e+b. flexibilización laboral

17
Revista de Gestión, Salud y Trabajo Modelo de Impacto de Flexibilización Laboral

Upload: estefania-rodriguez-acosta

Post on 08-Mar-2016

225 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Revista del Área de Posgrados en Gestión de Servicios de Salud y Seguridad Social de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano

TRANSCRIPT

Page 1: E+B. Flexibilización Laboral

Revista de Gestión, Salud y Trabajo

* Año 01 * Número 01 * Septiembre 2012 *

Modelo de Impacto de Flexibilización Laboral

Page 2: E+B. Flexibilización Laboral

EstarBienRevista de Gestión, Salud y Trabajo

No. 01 * Septiembre 28 - octubre 10 del 2012

DirecciónÁrea de Posgrados en Gestión de Ser-vicios de Salud y Seguridad Social

Consejo EditorialErika Johana Calle OrtizTatiana González Cano Paula Andrea Ruiz Serna

Producción EditorialEstefanía Rodríguez AcostaAndrea Perea QuevedoOscar PradaSala de Prensa UJTL, Tadeo Mass Media

Diseño LogotipoLaura Victoria Jesurun Jade

IlustraciónJennifer Perez

Producción FotográficaNicolás Montañez FonrodonaEstefanía Rodríguez AcostaAndrea Perea Quevedo

Servicio al UsuarioEspecialización Gerencia en Salud OcupacionalÁrea de Posgrados en Gestión de Ser-vicios de Salud y Seguridad SocialUniversidad Jorge Tadeo LozanoTeléfono 2427030 Ext. 3680

Septiembre de 2012

Carta del Editor

Los procesos de investigación adelantados por los estu-diantes de la Universidad Jorge Tadeo Lozano (UJTL) reflejan la intención institucional de apoyar tanto su pro-ceso de formación, así como el esfuerzo para consolidar en ellos capacidades hacia la proyección social. En este sentido, el Área de Postgrados en Gestión de Servicios de Salud y Seguridad Social de la Facultad de Ciencias Económico Administrativas de la UJTL, apoya la partici-pación de estudiantes y docentes de sus Programas Aca-démicos en la formulación de propuestas de investigación e innovación, con el fin de contribuir al mejoramiento de los procesos de formación y aportar a la solución de las necesidades de la sociedad en los campos de la Gestión en Salud Ocupacional, de la Economía y Gestión de la Salud y de la Gerencia y Auditoría de la Calidad en Salud.

Los productos de investigación deben ser difundidos, publicados y socializados de la manera más efectiva po-sible, para lo cual, el contar con un medio electrónico de fácil consulta y que pueda ser visible al mayor número de personas a bajo costo, se constituye en el mecanismo ideal para lograr este propósito, por ello, y gracias al apoyo del programa de Comunicación Social y Period-ismo de la UJTL, se inicia este proyecto de publicación electrónica, en donde se divulgarán periódicamente una selección de trabajos destacados de estudiantes y docentes de los postgrados en salud de la Universidad.Dado que durante el mes de Noviembre de 2012 se re-alizará el encuentro de egresados del programa de Ge-rencia en Salud Ocupacional, estos primeros números tendrán un énfasis en Salud Ocupacional como un hom-enaje al esfuerzo de todos los estudiantes de las más de cuarenta cohortes de existencia del programa. Los invito a realizar una lectura de estos interesantes resultados.

por María Victoria Ocampo y Fredy Rodríguez.

Page 3: E+B. Flexibilización Laboral

Impacto del Modelo de Flexibilización Laboral

El Sistema de Seguridad Social juega un papel clave en las empresas.

Page 4: E+B. Flexibilización Laboral

1

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

R icardo Jiménez* (Nombre cambiado para proteger la identidad del trabajador) joven de veintitrés años y padre de una niña de tres, llevaba cuatro meses trabajando para una empresa de seguri-dad privada, y gracias a su buen desem-peño laboral, logró lo que la mayoría de guardas de seguridad buscan después de muchos años de tra-bajo: ser enviado a una de las más importantes empresas clientes, con beneficios como el cumplimiento exclusivo de turnos en el día. Muy agradado con esta opor-tunidad, comenzaba a ver que sus sueños estaban a punto de hacerse realidad.

