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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO “LA PRÁCTICA DE BULLYING, VULNERA LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS ADOLESCENTES, EN EL COLEGIO TECNOLÓGICO SUCRE, DE LA CIUDAD DE QUITO, EN EL AÑO LECTIVO 2015-2016Proyecto de investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADO Medina Anaci Jorge Gabriel Tutora: Dra. Iveth del Rocío Illescas Ortega Quito, Junio 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

“LA PRÁCTICA DE BULLYING, VULNERA LOS DERECHOS

CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS ADOLESCENTES,

EN EL COLEGIO TECNOLÓGICO SUCRE, DE LA CIUDAD DE

QUITO, EN EL AÑO LECTIVO 2015-2016”

Proyecto de investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADO

Medina Anaci Jorge Gabriel

Tutora: Dra. Iveth del Rocío Illescas Ortega

Quito, Junio 2016

II

DEDICATORIA

A DIOS por haberme concedido la vida, y dejarme terminar

mi carrera universitaria.

A mis MADRE Rosa, ya que han sido el principal apoyo

que he tenido en todo mi vida de estudiante, ya que con sus

consejos y enseñanzas he podido solucionar todo tipo de

dificultades.

A mi FAMILIA ya que siempre han estado pendiente de mis

estudios, dándome fuerzas para poder culminarlos.

A mí querida UNIVERSIDAD CENTRAL DEL

ECUADOR en especial a mi FACULTAD DE

JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES, ya que fue la que me abrió las puertas para mi

formación profesional.

JORGE GABRIEL MEDINA ANACI

III

AGRADECIMIENTO

Agradezco de manera muy especial a mi Tutor de Proyecto de

Investigación la Dra. Iveth del Rocío Illescas Ortega, por su

paciencia y en especial por su guía para la realización y

terminación de mi proyecto de investigación, demostrando un

grado muy alto de confianza en mis capacidades.

A mis catedráticos ya que sus conocimientos impartidos de

una manera desinteresada, han servido de mucho para mi

formación profesional.

JORGE GABRIEL MEDINA ANACI

IV

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, 22 de Junio del 2016.

Yo, JORGE GABRIEL MEDINA ANACI, autor de la investigación, con cédula de

ciudadanía No. 1720142023, libre y voluntariamente DECLARO, que el trabajo de

Grado titulado: “LA PRÁCTICA DE BULLYING, VULNERA LOS DERECHOS

CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS ADOLESCENTES, EN EL COLEGIO

TECNOLÓGICO SUCRE, DE LA CIUDAD DE QUITO, EN EL AÑO LECTIVO

2015-2016.” es de mi plena autoría, original y no constituye plagio o copia alguna,

constituyéndose en un documento único, como mandan los principios de la

investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones

legales pertinentes.

Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Atentamente,

.

Jorge Gabriel Medina Anaci

C.C.: 1720142023

Telf.. 0984452784

Email: [email protected]

V

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

Yo, JORGE GABRIEL MEDINA ANACI, en calidad de autor del proyecto titulado:

“LA PRÁCTICA DE BULLYING, VULNERA LOS DERECHOS

CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS ADOLESCENTES, EN EL COLEGIO

TECNOLÓGICO SUCRE, DE LA CIUDAD DE QUITO, EN EL AÑO LECTIVO

2015-2016.”; por la presente autorizo a la Universidad Central del Ecuador, hacer uso

de los contenidos de este proyecto de investigación, con fines estrictamente académicos

o de investigación.

Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

Quito, 22 Junio de 2016.

.

Jorge Gabriel Medina Anaci

C.C.: 1720142023

Telf.. 0984452784

Email: [email protected]

VI

APROBACIÓN DEL TUTOR

VII

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los miembros del Tribunal de Grado aprueban el trabajo de investigación titulado: “LA

PRÁCTICA DE BULLYING, VULNERA LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES

QUE TIENEN LOS ADOLESCENTES, EN EL COLEGIO TECNOLÓGICO SUCRE,

DE LA CIUDAD DE QUITO, EN EL AÑO LECTIVO 2015-2016.”, de acuerdo con las

disposiciones reglamentarias emitidas por la Escuela de Derecho de la Facultad de

Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Central del Ecuador

para títulos de pregrado.

Quito, junio de 2016

Para constancia firman:

TRIBUNAL DE GRADO

……………………..……

PRESIDENTE

……..……………… …...………………

VOCAL VOCAL

VIII

ÍNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ............................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ......................................................................iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL ................................................ v

APROBACIÓN DEL TUTOR .........................................................................................vi

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ........................................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDOS ......................................................................................... viii

ÍNDICE DE TABLAS .................................................................................................... xii

ÍNDICE DE GRÁFICOS .............................................................................................. xiii

RESUMEN .....................................................................................................................xiv

ABSTRACT .................................................................................................................... xv

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 1

CAPITULO I ..................................................................................................................... 3

1. DEFINICION DEL PROBLEMA. ............................................................................ 3

1.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA. ................................................................ 3

1.2. PLANTEAMIENTO, DESCRIPCIÓN Y DEFINICIÓN DEL PROBLEMA. ..... 5

1.3. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. .................................................................. 6

1.4. PREGUNTAS DIRECTRICES. ............................................................................ 7

1.5. OBJETIVOS. ......................................................................................................... 7

1.5.1. GENERAL. ..................................................................................................... 7

1.5.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS: .......................................................................... 7

1.6. JUSTIFICACIÓN. ................................................................................................. 8

CAPITULO II .................................................................................................................. 10

2. MARCO GENERAL................................................................................................ 10

2.1. MARCO REFERENCIAL. .................................................................................. 10

TITULO I .................................................................................................................... 10

1. El estado, la sociedad y la familia frente al cumplimiento efectivo de los

derechos fundamentales que tienen de los adolescentes. ............................................ 10

1.1. Definiciones de estado. ........................................................................................ 11

IX

1.2. El Estado como garante para el efectivo goce de los derechos de los

adolescentes establecidos en la Constitución de la República del Ecuador................ 11

1.3. Definiciones de sociedad. .................................................................................... 13

1.4. La sociedad frente al ejercicio pleno de los derechos de los adolescentes. ......... 13

1.5. Definiciones de familia. ....................................................................................... 14

1.6. La familia y su responsabilidad para el cumplimiento de los derechos de los

adolescentes. ............................................................................................................... 15

TÍTULO II ....................................................................................................................... 17

2. El bullying en la educación secundaria. .................................................................. 17

2.1. Definiciones de bullying. ..................................................................................... 17

2.2. Elementos del bullying. ....................................................................................... 18

2.3. Contexto del bullying. .......................................................................................... 19

2.4. Actores del bullying. ............................................................................................ 19

2.4.1 Acosador o agresor. ........................................................................................... 19

2.4.1.1. Acosador inteligente. ..................................................................................... 20

2.4.1.2. Acosador poco inteligente.............................................................................. 21

2.4.1.3. Acosador víctima. .......................................................................................... 21

2.4.2. Víctima. ............................................................................................................. 22

2.4.3. Espectadores o testigos. .................................................................................... 23

2.5. Causas para que se dé la práctica de bullying. ..................................................... 25

2.5.1. Causas Familiares. ............................................................................................ 25

2.5.2. Causas personales. ............................................................................................ 27

2.5.3. Por el centro educativo. .................................................................................... 28

2.6. Tipos de bullying. ................................................................................................ 29

2.6.1. Físico. ................................................................................................................ 30

2.6.2. Verbal. ............................................................................................................... 31

2.6.3. Psicológico. ....................................................................................................... 31

2.6.4. Social. ............................................................................................................... 32

2.6.5. Cyberbullying. .................................................................................................. 33

2.7. Consecuencias del bullying.................................................................................. 33

2.8. Formas Para detectar el bullying. ........................................................................ 35

X

TITULO III ...................................................................................................................... 36

3. Leyes Ecuatorianas y Tratados Internacionales. ..................................................... 36

3.1. Constitución de la República del Ecuador 2008. ................................................. 36

3.2. Código de la Niñez y de la Adolescencia. ........................................................... 41

3.3. Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño de 1924. .......................... 45

3.4. Declaración de los Derechos del Niño 1959. ....................................................... 47

3.5. Convención sobre los Derechos del Niño de 1989. ............................................. 50

3.6. Declaración Universal de los Derechos Humanos. .............................................. 54

3.7.- Convención Americana sobre los derechos Humanos. ...................................... 55

2.2. TRABAJOS PREVIOS. ....................................................................................... 57

2.3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS. ........................................................ 58

2.4. DIAGNÓSTICO. ................................................................................................. 60

2.5. ESTADO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PROBLEMA. ......................... 61

CAPITULO III ................................................................................................................ 62

3. METODOLOGÍA UTILIZADA. ............................................................................. 62

3.1. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN. ....................................................................... 62

3.1.1. MÉTODOS. ...................................................................................................... 62

3.1.2. TÉCNICAS. ...................................................................................................... 63

3.2. OPERACIONALIZACION DE LAS VARIABLES E INDICADORES. .......... 64

3.3. POBLACIÓN Y MUESTRA / SUJETOS, FENÓMENOS O UNIDADES DE

INVESTIGACIÓN. .................................................................................................... 65

3.4. INSTRUMENTOS Y (O) MATERIALES. ......................................................... 66

CAPÍTULO IV ................................................................................................................ 67

4. DISCUSIÓN............................................................................................................. 67

4.1. PROCEDIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. ............ 67

4.2. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS EN FUNCIÓN DEL

ENFOQUE CONCEPTUAL. ..................................................................................... 69

4.3. RESULTADOS DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE INTERVENCIÓN

ACCIÓN. .................................................................................................................... 89

4.4. CONCLUSIONES. .............................................................................................. 90

4.5. RECOMENDACIONES. ..................................................................................... 91

XI

CAPÍTULO V ................................................................................................................. 92

5. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA.............................................. 92

5.1. DATOS INFORMATIVOS. ................................................................................ 92

5.2. ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA. ......................................................... 92

5.3. JUSTIFICACIÓN. ............................................................................................... 93

5.4. OBJETIVOS. ....................................................................................................... 93

5.4.1. OBJETIVO GENERAL. ............................................................................... 93

5.4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. ....................................................................... 94

5.5. IMPACTOS. ........................................................................................................ 94

5.6. DESARROLLO DE LA PROPUESTA. ............................................................. 94

BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................... 100

ANEXOS ....................................................................................................................... 104

XII

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla No. 1.- Modelo de matriz de operacionalizacion de variables. ............................ 64

Tabla No. 2.- Población y Muestra. ................................................................................ 65

Tabla No. 3.- Actividades. .............................................................................................. 67

Tabla No. 4.- Pregunta No. 1 .......................................................................................... 69

Tabla No. 5.- Pregunta No. 2 .......................................................................................... 71

Tabla No. 6.- Pregunta No. 3 .......................................................................................... 73

Tabla No. 7.- Pregunta No. 4 .......................................................................................... 75

Tabla No. 8.- Pregunta No. 5 .......................................................................................... 77

Tabla No. 9.- Pregunta No. 6 .......................................................................................... 79

Tabla No. 10.- Pregunta No. 7 ........................................................................................ 81

Tabla No. 11.- Pregunta No. 8 ........................................................................................ 83

Tabla No. 12.- Pregunta No. 9 ........................................................................................ 85

Tabla No. 13.- Pregunta No. 10 ...................................................................................... 87

XIII

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1 ....................................................................................... 69

Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2 ....................................................................................... 71

Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3 ....................................................................................... 73

Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4 ....................................................................................... 75

Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5 ....................................................................................... 77

Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6 ....................................................................................... 79

Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7 ....................................................................................... 81

Gráfico No. 8.- Pregunta No. 8 ....................................................................................... 83

Gráfico No. 9.- Pregunta No. 9 ....................................................................................... 85

Gráfico No. 10.- Pregunta No. 10 ................................................................................... 87

XIV

TEMA: La práctica de bullying, vulnera los Derechos Constitucionales que tienen los

adolescentes, en el Colegio Tecnológico Sucre, de la Ciudad de Quito, en el año lectivo

2015-2016.

Autor: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Tutor: Dra. Iveth del Rocío Illescas Ortega.

RESUMEN

El bullying es considerado como cualquier tipo de maltrato físico, psicológico o verbal

entre estudiantes, ocasionando graves consecuencias en la personalidad, integridad

física y rendimiento académico de sus víctimas. Es evidente que esta práctica de este

tipo de violencia vulnera los Derechos Constitucionales que tienen los estudiantes al

verse perjudicados en su desarrollo integral dentro del centro educativo. Es lamentable

señalar que muchos de los casos de bullying han quedado en la impunidad ya que no ha

existido la respectiva denuncia de parte de las víctimas por desconocimiento de sus

derechos. El bullying es un fenómeno social muy complejo que merece todo el aporte

jurídico, estas particularidades se lo demostró a través de las respectivas encuestas

efectuadas a estudiantes, padres de familia, autoridades, docentes y psicólogos del

Colegio Tecnológico Sucre, además se contó con el criterio de abogados especialistas

en la protección de los derechos Constitucionales de los niños, niñas y adolescentes. Es

así que con el diseño de la propuesta “Implementación de un Departamento de Asesoría

Jurídica Gratuito como mecanismo de protección para las víctimas de bullying”, servirá

para que las víctimas no estén desprotegidas en el ámbito jurídico, así como también

que este tipo de conducta violenta no quede en la impunidad y sin castigo por falta de

denuncias de las víctimas, espectadores o testigos de las conductas violentas.

PALABRAS CLAVE: BULLYING / MALTRATO / PERSONALIDAD /

DERECHOS FUNDAMENTALES / DESARROLLO INTEGRAL ÓPTIMO /

IMPUNIDAD / MECANISMOS DE PROTECCIÓN.

XV

TITLE: Bullying infringes Constitutional Rights of teenagers, in Colegio

Tecnológico Sucre in the city of Quito, in school year 2015 - 2016.

Author: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Tutor: Dra. Iveth del Rocío Illescas Ortega.

ABSTRACT

Bullying is considered a physical, psychological or verbal maltreatment among students,

with serious consequences on the personality, physical completeness and academic

performance of affected persons. It is clear that the practice of such violence infringes

constitutional rights of students, when they are practice of such violence infringes

constitutional rights of students, when they are affected in their integral development in

the educational center. Unfortunately, many cases of bullyying have been left

unpunidhed, because the relevant denouncement has not been posed by affected parties,

due to lack of information on their rights. Bullying is a very complex social

phenomenon that deserves all judicial concern, which was demonstrated through

relevant surveys applied to students, parents, authorities, teaching staff and

psychologists of Colegio Tecnológico Sucre. Additionally, criteria of expert lawyers in

the protection of constitutional rights of children and teenagers were posed. With the

seeding of the proposal “Implementation of a Free Legal Advise Department as a

protection mechanism for affected parties of bullying”, shall be used to protect the

affected students in the legal field, as that such type of violent behavior is not left

unpunished, due to lack of denouncement by affected parties, witnesses of violent

behaviors.

KEYWORDS: BULLYING / MALTREATMENT / PERSONALITY / FUNDAMENT RIGHTS / OPTIMUM INTEGRAL DEVELOPMENT / IMPUNITY /PROTECTION MECHANISMS.

1

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo investigativo, titulado “LA PRÁCTICA DE BULLYING,

VULNERA LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES QUE TIENEN LOS

ADOLESCENTES, EN EL COLEGIO TECNOLÓGICO SUCRE, DE LA CIUDAD

DE QUITO, EN EL AÑO LECTIVO 2015-2016.”

La presente investigación se la realizará dentro de la estructura que se detalla a

continuación:

En el primer capítulo analiza la vulneración de los derechos que tienen los

estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre por la práctica de bullying, así como también

la necesidad de la “Implementación de un Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito

como mecanismo de protección para las víctimas de bullying”, en el centro educativo.

En este capítulo se describe los antecedentes del problema, el planteamiento del

problema, formulación del problema, preguntas directrices, objetivo general, objetivos

específicos y por último la justificación.

El segundo capítulo se lo realizo tomando en cuenta aspectos tales como la

fundamentación basada en elementos teóricos, conceptuales y legales, que serán el

sustento de mi proyecto de investigación, se estableció la definición de términos básicos

a ser utilizados en mi proyecto de investigación y por último se realizó un diagnóstico

de la situación actual del problema.

