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INFORME DE AUDITORíA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL - MSPS VIGENCIA 2015 . "2 CGR - CDSS No. ,. Carrera 8 No. 15-46 Piso 2. PBX 647 7000 [email protected] • www.cQntraloria.gov.co. Bogotá, D. C., Colombia Junio 2016

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INFORME DE AUDITORíA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL -MSPS

VIGENCIA 2015

. "2 CGR - CDSS No. ,.

Carrera 8 No. 15-46 Piso 2. PBX 647 7000 [email protected] • www.cQntraloria.gov.co. Bogotá, D. C., Colombia

Junio 2016

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INFORME DE AUDITORíA

Contralor General de la República

Vicecontralora

Contralor Delegado para el Sector Social

Directora de Vigilancia Fiscal

Supervisora

Equipo de auditoría

Responsable de Auditoría

Auditores

Edgardo José Maya Villazón

Gloria Amparo Alonso Másmela

José Antonio Soto Murgas

Carolina Sánchez Bravo

Oiga Lucía Bitar Casij

Rafael Eduardo Gelves Rangel

Ana Pineda Pulido Gloria Matilde Cruz William Velásquez Rodríguez Luis Alberto Supelano Murcia Ricardo Barriga Patiño Víctor Camargo Domínguez

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TABLA DE CONTENIDO

1. HECHOS RELEVANTES ..................................................................................... 5 2. DICTAMEN .......................................................................................................... 6

2.1. EVALUACiÓN DE GESTiÓN Y RESULTADOS ............................................ 8 2.1.1. Control de Gestión .................................................................................. 9 2.1.2. Control de Resultados .......................................................................... 12 2.1.3. Control de Legalidad ............................................................................ 15 2.1.4. Control Financiero ................................................................................ 15 2.1.4. Sistema de Control Interno ................................................................... 15

2.2. FENECIMIENTO DE LA CUENTA FiSCAL ................................................. 15 2.3. RELACiÓN DE HALLAZGOS ...................................................................... 16 2.4. PLAN DE MEJORAMIENTO ....................................................................... 16

3. RESULTADOS DE LA AUDITORíA ................................................................... 17 3.1. CONTROL DE GESTiÓN ............................................................................ 17

3.1.1. Gestión Ambiental Institucional.. ........................................................... 17 3.1.2. Seguimiento recursos Ley Estatutaria 1618 de 2013 ........................... 21 3.1.3. Gestión de Defensa Judicial ................................................................ 29

3.1.3.1. Mecanismos de Control Interno para la Defensa Jurídica .............. 30 3.1.3.2. Pago de Intereses Moratorios ........................................................ 31

3.1.4. Rendición de la Cuenta Fiscal vigencia 2015. Revisión del Formato F-6 Sireci Indicadores de Gestión ......................................................................... 33 3.1.5. Gestión Presupuesta!. ........................................................................... 37

3.1.5.1. Rezago Presupuestal ..................................................................... 39 3.1 .5.2. Vigencias Futuras ........................................................................... 40 3.1.5.3. Seguimiento a las Observaciones vigentes de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes ........................................... .40 3.1.5.4. Sostenibilidad financiera de la DAFPS ....................................... .42

3.1.6. Gestión Contractual .............................................................................. 62 3.2. CONTROL DE RESUL TADOS .................................................................... 64

3.2.1. Planes, programas y proyectos ............................................................ 64 3.2.2. Proyectos de inversión pública ............................................................. 75

3.2.2.1. Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia Plan Nacional .......................................................... 76 3.2.2.2. Fortalecimiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud en Infraestructura y dotación hospitalaria nacional ... 79 3.2.2.3. Actualización, regulación, definición UPC, actualización POS y tarifas nacional ............................................................................................ 83 3.2.2.4. Promoción y Prevención ................................................................. 85 3.2.2.5. Otros recursos provenientes de Gastos de Funcionamiento del Ministerio y del ECAT -FOSYGA- ............................................................... 86

3.3. CONTROL DE LEGALIDAD ..................................................................... 92 3.4. CONTROL FINANCIERO ......................................................................... 92

3.4.1. Opinión Contable .................................................................................. 99

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® S9t!::r}~~I,-QJ;3fl'~ 3.5. DENUNCIAS ............................................................................................. 111 3.5. Evaluación del Sistema de Control Interno -SCI- ...................................... 111

4. ANEXOS .......................................................................................................... 117 Anexo 4.1 . ESTADOS CONTABLES ............................................................... 117 Anexo 4.2. MATRIZ DE HALLAZGOS ............................................................. 121 Anexo 4.3. INDICADORES DE GESTiÓN ....................................................... 122

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1. HECHOS RELEVANTES

Durante la vigencia auditada, se presenta como hecho relevante el trámite final de la Ley Estatutaria en Salud - Ley No. 1751, expedida en febrero 16 de 2015 -, por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones, una vez surtido el trámite de rigor ante el Congreso de la República y el control previo en la Corte Constitucional y cuya implementación, en buena medida corresponde al MSPS teniendo en cuenta los términos del artículo 1 del Decreto 4107 de 2011, en donde determina que el Ministerio " ... tendrá como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, (. . .) lo cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el sector administrativo. "

La Ley Estatutaria implica el reconocimiento social de un derecho esencial para garantizar la dignidad humana y la igualdad de oportunidades de los ciudadanos,

La norma en comento tiene como elementos destacados:

• La ley tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección. (art. 1)

• La prestación del servicio se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado (art. 2), siendo este último el responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud. (art. 5)

• Hace obligatoria la atención de urgencias, sin sujeción a una previa autorización administrativa. (art. 14)

• El Ministerio cuenta hasta con dos años para crear las reglas que permitan definir cómo será la entrada de nuevos tratamientos al Plan de Beneficios. (parágrafo 1 arto 15)

• Reconoce la autonomía médica para adoptar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento de los pacientes que tienen a su cargo. (art. 17)

• El Gobierno Nacional establecerá una Política Farmacéutica Nacional, programática e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiación, adquisición, almacenamiento, producción, compra y distribución de los insumos, tecnologías y medicamentos, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. (art. 23)

• Fortalece la política de control de precios de los medicamentos. El Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud y Protección Social, estará a cargo de regular los precios de los medicamentos a nivel nacional para los principios activos. Dichos precios se determinarán con base en comparaciones internacionales. En todo caso no podrán superar el precio internacional de referencia de acuerdo con la metodología que defina el Gobierno Nacional. (parágrafo arto 23)

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2. DICTAMEN

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81111-

Bogotá D.C.,

Doctor ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS Carrera 13 No 32 -76 Ciudad

La Contraloría General de la República - CGR, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política, practicó auditoría al Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS, vigencia 2015, a través de la evaluación de los principios de la gestión fiscal: eficiencia, eficacia, economía y equidad con que administró los recursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión en las áreas, actividades o procesos evaluados, el examen del Balance General al 31 de diciembre de 2015 y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental por el año terminado en esa fecha. Dichos estados contables fueron examinados y comparados con los del año anterior, los cuales fueron auditados por la CGR.

La auditoría incluyó la comprobación de que las operaciones financieras, administrativas y económicas, se realizaran conforme con las normas legales, estatutarias y de procedimientos aplicables. Asimismo, evaluó el Sistema de Control Intemo.

Es responsabilidad de la administración el contenido de la información suministrada por la entidad y analizada por la CGR. Igualmente, es responsable por la preparación y correcta presentación de los estados contables de conformidad con las normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad universalmente aceptados o prescritos por el Contador General de la Nación.

La responsabilidad de la CGR consiste en producir un informe que contenga el pronunciamiento sobre el fenecimiento (o no) de la Cuenta Fiscal, con fundamento en la evaluación de la gestión y resultados (control de Gestión, de Resultados, de Legalidad, Financiero -opinión sobre la razonabilidad de los estados contables-, y Control Interno), obtenidos por la administración de la entidad en las áreas y/o procesos auditados.

El representante legal del MSPS, rindió la cuenta anual consolidada por la vigencia fiscal del año 2015 en marzo 1 de 2016 dentro de los plazos previstos en la Resolución Orgánica No. 7350 de 2013.

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La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con las normas de auditoría gubernarnental colornbianas (NAGC) compatibles con las norrnas internacionales de auditoría (NIAS) y con políticas y procedimientos prescritos por la CGR. La auditoría incluyó exarninar sobre una base selectiva, la evidencia que soporta las cifras, las revelaciones en los estados contables, los documentos que soportan la gestión y los resultados de la entidad y el curnplirniento de las disposiciones legales, así corno la adecuada irnplementación y funcionarniento del sisterna de control interno.

Los procedirnientos de auditoría seleccionados dependen del criterio profesional del auditor, incluyendo su evaluación de los riesgos de errores significativos en los estados contables y de la gestión y resultados de la Entidad. En la evaluación del riesgo, el auditor considera el control interno como relevante para todos sus propósitos, con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados. La auditoría también incluye evaluar los principios de contabilidad utilizados y las estirnaciones contables significativas hechas por la administración, así corno evaluar la presentación general de los estados contables. Considerarnos que la auditoría proporciona una base razonable para expresar nuestro concepto y la opinión.

Los auditores que conforrnan este equipo declaran expresamente que están libres de conflictos de interés o razones que puedan afectar su independencia.

En el trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectaran el alcance del proceso auditor.

Los hallazgos se dieron a conocer oportunamente a la entidad dentro del desarrollo de la auditoría, las respuestas de la adrninistración fueron analizadas y se incorporó al inforrne lo que se consideró pertinente.

2.1. EVALUACiÓN DE GESTiÓN Y RESULTADOS

La evaluación de la gestión y resultados se fundarnenta en los sisternas de control de: Gestión, Resultados, Legalidad, Financiero y Control Interno, los cuales contemplan las variables verificadas y calificadas por el equipo auditor, especificando que en la calificación del Control de Gestión, no se evaluó el factor de Prestación del Bien o Servicio, razón por la cual los factores correspondientes fueron ponderados y llevados a base cien (100). El procedimiento, arrojó los resultados que se presentan en la Tabla No. 1.

La calificación correspondiente se sitúa en 90,020 para un concepto FAVORABLE.

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Tabla No. 1

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2.1.1. Control de Gestión

Con una calificación de 86,520.

• Procesos administrativos: calificación 85,429

Gestión de Defensa Judicial

Para la atención de la gestión judicial, el ministerio cuenta con dos unidades ejecutoras: el MSPS Gestión General - MSPS-GG y la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS, las cuales a su vez poseen grupos de coordinación de la defensa judicial de la entidad en sus diferentes áreas.

Se observa que la administración cuenta con mapas de riesgo, controles y la valoración de los mismos, lo que permite el cumplimiento de sus objetivos misionales.

Gestión Ambiental Institucional

El MSPS cuenta con un Plan de Gestión Ambiental legalmente formalizado mediante Circular No. 52 de 2012 y Resolución No. 785 de 2015. En este se han incluido medidas encaminadas al uso eficiente y racional del agua y la energía, así como el adecuado manejo y disposición de residuos sólidos, tanto ordinarios como peligrosos.

En este sentido, el Ministerio aplicó durante la vigencia auditada, buenas prácticas ambientales que permitieron racionalizar el uso del recurso tanto energético como hídrico, con excepción de las instalaciones adecuadas para la disposición de sus residuos sólidos por cuyos hechos fue presentado un hallazgo administrativo.

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Adicionalmente, en los formatos de rendición de la cuenta, se observa que el MSPS en la vigencia auditada no tuvo erogaciones presupuestales por este concepto.

Seguimiento Ley 1618 de 2013

A partir de la expedición de la Ley Estatutaria 1618 de 2013 Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, el MSPS ha desarrollado acciones encaminadas a la reglamentación de manera coordinada entre todas las entidades estatales y de la mano con los representantes de la sociedad civil que hacen parte del Sistema Nacional de Discapacidad -SND. Al interior del MSPS se tiene conformado el Grupo de Gestión de la Discapacidad que lidera la Oficina de Promoción Social.

A 31 de diciembre de 2015, la matriz de avance en la reglamentación de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, es el resultado de la información suministrada por la institucionalidad de carácter nacional y analizada por los integrantes del Grupo de Enlace Sectorial, como instancia técnica del Sistema Nacional de Discapacidad.

Este ejercicio recoge los aportes del sector público, privado, academia, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general a nivel nacional durante el proceso de reglamentación.

Indicadores: calificación 85,286.

La revisión del formato F-6 del SIRECI Indicadores de Gestión, permitió evidenciar que el MSPS a 31 de diciembre de 2015 rindió en la cuenta consolidada un total de treinta (30) indicadores por programas y proyectos, tipo de indicador, atributo, descripción, meta, indicador, cumplimiento de la meta, análisis y observaciones, de cuya revisión se observa:

Presenta indicadores de eficacia, eficiencia, economía, equidad, valoración de costos ambientales y otros.

La revisión hecha por la CGR permite concluir el incumplimiento de la meta de Cobertura de vacunación en niños menores de un año con triple viral, tal como además se anotó y se confirma en el seguimiento efectuado al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

De otra parte, se encuentran 10 indicadores (33%) pendientes de verificación, en los cuales el propio MSPS aduce que en tres (3) su análisis está en proceso, que dos (2) presentan rezagos en la información por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, o que en cuatro casos (4) en que la meta se reporta en O, la información corresponde a cifras oficiales DAN E, o bien, que uno (1) depende de la asignación de presupuesto.

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Llama la atención que ningún indicador hace referencia a la gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS -, que en su calidad de Unidad Ejecutora, administra los recursos del Fosyga y es responsable de la problemática vinculada a los procesos de compensación, glosas y recobros, tema de especial relevancia e impacto en el funcionamiento y sostenibilidad financiera del SGSSS. Tampoco, se incluyen indicadores relacionados con la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes.

Gestión presupuestal y contractual: calificación 87,457.

La evaluación presupuestal tuvo el siguiente alcance; el total del presupuesto de ingresos por $36.905.539 millones se auditó $11.645.936 millones que representan el 31,55%. Se analizó selectivamente el presupuesto de ingreso y gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) vigencia 2015, aprobado mediante Resolución No. 5965 de diciembre 29 de 2014, para cada subcuenta.

Mediante Decreto No. 2240 del 24 de noviembre de 2015, el Gobierno Nacional redujo unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación, tendientes a garantizar el cumplimiento de las metas de déficit establecidas por la Regla Fiscal. La reducción porcentual fue del 4,83% para el MSPS-GG, 0.19% para la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes -FNE-, y 0,04% para la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS.

El presupuesto de gastos examinado, fue de $28.173.197 millones y representa el 71 % del presupuesto asignado a la entidad para la vigencia 2015 que fue de $39.534.738 millones.

Respecto al cierre presupuestal de la vigencia 2015, se constituyeron reservas por $35.204 millones y cuentas por pagar por $393.258 millones, de conformidad con la normatividad existente sin exceder el 2% de las apropiaciones de funcionamiento y el 15% de las apropiaciones de inversión del presupuesto de la vigencia.

Por último, en la vigencia 2015 se constituyeron vigencias futuras ordinarias, las cuales cumplieron con lo establecido en la Circular Externa No. 002 del 2012 y el arto 10 de la Ley 819 de 2003; las correspondientes a la vigencia 2018 se aprobaron hasta el 31 de julio del respectivo año.

De otro lado, de los resultados obtenidos sobre la revlslon de la contratación efectuada por sus tres unidades ejecutoras se observa que los objetivos del MSPS fueron cumplidos, de conformidad con los términos de ejecución establecidos, adelantando de manera eficaz y eficiente la contratación en sus diferentes etapas, en cumplimiento de la gestión misional.

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2.1.2. Control de Resultados

Con una calificación de: 85,643.

Objetivos misionales: calificación de 87,714.

Se encuentra coherencia en el accionar, gestión y resultados del MSPS respecto de los Objetivos de Desarrollo del Milenio - ODM, el Plan Nacional de Desarrollo PND 2014 - 2018 Todos por un nuevo país, el Plan Estratégico - PE 2015, el Plan de Acción 2015 y los Proyectos de Inversión analizados; si bien, las fichas BPIN de los proyectos de inversión, no están actualizadas dentro de los pilares, objetivos y estrategias del nuevo PND, debido a que estos proyectos fueron radicados en el 2014 en el DNP y la aprobación del PND se da en junio de 2015, lo programado dentro de los objetivos generales, específicos, productos, metas y actividades es coherente con lo establecido en el nuevo PND 2014 -2018.

En cuanto al cumplimiento de las metas nacionales y de los ODM, aunque en términos generales se nota una tendencia positiva frente al logro de las mismas, es preciso manifestar que las diversas fuentes de información como son: Estadísticas Vitales del DANE, Encuestas Nacionales de Demografía y Salud ENDS, Sistema de Información para la Protección Social - SISPRO, Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica - SIVIGILA, entre otras, presentan retraso de entre uno y dos años, lo que se convierte en una limitante para el estudio y análisis de la información.

Así las cosas, solamente hasta el año 2018, la CGR podrá verificar el cumplimento de los indicadores al cierre de la vigencia 2015 - año establecido como límite para el logro de los ODM -, por cuanto los registros del 2015 se efectuarán hasta el 2017.

Respecto de las metas establecidas para los Objetivos de Desarrollo del Milenio -ODM 4, 5 Y 6 a 2015, de los diecinueve (19) indicadores establecidos nueve (9) no se cumplen (un 48%) de acuerdo con los datos del MSPS en el informe de seguimiento de los ODM con cifras reportadas a 2013, así:

• Cobertura de vacunación con OPT en menores de un año • Cobertura de vacunación con Triple Viral en niñas y niños de 1 año • Reducir a la mitad la tasa de mortalidad materna en lo que respecta al indicador

Razón de mortalidad materna (por 100.000 nacidos vivos) • Prevalencia de uso de métodos modernos de anticoncepción entre la población

adolescente (de 15 a 19 años sexualmente activa) • Prevalencia de uso de métodos modernos de anticoncepción en la población

sexualmente activa • porcentaje de mujeres de 15 a 19 años que han sido madres o están en embarazo • Tasa de mortalidad asociada al VIH/SIOA y porcentaje de transmisión materno infantil

del VIH"

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• Tasa de mortalidad asociada al VIH/S/DA y porcentaje de transmisión materno infantil del VIH

• Mortalidad por dengue

Es preciso señalar que la meta nacional "Reducir la mortalidad infantil y en la niñez", establece un indicador para la tasa de mortalidad en menores de 5 años y otro para la tasa de mortalidad en menores de 1 año; según las estadísticas vitales DANE - EEW año 2013, las metas para estos dos indicadores a nivel nacional se cumplieron, no obstante la realidad en las regiones más pobres y apartadas es otra; para el indicador "tasa de mortalidad en menores de 1 año se observa que para los treinta y dos (32) Departamentos más Bogotá D.C., solo se cumplió en trece (13) y la meta del 17,46 no se logra en los otros 20 Departamentos. Así las cosas, los resultados del nivel nacional pueden ocultar la realidad del incumplimiento de las metas en el nivel territorial.

Planes, programas y proyectos: calificación 83,571

En cuanto a los proyectos de inversión, el MSPS asignó recursos para fortalecer la capacidad instalada en infraestructura y dotación biomédica a las entidades territoriales por $176.6 millones, distribuidas a nivel regional de acuerdo con los proyectos de cofinanciación presentados por los entes territoriales y de otros recursos provenientes de Gastos de Funcionamiento del Ministerio y del ECAT -Fosyga- en virtud de los proyectos Fortalecimiento de la Capacidad Instalada asociada a la prestación de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional y Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia contratos Plan Nacional, de programas de apoyo y fortalecimiento Centro de Regulación de Urgencias y Emergencias - CRUE -, apoyo a programas, Plan Nacional Salud Rural, Plan Nacional de Salud de Emergencias Sanitarias, dirigidos a mejorar la prestación de servicios de salud en las ESE y entidades territoriales de salud, los cuales están en cabeza del MSPS.

En la evaluación de la ejecución de los proyectos de inversión, la CGR tuvo presente las responsabilidades y competencias propias de cada uno de los actores involucrados, tanto en lo que corresponde al nivel nacional - MSPS -, como a los entes territoriales departamentales y municipales - ET - Y a las Empresas Sociales del Estado - ESE.

Frente a las responsabilidades y competencias del MSPS como máximo ente del sector administrativo de la salud, este órgano de control fiscal encuentra deficiencias en el monitoreo y seguimiento y en la coordinación con las entidades territoriales y empresas sociales del estado, en la ejecución de los recursos asignados y girados por el ministerio; no se tiene un procedimiento unificado que estandarice los términos para la aplicación de los recursos asignados a los ET.

Si bien las entidades en su mayoría han ejecutado los recursos asignados y puesto en servicio la dotación adquirida, en lo que respecta a los recursos

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destinados para los proyectos de infraestructura, se evidencian situaciones en las cuales está en riesgo la ejecución, ante la posibilidad que las entidades territoriales no alcancen a efectuar la contratación de los proyectos de obra dentro del término de seis (6) meses establecido por el ministerio y en consecuencia, deban proceder a devolver los recursos, provocando un impacto negativo en la entidad prestadora de servicios ya sus beneficiarios (población vulnerable), con el riesgo de que los recursos ya invertidos en cuantía representativa, queden expuestos como obra inconclusa (casos Metrosalud- Medellín y Nuevo Hospital -Zipaquirá).

Además, se observa debilidad en el control, monitoreo y seguimiento por parte del MSPS, a los recursos asignados y girados para atender las solicitudes de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, con destino a "mejorar la calidad de vida de la población pobre y sin capacidad de pago del país. A través del desarrollo y mejoramiento en la prestación de los servicios de salud para combatir la pobreza y desigualdad que permitan dar acceso preferente a la población más pobre y vulnerable a los servicios sociales del estado", debido a la falta de criterios, lineamientos, procesos, procedimientos y/o guías que definan las condiciones técnicas y de elegibilidad y selección de los proyectos para la destinación y uso de dichos recursos, lo que genera riesgo ante la posible pérdida o desvío de los capitales asignados para suplir las necesidades sentidas por una población vulnerable, atendida por las ESE en los entes territoriales.

El proyecto "Implementación de las estrategias de promoción en salud y prevención de la enfermedad nacionaf' en lo que respecta a lo programado para la vigencia 2015 en términos de productos, metas y actividades, fue cumplido parcialmente en razón a que desarrolló únicamente el 33% de las metas físicas con un bajo avance en la gestión, no obstante haber ejecutado en términos financieros, el 90% de los recursos.

Si bien, los lineamientos, las directrices y políticas públicas en salud están normados, difundidos y socializados por el MSPS, persisten debilidades en la implementación oportuna de estrategias de promoción en la salud y prevención de la enfermedad y las acciones de estricto cumplimiento en evaluación, seguimiento, control y vigilancia por parte de los responsables del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS.

Igualmente, en las visitas efectuadas por este ente de control a varios municipios, se puso de presente la falta de presencia institucional por parte del MSPS en el nivel municipal. Si bien la CGR, reconoce los avances que el MSPS ha venido adelantando y diversas acciones en el plan de acción en materia de asistencia técnica a los entes Departamentales, para el 2015 no se evidenciaron acciones que involucraran a los entes municipales; aunque la implementación de lineamientos, directrices, normas, guías, etc., son conocidas y aplicadas por ellos, manifiestan el requerir de una mayor presencia y acompañamiento del ente rector como lo es el MSPS. .

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2.1.3. Control de Legalidad

Con una calificación de 87,857.

En referencia a la calificación del control de legalidad, el MSPS, acorde con los lineamientos de gestión en la implementación de los programas y proyectos, así como la gestión financiera, presupuestal y contractual, ha desarrollado los objetivos misionales dando cumplimiento a la normatividad aplicable en cada una de las áreas de desempeño, siendo satisfactorio el manejo de los recursos puestos a su disposición durante la vigencia auditada, en relación con los temas que fueron abordados dentro del alcance del ejercicio auditor.

2.1.4. Control Financiero

Con una calificación de 100.

La opinión a los estados contables es Sin Salvedades.

En nuestra opinión, los estados contables, presentan razonablemente en todo aspecto significativo, la situación financiera del Ministerio de Salud y Protección Social a 31 de diciembre de 2015, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios y normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad universalmente aceptados o prescritos por el Contador General de la Nación.

La información reportada a la Contaduría General de la Nación y reportada por el CHIP, corresponde al registro de las operaciones y saldos del SIIF para la vigencia auditada.

2.1.4. Sistema de Control Interno.

Como resultado de la evaluación al diseño de controles implementados por el MSPS, la calificación obtenida fue 1,240 puntos, que corresponde al concepto de ''Adecuado''. En la evaluación de la efectividad de controles, el resultado obtenido es 1,40 puntos, valor correspondiente al concepto de "Efectivo". En consecuencia, de acuerdo con la metodología vigente para la evaluación del control interno, el puntaje final obtenido es 1,352, valor que permite a la Contraloría General de la República conceptuar que para el período auditado, la Calidad y Eficiencia del Control Interno de la entidad es "Eficiente".

2.2. FENECIMIENTO DE LA CUENTA FISCAL

Con base en la calificación de los componentes, acorde con la evaluación de la Gestión y Resultados y la Opinión Contable, la Contraloría General de la República FENECE la Cuenta Fiscal de la entidad por la vigencia fiscal correspondiente al año 2015.

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® S9!':!!~bt..Q.R.j,~ 2.3. RELACiÓN DE HALLAZGOS

En desarrollo de la presente auditoría, se establecieron diez y siete (17) hallazgos administrativos.

2.4. PLAN DE MEJORAMIENTO

El Ministerio debe presentar un Plan de Mejoramiento con acciones y metas, que permitan solucionar las deficiencias comunicadas durante el proceso auditor y que se describen en el presente informe, el cual debe ser registrado en el Sistema Integrado de Rendición Electrónica de Cuentas e Informes -SIRECI- dentro de los 20 días hábiles siguientes al recibo del mismo, de conformidad con los requerimientos previstos en la Resolución número 7350 de 29 de noviembre de 2013.

Bogotá, D. C,

JOSÉ ANT SOTO MUR S Contralor Dele a para el Sect

'" Aprobó: Carolina Sánchez Revisó: Oiga Lucía Bltar C"'\~5¡¡Pi<o. Proyectó: Equipo Audi¡O""'---.,~

Social \

la Fiscal del \ector Social ,

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3. RESULTADOS DE LA AUDITORíA

3.1. CONTROL DE GESTiÓN

3.1.1. Gestión Ambientallnstitucíonal

Acorde con los objetivos establecidos dentro del Plan de Vigilancia y Control Fiscal -PVCF- 2016 y los lineamientos para el control ambiental determinados a través de la Contraloría Delegada para el Medio Ambiente, se requirió al MSPS el diligenciamiento del CUESTIONARIO PARA VERIFICIIR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL POR PARTE DE LAS ENTIDADES SUJETOS DE CONTROL DE LA CGR.

Con base en la respuesta y la revisión de los documentos allegados durante el proceso auditor, se pueden indicar las siguientes consideraciones:

En la vigencia auditada, el MSPS mediante Circular No. 52 de 2012 y Resolución No. 785 de 2015 implementó y adoptó su "Plan de Gestión Ambiental" estructurado en cuatro objetivos y cinco lineamientos.

En el análisis de este Plan se observaron los siguientes objetivos:

1. Implementar acciones para evitar, minimizar y controlar los impactos ambientales negativos generados en los distintos procesos que hacen parte del Sistema de Gestión Institucional del ministerio.

2. Desarrollar e implementar instrumentos que permitan el seguimiento y mejoramiento ambiental del ministerio.

3. Promover programas ambientales que contribuyan al mejoramiento y calidad ambiental.

4. Promover y difundir la cultura ambiental a través de actividades formativas e informativas.

Así mismo, que para alcanzar los anteriores objetivos el MSPS definió los siguientes lineamientos:

1. Uso del agua. 2. Uso de la energía. 3. Uso de recursos materiales. 4. Gestión de residuos. 5. Otras consideraciones (residuos peligrosos y emisiones atmosféricas)

Acciones del MSPS frente al Cambio Climático

En lo concerniente al cambio climático, se consultó mediante oficio AG8-65 de 04-04-16, al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible - MMADS, respecto de los compromisos adquiridos por el MSPS en el marco del Plan

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Nacional de Adaptación al Cambio Climático y los lineamientos impartidos en la materia, obteniéndose las siguientes consideraciones:

Documento Conpes 3700 de 2011: dentro de las recomendaciones del documento, se solicita a las entidades públicas del orden nacional reportar al Departamento Nacional de Planeación - DNP Y al MMADS sus planes y proyectos de adaptación al cambio climático y de mitigación de gases efecto invernadero con una periodicidad anual a partir de la creación del Sistema Nacional de Cambio Climático.

Contribución Determinada y Prevista a Nivel Nacional (INDC) para Colombia: dentro de la INDC que presentó Colombia como parte del nuevo acuerdo internacional en cambio climático que se firmará en agosto del presente año, se incluyó un componente de adaptación donde se establece que seis sectores prioritarios, incluyendo salud, estarán incluyendo cambio climático en su planificación e implementando acciones de adaptación. Lo anterior, en el marco de lo indicado por el artículo 170 de la Ley 1753 de 2016.

Ley 1753 de 2015: la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 establece con relación a los Planes de Adaptación al cambio climático que el "Ministerio de Salud y Protección Social, formulará e implementará planes sectoriales de adaptación al cambio climático ... "

El MSPS indicó en su Plan Decenal de Salud 2012-2021, la necesidad de formular el Plan de Adaptación del Sector y en ese sentido la Subdirección de Salud Ambiental formuló el documento "Lineamientos para la fonnulación de los planes territoriales de adaptación al cambio climático del componente de salud ambiental", el cual ha contado con la participación y apoyo de la Dirección de Cambio Climático del MMADS y la Subdirección de Desarrollo Ambiental Sostenible del DNP.

Adicionalmente, se programó una reunión entre MSPS y el MMADS el 13 de abril con el objeto de discutir dichos lineamientos, trabajar en el cierre del documento y analizar los pasos a seguir para la implementación del lineamiento de adaptación al cambio climático desde salud ambiental, a partir de instrumentos y herramientas existentes en los territorios, para definir las estrategias de adaptación desde el componente de salud ambiental.

En el proceso de elaboración de este documento, se priorizaron siete entes territoriales que funcionarán como pilotos para la implementación de dichos lineamientos, a saber: Atlántico, Bogotá D.C., Caquetá, Guajira, Guaviare, Magdalena y Putumayo.

A su vez, al inicio del año 2016, la Subdirección de Salud Ambiental solicitó insumos y orientaciones técnicas a la Dirección de Cambio Climático - DCC -. del MMADS para el desarrollo del Plan Nacional de Agua Potable, para lo cual la DCC

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llevó a cabo reuniones con dicha subdirección y envió en digital la información técnica complementaria.

Por otra parte, con el objeto de brindar insumas para que los sectores formulen sus Planes de Adaptación, el MMADS en cabeza de la DCC, con apoyo del DNP, IDEAM Y otras entidades nacionales, desarrolló diferentes herramientas técnicas en el marco del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC), las cuales se relacionan a continuación:

• ABC Adaptación bases conceptuales: es el primer insumo elaborado por el DNP y el MMADS para que los sectores dieran inicio a la elaboración de sus planes de adaptación. El documento brinda un marco conceptual para la adaptación al cambio climático en Colombia, establece las razones para promover la adaptación y define los lineamientos para que los sectores diseñen sus acciones de adaptación.

• Hoja de ruta para la elaboración de los planes de adaptación dentro del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático: el cual se formuló con el propósito de orientar a los sectores sobre los pasos y contenidos mínimos que deben contener sus respectivos planes.

Guía de Adaptación basada en Comunidades AbC: la cual pretende: i. Aclarar la definición y los conceptos clave de la adaptación basada en comunidades. ii. Definir las ventajas y desventajas del uso del enfoque diferencial de adaptación basada en comunidades y iii. Brindar herramientas y lineamientos prácticos, eficientes.

Por último, dentro del Plan de Austeridad del Ministerio para el año 2015, se incluyó el compromiso de reducción del 7% del gasto de servicios públicos, acción con incidencia directa en el uso de los recursos naturales renovables que se ven afectados como consecuencia del fenómeno del Niño. En términos generales, el Plan de Gestión Ambiental del Ministerio, incluye acciones para fortalecer la sensibilización en relación con el cambio climático y sus efectos, como estrategia para generar una cultura de la protección ambiental.

La DAFPS no desarrolla actividades que requieran manejos ambientales especiales, diferentes a los establecidos dentro del MSPS.

Hallazgo No. 1. Disposición de Residuos Eléctricos y Electrónicos (A)

Decreto 2811 de 1974 "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovable de Protección al Medio Ambiente".

TfTULO PRELIMINAR CAPíTULO ÚNICO.

Ar1ículo 1°._ El ambiente es patrimonio común. El Estado y los par1iculares deben par1icipar en su preservación y manejo, que son de utilidad pública e interés social.

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(. . .)

Artículo 8 - Se consideran factores que deterioran el ambiente, entre otros: 1.- La acumulación o disposición inadecuada de residuos, basuras, desechos y desperdicios; n. - El uso inadecuado de sustancias peligrosas;

Decreto 2981 de 2013 "Por el cual se reglamenta la prestación del servicio público de aseo" .

.. . Artículo 20. Sistemas de almacenamiento colectivo de residuos sólidos.

Todo usuario agrupado del servicio público de aseo, deberá tener una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos:

1. Los acabados deberán permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo de microrganismos. 2. Tendrán sistemas que permitan la ventilación, tales como rejillas o ventanas, y de prevención y control de incendios, como extintores y suministro cercano de agua y drenaje. 3. Serán construidas de manera que se evite el acceso y proliferación de insectos, roedores y otras clases de vectores, y que impida el ingreso de animales domésticos. 4. Deberán tener una adecuada ubicación y accesibilidad para los usuarios.

Deberán contar con recipientes o cajas de almacenamiento de residuos sólidos para realizar su adecuado almacenamiento y presentación, teniendo en cuenta la generación de residuos y las frecuencias y horarios de prestación del servicio de recolección y transporte.

Parágrafo 1°.

Los usuarios serán los responsables de mantener aseadas, desinfectadas y fumigadas las unidades de almacenamiento, atendiendo los requisitos y normas para esta última actividad.

Parágrafo 2°.

Cuando se realicen actividades de separación, las unidades de almacenamiento deberán disponer de espacio suficiente para realizar el almacenamiento de los materiales, evitando su deterioro (. . .)

En lo referente al depósito o centro de acopio para la disposición temporal de residuos sólidos, el MSPS no tiene instalaciones adecuadas; se evidenció la carencia de enchapes en techos, paredes y pisos, y entre estos últimos media caña.

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Estos hechos son causados por debilidades en la supervlslon de la gestión ambiental en la entidad, generando contaminación visual en las instalaciones y posibles afectaciones al medio ambiente.

