ensayo ley 100

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“Hum..Peor es nada” Ley 100 del 93. Artículo 49. (…) Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Constitución Política de Colombia Antes de 1992, las personas que tenían la posibilidad de acceder a un servicio de salud curativo, eran aquellas que podían pagarlo. Sólo la clase alta de la sociedad, quienes conformaban el 17% de la población nacional contaba con los recursos suficientes para la contratación de un médico de cabecera que atendiera a su llamado, pero gracias al Dr. Fabio Valencia Cossio quién fue el ponente principal de la Ley 100 de 1993 y al Ex Presidente Cesar Gaviria Trujillo quien aprobó dicha ley, podemos hablar ahora de un Sistema de Seguridad Social Integral en el que todos los colombianos tenemos derecho a la salud. Un aplauso para ellos. Esta ley fue creada con la finalidad de brindar a todas las personas del país atención en salud de una manera integral, bajo ciertas normas que escritas se leen muy bien pero que en realidad dejan mucho que desear; en el Articulo 1, por ejemplo se habla de 6 principios básicos con los que se prestará este servicio público, que son: Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y Participación. ¿Pueden los colombianos dar testimonios de aquellos principios? ¿Puede hablar una señora de 70 años que ha esperado más de una hora por atención a un dolor abdominal de Solidaridad y Eficiencia? ¿Puede quien ha tenido que ir de clínica en clínica mencionar algo de Participación e Integralidad? ¿O las innumerables personas que aun están a

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Ensayo Ley 100 de 1992 Colombia

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Page 1: Ensayo ley 100

“Hum..Peor es nada”Ley 100 del 93.

 Artículo 49. (…) Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de

eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo,

establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.

Constitución Política de Colombia

Antes de 1992, las personas que tenían la posibilidad de acceder a un servicio

de salud curativo, eran aquellas que podían pagarlo. Sólo la clase alta de la

sociedad, quienes conformaban el 17% de la población nacional contaba con

los recursos suficientes para la contratación de un médico de cabecera que

atendiera a su llamado, pero gracias al Dr. Fabio Valencia Cossio quién fue el

ponente principal de la Ley 100 de 1993 y al Ex Presidente Cesar Gaviria

Trujillo quien aprobó dicha ley, podemos hablar ahora de un Sistema de

Seguridad Social Integral en el que todos los colombianos tenemos derecho a

la salud. Un aplauso para ellos.

Esta ley fue creada con la finalidad de brindar a todas las personas del país

atención en salud de una manera integral, bajo ciertas normas que escritas se

leen muy bien pero que en realidad dejan mucho que desear; en el Articulo 1,

por ejemplo se habla de 6 principios básicos con los que se prestará este

servicio público, que son: Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad,

Unidad y Participación.

¿Pueden los colombianos dar testimonios de aquellos principios? ¿Puede

hablar una señora de 70 años que ha esperado más de una hora por atención

a un dolor abdominal de Solidaridad y Eficiencia? ¿Puede quien ha tenido que

ir de clínica en clínica mencionar algo de Participación e Integralidad? ¿O las

innumerables personas que aun están a la espera de atención hablar de

Universalidad? No creo que sean estas personas las que aplaudan, o tal vez sí

como “Peor es nada” a la mayoría les toca conformarse con lo que les dan y no

se quejan.

Este nuevo Sistema de Salud cuenta con 3 régimen: El Contributivo, que como

su nombre lo indica se paga por el derecho a la accesibilidad de la Salud. Los

pagos son realizados tanto por el empleado como por el empleador, lo que nos

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deja claro que al ser trabajadores nuestro contratante nos debe garantizar el

beneficio de la seguridad social en un porcentaje y nosotros como trabajador

aportar con una parte del sueldo la otra parte para tener este servicio.

Eso sí, Para estar en este régimen debemos pagar de manera cumplida, sin

atrasos ni mora, porque de lo contrario se nos desvincula inmediatamente del

sistema. Lo que nos deja de moraleja: “Si paga lo atiendo”.

El Subsidiado, que es lo nos paga el Estado. Básicamente son subsidios

parciales y totales del gobierno, y quienes tienen acceso son las personas del

estrato 1 y 2 que se encuentran en la Base de datos de la encuesta Socio-

económica que se hace a nivel nacional (SISBEN). Pero ¿Será que estas

personas si están conformes con el servicio prestado? Bien se sabe que

muchas personas han muerto en puertas de clínicas e inclusive en las salas de

espera de los hospitales por la negligencia de quienes se encargan de prestar

el servicio ¿qué sucede entonces a la hora de reclamar la integralidad de la

que hablan en los principios de esta ley? Si muchos de los que están vivos han

tenido que acudir a acciones legales para poder satisfacer su necesidad

requerida.

Y el vinculado, que aunque muchos lo toman como si fuera parte del

Subsidiado, no es lo mismo ya que los que pueden ser usuarios de este no

tienen capacidad de pago alguno, ningún bien material que los respalde y

dependen enteramente del Estado. ¿Quiénes son? En su gran mayoría

habitantes de la calle. Está bien que a unos cuantos los podemos ver en las

aceras con procedimientos quirúrgicos o de alta complejidad como lo son los

clavos de titanio por fracturas de múltiples o apendicitis, que es lo más normal

en el panorama urbano, aquí las entidades prestadoras de salud pueden

jactarse de decir que han cumplido con lo impuesto en la ley, pero han sido

muchos los discriminados, rechazados e incluso maltratados que no fueron

atendidos debidamente, y que por el contrario según desidias

Pero ¿será que a un indigente o a un desplazado les darán las medicinas

adecuadas para el apoyo a los procedimientos realizados? No lo creo. Si no se

los dan a los que pagan, mucho menos a quienes no tienen ni idea de sus

derechos y que no pagan; al menos a los de la pierna rota y a los de la

apendicitis ya no les va a doler, total peor es nada. }resaltar el titulo.

Y ¿Qué pasa con los que si conocen sus derechos y los hacen valer? Como

decía anteriormente, deben recurrir a acciones legales para tener acceso a los

procedimientos o medicamentos requeridos. Pero ¿Cómo es esto? Si bien

sabemos que la ley 100 ampara dentro de sus estatutos la implementación de

un Plan Obligatorio de Salud (POS) establecido por el gobierno, en el que se

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dicta los medicamentos y procedimientos que cubre el Estado; también

sabemos que la mayoría presentan trabas para llegar a los usuarios, como por

ejemplo las medicinas de alto costo o patologías severas, podemos ver cuántas

personas se perjudican por la falta de continuidad a la hora de distribuir los

medicamentos de patologías de alto costo por su valor económico y no por la

importancia que esto requiere a la vida del enfermo, todo por ahorrar a la

empresa costos administrativos.

Ahora bien ¡le estamos poniendo un precio a nuestra salud! Gracias a la ley

100 y al poder que ésta le dio a las diferentes EPS del país, se ha logrado la

monopolización del servicio de salud, cosa que lo convirtió en un mercado más

del gobierno siendo uno de los más lucrativos para éste y para quienes lo

administran. ¿Somos los colombianos consientes del impacto que tiene esto en

nuestra vida? Si la salud es un mercado, entonces el que no tiene plata no

accede a él, así de simple.

Vemos pues, la discriminación que se ha logrado. Pero no sólo fue contra el

paciente, los médicos, enfermeros y demás personal de salud también se han

visto malogrados con la implementación de la ley, ya que se delimitó los

procedimientos y medicamentos que se pueden realizar o recetar, dañando no

solo al paciente, sino la integralidad del personal de salud y por consiguiente de

la calidad del servicio.

Pero no todo es malo, al menos se divisa una luz en tanta oscuridad, Ya que

también se crea el Sistema de Pensiones el cual establece la jubilación de

vejez de los trabajadores que garantiza el sostenimiento de los adultos

mayores para una vida digna.

Además de la creación de las Asistencias a Riesgos Profesionales, que cubre a

todos los trabajadores en accidentes que hayan tenido al momento de laboral o

consecuencias directas y a largo plazo de estos trabajos.

Para terminar, solo queda decir Si queremos ver de una manera integral el sistema de salud, los administradores de estos regímenes deben tener la convicción que Colombia es un país de derecho y como mínimo tenemos derecho a la VIDA y todo lo que a ella la haga susceptible o vulnere, nos afecta y son ellos los administradores los indicados de actuar sin reparos económicos para tratar de brindarnos dignamente SALUD. Gracias a esta podemos tener vida normales y cumplir a cabalidad con todas las asignaciones que a nuestro diario vivir debemos realizar para poder continuar forjando caminos de esperanzas en nuestras familias.

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CONCLUSION

El sistema de salud colombiano aun tiene camino por recorrer en cuestión del

mejoramiento de atención y del manejo de recursos nacionales destinados a la

salud. No hay que negar que abrió una puerta para las clases sociales

desfavorecidas pero que es deficiente en su aplicación , aun asi Peor es nada;

más vale tener un poco de lo mucho que puede dar el sistema que nada y morir

sin saber siquiera de la afección que se padecía.

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BIBLIOGRAFIA

http://www.revclinmedfam.com/articulo.php?art=192

http://www.encolombia.com/medicina/neumologia/neum134-01ley.htm

http://www.gestionhumana.com/gh4/BancoConocimiento/E/

el_abc_de_la_reforma_a_la_ley_100_en_salud/

el_abc_de_la_reforma_a_la_ley_100_en_salud.asp?print=1

http://www.facebook.com/topic.php?uid=20537659620&topic=4827

http://www.20minutos.es/noticia/404682/0/farmacos/cancer/britanica/

http://espanol.answers.yahoo.com/question/index?

qid=20090922143850AADs1kB

http://www.lasillavacia.com/perfilquien/18884/fabio-valencia-cossio

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“Hum..Peor es nada”Ley 100 del 93.

Sindy Paola Zapata Bustos

Presentado a:Paula Andrea Suescún

Sociologia de la Salud1-Grupo 2

Facultad de EnfermeríaUniversidad de Antioquia

Medellín – Antioquia15 Abril 2011