En el tercer capítulo se fija el tipo de investigación a utilizarse, así como también los

métodos de investigación que son el camino sendero para conseguir determinados

objetivos en su tiempo preciso, con actividades determinadas y con los recursos

suficientes, para conseguir resultados exitosos, también se establece la

operacionalizacion de las variables e indicadores, la población o muestra y los

instrumentos que se utilizó en este proyecto de investigación.

2

En el cuarto capítulo se encuentra el procedimiento de la ejecución de la

investigación, el análisis e interpretación de datos en función del enfoque conceptual,

resultados de la aplicación del plan de intervención, así como también las conclusiones

y recomendación que realizo dentro del proyecto de investigación.

En el quinto capítulo se detalla la propuesta del proyecto de investigación titulada, la

implementación de un departamento de asesoría jurídica gratuito como mecanismo de

protección para las víctimas de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre, estructurada

de la siguiente manera: datos informativos, antecedentes de la propuesta, justificación,

objetivo general, objetivos específicos, y resultados esperados.

Finalmente, a este trabajo investigativo se acompañan los materiales de referencia,

la bibliografía y los anexos respectivos.

3

CAPITULO I

1. DEFINICION DEL PROBLEMA.

1.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA.

Es necesario señalar que el Bullying no es un fenómeno social nuevo, siempre ha

existido dentro de los centros educativos a nivel mundial, solo que antes este tipo de

comportamientos se los veía como algo normal en los estudiantes, con la evolución de

la sociedad es que este tipo de pensamientos han ido cambiando generando grave

preocupación por las conductas violentas de los estudiantes.

A continuación se mencionara algunos antecedentes referentes a este fenómeno

social llamado bullying.

Originalmente la palabra que conocemos como bullying proviene del inglés (de Bull

= toro) y agrupa un conjunto muy diverso de conductas: incluye desde la violencia

física hacia un compañero hasta la agresividad verbal, ya sea de forma directa (por

ejemplo, insultar) o indirecta (más sutil, como difundir rumores falsos).

Diversos investigadores en todo el mundo han dirigido sus estudios a este fenómeno,

ya que ha tomado una complejidad preocupante, además por su crecimiento durante los

años de escolaridad.

En la década del 80, tres jóvenes entre 10 y 14 años se suicidaron como

consecuencia de situaciones de bullying despertando la atención de las instituciones de

enseñanza sobre el problema. Durante los 90, hubo en Europa un número considerable

de investigaciones y campañas que consiguieron reducir la incidencia de

comportamientos agresivos en las escuelas.

4

Todo estas investigaciones tuvieron su inicio con los trabajos del Prof. Dan Olweus

de Noruega (1978 a 1993) y con la campaña nacional anti-bullying en las escuela de

Noruega (1993). En el inicio de 1970, Dan Olweus iniciaba sus investigaciones sobre la

problemática de los agresores y sus víctimas, a pesar de que no existía ningún interés de

las instituciones en el asunto.

Olweus investigó cerca de 80.000 estudiantes, 300 a 400 profesores e 1000 padres

entre los varios períodos de enseñanza. Como los estudios de observación directa tardan

generalmente demasiado, el procedimiento adoptado fue el uso de cuestionarios lo que

sirvió para hacer la verificación de las características y extensión del Bullying, así como

evaluar el impacto de las intervenciones que ya venían siendo adoptadas. El programa

de intervención propuesto por Olweus tenía como característica determinar reglas claras

contra el Bullying en las escuelas, alcanzar una participación activa de parte de los

profesores y padres, aumentar la concientización del problema avanzando en el sentido

de eliminar los mitos sobre el Bullying y proveer apoyo y protección a las víctimas.

(Arcos, 2013), manifiesta que:

A nivel del Ecuador, el Bullying ha tenido una creciente notoriedad pública

en los últimos tiempos, sobre todo debido a su exposición mediática lo que

ha iniciado fuertemente en la percepción pública del incremento, tanto en su

frecuencia, como también en el nivel de violencia asociada a él. Las nuevas

tecnologías ayudan a que este hecho se conozca por videos, fotografías,

sobre todo difundidos en la red. Según estudios hechos, en América Latina

existen los mayores índices de casos de Bullying y en el Ecuador existen

casos que por temor no son denunciados a las autoridades, por lo que los

adolescentes buscan prevenir este problema desde las aulas. En un estudio

elaborado por la Facultad de Psicología de la Universidad de Cuenca, en

74 escuelas públicas y privadas, se comprobó que el 6.4% de estudiantes

son blanco de acoso y un 38.9% son potenciales víctimas. (pág. 3)

5

1.2. PLANTEAMIENTO, DESCRIPCIÓN Y DEFINICIÓN DEL PROBLEMA.

La violencia que se vive dentro del Colegio Tecnológico Sucre es una realidad que

preocupa de manera grave al Estado, a la sociedad y a la familia, pues bien todos los

estudiantes de este centro educativo tienen derecho a un desarrollo integral óptimo. Tal

como lo establece el Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador.

El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el

desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio

pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus

derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.

Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral,

entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y

de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar,

escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la

satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el

apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.

El desconocimiento de los Derechos Constitucionales que tienen los estudiantes, así

como la falta de mecanismos de protección jurídica para las víctimas de bullying en el

centro educativo, han ocasionado que este tipo de violencia cada vez se vaya

propagando con mayor intensidad, lo que trae como efecto, graves consecuencias en la

personalidad de sus víctimas, como las siguientes; evidente baja autoestima; actitudes

pasivas; pérdida de interés por los estudios lo que puede llevar a una situación de

fracaso escolar; trastornos emocionales; problemas psicológicos; depresión; ansiedad,

pensamientos suicidas, puesto que, lamentablemente algunos chicos, para no tener que

soportar más esa situación llegan a quitarse la vida, todas estas afirmaciones serán

demostradas mediante el desarrollo del segundo capítulo del presente proyecto de

investigación.

6

Es lamentable también señalar que la mayoría de casos de bullying que se han dado a

nivel de la educación secundaria en nuestro país, han quedado en la impunidad, según

las autoridades del centro educativo, esto es por la falta de denuncias por parte de las

víctimas que han sufrido este tipo de violencia, ya que no cuentan con los mecanismos

de protección necesarios, para hacer efectivo el pleno goce de sus derechos.

El Colegio Tecnológico Sucre cuenta con planes estratégicos para promover la

cultura de la paz y las buenas relaciones entre estudiantes, esto lamentablemente no es

suficiente para combatir el comportamiento violento dentro del centro educativo, pues

estos planes estratégicos solamente se desarrollan en talleres o charlas informativas para

padres de familia y estudiantes, referentes a este fenómeno social, sin ser esta una

medida efectiva para erradicar la violencia, este criterio fue tomado por dichos padres

de familia y estudiantes del centro educativo.

Por todo lo antes mencionado nace la necesidad de realizar la “Implementación de

un Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito como mecanismo de protección para las

víctimas de bullying”, en el Colegio Tecnológico Sucre, con esto se logrará que estas

conductas sean denunciadas ya sea por la víctimas, o por los espectadores o más

conocidos testigos de los actos violentos, evitando con esto que la práctica de bullying

quede en la impunidad, con estas denuncias se dejara asentado un precedente dentro del

centro educativo que será de gran ayuda para poder erradicar este tipo de conductas

violentas.

1.3. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.

¿Existen casos de práctica de bullying que vulneren los Derechos Constitucionales

que tienen los adolescentes, en el Colegio Tecnológico Sucre, de la ciudad de Quito, en

el año lectivo 2015-2016?

7

1.4. PREGUNTAS DIRECTRICES.

¿Cuál es el diagnóstico de la situación actual referente a la práctica de bullying en el

Colegio Tecnológico Sucre?

¿Cuáles son las causas para que se genere la práctica de bullying entre los estudiantes

del Colegio Tecnológico Sucre?

¿Cuáles son las consecuencias de la práctica de bullying en el rendimiento académico y

personalidad de los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre?

¿Cuáles son los Derechos Constitucionales que se vulneran por la práctica de bullying

en el Colegio Tecnológico Sucre?

¿Por qué muchos de los casos de bullying no son denunciados y quedan en la

impunidad?

1.5. OBJETIVOS.

1.5.1. GENERAL.

Implementar de un departamento de asesoría jurídica gratuito en el Colegio

Tecnológico Sucre como mecanismo de protección para las víctimas de bullying en el

año lectivo 2015- 2016.

1.5.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Realizar un diagnóstico de la situación actual referente a la práctica de bullying

en el Colegio Tecnológico Sucre.

8

Determinar las causas para que se dé la práctica de bullying entre los

estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre.

Establecer las consecuencias de la práctica de bullying, en la personalidad,

integridad física y rendimiento académico de los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre.

Determinar cuáles son los Derechos Constitucionales que se violentan por la

práctica de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre.

Identificar porque muchos de los casos de bullying no son denunciados y

quedan en la impunidad.

1.6. JUSTIFICACIÓN.

La importancia de la presente investigación radica, en determinar el grado de

afectación de los Derechos Constitucionales de los estudiantes del Colegio Tecnológico

Sucre, por consecuencia de la práctica del bullying, así como también establecer un

mecanismo de protección jurídico adecuado para las víctimas.

El tema de investigación planteado es novedoso, debido a que se trata de un

problema de actualidad específico que tienen los estudiantes del Colegio Tecnológico

Sucre, dentro de su desarrollo integral óptimo en el centro educativo.

Se considera que en el presente trabajo de investigación existe viabilidad, debido a

que existe información doctrinaria y práctica para su sustentación, se aplicará encuestas

a los estudiantes que se ven inmersos en el ámbito del problema planteado las cuales

contribuirán en la investigación, así mismo se contara con la opinión y criterio de

profesores y autoridades del centro educativo, dando un aporte de real importancia para

la presente investigación.

9

Mediante la presente investigación a realizarse es evidente que los más beneficiarios

serán todos los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, ya que con la propuesta

planteada lo que se busca es que las víctimas no queden desprotegidas ante la práctica

de bullying dentro del centro educativo.

Es de conocimiento general que en nuestro país muchos casos de bullying han

quedado en la impunidad, por falta mecanismos de protección por parte del estado hacia

las víctimas, por tal razón se considera que la propuesta de la presente investigación es

viable y de gran ayuda jurídica para la protección de los Derechos Constitucionales

vulnerados por la práctica de bullying dentro del Colegio Tecnológico Sucre.

10

CAPITULO II

2. MARCO GENERAL.

2.1. MARCO REFERENCIAL.

Es importante tener claros algunos conceptos, que son de indispensable comprensión

para el desarrollo del trabajo investigativo, entre los cuales están los siguientes:

TITULO I

1. El estado, la sociedad y la familia frente al cumplimiento efectivo de los derechos

fundamentales que tienen de los adolescentes.

(Valera, 2005), menciona que:

El Estado, la sociedad en general, y la familia en particular conforman una

trilogía responsable de hacer efectivos los derechos de los niños, niñas y

adolescentes.

La obligación del Estado está básicamente en crear condiciones a las

familias en lo social, cultural y económico, entre otras, para que éstas

puedan satisfacer las necesidades y derechos de sus hijos.

Esta obligación del Estado debe ser correspondida con la solidaridad

familiar y social. Sobre la participación de cada uno de nosotros descansa

el goce efectivo de los derechos humanos de la infancia. (pág. 6).

En el caso del Ecuador, el Estado, la sociedad y la familia, comparten la obligación

de promover de manera prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y

adolescentes, asegurando el ejercicio pleno de sus derechos, y aplicando en todos los

11

casos el principio de interés superior, según el cual los derechos de ellos prevalecerán

sobre los de las demás personas.

1.1. Definiciones de estado.

(Reyes, 2006), nos da una definición de Estado y dice:

Se establece entonces que el Estado es una forma de organización social,

con personalidad jurídica propia ya que puede adquirir derechos y

obligaciones, a través de la cual se organiza a un grupo de personas que se

encuentran establecidas en un territorio determinado, bajo un ordenamiento

jurídico que es creado y aplicado por el poder público con el fin de alcanzar

el bien común. Organizándose con el único fin de proteger a la persona, a la

familia y alcanzar el bienestar común. (pág. 10).

Por su parte (Trujillo, 2006), nos da una definición de lo que es Estado y establece

lo siguiente:

Una comunidad de personas, asentadas en un espacio físico claro y

totalmente delimitado, intrínsecamente dotada de poder suficiente para

organizarse y organizar la vida de todos sus elementos, proveerse de los

medios necesarios para subsistir con independencia de todo poder extraño.

(pág. 53).

1.2. El Estado como garante para el efectivo goce de los derechos de los

adolescentes establecidos en la Constitución de la República del Ecuador.

El neoconstitucionalismo es una teoría transnacional del Derecho, que influye en

todos los países, buscando transformar el Estado de Derecho en Estado Constitucional

de Derechos y justicia.

12

(Ponce, 2012), nos da un punto de vista de lo que es un Estado Constitucional de

Derechos y Justicia y señala que:

Surge luego de varios siglos de legalismo formal humanizando la letra de la

ley, con valores y principios de los cuales no puede prescindir el intérprete

que obra de buena fe.

En el Estado Constitucional de Derecho se revaloriza la dignidad de las

personas, se reconoce la supremacía de la Constitución, asignado un rol

activo a los jueces en el despliegue de las potencialidades humanísticas de

la Constitución. (pág. 2).

Según (Buaiz J. E., 2005), el Estado debe:

Respetar, cumplir, hacer cumplir y restablecer los derechos que han sido

vulnerados.

Debe crear condiciones básicas, y en carácter de igualdad, a las familias

para que éstas, a su vez, permitan a los niños y niñas el ejercicio de sus

derechos. (pág. 10).

La constitución de la republica del año 2008, en su artículo 1 reconoce que el

Ecuador es un Estado Constitucional de Derechos, es decir el estado se configura como

garante de los derechos de los ecuatorianos, con existencia de mecanismos de

participación de la ciudadanía, se caracteriza también porque los derechos son al mismo

tiempo límites del poder y porque la constitución es la norma jurídica directamente

aplicable.

En lo que se refiere a los adolescentes dentro de la Constitución de la República del

Ecuador establece los derechos que tienen los adolescentes, además indica que estos

derechos prevalecerán sobre los de las demás personas, así mismo señala que el más

alto deber del estado es garantizar el cumplimiento efectivo de sus derechos.

13

1.3. Definiciones de sociedad.

(Ossorio, 2000), define a la sociedad como:

“Agrupación natural o convencional de personas, con unidad distinta y

superior a la de sus miembros individuales, que cumple, con la cooperación

de sus integrantes, un fin general, de utilidad común.” (pág. 903).

(Torruco, 2001), define a la sociedad como:

La sociedad es un conjunto integrado de individuos que establecen

relaciones a base de conductas recíprocas orientadas por objetivos propios

y por el comportamiento esperado de otro u otros (interacciones).

Cada relación se da desde posiciones asignadas o ganadas por cada uno

(roles) a las que asocian y reconocen deberes y ventajas específicas (status).

Parte de las relaciones sociales son motivadas, organizadas y dirigidas para

realizar en conjunto propósitos comunes que exigen acciones coordinadas,

cooperación para cumplir metas o fines deseados; los individuos adquieren

conciencia de solidaridad y desarrollan un sentimiento de pertenencia; se

forman así los "grupos" sociales.(pág. 3).

1.4. La sociedad frente al ejercicio pleno de los derechos de los adolescentes.

La sociedad es vigilante del cumplimiento de los derechos de los niños y esto

implica el deber de demandar su cumplimiento o restitución según sea el caso.

Por ende es obligación de dirigentes comunitarios, organizaciones y de la sociedad

en conjunto asumir y exigir la plena vigencia y respeto de los derechos de los niños,

niñas y adolescentes.

También corresponde a la sociedad participar conjuntamente con los organismos

públicos en el diseño, propuestas y evaluaciones de las políticas dirigidas a la

14

efectividad de los derechos de los niños, para ello, el Estado debe garantizar formas de

participación para que la sociedad cumpla con esta función.

Es también responsabilidad de la sociedad participar en programas para la atención

de niños o adolescentes violados o amenazados en sus derechos.

Las responsabilidades de la sociedad constituyen un derecho de todos y cada uno de

los ciudadanos, para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y

adolescentes. (Buaiz Y. E., 2009, pág. 49).

1.5. Definiciones de familia.

Un concepto de familia nos da (Chavarria, 2014), manifiesta que:

La familia puede definirse brevemente como una agrupación social, cuyos

miembros se hayan unidos por lazos de parentesco.