En respuesta a la observación planteada, la entidad mediante oficio AG8-123 señaló que la disposición final de los residuos que genera el ministerio, se encuentra a cargo del Grupo Administrativo de Apoyo Logístico de la Subdirección Administrativa y que en virtud de alianzas estratégicas con diferentes instituciones y organizaciones idóneas en el tema tales como, Asociación de Recicladores por una Bogotá Mejor-ARBO-, ARAMBIENTAL, COORECUPERAMOS, Fundación EL QUEMADO; se realiza el retiro y disposición final de los residuos peligrosos (eléctricos y electrónicos) directamente de las instalaciones de la entidad. Como evidencia del cumplimiento de tales acciones se adjuntaron con la respuesta, las actas de entrega efectuadas durante la vigencia 2015.

Respecto del estado actual del depósito o centro de acopio para la disposición temporal de los residuos sólidos en las instalaciones del ministerio, la Subdirección de Gestión de Operaciones, manifestó que conscientes de la necesidad de dar cumplimiento a la normatividad vigente, se enviaron los documentos soportes y la elaboración de los estudios previos (Memorando Rad. No 201641000073453 de 31-03-16) para adelantar el proceso de contratación bajo la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, cuyo objeto consiste en Remodelación, Adecuación y dotación de las instalaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, en cuyo alcance se incluyen las adecuaciones del cuarto de almacenamiento de basuras localizado en el semisótano de la entidad.

Una vez analizada la respuesta de la entidad, es posible afirmar que existe evidencia documental de la entrega para su disposición final, de los residuos sólidos generados por el ministerio durante la vigencia 2015, pero aún no cuenta con instalaciones adecuadas en las áreas destinadas para el almacenamiento colectivo de basuras, contraviniendo lo establecido en los decretos 2981 de 2013 y 2811 de 1974.

3.1.2. Seguimiento recursos Ley Estatutaria 1618 de 2013

A partir de la expedición de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, el MSPS ha desarrollado acciones encaminadas a la reglamentación de manera coordinada entre todas las entidades estatales de la mano con los representantes de la sociedad civil que hacen parte del Sistema Nacional de Discapacidad - SND.

El Sistema Nacional de Discapacidad - SND, es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales de la discapacidad contenidos en la Ley 1145 de 2007, arto 2.

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Gráfica 1. Sistema Nacional de Discapacidad

COMO FUNCIONA EL SISTEMA????

Fuente: Página web Ministerio de Salud

El SND está conformado por cuatro (4) niveles:

Seorelarla

1° El MSPS o el ente que haga sus veces como el organismo rector del SND.

2° El Consejo Nacional de Discapacidad· CND, como organismo consultor, asesor institucional y de verificación, seguimiento y evaluación del Sistema y de la Política Pública Nacional de Discapacidad.

3° Los comités Departamentales y Distritales de Discapacidad, CDD, como niveles intermedios de concertación, asesoría, consolidación y seguimiento de la Política, Pública en Discapacidad.

4° Los comités Municipales y Locales de Discapacidad - CMD o CLD - como niveles de deliberación, construcción y seguimiento de la política pública de discapacidad.

La instancia de coordinación y concertación intersectorial de las políticas de la discapacidad emanadas de los Comités de Discapacidad CDD y CMD o CLD son los respectivos Consejos Territoriales de Política Social - CTPS-, de los cuales debe hacer parte un representante de la población con o en situación de discapacidad, elegido por cada uno de los respectivos comités territoriales. Los grupos de enlace sectorial son la instancia de enlace entre lo público y las organizaciones no gubemamentales.

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Cifras de Discapacidad en Colombia 1

1 Número de Personas con Discapacidad

Indicador país: 1 '240.619 Fecha de actualización: 2016/03/09

2 ~orcentaje de Personas con Discapacidad que Pertenece a Algún Grupo Etnico

Indicador país: 1.46% Fecha de actualización: 2016/03/0

3 Porcentaje de Personas con Discapacidad Mayor a 60 Años Indicador país: 45.47% Fecha de actualización: 2016/03/09

4 Número de Personas con Discapacidad que Son Víctimas del Conflicto Armado.

Indicador país: 143.750

Fecha de actualízación: 2015/12/31

Gráfica 2. Población colombiana en condición de discapacidad

la llO~adón(oI,ómbi3na persona5 Con Disca~agdad

::,Actualmente • personasse ?!~~wentran induid~s en e.lRegistro par.! ',\~ localización y{8íactedzación de 13$ , 10, L,,< "",

"fi'> Personas conthcapaddad ' ~M'-"'''-t~m'''f'_',?Vj;)~_'''WJ'~_-_

'~ ,t

lk acue«!p conla Organltadón Mund~lde ~ Salud se e5tlmtl~.~ ellSJIde la pobladón mundial 500 ~onas con Ob(apaddad

Fuente: Página web Ministerio de Salud http:Uondiscapacidad.minsalud.gov.co/Paginas/Home.aspx

1 Fuente: http:Uondiscapacidad.minsalud.gov.co/indicadores/Paginas/Mapa-dinamico.aspx

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El MSPS tiene conformado el Grupo de Gestión de la Discapacidad liderado por la Oficina de Promoción Social.

Con fecha de corte 31 de diciembre de 2015, la matriz de avance en la reglamentación de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, es el resultado de la información suministrada por la institucionalidad de carácter nacional y analizada por los integrantes del Grupo de Enlace Sectorial, como instancia técnica del Sistema Nacional de Discapacidad.

Este ejercicio recoge los aportes del sector público, privado, academia, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general a nivel nacional durante el proceso de reglamentación.

Entre los principales avances evidenciados en la matriz de seguimiento del MSPS, se encuentran los siguientes registros transcritos del informe elaborado por la oficina de Gestión de Discapacidad:

- Garantía del ejercicio efectivo de todos los derechos de las personas con Discapacidad y de su inclusión (Articulo 5):

... { ... ) ... " Tabla No. 2

Matriz e eguimiento de . d S I MSPS MINSALUD de forma conjunta con el Grupo de Enlace

Numeral 1 Adopción de las medidas para dar Sectorial lideró la Construcción conjunta de la Política Pública

cumplimiento a la Convención y el proceso de articulación en la Reglamentación de la Ley 1618 de 2013.

Planes de Desarrollo, Enfoque "MINSALUD de manera conjunta con GES construyó la Guía

Numerales 2, 3 diferencial en planes, programas y para la Gestión Territorial en Discapacidad dirigida a Gobernadores y Alcaldes, la cual será fundamento para el

proyectos trabajo territorial durante el año 2015 y siguientes."

MINSALUD de manera conjunta con GES construyó de la ,

Numeral 4

Numeral 5 y 13

Guía para la Gestión Territorial en Discapacidad dirigida a Gobernadores y Alcaldes.

De acuerdo a la Ley 1346 de 2009 el Estado Colombiano se compromete a cumplir lo que establece la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad sobre la

Presupuesto para ajustes razonables implementación de ajustes razonables para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las PCD en igualdad de condiciones que los demás.

Bajo las anteriores disposiciones cada sector establece actos administrativos que reglamentan y definen las disposiciones en tal sentido, los cuales se enuncian en varios de los literales v numerales contenidos en la Lev 1618/2013

Registro de Localización y El CND expidió el Acuerdo 002 de 2013, a través del cual se Caracterización de Personas en dan lineamientos sobre la gestión intersectorial para el

condición de Discapacidad - RLCPD fortalecimiento del RLCPD.

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I

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Numeral 12 SISBEN Menor Puntaje para familias con

PcD

Dado que el DNP no tiene la función de certificar ni reportar niveles de discapacidad, requiere que el MSPS, como instancia autorizada a la que se refiere la Ley, le reporte de manera periódica la información con los grados de severidad de la discapacidad (o nivel de dependencia) para que el DNP pueda incluir dicha información en la base del SISBEN. Actualización a 31 de mayo de 2016: Artículo 5 Numeral 12: El DNP Y el MSPS adelantaron reuniones técnicas para el ajuste en la metodología del SISBEN (V4). Como resultado el MSPS a través de la implementación de la certificación de discapacidad levantará la información sobre el nivel de dependencia y la enviará al DNP con el fin de incluirla en la base del SISBEN. Dado lo anterior, una vez finalizados los procesos de reglamentación e implementación del Decreto que reglamenta la Certificación de Discapacidad al interior del MSPS, el DNP continuará con la actualización del SISBEN y demás gestiones necesarias para tal fin.

Derechos de los niños y niñas con discapacidad (Articulo 7):

MINSALUD: El Plan Nacional de Salud Pública 2012 - 2021, en las dimensiones transversales comprende el Desarrollo Integral de las niñas, niños y adolescentes y Discapacidad, adoptado mediante Resolución 1841 de 2013. MINSALUD en convenio con el Instituto de evaluación de tecnologías en salud formularon el protocolo para el diagnóstico, 1ratamiento y

Programas de detección precoz y ruta de atención integral de niños y niñas con trastornos del espectro

Numeral 2 autista. atención temprana Para la detección temprana de la discapacidad en madres gestantes,

niños y niñas, el Ministerio de Salud y Protección Social desarrolla el proceso de la atención integral en salud a las madres gestantes en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de las Empresas Promotoras de Salud - EPS, donde se podrá acceder al conjunto de tecnologías en salud definidas en la Resolución No. 5521 del 27 de diciembre de 2013.

Derecho a la Habilitación y Rehabilitación Integral (Articulo 9):

Numeral 1

Numeral 6

Numeral 8

Numeral 9

MINSALUD: reglamentó a través de la Resolución 5521 de 2013 la actualización del POS. Se precisa la progresividad en la inclusión de nuevas tecnologías en salud en el POS.

Inclusión en el POS la cobertura ( ... ) EIINCI en sus propuestas sigue mencionando la necesidad de la

completa de los servicios de integralidad del servicio de rehabilitación tal y como se menciona en

habilitación/rehabilitación la propuesta gestionada por el INCI, dado que desde el Ministerio de Salud y Protección Social argumenta que el servicio está en el POS por terapias pero la realidad de la población con discapacidad visual no logra acceder a los servicios. Por lo tanto es necesario en este aspecto emitir algún tipo de reglamentación.

MINSALUD: cuenta con un direccionamiento desde el Decreto 1011 de 2006, por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía

Servicios nacionales y locales de de Calidad de l. Atención de Salud del Sistema General de atención e información al usuario Seguridad Social en Salud, en el cual se dan lineamientos claros

sobre la atención al usuario desde cada una de las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Salud.

Regulación de la dotación, fabricación, A mayo de 2016, se encuentra en proceso de formulación del mantenimiento o distribución de documento para la estandarización semán1ica para dispositivos prótesis y otras ayudas técnicas médicos.

MINSALUD: Circular 016 de 22 de marzo de 2014, en lo referente a la exención de cuotas moderadoras y copagos por leyes especiales.

Exoneración cuotas moderadoras o A mayo de 2016 se encuentran en revisión los actos administrativos

copagos para los servicios de que reiteran a l. necesidad de la articulación de las entidades territoriales, las EPS e IPS con el fin de garantizar la accesibilidad de

rehabilitación las personas con discapacidad, a los servicios de salud discapacidad (reglamenta artículo 9 y 10 de la Ley Estatutaria y el articulo 66 de la Ley 1438 de 2011.

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Numeral 10 Investigación y atención terapéutica

integrando ayudas técnicas para discapacidad múltiple.

Derecho a la Salud (Articulo 10):

Numeral 1 Literal e.

Numeral 1 Literal f

Numeral 3

Promoción RLCPD

Sistema de Prevención y Atención de Desastres y Ayuda Humanitaria con lineamientos para atención de PCD

Indicadores PAMEC (Pautas-Auditaría­Mejoramiento-Calidad-Atención en salud) con variable discapacidad

Derecho a la Educación (Articulo 11):

Numeral 1, literal e

Programas de educación temprana en el marco de la Comisión Intersectorial

de Primera Infancia - CIPI

MINSALUD: Trabajo permanente a través de un conveniQ de asociación con el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud - IEtS para investigación, revisión y desarrollo de las diferentes Guias de Práctica Clínica.

Alianzas estratégicas con: Fuerzas Militares, ICBF, INCI, INSQR, Mesa Nacional de TEA, DPS -MEN y ANSPE, para masificación' de coberturas del RLCPD.

Actualización 31 de mayo de 2015: el Observatorio de Discapacidad de Colombia es un instrumento técnico para la formulación, desarrollo y evaluación de acciones de inclusión so~ial para la población con discapacidad en el marco del Sistéma Nacional de la Discapacidad.

Se está trabajando con la Unidad para la Prevención y Atención de Riesgos en la incorporación del enfoque diferencial en discapacidad en los lineamientos nacionales para la Gestión ,dél Riesgo.

"Supersalud: A través de la Delegada Institucional realíza seguimiento a la calidad en la prestación de servicios tanto a nivel de EPS como IPS, mediante indicadores que evalúan la oportunidad en la asignación de citas, entrega de medicamentos, tutelas interpuestas para exigir servicios, mortalidad evitaqle' eh

, menores de 5 anos y gestantes. Estos indicadores se aplican a ,toda la comunidad en general, considerando así la discapacidad como una condición numana que puede tener origen en diversas causas. Trabajan conjuntamente con el MINSALUD en indicadqres que permitan hacer seguimiento a la implementación de aju$tes razonables para facilitar el acceso a los servicios de salud. S$.lud Ocupacional vIo Población con Discapacidad".

Actualización 18 de agosto de 2015. Existe una ruta de acceso para la atención a la población con discapacidad desde¡ la educación inicial para la primera infancia hasta la educación media concertada con Minsalud, ANSPE y Más familias en acción., Se está divulgando la ruta de atención intersectorial y mediante Convenio se desarrolla actualmente un pilotaje de su desarrollo o imolementación en 10 ETC.

Participación de las Personas con Discapacidad y de sus Organizaciones (Artículo 24):

Reconocer y visibilizar discapacidad Se ha construido en Convenio del MINSALUD con el IETS el PROTOCOLO CLlNICO PARA EL DIAGNÓSTico, Numeral 7 psicosocial y Territorios del Espectro TRATAMIENTO y RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL DE NlfJOS y Autista - TEA NlfJAS CON TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA.

Fuente. Matnz de Seguimiento Ley 1618 2013 MSPS .

. . . ( ... )"

Hallazgo No. 2. Seguimiento Ley 1618 de 2013 (A)

Para estos efectos se tienen como referentes normativos, los siguientes, a título enunciativo, no taxativo:

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Ley 361 de 1997 "Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la personas con limitación y se dictan otras disposiciones". Ley 762 de 2002. 'Por medio de la cual se aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad". Ley 1145 de 2007. "Por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones". Ley 1346 de 2009. "Por medio de la cual se aprueba la "CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el13 de diciembre de 2006". Ley 1618/2013. "Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad". Artículo 11. "Derecho a la Educación. El Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con necesidades educativas especiales, fomentando el acceso y la permanencia educativa con calidad, bajo un enfoque basado en la inclusión del servicio educativo. Conpes Social 80 de 2004. Política pública de discapacidad como parte del Plan Nacional de Desarrollo 2003 - 2006: "Hacia un Estado Comunitario". Conpes Social 166 de 2013. Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social liderada por el Sistema Nacional de Discapacidad (SND), el seguimiento a las acciones.

Sobre el particular, se evidenciaron los siguientes aspectos:

• Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad -RLCPD: diseñado por el MSPS, el registro presenta una subestimación de su población objetivo; su actualización está a cargo de las Unidades Generadoras de Datos (UGD) en cada municipio y su principal característica es ser un registro VOLUNTARIO.

A finales de 2015, el registro establecía 1.233.847 personas en condición de discapacidad en todo el territorio nacional, de los cuales 620.676 mujeres y 611.677 hombres2

, mientras el DANE registra 2.624.898 personas con discapacidad (PcD), que equivalen al 6,3% del total de la población, de acuerdo con los datos del Censo General 2005.

• Cobertura afiliación al SGSSS: la cobertura de afiliación al sistema de salud de la población en condición de discapacidad llega al 81,9%, la mayoría afiliada al régimen subsidiado (75.8%)3, lo que evidencia posibles condiciones de pobreza y precariedad en la que muchos de ellos se encuentran.

Para el caso del RLCPD, esta situación es causada por el incumplimiento de las metas asignadas a los territorios.

2 Oficio MSPS No 201616000773731 de 27-04-16 3 Ibídem -Anexo Excel

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La población en condición de discapacidad que requiere estrategias y direccionamiento de política, NO está siendo objeto directo y pleno de todos los beneficios y programas, primero por cuanto la misma está subestimada, y al estarlo, la valoración del presupuesto necesario para la atención de esta población no contempla la población total pues las decisiones de política y presupuestales se toman de acuerdo con las cifras del RLCPD.

En segundo lugar, la mayor parte de la población en condición de discapacidad se encuentra entre los mayores de 80 años (casi el 40%) y los menores de 19 años (20%), lo que ubica a la mayoría de la población en condición de discapacidad (60%), en una situación de superior vulnerabilidad y los hace sujetos de doble condición especial de protección, por ser adultos mayores y niños o adolescentes (Corte Constitucional T -513/14).

Respecto de la cobertura del sistema de salud, el nivel actual revela un déficit de atención de casi el 20% de la población en condición de discapacidad, lo cual es lesivo para esta comunidad toda vez que es una población en condiciones físicas, mentales, o sensoriales plenamente vulnerable.

En respuesta de la entidad, mediante oficio AG8-123 de 19-05-16, el Grupo de Gestión de Discapacidad del MSPS indicó lo siguiente:

"Respecto al tema del RLCPo: La implementación y actualización del registro es el resultado de la articulación de las acciones de múltiples actores en el nivel central y territorial, como son el MSPS, las entidades departamentales, municipales y distritales de salud y las unidades generadoras de datos, cada una con sus responsabilidades bien definidas. Por tanto, "son las entidades territoriales las responsables de la caracterización de la población; por lo que son estas quienes tienen a su cargo la identificación de estrategias conducentes al aumento de la cobertura del registro así como de la identificación de Unidades Generadoras de Datos". Sin embargo, dentro de las responsabilidades del Ministerio se destacan: Hacer seguimiento al proceso de registro y actualización continua en todos los niveles. Y la definición de los criterios para determinar la oportunidad, cobertura y calidad de la información incluida en el RLCPo. En este sentido, y con el fin de ampliar la cobertura del registro, el Mü-¡isterio ha destinado recursos a los territorios y mediante lineamientos operativos ha asignado metas para el fortalecimiento y actualización de la cobertura del registro, de acuerdo con sus particularidades locales.

Respecto al tema de la cobertura en Salud de las personas con discapacidad, el Ministerio indicó que Colombia se ha trazado como meta que el 100% de la población debe estar afiliada al Sistema General de Seguridad en Salud-SGSSS, y para ello ha tomado acciones que permitan alcanzar esta meta mediante un aumento progresivo de cobertura del Sistema. Y señaló también que: "Bajo estos lineamientos son los territorios, aseguradores y prestadores y todos los actores de la sociedad civil quienes contribuyen a la canalización de la comunidad hacia los mecanismos de afiliación al Sistema y garantizar la atención integral en salud con calidad y oportunidad".

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En este sentido y aun aceptando la gestión del ministerio, persisten metas inconclusas en algunos territorios y deficiencias en la formulación de estrategias para la identificación de personas en situación de discapacidad en Colombia de modo que se permita aumentar el impacto de los programas dirigidos a esta población y por otro lado, un déficit de atención en salud para los discapacidad en Colombia.

3.1.3. Gestión de Defensa Judicial

Acorde con la información del formato F-9 SIRECI, el universo de procesos en la entidad a diciembre 31 de 2015, asciende a 6.740 por $5.438.023 millones, de los cuales 6.686 corresponden a actuaciones en las que el ministerio es demandado por $5.351.790 millones y 54 en las que es demandante por $86.232 millones; 3.847 están asignados a apoderado extemo. A su vez 983 procesos (15%) se encuentran terminados.

Según el tipo de acción, se presenta una elevada concentración en procesos contenciosos:

Tabla No 3 PROCESOS JUDICIALES SEGÚN TIPO DE ACCiÓN MSPS DICIEMBRE 2014

Datos

Etiauetas de fila; ACCiÓN CUANTrA ESTIMADA DEL PROCESO{P\ %

CIVIL 59 25.597.384,114,00 0,5%

¡fQ~ERClAL 1 203.997.469,00 0,0%

CONSTITUCIONAL 2BS 1.598.972.194.178,00 29%

CONTENCfOSO 4.700 3.556.000.137,285,00 65%

LABORAL 1.668 256.186.327,275,00 5%

PENAL 27 63.219.347,00 0%

Total e:eneral 6.740 5.438.023.259,668,00 100% Fuente: Formato F-9 SrRECI.

En atención al desarrollo de la función de defensa jurídica, la misma se encuentra distribuida de la siguiente manera:

Tabla No 4 TIPO DE APODERADO PROCESOS JUDICIALES MSPS DICIEMBRE 2015

Etiquetas de fila CUANTfA ESTIMADA DEL PROCESO (P) CUANTfA ESTIMADA DEL PROCESO (P) . %

APODERADO EXTERNO 3.847 3.205.715.836.810,00 58,95%

FORMULARIO 51N INFORMACIÓN 24 1.549.826.722,00 0,03%

FUNCIONARIO INTERNO ¡ . 2,869 2.230.757.596.136,00 41,02%

Total general 6.740 5.438.023.259,668,00 100,00% Fuente: Formato F-9 StRECI.

Respecto de las resultas del proceso, se presentan 5.757 casos no fallados, equivalentes al 95% en valor, casos que por encontrase pendientes de fallo, están sujetos a la contingencia propia de una eventual condena a cargo del Estado:

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Tabla No 5 PROCESOS JUDICIALES SEGÚN ESTADO MSPS DICIEMBRE 2015

Etique\as de fila " VALOR FALLO O SENTENCIA (SI ". CUANlfA ESTIMADA DEL PROCESO (PI

A FAVOR "

, , 842 156,080,841.846

EN CONTRA 69 4.288. 528,39C

EN PROCESO (NO FALLADO) , " ' 6.757 5.161.445.948.893

FORMULARIO SIN INFORMACiÓN ',', , 72 116.207.940.539

Total general , , ,,' ,,6.740 " ,'", S.438.023.259.66!

Fuente, Formato F-9 SIRECI.

De lo anterior, se procedió a solicitar de las dos unidades ejecutoras MSPS-GG y DAFPS los procesos en los cuales se pagaron condenas en el vigencia 2015, y se verificaron los procesos desde su llegada y asignación por ORFEO a cada uno de los abogados que les correspondía, observando las piezas procesales y el ekOGUI, denotándose que actuaciones como: la contestación de la demanda, solicitud y aporte de pruebas, presentación de alegatos, se realizaron con oportunidad, en los términos procesales establecidos.

En el primer trimestre de 2015 las entidades estatales debían alimentar el sistema LlTIGOB a fin de establecer el estado de los procesos que se adelantaban en los cuales la entidad era parte; es así que desde el 13 de abril de 2015 se cierra dicho. sistema y a partir del 20 de abril de 2015 empieza la producción del Sistema Único de Gestión de Información Litigiosa del Estado "ekOGUI". Por lo tanto, en el MSPS se adoptan las medidas para que a través de los sistemas de información, los abogados ingresen la información al nuevo aplicativo para el cargue de las actuaciones procesales.

Así mismo, en los contratos de prestación de servicIos de los apoderados externos, se realiza la supervisión al momento de presentar las cuentas de cobro, como quiera que los contratistas tienen que aportar los documentos mediante los cuales se hace seguimiento a la gestión en los procesos judiciales.

3.1.3.1. Mecanismos de Contrallnterno para la Defensa Jurídica

La Oficina de Control Interno del MSPS de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2.2.3.4.1.14 del Decreto 1069 de 2015 y la Circular 02 del 2016 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE- mediante los radicados 201515001664271 del 30/09/2015 y 201615000401761 del 15/03/2016; envía a dicha entidad el reporte de la verificación del cumplimiento de las funciones establecidas en la norma respecto al cargue de las actuaciones procesales en el "ekOGUI". Allí se detallan las actuaciones y observaciones realizadas por la OCI por cada uno de las acciones a adelantar por la entidad.

Para la prevención del daño antijurídico, el MSPS y la DAFPS diseñaron un manual, aprobado por el Comité de Conciliación en sesión del 3 de julio de 2015,

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manual remitido a la ANDJE para su aprobación y fijaron un cronograma para el tercer trimestre del 2016 a fin de modificarlo. En conclusión, para la vigencia 2015 la valoración del riesgo se realizó bajo los parámetros establecidos por el MSPS y a la fecha se está modificando.

Así mismo, se estableció que a través del sistema ekOGUI, los apoderados, en cumplimiento de las funciones asignadas en el artículo 2.2.3.4.1.10 del Decreto 1069 de 2015, califican el riesgo de acuerdo con cuatro factores: F1. Fortaleza de la defensa, F2. Fortaleza probatoria, F3. Presencia de Riesgos procesales, F4. Nivel de jurisprudencia, de conformidad con el factor de riesgo (alto, medio o bajo). El reporte en el sistema se ve reflejado en el área de contabilidad para su provisión.

3.1.3.2. Pago de Intereses Moratorias

El régimen jurídico aplicable en caso de mora en el pago de las sentencias proferidas y conciliaciones aprobadas por la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo con posterioridad al 2 de julio de 2012, fecha de entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011. Es así que basándose en lo conceptuado por el Consejo de Estado, es posible señalar las reglas para la liquidación de créditos judiciales en los siguientes escenarios:

A) Procesos que iniciaron y terminaron con sentencia condenatoria antes de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011 que todavía no han sido pagados por la Nación. B) Procesos que iniciaron antes de la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011, es decir, con la legislación contenida en el Decreto-Ley 1 de 1984 pero cuya ejecutoria fue posterior a la entrada en vigencia de dicha Ley e) Procesos que iniciaron y terminaron con sentencia condenatoria posterior a la entrada en vigencia de la Ley 1437 (Sala de Consulta y Servicio Civil. Rad. Interna: 2184)

Verificados los dieciocho (18) expedientes contentivos de fallos judiciales que durante la vigencia 2015 fueron pagados en razón a la correspondiente sentencia y la fijación de costas procesales, se observó que a través del Área Financiera se expide certificado de disponibilidad presupuestal con el fin de amparar el pago de sentencia judicial de proceso. Posteriormente, se emite resolución a través de la cual se da cumplimiento a la sentencia judicial y se ordena reconocer la suma de dinero a favor del demandante, en virtud de lo ordenado por el despacho judicial del caso y finalmente, se expide la ordenación de gasto y autorización de giro, detallando los conceptos reconocidos.

La entidad al momento de liquidar los intereses, toma como base lo preceptuado por el Consejo de Estado en concepto 2184 de 2014 y las directrices impartidas por la ANDJE (circulares 10 Y 12 de 2014). Es decir, cuando el ministerio deba dar cumplimiento a una sentencia proferida o una conciliación aprobada con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011 (2 de julio de 2012),

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pero cuya demanda fue interpuesta con anterioridad a esta, debe liquidar el pago con intereses moratorias de acuerdo con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011. Igualmente, si el incumplimiento de la referida obligación se inicia antes del tránsito de legislación y se prolonga durante la vigencia de la nueva ley, la pena, esto es el pago de intereses moratorias deberá imponerse y liquidarse por separado lo correspondiente a una y otra ley.

En conclusión, la entidad no tiene en cuenta la tasa de interés comercial sino que da aplicación al ajuste del valor con fundamento en la indexación, dando cumplimiento a la ley que establece la obligación de reconocer intereses o ajustes de valor; así mismo, los pagos se realizan dentro del término establecido en el artículo 195 de la Ley 1437 de 2011. 3.1.3.3. Acción de Repetición

De conformidad con lo regulado en la Ley 678 de 2001, "Por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de Repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición", para que la entidad pública pueda repetir contra el funcionario o ex funcionario, es necesario que concurran los siguientes requisitos: (i) que una entidad pública haya sido condenada por la jurisdicción contencioso administrativa a reparar los daños antijurídicos causados a un particular; (ii) que se haya establecido que el daño antijurídico fue consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa del funcionario o antiguo funcionario público. (iii) que la entidad condenada haya pagado la suma de dinero determinada por el juez en su sentencia. En concordancia, optar de acuerdo al artículo 142, por el Medio del Control de Repetición, como es ahora denominado por el nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - Ley 1437 de 2011.

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa que consagra la acción de repetición, durante la vigencia 2015, aunque el MSPS resultó condenado, no se han iniciado acciones de repetición, por cuanto el Comité de Conciliación no evidenció conductas que se enmarcaran dentro de alguna de las causas de configuración del dolo o de la culpa grave como causante de condena judicial impuesta.

El motivo central de las condenas impuestas al MSPS obedeció a la omisión en el pago de prestaciones (procedimientos, intervenciones o medicamentos) no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud, suministrados en virtud de actas de Comité Técnico Científico o en Fallos de Tutela y la prestación de servicios médico-quirúrgicos a personas víctimas de accidentes de tránsito (Decreto 3990 de 2007 derogado por el Decreto 056 de 2015); es así, que los fallos condenan al ministerio al pago de recobros y facturas, como quiera que está obligado a responder ante las EPS por los valores por concepto de medicamentos, servicios prestados y tratamientos no incluidos en el POS. En consecuencia, el punto de debate es la posible intervención de aquellos servidores públicos que participan en este trámite de aprobación o negación de pago de recobros y facturas, amén del Decreto Ley 1281 de 2002 que contiene normas dirigidas a garantizar que los reconocimientos a que hubiere lugar con cargo a los recursos del Fosyga, que al no ser tramitados en debida forma - con la documentación e información soporte y

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directrices que establece el MSPS conduce a que los acreedores deban dar inicio a la acción ejecutiva.

3.1.4. Rendición de la Cuenta Fiscal vigencia 2015. Revisión del Formato F-6 Sireci Indicadores de Gestión

Respecto de los términos para la rendición de la cuenta, en lo aplicable al MSPS, el arto 17 de la Resolución CGR 7350 de 2013 indica como fecha límite para la rendición de la Cuenta Fiscal, un rango previsto desde el último día hábil del mes de febrero hasta el cuarto (4) día hábil del mes de marzo.

En los anteriores términos, el reporte del Sistema de rendición de la cuenta e informes - SIRECI del MSPS indica:

• Fecha límite de transmisión: 01/03/2016 • Fecha inicial de transmisión: 04/01/2016 • Fecha de reporte: 01/03/2016

En consecuencia, el representante legal del MSPS, rindió la cuenta anual consolidada por la vigencia fiscal del año 2015 en marzo 1 de 2016 dentro de los plazos previstos en la Resolución Orgánica No. 7350 de 2013.

De otra parte, la administración pública en el marco del sistema de gestión de calidad para la administración establecido en la Ley 872 de 2003 mediante la cual se creó el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios, define como requisitos para la implementación del sistema entre otros:

"g) Ejecutar los procesos propios de cada entidad de acuerdo con los procedimientos documentados; h) Realizar el seguimiento, el análisis y la medición de estos procesos;" (negrilla fuera de texto)

El parágrafo 10. del arto 4 de la ley en comento indica que:

"Este sistema tendrá como base fundamental el diseño de indicadores que permitan, como mínimo, medir variables de eficiencia, de resultado y de impacto que faciliten el seguimiento por parte de los ciudadanos y de los organismos de control, los cuales estarán a disposición de los usuarios o destinatarios y serán publicados de manera permanente en las páginas electrónicas de cada una de las entidades cuando cuenten con ellas." (negrilla fuera de texto)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6" de la Ley 872 de 2003, la norma NTCGP 1000:2009 especificó los requisitos para la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad. Dice la misma que:

(. .. )

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NOTA 1 Para el seguimiento y la medición de los procesos se pueden emplear métodos como indicadores, encuestas, seguimiento al avance de los proyectos y cronogramas entre otros." (negrilla fuera de texto)

La revisión del formato F-6 del SIRECI Indicadores de Gestión, permitió evidenciar que el MSPS a 31 de diciembre de 2015 rindió en la cuenta consolidada un total de treinta (30) indicadores por programas y proyectos, tipo de indicador, atributo, descripción, meta, indicador, cumplimiento de la meta, análisis y observaciones, de cuya revisión se observa:

• Presenta indicadores de eficacia, eficiencia, economía, equidad, valoración de costos ambientales y otros.

• La construcción y formulación de los indicadores presentados en la Cuenta Fiscal, se orientan a la identificación de actividades o tareas puntuales que tienen relación con el mejoramiento del accionar misional de la entidad, o con los aspectos básicos desde el punto de vista de salud pública y la problemática relacionada con la atención en salud por parte de las EAPB.

• Los indicadores tienen determinadas en todos los casos, metas cuantificadas claramente definidas.

Hallazgo No. 3. Formato F-6 Sireci Indicadores de Gestión (A)

Constitución Política en el Artículo 268 que en los numerales 1 y 2 establece las atribuciones del Contralor General de la República para prescribir los métodos de Rendición de cuentas; Ley 42 de 1993 que en el Artículo 16 establece que el Contralor determinará las personas obligadas a rendir cuentas, y la Resolución Orgánica CGR No. 7350 de noviembre de 2013 que estableció el Sistema de Rendición Electrónica de la Cuenta e Informes, resolución está ultima modificatoria de la No. 6289 de 2011.

De la revisión efectuada por la CGR de los 30 indicadores reportados, pudo evidenciarse el incumplimiento de la meta de Cobertura de vacunación en niños menores de un año con triple viral, como se confirma en el seguimiento efectuado al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

De otra parte se encuentran 10 indicadores (33%) pendientes de verificación, que fueron mencionados anteriormente en este escrito.

Igualmente, llama la atención que ningún indicador hace referencia a la gestión de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS -, que en su calidad de Unidad Ejecutora, administra los recursos del Fosyga y es responsable de la problemática vinculada a los procesos de compensación, glosas y recobros, de especial relevancia e impacto en el funcionamiento y sostenibilidad financiera del SGSSS.

Lo anterior, a causa de un seguimiento y monitoreo inadecuados, que impide documentar un análisis o realizar un rastreo continuo o periódico que sirva a la

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administración en el direccionamiento de las actividades propuestas y como insumo para los órganos de control. RESPUESTA DE LE ENTIDAD'

"(. . .) es importante recordar que mediante memorando 201612000105683 del 6 de mayo de 2016, previa consulta con las Direcciones de Epidemiología y Demografía y Promoción y Prevención, esta Oficina se pronunció ante las observaciones efectuadas por la CGR en cuanto a los Objetivos de Desarrollo del Milenio. En dicha comunicación, este Ministerio se manifestó en el siguiente sentido (pág. 15): "(. . .) en materia de Triple Viral (niños de un año/dosis única), la cobertura calculada para 2015 alcanzó el 94% para el total nacional. Es decir, registró tan sólo un punto porcentual por debajo del 95%, que es el parámetro considerado como cobertura útil."

