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GOBIERNO GIONAL CUSCO cp,esiáencia ~Biona{ RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 175¿ -2014-GR CUSCO/PR Cusco, 2 4 GeT 2014 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. VISTO: El informe 1100-116-2014, Memorándum 1100-1065-2014 Y Memorándum 1100-1033-2014 de la Dirección Ejecutiva del P.E.R. PLAN COPESCO e Informe 457-2014-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial Regional PLAN COPESCOcreado por Decreto Supremo N° 001- 69-IC/DS de fecha 25 de Abril de 1965, Unidad Ejecutora del Gobierno de la Región Cusco a mérito de los Decretos Supremos N° 038-2004-PCM y N° 074-2004-PCM, tiene por objeto la planificación y ejecución de obras de desarrollo turístico y económico de las Zonas que cuentan con atractivos turísticos, estableciendo de esta forma la infraestructura básica requerida para generar flujos turísticos expansivos y crecientes, posibilitando el desarrollo sostenido de la región y del país; Que, la modalidad de ejecución presupuestaria directa de conformidad lo previsto por el Artículo 59° de la ley N° 28411 Ley general del sistema nacional de presupuesto, que distingue dos modalidades de ejecución presupuestal de las actividades, proyectos y componentes que tienen a su cargo las entidades del estado, es definida como aquella que se produce cuando la entidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuestal y financiero de las actividades y proyectos, así como de sus respectivos componentes; en tanto que la ejecución presupuestaria indirecta, se produce cuando la ejecución física y financiera de las actividades y proyectos, así como de sus respectivos componentes, es realizada por una entidad distinta al pliego, sea por efectos de un contrato o convenio celebrado con una entidad privada o una entidad pública, sea a título oneroso o gratuito; Que, conforme a la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG del 18 de Julio de 1988, sobre ejecución de Obras por administración directa, en su artículo 1° numeral 1) sostiene que las entidades que programen la ejecución de obras bajo esta modalidad deben contar con la asignación presupuestal, el personal técnico-administrativo, los equipos necesarios; y el numeral 5) sostiene que en la etapa de construcción la entidad dispondrá de un cuaderno de Obra en el cual anotará las modificaciones autorizadas, los problemas que vienen afectando el cumplimiento de los cronogramas establecidos y las constancias de supervisión de la obra; del mismo modo en el numeral 8) el ingeniero residente y/o inspector presentara un informe mensual detallado precisando los aspectos limitantes y las recomendaciones para superarlos, debiendo la entidad disponer medidas respectivas; Que, mediante informe Técnico INF. TECNICO NO 044-2009-GR CUSCO/GRPPAT-OPIla Oficina de Programación e Inversiones de la Región Cusco declara la viabilidad del PIP "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia de Acomayo - Cusco" con código SNIP N° 45901, con un presupuesto de 5/. 19'186,200.00 siendo responsable de su Formulación y Ejecución el PERPLAN COPESCO; Que, mediante Resolución Directoral N° 110-2009-DE-COPESCO/GRC del 14 de Setiembre del 2009, se aprueba el Expediente Técnico del Proyecto: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo, Provincia de Acomayo - Cusco" con código SNIP N° 45901, con un presupuesto total de 5/. 21 '078,883.56, bajo la modalidad de Administración Directa y registrado en el Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, mediante Resolución Directoral 022-2011-DE-COPESCO/GRC de fecha 07 de Diciembre del 2011, se aprueba el Expediente Técnico Reformulado del proyecto: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia de Acomayo - Cusco" con código SNIP N° 48564, con un presupuesto total de 5/. 22796,358.99 bajo la modalidad de Administración Directa, la misma que no fue registrado en la OPI, pero que sirvió para el control de la ejecución de los años 2011,2012 Y 2013; Que, con Memorándum N° 1100-1033-2014 de la Dirección Ejecutiva, considerando el memorándum N° 1700-450-2014 de la Dirección de Supervisión, memorándum N° 5100-1605- 2014 de la Dirección de Obras y memorándum N° 5500-421-2014 de la Sub Dirección de Infraestructura Vial del PER PLAN COPESCO; el Director Ejecutivo del PER PLAN COPESCO aprueba mediante Memorándum Autoritativo, la ampliación de plazo de 14 meses aprobado en el

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GOBIERNO GIONAL CUSCOcp,esiáencia ~Biona{

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALN° 175¿ -2014-GR CUSCO/PR

Cusco, 2 4 GeT 2014EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

VISTO: El informe N° 1100-116-2014, Memorándum N° 1100-1065-2014 YMemorándum 1100-1033-2014 de la Dirección Ejecutiva del P.E.R. PLAN COPESCOe Informe N°457-2014-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno RegionalCusco;