Pero un día sucedió algo inesperado: A pesar que la empresa cliente había venido recibiendo oportunas advertencias y la notificación de un serio riesgo de seguri-dad para los guardas, no las acató. Esto ocasionó que Ricardo sufriera un infortunado accidente en desarrollo de su prestación de servicio, y quedara parapléjico (con las consiguientes se-cuelas a nivel físico y psicológico), lo que truncó para siempre sus sueños. Le fue necesario iniciar procesos de rehabilit-ación -intensiva- teniendo en cuenta sus inmensos deseos de salir adelante y su alto potencial de recuperación, pero estos esfuerzos ya de ninguna manera, aunque conservara su vida, le podrán garantizar

una plenitud ni la garantía de la calidad de la misma, a que aspiró en un principio. Anualmente ocurren más de 337 mil-lones de accidentes de trabajo, según la Organización Internacional del Trabajo

(OIT, 2011). Cada 15 segundos 160 per-sonas tienen un accidente de trabajo y una de ellas muere, es decir, cada día mueren 6.300 personas a causa de ac-cidentes laborales o enfermedades re-lacionadas con el trabajo. Más de 2 mil-lones de muertes al año en el mundo.

Page 5: E+B. Flexibilización Laboral

2

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

En Colombia, 546.500 trabajadores sufrieron accidentes laborales durante el año 2011, de estos, 378 no contaron con suerte y murieron en la ejecución de la labor para la cual fuer-on contratados (Fasecolda, 2011), afortunadamente para Ricardo, su empresa contratante de seguridad privada, cumplió cabalmente con la afiliación al Sistema de Seguridad So-cial, vinculándolo a una Entidad Promotora de Salud (EPS), a una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), y a una Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), la cual ha sufragado todos los gastos que se derivaron de su accidente de trabajo, como la atención médica prioritaria, hospitalización, i n t e r v e n c i o n e s quirúrgicas, medicamentos, traslados, silla de ruedas, asistencia, rehabili-tación física y psi- cológica, control, entre otros.En Colombia, de acu- erdo con las estadísticas de Fasecolda (2011), aproximadamente 655.000 empresas están afili- adas a alguna de las ARP existentes. En cu- anto a trabajadores afiliados, aparecen para el año 2011 cerca de 9’722.300 de trabajadores vincu- lados por medio de una em-presa, es decir que cuentan con un contrato laboral que puede ser indefinido, a término fijo, por obra o labor, etc. Y se vinculan por su cuenta o por exigencia de las contratantes 280.000 trabajadores inde- pendientes o contratistas.

El funcionamiento del Sistema de Riesgos Profesionales en este tipo de empresas es sencillo: los trabajadores aunque están en misión, prestando sus servicios para un tercero, cuentan con un contrato realizado directa-mente con la EST. Este reviste carácter de empleador y debe cumplir todos los correspon-dientes descuentos y pagos de aportes a la seguridad social.

Page 6: E+B. Flexibilización Laboral

3

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Page 7: E+B. Flexibilización Laboral

4

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

www.utadeo.edu.co

Page 8: E+B. Flexibilización Laboral

5

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Flexibilización Laboral La referencia de que existe un modelo que regula los derechos que tienen los trabajadores y elimina las dificultades para la contratación y despido de los empleados por parte de las empresas

y organizaciones privadas.

Page 9: E+B. Flexibilización Laboral

6

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

El fenómeno de flexibilización lab-oral, tiene años de existencia pero que se incrementó a raíz de la Ley 50 de 1990, al reglamentarse el fun-cionamiento de las Empresas de Ser-vicios Temporales (EST); su relación con el Sistema General de Riesgos Profesionales se diferencia por la for-ma como cada una de las empresas flexibilizadoras administra sus ries-gos. Este fenómeno consiste en la po-sibilidad que tienen las empresas de contratar de distintas maneras al per-sonal que requieren para su actividad laboral, pero que dejando que un ter-cero tenga el carácter de empleador.