La respuesta de la entidad, no es de recibo teniendo en cuenta que acorde con el Formato F-6, fuente de la información registrada en el SIRECI, en materia de triple viral el cumplimiento de la meta fue del 87%.

RESPUESTA DE LE ENTIDAD'

"En el mismo memorando 201612000105683 del 6 de mayo de 2016, este Ministerio igualmente se manifestó en el siguiente sentido (pág. 2): "( ... ) El mencionado rezago técnico consiste en la diferencia de tiempo entre la fecha de corte de la información y el momento en que se consolida y publica el correspondiente dato oficial. Esta característica generalmente obedece a lograr calidad suficiente en el dato y/o a los procedimientos necesarios para la debida recolección y procesamiento de la información relativa a la salud de los habitantes de un país. Es así como, de una consulta simple a la información díspuesta por estamentos internacionales como la OMS, la OPS o la OCDE, es claro que Colombia se encuentra dentro de estándares normales en lo relativo a este tipo de indicadores ( ... j". Según lo anterior, es claro que a pesar de los rezagos que efectivamente conoce este MSPS, aún no pueden concluirse incumplimientos para el caso de los indicadores que presentan esta característica."

La CGR entiende el rezago técnico pero aclara igualmente que no está afirmando ni concluyendo incumplimiento de los mismos sino simplemente un hecho reconocido por el propio MSPS tanto en el Formato F-6 como en su respuesta.

RESPUESTA DE LE ENTIDAD'

"Revisado el Formato F-6, se evidencia que dicho instrumento adolece de un campo específico para la Unidad Ejecutora. Por lo tanto, no procede la afirmación de la CGR en cuanto a que ningún indicador hace referencia a la gestión de la DA FPS. Por ejemplo, uno de los indicadores consiste en la "Creación de la

4 Oficio AGB-124 radicado 201615000990421 de 01-06-2016 recibido por la Comisión auditora en 01-06-2016. 5 Ibídem 6 Ibídem

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Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) de acuerdo a las características establecidas en el PND", sobre el cual la DAFPS juega un papel fundamental.

La CGR considera que no es necesaria la creación de un campo específico para la unidad ejecutora tal como lo manifiesta el MSPS en su respuesta. La rendición de la Cuenta Fiscal, involucra a toda la gestión del MSPS como una sola persona jurídica y sus reportes deben involucrar a la entidad íntegramente considerada como un solo sujeto de control y en consecuencia, para el caso que nos ocupa -Formato F-6 -, debe incluir indicadores de gestión tanto para el MSPS Gestión General, como para sus Unidades Ejecutoras Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes, sobre el cual, valga anotar, tampoco se reporta ningún tipo de indicador.

El Ministerio en su respuesta manifiesta que.' "Por otra parte, no es clara la "problemática" a la que se refiere la CGR en cuanto a los procesos de compensación, glosas y recobros. En este sentido se sugiere que la CGR revise su afirmación o proporcione los elementos que permitan al MSPS asociar un indicador que mida la gestión alrededor del posible problema."

Respecto de esta afirmación, la CGR considera que la problemática es de público conocimiento: persistencia e incremento del número de recobros, asuntos relacionados con multiafiliaciones, pago de fallecidos, entre otros, que impactan los recursos del SGSSS. De otra parte, no corresponde a este ente de control, entrar a hacer sugerencias o recomendaciones en asuntos administrativos y de gestión que competen enteramente a la administración del MSPS.

El detalle del cumplimiento de las metas indicadores Sireci, se registra en la tabla presentada en el anexo 4.3.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD7

7 Ibídem.

"En primer lugar, es importante mencionar de nuevo el memorando 201612000105683 del 6 de mayo de 2016, con destino a la CGR, donde el MSPS se manifestó en el siguiente sentido: "(. . .) De hecho, el Gobierno Nacional, en cabeza del Departamento Nacional de Planeación-DNP y en coordinación con todos los sectores, incluido salud, incorporó y articuló los ODM en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2010-2014 yen el actual PND 2014-2018, construyó los documentos CONPES para los ODM (mencionados por la misma CGR), ha incluido los indicadores correspondientes en el sistema de seguimiento SINERGIA y difunde informes de seguimiento a los ODM, entre otros aspectos. Adicionalmente, el MSPS, a través de observatorios temáticos, herramientas de gestión de conocimiento, el monitoreo continuo a la gestión y la implementación de instrumentos de evaluación de política pública genera información pertinente para la toma de decisiones en materia salud. Es decir, se cuenta con suficientes

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instrumentos de política y herramientas de seguimiento y evaluación (aunque, como es natural, en continua evolución) que facilitan las decisiones oportunas en materia de salud pública. H

Adicionalmente, la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales (OAPES) ejecuta dos seguimientos mensuales a los indicadores de Gestión reportados en SINERGIA, los cuales sirven para realizar retroalimentación a cada una de las direcciones, así: a) Estado actual de los indicadores tanto en información cuantitativa como cualitativa; y, b) fechas de cargue de la información."

Sobre el particular, es necesario aclarar que la afirmación hecha por la CGR, hace referencia al seguimiento y monitoreo de los Indicadores de Gestión incluidos en el Formato F-6 en comento. Lo anterior, teniendo presente que los indicadores de gestión tienen su razón de ser en la medida en que hagan posible un seguimiento periódico que permita la toma de decisiones durante la gestión, en el momento en que se observen situaciones que conduzcan a su incumplimiento. No se desconoce en consecuencia, el trabajo hecho por el ministerio frente a la verificación de indicadores efectuada a través del sistema SINERGIA o el seguimiento a los DDM.

3.1.5. Gestión Presupuestal

El presupuesto es un instrumento para la planeación y el control financiero de los recursos y los gastos que se asignan para alcanzar los objetivos y las metas definidas en los planes estratégicos y de acción. En consecuencia, debe ser el reflejo de todas las actividades que realizará la administración en una vigencia fiscal y permitir al administrador la toma de decisiones acerca del manejo de los recursos asignados, siendo un instrumento de planificación, entendida a su vez como un proyecto general, organizado a obtener un objetivo.

La planeación del presupuesto, permite entonces fijar el curso de acción que ha de seguirse mediante la determinación de los objetivos y los pasos para alcanzarlos, conocer de manera previa lo que se pretende hacer y la manera en que se procura alcanzar, propiciando el desarrollo de la entidad al establecer métodos de utilización racional de los recursos, reduciendo los niveles de incertidumbre que se pueden presentar en el futuro y promoviendo la eficiencia al eliminar la improvisación.

La evaluación presupuestal tuvo el siguiente alcance:

Del total del presupuesto de ingresos por $36.905.539 millones se auditaron $11.645.936 millones que representan el 31,55%. La evaluación se realizó en forma selectiva.

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Fuente: Decreto 2710/2014 i ¡

De igual manera, se analizó selectivamente el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) vigencia 2015, aprobado mediante Resolución No. 5965 de diciembre 29 de 2014, para cada una de las subcuentas, así:

Tabla No. 7

Fuente: Resolución 5965/2014.

El Presidente de la República con el fin de mantener la coherencia macroeconómica y el cumplimiento de la regla fiscal, emitió el Decreto 0377 del 4 de marzo de 2015 por el cual se aplazan unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación; para el MSPS se efectuaron los siguientes aplazamientos.

Tabla No. 8

Fuente: Decreto 377/2015

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Adicionalmente, mediante Decreto No. 2240 del 24 de noviembre de 2015, el Gobierno Nacional redujo unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación, tendientes a garantizar el cumplimiento de las metas de déficit establecidas por la Regla Fiscal; para el MSPS se efectuaron las reducciones que se observan en la Tabla No. 9.

La reducción porcentual fue del 4,83% para el MSPS-GG, 0.19% para la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes -FNE-, y 0,04% para la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS.

Tabla No. 9

El presupuesto de gastos examinado en forma selectiva, fue de $28.173.197 millones y representa el 71 % del presupuesto asignado a la entidad para la vigencia 2015 que fue de $39.534.738 millones.

Ta NO.10

10.785.649,00

i i

3.1.5.1. Rezago Presupuesta!

I I

11.267838,08 11.218.119,00 , .

%

Respecto del cierre presupuestal de la vigencia 2015, se constituyeron reservas por $35.204 millones y cuentas por pagar por $393.258 millones, de conformidad con la normatividad existente sin exceder el 2% de las apropiaciones de funcionamiento y el 15% de las apropiaciones de inversión del presupuesto de la vigencia.

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Con relaciÓn al rezago presupuestal de la vigencia 2014, durante la vigencia auditada se evaluó el 100%; los valores fueron ejecutados en su totalidad por cada una de las subunidades presupuestales.

Tabla 11 REZAGO PRESUPUESTAL MINISTERIO DE SALUD Y SOCIAL VIG ENCIA 2015

: Información de SIIF

3.1.5.2. Vigencias Futuras

En la vigencia 2015 se constituyeron vigencias futuras ordinarias, las cuales cumplieron con lo establecido en la Circular Extema No. 002 del 2012 y el arto 10 de la Ley 819 de 2003; las correspondientes a la vigencia 2018 se aprobaron hasta el 31 de julio del respectivo año.

Fuente: SIIF Vigencia 2015

3.1.5.3. Seguimiento a las Observaciones vigentes de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes

Con la Resolución No. 001 de 2015, publicada en la Gaceta del Congreso No. 928 del 13 de noviembre de 2015, por la cual se pone fin a la revisión de la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro rendida por la Contraloría General de la República y el Balance General de la Nación presentado por el Gobierno Nacional - Contaduría General de la Nación -, correspondientes a la vigencia fiscal 2014, en el acápite:

··RESUMEN DE LAS OBSERVACIONES DETERMINADAS POR LA COMISiÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES EN LA INFORMACiÓN

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PRESENTADA POR LAS ENTIDADES, FONDOS O PA TRIMONIOS AUTÓNOMOS DE LA NACiÓN PARA LA VIGENCIA FISCAL 2014. B. CONTABLE. DIRECCiÓN DE ADMINISTRACiÓN DE FONDOS DE LA PROTECCiÓN SOCIAL MINSALUD, se anota:

Al comparar el saldo del patrimonio reflejado en el balance general con el reportado en el catálogo de cuentas a los estados financieros, encontramos diferencias así:

les e pesos

Cuenta Saldo en el Balance General Saldo en El Catálogo de Cuentas

Patrimonio 1.832.298.656 6.454.297. 442

NOTA: En este punto se presenta un error desde el momento mismo que se reporta al sistema CHIP el saldo particular de cada cuenta del activo, pasivo o patrimonio. El sistema toma el saldo principal reportado y le va sumando los datos particulares de cada subcuenta de la cuenta principal respectiva.

Respuesta de la Entidad a la Contaduría General de la Nación: La diferencia de $4.621.998.786 generada al comparar el saldo del patrimonio reflejada en el balance general con el reportado en el catálogo de cuentas a los estados financieros, corresponde al resultado del ejercicio de la vigencia en mención.

Lo anterior ya que la información que se trasmite a través del CHIP corresponde a saldos y movimientos realizados durante la vigencia de 2014 convertidos en balance de prueba, sin generarse traslado de la utilidad y/o pérdida del ejercicio; a diferencia del balance general que se ha enviado a la Comisión Legal de Cuentas, en el cual ya se ve reflejado el traslado de la utilidad y/o pérdida del ejercicio de la vigencia 2014.

Es de resaltar que la información reportada mediante CHIP a la CGN y la información reportada en SIIF Nación, se encuentran debidamente conciliadas y reflejan los mismos saldos.

La información contable reportada a la CGN en la plataforma CHIP es correcta, toda vez que incluyó el resultado del ejercicio correspondiente al año 2014 por $4.621.998.786, valor este que al sumárselo al total del patrimonio como una cuenta integrante de este grupo "Resultado del ejercicio", esto es, $4.621.998.786 + $1.832.298.656 =$6.454.297.442 valor que se refleja y está plasmado como saldo en el balance general de la entidad, independientemente que la cifra de $4.621.998.786 se haya reportado a la CLC como un menor valor del patrimonio $1.832.298.656."

Analizada la hoja de trabajo del año 2014 (SIIF) y el reporte de saldos y movimientos (SIIF), los gastos fueron mayores a los ingresos, lo que arrojó una pérdida, así:

Tabla No. 13 Diferencia Ingresos y Gastos 2014

INGRESOS 30.949.033.583 GASTOS 35.571.032.370 PERDIDA -4.621.998.787

Elaboro: Contralona General de la Repubhca.

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Este valor (PÉRDIDA) - como se evidencia en el movimiento de cierre de diciembre de 2014 - no registra su contabilización, en razón a que en este estado de saldos débitos y créditos (CHIP), su reclasificación se efectúa en el año 2015; tal y como se observa en los siguientes cuadros, el valor de la pérdida se reflejó en el Balance General a cierre diciembre 31 de 2014.

Tabla NO.14 MOVIMIENTO CUENTA PATRIMONIO AÑO 2015

'CQOIGO O~SCRIPCION SALPOINICIAl ..• ' "PEImO ··1'CI\ÉOITO SA'1.00FlNAl 310501001 Caoital fiscal naci 5.023.734.415 O O 5.023.734.415

310501002 Resultado del eje 1.430.563.026 4.621.998.787 O -3.191.435.759

311001 Excedente del ej O O O O

311002 Deficit del ejercic -4.621.998.787 O 4.621.998.786.718 O

1.832.298.654 4.621.998.787 4.621.998.786.718 1.832.298.656

Fuente: (omisión Auditora , , ......

T I • •

MOVIMIENTO CUENTA PATRIMONIO AÑO 2014

.• "CÓDlGO ···IlESCl'llPCION SAÜ~OINICIAl -:-.

•• E·!:iEBlTO ~ ··CREllITO • 'SAtOO fiNAL 310501001 Capital fiscal naci 5.023.734.415 O O 5.023.734.415

310501002 Resultado del eje 651.655.308 O 778.907.718 1.430.563.026

311001 Excedente del ej 778.907.718 778.907.718 O O 6.454.297.441 778.907.718 778.907.718 6.454.297.441

Fuente: (omisión Auditora

3.1.5.4. Sostenibi/idad financiera de la DAFPS

La CGR abordó el comparativo a nivel general de la evolución y la ejecuclon presupuestal de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, para las vigencias 2012, 2013, 2014 Y 2015.

Ejecución Presupuestal

Respecto de la ejecución presupuestal de ingresos8, los niveles de la misma se.

situaron en el 110%/2012, 107%/2013, 89%/2014 Y 97%/2015, para una ejecución promedio del 101 %. Para la vigencia 2015, cabe destacar la diminución de la brecha entre el total recaudado y la apropiación definitiva y en consecuencia, también la disminución del saldo por recaudar, tal como es observable al comparar los porcentajes de ejecución atrás anotados, lo que indica una positiva gestión frente a la ejecución de ingresos.

8 Según lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto de la Nación, Decreto 111 de 1996 Artículo 123, los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el Artículo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación por lo cual se denominan recursos extra presupuestales.

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Gráfica 3. Apropiación y Ejecución presupuestallngresos DAFPS

r

~ ___ ~_~~~ (Millones de $) 35,000,000

30.000.000

25.000.000

20.000,000

IlIAprnpi.óó"jnicial

15.000.000

10 000,000 "PotR.,.uda,

5.000.000

(S.OOO,QOO)

Fuente: Información suministrada por el MSPS. Análisis CGR

Por su parte, los gastos presentaron una ejecución del 94%/2012, 93%/2013, 98%/2014 Y 97%/2015, para una ejecución promedio del 95%.9 En consecuencia los niveles de ejecución presupuestal de gasto presentados, se estiman satisfactorios.

Gráfica 4. Apropiación y Ejecución presupuestal Egresos DAFPS

,---- ..... ~.~.~ ....... ~ .... ~... .. ~ (Millonesde$)

1 45 ,000.000

¡ 40.000.000 + ..................... . ¡ 35.000.000 +-----~~----~---~~-~~~~ I 130.000.000

125.000.000

! I ¡ 20.000.000

I i 1S.000.000

110,000.000

i i 5.000.000

1__ __ - "" 2013 2014

Fuente: Información suministrada por el MSPS. Análisis CGR.

2015

• Apropiación definitiva

.Acumulado Registros

{11 P~go, Totales

• Registros sin pago

En las vigencias en estudio, el acumulado de registros presupuestales - que afectan la apropiación existente de forma definitiva-, es inferior a la apropiación

9 Cabe anotar que el nivel de ejecución de egresos es calculado como la relación porcentual entre el acumulado de los registros versUs la apropiación definitiva.

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definitiva, en cuantías representativas en términos absolutos. No obstante, la tendencia indica una mayor gestión frente a la ejecución de gasto, tal como se evidencia al observar el comportamiento de los registros sin pago, los cuales vienen bajando en todas las vigencias en estudio.

MODIFICACIONES

En cuanto a las modificaciones presupuestales (aumentos y disminuciones), siguen siendo cuantiosas, aunque para el 2015 variaron su tendencia creciente.

I '000.000 ¡ i 4.500,000

Gráfica 5. --~

Modificaciones

I 4.000.000 0~--'~""--~-'--~--~-­l 3_500_000

'13.000.000

2.500.000 t~~~~~·~-~--~--_··~-

2.000.000 +--_.~.~.~.~.-._~~~._-.

11.500.000 + ... ~~==,~ ... -~~~.~~.~--, 1.000.000

I 500.000

¡ 1 .. ____ ._....... . ... "._. ____ ~_~12 __ •. _ ... ____ .... __________ ..... 20~~ __ ~________ • ___ .. _._. __ .2_~1_~ 2015

Fuente: Información suministrada por el MSPS. Análisis CGR.

Respecto de los ingresos, las modificaciones ascendieron a $1.800.405 millones/2015 frente a $2.139.813 millones/2014, que correspondieron básicamente a aumento de ingresos corrientes y en menor medida a ingresos de capital del gobierno central. En gastos, las modificaciones presupuestales se situaron en $2.624.950 millones/2015 frente a $2.433.782 millones/2014, siendo los rubros de programas de inversión los de mayor modificación.

En su respuesta el MSPS manifiesta:

"El presupuesto inicial del FOSYGA para cada vigencia es elaborado por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS con base en el modelo de sostenibilidad realizado por la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, el cual contiene la proyección de las diferentes variables macroeconómicas, el crecimiento de la Unidad de Pago por Capitación -UPC y el impacto financiero derivado de la implementación de la normatividad expedida para el sector, igualmente se consideran los históricos de las ejecuciones de algunos conceptos de ingreso y gasto. Es importante señalar que el anteproyecto de presupuesto se elabora durante los meses de noviembre y diciembre del año anterior para el cual se aprueba, y que algunas de estas variables. principalmente la macroeconómicas son proyectadas, ya que a esta fecha no se cuenta con datos definitivos, tal es el caso del aumento del salario mínimo, la inflación, el PIB entre otras. Así mismo, la ejecución presupuestal de la vigencia en curso depende de otras variables como son el nivel de desempleo, el

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cual redunda en el número de cotizantes, el número de beneficiarios para el caso del régimen contributivo y los afiliados al régimen subsidiado.

Teniendo en cuenta lo anterior, y con el objetivo de tramitar de manera oportuna las obligaciones de la diferentes subcuentas del Fondo y no interrumpir el flujo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como dar estricto cumplimiento a la normatividad en materia presupuestal, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social presenta ante el Comité de Análisis y Seguimiento del Presupuesto del FOSYGA, las necesidades que frente a modificaciones presupuestales se presenten para su consideración, aprobación y posterior recomendación al Ministro, para que este expida la resolución de modificación presupuestal.

A continuación se relacionan los números de las resoluciones para las vigencias analizadas y las sub cuentas a las que les aplicaron las modificaciones presupuestales aprobadas, así:

RESOLUCIONES DE PRESUPUESTO Y SUBCUENTAS QUE MODIFICARON VIGENCIA 2015,,1 o

RESOLUCiÓN COMPENSACiÓN Y

RECOBROS' SOLIDARIDAD GARANTíAS PROMOCiÓN

5965 de 2014 X X X X 538 X X 1053 X X 1476 X 2492 X X 2628 X 3096 X X X 4548 X X X 5238 X X X 5570 X

ANÁLISIS FINANCIERO

El análisis de la sostenibilidad de las finanzas de la DAFPS, se complementa con el estudio comparativo de los estados financieros a diciembre 31 de 2012, 2013, 2014 Y 2015.

Los estados financieros tienen como uno de sus propósitos, proveer información sobre la evolución económica y financiera en el período respectivo, para facilitar la toma de decisiones. Su análisis, pretende un diagnóstico sobre aspectos relacionados con el desenvolvimiento de las principales cuentas del Estado de actividad financiera, económica, social y ambiental (comportamiento operacional) y de los Balances Generales (estructura de activos, pasivos y patrimonio), diagnóstico que permita tener un concepto sobre su comportamiento y evolución recientes y las razones que explican su actual condición financiera.

10 AGB-1 02 Memorando 201633210082283 de 11-04-2016 suscrito por Árvaro Rojas Fuentes Director de Administración de Fondos de Protección Social.

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El objetivo del análisis de los estados financieros es simplificar las cifras y sus relaciones y hacer factible las comparaciones para facilitar su interpretación, es decir, para darle un significado y determinar las causas de hechos y tendencias favorables o desfavorables, reveladas por el análisis de los mismos.

Los procedimientos analíticos de auditoría, son aquellos que: "permiten obtener evidencia sustantiva (generalmente sobre grandes volúmenes de datos), para determinar integridad o identificar movimientos insólitos a través de técnicas tales como Análisis de Datos, de RazonesfT endencias. ,,11

Se aborda el Comportamiento operacional, que se relaciona con el análisis de las cifras del Estado de Actividad Financiera, Económica y Social y la Situación financiera, que hace referencia al análisis de las cifras y estructura del Balance General, también conocido como estudio del financiamiento, evaluando en ambos casos, la evolución de las mismas y los indicadores que con base en ellos, se hayan calculado.

La DAFPS es la más representativa en términos de recursos administrados y gestionados en el MSPS. Se busca entender el contexto de las cifras, su evolución y la identificación de aquellos factores que afectarían de alguna manera la sostenibilidad del propio SGSSS, cuyos recursos son administrados por la DAFPS.

Como antecedente, el análisis comparativo diciembre 2012-2013-2014, permitió evidenciar una disminución en el registro de ingresos y crecimiento en los gastos, observándose una pérdida operacional y neta a diciembre 2014. El informe de auditoría No. 22 de julio de 2015 registraba:

"(. . .) la tendencia del gasto y del ingreso, la disminución del portafolio de inversiones y de la base patrimonial, hace evidente que de consolidarse para el mediano y largo plazo un comportamiento como el observado, la sostenibilidad de las finanzas de la DAFPS podrían verse afectadas. Tal como ya se indicó, el mismo Ministerio ya prevé problemas de financiación del RS a partir de los meses de agosto-septiembre del año en curso."

Así las cosas, la CGR efectuó el análisis financiero comparativo de la DAFPS, para las vigencias 2012, 2013, 2014 Y 2015, del cual se resalta:

Comportamiento Operacional

Ingresos Operacionales

El análisis refleja un aumento del 19% en los Ingresos Operacionales - equivalente a un 12,2% en términos reales12

_, los que se situaron en $35.208.708

11 Guía de Auditoría de la Contraloría General de la República, mayo 2015, pág. 48. 12 En adelante la mención en términos reales de los aumentos o disminuciones, involucra el efecto de la inflación teniendo como referencia la variación anual del índice de Precios al Consumidor -IPe -, así 2012: 2.44%; 2013: 1,94%; 2014: 3,66%

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I I .

I

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millones/2015, comportamiento opuesto al observado a diciembre de 2014 cuando se registró un decrecimiento real del 9.66%, disminución esta última que en su momento fue atribuida a la no existencia de Otras transferencias (cuenta 4428), que para la vigencia 2013 habían ascendido a $3.484.472 millones y representaron para dicho año el 11 % del total de ingresos de operación; a partir de la vigencia 2014, al establecerse que son ingresos propios del Fosyga y no una transferencia de la Nación, la Dirección efectúa el respectivo reconocimiento en la cuentas 411065- Fosyga - Compensación y 470508 - Funcionamiento.

Es necesario mencionar como el comportamiento de los ingresos no tributarios (cuenta 4110) - principal fuente de ingresos -, para las vigencias 2013 y 2014 se sustenta en el cumplimiento de las Resoluciones 160 del 24 de abril de 2013 y 413 del 8 de septiembre de 2014, expedidas por la Contaduría General de la Nación mediante las cuales se modificó el registro contable del proceso de Compensación del Fosyga, permitiendo el reconocimiento del 100% en el ingreso de los recursos provenientes de las cotizaciones del Régimen Contributivo de Salud. '3

Para el 2015, este rubro, conformado básicamente por los ingresos generados por concepto de cotizaciones recaudadas por las EPS/EOC, presentó un incremento real del 8.23%. Sobre el particular es pertinente ilustrar como a partir del 2014 se registran valores girados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - MHCP -provenientes de los recaudos del impuesto CREE, con destino a la financiación parcial del Régimen Contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 1607 de 2012; igualmente se presenta un incremento de las transferencias de la Subcuenta ECA T a la subcuenta de Solidaridad, así como se reconocen en el ingreso, los valores de cotizaciones no compensadas que hasta diciembre 31 de 2013 se registraban en el pasivo y se trasladaban paulatinamente al ingreso.

Tabla No. 15

4.1. $ 2.7¡'2.6"9.482,()01 .,,, ,,>7 "'1' $14 .. 460.957.95E;,001 $ 18 .. 505 .. 582.08['.001

4.1. $ 815.54'6.432,0°1 $ $ 5.295.31H..' J5(.')U' $

$ $ $ 311. (oo."uo,'JOI $

Fuente: CHIP - CGN,

y 2015: 6.77% Fuente: Colombia IPe Variaciones porcentuales 2000-2015 DANE, h ttp :Uwy.¡w. d 3n e . g QV . co/ind M,QtlPJj;! reci 05-8-i nflªciQ.oll l1cflce-d e-preci os -a)-consumidQI. 13 Tal como se expuso en el informe de auditoría No. 22 de julio de 2015 ya mencionado, lo anterior permitió presentar en los estados contables los ingresos de las cotizaciones del régimen contributivo de manera consolidada, así como el gasto resultante del proceso de compensación, resolviendo la problemática puesta de presente en las vigencias 2012 y anteriores, cuando solamente se reconocía en el ingreso o en el gasto el superávit o el déficit respectivamente, resultante del proceso.

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Gastos operacionales

Los gastos de operación se concentran en los recursos aplicados al proceso de compensación Fosyga, que a partir del 2013 se reconocen en su totalidad (cuenta 5205), con un aumento real de solo el 0,23%/2015.

Tabla No. 16 Gastos de Operación DAFPS

Fuente: CHIP - CGN.

Por su parte, las transferencias al SGSSS (cuenta 5421) presentaron una disminución en términos reales del 3.77%/2015 mientras que las transferencias efectuadas al Sistema General de Participaciones -SGP- (subcuenta 5408) crecieron solamente un 0,23% real.

5.4.23 $

5.4.23.04 $

Tabla No. 17 Transferencias DAFPS

$

$

$ $

$ $

Fuente: CHIP - CGN.

El gasto público en salud -cuenta 5502-, sufrió una disminución real del 28,67%/2015. En atención a nuevo requerimiento de la CGR mediante oficio AG8-115 radicado 201642300945552 de 2016-05-18, el MSPS sobre el particular manifestó:

"El comportamiento de la disminución observada por la Contraloría al comparar el gasto público en salud Cuenta 5502 (Salud) en un 28.67% durante la

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vigencia 2015, frente al 51.34% de la vigencia 2014, se sustenta en la asignación de recursos efectuada mediante las Leyes 1687 de 201314 y 1737 de 2014, en cuyos artículos 5515 y 5616 respectivamente, aprobaron la utilización de los excedentes de la Subcuenta ECAT del FOSYGA para financiar el Régimen Subsidiado, los cuales fueron ejecutados a través del proyecto de "Apoyo sostenibilidad afiliación de la población pobre y vulnerable asegurada a través del régimen subsidiado".

Para la vigencia 2014 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1687 de 2013, reglamentada por el Decreto 3036 del mismo año; el aporte de la Subcuenta ECAT con destino a la cofinanciación del Régimen Subsidiado fue de $2.142.000'000.000 y durante la vigencia 2015 y conforme a lo establecido en Ley 1737 del 201417 reglamentado por el Decreto 2710 de la misma anualidad, el aporte de la Subcuenta ECAT con destino a la cofinanciación del Régimen Subsidiado fue de $1.000.000'000.000.

El tipo de gasto afectado en la vigencia 2015, fue el de "Apoyo sostenibilidad afiliación de la población pobre y vulnerable asegurada a través del régimen subsidiado", Fuente 16 "FONDOS ESPECIALES", del Régimen Subsidiado cofinanciado con recursos de ECA T, toda vez que se asignó un valor de $2.142 mil millones para 2014 y $ 1 billón para 2015, presentando una variación de equivalente al-53%. ,,18

De otra parte, para el 2015, también se vio disminuido de manera notoria el gasto vinculado al Fosyga ECAT.

14 Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia físcal del 10 de enero 8131 de diciembre de 2014" 15 "ARTICULO 55. Con el fin de financiar el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 48 de la Constitución Polltica y el artículo 90 de la Ley 1122 de 2007, para la vigencia 2014 se presupuestarán en el Presupuesto General de la Nación los excedentes y los ingresos corrientes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECA T) del Fondo de Solidaridad y Garantfa (Fosyga). Previa cobertura de los riesgos amparados con cargo a fa Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantla (Fosyga), se podrán financiar, con cargo a dicha subcuenta, los Programas de Protección a la Salud Pública, Vacunación, Apoyo, Sosteníbílidad, Afiliación de la Población Pobre y Vulnerable asegurada a través del Régimen Subsidiado, Vulnerabilidad Slsmica, Gestión de Instituciones de la Red Pública Hospitalaria, Atención a fa Población en Condiciones Especiales tanto discapacitada como pobfación desplazada, ampliación, renovación de la afiliación del régimen subsidiado, población desplazada y vulnerable, atención prioritaria en salud, Asistencia y Prevención en Emergencias y Desastres y Capacitación del Recurso Humano del Sector Safud, incorporados en el presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Sociaf." (Negrilla fuera de texto). 18 ARTIcULO 56. Con el fin de financiar el Sistema Generaf de Seguridad Social en Salud, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48 de la Constitución Polftica y el arlfculo 90 de la Ley 1122 de 2007, para la vigencia 2015 se presupuestarán en el Presupuesto General de la Nación los excedentes y los ingresos corrientes de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito (ECAT) def Fondo de Solidaridad y Garantla (Fosyga). Previa coberlura de los riesgos amparados con cargo a fa Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito del Fondo de Solidaridad y Garantfa (Fosyga), se podrán financiar, con cargo a dicha subcuenta, los Programas de Protección a fa Salud PtJblica, Vacunación, Apoyo, Sostenibílidad, Afiliación de la Población Pobre y Vulnerable asegurada a través del Régimen Subsidiado, Vulnerabifidad Slsmica, Gestión de Instituciones de la Red Pública Hospitalaria, Atención a la Población en Condiciones Especiales tanto discapacitada como población desplazada, ampliación, renovación de la afiliación del régimen subsidiado, población desplazada y vulnerable, atención prioritaria en salud, Asistencia y Prevención en Emergencias y Desastres y Capacitación del Recurso Humano def Sector Salud, incorporados en el presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social. P (Negrillas fuera def texto). 17 "Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para fa vigencia fiscal del 10 de enero al31 de diciembre de 2015" 18 Oficio AG8-124 radicado 201615000951201 de 25-05-2016, recibido en 25-05-2016, suscrito por Sandra Liliana Silva -Oficina de Control Interno MSPS, mediante el cual remitió a la CGR respuesta de Afvaro Rojas Fuentes Director de Administración de Fondos de la Protección Social.

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Tabla No. 18 Gasto Público en Salud DAFPS

FOSYGA - SOLIDARIDAD $ 230.1'" '"'0 "ni $ $ 11'.S54·.0?!;.OO¡

5.5.02.16 $ $

Fuente: CHIP - CGN.

Dicho lo anterior, el análisis comparativo 2012-2015 del Estado de Actividad Financiera, Económica y Social del DAFPS, permite establecer que a causa de el desbalance existente entre los ingresos y los egresos de operación, se genera un resultado operacional negativo, en el cual cabe anotar que los fondos recibidos por concepto de operaciones interinstitucionales, soportan, el esfuerzo fiscal del Estado en aras de atender las necesidades de recursos que permitan la sostenibilidad de la DAFPS y en últimas del SGSSS.

Como indica el propio Ministerio sobre la cuenta 4705 - fondos recibidos por concepto de operaciones interinstitucionales:

"Al interior de esta cuenta se registran los recursos recibidos de la Nación para el pago de gastos financiados por el Sistema General de Participaciones -SGP: subsidios a la demanda. salud pública y población pobre no asegurada. su comportamiento depende de la distribución rea/ízada por el Departamento Nacional de Planeación. aprobada mediante documentos Conpes Sociales (. . .) Se registran también, los recursos recibidos del Sistema General de Participaciones destinados al Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud - FONSAET (. . .) De igual forma en esta cuenta son registrados los recursos recibidos de la Nación, producto del recaudo del IVA Social, destinado a la ampliación y unificación del plan de beneficios del régimen Subsidiado del SGSSS, de que trata la Ley 1393 de 2010. (. . .) En la vigencia 2014 se registraron además, las transferencias provenientes de lél Dirección Nacional del Tesoro autorizadas a la sub cuenta de SOlidaridad con destino a la cofinanciación del régimen subsidiado. (. . .) De la misma forma, en la vigencia 2014, se empezó a reconocer en esta cuenta, los recursos recibidos de la Dirección Nacional del Tesoro del Impuesto CREE como aporte a la Liquidación Mensual de Afiliados del Régimen Subsidiado. ,,19

19 AG8-53 Memorando 201633210069683 de 22-03-2016 suscrito por Álvaro Rojas Fuentes Director OAFPS en respuesta al requerimiento AGB-43.

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Gráfica 6. Ingresos y Gastos DAFPS

(Millones de $)

$35.000 (l00.000,00

$30 (100,000 OOO,Orl

$25.000 DOD_OOO,OO

$20.000.000_00(',00

SlS 000,000 001),00

$1.0,000 (lOO_OOO,N'

$5.000.0000DO,rm

-TOTAL INGRESO,. rlSCAI.ES -GASTO Pf: OPfRAOÓN+TrMNSrF:Rf:NCIAS.GAc>TO rÚFll.lCO SALUD -,~.r[)N[}OS Rf,ClBIOOS

2012 2013 2014 2015 TOTAL INGRESOS FISCALES $ 6.138.751.200.00 $ 19.841.473.015.00 $ 21.567.511.150.00 $ 24.877.549.302.00 GASTO DE OPERACION+ TRANSFERENCIAS+GASTO PÚBLICO SALUD $ 14.259.250.884.00 $ 30.877.915306.00 $ 34.722.917.179.00 $ 35.319.868.563.00 FONDOS RECIBIDOS $ 7.166.100.390.00 $ 7.971.962.901.00 $ 7.991.197.282.00 $ 10.317.528.399.00

Fuente: CHIP - CGN.