En su forma más simple, la familia primaria o elemental consta de dos

adultos de sexo opuesto, que viven juntos en una unión (matrimonio)

reconocidas por otros miembros de su sociedad, y en compañía de sus hijos.

Los vínculos de parentesco que unen a estos individuos son tres: el que

existe entre la pareja casada (la relación de marido y mujer); en que existe

entre la pareja y sus hijos (la relación padre –hijos); y el que existe entre los

hijos de la pareja casada (relación de hermandad). (pág. 251).

(Zurro & J.F. Cando Pérez, 2003), establecen que:

Por familia se entiende la unidad biopsicosocial, integrada por un número

variable de personas, ligadas por un vínculo de consanguinidad, matrimonio

y/o unión estable y que viven en un mismo lugar. Sin embargo, la

concepción de la familia debe ir más allá de esta definición tradicional y

fenomenológica y entenderla como una forma de organización grupal

15

intermedia entre la sociedad y el individuo, pero que responde a la clase

social a la que pertenece, lo cual significa que la participación de sus

miembros en el proceso productivo responde a la forma de organización

social. La familia cumple funciones vitales que otros grupos no pueden

llevar a cabo tan eficazmente. Dichas funciones comprenden la relación

sexual, la reproducción la educación y la subsistencia. (pág. 69).

1.6. La familia y su responsabilidad para el cumplimiento de los derechos de los

adolescentes.

La familia es la encargada directa pata la defensa de los derechos que tienen los

niños niña y adolescente, son los principales garantes de sus derechos. El llamado es

para que actúen con responsabilidad en su proceso de desarrollo integral óptimo.

La familia dentro del conglomerado social debe fomentar un cambio de actitudes y

prácticas que puedan generar situaciones de abusos, entre otros riesgos para el

desarrollo integral de la infancia y la adolescencia en el país, ya que este tipo de

población constituyen un sector importante de la población ecuatoriana ya que son los

principales actores para el desarrollo de un país.

(Balarezo & Jimbo Tonato, 2010), señala que:

El Estado debe asegurar condiciones a los padres y a las madres, para que

puedan cumplir efectivamente sus obligaciones en especial con los derechos

de supervivencia y desarrollo.

Para hacer efectivo los derechos tales como la salud, la educación, la

nutrición adecuada, la vivienda, entre otros, no solo es necesario contar con

la buena voluntad de los padres y madres, sino que se requiere que existan

las condiciones materiales necesarias para poder hacer efectivos dichos

derechos y para lograrlo debemos poner en práctica la

corresponsabilidad.(pág. 52).

16

Por otro lado también se debe admitir la necesidad de una firme participación y

solidaridad de la familia y la sociedad para proteger y garantizar que todos los niños y

niñas gocen de manera efectiva y sin discriminación de los derechos humanos a la

supervivencia, al desarrollo y a la participación, al tiempo que atienda las situaciones

especiales en que se encuentran los niños individualmente considerados o determinado

grupo de niños que han sido vulnerados en sus derechos.

17

TÍTULO II

2. El bullying en la educación secundaria.

El bullying es un tipo de violencia presente en el ámbito de la educación primaria y

secundaria; tiene como actores a los propios alumnos e implica la presencia de

conductas de intimidación, acoso, burla, amenaza, descalificación o insultos de unos

alumnos.

2.1. Definiciones de bullying.

(Fante, 2012), establece una definición de bullying y dice:

Bullying es el término empleado en la mayoría de los países para designar

situaciones donde un estudiante o un grupo de estudiantes, intencionalmente

adoptan comportamientos agresivos y repetitivos contra otro en desventaja

de fuerza o poder, poniéndolo bajo tensión y dominación, generando daños

y sufrimientos, sin motivos evidentes. Es un fenómeno extremadamente

relevante que amenaza el desarrollo saludable de la infancia y juventud en

todo el mundo. (pág. 11).

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), manifiesta que:

El acoso escolar es un acto o una serie de actos intimidadores y

normalmente agresivos o de manipulaciones por parte de una persona o

varias contra otra persona o varias, normalmente durante un tiempo cierto.

Es ofensivo y se basa en un desequilibro de poderes. (pág. 5).

Es claro que los dos autores comparten prácticamente la misma idea de lo que

significa el bullying, al señalar que este tipo de violencia consiste en comportamientos

agresivos, intimidadores y repetitivos que se realizan dentro de un ámbito escolar,

18

además señalan que existe una gran desventaja de poderes entre el acosador y víctima y

que estos actos de violencia, son verdaderos factores negativos para el desarrollo

integral que tienen los niños y adolescentes.

2.2. Elementos del bullying.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), establece 6 elementos del bullying que son:

1.- La persona que acosa tiene más poder que la persona victimizada.

2.- La intimidación suele ser organizada, sistemática y oculta.

3.- La intimidación puede ser oportunista, pero una vez que empieza, suele

normalmente continuar.

4.- Normalmente se produce a lo largo de un periodo, aunque los que

intimidan de manera regular también pueden protagonizar incidentes

aislados.

5.- Una víctima de acoso escolar pude sufrir daños físicos, emocionales o

bien psicológicos.

6.- Todos los actos de intimidación tienen una dimensión ya sea emocional o

psicológica. (pág. 5).

El autor señala que necesariamente se deben cumplir con estos 6 elementos para que

este tipo de conducta agresiva sea considerado como práctica de bullying dentro de los

centros educativos, es evidente que el acosador tienen un grado de superioridad o poder

sobre sus víctimas.

19

2.3. Contexto del bullying.

El bullying está presente en casi cualquier lugar, no es exclusivo de algún sector de

la sociedad o respecto al sexo, aunque en el perfil del agresor sí se aprecia

predominancia en los varones. Tampoco existen diferencias en lo que respecta a las

víctimas.

El agresor acosa a la víctima cuando está solo, en los baños, en los pasillos,

en el comedor, en el patio. Por esta razón los maestros muchas veces ni por

enterados están. Sin embargo no se trata de un simple empujón o

comentario, se trata de una situación que si no se detiene a tiempo puede

provocar severos daños emocionales a la víctima.

Esta práctica que se vuelve frecuente en los niveles de secundarias y

preparatorias, en otras partes del mundo se está adaptando a la tecnología

dando como resultado el cyberbullying, es decir, el acoso a través de

Internet específicamente en páginas web, blogs o correos electrónicos. (sur,

2012).

2.4. Actores del bullying.

Con frecuencia, se tiende a pensar que la intimidación es una relación uno a uno, en

realidad, existen tres actores principales dentro de este fenómeno social: acosadores o

agresores, victimas y espectadores.

2.4.1 Acosador o agresor.

La característica más importante de los acosadores es que saben cómo deben utilizar

el poder. Las personas que se encuentran en una posición de liderazgo disponen

normalmente del mismo tipo de poder, la cuestión central es como lo utilizan. (Sullivan,

Cleary, & Sullivan , 2005, pág. 16).

20

Según las investigaciones, existen tres tipos de acosadores:

Acosador inteligente.

Acosador poco inteligente.

Acosador víctima.

2.4.1.1. Acosador inteligente.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), establece que:

Los acosadores inteligentes pueden ser populares, tener un buen expediente

académico, ser admirados socialmente, y tener la habilidad de organizar a

quienes les rodean para que cumplan sur órdenes. Normalmente son

egoístas y muestran mucha seguridad en sí mismos.

La principal característica que les convierten en intimidadores es que no

saben ponerse en la situación de sus víctimas; no sienten empatía por los

demás, o simplemente no les importa cómo se sienten las otras personas.

Suelen adoptar una actitud arrogante o de ignorancia este tipo de alumnos

pueden tener mucho poder sobre los profesores y otros estudiantes,

normalmente son más sociables que las personas a quienes escogen como

víctimas. Lo más difícil para afrontar a los intimidadores inteligente es ser

capaz de identificarlos. Estos intimidadores son los primeros candidatos

hacer líderes prosociales dentro de la escuela. (pág.16).

Para el autor este tipo de acosadores tienen grandes cualidades dentro del centro

educativo, suelen ser buenos estudiantes, además al momento de realizar una conducta

agresiva sobre otro estudiantes tienen la habilidad de ponerse en el lugar de las víctimas

desviando su mal comportamiento hacia otra personas, tienen gran poder sobre los

mismos profesores y demás alumnos, esto les facilita de gran manera para realizar sus

actos agresivos.

21

2.4.1.2. Acosador poco inteligente.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), manifiesta que:

Los acosadores poco inteligentes suelen ser mezquinos y tienen una visión

negativa del mundo normalmente fracasan en la escuela y dirigen su odio

contra los más débiles. Algunas veces son crueles su odio y su

comportamiento intimidador suelen ser un reflejo de su autoestima y de

confianza en sí mismos. Normalmente son almas perdidas que no encuentran

su lugar en el mundo sus experiencias están llenas de fallos rechazos y falta

de habilidad para comportarse en sociedad.

A diferencia de los acosadores inteligentes que maduran y cambien con

mayor facilidad a mediada que van progresando dentro de la escuela

secundaria, este tipo de acosadores suelen tener unos recursos limitados, no

progresan, pierden popularidad, se retrasan en los estudios y tienden a

abandonarlos. (pág. 16).

El autor señala que a diferencia de los acosadores inteligentes, estos generalmente no

son buenos estudiantes, se retrasan en sus estudios y muchas de las veces llegan

abandonarlos, ya que no le prestan la atención necesaria, son personas que no le dan

interés a las cosas que en un futuro les servirá para su desarrollo.

2.4.1.3. Acosador víctima.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), manifiesta que:

Es acosador en algunas ocasiones y víctima en otras. Victimiza a los más

jóvenes o más pequeños que él y es victimizado por sus iguales o los chicos

de mayor edad. Algunas veces es intimidador en la escuela y víctima en el

hogar.

22

La investigación demuestra que muchos intimidadores de esta categoría.

Son el tipo más difícil de tratar, ya que muestran un comportamiento

agresivo e inaceptable como intimidadores, pero, a la vez, también son

vulnerables y fáciles de minar como víctimas. Puesto que tienen acosar sin

compasión, normalmente es difícil sentir empatía por ellos cuando son los

agredidos. A los profesores y sus compañeros les resulta difícil tratarlos de

manera justa, ya que los ven como incitadores de la victimización por un

lado y como victimizadores de los demás por el otro. (pág. 17).

El autor señala que este tipo de acosador, generalmente también cumple el papel de

víctima, realiza sus actos de agresividad con los estudiantes más pequeños, y es

maltratado por los estudiantes mayores que él, además resalta un punto muy importante

en lo que se refiere a este tipo de acosadores, son muy difíciles de tratar ya que en su

personalidad se encuentra inmerso el roll de acosador y víctima.

2.4.2. Víctima.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), manifiesta que:

La victimas del acoso escolar se encuentra en una situación de desventaja

académica, social y emocional. Tienen a pensar que ellos son los

responsables de la intimidación que sufren y este sentimiento empeora

porque no pueden hacerle frente. A causa de los continuados abusos, llegan

a creer que no sirven para nada y con frecuencia caen en la depresión. Si

están sujetos a una intimidación continua, la depresión puede empeorar, y

en casos extremos de victimización y baja autoestima pueden llegar hasta la

autolesión y el suicidio.

Durante la adolescencia, el desarrollo social es extremadamente importante

ya que los adolescentes descubren quienes son, como expresarse y cuáles

son sus valores. Aprenden a construir relaciones con los amigos y los

potenciales compañeros sexuales, y a experimentar con y realizar juicios

sobre los límites del comportamiento. Las victimas del bullying quedan

23

excluidas de muchas de estas experiencias: el como si les hubieran cerrado

las puertas en la narices, y se baten en retirada, con lo cual su desarrollo se

atrofia y marchita. El hecho de ser siempre las victimas significa que

acaban asumiendo todos los atributos de una víctima. Como tales, pueden

caer en la otra dirección y adoptar actitudes más arriesgadas de lo normal

durante la adolescencia. Todo ello es producto del sentimiento de

desesperación. (pág. 18).

El autor señala que las personas que son víctimas de la práctica de bullying, son

seres que han perdido totalmente su autoestima ya que llegan a pensar que no sirven

para nada, llegando a caer en un estado de depresión, por otro lado las víctimas no

pueden alcanzar un desarrollo social apropiado por el ambiente en el que se encuentran,

generando un grave daño en su formación.

2.4.3. Espectadores o testigos.

(Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), manifiesta que:

En nuestra construcción del bullying, los espectadores son más importantes

en la solución final que los mismos intimidadores o víctimas. Sin la

participación positiva de los espectadores no existe ninguna solución para

el acoso escolar; y, al mismo tiempo, este solo puede continuar si los

espectadores lo permiten. (pág. 20).

Para el autor este tipo personas son las llamadas a parar la práctica de bullying dentro

de los centros educativos ya que tienen la capacidad de denunciar las conductas

violentas, es lamentable señalar que esto casi nunca sucede ya que los espectadores

tienen miedo de que la violencia se gire hacia su integridad.

Los espectadores asumen normalmente varios roles o nombres, dentro de la dinámica

de la intimidación.

24

Para, (Sullivan, Cleary, & Sullivan , 2005), se les suele llamar de la siguiente manera:

Compinches.

Reforzadores.

Ajenos.

Defensores.

Los compinches.

Son amigos íntimos del acosador, y a veces también reciben el nombre de

lugartenientes o secuaces.

Los reforzadores.

Son los siguientes dentro de escalafón, que actúan de manera que también apoyan la

intimidación.

Los ajenos.

Intentan no llamar la atención sobre ellos mismos, pero con su aparente neutralidad

parecen tolerar la intimidación y ser inmunes a ella.

Los defensores.

Son los más alejados del intimidador, y pueden mostrar el coraje de abandonar el

papel de espectadores y convertirse en individuos activos apoyando a las víctimas y

condenando al acosador.

25

2.5. Causas para que se dé la práctica de bullying.

El bullying es un fenómeno social que cada día va evolucionando con mayor

intensidad dentro de las sociedades del mundo, por lo que es necesario abordar cuales

son las causas que lo originan.

2.5.1. Causas Familiares.

(Lopez, 2012), nos explica de qué manera la familia influye en el comportamiento de

los niños y adolescentes y manifiesta la siguiente:

La familia es la célula fundamental de la sociedad, es el eje sobre el cual

gira la vida de las personas, donde el adulto encuentra el amor y apoyo de

su pareja, y donde el niño y adolescente aprende de sus padres las formas de

comportarse den la comunidad donde viven, recibiendo de ellos la

trasmisión de las normas sociales, los valores que imperan, las creencias y

la formas de conducirse en su entorno y en la escuela. Pero los niños no

solo aprenden a través de la expresión oral, sino también atreves de la

información. Cuando las conductas de los padres son coherentes y se

ajustan a sus palabras, respetando las normas sociales, la moral, los valores

que predican, forman un buen ciudadano. Pero cuando el niño escucha

frases en un sentido y observan conductas que contradicen lo que los

adultos predican, se genera en ellos confusión y aprenden conductas

negativas. Si el niño observa un padre y una madre respetuosos y amorosos,

seguirá un buen camino, pero cuando lo que observa es violencia y malos

tratos lo único que se obtendrá son episodios violentos. (pág. 30).

El autor explica que la familia, es la cedula fundamental de la sociedad donde los

niños y adolescentes adquieren sus primeros valores que le permitirán convivir en los

diferentes entornos en los que se desenvuelven, el grado de responsabilidad de los

padres es muy importante ya que son ellos los que están encargados de la educación y

de fomentar valores positivos dentro de la familia, en muchos de los casos el

26

comportamiento de los niños y adolescentes son el vivo reflejo del comportamiento de

sus padres, los padres son vistos como ejemplo a seguir, he aquí la importancia que

tienen los padres de familia para la formación de sus hijos.

(Lopez, 2012), explica la incidencia que tienen los hogares difusos en la

personalidad del niño y adolescente y manifiesta lo siguiente:

Cuando los niños de hogares disfuncionales socializan en la escuela, los

golpes y los insultos se vuelven sus formas naturales de comunicación y eso

los convierte en alumnos excluidos que descargan la rabia de su

marginación en agresiones. Estos alumnos suelen volverse objeto de burlas,

blanco de malos apodos y agresiones, entrando en su proceso de

victimización que quizá arrastren a lo largo de su vida.

