponible en las reparticiones Municipales de

    Alcaldía, Administración Municipal, Dirección de Administración y Finanzas,

    Secretaría Municipal, Dirección de Control, Dirección de Obras, Dirección de

    Tránsito, Dirección de Desarrollo Comunitario y Departamento Social para la consulta

    de funcionarios y aclaración de responsabilidades imprecisas.

    3

  • 2 DEFINICIÓN DEL MANUAL FUNCIONES.

    Es un instrumento de trabajo que contiene el conjunto de normas y tareas que

    desarrolla cada funcionario en sus actividades cotidianas y será elaborado

    técnicamente basados en los respectivos procedimientos, sistemas, normas y que

    resumen el establecimiento de guías y orientaciones para desarrollar las funciones

    labores , sin interferir en las capacidades intelectuales, ni en la autonomía propia e

    independencia mental o profesional de cada uno de los funcionarios del municipio

    ya que estos podrán tomar las decisiones más acertadas apoyados por las

    directrices de los superiores, y estableciendo con claridad la responsabilidad y las

    obligaciones que cada uno de los cargos conlleva.

    El Manual de funciones ha sido construido de acuerdo al organigrama Municipal,

    estableciendo jerarquía sólo dentro las Direcciones y Departamento, consolidación

    que se ha realizado para facilitar el proceso de consulta, desestimándose prelación

    alguna relacionada con el grado y escalafón del funcionario.

    Se debe aclarar finalmente que este manual establece primariamente

    responsabilidades en los procesos administrativos de la Direcciones y/o

    Departamentos por lo que será la jefatura superior quien establezca las actividades

    para el cumplimiento de dichos procesos. De este modo, no se han contemplado las

    actividades por cuanto estas constituyen un medio para la consecución de los

    objetivos establecidos en las funciones.

    3 ALCALDÍA

    3.1 FUNCIONES DEL ALCALDE.

    Art. 56.- (Ley 18. 695 Orgánica Constitucional de Municipalidades).

    El Alcalde es la máxima autoridad de La Municipalidad y en tal calidad le

    corresponde su dirección y administración superior y la supervigilancia de su

    funcionamiento.

    4

  • En tal condición antedicha, el Alcalde deberá presentar, oportunamente y en forma

    fundada, a la aprobación del Concejo, el Plan Comunal de Desarrollo, el

    Presupuesto Municipal, el Plan Regulador, las políticas de la unidad de servicios de

    salud y educación y demás incorporados a su gestión, y las políticas y normas

    generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.

    El Alcalde tendrá las atribuciones y funciones que indica la Ley, en especial

    promover el desarrollo económico, social y cultural de los habitantes de la Comuna,

    en armonía con las políticas regionales y nacionales, y particularmente las siguientes

    funciones específicas:

    Representar judicial y extrajudicialmente a la Municipalidad;

    Proponer al Concejo la organización interna de la Municipalidad;

    Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las

    normas estatutarias que los rijan;

    Velar por la observancia del principio de la probidad administrativa dentro del

    Municipio y aplicar medidas disciplinarias con las normas estatutarias que lo rijan;

    Administrar los recursos financieros de la Municipalidad, de acuerdo con las

    normas sobre administración financiera del Estado;

    Administrar los bienes Municipales y nacionales de uso público de la comuna que

    correspondan en conformidad a esta ley;

    Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales,

    Adquirir y enajenar bienes muebles; Dictar resoluciones obligatorias de carácter

    general o particular;

    Delegar el ejercicio de partes de sus atribuciones exclusivas en funciones de su

    dependencia o en los delegados que designe, salvo las contempladas en las

    letras c) y d). Igualmente podrá delegar la facultad para firmar, bajo la fórmula

    “por orden del Alcalde”, sobre materias específicas;

    Coordinar el funcionamiento de La Municipalidad con los órganos de la

    Administración del Estado que corresponda;

    Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la

    Comuna;

    5

  • Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado

    cumplimiento de las funciones de la Municipalidad y de lo dispuesto en el

    artículo 34º de la Ley N º 18.575;

    Convocar y presidir, con derecho a voto, el Concejo; como asimismo, convocar

    y presidir el Consejo Económico y Social Comunal;

    Someter a plebiscito las materias de administración local, de acuerdo a lo

    establecido en los artículos 99 y siguientes:

    Autorizar la circulación de los vehículos Municipales fuera de los días y horas de

    trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a La Municipalidad, y

    Remitir oportunamente a La Contraloría General de La República un ejemplar de

    la declaración de intereses, exigida por el artículo 61 de la Ley N º 18.575.

    3.2 FUNCIONES DE SECRETARIA DE ALCALDÍA.

    Gestionar la correspondencia de ingreso al Municipio.

    Llevar registro de decretos, oficios emitidos, facturas y boletas.

    Agendar las actividades del Alcalde.

    Coordinar con las Direcciones y Departamentos las actividades inmediatas.

    4 ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

    El administrador municipal será el colaborador directo del alcalde en las tareas de

    coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento

    del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el

    reglamento municipal y las que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas

    con la naturaleza de su cargo.

    La Administración Municipal tiene por objetivo administrar estratégicamente la

    organización interna de la Municipalidad de acuerdo a disposiciones Alcaldicias.

    Para el cumplimiento de sus funciones, el Administrador Municipal podrá tener el

    apoyo administrativo, técnico y profesional que le asigne el Alcalde.

    6

  • 4.1 FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR MUNICIPAL.

    • Velar por la correcta coordinación y gestión permanente de todas las unidades

    municipales, de acuerdo a las instrucciones que el Alcalde le imparta.

    • Velar por la elaboración y seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Acción

    Municipal, que contiene las políticas, planes y programas de la Municipalidad.

    • Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de las

    políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la

    gestión interna del Municipio.

    • Ejercer las atribuciones que le delegue expresamente el Alcalde, en conformidad

    con la Ley, y las demás funciones que se le encomiendan en este reglamento, sin

    perjuicio que la delegación debe limitarse a las funciones vinculadas al cargo de

    Administrador Municipal.

    • Colaborar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración

    de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión

    interna.

    • Realizar labores de articulación de equipos de trabajo y participar en la

    elaboración de los Planes de Capacitación del Personal.

    • Coordinar la creación y el desarrollo de las actividades de los distintos comités

    municipales.

    • Analizar las instrucciones, reglamentos, manuales de organización,

    procedimientos y descripción de cargos escritos, a fin de comprobar su utilidad y

    actualización, de acuerdo a la normativa vigente. En caso de no contar con

    estos instrumentos, deberá dirigir y supervisar su elaboración por las unidades

    respectivas.

    • Estudiar y velar por el cumplimiento de la estructura de la organización, en

    cuanto al número de unidades que la componen, distribución de funciones,

    centralización de decisión, delegación, etc.

    • Asesorar la puesta en marcha de cualquier nueva función que se establezca, así

    como de cualquier cambio o modificación de la organización de la

    Municipalidad o de su funcionamiento.

    7

  • • Coordinar las acciones para el cumplimiento de las funciones de la estructura

    organizacional y los futuros cambios y ajustes que ésta requiera.

    • Elaborar, proponer y programar en coordinación con otras unidades municipales,

    los gastos de inversión en la Municipalidad necesarios para la adecuada Gestión

    Municipal y los gastos de operación.

    • Establecer y mantener una estructura de comunicaciones y coordinación interna

    que vele por el buen funcionamiento institucional.

    • Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la

    naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    • Apoyar el accionar de los Clubes deportivos de la Comuna a través de proyectos

    y asesoría en su gestión.

    • Coordinar el accionar de la Corporación Municipal de Desarrollo Social.

    4.2 ENCARGADA DE INFORMACIONES Y OFICINA COMUNAL DE SERNAC.

    Atención al usuario Municipal en atención de oficinas y funciones de las

    reparticiones Municipales.

    Control de gestión de fotocopiadora.

    Atención central telefónica.

    Gestión de reclamos de usuarios a proveedores de bienes y servicios públicos y

    privados a través de convenio SERNAC.

    4.3 MAYORDOMO Y ENCARGADO DE EMERGENCIA.

    Controlar la circulación en edificio y patio Municipal.

    Efectuar la recepción, custodia y entrega de todos los elementos adquiridos por

    el municipio.

    Mantener actualizado el inventario de bienes Municipales.

    Diagnosticar las necesidades de la comuna, en materias de seguridad

    ciudadana.

    Participar en comisiones de seguridad ciudadana.

    Constituir y participar en el Consejo Comunal de seguridad ciudadana

    Elaborar, ejecutar y supervisar el Plan Comunal de seguridad ciudadana.

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  • Participar en acciones de coordinación interna y externa al Municipio.

    Realizar actividades administrativas de la unidad.

    4.4 ENCARGADO DE INFORMATICA.

    Crear y administrar las bases de datos que sean relevantes para la toma de

    decisiones y para el conocimiento de la comunidad.

    Coordinar el accionar de las distintas dependencias municipales de manera de ir

    integrando y correlacionando información y bases de datos.

    Apoyar computacionalmente las actividades de todos las Direcciones,

    Departamentos y Secciones de la Municipalidad, preocupándose del desarrollo

    de sistemas y/o programas, así como de la actualización de todo su

    equipamiento.

    Mantener y administrar las redes, sistemas computacionales, y equipos de la

    Municipalidad.

    Prestar soporte a usuarios en todo lo relativo a la plataforma computacional de la

    municipalidad.

    Supervisar todo proyecto informático que fuere contratado a terceros y ser la

    contraparte técnica de los sistemas computacionales arrendados.

    Controlar las concesiones que le correspondan de acuerdo a su participación en

    la elaboración de las especificaciones técnicas y que le sean atingentes a la

    naturaleza de sus funciones.

    Velar por la integridad de la información almacenada en equipos

    computacionales de propiedad municipal, además de elaborar y ejecutar los

    planes de contingencia necesarios en caso de pérdida de dicha información.

    Asesorar técnicamente a las distintas unidades municipales en los requerimientos

    de hardware y software para su adquisición.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la

    naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    9

  • 4.5 SECRETARIA ADMINISTRACIÓN.

    Gestionar los procesos de convenios de servicios y adquisiciones de la

    repartición.

    Control de la sala de reuniones.

    Gestión de abastecimiento de gas a oficinas Municipales.

    Apoyo administrativo al Administrador Municipal.

    4.6 AUXILIARES DE SERVICIO.

    Mantener las condiciones de aseo y servicio del edificio Municipal.

    Retirar correspondencia Municipal desde oficina de Correos de Chile.

    Realizar funciones de estafeta para el traslado de correspondencia en Los

    Muermos y Puerto Montt.

    5 DIRECCIÓN DE CONTROL.

    La Dirección de Control tiene por objetivo contribuir al uso eficiente de los recursos

    municipales, tanto propios como los de administración, y a la correcta aplicación de

    los procedimientos administrativos, en el ejercicio de las funciones que el municipio

    debe desarrollar de acuerdo a la ley.

    Por lo tanto, a la Dirección de Control le corresponde verificar y controlar la

    legitimidad y legalidad de las actuaciones municipales en el cumplimiento de los

    objetivos, planes y programas, tomando en consideración las instrucciones técnicas

    de la Contraloría General de La República y a las disposiciones legales vigentes.