No obstante, se pone de presente que para la vigencia 2015 los déficits primario y operacional son bastante inferiores a los calculados en el 2014.20

Gráfica 7. Déficit Primario y Operacional DAFPS

S (2.000,000.000,00)

. __ (miles de $)

--""'"" I

-_ .•. ~----------•

$ (4.000.000.00Q,00)

$ (6,000,000.ODO.00)

$ (8.000.ooO.o00PO)

S (10,000.000,000,00)

$ (12.000.000.00D.00)

$ (14.000 000,000,(0)

2012 2013 2014 2015 DEFICIT PRIMARIO $ (8.120.499.684,00) $ (11036.442.291,00) $ (13.155.406.029,00) $ (10.442.319.261,00) DEFICIT OPERACIONAL $ (954.399.294,00) $ (3.064.479.390,00) $ (5.164.208.747,00) $ (124.790.862,00) Fuente. CHIP - CGN.

Por último, es de destacar la existencia y cuantía de los ajustes de ejercIcIos anteriores - tanto de ingresos como de egresos - situaciones que tienen su soporte

20 El déficit primario se calcula como el total de ingresos fiscales menos el gasto de operación, el gasto vía transferencias y el gasto público en salud. El déficit operacional es el déficit primario, más los fondos recibidos por operaciones interinstitucionales.

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y explicación de acuerdo con la dinámica existente en cada una de las operaciones que lo originaron al interior del Fosyga, así como al cumplimiento de lo normado por la Contaduría General de la Nación en sus Resoluciones 160 del 24 de abril de 2013 y 413 del 8 de septiembre de 2014. Aunque su presencia es persistente, para el 2015 dichos ajustes disminuyeron de manera considerable como se muestra en la Gráfica 8.

Para el 2015, el déficit neto presenta una importante disminución, situándose en $246.182 millones frente al déficit neto de $4.621.998 millones/2014.

En resumen, el análisis comparativo indica para el 2015 que a causa de un aumento en términos reales del registro de ingresos y disminución también en términos reales en los gastos, permitió un descenso importante en los déficits operacional y neto a diciembre de 2015, sensiblemente inferiores a los presentados al cierre de 2014.

Gráfica 8. Ingresos y Egresos Extraordinarios - Ajustes de Ejercicios anteriores UE - DAFPS

I~$ 1.400.000

, $ 1.200.000

$ 1.000.000 1---····

$ 600.000

$ 600.000

$ 400.000

$ 200,000

(En millones de $

-_ ....• _--_ .. --

l $ o - Oie :lOl,Z Ole ;>013 Ole 2014 __ -,01<02015

Fuente:CHIP~CGN.Añálisis CGR-----··--·---·

Situación financiera

Activo

""AJUSTE 'NGRI:SOS DE EJERC,C,OS ANTFRLORES

... AJUSTE EGRESOS DE

EJERC'CIOS ANTER,ORES

La estructura del balance refleja en el activo, un aumento real del 17.23%/2015 que refleja en especial el incremento del 79.23% real de los Deudores (Otros Deudores cuenta 1470), que muestra el comportamiento de las cuentas por cobrar relacionadas con aspectos misionales tales como:

a) Capital de la operación de préstamo interfondos efectuado por la subcuenta ECA T a la subcuenta de Compensación de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2529 del 13 de julio de 2010.

b) Valores a reintegrar al FOSYGA por parte de las entidades, a saber EPS, Cajas de Compensación Familiar, IPS, de acuerdo con los resultados que arrojan las

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auditorias que se adelantan sobre los resultados de los procesos que desarrolla el administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, la firma auditora de recobros y reclamaciones y el Ministerio de Salud y Protección Social.

c) Cuentas por cobrar entre subcuentas del Fosyga por concepto de legalización de cotizaciones.

d) Cuentas por cobrar entre subcuentas por identificación de los aportes que realizan los afiliados al régimen de excepción.

e) Cuentas por cobrar a las entidades territoriales por los valores girados en el marco de la Ley 1608 de 2013 "Saneamiento de deuda de las entidades territoriales"

f) Procesos de repetición que cuenten con acto administrativo de cobro o acuerdo de pago.

Por su parte, los deudores por concepto de ingresos no tributarios (cuenta 1401), disminuyeron un 31,77% en términos reales y corresponden a operaciones de compra de cartera por parte del Fosyga a las EPS en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 41 del Decreto Ley 4107 de 2011, el articulo 9 de la Ley 1608 de 2013 y la Resolución 3239 de 2013, modificada por las Resoluciones 5299 de 2013, 889, 3029 Y 5376 de 2014 y recursos desembolsados a la Financiera de Desarrollo Territorial SA -Findeter-, en virtud del convenio interadministrativo No. 0038 de 2015, suscrito entre el MSPS y dicha entidad, cuyo objeto es aunar esfuerzos para la implementación de una línea de crédito con tasa compensada para las Entidades Promotoras de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, como mecanismo financiero destinado a otorgar liquidez y al saneamiento de sus pasivos.

! $ 1.000.000

$ 900.000

$ 800.000

I~ $ 700,000

$ 600.000

'~ $ 500,000

$ 400.000 ::;

$ 300.000

$ 200.000

$ 100.000

$0

Gráfica 9. --------_._---- --------- ----- -

DEUDORES

------------------------- ---

/ ;

I ''\~ vi' -- -

----)( - -------._-----

Die 2012 Die 2013 Die 2014 AÑO

(. I

Die 2015

--DEUOORES ING"F1l0S I NO lRIBUTAn,os

I AVANCE" Y ANTlCIPO~1

I

Dmos O[UOORES

En cuanto a la evolución del portafolio de inversiones, mantiene su tendencia decreciente, tal como se observa en la gráfica siguiente:

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Gráfica 10. (Millones de $)

,---~-------------------------~~=~~~~-------------------------.

! INVERSIONES l 7.000.000 r----··----·----~--------

¡ I I 6.000.000 .l-_ ---~--

i 5.000.000

; Die 2012 Die 2014 Die 2015

F~u-e-n-:-te-:~CH I P - CGN. Anál~isc-is-cC;ccG=R:--------------------------------------------'

El portafolio de inversiones para la vigencia 2015, cerró en $358.780 millones, cuantía muy inferior a la esperada por el Ministerio en las subcuentas de Compensación, Promoción y ECAT ($925 mil millones), lo que pone de presente los elevados requerimientos de recursos por parte del SGSSS, que ha consumido aceleradamente el nivel de reservas representadas en el portafolio de inversiones. Las razones de esta evolución son atribuibles al incremento en la cofinanciación del Fosyga al Régimen Subsidiado - RS, la unificación de los planes de beneficios de los dos regímenes, la ampliación de cobertura del RS y el pago de los recobros; el MSPS, en su respuesta indica:

"De manera anual, con anterioridad a la presentación del anteproyecto del Presupuesto General de la Nación para la vigencia siguiente, éste Ministerio tiene la responsabilidad de realizar y presentar los estudios de sostenibi/idad del Sistema General de Seguridad Social ante el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, teniendo como base principal para el análisis, el estudio de suficiencia de la UPC del Régimen Contributivo y Subsidiado realizado por la Dirección de Financiamiento Sectorial en conjunto con la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, en el marco de gasto del mediano plazo.

Sin embargo, como consecuencia de la disminución de los recursos disponibles para atender el reconocimiento de UPC del Sistema General de Seguridad Social en Salud y los servicios de salud no incluidos en el plan de beneficios y otras acciones en salud. como apoyo a Programas de Salud Pública, Programa de Víctimas de la violencia y fortalecimiento de la Red Nacional de Urgencias con recursos del FOSYGA, se estableció previo a la reunión mensual de Comité Financiero del FOSYGA, se vienen realizando reuniones de seguimiento al flujo de ingresos y pagos de las subcuentas, las cuales permiten visualizar los requerimientos próximos de las subcuentas y así desarrollar estrategias de liquidación de inversiones con resultado positivo.

(. . .)

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En la presente vigencia, a través de diferentes análisis realizados con base en las proyecciones realizadas por la Dirección de Financiamiento Sectorial - DFS presentadas en el Modelo de Sostenibilidad Sectorial, se realiza de manera conjunta (DFS y DAFPS) un seguimiento permanente a dichas proyecciones comparándolas con las ejecuciones reales de ingresos y gastos, allí se puede observar el comportamiento mes a mes y analizar las posibles desviaciones frente a las proyecciones iniciales y reprogramar las proyecciones de los meses posteriores, con dicho análisis, es posible identificar en qué momento se requeriría la implementación de la medida señalada anteriormente. ,,21

Consecuencia en gran medida del desplome del portafolio, es la disminución significativa en los ingresos financieros (cuenta 4805), los cuales pasaron de $523.745 millones/2012 a $199.491 millones. Como se observa en la tabla siguiente, es cuantiosa la caída en las utilidades provenientes de la valoración de inversiones, compensada por los ingresos por intereses de deudores por compra de cartera y los rendimientos sobre depósitos en administración:

Tabla No. 19 Detalle Cuenta 4805- Ingresos Financieros

(Miles de $)

CUENTA NOMBRE DE LA CUENTA AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014 AÑO 2015 CONTABLE

480504 Intereses de Deudores Garantías)_ O 98.157 10.715.779 92.910.463 480513 Intereses de Mora O O 5.484.171 363.494 480535 Rendimientos Sobre Depósitos en Administración 21.072.264 26.026208 37.465.348 56.192.780

Utilidad por Valoración de las Inversiones de 480584 Administración 501.715.978 406.587.970 131.463.630 42.378931

Utilidad por valoración de las inversiones con fines de 480586 I politica. O O O 7.417.164

Utilidad en Negociación y VenIa de Inversiones en 480587 Títulos 956.898 976.018 399.415 76.459

TOTAL 523.745.140 433.688.353 185.528.343 199.339.291 Fuente: Memorando 201633210069683 de 22-03-2016 SUSCrito por Alvaro ROjas Fuentes / DIrector DAFPS en respuesta al requerimiento AGB-43

Recobros

Acerca del comportamiento de los recobros, para complementar el análisis, este ente de control solicitó a la administración que en su respuesta ilustrara sobre la manera como a partir del mes de diciembre de 2010 se han venido estableciendo valores máximos de recobro para el reconocimiento y pago de un conjunto de medicamentos no incluidos en los planes de beneficio, imponiendo un tope al valor reconocido por dicho Fondo, efecto que se estaría reflejando en las cuentas 550212 (Compensación) y 550214 (Solidaridad), así como la estimación de su impacto en beneficio de las finanzas del DAFPS. Igualmente, información del 2012

21 Memorando 201633210069683 de 22-03-2016 suscrito por Álvaro Rojas Fuentes Director DAFPS en respuesta al requerimiento AG8-43

Carrera 8 No. 15-46 Piso 2. PBX 647 7000 cgr@contra!oria.gov.co. www.contra!orja.gov.co. Bogotá, D. C., Colombia

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a 2015 por cada año, del número y valor de los recobros presentados ante el Fosyga y del número y valor de los recobros reconocidos.

Aunque inicialmente el MSPS no se pronunció, en atención al nuevo requerimiento de la CGR mediante oficio AG8-115 radicado 201642300945552 de 2016-05-18, el MSPS manifestó:

"A partir de diciembre de 2010, se han expedido diferentes actos administrativos, a través de los cuales se establecen los valores máximos de recobro para el reconocimiento y pago de un conjunto de medicamentos no incluidos en los planes de beneficio presentados ante el FOSYGA, así como, la inclusión de medicamentos de forma progresiva; sobre las cuales es pertinente aclarar que los valores máximos de recobros constituyen los topes al valor reconocido por dicho Fondo y no un precio máximo de mercado.

Respecto a la normativa que se relaciona a continuación, es importante señalar que fue expedida conforme a las previsiones señaladas en el Decreto 4474 de 201022a través del cual se otorgaron facultades al Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, para establecer valores máximos para el reconocimiento y pago de medicamentos no incluidos en los Planes de Beneficios recobrados al FOSYGA.

Con fundamento en el Decreto anteriormente citado, este Ministerio expidió las siguientes resoluciones en las que se determinan los valores máximos de recobro por principio activo;

Resolución Epígrafe Por la cual se establecen unos valores máximos para el reconocimiento y

5229 de 2010 pago de recobros por med/cam entos no inclUIdos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solídaridad y Garantía~ FOSYGA.

1020 de 2011 Por la cual se modifica el artículo 1 de la resolución 5229 de 2010, modificado Dar el artículo 0005 de 2011. Por la cual se modifica parcialmente la tabla contenida en el artículo 1" de la

1697 de 2011 Resolución 5229 de 2010 modificada por el artículo 1" de la Resolución 005 de 2011 y el artículo r de la Resolución 1020 de 2011. Por la cual se establecen valores máximos para el reconocimiento y pago de

3026 de 2011 recobros por medicamentos no incluidos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad v Garantía FOSYGA Por la cual se establecen unos valores máximos para el reconocimiento y

3470 de 2011 pago de recobros por medicamentos no incluidos en los planes de beneficios con carao a los recursos del Fondo de Solídaridad V Garantía- FOSYGA Por la cual se establecen valores máximos para el reconocimiento y pago de

4316de2011 recobros por medicamentos no incluidos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad v Garantía - FOSYGA. Por la cual se establecen valores máximos para el reconocimiento y pago de

2569 de 2012 recobros por medicamentos no incluidos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad v Garantía. FOSYGA.

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Año 2012 .'

2013 2014 2015 Total '.

(. . .) como resultado de la aplicación de los valores máximos de recobro previstos por este Ministerio y de los valores máximos de venta establecidos por la Comisión Nacional de Precios y Dispositivos Médicos, asi como de la aplicación de la metodología del cálculo para el ahorro, entre 2011 y 2015, se estima la generación de un ahorro cercano a $2.2 billones, distribuidos por vigencia así:

lajI •••••••••••••••••••• $2.232

2.000 2.500

En lo referente al suministro de " ... información para cada aijo 2012 a 2015, del número y valor de los recobros presentados ante el Fosyga y del número y valor de los recobros reconocidos ... ", le informamos que en el Cuadro No. 2 que se señala a continuación, se presentan los valores y cantidades de los recobros presentados por concepto de autorizaciones otorgadas por el Comité Técnico Científico (Formato MYT01) u ordenadas por fallos de tutela (Formato MYT02) en las vigencias 2012 a 2015:

Cantidad recobrada Incremento I 4,278.328 NA

5.130,015 20% 6.498.459 27% 7,015,639 8%

l"· 22,922,441

Cuadro No 2* Recobros 2012·2015

Valor recobrado Incremento Cantidad aprobada 2,626,272.589,550,52 M ... 3,299,990

3.230.169,989,440,76 23% 4364328 2.886,532,244,462,07 ·11% ' .. 5.257.498 3,268.130.100.240,41 13% 5.797,545 12,01t104,923,694 18.719,361

$ pesos

Incremento Valor aprobado Incremento NA 1.742.387,841.026,59 NA

32% 2370,967,514,195,39 36% 20% 2,136,053,004352,90 ·10% 10% 2.389.078.192.926,19 12%

8,638,486,642.!O1 Fuente. Base de datos SII-MYT. ~Forma parte de la respuesta del MSPS

Así las cosas, aunque los niveles de crecimiento tanto en el número de recobros como en el valor, muestran en principio una tendencia a atenuar su aumento·

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tanto en lo recobrado como en lo pagado-, este continúa registrando unas cuantías elevadas con aumentos en términos reales.

En este contexto, tanto las cifras de ahorro, como de evolución de recobros, podrían estar sujetas a una posterior verificación por parte de este ente de control.

Pasivo

El pasivo total presenta una disminución en términos reales del 2.77%, situándose a diciembre 2015 en $1.209.576 millones, un 40% exigible en el corto plazo, dentro del cual se destaca el rubro de acreedores (cuenta 2425) que equivale al 16% del pasivo total y representa las cuentas por pagar relacionadas directamente con los gastos generados en los procesos del Fosyga. El 89% del saldo de esta cuenta está compuesto por recursos recibidos del Mecanismo Único de Recaudo y Giro para ser invertidos en el portafolio de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga, recursos que serán devueltos y se irán trasladando en la medida que se requiera su utilización en el mecanismo para la financiación y cofinanciación del régimen subsidiado en salud. El 94% del saldo registrado al cierre de 2015 en la cuenta 2425 corresponde a valores a trasladar internamente (entre subcuentas) como resultados de los procesos propios del Fosyga lo cual lo convierte en un pasivo no exigible que atenúa el riesgo del nivel de endeudamiento.

Por su parte, las exigibilidades de largo plazo, corresponden a " .. . el saldo por pagar del capital adeudado del préstamo interfondos realizado entre la Subcuenta ECA T hacia la Subcuenta de Compensación del FOSYGA y su finalidad era la de garantizar el pago de recobros por servicios y tecnologías no incluidas en el plan de beneficios y fal/os de tutela, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 1393 de 2010. Las condiciones pactadas para dicho préstamo, se encuentran establecidas en el artículo 1 del Decreto 2529 de 2010.

Para la vigencia 2016, se amplió el períOdO de gracia de amortizacíón de capital y tasa de interés del préstamo realizado hasta el 31 de diciembre de 2016, mediante el artículo 81 de la Ley 1769 de 2015 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016".23

Así las cosas, el nivel de endeudamiento total se situó en el 43% al cierre de 2015.

Patrimonio

Es evidente la tendencia decreciente del patrimonio. El déficit neto para la vigencia 2015, mencionado anteriormente, impacta negativamente la base patrimonial, la

23 AG8-53 Memorando 201633210069683 de 22-03-2016 suscrito por Álvaro Rojas Fuentes Director DAFPS en respuesta al requerimiento AG8-43

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® S9t:!~~~l,.gF.i~ cual pasó de $6.454.297 millones/2013 a $1.832.299 millones/2014 y a $1.586.117 millones/2015.

La tendencia del gasto y del ingreso, aunada a la disminución del portafolio de inversiones y de la base patrimonial, hace evidente que la sostenibilidad de las finanzas de la DAFPS, se debe soportar en los fondos recibidos por operaciones interinstitucionales, tal como ya se mencionó.

~

w o

$ 10.000.000

$ 8.000.000

$ 6.000.000

rn $ 4.000.000 w z 9 ~ $ 2.000.000

$0

Gráfica 11. Balance DAFPS

_____ (Millonesd_ej) _________ _

BALANCE

-$ 2.000.000 "----------------------

I AÑO

Fuente: CHfp~-CGN. Análisis-CGR--- =---

Hallazgo No. 4. Sostenibilidad financiera DAFPS (A)

El arto 44 de la Ley 1438 de 2011, definió como fuente de financiación del sistema, los recursos del Presupuesto General de la Nación que a partir del monto asignado para el año 2010, se requieran de manera progresiva para la universalización de la cobertura y la unificación de los planes de beneficio, lo cual es necesario frente a la garantía del derecho a la salud, más aun cuando la Ley Estatutaria 1751 de 2015 que tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección (art. 1), indica que ( .. .) El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado (art.2), hace al Estado responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud (art. 5).24

24 Decreto 111 de 1996 ARTfeULO 7°. El plan financiero. Es un instrumento de planificación y gestión financiera del sector público, que tiene como base las operaciones efectivas de las entidades cuyo efecto cambiarío, monetario y fiscal sea de tal

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La diferencia entre recaudos (ingresos) y los registros (gastos) presentaba para la DAFPS un déficit acumulado para las vigencias 2012-2013-2014, de $22.584.900 millones. Actualizado el estudio sobre la sostenibilidad financiera del DAFPS, calculado el balance presupuestal para las vigencias 2012 a 2015, se observa una condición de déficit persistente, aunque es necesario reconocer para la vigencia 2015 un leve descenso, tal como se evidencia a continuación:

Tabla No. 20 Déficit presupuestal DAFPS

(Millones de $)

2012 2013 2014 2015

Recaudos -Registros (4 ےlS 811) (5.079.434) (12.896.646) ( 11.083.936)

Déficit acumulado (4.€íl8.812) (9.688.256) (22584.902) (33.668.838) " .. ..

Fuente: Informaclon suministrada por el MSPS. Anallsls CGR

Lo anterior, a caUSa de un desbalance presupuestal entre los ingresos y egresos. Aunque la tendencia en el comportamiento de los recaudos (ingresos corrientes) versus los registros presupuestales (compromisos de gasto), pareciera estabilizarse para la vigencia 2015, se mantiene una brecha de especial representatividad en términos absolutos, lo que ocasiona una incertidumbre frente a la sostenibilidad financiera de la DAFPS. Situación reiterada por la CGR y que se refleja en la Gráfica No. 12.

Por su parte, el análisis financiero, adicionalmente, ratifica como la tendencia del gasto y del ingreso, aunada a la disminución del portafolio de inversiones y de la base patrimonial, hace evidente que la sostenibilidad de las finanzas de la DAFPS, se debe soportar en los fondos recibidos por operaciones interinstitucionales.

Recaudos versus registros DAFPS

1

,,::-

'" 000.000

___ . ___ (Millonesde_$L ___ .

i '" GDOODU

30-000000 .. __ .. ~. -~-::

,'.000.000 -Total,,,,,udo.

,10,000,000 _To"'Ieg~tro,

15,00<),OOD

W_OOO,OO(I

I 5000_000

, ----~ .. _-

L__ _ _____________ l:l_l ".__________________ 10: ________________________ =-___ _ Fuente: Información suministrada por el MSPS. Análisis CGR

magnitud que amerite incluirlas en el plan. Tomará en consideración las previsiones de ingresos, gastos, déficit y su financiación compatibles con el programa anual de caja y las políticas cambiaria y monetaria

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Respecto de la evaluación del Ministerio acerca del déficit calculado para la DAFPS, el mismo manifiesta en su repuesta:

"Se reitera lo manifestado en la respuesta dada por esta Dirección al oficio de la CGR AG8-43, y se aclara que este Ministerio de manera anual realiza y presenta el Modelo de Sostenibilidad del Aseguramiento en Salud ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - MHCP y el Departamento Nacional de Planeación -DNP, con el cual se proyectan, para el año siguiente, los costos de los diferentes conceptos que tiene a cargo el MSPS, basados principalmente en el estudio de suficiencia de la UPC del régimen contributivo y subsidiado realizado por la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, así como el impacto de las diferentes normas que inciden financieramente en el sector, considerando el Marco de Gasto del Mediano Plazo de la Nación -MGMP.

En dicho modelo, se presenta la proyección de los costos de cada concepto, y también se establecen las diferentes fuentes de recursos para su financiación, teniendo como principal premisa lo señalado por el artículo 44 de la Ley 1438 de 2011, esto es, la definición como fuente de financiación del sistema, los recursos del Presupuesto General de la Nación que a partir del monto asignado para el año 2010, se requieran de manera progresiva para la universalización de la cobertura y la unificación de los planes de beneficios.

El posible faltante de recursos en cada vigencia fiscal, es analizado de manera conjunta por el MSPS, el MHCP y el DNP, de la cual, se establece el monto de recursos requerido como aporte del PGN para la garantía del aseguramiento de la siguiente vigencia fiscal.

A partir del año 2015, se consideran los posibles excedentes corrientes y de vigencias anteriores de las diferentes subcuentas del FOSYGA, para la implementación de la unidad de caja y la garantía del aseguramiento definida en el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015. ,,25

Con base en la respuesta, es necesario reconocer el seguimiento que sobre el particular adelanta el MSPS.

Igualmente, es necesario mencionar que el Ministro de Salud y Protección Social ha remitido al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a los integrantes de la Comisión de Reforma Tributaria Estructural, oficio a través del cual se busca:

"a. Redefinición legal del sistema de aportes, como medio para el control de la evasión y elusión de los mismos, b. Modificación de los porcentajes de cotización de aportes a salud de parte de los empleados con mayores ingresos y c. Control del costo en salud por consumo de bebidas azucaradas.

25 AG-8 102 Memorando 201633210082283 de 11-04-2016 suscrito por Álvaro Rojas Fuentes Director de Administración de Fondos de Protección Social.

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El resultado de estas tres iniciativas permitiría recursos adicionales por $3,91 billones a partir de la vigencia 2016, los cuales son necesarios para el financiamiento del sector salud. ,Q6

El MSPS documentó los estudios realizados, los cuales han sido base para la determinación de los costos y fuentes que apalancan el SGSSS en las diferentes vigencias.

• Estudio de la suficiencia y de los mecanismos de ajuste de riesgo para el cálculo de la Unidad de Pago por Capitación para garantizar el Plan Obligatorio de Salud en el año 2013.

• Estudio de Suficiencia y de los Mecanismos de Ajuste de Riesgo para el Cálculo de la Unidad de Pago por Capitación para garantizar el Plan Obligatorio de Salud 2014.

• Estudio de Suficiencia y de los Mecanismos de Ajuste de riesgo para el Cálculo de la Unidad de Pago de Capitación para garantizar el Plan Obligatorio de Salud para el año 2015.

3.1.6. Gestión Contractual

La contratación del MSPS en la vigencia 2015 estuvo representada en 1.102 contratos, por $594.181 millones, distribuidos en las tres unidades ejecutoras así: Gestión General 90%, DAFPS 5% y UAE-FNE 5%. Destacándose la contratación directa ya que ésta supera el 92% del total celebrado por la entidad, basándose en lo estipulado en el numeral 4 artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el Título I de la Ley 1510 de 2013 y lo aplicable del artículo 2.2.1.2.1.4.7,8 Y 9 del Decreto 1082 de 2015.

Durante la vigencia auditada, se llevaron a cabo dos licitaciones en el FNE, se contrató mediante selección abreviada a través del acuerdo marco de precios y subasta inversa para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes; se realizaron convenios de cooperación e interadministrativos que ascienden al 31% del total contratado por la entidad. Los fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección por prestación de servicios profesionales tienen asidero en el literal h) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 que establece que la modalidad de selección de contratación directa procede "Para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión". A su vez, el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015, establece como: "Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la' prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.

26 Ibídem

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Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal; así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales. (. .. )"

La base del MSPS para la celebración contractual es el artículo 209 de la Constitución Política que" ... estableció que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Para tales efectos determinó igualmente que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley." En concordancia con las Leyes 100 de 1993, 715 de 2001,1122 de 2007,1438 de 2011,1751 Y 1753 de 2015, esta última uPor la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país",

Tabla No. 21 Resumen Contratos y Muestra Dirección General, DAFPS y FNE

(Millones de $)

UNIDADES EJECUTORAS UNIVERSO MUESTRA

Nro. Ctas alar Millones Nro. Ctas alm Millones % No. ctas

CONTRATOS MSPS 992 $ 433.447,00 67 $ 194.532,00 6,75%

DIRECCiÓN GENERAL

CONTRATOS DAFPS 60 $ 144.901,00 15 $ 103.282,00 25,00%

CONTRATOS FNE 50 $ 15.900,00 22 $ 14.247,00 44,00%

TOTALES I 1102 594.248,00 104 312.061,00 9,44%

% pesos 45%

71%

90%

53%

" .. . " Fuente. Informaclon suministrada por las tres unidades ejecutoras, cuadro elaborado comlSlon auditarla

La Ley 1444 del 4 de mayo de 2011 ordenó la creación del MSPS y el Decreto 4107 del 2 de noviembre de 2011 "Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social' en su artículo primero señala que el objetivo primordial de la entidad es formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participar en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, lo cual se desarrollará a través de la instituciona/idad que comprende el sector administrativo.

Igualmente señala que el MSPS dirigirá, orientará, coordinará y evaluará el Sistema General de Seguridad Social en Salud y el Sistema General de Riesgos Profesionales, en lo de su competencia, adicionalmente formulará, establecerá y definirá los lineamientos relacionados con los sistemas de información de la Protección Social.

Una vez revisados los expedientes contractuales de los 104 contratos seleccionados, la CGR estableció que el proceso de contratación se ajusta a los fines del Estado, a los objetivos del MSPS, a los términos de ejecución y a la destinación de los recursos, teniendo en cuenta la justificación de la contratación,

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la incorporación en el plan anual de adquisiciones, la publicación en el sistema electrónico para la contratación pública -SECOP-, la evaluación del riesgo, la suscripción de garantías, el cumplimiento de las obligaciones de las partes, el aporte al SGSS; así como el adecuado desarrollo de las labores de supervisión e interventoría adelantadas de conformidad con lo establecido en las Resoluciones MSPS Nos. 2133 y 3222de 2014, concordantes con la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.

3.2. CONTROL DE RESULTADOS

3.2.1. Planes, programas y proyectos

1. Objetivos de Desarrollo del Milenio -ODM- y su relación con el Plan Nacional de Desarrollo -PND-, Objetivos Sectoriales, Objetivos Estratégicos del MSPS y Proyectos de inversión pública seleccionados.

El Plan Estratégico - PE - del MSPS se inscribe en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 ''Todos por un Nuevo País", promulgado mediante la Ley 1753 del 9 de junio de 2015, dentro del pilar Equidad: Disminución de brechas socio­económicas, estrategia transversal: Movilidad Social, con el objetivo N° 2 Mejorar las condiciones de salud de la población colombiana y propiciar el goce efectivo del derecho a la salud, en condiciones de calidad, eficiencia, equidad y sostenibilídad, y con los Objetivos sectoriales: 1) aumentar el acceso efectivo a los servicios y mejorar la calidad en la atención. 2) mejorar las condiciones de salud de la población y disminuir las brechas en resultados en salud. 3) recuperar la confianza y la legitimidad en el sistema y 4) asegurar la sostenibilidad financiera del sistema de salud en condiciones de eficiencia.

Parte del desarrollo del PE del Ministerio en la vigencia 2015, se efectúo a través de 34 proyectos de inversión por $4.107.750 millones, asociados dentro de los 4 objetivos sectoriales del PND. Cabe precisar que 3 proyectos corresponden con el flujo de recursos del SGSSS, por $3.718.161 millones, ejecutados por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social - DAFPS.

Los 31 proyectos restantes por $389.589 millones son ejecutados por el MSPS Gestión General; tres de estos no estarían relacionados con ninguno de los objetivos ni estrategias del PND, por considerarse propios de la gestión administrativa de la Entidad, no vinculados a las actividades misionales, a saber:

• Diseño e implementación del Sistema de Gestión Documental en el MSPS a nivel nacional.

• Remodelación adecuación y dotación de las instalaciones del MSPS. • Diseño, desarrollo e implementación del sistema de gestión en el MSPS a nivel

Nacional.

La CGR seleccionó cuatro (4) proyectos de inversión por $129.463 millones, cifra que equivale al 33,23% del total de la apropiación definitiva de los recursos para el rubro de inversión en la vigencia 2015, tal como lo ilustra la Tabla No 23.

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Así las cosas, respecto de los ODM 4, 5 Y 6, el Gobierno Nacional en cabeza del Departamento Nacional de Planeación -DNP-, y en coordinación con todos los sectores, incluído salud, incorporó los ODM en el actual PND 2014 - 2018 en uno de sus ejes - Equidad -, con el objetivo de mejorar las condiciones de salud de la población y disminuir las brechas en el acceso y resultados en salud.

Analizando la coherencia del Plan Estratégico Sectorial 2014-2018 con el Plan de Acción de la vigencia 2015, se evidenció que el MSPS proyectó la ejecución de cuarenta y siete (47) acciones dentro de las políticas de desarrollo administrativo del modelo de gestión. Por tanto, es posible afirmar que a nivel global, la mayor parte de los esfuerzos del MSPS estuvieron orientados a labores misionales y de gobierno, tal como se aprecia en el cuadro que se presenta en la Tabla No. 24.

Mlvilidad Social

Tabla No. 22 Objetivos de Desarrollo del Milenio -ODM-,

Plan Nacional de Desarrollo -PND- 2014-2018, Plan Estratégico -PE- y Proyectos de Inversión -PI­

MSPS

Auroontar el

acceso efectivo a los

. Ftograma de inversión servk:ios y

2. Mejorar las rrnjorar la

; hospitalaria condiciones de

caldad en la salud de la

atención y la dotación población , en zonas con

colorrbiana y y deficiencias en la

propiciar el goce i i

efectivo del

derecho a la salud, en

Ftograma para la condiciones de

y el control de calidad,

eficiencia, 1. h'plemantación de las

equidad y de prormción salud

sostenibilidad enfermedad

nutricional salud

106.553

19,960

2.950

recibido en 18-01-2016

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Tabla No. 23 I S Distribución de las Acciones planteadas por e M PS

Plan Estratéaico Sectorial 2014-2018 vs Plan Acción 2015 Políticas de Desarrollo

Administrativo del Modelo de Acciones % Acciones % Gestión

a. Gestión Misional y de Gobierno 17 36 226 57 b. Transparencia Participación y 10 21 20 5

Servicio al Ciudadano c. Gestión del Talento Humano 6 13 7 2 d. Eficiencia Administrativa 10 21 96 24 e. Gestión Financiera 4 9 45 12

Total 47 100% 394 100% Fuente: Información MSPS. Elaborado por el Equipo Auditor.

Para la vigencia 2015, la tendencia de los esfuerzos prioritarios del Ministerio se mantuvo hacia las políticas de gestión misional dando atención a temas como los siguientes: Generación de procesos de articulación interinstitucional con los diferentes actores del sistema del SSGS; Elaboración, adopción y aplicación de lineamientos para los territorios; Implementación del programa de atención psicosocial y salud integral de victimas -PAPSIVI-; Suministro de asistencia técnica a las entidades territoriales; Desarrollo de las diferentes estrategias de salud pública con la población objetivo priorizada a nivel departamental y municipal; entre otras.

En este sentido, las acciones misionales ejecutadas acompañadas de labores administrativas, se convirtieron en el derrotero de la entidad hacia el cumplimiento de los fines esenciales del estado en el marco de las competencias asignadas.

Se encuentra coherencia en el accionar, gestión y resultados del MSPS respecto de los ODM, el PND 2014- 2018, el Plan Estratégico - PE 2015, el Plan de Acción 2015 y los Proyectos de Inversión analizados; si bien, las fichas BPI N de los proyectos de inversión, no están actualizadas dentro de los pilares, objetivos y estrategias del nuevo plan, debido a que estos proyectos fueron radicados en el 2014 en el DNP y la aprobación del PND se da en junio de 2014, lo programado dentro de los objetivos generales, específicos, productos, metas y actividades es coherente con lo establecido en el nuevo PND 2014 -2018.

