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DISOLUCION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “INVERSIONES MUÑOZ & CORREA COMPAÑÍA LIMITADA ” En Santiago, República de Chile, a dos de diciembre dos mil trece, ante mí, MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matias Cousiño número ciento cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, comparecen: don GUILLERMO OCTAVIO MUÑOZ JELDRES, chileno, ingeniero civil mecánico, casado con separación de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cuarenta y un mil diecinueve guión seis, domiciliado en calle El Nocedal número cinco mil quinientos ochenta, comuna de Peñalolén; y doña CRISTINA DE LOS ANGELES CORREA FUENTES, chilena, secretaria, casada con separación de bienes, cédula nacional de identidad

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DISOLUCION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA En Santiago, Repblica de Chile, a dos de diciembre dos mil trece, ante m, MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, abogado, Notario Pblico, Titular de la cuadragsima segunda Notara de Santiago, con oficio en calle Matias Cousio nmero ciento cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, comparecen: don GUILLERMO OCTAVIO MUOZ JELDRES, chileno, ingeniero civil mecnico, casado con separacin de bienes, cdula nacional de identidad nmero doce millones doscientos cuarenta y un mil diecinueve guin seis, domiciliado en calle El Nocedal nmero cinco mil quinientos ochenta, comuna de Pealoln; y doa CRISTINA DE LOS ANGELES CORREA FUENTES, chilena, secretaria, casada con separacin de bienes, cdula nacional de identidad nmero once millones ochocientos setenta y tres mil trece guin cinco, domiciliada en calle camino las labandulas 7927, condominio amapolas, pealolen; en adelante, "los comparecientes", ambos mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con sus respectivas cdulas de identidad y exponen: PRIMERO: Mediante escritura pblica de fecha veintiuno de enero del ao dos mil once, celebrada ante el Notario Pblico, de la cuadragsima Notara de Santiago, don Alberto Mozo Aguilar, los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, denominada " INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA, rol nico tributario nmero 76.134.996-1 cuyo objeto, capital y dems condiciones constan de la escritura pblica citada, la que se inscribi a fojas cuatro mil trescientos dieciocho, nmero tres mil trescientos quince, del Registro de Comercio del ao dos mil once a cargo del Conservador de Bienes Races de Santiago, y que en extracto se public en el Diario Oficial de fecha28 de enero de 2011 nmero 39871. SEGUNDO: Por este acto, los comparecientes siendo los nicos socios que componen la sociedad comercial denominada " INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA, de comn acuerdo y conforme lo previene el artculo dos mil ciento siete del Cdigo Civil, vienen en poner trmino a la sociedad, declarando, adems, que esta sociedad se encuentra sin movimiento desde el mes de enero de 2011 por haberse agotado sus haberes. Por esta razn los socios no designan liquidador de la sociedad y se otorgan amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan entre s y que la sociedad no tiene deudas pendientes por impuestos ni con terceros. Asimismo, los referidos comparecientes se constituyen en fiadores y codeudores solidarios del pago de cualquier obligacin tributaria que, eventualmente, pudiera adeudar la citada Sociedad.- TERCERO: En virtud de lo expuesto precedentemente, los comparecientes tienen por definitivamente resuelta y liquidada la sociedad y se dan amplio y total finiquito, declarando de que nada se adeudan por concepto alguno, renunciando expresamente a toda accin cualquiera naturaleza que sea.-CUARTO: Los gastos, derechos e impuestos de esta escritura sern de cargo de los comparecientes por partes iguales.- QUINTO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones, cancelaciones y publicaciones que correspondan, facultando por este acto al Abogado Sergio Medina Fuentes, para realizar en cualquier tiempo las declaraciones, rectificaciones y ratificaciones que fueren necesarias para la bondad de sus ttulos.- SEXTO: para todos los efectos legales, los comparecientes fijan su domicilio en esta ciudad y se someten a la jurisdiccin de los tribunales de justicia. Minuta redactada por el abogado don Sergio Medina Fuentes. En comprobante y previa lectura, firman y estampan su huella pulgar, los comparecientes en el presente instrumento, en conformidad al artculo cuatrocientos nueve del Cdigo Orgnico de Tribunales. E X T R A C T O

ALBERTO MOZ AGUILAR, Notario Pblico, Titular 40 Notara Santiago, Teatinos 332, certifico: Por escritura hoy ante mi,LUIS GERMAN ZUIGA FLORES, domiciliado en Condominio La Foresta Uno, Avenida Centenario nmero ochocientos noventa, departamento G 12, comuna de San Miguel, de la ciudad de Santiago; MIGUEL ANTONIO AHUMADA FLORES domiciliado en Pasaje Kao nmero seis mi ochocientos dieciocho, comuna de Pudahuel, de la ciudad de Santiago; y ALEX EDUARDO FLORES ROJAS, domiciliado en Pasaje Scheat nmero ocho mil quinientos ochenta y uno, comuna de Pudahuel, de la ciudad de Santiago, disolvieron y liquidaron " SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES FLORES LIMITADA, constituida por escritura pblica de fecha nueve de Febrero del ao dos mil diez, suscrita ante el Notario Pblico interino de la comuna de San Miguel, don Julin Andrs Miranda Osses, cuyo extracto se inscribi a fojas nueve mil trescientos treinta y uno nmero seis mil cuatrocientos uno, del Registro de Comercio del ao dos mil diez del Conservador de Bienes Races de Santiago. Socios declaran que de comn acuerdo y conforme lo previene el artculo dos mil ciento siete del Cdigo Civil en relacin con el artculo cuatrocientos siete de Cdigo de Comercio, vienen en poner trmino a la sociedad, declarando, adems, que la disolucin de la sociedad tiene efecto a contar de la fecha de la presente escritura. La indicada sociedad, a la fecha no ha efectuado el trmite de iniciacin de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos competente, ni menos ha obtenido Rol Unico Tributario asignado a ella, por lo que en los hechos se ha encontrado imposibilitada de actuar o ejecutar operaciones propias de su giro. Los comparecientes tienen por definitivamente resuelta y liquidada la sociedad y se dan amplio y total finiquito, declarando de que nada se adeudan por concepto alguno. Dems estipulaciones en escritura extractada. Santiago 30 de Septiembre de 2011.