    5.1 DEL CONTROL DE LEGALIDAD.

    • Realizar la auditoria operativa interna de la municipalidad, con el objeto de

    fiscalizar la legalidad de su actuación;

    • Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal;

    10

  • • Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de

    ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información

    disponible;

    • Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones

    fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado

    de avance del ejercicio programático presupuestario. En todo caso, deberá dar

    respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un

    concejal, y

    • Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoria externa que

    aquél puede requerir en virtud de esta ley.

    5.2 DEL CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO.

    a) Emitir un informe de la legitimidad del Proyecto de Presupuesto que anualmente

    se presenta al Alcalde y al Concejo, y de las correspondientes modificaciones, antes

    de que estas se aprueben formalmente.

    b) Controlar la ejecución presupuestaria y comunicar los déficit que advierta en el

    presupuesto municipal y en los presupuestos de educación y salud.

    c) Emitir un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio

    programático presupuestario.

    d) Efectuar las fiscalizaciones que correspondan a las Corporaciones, Fundaciones y

    Asociaciones Municipales, respecto del uso y destino de sus recursos, pudiendo

    acceder a toda la información que requiera para ello.

    e) Realizar controles y constataciones sobre la correcta imputación de las distintas

    instancias que contempla el sistema de contabilidad gubernamental.

    f) Revisar las rendiciones de cuenta que efectúen los funcionarios, concejales y las

    organizaciones que hayan recibido fondos a rendir o subvenciones, en su caso.

    11

  • g) Realizar exámenes oportunos a las operaciones económicas y financieras

    procediendo a representar situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la

    legalidad vigente, y otros que disponga la Dirección.

    h) Preparar las respuestas a los requerimientos que formule la Contraloría Regional o

    General de República sobre materias propias de su área.

    i) Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la

    naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    6 SECRETARÍA MUNICIPAL.

    La Secretaría Municipal tiene por objetivo dirigir las actividades de Secretaría

    Administrativa del Alcalde y del Concejo, y desempeñarse como Ministro de Fe en

    todas las actuaciones municipales.

    6.1 FUNCIONES GENÉRICAS.

    Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.

    Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica

    Constitucional de Municipalidades, con relación a la constitución y

    funcionamiento del Concejo Municipal.

    Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre juntas de vecinos y

    demás organizaciones comunitarias.

    Actuar como Ministro de Fe respecto de las actuaciones y resoluciones

    municipales, además de lo establecido en el Artículo 177º, inciso segundo, del

    Código del Trabajo.

    Mantener un constante flujo, control, archivo y conservación de toda la

    documentación que ingresa y egresa de La Municipalidad, proporcionando en

    forma rápida y expedita la información que se requiera para la actividad

    municipal.

    12

  • Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la

    correspondencia oficial. Mantener archivos actualizados de la documentación

    recibida y despachada por la Municipalidad.

    Efectuar el control de los plazos en la tramitación de la documentación interna y

    externa de La Municipalidad.

    Redactar los oficios, decretos, circulares y comunicaciones externas que se le

    encomienden. Elaborar y redactar material informativo en general.

    Obtener y mantener actualizada la información requerida por la comunidad, en

    coordinación con las distintas Unidades Municipales y otros Servicios Públicos,

    estableciendo los métodos para la oportuna entrega de ésta.

    Informar al público acerca del estado de tramitación de sus reclamos o

    peticiones, y orientarlos acerca del procedimiento y antecedentes necesarios

    para la obtención de servicios y beneficios que otorga La Municipalidad.

    Recibir y dar tramitación a las presentaciones y reclamos que formule la

    ciudadanía local

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la

    naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    6.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON EL CONCEJO MUNICIPAL.

    Las funciones establecidas para el Secretario Municipal y que dicen relación con el

    Concejo Municipal corresponden a las siguientes:

    Transcribir las grabaciones de las sesiones del Concejo, para la confección final

    de las correspondientes actas por parte del Secretario Municipal.

    Llevar un registro con todos los acuerdos del Concejo y de la documentación

    que sale y llega a éste.

    Preparar las convocatorias a las sesiones del Concejo y velar por su oportuno

    despacho a los señores concejales.

    Llevar los archivos correspondientes a toda la documentación antes detallada.

    13

  • 6.3 FUNCIONES RELACIONADAS CON ORGANIZACIONES COMUNITARIAS.

    Recibir los antecedentes sobre constitución de nuevas organizaciones

    comunitarias que soliciten su inscripción en el Registro de Organizaciones

    Comunitarias que de conformidad a la Ley Nº 19.418 administra la Secretaría

    Municipal, para proceder a su inscripción par la obtención de la personalidad

    jurídica.

    Preparar las certificaciones de este acto y derivar los antecedentes a la

    Dirección de desarrollo comunitario.

    Preparar los documentos que den respuesta a las organizaciones, ya sea

    informándoles de la conformidad de los antecedentes que avalaron su

    inscripción o detallándoles las observaciones que deben subsanar para que la

    personalidad jurídica obtenida quede a firme.

    Incorporar al Registro de Organizaciones Comunitarias que se lleva, todas las

    modificaciones que las entidades inscritas hagan a sus estatutos, directivas

    nóminas de socio y otros antecedentes que por disposición legal las

    organizaciones deben informar a La Secretaría Municipal para mantener

    actualizados sus antecedentes y plenamente vigente su personalidad jurídica.

    Preparar las certificaciones que las organizaciones soliciten respecto de los

    antecedentes que se llevan en el Registro.

    Mantener actualizada la base de datos computacional que se lleva con los

    antecedentes de cada organización inscrita en el Registro.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7 DIRECCIÓN DE OBRAS.