Objetivos de Desarrollo del Milenio - ODM

En la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrada en la sede de las Naciones Unidas el año 2000, los Jefes de Estado de 189 países firmaron la Declaración del Milenio, cuyo propósito era tener un mundo más pacífico, más próspero y más justo, bajo los valores de libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia, respeto por la naturaleza y responsabilidad común.

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Con base en dicha declaración se acordaron ocho (8) Objetivos de Desarrollo del Milenio -ODM-, que contemplaron 18 metas y 58 indicadores comunes a todos los países, que deberían hacerse realidad para el 2015.

Colombia presentó metas específicas para cada uno de los ODM mediante Documento Conpes Social 91 de 2005, que fue modificado por el Documento Conpes 140 de 2011 Modificación a Conpes Social 91 del 14 de junio de 2005: "Metas y Estrategias de Colombia para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio - 2015". A través de este último, se realizaron ajustes a las líneas base y metas de algunos de los indicadores inicialmente adoptados, así mismo se efectúo la inclusión de nuevos indicadores, y cambios en fuentes de información".

El MSPS tiene vinculación exclusiva y/o de manera transversal con otras entidades, con los objetivos identificados con los numerales: 4. Reducir la mortalidad infantil 5. Mejorar la salud materna y 6. Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades, contemplados en 19 indicadores.

Teniendo en cuenta que en el año 2015, se estableció como el año límite para el cumplimiento de las metas establecidas en los ODM, la CGR realizó seguimiento a cada una de las metas nacionales señaladas en salud, de acuerdo con lo establecido en el Con pes 140 de 2011 y la información reportada por el MSPS, así:

Hallazgo No. 5. Meta Nacional Cumplimiento Objetivos de Desarrollo del Milenio (A)

El Documento Conpes Social No. 140 de 2011 modificatorio del Conpes Social No. 91 de 2005, contempló las metas y estrategias de Colombia para el logro de los ODM a 2015.

Teniendo en cuenta el documento "Informe de Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio", se determina que de los diecinueve (19) indicadores establecidos por la Nación, no se cumplen nueve (9) que corresponden al 48%. Cabe precisar que los datos reportados están a 2013.

Las diversas fuentes de información como son: Estadísticas Vitales del DANE, Encuestas Nacionales de Demografía y Salud ENDS, Sistema de Información para la Protección Social - SISPRO, Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica -SIVIGILA, entre otras, presentan retraso de entre uno y dos años. Así las cosas, solamente hasta el año 2018, la Contraloría General de la República podrá verificar exactamente el cumplimento de los indicadores al cierre de la vigencia 2015 - año establecido como límite para el cumplimiento de los ODM-, por cuanto

27 Conpes 140 de 2011 Modificación al Con pes Social 91 del 14 de junio de 2005: "Metas y Estrategias de Colombia para el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio - 2015"

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los registros del 2015 se efectuarán hasta el 2017, de donde se colige que las determinaciones de política y los correctivos requeridos en las decisiones referentes a la salud pública, se encuentran igualmente desfasados como mínimo dos años, lo que puede afectar el actuar oportuno en la solución de la problemática nacional en salud pública y el logro de los objetivos propuestos.

Este desfase en la información conduce a que en debates públicos, por ejemplo en el Senado de la República, se planteen cifras y el ICBF responda con otras totalmente diferentes. A título de ejemplo:

"La presidenta de la Comisión, la senadora Sofía Gaviria Correa, se refirió sobre la difícil situación de la niñez, a la luz de los derechos humanos, de acuerdo con las cifras que entregó la Senadora, en 2015 van 808 niños muertos por inanición y causas relacionadas a desnutrición. Sin embargo, el ICBF mostró extrañeza por esa cifra y aclaró que los registros oficiales del Instituto Nacional de Salud contabilizar (sic) 234 niños muertos por esta causa. ,,28

No obstante los esfuerzos e inversión del MSPS en el desarrollo del aplicativo SISPRO, no cuenta con una base de datos oportuna y actualizada, la cual presenta un retraso en los datos de al menos un año. Lo que limita la claridad del debate público sobre el particular.

Con los oficios AG8-91 radicado 201615000857541 del 10/05/16 Y AG8-111 radicado 201621000108863 del 11/05/16, el MSPS remite respuesta a las observaciones comunicadas con el radicado AG8-88 del 29/04/16.

Respecto de la observación, manifiesta la entidad que "si bien el 2015 se propuso como el horizonte deseable para el cumplimiento de los ODM, múltiples indicadores aún no han sido consolidados para ese año, por cuanto dependen de registros producidos por entes externos, como es el caso de las Estadísticas Vitales DANE, que presentan alrededor de 18 meses de rezago técnico, por lo cual aún no puede concluirse incumplimientos. Asi, solo podrá evaluarse el cumplimiento de los indicadores referidos a 2015 a partir de la información oficial a mediados de 2017 (este aspecto diverge con el informe de la auditoría que señala que "solamente hasta mediados del año 2018 se podrá verificar exactamente el cumplimiento de los indicadores al cierre de la vigencia 2015." (resaltado fuera del texto)

Tal como lo señala en la respuesta el propio MSPS, efectivamente se presenta un desfase de la información reportada en los diferentes aplicativos de control y monitoreo respecto de la salud pública de cerca de dos años (ver subrayado). Para el ente de control, lo expuesto por el MSPS confirma lo observado y en el entendido que la auditoría a la vigencia 2017 la realiza la CGR en la vigencia 2018 no hay ningún error en el tiempo señalado.

28 El Espectador 10 de diciembre de 2015, ¿A quién le asiste la razón? www.elespectador.com/ . ./2015-van-808-ninos­muertos-

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Hallazgo causado por falta de consolidación de los indicadores, que puede ocasionar que se presenten demoras en la toma de decisiones respecto de los objetivos propuestos.

Hallazgo No. 6. Objetivo 4. Reducir la mortalidad de los niños menores de cinco años (A)

El siguiente cuadro muestra los indicadores relacionados con el Objetivo No. 4; se presentan las metas universales y nacionales, indicadores, línea base, situación actual y meta programada a 2015.

Tabla No. 24 OBJETIVO DE DESARROLLO DEL MILENIO N" 4

REDUCIR LA MORTALIDAD INFANTIL SEGUIMIENTO

META META SITUACION METAA N" OBJETIVOS INDICADORES LINEA BASE REPORTADA

UNIVERSAL NACIONAL (4) 2015

Tasa mortalidad en 48,07 (3) 14,12 menores de 5 años

17,73 (por 1.000 nacidos 1990(1) 2013 (1) vivos)

Reducir en 38,38 (3) 17,25 dos terceras Reducir en Tasa de mortalidad en

17,46 Reducir la partes entre dos terceras menores de 1 año (por

mortalidad 1990(1) 2013 (1) (2) 4 de los niños

1990 y 2015 partes la 1.000 nacidos vivos)

de la mortalidad mortalidad

87% 90% menores de los niños infantil en la Cobertura de 5 años menores de niñez vacunación con DPT 1990 (2) 2014 (2) 95% 5 años en menores de 1 año

Cobertura de 82% 91% vacunación con triple

95% viral en niños y niñas 1990 (2) 2014 (2) de 1 año

Elaboró: CGR con base en información suministrada por el MSPS Fuente: Conpes 140 de 2011 (1) DANE - EEW Ajustadas por métodos demográficos y estadísticos. (2) MSPS - Programa Ampliado de Inmunizaciones- PAI (3) Informe de Seguimiento de lOS ODM - MSPS Septiembre 2015. (4) Corresponde a!o incluido en e! !nforme de Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo de! Milenio - MSPS - Septiembre de 2015. NOTA: e! año anotado corresponde a la viQencia de! cá!cu!o de! indicador reportado por el Min·lsterio.

De acuerdo con lo indicado en el Con pes 140 de 2011 la meta nacional "Reducir la mortalidad infantil yen la niñez", establece un indicador para la tasa de mortalidad en menores de 5 años (por 1.000 nacidos vivos) y para el indicador tasa de mortalidad en menores de 1 año (por 1.000 nacidos vivos).

Teniendo en cuenta las estadísticas vitales DANE - EEW año 2013, las metas para estos dos indicadores a nivel nacional se cumplieron, no obstante la realidad en las regiones más pobres y apartadas es otra; para el indicador "tasa de mortalidad en menores de 1 año (por 1.000 nacidos vivos)" se observa que para

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los 32 Departamentos y Bogotá D.C. solo se cumplió en 13 entidades territoriales incluida Bogotá D.C.

En menores de un año, esta tasa es más del doble del promedio nacional en Departamentos como Chocó 42,79, Amazonas 46,66, Vaupés 42,71, Guainía 37,46, Vichada 36,37, Guaviare 35,25. En los 14 Departamentos restantes, la meta supera el 17,46 propuesto, siendo los de más alto índice de incumplimiento; La Guajira 31 ,49, Casan are 26,02, Meta 24,94, Arauca 24,8.

Situación que obedece a que la implementación y aplicación de la política pública en salud, presenta deficiencias en materia de equidad en los entes territoriales y genera brechas de desigualdad entre las diferentes regiones del país en términos de salud integral.

Ahora bien, como es de conocimiento público, durante la vigencia 2015 y lo corrido de 2016 se ha visibilizado un aumento de la mortalidad en menores de 5 años en los Departamentos de La Guajira, Risaralda y Córdoba principalmente.

En La Guajira, a mayo del 2015 la cifra de niños muertos pertenecientes a la comunidad wayúu asciende a 11 según las autoridades locales; a esta cifra se suman 10 que fallecieron por desnutrición en Córdoba, según la Secretaría de Salud.

"El caso más crítico de la mortandad infantil en La Guajira, se está presentando en Ranchería, donde el número de víctimas por desnutrición en los últimos cinco años se acerca a los 5.000, de las comunidades Wayuus, donde la muerte de los niños es por física hambre, estas muertes se volvieron un fenómeno tan común en las comunidades que ya los padres no las reportan". 29

En La Guajira, las comunidades viven dispersas y no existen buenos medios de comunicación para acceder a ellas, no existe un censo confiable sobre la población infantil vulnerable en los diferentes municipios y organizaciones indígenas, que permitan determinar el grado de morbilidad con el fin de que se adopten de manera oportuna los correctivos necesarios para prestar la atención requerida, aprovechando las estadísticas del SISPRO.

"La tasa de mortalidad asociada a la desnutrición aguda en el departamento de La Guajira aumentó un 50 % entre 2011 y 2015, al pasar de alrededor de 20 por cada 100.000 niños menores de cinco años a 30, indicó el ministro de Salud, Alejandro Gaviria." 30

29 Revista Semana del 26 de abril de 2016. 30 El Heraldo de Barranquilla 15 de febrero de 2016.

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En Risaralda - que superó el indicador con un 13,33% -, el aumento de la tasa de mortalidad infantil fue considerable; el 39% de los niños que murieron por desnutrición eran indígenas. A este porcentaje se sumarán los 15 niños que fallecieron por desnutrición en el resguardo Embera Chamí en el municipio de Pueblo Rico, Risaralda. La denuncia la hizo el defensor del Pueblo de la seccional de Risaralda, Fredy Plaza:

"Las autoridades nos alertaron por 15 niños fallecidos en lo corrido del año por desnutrición. Niños que muchas veces no son tenidos en cuenta en las estadísticas oficiales." 31

Si se suman los casos reportados desde las regiones, durante el 2015 la cifra de infantes muertos por desnutrición llegó a 197 casos según Boletín No. 39 de 2015 (sep.- 27 a oct-3, pág. 51) delINS.

En lo relacionado con los indicadores de Cobertura de vacunación con DPT en menores de un año y Cobertura de vacunación con Triple Viral en niñas y niños menores de 1 año, a 2014, de acuerdo con la información del Programa Ampliado de Inmunizaciones - PAI, se evidencia que las metas a nivel nacional no han sido alcanzadas, encontrándose por debajo del 95% propuesto.

Adicionalmente, el 90% de los Departamentos del país no han cumplido la meta, en cuanto a vacunación de DPT y para Triple Viral, incumplen el 75% de los mismos. Cabe mencionar que incluso Bogotá D.C. no cumple con las metas, toda vez que logra unas coberturas en DPT del 89,9% yen Triple Viral del 89,5%.

En la respuesta el MSPS aclara que la tasa de mortalidad niñez (menores de cinco años), fue 19.25 para el 2013 (EEVV -DANE) y señala que con relación a los ajustes en la línea base, el DANE, en el marco del aseguramiento de calidad de la información demográfica, ha implementado una serie de protocolos, que facilitan el seguimiento y evaluación de los principales indicadores de los componentes demográficos. Bajo esos criterios técnicos se encontró que la mortalidad infantil del año base de la proyección 2005 estaba sobreestimada.

Adicionalmente, manifiesta la entidad en su respuesta "que los cambios en la líneas de base obedecen a los ajustes posteriores que se reciben del OANE en cuanto a las estadísticas oficiales."

"Por otra parte. en la misma vía de lo señalado por la CGR, los indicadores de mortalidad infantil y en la niñez se vienen cumpliendo al observar el promedio nacional. No obstante, por las diferencias que se vienen encontrando en los resultados en salud a lo largo de las distintas regiones del país, el Gobierno Nacional en su actual PNO 2014-2018 tiene como

31 El Colombiano de Risaralda mayo 27 de 2015.

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uno de sus ejes la equidad y particularmente, lo correspondiente a salud, tienen como uno de sus propósitos reducir las brechas en el acceso y en los resultados en salud ... "

"Este Ministerio reconoce la importancia de fortalecer las acciones de gestión que afecte positivamente los determinantes estructurales e intermedios de la mortalidad infantil y de la niñez ... "

Fuera de las diversas acciones que ha tomado el Ministerio para mejorar las condiciones en la población infantil en materia de políticas públicas dirigidas a atender la situación de salud y nutrición en el Departamento de La Guajira, se observa que en los otros departamentos señalados, no documenta ninguna acción emprendida.

Lo anterior, obedece a factores de índole social, económica, cultural y de orden público que inciden en la aplicación de las políticas públicas en salud integral en el territorio nacional, generando brechas de desigualdad entre las diferentes regiones del país.

Hallazgo No. 7. Objetivo No. 5 Mejorar la Salud Materna (A)

El siguiente cuadro muestra los indicadores relacionados con el Objetivo No. 5; se presenta la meta universal, nacional, indicadores, línea base, situación actual y meta programada a 2015.

5A

5B

Mejorar la

Salud Materna

Mejorar La

Salud Materna

Reducir entre 1990 y2015, la

tasa de

mortalidad

materna en tres cuartas

partes

Lograr para

el año 2015 el accaso

universal a la salud

raproductiv

a

Tabla No. 25 OBJETIVO DE DESARROLLO DEL MILENIO N" 5

MEJORAR LA SALUD MATERNA

SEGUIMIENTO

INDICADORES

Razan de mortalidad materna (por 100.000 nacidos vivos).

RedUCir a Porcentaje nacidos vivos con 4 o

LINEA BASE

'"0 1998 (1)

66%

SITUACION META A

REPORTADA 3

2016

55,25°.,6 45

2013(1 )

86,490/", 900/.,

1990(2) 2013(1 )

76,30% 98.64°"';:' 95%

la rnitad la ~~~á~s:c~o~n;,~,o~,.=s~p~,.~n;a~,_a_,a_s~;;~~ti~~~jt~~~~~=I~~:--¡ tasa de Pon::entaje de atención

mortalidad institucional del parto. 1990(2) 2013(1) materna ~~~~~~~~C="-__ c-__ ~~20~~~ __ ~~~~~~ ______ ~ Porcentaje de atenCión institucional del parto por

personal Calificado

reValencla o.e uso ae metodos

modernos de anticoncepción entra la población adolescente

(da 15 a 19 años sexual m ente

80,60%

1990(2)

38,30%

9a,71% 95°.,6

2013(1 )

63,10'% 65%

, 995(1) 2010(1 ) Au menta r ~a",c"';"'~""+-'-~ __ =~~""""C-~=-,-~I-'."."'3C1.+---'é".'-"'-'1 __ + ______ --I

la PrevaLencia de uso de métodos promoción modernos de anticoncepclón en

de La salud La población sexualmente activa.

raSp~~:IC~iV Porc:-ntaje de mUjeres da 15 a 19 anos qua han sido madres o a estan en embara=.

Tasa ajustada por edad de mortalidad asociada a cancer da cuello uterino ( or 100.000

59%

1995(1 )

12,80,%

'990(1)

" .40

1995(2)

73,30% 750/.,

2010(1'

19,50,% <150/.,

2010(1)

6.43 6,BO

2013(2) Elaboró CGR cOn base .. n información SUministrada por 01 MSPS Fuente: Conp .. s 140 de 2011 (1) PROFAMILIA. Encuesta NaCional d .. o..rraografl'" y Salud - ENDS, Encu .... t'" Quinqu .. n .. 1 (segulml .. nto con esu •. dlstlc"'s vitales). (2) Estadísticas Vitales del DANE (EEVV - DANE. calcUlos Grupo de Vigilancia EpidemiOlógica d .. Cáncer. Instituto Nacional d .. cancerología (3) Corresponde a lo incluido en el Informa de Seguimiento de los Objetivos de Desarrollo del MileniO _ MSPS _ Septie..-rbre da 2015

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Con relación a la meta nacional de "Reducir a la mitad la tasa de mortalidad materna" en lo que respecta al indicador "Razón de mortalidad materna (por 100.000 nacidos vivos)" cuya meta a 2015 era del 45, no se ha cumplido teniendo en cuenta que está 10,25 por encima de lo esperado; situación similar se presenta con el indicador "Porcentaje nacidos vivos con 4 o más controles prenatales", que tampoco ha logrado el cumplimiento del 90%.

En lo referente a la meta nacional de Aumentar la promoción de la salud sexual y reproductiva, los indicadores Prevalencia de uso de métodos modernos de anticoncepción entre la población adolescente (de 15 a 19 años sexualmente activa), Prevalencia de uso de métodos modernos de anticoncepción en la población sexualmente activa y Porcentaje de mujeres de 15 a 19 años que han sido madres o están en embarazo; no se han cumplido entre los años 2012 y 2014, en razón a que la Encuesta Nacional de Demografía y Salud 2015 como fuente de información, se encuentra en fase de recolección.

En la respuesta el MSPS aduce: "Como se ha venido mencionando en los informes de los ODM emitidos por este Ministerio, con corte a 2013, la razón de mortalidad materna es de 55.25 casos por 100.000 nv. Se observa que en los últimos tres años reducción promedio anual fue de 9.63 puntos de la tasa, definiendo una verdadera aceleración en la reducción. En este periodo y con estos pronósticos se estima que con corte al año 2015 se cumpla la meta de 45x1 00. 000 nv".

En relación a "Aumentar la promoción de la salud sexual y reproductiva", el MSPS dice que "como fuente de información se eligió a la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDS) estudio descriptivo y representativo de la población colombiana que se realiza cada cinco años ...... en la encuesta 20.15 se incluyeron cuestionarios a hombres lo que dificultó la recolección de la información... problemas de seguridad con los encuestadores, situaciones que obligaron a realizar una prórroga para la entrega del estudio ... "

Para el ente de control las explicaciones expresadas por el MSPS, muestran las tendencias en el comportamiento en cuanto a la reducción anual de mortalidad materna, sin embargo, las cifras reportadas y la realidad nacional determinan las falencias en el cumplimiento de metas, al igual que los rezagos en los sistemas de información.

Lo anterior, evidencia debilidades en la programación y ejecución de los ODM, falencias en la aplicación de estrategias de acompañamiento y asistencia técnica del MSPS y demás entes intersectoriales involucrados en el proceso, lo cual pOdría generar incremento de jóvenes gestantes y un posible aumento de mortalidad materna.

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Hallazgo No. 8. Objetivo 6 Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades (A)

La Tabla No 26 muestra los indicadores relacionados con el objetivo No. 6, presenta la meta universal, nacional, indicadores, línea base, situación actual y meta programada a 2015.

Tabla No. 26 OBJETIVO DE DESARROLLO DEL MILENIO N" 6

COMBATIR EL VIH/SIDA, EL PALUDISMO Y OTRAS ENFERMEDADES SEGUIMIENTO

SITUACION

N" OBJETIVOS META

META NACIONAL INDICADORES LINEA BASE REPORTADA UNIVERSAL

(6)

Combatir el Haber detenido y Mantener por Prevalencia de VlH/SIDA en 0,70% 0,41% debajo de los población de 15 a 49 años de

VIH/SIDA el comenzado a limites definidos edad. 2004(1) 2014(1)

6A paludismo reducir para el

internacionalmen Tasa de mortalidad asociada al 5,40% 5,06% Y otras año 2015 la

VlH/SIDA 2013(2) enfermeda propagación del

te la prevalencia 2005·2010(1 )

des VlH/SIDA concentrada de Porcentaje de transmisión 5,80% 4,00%

VlH/SIDA materno infantil del VlH 2008(3) 2012(3) Il-ugrar _ ~a a e

Combatir el año 2010 el VlH/SIDA el acceso universal Aumentar la 52,30% 95,53%(4)

6B paludismo al tratamiento cobertura de Cobertura de tratamiento y otras del VlH/SIDA de terapia antirretroviral enfermeda todas las antirretroviral

2003(1) 2014 des personas que lo

I nececes ¡tan M8Der uelenlUo y

227 casos 14 casos Combatir el

comenzado a Mortalidad por malaria

VIH/SIDA el reducir para el 1998(2) 2013

paludismo año 2015 la Reducir los 234 casos 217 casos

6e y otras

incidencia de cas os de m alaría Mortalidad por dengue

paludismo y ydengue 1998(2) 2013 enfermeda des

otras 0,40% 0,18% enfermedades Letalidad por dengue

Iqraves. 1998(5) 2013(5) ¡:¡auoro: ,-,un con ase en In orrraClun sumnls raua por e ro

Fuente: Conpes t40 de 201 t {1)MSPS, Observatorio Nacional de Gestión en VIH (2) DANE (EEVV. Datos de recolección sin ajustar (3) MSPS, Estrategias para la elininación de la transmsión rraterno infantil del VIH y de la Sifilis Congenita. (4) Cuenta de atto costo. boletin de agosto de 20t5 (5) El indicador sufre un carmio por el carmío de metología acorde a lo sugerido por la OMS y la OPS (20t4) 6) CorresPonde a lo incluído en ellnforrr"S de Sequiniento de los Ob·etivos de Desarrollo del Milenio MSPS - Seotiermre de 2015.

META A

2015

<1%

4,32%

<2%

88,50%

34 casoa

47 casoa

<2%

Respecto de las metas nacionales "Mantener por debajo de los limites definidos internacionalmente la prevalencia concentrada de VIHISIDA", las "Tasa de mortalidad asociada al VIHISIDA y Porcentaje de transmisión materno infantil del VIH", no se han cumplido, teniendo en cuenta que se encuentran por encima de la meta propuesta en 0.74% y 100% respectivamente.

En cuanto a la meta nacional "Reducir los casos de malaria y dengue", el indicador "mortalidad por dengue" con cifras reportadas a 2013 de 217, incumple la meta propuesta respecto a que se presenten únicamente 47 casos a 2015,

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Con la respuesta el MSPS, explica la metodología utilizada por el DNP, en la cual se calcula el metadato del indicador de la Transición Materno Infantil - TMI- del VIH a nivel Nacional, para ello cada año reportan la cohorte con una diferencia de dos años atrás, por lo que la medición del año 2015 se efectúa en el 2017.

Para apalancar el logro del indicador, el MSPS adelanta diversas acciones tales como actualización de guías de práctica clínica, emisión de resoluciones y estudios de la prueba rápida de diagnóstico dual para VIH y sífilis en las clínicas de cuidado prenatal.

Agrega el MSPS que las cifras y estadísticas que presenta con relación al dengue y la malaria, efectivamente demuestra una sustancial tendencia a disminuir, pero con todo y los esfuerzos acometidos, los resultados se mantienen por encima de la meta propuesta para los ODM.

Para la CGR las acciones, acometidas por parte de los actores responsables en materia de salud pública no han logrado alcanzar las metas propuestas para cumplir con algunos de los propósitos suscritos por los jefes de estado en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas.

Todo lo señalado anteriormente, obedece al desfase de la información reportada en los diferentes aplicativos del SGSSS e inequidad de aplicación de la política pública en salud en todo el territorio nacional. Lo cual afecta el actuar oportuno en la solución de las diversas problemáticas nacionales en salud pública y el logro de las metas propuestas.

3.2.2. Proyectos de inversión pública

Hallazgo No. 9. Consistencia de Información (A)

El artículo 24 Decreto 2844 de 2010, señala:

"La actualización de los proyectos de inversión tiene como propósito garantizar la consistencia entre la estructuración de los proyectos de inversión que han sido registrados en el Banco Nacional de Programas y Proyectos y las apropiaciones contenidas en la Ley Anual del Presupuesto o en las autorizaciones para comprometer presupuesto de vigencias futuras, aprobadas ... La actualización procederá durante el ciclo del proyecto de inversión cuando se determinen cambios en las condiciones iniciales del proyecto que impliquen ajustes al mismo ......

Los treinta y un (31) proyectos de inversión establecidos por el MSPS para la vigencia 2015 por $4.107.750.0 millones, se encuentran enmarcados en los pilares, objetivos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, ya la

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fecha de la auditoría no han culminado los ajustes correspondientes al nuevo PND denominado "Todos por un nuevo país 2014 - 2018."

Las actividades, acciones, metas e indicadores de los proyectos de inversión, están siendo replanteados para adecuarse a las nuevas circunstancias y objetivos del plan de gobierno, a lo cual el MSPS manifiesta en su respuesta que los programas asociados al PND, a ser tenidos en cuenta en los proyectos de inversión, son responsabilidad del DNP y que se encuentran en definición, teniendo previsto que solo hasta el 2017, estarán asociados a la nueva codificación de programas.

Para el ente de control lo manifestado por el MSPS ratifica lo observado y confirma lo expresado por la CGR con relación al tiempo en el cual estarían ajustados al nuevo plan de gobierno.

Lo anterior, es causado por la demora en la actualización de los proyectos de inversión e incide en la consistencia de la información consultada por los funcionarios públicos y ciudadanía en general frente a la oportunidad y publicidad, y la coherencia entre el PND vigente, Plan Estratégico, Plan de Acción y Planes, Programas y Proyectos de la entidad.

3.2.2.1. Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia Plan Nacional

El MSPS, a través de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional, con el código BPIN 2014011000384, el proyecto de inversión "Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia contratos Plan Nacional".

La Ley 1753 de 2015 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2014-2018". en el artículo 198, establece que "El Contrato Plan es un acuerdo marco de voluntades de carácter estratégico entre la Nación y las entidades territoriales plasmado en un documento que contiene los arreglos programáticos y de desempeño definidos entre estas para la ejecución asociada de proyectos de desarrollo territorial que contemplen la concurrencia de esfuerzos nacional y territorial" y que como consecuencia del mismo "( . .) se suscribirán contratos específicos en los cuales se señalará el objeto, las metas, los plazos, el responsable de la ejecución y se comprometerán los recursos de fuente nacional y territorial que se destinen para su ejecución (. . .) ".

Igualmente, de conformidad con lo señalado en dicha ley, así como con lo previsto en la Ley 1454 de 2011, la actuación estatal debe guardar coherencia y correspondencia entre el proceso de planificación nacional y territorial de la gestión pública, desde la concepción de la herramienta denominada "Contratos Plan" cuyo objeto es la planificación, ejecución y financiación mancomunada de políticas, programas y proyectos para el desarrollo integral del territorio, con visión de largo plazo.

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De otra parte, el Decreto 819 de 2012 dicta disposiciones en relación con la elaboración e implementación de los Contratos Plan, señalando en el numeral 2 del artículo 7, que en el marco de los Convenios Plan se podrá acceder a los siguientes incentivos y ventajas "( ... ) 2. Cofinanciación a través de otros niveles de gobierno de iniciativas enmarcadas dentro del Contrato Plan o sus herramientas de ejecución, de conformidad con las normas respectivas".

El Departamento Nacional de Planeación - DNP, el 10 de junio de 2015, expidió la Resolución 1632, por la cual efectúa una distribución en su Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal 2015, asignando al MSPS una partida por $1.030 millones y el 29 de septiembre de 2015, expidió la Resolución 3361, por la cual efectúa una distribución en su presupuesto de gastos de inversión para la vigencia fiscal 2015, asignándole una partida por $5.524 millones.

A su vez, el MSPS, en desarrollo de la estrategia Contratos Plan, específicamente el Contrato Plan "Atrato Gran Darién", para la prioridad del desarrollo social sostenible, recibió el proyecto de inversión "Remodelación del Área Administrativa de la ESE Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Valencia-Córdoba" por parte de la Secretaría de Desarrollo de la Salud de Córdoba, por $1.030 millones y el proyecto de inversión "Reposición de la infraestructura física del Hospital Lascario Barbosa Avendaño de Acandí, Chocó, Occidente" por parte de la Secretaría de Salud del Departamento del Chocó, por $5.524 millones.

El Director de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio, a partir del concepto técnico emitido por las Subdirecciones de Infraestructura en Salud y de Prestación de Servicios, emitió concepto favorable para la asignación de recursos de los proyectos antes mencionados basado en el Decreto 4973 de 2009 yen el artículo 43 de la Ley 715 de 2001 .

• Resolución 3574 de 2015

Mediante la resolución señalada, el MSPS asignó ESE Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Valencia-Córdoba, la suma de $1.030 millones.

El proyecto fue viabilizado por el MSPS el 21 de agosto de 2015, y tiene como objetivo final el mejoramiento en la integralidad, continuidad, oportunidad y resolutividad de la atención en salud, generando impacto en el mejoramiento de los servicios de salud de la comunidad beneficiaria y correspondencia con el papel planteado para la ESE en el Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de las redes de Empresas Sociales del Estado del Departamento de Córdoba; concluye el Ministerio que el proyecto para cofinanciar el proyecto "Remodelación del Área Administrativa de la Ese Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Valencia - Córdoba", es técnicamente viable por $1.160 millones teniendo en cuenta las siguientes fuentes de financiación: La Nación - MSPS $1.030 millones equivalente al 89% de los recursos, recursos propios del hospital por $130 millones equivalentes al 11 % del total del proyecto. Cabe aclarar que

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este tipo de proyectos no contempla necesariamente la modalidad de cofinanciación.

Mediante el Memorando No. 201523000245953 del 28 de septiembre de 2015, el Ministerio ordena el giro de los recursos asignados al proyecto "Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia contratos Plan Nacional', a la ESE Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Valencia -Córdoba por $1.030 millones, los cuales fueron girados el 15 de octubre de 2015 a la cuenta corriente del Banco de Occidente No. 890-053XX-X denominada proyecto "Mejoramiento de la infraestructura y la dotación hospitalaria en el marco de la estrategia contratos Plan Nacional'.

A su vez, los recursos de la ESE fueron apropiados según certificado de disponibilidad presupuestal No. 2015-07-0123 del 15 de julio de 2015; mediante oficios 201623000180441 y 201623000180561 del 11 de febrero de 2016, el MSPS solicita al Gerente del Hospital y al Secretario Departamental de la Secretaría para el Desarrollo de la Salud, respectivamente, el primer informe de actividades adelantadas por la ESE con los recursos asignados, teniendo en cuenta los numerales 4.1.4 y 4.1.5 del artículo 4 de la Resolución 3574 de 2015.

Así, mediante oficio radicado 201642300341732 del 25 de febrero de 2016, el MSPS recibe copia del informe de seguimiento. La ESE Hospital Sagrado Corazón de Jesús de Valencia - Córdoba, manifiesta que el 10 de febrero de 2016, suscribió el Contrato de obra 2016-12 para la Remodelación del área administrativa de la ESE, con la "Unión Temporal Remodelación Administrativa Hospital Valencia", por $1.104.8 millones, el cual será ejecutado dentro de los 180 días siguientes al inicio de obra.

Así mismo, el11 de febrero de 2016, la misma ESE suscribió el Contrato de 2013-13 por $55.2 millones para la Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera y Contable del Contrato de Obra para la "Remodelación del Área Administrativa de la ESE Hospital Sagrado Corazón de Jesús", el cual será ejecutado dentro de los 180 días siguientes al inicio de obra.

A la fecha los contratos se vienen ejecutando y podrán ser objeto de seguimiento en una próxima actuación de la CGR.

• Resolución 5038 del 25 de noviembre de 2015.

Con la resolución El MSPS asignó al Municipio de Acandí - Choco, la suma de $5.523.millones.

El proyecto fue viabilizado por el MSPS el 27 de agosto de 2015; teniendo en cuenta que dicho proyecto no incluye dotación hospitalaria, solicitan que el Departamento de Chocó o el Municipio de Acandí, gestionen los recursos para la dotación requerida para garantizar la óptima prestación de servicios, teniendo en

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cuenta las normas de habilitación en lo correspondiente a la dotación hospitalaria, concluye el Ministerio que el proyecto para la reposición de la infraestructura física del Hospital es técnicamente viable.

Con base en las observaciones de la viabilidad y las condiciones de la Resolución, mediante el Memorando No. 201523000323053 el Ministerio ordenó el giro de los recursos, el cual fue hecho electrónicamente el 19 de enero de 2016, a la cuenta maestra "Otros Gastos en Salud - Inversiones _" del Departamento de Choco, incorporados al Presupuesto de la Gobernación como recursos de Capital del Fondo Local de Salud de la Secretaría de Salud del Departamento, mediante el Decreto 0124 del 5 de abril de 2016.

El 28 de abril de 2016, el MSPS, efectuó asistencia técnica en las instalaciones de la Secretaria de Salud del Departamento, con la participación de las Secretarias de Salud y de Infraestructura de la Gobernación, con miras a efectuar tanto asistencia técnica como seguimiento a la ejecución de los recursos; se les aclaró el cumplimiento de los compromisos establecidos en la Resolución 5038 de 2015 -especialmente los informes trimestrales -, se les requiere el primer informe para el 5 de mayo de 2016. Manifestaron que los pliegos de la Licitación para la construcción del hospital, fueron publicados en la página web del SECOP, se requirió la constitución con una fiduciaria pública, del encargo fiduciario para la administración y pagos de los contratos de las obra y de interventoría.

Como, lo establece el artículo 5 de la Resolución 5038 de 2015, para garantizar un uso efectivo y transparente de los recursos asignados el Departamento del Choco deberá constituir con una entidad fiduciaria pública del orden nacional un contrato de encargo fiduciario de administración y pagos; este aún no se ha constituído, motivo por el cual a la fecha, los recursos asignados aún no han sido ejecutados y el Departamento está dentro de los términos establecidos por el MSPS en el numeral 6.2.9 de la Resolución 5038 de 2015, para la suscripción de los contratos de fiducia, obra e interventoría.

