epsv y otros sistemas de previsión social · 2016. 12. 16. · tributación de las epsv y otros...

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EPSV y otros sistemas de previsión social Diciembre 2016 1

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  • EPSV y otros sistemas de previsión social

    Diciembre 20161

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

    www.bizkaia.eus/guregida

    2

  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    Rendimientos de trabajo

    Rendimientos de actividades

    Ganancias o pérdidas no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales

    Arrendamiento de inmuebles que no sean vivienda

    + -

    +

    + Si saldo positivo

    -Si saldo negativo

    Hasta 10% Base

    anteriorResto:se compensará en 4 ejercicios siguiente

    RENTA GENERAL

    Otros rendimientos de capital que no sean renta del ahorro

    Imputaciones Transp Fiscal Internacional

    Socios de inst.de IC constituídos en paraísos fiscales

    +

    +

    +

    +

    Si saldo +

    Comp. Rtos. actividades ej.sig.Si saldo -

    Base imponible general

    R E D U C C I O N E S D E L A B A S E

    Las reducciones no pueden hacer la Base negativa ni más negativa

    BASE LIQUIDABLE GENERAL

    RENTA DEL AHORRO

    Base imponible del ahorro

    Rendimientos del ahorro: Fondos propios, cesión de capitales a 3os y

    seguros

    Arrendamientos de vivienda

    Ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales

    VISIÓN GENERAL

    Pensiones compensatorias y de alimentos (salvo las satisfechas a los hijos)

    Aportaciones a EPSV,PP, Mutualidades,...

    Tributación conjunta

    Reducción por pensiones compensatorias y alimentos no aplicada por insuficiencia de

    Base General

    3

  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    Rendimientos de trabajo

    Rendimientos de actividades

    Ganancias o pérdidas no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales

    Arrendamiento de inmuebles que no sean vivienda

    + -

    +

    + Si saldo positivo

    -Si saldo negativo

    Hasta 10% Base

    anteriorResto:se compensará en 4 ejercicios siguiente

    RENTA GENERAL

    Otros rendimientos de capital que no sean renta del ahorro

    Imputaciones Transp Fiscal Internacional

    Socios de inst.de IC constituídos en paraísos fiscales

    +

    +

    +

    +

    Si saldo +

    Comp. Rtos. actividades ej.sig.Si saldo -

    Base imponible general

    R E D U C C I O N E S D E L A B A S E

    Pensiones compensatorias y de alimentos (salvo las satisfechas a los hijos)

    Aportaciones a EPSV,PP, Mutualidades,...

    Tributación conjunta

    BASE LIQUIDABLE GENERAL

    Al rescatar

    Al aportar

    TRIBUTAN:

    • Tributan en IRPF NUNCA en Sucesiones

    • Por el total percibido: no por la rentabilidad.

    • Rendimiento de trabajo personal

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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    5

  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    • Planes de pensiones• Planes de pensiones europeos• Mutualidades de previsión social• Planes de previsión asegurados• Planes de previsión social

    empresarial

    • EPSV

    Sistemas de previsión

    social

    Art. 70 NF IRPF

    Art. 24 ley EPSV

    Jubilación

    Incapacidad permanente total o gran invalidez

    Fallecimiento

    Dependencia

    Desempleo de larga duración

    Enfermedad grave

    Baja voluntaria

    Art. 24.2 Otras prestaciones sociales: (NO OBJETO DE

    REDUCCIÓN)

    a) Incapacidad temporal.

    b) Ayudas al empleo.

    c) Nacimiento y adopción.

    d) Matrimonio o pareja de hecho

    e) Gastos médicos.

    f) Estudios oficiales.

    g) Asistencia sanitaria, intervención quirúrgica

    h) Otras similares relacionadas con la previsión social.

    Art. 25 ley EPSV

    Otras contingencias (NO OBJETO DE REDUCCIÓN)a) Daños y perjuicios en los bienes del socio o socia cuando se trate de vivienda, ajuar doméstico, instrumentos de trabajo, ganado, cosechas, bosques, embarcaciones o cualquier otra clase de bienes unidos a su actividad laboral o profesional.b) Gastos y servicios consecuentes al sepelio.

