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v1.0 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 001 -2014-GRA/GG-GRDS-DRSA-HRGDV-DIR/ADM. DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY 1. OBJETIVO: 1.1. Proporcionar los criterios técnicos, procedimientos, flujos, formatos y plazos para garantizar la fluidez de la información correspondiente al proceso presupuestario, con incidencia en la ejecución presupuestal, orientada al cumplimiento de las metas programadas 1.2. Orientar a una mayor eficiencia, calidad y rentabilidad en la Administración de la Entidad, a través de la aplicación de una reforma estructural en los campos, laboral, social, económica y financiera. 2. FINALIDAD 2.1. La presente directiva, es un documento normativo de gestión que permite mejorar el proceso presupuestario, con incidencia en la ejecución presupuestal, de la Entidad. Orientado a generar una cultura de toma de decisiones en base a información gerencial 3. ALCANCES 3.1. La presente Directiva tiene alcance Institucional a nivel de la Entidad, siendo de aplicación y cumplimiento obligatorio por todo el personal administrativo y asistencial, bajo cualquier modalidad contractual 4. BASE LEGAL 4.1. Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico. 4.2. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.3. Ley Nº 30114, Ley del presupuesto del Sector Público para el año 2014. 4.4. Ley Nº 27444 ley del procedimiento Administrativo general. 4.5. Decreto legislativo 276, ley de bases de la carrera administrativa. 4.6. Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento del decreto ley 276. 4.7. Decreto Legislativo Nº 1057 Contrato administrativo de Servicios 4.8. D. S. Nº 075-2088-PCM que reglamenta la Ley Nº 1057 4.9. D. S. Nº 065-2011-PCM que modifica el DS Nº 075-2008 5. DISPOSICIONES GENERALES Comentario [UdW1]: HACIA EL CUAL VA DIRIGIDO UNA ACCION Comentario [UdW2]: MOTIVACION O FIN CON QUE SE HACE LAS COSAS Comentario [UdW3]: AMBITO GEOGRAFICO DE APLICACION Comentario [UdW4]: Gestión Integral y eficiente Comentario [UdW5]: Artículo 1 Ley 28411. Establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto. Comentario [UdW6]: Establece el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general.

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v1.0 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 001 -2014-GRA/GG-GRDS-DRSA-HRGDV-DIR/ADM.

DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

1. OBJETIVO:

1.1. Proporcionar los criterios técnicos, procedimientos, flujos, formatos y plazos para garantizar la fluidez

de la información correspondiente al proceso presupuestario, con incidencia en la ejecución

presupuestal, orientada al cumplimiento de las metas programadas

1.2. Orientar a una mayor eficiencia, calidad y rentabilidad en la Administración de la Entidad, a través de

la aplicación de una reforma estructural en los campos, laboral, social, económica y financiera.

2. FINALIDAD

2.1. La presente directiva, es un documento normativo de gestión que permite mejorar el proceso

presupuestario, con incidencia en la ejecución presupuestal, de la Entidad. Orientado a generar una

cultura de toma de decisiones en base a información gerencial

3. ALCANCES

3.1. La presente Directiva tiene alcance Institucional a nivel de la Entidad, siendo de aplicación y

cumplimiento obligatorio por todo el personal administrativo y asistencial, bajo cualquier modalidad

contractual

4. BASE LEGAL

4.1. Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico.

4.2. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

4.3. Ley Nº 30114, Ley del presupuesto del Sector Público para el año 2014.

4.4. Ley Nº 27444 ley del procedimiento Administrativo general.

4.5. Decreto legislativo 276, ley de bases de la carrera administrativa.

4.6. Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Reglamento del decreto ley 276.

4.7. Decreto Legislativo Nº 1057 Contrato administrativo de Servicios

4.8. D. S. Nº 075-2088-PCM que reglamenta la Ley Nº 1057

4.9. D. S. Nº 065-2011-PCM que modifica el DS Nº 075-2008

5. DISPOSICIONES GENERALES

Comentario [UdW1]: HACIA EL CUAL VA DIRIGIDO UNA ACCION

Comentario [UdW2]: MOTIVACION O FIN CON QUE SE HACE LAS COSAS

Comentario [UdW3]: AMBITO GEOGRAFICO DE APLICACION

Comentario [UdW4]: Gestión Integral y eficiente

Comentario [UdW5]: Artículo 1 Ley 28411. Establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto.

Comentario [UdW6]: Establece el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general.

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DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

5.1. Conceptos Generales.

5.1.1. La Administración pública. Es un servicio de subordinación por cuenta ajena y con los

recursos encargados. La disciplina administrativa se desarrolla sobre la base de cinco

procedimientos administrativos:

5.1.1.1. Planificación. La mejor forma de determinar los cursos de acción para el cumplimiento de

los objetivos.

5.1.1.2. Organización. La mejor forma de disponer los recursos para el cumplimiento de los

objetivos. El proceso organizativo debe basarse en el principio de la ventaja comparativa.

5.1.1.3. Dirección. Referido al manejo del potencial humano para hacerlo más productivo.

5.1.1.4. Ejecución. Es la materialización de los planes de acuerdo a la disposición de los recursos

con las que se cuenta y con el personal idealizado para tal fin.

5.1.1.5. Control. Finalmente, se realiza una valoración del nivel de cumplimiento de los objetivos

determinados en el proceso de la planificación a fin de seguir el curso de acción de

acuerdo a los resultados obtenidos.

5.1.2. El Presupuesto Público, es un instrumento de gestión del Estado por medio del cual se

asignan los recursos públicos sobre la base de una priorización de las necesidades de la

población. Las necesidades son satisfechas a través de la provisión de bienes y servicios

públicos de calidad, para la población, financiados por medio del presupuesto. El presupuesto

es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año

fiscal. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año

5.1.3. El gasto público, es un conjunto de erogaciones que por concepto de gasto corriente, gasto

de capital y servicio de deuda, realizan las Entidades con cargo a los créditos presupuestarios

aprobados por la Ley Anual de Presupuesto, para ser orientados a la atención de la prestación

de los servicios públicos y acciones desarrolladas por las Entidades de conformidad con sus

funciones y objetivos institucionales.

5.1.3.1. Los gastos públicos de la Entidad se estructuran en:

5.1.3.1.1. Clasificación Institucional: El presupuesto Institucional se divide en:

5.1.3.1.1.1. Presupuesto Estratégico. Destinado a financiar el desarrollo de las

Estrategias Sanitarias para el cumplimiento de las metas físicas establecidas

5.1.3.1.1.2. Presupuesto Programático. Destinado a financiar las acciones centrales de

la gestión sanitaria de la Entidad. Comprende el soporte administrativo de la

misma.

5.1.3.1.1.3. APNOP. Son fondos destinados para atender demandas que no terminan en

productos y que no están considerados en las dos primeras clasificaciones.

5.1.3.1.2. Clasificación Funcional Programática:

La clasificación funcional de los fondos públicos de la Entidad es el siguiente:

5.1.3.1.2.1.1. Función

5.1.3.1.2.1.2. Programas

5.1.3.1.2.1.3. Sub programa

La clasificación programática de los fondos de la Entidad es el siguiente:

Comentario [UdW7]: 1.Servicio: Estamos para servir 2.Subordinado: Damos cuenta 3.Cuenta ajena: función delegada 4.Recursos encargados: Nada es nuestro

Comentario [UdW8]: Si las personas estuvieran en el lugar donde mejor saben hacer las cosas, se tendría a la gente más capacitada en cada lugar.