3.2.2.2. Fortalecimiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud en Infraestructura y dotación hospitalaria nacional

El Decreto 3286 de 2004 en el artículo 1 señala:

"Créase el Sistema de Información de Seguimiento a los Proyectos de Inversión Pública como un conjunto integrado de procesos automatizados que permita evaluar la gestión y realizar el seguimiento de los proyectos de inversión pública". y con base en la información del Sistema de Seguimiento a los Proyectos de Inversión -SPI -, el cual mide las variables físicas, financieras y de gestión de los proyectos, se observa que la misma refleja deficiencias en la información registrada, en el logro de los objetivos y en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos del MSPS tal como se describe a continuación:

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Hallazgo No. 10. Unificación de Criterios en términos para ejecución de proyectos de inversión (A)

La NTCGP 1000 de 2009 - NORMA TÉCNICA DE CALIDAD EN LA GESTiÓN PÚBLICA establece los requisitos para la implementación de un Sistema de Gestión de la Calidad aplicable a la rama ejecutiva del poder público y otras entidades prestadoras de servicios. Esta norma está dirigida a todas las entidades, y se ha elaborado con el propósito de que éstas puedan mejorar su desempeño y su capacidad de proporcionar productos y/o servicios que respondan a las necesidades y expectativas de sus clientes.

El MSPS asignó recursos para fortalecer la capacidad instalada en infraestructura y dotación biomédica a las entidades territoriales por $176.600 millones, distribuidos a nivel regional de acuerdo con los proyectos de cofinanciación presentados por los entes territoriales.

No obstante, del análisis efectuado por la CGR y la verificación de la ejecución de los recursos asignados y girados por el Ministerio en virtud de los proyectos de cofinanciación, se observa, que no cuenta con un procedimiento unificado que estandarice los términos para la aplicación de los recursos asignados a los ET, debido a que a unas en la resolución de asignación de recursos le establecen términos y a otras no para la ejecución de los mismos.

El MSPS en su respuesta manifiesta que es "procedente que el MSPS a través de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales, coordine con las diferentes áreas la posible unificación y estandarización de los términos necesarios para la ejecución de los recursos asignados a las entidades territoriales por parte de esta institución".

Esta situación se origina porque no existe unificación de criterios en los términos para la ejecución de los recursos, lo que origina en algunos casos, que tengan que devolverse al Tesoro Nacional y no cumplan con el fin previsto en beneficio de la población objeto.

Hallazgo No. 11. Términos Ejecución Recursos (A)

El Ministerio, mediante la Resolución 829 de 2015, definió las condiciones técnicas para la destinación de los recursos, así como los criterios generales de elegibilidad y selección de los proyectos presentados por las entidades departamentales y distritales dentro del marco del proyecto "Fortalecimiento de la Capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional".

En cumplimiento de dichos criterios y de lo establecido en el anexo técnico de la citada Resolución, el MSPS una vez surtido el proceso, viabilizó los proyectos de inversión y emitió la Resolución 2078 de junio de 2015 a través de la cual realizó la asignación de los recursos a diez (10) Empresas Sociales del Estado por un

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valor de $49.321,3 millones, los cuales fueron girados en su totalidad en el 2015. Con la Resolución 5422 de diciembre de 2015, se asignaron recursos por $50.077,4 millones a otras doce (12) Empresas Sociales del Estado del orden territorial. Los giros se efectuaron en enero de 2016.

El artículo 30 de la Resolución 5422 de 2015 a través de la cual se asignaron recursos a proyectos de cofinanciación, establece los requisitos de ejecución de los recursos:

"Las entidades beneficiarias de los recursos de que trata la presente resolución, deberán realizar la contratación requerida para la ejecución del proyecto objeto de asignación de los recursos, dando aplicación a los trámites contractuales correspondientes, de acuerdo con la normatividad legal vigente y aplicable a cada una de el/as".

El Parágrafo 1 señala que:

"Las entidades beneficiarias que, dentro de los seis (6) meses siguientes al giro de los recursos asignados, no hayan iniciado los procesos de contratación, deberán proceder a la devolución de los valores asignados a la cuenta del tesoro nacional que para el efecto informe este Ministerio. Igualmente actuarán, en caso de que no ejecuten la totalidad de los recursos asignados por la Nación, devolviendo tanto el saldo de capital como sus rendimientos financieros". (subrayado fuera de texto)

Mediante verificación in situ sobre la ejecución de los recursos asignados y girados para infraestructura por el Ministerio, en lo que respecta a la ESE Metro Salud en Medellín, cuyo monto asignado fue de $10.794,0 millones destinados a la construcción del Centro de Salud en el barrio Buena Vista de la Comuna 9 de Medellín, se observó que los reCursos fueron girados el 19/01/16 de tal forma que el término vence el 18/07/2016; a la fecha de la visita no ha iniciado el proceso de contratación. El cronograma de obra presentado en el proyecto aprobado, indicaba que ésta debía iniciar en octubre de 2016, dada la magnitud de la misma y las etapas que debía surtir para articular el proyecto integralmente con los proyectos del municipio; sin embargo el Ministerio no tuvo en cuenta las fechas señaladas por la entidad territorial y envió los recursos 10 meses antes del período señalado para el inició de la 11 etapa de la obra; por obvias razones, la ESE manifestó mediante comunicación al Ministerio, la preocupación de no poder dar inicio a la contratación dentro de los seis (6) meses señalados en la Resolución 5422 de 2015.

Situación similar, se observó con los recursos asignados a la Gobernación de Cundinamarca por $15.984,0 millones, girados el 19/01/16 con vencimiento de contratación del proyecto el 19/07/16, para la terminación del proyecto del Hospital de tercer y cuarto nivel de complejidad del municipio de Zipaquirá, por cuanto no se ha iniciado el proceso de contratación, teniendo en cuenta que debe surtir los procesos Iicitatorios.

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Para los dos casos señalados existe el riesgo que las entidades territoriales no alcancen a efectuar la contratación de los proyectos de obra, dentro del término de seis (6) meses establecidos por el Ministerio y en consecuencia, deban proceder a devolver los recursos.

Por una parte, porque el proyecto de inversión fue presentado con mucho tiempo de antelación al cumplimiento del cronograma de las obras que se están ejecutando (caso Metrosalud); por otra, la coyuntura de cambio de gobiernos locales implicó trámites administrativos particulares. Lo cual podría generar un impacto negativo en la entidad prestadora de servicios y a sus beneficiarios (población vulnerable), si se tiene en cuenta la magnitud y envergadura de estos proyectos, así como, la cobertura que implica paran las diversas zonas de influencia en el cual se encuentran enmarcados.

Hallazgo No. 12. Actualización y Seguimiento al Sistema de Seguimiento a los Proyectos de Inversión - SPI (A)

El Decreto 3286 de 2004 en el artículo 1 señala: "Créase el Sistema de Información de Seguimiento a los Proyectos de Inversión Pública como un conjunto integrado de procesos automatizados que permita evaluar la gestión y realizar el seguimiento de los proyectos de inversión pública".

Teniendo como fuente de información el Sistema de Seguimiento a los Proyectos de Inversión SPI el cual mide las variables físicas, financieras y de gestión de los proyectos, se reflejan deficiencias en la información registrada, en el logro de los objetivos y en el cumplimiento de los planes, programas y proyectos del MSPS, así:

El proyecto de Inversión "Fortalecimiento de la Capacidad instalada asociada a la prestacIón de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional'; por $100.000,0 millones cuyo objetivo consistió en "Fortalecer la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud en los componentes de infraestructura física, equipamiento biomédico, industrial, tecnológico y mobiliario de las empresas sociales del estado", de acuerdo con el Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión SPI, registra una ejecución financiera del 49,65% por cuanto comprometió recursos por $49.801,7 millones y constituyó obligaciones por $49.652,6 millones en lo referente al objetivo específico de "contribuir al mejoramiento de la infraestructura física en salud y la dotación de las Empresas Sociales del Estado para que respondan a la demanda de la población", cumpliendo la meta programada de asignar los recursos a diez (10) entidades departamentales y de brindar asistencia técnica para la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de cofinanciación. Sin embargo, dejó de ejecutar el 50,35% de los recursos, en el mismo objetivo al cual fueron asignados los recursos.

La información suministrada por la entidad ante requerimiento de la CGR, muestra una ejecución mayor que fue verificada por este ente de control en trabajo de campo.

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Lo anterior, originado por deficiencias en la actualización y seguimiento del SPI en los proyectos de inversión e incumplimiento del artículo 24 del Decreto 2844 de 2010 en concordancia con el artículo 28 del mismo Decreto el cual indica:

"Las entidades ejecutoras deberán reportar mensualmente al sistema que administra el Departamento Nacional de Planeación el avance logrado por el proyecto durante ese periodo. Las Oficinas de Planeación de las entidades ejecutoras, o quien haga sus veces, serán las responsables de verificar la oportunidad y calidad de la información registrada en el Sistema",

El MSPS emite respuesta mediante oficio 201615000996371 del 1/06/16 precisando que la última actualización se efectúo el 9 de febrero de 2016, el análisis se llevó a cabo sobre lo registrado y actualizado a 29 de enero de 2016. De tal forma que a esa fecha no estaba actualizada la información.

Esta situación no permite conocer oportunamente la realidad en el logro de los objetivos y cumplimientos de planes, programas y proyectos adoptados por la entidad en el periodo determinado, limita el accionar de los entes de control y la adecuada participación ciudadana.

3.2.2.3. Actualización, regulación, definición UPC, actualización POS y tarifas nacional

Mediante oficio AG8-27 del 24/02/16 numeral 5, se solicitó información referente al proyecto de inversión "Actualización, regulación, definición UPC, actualización POS y tarifas nacional", para desarrollar entre las vigencias 2013 y 2018, en función de los recursos destinados para cada uno de los objetivos específicos del proyecto, así como el cumplimiento de los productos, metas y actividades a los que fueron asignados recursos; de igual forma, los informes de evaluación y seguimiento efectuado a éstos, para la vigencia 2015.

Con la información suministrada se inicia el análisis de la coherencia que debe darse entre el PND 2014-2018 "Todos por un Nuevo País", el Plan Estratégico, Pan de Acción de la entidad y los proyectos de inversión vigencia 2015. Al respecto se destaca: que el objetivo general del proyecto es la "Actualización marco regulatorio para la definición de la UPC y actualización del Plan Obligatorio de Salud", con una apropiación presupuestal de $2.950 millones, y consta de cuatro objetivos específicos.

1- Determinación de los Gastos de Administración: cuyo producto es un "Documento con los criterios para establecer los Gastos de Administración", cuya actividad consiste en el "Análisis y desarrollo de estudios sobre gastos de administración, que permitan establecer una metodologla para determinar un gasto de administración por parte de las Empresas Promotoras de Salud", con una inversión de 203.3 millones. En la actualidad el MSPS cuenta con un proyecto de borrador en el que se determinan los gastos por administración de las EPS.

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2. Actividades técnicas para la definición de la unidad de pago por capitación, para ello desarrolla dos actividades:

2.1. Recepcionar, validar y analizar la información solicitada a las EPS para el cálculo de la UPC, para llevar a cabo esta actividad el MSPS invirtió $1.405.7 millones. 2.2. Administrar el proceso de recolección, validar y retroalimentar la información presentada por las EPS para el monitoreo de tecnologías en salud; en esta actividad se invirtieron $100 millones.

Como producto y en desarrollo de estas dos actividades, el MSPS promulgó la Resolución No. 5593 de 24 de diciembre de 2015, con la cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la Cobertura del Plan Obligatorio de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para la vigencia 2016.

3. Actualizar el manual tarifario, cuyo producto es la determinación de un documento en el cual se determine el comportamiento de las tarifas. Este objetivo aún no ha sido abordado por el Ministerio, se tiene previsto para las últimas vigencias de ejecución del Proyecto.

4. Administrar el proceso de recolección, validar y retroalimentar la información presentada por las EPS para el monitoreo de tecnologías en salud a monitorear.

El MSPS, determinó cinco (5) actividades para dar cumplimiento a saber:

4.1. Analizar los criterios para el establecimiento, definición de priorización de tecnologías en salud, en la cual invirtió $260 millones. En cumplimiento de la meta, mediante la Resolución No. 5592 de fecha 24 de diciembre de 2015, se actualiza integralmente el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación - UPC- del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS. 4.2. Revisar y analizar las tecnologías en salud para la actualización del POS, con una inversión de $200 millones; el MSPS, mediante la Resolución No. 4678 de 11 de noviembre de 2015, adoptó la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS-4.3- Actualizar y Mantener la herramienta POS Populi Mi Plan, en la cual se invierten $60 millones, con los cuales se actualizó la Herramienta Pos Populi, la cual se encuentra publicada en la página web del Ministerio, asl mismo se encuentra dispuesta la herramienta para aplicativos móvil referentes a medicamentos. 4.4- Realizar el proceso de participación ciudadana para la validación del ejercicio de la Actualización del POS y la Definición de la UPC/Mi Plan, en el cual se ejecutaron $347.2 millones de los $639.1 millones previstos.

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4.5- Apoyo en el desarrollo técnico para la ampliación y exclusión progresiva del Plan de Beneficios y la definición de la UPC, dando continuidad a las mesas de trabajo con los actores del SGSSS, en este se invirtieron $70 millones.

Para las últimas dos actividades, se desarrolló el proceso de participación ciudadana a través de diálogos alrededor del procedimiento técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente en el marco de la Ley Estatutaria 1751/2015, en las ciudades de Pasto, Barranquilla, Valledupar, Pereira, Bucaramanga, Cali y Medellín en los cuales se obtuvieron los primeros insumas para la construcción del procedimiento Técnico Científico.

Del proceso de verificación se determina que el MSPS, ejecutó $2.646,2 millones que representan el 89.7%, de la asignación para la vigencia 2015 por $2.950 millones; sin embargo, obtuvo un avance de gestión del 100% Y cumplió con el 100% de las metas previstas en ejecución del Proyecto BPIN 2013011000330.

3.2.2.4. Promoción y Prevención

Hallazgo No. 13. Productos, Metas y Actividades en Promoción y Prevención (A)

El proyecto "Implementación de las estrategias de promoción salud y prevención de la enfermedad nacionaf' por $19.960,0 millones, en lo que respecta a lo programado para la vigencia 2015 en términos de productos, metas y actividades, fue cumplido parcialmente, debido a que solo desarrolló el 33% de las metas físicas con un bajo avance en la gestión, no obstante ejecutó el 90% de los recursos, incumpliendo el objetivo específico de "Dirigir, desarrollar, implementar y evaluar estrategias de promoción de salud y prevención de la enfermedad y promover el mejoramiento de las condiciones de bienestar general para la población del país", en los siguientes productos:

1) Estrategias anticipatorias frente a los desgos individuales y colectivos en salud identificadas e implementadas nutricionales.

2) Estrategias mitigadoras frente a los riesgos individuales colectivos en salud implementadas

3) Estrategias de gestión y de mecanismos para forlalecer la capacidad de gestión. 4) Estrategias de entornos saludables implementadas a nivel nacional, entre otras.

Igualmente, en las visitas efectuadas por este ente de control a varios municipios, se puso de presente la falta de presencia institucional por parte del MSPS en el nivel municipal. No obstante, estos conocen y aplican los lineamientos, las directrices y políticas públicas en salud, difundidos y socializados por el MSPS.

Mediante oficio 2016150001003321 del 2 de junio de 2016, da alcance al 201615000996371 del 1/06/16 Y el MSPS reconoce que se "omitió actualizar el

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campo correspondiente a metas, lo cual género una brecha entre el reporte cuantitativo de las metas Vs el reporte financiero emitido en Febrero de 2016. Con base en el hallazgo anterior, la Dirección se encuentra en el ajuste al provecto de inversión con el fin de realizar la actualización del rezago de información presentado en las metas ... " (subrayado fuera de texto)

Adicionalmente, el Ministerio señala la aplicabilidad de la normatividad establecida para dichas actividades, sin embargo las actividades se encaminan a nivel departamental, sin que se tenga en cuenta a los entes municipales,

La CGR, reconoce los avances que el MSPS ha venido adelantando diversas acciones en el plan de acción en materia de asistencia técnica a los entes Departamentales, sin embargo para el 2015, no se evidenciaron las acciones que involucren a los entes municipales, si bien la implementación de lineamientos directrices, normas guías, etc" son conocidas y aplicadas por ellos, manifiestan el requerir de una mayor presencia y acompañamiento del ente rector como lo es el MSPS.

La falta de actualización en los diferentes sistemas de información, incide el conocimiento exacto del proyecto y por tanto dificulta la implementación oportuna de estrategias de promoción en la salud y prevención de la enfermedad a la población,

3.2.2.5. Otros recursos provenientes de Gastos de Funcionamiento del Ministerio y del ECAT -FOSYGA-

Hallazgo No. 14. Control, monitoreo y seguimiento a los recursos Asignados para Atender Solicitudes de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres (A)

El Decreto 4107 de 2011, indica:

"Artículo 1. Objetivos. El Ministerio de Salud y Protección Social tendrá como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar v evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud ... " (subrayas fuera de texto)

Igualmente, el artículo 6 establece dentro de las funciones del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social:

" ... 2, Formular y hacer seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Salud y Protección Social y el numeral. ( .. .) 5. Dirigir, orientar y hacer seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio" .

El artículo segundo de la Resolución N° 005591 del 24/12/015 establece:

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"El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Subdirección de Infraestructura en Salud, la Subdirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres y la Secretaria Departamental o Distrital de Salud correspondiente, adelantaran el seguimiento para la adecuada utilización de los recursos",

La Resolución 4631 del 09/11/015 señala:

"El Ministerio de Salud y Protección Social, a través, la Subdirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres y la Secretaria Departamental o Distrital de Salud correspondiente, adelantaran el seguimiento para la adecuada utilización de los recursos".

y el artículo 4 de la Resolución N° 5387 del 16/12/015 determina que:

"La Secretaria Departamental del Departamento de Sucre y este Ministerio, a través de la Subdirección de Prestación de Servicios efectuaran el seguimiento al proyecto viabilizado técnicamente por la referida subdirección; la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres realizará lo pertinente respecto al proyecto viabilizado técnicamente por dicha oficina __ . ".

En atención a este marco normativo, no taxativo, el Ministerio presenta falencias en el control, monitoreo y seguimiento a los recursos asignados y girados para atender las solicitudes de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Oesastres, con destino a "mejorar la calidad de vida de la población pobre y sin capacidad de pago del país. A través del desarrollo y mejoramiento en la prestación de los servicios de salud para combatir la pobreza y desigualdad que permitan dar acceso preferente a la población más pobre y vulnerable a los servicíos sociales del estado", debido a la falta de criterios, lineamientos, procesos, procedimientos y/o guías que definan las condiciones técnicas y de elegibilidad y selección de los proyectos para la destinación y uso de dichos recursos. Lo cual pone en riesgo el normal desarrollo de los mismos, el cumplimiento de los fines para los cuales fueron asignados los recursos y genera incertidumbre al ente de control ante la posible pérdida o desvío de los recursos asignados para suplir las necesidades sentidas de la población vulnerable, atendida por las ESE de los Entes territoriales.

Lo anteriormente expuesto, tiene sustento en lo observado y verificado por el ente de control en el trabajo de campo realizado a algunas ESE Territoriales, que fueron objeto de asignación de recursos, tal como se describe a continuación:

./ E.S.E. Centro de Salud de Caimito - Su ere

1. Los recursos para la construcción de la E.S.E. Centro de Salud de Caimito -Sucre fueron asignados a través de la Resolución 005591 del 24/12/015 en la cual el MSPS le aporta la suma de $8.135.9 millones, lo cual fue notificado por el MSPS el 28 de diciembre de 2015 y el giro de la totalidad de los recursos se realizó el 5/02/016.

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2. Con base en esto, la ESE suscribió el contrato de Obra Pública N°27 del 18/02/016 con el Consorcio Caimito Saludable, cuyo objeto es la Construcción de la nueva sede de la ESE. Centro de Salud Caimito -Sucre, del primer nivel por valor de $7.901.9 millones con un anticipo del 50% correspondiente a $3.959.97 millones el cual se hizo efectivo el 23/03/2016.

3. El plazo del contrato fue de 10 meses a partir del perfeccionamiento y cumplidos los trámites exigidos para la ejecución del contrato, previa suscripción del acta de inicio, la cual se da el 10/03/016. Igualmente, se suscribió el contrato de Interventoría N° 31 del 02/03/016 con el Consorcio E.S.E Caimito 2016 por $233.6 millones con plazo de 10 meses y se nombró al supervisor del contrato por parte de la ESE.

4. El contrato es suspendido a partir del 14/04/2016 como consta en el acta de suspensión de obra N° 1 suscrita el 14/04/016 por el contratista Consorcio Caimito Saludable, el interventor del contrato del Consorcio ESE 2016 Y el Supervisor de la ESE - Caimito.

La suspensión obedece a "inconvenientes presentados en cuanto a las características topográficas e hidrográficas del lote en donde se desarrollaran (sic) las obras y basados en Comité de Obras W1 de fecha once (11) de abril de 2016, en el cual se realizó la visita al sitio y pudo constatar la situación planteada en dicho comité. Razón por la cual es necesario la suspensión hasta poder dar solución al problema y en espera a la respuesta ante la solicitud realizada al Ministerio de Protección Social y Salud .. . "

5. El informe preliminar del contratista antes de la firma del acta de inicio del contrato de obra pública N° 27 de 2016, señala que de la visita efectuada al lote se presentan las siguientes situaciones:

a. "El lote es atravesado completamente por una vertiente de aguas lluvias emitidas por el descole de un box cuolvert que se encuentra ubicado en la vía principal de acceso al sitio de la obra y no como se describe en los planos en los cuales fue dibujado a un lado y no como realmente lo presenta el terreno.

b. Que la parte topográfica de igual forma no concuerda con las especificaciones técnicas del terreno donde fue diseñada la edificación puesto que este presenta variaciones en sus curvas de nivel y no es totalmente llano como aparece en los planos.

c. Que si bien el sitio a construir cuenta con todos los servicios públicos domiciliarios exigidos, en lo que tiene que ver con las redes de alcantarillados se haría necesario un rediseño debido a que la diferenciación en la curva de nivel que presenta el terreno y vista la cota del nivel del punto donde se realizaría la instalación del mismo"

En dicho documento se concluye que se debe reubicar el terreno y realizar nuevamente: estudio de suelos efectuado por un laboratorío certificado, determinar variables de riesgo y determinaciones, certificación de servicios públicos

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domiciliarios por parle del mUniCIpIO, cerlificación de zona de no riesgo y cerlificación de uso del suelo.

Lo anterior, es causado por que el Ministerio antes de la asignación de los recursos no verifica en la entidad territorial lo soportado documentalmente para la viabilización del proyecto, tal como el terreno donde se va a desarrollar la obra, poniendo en riesgo el normal desarrollo de los proyectos y el cumplimiento de los fines para los cuales fueron asignados los recursos.

La CGR pudo constatar que la administración actual de la ESE Centro de Salud Caimito - Sucre, ya cuenta con un nuevo lote debidamente legalizado y el 21 de abril del año en curso, envió al MSPS la documentación respectiva para aprobación del cambio del lote en el cual se desarrollará la ejecución del contrato de obra; a la fecha de la visita mayo 18 de 2016 no había obtenido respuesta alguna.

En la respuesta con oficio 201615000996371 del 1/06/2016 y la radicada con N° 201617000123533 del 27 de mayo y recibida por el equipo auditor el 1/06/2016 por la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, describen la trazabilidad del proyecto desde el 19//07/2013 fecha en la cual la ESE. Centro de Salud Caimito, efectúa ante le MSPS la solicitud del concepto técnico para el proyecto arquitectónico y el propuesto para la construcción de la nueva sede primer nivel, con comunicaciones permanentes y viabilidad por parte del Ministerio en lo referente a ajustes de "pertinencia para garantizar la integralidad en la prestación de los servicios de salud a la población objeto ... aspectos de cumplimiento de normativa vigente y estudios de costos ... , pero en ningún momento incluye evaluación de los valores determinados en la infraestructura que detallan los anexos del mismo", y comunicaciones de la ESE con los ajustes respectivos.

Igualmente, manifiestan que parten del postulado de la buena fe en la documentación presentada por la ESE de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 83 de la Carta Política, documentación con la que se realizó el estudio técnico del proyecto. Precisa el Ministerio que "que dentro de los documentos presentados por la E. SE Centro de Salud de Caimito - Sucre, están los planos arquitectónicos del proyecto a desarrollar, los cuales no indicaban de manera alguna que el lote estuviese atravesado por una vertiente de aguas lluvias, como muy bien lo indica en el informe el equipo auditor de la Contraloría General de la República al indicar: "1. r.) y no como se describe en los planos en los cuales fue dibujado a un lado y no como realmente lo presenta el terreno". Los documentos tampoco señalan que la topografía del terreno tenga variaciones en sus curvas de nivel, sino que por el contrario, indican que el terreno es llano."

Adicionalmente, expresa tener conocimiento de la situación presentada y estar en espera de la documentación solicitada (soportes técnicos basados en la nueva propuesta) para el estudio y viabilidad si a ello da lugar.

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V' E.S.E. Centro de Salud de Sampués - Sucre

Mediante Resolución W 4631 del9 de noviembre de 2015, el MSPS asignó a la E.S.E. Centro de Salud de Sampués - Sucre, la suma de $350.0 millones, de acuerdo con la viabilidad dada a los dieciséis (16) elementos y cantidades descritos en la conclusión del concepto técnico emitido por el MSPS y notificado al Gerente de la ESE en noviembre 2015, en el cual le aprueban $290.0 millones para dotación de equipos médicos y $60.0 millones para la compra de una planta eléctrica; el giro de los recursos se dio el 06/01/2016.

La entidad suscribió los contratos N° 760 el 29/12/2015 para la dotación de los equipos por $300.0 millones y el No 763 el 01/12/015 $60.0 millones. Sin embargo, lo adquirido mediante el contrato No 760 no corresponde a lo originalmente aprobado por el MSPS; solamente incluyó el ítem correspondiente al carro de paro, el cual en visita ocular se encontró en uso en la sala de urgencias; según informe del responsable de dicha sala, el carro de paro lo recibió sin dotar mientras que en el contrato se relaciona y cobra como carro de paro dotado por $49.9 millones más IVA.

Los ingresos de los elementos descritos en el contrato y las salidas de almacén no reposan en las carpetas que fueron entregadas a la CGR; están las facturas y las remisiones del proveedor.

Con el contrato No 763/015 se adquirió la planta eléctrica, la cual está pendiente de instalar.

Con oficio 201615000996371 del 1/06/2016 Y radicado No 201617000123533 del 27 de mayo, recibido por la CGR el 1/06/2016 el sujeto de control plantea:

"Frente a lo observado por el equipo auditor en la ejecución efectuada por la E. S.E., es necesario indicar que esta Oficina mediante comunicación con radicado Nro. 201617000819121, solicitó el envio de documentos soporte de ejecución. (Se anexa copia de la comunicación contenida en un folía)

- En respuesta a la solicitud mencionada, a través de correo electrónico de 23 de mayo de 2016. la entidad envía copia de las entradas de almacén de la dotación de equipos médicos y planta eléctrica adquirida. (Se anexa correo electrónico e ingreso al almacén en tres folios)

- Teniendo en cuenta lo establecido en el procedimiento GRO P05 "Seguimiento a recursos asignados para el fortalecimiento institucional", en la actualidad se encuentran en análisis, con el fin de determinar si la ejecución de los recursos se enmarca en el proyecto apoyado. Una vez definido lo anterior, se procederá de conformidad con el precitado procedimiento"

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Para la CGR la respuesta emitida no desvirtúa lo observado, puesto que no adjuntan los soportes requeridos para justificar la ejecución de los recursos asignados.

,/ ESE Hospital Regional de 11 nivel Nuestra Señora de las Mercedes de Corozal

Situación similar se observó en la ESE Hospital Regional de II nivel Nuestra Señora de las Mercedes de Corozal, a la cual se le asignaron $1.094.0 millones mediante la Resolución No 05387 del 16/12/2015, para dotación de equipos médicos hospitalarios de acuerdo con lo aprobado por el MSPS mediante concepto técnico del 30/11/2015, páginas 8 y 9 referente a los 27 elementos y cantidades descritas y $770.6 millones con la Resolución No 5591 del 24/12/015, para la dotación de equipos biomédicos, aprobados mediante concepto técnico el 20/05/014 correspondiente a los descritos en el proyecto.

La entidad suscribió los contratos No 005 del 7/01/016/ por $594.0 millones, N° 13 del 22/01/016 por $500.6 millones y W 14 del 22/01/016 $650.0 millones.

Con respecto a lo aprobado que dio lugar a la Resolución No 05387 del 16/12/015, no se evidenció la adquisición de los ítems 15-16-21-22 correspondientes al Ecocardiógrafo a color uso cardiovascular; Prueba de esfuerzo computacional más banda caminadora para trabajo pesado; Acople dril para cirugía y Torre para Laparoscopio.

A la fecha de la visita por parte de la CGR, se verificó que no existe factura de venta correspondiente a los elementos comprados mediante el contrato No. 14 de 2016, ni hay ingresos al almacén; no obstante se observó que existen en bodega y en servicio, elementos con descripciones similares a las pactadas en el contrato suscrito; además, el equipo intensificador de imágenes por $438.9 millones y las pipetas automática de 2 a 20 ul por $2.98 millones, no han ingresado a la ESE.

Respecto de la Resolución No 5591/2015, de lo aprobado en el concepto técnico en el cual se describen 26 ítems o elementos con diferentes cantidades, en el contrato N° 14 únicamente se compraron 5 camas eléctricas de las que se relacionan en el concepto técnico del 20 de mayo de 2014, las cuales están en bodega del almacén del Hospital Nuestra Señora de las Mercedes, sin factura y sin acta de ingreso.

Por otra parte, con el Contrato 013 /2016 se adquieren elementos que no están identificados en ninguno de los dos conceptos técnicos así: 20 lámparas de color radiante por $390.0 millones, 3 balanzas pediátricas portátiles por $4.5 millones, 8 cunas para sala de maternidad por $8.3 millones.

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Con oficio 201615000996371 del 1/06/2016 Y el radicado N° 201617000123533 del 27 de mayo, recibido por el equipo auditor el 1/06/2016 el MSPS responde que "Con el contrato 013/2016 se adquieren elementos que no están identificados en ninguno de los dos conceptos técnicos así: 20 lámparas de calor radiante ( . .), 3 balanzas pediátricas portátiles ( .. .), 8 cunas para la sala de maternidad ... " (Negrilla y subrayado fuera de texto), se puntualiza, que si bien los nombres utilizados en el concepto v contrato difieren. realmente se hace referencia a los equipos que fueron incluidos en el proyecto viabilizado". (Subrayado fuera de texto).

Adjuntan la factura de compraventa No. 0346 del 23 de mayo y entrada a almacén No. COMP 1826 del 23 de mayo de 2016 correspondientes al contrato 014 de 2016.

Teniendo en cuenta la respuesta del MSPS, se evidencia que se expide la factura de compra y el comprobante de ingreso de elementos al almacén, en fecha posterior a la visita efectuada por la CGR los días 16 y 17 de mayo de hogaño. Igualmente, los documentos adjuntados en la respuesta ya habían sido verificados en las ESE visitadas, generando incertidumbre sobre la utilización de los recursos aprobados y girados.

3.3 CONTROL DE LEGALIDAD

En referencia a la calificación del control de legalidad, su evaluación se encuentra inmersa en la atención de todos aquellos aspectos normativos vinculados a las diferentes áreas (misionales, operativas y/o de apoyo), actividades o procesos evaluados, contemplados en los apartes correspondientes al control de gestión (presupuestal, contractual y defensa judicial), resultados (proyectos de inversión), financiero (opinión y calificación del control interno contable) y control interno.

El MSPS acorde con los lineamientos de gestión en la implementación de los programas y proyectos, así como la gestión financiera, presupuestal y contractual, ha desarrollado los objetivos misionales dando cumplimiento a la normatividad aplicable en cada una de las áreas de desempeño, siendo satisfactorio el manejo de los recursos puestos a su disposición durante la vigencia auditada, en relación con los temas que fueron abordados dentro del alcance del ejercicio auditor.

3.4 CONTROL FINANCIERO

Se evaluó el Balance General al 31 de diciembre de 2015 y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental por el año terminado en esa fecha.

Del activo por $4.171.016,84 millones, se analizaron selectivamente las siguientes cuentas:

• 11 - Efectivo con saldo de $758.369,24 millones (18,18% del total del activo).

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• 12 - Inversiones e Instrumentos Derivados con saldo de $359.435,84 millones (8,62% del total del activo). Para la cuenta Inversiones se analizaron las conciliaciones y valoraciones al cierre de la vigencia 2015 del portafolio de propiedad de cada unidad ejecutora.

• 14 - Deudores con saldo de $2.794.759,30 millones, (67% del total del activo). En la cuenta Deudores se analizaron los auxiliares de las subcuentas de cada unidad ejecutora y se hizo una circularización para la verificación de saldos de cierre de la vigencia. Para cada análisis se cruzó la información registrada en cada subcuenta y se cruzó contra lo revelado en las notas explicativas a los estados contables.

De acuerdo con los registros contables reportados en CHIP de la CGN, se tomaron los movimientos y saldos de las subcuentas:

• 1.4.20.03 Anticipos sobre Convenios y Acuerdos, con saldo equivalente al 4,10% del Activo Total

• 1.4.20.03 Anticipos sobre Convenios y Acuerdos, con saldo equivalente al 76,8% del Activo Total

La sumatoria del análisis de la cuenta Deudores, corresponde al 80,88% del Activo Total del MSPS -Gestión General-; se verificó contra los soportes allegados por la administración.

Se realizó la circularización de los saldos más representativos de la cuenta 147008 Deudores Cuotas Partes de Pensiones, con saldo a diciembre 31 de 2015 por $1.047.648,25 millones; la aplicación de procedimientos se hizo a través de correo electrónico a 37 entidades territoriales que tenían saldo al cierre de 2015, que corresponden a $213.054,4 millones, de acuerdo con la siguiente tabla:

Tabla No. 27

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLlCA

DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL

CIRCULARIZACION DE SALDOS MÁS REPRESENTATIVOS DEUDORES CUOTAS PARTES PENSIONES Adiciembre 31 de 2015, en millones de pesos

.....

CONCEPTO Valor Libros Valor Sin

% Porcentaje Respuestas

CUOTAS PARTES PROCESOS COACTIVOS 212.688,61 93.502,59 43,96%

CUOTAS PARTES ACUERDOS DE PAGO 365,78 206,36 56,42% "' .. ..

Fuente: Informaclon suministrada FIDUAGRARIASA, estados financieros a diciembre 31 de 2015

En lo que respecta al pasivo, de $4.803.428,82 millones, se analizaron selectivamente las siguientes cuentas:

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• 23 - Operaciones de Financiamiento e Instrumentos Derivados con saldo de $744.479,35 millones (15,50% del total del pasivo). De esta cuenta se efectuó circularización tendiente a verificar que los saldos reportados por el Ministerio fueran coincidentes con los de sus proveedores. Se ofició a 42 entidades de las cuales 14 dieron respuesta a la solicitud, los saldos reportados corresponden a los valores registrados por el Ministerio, dos (2) presentan diferencias que obedecen al registro neto de los saldo por el efecto de aplicar los descuentos de Ley.