CONSIDERANDO:

Que, el Proyecto Especial Regional PLAN COPESCOcreado por Decreto Supremo N° 001-69-IC/DS de fecha 25 de Abril de 1965, Unidad Ejecutora del Gobierno de la Región Cusco amérito de los Decretos Supremos N° 038-2004-PCM y N° 074-2004-PCM, tiene por objeto laplanificación y ejecución de obras de desarrollo turístico y económico de las Zonas que cuentancon atractivos turísticos, estableciendo de esta forma la infraestructura básica requerida paragenerar flujos turísticos expansivos y crecientes, posibilitando el desarrollo sostenido de la regióny del país;

Que, la modalidad de ejecución presupuestaria directa de conformidad lo previsto por elArtículo 59° de la ley N° 28411 Ley general del sistema nacional de presupuesto, que distinguedos modalidades de ejecución presupuestal de las actividades, proyectos y componentes quetienen a su cargo las entidades del estado, es definida como aquella que se produce cuando laentidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuestal y financiero de lasactividades y proyectos, así como de sus respectivos componentes; en tanto que la ejecuciónpresupuestaria indirecta, se produce cuando la ejecución física y financiera de las actividades yproyectos, así como de sus respectivos componentes, es realizada por una entidad distinta alpliego, sea por efectos de un contrato o convenio celebrado con una entidad privada o unaentidad pública, sea a título oneroso o gratuito;

Que, conforme a la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG del 18 de Julio de 1988,sobre ejecución de Obras por administración directa, en su artículo 1° numeral 1) sostiene que lasentidades que programen la ejecución de obras bajo esta modalidad deben contar con laasignación presupuestal, el personal técnico-administrativo, los equipos necesarios; y el numeral5) sostiene que en la etapa de construcción la entidad dispondrá de un cuaderno de Obra en elcual anotará las modificaciones autorizadas, los problemas que vienen afectando el cumplimientode los cronogramas establecidos y las constancias de supervisión de la obra; del mismo modo enel numeral 8) el ingeniero residente y/o inspector presentara un informe mensual detalladoprecisando los aspectos limitantes y las recomendaciones para superarlos, debiendo la entidaddisponer medidas respectivas;

Que, mediante informe Técnico INF. TECNICO NO 044-2009-GR CUSCO/GRPPAT-OPIlaOficina de Programación e Inversiones de la Región Cusco declara la viabilidad del PIP"Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia deAcomayo - Cusco" con código SNIP N° 45901, con un presupuesto de 5/. 19'186,200.00 siendoresponsable de su Formulación y Ejecución el PERPLANCOPESCO;

Que, mediante Resolución Directoral N° 110-2009-DE-COPESCO/GRCdel 14 de Setiembredel 2009, se aprueba el Expediente Técnico del Proyecto: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatrolagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo, Provincia de Acomayo - Cusco" con código SNIP N°45901, con un presupuesto total de 5/. 21 '078,883.56, bajo la modalidad de AdministraciónDirecta y registrado en el Sistema Nacional de Inversión Pública;

Que, mediante Resolución Directoral N° 022-2011-DE-COPESCO/GRC de fecha 07 deDiciembre del 2011, se aprueba el Expediente Técnico Reformulado del proyecto: "MejoramientoCircuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia de Acomayo - Cusco"con código SNIP N° 48564, con un presupuesto total de 5/. 22796,358.99 bajo la modalidad deAdministración Directa, la misma que no fue registrado en la OPI, pero que sirvió para el controlde la ejecución de los años 2011,2012 Y 2013;

Que, con Memorándum N° 1100-1033-2014 de la Dirección Ejecutiva, considerando elmemorándum N° 1700-450-2014 de la Dirección de Supervisión, memorándum N° 5100-1605-2014 de la Dirección de Obras y memorándum N° 5500-421-2014 de la Sub Dirección deInfraestructura Vial del PER PLAN COPESCO; el Director Ejecutivo del PER PLAN COPESCOaprueba mediante Memorándum Autoritativo, la ampliación de plazo de 14 meses aprobado en el

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GOBIERNO REGIONAL CUSCOCJlresúfencia CR.#oiona{

Expediente Técnico a 36 meses de ejecución de la Obra: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatrolagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia de Acomayo - Cusca";