Comentario [A9]: El personal no debe considerarse como un recurso (medio) si no como un fin (art. 01 Carta Magna)

Comentario [UdW10]: Artículo 14 Ley 28112 Ley marco de la administración Financiera

Comentario [UdW11]: Desde el enfoque PpR, los recursos se utilizan para generar un resultado. En tal sentido, puede desencadenar en: Gasto, si no consigue el resultado Costo, si logra el resultado Inversión, si además de lograr el resultado, genera otro beneficio inherente. Bajo este contexto, el término más adecuado sería COSTO PUBLICO????

Comentario [UdW12]: La doctrina actual conceptualiza el gasto social como “provisión de un beneficio a través de transferencia de dinero y provisión de bienes (alimentos: haly warma) y servicios (salud: control prenatal)”

Comentario [UdW13]: % ideal del PIA (10%)

Comentario [UdW14]: Es el presupuesto desagregado por una parte en funciones, programas funcionales y subprogramas funcionales mostrando las líneas centrales de cada entidad en el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado; y por otra desagregada en programas presupuestarios, actividades y proyectos que revelan las intervenciones publicas

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DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

5.1.3.1.2.1.4. Programa

5.1.3.1.2.1.5. Producto

5.1.3.1.2.1.6. Actividad

5.1.3.1.2.1.7. Sub producto

5.1.3.1.3. Clasificación Económica: La clasificación económica de los fondos de la Entidad

es el siguiente:

5.1.3.1.3.1. Gastos corrientes.

5.1.3.1.3.2. Gastos de Capital.

5.1.3.1.4. Clasificación Genérica. Los gastos de la Entidad de clasifican en:

5.1.3.1.4.1.1. Genérica 2.1, Personal y Obligaciones sociales

5.1.3.1.4.1.2. Genérica 2.2, Pensiones y Prestaciones sociales

5.1.3.1.4.1.3. Genérica 2.3, Bienes y Servicios

5.1.3.1.4.1.4. Genérica 2.5, Otros gastos

5.1.3.1.4.1.5. Genérica 2.6, Bienes de Capital

5.2. Principios.

5.2.1. Principios Generales.

a. Calidad.

i. La Calidad es sinónimo de satisfacción. Todo acto administrativo está orientado a la

satisfacción del usuario, donde prima el interés colectivo al particular.

ii. La Calidad es un enfoque. Toda acción o acto administrativo tiene un atributo de

calidad. La calidad es responsabilidad de todos los servidores.

iii. La calidad tiene tres dimensiones: a). Técnica, referido a capacidad técnica de las

personas, asociado al manejo adecuado de los sistemas; b). Humana, referido a la

empatía y trato humano a sus usuarios y; c). El entorno de la Calidad. Implica un

trabajo interdisciplinario y multidimensional.

b. Cumplimiento.

i. Objetivos institucionales verificables; el servidor público conoce la misión, visión,

objetivos y estrategias de la Entidad.

ii. Tareas y responsabilidades explicitas; las acciones y/o actividades de los servidores

públicos, están establecidos en los documentos de gestión institucional

iii. Líneas de autoridad. Los flujos de las acciones administrativas se corresponden

con el organigrama de la Entidad. La Entidad promueve el respecto a la investidura

de sus funcionarios y Autoridades.

c. Seriedad.

i. La Entidad, promueve el principio de honestidad en sus relaciones con sus

Proveedores, sus usuarios y su entorno laboral.

d. Eficiencia.

i. La Entidad, promueve el uso óptimo de los recursos físicos, financieros e

intangibles. La forma de utilización de sus recursos pueden desencadenar en:

a. Gasto. Si el uso de los recursos no es recuperado en la misma magnitud.

b. Costo. Si el uso de los recursos, por lo menos se recupera en igual magnitud.

c. Inversión. Si el recurso utilizado ha generado una plusvalía.

5.2.2. Específicos.

a. Universalidad. Todos los ingresos y gastos de la Entidad, se sujetan a la presente

Directiva.

Comentario [UdW15]: Es el presupuesto por gastos corrientes, gastos de capital y servicio de deuda

Comentario [UdW16]: Se entiende como satisfacción referido al servicio prestado.

Comentario [UdW17]: Una de las herramientas de la mercadotecnia aplicables al sector de servicios sería: PRODUCTOS ESTANDARIZADOS en alguna etapa de la cadena de producción del servicio.

Comentario [UdW18]: Según Carlos Ozawa, para producir un servicio de calidad hay que tener personas de calidad. Para ello se requiere.

1.El bien ser. Ser, bien disciplinado, bien ordenado, bien respetuoso, etc. 2.El bien hacer. Hacer bien las cosas, vestirse bien, hablar bien, amar bien, jugar bien, etc. 3. El bien estar. Toda persona estará bien consigo mismo, si cumple las dos primeras condiciones. 4. El bien tener. Tarde o temprano, llegarás a tener lo que quieras si cumples los 3 anteriores.

Comentario [UdW19]: Las personas no deben pensar que están haciendo un ladrillo si no, construyendo un edificio.

Comentario [UdW20]: Implica el conocimiento del ROF, la actualización del MOF y la MAPRO.

Comentario [UdW21]: Se debe tomar en cuenta dos variables: 1. Tiempo. Comprar máquina de escribir en 1980 hubiera sido una inversión, sin embargo hacerlo ahora solo irroga gasto. 2. Situación. El uso de s/. 50.00 NS en licor podría ser una inversión, cuando se utiliza para una reunión con socios estratégicos para cerrar un negocio. En otra situación podría considerarse como un gasto

Comentario [UdW22]: Si bien el gasto está referido a los componentes indirectos en el proceso de la producción, aquí está referido en un sentido general.

Comentario [UdW23]: En administración pública, la recuperación de los recursos no es bajo la misma forma o expresión (dinero, bien o servicio), si no en términos de por ejemplo reducción de pobreza o satisfacción de necesidades.

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b. Anualidad. El Presupuesto de la Entidad tiene vigencia anual y coincide con el año

calendario. En ese periodo se afectan todos los ingresos percibidos y todos los gastos

generados con cargo al presupuesto autorizado en el año fiscal correspondiente

c. Especifidad cualitativa. Los presupuestos aprobados para la Entidad se destinan

exclusivamente en las finalidades para la que fueron autorizados

d. Transparencia presupuestal. El proceso de asignación y ejecución de los fondos

públicos sigue los criterios de transparencia en la gestión presupuestal, brindando o

difundiendo la información pertinente, conforme la normatividad vigente

5.3. De la Oficina de Planificación y Presupuesto.

5.3.1. La oficina de Planificación y Presupuesto, es un órgano de asesoramiento técnico en materia

de su competencia y tiene las funciones de evaluación y control presupuestal en el proceso de

la ejecución, encargado de Planificar, dirigir, controlar y articular las actividades operativas, con

énfasis en el abordaje de los determinantes sociales de la salud.

5.3.2. Tiene las siguientes competencias:

5.3.2.1. Cumplir y hacer cumplir la normatividad de los sistemas y procesos sectoriales de

planeamiento, organización, financiamiento y presupuesto, para el logro de sus objetivos

funcionales, en el ámbito de los roles y competencias asignadas a la Entidad

5.3.3. Para efectos de la presente Directiva, cumple las siguientes actividades.

5.3.3.1. Certificar la disponibilidad presupuestal para la adquisición de bienes y servicios, previa

las formalidades establecidas en la presente directiva.

5.3.3.2. Realizar las modificaciones presupuestales a solicitud de los programas estratégicos y/o

direcciones correspondientes, de acuerdo a sus competencias, previa evaluación del

informe de sustento y las normas que regulan en materia presupuestal.

5.3.3.3. Gestionar los créditos presupuestarios a través de las instancias pertinentes, a fin de

cubrir las brechas del cuadro de necesidades del ejercicio presupuestal.

