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COMUNICADO PRESENTACION DEL LIBRO DE COMPRAS Y VENTAS IVA
SOFTWARE DA VINCI - LCV
El Servicio de Impuestos Nacionales informa: Que, una vez aprobada la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0047-05 relativa al nuevo formato de presentación del Libro de Compras y Ventas IVA en un archivo plano (.txt) a través del Sistema Da Vinci a partir del mes de marzo con la información de febrero de 2006, corresponde aclarar los siguientes aspectos técnicos: 1) La versión actual del módulo Da Vinci – LCV, permite que los importes sujetos a crédito fiscal y débito fiscal; así como el crédito fiscal IVA y el débito fiscal IVA consignen montos con y sin decimales. Sin embargo los importes a consignarse en la pantalla del software Total ventas y Total compras deberán ser redondeados, los mismos que deberán coincidir con los registrados en el Form. 143 o 200 (IVA). 2) El formato de la fecha a registrar en los archivos correspondientes al Libro de Compras y Ventas IVA deberá ser separado por el carácter “/” de la siguiente forma: DD/MM/AAAA, por ejemplo: 04/03/2006. Ejemplo: Archivo de compras (registro factura de compra con decimales y sin decimales) TIPO DE
FACTURA (*)
NIT PROVEEDOR
RAZON SOCIAL
PROVEEDOR
NUMERO FACTURA
NUMERO POLIZA DE
IMPORTACION
NUMERO DE ORDEN
FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A CREDITO FISCAL
CREDITO FISCAL
1 1003579028 SIN 567 0 3028206075 10/02/2006 55 7 1 1234567890 ABM LTDA 123 0 1230987645 12/02/2006 500.80 65.10
(*) Corresponde al tipo de compra: 1 = compras para mercado interno; 2 = compras para exportaciones; 3 = compras tanto para el mercado interno como para exportaciones. Archivo de ventas (registro factura de venta con decimales y sin decimales)
NIT – CI DEL
CLIENTE
RAZON SOCIAL
CLIENTE
NUMERO FACTURA
NUMERO DE ORDEN FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A
DEBITO FISCAL
DEBITO FISCAL
FACTURA VALIDA O ANULADA
1234556789 Gutierrez 1123 9876540981 10/02/2006 100 13 V 2345671 Gomez 1124 9876540981 12/02/2006 50.30 6.54 A
3) Para pólizas de importación en el campo NIT del Proveedor se deberá consignar el NIT de la Agencia Despachante de Aduana y en la columna Razón Social del Proveedor deberá consignar la razón social de la Agencia Despachante de Aduana, si es la misma empresa la que realiza la importación, deberá consignar su número de NIT y su razón social. Ejemplo: Archivo de compras (registro póliza de importación)
TIPO DE FACTURA
NIT PROVEEDOR
RAZON SOCIAL PROVEEDOR
NUMERO FACTURA
NUMERO POLIZA DE
IMPORTACION
NUMERO DE ORDEN
FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A CREDITO FISCAL
CREDITO FISCAL
3 1256789093 Agencia Despachante EDU SRL
0 2004211C123456 3 11/02/2006 500.80 65.10
4) En caso que se cuenten con facturas que consignen importes inferiores a Bs1.- (Un 00/00 boliviano) deberán ser registradas en el archivo de compras y ventas según corresponda, para el efecto los contribuyentes deberán bajar la actualización del Módulo Da Vinci LCV de la página www.impuestos.gov.bo a partir del miércoles 22 de marzo de 2006.
5) Para el caso de empresas que cuenten con sucursales deberán consolidar su información en un solo archivo de compras y de ventas, sin necesidad de especificar a qué sucursal corresponde. 6) Las Notas de Debito Fiscal deberán registrarse en el archivo correspondiente al Libro de Ventas IVA, en caso que no se cuente con el NIT/CI y razón social del cliente consignar valor 0 en el campo NIT y la razón social con la leyenda: “sin nombre” o “S/N”. Las Notas de Crédito Fiscal deberán registrarse en el archivo correspondiente al Libro de Compras IVA, en caso que no se cuente con el NIT/CI y razón social del cliente se debe consignar el NIT y razón social de la misma empresa. Se recuerda también que se deberá declarar en el caso de Notas de Débito Fiscal el importe correspondiente a las devoluciones y/o rescisiones de contrato efectuadas por la empresa por las compras a sus proveedores en la casilla 042 del Form. 143 (IVA) o la casilla 013 del Form. 200 (IVA) y para el caso de Notas de Crédito Fiscal el importe correspondiente a las devoluciones y/o rescisiones de contrato efectuadas por los clientes de la empresa por sus ventas en la casilla 127 del Form. 143 (IVA) o la casilla 026 del Form. 200 (IVA). Ejemplo Registro de Notas de Débito Fiscal Archivo de Libro de Ventas IVA
NIT – CI DEL
CLIENTE
RAZON SOCIAL
CLIENTE
NUMERO FACTURA
NUMERO DE ORDEN FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A
DEBITO FISCAL
DEBITO FISCAL
FACTURA VALIDA O ANULADA
1234556789 Gutierrez 1123 9876540981 10/02/2006 100 13 V 0 S/N 1124 9876540981 12/02/2006 50.30 6.54 V
Ejemplo Registro Notas de Crédito Archivo de Libro de Compras IVA
TIPO DE FACTURA
NIT PROVEEDOR
RAZON SOCIAL
PROVEEDOR
NUMERO FACTURA
NUMERO POLIZA DE
IMPORTACION
NUMERO DE ORDEN
FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A CREDITO FISCAL
CREDITO FISCAL
1 1003579028 SIN 567 0 3028206075 10/02/2006 90 7.23 1 1234567890 Almacenes Sofia 123 0 1230987645 12/02/2006 500.80 65.10
7) Para el caso de los reintegros de crédito fiscal establecidos en el Artículo 8º del D.S. 21530, el monto total de los mismos deberá ser registrado en el archivo del Libro de Ventas IVA, los datos a consignarse serán los siguientes: El número de NIT será el valor 0. En la razón social se consignara la leyenda “Reintegros de crédito Fiscal del Periodo” (Solo se debe hacer un registro con todos los reintegros consolidados del mes). En número de factura deberá registrarse 999 En el número de orden se consignará el valor 4. Ejemplo Registro de Reintegros Art. 8 D.S. 21530 Archivo de Libro de Ventas IVA NIT – CI
DEL
CLIENTE
RAZON SOCIAL CLIENTE
NUMERO FACTURA
NUMERO DE ORDEN (*) FECHA FACTURA
IMPORTE SUJETO A
DEBITO FISCAL
DEBITO FISCAL
FACTURA VALIDA O ANULADA
0 Reintegros de Crédito Fiscal del Periodo 999 4 28/02/2006 500.80 65.10 V
(*) Corresponde al tipo de factura especial: 1 = boletos aéreos; 2 = recibos de alquiler; 4 = reintegros de crédito fiscal del periodo. Se recuerda que además se deberá declarar los Reintegros de Crédito Fiscal del Periodo en la casilla 055 del Form. 143 (IVA) o la casilla 013 del Form. 200 (IVA)
8) El archivo consolidado generado por el Software Da Vinci LCV (extensión .dec) que exceda los 500 KB, deberá ser presentado directamente en la Gerencia Distrital o Graco de su jurisdicción, donde se entregará al contribuyente una constancia física. En caso de que el archivo consolidado no exceda los 500 KB se deberá enviarlo exclusivamente por el Portal Tributario del SIN (www.impuestos.gov.bo) donde el sistema generará una constancia que deberá ser impresa por el contribuyente 9) Los contribuyentes que así lo deseen podrán generar sus libros de compras y ventas físicos a objeto del cumplimiento de lo establecido en los numerales 85 al 98 de la Resolución Administrativa 05-0043-99 y el Código de Comercio, mediante el sistema informático contable con el que cuenten o en su defecto mediante una hoja de calculo (Ms Excel).