    La Dirección de Obras Municipales tiene por objetivo procurar el desarrollo urbano

    de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan

    las edificaciones en el territorio comunal en concordancia con la Ley General de

    Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza.

    14

  • 7.1 FUNCIONES DEL DIRECTOR DE OBRAS.

    Asesorar al Alcalde y demás unidades municipales, en materias del Plan

    Regulador y de Urbanización Comunal.

    Velar por el cumplimiento de las disposiciones de La Ley General de Urbanismo

    y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las ordenanzas

    correspondientes.

    Dar aprobación a las subdivisiones de loteos y predios urbanos y urbano-rurales

    y a los proyectos de obras de urbanización y construcción.

    Otorgar los permisos de edificación de las obras, fiscalizar su ejecución,

    recepcionar y autorizar su uso.

    Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones

    legales y técnicas que las rijan.

    Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y

    urbanización.

    Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización

    y edificación realizadas en la comuna.

    Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.

    Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sea

    ejecutadas directamente o a través de terceros.

    Controlar las concesiones que le correspondan de acuerdo a su participación

    en la elaboración de las especificaciones técnicas y que le sean atingentes a la

    naturaleza de sus funciones.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano.

    Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal y mantenerlo actualizado,

    promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes

    seccionales para su aplicación

    15

  • Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana ínter

    comunal, formuladas a La Municipalidad por La Secretaría Regional Ministerial

    de Vivienda y Urbanismo.

    7.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LAS EDIFICACIONES.

    Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y

    Construcciones y su Ordenanza, el Plan Regulador Comunal y su Ordenanza

    respectiva, y demás disposiciones legales pertinentes, en los proyectos de obras

    de construcción de la comuna.

    Aprobar las obras nuevas, ampliaciones, transformaciones y otras que

    determinen las leyes y reglamentos.

    Efectuar el giro de los derechos municipales que correspondan a los permisos y

    servicios otorgados por la Dirección de Obras.

    Otorgar los permisos y certificados reglamentarios para la ejecución y

    recepción de obras de edificación en la comuna.

    Emitir los informes sobre uso del suelo y sobre otros aspectos técnicos relativos a

    la construcción y urbanización necesarios para el otorgamiento de patentes,

    permisos, concesiones de bienes y otros.

    Informar y velar por el cumplimiento de las medidas de mitigación necesarias

    para hacer frente a los impactos viales que pueden producir las construcciones

    que se ejecuten en la Comuna.

    Tramitar los estudios de impacto vial y coordinar la ejecución de proyectos

    viales con la Dirección de tránsito y transporte público.

    Cumplir con las demás funciones que su jefatura le encomiende, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7.3 FUNCIONES EN MATERIA DE URBANISMO.

    Revisar los proyectos de subdivisiones, loteos y urbanizaciones en la Comuna.

    Estudiar proyectos de mobiliario urbano para ocupar espacios en la vía pública,

    procurando la conservación y armonía arquitectónica de la Comuna.

    Emitir los permisos y certificados correspondientes para la ejecución y recepción

    de obras de urbanización en la Comuna.

    16

  • Efectuar el giro de los derechos municipales que correspondan obras de

    urbanización que se realicen en la Comuna.

    Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental.

    Aplicar normas legales y técnicas con relación a la vialidad urbana y rural de la

    Comuna.

    Aplicar normas legales y técnicas relacionadas con los proyectos de

    pavimentación y sanitarios, evacuando los informes que correspondan.

    Otorgar los permisos para la ocupación de espacios de bienes nacionales de

    uso público en la Comuna.

    Cumplir con las demás funciones que su jefatura le encomiende, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7.4 FUNCIONES EN MATERIA DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS.

    Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas pertinentes a

    la ejecución de las obras sujetas a su inspección.

    Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración de

    bases y especificaciones técnicas de las propuestas para la contratación de

    obras municipales.

    Participar en la evaluación de las propuestas, en conjunto con la comisión

    respectiva, cuando la supervisión de la obra le corresponda.

    Evaluar el desempeño de los Contratistas que prestan servicio al municipio,

    manteniendo actualizado el registro de los mismos.

    Mantener actualizado el archivo de las obras inspeccionadas por la

    municipalidad durante la ejecución de estas.

    Cumplir con las demás funciones que su jefatura le encomiende, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7.5 FUNCIONES EN MATERIA CATASTROS Y ARCHIVOS.

    Elaborar y mantener actualizado el catastro con los antecedentes de las obras

    de urbanización y edificación realizadas en la Comuna, así como también llevar

    el archivo de todos los departamentos que conforman la Dirección de Obras.

    17

  • Mantener actualizado el archivo de todos los expedientes de construcción,

    subdivisión, loteos, fusión de loteos, Ley de copropiedad, permisos de obras y

    certificados en general que emitan los distintos Departamentos.

    Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación, custodia y

    control, de los expedientes que se archivan.

    Cumplir con las demás funciones que su jefatura le encomiende, de acuerdo a la

    naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7.6 OFICINA MUNICIPAL DE VIVIENDA.

    • Recepcionar solicitudes de inscripción al Registro SERVIU.

    • Organizar y apoyar comités de vivienda para su postulación a Proyectos

    Habitacionales

    • Crear Comités e ingresar sus integrantes al SIPVI y al Banco de Proyectos del

    MINVU

    • Apoyo y coordinación con Empresas de Asistencia Técnica en presentación de

    Proyecto Habitacional

    • Apoyo y coordinación con Empresa de Asistencia Técnica en presentación de

    Proyecto Habitacional

    • Postular a los usuarios a los diferentes llamados habitacionales

    • Emisión de certificados FPS para postulaciones a vivienda

    7.7 FUNCIONES DE ADMINISTRATIVO DE DIRECCIÓN DE OBRAS.

    Entregar información sobre la normativa de construcción que requiera la

    comunidad.

