disolución sociedad (willy 2)

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1 DISOLUCION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “INVERSIONES MUÑOZ & CORREA COMPAÑÍA LIMITADA ” En Santiago, República de Chile, a dieciséis de diciembre dos mil trece, ante mí, MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, abogado, Notario Público, Titular de la cuadragésima segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Matias Cousiño número ciento cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, comparecen: don GUILLERMO OCTAVIO MUÑOZ JELDRES, chileno, ingeniero civil mecánico, casado con separación de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones doscientos cuarenta y un mil diecinueve guión seis, domiciliado en calle El Nocedal número cinco mil quinientos ochenta, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; y doña CRISTINA DE LOS ANGELES CORREA FUENTES, chilena, secretaria ejecutiva bilingüe, casada con separación de bienes, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos setenta y tres mil trece guión cinco, domiciliada en calle Camino Las Labandulas número siete mil novecientos veintisiete, condominio Amapolas, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; en

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DISOLUCION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA En Santiago, Repblica de Chile, a diecisis de diciembre dos mil trece, ante m, MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, abogado, Notario Pblico, Titular de la cuadragsima segunda Notara de Santiago, con oficio en calle Matias Cousio nmero ciento cincuenta y cuatro, comuna de Santiago, comparecen: don GUILLERMO OCTAVIO MUOZ JELDRES, chileno, ingeniero civil mecnico, casado con separacin de bienes, cdula nacional de identidad nmero doce millones doscientos cuarenta y un mil diecinueve guin seis, domiciliado en calle El Nocedal nmero cinco mil quinientos ochenta, comuna de Pealoln, Regin Metropolitana; y doa CRISTINA DE LOS ANGELES CORREA FUENTES, chilena, secretaria ejecutiva bilinge, casada con separacin de bienes, cdula nacional de identidad nmero once millones ochocientos setenta y tres mil trece guin cinco, domiciliada en calle Camino Las Labandulas nmero siete mil novecientos veintisiete, condominio Amapolas, comuna de Pealoln, Regin Metropolitana; en adelante, "los comparecientes", ambos mayores de edad, quienes acreditaron sus identidades con sus respectivas cdulas de identidad y exponen: PRIMERO: Mediante escritura pblica de fecha veintiuno de enero del ao dos mil once, celebrada ante el Notario Pblico, de la Cuadragsima Notara de Santiago, don Alberto Mozo Aguilar, los comparecientes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, denominada " INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA, rol nico tributario nmero setenta y seis millones ciento treinta y cuatro mil novecientos noventa y seis guin uno, cuyo objeto, capital y dems condiciones constan de la escritura pblica citada, la que se inscribi a fojas cuatro mil trescientos dieciocho, nmero tres mil trescientos quince, del Registro de Comercio del ao dos mil once a cargo del Conservador de Bienes Races de Santiago, y que en extracto se public en el Diario Oficial de fecha veintiocho de enero del ao dos mil once, edicin nmero treinta y nueve mil ochocientos setenta y uno. SEGUNDO: Por este acto, los comparecientes siendo los nicos socios que componen la sociedad comercial denominada " INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA, de comn acuerdo y conforme lo previene el artculo dos mil ciento siete del Cdigo Civil, vienen en poner trmino a la sociedad, declarando, adems, que esta sociedad se encuentra sin movimiento desde el mes de enero del ao dos mil once, por haberse agotado sus haberes. Por esta razn los socios no designan liquidador de la sociedad y se otorgan amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan entre s, y que la sociedad no tiene deudas pendientes por impuestos ni con terceros. Asimismo, los referidos comparecientes se constituyen en fiadores y codeudores solidarios del pago de cualquier obligacin tributaria que, eventualmente, pudiera adeudar la citada Sociedad.- TERCERO: En virtud de lo expuesto precedentemente, los comparecientes tienen por definitivamente resuelta y liquidada la sociedad y se dan amplio y total finiquito, declarando de que nada se adeudan por concepto alguno, renunciando expresamente a toda accin cualquiera naturaleza que sea.-CUARTO: Los gastos, derechos e impuestos de esta escritura sern de cargo de los comparecientes por partes iguales.- QUINTO: Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura para requerir las inscripciones, subinscripciones, anotaciones, cancelaciones y publicaciones que correspondan, facultando por este acto al Abogado Sergio Medina Fuentes, para realizar en cualquier tiempo las declaraciones, rectificaciones y ratificaciones que fueren necesarias para la bondad de sus ttulos.- SEXTO: para todos los efectos legales, los comparecientes fijan su domicilio en esta ciudad y se someten a la jurisdiccin de los tribunales de justicia. Minuta redactada por el abogado don Sergio Medina Fuentes. En comprobante y previa lectura, firman y estampan su huella pulgar, los comparecientes en el presente instrumento, en conformidad al artculo cuatrocientos nueve del Cdigo Orgnico de Tribunales. E X T R A C T O

MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, Notario Pblico, Titular 42 Notara Santiago, Matias Cousio 154, certifico : Por escritura pblica hoy ante mi, GUILLERMO OCTAVIO MUOZ JELDRES, domiciliado en calle El Nocedal nmero cinco mil quinientos ochenta, comuna de Pealoln, Regin Metropolitana; y CRISTINA DE LOS ANGELES CORREA FUENTES, domiciliada en calle Camino Las Labandulas nmero siete mil novecientos veintisiete, condominio Amapolas, comuna de Pealoln, Regin Metropolitana, disolvieron y liquidaron " INVERSIONES MUOZ & CORREA COMPAA LIMITADA , constituida por escritura pblica de fecha veintiuno de enero del ao dos mil once, suscrita ante el Notario Pblico ide la comuna de Santiago, doa MARIA GLORIA ACHARAN TOLEDO, cuyo extracto se inscribi a ffojas cuatro mil trescientos dieciocho, nmero tres mil trescientos quince, del Registro de Comercio del ao dos mil once a cargo del Conservador de Bienes Races de Santiago. Socios declaran que de comn acuerdo y conforme lo previene el artculo dos mil ciento siete del Cdigo Civil en relacin con el artculo cuatrocientos siete de Cdigo de Comercio, vienen en poner trmino a la sociedad, declarando, adems, que la disolucin de la sociedad tiene efecto a contar de la fecha de la presente escritura. La indicada sociedad, se encuentra sin movimiento desde el mes de enero del ao dos mil once, por haberse agotado sus haberes. Por esta razn los socios no designan liquidador de la sociedad. Los comparecientes tienen por definitivamente resuelta y liquidada la sociedad y se dan amplio y total finiquito, declarando de que nada se adeudan entre s por concepto alguno, y que la sociedad no tiene deudas pendientes por impuestos ni con terceros. Dems estipulaciones en escritura extractada. Santiago 16 de diciembre de 2013.