5.3.3.4. Realizar las incorporaciones de los créditos presupuestarios

5.3.3.5. Llevar a cabo el desarrollo de los programas estratégicos alineados a los programas

presupuestales y las definiciones operacionales.

5.3.3.6. Garantizar el cumplimiento de los convenios prestacionales.

5.3.3.7. Garantizar la implementación de actividades de promoción de la salud.

5.3.3.8. Participa activamente en la construcción de matrices para el proceso de la programación

y formulación presupuestal.

5.3.3.9. Cumplir con la personalización de la cartera de servicios por centros de costos, dentro de

los plazos establecidos en la presente directiva.

5.3.3.10. Cumplir con el establecimiento de las metas físicas a nivel de centros de costos, de

acuerdo a los criterios de programación establecidos.

5.4. De la Oficina de Administración

5.4.1. La oficina de Administración, es un órgano de Apoyo responsable de la gestión del potencial

humano, los recursos materiales y económicos, así como la operatividad de los puntos de

atención, para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

5.4.2. Tiene las siguientes competencias:

5.4.2.1. Administrar el potencial humano y los recursos institucionales, en el marco de la

normatividad de los sistemas administrativos de personal, presupuesto, abastecimiento,

contabilidad y tesorería.

5.4.3. Para efectos de la presente Directiva, cumple las siguientes actividades.

Comentario [UdW24]: El término presupuesto podría reemplazarse por FINANCIAMIENTO, ya que implica a la gestión por tratarse de una tarea de dotar recursos.

Comentario [UdW25]: Se pone énfasis en el término: potencial humano

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5.4.3.1. Autorizar la adquisición de bienes y/o la contratación de servicios, previa evaluación de la

naturaleza de los bienes/servicios requeridos y según la disponibilidad presupuestal.

5.4.3.2. Monitorizar el proceso de la ejecución presupuestal a través de los sistemas SIAF-SIGA

en las diferentes fases de ejecución presupuestal.

5.4.3.3. Presidir los comités funcionales para el cumplimiento del proceso de contrataciones.

6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1. Programación

6.1.1. Es el proceso mediante el cual la Entidad programa su propuesta de presupuesto

institucional, instrumento que sirve de base para el anteproyecto de Presupuesto del Sector

Público.

6.1.2. La Programación Presupuestaria es la etapa inicial del Proceso Presupuestario en el que la

entidad estima los gastos a ser ejecutados en el año fiscal siguiente, en función a los servicios

que presta, para el logro de resultados. En esta etapa, se realizas las siguientes acciones:

6.1.2.1. Revisar la Escala de Prioridades de la entidad en el Plan Estratégico Institucional y el

POI.

6.1.2.2. Determinar la Demanda Global en términos presupuestales, considerando la

cuantificación de las metas, programas y proyectos para alcanzar los objetivos

institucionales de la entidad.

6.1.2.3. Estimar los fondos públicos que se encontrarán disponibles para el financiamiento del

presupuesto y así determinar el monto de la Asignación Presupuestaria a la entidad.

6.1.2.4. Determinar el financiamiento de la Demanda Global de Gasto, en función a la Asignación

Presupuestaria Total.

6.2. Formulación.

6.2.1. Es el proceso de la determinación de la estructura funcional programática a nivel del pliego en

la cual se consignan las metas en función de las escalas de prioridades así como las cadenas

de gasto y las fuentes de financiamiento.

6.2.2. En la formulación presupuestaria los pliegos deben:

6.2.2.1. Determinar la Estructura Funcional y la Estructura Programática del presupuesto de la

entidad para las categorías presupuestarias. En el caso de los Programas

Presupuestales, se utiliza la estructura funcional y la estructura programática establecida

en el diseño de dichos programas. Vinculando, de ser el caso, los proyectos a las

categorías presupuestarias.

6.2.2.2. Registrar la programación física y financiera de las actividades/acciones de inversión y/u

obra en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF

Comentario [UdW26]: Si bien es competencia de Planificación, tomar en cuenta el numeral 5.5.3.1 de la presente directiva

Comentario [UdW27]: O financieros???

Comentario [UdW28]: Física y financiera

Comentario [UdW29]: Esta acción es importante ya que posteriormente se requerirá la priorización, ya que los fondos públicos siempre son limitados.

Comentario [UdW30]: Son 3 categorías presupuestales:

1. Programas presupuestales. 2. Acciones Centrales y 3. APNOP Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos -

Comentario [UdW31]: A cargo de la oficina de Planificación

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6.3. Aprobación.

6.3.1. El presupuesto público se aprueba por el Congreso de la República mediante una Ley que

contiene el límite máximo de gasto a ejecutarse en el año fiscal. La aprobación presupuestaria

presenta cinco pasos:

6.3.1.1. El MEF - DGPP prepara el Anteproyecto de la Ley Anual de Presupuesto del Sector

Público

6.3.1.2. El Consejo de Ministros remite el Proyecto de Ley Anual del Presupuesto al Congreso de

la República

6.3.1.3. El Congreso debate y aprueba

6.3.1.4. Las entidades aprueban su Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de acuerdo a la

asignación aprobada por la Ley Anual de Presupuesto

6.3.1.5. La Dirección General de Presupuesto Público, emite a los pliegos el reporte oficial de presupuesto con el desagregado por ingresos y egresos

6.4. Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).

6.4.1. El Presupuesto Institucional de Apertura es el presupuesto, con el cual, la Entidad inicia sus actividades en el ejercicio presupuestal vigente. Su aprobación es a nivel del pliego.

6.4.2. El PIA se aprueba a nivel de desagregado de los créditos presupuestarios autorizados en la Ley Anual de Presupuesto. El nivel de desagregación alcanza la Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Obra y/o Acción de Inversión, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Meta, Fuente de Financiamiento, Rubro, Categoría del Gasto, Genérica del Gasto, Subgenérica del Gasto y Específica del Gasto.

6.5. Presupuesto Institucional Modificado (PIM)

6.5.1. El PIM es el Presupuesto Institucional actualizado como consecuencia de las modificaciones

presupuestarias, tanto a nivel institucional como a nivel funcional programático, efectuadas

durante el año a partir del PIA

6.5.2. Las modificaciones conllevan a la ampliación, reducción, anulación y/o habilitación de créditos

presupuestarios, dentro o entre Unidades Ejecutoras o pliegos.

6.5.3. Las modificaciones del presupuesto institucional se realiza a nivel de específica de gasto.

6.5.4. Los tipos de modificación presupuestal que realiza la Entidad son:

6.5.4.1. Modificaciones a nivel institucional. Son aquellas que amplían el monto del presupuesto

total de la entidad y se configuran a través de las incorporaciones de mayores fondos

públicos proveniente de los créditos suplementarios así como de la inclusión de saldos de

balances o donaciones. Estas modificaciones son:

6.5.4.1.1. Incorporación de saldos de ejercicios anteriores

6.5.4.1.2. Desembolso de créditos por convenios

6.5.4.2. Modificaciones a nivel funcional. Son aquellas que se realizan dentro del marco del

presupuesto institucional Vigente y se configuran a través de habilitaciones y anulaciones

a nivel de metas presupuestarias cuya variación afecta el presupuesto a nivel de

actividades. Estas modificaciones son:

Comentario [UdW32]: Artículo 23° de la Ley General

Comentario [UdW33]: Es un proceso dinámico y rutinario, sin embargo algunos tipos de modificaciones no deben entrar al terreno de la rutina.

Comentario [UdW34]: Cuando se trate de modificaciones a nivel institucional

Comentario [UdW35]: Cuando se trate de modificaciones a nivel funcional

Comentario [UdW36]: Solo son recuperables, las fuentes distintas a RO. En el caso de RO solo se recupera fondos de la genérica 2.6

Comentario [UdW37]: Son: 1. Convenio por capitación, que incrementa el presupuesto 2. Compra de medicamentos, que disminuye el presupuesto.