Dentro de la flexibilización laboral podemos encontrar trabajadores contratados por una Empresa de Ser-vicios Temporales (EST): esta modali-dad consiste en que la EST contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios (empresas usuarias) para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, medi-ante la labor de personas naturales, contratadas directamente por la EST La modalidad de contrato de estas personas es obra o labor. La dura-ción no puede ser mayor a 6 meses, prorrogables por 6 meses máximo, según la normatividad y la ley de-terminan en qué momentos o para qué situaciones es viable este tipo de contratación, como por ejemplo el cubrimiento de vacaciones, licencias o picos de producción. En este caso particular, toda la responsabilidad contractual es de la EST, pero los ries-gos a los cuales está expuesto el tra-bajador en cumplimiento de su fun-ción son compartidos con la empresa usuaria o beneficiaria del servicio.

Page 10: E+B. Flexibilización Laboral

7

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

El funcionamiento del Sistema de Ries-gos Profesionales en este tipo de empresas es sencillo: los trabajadores aunque es-tán en misión, prestando sus servicios para un tercero, cuentan con un contrato real-izado directamente con la EST. Este rev-iste carácter de empleador y debe cumplir todos los correspondientes descuentos y pagos de aportes a la seguridad social.

La empresa cliente, aunque es la que gen-era todos los riesgos para el trabajador, no es responsable de los pagos ante el sistema. En este caso la ARP cumple con su fun-ción de prevención y asesoría, y en caso de un siniestro debe responder por todas las prestaciones asistenciales y económi-cas que le corresponden. El Artículo N° 12 del Decreto 4369 de 2006, señala que “Las Empresas de Servicios Temporales es-tán obligadas a afiliar y a pagar los aportes parafiscales (al Sena, Bienestar Familiar y las cajas de compensación) y los aportes a pensiones, salud y riesgos profesionales, de acuerdo con las disposiciones legales”.

Dentro de los 10 primeros días de cada mes las EST deben informar a la empresa que los contrató sobre la afiliación y el pago de las cotizaciones a la seguridad social del per-sonal que estuvo en misión durante el mes inmediatamente anterior. Si no lo hace, tiene que ser reportada al Ministerio de Trabajo y a la Superintendencia Nacional de Salud, cinco días después de que venza ese plazo. Si no lo informa, la empresa que contrató los servicios temporales con una EST será soli-dariamente responsable con los aportes y con las consecuencias económicas y jurídicas que deriven de la omisión, evasión o elusión.

Otro tipo de empresas que hacen parte de las flexibilizadoras son las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA), son organizaciones del sector solidario de la economía, sin ánimo de lucro, que vinculan el trabajo personal de sus asociados y sus aportes económicos, para la producción de bienes, ejecución de obras o prestación de ser-vicios, debiendo por lo tanto participar activamente en las decisiones de la em-presa. Su actividad es de resultado y no de medio, es decir las cooperativas de tra-bajo asociado lo que ofrecen es una actividad, más no las personas que la realizan.

Page 11: E+B. Flexibilización Laboral

8

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Sobre la Seguridad Social en las Coopera-tivas de Trabajo Asociado, el Ministerio de la Protección Social se pronunció mediante Circular N° 036 de 2007, de la siguiente manera: “En los estatutos de la CTA, con-forme lo haya establecido la Asamblea Gen-eral, deberán contemplarse las previsiones correspondientes a la Seguridad Social In-tegral, cuyo marco general está contenido en el capítulo VI del Decreto 4588 de 2006”. Dentro del modelo actual de seguridad so-cial, quienes cuentan con ingresos deriva-dos de la prestación de un servicio o de la realización de una actividad, aunque no se trate de relación laboral, como es el caso de los trabajadores asociados, deben estar afili-ados al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensión y riesgos profesionales), sin que exista en la legislación vigente la posi-bilidad de omitir alguna de tales cobertu-ras. Por tal razón, los trabajadores asociados deben estar afiliados a salud, pensiones y a riesgos profesionales, y para tales efectos la respectiva cooperativa tiene a su cargo y bajo su exclusiva responsabilidad los trámites administrativos que para el efecto se exigen.

El trabajador asociado, cumple simul-táneamente el papel de “empleador”, re-specto del Sistema de Seguridad Social Integral, y como tal, es responsable de la totalidad de los aportes, sin que ello in-terfiera para que los mismos asociados en Asamblea General puedan prever en sus estatutos la manera como realizarán apropiaciones o destinarán partidas pre-supuestales para cubrir los aportes que deben realizarse a la seguridad social. La seguridad social debe ser asumida en un 100% por el asociado, pero la coop-erativa debe garantizar el cumplimiento de la obligación, razón por la cual, esta puede descontar de las compensacio-nes del asociado, el valor total de los aportes al sistema de seguridad social.

Las Cooperativas de Traba-jo Asociado serán respon-

sables del proceso de afili-ación y pago de los aportes

de los trabajadores asociados al Sistema de Seguridad So-

cial Integral (salud, pensión y riesgos profesionales). Para tales efectos, les serán apli-cables todas las disposicio-nes legales vigentes sobre

la materia para trabajadores dependientes

Page 12: E+B. Flexibilización Laboral

9

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Para cotizar a salud, pensión, riesgos

profesionales, el ingreso base de cotización será la suma de la compensación ordinaria y extraordinaria mensual que reciba el tra-

bajador asociado, y la proporción para su pago será la establecida en la ley

para el régimen de trabajo

dependiente.

Page 13: E+B. Flexibilización Laboral

10

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Queda claro entonces que es la Cooper-ativa la que tiene la responsabilidad de garantizar la afiliación y el pago de la seguridad social del cooperado, aunque los aportes deban correr por cuenta del cooperado. Esto último trae algunas consecuencias de tipo legal, la oblig-ación del Estado, según el Artículo N° 48 de la Constitución Política de Colombia, es prestar el servicio de Seguridad So-cial para todos los colombianos “la Se-guridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la ley.”

Este principio de universalidad podría ser entendido como la cobertura para todos, sin embargo el hecho de dejar la responsabilidad del pago al cooper-ado permite que en muchas ocasiones esto se vuelva “opcional” y que muchos presten sus servicios sin el cubrimien-to del 100% de la Seguridad Social.

Aunque el Decreto 2800 de 2003 regla-menta la posibilidad de que trabajadores independientes se afilien específica-mente a una ARP, no lo hace obligato-rio, así que los trabajadores independi-entes o contratistas están en la libertad de hacerlo, aunque muchas empresas están exigiendo la afiliación y el pago de este aporte como requisito para la can-celación de los servicios contratados, de esta manera los trabajadores indepen-dientes de constituyen en la población laboralmente más desprotegida de to-das, y a pesar de la exigencia por parte de las empresas contratantes del pago, muchos trabajadores pagan un porcen-taje menor al que deberían, según su tipo de riesgo, es decir además de la eva-sión, se presenta elusión. Pero parte de esta problemática se debe a la cultura, a la falta de “cultura del riesgo”, muchas personas aún piensan que realizando su labor nunca les ha pasado nada así que “no les va a pasar”, pero no piensan que pasaría si se accidentaran ¿Quién prote-gería a su familia? ¿Quién los protegería a ellos? ¿Quién cubriría sus gastos?”

Page 14: E+B. Flexibilización Laboral

11

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

El Papel de los programas de Salud Ocupacional

Por otro lado es importante reconocer la importancia de los programas de Salud Ocu-pacional dentro de las organizaciones independientemente del tipo de contratación: se debe trabajar fuertemente con el personal en la toma de conciencia ya que en la may-

oría de los casos no se dimensionan la consecuencias de no contar con la cobertura por parte de Sistema de Seguridad Social y de Riesgos Profesionales.

Según la OIT (2003)

¨...la finalidad de la salud en el trabajo consiste en lograr la promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los tra-bajadores en todos los trabajos; prevenir todo daño causado a la salud de éstos por las condiciones de su trabajo; protegerlos en su empleo contra los riesgos resultantes de agentes perjudiciales a su salud; co-locar y mantener al trabajador en un empleo adec-uado a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas; y en suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a

su actividad”.

Page 15: E+B. Flexibilización Laboral

12

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

El programa de salud ocupacional se caracteriza por ser un proceso evolutivo imple-mentado dentro de las organizaciones (Univalle, 2006), en el cual se integran varios elementos que permiten optimizar recursos, sin embargo es evidente que los programas de promoción y prevención dentro del modelo de tercerización laboral aún no logran el impacto deseado, ya que es evidente que el contexto de flexibilización laboral y su forma de contratación, afecta de manera directa la calidad de la salud laboral, adicio-nalmente se deben implementar políticas a nivel organizacional que promuevan el trabajo formal, reglamentación clara sobre la cobertura de trabajadores contratados y por supuesto establecer la importancia del bienestar de los trabajadores de una or-ganización especialmente los contratados con alguna de las empresas flexibilizadoras.

En conclusión, la falta de cobertura de la Seguridad Social a la población laboral-mente activa, y en especial, la falta de cobertura para Riesgos Profesionales, se rela-ciona no solo con la dinámica de la economía internacional, con la imposición de políti-cas de mercado y las exigencias de control de costos expectativas de rendimiento, sino que a nivel nacional, se relaciona con los bajos ingresos y el desempleo, donde la flexibilización laboral aparece como parte de las políticas de mercado que de una u otra manera trasladan la responsabilidad en otro, llámese empleador, usuario, contratista, pero que al final solo perjudica al trabajador accidentado, como Ricardo.

Page 16: E+B. Flexibilización Laboral

13

Revista de G

estión, Salu

d y Trabajo

Referencias

BOLETIN FASECOLDA EN LINEA, (en línea), Bogotá, Marzo 01 de 2011, Fasecolda, (citado 29/04/12), disponible en Internet: http://www.fasecolda.com/fasecolda/BancoMedios/Documentos%20PDF/fasecol-da%201%20al%204%20de%20marzo%202011.pdf

ESTADISTICAS DEL SECTOR DE SERVICIO TEMPORAL 2010, (en línea), Bogotá, ACOSET, (citada 29/04/12), disponible en Internet: http://www.acoset.org

HISTORICO CIFRAS Y PARTICIPACIÓN ARP, Enero de 1998 a Diciembre de 2011, (en línea), Bogotá, FASECOLDA, (citado 29/04/12), disponible en Internet: http://www.fasecolda.com

MANUAL DE ESTILO DE PUBLICACIONES DE LA AMERICAN PSYCHO-LOGICAL ASSOCIATION, (en línea), México, 2001, (citada 18/05/12), disponible en Internet http://espanol.geocities.com/cesar_rey_info/Normas.htm

SEGURIDAD SOCIAL EN LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIA-DO, (en línea), Bogotá, (actualizado el 2 de agosto de 2011), Gerencie.com, (citada el 29/04/12), disponible en Internet: http://www.gerencie.com/seguridad-social-en-las-cooperativas-de-trabajo-asociado.html

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, (en línea), Suiza, ORGA-NIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, (citado 29/04/12), dis-ponible en Internet: http://www.ilo.org/global/topics/safety-and-health-at-work

SISTEMA DE CONSULTA DE INFORMACION EN RIESGOS PROFESIO-NALES RP DATOS, (en línea), Bogotá, (citada 29/04/12), disponible en Internet: https://consultas.fasecolda.com/rpDatos

Page 17: E+B. Flexibilización Laboral