    Contingencias cubiertas que dan derecho a reducción

    Art. 8.6 ley de planes y fondos de pensiones : Art. 8.8 ley de planes y fondos de pensiones

    • Jubilación• Incapacidad total , absoluta o gran invalidez.• Muerte del partícipe o beneficiario.• Dependencia severa o gran dependencia

    • Enfermedad grave

    • Desempleo de larga duración

    Disposición anticipada de

    los derechos consolidados

    (en las condiciones

    reglamentarias)

    • Seguros de dependencia

    Riesgo de dependencia severa o gran dependencia

    Qué sistemas existen

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    EPSV No tiene límite financieros

    Resto de sistemas de previsión social

    ¿Cuánto puedo aportar?

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    No jubilado/a o jubilado/a en el ejercicio

    A partir del ejercicio siguiente a la JUBILACIÓN

    No puede reducirse por las

    aportaciones

    Si NO puede acceder a jubilación en la Seg. Social

    Si puede acceder a jubilación en la Seg. Social

    Cuando se acceda a la jubilación

    Edad fijada en los Estatutos

    Edad ordinaria de jubilación en el régimen general de la Seguridad Social

    Contribuyentes ensituación de incapacidad

    Cuándo se entiende que una persona está jubilada:

    Pueden ser objeto de reducción hasta los límites legales

    (salvo jubilación parcial o activa)

    Límites derivados de la JUBILACIÓN

    ExcepciónExcesos pendientes de ejercicios anteriores al 2014

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    LÍMITES DE LA BASE IMPONIBLE GENERAL

    • Los límites son por cada partícipe.

    R E D U C C I O N E S D E L A B A S E

    Las reducciones no pueden hacer la Base negativa ni más negativaBASE LIQUIDABLE GENERAL

    Base imponible

    general

    Rendimientos de trabajo

    Rendimientos de actividades

    Ganancias o pérdidas no derivadas de transmisión de elementos patrimoniales

    Arrendamiento de inmuebles que no sean vivienda

    + -

    +

    + Si saldo positivo

    -Si saldo negativo

    Hasta 10% Base

    anteriorResto:se compensará en 4 ejercicios siguiente

    RENTA GENERAL

    Otros rendimientos de capital que no sean renta del ahorro

    Imputaciones Transp Fiscal Internacional

    Socios de inst.de IC constituídos en paraísos fiscales

    +

    +

    +

    +

    Si saldo +

    Comp. Rtos. actividades ej.sig.Si saldo -

    -LÍMITE DE BASE A

    EFECTOS DE APORTACIONES

    Pensiones compensatorias y de alimentos (salvo las satisfechas a los hijos)

    Aportaciones a EPSV,PP, Mutualidades,...

    Tributación conjunta

    • En declaración conjunta se deben individualizar los límites

    13

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    � 5.000 € si son aportaciones personales

    � Seguros de dependencia: límite 5.000 €

    � 8.000 € si son contribuciones empresariales

    � Límite conjunto: 12.000 €

    Cuantías máximas reducibles

    Personas con Personas con una discapacidad > = 65% física o sensorial o >= 33% psíquica

    Caso general

    � 24.250 €

    � La persona discapacitada tiene preferencia si concurre con aportaciones de otras personas

    � Límite derivado de la jubilación: no aplicable

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    APORTACIONES A FAVOR DE FAMILIARES con una discapacidad > = 65% física o sensorial o >= 33% psíquica o con incapacidad judicialmente declarada.

    • El límite de reducción por aportante 8.000 €.

    • Si se supera el límite global de aportación de 24.250 €

    • A partir del 1/7/2016 planes de previsión específicos a favor de discapacitados.

    • Parientes por los que se puede hacer aportaciones: cónyuge (o pareja de hecho inscrita), parientes por consanguinidad o afinidad, en línea directa o colateral hasta el 3º, con incapacidad judicial o supuestos de tutela y acogimiento

    • El límite de reducción máximo (entre todos los aportantes a una persona discapacitada y el propio discapacitado): 24.250 €

    • 1º reducirá el propio discapacitado• Resto de aportantes: reducirán el resto de forma proporcional.

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

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    • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    • Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    • Máximo de reducción anual. 2.400 €

    APORTACIONES A FAVOR DEL CÓNYUGE

    Condiciones

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

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  • Si coinciden en el mismo ejercicio :

    Aportaciones o contribuciones

    Y

    Prestaciones o rescates por baja voluntaria o jubilación

    Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    Reducción:

    Límite:

    Cuantía efectivamente

    integrada

    Aportaciones y rescates en el mismo ejercicio

    A favor del cónyuge

    Este límite no es aplicable a las aportaciones y contribuciones

    • A sistemas de previsión de empleo• Planes de pensiones de empleo• Planes de previsión social empresarial• Planes de pensiones regulados en la Directiva 2003/41/CE del

    Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de junio de 2003, relativa a las actividades y a la supervisión de fondos de pensiones de empleo

    • A mutualidades de previsión social o a entidades de previsión social de empleo

    A sistemas de previsión de personas con una discapacidad > = 65% física o sensorial o >= 33% psíquica o con incapacidad judicialmente declarada.

    Ejemplo:

    • Aporta: 5.000 €

    • Rescata en forma de capital por baja voluntaria: 6.000 €

    Integración al 60% = 3.600 €

    • Reducción: 3.600 €

    21

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

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  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    Los excesos que no hayan podido ser objeto de reducción en un ejercicio

    • Jubilados/as: a partir del ejercicio siguiente a la jubilación

    • Excepción: los correspondientes al límite financiero

    • Imputación obligatoria en el primer ejercicio posible

    • Preferencias si hay aportaciones o contribuciones pendientes de ejercicios anteriores

    • Preferencias si hay aportaciones o contribuciones

    2 Contribuciones empresariales ejercicios anteriores

    1 Aportaciones personales ejercicios anteriores

    3 Contribuciones empresariales del ejercicio

    4 Aportaciones personales del ejercicio

    • Se podrán reducir en los 5 ejercicios siguientes

    • Salvo: los de ejercicios anteriores a 2014

    • No reducibles los excesos de años anteriores

    23

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

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    24

  • Tributación de las EPSV y otros sistemas de previsión social

    Traspasos

    Movilización entre sistemas de previsión socialLas movilizaciones en los términos establecidos en la legislación financiera nodan lugar a la obtención de ninguna renta sometida a gravamen.DA Decimosexta NF 13/2013 de IRPF

    Rescate y aportación a otra EPSV en menos de 2 mesesNo se incluirán en la base imponible del Impuesto las cantidades percibidas comoconsecuencia de baja voluntaria o forzosa o de la disolución y liquidación de laentidad, cuando las cantidades percibidas se aporten íntegramente a otraentidad de previsión social voluntaria en un plazo no superior a dos meses.Artículo 18. 2 a NF 13/2013 IRPF

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  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

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    26

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Máximo de reducción anual. 2.400 €Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    TRIBUTACION DE LAS PRESTACIONES O RESCATES DE LAS EPSV

    Están exentos los Rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por estas personas con el límite de tres veces el salario mínimo interprofesional.

    Sólo están exentas las prestaciones que correspondan a aportaciones realizadas con posterioridad al reconocimiento de la discapacidad.

    Rescates en forma de renta

    Personas con una discapacidad > =

    65% física o sensorial o >= 33% psíquica

    Mutualistas o cooperativistas no integrados en la seguridad social

    Discapacitados

    Caso general 100%

    27

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Máximo de reducción anual. 2.400 €Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    TRIBUTACION DE LAS PRESTACIONES O RESCATES DE LAS EPSV

    De profesionales nointegrados en el régimenespecial de la SeguridadSocial de los trabajadorespor cuenta propia oautónomos

    De cooperativistas

    EXENTAS las prestacionesconsecuencia de incapacidadpermanente total de mayoresde 55 años, absoluta o graninvalidez percibidas de

    Mutualidades de previsiónsocial que actúen comoalternativa al régimenespecial de la SeguridadSocial

    EPSV

    Rescates en forma de renta

    Personas con una discapacidad > =

    65% física o sensorial o >= 33% psíquica

    Mutualistas o cooperativistas no integrados en la seguridad social

    Discapacitados

    Caso general 100%

    La cuantía exenta tendrá como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda

    28

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el

    aportante.Máximo de reducción anual. 2.400 €

    Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    TRIBUTACION DE LAS PRESTACIONES O RESCATES DE LAS EPSV

    Rescates en forma de renta

    Personas con una discapacidad > =

    65% física o sensorial o >= 33% psíquica

    Mutualistas o cooperativistas no integrados en la seguridad social

    Discapacitados

    Caso general 100% Rendimiento de trabajo al 100%

    29

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

    www.bizkaia.eus/guregida

    30

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Máximo de reducción anual. 2.400 €Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    TRIBUTACIÓN DE LAS PRESTACIONES O RESCATES DE LAS EPSV

    Prestaciones o rescates en

    forma de capital

    Resto de prestaciones

    1ª prestación por cada contingencia

    100%

    60% límite de 300.000 €

    Condiciones:

    • Antigüedad superior a 2 años (salvo prestaciones por invalidez o dependencia).

    • Primera prestación percibida por cada contingencia:

    • Si tiene varias prestaciones o rescates en el mismo ejercicio: todas se pueden imputar al 60%.

    • No se tienen en cuenta las prestaciones o rescates anteriores a 1/1/2014.

    • Primera prestación al 60%: la primera que elija el contribuyente.

    • El límite es por contingencia, no por producto o sistema de previsión.

    31

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el

    aportante.Máximo de reducción anual. 2.400 €

    Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    ¿Puedo rescatar por baja voluntaria?

    •Jubilación

    •Fallecimiento

    •Incapacidad

    •Desempleo de larga duración

    •Enfermedad grave

    •Dependencia severa o riesgo de gran dependencia

    ¿Puede recibirprestacionespor alguna de estascontingencias?

    No

    El rescate no sepuede entender porbaja voluntaria

    El rescate se puedeentender por baja voluntaria

    32

  • de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Máximo de reducción anual. 2.400 €Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Una vez jubilado ¿puedo rescatar por baja voluntaria?

    Jubilación

    No cabe rescate porbaja voluntaria

    Cuando acceda a la jubilación en la Seg. Social o equivalente

    Desde que está jubilado:

    incluidaJubilación anticipada

    Jubilación parcial

    Equivalentes

    Si no puedeacceder

    Edad fijada en los estatutos

    Cuándo se entiendeproducida la jubilación

    Edad ordinaria de jubilaciónen la Seguridad Social 33

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Excesos

    www.bizkaia.eus/guregida

    34

  • Condiciones: Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €

    Condiciones: • Cónyuge o pareja de hecho: rentas a integrar en la Base Imponible general < 8.000 €• Máximo de reducción anual. 2.400 €• Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el

    aportante.Máximo de reducción anual. 2.400 €

    Limites relativos a la situación de jubilación: se debe analizar si está jubilado el cónyuge, no el aportante.

    Prestaciones o rescates en forma mixta

    Combinan rentas de cualquier tipo con un único cobro en forma de capital.

    Tributación

    • El cobro en forma de capital: 60% (límite 300.000 €).

    • Cobros en forma de renta: 100%

    35

  • GURE GIDA

    36

  • GURE GIDA

    37

  • GURE GIDA

    Formularios

    38

  • Acceso rápido a toda la información en GGGGureureureure GGGGidaidaidaida (www.bizkaia.eus/guregida)

    www.bizkaia.eus

    Desde la página de GURE GIDA

    Incluyendo el número deidentificación en elapartado “Buscar por nºde identificación” seaccede directamente a lainformación que senecesita

    Consultamos en el cuadro de la página siguiente el número de identificación

    6414

    39

  • Qué sistemas de previsión existen

    Visión general

    Al aportar

    Cuánto puedo aportar

    Cuánto puedo reducir

    Traspasos

    Al rescatar o recibir

    prestaciones

    Límites financieros

    La Base Imponible

    Límites derivados

    de

    La Jubilación

    Cuantía máxima anual

    Aportaciones y rescates en el ejercicio

    Renta

    Capital

    Mixta

    En forma de

    EPSV y otros sistemas de

    previsión social

    A sistemas propios

    A favor de familiares

    Caso general

    Con discapacidad > 65% física o sensorial

    o 33% psíquica

    Cónyuge

    Familiares discapacitados

    Id. 6414

    Id. 0453

    Id. 4522

    Id. 0451Id. 6423

    Id. 6424

    Id. 6425

    Id. 6426Id. 6427

    Id. 6428

    Id. 6429

    Id. 0465

    FomularioId. 4511

    Fomulario Id. 4512

    Acceso a página en GURE GIDA

    Id. 6430

    Accesos rápidos desde GURE GIDA a la información relacionada con las EPSV y otros sistemas de previsión

    40

  • Acceda a toda la información en

    www.bizkaia.eus/guregida

    41