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DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

6.5.4.2.1. Modificaciones dentro de la misma meta presupuestaria. Se origina a solicitud del

responsable de la meta presupuestaria a través de la ficha técnica Nº 001.

6.5.4.2.2. Modificaciones entre metas presupuestarias. Se origina a solicitud del responsable

de las metas designadas a través de la ficha técnica Nº 001. Si dicha modificación

incide en la cuantificación de la meta física, deberá de adjuntar la ficha técnica Nº

002 “Reprogramación del POI”, el mismo que deberá ser evaluada para su

aprobación.

6.5.5. Están limitado las modificaciones presupuestales siguientes:

6.5.5.1. La partida de gasto 2.1.1, retribuciones y complementos en efectivo.

6.5.5.2. La partida de gasto 2.2.1, Pensiones.

6.5.5.3. La genérica 2.6 no podrá ser habilitadora para destinar a gastos del CAS.

6.5.6. Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser objeto de anulaciones, si:

6.5.6.1. Luego de haberse cumplido el fin para el que estuvieron previstos, generan saldos.

6.5.6.2. Si se suprime la finalidad;

6.5.6.3. Si existe un cambio en la prioridad de los objetivos institucionales.

6.5.6.4. Si las proyecciones muestran que al cierre del año fiscal arrojen saldos de libre

disponibilidad, como consecuencia del cumplimiento o la supresión total o parcial de

metas presupuestarios.

6.5.7. Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser objeto de habilitaciones si:

6.5.7.1. Las proyecciones al cierre del año fiscal muestran déficit respecto de las metas

programadas.

6.5.7.2. Si se incrementan o crean nuevas metas presupuestarias

6.5.7.3. No se podrán autorizar habilitaciones para gastos corrientes con cargo a anulaciones

presupuestarias, vinculadas a gastos de inversión.

6.5.8. La solicitud de la modificación presupuestal deberá ser atendida dentro de las 48 horas de

iniciado el pedido. Dicha atención será notificado al solicitante con copia a la oficina de

administración.

6.6. Ejecución Presupuestal.

6.6.1. Concepto. Es la etapa del proceso presupuestario en donde se atiende las obligaciones de

gasto de acuerdo al presupuesto institucional aprobado, tomando en cuenta la Programación

de Compromisos Anual (PCA).

6.6.2. La Ejecución Presupuestaria está sujeta al presupuesto anual y a sus modificaciones. Se

inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembre de cada año fiscal.

6.6.3. La etapa del compromiso y devengado deben sujetarse a la certificación del crédito

presupuestario, que se desprende del presupuesto Institucional aprobado y de la PCA. La etapa

del girado y pago debe sujetarse a las formalidades y procedimientos que establezca la

Dirección general de Tesoro Público.

Comentario [UdW38]: Articulo 41 Ley 28411

Comentario [UdW39]: No solo se debe una programación errónea, si no también, puede existir financiamientos externos que ayudaron cumplir dicha meta

Comentario [UdW40]: Como en los casos fortuitos (epidemias, terremotos, inundaciones, etc)

Comentario [UdW41]: No existe el MAPRO para este procedimiento. Dicha estimación se basa en las observaciones de la recarga laboral actual.

Comentario [UdW42]: La presente directiva tiene alta incidencia en las acciones operativas de la ejecución presupuestal.

Comentario [UdW43]: Toda adquisición se sujeta a la certificación presupuestal

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6.6.4. Los gastos originados por los actos administrativos o actos de administración emitidos por

las unidades orgánicas y/o responsables de metas, deben contar con la autorización, guardando

las formalidades correspondientes.

6.6.5. Programación de Compromisos Anualizados (PCA). La PCA es un instrumento de

programación del gasto público que permite la comparación permanente entre la programación

presupuestaría y el marco macroeconómico multianual, las reglas fiscales y la capacidad de

financiamiento para el año en curso.

6.6.5.1. La programación de los compromisos anualizados se realiza a nivel de genérica de gasto.

La priorización de la PCA se realiza a nivel de específica de gasto.

6.6.5.2. La finalidad de la PCA es mantener la disciplina, prudencia y responsabilidad fiscal. Se

determina por la Dirección General del Presupuesto Público del MEF al inicio del año

fiscal y se revisa y actualiza periódicamente. La determinación, actualización y revisión de

la PCA atiende a los siguientes principios:

6.6.5.2.1. Eficiencia y efectividad en el gasto público: La PCA es concordante con una ejecución eficiente, eficaz y efectiva del gasto público, con la disciplina fiscal y la escala de prioridades que aprueba el Titular del pliego

6.6.5.2.2. Predictibilidad del gasto público: La PCA permite a los pliegos tener certidumbre sobre el límite anual para realizar compromisos anualizados, desde el inicio del año fiscal.

6.6.5.2.3. Presupuesto dinámico: La PCA responde a una ejecución dinámica de los presupuestos institucionales de los pliegos.

6.6.5.2.4. Perfeccionamiento continuo: La PCA está sujeta a perfeccionamiento continuo con el objeto de mejorar la ejecución del gasto público de los pliegos.

6.6.5.2.5. Prudencia y Responsabilidad Fiscal: La PCA busca asegurar que los gastos que estimen ejecutar los pliegos propendan al equilibrio en el mediano plazo.

6.6.5.3. La PCA, constituye una fuente de información para la determinación y revisión del mismo.

6.6.5.4. La PCA se determina en función a: 1) gastos rígidos, 2) devengados del año precedente, y 3) Atención de las intervenciones en los Programas Presupuestales

6.6.5.5. La PCA se modifica, previa su revisión y actualización, en forma trimestral, el cual se actualiza a través del SIAF-SP. Excepcionalmente se realizan modificaciones dentro del trimestre.

6.6.6. El pedido, es el requerimiento que formaliza el área usuaria, de las necesidades de bienes y

servicios, orientadas a garantizar el cumplimiento de las metas físicas de su responsabilidad.

6.6.7. El pedido lo realiza el responsable de la meta física, en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIGA), a través de la siguiente opción: Siga, modulo logístico, sub modulo pedidos, opción registro de pedidos: pedidos programados o pedidos de bienes y servicios.

6.6.7.1. Existen dos tipos de pedidos: a) Pedidos Programados, son aquellos pedidos que se realizan con cargo a los bienes programados en el proceso de programación PpR y b) Pedidos no Programados. Son aquellos pedidos que se realizan sobre la necesidad de bienes y servicios que no han sido programados en el proceso de programación PpR.

6.6.7.2. Solo se pueden formular pedidos sobre el listado de bienes y servicios registrados en el catalogo institucional de bienes y servicios.

Comentario [UdW44]: Es más un instrumento de utilidad del Pliego y MEF, por cuanto focaliza la priorización de gasto en función al nivel de ejecución

Comentario [UdW45]: Si bien la PCA es asignado por la DGPP, la priorización corresponde a la oficina de Planificación de la UE

Comentario [UdW46]: En el marco del artículo 16° de la Ley General de Presupuesto

Comentario [UdW47]: Un filtro que controla al funcionario de no excederse del techo anual. Por ello los PCAs se autorizan en función al nivel de avance de gasto

Comentario [UdW48]: Los PCAs se van incrementado en la medida que se avance en la ejecución presupuestal. Por supuesto, respetando el PIM

Comentario [UdW49]: planillas de remuneraciones y pensiones, pago de los servicios básicos, entre otros

Comentario [UdW50]: Los presupuestos en la fase de devengado no se pierden en el ejercicio fiscal, en consecuencia se debe programar su pago en el año siguiente.

