ley 26.571
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LEY 26.571
“DEMOCRATIZACION DE LA REPRESENTACION POLITICA, LA TRANSPARENCIA, Y LA EQUIDAD
ELECTORAL.
14 DE AGOSTO
2.011
ELECCIONES PRIMARIAS SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS
PARTICIPAN LAS AGRUPACIONES POLITICAS: ENTIENDASE:
GPARTIDOS POLITICOSO CONFEDERACIONES ALIANZAS.
PROCEDERAN EN FORMA OBLIGATORIA A SELECCIONAR SUS CANDIDATOS A CARGOS PUBLICOS ELECTIVOS NACIONALES.
CARACTERISTICAS DE LA ELECCION
ABIERTAS: participan todos los electores que tengan 18 años cumplidos a la fecha de las elecciones generales ( 23 de octubre de 2011)
SIMULTANEAS: se celebran el mismo día en todo el país, y para todas las categorías de cargos.
OBLIGATORIAS: a) para los partidos aun cuando tengan una sola lista.b) para los que quieran ser candidatos.c) para la ciudadanía
AUTORIDAD DE APLICACION JUSTICIA NACIONAL ELECTORAL: entenderá en todo lo relacionado a los actos y
procedimientos electorales:
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR:
prestara colaboración en lo referente a la organización de las elecciones primarias.
AMBITO DE APLICACION LEYES SUPLETORIAS: En todo lo que no se encuentre modificado en esta
Ley serán aplicables:
C.CODIGO ELECTORAL NACIONAL LEY 19.945
D. LEY DE FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLITICOS Nº 26.215.
CONVOCATORIA La realizara el poder ejecutivo nacional con una antelación de
noventa (90) días previos a su realización ( limite máximo 16 de mayo) .
Presentación de alianzas 60 días antes. Oficialización de listas 50 días antes de la elección ( 25 de junio
de 2011). Boletas elección del color 55 días antes de la elección Oficialización de boletas 3 días posteriores a la oficialización de
las listas ante la junta electoral
Elecciones primarias segundo domingo de agosto (14 de agosto de 2011)
AGRUPACIONES POLITICAS Designan exclusivamente los precandidatos debiendo observarse: 2. La carta orgánica3. Requisitos de la constitución nacional4. Ley orgánica de partidos políticos 23.298.5. Código electoral nacional 6. la presente ley.
Pueden reglamentar la participación de extra partidarios
Precandidaturas a senadores – diputados nacionales requisitos: avaladas por:
a Dos por mil 2%0 del padrón general de cada distrito electoral, hasta el máximo de 1.000.000.
0 2% del padrón de afiliados de la agrupación política o la suma de los padrones de los partidos que la integran del distrito respectivo hasta un máximo de 100.000 el que sea menor.
PRECANDIDATURAS Las precandidaturas a presidente y vice presidente de
la nación deberán estar avaladas por:
n Uno por mil 1%0 del padrón general
1% del padrón de afiliados de la agrupación política o la suma de los padrones de los partidos que la integran.
Ningún afiliado podrá avalar mas de una (1) lista Los precandidatos que se presenten solo pueden
hacerlo en: una (1) sola agrupación política - una (1) sola categoría a cargos electivos.
ELECTORES Todos los electores deben votar de acuerdo al registro
de electores confeccionado por la justicia nacional electoral.
Constaran las personas que cumplan 18 años a partir del día de la elección general (23 de octubre).
Se votará en el mismo lugar en las dos 2 elecciones.
Deben emitir un 1 solo voto por cada categoría de cargos a elegir pudiendo optar por distintas listas de diferentes agrupaciones políticas.
Se dejara constancia en el documento cívico.
PADRON Padrón mixto e igual para la elección general
Importante: Del 6 al 27 de mayo de 2011 controlar nuestros
datos en el padrón electoral provisorio.
A través de: Secretaria electoral del juzgado federal 0800.999.7237 Msm al 64646 voto espacio dni f-m Www.Padron.Gob.Ar
PRESENTACION Y OFICIALIZACION DE LISTAS
Hasta 55 días antes de las elecciones primarias las agrupaciones políticas podrán solicitar al juzgado federal la asignación de colores para las boletas a utilizar en las elecciones primarias y en la general.
Color: las boletas de todas las listas de una misma agrupación tendrán el mismo color que no podrá repetirse con el de otras agrupaciones, salvo el blanco.
Características:
G.Papel tipo obra de sesenta gramosH.Tipografía negro o blancoI. El reverso deberá ser blanco J. Podrán en el anverso colocarse fotografías de candidatos/tas.K. No pueden utilizarse imágenes como fondo ni sello de agua.
BOLETAS Deben cumplir los requisitos establecidos en el código electoral nacional.
Cada sección deberá contener en su parte superior tipo y fecha de la
elección, denominación y letra de la lista interna.
Las boletas deberán ser presentadas ante la junta electoral dentro de los 3
días posteriores a la oficialización de las precandidatas, debiendo aquella
oficializarla dentro de las 24 horas de su presentación.
Producida la oficialización la junta electoral someterá dentro de las 24 horas,
a la aprobación formal del juzgado federal los modelos de boletas de
sufragio de todas las lista que se presentaren en las elecciones primarias,
con una fecha de antelación de 30 días de la fecha de realización de las
elecciones primarias.
JUNTAS ELECTORALES INTEGRACION :1. El numero que determine la carta orgánica partidaria y el reglamento
electoral en caso de alianzas o confederaciones2. 1 representante por cada lista una vez oficializada.
55 días antes de la elección primaria cada agrupación política debe acompañar al juzgado federal su reglamento electoral e informar la integración de su junta electoral ( 21 de junio de 2011), el domicilio, día y horarios en que funcionara y el sitio web en que se publican dichos datos.