• 24 - Cuentas por Pagar con saldo de $1.443.905,78 millones (30,06% del total del pasivo).

• 27 - Pasivos Estimados con saldo de $2.402.399,73 millones (50,01 % del total del pasivo).

P

. Descri pci ón ............ l •

TOTAL PASIVO MSPS

TOTAL PASIVO UAE FNE

TOTAL PASIVO DAFPS

TOTAL

Fuente: Comisión Auditora

Ingresos

ASIVOCO

Tabla No. 28

I ADOA NSOL D DICIEMB R 31 2015 E DE

2014 ('i< • i<~01.S<·· ..... . <VAR ASSOLUTA < 2.940.120,00 3.592.840,00 652.720,00

933,00 1.011,00 78,00

1.167.120,00 1.209.578,00 42.458,00 4.108.173,00 4.803.429,00 695.256,00

I VARRELA TlV 4

22,20%

8,27%

3,64%

16,92%

J

En las cuentas de resultado, del total de los ingresos $36.300.933 millones fueron objeto de revisión $12.033.707 millones que representan el 33% del total; en cuanto tiene que ver con los Ingresos de la Dirección de Administración de Fondos - DAFPS -, no se verificaron las subcuentas de Fosyga Compensación, Fosyga Solidaridad, ni Fosyga ECAT.

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Tabla No. 29 ACUMULADO DE INGRESOS POR UNIDADES

VIGENCIA 2015

REPRE5ENTATIVIDAD DEL INGRESO

Cbd Desé" ción 411001 Tasas

411002 Multas

411004 Sanciones

411065 Fos a Com ensación

411066 Fos a solidaridad

411067 FOS a - romoción

411068 Fos a ecat

421060 Medicamentos

436008 Tar'etas rofesionales

442804 Para ro ramas de salud

470508 Funcionamiento

470510 Inversi6n

472203 Cuota de fiscalizacion audita'e

472290 Otras operaciones sin flu'o de efectivo

480504 Intereses de deudores

480513 Intereses de mora

480535 Rendimientos sobre de 6s itos en admin'lstraci6n

480538 Intereses de fondos vendidos ordinarios

480584 Utilidad porvaloraci6n de las inversiones de

administración de Ir uidez en títulos de deuda

480585 Utilidad por valora ción de las inversiones de

a dmin )stración d e liquide z en títu lOS pa rtl ci pa tlvos

480586 UtilIdad por va loraclón de ras inversiones con rmes de

olltica en títulos de deuda

480587 Utilidad en negociación yventa de inversiones en

tftulos de deuda

480690 Otros a'ustes ordiferencla en cambio

480803 Cuotas artes de ensiones

480815 Fotoco ias

480819 Donaciones

480890 Otros in resos ordinarios

481007 Sobrantes

481008 Rec~raciones

481049 Indemnizaciones

481090 Otros in resos extraordinarios

481557 Transferencias

481559 Otros in8resos

, TOTAL

: Fuente: Comisión Auditora

EVALUACIÓN FINANCIERA

¡y1!:3~;"

22700

1.55100

1100

28500

61.80000

-:18.02300

271.811 DO

1.10100

400

3.92500

285,00

8900

13400

900

42000

759.675 DO!

!

Tabla No. 30

UAEFNE

2300

12.74500

16.92100

2200

1000

37,00

29.758,00

I DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL

EN MILLONES

OAFPS TOTAL -22700

1.574 00

1100

18.505.58200 18.505.58200

4.535.04700 4.535.04700

610.32100 610.32100

1.226.59700 1.226.59700

12.74500

28500

61.80000

10.317.52800 10.752.47200

271.81100

13.63000 14.753'00

400

92.91000 92.91000

36300 36300

56.19300 56.19300

15100 4.07600

42.379,00

42.37900

28500

7.417,00

7.41700

76,00

7600

890O

13400

900

42000

000

000

000 000

100O

2800 280O

000

103.27800 103.31500

35.511.500,00 36.300.933,00

BALANCE GENERAL CONSOLIDADO DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL A diciembre 31.da 2014 y 2015

~EPRESENTA

0,00%

0,00%

0,00%

50,98%

12,49%

1,68%

3,38%

0,04%

0,00%

0,17%

29,62%

0,75%

0,04%

0,00%

0,26%

0,00%

0,15%

0,01%

0,12%

0,00%

0,02%

0,00%

0,00%

0,00%

0,00%

0,00%

0.00%

0,00%

0,00%

0,00%

0,00%

0,00%

0,28%

1,00

Cifras en millones de

Código cuenta

Nombre Cuenta Contable

• Cuenta 11 Efectivo

2014 (en millones)

i i

2015 (en millones)

2015-2014 (en mIllones)

2015-2014 %

En la cuenta 11 Efectivo o Disponible, el MSPS no tiene recursos en cuentas bancarias por realizar pagos directos a través de SIIF Nación desde el MHCP; razón por la cual el principal saldo lo aporta la DAFPS con la siguiente nota en las notas a los estados contables: Cuenta de Ahorro, con saldo $694.516.77 millones;

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dada la disminución del portafolio de inversiones del FOSYGA se requieren tener los recursos a la vista, razón por la cual el saldo en esta cuenta ha venido incrementándose debido a que genera un rendimiento similar a los TES y permitiendo disponer de dichos recursos de manera efectiva en el inmediato y corto plazo.

• Cuenta 12 Inversiones

En el Balance Consolidado del MSPS el Activo Total tuvo una variación negativa de $62.854,70 millones equivalente al -1,51%; de acuerdo con los análisis y la información suministrada por la entidad, el rubro que más incidió fue la cuenta 12 Inversiones e Instrumentos Derivados que en el 2014 presentó saldo por $796.576,23 millones y pasó a $359.435,84 millones, equivalente a una reducción del 121,62%.

Esta situación se presentó en la DAFPS, como lo explican en las notas a los estados contables, así:

TíTULOS DE TESORERíA -TES, con saldo por $115.907,31 millones; la claSificación, valoración y contabilización de las inversiones son reveladas en los Estados Financieros conforme lo establece el Capítulo I de la Circular Extema 100 de 1995 Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia.

CERTIFICADOS DE DEPÓSITO A TÉRMINO, con saldo por $98.316,31 milloneS; la clasificación, valoración y contabilización de las inversiones son reveladas en los Estados Financieros conforme lo establece el Capítulo I de la Circular Extema 100 de 1995 Básica Contable y Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia BONOS y TíTULOS EMITIDOS POR EL SECTOR PRIVADO, con saldo por $144.556,32 millones; corresponde a inversiones realizadas con fines de política pública, realizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, en títulos de deuda subordinada (Bonos Opcionalmente Convertibles en Acciones), según las operaciones previstas para la sub cuenta de garantías del FOSYGA mediante Decreto 1681 de 2015 (Artículos 3° y 8°). Su registro contable fue avalado por la CGN mediante concepto 20162000000221 del 13 de enero de 2016.

Tabla No. 31

CONTRALORlA GENERAL DE LA REPUBLlCA DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL

MINfsTE'RIO DE SALUD Y'PROlECCION SQCIAC" ................ .""., "G'ESTION GENERAL"'~-~ - __ ww~ __ ~ __ ~ ______

.. - - - -- - - NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS A DiCIEMBRE 31 DE 2015

CODIGO NOMBRE DETALLE NOTAS ESPECIFICAS

1.2.02.01 ACCIONES ORDINARIAS

1.2.02.01 ACCIONES ORDINARIAS Valor Intrinseco de las acciones que el MSPS, posee en Pre\IÍsora Compañía de Seguros S.A.

Fuente: Notas a los Estados Contables del MSPS a diciembre 31 de 2015

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. ..

VALOR (en millones)

655.90 la

655.90 ,

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• Cuenta 14 Deudores

Tabla No. 32

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLlCA .. DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL

MINi::ÚERIO DE SÁLUÓ y PROTECCiÓN SOCIAL' CUENTA DEU[)ORES GESTiÓN

...

Adiciembre 31 de2015 En millones de pesos

CODIGO NOMBRE CUENTA

PARTICIPACiÓN CUENTA SALDO %

1 ACTIVOS 1.364.091,21 100,00 1.4 DEUDORES 1.115.900,83 81,81 1.4.20.03 ANTICIPOS SOBRE CONVENIOS Y ACUERDOS 55.722,10 4,08 t,'n:Q:(J8 cuOtM .. I"ARTES DE pe;NSIQNES 1,047.646.,25 76,80

IFuente InformaCión. CHIP de la CGN reportado eI16-02-201.~wySIlF NaCión diciembre 2015

En las Notas a los estados contables del MSPS Gestión General a diciembre 31 de 2015, se indica sobre la cuenta deudores:

14.20.03, ANTICIPOS SOBRE CONVENIOS Y ACUERDOS, presenta saldo por $55.722,10 millones; corresponde al anticipo entregado a la OPS, para adquisición de insumas para cumplimiento de los programas de salud adelantados por la Entidad,

14.70,08, CUOTAS PARTES DE PENSIONES, presenta saldo por $1,047,648,25 millones,

Representa el valor por cobrar a las diferentes entidades que concurren el pago de pensiones de PROSOCIAL y FONCOLPUERTOS en Liquidación. También representa el valor por cobrar a las diferentes entidades que concurren el pago de pensiones del GIT Corresponde a los saldos al31 de diciembre de 2015 de las Cuentas por Cobrar por concepto de cuotas partes pensionales a favor (activas) de la extinta CAJANAL EICE en Liquidación, (contrato de fiducia mercantil No, 020 de 2013), en concordancia con lo establecido en el artículo primero del Decreto 1222 de 2013 y el artículo octavo del Decreto 3056 de 2013, Durante la Vigencia 2015 se presentó una variación de $33,221,14 millones donde se evidencia aumento por $112,359,23 millones por nuevos actos administrativos y generación de cuentas de cobro a las diferentes entidades concurrentes, disminuciones de $21.306,79 millones por abonos de los deudores, $15.702,21 millones por prescripciones otorgadas y exclusión de cartera por $42,129,08 millones que corresponden a la aprobación de 89 Fichas Técnicas de depuración contable (Resolución No, 1060 del 09 Abril de 2015)

3. Cuenta 23 Operaciones de financiamiento

Se encuentra registrado el saldo del capital adeudado del préstamo interfondos realizado entre la subcuenta de ECAT hacia la subcuenta de Compensación del FOSYGA; en la Dirección General del Ministerio, corresponde a los créditos por parte del MHCP a PROSOCIAL, con el propósito de proveer recursos para cancelar obligaciones y las indemnizaciones de los ex trabajadores.

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4. Cuenta 24 Cuentas por pagar

Corresponde a las cuotas partes pensionales de la extinta Cajanal EICE en Liquidación (contrato de fiducia mercantil No. 020 de 2013), cuyos valores fueron reconocidos por el Liquidador en el proceso de calificación y graduación de acreencias y recursos asignados con cargo al Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud FONSAET.

5. Cuenta 27 Pasivos Estimados

La compone principalmente la provisión individual para litigios sobre un total de 5.170 procesos en los cuales el MSPS es el demandado; en la DAFPS está representada por el valor indexado al IPC de la pretensión inicial, en cumplimiento del Régimen de Contabilidad Pública, Capítulo V - Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de procesos judiciales.

6. Ingresos

La cuenta Fosyga se compone principalmente de las cotizaciones recaudadas por las EPS/EOC, valores girados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público provenientes de los recaudos del impuesto CREE, restitución de recursos determinados principalmente como resultado de los procesos de auditoría al proceso de compensación presentado por las EPS y EOC. No obstante, tal como ya se manifestó, no se verificaron las subcuentas ingreso de Fosyga Compensación, Fosyga Solidaridad, ni Fosyga ECAT que hacen parte de la DAFPS.

La cuenta de funcionamiento corresponde a los recursos provenientes de la Nación para el pago de los gastos de funcionamiento del Ministerio y en la DAFPS el pago de los gastos financiados por el Sistema General de Participaciones (Aporte Patronal, Salud Pública, Venta de Servicios, Aporte a la LMA del Régimen Subsidiado), así como las transferencias provenientes de la Dirección Nacional del Tesoro asignadas al presupuesto de la DAFPS con destino a la cofinanciación del régimen subsidiado.

7. Egresos

Las cuentas más representativas son la subcuenta de Compensación $13.444.896 millones con el 44.43%; participación en salud $6.979.320 millones con un 18.86% y Fosyga Solidaridad $7.665.792 millones para un 20.71%, que en total representan el 84% de los gastos.

Estos egresos corresponden al resultado del proceso de compensación por reconocimiento de UPC - cifras que no fueron evaluadas en el proceso auditor -; las transferencias a los entes territoriales por la cofinanciación de la afiliación de la población pobre y vulnerable al régimen subsidiado de seguridad social y los

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gastos por aporte a la LMA del Régimen Subsidiado financiados por el Sistema General de Participaciones.

3.4.1. Opinión Contable

Fuimos designados para auditar los estados contables del Ministerio de Salud y Protección Social a diciembre 31 de 2015.

La opinión a los estados contables es Sin Salvedades.

En nuestra opinión, los estados contables, presentan razonablemente en todo aspecto significativo, la situación financiera del Ministerio de Salud y Protección Social a 31 de diciembre de 2015, así como los resultados de las operaciones por el año terminado en esa fecha, de conformidad con los principios y normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad universalmente aceptados o prescritos por el Contador General.

La información reportada a la Contaduría General de la República y reportada por ésta en el CHIP, corresponde al registro de las operaciones y saldos del SIIF para la vigencia auditada.

Hallazgo No. 15. Deudores Cuotas Partes Pensionales Foncolpuertos en Liquidación, cuenta 1470 (A)

El Decreto Ley 4107 del 2 de noviembre de 2011 Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social., en el numeral 20 del artículo 6 registra como funciones del Despacho entre otras:

"20. Crear, conformar y asignar funciones a los órganos de ases aria y coordinación, así como los grupos internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio."

La Resolución MSPS No. 1230 del 25 de mayo de 2012 delegó funciones de Administración del Talento Humano en el Secretario General, entre ellas la creación de Grupos Internos de Trabajo y asignar servidores públicos a cada uno de ellos.

Por último, la Resolución MSPS No. 02661 del 22 de julio de 2015 Por la cual se crea, organiza y conforma el Grupo de Administración de Cartera en la Subdirección Financiera del Ministerio de Salud y Protección Social, en su artículo 1 indica:

"ARTíCULO PRIMERO.- Crear, organizar y conformar a partir del 1 de agosto de 2015, en la Subdirección Financiera del Ministerio de Salud y Protección Social, el Grupo de Administración de Cartera."

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Entre las funciones asignadas, se destacan, de su artículo 2:

1. Identificar las operaciones del Ministerio de Salud y Protección Social que generen cartera a su favor.

2. Administrar la Cartera del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes y en particular, con los criterios definidos para el efecto por el reglamento de cartera que para el efecto se expida.

3. Diseñar, coordinar y establecer las directrices, estrategias, metodologías, procedimientos y herramientas, necesarias para la adecuada Administración de Cartera de la entidad.

4. Verificar y validar la existencia del título que respalda la exigibilidad del derecho en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social o gestionar la adecuada conformación del mismo.

Así las cosas, el MSPS a pesar de contar con la normatividad jurídica que lo habilitaba para adelantar el proceso de identificación, depuración, administración, verificación y validación de cifras e información de los deudores de cuotas partes pensionales y adelantar su recaudo, solamente hasta el mes de agosto de 2015 inició el registro y revelación de cifras conciliadas, de acuerdo con la siguiente tabla:

Tabla No. 33

DELEGO""D"" >'".ARA. EL SE=.c>Ft sC>='A.L. rvI'NI,S,ERIC> DE SA.LUC> V PRC>TECCIÓN SC>='A.L ~RUPC> A.OrvlINISTRAC,ÓN DE CA.RTERA IVISPS :>,0"'16

E=-d""" ..... =~b .. """ ... d_ ....... ~_ ... p ... ....,... ro_~ .... _I_ ... _FC>N=C>LPUERTC>S <31. _ _ ro L.q ... ld_ .. ' ........

En consecuencia, de 13.801 Hojas Laborales, al cierre de la vigencia 2015 se han procesado solamente 3.929 lo que equivale al 28,54%, como reflejo del avance de dicha gestión.

No obstante las gestiones adelantadas por la Coordinación del Grupo de Administración de Cartera de la Subdirección Financiera del MSPS, desde el inicio de sus trabajos de acopio y recolección, verificación y registro de información de hojas laborales en todos los posibles entes concurrentes y debido a su gran volumen y dificultad de consecución, hubo demora para el inicio del proceso de identificación y cobro de cuotas partes pensionales, tarea asignada a la Entidad, que el Ministerio atribuye a la no asignación de los recursos necesarios.

El porcentaje de cuentas de cobro elaboradas (28,54%), representa $24.991,08 millones a diciembre 31 de 2015, cifra que podría ser superior si se hubiera

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adelantado el trabajo desde el momento en que se le dio la facultad al MSPS, de acuerdo con la normatividad en mención.

Por todo lo anterior, los saldos de esta cuenta estarían generando incertidumbre por cuanto no refleja la realidad económica y financiera.

Hallazgo No. 16. Actualización Cálculo Actuarial Prosocial en Liquidación, cuenta 2790 (A)

El MSPS no tiene actualizado el cálculo actuarial de Prosocial en Liquidación; se cuenta con un cálculo realizado con corte a diciembre de 2013 y aprobado en mayo 31 de 2015 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que, de acuerdo con el instructivo de la CGN, debería estar actualizado al cierre de 2015.

Con lo anterior se evidencia que no existe un control oportuno y efectivo del seguimiento a este proceso para que se actualice este cálculo actuarial de acuerdo con la normatividad.

En consecuencia, las cifras registradas en los estados contables no reflejan la realidad económica y financiera de estos pasivos y se genere una incertidumbre por el cálculo real actualizado de dichas pensiones.

Con memorando 201611100094753 de abril 25 de 2016, radicado 201642300716412 del presenta año el Ministerio manifestó:

"el artículo 63 del Decreto 4107 de 2011, por medio del cual se determinaron los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integró el Sector Administrativo de Salud y Protección Social, determinó que corresponde a la UGPP, en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social, definir el plan de trabajo para que la primera asuma el reconocimiento de las pensiones a cargo de la extinta PRO SOCIAL, así como el respectivo traslado para su pago al FOPEP, teniendo en cuenta lo establecido por el Decreto Ley 254 de 2000 y demás normas pertinentes.

Para materializar esta entrega, se realizó un cálculo actuarial y se solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público su aprobación, lo cual era necesaria para la entrega a la UGPP de la nómina de pensionados de PROSOCIAL, y teniendo en cuenta que estaba previsto que a partir del mes de Diciembre de 2013 la nómina de pensionados y las demás actividades conexas a dicha nomina fueran asumidas de manera integral por la UGPP, este Ministerio celebró un contrato con una firma de Actuarios para efectuar la actualización del cálculo actuarial de PROSOCIAL, producto que fue entregado por el Contratista e inmediatamente remitido al Ministerio de Hacienda para su nueva aprobación. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, formuló una serie de observaciones que fueron trasladadas al Actuario para los ajustes del caso, así:

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A partir de la entrega de la Actualización del Cálculo Actuarial de la extinta Promotora de Vacaciones y Recreación Social -PROSOCIAL-, se adelantaron las siguientes gestiones tendientes a la aprobación por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así:

1. En cumplimiento del artículo 10 del Decreto 254 de 2000, el día 7 de octubre de 2013, mediante Radicado No. 201311101363611, se radicó ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su aprobación, (Radicado No. 1-2013-072332 de 7 de octubre de 2013), la Actualización del Cálculo Actuarial del Pasivo Pensional a cargo de la entidad a 31 de diciembre de 2012, con su correspondiente nota técnica.

En respuesta a dicha radicación, el doctor Fernando Cardozo, realiza una serie de observaciones vía correo electrónico, el mismo que se remite al Actuario para que realice los ajustes solicitados.

2. Mediante Radicada No. 201311101556041 de 18 de noviembre de 2013, se radica nuevamente la Actualización del Cálculo Actuarial en el Ministerio de Hacienda, atendiendo las observaciones efectuadas por el doctor Fernando Cardozo vía en correo electrónico.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Oficio con Radicado No. 2-2014-000365 de 7 de enero de 2014, en atención a los dos Radicados anteriormente mencionados, nuevamente efectúa otra serie de observaciones a tenerse en cuenta en la presentación de la Actualización del Cálculo Actuaria/.

De otra parte, mediante oficios con Radicados Nos. 201411100264571 de 27 de febrero de 2014 y No. 201411100385421 de 26 de marzo de 2014, se remite comunicación al representante legal de Consultores Asociados, solicitándole la radicación de la Actualización del Cálculo Actuarial con los ajustes solicitados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en los oficios mencionados en los numerales anteriores.

3. El 31 de marzo de 2014, mediante Radicado No. 201411100413791 de 31 de marzo de 2014, se remitió nuevamente la Actualización del Cálculo Actuarial a 31 de diciembre de 2013 del pasivo pensional de la extinta PROSOCIAL, debidamente ajustado, atendiendo las observaciones efectuadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en Oficio de 7 de enero de 2014, recibido en este Ministerio el 14 de enero de 2014.

4. En atención al citado correo, el doctor Fernando Cardozo, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realiza nuevas observaciones, mediante correo electrónico del 7 y 14 de mayo de 2014, las cuales fueron remitidas al Actuario para que procediera a realizar los ajustes solicitados en estos correos.

Con la secuencia pormenorizada del trámite que tuvo la aprobación del cálculo actuarial de PROSOCIAL ante el Ministerio de Hacienda y con las evidencias

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presentadas en los literales que anteceden, encontramos que, en nuestro concepto, sí ha existido un control oportuno y efectivo de seguimiento a este proceso, independiente de que la entrega definitiva de la función pensional correspondiente a los exfuncionarios de PROSOCIAL aún no ha podido ser entregadas a la Entidad competente (UGPP), teniendo en cuenta que para llevar a cabo dicha actividad es estrictamente necesaria la expedición de un Decreto que a la fecha no ha sido expedido.

Adicionalmente, encontramos que habiéndose surtido la aprobación del último cálculo actuarial de PRO SOCIAL por parte del Ministerio de Hacienda dUrante la vigencia de 2015, fecha para la cual la función pensional que nos ocupa ya debería estar en cabeza de la UGPP, observamos que, en nuestro concepto, no se desdibuja la realidad económica y financiera de dicho pasivo, ya que deberá ser esta última Entidad la que defina, bajo los criterios que a bien tenga, determinar las características que deba tener el último cálculo actuarial que corresponde a la Entidad Liquidada.

Finalmente, ante el hecho de que no resultó posible hacer entrega de la nómina de pensionados de PROSOCIAL en la fecha inicialmente proyectada, se pretende que una vez se expida el Decreto al que se ha hecho mención en el presente documento, se espera que la entrega definitiva de dicha nómina se realice en la presente vigencia, para lo cual, necesariamente será necesario definir con la UGPP la fecha de actualización del cálculo actuarial y su eventual aprobación (nueva) por parte del Ministerio de Hacienda."

Aunque la CGR verificó la gestión realizada por el MSPS debidamente soportada con los documentos referidos y cada uno de los trámites declarados en el texto de la respuesta, hasta tanto no haya un acto administrativo en firme que perfeccione el traslado a la UGPP, corresponde al MSPS realizar la actualización del cálculo actuarial de acuerdo al Instructivo No. 003 de la CGN de 2015.

Hallazgo No. 17. Cuentas Recíprocas (A)

De la información reportada por la CGN se establecieron saldos pendientes de conciliar con entes territoriales; sobre el particular se ofició a la entidad el 19 de abril con radicado No. 201642300716412, toda vez que se observa que el MSPS no ha dado cumplimiento a lo normado en el Instructivo 01 del 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito y Público y el Instructivo No. 003 del 9 de noviembre de 2015 de la CGN.

Así las cosas, con oficio 201643200097153 del 28 de abril de 2016, el MSPS da respuesta en los siguientes términos:

" ... Lo correspondiente a cuotas partes pensiona les se debe tener en cuenta que los recursos de los fondos no pertenecen a la Nación, ni a las entidades que los administran, los saldos reportados en su información contable no constituyen operaciones reciprocas con las entidades públicas con las cuales están asociados.

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Por otra parle todas las entidades públicas, excepto los fondos de Reservas Pensionales, los Fondos Para fiscales y los Patrimonios Autónomos de pensiones, deberán reporlar los saldos de operaciones reciprocas y garantizar que éstos correspondan a transacciones que se hayan realizado de manera directa o indirecta con otras entidades contables Públicas, de conformidad con el concepto de la Contraloría General de la Nación (sic) No. 20073-90836 de fecha 20 de junio de 2007 y en concordancia con el instructivo No,. 003 de fecha 10 de diciembre de 2014.

En cuanto a las demás entidades concurrentes relacionadas en el anexo de reciprocas pendientes de conciliar estas cifras corresponde a giros del Sistema General de Parlicipación que realiza la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social."

Es necesario precisar que las cuentas reciprocas no conciliadas corresponden a los giros del SGP que deben ser registrados a la DAFPS con lo que se establece que ni el MSPS-Gestión General, ni sus unidades ejecutora - FNE Y DAFPS -, están efectuando oportunamente las conciliaciones de las cuentas reciprocas, para que los entes territoriales hagan los ajustes contables necesarios y carguen al código correspondiente los valores que reciben por cada concepto.

• Programas de Compra de Cartera y del Giro Directo

El Gobiemo Nacional mediante el Decreto 4107 del 2 de noviembre de 2011 Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social, en su artículo 41 establece:

"Subcuenta de Garantías para la Salud. En el Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, funcionará la Subcuenta de Garantías para la Salud con el objeto de: a) Procurar que las instituciones del sector salud tengan medios para otorgar la liquidez necesaria para dar continuidad a la prestación de servicios de salud; b) Servir de instrumento para el forlalecimiento patrimonial de aseguradores y prestadores de servicios de salud y de garantía para el acceso a crédito y otras formas de financiamiento; c) Parlicipar transitoriamente en el capital de los aseguradores y prestadores de servicios de salud; d) Apoyar financieramente los procesos de intervención, liquidación y de reorganización de aseguradores y prestadores de servicios de salud ... "

La Ley 1608 del 2 de enero de 2013 por medio de la cual se adoptan medidas para mejorar la liquidez y el uso de algunos recursos del sector salud, en el artículo 9 indica: .

"Recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA. Los recursos de la Subcuenta de Garantías para la salud, además de, los usos previstos en el arlículo 41 del Decreto 4107 de 2011, se podrán utilizar para adelantar desde la Subcuenta de Garantías para la Salud, de manera directa, compra de carlera

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reconocida de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con Empresas Promotoras de Salud. En este caso, la recuperación de cartera podrá darse a través de descuentos de los recursos que a cualquier título, el FOSYGA o el mecanismo único de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, efectúen a las EPS.

En todo caso, el pago de la operación por parte de las Entidades Promotoras de Salud, deberá darse en un término máximo de un (1) año.

Parágrafo. El Ministerio de Salud y Protección Social reglamentará el procedimiento para implementar lo dispuesto en este artículo."

Así las cosas, en desarrollo de lo anterior, el MSPS informa que al cierre de diciembre de 2015, de un total de $1.525.093 millones girados a las entidades, el Fosyga ha descontado $1.359.684 millones, de los cuales $31.148 corresponden a intereses y $1.328.536 millones a capital, que equivalen a un 87.1 % del total girado.

Durante los años 2013,2014 Y 2015 el Ministerio adelantó el programa de compra de cartera con 26 EPS del régimen subsidiado y contributivo. Con el fin de verificar los datos reportados se ofició a ocho EPS de las cuales respondieron cinco. De los datos suministrados por la EPS y el valor informado por el MSPS, se observa una diferencia que se refleja en el cuadro adjunto, la cual obedece a que el Ministerio en su reporte incluye el descuento que se realizaría el día 08-01-16 y el recaudo total del saldo de Caprecom y las EPS suministraron el dato a diciembre 31 de 2015.

Tabla No. 34

RELACiÓN COMPRA DE CARTERA SEGÚN CIRCULARIZACIÓN

En MiI!ones

. ····· .. ·.Nl:l'.M~~~ VR;.Fl.Í'$OLtJqQN~ • ,l¡;i~ONº~PS ..• VRt)iilCU(.ARIZ. ..VRMSPS ...tllfERENGI A EPS FAMISANAR 41.172 34.026 7.146 6.394 752

CQNFACOR EPSS 21.193 12.059 9.134 8.216 918

CAPESOCA EPSS 3.367 2.450 917 833 84

CAJACOPI EPS5 28.966 22.122 6.844 5.876 968

CAPRECOM EP5S 370.548 288.989 81.559 O 81.559

Fuente. Informe MSPS y Comisión Auditora

El impacto alcanzado con la figura de compra de cartera fue proveer de recursos a las IPS permitiendo una liquidez en el sistema de seguridad social, en busca de proteger la continuidad en la prestación del servicio público.

Para la recuperación de estos recursos el sistema reguló que el pago por parte de las Entidades Promotoras de Salud, se debía hacer con plazo de un año y pagos mensuales a través de descuentos con cargo a la compensación mensual; los términos se han cumplido.

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• Seguimiento al manejo de recursos sin situación de fondos a los entes territoriales (recursos SGP), por conceptos de aportes patronales.

Los aportes patronales son las Sumas de los recursos que las entidades territoriales y sus entes descentralizados, deben destinar como aportes patronales de los funcionarios del sector salud, cuya fuente de financiación inicialmente y de acuerdo con la Ley 60 de 1993 fue el situado fiscal.

En el marco de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 715 de 2001, a partir de ese momento, la financiación estaría a cargo de los recursos del Sistema General de Participaciones de Salud (SGP) y son girados directamente por la Nación a los fondos de pensiones y cesantías (AFP y AG), Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), a las cuales se encuentran afiliados los trabajadores.

Desde el año 2001 se han promulgado leyes y resoluciones tendientes al saneamiento de los aportes patronales; la Ley 715 de 2001 en su artículo 58, estableció que cuando una entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones, haya registrado en los años anteriores a la vigencia de esta ley, excedentes por el pago de aportes patronales, deberá destinarlos a sanear pago de los aportes patronales para cesantías, pensiones, salud y riesgos profesionales causados a partir de 1994; una vez efectuado el saneamiento, los saldos existentes podrán ser solicitados por la entidad territorial y adicionados a su presupuesto para financiar la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda. Esta se reglamentó con las Resoluciones No. 3815 de 2003 y 4047 de 2004 del Ministerio de la Protección Social.

El artículo 85 de la Ley 1438 de 2001 Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud, estableció que las Administradoras que hubieran recibido o que tuvieran en su poder recursos por concepto de aportes patronales del Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones para Salud, las Direcciones Territoriales de Salud, las Instituciones Prestadoras de Salud Pública (IPS) y demás entidades a las que se les hayan asignado recursos para el pago de aportes patronales, contarán con doce (12) meses, para realizar el proceso de saneamiento por concepto de aportes patronales.

La Resolución No. 154 de 2013 del MSPS, determinó el procedimiento para realizar el saneamiento por concepto de aportes patronales financiados con recursos del Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones en Salud de las vigencias 1994 a 2011 por concepto de cesantías, pensiones, salud y riesgos laborales, modificada parcialmente por le Resolución No. 5281 de 2013 en lo relacionado con la consolidación de la información y el traslado de los recursos.

La Ley 1687 de 2013 por la cual se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de

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diciembre de 2014, en el Artículo 106 determinó el uso de los recursos de los aportes patronales no saneados, los cuales se podrán destinar al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o el pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial a la EPS o a los prestadores de servicios de salud.

Con las Resoluciones 2464, 3568 Y 4906 del 2014 del MSPS, se estableció el procedimiento para el giro de los recursos de aportes patronales financiados con recursos del Situado Fiscal en Salud y del Sistema General de Participaciones girados hasta la vigencia 2011; se establece el ajuste al procedimiento para el saneamiento de los aportes patronales, mediante el reporte de las deudas no saneadas por parte de los empleadores y los administradores, generando el cruce de la información para determinar las coincidencias y no coincidencias de los recursos no saneados. La Resolución 4906 modifica los artículos 4 y 5 de la Resolución 3568 en lo relacionado con el reporte de la deuda y los términos para el giro.

La Ley 1737 de 2014 por la cual se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, determinó el uso de los recursos de los aportes patronales no saneados en el término legal definido en el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011, estableciendo que podrán destinarse al saneamiento fiscal y financiero de la red pública prestadora de servicios de salud, privilegiando el pago de los pasivos laborales y/o al pago de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda que adeude la Entidad Territorial a la EPS o a los prestadores de servicios de salud, para lo cual las Administradoras girarán los recursos no saneados con sus rendimientos al mecanismo de recaudo y giro.

Sobre el particular, de las 1.254 entidades empleadoras que tienen las diferentes Administradoras en sus registros, solo 608 empleadoras - que corresponden al 48%-, cargaron información de actas. Igualmente, las entidades territoriales del orden departamental y municipal, que al inicio de la década de los 90 eran las responsables directas de las IPS, tuvieron que hacer parte del proceso y registrar la información por el periodo de tiempo en que fueron responsables de las IPS Públicas de su municipio.

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Tabla No. 35

CONTRALOR1A GENERAL DE LA REPUBLlCA

DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL

DIRECCiÓN DE FINANCIAMIENTO SECTORIAL

RECURSOS DE SANEAMIENTO DE APORTES PATRONALES CON CORTE DE 2011

VIGENCIA SALDO PENDIENTE SGP A 30 DE SANEAMIENTO VIGENCIA 2011

SALDO PENDIENTE SGP A JULIO DE

ANTERIOR SEPTIEMBRE DE 2011 2015

A 2011 COMPENSACIÓNISOL.IDADRlDAD PROMOCiÓN CQM PB'IISACIÓNI SOLlDADRlDAO PROMOCiÓN COMPENSACIÓNISOLlDADRlDAD PROMOCiÓN:

SGP 89.400,76 ! 3.404,67 15.099,81 10.159,05 ¡ 986,47 364,67 78.641.71 I 2.418,20 14.735,14:

TOTAL 107.905,23 12.110,19 95.795,04;

PARTICIPACIÓN 100,00 11,22 88,78

Fuente: Consorcio SAYP

Fuente para la CGR: Respuesta Oficio NO.25 de Dirección de Financiamiento Sectorial

De los recursos del SGP pendientes de saneamiento a 2011 tan solo se lograron identificar y sanear $12.110,19 millones equivalentes al 11,22% del total el cual asciende a $107.905,23 millones, de lo anterior se le informó al MSPS el 19 de abril de 2015 con radicado No. 201642300716412, en razón a que no se ha dado cumplimiento al saneamiento de los aportes patronales.