/

Que, con memorándum N° 1100-1065-2014, considerando el memorándum N° 1700-461-2014 de la Dirección de Supervisión de Obras PERPLAN COPESCO;informe N° 1701-0136-2014, del asistente de la Dirección de Supervisión de Obras del PER PLAN COPESCO,memorándum N° 5100-1644-2014 de la Dirección de Obras, memorándum N° 5500-439-2014 dela Sub Dirección de Infraestructura Vial del PER PLAN COPESCO;el Director Ejecutivo del PERPLAN COPESCOaprueba con Memorándum Autoritativo el Expediente Técnico de Sustento delIncremento Presupuestal por Adicionales y Variación de Precios el cual sustenta la ejecuciónfinanciera total de S/. 23'805,796.70 de acuerdo al siguiente detalle de ejecución física:

ADICIONALES Ibl INCREMENTO DE PRECIOS (di EXPEOIENTE

OESCRIPCION EXPEDIENTE TECNICO OEDUCTlVOSi1I TOTAL TECNICO~09('1 MAYORES PARTIDAS

MATERIALESMANODE TRANSPORTE

GUARDIANIA INCREMENTO MODIFICADO FINALMETRADOS NUEVAS OBRA DE ASFALTO (.+b·, +dl

COSTO DIRECTO 17,243,184.31 .3,Q91,8S2_32 73113&163 2,295,722.55 557,2~1.03 152.660.22 294,204.69 3,432,13$.34 2ú,675,J2Q.65

G.4STOSGENERAlES 2.B71.29B.17 305.557.44 98.304.66 ·200252.78 2.662.04539GASTOS DE SUPE.RViSlON 832,07408 283,94825 ~2S:;,94S.25 543.12643GASTOSEXP. TECNiCO 132,32540 89.67347 -89,673.47 42,55293PRESUPUESTO TOTAL 21,078,883.56 3,991,852.32 731,680.63 2,974,901.71 557,261.03 152,860.22 294,204.69 96,304.66 2,849,261.84 23,928,145.40

Que, con Resolución Directoral N° 009-2010-DE-COPESCO/GRCdel 29 de Enero del 2010se aprueba la Pre liquidación 2009, con Resolución Directoral N° 096-2011-DE-COPESCO/GRCdel04 de Octubre del 2011 se aprueba la Pre Liquidación 2010, con Resolución Directoral N° 022-2012-DE-COPESCO/GRC del 27 de febrero del 2012 se aprueba la Pre Liquidación 2011, conResolución Directoral N° 104-2013-DE-COPESCO/GRCdel 29 de agosto del 2013 se aprueba laPre Liquidación 2012 y con Resolución Directoral N° 044-2014-DE-COPESCO/GRCdel 13 de Junio2014 se aprueba la Pre Liquidación 2013, los cuales fueron la base para la elaboración delExpediente Técnico de Sustento de Incremento Presupuestal por Adicionales y Variación dePrecios y determinar el plazo de ejecución total de la Obra;

Que, las modificaciones del proyecto contenidas en el Expediente Técnico de Sustento delIncremento Presupuestal por Adicionales y Variación de Precios en la obra: "MejoramientoCircuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo. Provincia de Acomayo - Cusco",están sustentadas por la presencia de adicionales de obra: mayores metrados y partidas nuevas,deductivos y variación de precios en jornales y materiales; los mismos que constituyenmodificaciones al proyecto de inversión;

Que, la ampliación presupuestal, primero esta generada por la presencia de adicionalespor mayores metrados que se sustenta en la ejecución de una mayor meta asociada a losobjetivos y lineamientos base de lo estipulado en el expediente técnico, las que se presentaron enlas partidas genéricas como: a) Obras preliminares, b) Movimiento de tierras, c) Pavimentos, d)Obras de arte y drenaje, e) Señalización, f) Puente losa; por un monto de 5/. 3'991,852.32 (TresMillones Novecientos Noventa y Un Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Con 32/100 Nuevos Soles);

Que, se tiene adicionales de Obra por partidas nuevas que se presentaron en las partidasgenéricas: a) Pavimentos, b) Obras de arte y drenaje, e) mantenimiento de tránsito y seguridadvial, y d) Reposición de redes principales de agua y desagüe; por un monto de 5/. 731,680.63(Setecientos Treinta y Un Mil Seiscientos Ochenta Con 63/100 Nuevos Soles);

Que, asimismo, se tienen deductivos en las partidas genéricas: a) Obras Preliminares, b)movimiento de tierras, e) Pavimentos, d) Obras de Arte y drenaje, e) Señalización, f)Mantenimiento de tránsito y seguridad Vial, g) Medio Ambiente, h) Gastos generales, i) Gastos deSupervisión y Gastos de Expediente Técnico; las cuales generan un monto a deducir de S/.2'974,901.71 (Dos Millones Novecientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Uno Con 71/100Nuevos Soles);

Que, también se tiene ampliación presupuestal por variación de precios en los siguientescasos: mano de obra, materiales relevantes en la ejecución de obra, transporte de asfalto y pagopor guardianía; estos fueron afectados sobre todo por el tiempo de ejecución que tuvo la obra ehicieron que los precios variasen frente a los precios del Expediente Técnico. El monto delincremento presupuestal por variación de precios es de 5/. 1'100,630.60 (Un Millón Cien MilSeiscientos Treinta Con 60/100 Nuevos Soles);

Que, por la ejecución de adicionales (mayores metrados y partidas nuevas) y teniendovariación de precios, la ejecución financiera total de la obra alcanzó un monto de 5/.23'805,796.70, superando en 2 '726,913.14 (Dos Millones Setecientos Veinte y Seis MilNovecientos Trece Con 14/100 Nuevos Soles) al Expediente Técnico aprobado y registrado por laOPI de 5/. 21'078,883.56;

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GOBIERNO REGIONAL CUSCO

(jlresiáencia CRsgiona{Que, la ampliación de plazo se justifica por la ejecución de las partidas adicionales, tanto

por mayores metrados y partidas nuevas que afectan de manera directa la ejecución del proyecto,siendo ejecutadas en un mayor plazo las partidas genéricas: Obras preliminares, Movimiento detierras, Pavimentos, Obras de arte y drenaje, Señalización, Mantenimiento de tránsito y seguridadvial y, Reposición de redes principales de agua y desagüe; así también por la demora en lasasignaciones presupuesta les anuales, -Demoras y cancelaciones no atribuibles a la institución enlos procesos de adquisición de materiales y servicios- Casos fortuitos y/o de fuerza mayor que sepresentaron en obra; generando un plazo total de ejecución de 36 meses que modificaron la fechade conclusión;

./

Que, con informe N° 1100-116-2014, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial RegionalPLAN COPESCO solicita la aprobación de las modificaciones del proyecto por adicionales yvariación de precios, reconocimiento de la ejecución financiera que supera en 5/.2 '726,913.14 alExpediente Técnico de 5/. 21 '078,883.56 aprobado y registrado por la OPI, sustentadas en elExpediente Técnico de Sustento del Incremento Presupuestal por Adicionales y Variación dePrecios aprobada con Memorándum Autoritativo N° 1100-1065-2014 de la Dirección Ejecutiva delPER PLAN COPESCO; del mismo modo la aprobación del plazo total de ejecución de Obra de 36meses, aprobado con memorándum autoritativo N° 1100-1033-2014 de la Dirección Ejecutiva delPERPLAN COPESCO;

Que, el Oficio N° 1161-2013-EF/163.01 de la Dirección General de Políticas de Inversionesdel Ministerio de Economía y Finanzas, precisa: "cabe señalar que corresponde solicitar el Registrosin Evaluación de las Modificaciones en la Etapa de Ejecución del PIP, para lo cual es necesarioadjuntar la Resolución del Órgano Resolutivo del Gobierno Regional Cusco que apruebe lasmodificaciones del proyecto, incluyendo su nuevo costo de inversión;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 Ley de bases de laDescentralización, el enciso d) del artículo 41 ° de la Ley N° 27867 Ley orgánica de GobiernosRegionales Modificado por Ley N° 279020 Y Resolución N° 1138-2013 del Jurado Nacional deElecciones;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, las modificaciones contenidas en el ExpedienteTécnico de Sustento del Incremento Presupuestal por Adicionales y Variación de Precios en laObra: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo Cebadapata Chacamayo, Provinciade Acomayo - Cusco", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, la Ampliación Presupuestal N° 01 por el monto de5/. 2 '726,913.14 (Dos Millones Setecientos Veinte y Seis Mil Novecientos Trece Con 14/100Nuevos Soles) que corresponde a la mayor ejecución financiera, según lo expuesto en elExpediente Técnico de Sustento del Incremento Presupuestal por Adicionales y Variación dePrecios de la obra: "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, Tramo CebadapataChacamayo, Provincia de Acomayo - Cusca", por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR, la Ampliación de plazo N° 01 por un plazo deejecución total de 36 meses del proyecto "Mejoramiento Circuito Turístico Cuatro lagunas, TramoCebadapata Chacamayo, Provincia de Acomayo - Cusca".

ARTÍCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional alProyecto Especial Regional PLAN COPESCOy a las áreas técnico - administrativas de la Sede delGobierno Regional Cusco.

-\~~rALEZAMA

PR E GIONALGOBIERNO REGIONAL CUSCO