Comentario [UdW51]: La programación de gastos de las estrategias

Comentario [UdW52]: Casos excepcionales: b) servicio de deuda pública; c) transf de Reserva de Contingencia; d) Transf financieras e) Sentencias judiciales; f) la fusión y/ o transferencia g) Incorporaciones de recursos h) los créditos suplementarios i) Transferencias de partidas

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6.6.7.3. Todo pedido amerita el registro de especificaciones técnicas del bien o servicio a requerir.

Es responsabilidad del área usuaria, precisar las características del bien a solicitar, bajo responsabilidad.

6.6.8. Autorización del pedido. Es un acto administrativo que viabiliza la solicitud formulada por el

usuario, cuya responsabilidad recae en la Oficina de Administración.

6.6.9. Los pedidos no autorizados deben ser devueltos al área usuaria indicándose las causas de rechazo, para su subsanación, reformulación y/o archivo, dentro de las 24 horas hábiles siguientes a su presentación.

6.6.10. Los pedidos se autorizan de acuerdo al siguiente criterio:

6.6.10.1. Cuando se trate de pedidos programados, se verificará la existencia de saldos a nivel del código del catálogo de bienes, en el cardex de almacén (sub almacén general y sub almacén especializado), respectivo a través del Sistema Integrado de Gestión Administrativa – SIGA.

6.6.10.2. Cuando se trate de pedidos no programados, se verificará la disponibilidad presupuestal a nivel del clasificador de gastos, meta y fuente de financiamiento a través del Sistema Integrado de Gestión Administrativa – SIGA y el Sistema Integrado de administración Financiera – SIAF.

6.6.11. El curso de acción de los pedidos autorizados es el siguiente:

6.6.11.1. Los pedidos programados van directamente a almacén para su atención ya sea en forma parcial o total.

6.6.11.2. Los pedidos no programados van a la oficina de logística para su respectivo estudio de mercado.

6.6.12. Estudios de mercado. Es el estudio sobre las posibilidades que ofrece el mercado respecto

a un bien o servicio requerido por la entidad, a fin de determinar el monto referencial o el costo real de adquisición para un proceso de selección o compra directa, respectivamente. Los estudios de mercado se realiza a través de las cotizaciones.

6.6.12.1. La cotización, es la indagación de variables cuali-cuantitativos del bien o servicio

requerido, en el mercado, a través de un documento formulado para tal. El formato de cotización se ajusta a la ficha técnica Nº 003

6.6.12.2. La cotización se realiza de acuerdo a las especificaciones técnicas y/o característica mínimas consignadas por el área usuaria. Adicionalmente a la información propia contenida, las cotizaciones registran las condiciones de adquisición y/o contratación siguientes:

6.6.12.2.1. Fecha de la cotización.

6.6.12.2.2. Validez de la oferta.

6.6.12.2.3. Tiempo de entrega del bien o servicio.

6.6.12.2.4. Razón social, RUC y domicilio fiscal.

6.6.12.3. La cotización es realizado por el órgano encargado de adquisiciones, conforme los requerimientos formulados por el usuario, en donde se designa un responsable de acuerdo al MOF.

6.6.12.4. El cuadro comparativo de cotizaciones, es un instrumento de utilización en

compras directas, que permite contrastar las mejores condiciones de compra institucional sobre la base de las cotizaciones, el cual concluye con la adjudicación. El formato del cuadro comparativo se ajusta a la ficha técnica Nº 004

Comentario [UdW53]: De acuerdo al estudio de tiempos, la evaluación de cada pedido no debe tomar más de 10 minutos, en cualquier tipo.

Comentario [A54]: Solo existe un almacén. El cual tiene dos sub almacenes (general y especializado)

Comentario [UdW55]: Son nulos toda autorización sin la disponibilidad presupuestal, bajo responsabilidad.

Comentario [UdW56]: Un estudio de mercado debe contener además: 1. El valor referencial; 2. La existencia de pluralidad de marcas y/o postores; 3. La posibilidad de distribuir la Buena Pro; 4. Información para la determinación de los factores de evaluación 5. La pertinencia de realizar ajustes a las características y/o condiciones de lo que se va a contratar ART 12 DIRECTIVA 10-2009- OSCE-CD

Comentario [UdW57]: Entiéndase entidad al área usuaria.

Comentario [UdW58]: Otros datos a adjuntar:

1. Correo electrónico y teléfono. 2. Monto mínimo de atención. 3. Stock mínimo del bien

Comentario [UdW59]: Según el MOF, lo realiza el cotizador, que está en la responsabilidad del área de adquisiciones.

Comentario [UdW60]: Incluye toda compra que no supera los 3 UIT (unidad impositiva tributaria) vigente.

Comentario [UdW61]: En este caso solo está referido a las compras directas.

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6.6.12.5. El cuadro comparativo está orientado a mejorar la eficiencia y lograr la eficacia en el

proceso de adquisición de bienes y servicios.

6.6.12.6. El cuadro comparativo es elaborado por el órgano encargado de contrataciones. Sirve para tomar decisiones respecto a la adjudicación.

6.6.12.7. La adjudicación, es un acto administrativo mediante el cual, el órgano encargado

de contrataciones, conjuntamente con el usuario; eligen al proveedor, con quien se formalizará la transacción, bajo el principio de eficiencia, eficacia e interés institucional. Constituye un instrumento de gestión en el proceso de la ejecución presupuestal y forma parte del cuadro comparativo de cotizaciones.

6.6.12.8. Los parámetros de evaluación para la adjudicación son:

6.6.12.8.1. Calidad del producto

6.6.12.8.2. Tiempo de entrega

6.6.12.8.3. Historial del proveedor

6.6.12.8.4. Precio.

6.6.12.9. La adjudicación es el instrumento de sustento para solicitar la certificación al área correspondiente.

6.6.13. Certificación. Es el acto de administración en el que se constata la existencia de créditos

presupuestarios para atender las obligaciones durante el ejercicio fiscal. Se materializa a través del documento que acredita la existencia del crédito presupuestario suficiente, orientado a la atención del gasto, de acuerdo a la ficha técnica Nº 005.

6.6.13.1. La certificación presupuestal es emitido por la oficina de Planificación y Presupuesto, a solicitud de los áreas o unidades respectivas quienes ordenan el gasto, contratan y/o adquieren un compromiso, según corresponda, de acuerdo a la presente directiva. La solicitud es atendida dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento.

La solicitud de certificación se registra en el SIAF-SP, módulo administrativo y lo realiza la Oficina de Administración a través del órgano encargado de contrataciones u otra unidad competente, con los documentos de sustento respectivo. El registro de la certificación se aprueba en el SIAF-SP, modulo presupuestal, el cual es competencia de la oficina de Planificación

6.6.13.1.1. Tratándose de gastos de personal (genérica de gasto 2.1), la solicitud de certificación presupuestal se realiza por el monto total que demanda la plaza, en el ejercicio presupuestal. Dicha certificación es solicitada por la Oficina de Personal de la Entidad con el visto bueno de la oficina de Administración.

6.6.13.1.2. Tratándose de gastos para la Contratación administrativa de Servicios (CAS), (sub genérica 2.3.8), la solicitud de certificación se realiza por el monto total que demanda la plaza en el ejercicio presupuestal. Dicha certificación es solicitada por la Oficina de Personal de la Entidad con el visto bueno de la oficina de Administración.

6.6.13.1.3. Tratándose de gastos de servicios básicos, la certificación se realiza a solicitud del órgano encargado de contrataciones, con los montos referenciales del ejercicio anterior, tomando en cuenta los variables que puedan sustentar su incremento o su disminución.

6.6.13.1.4. Tratándose de la adquisición de bienes y/o contratación de servicios, sujetos a la Ley de Contrataciones, la certificación se realiza a solicitud del órgano encargado de contrataciones, por el monto estimado, resultante del estudio de mercado y precede al proceso de selección y/o compromiso mensual según sea el caso.

Comentario [UdW62]: Eficiencia: Uso óptimo de los recursos Eficacia: Logro de Objetivos.

Comentario [UdW63]: Obviamente los procesos de selección se ajustan a la normativa del D. L. 1017

Comentario [UdW64]: Se entiende que el usuario conoce la calidad del producto, a través de las marcas o presencia en el marcado

Comentario [UdW65]: Recuerde la máxima: “el tiempo vale más que el dinero”

Comentario [UdW66]: Los proveedores nuevos no tiene historial para la entidad.

Comentario [UdW67]: Directiva N° 005-2010-EF/76.01 modificada por la Resolución Directoral N° 022-2011-EF/50.01

Comentario [UdW68]: Art. 77ª D.S. Nº 304-2012-EF

Comentario [UdW69]: Verificar el tiempo. Parece demasiado

Comentario [UdW70]: Son gastos por concepto de: Luz, agua, teléfono, internet; cuyos montos mensuales son casi homogéneos, por tanto es posible proyectar para el año.

Comentario [UdW71]: 1. Si son procesos de selección, se debe solicitar la certificación antes de aprobar el expediente de contratación. 2. Si son compras directas, se debe pedir la certificación antes de generar la Orden.

En el primer caso, el monto de la certificación es por el monto referencial y en el segundo caso será por el monto de la orden.

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6.6.13.1.5. Tratándose de gastos de proyectos de duración mayor a un ejercicio

presupuestal, la certificación se realiza solamente lo correspondiente al ejercicio presupuestal actual.

6.6.13.2. La certificación del crédito presupuestario es susceptible de modificación, en relación a su monto, objeto o anulación, siempre que tales acciones estén debidamente justificadas y sustentadas por el área correspondiente.

6.6.13.3. La certificación del crédito presupuestario resulta requisito indispensable para la realización de un gasto

6.6.13.4. La oficina la Panificación lleva el registro de las certificaciones de crédito presupuestario realizadas, con el objeto de determinar los saldos disponibles para expedir nuevas certificaciones.

6.6.14. Compromiso anual. Es el acto de administración que prevé la proyección de un

determinado gasto a comprometer durante todo el ejercicio presupuestal. En ningún caso, el compromiso anual puede ser superior al monto de la certificación.

6.6.14.1. El compromiso anual es registrado en el Modulo administrativo del SIAF-SP, por el responsable de solicitar dicha certificación. Esta función es delegable.

6.7. Fase de Ejecución del Gasto Público La ejecución del gasto público tiene cuatro pasos:

6.7.1. Compromiso.

6.7.1.1. Concepto. El compromiso es el acto de administración mediante el cual el funcionario

facultado a contratar y comprometer el presupuesto a nombre de la entidad acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los presupuestos aprobados, la PCA y las modificaciones presupuestarias realizadas.

6.7.1.2. Los responsables de realizar el compromiso son:

6.7.1.2.1. El órgano encargado de contrataciones.

6.7.1.2.1.1. Para la Adquisición de bienes y contratación de servicios

6.7.1.2.2. La oficina de Personal

6.7.1.2.2.1. Por las obligaciones de planillas de remuneraciones

6.7.1.2.2.2. Por las obligaciones de planillas del CAS

6.7.1.2.3. La oficina de tesorería

6.7.1.2.3.1. Por el reconocimiento de planillas de viáticos

6.7.1.2.3.2. Por el reconocimiento de planillas de estipendios

6.7.1.2.3.3. Por el reconocimiento de planillas de movilidad local.

6.7.1.3. El compromiso se efectúa con posterioridad a la generación de la obligación nacida de acuerdo a Ley, Contrato o Convenio.

6.7.1.4. El compromiso se efectúa a la correspondiente cadena de gasto, reduciendo su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del respectivo documento oficial.

6.7.1.5. El compromiso se realiza dentro del marco de los créditos presupuestarios aprobados en el presupuesto institucional del pliego para el año fiscal, con sujeción al monto del PCA, por el monto total anualizado de la obligación.

Comentario [UdW72]: Se está usando el termino gasto por usos y costumbres, sin embargo debe procurarse mínimamente resultar en costo.

Comentario [UdW73]: Artículo 27.- 27.1 Los créditos presupuestarios tienen carácter limitativo. No se pueden comprometer ni devengar gastos, por cuantía superior al monto de los créditos presupuestarios autorizados en los presupuestos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos o de administración que incumplan esta limitación, sin perjuicio de las responsabilidades civil, penal y administrativa que correspondan.

Comentario [UdW74]: Son obligaciones nacidas de acuerdo a Ley: Planilla remuneraciones, sentencias judiciales, etc.

Comentario [UdW75]: Orden de compra o servicios

Comentario [UdW76]: Convenios interinstitucionales

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6.7.1.6. Los principales documentos que sustenta el compromiso son: la orden de compra, la

orden de servicios, los contratos, la planilla de remuneraciones y la planilla de viáticos. Excepcionalmente, y cuando la situación contractual lo amerite, dichas obligaciones se pueden formalizar a través de los documentos detallados en el anexo Nº 001

6.7.1.7. Los documentos de sustento de la orden de compra, orden de servicio y la Planilla de Única de Remuneraciones son las descritas en los anexos Nº 002, 003, y 004/005, respectivamente, que forman parte de la presente directiva. Adicionalmente, el anexo Nº 004/005 contiene a los Instrumentos Nº 001, 002 y el Instructivo Nº 001, que forman parte de la presente directiva.

6.7.2. El Devengado

6.7.2.1. Concepto. El devengado es el acto de administración mediante el cual se reconoce una obligación de pago, derivada de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditación documentaria ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor.

6.7.2.2. El devengado no implica el reconocimiento total de la obligación contractual. Por consiguiente, debe verificarse las condiciones contractuales del documento que vincula dicha obligación, bajo responsabilidad del área correspondiente

6.7.2.3. De haberse verificado omisiones a las condiciones contractuales, el área correspondiente está obligado, bajo responsabilidad, de informar dicha omisión a su jefe inmediato, proponiendo las medidas correctivas a tomarse, conforme la normatividad vigente en la materia.

6.7.2.4. El devengado conlleva, además, a la verificación de una de las condiciones detalladas:

6.7.2.4.1. La recepción satisfactoria de los bienes

6.7.2.4.2. La prestación satisfactoria de los servicios

6.7.2.4.3. El cumplimiento satisfactorio de los términos contractuales.

6.7.2.5. El reconocimiento de la deuda lo certifica la unidad de almacén, cuando se trate de bienes o las áreas usuarias cuando se trate de servicios.

6.7.2.6. La entrada del bien al almacén es certificada por el responsable de almacén, a través de los siguientes documentos:

6.7.2.6.1. Factura

6.7.2.6.2. Guía de Remisión

6.7.2.6.3. Acta de conformidad suscrita por el usuario/experto responsable, proveedor y responsable de almacén.

6.7.2.7. La conformidad del servicio es certificada por el usuario directamente responsable del uso o beneficio del servicio prestado o por el nivel jerárquico inmediatamente superior, cuando la naturaleza del servicio así lo requiera. Adicionalmente, los responsables de programas presupuestales pueden certificar la conformidad del servicio, siempre que los servicios prestados estén vinculados al cumplimiento de sus objetivos. Dicha certificación se formaliza a través de los siguientes documentos de sustento:

6.7.2.7.1. Factura y/o recibo por honorarios.

6.7.2.7.2. Informe de actividades de la prestación del servicio.

6.7.2.7.3. Acta de conformidad por el servicio prestado

6.7.2.8. El registro del acto administrativo del devengado en el SIAF-SP, es responsabilidad de la Oficina de Contabilidad y tesorería.

Comentario [UdW77]: Sirve para recabar información contenida en la resolución de liquidación de guardia y sub cafae

Comentario [UdW78]: Persigue dos objetivos:

1.Estandarizar informas 2.Exterioriza metas tangibles.

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6.7.2.9. Los documentos de sustento para el devengado de una Orden de compra, orden de

servicio y planilla única de remuneraciones son los detallados en los anexos Nº 006A, 006B y 006C respectivamente, que forman parte de la presente Directiva.

6.7.2.10. El registro SIAF del devengado se realiza dentro de las 24 horas de haberse realizado el acto administrativo del reconocimiento de la deuda, salvo excepciones enunciadas por norma expresa.

6.7.3. El Giro. 6.7.3.1. Concepto. El giro es el acto administrativo mediante el cual la entidad salda el

reconocimiento de la deuda a través de una orden escrita por el personal autorizado para tal fin.

6.7.3.2. Está prohibido realizar girados de obligaciones no devengadas. 6.7.3.3. El girado se realiza mediante: Cheques, Carta Orden, u otro documento validado por la

normativa vigente. 6.7.3.4. La acción administrativa del girado es responsabilidad del tesorero o la persona

expresamente asignada mediante documento de encargo. 6.7.3.5. El girado se realiza, previa verificación de los documentos de sustento, dentro de las 24

horas posteriores de haberse aprobado la fase del devengado.

6.7.4. El Pagado

6.7.4.1. El pago es el acto de administración mediante el cual se extingue, en forma parcial o total, el monto de la obligación reconocida, debiendo formalizarse a través del documento oficial correspondiente.

6.7.4.2. Está prohibido efectuar pagos de obligaciones no devengadas. Salvo las siguientes excepciones:

6.7.4.2.1. Habilitación de fondos para pagos en efectivo y/o fondos para pagos en caja chica, los cuales se sujetan a su respectiva directiva administrativa.

6.7.4.2.2. Habilitación de fondos para reconocimiento de viáticos y pasajes, los cuales se sujetan a su respectiva directiva administrativa.

6.8. Evaluación presupuestal.

6.8.1. Concepto. la evaluación presupuestal, es el proceso obligatorio, integral, sistemático y

continúo de la apreciación objetiva y demostrable del nivel de cumplimiento de las actividades programadas y los recursos utilizados durante un periodo determinado.

6.8.2. El avance físico está referido al cumplimiento de las metas físicas programadas en el SIGA-SP, y contempladas en el POI. El avance financiero está referido al nivel de ejecución presupuestal a nivel de devengado. En ambos casos debe existir correlación entre el avance físico y financiero, el mismo que se evalúa a través de otros tipos de indicadores económicos.

6.8.3. La Oficina de Planificación y presupuesto efectúa la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones de las metas físicas y financieras, en relación a lo aprobado en el POI, en coordinación con los responsables de las metas y/o programas presupuestales.

6.8.4. Los responsables de cada programa presupuestal y/o meta, informan, bajo responsabilidad, a la oficina de Planificación y Presupuesto el avance de la meta física de los indicadores de los productos, a nivel de sub Productos, utilizando la ficha técnica Nº 006.

6.8.5. Los responsables de cada programa presupuestal y/o meta, informan, bajo responsabilidad, a la oficina de Planificación y Presupuesto, el alcance de los logros y/o resultados obtenidos. Dicha información es en forma semestral a través de la ficha técnica Nº 007.

7. DISPOSICIONES FINALES

7.1. La presente directiva es de aplicación inmediata y de observación obligatoria por todo el personal de la Entidad

7.2. Es Responsabilidad de la Dirección de Administración, la correcta aplicación y cumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva.

Comentario [UdW79]: Todo acto puede posponerse por dos causas:

1. Caso fortuito. Atribuible a la naturaleza 2.Fuerza mayor. Atribuible a las personas

Comentario [A80]: Se requiere aportes de Tesorería para esta parte de la directiva

Comentario [A81]: Aportes de Tesorería…., sobre la mecánica operativa

Comentario [UdW82]: Solo el acto del devengado confirma la entrega del bien o la realización del servicio. Por consiguiente, la meta física debe relacionarse con la ejecución a nivel de devengado.

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ANEXOS:

1. Documentos sustentatorios del compromiso

2. Documentos sustentatorios de la orden de compra.

3. Documentos sustentatorios de la orden de servicio.

4. Documentos sustentatorios de la planilla Única de Remuneraciones

5. Documentos sustentatorios de la planilla Única CAS

6. Documentos de sustento

a. Para el devengado de una O/C

b. Para el devengado de una O/S

c. Para el devengado de la P/R

FICHAS TECNICAS:

1. Solicitud de modificación Presupuestal

2. Reformulación del POI

3. Formulario de cotización

4. Cuadro comparativo.

5. Certificación de Crédito Presupuestario.

6. Evaluación Trimestral

7. Informe de resultados

INSTRUMENTOS:

1. Programación de turnos y Guardias Hospitalarias/Comunitarias.

2. Informe de control de asistencia

INSTRUCTIVOS:

1. Informe Mensual de actividades – CAS

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1 Convenio/contrato suscrito 4 Dispositivos Legales

2 Orden de compra/servicio 5 Actos Administrativos

3 Planillas 6 Resoluciones/memorandos

DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS DE LA FASE DEL COMPROMISO

ANEXO Nº 01

1 Pedido de compra 3 Proformas o cotizaciones

2 Solicitud de Cotizaciones 4 Cuadro comparatico de cotizaciones

DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS PARA GENERAR LA ORDEN DE COMPRA

ANEXO Nº 02

1 Pedido de Servicio 3 Propuesta técnica/económica

2 TDR 4 Acta de adjudicación

DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS PARA GENERAR LA ORDEN DE SERVICIO O

CONTRATO

ANEXO Nº 03

1

2

3 Documentos de sustento del sistema de desplazamientos

DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS DE LA PLANILLA UNICA DE REMUNERACIONES

ANEXO Nº 04

Informe de Asistencia remitido por los responsables de microrredes

Resolución de liquidación de guardias

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1

2

3

4 Report 40 - HIS-MIS (de corresponder)

5 Report produccion SIS (de corresponder)

DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS DE LA PLANILLA UNICA CAS

ANEXO Nº 05

Informe de Asistencia remitido por los responsables de microrredes

Contrato

Informe de actividades

1 Guia de Remisión* 3 Conformidad de Orden/Acta de conformidad*

2 Boleta/Factura* 4 Sesión de derechos

3 CCI*

* Obligatorios

DOCUMENTOS DE SUSTENTO PARA DEVENGAR UNA ORDEN DE COMPRA

ANEXO Nº 06A

1 Informe de actividades* 4 Conformidad de orden/Acta de conformidad*

2 Recibo Honorarios/Factura* 5 Constancia de suspension, rentas 4ta

3 CCI*

* Obligatorio

DOCUMENTOS DE SUSTENTO PARA DEVENGAR UNA ORDEN DE SERVICIO

ANEXO Nº 06B

1 Detalle PLH de haberes 3 Detalle PLH de Tributos

2 Detalle PLH de descuentos 4 Detalle PLH de AETAS

3 Detalle PLH de Cargas Sociales 5 Detalle PLH de CAFAE

DOCUMENTOS DE SUSTENTO PARA DEVENGAR PLANILLA DE REMUNERACIONES

ANEXO Nº 06C

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DIRECCION

ANUL

AC.

CRED

ITO

1

2

3

4

0 0 0

FICHA TECNICA Nº 001

RESPONSABLE Vº. Bº.

HRGDV

SOLICITUD DE MODIFICACION PRESUPUESTALU. E.

U. ORGANICA:

CAT. PRESUP.

LINEA

APNOP

ACUMULADO

FTE FTO:

0

CADENA GASTO

META

MODIF.

S. P

IM

PIM

ACT

UAL

APOYO

Prog. Estratégico

TOTAL GENERAL

ASESORAMIENTO

Ac. CentralesGG SG SG

d

ES Esd

DIRECCION APOYO ASESORAMIENTO

Evitar la MM ………..

Ac. Centrales

M/A + -

1

2

3

4

5

6

7

9

10

FICHA TECNICA Nº 002

RESPONSABLE Vº. Bº.

REFORMULACION DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL

Dis. La des. Infantil

Prog. Estratégico

U. E.

U. ORGANICA:

OBJ. EST.

CAT. PRESUP.

SUB PROD.

LINEA

APNOP

M/R

PRODUCTO:

HRGDV

DIM. FISICA

U. M.

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Sistema Integrado de administración Financiera. Fecha :

Módulo de Logistica Hora :

Versión 13.02.00 Página :

Señores :

Dirección :

Teléfono : Fax :

Nro. Cons. : Fecha :

Concepto :

CANTIDAD

REQUERIDA

PRECIO

UNITARIO

PRECIO

TOTAL

TOTAL

Condiciones de compra:

- Marca:

- Plazo de entrega / Tiempo de servicio:

- Validez de la Cotización:

- Garantía:

- La cotización debe incluir IGV:

Atentamente,

________________

Resp. Adquisiciones

La Cotizacion debe estar dirigida a GOB REG. APURIMAC - RED DE SALUD COTABAMBAS, en la siguiente Direccion: BARRIO

SAGRARIO S/N PLAZA PRINCIPAL DSITRITO TAMBOBAMBA - COTAMABAS

FICHA TECNICA Nº 003

UNIDAD

MEDIDADESCRIPCION

SOLICITUD DE COTIZACIÓN

UNIDAD EJECUTORA : 402 GOB. REG. APURIMAC - HRGDV-ABANCAY

Nº DE IDENTIFICAICON : 01037

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Sistema Integrado de administración Financiera. Fecha :

Módulo de Logistica Hora :

Versión 13.02.00 Página :

MARCA T. ENT. P. U P. TOTAL MARCA T. ENT. P. U P. TOTAL

1 - -

2 - -

3 - -

4 - -

ADQUISICIONES

ADJUD. OBSRV.

FICHA TECNICA Nº 004

CUADRO COMPARATIVO DE COTIZACION

Vº Bº LOGISTICAUSUARIO

N CANT DESCRIPCION U. M.PROVEEDOR Nº 01 PROVEEDOR Nº 02

CATEGORIA PROG. PTAL META FTE ESP. GTO PIM CTFCDOSALDO

DISPON.

1

2

3

En concecuencia, Existe credito Presupuestario disponible

No existe credito Presupuestario disponible

Ofic. Planif. Ppto.

TOTAL

PRODUCTO

La certificación del crédito presupuestario ascienda a la suma de s/.

de acuerdo al detalle del registro SIAF Nº

De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 011 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, el presente documento no

convalida los actos o acciones que se realicen con inobservancia de los requisitos esenciales y

formalidades impuestas en la norma legales en la utilización financiera de los fondos publicos asignados.

NOTA:

FICHA TECNICA Nº 005

CERTIFICACION DE CREDITO PRESUPUESTARIO Nº ……

ASUNTO:

DIM. FISICA INF. PRESUPUESTALNº

Adquisicion/Contratación de: …………………………………………..

FECHA: Abancay, …/…/…

La situación presupuestal de la Meta presupuestal y cadena Programática relacionada al

requerimiento, es la siguiente:

CADENA PROGRAMATICA

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DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

DIRECCION APOYO ASESORAMIENTO

Evitar la MM …..

Ac. Centrales

M. A U. M. AV Nº

1

2

3

4

5

6

7

9

10

DIM. FISICASUB PROD.

LINEA

APNOP

ACUMULADO

%

PRODUCTO:

FICHA TECNICA Nº 006

RESPONSABLE Vº. Bº.

HRGDV - ABANCAY

EVALUACION TRIMESTRAL DEL POI

Dis. La des. Infantil

Prog. Estratégico

U. E.

U. ORGANICA:

OBJ. EST.

CAT. PRESUP.

DIRECCION APOYO ASESORAMIENTO

Evitar la MM ….

Ac. Centrales

1

2

3

Vº. Bº.

HRGDV - ABANCAY

INFORME DE RESULTADOS Y/O LOGROS OBTENIDOS

Dis. La des. Infantil

Prog. Estratégico

U. E.

U. ORGANICA:

OBJ. EST.

CAT. PRESUP.

Nº PRODUCTO

FICHA TECNICA Nº 007

RESPONSABLE

LINEA

APNOP

DIFICULTADES ESTRATEGIASLOGROS

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v1.0 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 001 -2014-GRA/GG-GRDS-DRSA-HRGDV-DIR/ADM.

DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M M

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Leyenda:

M Turmo Mañana

T Turno tarde

GD Guardia Diurna

GN Guardia Nocturna

- Descanzo

V Vacaciones

L Licencias

INSTRUMENTO Nº 001

Jefe personal Vº Bº Jefe EE. SS.

PROGRAMACION DE TURNOS Y GUARDIAS HOSPITALARIAS

DEL SERVICIO DE. …………………………………………….., CORRESPONDIENTE AL MES DE …………………….. 201_

Nº NOMBRES Y APELLIDOS C. LAB G. O.

L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M M J V S D L M M

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Leyenda: - Asistencia Normalf Faltast Tardanzasi Inasistenciasv Vacacionesl Licencias

INSTRUMENTO Nº 002

Jefe personal -Microrred Vº Bº Jefe Microrred

INFORME DE CONTROL DE ASISTENCIA

DEPARTAMENTO/SERVICIO.………………………………….., CORRESPONDIENTE AL MES DE …………………….. 201_

Nº NOMBRES Y APELLIDOS C. LAB G. O.

Comentario [UdW83]: La programación de Turnos es a nivel de departamentos/servicios

Comentario [UdW84]: Este formato sirve para consolidar el informe de asistencia de los Servicios a nivel de Departamento.

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v1.0 DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 001 -2014-GRA/GG-GRDS-DRSA-HRGDV-DIR/ADM.

DIRECTIVA PARA APLICAR EL PROCESO PRESUPUESTARIO Y LA EJECUCION PRESUPUESTAL EN EL HOSPITAL REGIONAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA - ABANCAY

Lugar y fecha

A : (Deberá dirigirse al Jefe del Servicio correspondiente)

ASUNTO : Informe de actividades del mes de ______ 201_

REF : Contrato CAS Nº _____-201_

Organo Población Total

Departamento/Direccion Poblacion MEF

Area/servicio Población Niño > 5 años

Acciones Administrativas Consultas

-------------------------------- Triaje/Tópico -------------------------------- Procedimientos

Los mismos que han sido reportados a través del HIS/SIS y/o SIAF/SIGA a las instancias correspondientes

Atentamente,

INSTRUCTIVO Nº 001INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES

INFORME Nº __-201_-GRA/GG-GRDS-DRSA-HRGDV/DIR/(DEPARTAMENTO)/(iniciales del responsable)

ANALISIS SITUACIONAL

DEMANDAOFERTA

ACTIVIDADES REALIZADAS

GESTION PRESTACION

Comentario [UdW85]: Los informes de actividades del personal CAS deben ser presentados en este formato