FUNCION:
8. Verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en: la legislación de aplicación.
9. Verificar los avales correspondientes10.Oficializar las listas –y boletas 11.La distribución de los fondos recibidos para la campaña y para impresión de
boletas simultáneamente y en partes iguales entre las lista de precandidatos oficializadas..
12.Efectuar la proclamación de los candidatos electos.13.Informar a la justicia electoral los responsables económicos financieros
designados por las listas.
PRESENTACION DE LISTAS
Las listas de precandidatos se deben presentar ante la junta electoral de cada agrupación hasta 50 días antes
de la elección primaria para su oficialización. (25 de junio de 2011)Las listas también se podrán
presentar ante la justicia electoral.
OFICIALIZACION DE LISTAS La junta electoral dentro de las 48 horas de presentadas las
solicitudes de oficialización dictara resolución aceptando o rechazando.
La junta electoral de la agrupación deberá notificar dentro de las 24 horas al juzg. Federal con competencia electoral y este al ministerio del interior a los efectos de la asignación de aportes – espacios publicitarios y franquicias.
Cualquiera de las listas podrá solicitar la revocatoria acompañada de apelación en subsidio dentro de las 24 horas de notificada.
Rechazada la revocatoria la junta electoral elevara las actuaciones al juzgado federal dentro de las 24 horas de dictada la resolución .
REQUISITOS DE LAS LISTASA. Numero de precandidatos igual al numero de cargos titulares y suplentes a seleccionar
(respetando el porcentaje mínimo de precandidatos de cada sexo de conformidad a la ley 24.012)
C. Nomina de precandidatos acompañada de constancia de aceptación de la postulación suscripta por el precandidato con indicación: domicilio; nº de DNI – LE – LC; declaración jurada de reunir los requisitos constitucionales y legales pertinentes.
E. Designación de apoderado y responsable económico – financiero de la lista, a los fines de la ley de financiamiento de partidos políticos, constitución de domicilio especial en la ciudad asiento de la junta electoral de la agrupación.
G. Denominación de la lista, mediante color y/o nombre la que no podrá contener el nombre de personas vivas, de la agrupación política ni de los partidos que la integraren.
I. Avales establecidos art. 21 de la presente ley.
K. Declaración jurada de todos los precandidatos comprometiéndose a respetar la plataforma electoral de la lista.
M. Plataforma programática y declaración del medio por la cual se difundirá.
CAMPAÑA ELECTORAL Se inicia 30 días antes de la fecha del comicios( 15 de julio del 2011)
Publicidad electoral : lo determina mediante sorteo la dirección nacional del minist. Del interior la
asignación de los espacios publicitarios, audio-visual 20 días antes ( 25 de julio del 2011)
Finalizaran 48 horas antes de la fecha del comicio ( 12 de agosto 2011)
Recursos financieros : la dirección nacional electoral del ministerio del interior otorgara a cada
agrupación política los recursos que le permitan imprimir el equivalente a una boleta por elector.
Los mismos serán publicados.
La agrupación política distribuirá los aportes entre las listas de precandidatos oficializados en
partes iguales. 40 días ( 5 de julio) antes de la elecciones cada agrupación política designara un responsable
económico financiero ante la dirección nacional electoral del minist. Del interior. Limite de gastos: no pueden superar el 50 % del limite de gastos de campaña para elecciones
generales. Los aportes serán distribuidos conforme lo prevee la ley de financiamiento de los partidos
políticos
INFORME FINAL20 días de finalizada la elección primaria el
responsable económico financiero de cada lista deberá presentar ante el responsable económico financiero de la agrupación política, un “informe final” detallado sobre los aportes públicos y privados recibidos con indicación de :origen, monto, nombre, nº de documento cívico del donante así como los gastos realizados durante la campaña electoral.
La no presentación del informe hará pasible de responsabilidad solidaria a los precandidatos y al responsable económico financiero de la lista interna de una multa.
El informe deberá presentarse ante la justicia federal para su evaluación y aprobación
30 días después de finalizada la elección
primaria cada agrupación política deberá presentar al juzg. Federal un informe final detallado sobre los aportes públicos recibidos y privados discriminados por cada lista interna con indicación de origen y monto, así como los gastos realizados por cada lista durante la campaña electoral.
La multa para el caso de incumplimiento equivale al 0,2 % del total de fondos públicos que le corresponde a la agrupación política en la próxima distribución de fondos partidarios permanentes, por cada día de mora en la presentación.
ELECCION Y ESCRUTINIO Ubicación de mesas y autoridades de mesa igual en
las elecciones primarias y en las elecciones generales.
Los juzg. Federales confeccionaran las actas a utilizar en las elecciones primarias de sus respectivos distritos.
El procedimiento de escrutinio deberá ajustarse a establecido en el código electoral nacional. ( Llenado de actas, certif. De escrutinio, poderes de fiscales, entre otros).
Los juzg. Federales con compet. Electoral de cada distrito efectuaran el escrutinio definitivo de las elecciones primarias de su distrito y comunicara los resultados a las juntas electorales.
PROCLAMACION DE CANDIDATOS
La junta electoral partidaria notificada del resultado del escrutinio efectuara la proclamación de los candidatos electos.
Las agrupaciones políticas no podrán intervenir en los comicios generales bajo otra modalidad que postulando a los que resultaron electos y por las mismas categorías en las elecciones primarias, salvo renuncia, fallecimiento e incapacidad.
Solo podrán participar en las elecciones generales aquellas agrup. Políticas que para la elección de senador y diputado nacional hayan obtenido como mínimo un total de votos igual o superior al 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría.