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LEGISLACION LABORAL
CONTENIDO TEMÁTICO
• Contrato de trabajo• Jornada de Trabajo• Salario y Prestaciones Sociales• Aportes parafiscales• Aportes Seguridad Social• Reglamento Interno de Trabajo
CONTRATO DE TRABAJO
• Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
• Quién presta el servicio se denomina empleado, quien lo recibe y remunera, empleador y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario. (Art. 22 C.S.T)
CONTRATO DE TRABAJO
• Elementos Generales– Capacidad– Consentimiento– Objeto Lícito– Causa Lícita
• Elementos Esenciales– Prestación personal del servicio– Continua Subordinación– Retribución Económica o remuneración
CONTRATO DE TRABAJOClasificación
• POR SU FORMA- Verbal - Escrito
• POR SU DURACIÓN- Término fijo- Término indefinido- De obra
CONTRATO DE TRABAJOPeriodo de Prueba
• Es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del empleado, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo.
• El periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y no puede exceder de dos (2) meses, a excepción de aquellos contratos inferiores a un año en que el periodo de prueba no debe ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que exceda de dos meses.
• El hecho de dar por terminado el periodo de prueba y con ello, el contrato de trabajo, no obliga al empleador a pagar la indemnización por terminación del contrato de trabajo, pero no lo exime del pago de las prestaciones de ley a el trabajador. (Art 76 CST)
CONTRATO DE TRABAJOTerminación o Finalización
• El contrato de trabajo termina:- Por muerte del trabajador- Por mutuo consentimiento- Por expiración del plazo fijo pactado- Por terminación de la obra o labor contratada- Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o
establecimiento- Por suspensión de actividades por parte del empleador durante
más de 120 días- Por sentencia ejecutariada- Por no regresar el trabajador a su empleo al desaparecer las
causas de suspensión del contrato.
CONTRATO DE TRABAJOContrato de Aprendizaje
• Es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar un servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación profesional metódica y completa.
• Apoyo de Sostenimiento: Es la cuota que recibe el trabajador-aprendiz, para cubrir gastos de sostenimiento durante su etapa lectiva y productiva. (Art. 30 ley 789).
• Aprendiz Sena: Pago: Etapa Lectiva 50% S.M.L.V.Etapa Productiva 75% S.M.L.V.
• Practicante Universitario: Pago: 100% S.M.L.V.
• No es salario.
• No es base prestacional.
• No es un ingreso laboral.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALES
• El salario, es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de mano de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado.
• Es una contraprestación en dinero y adicional en especie avaluables en dinero, que recibe el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. Siempre debe existir una remuneración en dinero, la especie es adicional.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALES
• SALARIO MINIMO
• Es la remuneración mínima establecida por el gobierno nacional, previo acuerdo con las agremiaciones y sindicatos nacionales
• Salario Mínimo (Decreto 4965 Dic / 2007) para el 2008 es de $461.500 Incremento del 6.41%.
• Ningún empleado puede recibir una remuneración inferior al salario mínimo o su proporción.
• Las pensiones no sanción deben incrementarse en el IPC (5,69%) sin que estas sean inferiores al salario mínimo.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALES
• Constituye salario:
• La remuneración ordinaria, fija o variable• Primas (definidas como salario)• Sobresueldos • Bonificaciones habituales• Horas extras • Valor del trabajo en día de descanso obligatorio• Porcentaje sobre ventas y comisiones
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALES
• No Constituyen Salario
• Las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador como:• Primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales• Participación de utilidades• Excedentes de las empresas de economía solidaria
• Lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones como:• Gastos de representación• Medios de transporte• Elementos de trabajo.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESHoras Extras
• Es la remuneración por la labor desempeñada en la jornada adicional a la estipulada en el contrato de trabajo.
• Jornada Laboral Flexible. Art 51 Ley 789
• Procedimiento: Sueldo / No. Horas trabajadas en el mes (240) * No. Horas Extras * Factor Correspondiente.
TIPO FACTORDESDE HASTA
Diurna Ordinaria 6:00 a.m. 10:00 p.m. 1,25 Nocturna Ordinaria 10:00 p.m. 6:00 a.m. 1,75 Diurna Festiva 6:00 a.m. 10:00 p.m. 2,00 Nocturna Festiva 10:00 p.m. 6:00 a.m. 2,50 Recargo Nocturno 10:00 p.m. 6:00 a.m. 0,35 Hora ordinaria dominical o festiva 6:00 a.m. 10:00 p.m. 1,75
HORARIO
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESAuxilio de Transporte
• Se paga auxilio de transporte al trabajador que tenga ingresos iguales o inferiores a 2 SMLV. Se paga en el mes posterior al cálculo de la base. ($55.000, para el año 2008)
• En el evento que el trabajador labore menos de 30 días el cálculo de la base y el pago del auxilio de transporte se hará promedio.
•• Días: Numero de días laborados en el periodo.
• Base: Valor ingresos que son salario / Días * 30• (Verificar que la base no supere los 2 SMLV: $923.000)
• Procedimiento: Valor Aux. transporte de ley / 30 * Días
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESVacaciones
• Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante 1 año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas
• Se pagan únicamente sobre el salario básico del trabajador. (a menos que la empresa disponga lo contrario).
• En el caso de trabajadores con salario variable (Art. 192 C.S.T.) como en el área de Ventas o Comercial, se paga vacaciones en tiempo sobre el salario promedio de los últimos doce meses.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESVacaciones en dinero
• Es el pago que recibe el trabajador a cambio de no disfrutar sus vacaciones en tiempo.
• En dicho caso el trabajador continua recibiendo su salario normalmente y adicional a este se le cancelarán sus vacaciones en dinero
• Días: No. de días autorizados a pagar por vacaciones en dinero.
• Base: Se liquida un salario promedio de los ingresos del trabajador de los últimos doce meses desde la fecha de pago hacia atrás.
• Procedimiento: Base / 30 * Días.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESDotación
• Se debe suministrar cada 4 meses en forma gratuita un par de zapatos y un vestido de labor, al trabajador cuya remuneración mensual sea hasta dos veces el salario mínimo legal vigente.
• Este derecho se adquiere cuando se haya cumplido tres meses de servicio al empleador
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESCesantías
• Es un mes de salario promedio (incluye Auxilio de transporte) por cada año laborado o proporción. (Art.249 C.S.T.).
• Cálculo:• Días: No. de días laborados en el periodo (año).• Base: Salario básico + Promedio de otros conceptos. (Año)• Procedimiento: Base / 360 * Días.
Nota: Si el empleado tuvo un incremento de sueldo en los últimos 90 días debe hacer promedio de salario básico.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESIntereses de Cesantías
(Art. 99 Ley 50) Es el reconocimiento de la empresa por intereses legales del 12% o proporcionales por fracción.
Días: Días desde el 1º. de enero o fecha de último retiro hasta la fecha de liquidación.
Base: Valor Cesantías.
Procedimiento: Base * Días / 3000
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESPrima de servicios
• Es un salario promedio pagado (incluye aux. de transporte), mitad en junio (Máx. Junio 30) y mitad en diciembre (Máx. Dic. 20).
• Días: No aplica• Base: Sumatoria de Ingresos que son salario
• Procedimiento: Total de ingresos que son salario en el semestre / 12.
SALARIO Y PRESTACIONES SOCIALESSalario Integral
• Se liquida salario integral al trabajador que se le pague su remuneración incluyendo el factor prestacional a que tiene derecho, sin que dicho valor sea inferior a 10 SMLV más un 30% por el factor prestacional. (Salario Integral año 2014 $8.008.000.oo)
• El Art. 15 (Ley 50 de 1990) indica que puede haber acuerdo de ambas partes para establecer una connotación extrasalarial de una porción del salario (compensación flexible).
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APORTES PARAFISCALES
• La base sobre la cual se liquida es el salario promedio del trabajador y se incluye las vacaciones en dinero.
• En el caso de los salarios integrales es el 70%.• En ningún caso debe ser inferior al SMLV.
Caja de Compensación 4%
SENA 2%
ICBF 3%
BASE PARA LA SEGURIDAD SOCIAL
• Son todos los ingresos que constituyen salario: Salario básico, Horas extras, Gastos de viaje, Bonificaciones o comisiones por ventas, Primas extralegales (salariales).
• En el caso de salarios Integrales siempre se aplica un 70% sobre el salario mensual.
• Proporcionalidad de acuerdo al No. de días.• No debe ser inferior al salario mínimo.• No deben superar los 25 S.M.L.V. ($15.400.000)
SEGURIDAD SOCIALAportes a Salud y Pensión
Aportes a Salud• Aporte total 12,5%• A cargo de la empresa 8,5%• A cargo del empleado 4%Aportes a Pension• Aporte total 16%• A cargo de la empresa 3/4 partes 12%• A cargo del empleado 1/4 partes 4%
SEGURIDAD SOCIALFondo De Solidaridad Pensional y Fondo de Subsistencia
• El fondo de solidaridad pensional tiene por objeto subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte.
Recursos del fondo de solidaridad pensional El fondo de solidaridad pensional tendrá las siguientes fuentes de recursos:
1. Subcuenta de solidaridad• a) El cincuenta por ciento (50%) de la cotización adicional del 1% sobre la base de cotización, a cargo de los
afiliados al sistema general de pensiones cuya base de cotización sea igual o superior a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes
2. Subcuenta de Subsistencia• a) Los afiliados con ingreso igual o superior a 16 salarios mínimos mensuales legales vigentes, tendrán un
aporte adicional sobre su ingreso base de cotización, así: de 16 a 17 smlmv de un 0.2%, de 17 a 18 smlmv de un 0.4%, de 18 a 19 smlmv de un 0.6%, de 19 a 20 smlmv de un 0.8% y superiores a 20 smlmv de 1% destinado exclusivamente a la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la presente ley;
• b) El cincuenta (50%) de la cotización adicional del 1% sobre la base de cotización, a cargo de los afiliados al sistema general de pensiones cuya base de cotización sea igual o superior a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
• Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio.
- Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores en empresas comerciales, más de 10 trabajadores en empresas industriales y más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales debe adoptar el reglamento.
- El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJOContenido
• Indicación del empleador y del establecimiento.
• Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba.
• Trabajadores accidentales o transitorios.
• Horas de entrada y salida de los trabajadores
• Horas extras y trabajo nocturno, su autorización, reconocimiento y pago.
• Días de descanso legalmente obligatorio, vacaciones remuneradas, permisos, comisiones sindicales, asistencia al entierro de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.
• Salario mínimo legal o convencional.
• Lugar, día, hora de pago y periodo que lo regula.
• Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre.
• Prescripciones de orden y seguridad.
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJOContenido
• Indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones para prestar primeros auxilios en caso de accidente.
• Orden jerárquico de los representantes del empleador
• Especificaciones de las labores que no deben ejercitar las mujeres y los menores de 16 años.
• Normas especiales que se deben guardar en las clases de labores.
• Obligaciones y prohibiciones especiales para el patrono y los trabajadores.
• Escala de faltas y sanciones disciplinarios.
• Las personas ante quienes se deben presentar los reclamos de personal y tramitación de estos.
• Prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias.
• Publicación y vigencia del reglamente.