    Coordinar y supervisar la operación del equipo vial Municipal.

    Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente en la ejecución de Obras,

    construcciones particulares y Municipales.

    Coordinar acciones propias de obras con entidades internas y externas del

    Municipio.

    Apoyo administrativo al Director de obras.

    18

  • 7.8 FUNCIONES DE SECRETARÍA DE DIRECCIÓN DE OBRAS.

    Gestionar los procesos de convenios de servicios y adquisiciones de la

    repartición.

    Gestión de archivos de convenios, permisos de edificación, regularización y

    otros,

    Apoyo administrativo al Director de Obras.

    7.9 FUNCIONES DE OPERARIOS DE MAQUINARIA Y VEHÍCULOS PESADOS.

    Realizar las labores de conducción de la maquinaria vial Municipal.

    Realizar las labores de mantención preventiva del vehículo.

    Informar a la Dirección de obras respecto a la mantención correctiva del

    vehículo.

    Mantener actualizada la bitácora del vehículo.

    Cumplir con las funciones de conducción que su jefatura le encomiende, de

    acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    7.10 AUXILIARES PEONETA.

    Apoyo logístico a la Dirección de obras.

    Resguardo de materiales y herramientas de bodega Municipal.

    8 UNIDAD DE TRÁNSITO.

    La unidad de Tránsito tiene por objetivo el asegurar la optimización de las

    condiciones de tránsito en la Comuna y otorgar a la comunidad los servicios

    necesarios relativos a tránsito. Asimismo, debe velar por el cumplimiento de las

    normas legales que regulan el tránsito y transporte público y el mejoramiento de los

    sistemas de tránsito de la Comuna.

    19

  • 8.1 FUNCIONES EN MATERIA DE LICENCIAS DE CONDUCIR.

    Otorgar, renovar, restringir o denegar licencias para conducir vehículos de

    acuerdo a la normativa vigente.

    Solicitar el certificado de antecedentes al Registro Nacional de Conductores.

    Efectuar los exámenes teóricos, prácticos y psicotécnicos (médicos), según

    corresponda a la clase de Documento solicitado para otorgar las licencias de

    conducir o para otros fines, a través de su Gabinete Psicotécnico.

    Mantener un registro de las licencias de conducir otorgadas y denegadas.

    Informar al Registro Nacional de Conductores las licencias otorgadas o

    denegadas y los controles efectuados a los conductores.

    Efectuar el giro de los derechos municipales relativos a los permisos y servicios

    que otorga.

    Custodiar y mantener un archivo con todos los antecedentes que sustentan las

    resoluciones adoptadas por la unidad, en especial los referidos a las licencias

    de conducir entregadas por esa unidad.

    Llevar un registro de las infracciones recibidas de los diferentes juzgados y de las

    enviadas.

    Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación, custodia y

    control, de los expedientes que se archiven.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    8.2 FUNCIONES EN MATERIA DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN.

    Otorgar y renovar los permisos de circulación de acuerdo a la normativa

    vigente.

    Empadronar los carros y remolques que circulen en la comuna.

    Mantener un Registro Comunal de Permisos de Circulación otorgados.

    Solicitar, aprobar o rechazar los traslados de Registro Comunal de Permisos de

    Circulación.

    Emitir el giro del impuesto por permiso de circulación de los vehículos

    registrados.

    20

  • Custodiar y mantener un archivo con los antecedentes que sustentan las

    resoluciones adoptadas por la unidad, en especial los referidos a los permisos

    de circulación que se otorguen.

    Entregar informes técnicos y/o administrativos que soliciten los Tribunales de

    Justicia y otras autoridades.

    Determinar y aplicar normas de seguridad para la conservación, custodia y

    control de expedientes que se archiven.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    8.3 FUNCIONES EN MATERIA DE INGENIERÍA DE TRÁNSITO.

    Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de tránsito y

    transporte público en la comuna.

    Estudiar y proponer medidas de regularización y mejoramiento de los sistemas

    de tránsito en la Comuna.

    Planificar y controlar programas de mantención de dispositivos de señalización

    de tránsito.

    Estudiar e informar cuando corresponda los estacionamientos, terminales y otros

    que puedan afectar la circulación vehicular o peatonal.

    Aportar a la Secretaría Comunal de Planificación los antecedentes técnicos

    necesarios para la elaboración de los bases administrativas especiales

    tendientes a realizar los llamados a propuestas para concesiones y contratos

    relacionados con su área.

    Controlar las concesiones y/o contratos que le correspondan de acuerdo a su

    participación en la elaboración de las especificaciones técnicas y que le sean

    atingentes a la naturaleza de sus funciones

    Coordinar la ejecución de proyectos viales con la Dirección de Obras e

    instituciones externas.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    21

  • 9 SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN.

    La Secretaría Comunal de Planificación tiene por objetivo asesorar al alcalde y al

    Concejo en todas las materias relacionadas a la Planificación Comunal, en

    concordancia con los planes y programas del nivel central y regional.

    9.1 FUNCIONES DE LA SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN.

    Servir de Secretaria técnica permanente del Alcalde y el Concejo Municipal en

    la formulación de la estrategia municipal como así mismo de las políticas,

    planes, programas y proyectos de desarrollo de la Comuna.

    Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de

    Desarrollo y del Presupuesto Municipal.

    Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y del

    presupuesto Municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos

    semestralmente.

    Elaborar los informes y cuentas que el Alcalde debe entregar ante el Concejo y

    la comunidad, según lo dispone La Ley.

    Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo

    de la Comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.

    Elaborar las bases administrativas, generales y especiales, según corresponda,

    para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, y de

    acuerdo a los procedimientos establecidos.

    Fomentar las vinculaciones de carácter técnico entre las unidades municipales

    con los servicios públicos y el sector privado en materias propias de su

    competencia.

    Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus

    funciones

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    22

  • 9.2 DE LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS.

    Elaborar y proponer programas y proyectos específicos para el desarrollo

    comunal.

    Estudiar y proponer las medidas que se requiere adoptar para impulsar el

    desarrollo, tendiente al bienestar general de la población comunal, sin perjuicio

    de las materias relacionadas con salud, educación y otras, que corresponda a

    la respectiva unidad.

    Tomar conocimiento de todas las acciones y proyectos que preparen o estén

    aplicando en la comuna, en el área social y económica, los Servicios del Estado

    y el sector privado, a fin de coordinar sus acciones en la comuna.

    Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal.

    Investigar la realidad social de la comuna, para la elaboración de diagnósticos

    sociales comunales, confeccionando y diseñando los instrumentos para tales

    efectos.

    Elaborar toda la información necesaria para la confección del Plan de

    Desarrollo Comunal, el Plan Anual de Acción, los programas y proyectos

    municipales.

    Estudiar, caracterizar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en

    sus aspectos económicos y sociales.

    Preparar y Evaluar los proyectos con todos sus antecedentes o ser la unidad

    técnica supervisora si éstos se contratan con terceros.

    Elaborar proyectos para postular a la asignación de recursos, tanto regionales,

    sectoriales y otros.

    Apoyar técnicamente a las organizaciones comunales, tanto urbana como

    rurales, en la postulación a proyectos de carácter participativo, o a la

    obtención de beneficios individuales y colectivos, tales como, pavimentos

    participativos, agua potable, electrificación rural, telefonía rural, vivienda,

    regularización de títulos de dominio, mejoramiento de caminos rurales, etc.

    Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos

    elaborados por esta unidad.

    Mantener actualizada la base de datos de organizaciones nacionales e

    internacionales que sean fuente de financiamiento de proyectos.

    23

  • Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    Elaborar las bases administrativas, generales y especiales, para los llamados a

    licitación, relacionados con Concesiones, Adquisiciones, Estudios, Proyectos y

    Contratación de Servicios Generales, entre otras, previo informe de la unidad

    competente, de conformidad con los procedimientos e instrucciones

    establecidos en La Ley y el Reglamento.

    9.3 ASISTENTES DE PROYECTOS.

    Generar cartera de proyectos de la Municipalidad.

    Gestionar la cartera de proyectos al interior del Municipio y la participación de

    los actores clave.

    Gestionar los aspectos técnicos y administrativos de la formulación de

    proyectos.

    9.4 SECRETARIA ADMINISTRATIVA.

    Gestionar los procesos de postulación y rendición de proyectos.

    Mantener actualizado el registro de receptores de fondos públicos.

    Apoyo administrativo a Jefatura SECPLAN.

    10 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

    La Dirección de Administración y Finanzas tiene por objetivo asesorar al Alcalde en la

    administración y ejecución de políticas globales e integrales de los recursos

    humanos, financieros y físicos de la municipalidad y Cementerio.

    10.1 FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

    Proponer y administrar el conjunto de acciones que propendan a una eficiente

    administración del personal municipal.

    24

  • Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de

    ingresos municipales

    Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del

    Presupuesto Municipal.

    Visar los decretos que irroguen gastos y/o generen recursos.

    Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la

    contabilidad gubernamental y con las instrucciones de la Contraloría General

    de la República que imparta al respecto.

    Manejar el registro y control de los documentos que dan origen a las

    imputaciones contables y que constituyen el respaldo de éstos

    Gestionar las actividades financieras de la Municipalidad, proponiendo políticas

    y estrategias que permitan aumentar los ingresos y optimizar los gastos.

    Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias

    respectivas y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.

    Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.

    Preparar informes periódicos en materia de inversiones, coordinando su acción

    con la Secretaría Comunal de Planificación para las modificaciones, ajustes,

    reducciones y nuevos programas y/o proyectos que correspondan.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    10.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LA GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS.

    Proponer las políticas y estrategias generales de administración de personal.

    Administrar el sistema de personal de la Municipalidad, aplicando técnicas de

    selección, inducción y entrenamiento.

    Velar por la actualización y validez de las descripciones y especificaciones de

    los cargos.

    Velar por la adecuada designación y distribución del personal en las diferentes

    unidades municipales y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.

    Desarrollar las políticas y planes de capacitación que apruebe el Alcalde.

    Instruir a las distintas unidades municipales sobre las materias técnicas de

    personal, para su ejercicio.

    25

  • Programar y apoyar los procesos de selección para proveer los cargos

    vacantes y reemplazos, disponiendo y manteniendo un banco de datos de

    personal como fuente de reclutamiento.

    Programar y apoyar el proceso de evaluación del desempeño del personal

    municipal, de acuerdo al Reglamento respectivo y como herramienta de

    gestión en materia de recursos humanos.

    10.3 FUNCIONES RELACIONADAS CON LA GESTIÓN DE ADQUISICIONES E

    INVENTARIOS.

    Efectuar y controlar las adquisiciones municipales, de acuerdo al Reglamento

    que rige esa materia.

    Efectuar de acuerdo a los procedimientos establecidos, la recepción, custodia

    y entrega de todos los elementos adquiridos por el municipio.

    Mantener actualizados los registros de bienes Muebles e Inmuebles de la

    Municipalidad y los inventarios valorados de los mismos, en coordinación con la

    Administración Municipal.

    10.4 FUNCIONES RELACIONADAS CON RENTAS Y FINANZAS MUNICIPALES.

    Gestionar las actividades financieras de la Municipalidad, proponiendo políticas

    y estrategias que permitan aumentar los ingresos y optimizar los gastos.

    Apoyar en la preparación de los proyectos del plan financiero y de los

    presupuestos de la Municipalidad.

    Mantener actualizada la información financiera, presupuestaria y contable,

    poniéndola en conocimiento del Alcalde y demás autoridades que

    correspondan.

    Estudiar, calcular, proponer y controlar cualquier tipo de ingreso y egreso

    municipal.

    Visar los decretos de pago a fin de controlar la ejecución presupuestaria

    municipal.

    26

  • Velar por la correcta y oportuna ejecución de los pagos municipales, manejo

    de las cuentas corrientes bancarias y rendición de cuenta a la Contraloría

    General de la República.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    10.5 FUNCIONES DE LA TESORERIA MUNICIPAL.

    Recaudar los tributos y otros ingresos municipales.

    Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás

    valores municipales.

    Recibir, validar y custodiar toda clase de instrumentos de garantía, extendidos a

    favor de la Municipalidad.

    Efectuar el pago de las obligaciones municipales.

    Depositar en las cuentas corrientes autorizadas del Banco respectivo los fondos

    recaudados.

    Habilitar cajas recaudadoras en los lugares y por el tiempo que sean necesarios,

    para los objetivos de La Municipalidad, dentro del ámbito comunal.

    Efectuar la rendición mensual de cuentas de la Caja municipal.

    Diseñar, implementar y mantener un archivo con los documentos que ingresan

    y salen de la Tesorería.

    Actuar como Martillero en los remates municipales.

    Presentar rendiciones de cuenta a las entidades, por fondos entregados y

    destinados a fines específicos.

    Formar, archivar y custodiar los expedientes de rendiciones de cuenta que

    deban mantenerse a disposición de la Contraloría General de la República.

    Realizar arqueos de caja en forma regular en pro del resguardo de los intereses

    municipales.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    27

  • 10.6 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CONTABILIDAD.

    Realizar contabilidad gubernamental y presupuestaria.

    Preparar reportes de contabilidad gubernamental y presupuestaria.

    10.7 FUNCIONES DEL CAJERO MUNICIPAL.

    Recaudar los ingresos propios y externos de la Municipalidad.

    Atención de usuarios (as).

    10.8 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE PERSONAL.

    Apoyar el proceso de evaluación del desempeño del personal municipal, de

    acuerdo al reglamento respectivo como herramienta de gestión en materia de

    recursos humanos.

    Administrar el registro de cometidos de servicios.

    Administrar el registro de feriados, permisos administrativos.

    Gestionar la tramitación de licencias médicas y realizar seguimientos.

    Administrar y suministrar a las oficinas que lo requieran materiales de oficina

    necesarias para la operación Municipal.

    10.9 FUNCIONES ENCARGADO DE RENTAS Y PATENTES.

    Administrar y mantener Rentas Municipales.

    Administrar Patentes Municipales.

    Gestionar el proceso de fiscalización en coordinación con otras unidades y

    organismos relacionados.

    Gestionar la proyección de cobros municipales.

    Fiscalizar el cumplimiento de la Ley de Alcoholes.

    10.10 FUNCIONES ENCARGADO DE ADQUISICIONES.

    Gestionar el proceso administrativo en la adquisición de bienes y servicios.

    Elaborar y analizar la estrategia de compras.

    Realizar los procesos de adquisición de servicios generales Municipales.

    Gestionar y mantener los convenios de suministros de bienes y servicios.

    Coordinar el proceso de evaluación de proveedores de bienes y servicios.

    28

  • 10.11 FUNCIONES ADMINISTRATIVO DE FINANZAS.

    Procesar estados de pago de adquisición de bienes y servicios y honorarios.

    Gestionar la transferencia de recursos a organizaciones y servicios traspasados.

    Actualizar registro de contabilidad Municipal

    11 DIRECCIÓN DE DESARROLLO COMUNITARIO.

    La Dirección de Desarrollo Comunitario tiene por objetivos: Implementar acciones

    tendientes a potenciar y fortalecer la participación de la comunidad organizada en

    las distintas esferas del desarrollo de la comuna, ejecutando programas tendientes a

    generar las condiciones mínimas para la adecuada participación de las

    organizaciones sociales; motivación, orientación, legalización e información entre

    otras. En el ámbito de desarrollo comunal la Dirección de Desarrollo Comunitario

    tiene por mandato Proponer y ejecutar, dentro de su ámbito y cuando corresponda,

    medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con salud pública,

    protección del medio ambiente, educación y cultura, capacitación laboral, deporte

    y recreación, promoción del empleo, fomento productivo local y turismo.

    11.1 FUNCIONES DEL (LA) DIRECTOR (A) DE DESARROLLO COMUNITARIO.

    Asesorar al alcalde y al concejo Municipal en la promoción del desarrollo

    comunitario.

    Coordinar y dar los lineamientos del accionar del Departamento Social.

    Coordinar y orientar el accionar de la Dirección con los servicios traspasados de

    Ecuación y Salud.

    Coordinar y supervigilar el accionar de las unidades de fomento productivo,

    oficina de intermediación laboral y los programas asociados al Municipio del

    ámbito social y productivo.

    29

  • 11.2 FUNCIONES RELACIONADAS CON LA GESTIÓN DE ORGANIZACIONES

    COMUNITARIAS.

    Promover la formación, funcionamiento y coordinación de organizaciones

    territoriales y funcionales, prestándoles asesoría técnica y capacitación

    permanente.

    Desarrollar acciones tendientes a favorecer la legalización de las

    organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y efectiva participación en

    el Municipio.

    Planificar, administrar y ejecutar los programas sociales básicos de fomento de

    la participación social de la comunidad, conforme a la realidad específica de

    las distintas unidades vecinales.

    Diseñar y actualizar permanentemente los sistemas de registro de las

    organizaciones sociales y mantener información actualizada de los

    antecedentes e historia de las organizaciones comunitarias territoriales y

    funcionales.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    11.3 FUNCIONES ENCARGADO DE CULTURA.

    Diagnosticar las necesidades culturales de la comuna.

    Promover la participación de organismos públicos e instituciones de la

    comunidad.

    Elaborar el Plan de Actividades Culturales.

    Ejecutar y controlar los programas culturales.

    Administrar el presupuesto anual de cultura.

    Realizar actividades administrativas de la Unidad.

    Participar en acciones de coordinación interna y externa al municipio.

    Gestionar la participación social en la formulación de proyectos culturales.

    30

  • 11.4 FUNCIONES DEL ENCARGADO DE FOMENTO PRODUCTIVO.

    Colaborar con el Alcalde y el Concejo en la elaboración de políticas y

    acciones destinadas a promover y fortalecer el desarrollo económico local,

    urbano y rural, a través del fortalecimiento de iniciativas productivas en la

    comuna.

    Promover las capacidades de la comunidad local, para lograr su integración al

    desarrollo económico y social, mediante el desarrollo de exposiciones de

    intercambio, seminarios y talleres.

    Elaborar políticas, planes y proyectos específicos destinados a la promoción de

    la comuna, para el desarrollo económico local.

    Desarrollar instancias de encuentro con el sector privado de modo de

    fortalecer alianzas estratégicas para el desarrollo de la comuna.

    11.5 FUNCIONES DE SECRETARIA DIDECO.

    Gestionar los procesos de convenios de servicios y adquisiciones de la

    repartición.

    Actualizar registro de organizaciones comunitarias.

    Apoyo administrativo a la Directora de Desarrollo Comunitario.

    11.6 FUNCIONES ENCARGADO OFICINA DE INTERMEDIACIÓN LABORAL.

    Administrar y ejecutar los programas sociales referentes a las materias de

    intermediación laboral, potenciando la integración entre la demanda y oferta

    de empleo.

    Desarrollar programas de capacitación destinados a la inserción laboral de los

    habitantes de la comuna.

    Actualizar el registro de demanda en colocación de empleos.

    Administrar el programa de inserción laboral.

    Derivar demandas a los programas y proyectos Municipales

    Otorgar información y orientación en materia de empleo, tanto a los

    empleadores como la fuerza de trabajo demandante de empleo.

    31

  • 11.7 FUNCIONES CONDUCTOR VEHÍCULO DE DIDECO.

    Realizar las funciones de apoyo que su jefatura le encomiende.

    Mantener su vehículo asignado en condiciones mecánicas adecuadas.

    Actualizar la bitácora del vehículo en cuanto a kilometraje, combustible y

    observaciones.

    12 DEPARTAMENTO SOCIAL.

    El Departamento Social tiene por objetivo contribuir a la solución de los problemas

    socioeconómicos que afectan a los habitantes de la comuna , procurando las

    condiciones necesarias básicas que permitan mejorar la calidad de vida de los

    sectores sociales más vulnerables, modificando las condicionantes que favorecen la

    reproducción del círculo de la pobreza.

    12.1 FUNCIONES DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO SOCIAL.

    Asesorar al Alcalde y al Concejo en la formulación de los programas y

    proyectos necesarios para mejorar las condiciones socioeconómicas de los

    grupos sociales más pobres.

    Elaborar diagnósticos sociales que permitan identificar, cuantificar y localizar los

    problemas socioeconómicos que afectan a la comunidad, manteniendo

    registros específicos y actualizados.

    Proporcionar atención integral a las necesidades de los grupos familiares

    vulnerables mediante la ejecución de programas municipales o la

    administración de programas sociales públicos relacionados con: estratificación

    social, viviendas, operativos de atención en terreno, hogares de menores,

    atención de ancianos, erradicación de campamentos, pensiones asistenciales,

    subsidios, asistencia legal, etc.

    Coordinar el desarrollo de acciones sociales tendientes a la superación de la

    pobreza, tanto con unidades municipales como con otras instituciones, públicas

    y/o privadas.

    32

  • Elaborar, proponer y ejecutar programas específicos destinados a prevenir y/o

    disminuir las problemáticas Psicosociales, coordinando las acciones que ellos

    involucran con organismos técnicos especializados y con la sección de

    programas especiales en caso que correspondan.

    Atender y asistir transitoriamente a personas y familias de la comuna, que estén

    en situaciones de emergencia o de necesidad manifiesta, organizando y

    coordinando, con la colaboración de las autoridades correspondientes, las

    labores asistenciales que sean necesarias.

    Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a

    la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

    12.2 ADMINISTRATIVA DEPARTAMENTO SOCIAL.

    Encargada pensiones asistenciales.

    Encargada tramites administrativos ayudas técnicas FONADIS.

    Monitorear sistema FPS.

    Actualizar la contabilidad en acción social.

    Encargada pagos beca municipal

    Gestionar beca Presidente de la República.

    Asesoría a comités adultos mayores

    12.3 ENCARGADO SUBSIDIO UNICO FAMILIAR (SUF).

    Realizar visitas domiciliarias por ayudas sociales

    Apoyo familiar del Programa Puente

    Beca indígena y beca municipal

    12.4 ENCUESTADOR DEPARTAMENTO SOCIAL.

    Encuestador.

    Atención de público.

    Tramite de SAP, pensión, SUF.

    Visita por ayuda social.

    Colaboración apoyos familiares en busca de domicilio para ingreso de familia

    al programa puente.

    33