Cuando los padres tienen una personalidad explosiva, agresiva o pasivo-

agresiva, el maltrato infantil es también frecuente. Recibir malos tratos

durante la infancia suele favorecer que un niño tengo una personalidad

impulsiva y agresiva, y sobre todo, que se convierta en un desadaptado.

Conforme el niño va creciendo se pone de manifiesto una socialización

escasa e inapropiada, comportándose con una excesiva timidez,

desconfianza injustificada, comportamientos huraños y rechazo antes las

muestras de acercamiento y afecto de otras personas. No es raro que estos

respondan con desprecio o con comentarios o conductas evasivas, e incluso

con pequeños insultos a los niños que se les acercan para jugar. Existe

evidencia que permite considerar a la experiencia infantil del maltrato como

una condición de riesgo, que aumenta la probabilidad de problemas en las

relaciones posteriores, incluyendo en este sentido lo que se establecen con

los propios hijos y con la pareja. (pág. 31).

El autor hace referencia en cómo afecta la familias difusas en la formación de la

personalidad de los niños y adolescentes, este tipo de familias generalmente tienen

varios problemas como por ejemplo maltrato a la mujer ,maltrato infantil, en la que el

principales protagonistas son los padres de familia, que se puede esperar de un niño o

adolescente que se desarrolla en este tipo de circunstancias de violencia, en lo que se

27

refiere al bullying estos menores de edad ven a la violencia como algo normal ya que

están acostumbrados a estas conductas agresivas, estas circunstancias contribuyen a que

los niños y adolescente en unos casos se conviertan en acosadores, ya que aplican la

violencia que han aprendido en el hogar con sus compañeros del centro educativo donde

se desenvuelven, en otros casos se vuelven víctimas ya que se han acostumbrado a

llevar ese tipo de vida y son blancos fáciles para los acosadores, este tipo de niños y

adolescentes por lo general no tienen ningún tipo de autoestima y siempre se quedan

callados ante los actos de violencia que sufren.

2.5.2. Causas personales.

(Veiga, 2012), establece que:

Por lo que se refiere al agresor, suele tratarse de sujetos con baja

autoestima, ausencia de empatía, impulsividad o egocentrismo, en cuanto a

la víctima los acosadores no suelen presentar una tipología específica

previa.

Cualquier niño puede ser en cualquier momento, elegido como víctima de la

violencia y del acoso en su colegio, aunque si hay que señalar algunos

rasgos característicos, podrían decirse que suelen ser niños con algún rasgo

físico o cultural diferenciador, con baja autoestima y con pocas habilidades

sociales para relacionarse con sus compañeros. (pág. 64).

El autor señala que existen varios aspectos en la personalidad de los estudiantes que

los convierten en agresores o víctimas, los agresores suelen presentar síntomas de

ausencia de empatía, impulsividad o egocentrismo, además señala que cualquier

estudiante puede ser tomado como víctima de estos agresores, aunque en mucho de los

casos de bullying si intervienen factores como algún rasgo físico o cultural diferente al

del agresor, las victimas suelen ser sujetos con baja autoestima, que no pueden llegar a

tener una buena relación con sus demás compañeros.

28

Por otro lado el autor (Lopez, 2012), señala lo siguiente:

El alumno con sobrepeso, un color de piel diferente, miopía, que obliga al

uso de anteojos, la alumna con pechos más desarrollados que los

compañeros de su misma edad, el adolescente delgado y aquel de menor

belleza, suelen ser víctimas de burlas e insultos de sus compañeros en el

aula. (pág. 33).

Es evidente que el autor lo que nos trata de explicar es que la discriminación que

existe en los centro educativos, es uno de los factores principales para que se dé la

práctica de bullying, por lo general los acosadores son sujetos que no soportan que las

víctimas sean diferentes a ellos, tomando en cuenta factores como el sobrepeso,

diferente color en su piel, miopía que obliga al uso de anteojos, etc. Todos estos factores

contribuyen a que las víctimas sufren actos de burlas por parte de sus compañeros.

2.5.3. Por el centro educativo.

(Lopez, 2012), establece lo siguiente:

El estudio de la institución escolar como posible provocadora de situaciones

de violencia y malos tratos entre los escolares es sin duda difícil, debido a la

complejidad del sistema, pues en él se entrecruzan múltiples factores con

pesos dispares como el curriculum, los profesores, los alumnos, el espacio

físico y los tipos de organización, entre otros.

Pero no solo la escuela es factor determinante en la aparición de agresiones

también influye su entorno. La estructura, forma de trabajar de alumnos y

profesores, contenidos, forma de evaluar, currículo manifiesto y oculto, las

relaciones de jerarquía o la mayor participación de todos los estamentos

que componen la comunidad escolar tienen mucho que ver en la mayor o

menor incidencia de la violencia en la escuela.

29

En la escuela, la sociedad confía uno de sus más grandes tesoros: sus hijos.

Es uno de los principales agentes de socialización para los alumnos, al

ofrecer pautas de comportamiento, procesos sociales, roles, con el fin de

que el individuo pueda resolver problemas sociales con facilidad. (pág. 37)

El autor establece que si bien es cierto el centro educativo influye en el

comportamiento violento que tienen los estudiantes, es necesario analizar varios

factores que se encuentran dentro de este espacio físico tales como: el tipo de

profesores, alumnos, espacio físico, tipos de organización entre otros, además es

necesario tomar en cuenta la forma de actuar tanto de profesores como alumnos en las

diversas actividades que desempeñan en el centro educativo, también señala que la

escuela es donde se aprende y se forma su comportamiento, para emplearlo dentro de la

sociedad donde se desenvuelve y desarrolla día a día.

2.6. Tipos de bullying.

Podemos hablar de distintos tipo de bullying, debemos tomar en consideración varias

circunstancias que afectan a la víctima, con frecuencia aparecen varios de forma

simultánea que son:

Físico

Verbal

Psicológico

Social

Ciberbullying

Nadie debe subestimar el miedo que un niño, niña o adolescente intimidado puede

llegar a sentir. Todo eso es maltrato entre iguales. Debido a su importancia profundizare

más en cada uno de ellos.

30

2.6.1. Físico.

(Velasco, 2011), manifiesta que:

Empujones, patadas, agresiones con objetos, etc. Se da con mayor

frecuencia en primaria que en secundaria, debido a que los jóvenes evitan

dejar marcas y los niños son tan impulsivos que no lo pueden controlar. Los

golpes con cada vez peores si es que el niño aguanta, los chicos de hoy son

cada vez más crueles. En ocasiones llega a suceder más frecuentemente

cuando están realizando algún deporte, los victimarios aprovechan la

oportunidad pasa abusar del compañero desvalido, con la excusa de que

están jugando y lo hicieron si darse cuenta, o que fue un accidente. En este

punto hago un llamado a los papás para que eviten regalar o tener a la

mano navajas, ya que los alumnos la pueden utilizar como arma, también

tener cuidado con lo bates de béisbol, las pistolas, juguetes como cuchillos

que en ocasiones pensamos que son de plástico y muchas veces son de

metal, especialmente los que vienen de China. (pág. 33).

El autor nos da a entender que este tipo de bullying, es todo tipo de acto violento,

que se da en contra de la integridad física y personalidad de las víctimas, se da con

mayor frecuencia en la educación primaria que en la educación secundaria, esto es

porque los niños son mucho más impulsivos que los adolescente no son conscientes de

sus actos, ya que no miden la magnitud de los actos que cometen en contra de sus

víctimas.

Los acosadores buscan cometer sus actos de violencia en circunstancia en las que se

puedan justificar, por ejemplo en escenarios donde se realicen actividades físicas o de

deportes, es muy fácil para ellos hacer parecer que el acto violento se haya producido

por imprudencia o por algún tipo de accidente y por último el autor da una sugerencia a

los padres para que no tengan ningún tipo de arma en casa, ya que podría ser utilizada

por sus hijos en contra de algún compañero.

31

2.6.2. Verbal.

(Velasco, 2011), manifiesta que:

Es el más habitual en las secundarias, insultos y apodos principiantemente.

Se focaliza principalmente a los que son chaparros, morenos, gordos, con

lentes o con algún defecto físico, incluso el verbal se lleva a cabo cuando no

existe de por medio ninguna palabra. También menosprecio en público, lo

peor de todo es que si sucede en el salón de clase y el profesor no hace nada

cada día subirá de tono, por eso es de suma importancia que los maestros

no permitan por ningún motivo que se burlen de un compañero dentro del

aula ni en la escuela. Al final de la clase hablar con el alumno acosador y

poner un alto muy pero muy firme, de no hacer caso se deberá poner una

consecuencia fuerte, pedir al alumno que haga un trabajo sobre el respeto y

la importancia de este valor dentro de la vida diaria. (pág. 34).

El autor establece que este tipo de bullying, por lo general se lo practica en la

educación secundaria, y que consiste en palabras ofensivas hacia las víctimas ya sea de

manera privada o en público, sin importarles el grave daño que le hacen en frente de las

demás estudiantes, es de vital importancia la intervención de los profesores ante este

tipo de violencia, ya que son los encargados de impartir disciplina, respeto y valores en

las aulas, además señala que los profesores están facultados para tomar medidas ante

este tipo de conductas violentas tales como: realizar algún tipo de trabajo en el cual se

incluya temas como el respeto y la importancia de una buena convivencia de paz.

2.6.3. Psicológico.

(Velasco, 2011), manifiesta que:

Destruyen la autoestima del individuo y fomentan su sensación de temor.

Existe un maltrato tanto emocional como psicológico, no nos podemos

imaginar lo que sufren los acosados, este dolor lo llevan en su interior

32

silenciosamente, pero es una cicatriz que marcara su vida. Por eso es

decisivo que padres de familia profesores identifiquen al acosador y le

hagan saber que ha sido detectado y que inmediatamente debe parar su

conducta, de no obtener resultados positivos es importante hacer una junta

con todos los involucrados padres, maestros, directores y el propio alumno

para saber lo que está sucediendo, porque la agresión que reciben en casa

termina en la escuela. (págs. 34-35).

El autor establece que este tipo de bullying, tiene grave incidencia dentro de la

personalidad de las victimas ya que los acosadores lo que pretenden lograr con este tipo

de conductas es acabar con la autoestima de los estudiantes además causarles un temor

continuo, generando con esto un graves daños en ellos ya que pierden el interés por el

estudio, llevándoles en mucho de los casos a un fracaso estudiantil, los llamados a

frenar este tipo de conducta son tanto profesores como padres de familia ya que son los

que más comparten su tiempo con las víctimas de la práctica de bullying y detectan de

mejor manera el cambio que existe en su conducta.

2.6.4. Social.

(Velasco, 2011), manifiesta que:

Pretende aislar al joven del resto del grupo y compañeros. Evitan invitarlo a

fiestas, o nadie va a su cumpleaños, lo excluyen de planes para ir al cine, al

parque de diversiones o reuniones. Cuando hacen equipos para trabajos lo

excluyen como parte del grupo.

Es importante que los profesores controlen esto y no permitan que un

alumno se quede solo o que los demás aprovechen de él no hagan nada en la

investigación que les toco. Esto se puede solucionar llevando acabo dos

calificaciones: una de equipo y otra individual, de esta forma se darán

cuanta quien es el que realmente trabajo. También el líder hace que sus

amigos le apliquen la ley del hielo al acosado que lo ignoren y no lo tomen

en cuenta. (pág. 35).

33

El autor señala que este tipo de bullying, consiste en aislar a la víctima de todas las

actividades que le competen dentro del entorno donde se desenvuelve, por ejemplo

dejarlo fuera de grupos de trabajo, además lo excluyen de toda actividad social.

2.6.5. Cyberbullying.

(Pineida, 2014), manifiesta que:

El cyberbullying consiste en enviar mensajes de texto atreves del teléfono

celular, de correos electrónicos o por medio de espacios de encuentro y

dialogo, como las redes sociales, en internet, así como difundir cualquier

tipo de información que desacredite al niño que desempeña el papel de

víctima. Este tipo de mensajes acosadores o desacreditadores se manejan en

sitios de internet muy utilizados por los adolescentes y jóvenes, como

Twitter, YouTube, Facebook, Whatsapp, line, etc. (pág. 25).

El autor nos indica que este tipo de bullying, se practica gracias al avance de la

tecnología, ya que en este mundo globalizado donde vivimos todos tenemos acceso al

internet, por otra parte no es fácil de detectar a los acosadores ya que en muchos de los

casos esconden su verdadera identidad utilizando seudónimos.

2.7. Consecuencias del bullying.

El fenómeno social bullying lleva consigo una serie de consecuencias, no solamente

para la victima aun que esta es la que afronta la conducta violenta de manera directa,

sino también existen consecuencias para los agresores y espectadores que participan en

la práctica del bullying.

(Velasco, 2011), establece las siguientes consecuencias para las víctimas, agresores y

espectadores y estas son:

34

Para la víctima:

Fracaso y dificultades escolares.

Alto nivel de ansiedad.

Fobia escolar.

Falta de autoestima.

Cuadros depresivos.

Intentos de suicidio.

Autoimagen negativa.

Para el agresor:

Aprendizaje de la forma de obtener sus objetivos.

Antesala de la conducta delictiva.

Reconocimiento social

Generalización de sus conductas a otros ámbitos.

Para los espectadores:

Deficiente aprendizaje sobre cómo comportarse ante situaciones injustas.

Exposición y observación de los modelos inadecuados de actuación.

Falta de sensibilidad ante el sufrimiento de los otros (se produce una

desensibilización por la frecuencia de los avisos.

No aprenden a poner límite de las conductas en donde no están de acuerdo.

En un futuro cercano pueden estar en una situación de riesgo y por el temor de

no pertenecer al grupo, llevan a cabo acciones peligrosas en las que no están de

acuerdo y que pueden ser altamente perjudicados.

Los espectadores le dan valentía al acosador, tal vez ellos nunca lo harían por si

solos, pero es una forma de unirse al enemigo para no ser molestados.

35

2.8. Formas Para detectar el bullying.

(Gonzales, 2008), manifiesta que:

Esta es la pregunta más difícil de responder. Una de las características del

acoso escolar es la dificultad que tiene quien lo padece para hacerse oír,

para recurrir a alguien que lo pueda ayudar. Lo más frecuente es que el

alumno acosado sienta vergüenza o temor a explicar lo que le sucede.

Imaginemos la situación que se le plantea a un alumno inseguro del que

otros abusan. Hablar con sus padres es constatar su inseguridad, algo que

no quiere, porque eso mismo le hace sentir débil.(págs. 114-115).

El autor señala que uno de los principales motivos para que la práctica de bullying

no desaparezca en los centros educativos, es el silencio en el que se mantiene la víctima,

espectadores o testigos, por factores como; miedo, vergüenza, inseguridad en sí mismos

(Veiga, 2012), manifiesta que:

Existe una serie de indicios de que un joven está siendo objeto de acoso y

que son más fácilmente identificables por los padres, como cambios en su

comportamiento, dolores somáticos, hematomas y rasguños, negativa a ir a

clases, ausencia de relación con sus compañeros, etc. En los centros

educativos, los profesores han de estar atentos a las variaciones en el

rendimiento académico, a la falta de asistencia a clase, a la risa y abucheos

repetidos contra algún alumno o los rasgos diferenciadores de algunos

jóvenes, porque son síntomas de que algo no va bien. (pág. 65).

El autor señala que en el hogar, los padres pueden detectar de mejor manera si su

hijo está siendo víctima de la práctica de bullying, ya que puede notar sus cambios en su

personalidad o si sufren de alguna dolencia en su integridad física sin haber recibido

alguna explicación, los profesores también desempeñan un papel fundamental para

detectar si un estudiante es víctima de la práctica de bullying, tienen que estar muy

atento a su comportamiento dentro de clase, o en su rendimiento académico.

36

TITULO III

3. Leyes Ecuatorianas y Tratados Internacionales.

Es necesario tener en cuenta cuales son las leyes ecuatorianas y tratados

internacionales que protegen los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para que

estos alcancen un buen desarrollo.

3.1. Constitución de la República del Ecuador 2008.

La Constitución de la República del Ecuador, aprobada por la Asamblea Nacional

Constituyente y publicada en el Registro Oficial No. 449 el 20 de octubre del año 2008,

establece los derechos que tienen los niños niñas y adolescentes, así como quien son los

encargados de hacer cumplir el ejercicio pleno de sus derechos.

En el Art. 3. Núm. 1.- Deberes del Estado, manifiesta lo siguiente:

Son deberes primordiales del Estado:

“1.Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos

establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en

particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el

agua para sus habitantes.”