Con oficio 201632000095133 del 26 de abril de 2016 el Ministerio da respuesta haciendo un recuento normativo y varias precisiones, entre otras manifiesta lo siguiente:

" ... Adicionalmente . la resolución 154 de 2013, en su artículo tercero estableció el procedimiento para realizar el cruce de información y conciliar deudas de aportes patronales financiados con recursos del Situado fiscal y del Sistema General de Participaciones para el periódo 1994 - 2001, entre empleadores y administradoras, cuyo resultado debería ser la suscripción de actas de conciliación en donde se refleja los valores a favor o en contra y de igual forma se describieron las acciones a seguir para cada caso; y se consideró la opción de hacer traslados y pagar deudas entre administradoras y de persistir excedentes. estos serían devueltos a las empleadoras para que en concordancia con lo establecido en I Ley 715 de 2001. se dieran el destino allí contemplado.

Por lo que estas acciones. de cruce. devolución y traslado de excedentes. era competencia directa de las Administradoras y de las Empleadoras, en coordinación de los Departamentos y Distritos.

Ahora bien. con relación a la responsabilidad del Ministerio de Salud y Protección Social, esta entidad realizó las siguientes acciones en el marco de la normatividad vigente:

Determinó el procedimiento para realizar el cruce de información y conciliar deudas de aportes patronales financiados con recursos del Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones para el periodo 1994-2011.

Elaboración e implementación del aplicativo web-Saneamiento de Aportes Patronales en la plataforma SISPRO. para el cargue de las actas de conciliación

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debidamente suscritas. Este aplicativo fue dispuesto a las Administradoras y Empleadoras.

Desarrollo un plan de asistencia técnica con desplazamientos a los departamentos. para socializar el procedimiento establecido en la Resolución 154 de 2013.

Generación de respuestas escritas y o correo electrónico, a las Administradoras y Empleadoras que solicitaron conceptos técnicos sobre el proceso y procedimiento establecido en la resolución 154 de 2013.

Dentro del proceso de recaudo, las administradoras giraron los recursos no saneados al mecanismo de recaudo y giro, de acuerdo a información del SA YP, por $134.9234 millones. Adicionalmente, al recaudo anterior señalado, en las cuentas del FOSYGA existen recursos por $95.369 millones, que hacen parte de los excedentes de aportes patronales, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones del sector salud y del Régimen de Excepción.

Por otro lado, conforme a la información aquí descrita, existe en el mecanismo de recaudo y giro, administrado por el Consorcio SA YP saldos de excedentes de Aportes Patronales financiados con recursos del Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones por un valor de $239.566 millones. En resumen, se tiene que el total de los recursos disponibles excedentes del proceso de saneamiento de aportes, para el periodo 1994 a 2011, ascienden a $303.108 millones.

Es importante reiterar que el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Dirección de Financiamiento Sectorial como responsable del proceso y para llegar a este resultado, ha cumplido con sus funciones normativas y ha actuado conforme a ellas; incluso buscando la forma más asertiva de llegar a los agentes involucrados en el saneamiento, y con el objeto de socializar los procedimientos y las normas mismas, realizo una serie de actividades que permitieron llegar a él más alto número de participantes, por medio de videoconferencias con las entidades territoriales con participación directa de cada uno de los funcionarios responsables en cada Empleadora de realizar el proceso y con videoconferencias realizadas en el mismo Ministerio. Por lo anterior, aunque no ha sido función directa de este Ministerio realizar el seguimiento y control sobre los recursos excedentes de aportes patronales, e incluso del mismo proceso, lo ha hecho. Ha acompañado a las entidades territoriales y a las mismas empleadoras; ha generado directrices para que los procesos de saneamiento hayan sido dinámicos y ha intervenido directamente para que a quienes haya aplicado la norma ... "

De la respuesta se observa que el Ministerio ha sido un facilitador para realizar el proceso de saneamiento; esta obligación está en cabeza de las Administradoras y empleadoras quienes apoyadas en la plataforma del Ministerio y el sistema organizado para tal fin, deben adelantar dicho proceso.

• Implementación de Normas Internaciones de Información Financiera - NIIF-

La CGN mediante el instructivo No. 002 del 8 de octubre de 2015, estableció como periodo de transición para las entidades contables públicas del nivel nacional el 1 de enero de 2017; el 9 de octubre de 2015 la CGN emite el listado de entidades

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sujetas al cumplimiento de la Resolución 533 de 2015 en la cual se incluye a la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social y el 12 de febrero de 2016 incluye al Ministerio de Salud y Protección Social y a la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes.

Al respecto, mediante comunicación No. 201633210059073 del 8 de marzo del presente año, el Ministerio, entre otras manifiesta:

"De conformidad con lo establecido en la Resolución CGN No. 533 de 2015, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, se encuentra en el periodo de preparación obligatoria que culmina el 31 de diciembre de 2016.

Para su implementación, se está realizando el análisis del impacto que las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NlCSP generarán particularmente en los Estados Financieros de la Dirección y por ende en el Fondo de Solidaridad y Garantías - FOSYGA.

El MSPS y la UAE FNE de manera conjunta han asistido a las capacitaciones que sobre el tema ha convocado la Contaduría General de la Nación."

EVALUACiÓN DEL CONTROL INTERNO CONTABLE

La matriz de Evaluación de la Efectividad del Control Interno arrojó una calificación de 1.350, lo que permite calificar como EFICIENTE la calidad y eficiencia del control interno contable en el Ministerio de Salud y Protección Social.

Tabla No. 36 EVALUACION DECONlROLINTERNO CONTABLE

EVALUAClON DE LA EFECTIVIDAD DEL CONTROlll'lTERNO MII'IISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL

MacroprDceso: Gestión Financiera, presupuestal V contable

Proceso: Reconocimiento calificación

Canlrolu Identificados en la. Prueba, de Evaluadón

Facto. de Riesgo Oesuipción del riesgo del Riesgo del Diseño

Inherente recorrido

del (ontrol

la info,madón finatier. del. ", subunidade. ,,' "' '" Min,alud,

Efectividad enudad no refleje la .ituación real

Bajo reporlan dentro " ,,, termino. " Ade<uado

información para su consolidatión

fncumplimiento de término. para su ,,, • ubunldade. ,,' "" "" Mio.alud .

Oportunidad Bajo reportan denlro " 'o, términos " Ade<uado con,olldación y presentacion

Informacion ara su consolidación

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Macroproce.o: Gestión Financiera, presupuestal y contable Proceso: Revelación de los estados contables y financieros

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Efectividad

Oportunidad

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la informatión finac,era de l. enudad no ,ea ampl1a, suficiente y

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Incumplimiento de términos para su con,ol,daClón, reveladón y

presenta"ón

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Evaluaclim de

la Efectividad

del (ont,ol

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[ualuación de

la Efectlllidad del Control

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PuntaJe Efectividad del Control

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CALIFICACiÓN FINAL FASE PLANEACIÓN FASE EJECUCIÓN

Total Calificaciones 4 6 No. ítems evaluados 4 4 Calificación Promedio (Total Calificaciones / No. ítems evaluados) 1.000 1.500 Calificación sobre el diseño v efectividad de controles Adecuado Con deficiencias % Ponderación (% Asi¡znadol Subtotal Calificaciones (Calificación Promedio * % Ponderación) 0.100 ].0."

TOTAL CALIFICACIÓN - PUNTAJE (SUMA DE SUBTOTALES) 1350 CAlIFICACION SOBRE LA CALIDAD Y EFICIENCIA DEl CONTROL INTERNO Eficiente

Valores de

Fuente: Matriz de evaluación de control interno contable

En relación con la Matriz de control interno contable enviada por la Delegada de Economía y Finanzas, el concepto sobre control interno contable en el MSPS es Eficiente, evaluación que arrojó una calificación de 1,19.

Tabla No 37 CONTRALORlA GENERAL DE LA REPUBLICA

Evaluación del Sistema de Control Interno Contable Entidad auditada: M INISTERlO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL

Total puntos 112 Total aspectos evaluados 94

Calificación final 1,19 Concepto control interno Eficiente

3.5. EVALUACiÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO -SCI-

Como resultado de la evaluación al diseño de controles implementados por el MSPS, la calificación obtenida fue 1,240 puntos, que corresponde al concepto de ''Adecuado''. En la evaluación a la efectividad de controles, el resultado obtenido es 1,40 puntos, valor correspondiente al concepto de "Efectivo". En consecuencia, de acuerdo con la metodología vigente para la evaluación del control interno, el puntaje final obtenido es 1,352, valor que permite a la Contraloría General de la República conceptuar que, para el periodo auditado, la Calidad y Eficiencia del Control Interno de la entidad es "Eficiente".

Para la evaluación del SCI en el Nivel Central se calificaron los macroprocesos:

• Gestión financiera, presupuestal y contable (reconocimiento y revelación de los estados contables).

• Gestión financiera, presupuestal y contable (ejecución y cierre de presu puesto).

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• Gestión de Adquisición de bienes y servicios (ejecución contractual, anticipos, adiciones, modificaciones)

• Supervisión e interventoría. • Planes, programas, proyectos y eventos extraordinarios (ejecución y

resultados e impacto). • Seguimiento actividad apoderados. • Evaluación del riesgo jurídico. • Pago de condenas y recaudo sumas a favor

Tabla No. 38 Evaluación de la calidad v eficiencia del control interno

~iTlento.<tl"ld.d.POder.d'"

AMI""rlol "",gol"nd,,o

~~_~_~.! V recaudo ,urnas a I.uo,

EJeouoi"n

5eguimiento V monito,."

Eje,u<lonvc¡."erlel pre>upue<IO

P,og,am.oión. tr< mil!! de p'«ent.dón V .p'''b."ón del p,e,upuesto

Eje.:u'ión ,0nlr"!Uol, anticipos, .01;,;000', modl ti O""on"

Supe,ui,i6neinMu."o,i.

Recooooimiento

R""I.oion,¡.lo, .starl", '''"tablo> Vli"""".'''s

~o~."~_I_,_"~_~!!~S!"n.1 __ _ 5e¡;u,mlent"ymonito,."d.l· o"litio.

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Fuente: Matriz para la Evaluación de la calidad y efiCiencia del control Interno CGR. Evaluación Equipo Auditor.

3.6. DENUNCIAS

Conforme al precepto Constitucional contenido en el artículo 267: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación". Dicho control se ejerce en forma posterior y selectiva, conforme a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la Ley 42 de 1993.

Del artículo 6° de la Constitución Política se derivan diversas clases de responsabilidad: la fiscal (F), la disciplinaria (O), la penal (P), y la civil, según que la conducta imputada cause un daño o perjuicio al patrimonio público, falta disciplinaria consagrada expresamente como tal por el ordenamiento jurídico, constituya delito definido por la ley, y Su investigación corresponde a las autoridades competentes, conforme a los procedimientos que rijan para cada una de ellas.

El alcance de las actuaciones de la Contraloría General de la República -CGR­está circunscrito entonces, a la evaluación de la gestión fiscal, definida en el artículo 3 de la Ley 610 de 2000 como: "(. . .) el conjunto de actividades económicas. jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos,

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así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales."

En este contexto, fueron allegadas a la Comisión auditora, las siguientes denuncias como insumo para el proceso auditor:

• Denuncia No 2015-92181-82111-0, por medio del cual se pone en conocimiento de diversas entidades, un presunto acaparamiento por parte de la EPS FAMISANAR del producto XEL JANZ (de Pfizer 5 mg), el cual no se encuentra en venta al público en droguerías de cadena ni cajas de compensación de Bogotá. La denunciante también aduce en su escrito que CAFAM Famisanar EPS, es la única entidad que le compra a Pfizer este medicamento y que lo estaría cobrando a FOSYGA por más de $2.200.000 cada caja aproximadamente.

Una vez evaluada la información allegada durante la atención de denuncia se puede concluir que los hechos irregulares quedan desvirtuados con base en los siguientes argumentos:

No existe "acaparamiento" del producto TOFACITINIB (XELJANZ) tableta por 5 mg, por cuanto la empresa importadora en Colombia Laboratorios PFIZER SAS ha informado que la EPS FAMISANAR no es cliente directo de su portafolio de servicios y la distribución del mismo se efectúa a través de los canales institucional y comercial.

En este sentido, el medicamento estaría disponible en el mercado nacional según la demanda de los clientes sin ninguna preferencia especial. Sin embargo, el Laboratorio aclara que dentro de sus prácticas comerciales no está estipulada la entrega al público general o pacientes bajo la modalidad de venta directa.

Es importante aclarar, que en temas relacionados con el acaparamiento de un medicamento, la Ley 9 de 1979, el Decreto 220 de 2005 y normatividad relacionada, establece la competencia en las Secretarias Departamentales y Distritales de Salud. Por otro lado, en sede administrativa, por indicación expresa de la Ley 100 de 1993 y subsiguientes, será el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, organismo adscrito al MSPS. Así mismo, la Superintendencia de Industria y Comercio, es responsable de vigilar la observancia de las disposiciones contenidas en el Estatuto del Consumidor Ley 1480 de 2011, en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención. En este campo tiene facultades administrativas para ordenar la suspensión de conductas ilegales, sancionatorias para reprimir a los infractores y jurisdiccionales para resolver sobre la garantía mínima presunta.

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No es posible categorizar como "recobros irregulares", los efectuados al FOSYGA por parte de la EPS FAMISANAR por concepto de suministro del producto TOFACITINIB (XELJANZ) tableta por 5 mg, por valor superior a dos millones doscientos mil pesos ($2.200.000) - tal como fue señalado por la denunciante-; por cuanto el valor promedio de los recobros aprobados a esta EPS para este ítem, tan solo asciende a un millón novecientos mil pesos ($1.900.000) aproximadamente, desde septiembre de 2014 hasta la fecha.

Finalmente es preciso indicar que una vez revisados y analizados los documentos allegados durante la investigación, este órgano de control no identificó observaciones con presunto alcance fiscal o que causen un daño al patrimonio público. Sin embargo, en caso de surgieran circunstancias que comprometan los intereses del patrimonio público, la CGR adelantará las acciones pertinentes.

En consecuencia se dio respuesta de fondo a la denunciante en dichos términos.

• Denuncia 2016-92700-82111-0 Montelíbano -Córdoba- mediante la cual se denuncias posibles irregularidades en la celebración de contratos que maneja la Secretaria de Salud Municipal de Montelíbano.

Lo indicado en la queja tiene relación con los recursos del Plan de Intervenciones Colectivas -PIC-, que hacen parte del Sistema General de Participaciones; en consecuencia, se consideró dar traslado de la Denuncia a la Gerencia Departamental de Córdoba -CGR- a fin de verificar los hechos que motivaron la misma y dar el trámite que corresponda.

• Denuncia No. 2016-94644-82110-0 Y radicados 2016EE0020666, 2016ER0014535: la CGR asumió el conocimiento de los hechos relacionados con los contratos de prestación de servicios: 202 19/02/2015 O.G. Y P.G, 203 de 19/02/2015 S.D.D.S. y 206 del 19/02/2015 D.M.B.R.; sobre el particular, la Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario - OCIO - del Ministerio, indica "de manera atenta informo que una vez a revisado el documento se pasa para radicación y lo entrego en reparto para adelantar las diligencias pertinentes dentro de los términos legales." Una vez analizados los contratos materia de la denuncia y verificados los hechos, éste órgano de control no identificó situaciones que permitieran inferir un presunto alcance fiscal o que causaran daño al patrimonio público, en consecuencia se dio respuesta de fondo en dichos términos.

• Solicitud No. 2016-94771-82111-SE y Radicado 2016ER0009553 del 04 de febrero de 2016 solicitando la intervención de la CGR, en relación con aquellas entidades que no han presentado la aceptación de la Conciliación Mensual de Cuentas Maestras de Recaudo, al administrador de recursos Fosyga.

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Una vez evaluada la información allegada y analizada durante la atención de la solicitud, la CGR ofició a CAJACOPI mediante correo electrónico del 08-04-2016 a la Representante Legal, en los siguientes términos: "La CGR evidenció que a febrero de 2016 CAJACOPI presenta ocho (8) meses sin conciliar con la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social según lo informado por su Dirección de Compensación del MSPS, cuyo valor asciende a $1.740,75 millones e intereses en el mismo periodo por $7,0 millones para un total por $1.747,76 millones"; sin embargo, no hubo respuesta por parte de dicha entidad. Una vez realizados los anteriores análisis y gestiones, se puede concluir que la CGR no tiene competencia para intervenir en los hechos denunciados los cuales son del resorte de los diferentes actores involucrados.

Por último, a continuación se relacionan algunos Insumas - IS -, recibidos por la Comisión Auditora a título informativo, los cuales fueron revisados por el equipo auditor, tomando aquellos elementos que se estimaron de utilidad.

NUMERO UNICO NACIONAL

3-2015-84984-82111-8E

4-2015-88259-82110-SE

5-2015-77863-82111-18

6-2015-78978-82111-18

7-2015-78980-82111-18

8-2015-80322-82111-18

9-2015-81361-82111-18

10-2015-81642-82111 -18

11-2015-81814-82111-18

Tabla No. 39 Documentos de origen ciudadano

HECHOS DENUNCIADOS (tomados del SIPAR) Se recibe comunicación en 290 folios por medio de la cual se allega copia de la sentencia T-313/15 Acción de Tutela Instaurada por Aestrepo Baquero Ignacio contra Comeva E.P.S y Flor Angela Bejarano de Castillo contra Aliansalud EPS, Secretaria Distrital de Salud y el Fosyga y la copia de los expedientes T-4.716.116 Y T-4.781.141, correspondientes a dicho proceso La Corte Constitucional envía el auto y soportes en los cuajes se declara un nivel de cumplimiento baio de la sentencia T-260 de 2008 sobre el Sistema de Seauridad Social en Salud_para que la Contraloría presente informe. Se llama la atención acerca de la angustiosa situación económica por la que atraviesa la E.S.E. Hospital San Juan de Dios de Segovia (Antioquia), debida a la no cancelación por parte de las EPS con las cuales el hospital tiene vínculo contractual, de los servicios médicos prestados a sus afiliados. Se trata de copia informativa Donde remite copia de la petición dirigida a la Secretaría Seccional de Salud del Magdalena, donde solicita se informe de la ejecución de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud para el año 2013 asignado al proyecto

J?ara población especial. Remite copia de la comunicación dirigida por el MSPS a la Secretaria de Salud Departamental del Meta, donde solicita se informe de la ejecución de los recursos transferidos por el Ministerio para el año 2013 asignado al proyecto para población especial. El denunciante manifiesta que la EPS Fundación Medico Preventiva S.A no viene cumpliendo con los pagos de servicios a E.S.E Hospital San Juan de Dios del Municipio de Segovia - Antioquia, generando de esta forma perjudican notoriamente las finanzas del Hospital en mención. El señor GUSTAVO MORALES G ¿? de Bioclinicos SAS remite copia de documentos para la revisión del Instituto Nacional de Cancerología con la que objetan procesos de invitación a cotizar Nos. 052 y 053 de 2015 Derecho de petición presentado inicialmente a la Gerencia ESE Hospital Universitario del Caribe de Cartagena Bolívar, en el que la Empresa Fundación Desarrollo Nacional FUNDENAL presenta observaciones respecto que la empresa CTA COESPROSALUD CTA, participó en el proceso licitatorio con el Hospital Universitario de Santander en convocatoria Pública 002 de 2015, proceso en el que está intentando acceder presentando un documento público, certificación expedido por el Hospital Universitario del Caribe el cual carece de soporte jurídico y técnico entre otros hechos que menciona en su comunicación. Remite copia de la comunicación dirigida al Ministro de Salud y Protección Social, donde aduce que según resolución No. 3483 del 4 de septiembre de 2014 del Minsalud. hay asignación de recurso por parte del Mlnsalud a la ESE Metrosalud; así mismo realiza una serie de preauntas

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Se remite comunicación dirigida a la Dirección General de Sanidad Mititar, 12- mediante la cual efectúa diferentes solicitudes relacionadas con la prestación de

2015-82829-82111-IS servicios de salud a los afiliados y sus beneficiarios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares y la aestión de los recursos destinados a su financiamiento. La Asociación Nacional Sindical de Trabajadores y Servidores Públicos de la Salud, la Seguridad Social integral y Servicios Complementarios de Colombia -ANTHOC-, solicita al Ministro de Salud y Protección Social, al Gobernador del

14- Valle del Cauca y al Secretario de Salud del Valle del Cauca, con copia a la 2015-87732-82111-IS CGR, la PGN y la SNS, que se haga el reconocimiento, giro y desembolso

inmediato de los recursos, que en la actualidad se encuentran en fiducia, por medio de los cuales se asignaron los cupos para apoyar los programas de saneamiento fiscal y financiero de los hospitales del aludido departamento

15- El apoderado de IPS envía copia de comunicación dirigida al consorcio SAYP en 2015-88001-82110-IS donde solicita el paQO de unos servicios médicos prestados.

16- El apoderado de una IPS envía copia de una comunicación dirigida al consorcio 2015-88457-82110-IS SAYP en donde solicita el pago de unos servicios médicos prestados.

El alcalde de San Vicente del Caguán remite copia de su comunicación dirigida al Ministro de Salud y Protección Social, ALEJANDRO GAVIRIA URIBE, dando cuenta de inconsistencias e irregularidades detectadas en la ejecución del

17- aseguramiento del régimen subsidiado en salud que la EPS CAPRECOM presta

2015-89916-82111-IS en el municipio de San Vicente del Caguán (Caquetá), señalando que a partir del mes de octubre la crisis se agudizó Como consecuencia de la expiración y no renovación de los contratos con los cuales garantizaba la prestación de sus servicios con la red hospitalaria, poniendo en riesgo la salud y la vida de las personas adscritas a dicha entidad. Solicita intervención de la Contraloría General de la República, como ente de

18- control para que tome las medidas pertinentes con los entes territoriales,

2015-90975-82110-IS previniendo que estos no contraten los servicios de salud, con aquellas aseguradoras que se encuentran en riesgo de intervención o liquidación, ya que causan riegos financieros a las E.S.E. El solicitante manifiesta que en cumplimiento a lo ordenado por la Sentencia 760 de 2008, de manera atenta la Defensoría del Pueblo presenta el séptimo informe de seguimiento al análisis realizado a los reportes presentados por la

19- Superintendencia Nacional de Salud y el Consejo Superior de la Judicatura, con 2015-84275-82111-IS corte a 31 de diciembre de 2014 en cumplimiento a las órdenes emitidas por la

honorable Corte Constitucional a dichas entidades. El Ministerio de salud y Protección Social, a pesar de los requerimientos realizados con Ofici04050-229 del 11 de febrero de 2015, reiterados con

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4. ANEXOS 4.1. ESTADOS CONTABLES 4.2. MATRIZ DE HALLAZGOS 4.3. INDICADORES DE GESTiÓN

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ANEXO 4.1. ESTADOS CONTABLES

MlNlSr~RlO" ni! SALUD r fflOTECCJON .sOCMr.{MINSAlJJDI DAR!; 1FNE1 IJAt.ANC#i. GENERAL CONSOLIDADO

lW'I'lIrnIil)¡QI

llilSS¡¡;f'eliloll.6lfiliN~GA

nl,,~lmj

uro ~\J.IiliJ,t:vWl" ¡~15 1MQ!.lai~ Y twI'O

WII RtIIJHl~'fGl6lfll,1CQ.

~ J4C!lH¡EMIfRU'fft:rUf'OD1!4:lfteWI

WlIli Equ¡palaEca~l.t«I\I;¡~vcowur ... 'JOJl ¡U/ji eQl.\'':~UtlfWf$l1OKll!,tfW:l.::KlHY~

1* E<\IJPOSCI!QQ.lilOOA,OO~M,D!SPftW,t~ ¡(;jS~~~

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31111 ~UlIlIAOOoa~

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'fOrAL PA5tVO+PATItilíCílrllO

9 GtlI!flTASQf!QftO!HACRetOORA$ 91 RliilPDtBA8ll..lIlAfl!S-comlHGlwrR (1) /iCRfeOClitAS Df(i()N1li.Dl ;rg .lCRUOORAS po~CQ.I(fj\A.{OO)

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c.niGula

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) ,

MINISTERIO DE SAWD y PROTECCION SOCIAL (MINSAWD I DAFPS / FNEi) ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONOMICA, SOCIAL y AMBIENTAL CONSOUDADO

A DICIEMBRE 31 DE 2015

41 4110

42 4210

43

4360

44

4428

47 4705

4722

48 4805

4906

4815

6

" 6205

6210

51 5101

5102

5103

5104

5111

5120

52 5202'

5204

5205 5211

53 5306

531.

5317

54 6401

5408

(Cifras en Miles de Pesos)

INGRESOS OPERACIONALES

INGRESOS FISCALES

NO TRIBUTARIOS

VENTA DE BIENES BIENES COMERCIALIZADOS

VENTA DE SERVICIOS

SERVICIOS DE DOCUMENTACiÓN E IDENTIFICACiÓN

TRANSFERENCIAS

OTRASTRANSFERENc~s

OPERACIONES INTERINSTITlJCIONAI.ES FONDOS RECIBIDOS

OPERACIONES SrN FLUJO DE EFECTNQ

OTROS INGRESOS FINANCIEROS

AJUSTE POR DIFERENCIA EN CAMBIO

AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES

COSTO DE VENTAS Y OPERACiÓN

COSTO DE VENTAS DE BIENES

BIENES PRODUCIDOS

BIENES COMERCIALIZADOS

GASTOS OPERACIONALES

ADMINISTRACION SUELDOS Y SALARIOS

CONTRIBUCIONES IMPUTADAS CONTRIBUCIONES EFECTIVAS

APORTES SOBRE LA NÓMINA

GENERALES

IMPUESTOS, CONTRIBUC10NES y TASAS

DE OPERACrON SUELDOS Y SALARlOS

CONTRIBUCIONES EFECTIVAS

PROCESO OE COMPENSACiÓN FOSYGA

Gf:NERAlES

PROVISIONES. AGOTAMIENTO. DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES PROVISIÓN PARA PROTECCIÚN DE INVENTARIOS

PROVISiÓN PARA CONTINGENCIAS

PROVISIONES DiveRSAS

mANSI=ERENClAS

TRANSFERENCPAS AL SECTOR PRlVAOO

SISTEMA GENERAL OE PARTICIPACIONES

l~.l

Carrera 8 No. 15-46 Piso 2. PBX 647 7000 [email protected] • www.contraloriagov.co. Bogotá, D. C., Colombia

119

31/12/2015

36.300.339.847

24.879.362.084 24.679.362.084

12.745.510 12.745.510

285.015

285.015

61.800.000

61.800.000

11.039.042.214

11,024,264.032

14,756.182

307.105.024 203.702.363

67.90e

103.314.733

10.103.934

10.103.934 3.671.012

6.4$2'.S22

36.996.578.252

211.434.187 42.358.610

32.152.352 37.939.572

1.727.1)05

82.254.92.4

15.000.623

17.012.790.995 7.195.302

36.783

15.909.972.425

95.598.488

534.047.707 19".9.43

52Q'.159.0l'iQ

4,868,895

15.053.954.493 1,534.306

6.979,3'20.140

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" -_ . . -';'. <#~~.'.";.~-:,h'':":-.

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECC/ON SOCIAL (MINSALUD / DAFPS / FNE) ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONOMICA, SOCIAL y AMBIENTAL CONSOLIDADO

A DICIEMBRE 31 DE. 2015

5421

5423

55 5502

5550

57 5705

5720

58 5605

5815

'1808

58 fiBOB

4610

(Cifras en Miles de Pesos)

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCfAL EN SALUD

OTRAS TRANSFERENCIAS

GASTO PUBLICO SOCIAL SALUD

SUBSIDIOS ASIFNAOOS OPERACIONES INTERINSTITUCIONALES FONDOS ENTREGADOS

OPERACIONES DE ENLACE

OTROS GASTOS FINANCIEROS

AJUSTE DE EJERCICIOS ANTERIORES

EXCEDENTE (DEFICIT) OPERACIONAL

INGRESOS NO OPeRACIONALES OTROS INGRESOS ORDINARIOS

GASTOS NO OPERACIONALES OTROS GASTOS ORDINARIOS

EXCEDENTE O DISFICIT NO OPERACIONAL

EXCEDENTE O DÉFICIT DE ACTIVIDADES ORDINARIAS

PARTIDAS EXTRAORDINARIAS

INGRESOS EXTRAORDINARIOS

EXCEDENTE(DEFICIT) DEL EJERCICIO

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31/12/2015

1".665.792.279

407.307.766

3.865.564.932 ;',65;"240.932

12.316.000

22.371.857 147_679

22.224.176

296.414.080 7.099271

289.314.809

-706.342.339

553A28

563.426 6.757

8.757

554.671

-705.787.668

38.669 ;'0.669

-705.748.S99

o

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ANEXO 4.2. MATRIZ DE HALLAZGOS

Incidencia

No. TíTULO F IP/AE/BA D P CUANTIA PAS Millones de

$ 1 Disposición de Residuos Eléctricos y Electrónicos 2 Sequimiento ley 1618 de 2011 3 Formato F-6 Sireci Indicadores de Gestión 4 Sostenibilidad financiera DAFPS 5 Meta Nacional Cumplimiento Objetivos de

Desarrollo del Milenio 6 Objetivo 4. Reducir la mortalidad de los niños

menores de cinco años 7 Obietivo No. 5 Meiorar la Salud Materna 8 Objetivo 6 Combatir el VIH/SIDA. el paludismo y

otras enfermedades 9 Consistencia de Información 10 Unificación de Criterios en términos para ejecución

de proyectos de inversión 11 Términos Ejecución Recursos 12 Actualización y Sequimiento SPI 13 Productos, Metas y Actividades en Promoción y

Prevención 14 Recursos Asignados para Atender Solicitudes de

la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres

15 Deudores Cuotas Partes Pensionales Foncolpuertos en Liquidación, cuenta 1470

16 Actualización Cálculo Actuarial Pro social en Liquidación, cuenta 2790

17 Cuentas Recíprocas Total O O 1 O O O

" En cuanto a la incidencia se en!lende as!. F. fiscal, D. dlsclpllnano, P. penal; IP: Indagaclon preliminar; AE: actuación especial; BA: beneficio de auditoría. PASo Proceso Administrativo Sancionatorio.

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ANEXO 4.3. INDICADORES DE GESTiÓN

I Cumplimiento Metas Indicadores Sireci

C;.'a"l\)~"

7. ECONOMfA

-'CALlDAD

nPOINDJCAOO,R/A~IBUTO/CUMi>UMIÉN't() , ,- .,,< ',,, ~T CÚMPUOOSJ/NO 4

, P~NDI<:NTE

Cum ¡im;ento de las nuevas condicione. financieras en .. 1 ."iedo de transición

''''PEND,~NTE

Ahorros ",1 s;st .. rr>a de salud oc control de recios d .. tecnolo {as en sal ud

Cart .. ra Deudas a más de lBOdias como orcenta'e de f .. ctur .. ~jón anual ~ h05 Itales ublicos

)SI

I'orcenta e % de ~:,~ Sin "es o rln .. n~lero O nes O ba o

"'_EFICACIA

'-'CALIDAD

,~ PENDIENTE

Porcent • .-" de Entidades Territori"les ue alcanzan al menos Un 80% de ~obertura en 4 o más controles renatales

Tasa mortalidad or EDA en niños niñas menoreS de 5 aflos - X lOO.OOOnlños menoreS de 5 años

Tasa Mortalidad or IRA en niños niñas ITlenOres de 5 años x 100.000 niños menoreS de 5 años

, , ,

-'COBERTURA 2

,- NO

Cobertura de vacunac'ón .. n niños de un año de edad con trl le viral ,;-SI

NÚITlero de bioló icos incor orados en el Es ueITla Nacional deVacunac'ón

,~;CDNFIABIUDAD

Entidad creada uesta en o eración frente a todas las COITl etenclas ue se le deterITlinan.

~)COST05

,-'P~ND,ENTE

O ortunidad en la detección de c¿'ncer de cuello uterino In sltu

Pro o,clo" de casos nUevos de cáncerd" ITlaITla en estadios tem ranos l-IIA

'5A Tl5FACCIÓN DEL CLIENTE

00-51

Porcentaje de avance en la IITlpleITlentacion del ITlodelo de atención Integral en salud para zonas cOn poblacion

dis ersa Piloto Gualnla

, 2

~- EFICIENCIA 5

"'CALIDAD

-" Porcentaje de puntos de atención en ,PS pú blicas con se.-vi cios d .. te leITledlcln a en zonas apartadas o con

roblemas de oferta

·-·CUMP~IMIENTO

,~)PENDIENn:

Porcent .. -e de casos de VIH detectados lem ranament ..

¡'-"OPORTUNIDAD

" Número de dfas para la asi"naclón de cita en la consulta con ITlédico y odontólogo gene'al, respecto a la fecha

ara la que se solicita

T,eITl o de es era en minutos ara la atención en consulta de Ur enclas ara el aciente clasificado cOITlO Tria e II

~'SATISFACC,ÓN DEL CLIENTE

Porcenta-e de la oblación ue asiste al menOS una vez al año a consulta médica u odontoló ica o, revencion

*~EQUIDAD

-,COBERTURA ,--SI

Porcenta-e de ersonas entre 18 25 años afillad .. s al sistema de salud

Porcenta-e de oblación aflU .. d .... 1 sistema de salud.

;';COSTOS

,~ SI

Catálo 05 d, itales de inforITlación en salud Intero erables dis onlbles ar .. consulta

Porcent .. -e de avance ara la determinación de Mecanismo de .. xclus;ón lista exclusiones

'~'CUMPlIMIENTO

" Número de Entidades Territoriales con ASIS im le mentado

NUITlero de Ent,dades Territoriales con 'm lementación del PDSP Numero de v!ctimas COn atención sicosocial UARlV - MinSalud

"'"-'SATISFACCiÓN DELCUENT~

Perce ción de confianza en las EPS

, ,

, , •

,

OTROS -'1

'_~'CALIDAD

""SI Documento de Polftic .. Pública del Talento Humano en S .. lud.

~~jSATISFACClÓN DEL CLIENTE

,PÓ:ND'ENTE

Entidades territoriales (departamentales o dlstrltales) con proyectos de Infraestructura fisica o de dotación de las Em res as 50cial .. s del Estado, cofin anciados

NÚITlero de guias de práctica clínica gestionadas por el Ministerio de Salud y Protección Social con herraITlientas

de im lernentaclón elaboradas ~,VALORACIÓN DE COSTOS AMBIENTA~ES

-.'CONFIABILIDAD

" Portal web d .. consulta en salud rolección S,oclal o .. ,ando 1'ot;,I' e"eral

Fuente: Formato F-6 SIRECI

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