Al hablar de discriminación nos referimos al acto de una persona o un grupo de

personas a partir de criterios determinados. Creerse superior a otra persona y así, mal

tratarla física o mentalmente causando efectos negativos en la otra persona. En su

sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar otras

entidades. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio. Si

hablamos de seres humanos, por ejemplo, podemos discriminarlos entre otros criterios,

por edad, color de piel, nivel de estudios, nivel social, conocimientos, riqueza,

37

orientación sexual, etc. Todas estas formas de discriminación son de gran incidencia

para la práctica de bullying

Por otro lado este artículo nos da a conocer que es el Estado el encargado de hacer

cumplir y respetar los derechos que se encuentran establecidos en la constitución y en

los instrumentos internacionales, es decir el estado cumple el roll de garante para el

efectivo goce de los derechos en especial los derechos que se refieren a educación,

salud, alimentación, seguridad social y agua.

En lo que se refiere a la educación, el Estado, debe ser el encargado de asegurar que

los estudiantes reciban una educación de calidad libre de violencia, para que puedan

desempeñar sus capacidades al máximo.

En el Art. 11. Núm. 2.- Principios para el ejercicio de los derechos, manifiesta lo

siguiente:

Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y

oportunidades.

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento,

edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma,

religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-

económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud,

portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción,

personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o

resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los

derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la

igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en

situación de desigualdad.

Los casos de bullying que se han dado en el Ecuador muchas de las veces se han

generado por la discriminación que existen en los centros educativos de estudiante a

38

estudiante por distintos factores, ya sea por el color de la piel, apariencia física,

condición social económica, religión, creencias, por padecer alguna enfermedad o

discapacidad etc. Este principio no establece que es el estado el encargado de tomar

medidas de acción afirmativa hacia los titulares de los derechos que son afectados por la

discriminación.

El Art. 26.- Derecho a la Educación, manifiesta lo siguiente:

La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber

ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la

igualdad e inclusión y condición indispensable para el buen vivir. Las

personas, las familias y la sociedad tienen derecho y la responsabilidad de

participar en el proceso educativo.

Este artículo nos indica que el derecho a la educación en un deber ineludible e

inexcusable del Estado, también hace partícipe de esta obligación a la sociedad y a la

familia al mencionar que deben participar en el proceso educativo de los titulares de este

derecho.

En el Art. 35.- Atención a grupos vulnerables, manifiesta lo siguiente:

Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres

embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y

quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad,

recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y

privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación

de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil,

desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial

protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.

Este artículo establece quienes están considerados dentro del grupo de atención

prioritaria, el estado debe garantizar de manera efectiva el cuidado y protección de este

grupo de personas, en lo que se refiere a los niños, niñas y adolescentes se puede indicar

que el Estado no ha cumplido con esta protección, ya que dentro de los centros

39

educativos no existen los mecanismos necesarios para erradicar la violencia de la que

son víctimas varios estudiantes, poniéndolos en desventaja frente a los acosadores, ya

que no cuentan con las mismas posibilidades de estudio que ellos.

En el Art. 44.- Derecho de los niños y adolescentes, manifiesta lo siguiente:

El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el

desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el

ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés

superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.

Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral,

entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su

intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un

entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.

Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-

emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales

nacionales y locales.

Este artículo señala que el Estado, la sociedad y la familia, son considerados como

garantes para que se cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescentes, además

establece el derecho que tienen a un desarrollo integral dentro de un entorno familiar,

escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad, ya que este tipo de personas

son consideradas como un sector importante de la población ecuatoriana que será de

gran ayuda para el desarrollo del país.

En el Art. 45.- Derecho a la integridad física y psíquica, manifiesta lo siguiente:

Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser

humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y

garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y

psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y

40

nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad

social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y

comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad;

a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera

prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos

y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o

familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.

El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el

funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas

asociativas.

En el presente artículo nos señala el derecho que tienen los niños, niñas y

adolescentes a la integridad física y psíquica, considero que este derecho es fundamental

dentro del desarrollo que tienen este tipo de personas, el Estado deberá garantizarlo de

manera efectiva para que exista la cultura de la paz y la buena convivencia de los

alumnos dentro de los centros educativos del país y no como sucede en la actualidad

donde están invadidos por la violencia.

El Art. 46. Núm. 1 y 4.- Medidas para el bienestar de los niños y adolescentes,

manifiesta lo siguiente:

El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las

niñas, niños y adolescentes:

1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud,

educación y cuidado diario en un marco de protección integral de sus

derechos.

4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación

sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales

situaciones.

41

Es deber primordial por parte del Estado ecuatoriano es garantizar la protección,

prevención y sanción contra todo tipo de violencia y maltrato para asegurar el pleno

ejercicio y goce de sus derechos ya que las niñas, niños y adolescentes son considerados

como el sector más vulnerable de la sociedad, pero que a futuro serán un eje

fundamental dentro del desarrollo del país, he ahí la importancia de proteger sus

derechos de una manera eficaz.

En el Art. 175.- Administración de justicia especializada, manifiesta lo siguiente:

Las niñas, niños y adolescentes estarán sujetos a una legislación y a una

administración de justicia especializada, así como a operadores de justicia

debidamente capacitados, que aplicarán los principios de la doctrina de

protección integral. La administración de justicia especializada dividirá la

competencia en protección de derechos y en responsabilidad de

adolescentes infractores.

Este artículo establece que los niños niñas y adolescentes al momento de cometer

una infracción no serán sancionados por leyes comunes, sino por una ley especial en

este caso por el Código de la Niñez y la Adolescencia, ya que es una ley específica para

ellos.

3.2. Código de la Niñez y de la Adolescencia.

El Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia fue creado en junio del 2003 y

está diseñado con la finalidad de brindar la respectiva protección hacia los niños, niñas

y adolescentes por parte del Estado y de esta forma garantizar las disposiciones

constitucionales otorgándoles derechos y obligaciones para que vivan en un constante

desarrollo integral; con el disfrute pleno de sus derechos enfocados principalmente en la

libertad, dignidad, equidad y justicia. (Yánez, 2014, pág. 57)

A continuación se establecen los siguientes artículos.

42

En el Art. 1.- Finalidad, manifiesta lo siguiente:

Este Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad

y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que

viven en el Ecuador, con el fin de lograr su desarrollo integral y el disfrute

pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad.

Este artículo nos da a entender que no solamente el Estado es el encargado de la

protección integral de los niños, niñas y adolescentes, nos indica que es una

responsabilidad compartida en la que interviene también la sociedad y la familia, para

lograr el cumplimiento pleno de sus derechos.

En el Art. 6.- Igualdad y no discriminación, manifiesta lo siguiente:

Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley y no serán

discriminados por causa de su nacimiento, nacionalidad, edad, sexo, etnia;

color, origen social, idioma, religión, filiación, opinión política, situación

económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad o diversidad

cultural o cualquier otra condición propia o de sus progenitores,

representantes o familiares.

El estado adoptara las medidas necesarias para eliminar toda forma de

discriminación.

Este artículo garantiza el derecho que tienen los niños niñas y adolescentes a no ser

discriminados por ninguna razón, la práctica de bullying se da en muchos de los casos

por este factor discriminatorio, que se ve inmerso dentro de los centros educativos por

falta de valores en los estudiantes.

En el Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia, manifiesta lo

siguiente:

Es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos

ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas,

43

legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia,

ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los

derechos de niños; niñas y adolescentes.

El Estado y la sociedad formularán y aplicarán políticas públicas sociales y

económicas; y destinarán recursos económicos suficientes, en forma estable,

permanente y oportuna.

Este artículo faculta al Estado, la sociedad y a la familia, para que adopte las medidas

necesarias para la plena vigencia de los derechos de los niños niñas y adolescentes, de

esta manera se podrá alcanzar su desarrollo integral en los diferentes ámbitos que se

desenvuelven y desarrollan, por ejemplo en lo que se refiere a la educación, se lograría

que los estudiantes alcancen una formación de calidad tanto en conocimientos como en

valores, que les servirán para su vida profesional.

En el Art. 9.- Función básica de la familia, manifiesta lo siguiente:

La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y

fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente.

Corresponde prioritariamente al padre y a la madre, la responsabilidad

compartida del respeto, protección y cuidado de los hijos y la promoción,

respeto y exigibilidad de sus derechos

Este artículo establece que es de gran importancia el núcleo familiar donde se

desenvuelven los niños niñas y adolescentes, para alcanzar su desarrollo integral

optimo, ya que es en el entorno familiar donde se adquieren valores, principios,

costumbres, etc.

También establece la responsabilidad compartida entre el padre y a la madre para

que ellos sean los encargados de hacer respetar y cumplir los derechos de los menores

ya que ellos por si solos no pueden hacerlo.

44

En el Art. 37.- Derecho a la educación, manifiesta lo siguiente:

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad.

Este derecho demanda de un sistema educativo que:

1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación

básica, así como del adolescente hasta el bachillerato o su equivalente;

2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar;

3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender

las necesidades de todos los niños, niñas y adolescentes, con prioridad de

quienes tienen discapacidad, trabajan o viven una situación que requiera

mayores oportunidades para aprender;

4. Garantice que los niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes,

materiales didácticos, laboratorios, locales, instalaciones y recursos

adecuados y gocen de un ambiente favorable para el aprendizaje. Este

derecho incluye el acceso efectivo a la educación inicial de cero a cinco

años, y por lo tanto se desarrollarán programas y proyectos flexibles y

abiertos, adecuados a las necesidades culturales de los educandos; y,

5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y

de los mismos niños, niñas y adolescentes.

La educación pública es laica en todos sus niveles, obligatoria hasta el

décimo año de educación básica y gratuita hasta el bachillerato o su

equivalencia.

El Estado y los organismos pertinentes asegurarán que los planteles

educativos ofrezcan servicios con equidad, calidad y oportunidad y que se

garantice también el derecho de los progenitores a elegir la educación que

más convenga a sus hijos y a sus hijas.

45

Este artículo reconoce el derecho a la educación que tienen los niños, niñas y

adolescentes, además señala que es el Estado y los organismos pertinentes son los

encargados de que la educación que se imparta en los centros educativos sea de calidad,

también hace referencia a que todos gozaran de las mismas oportunidades, sin ningún

tipo de discriminación y por ultimo concede el derecho a los padres a elegir qué tipo de

educación es la más adecuada para sus hijos.

En el Art. 305.- Inimputabilidad de los adolescentes, manifiesta lo siguiente:

“Los adolescentes son penalmente inimputables y, por tanto, no serán

juzgados por jueces penales ordinarios ni se les aplicarán las sanciones

previstas en las leyes penales.”

Este artículo hace referencia a la inimputabilidad de los adolescentes en el campo

penal, son inimputables ya que no han cumplido la mayoría de edad, la edad constituye

un factor fundamental en todo el campo jurídico para determinar la capacidad y

responsabilidad de un individuo.

En el Art. 306.- Responsabilidad del adolescente, manifiesta lo siguiente:

“Los adolescentes que cometan infracciones tipificadas en la ley penal

estarán sujetos a medidas socio - educativas por su responsabilidad de

acuerdo con los preceptos del presente Código.”

El artículo señala que si bien es cierto los adolescentes son penalmente inimputables,

esto no les exime de la aplicación de las medidas socio-educativas a tomarse por su

infracción, dichas medidas se las tomara de acuerdo a los preceptos del Código de la

Niñez y Adolescencia.

3.3. Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño de 1924.

El 26 de diciembre de 1924 la Liga de las Naciones aprueba la Declaración de

Ginebra sobre los Derechos del Niño. La declaración establece el derecho de los niños y

46

niñas a disponer de medios para su desarrollo material, moral y espiritual; asistencia

especial cuando están hambrientos, enfermos, discapacitados o han quedado huérfanos;

ser los primeros en recibir socorro cuando se encuentran en dificultades; libertad contra

la explotación económica; y una crianza que les inculque un sentimiento de

responsabilidad

Fue impulsada por Eglantyne Jebb con ayuda de su Hermana Dorotty Buxton y en

gran medida impactadas por las graves secuelas y consecuencias que ocasionó la

primera Guerra Mundial. Sin embargo, si bien este texto contiene ciertos derechos

fundamentales del niño, no tiene fuerza vinculante para los Estados. Por la presente

Declaración de Ginebra, los hombres y las mujeres de todas las naciones, reconociendo

que la humanidad debe dar al niño lo mejor de sí misma, declaran y aceptan:

Primero

El niño debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente desde el punto

de vista material y espiritual.

Segundo

El niño hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser atendido, el niño

deficiente debe ser ayudado, el niño desadaptado debe ser radicado, el huérfano y el

abandonado deben ser recogidos y ayudados.

Tercero

El niño debe ser el primero en recibir socorro en caso de calamidad.

Cuarto

El niño deber ser puesto en condiciones de ganarse la vida y debe ser protegido de

cualquier explotación.

47

Quinto

El niño debe ser educado inculcándose el sentido del deber que tiene de poner sus

mejores cualidades al servicio del prójimo.

3.4. Declaración de los Derechos del Niño 1959.

El 20 de noviembre 1959 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la

Declaración de los Derechos del Niño, reconoce derechos como la libertad contra la

discriminación y el derecho a un nombre y a una nacionalidad.

También consagra específicamente los derechos de los niños a la educación, la

atención de la salud y a una protección especial.

La Asamblea General.

Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda

tener una infancia feliz, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y

libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres

individualmente y a las organizaciones particulares y gobiernos nacionales a que

reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de

otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:

Principio 1

El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos

derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o

discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o

de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra

condición, ya sea del propio niño o de su familia.

48

Principio 2

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios,

dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física,

mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en

condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración

fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 3

El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.

Principio 4

El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer

y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su

madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá

derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Principio 5

El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe

recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso

particular.

Principio 6

El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y

comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la

responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad

moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de

corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de

49

cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de

subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene

conceder subsidios estatales o de otra índole.

Principio 7

El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo

menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura

general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus

aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a

ser un miembro útil de la sociedad.

El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la

responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en

primer término, a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar

orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades

públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Principio 8

El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban

protección y socorro.

Principio 9

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de

una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se

dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o

impedir su desarrollo físico, mental o moral.

50

Principio 10

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la

discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole.

Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los

pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus

energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

3.5. Convención sobre los Derechos del Niño de 1989.

Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los

Derechos del Niño. Elaborada durante 10 años con las aportaciones de representantes de

diversas sociedades, culturas y religiones.

La Convención fue aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de

noviembre de 1989.

La Convención, a lo largo de sus 54 artículos, reconoce que los niños (seres humanos

menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y

social con derecho a expresar libremente sus opiniones. Además la Convención es

también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad

humana.

La Convención, como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y

niñas, es de carácter obligatorio para los Estados firmantes. Estos países informan al

Comité de los Derechos del Niño sobre los pasos que han adoptado para aplicar lo

establecido en la Convención.

Es también obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para dar efectividad

a todos los derechos reconocidos en la Convención.

51

Una Convención sobre los derechos del niño era necesaria porque aun cuando

muchos países tenían leyes que protegían a la infancia, algunos no las respetaban. Para

los niños esto significaba con frecuencia pobreza, acceso desigual a la educación,

abandono.

En este sentido, la aceptación de la Convención por parte de un número tan elevado

de países ha reforzado el reconocimiento de la dignidad humana fundamental de la

infancia así como la necesidad de garantizar su protección. (UNICEF, 2006, pág. 6)

Esta Convención establece 4 principios que deben regir la implementación de todos

los derechos que defiende:

La no discriminación.

El mejor interés del niño.

El derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo.

El respeto de la opinión del niño.

Principio de no discriminación.

El art. 2.- Manifiesta lo siguiente:

1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente

Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción,

sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el

idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional,

étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el

nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus

representantes legales.

2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar

que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo

por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las

creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.

52

El artículo señala que los Estados partes de esta convención son los encargados de

asegurar el cumplimiento de los derechos que tienen los niños sin distinción alguna, por

otra parte señala que los estados son los encargados de tomar las medidas necesarias

para brindarle al niño seguridad ante cualquier tipo de discriminación.

El estado ecuatoriano debería adoptar las medidas necesarias para la prevención o

solución de la práctica de bullying.

Principio del interés superior del niño.

En el art. 3.- Manifiesta lo siguiente:

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las

instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las

autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración

primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el

cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los

derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de

él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y

administrativas adecuadas.

3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y

establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños

cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes,

especialmente en materia de seguridad, san dad, número y competencia de

su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión

adecuada.

Este artículo establece que todas las medidas respecto del niño deben estar basadas

en la consideración del interés superior del mismo, corresponde al estado asegurar una

adecuada protección y cuidado, cuando los padres y madres, u otras personas

responsables, no tienen capacidad para hacerlo.

53

El Estado ecuatoriano debería establecer mecanismos efectivos de protección para

las víctimas de bullying para que este tipo de conductas no queden en la impunidad por

falta de denuncia.

Principio del derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo.

En el art. 6.- Manifiesta lo siguiente:

“1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco

a la vida.

2. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la

supervivencia y el desarrollo del niño.”

Este artículo señala que todo niño tiene derecho intrínseco a la vida y es obligación

del estado garantizar la supervivencia y el desarrollo del niño.

El Estado ecuatoriano debería adoptar medidas efectivas para que el desarrollo de los

niños sea efectivo y no sea vulnerado por la práctica de bullying, que como sabemos día

a día va evolucionando dentro de los centros educativos.

Principio de participación y ser escuchado.

En el art. 12.- Manifiesta lo siguiente:

1. Los Estados Partes garantizarán al niño que esté en condiciones de

formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en

todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las

opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.

2. Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado,

en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea

directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en

consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

54

El niño tiene derecho a expresar su opinión y a que ésta se tenga en cuenta en todos

los asuntos que le afectan. El Estado ecuatoriano es el encargado de proporcionarles a

los estudiantes los medios necesarios de protección y asesoramiento, cuando sus

derechos se ven vulnerados por la práctica de bullying, evitando con esto estas

conductas sigan evolucionado dentro de los centros educativos, además de evitar las

graves consecuencias que genera la práctica de bullying.

3.6. Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y

proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos.

La Asamblea General.

Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal

común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los

individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan,

mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y

aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su

reconocimiento y aplicación universales y efectivos, entre los pueblos de los Estados

Miembros.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos también reconoce el derecho a

la educación es así que:

En el art. 26.- Manifiesta lo siguiente:

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser

gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y

fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción

técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios

superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

55

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad

humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las

libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la

amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y

promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el

mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que

habrá de darse a sus hijos.

Este artículo señala que el derecho a la educación es de todos sin discriminación

alguna, señala que la educación es de vital importancia para la formación de la

personalidad humana, además mediante la educación se podrá inculcar valores como el

respeto a los derechos de las demás personas, los padres de familia son los responsables

del tipo de educación que tengan sus hijos.

3.7.- Convención Americana sobre los derechos Humanos.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (También llamada Pacto de

San José de Costa Rica o CADH) fue suscrita, tras la Conferencia Especializada

Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San

José en Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978.

Es una de las bases del sistema interamericano de promoción y protección de los

derechos humanos.

Los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y

libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a todas las

personas que estén sujetas a su jurisdicción, sin discriminación alguna.

Esta convención señala varios artículos de importancia que señalare a continuación:

56

En el art. 1.- Manifiesta lo siguiente:

Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los

derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno

ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación

alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas

o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,

nacimiento o cualquier otra condición social.

Este artículo establece que es responsabilidad de los estados garantizar el pleno

ejercicio de los derechos de las personas que se encuentran en su territorio sin

discriminación de ninguna índole.

El Estado ecuatoriano debería prevenir todo tipo de vulneración de los derechos

derivados de la discriminación, mediante medias efectivas que permitan la erradicación

de estas conductas, que ocasionan grave daño a la personalidad de los habitantes de un

estado, siendo esta una verdadera práctica de vulneración de derechos.

En el Art. 5. Núm. 1.- Manifiesta la siguiente:

“Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica

y moral”

En lo que se refiere al estudio de nuestro tema es necesario recalcar que los niños,

niñas y adolescentes son considerados con un grupo de atención prioritaria, dentro de la

sociedad, es por ello que el Estado ecuatoriano es el encargado de actuar, ante cualquier

tipo de abuso en su integridad tanto física como emocional.

En el Art. 19.- Manifiesta la siguiente:

“Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de

menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.”

57

Este artículo señala la responsabilidad compartida que existe entre el Estado

ecuatoriano, la sociedad, y la familia, para que los niños, niñas y adolescentes estén

protegido en todos los ámbitos donde se desarrolla, ya que son considerados como un

grupo vulnerable de la sociedad, ya que no puede defenderse ni hacer efectivo el

ejercicio pleno de sus derechos por si solos, es por ello que al estado, la sociedad y la

familia se le ha otorgado el papel de garante, cuya misión es garantizar que sus derechos

se cumplan y se respeten.

2.2. TRABAJOS PREVIOS.

Según con la recopilación de datos bibliográficos que se cita a continuación, se prevé

que existen estudios investigativos previos que comparten la misma idea que el tema

propuesto.

Sayra Alexandra Álvarez Félix (2014), en su tesis “Creación de un proyecto

de ley para prevenir y erradicar la práctica de bullying en el nivel de

educación bachillerato.” de la Universidad Central del Ecuador; nos

manifiesta que: el bullying es un fenómeno social que se identifica como

agresiones físicas, psicológicas y hasta patrimoniales entre estudiantes, de

ahí, que se le ha denominado como violencia entre iguales. Obviamente,

esta práctica denigra la dignidad humana de las víctimas y vulnera sus

derechos fundamentales, perjudicando el desarrollo integral de los

adolescentes. Estas particularidades se lo demostraron a través de las

respectivas encuestas efectuadas tanto a público externo como a los

estudiantes. Con lo que, se recomienda que se cree mecanismos jurídicos

para solucionar este problema.

Jhoan Fernanda Proaño Mora; Flor María Rojas Jaya (2015), en su tesis

“Falta de responsabilidad penal del agresor del bullying o acoso escolar

vulnera los derechos fundamentales de la víctima menor de edad

establecidos en la constitución, tratados internacionales y demás leyes.” de

la Universidad Laica Vicente Rocafuerte de Guayaquil; no señala que: el

fenómeno ha existido desde siempre, pero anteriormente se consideraba una

58

conducta normal y no un problema social. El bullying es un problema

latente y real, que está presente en el día a día de cada pequeño. Teniendo

vigente que este problema social a más de que implica violentar la

integridad física y psíquica que menciona el Art. 45 de la Constitución de la

República del Ecuador en la Sección Quinta de las Niñas, Niños y

Adolescentes; el cual busca proteger los derechos de los mismos, refleja que

está siendo quebrantado, ofendido y mancillado entre iguales.

Maribel Patricia Hidalgo Yánez (2014), en su tesis “Determinación de la

Figura Jurídica del Acoso Escolar o Bullying para su correcta prevención,

protección y sanción dentro de la Legislación Ecuatoriana” de la

Universidad Central del Ecuador; nos establece que: el Estado por medio de

la Constitución y normas conexas garantiza todo tipo de protección a uno de

los sectores más vulnerables de la sociedad como son los menores de edad

pero en la práctica desafortunadamente es imposible su cumplimiento, toda

vez que este tipo de violencia no se encuentra enmarcada dentro de una

figura jurídica específica; por ende no existe ley, norma o cualquier forma

legal que regule, controle e inclusive sancione de forma correcta el acoso

escolar o bullying, consecuentemente la sociedad no cuenta con los medios

suficientes para que las autoridades competentes apliquen los mecanismos

más óptimos para poder prevenir este tipo de acoso escolar y así evitar que

se siga propagando.

2.3. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS.

Adolescencia.

Edad que sucede a la niñez y que transcurre desde que aparecen los primeros indicios

de la pubertad hasta la edad adulta. El concepto ofrece importancia jurídica, porque, por

regla general, las legislaciones hacen coincidirla entrada en la adolescencia con la

capacidad para contraer matrimonio. El período de adolescencia influye también en la

responsabilidad penal que, dentro de ciertos límites, puede estar disminuida y afectar el

modo de cumplimiento de la condena. (Ossorio, 2000, pág. 48).

59

Violencia.

La violencia puede ser ejercida por una persona sobre otras de modo material o

moral; en el primer caso, la expresión equivale a fuerza y en el segundo, a intimidación.

(Ossorio, 2000, pág. 993).

Personalidad.

Diferencia individual que constituye a cada persona y la distingue de otra, Con

referencia a la personalidad se derivan diversos derechos a su favor puesto que están

encaminados a su protección y que pueden no afectar su patrimonio. Tales, el derecho al

honor, a la consideración, a la intimidad, a la integridad moral, intelectual o física, al

nombre. (Ossorio, 2000, pág. 724).

Discriminación.

Formas de agresión, violencia y de ejercicio del poder que afectan negativamente los

derechos, la identidad, la autoestima y la integridad física y cultural de personas y

grupos sociales a los que se repudia. Este trato, considerado inferior e ilegitimo por las

víctimas o por terceros, puede basarse en los rasgos físicos o culturales de tales personas

o grupos: el sexo, el género, las preferencias sexuales, la edad, la cultura, la religión, la

posición política, la ideología, etc. (Jiménez & Villena Fiengo, 2006, pág. 22).

Responsabilidad.

Deuda, obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito,

de una culpa o de otra causa legal. (Ossorio, 2000, pág. 849)

Impunidad.

Estado por el cual queda un delito o falta sin el castigo o pena que por la ley le

corresponde. (Cuevas, 2010, pág. 220).

60

Miedo.

Perturbación angustiosa del ánimo por un riesgo o mal que realmente amenaza o que

se tinge la imaginación. Recelo o aprensión que uno tiene que le suceda una cosa

contraria a lo que deseaba. (Ossorio, 2000, pág. 597).

Constitución.

Acto o decreto fundamental en que están determinados los derechos de una nación,

la forma de su gobierno y la organización de los poderes públicos de que éste se

compone. (Cuevas, 2010, pág. 97)

Derechos.

Dentro de lo estrictamente jurídico, el vocablo se emplea pluralizado cuando se

refiere a un conjunto de normas o atribuciones que se concede, reivindica o ejerce

colectivamente. (Cuevas, 2010, pág. 136).

Denuncia.

Acto de poner en conocimiento del funcionario competente (juez, ministerio público

o agentes policiales) la comisión de un hecho delictuoso, sujeto a acción pública, del

que se hubiere tenido noticia por cualquier medio. (Ossorio, 2000, pág. 290).

2.4. DIAGNÓSTICO.

La causa principal por lo que se da la práctica de bullying dentro del Colegio

Tecnológico Sucre, es el desconocimiento que tienen los estudiantes de sus derechos,

reconocidos en la Constitución y las leyes nacionales, así como en los convenios y

tratados internacionales, esto ha permitido que este tipo de conductas violentas, no sean

denunciadas por parte de las víctimas o espectadores, quedando en la impunidad, la falta

61

de protección hacia las víctimas de bullying dentro del Colegio Tecnológico Sucre, ha

ocasionado que este tipo de conductas sean vistas como algo normal dentro del

desarrollo integral al que tienen derecho los estudiantes, permitiendo con esto que la

violencia estudiantil día a día vaya evolucionando de una manera rápida sin poder hacer

nada para frenarla o erradicarla, dejando con ello consecuencias cada vez más graves en

la integridad física y psicológica de las víctimas.

2.5. ESTADO DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PROBLEMA.

El Colegio Tecnológico Sucre educa a los jóvenes de las clases populares a la luz de

los valores y la ciencia, forma ciudadanos activos, propositivos, corresponsables con el

estado, la sociedad y la familia, para poder construir un orden social más humano, esta

enseñanza de calidad es la que ofrece este centro educativo, pero lamentablemente no se

llega a cumplir por distintos factores que se suscitan dentro del centro educativo.

La situación del Colegio Tecnológico Sucre es realmente alarmante, ya que

alrededor del centro educativo se encuentran establecidas varias pandillas juveniles, que

tienen atemorizados al resto de estudiantes, así lo indican varios moradores del sector.

Los jóvenes que integran estas pandillas lo que buscan es cada día tener más

integrantes, es por esto que no les importa que método emplear para lograr su propósito,

intimidación, amenazas, insultos, golpes, entre otros actos violentos son los métodos

que utilizan para someter a sus víctimas.

Es necesario señalar que varios de los integrantes de las pandillas, según el criterio

de las autoridades del centro educativo, provienen de hogares disfuncionales, en la que

los conflictos, la mala conducta, y muchas veces el abuso por parte de los miembros

individuales se produce continua y regularmente.

62

CAPITULO III

3. METODOLOGÍA UTILIZADA.

3.1. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN.

El presente proyecto de investigación se ve inmerso dentro de la línea de

investigación constitucional, en un análisis de los Derechos Constitucionales que tienen

los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, que se encuentran reconocidos en la

Constitución de la Republica, las leyes nacionales, así como en los convenios y tratados

internacionales. En otras palabras esta investigación es de tipo cuanti-cualitativa.

3.1.1. MÉTODOS.

Histórico.

Mediante el método histórico se analizó la trayectoria concreta del problema

planteado en la investigación, así como su condicionamiento a los diferentes periodos

de la historia.

Deductivo.

Del análisis de las generalidades se logró deducir leyes y principios que relacionan

las conclusiones a las que se arriba en el transcurso de la investigación. Para proteger

los Derechos Constitucionales vulnerados de los adolescentes.

Inductivo.

Mediante la inducción se obtuvo conocimientos individualizados y particulares a

través de las encuestas a fin de determinar las tendencias generales, que servirán para la

elaboración de conclusiones y recomendaciones del presente proyecto de investigación.

63

Analítico.

Es aquel método de investigación que consiste en la desmembración de un todo,

descomponiéndolo en sus partes o elementos para observar las causas, la naturaleza y

los efectos, que genera la práctica de bullying. Este método permitió conocer más del

objeto de estudio, con lo cual se puede explicar, hacer analogías, comprender su mejor

su comportamiento y establecer nuevas teorías.

Exegético.

Es fundamental para el análisis jurídico porque permite entrelazar las normas en su

jerarquización; por ejemplo, ir de la Constitución de la Republica al Código de la Niñez

y Adolescencia para conocer a profundidad el marco legal, para poder determinar el

problema.

Comparativo.

Por este método se llegó a establecer las semejanzas, diferencias y comparaciones

jurídicas que tienen las disposiciones legales relativas al tema planteado.

3.1.2. TÉCNICAS.

De campo.

Las técnica que se empleara para el desarrollo de la investigación será

principalmente la de campo, esto es directamente con los estudiantes, padres de familia

y autoridades del Colegio Tecnológico Sucre, que se ven inmersos en el tema de

investigación, para obtener beneficios y resultados en todo lo planteado.

64

3.2. OPERACIONALIZACION DE LAS VARIABLES E INDICADORES.

Tabla No. 1.- Modelo de matriz de operacionalizacion de variables.

VARIABLE

INDEPENDIENTE

DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO

DE ITEM

TÉCNICA O

INSTRUMENTO

La práctica de bullying

ha ocasionado graves

consecuencias en el

rendimiento académico

y personalidad de los

estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre.

Social

Académico

Psicológico

Desconocimiento de las

consecuencias de la

práctica de bullying

Bajo rendimiento

académico

Cambios de personalidad

.

30

30

2

Encuesta

Encuesta

Encuesta

VARIABLE

DEPENDIENTE

DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO

DE ITEM

TÉCNICA O

INSTRUMENTO

Vulneración de los

Derechos

Constitucionales que

tienen los adolescentes,

en el Colegio

Tecnológico Sucre

Derechos

Constitucionales

Mecanismos de

asesoría jurídica

Jurídico

Vulneración

Ausencia

Impunidad

30

2

6

Encuesta

Entrevista

Encuesta

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

65

3.3. POBLACIÓN Y MUESTRA / SUJETOS, FENÓMENOS O UNIDADES DE

INVESTIGACIÓN.

La población es una gran colección de individuos que son el componente principal

de la investigación. Hay que tener en claro que la investigación se la realiza en beneficio

de la población.

La muestra no es más que un subconjunto de la población. La muestra entonces nace

de la imposibilidad del investigador de extraer información de todos y cada uno delos

individuos de una determinada población. Por esta razón la muestra debe ser

representativa de la población, la cual debe tener un tamaño adecuado para garantizarla

validez y la eficacia de los análisis estadísticos.

La muestra se la realizará en el Colegio Tecnológico Sucre, de la ciudad de Quito,

cuya población es de 2000 personas entre: estudiantes, autoridades, docentes y

psicólogos.

La población involucrada en el presente trabajo investigativo se describe en el

siguiente cuadro representativo:

Tabla No. 2.- Población y Muestra.

No. Denominación Muestra

1 Estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre. 60

2 Padres de familia de los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre. 20

3 Autoridades del Colegio Tecnológico Sucre. 2

4 Docentes del Colegio Tecnológico Sucre. 10

5 Psicólogos del Colegio Tecnológico Sucre. 2

6 Abogados especialistas en la protección de los derechos

de los menores de edad. 6

Total 100

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

66

3.4. INSTRUMENTOS Y (O) MATERIALES.

Encuesta.

Es la técnica más utilizada para recuperar información, especialmente en las

investigaciones que se realizan en las ciencias sociales. A través de ella, logré conocer

la magnitud de los problemas para proponer soluciones; se hizo efectiva por medio de

los cuestionarios, que fueron elaborados de acuerdo a los indicadores.

Fichas Bibliográficas.

Son aquellas que contienen, toda la bibliografía en la cual se basó nuestro estudio,

aquellas en las cuales se consignó los datos de los autores, obras y datos específicos

relacionados con el tema.

Fichas Nemotécnicas.

Son aquellas que me ayudaron a la recopilación de datos y análisis del tema

propuesto, básicamente consistieron en el resumen, transcripción de datos, criterios y

críticas realizadas por los tratadistas sobre determinado tema.

Fichas Hemerográficas.

Son aquellas que contienen la información más importante de un periódico o revista

que se utilizó para juntar la información de un trabajo de investigación.

67

CAPÍTULO IV

4. DISCUSIÓN.

4.1. PROCEDIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN.

En la siguiente tabla se detallan las actividades que se desarrollaron en la presente

investigación:

Tabla No. 3.- Actividades.

Actividades Lugar Fecha Desarrollo Síntesis

No. 1.- Acudir a

los estudiantes

del Colegio

Tecnológico

Sucre.

Ciudad

de

Quito.

Al finalizar

el proyecto y

al comienzo

del informe

final.

Realizar

encuestas a

(60)

estudiante.

Obtener información para

determinar si los estudiantes

conocen las consecuencias

de la práctica de bullying,

así como también establecer

el grado de afectación de

sus derechos.

Actividades Lugar Fecha Desarrollo Síntesis

No. 2.- Acudir a

los padres de

familia y

docentes de los

estudiantes del

Colegio

Tecnológico

Sucre.

Ciudad

de

Quito.

Al finalizar

el proyecto y

al comienzo

del informe

final.

Realizar

encuestas a

(20) padres

de familia y

a (10)

docentes.

Obtener información para

determinar cómo influye la

práctica de bullying, en el

rendimiento académico de

los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre.

68

Actividades Lugar Fecha Desarrollo Síntesis

No. 3.- Acudir a

los psicológicos

del Colegio

Tecnológico

Sucre.

Ciudad

de

Quito.

Al finalizar

el proyecto y

al comienzo

del informe

final.

Realizar

encuestas a

(2)

psicólogos.

Obtener información para

determinar el grado de

afectación en la

personalidad de las víctimas

de la práctica de bullying.

Actividades Lugar Fecha Desarrollo Síntesis

No. 4.- Acudir a

las autoridades

encargadas del

Colegio

Tecnológico

Sucre.

Ciudad

de

Quito.

Al finalizar

el proyecto y

al comienzo

del informe

final.

Realizar

encuestas a

(2)

autoridades

Obtener información para

poder establecer si existe

algún mecanismo de

protección para las víctimas

de la práctica de bullying.

Actividades Lugar Fecha Desarrollo Síntesis

No. 5.- Acudir

a los Abogados

especialistas en

la protección de

los derechos de

los niños niñas y

adolescentes.

Ciudad

de

Quito.

Al finalizar

el proyecto y

al comienzo

del informe

final.

Realizar

encuestas a

(6)

Abogados

especialistas

en la

protección

de los

derechos de

los niños y

adolescentes

Obtener información para

poder determinar por qué

mucho de los casos de

práctica de bullying quedan

en la impunidad.

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

69

4.2. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS EN FUNCIÓN DEL

ENFOQUE CONCEPTUAL.

Del análisis y procesamiento de resultados que fueron obtenidos en la encuesta se

realizan los gráficos estadísticos, los mismos que permitirán exponer interpretaciones

conclusiones parciales, que a continuación se detallan:

Pregunta N° 1.- ¿Ha escuchado acerca del termino bullying?

Tabla No. 4.- Pregunta No. 1

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

95

95%

No

5

5%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 1.- Pregunta No. 1

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

95%

5%

Si

No

70

Interpretación.

Con respecto a esta pregunta los encuestados respondieron en un 95%

afirmativamente, mientras que un 5% respondió negativamente.

Conclusión Parcial.

La gran mayoría de los encuestados afirman haber escuchado el termino bullying

mientras que un porcentaje muy pequeño no lo ha escuchado, en actualidad se ha

popularizado el termino Bullying, esto no ocurría anteriormente, pero de un tiempo acá

esta práctica se incrementa notablemente, generando grave preocupación al estado, la

sociedad y la familia.

71

Pregunta N° 2.- ¿Conoce usted, en que consiste la práctica bullying?

Tabla No. 5.- Pregunta No. 2

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

93

93%

No

7

7%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 2.- Pregunta No. 2

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

93%

7%

Si

No

72

Interpretación.

De los datos proporcionados por los encuestados en relación a la pregunta, se tienen

como resultados que un 93% respondió de forma afirmativa, mientras que un 7%

respondió en forma negativa.

Conclusión Parcial.

De todas las personas encuestadas la gran mayoría señala que conoce en que consiste

la práctica de bullying, esto es atormentar a alguien física, verbal o psicológicamente de

manera intencional durante cierto tiempo, puede abarcar desde golpes, empujones,

insultos, amenazas y burlas, todas estas formas de abuso de parte de los agresores hacia

sus víctimas van en contra del desarrollo integral de los estudiantes.

73

Pregunta N° 3.- ¿Conoce usted, que Derechos Constitucionales son vulnerados por la

práctica de bullying?

Tabla No. 6.- Pregunta No. 3

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

11

11%

No

89

89%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 3.- Pregunta No. 3

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

11%

89%

Si

No

74

Interpretación.

De esta interrogante planteada a los encuestados se desprende que el 11% respondió

de forma afirmativa, mientras que el 89% respondió de forma negativa.

Conclusión Parcial.

Es evidente que la gran mayoría de los encuestados no tienen conocimiento de los

derechos que tienen los estudiantes, este desconocimiento conlleva a que este tipo de

conductas violentas no sean denunciadas, ya que son vistas como algo normal dentro de

los centros educativos, pero la realidad es otra mientras estas conductas sigan en la

impunidad la práctica de bullying seguirá tomando mucho más fuerza dejando cada vez

consecuencias mucho más notorias y graves en las victimas.

75

Pregunta N° 4.- ¿Conoce usted, quien es el encargado de garantizar el efectivo goce de

los Derechos Constitucionales que tienen los estudiantes del Colegio Tecnológico

Sucre?

Tabla No. 7.- Pregunta No. 4

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

7

7%

No

93

93%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 4.- Pregunta No. 4

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

7%

93%

Si No

76

Interpretación.

Del total de encuestados en lo que se refiere a esta pregunta el 7% respondió de una

manera afirmativa, mientras que el 93% respondió de forma negativa.

Conclusión Parcial.

Los resultados que arroja esta pregunta son realmente preocupantes, ya que si no se

tienen conocimiento de que el Estado es el encargado de garantizar el efectivo goce de

los derechos constitucionales de los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, como

pretendemos que se respeten y cumplan dichos derechos, he ahí la importancia de la

implementación de un departamento de asesoría jurídica para las víctimas de la práctica

de bullying.

77

Pregunta N° 5.- ¿Conoce usted, de algún caso de práctica de bullying en el Colegio

Tecnológico Sucre?

Tabla No. 8.- Pregunta No. 5

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

100

100%

No

0

0%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 5.- Pregunta No. 5

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

100%

0%

Si No

78

Interpretación.

El 100% de los encuestados respondieron de forma afirmativa la interrogante que se

planteó.

Conclusión Parcial.

La totalidad de las personas encuestadas afirman que han conocido algún caso de

práctica de bullying dentro del Colegio Tecnológico Sucre, estos resultados demuestran

que la violencia dentro del centro educativo es muy notoria, esta situación es muy

preocupante ya que los estudiantes no pueden llegar a tener un desarrollo integral

optimo dentro del centro educativo, ya que la violencia en un factor desfavorable para

desarrollar las capacidades al máximo de los adolescentes.

79

Pregunta N° 6.- ¿Conoce usted, si los casos de práctica de bullying llegan a ser

sancionados?

Tabla No. 9.- Pregunta No. 6

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

20

20%

No

80

80%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 6.- Pregunta No. 6

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

20%

80%

Si

No

80

Interpretación.

En lo que se refiere a esta pregunta el 20% de las personas encuestadas respondió

afirmativamente mientras que el 80% respondió de forma negativa.

Conclusión Parcial.

De los resultados obtenidos es evidente que muchos de los casos de práctica de

bullying no han sido sancionados, ya que las víctimas no denuncian este tipo de

conductas violentas, ya sea por el temor que tienen hacia sus agresores, por la falta de

mecanismos de protección o por desconocimiento de sus derechos, dejando en la

impunidad estas conductas violentas que tanto mal ha ocasionado a los estudiantes del

Colegio Tecnológico Sucre.

81

Pregunta N° 7.- ¿Conoce usted, si los planes y programas del estado han sido efectivos

para reducir los niveles de práctica de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre?

Tabla No. 10.- Pregunta No. 7

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

7

7%

No

93

93%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 7.- Pregunta No. 7

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

7%

93%

Si

No

82

Interpretación.

De la totalidad de personas encuestadas, en lo que se refiere a la pregunta el 7%

respondió de manera afirmativa, mientras que el 93% respondió en forma negativa.

Conclusión Parcial.

Se nota de manera clara que para la mayoría de personas encuestadas, los planes y

programas que ha implementado el estado para erradicar la práctica de bullying dentro

del Colegio Tecnológico Sucre, no han tenido la eficacia que se esperaba, ya que dichos

planes y programas solamente consisten en charlas informativas a padres de familia y

estudiantes referentes a este fenómeno social, esto no es considerado un verdadero

mecanismo de protección hacia los estudiantes del centro educativo.

83

Pregunta N° 8.- ¿Cree usted, que la falta de denuncias de parte de las víctimas de la

práctica de bullying, ha contribuido para que estas conductas queden impunes y sin

castigo?

Tabla No. 11.- Pregunta No. 8

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

85

85%

No

15

15%

Total

100

100% Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 8.- Pregunta No. 8

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Interpretación.

El 85% de los encuestados respondieron de forma afirmativa la interrogante que se

planteó, mientras que el 15% respondió negativamente.

85%

15%

Si

No

84

Conclusión Parcial.

Es necesario brindarles a las victimas la asesoría jurídica necesaria, cuando sus

derechos constitucionales se ven vulnerados por la práctica de bullying, que se genera

dentro del Colegio Tecnológico Sucre, de esta manera se podrá evitar que este tipo de

conductas violentas queden en la impunidad, además se lograra imponer castigos a los

agresores de acuerdo a la magnitud del daño causado en sus víctimas, esto servirá de

ejemplo para los demás estudiantes para que no comentan estas faltas dentro del centro

educativo.

85

Pregunta N° 9.- ¿Conoce usted, cuáles son las consecuencias que genera la práctica de

bullying en la personalidad y rendimiento académico de las víctimas?

Tabla No. 12.- Pregunta No. 9

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

25

25%

No

75

75%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 9.- Pregunta No. 9

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

25%

75%

Si

No

86

Interpretación.

Con respecto a esta pregunta los encuestados respondieron en un 25% de forma

afirmativa, mientras que un 75% respondió de forma negativa.

Conclusión Parcial.

La gran mayoría de las personas encuestadas no conocen las terribles consecuencias

en la personalidad y rendimiento académico de las víctimas de la práctica de bullying,

estas pueden ser : evidente baja autoestima, actitudes pasivas, pérdida de interés por los

estudios lo que puede llevar a una situación de fracaso escolar, trastornos emocionales,

problemas psicológicos, depresión, ansiedad, pensamientos suicidas, lamentablemente

algunos chicos, para no tener que soportar más esa situación de maltrato hacia ellos

llegan hasta quitarse la vida.

87

Pregunta N° 10.- ¿Considera usted, que es necesario la implementación de un

departamento de asesoría jurídica como mecanismo de protección para las víctimas de

bullying, en el Colegio Tecnológico Sucre?

Tabla No. 13.- Pregunta No. 10

Alternativas

Frecuencia

Porcentaje

Si

100

100%

No

0

0%

Total

100

100%

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

Gráfico No. 10.- Pregunta No. 10

Elaborado por: Jorge Gabriel Medina Anaci.

100%

0%

Si

No

88

Interpretación.

El 100% de los encuestados respondieron de forma afirmativa la interrogante que se

planteó.

Conclusión Parcial.

La totalidad de las personas encuestadas está de acuerdo en que se implemente un

departamento de asesoría jurídica como mecanismo de protección para las víctimas de

bullying dentro del centro educativo, esto ayudara a que los estudiantes no se sientan

desprotegidos jurídicamente, se evitara que los estudiantes se queden callados ante los

actos violentos de los que son víctimas, esta medida de protección servirá de mucho

para erradicar la práctica de bullying que se genera dentro del Colegio Tecnológico

Sucre.

89

4.3. RESULTADOS DE LA APLICACIÓN DEL PLAN DE INTERVENCIÓN

ACCIÓN.

El proyecto de investigación se la desarrollo de acuerdo a los siguientes pasos:

1. Presentación de la propuesta.

2. Aprobación de la propuesta.

1. Designación del Tutor.

2. Aceptación del Tutor

3. Desarrollo del proyecto.

4. Presentación del proyecto.

5. Aprobación del proyecto.

6. Exposición ante el Tribunal.

7. Aprobación del proyecto por parte del tribunal.

8. Desarrollo del informe final de investigación.

9. Aprobación del informe final

10. Presentación del informe final de investigación.

11. Calificación del informe final de investigación por parte del tribunal de lectores.

13. Sustentación del informe final de investigación, ante el tribunal de grado oral.

90

4.4. CONCLUSIONES.

De todo el estudio realizado en el presente proyecto de investigación, se pudo

obtener las siguientes conclusiones referentes a la vulneración de los Derechos

Constitucionales, que tienen los adolescentes, en el Colegio Tecnológico Sucre, de la

ciudad de Quito por la práctica de bullying:

1. El bullying consiste en la práctica de actos violentos o intimidatorios constantes

sobre una persona. Puede ser realizado por una o varias personas, con el

propósito de agredir, de hacer sentir insegura a la víctima, o para entorpecer su

desenvolvimiento en el centro educativo, es evidente que todo estos actos

violentos vulneran los derechos que tienen los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre, generando graves consecuencias en la personalidad y

rendimiento académico

2. El estado, la sociedad y la familia, son los encargados de adoptar las medidas

políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean

necesarias para el efectivo ejercicios, protección y garantía de los Derechos

Constitucionales de los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre.

3. Los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre tienen como uno de sus derechos,

el desarrollo integral, dentro de un ambiente sano que se encuentre libre de

violencia, este derecho consiste en un proceso de crecimiento, maduración y

despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones.

4. La falta de asesoría jurídica que tienen las víctimas de bullying en el Colegio

Tecnológico Sucre, ha provocado que este tipo de conductas violentas no sean

denunciadas quedando en la impunidad.

5. No existen políticas públicas eficientes o mecanismos jurídicos efectivos que

sirvan para erradicar la práctica de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre, en

consecuencia este tipo de conductas seguirán evolucionando.

91

4.5. RECOMENDACIONES.

Una vez que se han establecido las conclusiones referentes al proyecto de

investigación, es necesario mencionar las siguientes recomendaciones:

1. Efectuar programas de capacitación e información continuos dirigidos a

estudiantes, padres de familia, docentes y directivos a fin de concientizar acerca

de las causas y consecuencias del fenómeno social del bullying que se ve

inmerso dentro del Colegio Tecnológico Sucre.

2. Efectuar programas de capacitación e información dirigidos a estudiantes, los

cuales consistan en dar a conocer cuáles son los Derechos Constitucionales que

tienen dentro del Colegio Tecnológico Sucre, ya que el desconocimiento de sus

derechos es lo que permite que este tipo de conductas violentas sean vistas como

algo normal dentro del centro educativo.

3. Establecer programas de orientación profesional encaminado a los padres de

familia, a fin de que participen activamente en la erradicación del bullying desde

los hogares, ya que una de las principales factores para que se genere la práctica

de bullying dentro del Colegio Tecnológico Sucre son las causas familiares

4. La intervención oportuna y efectiva de los padres de familia al denunciar en el

Colegio Tecnológico Sucre los maltratos que suceden contra sus hijos ayudarían

a que las autoridades educativas obtengan pleno conocimiento de este tipo de

conductas violentas, para que puedan tomar las respectivas medidas de sanción

en contra de los agresores.

5. Implementar un departamento de asesoría jurídica gratuito dentro del Colegio

Tecnológico Sucre, que servirá como mecanismo de protección para las víctimas

de bullying, esto será de gran ayuda ya que los estudiantes tendrán a dónde

acudir cuando sientan que sus derechos estén agredidos por la práctica de

bullying.

92

CAPÍTULO V

5. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN AL PROBLEMA.

La propuesta que se plantea en la presente investigación consiste en la

“Implementación un Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito”, para los estudiantes

del Colegio Tecnológico Sucre, principalmente para las víctimas espectadores o testigos

de la práctica de bullying, ya que estas personas son las llamadas a frenar estas

conductas violentas, mediante la denuncia respectiva, el desconocimiento de los

derechos que tienen los estudiantes ha permitido que los casos de práctica de bullying

que se han suscitado en el centro educativo queden en la impunidad.

5.1. DATOS INFORMATIVOS.

Localización: Esta propuesta se la implementará en el Colegio Tecnológico Sucre de

esta ciudad de Quito, provincia de Pichincha.

Beneficiarios: Las personas beneficiarias con esta propuesta serán los estudiantes del

Colegio Tecnológico Sucre, ya que contaran con un verdadero mecanismo de ayuda y

protección hacia sus derechos, que son vulnerados por la práctica de bullying.

5.2. ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA.

Lo que se pretende con el presente proyecto de investigación es que no se vulneren

los derechos que tienen los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, por la práctica

de bullying, además que este tipo de conductas violentas no queden en la impunidad por

falta de denuncia, ya sea por las víctima, espectadores o testigos de los actos de

violencia que existe en el centro educativo.

93

5.3. JUSTIFICACIÓN.

La propuesta se justifica porque el grado de vulneración de los Derechos

Constitucionales que tienen los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, como

producto de la práctica de bullying, esto ha ocasionado graves consecuencia en la

personalidad, integridad física y rendimiento académico de sus víctimas.

El índice de violencia dentro del centro educativo cada día es más alto, debido a que

no existe un verdadero mecanismo de protección para la víctimas de la práctica de

bullying, esto ha provocado que estas conductas no sean castigadas por falta de

denuncias de las víctimas, quedando en la impunidad. Por esta razón la propuesta lo que

busca es lograr que estas conductas violentas sean denunciadas ante este departamento

de asesoría jurídica, evitando con esto la proliferación de la violencia dentro del centro

educativo.

Por otra parte se considera la propuesta factible, pues a criterio de varios

encuestados, y de conformidad con los sustentos jurídicos y sociales expuestos en el

presente proyecto de investigación, es necesaria la “implementación de un departamento

de asesoría jurídica gratuito” en el Colegio Tecnológico Sucre, como mecanismo de

protección para las víctimas de la práctica de bullying.

5.4. OBJETIVOS.

5.4.1. OBJETIVO GENERAL.

Lo que se espera con la ejecución de la propuesta del presente proyecto de

investigación, “Implementación de un Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito” es

que los todos los estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre, cuenten con un mecanismo

de protección adecuado, ante los conductas violentas producidos por la práctica de

bullying, que vulneran los derechos que tienen los estudiantes del centro educativo.

94

5.4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

Proteger los Derechos Constitucionales que tienen los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre.

Disminuir el índice de los casos de la práctica de bullying dentro del Colegio

Tecnológico Sucre.

5.5. IMPACTOS.

Se espera lograr que la gran mayoría de los casos de la práctica de bullying que se

generan en el Colegio Tecnológico Sucre, sean denunciados por las víctimas,

espectadores o testigos, para de esta manera poder erradicar este tipo de conductas

violentas que se suscitan en el centro educativo.

5.6. DESARROLLO DE LA PROPUESTA.

Implementación de un Departamento de Asesoría Jurídica gratuito en el Colegio

Tecnológico Sucre.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

El desarrollo integral óptimo, es un derecho que tienen los niños, niñas y

adolescentes, que debe ser garantizado por el Estado, la sociedad y la familia, tal como

lo establece el Art. 44 de la Constitución de la Republica, este derecho cada vez es más

vulnerado por la práctica de bullying que existe en el Colegio Tecnológico Sucre, ya

que las víctimas no cuentan con un mecanismo de protección efectivo para la protección

de sus Derechos Constitucionales.

95

El Colegio Tecnológico Sucre, deben cumplir con su función y objetivo de contribuir

al desarrollo integral de los estudiantes a través de un ambiente adecuado, libre de

violencia, donde se potencien sus habilidades y destrezas.

HONORABLE CONSEJO EJECUTIVO DEL COLEGIO TECNOLÓGICO

SUCRE.

CONSIDERANDO.

Que, el artículo 191 de la Constitución de la República establece que la Defensoría

Pública es un órgano autónomo de la Función Judicial cuyo fin es garantizar el pleno e

igual acceso a la justicia de las personas que, por su Estado de indefensión o condición

económica, social o cultural, no puedan contratar los servicios de defensa legal para la

protección de sus derechos.

Que, el artículo 193 de la Constitución y el artículo 292 del Código Orgánico de la

Función Judicial determinan la obligación que tienen las Facultades de Jurisprudencia,

Derecho o Ciencias Jurídicas de las universidades del país de organizar y mantener

servicios de defensa y asesoría jurídica a personas de escasos recursos económicos y

grupos que requieran atención prioritaria.

Que, los numerales 9 y 10 del artículo 286 del Código Orgánico de la Función Judicial

establecen la competencia de la Defensoría Pública para autorizar y supervisar el

funcionamiento de servicios jurídicos prestados en beneficio de personas de escasos

recursos económicos o grupos que requieran atención prioritaria por parte de

instituciones o personas distintas de la Defensoría Pública y para establecer estándares

de calidad y normas para su autorización de funcionamiento y permanente evaluación.

Que, uno de los principios para el ejercicios de los derechos de los ecuatorianos es que,

todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos y oportunidades.

96

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo,

identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología,

filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria,

orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por

cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por

objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los

derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.

Que, uno de los derechos fundamentales que poseen los estudiantes del Colegio

Tecnológico Sucre, es poder contar con ambiente de enseñanza adecuado libre de

violencia, donde se proporcione un desarrollo integral.

Que, los derechos fundamentales que tienen estudiantes del Colegio Tecnológico Sucre,

como la dignidad humana, la integridad física y psicológica, deben ser protegidos de

una manera eficaz por parte del Estado ya que estas personas están en el grupo de

atención prioritaria, tal como lo establece el Art. 45 de la Constitución de la República.

Que, el bullying es un fenómeno social que se encuentra inmerso en el Colegio

Tecnológico Sucre, que trae como consecuencias la vulneración los derechos

fundamentales de los estudiantes. Como se demuestra en la presente investigación.

Que, el Colegio Tecnológico Sucre debe convertirse en un verdadero establecimiento de

enseñanza libre de violencia, en el cual los estudiantes potencien sus habilidades y

destrezas, tal como lo establece el inciso segundo del Art. 45 de la Constitución de la

República.

Que, el Artículo 75 de la Constitución señala que toda persona tiene derecho al acceso

gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e

intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad, y que no quedará en

indefensión.

En uso de las atribuciones constitucionales y legales:

97

EXPIDE

El siguiente manual de funcionamiento para el Departamento de Asesoría Jurídica

gratuito.

CAPITÚLO I

ÁMBITO DE APLICACIÓN, PRINCIPIOS, Y SERVICIOS

Art. 1.- Ámbito de aplicación.- Funcionara en el Departamento de Orientación del

Colegio, en el que se extenderá el servicio de Asesoría Jurídica Gratuito, tiene su sede y

domicilio en el Barrio San Bartolo perteneciente a la parroquia San Bartolo, Cantón

Quito, Provincia de Pichincha.

Art. 2.- Principios.- La Atención del Departamento de Asesoría Jurídica se regirá por

los principios de servicio social, sensibilidad, eficacia y honradez.

Art. 3.- Servicios.- Los servicios que presta el Departamento de Asesoría Jurídica son

absolutamente gratuitos y por lo tanto no se podrá exigir, ni percibir dinero, bienes,

gratificación, o donaciones por parte de las personas beneficiadas de este servicio

CAPÍTULO II

CONSTITUCIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA

Art. 3.- Constitución.- El Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito, estará

constituido por un Coordinador General especializado en la protección de los derechos

de las niñas, niños y adolescentes, nombrado por la Defensoría del Pueblo, a la vez el

Honorable Consejo Ejecutivo del Colegio Tecnológico Sucre, realizara la gestión a la

Universidad Central del Ecuador para poder contar con la ayuda de practicantes o

egresados, de la Facultad de Jurisprudencia Ciencias Políticas y Sociales.

98

Art. 4.- Control y Vigilancia.- El departamento de asesoría jurídica estará bajo el

control y vigilancia de la Defensoría del Pueblo y del Honorable Consejo Ejecutivo del

Colegio Tecnológico Sucre.

CAPÍTULO III

OBJETIVOS

Art. 5.- Los objetivos que tiene el Departamento de Asesoría Jurídica Gratuito, son

los siguientes:

a) Proteger y hacer respetar los Derechos Constitucionales que tienen los estudiantes del

Colegio Tecnológico Sucre, mediante una asesoría jurídica eficaz.

b) Dictar charlas continuas cuyos propósito sea el de informar a los estudiantes del

Colegio Tecnológico Sucre cuales son sus Derechos Constitucionales

c) Erradicar los casos de práctica de bullying que se suscitan en el Colegio Tecnológico

Sucre, mediante las denuncias respectivas por parte de las víctimas.

CAPÍTULO IV

DE LOS PRACTICANTES

Art. 6.- Practicantes.- Son practicantes del Departamento de Asesoría Jurídica

Gratuito, los alumnos y egresados que cumplan con los requisitos establecidos en el

Reglamento de Prácticas Pre Profesionales, por el que se rige la Facultad de

Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Central del Ecuador.

Art. 7.- Los practicantes que brinden sus servicios de asesoría en el Departamento de

Asesoría Jurídica contaran con el apoyo de los docentes de la Facultad de

Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Central del Ecuador.

99

Art. 8.- Atribuciones.- Son atribuciones y deberes de los practicantes:

a) Cumplir en forma responsable con sus prácticas.

b) Cumplir responsablemente con las actividades encomendadas por parte del

Coordinador General del Departamento de Asesoría Jurídica.

c) Guardar en reserva la información proporcionada por parte de las víctimas de la

práctica de bullying, solamente podrá utilizar la misma para buscar su beneficio.

d) Seguir en sus prácticas Pre Profesionales los mismos deberes éticos y jurídicos a los

que están obligados los abogados en el ejercicio de su profesión.

CAPÍTULO V

FINACIAMIENTO

Art. 9.- Financiamiento.- La Asignación que anualmente hará constar el Honorable

Consejo Ejecutivo del Colegio Tecnológico Sucre.

Art. 10.- Los aporte, ayudas o colaboraciones económicas que se hicieren por parte de

personas, organismos o instituciones en beneficio del Departamento de Asesoría

Jurídica.

-------------- --------------------

RECTOR SECRETARIO

100

BIBLIOGRAFÍA

TEXTOS:

Arcos, A. X. (2013). El Bullying Escolar y su incidencia en la autoestima de los

discentes de noveno grado de educacion basic, del centro de educacion general

básica Manuela Espejo del canton Ambato provincia de Tungurahua. Ambato.

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Balarezo, P. F., & Jimbo Tonato, M. S. (2010). La responsabilidad de la familia en la

plena vigencia de los derechos del niño. Cuenca. UTPL

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Declaración de los Derechos del Niño de (1959).

Convención sobre los Derechos del Niño de (1989).

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

Convención Americana sobre Derechos Humanos (1978).

103

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Consultado el 23 de marzo de 2016

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http://www.unicef.org/ecuador/Encuesta_nacional_NNA_siglo_XXI_2_Parte2.p.

Consultado el 09 de marzo de 2016

104

ANEXOS

ANEXO 1

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE DERECHO

El objetivo de la presente encuesta tiene como finalidad obtener resultados que demuestren la

necesidad de implementar un departamento de asesoría jurídica, como mecanismo de protección

para las víctimas de bullying, en el Colegio Tecnológico Sucre.

Datos informativos:

Edad: ………. Género: ………. Masculino Instrucción:…….. Primaria

………. Femenino .…...... Secundaria

.…….. Superior

Instrucciones: Lea determinadamente las preguntas y marque con una (X) la respuesta correcta.

Cuestionario

1. ¿Ha escuchado acerca del termino bullying?

Si…………

No………..

2. ¿Conoce usted, en que consiste la práctica bullying?

Si…………

No………..

105

3. ¿Conoce usted, que Derechos Constitucionales son vulnerados por la práctica de bullying?

Si…………

No………..

4. ¿Conoce usted, quien es el encargado de garantizar el efectivo goce de los Derechos

Constitucionales que tienen los estudiantes en el Colegio Tecnológico Sucre?

Si…………

No………..

5. ¿Conoce usted, de algún caso de práctica de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre?

Si…………

No………..

6. ¿Conoce usted, si los casos de práctica de bullying llegan a ser sancionados?

Si…………

No………..

7. ¿Conoce usted, si los planes y programas del estado han sido efectivos para reducir los

niveles de práctica de bullying en el Colegio Tecnológico Sucre?

Si…………

No………..

8. ¿Cree usted, que la falta de denuncias de parte de las víctimas de la práctica de bullying, ha

contribuido para que estas conductas queden impunes y sin castigo?

Si…………

No………..

9. ¿Conoce usted, cuales son las consecuencias que genera la práctica de bullying en la

personalidad y rendimiento académico de las víctimas?

Si…………

No………..

10. ¿Considera usted, que es necesario la implementación de un departamento de

asesoría jurídica como mecanismo de protección para las víctimas de bullying, en el Colegio Tecnológico Sucre?

Si…………

No………..

106

ANEXO 2

107

108

ANEXO 3

SOLICITUD DE INSCRIPCION DE CONSULTORIOS JURIDICOS GRATUITOS PARA SER

ACREDITADOS

(Llenar la información, imprimir, firmar y escanear esta solicitud y los requisitos que se

indican en el numeral cinco del Instructivo para el Registro de un Consultorio Jurídico

Gratuito)

Lugar y Fecha: (Cantón, día, mes, año)

Oficio Nº ---------------------

Doctor

Ernesto Pazmiño Granizo

DEFENSOR PUBLICO GENERAL

En su despacho.-

De mi consideración:

En mi calidad de Representante Legal del Consultorio Jurídico Gratuito “……………………..”,

de la ………….(Institución u organización); ubicado en …….(dirección) del cantón …… de la

provincia …….. ; a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 193 de la

Constitución de la República del Ecuador, solicito la inscripción de este consultorio para su

acreditación y me extiendan la respectiva autorización de funcionamiento del consultorio

jurídico gratuito, para lo cual se adjunta la copia de los requisitos indicados en el numeral

cinco del Instructivo para el Registro de un Consultorio Jurídico Gratuito.

Además, advertido de la gravedad del falso testimonio, tipificado como delito en el artículo 270 del Código Orgánico Integral Penal, declaro que la información que figura en esta solicitud es completa y verdadera; y, ha sido registrada en el portal web de la Defensoría Pública de acuerdo a lo estipulado en el literal a) del Artículo 24 del Reglamento de Acreditación y Funcionamiento de los Consultorios Jurídicos Gratuitos, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 4 del 30 de mayo de 2013. Cordialmente,

_____________________________

FIRMA:

NOMBRE:

CEDULA DE CIUDADANIA: