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REGISTROS Y CERTIFICACIONES: CONACYT (RENIECYT): 2015/718 ISO 9001:2008 DNV-GL Av. Palmira No.13, Col. Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62040, México Tels/Fax: (01-777) 3145289 y 3105157, Mail: [email protected], Atención de quejas y/o sugerencias: 01800 506 8783 www.anide.edu.mx 1 “Anidando el futuro, hoy” Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. ESTUDIO DE VULNERABILIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO EN DIEZ DESTINOS TURÍSTICOS SELECCIONADOS PROYECTO Clave 238980 FONDO SECTORIAL CONACYT- SECTUR Responsable Técnico: Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns DIAGNÓSTICO DE LA VULNERABILIDAD ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO DEL DESTINO TURÍSTICO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN Julio 2016

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REGISTROS Y CERTIFICACIONES:

CONACYT (RENIECYT): 2015/718 ISO 9001:2008 DNV-GL

Av. Palmira No.13, Col. Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62040, México

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“Anidando el futuro, hoy”

Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.

ESTUDIO DE VULNERABILIDAD AL CAMBIO CLIMÁTICO EN DIEZ DESTINOS

TURÍSTICOS SELECCIONADOS

PROYECTO Clave 238980

FONDO SECTORIAL CONACYT- SECTUR

Responsable Técnico:

Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

DIAGNÓSTICO DE LA VULNERABILIDAD ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO DEL

DESTINO TURÍSTICO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN

Julio 2016

REGISTROS Y CERTIFICACIONES:

CONACYT (RENIECYT): 2015/718 ISO 9001:2008 DNV-GL

Av. Palmira No.13, Col. Miguel Hidalgo, Cuernavaca, Morelos, C.P. 62040, México

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“Anidando el futuro, hoy”

Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.

Responsable Técnico y Coordinador del Proyecto:

Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

Colaboradores:

Vulnerabilidad Física:

Dr. Antonio Z. Márquez García

M. I. Vicente Torres Rodríguez

Dr. Javier Aldeco Ramírez

Dr. Miguel Ángel Díaz Flores

M en G. Erik Márquez García

M. en B. Laura María Fernández Bringas

Ing. Leonid Ignacio Márquez García

M en C. María Alejandrina Leticia Montes León

Pas. Ing. Elba Adriana Pérez

Pas. Ing. Emma Verónica Pérez Flores

Pas. Hidrobiol. Belén Eunice García Díaz

Escenarios de Cambio Climático:

Dra. Leticia Gómez Mendoza

M. en Geog. Luis Manuel Galván Ortiz

Fragilidad de Ecosistemas:

Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García

Sistemas de Información Geográfica:

M. en C. Gabriel Origel Gutiérrez

M. I. Vicente Torres Rodríguez

Lic. Héctor Solares Hernández

Lic. David Germán Gómez Millán

Vulnerabilidad Social:

M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García

Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

Dra. Marisol Anglés Hernández

Lic. Susana Córdova Novion

Biol. César Caballero Novara

Pas. Rebeca Moreno Coca

Pas. Daniel Cuenca Osuna

Vulnerabilidad Institucional:

Dra. Marisol Anglés Hernández

Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García

Lic. Valeria Sánchez Ángeles

Pas. Rebeca Moreno Coca

Sistema de Alerta Temprana:

Dra. Brenda Ávila Flores

Apoyo Técnico

Biol. Ana Carla Márquez Hernández

M.F. Ely Anahí Ortiz Cuevas

L.C. Kenia López Vázquez

Ing. Salvador Torres Zequera

Lic. Verónica Juárez Bustos

Pas. Hassel Ramírez Torres

Pas. Swetenia G. Arzate Ramírez

Pas. Linda Arely García Rocha

Este Informe debe ser citado del siguiente modo:

Bolongaro Crevenna Recaséns A., Márquez García A.Z., Torres Rodríguez, V., Angles Hernández M., Origel Gutiérrez G. y M.I. Márquez García. (2016). Diagnóstico de la vulnerabilidad ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey, Nuevo León. En: Bolongaro Crevenna Recaséns A. (coord.), Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados. Informe Técnico Proyecto 238980. Fondo Sectorial para la Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo CONACYT-SECTUR. México: Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. 261 p.

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Índice

Introducción ............................................................................................................................................. 8

. Diagnóstico de vulnerabilidad física ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 1Monterrey .............................................................................................................................................. 11

1. Introducción .................................................................................................................................. 11

2. Zona de estudio ............................................................................................................................ 11

3. Metodología .................................................................................................................................. 13

3.1. Amenaza por cambio climático ............................................................................................ 14

Escenarios de cambio climático ............................................................................... 14 3.1.1.

Inundación fluvial ...................................................................................................... 17 3.1.2.

Deslaves por inestabilidad de laderas ...................................................................... 23 3.1.3.

3.2. Vulnerabilidad física ............................................................................................................. 32

Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático ............................................ 32 3.2.1.

3.3. Riesgo ante el cambio climático ........................................................................................... 33

4. Resultados .................................................................................................................................... 36

4.1. Amenazas por cambio climático .......................................................................................... 36

Escenarios de cambio climático ............................................................................... 36 4.1.1.

Inundación fluvial ...................................................................................................... 47 4.1.2.

Deslaves por inestabilidad de laderas ante el cambio climático ................................ 60 4.1.3.

4.2. Vulnerabilidad Física ........................................................................................................... 71

Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático ............................................ 71 4.2.1.

4.3. Riesgo ante el cambio climático ........................................................................................... 73

Mapa de riesgo ante el cambio climático .................................................................. 74 4.3.1.

5. Conclusiones ................................................................................................................................ 76

6. Referencias .................................................................................................................................. 77

. Diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 2Monterrey .............................................................................................................................................. 80

1. Introducción .................................................................................................................................. 80

2. Metodología .................................................................................................................................. 81

2.1. Encuestas a la población ..................................................................................................... 83

2.2. Nivel de información y percepción sobre cambio climático .................................................. 85

2.3. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático .............................................. 87

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2.3.1 Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas ................................................................. 87

2.3.2 Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el cambio climático ....................................................................................................... 87

2.3.3 Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas ....................................... 87

2.3.4 Indicador de salud .................................................................................................... 88

2.3.5 Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo......................................................... 89

2.4. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático ............................ 89

2.5. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ........................................................ 90

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 2.5.1.municipal .................................................................................................................. 91

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 2.5.2.AGEBs urbanas. ....................................................................................................... 92

2.6. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey . 94

3. Resultados .................................................................................................................................... 94

3.1. Nivel de información y percepción sobre cambio climático .................................................. 94

3.2. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático ............................................ 101

Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las 3.2.1.autoridades ante emergencias climáticas ............................................................... 101

Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el 3.2.2.cambio climático ..................................................................................................... 103

Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas ..................................... 105 3.2.3.

Indicador de salud .................................................................................................. 108 3.2.4.

Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades 3.2.5.económicas asociadas y vinculadas al turismo....................................................... 109

3.3. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático .......................... 110

3.4. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ...................................................... 112

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 3.4.1.municipal ................................................................................................................ 112

Indicador de Vulnerabilidad Social al Cambio Climático en AGEBs urbanas .......... 113 3.4.2.

3.5. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey 115

4. Conclusiones .............................................................................................................................. 117

5. Referencias ................................................................................................................................ 119

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Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.

. Diagnóstico de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del destino turístico de Capítulo 3Monterrey ............................................................................................................................................ 122

1. Introducción ................................................................................................................................ 122

2. Metodología ................................................................................................................................ 123

3. Bases constitucionales ............................................................................................................... 126

4. Acuerdos internacionales ............................................................................................................ 129

5. Planeación nacional .................................................................................................................... 131

6. Legislación estatal ...................................................................................................................... 133

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León ............................................. 134

Ley Estatal de Planeación........................................................................................................... 135

Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León ....................... 135

7. Política ambiental ....................................................................................................................... 136

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ............................................... 136

Ley Ambiental del Estado de Nuevo León .................................................................................. 137

Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey ....................................... 137

Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 ................................. 138

Ordenamiento Ecológico del Territorio ........................................................................................ 139

8. Política climática ......................................................................................................................... 140

Comisión Intersecretarial de Cambio Climático ........................................................................... 141

Estrategia Nacional de Cambio Climático ................................................................................... 142

Ley General de Cambio Climático ............................................................................................... 144

Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 .................................................................. 146

Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León ........................... 147

9. Política territorial y de asentamientos humanos .......................................................................... 148

Ley General de Asentamientos Humanos ................................................................................... 148

Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2014-2018 ................................. 150

10. Política turística ........................................................................................................................ 152

Ley General de Turismo ............................................................................................................. 152

Ley de Fomento al Turismo del Estado de Nuevo León .............................................................. 153

Reglamento de Turismo del Municipio de Monterrey .................................................................. 154

Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 ................................................................................. 154

Ordenamiento Turístico del Territorio .......................................................................................... 156

11. Gestión integral de riesgos ....................................................................................................... 157

Ley General de Protección Civil .................................................................................................. 159

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Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.

Ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León ............................................................... 161

Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey ........................................................ 161

12. Guía local de acciones de alto impacto en materia de mitigación y adaptación al cambio climático en destinos turísticos mexicanos ................................................................................................ 162

13. Vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio de Monterrey ..................... 163

Antecedentes generales del municipio de Monterrey .................................................................. 163

Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de recursos naturales y medio ambiente ................................................................................................................. 165

Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de salud ........... 197

Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de turismo ........ 203

Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de protección civil………………………………………………………………………………………………………………….212

Resultados del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático .................................... 237

14. Conclusiones ............................................................................................................................ 238

15. Referencias .............................................................................................................................. 239

Glosario ............................................................................................................................................... 246

Acrónimos ............................................................................................................................................ 252

Agradecimientos .................................................................................................................................. 254

Índice de figuras .................................................................................................................................. 255

Índice de tablas .................................................................................................................................... 260

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AVISO

Este estudio forma parte del proyecto “Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados. Proyecto 238980. Fondo Sectorial para la Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo CONACYT-SECTUR. México: Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C.

Se ha realizado de acuerdo con los Términos de Referencia de la Convocatoria 2014-01 del Fondo Sectorial para la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo.

Se ha utilizado la información pública disponible. Las principales fuentes documentales fueron:

SMN: Servicio Meteorológico Nacional. (http://smn.cna.gob.mx/index.php).

INECC: Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático. http://escenarios.inecc.gob.mx.

UNIATMOS: Unidad de Información para las Ciencias Ambientales, Universidad Nacional Autónoma de México. http://atlasclimatico.unam.mx/AECC_descargas/

INEGI: Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE), edición 2015. México: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Recuperado de http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/default.aspx

IPCC Climate Change 2013. The Physical Science Basis. Working Group I Contribution to the Fifth Assessment Report of

the Intergovernmental Panel on Climate Change. Summary for Policymakers. Switzerland: Intergovernmental Panel on Climate Change.

KNMI: Atlas de Cambio Climático del KNMI: Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut. http://climexp.knmi.nl/help/atlas_scenario.shtml.

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Introducción

El mundo está atravesando una crisis ambiental alarmante, donde el cambio climático ocasionado

por el calentamiento global antropogénico juega un papel decisivo. Así, el cambio climático se constituye

como uno de los problemas actuales de mayor envergadura, pues sus impactos por el aumento de la

temperatura y los eventos hidrometeorológicos extremos son globales y de largo plazo. Se proyectan en

todas las escalas (global, regional, nacional y local), así como en el futuro cercano y el futuro lejano.

Afecta tanto las grandes ciudades, como las zonas rurales, los diferentes ecosistemas, los sectores

productivos, las actividades económicas, y la población en general.

De acuerdo con el 5º Informe de Evaluación del Panel Intergubernamental de Cambio Climático

(IPCC, por sus siglas en inglés) el calentamiento del planeta desde la era industrial es inequívoco; por lo

que gran parte de la responsabilidad recae en las acciones humanas, como: la quema de bosques y

biomasa en la agricultura, el uso de fertilizantes, la deforestación, el cambio de uso de suelo, la

agricultura extensiva, la urbanización, los procesos industriales y, principalmente, el consumo y la

producción energética mediante combustibles fósiles.

En consecuencia, fenómenos, como el calentamiento de la atmósfera y los océanos, la reducción de

las superficies cubiertas con hielo y nieve y, el aumento del nivel del mar, se incrementarán (IPCC,

2014); lo cual exige el desarrollo de investigación; así como de instrumentos de política pública

orientados a la gestión integral de riesgos ante el cambio climático a efecto de reducir la vulnerabilidad y

fortalecer la resiliencia de la sociedad, los ecosistemas y los sectores productivos.

Ello cobra especial relevancia en países como México, que debido a sus condiciones geográficas,

demográficas y socioeconómicas se encuentra en una posición más vulnerable ante los efectos del

cambio climático (CICC, 2012). Su localización entre dos océanos, y su latitud y relieves, lo hacen estar

particularmente expuesto a diferentes fenómenos hidrometeorológicos. De acuerdo con el reporte de un

análisis de cambio en la frecuencia de ocurrencia de huracanes que afectaron al país en el periodo de

1970 al 2009, ésta se ha incrementado, en especial aquellos de alta intensidad (categoría 3, 4 y 5) en el

Golfo de México y el Mar Caribe. En este periodo, el Atlántico mexicano ha sido afectado por 264

ciclones tropicales, y el Pacífico por 549 (PECC, 2014).

De acuerdo con la información científica en torno a los cambios en el clima a nivel mundial, se ha

concluido que el estudio y establecimiento de acciones de adaptación son de los principales retos

ambientales a resolver en el presente siglo (IPCC, 2007). Lo anterior debido a que es de esperase que

las afectaciones producidas por el aumento de la temperatura, de los eventos hidrometeorológicos

extremos y el aumento del nivel medio del mar, serán más frecuentes, y sus impactos ocasionarán

daños a la población, a los ecosistemas, a la infraestructura, afectando por consiguiente el desarrollo de

las actividades económicas, entre ellas el turismo.

En consecuencia, es importante reconocer que el clima es un recurso esencial para el turismo,

independientemente del tipo de segmento: sol y playa, colonial, ciudades, montaña, de aventura, de

congresos, etc. En este sentido el turismo es una actividad económica dependiente en gran medida del

clima. Estudios con base en encuestas de preferencias indican que el clima tiene una importancia del

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50% a la hora de escoger un destino turístico (Gosslinget et al., 2006). Así, la variabilidad del clima y los

cambios en los patrones climatológicos podrían afectar directamente la demanda y oferta de los

servicios turísticos. Dado lo anterior, para los destinos turísticos contar con condiciones meteorológicas

favorables es indispensable para la satisfacción de los visitantes y fundamental para mantener el

desarrollo de cualquier destino turístico (OMT-PNUMA-OMM, 2007).

Cabe mencionar que la relación entre el turismo y el cambio climático es muy compleja, ya que las

condiciones ambientales como la disponibilidad/escasez de agua; la conservación/pérdida de

biodiversidad; la protección/destrucción del paisaje; erosión e inundación costeras, así como el

incremento de peligros naturales y las enfermedades transmitidas por vectores, entre otros, son

determinantes para potenciar o disminuir el turismo.

Por otro lado, es importante advertir que existe un entramado de afectación bidireccional en relación

al cambio climático y el turismo; ya que, por un lado, este último provoca efectos negativos en el medio

ambiente, con las consecuentes implicaciones en el sistema climático y, por el otro, el cambio climático

tiene afectaciones directas e indirectas al turismo (OMT-PNUMA-OMM, 2007).

Las principales amenazas por cambio climático para el sector turístico en México comprenden

fenómenos como altas temperaturas, golpes de calor; incremento de los eventos hidrometeorológicos

extremos, ocurrencia de inundaciones fluviales, deslaves por inestabilidad de laderas, sequía, escasez

de agua, pérdida de biodiversidad y capital natural, así como el incremento de enfermedades

transmitidas por vectores, entre otros. En las zonas costeras se consideran también la marea de

tormenta, la elevación del nivel medio del mar, la erosión costera y la salinización de acuíferos costeros.

Estas amenazas, de manera individual o potenciada en su conjunto, pueden afectar a los diferentes

destinos turísticos, perjudicando así a todos los que dependen de esta actividad.

A nivel mundial el turismo es uno de los sectores con mayor vulnerabilidad ante el cambio climático,

pues como ya se mencionó anteriormente, la oferta y demanda turística depende en gran medida de las

condiciones climáticas favorables, así como de la conservación de los recursos naturales. Para México,

que es uno de los destinos turísticos más visitados en el mundo y donde la actividad turística es el

principal motor de desarrollo para muchas regiones y localidades, es de gran importancia diseñar e

implementar las medidas de mitigación y adaptación ante el cambio climático para reducir la

vulnerabilidad del sector (SECTUR, 2014).

De acuerdo con el IPCC, la vulnerabilidad se define como el grado hasta el cual un sistema es

susceptible o incapaz de enfrentarse a los efectos adversos relacionados con el cambio climático,

incluidas la variabilidad y los extremos del clima (IPCC, 2014). Es decir, se define como el nivel al que

un sistema podría verse afectado debido a la exposición a un peligro o amenaza, una perturbación o un

estrés. La vulnerabilidad está en función de la sensibilidad, la capacidad de adaptación y la exposición.

En este sentido, se requiere determinar la vulnerabilidad de los destinos turísticos en función de su

propio grado de exposición a las amenazas por cambio climático para poder establecer las medidas de

adaptación orientadas a la reducción de riesgos. Es importante recordar que el costo de la prevención

siempre será menor que el de la reparación del daño.

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Debido a lo anterior, cada vez se realizan mayores esfuerzos por parte de distintas instituciones, que

tienen como objetivo establecer una serie de directrices asociadas a medidas de adaptación al cambio

climático, entendiendo la adaptación como aquellos ajustes y medidas en los sistemas humanos y

naturales, que son necesarios para reducir los impactos negativos del cambio climático y aprovechar sus

aspectos beneficiosos (LGCC, 2012).

Por su parte, la Secretaría de Turismo consciente de los efectos del cambio climático y de que los

costos de no atender la problemática derivada de éste son mayores a los costos de las acciones

necesarias para prevenirlos, tomó la iniciativa en el marco de las líneas de acción comprometidas en el

Programa Especial de Cambio Climático (PECC), de impulsar la investigación en materia de

vulnerabilidad y adaptación al cambio climático de los destinos turísticos del país.

Así, la Secretaría de Turismo (SECTUR), como parte de la Comisión Intersecretarial de Cambio

Climático (CICC), en el marco de los Fondos Sectoriales del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

(CONACYT) desarrolló los términos de referencia de la segunda fase de los estudios de vulnerabilidad

ante el cambio climático de destinos turísticos en la convocatoria 2014-01 del Fondo Sectorial para la

Investigación en Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo CONACYT-SECTUR del proyecto:

“Estudio de vulnerabilidad al cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados", que realizó la

Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. y cuyos resultados son motivo del presente

informe.

El objetivo general del proyecto fue elaborar diagnósticos de la vulnerabilidad ante diversos impactos

adversos de la variabilidad climática y el cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados

(Campeche, Coatzacoalcos, Costa Esmeralda -Nautla, San Rafael, Tecolutla y Vega de Alatorre-;

Guanajuato, Manzanillo, Monterrey, Morelia, Puebla, San Miguel de Allende y Tlacotalpan), y elaborar

las respectivas propuestas de programas de adaptación que incluyen acciones concretas en materia de

adaptación y gestión integral de riesgos.

A partir de estas investigaciones se fortalece la generación de conocimiento e información

estratégica que permitirá sentar las bases de actuación para aumentar la capacidad de adaptación y

resiliencia institucional, de la sociedad y los sectores productivos de cada uno de los destinos turísticos

seleccionados.

En el presente diagnóstico se muestran los resultados obtenidos a partir del desarrollo del proyecto.

La vulnerabilidad ante el cambio climático de cada destino turístico se abordó considerando tanto la

parte física como la social, así como un diagnóstico sobre los instrumentos normativos y de política

pública que inciden en la gestión integral de riesgos ante el cambio climático de los destinos turísticos

seleccionados. Esto con la finalidad de enmarcar los resultados en un contexto integral.

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. Diagnóstico de vulnerabilidad física ante el cambio climático Capítulo 1

del destino turístico de Monterrey

1. Introducción

Los destinos turísticos están sujetos a amenazas naturales climáticas que dependiendo del grado de

exposición de cada sitio, podrán generar diversos estados de vulnerabilidad. De acuerdo con el Panel

Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), los impactos de los fenómenos extremos conexos al

clima, como olas de calor, sequías, inundaciones, ciclones e incendios forestales, ponen de relieve la

vulnerabilidad y exposición de algunos ecosistemas, incluyendo los sistemas humanos a la actual

variabilidad climática (IPCC, 2014). Como se ha mencionado desde el tercer informe del IPCC (2001) la

vulnerabilidad está en función del carácter, la magnitud y el índice de variación climática a que está

expuesto un sistema, su sensibilidad y su capacidad de adaptación.

Así también los reportes del IPCC indican que el cambio climático incrementa la frecuencia e

intensidad de eventos climáticos extremos que ocasionarán mayores desastres en las próximas

décadas, donde los sistemas más vulnerables son los más sensibles y menos adaptados a los

fenómenos naturales. En este sentido, es importante considerar que lo que determina un desastre, no es

la intensidad del fenómeno, sino la incapacidad del sistema y la comunidad afectada en absorberlo

(Golnaraghi et al., 2015).

De manera que la vulnerabilidad de un destino turístico dependerá no solo de las amenazas

climáticas, sino también del grado de exposición, de la fragilidad del sitio y su capacidad de gestionar el

riesgo. Así, para el destino turístico de Monterrey es importante contar con información y conocer su

vulnerabilidad ante fenómenos hidrometeorológicos extremos en escenarios de cambio climático, para

gestionar el riesgo a partir del conocimiento, de la prevención y de la implementación de medidas de

adaptación ante el cambio climático.

En el presente trabajo, por tratarse de un destino turístico localizado dentro de la zona continental,

las amenazas más frecuentes que hace de Monterrey un sitio vulnerable al cambio climático son los

fenómenos hidrometeorológicos extremos, potenciados por los efectos del cambio climático. En este

sentido, las amenazas consideradas en la evaluación de la vulnerabilidad física son: altas temperaturas,

inundaciones fluviales y deslaves por inestabilidad de laderas.

2. Zona de estudio

El municipio de Monterrey se ubica dentro de la cuenca río Bravo-San Juan, que es una de las cinco

cuencas en que se divide la Región Hidrológica “Río Bravo”. Dentro del área urbana encontramos el río

Santa Catarina y el río La Silla, así como los arroyos: Topo Chico, Talaverna, Elizondo y Arroyo Seco;

cuyos cauces han sido entubados y/o modificados por el crecimiento de la ciudad (Figura 1.1).

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Figura 1.1. Localización del destino turístico de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

El tipo de vegetación característico es el matorral submontano y el matorral espinoso tamaulipeco.

Se encuentran algunos bosques de encino-pino y pino en los sitios más altos. En la zona fisiográfica de

la Sierra Madre Oriental, se desarrolla el matorral desértico micrófilo y el matorral desértico rosetófilo.

Los registros del observatorio meteorológico de Monterrey indican una temperatura media de entre

15 y 28°C. Las temperaturas máximas promedio oscilan entre los 22 y 35°C y las mínimas entre los 10 y

24°C. Las precipitaciones promedio anuales son de 850 mm, la temporada lluviosa va de abril a octubre

y la máxima precipitación es en septiembre con presencia de canícula en agosto. En septiembre la

precipitación promedio es de 280 mm en el mes y en mayo y octubre es en promedio de 50 mm.

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3. Metodología

La metodología empleada en la estimación de la vulnerabilidad física ante el cambio climático

comprende a grandes rasgos tres análisis fundamentales: 1) Análisis de amenazas, 2) Cálculo de

indicadores e índices de vulnerabilidad física y 3) Análisis de riesgo ante el cambio climático.

El análisis de las amenazas por cambio climático consideró las amenazas por altas temperaturas,

inundación fluvial así como la modelación de zonas expuestas a deslaves por inestabilidad de laderas

ante el cambio climático.

El desarrollo y cálculo de indicadores de vulnerabilidad física ante el cambio climático, consiste en el

diseño de indicadores numéricos y su representación espacial asociando las amenazas anteriormente

citadas a la exposición a éstas, de los establecimientos vinculados y asociados al turismo. Entre los

indicadores calculados se encuentran: el indicador de altas temperaturas, de inundación fluvial y el de

susceptibilidad a inestabilidad de laderas.

El análisis de riesgo ante el cambio climático se realizó mediante el análisis espacial con el apoyo de

un sistema de información geográfica (SIG). El mapa de riesgo ante el cambio climático del destino

turístico de Monterrey integró el análisis tanto de las amenazas por cambio climático como de las

vulnerabilidades física, social e institucional, descritos en los capítulos correspondientes.

A continuación se describen las metodologías utilizadas para definir el impacto de las diferentes

amenazas y la determinación de la vulnerabilidad física y el riesgo ante el cambio climático del destino

turístico.

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3.1. Amenaza por cambio climático

Escenarios de cambio climático 3.1.1.

Caracterización climática

Las variables climáticas a considerar en este estudio fueron: temperatura promedio, temperatura

máxima (máximas extremas por ondas de calor) y mínima, precipitación anual, precipitación extrema,

intensidad y duración de la precipitación intensa y los escenarios de cambio climático.

La definición de las condiciones medias y variaciones del clima permitieron definir las condiciones

actuales de la climatología de los sitios turísticos con base en los datos disponibles de las estaciones

climatológicas de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) de los últimos 30 años (Servicio

Meteorológico Nacional) y de observatorios sinópticos meteorológicos cercanos. La descripción del clima

actual incluyó datos puntuales de las estaciones climatológicas administradas por el Servicio

Meteorológico Nacional (SMN) de la CONAGUA, como datos derivados de las interpolaciones

espaciales a nivel de malla de datos en formatos compatibles con los sistemas de información

geográfica disponibles en sitios de internet de diversas instituciones dedicadas al estudio del clima a

nivel mundial.

Para los datos históricos de las estaciones del SMN (http://smn.cna.gob.mx/index.php), se

generaron estadísticas básicas de las condiciones climáticas de los destinos turísticos y sus zonas de

influencia. La cantidad de estaciones utilizadas dependió de la disponibilidad de los datos con base a los

criterios establecidos (estaciones con más del 80% de información y 30 años de datos como mínimo).

Datos extremos climáticos

Los eventos extremos se definen como aquellos que rebasan los valores de las variables climáticas

por arriba o por debajo de ciertos umbrales. Los umbrales varían dependiendo de las zonas climáticas,

de las regiones del país y de los sectores productivo o social bajo análisis. Usualmente se utiliza un valor

estadístico llamado percentil para definir dichos valores extremos.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), los percentiles P10 y

P90 pueden ser representativos para el país. Sin embargo a escala local es conveniente utilizar los

definidos por “Climate Variability and Predictability” (CLIVAR)1 y adecuar los valores umbrales del sitio

turístico que se trate. Para este estudio se construyeron dichos índices con valores mensuales.

Escenarios de cambio climático regionalizado para México

Se utilizaron las proyecciones de cambio climático regionalizadas para México, a partir de la

reducción de escala de los resultados de los Modelos de Circulación General (MCG) utilizados en el

Quinto Reporte de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC). Se

1 http://www.clivar.org/organization/etccdi/resources/indices-data

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utilizaron los escenarios de altas emisiones para los 12 meses del año (RCP8.5)2 para un ensamble de

33 modelos con la base de clima del periodo 1961-19903. La abreviatura RCP de los nuevos escenarios

significa: Trayectorias de Concentraciones Representativas. De acuerdo con Moss et al. (2001) estos

escenarios se dividen en cuatro grupos: RCP2.6, RCP4.5, RCP6.0 y RCP8.5, que se refieren a la

radiación global de energía expresada en W/m2; por ejemplo, RCP8.5 es el escenario más extremo que

supone un valor de 8.5 W/m2 debido al aumento de gases de efecto invernadero (IPCC, 2014).

Los datos de la climatología actual son presentados en las figuras de tendencia del clima (históricos)

y para el clima futuro con base en los mismos escenarios RCP 8.5 para el periodo 2010-2080 con base

en la climatología actual4. En cada gráfica se muestra la tendencia de las variables de temperatura

máxima, mínima y precipitación intensa (percentil 95), el número de días con lluvias intensas (mayores a

20 mm diarios) y el índice de severidad de la precipitación (intensidad máxima diaria). Los escenarios de

cambio climático son representados en una línea gruesa roja (ensamble de todos los modelos utilizados)

y líneas delgadas rojas que muestran los resultados de cada modelo de simulación. Todos estos

escenarios fueron calculados para el dominio del sitio turístico de la base de datos GCM: CMIP5 (IPCC

AR5 Atlas subset). Es el conjunto de datos utilizados en el anexo I del IPCC AR5 GT1 "Atlas". Se utiliza

una única realización de cada modelo (33 modelos) y todos los modelos tienen el mismo peso. Se

presentan en líneas gruesas el ensamble de los 33 miembros. Los cálculos se realizaron bajo una

climatología de 1961-1990. El atlas puede ser consultado con el KNMI Climate Explorer en la página de

internet del Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut5.

Identificación de extremos de temperatura y de precipitación pluvial bajo escenarios de

cambio climático

Los escenarios globales muestran los cambios medios de las variables de temperatura y

precipitación, por lo que para este estudio a nivel local se realizó una reducción de escala de escenarios.

Para realizar la reducción de escala, el Instituto Nacional de Ecología (INE, 2010) recomienda integrar

los escenarios con datos de estaciones meteorológicas en un Generador Estocástico de Tiempo

Meteorológico (GETM), el cual genera series sintéticas de las condiciones atmosféricas a nivel diario a

partir de estaciones climatológicas locales. De esta forma es posible aumentar la resolución espacial y

temporal de los escenarios, lo que facilita identificar los cambios de las condiciones extremas durante el

ciclo anual. Para este proceso el GETM utilizado fue LarsWG4 (Semenov et al., 1998; Semenov y

Brooks, 1999).

LarsWG4 es un simulador estocástico del clima y tiene la capacidad de simular datos diarios de

variables meteorológicas con base en las características de datos observados en un sitio. Sirve como

2 http://climexp.knmi.nl/help/atlas_scenario.shtml

3 Atlas de Cambio Climático del KNMI (Koninklijk Nederlands Meteorologisch Institut

4 http://climexp.knmi.nl/help/atlas.shtml

5 http://climexp.knmi.nl/plot_atlas_form.py

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una herramienta que puede producir una alta resolución temporal de datos meteorológicos y es capaz

de simular los cambios en la variabilidad del clima y el cambio climático6.

Los resultados de LarsWG4 fueron procesados para identificar los valores extremos de temperatura

y precipitación por medio de la técnica estadística de percentiles. Para identificar las temperaturas más

bajas de las ciudades, se calculó el percentil 05 de la temperatura mínima, para la temperatura máxima

se utilizó el percentil 95 como indicador de temperaturas extremadamente altas, y finalmente para

identificar las lluvias intensas se obtuvo el percentil 95 de los datos de precipitación.

Indicador de altas temperaturas

Para evaluar la vulnerabilidad ante el aumento de la temperatura en escenarios de cambio climático,

útil para advertir a la población del riesgo de afectaciones a la salud, de ondas de calor, de incendios

forestales y de sequía, entre otros, se diseñó un indicador de altas temperaturas, basado en la

clasificación de SEDATU (2014), donde se determina que una temperatura mayor a 35 °C representa el

límite superior de tolerancia para la salud de la población, ya que se pueden producir golpes de calor y

un aumento de las enfermedades que afectan directamente a la salud de las personas.

Para el cálculo del indicador de altas temperaturas, se consideraron dos criterios: el primero,

consiste en obtener los valores de temperaturas máximas (Tmax) en un escenario RCP8.5 y asignar un

valor ente 1 y 5, con base en una clasificación de vulnerabilidad propuesta por la SEDATU (2014) (Tabla

1.1).

Tabla 1.1. Vulnerabilidad por altas temperaturas.

CLASE TEMPERATURAS AFECTACIÓN VULNERABILIDAD

1 < 28ºC Ninguna No vulnerable

2 28 – 31ºC Incomodidad La evapotranspiración de los seres vivos se incrementa. Aumentan dolores de cabeza en humanos.

3 31.1 -33ºC Incomodidad

extrema La deshidratación se torna evidente. Las tolvaneras y la contaminación por partículas pesadas se incrementan, presentándose en ciudades.

4 33.1 – 35ºC Condición de

estrés Las plantas comienzan a evapotranspirar con exceso y se marchitan. Los incendios forestales aumentan.

5 > 35ºC Límite superior de tolerancia

Se producen golpes de calor, con inconciencia en algunas personas. Las enfermedades aumentan.

Fuente: Modificada de SEDATU, 2014.

El segundo criterio para construir el indicador de altas temperaturas se basó en un análisis de la

diferencia entre los rangos de las temperaturas máxima y mínima de la climatología actual y de los

rangos de las temperaturas máxima y mínima proyectadas para el escenario RCP 8.5 para el futuro

lejano. Este análisis muestra la diferencia en la extremosidad del clima con la base de datos actual y con

la proyectada en el escenario de cambio climático seleccionado. La diferencia entre ambos cálculos

mostrará un valor de anomalía entre los rangos de temperaturas extremas. Esta anomalía (diferencia

6 http://www.rothamsted.ac.uk/mas-models/larswg.html.

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absoluta) cae en rangos entre 5ºC y -5ºC dentro del cual se ha establecido una escala de vulnerabilidad

de cinco clases (Tabla 1.2).

Tabla 1.2. Clasificación de la diferencia absoluta entre el rango de la Tmax y la Tmin de la climatología actual y el rango de las mismas en el escenario RCP8.5 futuro lejano.

Diferencia absoluta de Tmáx-Tmín Clase vulnerabilidad

5 y más ºC 5

4 ºC 4

3 ºC 3

2 ºC 2

1 ºC

1 0 ºC

-1 ºC

-2 ºC 2

-3 ºC 3

4 ºC 4

5 y menos ºC 5

Finalmente el indicador de altas temperaturas se calculó con los valores de las clases definidas para

Tmáx ponderados con un peso de 0.7 y el valor de la diferencia absoluta por un peso 0.3, los cuales se

sumaron para dar el valor del indicador de alta temperatura, que al normalizarlo se expresa en valores

de 0 a 1, siendo 0 no vulnerable y 1 muy vulnerable.

Inundación fluvial 3.1.2.

Para la determinación de la inundación fluvial en el destino turístico se aplicó la metodología del

Índice de inundación fluvial descrita en Uribe-Alcántara et al. (2010). Esta metodología trabaja con base

en la acumulación del escurrimiento y, en consecuencia, utiliza como unidad de estudio toda la región

hidrológica que contiene al área de interés; en este caso las regiones hidrológicas que contienen cada

destino turístico. La metodología del Índice de inundación fluvial fue inicialmente desarrollada en 2008, y

se le han realizado diversas mejoras (Montes, 2011; Montes et al., 2012), las cuales han sido

consideradas para el presente trabajo.

El objetivo de la construcción de un mapa utilizando la metodología del Índice de inundación fluvial y

sus optimizaciones recientes, es conocer las áreas susceptibles de ser inundadas en un determinado

periodo de retorno, o la replicación de algún evento meteorológico en especial. Con esta metodología,

es posible cuantificar la extensión de la afectación ante la ocurrencia del evento mencionado.

En la Figura 1.2 se muestra el procedimiento para la obtención de un modelo de inundación

mediante el Índice de inundación fluvial.

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Figura 1.2. Metodología general para la obtención de modelos de inundación con el método del Índice de Inundación. Fuente: Elaboración ANIDE.

La construcción del mapa de Índice de inundación fluvial se realizó a partir del concepto de

acumulación de flujo, que es definido como el área de drenaje parcial “aguas arriba” hacia un punto en

particular, dicho concepto es combinado con los mapas de precipitación (con diferentes probabilidades

de recurrencia) y el método de “Curva Numérica” para la estimación del escurrimiento. De manera que

es posible determinar la cantidad total de agua que escurre hasta un punto dado así como su

probabilidad de ocurrencia.

Este índice se apoya en lo que se conoce como Índice Topográfico (Beven y Kirkby, 1979), el cual,

se empleó por primera vez para identificar humedales conocidos como zonas perennes y efímeramente

saturadas (inundadas) utilizando datos de topografía. El ahora denominado Índice de Inundación Fluvial

que aquí se usa tiene como base la siguiente información:

a) Modelo Digital de Elevaciones (MDE): Determina el movimiento (dirección) y distribución del

escurrimiento, así como la pendiente del terreno. En consistencia con el estudio comparativo de Aguilar

y Bravo (2012), se evaluaron los MDE ASTER GDEM (30 m de resolución espacial), Continuo de

Elevaciones Mexicano del INEGI (15, 30 y 60 m de resolución espacial), así como el SRTM (90 m de

resolución espacial). La evaluación permitió elegir el SRTM ya que presenta mayor consistencia

espacial para el modelado hidrológico, aún a pesar de su menor resolución. Además, un argumento

crítico para su elección fue que durante su procesamiento para crear productos derivados, no se

generaron errores sistemáticos en los bordes, lo cual si ocurre en todos los productos MDE de INEGI.

Análisis de información hidromética y climatológica

Determinación del escurrimiento

Análisis de información de suelo y vegetación

Generación de escenarios de precipitación

Análisis de información de tipo de suelo (edafología)

Generación de mapa de CN (Coeficiente de escurrimiento) Generación del mapa de

dirección de flujo

Generación del DEM de la zona

Corrección del DEM (Eliminar inconsistencias)

Generación del mapa de pendientes

Generación del mapa de Índice de Inundación

Determinación del escurrimiento acumulado

Generación del mapa de Índice de Inundación

discretizado

Calibración del mapa de Índice de Inundación

Determinación de afectaciones:

- Mapa de peligro de inundación fluvial

- Indicador de Exposición a inundación fluvial

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b) Precipitación: Determina la cantidad y distribución de la precipitación para un evento

determinado.

c) Edafología, vegetación, y uso de suelo: Determinan la respuesta del suelo a eventos de

precipitación en función de la Curva Numérica (CN).

d) Delimitación de las 37 regiones hidrológicas en las que está dividido el país.

El Índice de Inundación (II) se determinó de acuerdo con la expresión siguiente:

s

QAcIn

s

ntoEscurrimiedenAcumulacióInII

tan

tan

[ 1 ]

dónde:

In Índice de Inundación

Ac Q acumulación de escurrimiento

tan s tangente del ángulo de la pendiente

Una vez que se aplica el algoritmo anterior a la región hidrológica, el resultado obtenido debe ser

calibrado, lo cual puede lograrse mediante varias opciones como: imagen satelital óptica o de radar,

modelo numérico o fotografías aéreas, considerando que se debe tener la información sobre la

distribución de lluvia asociada a dicho evento, así como su periodo de retorno. El dato que se obtiene

con está calibración es el valor umbral a partir del cual se considera que alguna región es susceptible de

ser inundada (Montes, 2011).

Una vez determinado el umbral es posible generar diversos modelos de inundación, asociados a

diferentes eventos o periodos de retorno, para determinar la magnitud de la problemática en la que se

encuentra la zona de interés.

Precipitación

El análisis de la precipitación se hizo a partir de la determinación de mapas de isoyetas donde se

utilizaron datos de precipitación máxima en 24 horas asociados a periodos de retorno (Tr) de 2, 50 y 100

años, los cuales fueron obtenidos de registros diarios para un periodo de 62 años y fueron procesados

para asociarse a dichos Tr.

La elección de estos periodos de retorno se explica porque el Tr de 2 años es la condición ordinaria

que se espera cada año, pues tiene una probabilidad de 50% de que un evento se presente nuevamente

en el siguiente año. Por otro lado, los Tr de 50 y 100 años fueron elegidos debido a que estos son los

que se utilizan para el diseño de obras contra inundaciones (diques, bordos, bordos longitudinales,

canalizaciones, etc.), consideran la probabilidad de que un evento que se ha presentado durante el

periodo de análisis (50 ó 100 años) vuelva a presentarse, dado que se tiene evidencia histórica (datos)

de su ocurrencia pasada. Cabe mencionar que el periodo de retorno para el que se debe dimensionar

una obra varía en función de la importancia de la misma (interés económico, socio-económico,

estratégico, turístico), de la existencia de otras vías alternativas capaces de remplazarla, y de los daños

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que implicaría su ruptura: pérdida de vidas humanas, costo, duración de la reconstrucción, costo del no

funcionamiento de la obra, entre otros (SAGARPA y CP, 2015). Posteriormente, los valores de

precipitación asociados a los diferentes Tr se interpolaron mediante el método de la distancia inversa

ponderada (IDW) para generar mallas regulares.

Método de la curva numérica (CN)

Para determinar el escurrimiento existen dos fenómenos importantes a considerar: la precipitación

que depende de las condiciones climatológicas, y la retención de agua que depende de las

características físicas de la cuenca, donde los suelos imponen el mayor efecto. El escurrimiento y la

retención determinan el volumen de agua que sale de una cuenca. Por ello un suelo entre más

impermeable sea, su escurrimiento será mayor, aunque no se puede encontrar un suelo impermeable al

100% (Aparicio-Mijares, 2007).

El “Soil Conservation Service” de los Estados Unidos de América (SCS), desarrolló un método

llamado Número de Curva de escorrentía, mejor conocido como CN. Este método se generó con datos

de precipitación y escorrentía de 24 horas, propone una escala para el número de curva que es de 1 a

100, en donde al aproximarse al 100, mayor será el volumen del escurrimiento. El tipo de suelo que se

utiliza para la generación del hidrograma debe tener una clasificación hidrológica. Para hacer fácil el

cálculo de las operaciones dentro de un sistema de información geográfica y de acuerdo a la

clasificación del SCS (1957), se tiene que estimar la tasa mínima de infiltración a partir de las

propiedades de los suelos desnudos y de la exposición de una humedad prolongada, sin considerar la

influencia de la cubierta del suelo. El SCS (1957), clasificó en cuatro grupos a los suelos de acuerdo al

potencial de escurrimiento, mismos que se presentan en la Tabla 1.3.

Para obtener el tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento, se utilizó el Conjunto de

datos vectorial edafológico escala 1:250,000 serie II (Continuo Nacional) elaborado por el Instituto

Nacional de Estadística Geográfica e Informática (INEGI). De igual forma, para la clasificación de uso de

suelo y la vegetación, se usó el Conjunto de datos vectorial de uso de suelo y vegetación del INEGI, y se

reasignó una clave por área.

Tabla 1.3. Clasificación del tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento.

Tipo de suelo POTENCIAL DE ESCURRIMIENTO

A Bajo potencial de escorrentía. Suelos que tienen alta tasa de infiltración aun cuando estén muy húmedos. Consisten de arenas o gravas profundas. Estos suelos tienen una alta tasa de transmisión de agua.

B

Moderadamente bajo potencial de escorrentía. Suelos con tasa de infiltración moderada cuando están muy húmedos. Suelos moderadamente profundos a profundos, moderadamente bien drenados, suelos con texturas moderadamente finas a moderadamente gruesas y permeabilidad moderadamente lenta a moderadamente rápida. Son suelos con tasas de transmisión de agua moderadas.

C

Moderadamente alto potencial de escorrentía. Suelos con infiltración lenta cuando están muy húmedos. Consisten de suelos con un estrato que impide el movimiento del agua hacia abajo; suelos de textura moderadamente finas a finas; suelos con infiltración lenta debido a sales o álcali, o suelos con niveles freáticos moderados. Estos suelos pueden ser pobremente drenados o bien a moderadamente bien drenados, con estratos de permeabilidad lenta a muy lenta a poca profundidad (50 – 100 cm).

D

Alto potencial de escorrentía. Suelos con infiltración muy lenta cuando están muy húmedos. Consisten de suelos arcillosos con alto potencial expansión; suelos con nivel freático alto permanentemente; suelos con estrato arcilloso superficial; suelos con infiltración muy lenta debido a sales o álcali y suelos poco profundos sobre material casi impermeable. Estos suelos tienen tasas de transmisión de agua muy lenta.

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La vegetación tiene un efecto regulador en el escurrimiento, retiene el agua y favorece la infiltración,

así como la evapotranspiración; el escurrimiento es menor en terrenos cubiertos por vegetación que en

las regiones deforestadas, sin cultivo o zonas urbanas (Gavande, 1991). El método del número de curva

de SCS distingue entre suelos urbanos, pastizales, bosques, áreas agrícolas y terrenos áridos, identifica

y clasifica dentro de estos el uso de suelo. Asimismo, clasifica las condiciones hidrológicas en: mala

cuando la cobertura de vegetación es menor al 50% de la superficie; regular, cuando la cobertura es

entre el 50 al 75%; y buena, cuando la cobertura excede el 75%. Con base en esta cobertura y a su

tipología,se asigna un valor representativo de CN adimensional en toda la región hidrológica (Tabla 1.4.)

donde suelos arcillosos tienen un CN mayor el cual permite mayor escurrimiento en comparación con los

suelos arenosos que infiltran más agua y su CN es menor.

Tabla 1.4. Curva numérica para estimar el escurrimiento bajo diferentes complejos suelo - cobertura y manejo. Cobertura Grupo de suelos

Uso de suelo Tratamiento o práctica Condición hidrológica

A B C D

Curva numérica

Suelo en descanso Surcos rectos Mala 77 86 91 94

Cultivo de escarda

Surcos rectos Mala 71 81 88 91

Surcos rectos Buena 67 78 85 89

Curva a nivel Mala 70 79 84 88

Curva a nivel Buena 65 75 82 86

Terraza y curva a nivel Mala 66 74 80 82

Terraza y curva a nivel Buena 62 71 78 81

Cultivos tupidos

Surcos rectos Mala 65 76 84 88

Surcos rectos Buena 63 75 83 87

Curva a nivel Mala 63 74 82 85

Curva a nivel Buena 61 73 81 84

Terraza y curva a nivel Mala 61 72 79 82

Terraza y curva a nivel Buena 59 70 78 81

Leguminosas en hilera o forraje en rotación

Surcos rectos Mala 66 77 85 85

Surcos rectos Buena 58 72 81 85

Curva a nivel Mala 64 75 83 85

Curva a nivel Buena 55 69 78 83

Terraza y curva a nivel Mala 63 73 80 83

Terraza y curva a nivel Buena 51 67 76 80

Pastizales

Sin tratamiento mecánico Mala 68 79 86 89

Sin tratamiento mecánico Regular 49 69 79 84

Sin tratamiento mecánico Buena 39 61 74 80

Curva a nivel Mala 47 67 81 88

Curva a nivel Regular 25 59 75 83

Curva a nivel Buena 6 35 70 79

Pasto de corte

Buena 30 58 71 78

Bosque

Mala 45 66 77 83

Regular 36 60 73 79

Buena 25 55 70 77

Caminos de tierra

Buena 72 82 87 89

Caminos pavimentados

Buena 74 84 90 92

Grupo A: Arena profunda, suelos profundos depositados por el viento y limos agregados Grupo B: Suelos poco profundos depositados por el viento y marga arenosa. Grupo C: Margas arcillosas, margas arenosas poco profundas, suelos con bajo contenido orgánico y suelos con altos contenidos de arcilla. Grupo D: Suelos que se expanden significativamente cuando se mojan, arcillas altamente plásticas y ciertos suelos salinos.

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Mapa de inundación fluvial

Una vez generados los insumos base, se determina el caudal, a partir del mapa de CN y los valores

de precipitación, posteriormente con el caudal y el mapa de dirección de flujo se determina el flujo

acumulado.

Con el flujo acumulado se determina la red de ríos para los modelos generados con la climatología

base en los periodos de retorno seleccionados (Tr de 2, 50 y 100 años), además de que es un insumo

para determinar el Índice de Inundación. Es importante hacer notar que en las zonas donde se acumulan

los escurrimientos más altos, estos coinciden con el cauce natural de los ríos de la zona.

En conjunto con la determinación de la pendiente y el flujo acumulado, se aplica el algoritmo del

Índice de Inundación y se obtiene el mapa de Índice de Inundación. Cabe destacar que los valores más

pequeños tienden a ser no inundables, y por el contario los valores altos tienden a ser inundados, el

paso siguiente es determinar el umbral que separa ambos casos.

Calibración de escenarios

La calibración se realiza analizando los histogramas de distribución de los datos para cada uno de

los Tr, y comparándolos con una modelación numérica de la zona asociada a cada Tr. El modelado

numérico simula una inundación conocida para un transecto de un río, del cual se conocen la superficie

inundada y la precipitación real que la ocasionó.

Amenaza de inundación fluvial

Una vez obtenido el valor umbral para cada Tr se procesan los resultados y se obtienen las zonas

susceptibles de ser inundadas para diversos Tr. Después se aplica un filtro para extraer las zonas

susceptibles de ser inundadas mayores a 20 hectáreas, y a este resultado se le suman los cauces,

finalmente se acota la superficie a partir del límite del área estudio.

El mapa de la amenaza de inundación fluvial se elabora a partir de los mapas de áreas inundables

generadas con los diferentes Tr. En la Tabla 1.5 se muestran las clases incluidas en el mapa de

amenaza de inundación fluvial.

Tabla 1.5. Clases incluidas en el mapa de amenaza o de inundación fluvial. Fuente: Elaboración ANIDE.

Clase

Categoría de amenaza de inundación fluvial (por los daños que

ocasiona)

Descripción Tr

años Probabilidad*

5 Muy Alto

Áreas inundables modeladas considerando eventos más extremos, usando un Tr de 100 años. Incluye a todas las clases inferiores (3 y 4). Estas zonas llegan a ser afectadas con eventos extremos de alta magnitud, aunque menos probables de presentarse, son las áreas sujetas a un daño potencial mayor.

100 1%

(Muy baja)

4 Alto Áreas inundables modeladas con los datos Tr de 50 años. Incluye a las clases inferiores (3). Presentan probabilidad de ocurrencia del 2%.

50 2%

(Baja)

3 Medio Áreas con alta probabilidad de inundarse (50%) pero con potencial de daño menor, modeladas con los datos Tr de 2 años.

2 50%

(Muy Alta)

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Exposición de establecimientos turísticos sujetos a Inundación Fluvial

Para la determinación del indicador de exposición de los establecimientos turísticos sujetos

inundación fluvial se utilizan los datos vectoriales del Directorio Estadístico Nacional de Unidades

Económicas (DENUE) edición 2015, elaborado por el INEGI, el cual está disponible en el vínculo

http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/default.aspx. En estos datos se realiza una preselección

de unidades económicas, que resultan de interés para el sector turismo, así como las totalmente

turísticas (claves del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte SCIAN, 71 y 72).

Posteriormente, se realiza una selección por localización geográfica, detectando los establecimientos

expuestos a inundación fluvial, para esto se efectúa el análisis espacial de intersección de los datos

DENUE que están dentro de áreas inundables. Finalmente, para asignar los valores del Índice de

Inundación Fluvial a cada establecimiento DENUE se realiza una operación de unión espacial (spatial

join) entre las entidades vectoriales de polígonos de inundación y los sitios puntuales de

establecimientos DENUE. Conociendo el total de establecimientos DENUE que resultan de interés para

el sector turismo, así como los establecimientos exclusivamente turísticos (claves SCIAN 71 y 72), el

indicador de exposición se determina con la proporción porcentual de establecimientos expuestos

(sujetos a inundación).

Deslaves por inestabilidad de laderas 3.1.3.

La inestabilidad de laderas es la rotura y desplazamiento de una masa de rocas o tierras

presentando una componente descendente inducida por la acción de la gravedad. La inestabilidad de las

laderas comprende derrumbes, deslizamientos, flujos y movimientos complejos que ocurren día con día

alrededor del mundo (CENAPRED, 2001a).

El nombre genérico dado a este tipo de movimientos es el de deslizamientos o "deslaves" cuando es

provocado por fuertes precipitaciones y, a diferencia de otras amenazas naturales, éstos tienen lugar de

manera dispersa en el territorio, especialmente en zonas montañosas y poco pobladas.

Por este motivo, los daños materiales y las pérdidas humanas que ocasionan son menores en

comparación con temblores e inundaciones.

Sin embargo, estos fenómenos representan el tercer riesgo natural en el mundo por número de

víctimas (Copons y Tallada, 2009).

Por este motivo, es importante tenerlos en cuenta en la gestión de los usos del suelo, en las

acciones divulgativas y de protección civil.

El uso creciente del espacio en regiones montañosas ha sido asociado al turismo y a las actividades

deportivas, implicando su concurrencia en áreas de marcada inestabilidad (Corominas, 2005).

El impacto de la inestabilidad de laderas para el turismo afecta principalmente a las vías de

comunicación y, en menor medida, a comunidades que cuentan con diversos atractivos turísticos o

actividades de interés para este sector. Entre las riquezas paisajísticas frecuentes de destinos turísticos

se encuentran precisamente zonas de acantilados, miradores en montañas y similares, que podrían ser

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vulnerables a los procesos de inestabilidad de laderas por los deslizamientos que pudieran ocurrir sobre

todo en lluvias extremas.

Factores involucrados en la inestabilidad de laderas.

Los procesos que ocasionan la inestabilidad de las laderas están determinados por dos tipos de

factores: externos (o detonantes) e internos (o condicionantes).

Los factores externos ocasionan un incremento en los esfuerzos o acciones que se dan en una

ladera, es decir, producen una mayor concentración de las fuerzas motoras o actuantes, mientras que

los factores internos reducen la resistencia de los materiales disminuyendo la concentración de fuerzas

resistentes (CENAPRED, 2001a).

Un factor detonante es un estímulo externo que causa la rotura de forma casi inmediata, por medio

del aumento rápido de las tensiones o reduciendo la resistencia del material de la ladera.

Los principales mecanismos detonantes de deslizamientos son la lluvia, la fusión de la nieve, las

sacudidas sísmicas, las erupciones volcánicas, la socavación por el oleaje y la erosión fluvial

(Corominas, 2005).

Acción antrópica

Las actuaciones humanas condicionan en gran medida la aparición de situaciones de inestabilidad

en las laderas. Así las fugas de agua, las descargas residuales, las alteraciones en la cobertura vegetal

y los cambios en el manejo del terreno, producen modificaciones en la distribución de fuerzas en las

laderas. Estas actuaciones favorecen, la ruptura de las laderas, en condiciones relativamente

moderadas de los factores desencadenantes. Lo cual se debe a los cambios que se producen en el uso

del suelo (deforestación, cortes carreteros, alteraciones del drenaje, desarrollo de pastoreo), así como a

las excavaciones en la construcción de carreteras y minas.

Un ejemplo crítico lo constituyen las nuevas vías de comunicación y núcleos urbanos que se

extienden por lugares donde los deslizamientos, desprendimientos y otros movimientos ocurren con

relativa frecuencia, aumentando así el riesgo para las personas e instalaciones.

De hecho, es común observar en las vías de comunicación que son frecuentes las caídas en los

taludes y las roturas en los terraplenes, que en ocasiones, dejan aislados valles enteros y a las

comunidades que los habitan (Corominas, 2005 y 2006). Un caso reciente fue la destrucción de la

autopista escénica Ensenada – Tijuana en diciembre de 2014 donde se deslizó un tramo de la misma

(Figura 1.3).

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Figura 1.3. Destrucción de un tramo de la carretera escénica Tijuana – Ensenada, BC., Diciembre de 2014. Fuente: Milenio.

Clima e inestabilidad de laderas.

La relación entre el clima y la inestabilidad de laderas es compleja debido a la distribución espacio-

temporal de la precipitación y sus modificaciones por cambio climático y a la gran variedad de

mecanismos de rotura del suelo.

La distribución espacial y temporal de la precipitación está sujeta a modificaciones por cambio

climático, en particular en su frecuencia, de esta forma, la duración e intensidad de los episodios

lluviosos actúan como factor detonante para provocar inestabilidad, en combinación con los materiales

que componen la ladera y la morfología de la misma que actúan como factores condicionantes. Ambos

factores definen la tipología del deslizamiento producido: (a) lluvias de gran intensidad y corta duración

(superiores a 100 mm) pueden producir de manera generalizada deslizamientos superficiales, corrientes

de derrubios y desprendimientos; (b) episodios lluviosos de intensidad moderada a baja, prolongados

durante algunos días o semanas pueden reactivar deslizamientos rotacionales, traslacionales y coladas

de barro; (c) episodios estacionales e interanuales anormalmente húmedos pueden producir

reactivaciones en grandes deslizamientos (Corominas, 2005).

Independientemente de la forma en que se presenta el factor detonante, las modificaciones

antrópicas como lo son la deforestación, las filtraciones y las sobrecargas, son causa importante de la

aparición de nuevas roturas, aparentemente espontáneas.

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A pesar del posible origen múltiple de los deslizamientos, una inmensa mayoría de las roturas se

debe al régimen de precipitaciones.

Por esta razón, se consideran estos deslizamientos como procesos de remoción en masa donde la

lluvia es el factor desencadenante más frecuente y extendido, el cual produce una inestabilidad por

infiltración del agua en la ladera con el consiguiente aumento de las presiones en los poros y juntas del

terreno, reduciendo así su resistencia.

La relación entre la cantidad de agua infiltrada y la que brota de la ladera controla los cambios en la

presión del agua subterránea. Con la infiltración de la lluvia las presiones de agua aumentan hasta un

nivel crítico en el que tiene lugar la rotura. El ritmo de infiltración está controlado por la pendiente de la

superficie topográfica, el recubrimiento vegetal y la permeabilidad de los materiales.

Por otro lado, la estabilidad de la ladera está condicionada por la resistencia del terreno y por la

geometría de la misma. La lluvia crítica para producir la rotura cambiará de una ladera a otra y, por

tanto, el establecimiento de umbrales regionales de lluvia que den lugar a la rotura de las laderas, tiene

notables incertidumbres.

Las modificaciones del cambio climático en relación a la frecuencia de las precipitaciones

torrenciales y de la duración de los episodios húmedos dispara otros procesos que implican riesgo, tal es

el caso de la inestabilidad de laderas. El aumento de la torrencialidad sobrelleva mayor número de

deslizamientos superficiales y corrientes de derrubios, cuyos efectos pueden incrementarse, si además

se presentan en forma conjugada con cambios de uso del suelo y menor recubrimiento vegetal

(Corominas, 2005). Como consecuencia de ello, es previsible el aumento de la erosión en las laderas

que se traduce en pérdida de calidad de las aguas superficiales y mayor colmatación de presas.

Considerando los efectos del cambio climático se requieren incorporar dentro de la gestión, las

medidas de reducción de riesgo a desastres, así como considerarlas y tomarlas en cuenta para la

planificación del desarrollo, en el ordenamiento del territorio y en la construcción de políticas públicas,

definiendo presupuestos públicos y privados para su atención. En ese contexto, la apropiada

demarcación de las zonas susceptibles a presentar inestabilidad de laderas contribuye a la correcta

toma de decisiones y a planificación en general. De esta forma, la planificación territorial y urbana

evitando las áreas más susceptibles a desarrollar inestabilidad de laderas, es la mejor herramienta

adaptativa para contrarrestar los efectos del cambio climático.

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Metodología

La metodología empleada en este estudio utiliza el análisis multicriterio a través de una suma

ponderada de variables espaciales rasterizadas en el ambiente de un Sistema de Información

Geográfica. La metodología que a continuación se describe corresponde a una adaptación del método

Mora y Vahrson (1991); originalmente elaborado en Costa Rica para identificar áreas susceptibles a

deslizamientos y con diversas adaptaciones posteriores (Mora et al., 1992; Mora y Vahrson, 1993), que

en general aplican una metodología para la predicción de amenazas estableciendo los sectores con

potencial de originar deslizamientos en caso de presentarse factores detonantes.

La metodología Mora-Vahrson se ha convertido en uno de los métodos más utilizados en el análisis

regional de amenazas a deslizamientos, ya que permite realizar un análisis a priori de áreas extensas

bajo amenaza de deslizamientos por medio de indicadores morfodinámicos. Este método identifica y

agrupa los factores condicionantes tales como litología, pendiente y humedad, así como los factores

detonantes que pueden ser lluvias de intensidad alta y sus modificaciones espacio-temporales por

cambio climático, sismos de magnitud importante, actividad volcánica o una combinación de estos. Cada

factor está controlado por un peso y la interacción de todos permite crear índices de influencia para cada

área, la modelación se realiza en Sistemas de Información Geográfica para obtener como resultado un

mapa de susceptibilidad a la inestabilidad de laderas o potencial a deslizamientos.

La metodología permite desarrollar una aproximación del grado de susceptibilidad al deslizamiento

de la región estudiada y de los fenómenos que influencian mayormente esta condición. Esta

metodología es valiosa porque permite la identificación de áreas críticas y resulta útil en la orientación de

prioridades en cuanto al destino de los recursos dedicados a la detección de sitios críticos para realizar

estudios geotécnicos de detalle (Mora et al., 1992).

La combinación de los factores y parámetros se realiza considerando que los deslizamientos ocurren

cuando en una ladera, compuesta por una litología determinada, con cierto grado de humedad y con

cierta pendiente topográfica, se alcanza un grado de susceptibilidad (elementos pasivos). Bajo estas

condiciones, los factores externos y dinámicos, como son la sismicidad, las lluvias intensas y sus

modificaciones por cambio climático (elementos activos) actúan como factores de disparo que perturban

el equilibrio, la mayoría de las veces precario, que se mantiene en la ladera (Mora et al., 1992).

Adaptación metodológica.

La Figura 1.4 muestra el diagrama de flujo de la metodología seguida en este estudio. Los números

en las etiquetas de dicha figura corresponden a cada paso de la metodología, como se describe a

continuación.

En el primer paso se realiza la recopilación de los datos, la cual depende de los factores

(condicionantes y detonantes), de los datos geográficos digitales disponibles (modelos digitales de

elevación y redes hidrológicas), de los registros de deslizamientos ya reportados en otros estudios (atlas

y materiales cartográficos) y de los censos de unidades económicas.

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Figura 1.4. Diagrama de flujo de la metodología aplicada para la determinación de inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración propia a partir del trabajo de Mora, 2004.

Entre los factores condicionantes se consideraron la cobertura de vegetación y uso de suelo, el tipo

de suelo, la litología y las fallas. Todos estos datos están disponibles en formato digital vectorial a través

del INEGI en productos derivados de cartografía a escala 1:250,000.

Por otra parte, también son considerados como críticos algunos parámetros geomorfométricos como

la pendiente del terreno y la energía del relieve, esta última comprende la máxima diferencia altitudinal

en una determinada superficie geográfica (Lugo-Hubp, 1986). Estos parámetros operan también como

factores condicionantes y son derivados a partir del Modelo Digital de Elevaciones (DEM) Continuo de

Elevaciones Mexicano (CEM) versión 3.0 del INEGI, que cuenta con resolución espacial de 15 metros.

De igual forma son consideradas la profundidad de disección vertical del relieve (Lugo-Hubp, 1986), que

mide el corte de la erosión hídrica en metros, así como la densidad de la disección del relieve (Lugo-

1 Recopilación de datos

Datos de factores

condicionantes (C)

Datos

espaciales

Fallas (F)

Litología

(L)

Suelo (S)

Vegetación

(V)

Modelo Digital de

elevación

Red de drenaje

Límites

municipales

Densidad de

disección (Dd)

Profundidad de

disección (Pd)

Energía del

relieve (E)

Pendiente

(P)

4 Reclasificación

6 Calibración de resultados

y análisis de elementos expuestos

3 Aplicación de

máscara

Vulcanismo (Vul)

Sismicidad

(Sis)

Precipitación

(Pre)

2 Rasterización

Factores

condicionantes

5 Álgebra de mapas

Cálculo del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de

laderas (ISIL)

ISIL= (C*0.70) + (D*0.30)

C= (V*0.05) + (S*0.05) + (L*0.25) + (F*0.10) + (P*0.30) +

(E*0.05) + (Pd*0.15) + (Dd*0.05)

D = (Pre*1)

7 Mapa de

susceptibilidad

Factores

detonantes

Segmentación Percentil 90

DENUE= Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas

DENUE

Atlas de riesgo Datos de

factores

detonantes (D)

Pendiente mayor a 9 grados

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Hubp, 1986), que mide la longitud de cauces por unidad de área (en km/km2); ambos parámetros

derivados a través del procesamiento del mismo DEM y de la red hidrológica vectorial provista por el

INEGI por medio del servicio en línea llamado “Simulador de flujos de agua de cuencas hidrográficas”

(SIATL), el cual se puede consultar en el vínculo electrónico:

http://antares.inegi.org.mx/analisis/red_hidro/SIATL.

Entre los factores detonantes se consideró para cada destino la precipitación asociada a un periodo

de retorno de 100 años, la cual fue obtenida de registros diarios para un periodo de 62 años, con datos

interpolados mediante la técnica de distancia inversa ponderada a la segunda potencia.

La Tabla 1.6 muestra la tipología de los factores elegidos, la fuente de la información, la cantidad de

clases utilizadas y el peso asignado dentro del análisis de suma ponderada en formato raster. Cabe

destacar que se dio un factor de peso de 0.7 a los factores condicionantes y de 0.3 a los factores

detonantes. Más adelante se detallará el denominado Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de

Laderas (ISIL) contenido en la tabla mencionada.

Tabla 1.6. Parámetros utilizados para la determinación del índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL).

Tipo de Factor y peso Factor Fuente/Proveedor Clases utilizadas Peso

Condicionante (0.70)

Vegetación INEGI 1-5 0.05

Suelo INEGI 1-5 0.05

Litología INEGI* / SGM* 1-5 0.25

Fallas INEGI / SGM* 1-5 0.10

Pendiente Cálculo propio 1-5 0.30

Profundidad de disección Cálculo propio 1-5 0.15

Energía Relieve Cálculo propio 1-5 0.05

Densidad de disección Cálculo propio 1-5 0.05

Detonantes (0.30)

Precipitación Cálculo propio 1-5 0.50 y 1**

Sismicidad SSN* 1-5 0.25

Vulcanismo Cálculo propio 1-5 0.25

INEGI: Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; SGM: Servicio Geológico Mexicano y SSN: Servicio Sismológico Nacional. **Se usó el coeficiente de 1 para la precipitación.

El segundo paso corresponde a la rasterización de todas las fuentes de datos. En esta operación,

dentro de lo posible, se mantuvo para todas las fuentes de información, la misma proyección cartográfica

UTM y la máxima resolución espacial de 15 metros, la cual fue provista por el DEM. Los análisis de los

parámetros geomorfométricos de energía del relieve, profundidad y densidad de la disección se

realizaron por cuestiones metodológicas en mallas cada km2 (Lugo-Hubp, 1986 y 1988).

Como tercer paso todos los factores en formato raster fueron sometidos a un corte específico en la

zona de interés, la cual es definida por el límite de la poligonal del municipio del destino turístico.

En el cuarto paso se realizó la reclasificación de cada factor para reasignar sus clases originales

(para el caso de variables discretas o categóricas), o bien rangos de valores (para el caso de variables

continuas), en una de 5 clases nuevas, elegidas por su nivel de susceptibilidad a desarrollar procesos de

inestabilidad de laderas.

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El quinto paso: álgebra de mapas, consiste en el cálculo del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad

de Laderas (ISIL). Este cálculo se realizó usando los datos raster de cada factor a través de una suma

lineal ponderada, utilizando la herramienta de álgebra de mapas del sistema ARCGIS®, asignando

pesos relativos de manera analítica a las variables que componen cada uno de los dos tipos de factores

(condicionantes y detonantes), dependiendo del grado de influencia que tiene cada variable para que

suceda dicho fenómeno. Finalmente, se sumaron las resultantes, como se describe en la Tabla 1.6 y en

la Figura 1.4.

En el sexto paso se realizó la calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas.

Los valores que se obtuvieron de la suma ponderada pueden alcanzar un valor máximo de 5. Sin

embargo, para los resultados de la combinación de todos los factores no se puede establecer una escala

de valores única, pues los mismos dependen de las condiciones de cada área estudiada (Mora, 2004).

Por lo anterior, una estrategia de calibrar el índice ISIL es a partir de datos y elementos geomórficos

de la actividad presente en las laderas que las hace inestables. Esta información se puede extraer si

existen atlas de riesgos para el destino de interés. Por ejemplo para la calibración del ISIL para el

destino de Monterrey, Nuevo León, se consultó el Atlas de riesgos de dicho destino y en los

deslizamientos documentados en la zona, el ISIL reportó el valor 3.95, este valor corresponde al

percentil 90 (Figura 1.5), por lo cual, se manejó como valor umbral de corte dicho percentil, y para

determinar el tipo de distribución de los datos también se registró su distancia en desviaciones estándar.

Este mismo criterio se aplicó en todos los destinos para delimitar y segmentar las áreas susceptibles a

inestabilidad de laderas. Los valores resultantes, los mayores al percentil 90, se dividieron

proporcionalmente en 5 clases de susceptibilidad a la inestabilidad de laderas, donde el valor de 1 hace

referencia a la menor factibilidad de que ocurra un evento de inestabilidad de laderas y el 5 es el de

mayor factibilidad de ocurrencia.

Figura 1.5. Calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas (ISIL) a partir deslizamientos documentados y el análisis de su distribución en el histograma.

Percentil

90 % = 3.95

Laderas inestables

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La susceptibilidad al movimiento de masa, generalmente expresa la facilidad con que un

fenómeno puede ocurrir sobre la base de las condiciones locales del terreno. La susceptibilidad es una

propiedad del terreno que indica qué tan favorables o desfavorables son las condiciones de éste, para

que puedan ocurrir las amenazas o peligros. El mapa de susceptibilidad al movimiento de masa clasifica

la estabilidad relativa de un área, en categorías que van desde muy alto hasta muy bajo. El mapa de

susceptibilidad al movimiento de masa muestra dónde hay o dónde no hay, condiciones para que

puedan ocurrir las amenazas. La probabilidad de ocurrencia de un factor detonante como una lluvia o un

sismo no se considera en un análisis de susceptibilidad.

En este mismo paso se realiza una aproximación a elementos expuestos de interés para el sector

turismo. Para esta actividad se utilizaron los datos vectoriales del Directorio Estadístico Nacional de

Unidades Económicas (DENUE), en los que se realiza una preselección de las unidades económicas

(Tabla 1.7), las cuales resultan de interés para el sector turismo. Posteriormente, se realizó una

selección por localización geográfica, detectando los establecimientos expuestos a inestabilidad de

laderas, para esto se efectúa el análisis espacial de intersección de los datos DENUE que están dentro

de áreas inestables.

Tabla 1.7. Unidades económicas (DENUE) vinculados y asociados al turismo.

Clave Descripción

46 Comercio al por menor

48-49 Transportes, correos y almacenamientos

51 Información en medios masivos

52 Servicios financieros y de seguros

53 Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles y servicios de remediación

54 Servicios profesionales, científicos y técnicos

55 Corporativos

56 Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación

61 Servicios educativos

62 Servicios de salud y de asistencia social

71 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos, y otros servicios recreativos

72 Servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas

81 Otros servicios, excepto actividades gubernamentales

Fuente: INEGI, 2015

Finalmente, en el paso séptimo se realizó el mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas, para

la elaboración del mismo se siguieron, en medida de lo posible, las indicaciones de SEDATU (2014). De

igual forma se incluyeron los establecimientos expuestos del sector turismo.

De acuerdo con Mora (2004), es importante aclarar que el calificativo de susceptibilidad es una

representación cuantitativa de los diferentes niveles de amenaza, que muestra el rango de amenaza

relativa en un sitio en particular, pero no la amenaza absoluta. Esta clasificación relativa de la

susceptibilidad, se basa en la influencia que tienen las diferentes condiciones examinadas en un área

específica; es decir, las áreas de susceptibilidad determinadas para un sitio son válidas únicamente para

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este sitio. Esto significa que condiciones similares, encontradas fuera del sitio, pueden producir un

resultado diferente por una pequeña diferencia en alguno de los factores.

3.2. Vulnerabilidad física

Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático 3.2.1.

La ocurrencia de fenómenos naturales como son las inundaciones, los deslizamientos y las altas

temperaturas, por si solos, representan eventos naturales si se desarrollan como parte de los ciclos

geológicos y meteorológicos de la naturaleza; pero como consecuencia de las intervenciones humanas

en el ambiente, provocan impacto y desórdenes en diversas escalas geográficas incluyendo la global, lo

cual incremente la vulnerabilidad hacia los desastres. La vulnerabilidad constituye así una condición que

resulta de la interacción de un conjunto de factores geográfico-ambientales, socioeconómicos, político-

administrativos y financieros que se relacionan entre sí de manera compleja.

En relación a las condiciones geográfico-ambientales se requiere de un índice integrador y

representativo de los indicadores empleados, que provea información sobre las condiciones del terreno

en relación al potencial y probabilidad de manifestar eventos peligrosos.

A continuación se describe la metodología desarrollada para generar el índice de vulnerabilidad

física del destino turístico por eventos extremos asociados al cambio climático, a partir de altas

temperaturas, áreas de inundación fluvial e inestabilidad de laderas y de la densidad de establecimientos

comerciales vinculados al turismo (Tabla 1.8).

Tabla 1.8. Amenazas consideradas para la generación del Índice de vulnerabilidad física de destinos continentales.

AMENAZAS DESCRIPCIÓN

ALTAS TEMPERATURAS Golpes de calor (niños, adultos mayores y población más vulnerable). Proliferación de fauna nociva y plagas (vectores de transmisión de enfermedades infecciosas, entre otros). 1 2 3 4 5

INUNDACIÓN FLUVIAL Daños a la población, a la infraestructura, a las vías de comunicación y las localidades. 1 2 3 4 5

INESTABILIDAD DE LADERAS Colapso de carreteras y daños en vías de comunicación alámbricas e inalámbricas, pérdida de atractivos visuales y ambientales, etc. 1 2 3 4 5

Fuente: Elaboración ANIDE.

El índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático tiene como propósito elaborar el mapa de

vulnerabilidad física del destino ante las amenazas vinculadas al cambio climático. El criterio

considerado para construir el índice de vulnerabilidad es una suma aritmética, donde el valor mínimo es

de 1 y el máximo posible es de 15. Este índice es único para el destino turístico, ya que es precisamente

la interacción de las características locales las que definen su vulnerabilidad. Por lo anterior, su

interpretación es cualitativa, ya que integra los elementos que caracterizan la vulnerabilidad física local.

Para la representación cartográfica y con la finalidad de caracterizar espacialmente la vulnerabilidad

física del lugar, los valores resultantes se reclasifican a través de la interpretación de su histograma. Se

delimitaron 5 clases usando como umbrales los percentiles 20, 40, 60 y 80. Cada mapa se describe en

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su respectiva leyenda para los resultados del destino turístico, siendo las categorías 1 y 5, las de menor

y mayor vulnerabilidad física, respectivamente.

Es importante aclarar que este índice y su mapa de vulnerabilidad física, bajo un enfoque de gestión

de riesgos, recupera los elementos de carácter estructural del territorio, junto con los fenómenos

naturales que afectan a diversas zonas, y constituye una herramienta para la modelación de riesgos,

para coadyuvar en la prevención y mitigación integral de los desastres, para construir políticas de

gestión, para atender los impactos así como las transformaciones vinculadas al cambio climático.

3.3. Riesgo ante el cambio climático

Los elementos físico-ambientales en su conjunto determinan la extensión y distribución de las áreas

en riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático. Sin embargo, es la vulnerabilidad

integrada la que define los efectos. Esta metodología sirve de referencia para la creación de mapas en

otras áreas bajo enfoques similares elaborando cartografía útil para la construcción de medidas de

adaptación ante el cambio climático.

El presente estudio adopta la concepción del riesgo como la combinación del peligro o amenaza y la

vulnerabilidad (Figura 1.6).

Figura 1.6. Esquema de los factores asociados al riesgo de impactos por cambio climático. Modificada de IPCC, 2014

El propósito es explicar la metodología desarrollada para integrar todos los estudios y mapas

temáticos en un mapa sintético de riesgos, el cual sirva como herramienta de planeación y toma de

decisiones. El riesgo que se considera en el municipio es el de la población, el del gobierno municipal y

el de los establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo; en particular ante la presencia

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de eventos vinculados al cambio climático como son: las altas temperaturas, la inundación fluvial y la

inestabilidad de laderas (Tabla 1.9).

Tabla 1.9. Elementos considerados para la elaboración del mapa de riesgos a eventos extremos vinculados al cambio climático.

DESTINO VULNERABILIDAD

AMENAZAS Física Social/Institucional

Continental Áreas vulnerables

Población

Establecimientos asociados y vinculados al turismo

Gobiernos municipales

Instrumentos de política pública en materia de cambio climático y gestión del riesgo.

Altas temperaturas

Deslaves por inestabilidad de laderas

Inundación fluvial

Dentro de los conceptos vinculados al análisis de riesgos así como a la prevención de desastres, el

término de sistemas afectables designa a los conjuntos sociales y físicos que están expuestos al agente

perturbador y que pueden quedarse dañados por éste, en un grado tal que constituye un desastre

(CENAPRED, 2001b). Con relación a los sistemas afectables, el potencial de desastre depende del

tamaño del sistema expuesto al desastre (en términos de la cantidad de población o costo de la

infraestructura o cualquier otro índice de valor de las posibles pérdidas). A esta cantidad se le llama

grado de exposición (CENAPRED, 2001b).

De acuerdo con esto, los sistemas afectables son: población, establecimientos o negocios asociados

al turismo, áreas terrestres vulnerables, en términos de su uso como recurso (recreativo, turístico,

económico, ambiental y paisajístico, entre otros).

El producto final es un mapa de riesgo a eventos extremos vinculados a las amenazas ante el

cambio climático: altas temperaturas, inundación fluvial e inestabilidad de laderas y a otros productos

como son los mapas integrados de vulnerabilidad física y vulnerabilidad social a eventos extremos

vinculados al cambio climático.

Mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático

Los mapas de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático constituyen una

herramienta insustituible para detectar las áreas y los elementos sometidos a riesgo y así poder distribuir

los esfuerzos y recursos de manera proporcional a los niveles de afectación. Es decir, conocer el nivel

potencial de impacto sobre los diversos elementos distribuidos en el territorio, siendo instrumentos que

coadyuvan a analizar, a tomar decisiones y a desarrollar medidas de mitigación y gestión.

Datos

Los datos disponibles corresponden a la cartografía digital producida en este trabajo, la cual se

realizó a partir de diferentes fuentes como se explica y detalla en cada capítulo correspondiente, en

particular los mapas son de inundación fluvial, altas temperaturas, inestabilidad de laderas,

vulnerabilidad social, vulnerabilidad de establecimientos turísticos y vulnerabilidad institucional.

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Todos los datos fueron transformados a formato raster con 10 metros de resolución, excepto los

índices que tienen un solo valor para toda la superficie de análisis. En general se trabajaron como

variables o constantes utilizando álgebra de mapas en el programa ArcGIS.

Metodología

El mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio climático se realizó bajo un enfoque de

gestión del riesgo a partir de la información generada en los capítulos precedentes, a través de una

metodología de análisis espacial en el entorno de un Sistema de Información Geográfica.

El mapa de riesgo se construye a partir de multiplicar el mapa integrado de peligros o amenazas con

el mapa integrado de vulnerabilidades (Figura 1.7).

Figura 1.7. Diagrama del cálculo del riesgo en el Sistema e Información Geográfica.

Los mapas de vulnerabilidad se elaboraron a partir de cada sistema expuesto, utilizando el índice de

vulnerabilidad correspondiente a cada tema. Para las variables discretas se clasificó todo el municipio y

se usó el valor constante de la clase indicada en él y para variables continuas se utilizaron los valores

del índice en todas sus categorías como se describe en los capítulos correspondientes. Cada mapa de

vulnerabilidad fue así clasificado en 5 categorías (Muy baja, Baja, Media, Alta y Muy Alta), asignándoles

los valores de 1 a 5.

Posteriormente todas las vulnerabilidades fueron incorporadas a un único mapa. El valor de la

vulnerabilidad institucional se integró como constante. El archivo resultante es la sumatoria total y

representa la vulnerabilidad integrada. Este archivo fue reclasificado nuevamente en 5 clases.

Los mapas de peligros o amenazas fueron elaborados con 5 categorías cada uno y son estas las

que se utilizaron en la construcción del mapa de amenazas integrado a partir de la sumatoria de los

mismos y posterior reclasificación en 5 clases.

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En cuanto a la representación de cada categoría se empleó el código internacional de colores para

tráfico vehicular: rojo, amarillo y verde, añadiéndose el naranja entre el rojo y el amarillo, y el verde claro

entre el amarillo y el verde (Tabla 1.10).

Tabla 1.10. Categorías a emplearse en la representación de la amenaza, vulnerabilidad y riesgo (SEDATU, 2014).

Color Categoría

5 Muy alta

4 Alta

3 Media

2 Baja

1 Muy baja

4. Resultados

4.1. Amenazas por cambio climático

Escenarios de cambio climático 4.1.1.

Para este destino turístico se analizaron las estaciones climatológicas de Monterrey (DGE y SMN),

Topo Chico, Santa Catarina, La Huastequita, Salinas Victoria, Ciénega de Flores, Apodaca y El Cerrito.

Los registros del observatorio meteorológico de Monterrey indican una temperatura media de entre 15 y

28°C. Las temperaturas máximas promedio oscilan entre los 22 y 35°C y las mínimas entre los 10 y

24°C. Las precipitaciones promedio anuales son de 850 mm, la temporada lluviosa va de abril a octubre

y la máxima precipitación es en septiembre con presencia de canícula en agosto. En septiembre la

precipitación promedio es de 280 mm en el mes y en mayo y octubre es en promedio de 50 mm (Figura

1.8). La estación de Topo Chico al norte de la Cd. de Monterrey presenta valores menores de

precipitación, 550 mm anuales pero con valores de temperatura máxima y medias muy similares a los

registrados por el observatorio de la ciudad con excepción de la temperatura mínima que es más baja

principalmente en invierno (Figura 1.9). En Topo Chico. En Apodada, ciudad conurbada con Monterrey

las temperaturas medias está entre 15 y 28°C, las temperaturas máximas entre 23 y 37°C, es en general

una zona más calurosa que Monterrey. Sin embargo la precipitación es menor con un total de 580 mm al

año y las precipitaciones más altas en septiembre (mes más lluvioso) son de 140 mm en promedio. Al

extremo poniente de la Monterrey en Santa Catarina el clima es más seco con presencia de menor lluvia

anual (400 mm) y los meses lluviosos no superan los 40 mm mensuales (Figura 1.9 a Figura 1.10).

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Figura 1.8. Climograma de la estación Monterrey, Nuevo León (observatorio meteorológico) con valores normales de 1951-2010.

Figura 1.9.Climograma de la estación Topo Chico, Nuevo León con valores normales de 1951-2010.

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Figura 1.10. Climograma de la estación Apodaca, Nuevo León con valores normales de 1951-2010.

Los valores extremos mensuales en Monterrey, N.L indican valores entre los 25 a 40°C en

temperaturas máximas mensuales, enero de menores temperaturas y julio el más cálido. En este destino

turístico el mes más cálido coincide con el mes más lluvioso. Las precipitaciones extremas mensuales

son en julio hasta de 500 mm mensuales seguido del mes de septiembre con valores arriba de los 400

mm. Estos eventos extremos generalmente están asociados a ciclones tropicales que llegan a afectar la

región y esporádicamente impactan sobre la ciudad, tal es el caso del huracán Gilberto (categoría 5) que

en 1988 causó desastres en el río Candelaria. Los eventos mensuales extremos de lluvia en el resto del

verano, superan los 200 mmm al mes. Las temperaturas mínimas se registran entre los 8 y 23°C (Figura

1.11).

Figura 1.11. Valores extremos mensuales del Observatorio de Monterrey, Nuevo León. (1951-2010)

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Para la región de Apodaca, N.L los valores extremos de temperatura alcanzan los 43°C de junio a

agosto y las temperaturas mínimas pueden ser cercanas a los 0°C favoreciendo la presencia de heladas

en enero y diciembre. La precipitación puede ser más extrema que en Monterrey, en Apodaca se

alcanzan valores mensuales máximos de 400 mm en julio y septiembre y el resto de los meses lluviosos

hasta 250 mm. Esta estación es más extremosa, con mayor precipitación, mayor temperatura máxima y

presencia de heladas más frecuentes (Figura 1.12). Para el caso de Santa Catarina las temperaturas

máximas extremas mensuales son más bajas que en Apodaca y las mínimas son más altas, sin

embargo las lluvias extremas mensuales son más altas, superan los 250 mm al mes y en agosto pueden

alcanzarse los 430 mm y septiembre con más de 350 mm a mes (Figura 1.13).

Figura 1.12. Valores extremos mensuales de la Apodaca, N.L. (1951-2010).

Figura 1.13. Valores extremos mensuales de la estación Santa Catarina, N.L. (1951-2010).

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Los valores extremos diarios para la Cd de Monterrey indican presencia de días con temperaturas

máximas de 45°Cen mayo y de 40°C el resto del año en la temporada calurosa. La temperatura mínima

puede registrarse entre los -3°C en enero y diciembre. Las precipitaciones extremas diarias pueden

superar la lluvia media mensual, para los meses de junio y julio pueden registrarse tormentas con

valores de 200 a 280 mm al día (más de la tercera parte de la lluvia total anual en un día). Enero y

diciembre son meses en los que son comunes los frentes fríos que ocasionan lluvia (Figura 1.14). Para

la estación de Apodaca las extremas máximas de temperatura superan los 45°C y en abril se registró

una máxima histórica de 50°C. La temperatura mínima extrema diaria ha alcanzado los -5°C y las

precipitaciones pueden superar los 250 mm en septiembre (Figura 1.15). En Santa Catarina los máximos

de lluvia son mayores de 160 mm en septiembre y las temperaturas alcanzaron los 40°C en junio, las

temperaturas mínimas son similares a las de Apodaca (Figura 1.16). Puede observarse que las

estaciones fuera de la ciudad son más extremosas, presentando días más calurosos, menor temperatura

mínima y presencia de heladas mientras que en las zonas del centro se presentan mayores

precipitaciones que en la periferia.

Figura 1.14.Valores extremos diarios históricos del observatorio meteorológico de Monterrey, N.L. (1951-2010).

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Figura 1.15.Valores extremos diarios históricos de la estación Apodaca, N.L. (1951-2010).

Figura 1.16. Valores extremos diarios históricos de la estación Santa Catarina, N.L. (1951-2010).

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Escenarios de cambio climático

En el destino turístico de Monterrey el incremento en las temperaturas máximas en escenarios de

cambio climático tiene una tendencia positiva. De acuerdo con los modelos, las temperaturas máximas

tendrán un cambio de 7 °C, se pasará de los 37 a 44 °C para finales de siglo con valores extremos de 44

°C (Figura 1.17 y Figura 1.18).

Para el caso de la temperatura mínima se espera un cambio de 5ºC en escenarios RCP8.5 de

cambio climático, pasando de 10ºC a 15ºC, lo que indica temporadas frías menos frías (Figura 1.19).

En cuanto a la precipitación, los modelos de tendencia del número de días con precipitación mayor

de 10 mm indican un decremento de 22 a 18 días en promedio (Figura 1.20). Las lluvias extremas

aumentarán significativamente a partir de 2050 entre 100 y 200 mm al día (Figura 1.21).

Figura 1.17.Tendencia de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey, N.L.

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Figura 1.18.Anomalía de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey N.L.

Figura 1.19.Anomalía de la temperatura mínima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey, N.L.

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Figura 1.20.Tendencias en el número de días con precipitación mayor a 10mm al año comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Monterrey, N.L.

Figura 1.21. Tendencias del percentil 95 de precipitación (mm/día) comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Monterrey, N.L.

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Indicador de altas temperaturas

A partir de la climatología base y de sus proyecciones en el escenario RCP 8.5 para fines de siglo,

pueden observarse en la Tabla 1.11 los resultados de parámetros construidos con las temperaturas

máximas y mínimas, entre los que destacan las siguientes observaciones: el cambio de la temperatura

máxima esperado es de 7ºC, lo que la llevará de los 37ºC de la climatología actual a un valor de 44ºC en

el escenario RCP 8.5. Ambos valores rebasan el límite superior de tolerancia para la salud humana

(35ºC) según la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU, 2014). Por ello el

indicador de alta temperatura alcanzó el valor máximo de 5 en la escala propuesta por SEDATU.

Considerando la extremosidad de la temperatura, se observa una diferencia en valor absoluto de

3ºC entre los rangos de la climatología base y la proyectada en cambio climático.

De acuerdo con los criterios descritos en la metodología, donde se considera la T max en RCP 8.5 y

la extremosidad, se obtuvo el indicador de altas temperaturas, que para el caso de Monterrey fue de 4.4

(en una escala de 1 al 5), (Figura 1.22), con un valor normalizado de 0.88 (en una escala de 0 a 1).

Estos valores muestran que Monterrey es un destino turístico con una vulnerabilidad muy alta a las altas

temperaturas en escenarios de cambio climático.

Tabla 1.11.Temperaturas máximas actual y proyectada en el escenario RCP 8.5 e indicador de altas temperaturas de Monterrey, Nuevo León.

Parámetros de temperaturas Valor

Temperatura máxima promedio climatología base (°C) 37

T max (°C) en escenario RCP 8.5 45

Δ T max (°C) en escenario RCP 8.5 8

Temperatura mínima (°C) promedio climatología base 10

T min (°C) en escenario RCP 8.5 15

Δ T min (°C) en escenario RCP 8.5 5

Rango de T max- T min climatología base promedio (°C) 27

Rango de T max- T min escenarios (°C) 30

Diferencia absoluta de los rangos (indicador de extremosidad) (°C) 3

Clase Rango (extremosidad) 3

Clase vulnerabilidad Tº C max en escenarios RCP 8.5. 5

Indicador de altas temperaturas (1-5) 4.4

Valor normalizado del indicador de alta temperatura (0-1) 0.88

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Mapa de altas temperaturas

Figura 1.22. Mapa del indicador de altas temperaturas para el destino turístico de Monterrey. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Inundación fluvial 4.1.2.

De acuerdo a la metodología descrita en el capítulo correspondiente, la determinación del área

susceptible de ser inundada se realiza por Región Hidrológica (RH), en el caso del municipio de

Monterrey, esté pertenece a la RH 24, denominada “Bravo Conchos”.

En particular para Monterrey la distribución de la precipitación se muestra en las isoyetas asociadas

a los periodos de retorno (Tr) de 2, 50 y 100 años (Figura 1.23, Figura 1.24 y Figura 1.25).

Figura 1.23.Isoyetas para el Tr de 2 años. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Figura 1.24. Isoyetas para el Tr de 50 años. Fuente: Elaboración ANIDE.

Figura 1.25. Isoyetas para el Tr de 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Como puede observarse la magnitud de las isoyetas para el Tr de 2 años (con precipitación máxima

de 119 mm), resulta menor respecto a la del Tr de 100 años (que presenta precipitación máxima hasta

de 501 mm), pero también la probabilidad de ocurrencia del Tr de 2 años (50%) es mucho mayor a la

probabilidad de ocurrencia del Tr de 100 años (1%).

Indicador de exposición de unidades turísticas a inundación fluvial

La curva numérica (CN) que es equivalente al coeficiente de escurrimiento muestra que varía de 30

a 100 % (Figura 1.26). Este dato se interpreta como el porcentaje de escurrimiento en función de la lluvia

que precipita; por ejemplo del 100 % de la lluvia que se precipita un 30 % escurre y el 70 % se infiltra.

De acuerdo a su CN, la zona turística de Monterrey se emplaza principalmente en la clase 100%.

Figura 1.26. Curva Numérica para el municipio de Monterrey. Fuente: Elaboración ANIDE.

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El mapa de índice de inundación fluvial sin calibrar (Figura 1.27), presenta una variación que va

desde -5.26 hasta 29.30, en donde los valores menores tienden a ser zonas libres de amenaza por

inundación y los mayores tienden a ser zonas con alta amenaza de inundación; el umbral que separa

estas zonas es lo que se denomina calibración. En este caso la calibración se realizó al comparar el

mapa de Tr de 100 años con una imagen satelital tomada durante un evento de inundación con

precipitación conocida (con el mismo Tr) para una zona de la región hidrológica. Se obtuvo el resultado

mostrado en la Figura 1.27 y quedó el valor umbral de 8.5 para un Tr de 100 años, para delimitar así las

áreas inundables. El mismo tipo de calibración se realizó para un Tr de 50 años y se determinó un valor

umbral de 8.5 así como para un Tr de 2 años con el valor umbral de 7.95 (Figura 1.28 ).

Figura 1.27. Índice de inundación fluvial para Monterrey sin calibrar (Tr 100 años). Fuente: Elaboración ANIDE.

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Figura 1.28. Umbral de calibración para los Tr de 2, 50 y 100 años, en a, b y c, respectivamente. Fuente: Elaboración ANIDE.

El Tr de 2 años presentó una afectación muy pequeña comparada con el de 100 años, pero las

probabilidades de ocurrencia para el Tr de 2 años son del 50% en comparación con el Tr de 100 años

que es del 1% (Figura 1.29). En especial en el municipio de Monterrey se identifica perfectamente el

cuerpo de agua que forma el río Santa Catarina, que atraviesa de oeste a este por el corazón de la

ciudad y en muchas ocasiones ha causado inundaciones severas.

Figura 1.29. Modelación de áreas inundadas para los periodos de retorno a) 2 años, b) 50 años y c) 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE.

a) Tr 2 años b) Tr 50 años c) Tr 100 años

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Mapa de inundación fluvial

Los mapas de áreas inundables se integraron con la superposición de los diferentes Tr (2, 50 y 100

años) para condiciones actuales, en la Figura 1.30 se observa la integración para los modelos de

inundación obtenidos para el municipio de Monterrey, Nuevo León.

En la Figura 1.31 se presentan las áreas inundables con la densidad de establecimientos asociados

al sector turístico y en la Figura 1.33 un acercamiento en el área de mayor densidad en la ciudad de

Monterrey. Los colores amarillos muestran áreas con probabilidad media de inundarse (2%) pero con

potencial de daño menor que corresponden a las zonas aledañas a la localidad Libertadores de América

y Loma Bonita.

Las áreas inundables modeladas considerando el incremento de eventos extremos por cambio

climático, se presentan en color rojo usando un Tr de 100 años. Incluye todas las categorías inferiores.

Estas zonas llegan a ser afectadas con eventos extremos de alta magnitud, aunque menos probables de

presentarse y sujetas a un daño potencial mayor, como lo son las localidades Hacienda Mitras, Unidad

Modelo, la ribera del Río Santa Catarina y Deportivo San Bernabé, entre otros (Figura 1.31).

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Figura 1.30. Mapa de inundación fluvial en escenarios de cambio climático en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Figura 1.31. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Monterrey, Nuevo León, incluye localización general de zonas urbanas inundables, las colonias expuestas se muestran en la Tabla 1.12. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Figura 1.32. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Tabla 1.12. Zonas y colonias expuestas a inundación fluvial en el municipio de Monterrey.

Zona 1 Zona 2 Zona 3

18 de febrero

Ampliación Nogales

Arboledas de Escobedo

Barrio Alameda

CROC

Fomerrey 110

Fomerrey 24

Fomerrey23

Fracc. Riveras del Bosque

Industrial Lincoln

Jardín de las Mitras

La alianza sector D

Luis Echeverría Norte

Madreselva

Mirasol

Moctezuma

Nueva Galicia

Nueva Morelos

Paseo las Mitras

Privadas Lincoln

San Bernabé

San Bernabé V

San Martin

Santa Cecilia

Santa Isabel

Valle delas Mitras

Valle Morelos

13 de Mayo

Céntrica Victoria

Fraccionamiento Centro

Fraccionamiento Independencia

Independencia

Loma Larga

Lomas

Los Magueyes

María Luisa

Monterrey Centro

Nueva Madero

Prados San Jerónimo

Prados San Jerónimo Secc 3

Rincón de Santa María

Rubén Jaramillo

Treviño

Antara

Antigua Hacienda Santa Anita

Campestre Buganvilias

Club de golf Valle Alto

Fracc. el Paraíso

Fracc. La Rioja

Fracc. Palmares

La Condesa

Loma del hípico

Los Cristales

Nogales de la Sierra

Nueva Estanzuela

Privada El Uro

Residencial Sierra Escondida

Satélite Acueducto

Sierra Ventana

Sociedad de Contratistas

Villa los Pinos

Cálculo de superficies en amenaza de inundación fluvial

La Tabla 1.13 muestra las áreas de afectación por inundación para el municipio de Monterrey de

acuerdo con los diferentes periodos de retorno. Se estima un total de 93.93 km2 de superficie inundable

(incluyendo los cuerpos de agua perennes), considerando el peor caso de inundación definido por el Tr

100 años. Este Tr de 100 años es el que se vincula a los eventos más extremos, los cuales resultan

importantes para propósitos de cambio climático.

Tabla 1.13. Áreas afectadas por inundación fluvial para diferentes periodos de retorno en Monterrey, Nuevo León.

Tr

años

Superficie de áreas inundables

(km2)

100 93.93 (incluye los Tr 50 y 2)

50 71.33 (incluye el Tr 2)

2 11.08

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Los resultados permiten concluir que el municipio de Monterrey tiene una superficie de 93.93 km2

sujeta a inundación fluvial. Estas áreas representan un poco más de la cuarta parte de la superficie

municipal (324.7 km2). De la zona inundable 11.08 km2 corresponden a áreas con media frecuencia de

inundación (probabilidad del 50%), pero con bajo potencial de daño. Mientras que 82.85 km2

corresponden a áreas con menor frecuencia de inundación (diferencia entre Tr 100 y Tr 2) pero con alto

y muy alto potencial de daño (Figura 1.33).

Figura 1.33. Superficies en amenaza de inundación fluvial (km2) para el destino turístico de Monterrey, Nuevo León.

Indicador de exposición de unidades económicas vinculadas y asociadas al turismo a

inundación fluvial

Para determinar las afectaciones a establecimientos comerciales o unidades económicas asociadas

al sector turismo, y de acuerdo con la metodología descrita en el capítulo correspondiente, se realizó la

selección espacial de establecimientos comerciales asociados y vinculados al turismo emplazados en

zonas inundables (Tabla 1.14).

Los resultado s permiten concluir que ante un evento extremo cuya probabilidad de ocurrencia es de

1% con un período de retorno de 100 años; de un total de 40,276 unidades económicas asociadas al

turismo 15,879 (39.43 %) resultarían afectadas por inundación fluvial. Mientras que ante un evento más

frecuente cuya probabilidad de ocurrencia es de 50% (Tr 2 años); 2,410 (5.98 %) resultarían afectadas.

Por otra parte, el universo de unidades económicas exclusivamente turísticas (hospedaje,

alimentación y recreación), corresponden a 6,491 establecimientos. Ante un evento extremo cuya

probabilidad de ocurrencia es de 1% con un período de retorno de 100 años; 2,466 (37.99 %) resultarían

afectadas por inundación fluvial. Mientras que ante un evento más frecuente cuya probabilidad de

ocurrencia es de 50% (Tr 2 años); 420 (6.47%) resultaría afectada (Tabla 1.14, Figura 1.34).

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Tabla 1.14. Indicador de exposición (IE) de unidades económicas (UE) sujetas a inundación fluvial, Monterrey, Nuevo León.

Tr 2 años Tr 50 años Tr 100 años

Probabilidad de ocurrencia

50% 2% 1%

Unidades económicas asociadas al

turismo

UE turísticas: hospedaje,

alimentación y recreación

Unidades económicas asociadas al

turismo

UE turísticas: hospedaje,

alimentación y recreación

Unidades económicas asociadas al

turismo

UE turísticas: hospedaje,

alimentación y recreación

40,276 6,491 40,276 6,491 40,276 6,491

UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE UE* IE

2,410 5.98 420 6.47 14,251 35.38 2,221 34.22 15,879 39.43 2,466 37.99

Figura 1.34. Indicador de exposición a inundación fluvial de las unidades económicas asociadas al turismo.

Los establecimientos que están expuestos a inundación requieren activar un sistema de seguridad

que les permita reducir su vulnerabilidad con medidas de prevención y adaptación para reducir su nivel

de riesgo y evitar catástrofes y pérdidas que lamentar. Finalmente con el propósito de evaluar el impacto

directo de la exposición en la infraestructura hotelera disponible la Tabla 1.15 muestra los hoteles

expuestos a inundación fluvial con su respectiva probabilidad de ocurrencia y periodo de retorno.

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Tabla 1.15. Hoteles expuestos a inundación de acuerdo a su periodo de retorno y probabilidad.

Tr 2 Años Probabilidad 50%

Tr 50 Años Probabilidad 2%

Tr 100 Años Probabilidad 1%

Apose S.A. de C.V. 69 Hospedaje 69 Hospedaje

Hotel Antaris Apose S.A. de C.V. Apose S.A. de C.V.

Hotel Casino Cabañas Antiguo Aserradero Cabañas Antiguo Aserradero

Hotel Central Casa de reposo Posada Santa Engracia A.C.

Casa de Reposo Posada Santa Engracia A.C.

Hotel El Regio Cuartos de renta Cuartos de Renta

Hotel Holiday Inn Crowne Plaza Monterrey

Estacionamiento Estacionamiento

Hotel La Mansión Villarreal Fiesta Inn Monterrey Centro Fiesta Inn Monterrey Centro

Hotel Palacio Holiday Inn Express Galerías San Jerónimo

Holiday Inn Express Galerías San Jerónimo

Hotel Reforma Hospedaje La Estrella Hospedaje La Estrella

Hotel Safi Hotel Antaris Hotel Antaris

Hotel Begoña Hotel Begoña

Hotel Best Wester Centro Hotel Best Wester Centro

Hotel Best Western Plaza de Monterrey

Hotel Best Western Plaza De Monterrey

Hotel Casino Hotel Casino

Hotel Central Hotel Central

Hotel Diamante Hotel Diamante

Hotel El Encanto Hotel El Encanto

Hotel El Mexicano Hotel El Mexicano

Hotel El Regio Hotel El Regio

Hotel El Regio Hotel El Regio

Hotel Estrella Hotel Estrella

Hotel Express Hotel Express

Hotel Fiesta Americana Hotel Fiesta Americana

Hotel Fiesta Versalles Hotel Fiesta Versalles

Hotel Four Points Galerías Monterrey

Hotel Four Points Galerías Monterrey

Hotel Hacienda Monterrey Hotel Hacienda Monterrey

Hotel Holiday Inn Crowne Plaza Monterrey

Hotel Holiday Inn Crowne Plaza Monterrey

Hotel Jiménez Hotel Jimenez

Hotel La Mansión Villarreal Hotel La Mansión Villarreal

Hotel Las Águilas Hotel La Quinta Paradiso

Hotel Madero Hotel Las Águilas

Hotel Monterrey Macroplaza Hotel Madero

Hotel Nogales Hotel Monterrey Macroplaza

Hotel Palacio Hotel Mundo De Monterrey

Hotel Plaza Del Arco Express Hotel Nogales

Hotel Posada De Los Reyes Hotel Palacio

Hotel Prado Hotel Parador Real

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Tr 2 Años Probabilidad 50%

Tr 50 Años Probabilidad 2%

Tr 100 Años Probabilidad 1%

Hotel Reforma Hotel Plaza Del Arco Express

Hotel Ruby Hotel Posada De Los Reyes

Hotel Safi Hotel Prado

Hotel Santa Fe Hotel Reforma

Hotel Venecia Hotel Roosvelt

Hotel Villajuarez Hotel Ruby

Hotel Virreyes Hotel Safi

Istay Hotel Monterrey Histórico Hotel Santa Fe

La Casa Del Barrio Hotel Venecia

La Mansión Colonial Suite Hotel Villajuarez

Monterrey Buoging Hotel Virreyes

Motel Canarias Istay Hotel Monterrey Histórico

Motel Casa Blanca Suite La Casa Del Barrio

Motel El Kioto La Mansión Colonial Suite

Motel Misión Real Monterrey Buoging

Pensión Motel Canarias

Restaurant-Bar Royal Motel Casa Blanca Suite

Sheraton Ambassador Monterrey Hotel Motel El Kioto

Super Motel Motel Misión Real

Yeccan Hostal Galería Motel Regina

Pensión

Restaurant-Bar Royal

Sheraton Ambassador Monterrey Hotel

Super Motel

Yeccan Hostal Galería

Es de notar que cerca de 10 Hoteles serán afectados en un Tr de 2 años, con un incremento de 47

Hoteles más para un Tr de 50 años y cinco más en un Tr de 100 años. Estas inundaciones asociadas a

las precipitaciones extremas hacen necesario que en las áreas vulnerables y con diferentes categorías

de riesgo se tomen las medidas pertinentes para evitar desastres, que pueden ser desde obras de

protección, desazolve de ríos, el manejo de aguas residuales, residuos sólidos, hasta un ordenamiento

del uso del suelo y de gestión para minimizar los impactos de esta amenaza.

Deslaves por inestabilidad de laderas ante el cambio climático 4.1.3.

La Tabla 1.6 del apartado de metodología muestra la tipología de los factores elegidos, la fuente de

la información, la cantidad de clases utilizadas y el peso asignado dentro del análisis de suma

ponderada en formato raster. Cabe destacar que se dio un factor de peso de 0.7 a los factores

condicionantes y de 0.3 a los factores detonantes.

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Índice de susceptibilidad a deslaves por inestabilidad de laderas

Este índice se realizó usando los datos raster de cada factor a través de una suma lineal ponderada.

Los valores que se obtuvieron de la suma ponderada pueden alcanzar un valor máximo de 5. El intervalo

de valores del ISIL para Monterrey fue de 2.26 a 4.65 (Figura 1.35 y Figura 1.36). Entre menor sea el

valor reportado por el ISIL, la ladera es más estable y si el valor es elevado, la ladera será más

inestable.

En la parte sur del municipio se presenta la mayor concentración de valores del ISIL, debido a la

concentración de cadenas montañosas y a la composición de las mismas.

Figura 1.35. Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas para el municipio de Monterrey, Nuevo León. El intervalo del ISIL fue de 2.26 a 4.65 y para facilitar la interpretación en el fondo de la figura se muestra el relieve sombreado. Fuente: Elaboración ANIDE.

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La calibración del ISIL se realizó con elementos geomórficos de la actividad presente en las laderas

a 2,353 metros al Noroeste de la localidad Los Nogales, Monterrey, Nuevo León, ésta se efectuó a partir

de una consulta en el Atlas Municipal de Riesgos Nivel Básico de Monterrey, Nuevo León (GENL, 2011),

La consulta mostró que en los deslizamientos documentados para dicha zona, el valor correspondía a

3.95 para el ISIL, este valor representó el percentil 90, por lo anterior fue utilizado para discretizar las

zonas sujetas a inestabilidad de laderas, determinando una superficie inestable de 263.21 km2(Figura

1.36). Adicionalmente, en la calibración del ISIL se restringieron sus valores únicamente para los sitios

que se encuentran ubicados en pendientes mayores a 9 grados, es decir, las categorías 2-5 del mapa de

pendientes, lo cual resultó en una superficie inestable de 24.05 km2 (7.40% de la superficie municipal).

Figura 1.36. Calibración del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL) en el municipio de Monterrey, Nuevo León, el valor umbral fue de 3.95, que representa el percentil 90 para las pendientes mayores a 9 grados. Fuente: Elaboración ANIDE.

La elección del valor umbral también consideró el análisis de su distribución en el histograma. En

general los valores bajos en el histograma corresponden a laderas estables y al superar dicho umbral las

laderas se tornan inestables (Figura 1.35). El valor umbral seleccionado sirvió para determinar las zonas

propensas a inestabilidad de laderas. Adicionalmente, estas zonas se restringieron a pendientes

mayores a 9 grados y después se dividieron en 5 clases definiendo así el índice a susceptibilidad a la

inestabilidad de laderas (ISIL) donde el valor de 1 hace referencia a la menor susceptibilidad de que

ocurra un evento y el 5 es el de mayor susceptibilidad de ocurrencia.

Percentil

90 % = 3.95

Laderas estables Laderas inestables

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Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas

En los sitios donde se presenta inestabilidad las causas principales son por el efecto de

precipitaciones extremas que pueden producir deslaves o deslizamientos, Generalmente se presentan

en áreas que por su fuerte pendiente, saturación de agua, falta de cobertura vegetal, entre otros factores

causan estos deslaves.

Para el municipio de Monterrey, las áreas con laderas inestables suman 24.05 km2 que representan

el 7.48 % de territorio municipal, y se dividieron en áreas de muy baja a muy alta susceptibilidad a

inestabilidad de laderas. Del área susceptible a deslaves por inestabilidad de laderas el 35%

corresponde a áreas con categoría muy baja y solo el 2% con susceptibilidad muy alta.

Las áreas con mayor susceptibilidad corresponden a la localidad de Las Jaras y la menor

susceptibilidad se encuentra en las faldas al norte del Cerro de Las Mitras (Figura 1.37 y Figura 1.38).

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Figura 1.37. Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Figura 1.38. Acercamiento del mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Monterrey, Nuevo León. Nótense los establecimientos vinculados al turismo (unidades económicas DENUE, puntos morados) que resultan expuestos a inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Para asignar clases, se utilizó el algoritmo de cortes naturales de Jenks (Smith et al., 2015).

Para conocer los elementos expuestos a inestabilidad de laderas se integraron en dicho mapa las

unidades económicas asociadas al turismo incluidas en el DENUE (INEGI, 2015). Las unidades

expuestas se determinaron mediante una consulta espacial de selección por localización. El número

total de DENUES (establecimientos de mayor impacto en el turismo) con amenaza de inestabilidad de

laderas fueron 19 (Figura 1.38), de los cuales dos se encuentran en la categoría media (3), 12 en la

categoría baja (2) y cinco en muy baja (1) Tabla 1.16). Lo anterior como una primera aproximación para

apoyar las medidas de adaptación en materia de cambio climático y protección civil.

Tabla 1.16. Ejemplo de unidades económicas (DENUE) vinculadas y asociadas al turismo.

Nombre establecimiento

Nombre de actividad Categoría

ISIL Personas Ocupadas

Coordenadas Geográficas

Longitud Latitud

Hípico San Jorge Escuelas de deporte del sector privado

3 0 a 5 -100.234233 25.5228853

Parroquia San Jose Del Uro

Asociaciones y organizaciones religiosas

3 0 a 5 -100.205402 25.5417468

Abarrotes sin nombre Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.242021 25.5942473

Abarrotes Ruiz Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.234069 25.5855921

Estanquillo Ramírez Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.234776 25.5454786

Abarrotes Irene Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.243036 25.5934217

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes ultramarinos y misceláneas

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.232525 25.5837406

Abarrotes Maricela Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.24176 25.5913344

Abarrotes Omar Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.242258 25.5929572

Abarrotes Castellanos Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.242172 25.5944099

Tienda sin nombre Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.242299 25.5922026

Tienda de abarrotes sin nombre

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.234816 25.5864312

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Nombre establecimiento

Nombre de actividad Categoría

ISIL Personas Ocupadas

Coordenadas Geográficas

Longitud Latitud

Tienda de abarrotes sin nombre

Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

2 0 a 5 -100.242176 25.5944742

Venta de frutas y verduras frescas

Comercio al por menor de frutas y verduras frescas

2 0 a 5 -100.242286 25.5915632

Tiendita Trujillo Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

1 0 a 5 -100.210364 25.5191014

Papelería El Barro & Joys Comercio al por menor de artículos de papelería

1 0 a 5 -100.210101 25.5195293

Minisuper La Pasadita Comercio al por menor en tiendas de abarrotes, ultramarinos y misceláneas

1 0 a 5 -100.233927 25.5086301

Snack El Ojo de agua Comercio al por menor de bebidas no alcohólicas y hielo

1 0 a 5 -100.233175 25.5093243

Comedor María de Los Ángeles

Restaurantes que preparan otro tipo de alimentos para llevar

1 0 a 5 -100.280055 25.5831854

Con el propósito de percibir la condición de inestabilidad de laderas en los establecimientos

detectados como expuestos, la Figura 1.39 y la Figura 1.40 muestran una visualización tridimensional

mostrando la imagen satelital con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de

laderas y la Figura 1.41 y la Figura 1.42 muestran las fotografías de zonas con laderas inestables,

mientras que la Figura 1.43, la Figura 1.44 y la Figura 1.45 corresponden a fotografías de

establecimiento expuestos seleccionados y su entorno, en estas últimas se pueden identificar elementos

de inestabilidad tales como material no consolidado, escarpes, pendientes fuertes, caída de rocas y

bloques.

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Figura 1.39. Vista tridimensional con exageración vertical, se observa la imagen satelital de Digital Globe con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de laderas, así como la ubicación de establecimientos expuestos a inestabilidad de laderas en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®.

a) b)

Figura 1.40. Acercamiento en vista tridimensional, se incluye la imagen satelital de Digital Globe (a) y la superposición de las clases de susceptiblilidad a inestabilidad de laderas (b). En ambas se observa la ubicación de establecimientos expuestos a alguna categoría de inestabilidad de laderas en Monterrey, NL. Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®.

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Figura 1.41. Fotografía de zona con laderas inestables identificada en el Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Monterrey NL. Fuente: Street view-Google Earth®.

Figura 1.42. Fotografía en los alrededores del fraccionamiento los Cristales, en la cual se observa la amenaza latente de elevaciones con altas pendientes y al pie de montaña viviendas (Fuente: Street view-Google Earth®).

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a) b)

Figura 1.43. Localización del establecimiento Abarrotes Ruíz. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) ubicado en pendiente alta y al pie de montaña. Fuente: Street View-Google Earth®.

a) b)

Figura 1.44. Localización del establecimiento parroquia San José del Uro 1. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) con construcciones en pendientes pronunciadas. Fuente: Street View-Google Earth®.

a) b)

Figura 1.45. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 2. Se observa la fachada (a) y su entorno en 3D (b) en pendientes fuertes. Fuente: Street View-Google Earth®.

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Ante la posibilidad de presentarse estos deslaves, es importante generar las medidas pertinentes

para prevenirlos y reducir los riesgos a la población, como estabilizar los taludes o reubicación de casas-

habitación y de los diferentes establecimientos que estén en riesgo.

4.2. Vulnerabilidad Física

Índice de vulnerabilidad física ante el cambio climático 4.2.1.

La vulnerabilidad física de acuerdo con la metodología desarrollada para este estudio consideró la

densidad de los establecimientos comerciales asociados al turismo analizados por AGEB, así como la

totalidad de las amenazas asociadas al cambio climático, las cuales en Monterrey son: altas

temperaturas, inundación fluvial e inestabilidad de laderas.

Mapa de Vulnerabilidad Física

El mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático (Figura 1.46) muestra la sumatoria de

amenazas y la densidad de establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo expuestos a

estas. Para Monterrey la mayor vulnerabilidad física al cambio climático con categoría muy alta

corresponde al 1.80 % del área municipal ubicada principalmente en el centro de la ciudad, en las

AGEBs urbanas con mayor densidad de establecimientos. El área con vulnerabilidad baja y muy baja

corresponden al 41.80% y 9.91% respectivamente.

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Figura 1.46. Mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

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Las principales clases de vulnerabilidad física en las AGEBs urbanas varían de baja a muy alta,

mientras que las amenazas principales en las mismas son la inundación fluvial y el incremento en la

temperatura. En la parte Norte de Monterrey, se presentan zonas que principalmente están siendo

vulnerables a inundación fluvial, pero la categoría de mayor amenaza se sigue concentrando en el

centro de la ciudad.

4.3. Riesgo ante el cambio climático

El calentamiento global antropogénico está generando un cambio de los sistemas climáticos. Así, las

proyecciones de los diferentes escenarios ante el cambio climático indican un aumento de la

temperatura, variaciones en la precipitación pluvial, y un incremento en la intensidad y frecuencia de

fenómenos hidrometeorológicos extremos.

En los ambientes continentales entre los principales efectos del cambio climático se encuentran las

ondas de calor asociadas principalmente a las zonas urbanas, las sequías, las inundaciones fluviales y

los deslaves por inestabilidad de laderas, entre otros, los cuales se constituyen en amenazas ante el

cambio climático.

El riesgo de los impactos relacionados al cambio climático se deriva de la interacción de los peligros

o amenazas vinculadas a los eventos climáticos extremos con la vulnerabilidad y la exposición de los

sistemas humanos y naturales (IPCC, 2014). En este sentido, los procesos socioeconómicos y los

cambios en el sistema climático son los promotores de las amenazas, la exposición y la vulnerabilidad

ante el cambio climático. Es así, que la implementación de la adaptación ante el cambio climático se

convierta en una estrategia sustancial para disminuir la vulnerabilidad y por lo tanto el riesgo ante el

cambio climático.

Es importante notar que en décadas recientes, los desastres provocados por fenómenos naturales

han aumentado a nivel mundial como resultado principalmente del incremento en la vulnerabilidad

(IPCC, 2012), y sólo en parte por las características de la amenaza misma. Si consideramos una mayor

exposición de la población a los fenómenos meteorológicos intensos por el impacto del cambio climático,

resultará un mayor número de desastres y es de advertir que los riesgos se pueden agravar cuando la

población carece de infraestructuras y servicios esenciales o viven en zonas expuestas. Nuevamente, es

aquí donde la gestión integral del riesgo y la adaptación al cambio climático cobran mayor relevancia.

En este estudio se considera para el análisis de riesgo ante el cambio climático en el municipio de

Monterrey a la población (vulnerabilidad social) al gobierno municipal (vulnerabilidad institucional), al

territorio (vulnerabilidad física) y la exposición de los establecimientos comerciales vinculados y

asociados al turismo; en particular ante las amenazas de altas temperaturas, la inundación fluvial y la

inestabilidad de laderas.

De acuerdo con esto, los sistemas afectables son: población, establecimientos o negocios asociados

al turismo, áreas terrestres vulnerables, en términos de su uso como recurso (recreativo, turístico,

económico, ambiental y paisajístico, entre otros). El producto final es un mapa de riesgo ante el cambio

climático del municipio.

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Mapa de riesgo ante el cambio climático 4.3.1.

Para la elaboración de la cartografía del riesgo ante el cambio climático en el destino turístico de

Monterrey se consideraron las siguientes amenazas: altas temperaturas, inundación fluvial e

inestabilidad de laderas, así como las siguientes vulnerabilidades: vulnerabilidad física, vulnerabilidad

social y vulnerabilidad institucional. El mapa de riesgo a eventos extremos vinculados al cambio

climático se realizó bajo un enfoque de gestión del riesgo a partir de la información generada de

amenazas y vulnerabilidades a través de una metodología de análisis espacial en el entorno de un

Sistema de Información Geográfica. Finalmente, se generó un mapa de riesgo a partir del producto de la

sumatoria de las amenazas por la sumatoria de las vulnerabilidades (Figura 1.47).

El mapa de riesgo muestra que en la mayor parte del territorio municipal presenta un riesgo ante el

cambio climático muy bajo que corresponden al 56.22 % de la superficie municipal. Aunque existen

zonas con categorías de riesgo medio a alto, abarcando entre el 18.30% y 10.29 % de la cobertura

municipal, respectivamente (Tabla 1.17).

Dentro de la zona urbana de la ciudad de Monterrey los valores son similares a los de todo el

municipio, donde la mayor parte de la ciudad tiene riesgo muy bajo (44%). Por su parte aparecen zonas

con riesgo alto a muy alto, que suman 15.5. (Tabla 1.17). Entre estas áreas se encuentran 10 de Marzo,

1ro de Mayo, Benito Juárez, Centro, Conquistadores, El Mirador Centro, El Porvenir, Fracc. Paseo de

Cumbres 2a Sección, Independencia, Industrial, Las Jaras, Libertadores de América, Loma Larga, Los

Magueyes, Los Rosales, María Luisa, Nogales de la Sierra, Nueva Estanzuela, Obispado, Progreso,

Rene Álvarez, Revolución Petrolera, Roma Sur, Sarabia, Sendero San Jerónimo, Unidad Deportiva San

Bernabé, Unidad Modelo, Valparaíso, Santa Cruz, entre otras localidades.

Tabla 1.17. Porcentaje de superficie municipal y urbana en cada categoría de riesgo en la zona de Monterrey.

Categoría de riesgo

Porciento de superficie municipal

Porciento de superficie zona

urbana

Muy bajo 56.22 44.23

Bajo 13.55 16.28

Medio 18.30 23.91

Alto 10.29 13.52

Muy alto 1.63 2.06

Es importante tener en cuenta que para minimizar el riesgo se debe minimizar la vulnerabilidad, por

lo que se pueden proponer diferentes medidas en cuanto a la conservación y restauración de los

ecosistemas, el uso sustentable de los recursos naturales, el manejo de los residuos sólidos y agua

residual, las adecuaciones a la infraestructura y al marco normativo en materia de gestión de riesgo y

cambio climático, entre otros.

Los mapas de riesgo son instrumentos que coadyuvan a analizar, a tomar decisiones y a desarrollar

medidas de mitigación y gestión. Constituyen una herramienta insustituible para detectar las áreas y los

elementos sometidos a riesgo y así poder distribuir los esfuerzos y recursos de manera proporcional a

los niveles de afectación.

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Figura 1.47. Mapa de riesgo ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE.

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5. Conclusiones

La adaptación al cambio climático implica una responsabilidad que debe asumirse en todos los

ámbitos de gobierno (desde el internacional hasta el nacional, estatal y municipal); así como con todos

los sectores sociales involucrados de manera diferenciada, en función de las facultades y obligaciones

de cada uno de ellos.

Los principales resultados del diagnóstico de vulnerabilidad física muestran una muy alta

vulnerabilidad a las altas temperaturas, con una estimación de un aumento de 7 ºC en la temperatura

máxima en el escenario de cambio climático RCP 8.5 para un futuro lejano, proyectando temperaturas

máximas de 45 ºC, rebasando el límite superior de tolerancia para la salud humana.

La vulnerabilidad ante la inundación fluvial va de alta a muy alta en las partes bajas del río Santa

Catarina, con un alto potencial de daño.

Las áreas con laderas inestables representan menos del 8 % del territorio municipal, y se dividieron

en áreas de muy baja a muy alta susceptibilidad a inestabilidad de laderas.

La vulnerabilidad física al cambio climático es muy baja y baja en gran parte del municipio, con una

vulnerabilidad de media a alta en el centro de la ciudad por la mayor densidad de establecimientos

asociados al turismo y que están expuestas a las altas temperaturas y a la inundación fluvial.

A nivel municipal, la categoría de riesgo es muy bajo en gran parte del municipio, aunque existen

zonas con categorías de medio a alto situadas principalmente en la ciudad aledaña al río Santa Catarina

y arroyos por lo que el mayor riesgo es por la inundación fluvial.

Conociendo las áreas vulnerables, se hace necesario tomar las medidas para disminuir la

vulnerabilidad ante las diferentes amenazas que se tienen en el destino turístico de Monterrey. Se debe

garantizar la salud, alimentación y educación de la población, la infraestructura para protección ante las

amenazas y la conservación de los recursos naturales.

Las medidas deben principalmente ser preventivas tendientes a asegurar alimentos, agua potable,

manejo de residuos sólidos, manejo de aguas residuales, fortalecimiento de la protección civil, sistemas

de alerta, conservación de ecosistemas, así como refugios, rutas de evacuación, entre otras medidas.

Todas estas dentro de una normatividad aplicable con plazos y prioridades definidas por los diferentes

sectores de la población.

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6. Referencias

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Aparicio-Mijares, F. J. (2007). Fundamentos de hidrología de superficie. (p. 304). México: Limusa.

Beven, K.J. y Kirkby, M. J. (1979). A physically based, variable contributing area model of basin hydrology / Un modèle à base physique de zone d'appel variable de l'hydrologie du bassin versant. Hydrological Sciences Bulletin, 24(1), pp. 43-69. doi: 10.1080/02626667909491834.

CENAPRED. (2001a). Inestabilidad de Laderas. México: Centro Nacional de Prevención de Desastres. Recuperado de http://www.cenapred.unam.mx/es/DocumentosPublicos/PDF/SerieFasciculos/fasciculoladeras2.pdf

CENAPRED. (2001b). Diagnóstico de Peligros e Identificación de Riesgos de Desastres en México. En: Atlas Nacional de Riesgos de la República Mexicana. México: Centro Nacional de Prevención de Desastres, Secretaría de Gobernación.

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CENAPRED. (2004). Guía Básica para la Elaboración de Atlas Estatales y Municipales de Peligros y Riesgos. México: Centro Nacional de Prevención de Desastres, Secretaría de Gobernación.

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. Diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático Capítulo 2

del destino turístico de Monterrey

En este capítulo se presenta el diagnóstico de la vulnerabilidad social ante el cambio climático para

el destino turístico de Monterrey realizado a través de la integración de indicadores socioeconómicos y

de percepción social del cambio climático. Los resultados de éste estudio serán una herramienta para la

evaluación y monitoreo del nivel de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico y

para la identificación y aplicación de medidas de adaptación que ayuden a incrementar su resiliencia y a

reducir la vulnerabilidad.

1. Introducción

La vulnerabilidad social ante el cambio climático se puede definir como el grado de susceptibilidad o

de incapacidad de las personas y grupos sociales para enfrentar los efectos adversos del cambio

climático, incluidos la variabilidad y los extremos del clima (IPCC, 2011). La vulnerabilidad social es un

proceso con una expresión local y dinámica, tanto en el tiempo como en el espacio y está íntimamente

ligada al bienestar socioeconómico y al nivel de desarrollo de las comunidades (Gutiérrez y Espinosa,

2010). Existen múltiples factores que inciden en la vulnerabilidad, entre los que podemos mencionar: la

falta de acceso a los recursos, acceso restringido al poder político y a la representación; capital social

limitado; nivel de acceso a vivienda y su calidad; condiciones físicas individuales, y nivel de acceso a

infraestructura y su calidad. Así mismo, la inequidad, la marginación social, la falta de acceso a seguros

y la inseguridad alimentaria son factores que aumentan la vulnerabilidad social (INECC-SEMARNAT,

2012).

La vulnerabilidad es una condición previa, que se manifiesta durante el desastre, cuando no se ha

invertido suficiente en prevención, y se ha aceptado un nivel de riesgo por encima de un umbral crítico

(Centro Mario Molina, 2011). De tal manera que la vulnerabilidad social está determinada por la forma en

que las sociedades se desarrollan, se organizan y se preparan para hacer frente a las amenazas; así

como la forma en que se recuperan de ellas, es decir, la vulnerabilidad social está en función de la

exposición, sensibilidad y capacidad adaptativa (IPCC, 2007).

La vulnerabilidad al cambio climático está determinada por la forma en que las sociedades se

desarrollan, organizan y preparan para hacer frente a las amenazas; así como la forma en que se

recuperan de ellas. Por ello resulta fundamental conocer el nivel de información y entendimiento de la

población relativo al cambio climático, así como de su participación o disposición a participar en

acciones para enfrentar el fenómeno (Meira, 2009).

La exposición de la población y de la infraestructura a los impactos del cambio climático está en

función de las temperaturas extremas, sequías, fenómenos hidrometeorológicos, etc. La sensibilidad7

depende del nivel de desarrollo de las comunidades, nivel de información, nivel de pobreza y

7 Sensibilidad: Grado en que un sistema resulta afectado, positiva o negativamente, por la variabilidad o el cambio climático. Los

efectos pueden ser directos o indirectos (IPCC, 2007).

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marginación social, entre otros. Finalmente, la capacidad de adaptación8, está dada por la participación

social, la cohesión social, la capacidad de respuesta de la población y de las autoridades ante

emergencias climáticas y la capacidad del sector salud para atender a la población, entre otros.

Así, tomando los tres elementos que construyen la vulnerabilidad en el marco el IPCC (2007)

(exposición, sensibilidad y capacidad adaptativa) se puede considerar que sobre lo que podría incidirse

es en disminuir la sensibilidad ante el evento y aumentar la capacidad adaptativa, siendo que la

exposición al cambio climático es un factor sobre el cual es difícil incidir.

Meira (2009) menciona que “lo visible para la ciencia y para los científicos no es necesariamente

visible, ni comprensible, en el mismo nivel epistemológico para la población”. Por ello, resulta

fundamental tener más claro el nivel de conocimiento y participación de la población en relación al

cambio climático, para el diseño de políticas, programas y recursos de educación y comunicación social.

Vale la pena resaltar que sin la comprensión y entendimiento, así como el compromiso de los

ciudadanos y el compromiso de los gobiernos, las acciones o medidas de adaptación, para disminuir la

vulnerabilidad ante el cambio climático pueden ser una tarea poco productiva.

La vulnerabilidad social es una condición que antecede a los eventos extremos y afecta la capacidad

de la sociedad para resistirlos y recuperarse, y si bien es muy compleja, el presente estudio considera

algunos aspectos de esta como son, la precepción social ante el cambio climático, la exposición de la

población en los AGEBs urbanos y de los establecimientos asociados y vinculados al turismo por las

amenazas del cambio climático, así como indicadores socioeconómicos.

El objetivo de este estudio es elaborar un diagnóstico de la vulnerabilidad social ante el cambio

climático del destino turístico de Monterrey, a través de la integración de indicadores socioeconómicos y

de percepción social sobre el cambio climático. Los resultados de este estudio serán una herramienta

para la evaluación y monitoreo del nivel de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino

turístico y para la identificación y aplicación de medidas de adaptación que ayuden a incrementar su

resiliencia9 y a reducir la vulnerabilidad.

2. Metodología

Para el estudio de la percepción social se realizaron encuestas a la población ya partir de los

resultados de las mismas se construyeron indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático.

El análisis de las condiciones socioeconómicas de la población se realizó a partir de los indicadores

8 Capacidad adaptativa: Conjunto de capacidades, recursos e instituciones de un país o región que permitirían implementar

medidas de adaptación eficaces (IPCC, 2007). 9

La resiliencia se refiere a la capacidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales de afrontar un suceso, tendencia o perturbación peligrosa, respondiendo o reorganizándose de modo que los sistemas afectados mantengan su función esencial, su identidad y su estructura, y conservando al mismo tiempo la capacidad de adaptación, aprendizaje y transformación (IPCC, 2014).

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socioeconómicos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2010), en las

áreas geoestadísticas básicas urbanas10 (AGEBs) del municipio.

La vulnerabilidad es una condición previa, que se manifiesta durante el desastre, cuando no se ha

invertido suficiente en prevención, y se ha aceptado un nivel de riesgo por encima de un umbral crítico

(Centro Mario Molina, 2011). En este sentido, el riesgo al que está expuesta la población es el resultado

de la combinación de una amenaza y de la compleja vulnerabilidad del territorio y de su sociedad

(Zapata et al., 2000). De tal manera que la vulnerabilidad social está determinada por la forma en que

las sociedades se desarrollan, se organizan y se preparan para hacer frente a las amenazas; así como

la forma en que se recuperan de ellas, es decir, la vulnerabilidad social está en función de la exposición,

sensibilidad y capacidad adaptativa (IPCC, 2012).

La exposición de la población y de la infraestructura a los impactos del cambio climático está en

función de las temperaturas extremas, sequías, fenómenos hidrometeorológicos, etc. La sensibilidad

depende del nivel de desarrollo de las comunidades, nivel de información, nivel de pobreza y

marginación social, entre otros. Finalmente, la capacidad de adaptación, está dada por la participación

social, la cohesión social, la capacidad de respuesta de la población y de las autoridades ante

emergencias climáticas y la capacidad del sector salud para atender a la población, entre otros. Por lo

tanto, ante las eminentes amenazas por el cambio climático, la única forma de disminuir el riesgo es

reduciendo la vulnerabilidad de las personas y sus bienes, por lo que es indispensable analizar el

contexto local para su evaluación.

Para la elaboración del diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático se llevaron a

cabo dos estudios principales: de percepción social sobre el cambio climático y de análisis

socioeconómico. El primer estudio consistió en el análisis de la percepción social sobre el cambio

climático y riesgo ante los impactos del fenómeno, la capacidad de respuesta de las autoridades y la

participación y cohesión social, a partir de encuestas a la población; el análisis de indicadores de salud

así como el análisis de la exposición de los establecimientos vinculados y asociados al turismo11 en el

destino turístico. El segundo estudio se realizó mediante el análisis de los indicadores

sociodemográficos y económicos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI,

2010), en las áreas geoestadísticas básicas urbanas12 (AGEBs) del municipio.

Adicionalmente se realizó investigación documental a partir de artículos científicos y fuentes oficiales

para obtener información relativa a factores geográficos, socioeconómicos, ambientales y físicos del

municipio.

10 Un AGEB urbana es un área geográfica ocupada por un conjunto de manzanas perfectamente delimitadas por calles,

avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo es principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, y sólo son asignadas al interior de las localidades urbanas. 11

Se seleccionaron del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas, DENUE, como establecimientos vinculados al turismo los relativos al alojamiento, preparación de alimentos y de esparcimiento, deportivos y culturales; establecimientos asociados al turismo, los relacionados con comercio, transporte y servicios. 12

Un AGEB urbana es un área geográfica ocupada por un conjunto de manzanas perfectamente delimitadas por calles, avenidas, andadores o cualquier otro rasgo de fácil identificación en el terreno y cuyo uso del suelo es principalmente habitacional, industrial, de servicios, comercial, etcétera, y sólo son asignadas al interior de las localidades urbanas.

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Con el resultado de los indicadores de los dos estudios se construyó el índice de vulnerabilidad

social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey (Tabla 2.1).

Tabla 2.1. Metodología utilizada para construir el índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey. Los indicadores 1 al 3 se construyeron con la información extraída de las encuestas de este estudio. Los indicadores 4-7 se elaboraron con información obtenida de INEGI (2010) y CONEVAL (2014).

2.1. Encuestas a la población

Para el estudio de percepción social sobre el cambio climático, se realizaron encuestas

estructuradas a la población sobre percepción social del riesgo ante el cambio climático, capacidad de

respuesta de las autoridades y cohesión social, diseñadas a partir de la experiencia propia (Bolongaro

Crevenna et al., 2013) y de la revisión bibliográfica (UNAM, 2012).

El instrumento de la encuesta es uno de métodos más utilizados para recabar información e

identificar la percepción de la población de la población en general. Mediante las encuestas se puede

obtener una gran cantidad de información directa de la población en un tiempo corto, también se pueden

corroborar datos, conocer la percepción ciudadana y, a su vez, de manera indirecta, coadyuvar a

sensibilizar e informar a la población. Por otra parte, este método es muy útil para estandarizar los datos

para su posterior análisis por municipio, así como para proceder al estudio comparativo entre los

resultados de los distintos municipios. En este estudio se realizaron encuestas estructuradas con un

muestreo aleatorio con el objeto de obtener información sobre la percepción de la población sobre el

cambio climático y datos para generar indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático en la

población estudiada.

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Tamaño de muestra

Para seleccionar el tamaño de la muestra se consideró un análisis estadístico que permitió identificar

el número de encuestas a realizar para cada municipio. Para determinar el tamaño, se definió el

universo de la muestra o la población objetivo, el cual estuvo conformado por personas que cumplieran

con las siguientes condiciones:

Ser pobladores locales y tener dos años de residencia mínima en el municipio

Ser mayor de edad (18 años)

Encontrarse en la zona de estudio (zonas turísticas, principalmente el centro histórico) al

momento de la encuesta.

El tamaño de la muestra se calculó con el programa STATS®, que toma en cuenta el tamaño del

universo mayor a 100,000 habitantes, un nivel de confianza del 95% y un error máximo aceptable de

10%. Estos niveles de error y de confianza se consideraron convenientes para alcanzar resultados útiles

y prácticos de acuerdo con los objetivos del estudio. Una vez definido el tamaño de muestra, se realizó

una evaluación preliminar de la factibilidad del estudio en términos de los recursos económicos,

logísticos y de tiempo (Castañeda, 2004).

De acuerdo con datos del INEGI, el municipio de Monterrey reporta una población total de 1135,550

habitantes (INEGI, 2010), por lo que el tamaño de la muestra fue de 96 encuestas.

Validación de la encuesta

Para validar la encuesta se realizó una prueba piloto a efecto de aprobar el instrumento y explorar el

contexto. El objetivo de esta prueba piloto fue la introducción al entorno social y la identificación de la

utilidad del instrumento, así como la manera de emplearlo, es decir, si las preguntas de las entrevistas

resultaban claras y se comprendía lo que en realidad se quería dar a entender a través de ellas. A partir

de los resultados de la prueba piloto, se hicieron los ajustes requeridos a la encuesta y una vez validado

el instrumento se procedió a realizar las encuestas de percepción social a la población local.

Contenido de las encuestas y análisis de la información

Cada encuesta constó de treinta preguntas. La pregunta inicial referente al tiempo de residencia en

el municipio fue determinante para realizar o no la encuesta, ya que uno de los criterios de la muestra

fue tener al menos dos años de residencia en el municipio. La encuesta incluyó cuatro preguntas de tipo

demográfico (edad, sexo, nivel de estudios, actividad). De las preguntas tendientes a obtener

información relacionada con el cambio climático, la mayor parte fue cerrada y de opción múltiple; no

obstante, una de ellas fue abierta y buscó conocer las palabras que de manera espontánea el

encuestado/a relacionó con el fenómeno del cambio climático; lo cual permite tener rápidamente una

idea de lo que la gente asocia con el fenómeno. De igual forma, se incluyeron preguntas cuyas opciones

de respuesta implicaron una afirmación o negación y en caso de que la respuesta fuera afirmativa, se

dio la opción de responder a una pregunta abierta para obtener más información.

Además, la encuesta incluyó nueve preguntas relacionadas con el nivel de información y de

percepción de la población sobre el cambio climático, mismas que al momento de preguntar pueden

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tener un doble efecto, por un lado indagar sobre el grado de información y percepción social y, por el

otro, sensibilizar o concientizar a la población acerca de la problemática asociada al cambio climático.

Así, a través de las preguntas se pudo identificar la percepción social sobre las amenazas del cambio

climático y la vulnerabilidad de la población.

Se incluyó una pregunta para conocer la importancia o la memoria que sobre eventos climáticos que

han afectado al municipio tiene la gente y se plantearon siete preguntas que permitieron un

acercamiento para identificar la capacidad de resiliencia de la población y/o nivel de cohesión social

(niveles de organización básicos que ofrecen las relaciones comunitarias, para planear las acciones

preventivas ante riesgos de desastre, disponibilidad para actuar y movilizarse ante emergencias, así

como para recibir información y capacitación en temas de cambio climático y prevención de riesgos por

fenómenos hidrometeorológicos extremos).

Se incluyeron cinco preguntas de percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta

de las autoridades de protección civil municipal y del propio ayuntamiento para afrontar y atender

emergencias por eventos climáticos, para conocer cómo percibe la población la actuación de las

autoridades para disminuir el riesgo ante el cambio climático, así como para conocer si la población está

debidamente informada sobre los riesgos asociados al cambio climático de forma oportuna y por los

canales adecuados.

Debido a que el municipio de Monterrey es de vocación turística, se elaboraron tres preguntas para

conocer la percepción de la población acerca de la importancia del turismo para el desarrollo del

municipio; así como la percepción sobre el impacto del cambio climático en el sector y de la incidencia

de las actividades turísticas en el cambio climático.

2.2. Nivel de información y percepción sobre cambio climático

La información recabada de las encuestas ofrece, información cualitativa sobre la percepción e

información asociada al cambio climático de la población local. Esta información se muestra de manera

gráfica. Es importante recordar que la percepción que las personas tienen acerca del ambiente, es una

construcción individual, resultado de su relación con el entorno, que les permite comprenderlo y

explicarlo. Esta percepción es dinámica y se actualiza en base a información adquirida y a interacciones

socio-ambientales (UNAM, 2012).

El cambio climático es un fenómeno complejo y es percibido por la sociedad de diversas maneras;

sin embargo, escasamente se relaciona con la vida cotidiana, por lo que el análisis de las percepciones,

actitudes y valores de personas no expertas, ante el cambio climático, ha sido objeto de diferentes

estudios (Oltra et al., 2009; Santamarina, 2010). A la luz de estos estudios, se hace cada vez más

evidente la necesidad de conocer la percepción social a nivel local, sobre el cambio climático, ya que la

percepción de alguna situación determinada como problema, amenaza, u oportunidad, influye en el

estilo de vida, actividades y toma de decisiones de las personas. Considerando que los actores sociales

son elementos clave para el desarrollo e implementación de las políticas de adaptación, y que pueden

movilizarse para lograr cambios, resulta fundamental sensibilizar, informar y promover medidas de

adaptación acordes a la realidad.

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Ahora bien, existe una relación estrecha entre el cambio climático y los centros urbanos, ya que son

éstos los que concentran gran parte de la población, requieren de un mayor consumo de energía y son

los que generan más residuos y contaminantes, en particular cuando son destinos turísticos. La

exposición de las ciudades al cambio climático varía de una región a otra y eso depende de la región

bioclimática en la que se ubique y del estado en el que se encuentren los recursos naturales. De manera

que, el impacto del cambio climático también se observará en forma de desequilibrios económicos y

sociales (IPCC, 2013).

De acuerdo con el IPCC (2012) el impacto del cambio climático en las ciudades se manifestará de

distintas maneras: 1) lluvias intensas e inundaciones más recurrentes y más severas; huracanes más

intensos y más frecuentes que podrían afectar la infraestructura de las ciudades; 2) escasez de agua y

sequías más severas (afectando el abastecimiento de agua a las ciudades y la producción agrícola); 3)

elevación del nivel del mar (que pone en riesgo a la población costera y la calidad del agua de sus pozos

por intrusión salina a los acuíferos); 4) aumento de la temperatura media y ondas de calor más

frecuentes por efecto de la urbanización (poniendo en riesgo la salud y el aumento de vectores de

enfermedades infecciosas y suscitando un mayor consumo de energía para aires acondicionados); y 5)

heladas más intensas, afectando la salud humana y suscitando un mayor consumo de energía o quema

de leña para la calefacción. Todos estos impactos, podrán generar efectos negativos sobre la población,

la infraestructura productiva, vías de comunicación, así como afectar a la infraestructura turística, cuyo

papel en la economía de las ciudades turísticas es fundamental en la dinámica local para la generación

de empleo.

Para elaborar el diagnóstico de la vulnerabilidad social al cambio climático resulta fundamental

conocer cómo percibe un ciudadano “común” el cambio climático; si se considera corresponsable de las

causas del cambio climático; si identifica que las consecuencias del fenómeno pueden afectarle y si toda

esta información ha servido para modificar sus actitudes frente a la problemática que conlleva dicho

fenómeno.

Como antecedentes del estudio de percepción social ante el cambio climático se puede mencionar

un estudio similar para diez destinos turísticos estratégicos de sol y playa nacionales realizado por la

Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, que elaboró la metodología de vulnerabilidad social al

cambio climático utilizada en el presente estudio, a partir de la cual se aplicaron encuestas a la

población y entrevistas estructuradas a los funcionarios municipales (Bolongaro Crevenna et al., 2013)

para construir una serie de indicadores y un índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático. A su

vez, la UNAM (2012) desarrolló la “Encuesta Nacional de Percepciones y Actitudes hacia el Medio

Ambiente, 2012”, que reporta que la mayor parte de la población mexicana encuestada tiene

conocimientos generales sobre el fenómeno del cambio climático y sus efectos. Por otro lado, un estudio

similar elaborado en España muestra que para los encuestados, el cambio climático se considera un

fenómeno complejo, difícil de relacionar con la vida cotidiana, del cual se tiene un conocimiento limitado

de las causas y soluciones, y que la responsabilidad para implementar medidas de adaptación recae

principalmente en las autoridades (UGT Aragón, 2011). Recientemente, la Encuesta Nacional de Medio

Ambiente (UNAM, 2015) muestra que los mexicanos han empezado a tomar conciencia de su

responsabilidad frente al cambio climático. No obstante se requiere que la población reciba mayor

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información con bases científicas, para promover en la ciudadanía actitudes ambientales que permitan

disminuir la vulnerabilidad ante el cambio climático.

2.3. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático

2.3.1 Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las

autoridades ante emergencias climáticas

Este indicador está ligado a la necesidad de que protección civil municipal pueda garantizar

mediante la continuidad de sus operaciones, la capacidad de respuesta ante cualquier emergencia, a

partir de un enfoque del manejo integral de riesgos frente a la ocurrencia de desastres, con énfasis en el

enfoque preventivo, a fin de permitir el desarrollo de las actividades de las dependencias y entidades

públicas, así como de los sectores social y privado, como el turístico, localizados en el municipio

(SEGOB, 2010). En este sentido, en la encuesta se realizaron algunas preguntas con la finalidad de

identificar cómo percibe la población encuestada la actuación de los funcionarios de Protección Civil y

del ayuntamiento, así mismo conocer si la población sabe o no a quién acudir en caso de emergencias

relacionadas con el cambio climático y si identifica o no a las autoridades involucradas en la atención y

gestión de riesgos asociados al fenómeno.

2.3.2 Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el

cambio climático

Debido a que el fenómeno del cambio climático afecta a toda la población por igual y se requieren

cambios tanto a nivel global como local, es importante la participación de la ciudadanía para

implementar las medidas de adaptación tendientes a disminuir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia

de la población, por lo que se requiere asegurar la participación ciudadana. En este sentido, se

incluyeron dentro de la encuesta preguntas sobre las acciones particulares que la población encuestada

está dispuesta a implementar, tales como: participar en pláticas y talleres sobre cambio climático,

participar en algún grupo u organización para cuidar el ambiente, etc.

2.3.3 Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas

El concepto de cohesión social hace referencia no sólo al sentido de solidaridad y de pertenencia a

la sociedad sino también a la inclusión y participación de todos los miembros en la vida económica,

social, cultural y política del país (Martín, 2008). Vista de esta forma, la cohesión social juega un papel

fundamental en la manera en la que una sociedad transita hacia la sustentabilidad. A mayor cohesión

social habrá más posibilidades de socializar información y consensuar acciones y políticas tendientes a

disminuir la vulnerabilidad ante el cambio climático, orientadas a conservar el patrimonio natural y

cultural (CEPAL, 2008).

Aunado a ello, resulta de gran relevancia en una sociedad incorporar factores sociales que

posibiliten modos de relación y organización que sirvan de sostén de acciones promotoras del desarrollo

sustentable. Promover de manera comunitaria acciones de educación e información para la gestión de

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riesgos, no sólo favorecen la cohesión social sino que es hoy en día, requisito indispensable para

enfrentar emergencias climáticas de una manera ordenada.

Para analizar la cohesión social en el destino turístico, se construyó este indicador utilizando

preguntas de la encuesta, con las que se buscó conocer el arraigo o sentido de pertenencia de la

población encuestada a fin de identificar su disposición para realizar acciones que disminuyan el riesgo

de su integridad física y ambiental, de realizar mejoras constructivas a su vivienda; así como para

participar en acciones que minimicen el riesgo ante el cambio climático, y participar en grupos pro-

ambientales, de derechos humanos, protección civil, salud, etc..

2.3.4 Indicador de salud

Una de las responsabilidades del municipio consiste en garantizar que la infraestructura física,

cobertura, capacidad y calidad del sector salud sea suficiente para atender a la población y a las

víctimas en casos de desastres. Es por ello que, como elemento estratégico de respuesta, se incluyó

este indicador que permite conocer la preparación del sector salud del municipio en los rubros citados, y

el porcentaje de la población que está desprovista de atención médica que en situación de emergencia

climática sería más vulnerable.

Un factor crucial para disminuir la vulnerabilidad se relaciona con la capacidad de respuesta de los

servicios de salud para atender las necesidades de la población dentro de los esquemas de atención

primaria. La distribución per cápita de los médicos generales y familiares en una población y un periodo

determinado se relaciona con aspectos de ampliación de cobertura, reducción de brechas en la atención

a grupos poblacionales y con la mejoría de la calidad de la atención (SSA, 2014). Es por ello

fundamental en el municipio, contar con el número de médicos necesarios para brindar atención médica

a la población, y desarrollar programas de prevención y atención a la población y asegurar que la mayor

totalidad de la población sea atendida por los servicios de salud.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE, 2014) definió que el

número ideal de médicos por cada 1,000 habitantes es de 3.2, valor que fue utilizado como referencia

para este indicador.

El número de médicos por habitante del municipio se obtuvo de la información publicada por

CONEVAL (2014) y se tiene la referencia de 3.2 médicos como el valor ideal o 100% de cumplimiento.

Así mismo, para determinar la vulnerabilidad en el tema de salud se tomó en cuenta el porcentaje de

derechohabiencia a servicios de salud, que se obtiene de la diferencia entre el 100% de la población y el

valor del porcentaje de no derechohabiencia que publica CONEVAL (2014).

Para construir el indicador se consideraron tanto los datos de derechohabiencia como el número de

médicos por cada 1000 habitantes otorgando un peso de 0.5 puntos a cada una de las dos variables. El

indicador se normalizó con valores de 0 a 1.

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2.3.5 Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades

económicas asociadas y vinculadas al turismo

La inundación fluvial y los deslaves por inestabilidad de laderas son amenazas asociadas a lluvias

intensas y fenómenos hidrometeorológicos extremos que están directamente relacionados con el cambio

climático y la variabilidad climática. El indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de

laderas de unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo analiza el porcentaje de

establecimientos comerciales ubicados en zonas vulnerables a inundación fluvial y a deslaves por

inestabilidad de laderas.

Para la determinación del indicador de exposición de las unidades económicas relacionadas con el

sector turístico sujetas a inundación fluvial e inestabilidad de laderas se utilizaron los datos vectoriales

del Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) edición 2015, elaborado por el

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2015).

Las unidades económicas seleccionadas para el análisis fueron agrupadas en dos categorías: 1)

establecimientos vinculados al turismo, como son los establecimientos de servicios de alojamiento

temporal y de preparación de alimentos y bebidas; los servicios de esparcimiento; culturales y

deportivos, y otros servicios recreativos. 2) establecimientos asociados al turismo como los servicios

inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles y servicios de remediación; los servicios profesionales,

científicos y técnicos; transportes, correos y almacenamientos; comercio al por menor; servicios

financieros y de seguros; información en medios masivos; servicios educativos; corporativos; servicios

de salud y asistencia social; servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de

remediación; y otros servicios, excepto actividades gubernamentales.

Así, a través del sistema de información geográfica (SIG) de ArcGIS ESRI (M.R.), se realizó un

análisis espacial de intersección de los establecimientos comerciales vinculados y asociados al turismo

seleccionados con las áreas modeladas de inundación fluvial e inestabilidad de laderas.

Finalmente, el indicador de exposición se construyó a partir del porcentaje de establecimientos

comerciales vinculados y asociados al turismo que se localizan dentro de las áreas vulnerables a

inundación y/o inestabilidad de laderas del destino turístico de Monterrey.

2.4. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático

Con el objeto de contar con un instrumento de seguimiento y evaluación que permita orientar los

esfuerzos del municipio para disminuir la vulnerabilidad social ante el cambio climático, se construyó un

subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático a partir de los cinco indicadores

antes descritos: 1) de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades

ante el cambio climático; 2) de disposición a la participación ciudadana; 3) de cohesión social ante el

cambio climático; 4) de salud y; 5) de exposición a inundación fluvial y a deslaves por inestabilidad de

laderas. Los primeros tres indicadores (percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de

las autoridades ante emergencias climáticas, disposición a la participación ciudadana y cohesión social

ante emergencias climáticas) se elaboraron a partir del estudio de percepción social al cambio climático,

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mediante el levantamiento de las encuestas ya referido. Los otros dos indicadores se elaboraron con

información de INEGI.

Los resultados de estos indicadores de vulnerabilidad social y exposición al cambio climático, se

presentan como valores normalizados y se refieren al grado de vulnerabilidad social de acuerdo a la

escala de la Tabla 2.2, donde 1.0 es muy baja vulnerabilidad y 0.0 muy alta vulnerabilidad.

Tabla 2.2. Escala de valores de vulnerabilidad social ante el cambio climático.

Escala Intervalo Nivel de Vulnerabilidad

1 0.81 - 1.00 Muy baja

2 0.61 - 0.80 Baja

3 0.41 - 0.60 Media

4 0.21 - 0.40 Alta

5 0.00 - 0.20 Muy alta

Fuente: Elaboración ANIDE

Cabe mencionar que los indicadores planteados en este estudio, retoman aspectos metodológicos

propuestos en el estudio de SocMon (Wongbusarakum et al., 2011) para evaluar la vulnerabilidad social

como son: 1) el nivel de información y conocimiento sobre cambio climático; 2) conciencia de la

vulnerabilidad ante la amenaza del cambio climático; 3) disposición de la comunidad para participar y

organizarse para enfrentar los impactos del cambio climático, a través de la disminución de los riesgos y

la implementación de medidas de adaptación.

2.5. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social

La vulnerabilidad socioeconómica integra las carencias de la población, su exclusión social y su

capacidad para enfrentarse a los peligros o amenazas del medio (Barrachena et al., 2000). En este

sentido, se considera que la exposición a una amenaza climática está en general vinculada a la

geografía del lugar y a las construcciones e infraestructuras localizadas en el área. Por ejemplo, en

relación a la geografía del lugar, las comunidades cercanas a los ríos, dependiendo de la topografía del

lugar, están más expuestas a la inundación fluvial. En relación a las construcciones, las viviendas no

consolidadas y el hacinamiento son importantes en la determinación de una mayor vulnerabilidad.

Por otra parte, aunque todas las regiones y sectores sociales de un país son potencialmente

susceptibles de sufrir los impactos del cambio climático, su grado de vulnerabilidad está relacionado con

diversos factores sociales, económicos y geográficos. En este sentido son particularmente vulnerables

aquellas poblaciones con escasos recursos económicos que tienen una elevada dependencia de los

recursos naturales y una limitada capacidad de adaptación a un clima cambiante.

Algunas características socioeconómicas particulares de las comunidades pueden incidir

aumentando o disminuyendo la vulnerabilidad social en el contexto del cambio climático. Entre ellas se

pueden mencionar: pobreza y marginación, insuficiencia de ingresos, activos o riqueza (que limita la

capacidad de respuesta); salud y nutrición (los grupos que residen dentro de ecosistemas naturales

podrían verse expuestos no sólo a mayores riesgos sanitarios, sino también al acceso limitado a

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servicios sanitarios y a programas de promoción sanitaria convencionales y desnutrición resultante de la

disminución en la productividad agrícola). La vulnerabilidad social ante el cambio climático estará

determinada también por la capacidad de adaptación, en este sentido, si la capacidad de adaptación de

las comunidades es baja ante los impactos del cambio climático como son las olas de calor, las sequías,

la inundaciones y los eventos extremos, se pueden observar una mayor mortandad asociada a estos

impactos, causada principalmente por la exposición a las inundaciones y enfermedades

gastrointestinales y respiratorias.

En este sentido se seleccionaron y analizaron indicadores socioeconómicos a nivel municipal y a

nivel AGEB: a) Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel

municipal; b) Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel

AGEBs urbanas. El primero integra la información disponible por fuentes oficiales, a nivel municipal y el

segundo a nivel de AGEB (INEGI, 2010).

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 2.5.1.

municipal

La metodología consistió en el análisis de indicadores socioeconómicos de la población a nivel

municipal, para tener una aproximación de la vulnerabilidad social ante eventos asociados al cambio

climático. Con el propósito de identificar características específicas de la vulnerabilidad social del destino

turístico se integró información censal de la población del municipio a partir del Censo de Población y

Vivienda 2010 del INEGI. Con esta información se realizó un análisis de la vulnerabilidad de la población

del municipio según los indicadores censales de población, vivienda, urbanización, educación y salud

(Tabla 2.3). A través de la revisión de tales indicadores se puede identificar con mayor especificidad lo

que hace más vulnerable al municipio y entender mejor la clasificación del mismo en el mapa de

vulnerabilidad social, siendo este análisis una primera aproximación de la capacidad de respuesta de la

población a los eventos asociados al cambio climático en el destino turístico.

Tabla 2.3. Indicadores socioeconómicos municipales.

INDICADORES

Población total

Densidad de Población (habitantes por km2)

Porcentaje de población de 60 y más años

VIVIENDA Y URBANIZACIÓN

Total de viviendas particulares habitadas

Promedio de ocupantes en viviendas particulares habitadas, 2010

Porcentaje de viviendas particulares habitadas con piso de tierra

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin agua de la red pública

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin drenaje

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin excusado o sanitario

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin energía eléctrica

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INDICADORES

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin refrigerador

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin televisión

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin computadora

EDUCACIÓN

Porcentaje de población con nivel profesional

Grado promedio de escolaridad de la población de 15 y más años

Tasa de alfabetización de las personas de 15 a 24 años

SALUD

Porcentaje de población no derechohabiente a servicio de salud

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 2.5.2.

AGEBs urbanas.

El segundo análisis se realizó en AGEBs urbanas para delimitar espacialmente a la población

vulnerable a partir de 11 indicadores censales seleccionados, considerando que una localidad urbana es

aquella que tiene una población mayor o igual a 2,500 habitantes, o es cabecera municipal. Este nivel de

agregación es importante porque para este estudio, la vulnerabilidad social de la población se enfoca a

las afectaciones del cambio climático en el destino turístico, por lo cual, resulta crítico analizar la

distribución espacial de la vulnerabilidad social de la población asentada en el área de influencia de

procesos y actividades de mayor interés turístico al interior del municipio.

El propósito de este nivel de agregación fue utilizar las AGEBs urbanas como unidades censales y

de análisis espacial que permita detectar si existen diferencias en la distribución y observar como varía

la vulnerabilidad social al interior del municipio. A tales fines, se seleccionaron 11 indicadores censales

(Tabla 2.4): cinco indicadores básicos sobre población, ingreso, dependencia, salud y educación, así

como también seis indicadores relacionados con la vivienda. Estos datos censales se vincularon con la

cartografía del Marco Geo-estadístico utilizando un campo en común en la base de datos.

El indicador se calculó con una media ponderada utilizando la fórmula:

IVSCC= ((S1+S2+S3+S4+S5)/5)*0.8 + ((V1+V2+V3+V4+V5+V6)/6)*0.2,

siendo explicadas sus variables en la tabla 2.4. Los resultados del indicador asignan un valor

porcentual de vulnerabilidad a cada AGEB urbana. Para el resto del municipio se consideró el valor

obtenido del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático.

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Tabla 2.4. Indicadores para determinar la vulnerabilidad social en AGEBs urbanas.

Indicador Tipo Descripción y fórmula

S1. Densidad de población

Población Informa sobre la densidad de ocupación del suelo por sus habitantes. Fórmula: ((Población total / Hectáreas) * 100) / Máximo de habitantes

S2. Población económica

inactiva (PEI) Ingreso

Informa sobre la dependencia económica en relación al ingreso. Fórmula: ((Población total-PEA)*100) / Población total

S3. Población dependiente (niños y tercera edad)

Ingreso / salud

Informa sobre la dependencia económica y la sensibilidad a enfermarse. Fórmula: (Población total – ((Población >= 15 años) – (Población >= 65 años)) * 100) / Población total

S4. Población no

derechohabiente a servicios de salud

Salud Informa sobre la dificultad de acceder a servicios de salud. Fórmula: ((Población total – Población derecho habiente) * 100) / Población total

S5. Grados de estudio

Educación Informa sobre el nivel educativo de los habitantes Fórmula: 100-(Grado promedio de escolaridad * 10)

V1. Hacinamiento por

cuarto

Vivienda

Informa sobre la ocupación al interior de la vivienda. Cálculo: Reclasificación de valores considerando 0% si hacinamiento es <= 1 y 100% para el valor máximo de los datos.

V2 Viviendas con piso de

tierra

Informa sobre la calidad de la vivienda en relación a su entorno y resistencia a eventos extremos. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con piso diferente a tierra)*100) / Total de viviendas particulares habitadas

V3. Viviendas sin refrigerador

Informa sobre la capacidad de conservar más tiempo los alimentos al interior de la vivienda. Fórmula:((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con refrigerador)*100) / Total de viviendas particulares habitadas

V4. Viviendas sin drenaje

Informa sobre la calidad de la vivienda a en relación a condiciones sanitarias e higiene. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con drenaje)*100) / Total de viviendas particulares habitadas

V5. Viviendas sin sanitario

Informa sobre la calidad de la vivienda a en relación a condiciones sanitarias e higiene. Fórmula:((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con sanitario)*100) / Total de viviendas particulares habitadas

V6. Viviendas sin T.V.

Informa sobre la disponibilidad de recibir información al interior de la vivienda en casos de emergencia ante una contingencia. Fórmula: ((Total de viviendas particulares habitadas – Viviendas particulares habitadas con T.V.)*100) / Total de viviendas particulares habitadas

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2.6. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de

Monterrey

Finalmente, a partir de la integración del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el

cambio climático y de los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social, se calculó el índice de

vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey. El resultado de ambos

se promedió y el valor resultante generó la cartografía de vulnerabilidad social ante el cambio climático.

El subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático incorpora elementos de

percepción del riesgo, capacidad de respuesta, cohesión social, infraestructura disponible, entre otros;

mientras que los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social integran información sobre las

condiciones socioeconómicas de la población a partir de indicadores sociodemográficos, económicos y

culturales.

Como se señaló anteriormente, cada uno de los indicadores está normalizado de 0 a 1 considerando

que el valor 1 indica muy baja vulnerabilidad y el valor 0 indica muy alta vulnerabilidad. Entre los valores

0 y 1 se encuentra la escala de vulnerabilidad social que se utilizó en el presente estudio, la cual califica

cinco rangos de valores, a los que se les asignó también una escala de color para poder hacer más

gráfico el resultado (Tabla 2.2).

3. Resultados

A partir de las encuestas de percepción social al cambio climático realizadas en el municipio de

Monterrey, en el mes de mayo de 2015, se obtuvo información sobre la percepción de la población al

cambio climático y se construyeron los indicadores de vulnerabilidad social. A continuación se muestran

los resultados obtenidos.

Del total de personas encuestadas en este estudio, el 48% fue del sexo masculino y 52% del

femenino. El 38% de los encuestados se ubicó en un rango de edad de 18 a 30 años, 40% entre 31 y 45

años, 18% en el rango de 46 a 60 18% y 4% para el rango de más de 60 años. La distribución de la

población de acuerdo al nivel de estudios fue: 21% licenciatura, 49% bachillerato, 10% secundaria, 16%

primaria y 4% nivel técnico. En relación a la actividad económica de los encuestados, el 31% fueron

empleados, 10% estudiantes, 10% profesionistas, 34% comerciantes, 4% al hogar y 11% no contestó.

3.1. Nivel de información y percepción sobre cambio climático

La percepción social hace referencia al sentido que le es otorgado por las personas a determinado

suceso, además del significado atribuido a partir de las experiencias personales (Santamarina, 2010). Es

así que existen diferentes ideas sobre el cambio climático: sobre lo que es, sus causas, los responsables

y las posibles soluciones. Esto está influenciado por distintos factores, como lo son: el sexo, la edad, el

nivel de educación y el nivel socioeconómico (Santamarina, 2010). Otro factor que influye socialmente

es el lugar en el que se reside, ya que las condiciones geográficas y culturales cambian dependiendo de

ello (Palutikof, 2004). Finalmente, la percepción de las personas se ve alterada por factores psicológicos,

como lo son el afecto y las emociones, la confianza, los valores y las visiones del mundo (Leiserowitz,

2006).

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Como veremos enseguida, las personas perciben al cambio climático como un problema actual; sin

embargo, en su mayoría no lo ven como algo que ponga en riesgo a su comunidad o a su familia

(Leiserowitz, 2005). Este hecho tiende a minimizar la percepción del riesgo en el que se encuentran

(Lorenzoni, 2006) y por ende a incrementar su vulnerabilidad.

Los resultados de las encuestas permitieron tener una visión cualitativa acerca del nivel de

información que la población encuestada tiene sobre el cambio climático. La Figura 2.1 y la Figura 2.2

sistematizan las respuestas a una pregunta abierta de la encuesta. Se pidió a cada persona: “Diga 3

palabras en las que piensa, cuando escucha «cambio climático»”. La respuesta fue espontánea.

Las palabras resultantes de esta pregunta se analizaron desde dos perspectivas: 1) a través de un

análisis léxico que se representa en una nube de palabras, la cual muestra el vocabulario que los

entrevistados relacionan con la expresión “cambio climático”, lo cual permite ubicar las conexiones entre

el sistema lingüístico y el cognitivo (Escalante, 2009). En la figura el tamaño de las palabas está en

relación a la frecuencia de mención. 2) mediante la definición de categorías de palabras relacionadas

con las causas y los efectos del cambio climático y una categoría de “otros” que incluyó los elementos

no relacionados con causas o efectos del cambio climático, pudiendo ser elementos que muestren

desconocimiento total del tema.

Como se puede apreciar en la Figura 2.1, los resultados del análisis léxico muestran que los

encuestados respondieron con una amplia variedad de conceptos y percepciones sobre el cambio

climático, la mayoría relacionada con los efectos, como son: calor, lluvia, frío y, en menor medida

vocabulario sobre sus causas, como lo es la contaminación.

Figura 2.1. Análisis léxico. Las palabras más mencionadas aparecen de mayor tamaño. La nube contiene el total de las palabras recogidas de la pregunta: “Diga tres palabras que piensa cuando escucha cambio climático”.

Así mismo, como se muestra en la Figura 2.2, en relación a las palabras que evoca el pensar en

cambio climático, se encontró que el 86% de las respuestas sí estuvieron relacionadas al cambio

climático. Al agrupar los resultados en categorías, se observó que 70.59% se refiere a efectos del

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cambio climático quedando agrupados en un primer grupo. De este porcentaje, una gran proporción de

palabras (41.5% del total) fue relacionada con la variabilidad de la temperatura (calor, frío, más

temperatura), seguida por la categoría de variabilidad de las lluvias (22.9%), inundación (1.6%) y una

categoría que contiene evocaciones a sensaciones y sentimientos negativos de desastre y caos (1.6%),

lo que refleja una carga emocional ligada al desajuste del clima.

El segundo grupo contiene las palabas relativas a las causas del cambio climático, con un total de

15.36% de palabras relativas a las causas. Es importante hacer notar que los conceptos relativos al

deterioro de los ecosistemas que son causa fundamental del cambio climático y, por tanto, de los efectos

que percibe la población, son apenas identificados por los encuestados, siendo contaminación (13.7 %)

la palabra más mencionada en relación con aquéllas. El tercer grupo de palabras, contiene respuestas

no relacionadas al cambio climático, indicando que el 14.05% de la población desconoce este fenómeno.

Figura 2.2. Se muestra el porcentaje por grupo de palabras relacionadas a las causas o efectos del cambio

climático, según las respuestas a la pregunta “Diga 3 palabras en las que piensa cuando escucha «cambio

climático»”. Todas las respuestas se ubicaron en alguna de las tres categorías (causas, efectos y otros).

De manera conjunta el análisis léxico y las categorías de palabras de la Figura 2.1 y la Figura 2.2,

muestran que los encuestados relacionaron más el cambio climático con los efectos, que con sus

causas y principalmente con el calor, frío y lluvia.

Para explorar las posibles acciones que se pueden llevar a cabo para disminuir los efectos del

cambio climático en la población y en los ecosistemas, es necesario identificar los conocimientos y la

percepción acerca de las causas que lo originan. Por lo que se preguntó: “En orden de importancia,

podría decirme ¿cuáles son las tres principales causas del cambio climático?”, los resultados se

muestran en la

Figura 2.3. Para la población encuestada del municipio de Monterrey la “tala de selvas y bosques”

resultó ser la principal causa del cambio climático (96%); seguida por el uso excesivo de gas, petróleo y

carbón (92%). Es importante resaltar que el 40% de los encuestados, también mencionó “la apatía y

desinterés de los ciudadanos” como causa del cambio climático, seguida por falta de interés de los

políticos (38 %), el consumo excesivo (20%), la falta de educación (14%).

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Figura 2.3. Se muestran las principales causas del cambio climático de acuerdo a la población encuestada. Se ofrecieron cinco opciones de respuesta. Respuesta múltiple no suma 100%.

Resulta interesante observar que las principales causas de cambio climático a la que aluden los

encuestados son la tala de bosques y selvas en primer lugar y el uso excesivo de gas, petróleo y carbón,

en segundo lugar. Sin embargo, cuando a los encuestados se les preguntó acerca de las palabras que

relacionan con cambio climático, la deforestación y la contaminación fueron poco mencionadas. Así

mismo, llama la atención que el 40% reconoció que la apatía y desinterés de los ciudadanos es una de

las causas del cambio climático. Sin embargo los encuestados no relacionaron la falta de educación ni el

consumo excesivo con ello. Pareciera que el fenómeno es ajeno a las acciones personales. Es probable

que esa falta de educación y desinterés también estén relacionados con un desconocimiento

generalizado acerca de las acciones que contribuyen al cambio climático.

El cambio climático es un fenómeno que incidirá en todas las regiones costeras o continentales del

planeta, sin embargo existen poblaciones más vulnerables, que se verán más afectadas. Estos grupos

poblacionales tienden a vivir en zonas de alto riesgo, tales como laderas inestables y llanuras propensas

a las inundaciones y, generalmente, no tienen acceso a mayores recursos para la construcción

adecuada de sus viviendas.

En relación a la información asociada a los efectos del cambio climático, en la Figura 2.4 se observa

que la población encuestada reconoció que el cambio climático tiene efectos adversos sobre la

población. El 95% dijo estar de acuerdo con que el cambio climático afecta a todas las personas por

igual, independientemente del lugar en el que vivan y que tiene afectaciones a varios niveles, como son:

la agricultura, la salud y el turismo (100%, 100%, y 89% respectivamente). Esta respuesta sugiere que la

población entrevistada considera al cambio climático como un fenómeno global con implicaciones en

todas las regiones y todos los sectores.

Resulta importante resaltar que el acceso a la información y el conocimiento constituyen poderosas

y muy efectivas herramientas para gestionar y reducir los riesgos y los desastres y, por ende, salvar

0% 20% 40% 60% 80% 100%

En o r d e n d e i m p o r t a n c i a , p o d r í a d e c i r m e ¿ c u á l e s s o n l a s t r e s p r i n c i p a l e s c a u s a s d e l c a m b i o c l i m á t i c o ?

Tala de selvas y bosques 96%

Uso excesivo de gas, petróleo, carbón 92%

Falta de educación 14%

Apatía y desinterés de los ciudadanos 40%

Falta de interés de los políticos 38%

Consumo excesivo 20%

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vidas, reducir el sufrimiento humano y las pérdidas materiales (Ulloa, 2011). Por lo que una población

desinformada puede estar en mayor riesgo, ya que la falta de información tiene consecuencias tanto en

las percepciones como en las actitudes de las personas. Así mismo, en contexto de cambio climático, el

acceso a la información y el conocimiento, son elementos fundamentales para aumentar la capacidad

adaptativa del sector turístico. Es por ello que fue importante indagar sobre la relación entre información

y riesgo, encontrándose que el 93% de los encuestados consideró que la falta de información aumenta

el riesgo de las personas ante el cambio climático. Este reconocimiento resulta relevante ya que los

encuestados asumen que, para enfrentar el fenómeno, se requiere más información y que ésta es

determinante para disminuir el riesgo, lo cual muestra la disposición de las personas encuestadas a

informarse en torno a diversas acciones para enfrentar el cambio climático antropogénico (Figura 2.4).

Como se ha visto, el cambio climático no tiene retorno, la información presentada por el Panel

Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC)13, pone de manifiesto que los científicos están

convencidos en un 95%, que la actividad humana es la causa dominante del calentamiento global desde

1950 (IPCC, 2013). Es así que actividades tales como la quema de combustibles fósiles y el cambio de

uso de suelo, por citar algunas, han contribuido de manera muy importante al aumento de gases efecto

invernadero y al aceleramiento del cambio climático.

En consonancia con ello, fue importante conocer si los encuestados reconocen la influencia humana

como factor causante del cambio climático. Al respecto, tenemos que el 93% de la población encuestada

estuvo de acuerdo con que el ser humano es el responsable del cambio climático, y el 7% sostuvo que

sólo parcialmente (este último dato aparece en la gráfica como respuesta “no sé”).

Figura 2.4. Porcentaje de respuestas a diferentes afirmaciones relacionadas con las causas y efectos del cambio climático. Para la afirmación: “El ser humano es el responsable del cambio climático”, se dejó abierta la opción de “parcialmente”, además de sí o no.

13 Por sus siglas en inglés: Intergovernmental Panel on Climate Change.

95% 100% 100% 89% 93% 93%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

El cambioclimático afecta a

todas laspersonas, no

solo a quienesviven en la costa

El cambioclimático afecta a

la agricultura

El cambioclimático afecta

la salud

El cambioclimático puede

afectar el turismo

La falta deinformaciónaumenta el

riesgo ante elcambio climático

El ser humano esel responsable

del cambioclimático

¿Está de acuerdo o no, con cada una de las siguientes afirmaciones?

no

no sé

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En cuanto al rubro de salud, sabemos que existen enfermedades infecciosas transmitidas por

vectores, alimentos y agua, así como otras relacionadas con temperaturas extremas, sequía e

inundaciones, que se relacionan con el cambio climático. Para determinar hacia dónde encaminar

algunas acciones de información relativas a la salud en este contexto, es importante saber si la

población relaciona algunas enfermedades con el fenómeno de cambio climático.

Para ello se elaboró la siguiente pregunta: “¿Relaciona o no las siguientes enfermedades con el

cambio climático?, y se dio lectura a una lista cerrada de opciones que se muestra en la Figura 2.5. En

general, la población encuestada relacionó el cambio climático con las siguientes enfermedades:

respiratorias (100%), gastrointestinales (93%), dengue (87%) y rabia (75%). Sólo el 22% mencionó a la

chikungunya como enfermedad relacionada con el cambio climático. Cabe hacer notar que las

encuestas se realizaron en el mes de mayo del 2015, cuando la enfermedad se conocía muy poco en el

país y los brotes de chikungunya estaban restringidos a algunas localidades del sur del país.

Figura 2.5. Porcentaje de respuestas afirmativas a la pregunta “Relaciona o no, las siguientes enfermedades con el cambio climático”. Respuesta múltiple, no suma 100%.

Como se advierte, el reconocimiento del cambio climático en la incidencia de estas enfermedades es

muy importante; sin embargo, conocer la causa no necesariamente lleva a las personas a actuar para

modificarla o eliminarla. Por lo que para disminuir el riesgo, resulta fundamental formular estrategias de

educación e información y un mecanismo de comunicación en los diferentes sectores para tener una

sociedad informada y mejor preparada. Por ello resulta un acierto el establecimiento por parte de la

Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) de la “Red Mexicana sobre Cambio

Climático y Salud”, orientada a que los usuarios puedan difundir e intercambiar información y

experiencias y crear sinergias para la generación de conocimiento (Moreno et al., 2015).

100% 93% 87% 75%

22%

Enfermedadesrespiratorias

Enfermedadesgastrointestinales

Dengue Rabia Chikungunya

Porc

enta

je d

e la p

obla

ció

n q

ue

rela

cio

na e

l cam

bio

clim

ático c

on

enfe

rmedad

¿ R e l a c i o n a o n o l a s s i g u i e n t e s e n f e r m e d a d e s c o n e l c a m b i o c l i m á t i c o ?

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Ahora bien, referirse a los daños o desastres ocasionados por el clima, implica hacerlo a los niveles

de riesgo; lo cual, en cualquier sector, es una función que combina la amenaza (peligro- fenómenos

naturales) y la vulnerabilidad a esa amenaza (grado de exposición, sensibilidad y capacidad de

respuesta). Esto deja ver que las sociedades o ecosistemas que tienen menor capacidad de adaptación,

son los que están en mayor riesgo (Magaña, 2004).

En este sentido resulta importante indagar sobre el conocimiento que tiene la población acerca de

los eventos riesgosos. Para ello, se elaboró la siguiente pregunta: En orden de importancia numere del 1

al 3 ¿Cuál evento climático considera que es más riesgoso para la población? Cabe señalar que ésta fue

una pregunta cerrada, respecto de la cual las lluvias intensas se consideraron los eventos más riesgosos

(93%), seguida por aumento de la temperatura (78%), sequía (65%) e inundaciones (64%) (Figura 2.6).

Figura 2.6. Porcentaje de respuesta sobre la percepción de eventos climáticos más riesgosos para la población encuestada. Cada encuestado mencionó en 1º, 2º y 3º lugar, cuáles eventos climáticos considera que son los más riesgosos para la población. Respuesta múltiple, no suma 100%.

Para conocer acerca del impacto que han tenido algunos eventos climáticos en el municipio, se

realizó la siguiente pregunta: “En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos

climáticos?”. A lo que el 59% de los encuestados respondió que sí y el 41% que no. A quienes

respondieron que sí, se les cuestionó sobre el tipo de emergencia experimentada, a lo que respondieron

principalmente: 36% respondió inundaciones, 19% tormentas, 17% huracanes, 12% lluvias, y otras

respuestas aisladas (Figura 2.7).

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

E n o r d e n d e i m p o r t a n c i a , n u m e r é d e l 1 a l 3 , ¿ c u á l e v e n t o c l i m á t i c o c o n s i d e r a q u e e s m á s r i e s g o s o p a r a l a p o b l a c i ó n ?

Sequía 65%

Aumento de la temperatura 78%

Inundaciones 64%

Lluvias intensas 93%

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Figura 2.7. Porcentaje de personas que respondieron sí, no, no sé a la pregunta: “En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?”.

Estos resultados sugieren que si bien la mayor parte de los encuestados (59%) dijo sí conocer que

el municipio ha enfrentado emergencias por fenómenos climáticos, una parte importante 41% de la

población no tiene registro/memoria de eventos climáticos riesgosos y que probablemente no los

considera relevantes, por lo que difícilmente están preparados para enfrentar estas amenazas.

3.2. Indicadores de vulnerabilidad social ante el cambio climático

Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las 3.2.1.

autoridades ante emergencias climáticas

Este indicador de percepción social se refiere a la concepción que tienen los encuestados respecto

al desempeño de las autoridades para responder ante emergencias climáticas y sirve como base para

diseñar medidas de adaptación al cambio climático que disminuyan el riesgo de la población y mejoren

el desempeño y/o comunicación de los funcionarios municipales con la sociedad.

Dentro de las funciones de protección civil municipal se encuentra la de priorizar las acciones de

carácter preventivo en torno a los riesgos, y generar una cultura de autoprotección en el marco de los

desastres. Para ello se requiere estar capacitado y tener un mínimo de infraestructura que permita el

buen desempeño de las actividades. Por otra parte, una forma de comunicar el riesgo climático a la

sociedad es a través del sistema de alerta temprana, el cual, además de ser una obligación para el

municipio, debe ser socializado con la población para saber cómo actuar ante los riesgos climáticos. Así

mismo, es importante dar a conocer los refugios o albergues así como los números de emergencia o

contactos para que la población sepa a quién acudir ante emergencias climáticas.

La Figura 2.8 muestra los resultados detallados de la percepción de la población sobre la capacidad

de repuesta de las autoridades municipales ante una emergencia climática. Primeramente se cuestionó

a la población: ¿Sabe a quién acudir en caso de emergencia climática? El 83% sí sabría a quién acudir

en caso de emergencia climática y el 17% de las personas encuestadas respondieron que no sabrían a

quién acudir en caso de emergencia. A quienes respondieron que sí, se les preguntó a quién y el 59%

mencionó que acudiría a protección civil y 11% bomberos, 6% militares y 4% Cruz Roja. Esto indica que

59% 41%

0%

20%

40%

60%

80%

100%

SÍ NO

En el municipio ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?

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sólo una parte de los encuestados sabe que protección civil es la instancia que puede apoyarles en caso

de emergencia climática.

En referencia puntual a las autoridades de protección civil, los resultados muestran que sólo el 23%

de los encuestados consideró que protección civil sí cuenta con infraestructura suficiente para atender

emergencias climáticas, el 73% dijo que no y el 15% dijo no saber. Así mismo, el 73% contestó que

considera que protección civil sí está capacitada para atender emergencias climáticas; el 21% estima

que no está capacitada y el 7% dijo no saberlo. De forma complementaria, el 60% de la población

encuestada consideró que el ayuntamiento sí está preparado para responder ante emergencias

climáticas y el 28% consideró que no está preparado y un 12% dijo no saber. En relación a la pregunta,

¿En el municipio existe un sistema de alerta temprana para emergencias climáticas? El 78% de los

encuestados respondió que sí existe un sistema de alerta temprana, mientras que el 22% que dijo que

no.

Figura 2.8. Porcentaje de respuestas de percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta de protección civil y del ayuntamiento de Monterrey. Repuestas múltiples, no suman 100%.

Si bien la mayor parte de los encuestados consideró que protección civil y el ayuntamiento están

preparados para atender emergencias climáticas, alrededor del 40% de ellos no lo consideró así. Lo que

sugiere una falta de comunicación entre las autoridades y la población. Si bien la percepción puede estar

relacionada con vivencias personales, también está relacionada con conceptos creados, en los que la

0%

20%

40%

60%

80%

100%

¿Sabe o no, aquién acudir en

caso deemergenciaclimática?

¿Considera ono, que

Protección Civilcuenta con

infraestructurasuficiente para

atender unaemergenciaclimática?

¿Considera ono, que el

personal deProtección Civilestá capacitado

para atenderuna

emergenciaclimática?

¿Considera ono que el

ayuntamientoestá preparadopara atenderemergenciasclimáticas?

En elmunicipio,¿existe unsistema de

alerta tempranaante

emergenciasclimáticas?

83%

63% 73%

60%

78%

17% 23% 21%

28% 22%

15% 7%

12%

Porc

enta

je d

e r

espuesta

s

Percepción de la población de la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas

Si No No sé

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información confiable juega un papel preponderante para elaborar creencias en las personas, las cuales

inciden en la percepción.

El indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante

emergencias climáticas resulta en un valor de 0.71 que de acuerdo a la Tabla 2.2, muestra una

vulnerabilidad baja (Tabla 2.5). Es decir el 71% de la población encuestada consideró que las

autoridades de protección civil y del ayuntamiento tienen capacidad de respuesta ante emergencias

climáticas. Es importante fortalecer la comunicación de las autoridades de protección civil hacia la

ciudadanía, en relación a sus funciones, cómo contactarlos, actividades que realizan, logros, etc., para

asegurar que toda la población los conoce.

Tabla 2.5. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas.

PERCEPCIÓN DE LA POBLACIÓN SOBRE LA CAPACIDAD DE RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ANTE EMERGENCIAS CLIMÁTICAS

Pregunta: Respuestas afirmativas

1. ¿Sabe o no, a quién acudir en caso de emergencia climática? 83%

2. ¿Considera o no, que Protección Civil cuenta con infraestructura suficiente para atender una emergencia climática?

63%

3. ¿Considera o no, que el personal de Protección Civil está capacitado para atender una emergencia climática?

73%

4. ¿Considera o no que el ayuntamiento está preparado para atender emergencias climáticas?

60%

5. En el municipio, ¿existe un sistema de alerta temprana ante emergencias climáticas? 78%

Porcentaje promedio 71%

Valor normalizado del indicador 0.71

RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD BAJA

Indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el 3.2.2.

cambio climático

El grado de participación en temas socio-ambientales de una ciudadanía informada contribuye a una

mejor gobernanza, ya que ésta considera el funcionamiento del Estado a partir de su interacción y

relación con otros actores públicos, sociales y privados (UNDP, 1997). Es por ello que la participación

ciudadana juega un papel fundamental en la implementación de medidas de adaptación para disminuir la

vulnerabilidad social ante el cambio climático.

Para identificar la disposición de la ciudadanía a participar en ciertas actividades, a fin de disminuir

el riesgo ante el cambio climático se elaboró la pregunta: “Para disminuir el riesgo ante el cambio

climático, de las siguientes actividades (se proporcionó un listado cerrado), ¿Qué estaría dispuesto a

realizar?”. El 93% de la población encuestada mencionó estar dispuesto a llevar a cabo algunas

acciones individuales de cuidado del ambiente (de manera específica: el 95% dijo estar dispuesto a

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separar residuos; el 94% a ahorrar agua; el 95% a ahorrar energía). El 16% dijo no estar dispuesto a

realizar tales actividades. Los resultados se muestran en la Figura 2.9.

Figura 2.9. Acciones que la población está dispuesta a realizar para disminuir el riesgo ante el cambio climático. Respuesta múltiple, no suma 100%.

Es evidente que llevar a cabo acciones de manera personal o colectiva implica un compromiso

diferente. Si bien, la disposición a la participación es el primer paso, el compromiso y los mecanismos de

participación dependen no solamente de la voluntad de las personas, sino también de otros factores

sociales, económicos y políticos (UNAM, 2012). Como observamos en la Figura 2.4, el 93% de los

encuestados dijo que la falta de información aumenta el riesgo ante el cambio climático, de manera que

saben que requieren información para estar preparados y están dispuestos a hacerlo.

Ciertamente, la disposición a la participación abre una importante área de oportunidad que el

municipio y las organizaciones civiles pueden aprovechar para buscar un mayor involucramiento de la

población en acciones para enfrentar las amenazas ante el cambio climático. Es fundamental tomar en

cuenta que aun si la sociedad está dispuesta a capacitarse o a participar, se requiere que existan los

medios y las condiciones que promuevan y faciliten este fortalecimiento de capacidades. Esto requiere

readaptar políticas de comunicación, información y educación para la participación ciudadana.

Así, el indicador de disposición a la participación ciudadana para disminuir el riesgo ante el cambio

climático se construyó con las preguntas de la Tabla 2.6. La alta disposición a la participación ciudadana

para disminuir el riesgo ante el cambio climático da como resultado un valor de 0.91 para este indicador,

lo que resulta en una vulnerabilidad muy baja. Saber que los encuestados están dispuestos a realizar

acciones pro-ambientales y a agruparse en torno a estas causas resulta muy alentador y constituye una

buena base para construir procesos participativos.

0%

20%

40%

60%

80%

100%

Separar residuos,ahorrar agua yahorrar energía

Participar en pláticas,cursos y talleres

sobre cambioclimático

Participar en grupopara cuidar el

ambiente

93% 95%

83%

7% 5%

17%

Para disminuir el riesgo ante el cambio climático ¿qué estaría dispuesto a realizar?

no

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Tabla 2.6. Indicador de disposición para la participación ciudadana.

INDICADOR DE DISPOSICIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Pregunta: Repuestas afirmativas

1. Para disminuir el riesgo ante el cambio climático ¿cuál o cuáles de las siguientes acciones estaría dispuesto a realizar? a. Separar residuos; b. Ahorrar agua; c. Ahorrar energía

93%

2. ¿Estaría dispuesto o no a recibir información sobre cambio climático y participar en pláticas, cursos, talleres?

95%

3. ¿Estaría dispuesto o no a participar en grupo para cuidar el ambiente? 83%

Porcentaje promedio 91%

Valor normalizado del indicador 0.91

RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD MUY BAJA

Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas 3.2.3.

Este indicador de cohesión social analiza la disposición y organización social para actuar en

situaciones de riesgo climático. La cohesión social juega un rol central en la capacidad de la sociedad de

intervenir y modificar los elementos necesarios para disminuir el riesgo: a mayor cohesión social,

mayores serán las posibilidades de socializar la información y consensuar políticas y acciones

orientadas al cuidado del ambiente y a disminuir la vulnerabilidad para enfrentar el cambio climático

(Canal et al., 2009).

El indicador de cohesión social analiza preguntas tendientes a conocer cómo interactúa la población

entre sí, y la disponibilidad para actuar, entre las que se incluyen modificaciones a la vivienda y

reubicación en caso de que se encuentren en zonas de riesgo. Para establecer este indicador se

cuestionó a la población si la casa en la que vive es propia o rentada. El 81% de los encuestados dijo

vivir en casa propia y el 19% en casa rentada (Figura 2.10).

Figura 2.10. Porcentaje de la población que vive en casa propia o rentada.

En relación al riesgo asociado al cambio climático, los encuestados se muestran dispuestos a

cambiar de ubicación o a realizar cambios en sus viviendas, si con ello reducen el riesgo ante este

casa propia 81%

casa rentada

19%

¿Vive en casa propia o rentada?

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fenómeno. Así ante la pregunta: ¿Estaría dispuesto o no a reubicarse si le informan que vive en una

zona de riesgo? Los resultados muestran que el 96% de los encuestados dijo estar dispuesto a

reubicarse; 4% no estaría dispuesto. En consonancia con lo anterior, a la pregunta: ¿Estaría dispuesto a

realizar cambios constructivos en su vivienda para disminuir el riesgo? El 97% de la población

encuestada respondió que sí; el 3% que no (Figura 2.11).

Se cuestionó también si pensaban quedarse a vivir definitivamente en ese lugar.

Independientemente de si la casa que habitan es propia o rentada, un alto porcentaje de los

encuestados confirmó que sí pensaba quedarse a vivir definitivamente en el municipio (85%), el 4% dijo

que no y el 11% manifestó no saberlo (Figura 2.11). Estas respuestas en conjunto sugieren que ante el

riesgo los encuestados están dispuestos a actuar para disminuir su vulnerabilidad.

Figura 2.11. Porcentaje de la población que piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio; está dispuesto o no a realizar cambios constructivos en su vivienda y; reubicarse en caso de estar en zona de riesgo.

Sin duda, las organizaciones de la sociedad civil (OSC) son una expresión de la participación social

y se erigen en interlocutores importantes entre la sociedad y el gobierno. A la pregunta: ¿Conoce alguna

organización de la sociedad civil que esté involucrada en temas ambientales o de protección civil,

derechos humanos, etc.? Sólo un 3% de los encuestados respondió que de manera afirmativa (Figura

2.12). Es decir el 97% de los encuestados dijeron no conocer organizaciones civiles. Al cuestionar, a

quienes respondieron afirmativamente el nombre de las organizaciones, mencionaron bomberos,

municipio y Cruz Roja. Es preocupante que, si bien 3% dijo conocer OSC, el nombre de las

organizaciones a las que refirieron son instituciones de gobierno. Esto podría deberse a que el trabajo

de estas organizaciones no es muy conocido o reconocido, o bien porque las personas no están

interesadas en dichas actividades. Esto también puede indicar que las organizaciones de la sociedad

civil en el municipio deben difundir más sus acciones y promover más la participación social

corresponsable.

0%

20%

40%

60%

80%

100%

¿Piensa quedarse o no avivir definitivamente en el

municipio?

¿Estaría dispuesto o no arealizar cambios

constructivos en su viviendapara disminuir el riesgo ante

el cambio climático ?

Si le informan que vive enuna zona de riesgo ¿Estaría

dispuesto o no areubicarse?

85% 97% 96%

4% 3% 4% 11%

Porcentaje de la población dispuesta a efectuar cambios relacionados con el lugar en el que vive

Sí No No sé

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Figura 2.12. Porcentaje de la población que conoce organizaciones de la sociedad civil (OSC) que trabajan temas ambientales, de protección civil, salud, etc.

Al analizar el resultado de la Figura 2.12 se advierte un desconocimiento de las organizaciones de la

sociedad civil en el municipio y una casi nula participación en estas, que sugiere una apatía generalizada

para la participación ciudadana en estos temas. Este resultado no se correlaciona con los resultados de

la Figura 2.9, que muestran a una población receptiva y dispuesta a conocer más sobre temas

relacionados con el medio ambiente y a realizar acciones para disminuir el riesgo ante el cambio

climático. Este resultado es similar al reportado en la Encuesta Nacional de Percepciones y Actitudes

hacia el Medio Ambiente 2012 (UNAM, 2012), en la que la mayor parte de la población encuestada dijo

no formar parte de ninguna organización ambientalista. Para disminuir la vulnerabilidad social ante el

cambio climático se requiere fortalecer a las organizaciones de la sociedad civil en el municipio para que

empoderen a la ciudadanía y trabajen junto con las autoridades con este objetivo.

Así, el resultado del indicador de cohesión social para el municipio, es de 0.73 que corresponde a

una vulnerabilidad baja (Tabla 2.7). En conclusión, se advierte que existen importantes áreas de

oportunidad para trabajar con la ciudadanía y disminuir su vulnerabilidad ante el cambio climático,

principalmente incorporando factores sociales que posibiliten modos de relación y organización social

que sirvan de sostén para las acciones orientadas a disminuir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia.

Tabla 2.7. Indicador de cohesión social ante el cambio climático.

INDICADOR DE COHESIÓN SOCIAL ANTE EMERGENCIAS CLIMÁTICAS

Pregunta: Repuestas afirmativas

1. ¿La casa que habita es propia o rentada? 81%

2. ¿Piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio o no? 85%

3. Si le informan que vive en una zona de riesgo ¿Estaría dispuesto o no a reubicarse?

96%

4. 4. ¿Estaría dispuesto o no a realizar cambios constructivos en su vivienda para disminuir el riesgo ante el cambio climático?

97%

5. 5. ¿Conoce organizaciones de la sociedad civil involucradas en materia de protección civil, medio ambiente, salud, derechos humanos, etc.?

3%

Porcentaje promedio 73%

Valor normalizado del indicador 0.73

RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD BAJA

3% 97%

¿Conoce OSC involucradas en protección civil, ambiente, salud, derechos humanos, etc?

Sí No

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Indicador de salud 3.2.4.

Las vías causales por medio de las cuales la salud humana se ve afectada por las manifestaciones

del clima son complejas y pueden ser moduladas por factores como enfermedades preexistentes, edad,

acceso a servicios de salud, situación económica, ambientes naturales y construidos donde se asientan

las poblaciones, así como diversos factores sociales (Moreno et al., 2015), que incide en la

vulnerabilidad de la población. Existen enfermedades infecciosas transmitidas por vectores, alimentos y

agua que son sensibles a los cambios de las condiciones climáticas y la vulnerabilidad dependerá de

qué tan preparada esté la sociedad para enfrentarlas. Para disminuir la vulnerabilidad es fundamental

contar con la infraestructura municipal, así como con el número de médicos necesarios para brindar

atención médica a la población, y desarrollar programas de prevención y atención a la población.

En consecuencia, el indicador de salud se construyó a partir de dos valores que se utilizan per se,

como indicadores de salud pública y también como características económicas y sociodemográficas de

una población. El primero de ellos es el número de médicos por cada 1000 habitantes. En relación al

número mínimo de médicos por cada mil habitantes, cabe hacer notar que este se refiere al número

mínimo que se requiere para atender a la población en condiciones cotidianas, de manera que es

probable que durante una emergencia 3.2 médicos por cada mil habitantes resulte insuficiente.

El segundo valor utilizado para construir el indicador se refiere a la derechohabiencia, que se obtuvo

a través del porcentaje de la población sin derechohabiencia reportado por el CONEVAL (2014) para el

municipio. Cabe señalar que la provisión de los servicios de salud en México se brinda por esquemas

privados o públicos y a las personas protegidas por alguno de ellos se les denomina derechohabientes.

Es deseable que la mayor parte de la población esté cubierta por servicios de salud, lo cual disminuirá la

vulnerabilidad social ante los efectos del cambio climático.

El 74% de la población del municipio de Monterrey es derechohabiente a servicios de salud, de

manera que, en caso de emergencia climática el 26% de la población no estará cubierta por los servicios

de salud. Por otra parte, el número de médicos por cada 1000 habitantes en el municipio es de 4.1, lo

que supera el número mínimo sugerido por la OCDE. El valor del indicador de capacidad de atención en

salud normalizado para Monterrey es de 0.87, lo que sitúa a Monterrey en muy baja vulnerabilidad baja

(Tabla 2.8, Figura 2.13).

Tabla 2.8. Indicador de salud.

INDICADOR DE SALUD

Porcentaje

1. Población derechohabiente a servicios de salud (837,548 habitantes) 74%

2. Número de médicos por cada 1000 habitantes (4.1 médicos) 100%

Porcentaje promedio 87%

Valor normalizado del indicador 0.87

RESULTADO DEL INDICADOR: VULNERABILIDAD MUY BAJA

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Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas de unidades 3.2.5.

económicas asociadas y vinculadas al turismo

De acuerdo a las previsiones del IPCC el riesgo de inundación seguirá aumentando en todo el

territorio nacional debido al incremento en la frecuencia de lluvias extremas y avenidas repentinas. Para

el sector turístico en particular, la inundación fluvial y los deslaves por inestabilidad de laderas son dos

amenazas que en contexto de cambio climático, podrían poner en riesgo a los establecimientos

comerciales vinculados y asociados al turismo y por supuesto a la población y al desarrollo de sus

actividades.

La Tabla 2.9 muestra que en el destino turístico de Monterrey hay un total de 6,491 unidades

económicas vinculadas al turismo (hoteles, restaurantes y servicios recreativos), de las cuales 2,466

están expuestas a la amenaza de inundación fluvial. Lo que representa el 38% del total de estas. Así

mismo se muestra que de 40,276 unidades económicas asociadas al turismo, 15,879 unidades están

expuestas a la amenaza de inundación fluvial y 8 expuestas a la amenaza de deslave por inestabilidad

de laderas, es decir el 39% del total de unidades económicas asociadas al turismo.

Tabla 2.9. Número y porcentaje de unidades económicas, vinculadas y asociadas al turismo, expuestas a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en el destino turístico de Monterrey.

Dadas las características geológicas de la zona, la amenaza de deslave por inestabilidad de laderas

es muy baja en el municipio (únicamente 8 establecimientos están expuestos), por lo que la principal

amenaza es la inundación fluvial. Las dos amenazas en conjunto ponen en riesgo a más de la tercera

parte de los establecimientos turísticos, lo cual es muy grave si consideramos que el municipio de

Monterrey es eminentemente turístico.

Profundizando más en el análisis de la vulnerabilidad del sector turismo ante el cambio climático, en

la Tabla 2.10 se muestra el número y porcentaje hoteles y restaurantes ubicados en la zona urbana del

municipio, que están expuestos a inundación fluvial y/o deslave por inestabilidad de laderas. De acuerdo

con este resultado, el 27% de la infraestructura hotelera y el 39% de los restaurantes que se encuentran

distribuidos en la zona urbana están expuestos a inundación fluvial y/o inestabilidad de laderas.

Unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo expuestas a inundación fluvial e inestabilidad de laderas

TOTAL Establecimientos

expuestos a inundación fluvial

Establecimientos expuestos a

inestabilidad de laderas

Total de establecimientos

expuestos

Porcentaje de establecimientos

expuestos

Vinculados al turismo

6,491 2,466 o 2,466 38%

Asociados al turismo

40,276 15,879 8 15,879 39%

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Tabla 2.10. Exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en hoteles y restaurantes. Se muestra el número y porcentaje de los establecimientos expuestos a alguna de las amenazas en relación al número y porcentaje total de establecimientos.

HOTELES RESTAURANTES

Total Porcentaje Total Porcentaje

180 100% 5,332 100%

Inundación fluvial 48 27% 2,088 39%

Inestabilidad de laderas 0 0% 0 0%

No expuestos 132 73% 3,244 61%

En el caso de los establecimientos vinculados directamente al turismo como los hoteles y

restaurantes del destino turístico de Monterrey, se elaboró una relación detallada de los datos asociados

a cada establecimiento con el nombre del hotel o restaurante, ubicación por coordenadas geográficas,

dirección, número de empleados y categoría de vulnerabilidad por exposición a la amenaza de

inundación fluvial. En la Tabla 2.11 se muestra un ejemplo.

Tabla 2.11. Se muestran los nombres y datos asociados a dos establecimientos vinculados al turismo del destino turístico de Monterrey y su categoría de vulnerabilidad por inundación fluvial.

Establecimiento Dirección Coordenadas Número de empleados

Amenaza por inundación fluvial

Hotel Sheraton Ambassador Monterrey

Miguel Hidalgo 310 Ote, Centro, 64000

Monterrey, N.L. Latitud 25.6665991 101 a 250 Alta

Restaurante los Cabritos

Profesor José Silvestre Aramberri Monterrey 64000

Latitud 25.6771059

11 a 30 Muy alta

Así, el valor resultante del indicador de exposición por inundación fluvial e inestabilidad de laderas

en unidades económicas, asociadas y vinculada al turismo, en el municipio de Monterrey es de 0.61, lo

que le sitúa en la categoría de vulnerabilidad baja (Figura 2.13 y Tabla 2.12). Como una medida de

adaptación al cambio climático es importante realizar un diagnóstico puntual de la infraestructura

turística para determinar las condiciones actuales y poder llevar a cabo las acciones necesarias para

disminuir la vulnerabilidad del sector turismo ante el cambio climático. En este sentido, es importante

recordar y reconocer que el costo de la reparación y/o remediación es 8.2 veces mayor que el de la

prevención (ONU, 2015; CENAPRED, 2002).

3.3. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático

Al analizar los cinco indicadores de la vulnerabilidad social, se construyó el subíndice de

vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino turístico de Monterrey. Así,

basado en estos indicadores, el resultado del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el

cambio climático obtuvo un valor de 0.66 (Tabla 2.12 y Figura 2.13), indicando que la vulnerabilidad

social del destino turístico de Monterrey es baja.

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Tabla 2.12. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático destino turístico Monterrey (0.0 muy baja vulnerabilidad; 1.0 muy alta vulnerabilidad).

SUBÍNDICE DE VULNERABILIDAD SOCIAL Y EXPOSICIÓN ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO

1. Indicador de percepción social de la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas

0.71

2. Indicador de disposición para la participación ciudadana 0.91

3. Indicador de cohesión social ante emergencias climáticas 0.73

4. Indicador de salud 0.87

5. Indicador de exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas 0.61

Subíndice de vulnerabilidad social y de exposición 0.77

VULNERABILIDAD SOCIAL BAJA

No obstante la vulnerabilidad ante el cambio climático es baja, el destino turístico de Monterrey tiene

importantes áreas de oportunidad para mejorar y erigirse en un destino resiliente ante los efectos del

cambio climático antropogénico, tal como se observa en la Tabla 2.7 y en la Figura 2.14.

El indicador de exposición por inundación fluvial e inestabilidad de laderas, es el que resultó más

bajo, indicando que hay un alto porcentaje de establecimientos asociados y vinculados al turismo, que

están expuestos a inundaciones, principalmente. Estos establecimientos que en condiciones de cambio

climático pueden verse afectados, son establecimientos que no sólo afectarán las actividades

económicas relacionadas al turismo, sino que son establecimientos que se localizan en el área urbana

del municipio, por lo que la población se verá afectada. Se requiere realizar un diagnóstico de la

infraestructura turística que se encuentra expuesta a las amenazas tanto de inundación como de

deslaves por inestabilidad de laderas.

El indicador de percepción de la población de la capacidad de respuesta de las autoridades ante

emergencias climáticas es el segundo más bajo. Esto sugiere una desvinculación y falta de

comunicación entre la población y sus autoridades, en relación a las capacidades técnicas y operativas

de protección civil y del ayuntamiento. En este sentido, esta desvinculación incrementa la vulnerabilidad

social ya que la población no sabría qué hacer, ni a quién acudir en caso de emergencia climática.

El indicador de disposición para la participación ciudadana es el que tiene un valor más alto de los 5

indicadores. Este sugiere que la mayor parte de la ciudadanía está dispuesta a realizar acciones para

disminuir el riesgo ante el cambio climático. Sin embargo, a pesar de esa disposición para la

participación, el indicador de cohesión social muestra una falta de organización de la sociedad civil que

le permita de manera pronta y organizada llevar a cabo acciones que disminuyan su vulnerabilidad.

Monterrey tiene áreas de oportunidad para mejorar y erigirse en un destino resiliente ante los efectos

del cambio climático antropogénico. Todos estos indicadores deben servir como instrumento de

seguimiento y evaluación para disminuir la vulnerabilidad de la población ante el cambio climático.

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Figura 2.13. Vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino turístico de Monterrey. Se muestran los valores normalizados obtenidos para cada uno de los indicadores. El nivel de vulnerabilidad social de acuerdo a la escala va de muy alta vulnerabilidad a muy baja vulnerabilidad social.

3.4. Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social

Indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social ante el cambio climático a nivel 3.4.1.

municipal

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2010 (INEGI, 2010), la población del municipio de

Monterrey era de 1,135,550 habitantes, considerando que la superficie de dicho municipio es de 323.6

km2, resultó una densidad de población de 3509 habitantes por km2. La vulnerabilidad social del

municipio de Monterrey ante el cambio climático se analizó a partir de indicadores socioeconómicos

seleccionados que integran información de la población, la vivienda y urbanización, así como la

educación y la salud.

En la Tabla 2.13, se observa que la densidad poblacional es 48 veces más que la densidad de la

población estatal. Es importante notar que en emergencias climáticas las zonas con mayor densidad de

población son más vulnerables, y esto estará delineado principalmente en base a su exposición y a la

competencia por recursos de subsistencia. Resalta también el indicador de población no

derechohabiente a servicios de salud, que es del 26%, que indica que la cuarta parte de la población

estará desprotegida en caso de emergencias climáticas, lo que aumenta la vulnerabilidad social del

destino. Con respecto a los indicadores de vivienda y urbanización la mayoría de los indicadores

municipales se mantienen muy bajos.

El análisis descriptivo de los diferentes indicadores censales indica que la vulnerabilidad social para

el municipio de Monterrey, es muy baja. Estos resultados de la vulnerabilidad social a nivel municipal

coinciden con los reportados por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) en el Atlas de

vulnerabilidad hídrica en México ante el cambio climático (IMTA, 2010). Esta clasificación en un contexto

0.61

0.87

0.73

0.91

0.71

Exposición porinundación fluvial e…

Indicador de salud

Cohesión socialante el cambio climático

Disposición a laparticipación ciudadana

Capacidad de respuesta delas autoridades

Vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático

Ind

icad

ore

s d

e v

uln

era

bilid

ad

so

cia

l

Muy alta Alta Media Baja Muy baja

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estatal es importante. Sin embargo, considerando que la vulnerabilidad requiere identificar

específicamente a qué se es vulnerable, resulta indispensable integrar e identificar en el diagnóstico los

indicadores que delimiten espacialmente la vulnerabilidad de la población a eventos vinculados al

cambio climático. En este sentido se analizaron a nivel de AGEB los indicadores de vulnerabilidad social

publicados por el INEGI (2010) y se llevó a cabo el estudio a nivel de AGEBs urbanas.

Tabla 2.13. Indicadores censales críticos para el análisis de la vulnerabilidad social asociada a eventos vinculados al cambio climático en el Municipio de Monterrey, Nuevo León.

INDICADORES Monterrey Nuevo León

México

Población total 1,135,550 4,653,458 112,336,538

Densidad de Población (habitantes por km2) 3497.22 72.56 57

Porcentaje de población de 60 y más años 8.1 8.7 9.1

Vivienda y Urbanización

Total de viviendas particulares habitadas 341921 1,210,598 28,607,568

Promedio de ocupantes en viviendas particulares habitadas, 2010 3.8 3.8 3.93

Porcentaje de viviendas particulares habitadas con piso de tierra 5.7 2.0 8.33

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin agua de la red pública 4.6 4.5 13.28

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin drenaje 4.1 6.0 11.18

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin excusado o sanitario 3.9 4.0 6.15

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin energía eléctrica 3.5 3.4 3.82

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin refrigerador 7.1 7.1 19.28

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin televisión 5.0 5.0 8.95

Porcentaje de viviendas particulares habitadas sin computadora 55.6 61.3 71.06

Educación

Porcentaje de población con nivel profesional 16.7 12.3 9.42

Grado promedio de escolaridad de la población de 15 y más años 10.3 9.8 8.63

Tasa de alfabetización de las personas de 15 a 24 años 99.6 99.6 98.43

Salud

Porcentaje de población no derechohabiente a servicios de salud 26.2 22.8 33.85

Elaboración propia a partir de INEGI, 2010.

Indicador de Vulnerabilidad Social al Cambio Climático en AGEBs urbanas 3.4.2.

Con el propósito de detectar si existen diferencias en la distribución de la vulnerabilidad social al

interior del municipio y delimitarla espacialmente a nivel de AGEBs urbanas, se seleccionaron 11

indicadores socioeconómicos censales en relación a: población, ingreso, dependencia económica, salud,

educación y vivienda (Tabla 2.4).

El indicador se calculó con una media ponderada con la fórmula: IVSCC=

((S1+S2+S3+S4+S5)/5)*0.8 + ((V1+V2+V3+V4+V5+V6)/6)*0.2., donde a las variables de densidad de

población (S1), ingreso (S2, S3), salud (S4) y educación (S5) se les ponderó con un peso de 0.8 y a las

de vivienda (V1 a V6) con un peso de 0.2.

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El resultado del indicador asigna un valor porcentual de vulnerabilidad a cada AGEB urbana, de 0 a

100% los cuales se dividen en 5 categorías que van de muy baja a muy alta vulnerabilidad (Tabla 2.2).

En Monterrey, el rango de valores del indicador socioeconómico de vulnerabilidad social en AGEBs

urbanas del municipio abarca tres categorías de vulnerabilidad social: muy baja, baja y media. El

resultado de este indicador se muestra en el mapa de vulnerabilidad social por AGEBs de la Figura 2.14,

donde la mayor parte del municipio presenta una vulnerabilidad social baja. Sin embargo se observan

algunas localidades con vulnerabilidad muy baja.

Figura 2.14. Mapa de la vulnerabilidad social ante el cambio climático en AGEBs urbanas de Monterrey, N.L.

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3.5. Índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de

Monterrey

El índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey se

construyó a partir del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático y los

indicadores socioeconómico de vulnerabilidad social.

Así, en la primera parte del diagnóstico de vulnerabilidad social ante el cambio climático, se integró

la información del subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático. En la

segunda parte se integró la información procesada a partir de datos disponibles por fuentes oficiales

sobre indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social, tanto a nivel de municipal como de AGEB,

describiendo su distribución espacial en AGEBs urbanas, como parámetro de referencia para la

reducción de los impactos del cambio climático con énfasis en el sector turístico.

Con estos resultados se elaboró la cartografía del índice de vulnerabilidad social ante el cambio

climático del destino turístico de Monterrey. El mapa (Figura 2.15), es el resultado del cálculo del valor

promedio de los indicadores socioeconómicos de vulnerabilidad social y el subíndice de vulnerabilidad

social y exposición ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey.

La vulnerabilidad social ante el cambio climático en Monterrey presenta en general categoría baja

pero con la agregación a nivel de AGEBs y el análisis de la información local generada en campo, se

incorporan algunas diferencias espaciales en dicha vulnerabilidad, dando como resultado dos categorías

de vulnerabilidad social: muy baja y baja.

En general, se puede concluir que en Monterrey la vulnerabilidad social al cambio climático presenta

categoría baja, con excepción de algunos lugares como Sendero San Jerónimo, Santa María, San Jemo,

Jardines de San Jerónimo, Fracc. Hacienda San Jerónimo, Cooperativa Cuauhtémoc, Villas de San

Jerónimo, Fraccionamiento Colonias del Valle, Santa María, Rincón de las Colinas, Cumbres de Santa

Clara, Industrial Lincoln, Jardín de las Mitras, Cumbres 4o Sector Secc. B, Cumbres 4o Sector Secc. C,

Colinas de las Cumbres 10 Sector, Centrika Similares, Centrika Victoria, Begonia, Los Fresnos, Tec. de

Monterrey, Alta Vista, La Toscana, Antara, que resultaron con categoría de vulnerabilidad social muy

baja.

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Figura 2.15. Mapa de vulnerabilidad social al cambio climático en Monterrey, N.L.

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4. Conclusiones

El municipio de Monterrey se encuentra en vulnerabilidad social baja ante el cambio climático en la

mayor parte de su territorio. No obstante a la luz de estos resultados se develan importantes

oportunidades para disminuir la vulnerabilidad social y erigirse como un destino turístico resiliente.

El diagnóstico de vulnerabilidad social muestra que la percepción de la población en relación a la

capacidad de respuesta de protección civil municipal y del propio ayuntamiento es buena, sin embargo,

con un enfoque de gestión de riesgo, es muy importante reforzar las acciones en materia de protección

civil, lo que implica también fortalecer tanto las capacidades técnicas y la infraestructura.

El indicador de cohesión social muestra una falta de organización de la población, que le permita de

manera pronta y organizada llevar a cabo acciones que disminuyan su vulnerabilidad. Paradójicamente,

ésta dijo estar dispuesta a llevar a cabo acciones para disminuir su vulnerabilidad. Sin embargo, esta

disposición no se relaciona con acciones concretas, posiblemente, influenciadas por la falta de

información sobre el cambio climático reflejada en el diagnóstico de vulnerabilidad social.

Al analizar la percepción social sobre el cambio climático, se observa que la población encuestada

tiene información heterogénea e insuficiente acerca del fenómeno y particularmente se observa un

conocimiento limitado acerca de las causas del mismo y aunque reconoció al cambio climático como un

problema global con incidencia antropogénica, no lo percibe como una amenaza.

La implementación de medidas de adaptación para disminuir la vulnerabilidad, será más efectiva si

la población cuenta con los conocimientos de las causas y efectos del cambio climático, así como con

herramientas básicas para la adaptación y mitigación.

Es importante resaltar que el resultado del indicador de salud, a pesar de situarse en vulnerabilidad

muy baja, mostró que una cuarta parte de la población no está cubierta por los servicios de salud. Este

resultado se enmascara por el número de médicos por cada mil habitantes, que se sitúa por arriba del

promedio, debido a la importancia del turismo de salud en Monterrey.. Sin embargo, es primordial

informar a la población acerca de los riesgos y de cómo protegerse, para disminuir su vulnerabilidad en

el corto plazo y gestionar la cobertura de salud para todos los habitantes.

Dado que el 39% de las unidades económicas asociadas y vinculadas al turismo, están expuestos a

inundación fluvial, es fundamental realizar un diagnóstico para evaluar las condiciones de la

infraestructura e impulsar la utilización de seguros que disminuyan el riesgo. Así mismo, dado el impacto

bidireccional entre el cambio climático y el sector turístico, es importante que éste se comprometa con el

cuidado y conservación del medio ambiente y en este sentido, implemente sistemas de gestión

ambiental y asegurarse que la infraestructura turística y las actividades turísticas en el municipio se

sujeten a la normatividad ambiental.

Resulta fundamental para el destino turístico de Monterrey, integrar medidas de adaptación ante el

cambio climático en las áreas de educación y comunicación del riesgo, salud, infraestructura,

instrumentos normativos y recursos naturales, tendientes a disminuir el riesgo en el corto, mediano y

largo plazo.

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Un reto y factor determinante para avanzar en la adaptación y construcción de la resiliencia del

destino turístico de Monterrey, es vincular a las autoridades locales con la población en acciones para

hacer frente al cambio climático, es decir, sumar esfuerzos e involucrar a la ciudadanía.

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. Diagnóstico de vulnerabilidad institucional ante el cambio Capítulo 3

climático del destino turístico de Monterrey

1. Introducción

La vulnerabilidad institucional refiere la debilidad del Estado; debilidad que está relacionada con las

capacidades o incapacidades, ausencia o falta de legitimidad de las autoridades políticas y funcionarios

del Estado. Cuanto mayor sea la vulnerabilidad institucional, mayor será el grado de incertidumbre con el

que se tomen decisiones, lo que terminará repercutiendo a su vez en un mayor grado de riesgo de

desastres. De manera que abordar la vulnerabilidad institucional implica elegir y analizar diferentes

variables relacionadas con instrumentos normativos y de política pública de competencia municipal que

tienen una relación directa con la vulnerabilidad social, ambiental y económica; ya que la falta de ellos

impide o limita una rápida y adecuada respuesta ante situaciones de emergencia, lo que puede devenir

en un desastre. Ha quedado demostrado que a mayor vulnerabilidad institucional, mayor grado de

incertidumbre para la toma decisiones y, en consecuencia, mayor grado de riesgo de desastres (Ríos,

2004).

Dado que la capacidad de respuesta del gobierno constituye uno de los factores que actúan como

una de las causas de vulnerabilidad al cambio climático de los municipios en los que se ubican los

destinos turísticos seleccionados, es prioritario identificar el nivel de conocimiento que sobre dicha

capacidad tienen los funcionarios públicos municipales; así como de la ejecución de sus facultades

legales en cuanto al desarrollo y puesta en práctica de las medidas de adaptación y de aquellas

relacionadas con la gestión integral de riesgos ante el cambio climático; ello a efecto de reducir la

vulnerabilidad ante el cambio climático y contribuir al fortalecimiento y resiliencia de la sociedad, los

ecosistemas, la infraestructura y los sectores económicos, entre ellos, el turismo.

A tales fines, es importante advertir que dada la forma de Estado federal en México, el Congreso de

la Unión lleva a cabo un reparto de competencias, denominado facultades concurrentes, entre la

Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de

México, en determinadas materias, entre las relativas a este estudio están: ambiental, salubridad;

asentamientos humanos, protección civil y turismo. Esto implica que los tres órdenes de gobierno

puedan actuar respecto de una misma materia, pero será dicho Congreso quien determine la forma y los

términos de la participación de los diversos órdenes de gobierno a través de las leyes generales.

Además, por virtud del federalismo, se concede autonomía a los ayuntamientos. De manera que el

artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) les faculta para

expedir bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de

observancia general, sin que tengan que contar con la aprobación de los Congresos locales, sólo

debiendo observar las bases normativas que definan éstos, a efecto de normar su procedimiento y de

asegurar que se observe el orden jurídico federal y estatal. Asimismo, se confieren facultades exclusivas

al municipio en relación con diversos servicios públicos, uso del suelo, zonificación, construcciones y

zonas de reserva, por citar algunas.

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Por último, cabe decir que por mandato del artículo décimo transitorio de la LGCC, tanto el gobierno

federal como las entidades federativas y los municipios deben promover las reformas legales y

administrativas necesarias a fin de fortalecer sus respectivas haciendas públicas, a través del impulso a

su recaudación, a efecto de que cuenten con los recursos que les permitan financiar las acciones de

adaptación ante el cambio climático, las cuales deben enfocarse en los ecosistemas; la sociedad; la

infraestructura estratégica y los sistemas productivos.

2. Metodología

Para determinar la vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio se integró la

información obtenida de entrevistas semiestructuradas, realizadas a los funcionarios municipales de las

áreas de medio ambiente y recursos naturales, salud, turismo y protección civil, ello debido a que su

opinión resulta fundamental para entender de manera integral la problemática local en relación con los

ecosistemas, el desarrollo social, la infraestructura y el sector turístico en un marco de gestión integral

de riesgos ante el cambio climático. Además, se llevó a cabo una investigación documental sobre las

condiciones económicas, sociales, ambientales y de riesgos asociados al cambio climático en el

municipio y, se adaptó un análisis de: Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas (FODA),

como herramienta para obtener un diagnóstico preciso sobre una situación específica; en este caso, en

materia de adaptación y gestión integral de riesgos ante el cambio climático en el municipio.

Para los efectos de este estudio se definieron los elementos del análisis FODA, como sigue:

Fortalezas: instrumentos normativos y de planeación, así como capacidad de las autoridades

municipales orientados a lograr un desarrollo sustentable local y una adecuada gestión integral de

riesgos ante el cambio climático.

Oportunidades: factores positivos y favorables que se deben desarrollar en el entorno municipal a fin

de lograr la adaptación climática y el desarrollo sustentable local.

Debilidades: factores que colocan a los municipios en una posición vulnerable ante el cambio

climático, lo que incrementa el riesgo y repercute negativamente en el desarrollo y productividad de los

sectores económicos, como el sector turismo.

Amenazas: situaciones derivadas de los cambios o variaciones en el clima (temperaturas extremas,

alteración del patrón de lluvias, mayor frecuencia e intensidad de los eventos naturales extremos,

inestabilidad de laderas, inundaciones, sequía, etc.) que pueden causar daños en la vida, la economía y

el medio ambiente.

Como resultado de lo anterior se identificaron las facultades municipales derivadas de Constitución

federal y las leyes generales sobre medio ambiente, salud, asentamientos humanos, turismo y

protección civil; así como de las relativas al Estado de Nuevo León, a fin de integrar un indicador de

gestión integral de riesgos ante el cambio climático, lo cual permitió determinar la vulnerabilidad

institucional del municipio. Los instrumentos analizados y su fundamento legal fueron los siguientes:

1. Atlas Municipal de Riesgos: Documento dinámico cuyas evaluaciones de riesgo en regiones o

zonas geográficas vulnerables, considera la vulnerabilidad actual y los escenarios futuros climáticos. Los

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atlas de riesgo constituyen el marco de referencia para la elaboración de políticas y programas en todas

las etapas de la Gestión Integral del Riesgo y los municipios tienen la obligación de elaborarlo y

publicarlo atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las zonas de mayor

riesgo, entre ellas los deltas de los ríos (artículos 3º, fracción II y 30, LGCC y artículo 86, LGPC).

En el atlas municipal de riesgos, al igual que en el nacional y los estatales, deberán establecerse los

diferentes niveles de peligro y riesgo para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas.

Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades competentes, para la

autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos

humanos.

“La elaboración de un atlas de riesgos sirve para guiar el desarrollo de los asentamientos humanos

hacia las zonas físicamente aptas y, en su caso, establecer medidas de adaptación o mitigación de

riesgos necesarias para lograr que los municipios sean espacios seguros, ordenados y habitables”

(SEDESOL, 2012:62).

2. Reglamento municipal en materia de protección civil: Instrumento normativo que permite efectuar

acciones coordinadas, destinadas a prevenir, proteger y auxiliar a las personas y a la comunidad en

general, en su patrimonio, su entorno, afectación de los servicios públicos y la planta productiva, así

como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad, ante la posibilidad de un riesgo,

emergencia o desastre (artículos 115, fracción V, inciso f, CPEUM; artículo 130, CPELSNL; artículos 26,

inciso a, fracción VI y 161, LOAPMENL y artículo 30, fracción I, LPCENL).

3. Programa municipal de protección civil: Instrumento de planeación y operación que se compone

por el plan operativo para la Unidad Interna de Protección Civil, el plan para la continuidad de

operaciones y el plan de contingencias, y tiene como propósito mitigar los riesgos previamente

identificados y definir acciones preventivas y de respuesta para estar en condiciones de atender la

eventualidad de alguna emergencia o desastre (artículo 37, LGPC y artículo 5º, fracción II, LPCENL).

4. Programas de contingencias en caso de fenómenos hidrometeorológicos: Estos planes apuntan a

determinados eventos o riesgos conocidos a nivel local, nacional, regional o incluso mundial (huracanes,

tormentas, etc.), y establecen procedimientos operativos para la respuesta conforme a los requisitos de

recursos previstos y a la capacidad (FISCRMLR, 2008). Se trata de instrumentos que definen los

mecanismos de organización, los recursos y las estrategias para hacer frente a un desastre. Es

básicamente un mecanismo de preparación que se basa en la certeza de que el desastre ocurrirá, por lo

que debemos prepararnos para afrontarlo con la mayor destreza posible. Cabe señalar que entre las

medidas de adaptación municipal se encuentra el establecimiento de planes de protección y

contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas de desarrollo turístico sustentable (artículo

30, fracción V, LGCC, artículo 2º, fracción XLI, LGPC y artículo 30, fracción II, LPCENL).

5. Identificación de refugios y albergues necesarios. Los refugios son instalaciones físicas

habilitadas para brindar temporalmente protección y bienestar a las personas que no tienen

posibilidades inmediatas de acceso a una habitación segura en caso de un riesgo inminente, una

emergencia o desastre. Los albergues son instalaciones destinadas a brindar resguardo a las personas

que se han visto afectadas en sus viviendas por los efectos de fenómenos hidrometeorológicos y en

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donde permanecen hasta que se da la recuperación o reconstrucción de sus viviendas (artículo 2º,

fracciones III y XLVII, respectivamente, LGPC).

6. Instrumento financiero municipal para enfrentar daños por desastres. Se trata del programa o

mecanismo financiero que permite a los municipios compartir o cubrir sus riesgos catastróficos,

transfiriendo el costo total o parcial a instituciones financieras nacionales o internacionales. Es

responsabilidad de los gobiernos la contratación de seguros y demás instrumentos de administración y

transferencia de riesgos para la cobertura de daños causados por un desastre natural en los bienes e

infraestructura (artículos 2º, fracciones XXXII y XXXIV, 18 y séptimo transitorio, LGPC).

7. Convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos: Las políticas,

los lineamientos y las acciones de coordinación entre la federación, las entidades federativas y los

municipios se pueden llevar a cabo mediante la suscripción de convenios de coordinación, en los

términos de la normatividad aplicable (artículo 30, fracción V, LGCC, artículo 2º, fracción XLI, LGPC y 5º,

fracción VI, LPCENL).

Estos convenios son una herramienta clave para el fortalecimiento del municipio en materia de

prevención de riesgos y reducción de la vulnerabilidad social.

8. Programa de desarrollo urbano municipal: Documento que formula el ayuntamiento para

establecer los objetivos y políticas de ordenación y regulación del desarrollo urbano del municipio.

Define la ubicación más adecuada de los centros de población, sus medios de comunicación, los

servicios públicos y el uso del suelo. Se relaciona de manera directa con la infraestructura urbana; el

equipamiento de servicios públicos; la determinación de reservas territoriales; la ecología urbana; la

administración urbana; la participación ciudadana y, las emergencias urbanas. En contexto de cambio

climático, permite la zonificación del territorio municipal según la probabilidad de ocurrencia de desastres

ante un fenómeno natural destructivo. Fundamental porque es atribución de los municipios formular e

instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en materia de desarrollo urbano

(artículo 9º, fracción I, LGAH; artículo 30, fracción II, LGCC; artículo 132, fracción II, inciso a, CPELSNL

y artículo 26, apartado A, fracción II, apartado B, fracción I, LOAPMENL).

9. Reglamento municipal de construcción: Instrumento normativo que determina las condiciones de

seguridad, estructurales y de higiene bajo las cuales toda construcción debe realizarse, ya sean éstas de

carácter privado o público, las cuales deberán ejecutarse de manera ordenada y de acuerdo a lo previsto

en los planes y programas de desarrollo urbano municipal. Por lo que se refiere a la expedición de

permisos y licencias relativos a la construcción de obras. Entre las acciones de adaptación se

consideran la construcción y mantenimiento de infraestructura (artículo 115, fracción V, inciso f, CPEUM;

artículo 30, fracción II, LGCC; artículo 130, CPELSNL y artículos 26, inciso a, fracción IV y 161,

LOAPMENL).

10. Reglamentación sobre uso de suelo orientada a la prevención y reducción de riesgos:

Instrumento normativo que, basado en información científica, permite disminuir la vulnerabilidad del

municipio, al considerar la existencia de zonas de riesgo, así como la localización de cuencas

hidrográficas, para la ubicación de los asentamientos humanos y actividades productivas y de servicios

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(artículo 115, fracción V, inciso d, CPEUM; artículo 9º, fracción II, LGAH; artículo 2º, fracción XLVI,

LGPC y artículo 130, CPELSNL).

11. Programa municipal de ordenamiento territorial: Proceso de distribución equilibrada y sustentable

de la población y de las actividades económicas en el territorio nacional (artículo 2, fracción XIV, LGAH;

artículo 30, fracción II, LGCC y artículo 26, inciso a, fracción II, LOAPMENL).

12. Programa de ordenamiento ecológico local: Determina las distintas áreas ecológicas del

municipio, describiendo sus atributos físicos, bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus

condiciones ambientales. Regula, fuera de los centros de población, los usos del suelo con el propósito

de proteger el ambiente en la realización de actividades productivas y la localización de asentamientos

humanos, y establece criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y

aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que

sean considerados en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes (artículo 20 Bis 4,

de la LGEEPA y artículo 7º, fracción IV, LAENL).

De las experiencias internacionales se desprende la importancia adquirida por el ordenamiento

territorial como un instrumento para reducir los efectos negativos de los desastres naturales, prever las

intervenciones que propicien una disminución del riesgo a un menor costo y facilitar la adaptación a la

variabilidad y el cambio climático (Sánchez et al., 2013).

13. Instrumentos normativos, reglamentarios, programáticos y/o de planeación en materia de

adaptación climática municipal (artículo 9º, fracciones I, II, y VI, LGCC; artículo 130, CPELSNL y

artículos 26, inciso a, fracciones II, IV y 161, LOAPMENL).

Así, con la integración de toda la información referida, se elaboraron las medidas de adaptación que

fueron presentadas en los talleres para su correspondiente análisis, retroalimentación y validación; ello a

efecto de ser integradas en la Propuesta de Programa de Adaptación al Cambio Climático del municipio.

Dichas medidas están vinculadas a las estrategias, objetivos y enfoques integrados en los instrumentos

de política pública a nivel nacional. Por tanto, se consideró la adaptación basada en ecosistemas; sector

social; infraestructura estratégica y los sistemas productivos ante el cambio climático; con énfasis en el

sector turismo; ello a efecto de reducir la vulnerabilidad ante el cambio climático y contribuir al

fortalecimiento y resiliencia de la sociedad, los ecosistemas, la infraestructura y los sectores

económicos, entre ellos, el turístico.

3. Bases constitucionales

El desarrollo normativo e institucional en materia de protección y preservación del medio ambiente,

cambio climático y gestión integral de riesgos a nivel nacional se apuntala en la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), cuyo artículo 4º, párrafos quinto y sexto, respectivamente,

establecen el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Así

como la obligación del Estado de garantizar su respeto y la responsabilidad de remediar para quien

provoque daño y/o deterioro ambiental. También se reconoce el derecho de toda persona al acceso,

disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre,

aceptable y asequible. A tales fines, el Estado debe garantizar estos derechos y establecer legalmente

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las bases, apoyos y modalidades para el acceso, uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos,

así como para la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de

la ciudadanía en la gestión del agua.

En lo relativo al desarrollo nacional, el artículo 25 de la misma CPEUM establece que corresponde al

Estado la rectoría del mismo para garantizar que sea integral y sustentable. Por lo que el Estado

planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional y llevará al cabo la

regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de las libertades

que otorga la propia Constitución. En consecuencia, concurrirán al desarrollo económico nacional, con

responsabilidad social, los sectores público, social y privado, sin menoscabo de otras formas de

actividad económica que contribuyan al desarrollo de la Nación.

De igual forma, la ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y

proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo

económico nacional, promoviendo la competitividad e implementando una política nacional para el

desarrollo industrial sustentable que incluya vertientes sectoriales y regionales, en los términos que

establece la propia Constitución.

A tales fines, el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que

imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para

la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación (artículo 26).

Por lo que hace a las materias concurrentes, es decir, aquellas que competen a la Federación,

estados y municipios, tenemos que en referencia a la salubridad, el artículo 4º de la CPEUM dispone:

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el

acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades

federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73

de esta Constitución”, la cual faculta al Congreso dela Unión para, dictar leyes, entre otras, sobre

salubridad general de la República.

En cuanto a la protección ambiental, el artículo 73, fracción XXIX, inciso G de la CPEUM faculta al

Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los

gobiernos de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia

de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico.

Respecto a los asentamientos humanos, el artículo 27, párrafo tercero de la misma Constitución

federal, refiere que:

La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las

modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el

aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer

una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo

equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y

urbana. En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos

humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y

bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación,

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mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio

ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en los términos de la ley

reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el

desarrollo de la pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de

la silvicultura y de las demás actividades económicas en el medio rural, y para evitar la

destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio

de la sociedad.

Con objeto de cumplir con dichos fines, el artículo 73, fracción XXIX, inciso C de la CPEUM faculta al

Congreso dela Unión para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de

las entidades federativas, de los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la

Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos

humanos.

Respecto a la regulación sobre protección civil, el artículo 73, fracción XXIX, inciso I de la

Constitución federal también faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las

bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las

demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias,

coordinarán sus acciones en materia de protección civil.

Y, en materia de turismo, el Congreso de la Unión está facultado para expedir leyes en materia de

turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la

Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la

Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como la participación de los

sectores social y privado (artículo 73, fracción XXIX, inciso K, CPEUM).

De especial relevancia es el artículo 115, ya que dispone que los estados adoptarán, para su

régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo

como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre. A su

vez, cada municipio será gobernado por un ayuntamiento (fracción I); el cual tendrá facultades para

(fracción II): aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas

de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones

administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la

administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de

su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Además, los municipios tendrán a su cargo, entre otros (fracción III), las funciones y servicios

públicos en materia de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas

residuales; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; calles, parques y

jardines y su equipamiento, y los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones

territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera. Sin

perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los

servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

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De conformidad con la fracción V del mismo artículo 115, los municipios, en los términos de las leyes

federales y estatales relativas, estarán facultados para: a) Formular, aprobar y administrar la zonificación

y planes de desarrollo urbano municipal; b) Participar en la creación y administración de sus reservas

territoriales; c) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional, los cuales deberán estar en

concordancia con los planes generales de la materia. Cuando la Federación o los Estados elaboren

proyectos de desarrollo regional deberán asegurar la participación de los municipios; d) Autorizar,

controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones

territoriales; e) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; f) Otorgar licencias y

permisos para construcciones; g) Participar en la creación y administración de zonas de reservas

ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia; h) Intervenir

en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten

su ámbito territorial; e i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.

Como se advierte, muchas de las atribuciones municipales se relacionan acciones de protección y

preservación del medio ambiente; así como de adaptación al cambio climático, tales como: los servicios

de provisión de agua y saneamiento; la elaboración de los ordenamientos ecológicos y de los planes de

desarrollo urbano, así como las decisiones relativas al uso de suelo; lo cual exige la coordinación y

armonización entre los instrumentos que pueden tener efectos contrapuestos en un mismo territorio y la

introducción de criterios de adaptación al cambio climático en los mismos.

Es importante señalar que a efecto de reglamentar estos mandatos constitucionales se han

promulgado diversas leyes sectoriales a nivel federal que se relacionan con acciones en materia de

cambio climático, a saber: Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Planeación, Ley

General de Asentamientos Humanos, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente,

Ley de Desarrollo Rural Sustentable, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley de Vivienda,

Ley General de Bienes Nacionales, Ley de Aguas Nacionales, Ley General de Turismo, Ley General de

Protección Civil y Ley General de Cambio Climático. Además de ello, existen diversos tratados

internacionales que, de conformidad con el artículo 133 constitucional, una vez reunidos los requisitos

formales, son parte de la Ley suprema de la Unión.

No obstante este amplio marco normativo, en el apartado relativo a los análisis FODA de este

estudio, referimos las disposiciones normativas y de política pública que guardan una relación estrecha

con las acciones de adaptación y gestión integral de riesgos ante el cambio climático que son facultad

de los municipios.

4. Acuerdos internacionales

En el contexto de las responsabilidades comunes pero diferenciadas se adoptó en la Conferencia de

Río de 1992 la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), a

partir de la cual se establecen las bases de un marco jurídico e institucional relacionado con el cambio

climático a escala global que permite su desarrollo en los ámbitos nacionales, estatales y municipales de

los Estados que han ratificado este instrumento.

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El artículo 2º de esta Convención establece como uno de los compromisos de las Partes firmantes:

Cooperar en los preparativos para la adaptación a los impactos del cambio climático; desarrollar y

elaborar planes apropiados e integrados para, entre otras, la ordenación de los recursos hídricos y la

agricultura, y para la protección y rehabilitación de las zonas afectadas por la sequía y la desertificación,

así como por las inundaciones.

De acuerdo con estudios recientes, muchos gobiernos y empresas de turismo se enfocan en la

reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en concordancia con las reducciones

requeridas en otros sectores. No obstante, la transformación hacia un sector turístico bajo en carbono

requiere inversiones en tecnología, un enfoque empresarial direccionado a la reducción de GEI, así

como cambios conductuales por parte de los turistas (OECD-UNEP, 2013).

Así, a efecto de trabajar en torno a las medidas de adaptación, desde la CMNUCC se ha impulsado

el Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las

Repercusiones del Cambio Climático, que incluye actividades para todas las áreas de trabajo

relacionadas con la gestión integral de riesgos, a efecto de reducir daños económicos, la migración y el

desplazamiento, la coordinación y el trabajo con el sistema humanitario y los instrumentos financieros.

Este esfuerzo incluye la Esfera de acción 7, que consiste en: Impulsar la gestión integral del riesgo,

difundiendo información sobre las herramientas y los instrumentos financieros que abordan los riesgos

de pérdidas y daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, a fin de facilitar la

financiación en los casos de pérdidas y daños de conformidad con las políticas de cada región y país en

desarrollo, teniendo en cuenta los esfuerzos nacionales necesarios para establecer entornos propicios.

Esas herramientas e instrumentos financieros pueden comprender: la capacidad de gestión integral del

riesgo, con mancomunación y transferencia de riesgos; los seguros contra riesgos de catástrofes; la

financiación para contingencias; los bonos climáticos y su certificación; los bonos para catástrofes; y los

enfoques de financiación para aumentar la resiliencia del desarrollo al clima, entre otros enfoques

innovadores (Naciones Unidas, 2014).

Además existen fondos climáticos internacionales (Programa Piloto sobre la Capacidad de

Adaptación al Cambio Climático (PPCR); Fondo para Países Menos Adelantados (FPMA); Programa de

Adaptación para la Agricultura en Pequeña Escala (ASAP); Fondo Especial sobre el Cambio Climático

(FECC) y el Fondo para la Adaptación (FA) brindan apoyo a los países para llevar a cabo acciones de

mitigación y adaptación (Nakhooda y Norman, 2014). Entre el período de 2009 a 2014, México se había

beneficiado de estos fondos por 2.660 millones de dólares (Transparencia Mexicana, 2014). A nivel

nacional existe el Fondo para el Cambio Climático, creado a partir de la Ley General de Cambio

Climático, con el objeto de captar y canalizar recursos financieros públicos, privados, nacionales e

internacionales para apoyar la implementación de acciones para enfrentar el cambio climático (artículo

80, LGCC).

Por otro lado, el Acuerdo de París, adoptado en la 21ª Conferencia de las Partes de la CMNUCC, los

Estados miembros reconocieron que la necesidad actual de adaptación es considerable, que un

incremento de los niveles de mitigación puede reducir la necesidad de esfuerzos adicionales de

adaptación, y que un aumento de las necesidades de adaptación puede entrañar mayores costos de

adaptación. En consecuencia, mediante el artículo 8, las Partes reconocen la importancia de evitar,

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reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio

climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y la contribución del desarrollo sostenible a

la reducción del riesgo de pérdidas y daños. Para lo cual son necesarios: a) Los sistemas de alerta

temprana; b) La preparación para situaciones de emergencia; c) La evaluación y gestión integral del

riesgo; d) Los servicios de seguros de riesgos, la mancomunación del riesgo climático y otras soluciones

en el ámbito de los seguros y, entre otros, e) La resiliencia de las comunidades, los medios de vida y los

ecosistemas (Naciones Unidas, 2015a).

5. Planeación nacional

La planeación, entendida como la ordenación racional y sistemática de acciones que tiene como

propósito la transformación de la realidad nacional, deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz

desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá

tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos

en la CPEUM (artículos 2 y 3, Ley de Planeación).

En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) precisará los objetivos nacionales, estrategias

y prioridades del desarrollo integral y sustentable del país; contendrá previsiones sobre los recursos que

serán asignados a tales fines; determinará los instrumentos y responsables de su ejecución y

establecerá los lineamientos de política de carácter global, sectorial y regional, por lo que sus

previsiones se refieren al conjunto de la actividad económica, social y cultural, tomando siempre en

cuenta las variables ambientales que se relacionen con aquéllas, y regirá el contenido de los programas

que se generen en el sistema nacional de planeación democrática (artículo 21, Ley de Planeación).

Por lo que el PND 2013-2018 plantea la ruta que el Gobierno de la República se ha trazado para

lograr que México alcance su máximo potencial. A tales fines, se establecen cinco metas nacionales: I.

México en Paz; II México Incluyente, III. México con Educación de Calidad, IV México Próspero y, V.

México con Responsabilidad Global. Asimismo, se presentan Estrategias Transversales para: i.

Democratizar la Productividad: ii. Alcanzar un Gobierno Cercano y Moderno, y iii. Tener una Perspectiva

de Género. Por lo que hace al desarrollo del turismo y la gestión integral de riesgos son aspectos

abordados en las metas: “IV. México Próspero” y “V. México con Responsabilidad Global”.

Este PND reconoce que los efectos del cambio climático, los asentamientos humanos en zonas de

riesgo y el incorrecto ordenamiento territorial representan un riesgo que amenaza la integridad física, el

bienestar, el desarrollo y el patrimonio de la población; así como los bienes públicos. De manera que la

protección civil debe privilegiar las acciones preventivas ante desastres, para lo cual debe ser incluyente

y utilizar soluciones de innovación científica, eficacia tecnológica, organización y capacidad para

enfrentar los retos presentes y futuros en este ámbito. Estas acciones incluyen el aseguramiento

financiero ante desastres (Gobierno de la República, 2013).

En el marco de la Meta IV: “México Próspero”, el PND cuenta con el Objetivo 4.4. Impulsar y orientar

un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo

que genere riqueza, competitividad y empleo. Al respecto, la Estrategia 4.4.1. Implementar una política

integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad,

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propone diversas líneas de acción, destacándose: Alinear y coordinar programas federales, e inducir a

los estatales y municipales para facilitar un crecimiento verde incluyente con un enfoque transversal;

establecer una política fiscal que fomente la rentabilidad y competitividad ambiental de nuestros

productos y servicios; impulsar la planeación integral del territorio, considerando el ordenamiento

ecológico y el ordenamiento territorial para lograr un desarrollo regional y urbano sustentable; orientar y

fortalecer los sistemas de información para monitorear y evaluar el desempeño de la política ambiental, y

colaborar con organizaciones de la sociedad civil en materia de ordenamiento ecológico, desarrollo

económico y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.

En relación con la Estrategia 4.4.2. Implementar un manejo sustentable del agua, haciendo posible

que todos los mexicanos tengan acceso a ese recurso, se cuenta con las siguientes líneas de acción:

Asegurar agua suficiente y de calidad adecuada para garantizar el consumo humano y la seguridad

alimentaria; ordenar el uso y aprovechamiento del agua en cuencas y acuíferos afectados por déficit y

sobreexplotación, propiciando la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; incrementar la cobertura y

mejorar la calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento; sanear las aguas

residuales con un enfoque integral de cuenca; reducir los riesgos de fenómenos meteorológicos e

hidrometeorológicos por inundaciones y atender sus efectos y, entre otras, rehabilitar y ampliar la

infraestructura hidroagrícola.

De manera puntual, la Estrategia 4.4.3. Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado

al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo

carbono, desarrolla varias líneas de acción vinculadas con este estudio, a saber: Ampliar la cobertura de

infraestructura y programas ambientales que protejan la salud pública y garanticen la conservación de

los ecosistemas y recursos naturales; acelerar el tránsito hacia un desarrollo bajo en carbono en los

sectores productivos, así como en los servicios urbanos, turísticos y de transporte; lograr un manejo

integral de residuos sólidos, de manejo especial y peligrosos; lograr el ordenamiento ecológico del

territorio en las regiones y circunscripciones políticas prioritarias y estratégicas, en especial en las zonas

de mayor vulnerabilidad climática; contribuir a mejorar la calidad del aire, y reducir emisiones de

compuestos de efecto invernadero mediante combustibles más eficientes, programas de movilidad

sustentable y la eliminación de los apoyos ineficientes a los usuarios de los combustibles fósiles..

Dado el impacto directo del turismo en el desarrollo económico del país, aquél se ubica en la meta

nacional “México Próspero”, cuyo Objetivo 4.11 consiste en aprovechar el potencial turístico de México

para generar una mayor derrama económica en el país. A tales fines, se presentan diversas acciones, a

continuación destacamos aquellas que se relacionan con los esfuerzos de adaptación al cambio

climático y la gestión integral de riesgos del sector turismo:

Estrategia 4.11.1. Impulsar el ordenamiento y la transformación del sector turístico, cuyas líneas de

acción son: Actualizar el marco normativo e institucional del sector turístico; promover la concurrencia de

las acciones gubernamentales de las entidades federativas en materia de turismo, con las del Gobierno

Federal y, entre otras, alinear la política turística de las entidades federativas a la Política Nacional

Turística.

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En cuanto a la oferta y competitividad del sector, la Estrategia 4.11.2. Impulsar la innovación de la

oferta y elevar la competitividad del sector turístico, cuenta con las siguientes líneas de acción:

Fortalecer la investigación y generación del conocimiento turístico; fortalecer la infraestructura y la

calidad de los servicios y los productos turísticos; diversificar e innovar la oferta de productos y

consolidar destinos; posicionar adicionalmente a México como un destino atractivo en segmentos poco

desarrollados, como el turismo cultural, ecoturismo y de aventura, salud, deportes, de lujo, de negocios y

reuniones, cruceros, religioso, entre otros; concretar un Sistema Nacional de Certificación para asegurar

la calidad; desarrollar agendas de competitividad por destinos y, entre otras, fomentar la colaboración y

coordinación con el sector privado, gobiernos locales y prestadores de servicios.

También es importante la Estrategia 4.11.3. Fomentar un mayor flujo de inversiones y financiamiento

en el sector turismo y la promoción eficaz de los destinos turísticos, la cual plantea las siguientes líneas

de acción: Fomentar y promover esquemas de financiamiento al sector con la Banca de Desarrollo;

incentivar las inversiones turísticas de las micro, pequeñas y medianas empresas; promover en todas las

dependencias gubernamentales de los tres órdenes de gobierno los esquemas de simplificación y

agilización de trámites para la inversión y, entre otras, elaborar un plan de conservación, consolidación y

replanteamiento de los Centros Integralmente Planeados, así como la potenciación de las reservas

territoriales con potencial turístico en manos del Estado.

Sin duda, uno de los esfuerzos más relevantes es la Estrategia 4.11.4. Impulsar la sustentabilidad y

que los ingresos generados por el turismo sean fuente de bienestar social; destacándose las siguientes

líneas de acción: Crear instrumentos para que el turismo sea una industria limpia, consolidando el

modelo turístico basado en criterios de sustentabilidad social, económica y ambiental; impulsar el

cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y natural del país; convertir al turismo en fuente

de bienestar social y, promover el ordenamiento territorial, así como la seguridad integral y protección

civil.

Además, la Meta V: “México con Responsabilidad Global”, desarrolla el Objetivo 1.6. Salvaguardar a

la población, a sus bienes y a su entorno ante un desastre de origen natural, cuya Estrategia 1.6.1.

Política estratégica para la prevención de desastres, cuenta con algunas líneas de acción relacionadas

con este estudio, a saber: Promover y consolidar la elaboración de un Atlas de Riesgos a nivel federal,

estatal y municipal, asegurando su homogeneidad; impulsar la gestión integral de riesgos como una

política integral en los tres órdenes de gobierno, con la participación de los sectores privado y social;

fomentar la cultura de protección civil y la autoprotección y, fortalecer los instrumentos financieros de

gestión del riesgo. De forma complementaria, la Estrategia 1.6.2. Gestión de emergencias y atención

eficaz de desastres plantea como parte de sus líneas de acción: coordinar los esfuerzos de los

gobiernos federal, estatal y municipal en el caso de emergencias y desastres naturales.

6. Legislación estatal

En el marco del régimen federal ya referido, la Federación surge de la voluntad de varios Estados de

unirse, por lo que el artículo 40 de la CPUEM precisa que la República Mexicana se integra por Estados

libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación

establecida según los principios de esta ley fundamental.

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De manera que los Estados están facultados para darse su propia constitución conforme a los

principios establecidos en la CPEUM; elegir o nombrar a sus órganos de gobierno; expedir leyes de su

competencia (de acuerdo con el artículo 124 constitucional, todo lo que no está expresamente reservado

a la Federación y no es competencia municipal, es competencia estatal); así como para aplicar y

ejecutar su propia legislación y dirimir los conflictos jurídicos de su competencia mediante sus órganos

judiciales.

Por lo que referimos algunos instrumentos jurídicos fundamentales del Estado de los que derivan

atribuciones municipales relativas a las áreas de este estudio, para luego dar paso al análisis de las

leyes generales sobre protección ambiental, cambio climático, asentamientos humanos y protección civil

que son concurrentes, por lo que involucran la participación de la federación, los estados y los

municipios en el cumplimiento de sus objetivos.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León (CPELSNL) fue publicada en el

Periódico Oficial del Estado el 16 de diciembre de 1917; en ella se reconoce que los derechos humanos

son fundamentales para la base y el objeto de las instituciones sociales (artículo 1°, CPELSNL), en este

sentido, los habitantes de Nuevo León tienen el derecho a disfrutar de un ambiente sano para el

desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. Los Poderes del Estado, en forma

coordinada con la ciudadanía, velarán por la conservación de los recursos naturales, así como su

aprovechamiento sustentable; para proteger y mejorar la calidad de vida, tanto como defender y

restaurar el medio ambiente, en forma solidaria en el logro de estos objetivos de orden superior (artículo

3°, CPELSNL).

Además, se reconoce al Municipio Libre como la base de la división territorial y de la organización

política y administrativa del Estado. Los Municipios que integran el Estado son independientes entre sí,

cada uno de ellos será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, la competencia que

otorga esta Constitución al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no

habrá autoridad intermedia alguna entre éste y los Poderes del Estado (artículo 118, CPELSNL).

Los Ayuntamientos quedan facultados para aprobar bandos de policía y gobierno, reglamentos,

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivos territorios,

que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y

servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal (artículo 130,

CPELSNL). El Gobierno del Estado y los municipios podrán celebrar dentro de su ámbito de

competencia, convenios con la Federación, y entre sí, para fortalecer la planeación de los programas de

gobierno, coordinar éstos en la ejecución de obras, prestación de servicios y en general, de cualquier

otro propósito de beneficio colectivo (artículo 30, CPELSNL).

Los Municipios del Estado deberán formular, aprobar y administrar los Planes y Programas

Municipales de Desarrollo Urbano, de centros de población y los demás derivados de los mismos en los

términos de la Ley; así como, participar en la planeación y regulación de las zonas de conurbación y de

las zonas metropolitanas, conjunta y coordinadamente con el Ejecutivo y demás Municipios

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comprendidos dentro de las mismas, conforme a la legislación correspondiente. Los Planes y Programas

deberán establecer la prohibición de usos de suelo y uso de edificación para casinos, centros de

apuestas, salas de sorteos, casas de juego y similares (artículo 23, CPELSNL).

Asimismo, los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán

facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal.

Los Planes de Desarrollo Urbano Municipal deberán establecer la prohibición de usos de suelo y uso de

edificación para casinos, centros de apuestas, salas de sorteos, casas de juego y similares (artículo 132,

fracción II, inciso a) CPELSNL).

Ley Estatal de Planeación

La Ley Estatal de Planeación (LEP) fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 27 de julio de

2004, sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer normas y

principios básicos para la planeación democrática del desarrollo sustentable, bases de integración y

funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación, entre otros (artículo 1°, fracciones I y II, LEP).

En este sentido, el ejecutivo del Estado podrá celebrar convenios con la Federación y los Gobiernos

Municipales, para apoyarse recíprocamente y coadyuvar en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones;

así como coordinarse con los Gobiernos de otros Estados para ejecutar acciones de desarrollo regional

y en la colaboración en proyectos estratégicos de impacto regional (artículo 29, LEP).

Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León

La Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León (LOAPMENL),

fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 28 de enero de 1998 a efecto de regular el ejercicio de

las atribuciones y deberes que corresponden a los Municipios del Estado y establece las bases para la

integración, organización y funcionamiento de los Ayuntamientos y de la Administración Pública

Municipal (artículo 1°, LOAPMENL).

El municipio se establece como la base de la división territorial y de la organización política y

administrativa del Estado de Nuevo León (artículo 2°, LOAPMENL). Entre las atribuciones y

responsabilidades de los ayuntamientos de los municipios se encuentra el realizar sus políticas y

programas de gobierno, en coordinación con otras entidades de los gobiernos estatal y federal y de la

sociedad civil, entre ellas el Plan Municipal de Desarrollo; elaborar, aprobar y actualizar los Reglamentos

Municipales necesarios para el mejor funcionamiento del Ayuntamiento en beneficio general (artículos

26, inciso a), fracciones II y IV, inciso b), fracción I, 161, LOAPMENL).

Los planes municipales de desarrollo de los Municipios del Estado de Nuevo León deben elaborarse,

aprobarse y publicarse dentro de un período de tres meses contados a partir de la fecha de instalación

de los Ayuntamientos (artículo 109, LOAPMENL) y precisarán los objetivos, estrategias y prioridades del

desarrollo municipal; contendrán prevenciones sobre los recursos que serán asignados a tales fines y

establecerá los instrumentos, unidades administrativas y responsables de su ejecución (artículo 110,

LOAPMENL). Además los ayuntamientos podrán convenir con el Ejecutivo Federal, con el Ejecutivo del

Estado, o con otros Ayuntamientos, la coordinación que se requiera a fin de participar en la planeación

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del desarrollo, coadyuvando en el ámbito de sus respectivas competencias a la consecución de objetivos

comunes (artículo 119, LOAPMENL).

7. Política ambiental

Las bases normativas para la protección y preservación ambiental están en la CPEUM, ya que,

como vimos, su artículo 73, fracción XXIX-G dispone que el Congreso está facultado para expedir leyes

que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los

municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente y de

preservación y restauración del equilibrio ecológico.

De forma complementaria, el artículo 115 de la misma CPEUM instrumento refiere las atribuciones

municipales, muchas de las cuales se relacionan de con la protección y preservación del medio

ambiente y con acciones de adaptación al cambio climático, tales como: los servicios de provisión de

agua y saneamiento, la elaboración de los ordenamientos ecológicos y de los planes de desarrollo

urbano, así como las decisiones relativas al uso de suelo; lo cual exige la coordinación y armonización

entre los instrumentos que pueden tener efectos contrapuestos en un mismo territorio y la introducción

de criterios de adaptación al cambio climático en los mismos.

A partir de este marco constitucional, estados y municipios trabajan en la elaboración e

instrumentación de acciones diversas en materia de adaptación y mitigación ante el cambio climático,

como el decreto de su ley estatal, su estrategia en materia de cambio climático y la instalación de su

comisión intersecretarial, mismos que referimos en este estudio.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

La ley ambiental marco en México es la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al

Ambiente (LGEEPA), que refiere en su artículo 2, fracción V, que se considera de utilidad pública: “La

formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático”, y en su artículo 5,

fracción XXI establece como facultad de la federación: “La formulación y ejecución de acciones de

mitigación y adaptación al cambio climático”.

Entre las facultades de los municipios, de conformidad con su artículo 8º, están la creación y

administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos,

jardines públicos y demás áreas análogas previstas por la legislación local; así como la preservación y

restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación

con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto,

panteones, rastros, tránsito y transporte locales.

A su vez, el artículo 41 de la LGEEPA establece que en el Gobierno Federal, las entidades

federativas y los municipios fomentarán investigaciones científicas y promoverán programas para el

desarrollo de técnicas y procedimientos que permitan prevenir, controlar y abatir la contaminación,

propiciar el aprovechamiento racional de los recursos y proteger los ecosistemas, determinar la

vulnerabilidad, así como las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático.

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Ley Ambiental del Estado de Nuevo León

La Ley Ambiental del Estado de Nuevo León (LAENL) fue promulgada y publicada en el Periódico

Oficial del Estado el 15 de julio de 2005, con el objetivo de establecer las bases para: I. Propiciar el

derecho a disfrutar de un ambiente adecuado para el desarrollo, salud y bienestar de la población; II.

Definir los principios, criterios e instrumentos de la política ambiental en el Estado; III. Ejercer las

atribuciones que en materia ambiental correspondan al Estado y Municipios, de conformidad con lo

previsto en el artículo 73 fracción XXIX- G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

y en los artículos 7 y 8 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; IV.

Establecer y administrar las áreas naturales protegidas, así como la coordinación del Sistema Estatal de

Áreas Naturales Protegidas; V. Evaluar el impacto ambiental de las obras o actividades que no sean

competencia de la Federación; VI. Garantizar la participación corresponsable de las personas físicas y

morales, en forma individual o colectiva, en la preservación del equilibrio ecológico y la protección al

ambiente; VII. Promover, organizar y conservar el patrimonio ecológico de la entidad, integrado por las

áreas naturales protegidas previstas en ésta Ley, para consolidarlo como espacio de convivencia social,

objeto de investigación científica y promoción del desarrollo sustentable; VIII. Prevenir, controlar y

mitigar la contaminación del aire, agua, y suelo en el territorio del Estado, en las materias que no sean

competencia de la Federación; IX. Fijar las medidas de control y de seguridad para garantizar el

cumplimiento y aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la

imposición de las sanciones administrativas que correspondan; X. Establecer los mecanismos de

coordinación, inducción y concertación entre las autoridades y los sectores social y privado en materia

ambiental; y XI. Establecer los mecanismos y procesos para garantizar que las diversas dependencias y

organismos del Gobierno Estatal y municipales en la entidad contribuyan en la preservación del

equilibrio ecológico y la protección al ambiente (artículo 1°, LAENL).

A sí mismo, la LAENL distribuye las competencias en materia ambiental entre las autoridades

estatales que son el Estado de Nuevo León a través del Ejecutivo del Estado y su Secretaría; y los

Municipios, éstos a través de los Ayuntamientos, los presidentes municipales, y las dependencias o

unidades administrativas que designen para llevar a cabo las facultades encomendadas por la LAENL

(artículo 6°, LAENL).

Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey

El Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey (RPAIUM) fue promulgado

en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el 5 de noviembre de 2014, con el objeto de facilitar y

crear las condiciones para la implementación de la política de gestión ambiental municipal, mediante la

instrumentación de la protección, conservación y restauración de los ecosistemas en el municipio, así

como prevenir y controlar los procesos de deterioro ambiental (artículo 2°, RPAIUM).

Las facultades contenidas en el Reglamento corresponden para su aplicación, como se indica en la

LAENL, al Ayuntamiento, al Presidente Municipal, así como a los siguientes funcionarios públicos:

Secretario de Desarrollo Urbano y Ecología, al Secretario de Seguridad Pública y Vialidad, al Secretario

de Servicios Públicos, a un Tesorero, así como a inspectores adscritos a la Secretaría de Desarrollo

Urbano y Ecología, y a oficiales de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad (artículo 6°, RPAIUM).

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En conjunto, las autoridades mencionadas ejercen facultades relacionadas al ordenamiento

ecológico, a la planeación ambiental, de manifestaciones de impacto ambiental, protección de Áreas

Naturales Protegidas, de prevención y control de contaminación atmosférica, de agua, de suelo, entre

otras.

Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018

El diagnóstico del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018

establece que el cambio climático podría, según las proyecciones más recientes del Panel

Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC),14 incrementar la temperatura en el país entre 0.5 y 1.5º

C en el periodo 2016-2035; en el caso de la precipitación de la época lluviosa, podría reducirse hasta en

8 milímetros diarios para finales del presente siglo. Estos cambios, podrían reducir los rendimientos de

las cosechas en algunas otras regiones, producir olas de calor más frecuentes e intensas y ocasionar

daños por inundaciones a causa de eventos hidrometeorológicos extremos. La infraestructura que

podría resultar afectada en los municipios más vulnerables al cambio climático por inundaciones y

deslaves abarca servicios de salud, comercios, educación, energía, vías de comunicación y turismo

(SEMARNAT, 2013b).

Y agrega, que la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad no podrán alcanzarse con la

implementación de políticas y programas tan sólo en el sector ambiental, debido a que las mayores

presiones sobre los ecosistemas y los recursos naturales provienen de las actividades que realizan otros

sectores como el turístico, agropecuario y energético, principalmente, por lo que es indispensable la

incorporación del componente de sustentabilidad ambiental en los programas de dichos sectores.

De manera que, mediante el Objetivo 1. Promover y facilitar el crecimiento sostenido y sustentable

de bajo carbono con equidad y socialmente incluyente, la SEMARNAT queda obligada a la promoción,

regulación y apoyo del mejor desempeño ambiental del sector productivo; buscando que el incremento

en la productividad y el crecimiento económico estén vinculados con “una menor emisión de GEI, una

menor degradación ambiental, una mayor contribución del valor de los bienes ambientales en el

Producto Interno Bruto (PIB) y la creación de empleos verdes formales, beneficiando particularmente a

grupos de población que habitan en regiones vulnerables y/o de alta y muy alta marginación”

(SEMARNAT, 2013b).

Por otro lado, el Objetivo 2 de este Programa se refiere a “incrementar la resiliencia a efectos del

cambio climático y disminuir las emisiones de compuestos y gases de efecto invernadero”. Para ello, la

Estrategia 2.1 orientada a incrementar la resiliencia ecosistémica y disminuir la vulnerabilidad de la

población, infraestructura y servicios al cambio climático, desarrolla las siguientes líneas de acción:

Promover la incorporación de criterios de cambio climático en los programas de ordenamiento ecológico

y otros instrumentos de planeación territorial; promover el fortalecimiento e inclusión de criterios de

adaptación en infraestructura estratégica en sectores industriales y servicios, como el turismo; promover

la creación de unidades de manejo para la vida silvestre en municipios vulnerables a los efectos de

14 Por sus siglas en inglés: Intergovernmental Panel on Climate Change.

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cambio climático y, entre otras, fortalecer la gestión integral de riesgos para atender las contingencias

ambientales en áreas naturales protegidas ocasionadas por el cambio climático (SEMARNAT, 2013b).

Por último, el Objetivo 4. Recuperar la funcionalidad de cuencas y paisajes a través de la

conservación, restauración y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural, cuenta con la

Estrategia 4.3, relativa a fomentar el aprovechamiento sustentable del patrimonio natural en regiones

prioritarias para la conservación y/o con habitantes en marginación y pobreza, cuya línea de acción 4.3.8

se propone impulsar actividades de turismo de naturaleza como apoyo a la conservación de la

biodiversidad y a la economía de las comunidades en áreas naturales protegidas (SEMARNAT, 2013b).

Ordenamiento Ecológico del Territorio

La elaboración de programas de ordenamiento ecológico territorial en México ha transitado por

diferentes etapas y enfoques conceptuales a nivel institucional dentro del gobierno federal (Rosete,

2006). Se trata de un instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y

las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el

aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de

deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos; por ello esta ley lo considera un

instrumento básico a incorporar en la planeación nacional del desarrollo (artículo 3º, fracción XXIV,

LGEEPA).

Las autoridades municipales están facultadas para formular y expedir los programas de

ordenamiento ecológico local del territorio (POEL), así como para llevar a cabo el control y la vigilancia

del uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas (artículo 8º, LGEEPA). La

expedición de estos instrumentos involucra la base para el diseño e instrumentación de políticas y

acciones para enfrentar al cambio climático (artículo 9º, LGCC), además contribuye a la protección de

las zonas críticas y crea certeza para el desarrollo de las actividades sectoriales, como el turismo,

además de elevar la competitividad.

Estos programas de ordenamiento ecológico local tienen por objeto: I. Determinar las distintas áreas

ecológicas que se localicen en la zona o región de que se trate, describiendo sus atributos físicos,

bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus condiciones ambientales, y de las

tecnologías utilizadas por los habitantes del área de que se trate; II. Regular, fuera de los centros de

población, los usos del suelo con el propósito de proteger el ambiente y preservar, restaurar y

aprovechar de manera sustentable los recursos naturales respectivos, fundamentalmente en la

realización de actividades productivas y la localización de asentamientos humanos, y III. Establecer los

criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento

sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que sean considerados

en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes (artículo 20 Bis 4, LGEEPA).

Otro aspecto relevante es la consideración de criterios determinados en la formulación del

ordenamiento ecológico (artículo 19, LGEEPA), a saber: I. La naturaleza y características de los

ecosistemas existentes; II. La vocación de cada zona o región, en función de sus recursos naturales, la

distribución de la población y las actividades económicas predominantes; III. Los desequilibrios

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existentes en los ecosistemas por efecto de los asentamientos humanos, de las actividades económicas

o de otras actividades humanas o fenómenos naturales; IV. El equilibrio que debe existir entre los

asentamientos humanos y sus condiciones ambientales y, entre otras, V. El impacto ambiental de

nuevos asentamientos humanos, vías de comunicación y demás obras o actividades.

Cabe enfatizar que la SEMARNAT proporciona apoyo técnico a los municipios para la formulación y

ejecución de los programas de ordenamiento ecológico de su competencia, mediante la realización de

acciones concretas, tales como el análisis de la conveniencia de instrumentar un programa de

ordenamiento ecológico conforme al planteamiento que presenten los gobiernos interesados; la

identificación y propuesta de los instrumentos de política ambiental adecuados para el aprovechamiento

sustentable de los recursos naturales, el mantenimiento de los bienes y servicios ambientales y la

conservación de los ecosistemas y la diversidad biológica; y la formulación de programas de

capacitación técnica a través de talleres de orientación para el uso y manejo de sistemas de información

geográfica, entre otras. Lo anterior a través de la celebración de convenios de coordinación.

Por otro lado, las dependencias y entidades de la APF que ejerzan atribuciones que les confieren

otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la ley ambiental marco, ejemplo

de ello es la SECTUR, deben ajustar su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológico,

aprovechar sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente, así como acogerse a las

disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas, programas de ordenamiento ecológico y

demás normatividad derivada de esta ley (artículo 6º, LGEEPA).

Como se desprende, las autoridades locales son las encargadas de compatibilizar el ordenamiento

ecológico del territorio con la ordenación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones

correspondientes en los POEL, así como en los planes o programas de desarrollo urbano que resulten

aplicables. De ahí la relación estrecha entre los instrumentos de planeación territorial de los

asentamientos humanos, los de ordenación ecológica y las acciones de adaptación al cambio climático.

8. Política climática

Desde 1992, como resultado de la adopción de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre

el Cambio Climático y su Protocolo de Kioto, México ha desplegado una serie de esfuerzos en las

diversas dependencias de la Administración Pública Federal; así como arreglos institucionales en los

tres niveles de gobierno para hacer frente al reto del cambio climático.

Como coadyuvante en el logro de los objetivos climáticos participa el Instituto Nacional de Ecología y

Cambio Climático (INECC), antes Instituto Nacional de Ecología, como un organismo público

descentralizado sectorizado a la SEMARNAT, entre cuyos objetivos se encuentra el evaluar el

cumplimiento de los objetivos de adaptación y mitigación previstos en la Ley General de Cambio

Climático (LGCC), las metas y acciones contenidas en la ENCC, el PECC y los programas de las

entidades federativas; así como emitir recomendaciones sobre las políticas y acciones de mitigación o

adaptación al cambio climático, y evaluar las acciones que en la materia realizan las dependencias de la

APF, las entidades federativas y los municipios.

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Así, en concordancia con la política nacional de cambio climático, establecida en la LGCC, la

Estrategia Nacional (ENCC) y el Programa Especial de Cambio Climático (PECC), los Estados tienen

entre sus atribuciones: “formular, conducir y evaluar la política en materia de cambio climático” en el

ámbito de sus respectivas competencias.

En particular, las obligaciones específicas de los Estados tienen que ver con la planeación,

instrumentación, gestión, evaluación y vigilancia del cumplimiento de la política nacional de cambio

climático. En consecuencia, su actuación en cuanto a la implementación de acciones de adaptación y

mitigación son fundamentales para lograr los objetivos a escala nacional. Por lo que una ley estatal de

cambio climático se erige en el marco para crear las bases institucionales, económicas, de información,

planeación, evaluación y vigilancia necesarias para la efectiva implementación de la política climática

estatal, lo que a su vez, permite el establecimiento del aparato institucional que puede gestionar

recursos económicos para el cumplimiento de sus objetivos, tanto a escala nacional como internacional.

Comisión Intersecretarial de Cambio Climático

Entre las principales acciones emprendidas está la creación de la Comisión Intersecretarial de

Cambio Climático, integrada por 13 secretarías de Estado, a saber: Secretaría de Gobernación,

Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Marina, Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de

Energía, Secretaría de Economía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación, Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de Educación Pública, Secretaría

de Salud y Secretaría de Turismo. Como invitada permanente asiste la Secretaría de Desarrollo Agrario,

Territorial y Urbano.

La Comisión Intersecretarial de Cambio Climático (CICC) es el órgano responsable de la elaboración

de las cinco Comunicaciones Nacionales que se han presentado ante la CMNUCC, como una de las

obligaciones internacionales de México mediante las cuales se definen lineamientos para la construcción

de capacidades de adaptación, como un aspecto fundamental para reducir la vulnerabilidad del país e

impulsar la sustentabilidad para su desarrollo (SEMARNAT, 2010). Cabe señalar que, a su vez, las

entidades federativas están facultadas para establecer sus propias Comisiones Intersecretariales de

Cambio Climático, oficinas o dependencias encargadas de coordinar las políticas públicas en la materia;

así como de impulsar la promulgación de leyes que aborden el tema de cambio climático (SEMARNAT,

2012).

Durante el periodo comprendido entre los años 2006 y 2012 se dio un importante desarrollo

institucional que consolidó el tema de mitigación al cambio climático y empezó a explorar el relacionado

con la adaptación, el cual es incluido por vez primera en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y,

debido a la transversalidad de la adaptación, ésta fue incorporada en trece programas sectoriales de ese

periodo. Además de ello, la CICC integró el Grupo de Trabajo de Políticas de Adaptación, cuyo mandato

consiste en promover la transversalidad, articulación y colaboración en materia de adaptación al interior

del gobierno federal; por lo que es un espacio para el diseño y seguimiento de políticas públicas

(SEMARNAT, 2012) en las que participa de manera activa la SECTUR.

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Para cerrar, vale aclarar que es atribución de los municipios formular e instrumentar políticas y

acciones para enfrentar al cambio climático en materia de desarrollo urbano (artículo 9º, LGCC).

Además, entre las acciones de adaptación se consideran la determinación de la vocación natural del

suelo y la protección de zonas inundables y zonas áridas, así como la construcción y mantenimiento de

infraestructura (29, fracción VI, LGCC). Por lo que el otorgamiento de una licencia de construcción debe

ajustarse al cumplimiento de los instrumentos de planeación y prevención (atlas de riesgos,

ordenamiento territorial, ordenamiento ecológico, reglamento de protección civil), como parte de la

gestión integral de riesgos.

A partir de estos ordenamientos pueden establecerse requisitos de seguridad estructural y normas

de diseño para las construcciones que consideren las vulnerabilidades existentes y, a partir de ello,

orientarse hacia la protección de la infraestructura económica, social y ambiental.

Estrategia Nacional de Cambio Climático

En el año 2007 se publicó la primera Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), instrumento

que identifica al cambio climático como un problema de seguridad estratégica que involucra la integridad

de las personas y de sus bienes materiales y culturales; la conservación de ecosistemas y los servicios

que proveen; así como el mantenimiento y desarrollo de infraestructura (SEMARNAT, 2010).

Posteriormente, en 2013 se publica la actual ENCC, como un instrumento de planeación de mediano

y largo plazo (10, 20 y 40 años) para enfrentar los efectos del cambio climático y transitar hacia una

economía competitiva, sustentable y de bajas emisiones de carbono. Cabe destacar que la ENCC

integra en su tercer eje estratégico M3: Transitar a modelos de ciudades sustentables con sistemas de

movilidad, gestión integral de residuos y edificaciones de baja huella de carbono (SEMARNAT, 2013a).

La ENCC establece algunos ejes estratégicos para la adaptación:

• Reducir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia del sector social ante los efectos del cambio

climático. Entre cuyas líneas de acción destacan:

A1.1 Fortalecer la identificación y atención de zonas, asentamientos y grupos sociales prioritarios

para la reducción de la vulnerabilidad y el aumento de resiliencia de los asentamientos humanos en

zonas rurales, urbanas y costeras.

A1.2 Fortalecer la Gestión Integral de Riesgos de la población; incluyendo los sistemas de

comunicación, alerta temprana, planes locales de evacuación, reducción y manejo de riesgos

ocasionados por eventos hidrometeorológicos extremos.

A1.3 Incrementar los recursos destinados a la atención de desastres asegurando una mayor

proporción a la prevención.

A1.4 Fortalecer los mecanismos de atención inmediata y expedita en zonas impactadas por los

efectos del cambio climático, como parte de los planes y acciones de protección civil.

A1.5 Fortalecer la aplicación de la regulación de uso de suelo con la finalidad de disminuir hasta

eliminar asentamientos irregulares en zonas de riesgo de desastres.

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A1.6 Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a garantizar la disponibilidad en calidad y

cantidad de agua en zonas consideradas como prioritarias por su probabilidad de escasez derivada del

cambio climático con énfasis en fortalecer los servicios eco-hidrológicos proveídos por los ecosistemas.

A1.7 Garantizar la seguridad alimentaria ante las amenazas climáticas al dar preferencia a medidas

de gestión integral de la cuenca, la conservación de biodiversidad y la restauración de suelos y demás

sistemas ecológicos de soporte.

A1.8 Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la salud asociados a

efectos del cambio climático; y para ello considerar a los grupos más susceptibles y sensibles por sus

condiciones biológicas y de salud.

A1.9 Diseñar y fortalecer políticas públicas para proteger el patrimonio de la población (vivienda,

infraestructura, etcétera) ante los impactos del cambio climático.

A1.10 Incrementar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la infraestructura de

salud pública.

A1.11 Diseñar e incluir el enfoque de género en las estrategias de reducción de la vulnerabilidad

social.

A1.12 Instrumentar y fortalecer políticas públicas de educación a la población sobre manejo de

riesgos de desastres.

A1.13 Instrumentar mecanismos transparentes e incluyentes que aseguren la participación social en

el diseño e implementación de estrategias de adaptación al cambio climático, tales como consejos

comunitarios, distritales, municipales y estatales enfocados a reducir la vulnerabilidad social.

• Conservar y usar de forma sustentable los ecosistemas y mantener los servicios ambientales

que proveen. Destacándose las siguientes líneas de acción:

A3.1 Impulsar la gestión territorial integral para la reducción de la vulnerabilidad ante el cambio

climático de ecosistemas, considerando el manejo y aprovechamiento sustentable, la protección, la

conservación y la restauración; con énfasis en regiones prioritarias y cuencas hidrográficas.

A3.2 Garantizar la restauración, conectividad, aprovechamiento sustentable y conservación de los

ecosistemas como bosques, selvas, sistemas costeros, mares, ecosistemas riparios, humedales y de las

comunidades bióticas que albergan y sus servicios ambientales.

A3.7 Desarrollar programas de adaptación para mantener e incrementar la disponibilidad del agua

superficial y subterránea, con un enfoque de manejo integral de cuencas hidrográficas.

A3.9 Aumentar la superficie bajo reforestación y restauración de ecosistemas con especies nativas,

aptas para las condiciones climáticas regionales.

A3.11 Garantizar la protección ambiental de los ecosistemas ante proyectos de obra pública y

servicios industriales y productivos (mineros, textiles, cementeros, energéticos, agropecuarios, turísticos,

entre otros) mediante la incorporación de criterios de cambio climático en instrumentos de planeación,

como el impacto ambiental y el ordenamiento ecológico del territorio.

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A3.12 Desarrollar herramientas y crear esquemas de valoración económica de los servicios

ecosistémicos para coadyuvar a su conservación y desarrollo sustentable.

A3.14 Establecer y aplicar mecanismos de evaluación sobre el impacto de las medidas de

adaptación implementadas a nivel local, como medio para asegurar su efectividad ante el cambio

climático.

A3.15 Fortalecer a los organismos de vigilancia y protección ambiental, fomentar su cooperación y

coordinación, así como reforzar sus capacidades de inspección, vigilancia y ejecución.

A3.16 Fomentar la participación social y capacitación en procesos que favorezcan la adaptación de

los ecosistemas frente a los efectos del cambio climático, mediante el establecimiento de organismos

como los observatorios ciudadanos de incendios forestales, plagas, cambios fenológicos, entre otros.

Ley General de Cambio Climático

Entre los esfuerzos realizados a nivel federal en materia de cambio climático destaca la publicación,

el 6 de junio de 2012, de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), la cual establece definiciones y

distribuye competencias entre los tres órdenes de gobierno; define también los principios e instrumentos

básicos para la política de cambio climático que involucra objetivos tanto de adaptación como de

mitigación e impulsa el aparato administrativo y financiero para el avance nacional en la prevención de

riesgos. Por lo que desempeña un papel importante como instrumento articulador de las capacidades

nacionales para la adaptación.

Al ser el cambio climático una materia concurrente, la LGCC distribuye una serie de atribuciones a la

Federación, las Entidades Federativas, la Ciudad de México y los municipios.

En este sentido, corresponde a los municipios, de acuerdo con el artículo 9º, entre otras

atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático en

concordancia con la política nacional y estatal; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para

enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional,

el Programa, el Programa estatal en materia de cambio climático y con las leyes aplicables, en las

siguientes materias: a) Prestación del servicio de agua potable y saneamiento; b) Ordenamiento

ecológico local y desarrollo urbano; c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia;

d) Protección civil; e) Manejo de residuos sólidos municipales; f) Transporte público de pasajeros

eficiente y sustentable en su ámbito jurisdiccional; III. Fomentar la investigación científica y tecnológica,

el desarrollo, transferencia y despliegue de tecnologías, equipos y procesos para la mitigación y

adaptación al cambio climático; IV. Desarrollar estrategias, programas y proyectos integrales de

mitigación al cambio climático para impulsar el transporte eficiente y sustentable, público y privado; V.

Realizar campañas de educación e información, en coordinación con el gobierno estatal y federal, para

sensibilizar a la población sobre los efectos adversos del cambio climático; VI. Promover el

fortalecimiento de capacidades institucionales y sectoriales para la mitigación y adaptación; VII.

Participar en el diseño y aplicación de incentivos que promuevan acciones para el cumplimiento del

objeto de la presente ley; VIII. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en la instrumentación

de la Estrategia Nacional, el programa y el programa estatal en la materia; IX. Gestionar y administrar

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recursos para ejecutar acciones de adaptación y mitigación ante el cambio climático; X. Elaborar e

integrar, en colaboración con el INECC, la información de las categorías de Fuentes Emisoras que se

originan en su territorio, para su incorporación al Inventario Nacional de Emisiones, conforme a los

criterios e indicadores elaborados por la federación en la materia; XI. Vigilar y promover, en el ámbito de

su competencia, el cumplimiento de esta ley, sus disposiciones reglamentarias y los demás

ordenamientos que deriven de ella, y XII. Las demás que señale esta ley y las disposiciones jurídicas

aplicables. Los municipios, con acuerdo de sus ayuntamientos podrán coordinarse y/o asociarse para

una eficiente implementación de las disposiciones previstas en este artículo.

De manera que, con base en las fracciones I, II y VI precedentes y el párrafo tercero del artículo 25

de la misma LGCC que hace referencia a los municipios ejecutores de programas de mitigación o

adaptación al cambio climático, sería de gran ayuda para la gestión de riesgos asociados al cambio

climático que los municipio desarrollen e implementen Programas de Adaptación Climática.

Además, entre las acciones de adaptación se consideran la determinación de la vocación natural del

suelo y la protección de zonas inundables y zonas áridas, así como la construcción y mantenimiento de

infraestructura (artículo 29, fracción VI, LGCC). Por lo que el otorgamiento de una licencia de

construcción debiese ajustarse al cumplimiento de los instrumentos de planeación y prevención (atlas de

riesgos, ordenamiento territorial, ordenamiento ecológico, reglamento de protección civil, reglamento de

construcciones, etc.), como parte de la gestión integral de riesgos.

Aunado a lo anterior, el artículo 30 de la misma ley, mandata que los municipios deben implementar

acciones para la adaptación como sigue:

a) Elaborar y publicar los atlas de riesgo que consideren los escenarios de vulnerabilidad actual y

futura ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la población más vulnerable y a las

zonas de mayor riesgo;

b) Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de

desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y

municipios;

c) Proponer e impulsar mecanismos de recaudación y obtención de recursos, para destinarlos a la

protección y reubicación de los asentamientos humanos más vulnerables ante los efectos del cambio

climático;

d) Establecer planes de protección y contingencia ambientales en zonas de alta vulnerabilidad,

áreas naturales protegidas y corredores biológicos ante eventos meteorológicos extremos;

e) Establecer planes de protección y contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas

de desarrollo turístico sustentable;

f) Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos

actuales y futuros;

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g) Elaborar los diagnósticos de daños en los ecosistemas hídricos, sobre los volúmenes disponibles

de agua y su distribución territorial y promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes

superficiales y subterráneas de agua, y

h) Fortalecer la resistencia y resiliencia de los ecosistemas terrestres, humedales, ecosistemas

costeros y dulceacuícolas, mediante acciones para la restauración de la integridad y la conectividad

ecológicas.

Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018

El Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 (PECC) es el instrumento de planeación

climática del gobierno federal que establece: objetivos, estrategias, acciones y metas para enfrentar el

cambio climático mediante la definición de prioridades en materia de adaptación, mitigación,

investigación, así como la asignación de responsabilidades, tiempos de ejecución, coordinación de

acciones y de resultados y estimación de costos, de acuerdo con la ENCC (SEMARNAT, 2014).

De acuerdo con el escenario: aumento en temperatura entre +2.5º C a 4.5 º C; y disminución de la

precipitación entre -5 y 10%,15 el aumento del nivel del mar constituye un peligro para los sectores

residencial y de infraestructura asentados en zonas costeras. Y los sectores hídrico y agrícola podrían

verse afectados por efecto de la intrusión salina.

Es así que en relación con el sector turismo, el Objetivo 1. Reducir la vulnerabilidad de la población y

sectores productivos e incrementar su resiliencia y la resistencia de la infraestructura estratégica, cuenta

con la Estrategia 1.1. Desarrollar, consolidar y modernizar los instrumentos necesarios para la reducción

de la vulnerabilidad ante el cambio climático, entre cuyas líneas de acción sobresalen: a) Desarrollar

instrumentos regulatorios para promover la construcción y el desarrollo urbano resiliente.

La Estrategia 1.2. Instrumentar acciones para reducir los riesgos ante el cambio climático de la

población rural y urbana refiere las siguientes líneas de acción relacionadas con este estudio: a)

Fortalecer los sistemas de alerta temprana y las acciones de prevención y mitigación en caso de

emergencias por fenómenos hidrometeorológicos; b) Incrementar la cobertura de los sistemas de alerta

temprana para dar aviso oportuno a la población; c) Fortalecer la gestión integral de riesgos para

atender las contingencias ambientales en áreas naturales protegidas (ANPs) ocasionadas por el cambio

climático; d) Diseñar un sistema de alerta temprana con información epidemiológica de padecimientos

específicos relacionados con el cambio climático; e) Actualizar el marco normativo y programático del

sector salud en materia de riesgos sanitarios asociados al cambio climático; f) Establecer estrategias

que inhiban la urbanización en aquellas zonas identificadas con potencial de alto riesgo conjuntamente

con las autoridades locales y, g) Emitir recomendaciones a reglamentos de construcción con visión de

cambio climático.

Por último, la Estrategia 1.4. Fomentar acciones de adaptación en los sectores productivos, plantea

una línea de acción orientada a elaborar y difundir diagnósticos de vulnerabilidad, programas de

15 Los cambios proyectados son con respecto a los promedios de temperatura y precipitación del periodo 1961-1990.

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adaptación y sistemas de alerta temprana al cambio climático para destinos turísticos prioritarios, como

lo es este estudio relativo al municipio de Monterrey.

El Objetivo 2. Conservar, restaurar y manejar sustentablemente los ecosistemas garantizando sus

servicios ambientales para la mitigación y adaptación al cambio climático, cuenta con la Estrategia 2.1.

Promover esquemas y acciones de protección, conservación y restauración de ecosistemas terrestres,

costeros y marinos y su biodiversidad; destacándose las siguientes líneas de acción: a) Reforzar

acciones que coadyuven en la protección y conservación del medio ambiente marino; b) Elaborar

lineamientos con criterios de vulnerabilidad para otorgar concesiones en zona federal marítimo terrestre;

c) Implementar medidas de conservación y restauración para especies en categorías de riesgo con

mayor vulnerabilidad al cambio climático; d) Fortalecer la gestión y operación del Sistema de Unidades

de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre; e) Coadyuvar en la recuperación de áreas de

manglar impactando en los litorales, y f) Instrumentar Programas de Adaptación al Cambio Climático de

ANPs, marino, costeras y terrestres y sus zonas de influencia.

De la Estrategia 2.6. Restauración y gestión integral de cuencas hidrológicas, destacan las

siguientes líneas de acción: a) Realizar acciones para incrementar la recarga de acuíferos; b) Focalizar

los esquemas de pago por servicios ambientales en zonas estratégicas para la conservación de cuencas

y ecosistemas, y c) Fomentar acciones para restablecer el balance del ciclo del agua en los destinos

turísticos prioritarios.

Ahora bien, en materia de mitigación, el Objetivo 3. Reducir emisiones de gases de efecto

invernadero para transitar a una economía competitiva y a un desarrollo bajo en emisiones, refiere en su

Estrategia 3.4. Promover y facilitar acciones de reducción de emisiones del sector privado, la línea 3.4.2.

Promover acciones de eficiencia energética en las micro, pequeñas y medianas industrias turísticas,

principalmente en hoteles y restaurantes (SEMARNAT, 2014).

Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León

El Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León (PACC-NL) fue

desarrollado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado con el propósito de reducir y mitigar

1.558 millones de toneladas métricas equivalentes de CO2 durante la administración 2010-2015. El

PACC-NL es una herramienta que cuenta con acciones estratégicas para combatir el cambio climático.

Propone iniciar con la estrategia de mitigación de GEI generados por las actividades productivas en el

Estado, y continuar con las estrategias de adaptación al cambio climático y las trasversales. Ambas

estrategias aspiran enfocar esfuerzos hacia la disminución de los impactos presentes y futuros, sobre el

medio natural por efecto del cambio climático.

Se establecieron 20 acciones de cinco sectores a través de proyectos de inversión de cerca de

$14,000 millones de pesos. Entre las medidas propuestas encontramos medidas dirigidas al uso

eficiente de energía y edificaciones sustentables, el ordenamiento territorial y el uso eficiente de los

recursos naturales, y el aprovechamiento de residuos sólidos urbanos. Cabe resaltar que las metas

contenidas en este Programa no fueron jurídicamente vinculantes, así se expresa en el Programa.

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9. Política territorial y de asentamientos humanos

La ordenación territorial implica y es, al mismo tiempo, una política de Estado, un instrumento de

planificación del desarrollo por medio del cual se obtiene una calidad de vida armoniosa con la

naturaleza y un compromiso con las generaciones futuras. Es una perspectiva integral (que considera al

medio ambiente como un todo sistémico y no como componentes aislados), democrática y participativa.

Permite adecuar la organización político-administrativa y la proyección espacial de la política social,

económica, ambiental y cultural. Se trata de un proceso articulado, estratégicamente planificado,

dinámico e interactivo, cuyo objetivo es promover el aprovechamiento racional del espacio y los recursos

naturales, a fin de prevenir y mitigar el crecimiento desarticulado, uso y abuso del espacio y sus

recursos, por lo que es contrario a los modelos desarrollistas (SEDESOL, 2010a).

Esta política evoluciona hacia la acción territorial, ya que propicia cambios mediante intervenciones

reales, acciones coherentes y organizadas que son flexibles. Toma en consideración la integración y el

balance de demanda y expectativas de una población creciente y considera la capacidad y

características del territorio y sus recursos. Su fundamento teórico y operativo conduce hacia el

desarrollo sustentable e integral de los recursos naturales y a la reducción de la vulnerabilidad ambiental

(SEDESOL, 2010a).

De manera que fortalecer el proceso de formulación de la ordenación territorial municipal contribuye

a consolidar acciones de planificación que permiten a mediano y largo plazo el uso apropiado del suelo y

los recursos naturales del municipio en compatibilidad con el desarrollo económico local, en un contexto

de gestión integral de riesgos.

A su vez, la planeación territorial involucra dos procesos que deben realizarse de forma

complementaria, el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano. El primero de ellos se encarga de

regular el espacio externo de los centros de población, mientras que el desarrollo urbano se enfoca a la

planeación interna de éstos. Los objetos de regulación de ambos procesos, asentamientos humanos

para el ordenamiento territorial y centros de población para el desarrollo urbano, constituyen dos

categorías diferenciadas solamente en función de los ámbitos de actuación pública, pues un centro de

población es, al mismo tiempo, un asentamiento humano (SEDESOL, 2010b).

Los principios metodológicos del desarrollo urbano y del ordenamiento territorial caen dentro de la

vertiente de adaptación, pues las acciones que se derivan de ellos inciden en la forma en que se ocupa

y distribuyen las actividades económicas en el territorio y, en consecuencia, pueden contribuir a reducir

la vulnerabilidad de dichas actividades ante escenarios de cambio climático (SEDESOL, 2012).

Ley General de Asentamientos Humanos

Corresponde a la Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH) orientar la planeación y

regulación del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos a través de disposiciones que

determinen los principios que rigen la concurrencia entre los tres niveles de gobierno. De conformidad

con el artículo 9º, de esta ley, los municipios tienen las siguientes atribuciones, vinculadas con las

acciones de adaptación al cambio climático:

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a) Formular, aprobar y administrar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de

centros de población y los demás que de éstos deriven, así como evaluar y vigilar su cumplimiento, de

conformidad con la legislación local;

b) Regular, controlar y vigilar las reservas, usos y destinos de áreas y predios en los centros de

población;

c) Administrar la zonificación prevista en los planes o programas municipales de desarrollo urbano,

de centros de población y los demás que de éstos deriven;

d) Promover y realizar acciones e inversiones para la conservación, mejoramiento y crecimiento de

los centros de población;

e) Celebrar con la Federación, la entidad federativa respectiva, con otros municipios o con los

particulares, convenios y acuerdos de coordinación y concertación que apoyen los objetivos y

prioridades previstos en los planes o programas municipales de desarrollo urbano, de centros de

población;

f) Prestar los servicios públicos municipales, atendiendo a lo previsto en la CPEUM y en la

legislación local;

g) Expedir las autorizaciones, licencias o permisos de uso de suelo, construcción, fraccionamientos,

subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios, de conformidad con las disposiciones jurídicas

locales, planes o programas de desarrollo urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios;

h) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana, en los términos de la legislación

aplicable y de conformidad con los planes o programas de desarrollo urbano y las reservas, usos y

destinos de áreas y predios;

i) Participar en la creación y administración de reservas territoriales para el desarrollo urbano, la

vivienda y la preservación ecológica, y

j) Imponer medidas de seguridad y sanciones administrativas a los infractores de las disposiciones

jurídicas, planes o programas de desarrollo urbano y reservas, usos y destinos de áreas y predios.

La LGAH propone una concepción integral para la formulación del ordenamiento territorial de los

asentamientos humanos, que busca articular las actividades productivas, la ubicación de la población, la

dotación de los servicios y el equipamiento necesario para el funcionamiento de los centros de población

a fin de elevar la calidad de vida de la población, para lo cual es necesario considerar: a) la interrelación

entre los asentamientos rurales y urbanos, con especial énfasis en la distribución de costos y beneficios

causados por el proceso de urbanización y las grandes intervenciones territoriales promovidas por los

sectores público y privado; b) una distribución equilibrada y sustentable de los asentamientos humanos y

las actividades económicas, en razón de las diferencias naturales, sociales y económicas, en

congruencia con el ordenamiento territorial estatal y nacional, y c) acciones de coordinación y

concertación de inversión pública y privada, con la planeación del desarrollo regional urbano (SEDESOL,

2010b).

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El artículo 3º de esta ley sienta las bases para la implementación del ordenamiento territorial de los

asentamientos humanos. Además vincula el desarrollo regional con el urbano e incorpora la noción de

desarrollo sustentable como parte imprescindible del proceso de planeación urbana y regional. Aunque

considera al proceso de planeación y regulación del ordenamiento territorial como una política sectorial,

establece que estos procesos forman parte del sistema nacional de planeación democrática (SEDESOL,

2010b).

La LGAH considera de utilidad pública una serie de acciones vinculadas estrechamente con la

adaptación al cambio climático, como: la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los

centros de población; la ejecución de planes o programas de desarrollo urbano; la constitución de

reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda; la ejecución de obras de infraestructura,

equipamiento y servicios urbanos, y la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente

de los centros de población (artículo 5º).

De conformidad con esta ley, la planeación y regulación del ordenamiento territorial de los

asentamientos humanos y del desarrollo urbano de los centros de población se llevará a cabo a través

de, entre otros, los planes o programas municipales de desarrollo urbano, los cuales serán aprobados,

ejecutados, controlados, evaluados y modificados por las autoridades locales de conformidad con las

disposiciones de la LGAH y por la legislación, los reglamentos y normas administrativas estatales y

municipales aplicables.

Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2014-2018

Este Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano 2013-2018 advierte que México,

por su situación geográfica, está expuesto a la acción de ciclones tropicales, principalmente durante el

verano y, frentes polares que también causan fuertes precipitaciones en todo el país. Por lo anterior,

debe fortalecerse la elaboración de los atlas de riesgos a efecto de desarrollar estrategias de prevención

de desastres y mitigación de riesgos (PSDATU, 2013).

Destaca para este estudio, la Estrategia 2.4. Fortalecer, en coordinación interinstitucional e

intergubernamental, la prevención de riesgos y la mitigación de los efectos de los desastres naturales.

Con las siguientes líneas de acción:

Integrar las zonas de riesgo al Registro Nacional de Reservas Territoriales, a fin de verificar la

aptitud del suelo para urbanización.

Celebrar convenios con los municipios para evitar el otorgamiento de permisos y licencias de

construcción en zonas de riesgo.

Implementar acciones para identificar, delimitar y documentar las zonas de riesgo, así como la

realización de obras de prevención y mitigación de desastres.

Desincentivar la ocupación de suelo en zonas de riesgo para prevenir daños a la población.

Incorporar la gestión integral del riesgo en la planeación y programación del desarrollo y

ordenamiento del territorio para revertir el proceso de generación de riesgos.

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Promover y ejecutar programas, acciones y mecanismos de financiamiento dirigidos a mitigar

riesgos asociados a fenómenos naturales.

Coadyuvar en la elaboración de reglas y lineamientos de operación de los programas y fondos que

apoyen la prevención de riesgos en los asentamientos humanos.

Asesorar, apoyar y aportar programas, planes de emergencia y recursos humanos y materiales al

Sistema Nacional de Protección Civil.

En esta línea se creó el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos (PPRAH),

que deriva del Programa Sectorial de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a cargo de la SEDATU,

cuyo Objetivo 2 refiere: “Incentivar el crecimiento ordenado de los asentamientos humanos, los centros

de población y las zonas metropolitanas”, por lo que la Estrategia 2.4 plantea: “Fortalecer, en

coordinación interinstitucional e intergubernamental, la prevención de riesgos y la mitigación de los

efectos delos fenómenos naturales” (SEDATU, 2014).

Así, el objetivo general del PPRAH consiste en contribuir a incentivar el crecimiento ordenado de los

asentamientos humanos, los centros de población y las zonas metropolitanas y rurales, mediante el

fomento a la realización de acciones de prevención y de reducción de riesgos; y el objetivo específico

busca contribuir a la reducción de los riesgos derivados de fenómenos naturales y factores químicos

tecnológicos, mediante la elaboración de atlas de riesgos, estudios específicos, reglamentos de

construcción, obras de mitigación, y talleres de capacitación.

Para orientar la aplicación del programa se identifica la población objetivo; es decir, la que se ubica

en municipios y demarcaciones de alto y muy alto riesgo. Al respecto, vale mencionar que el municipio

de Monterrey está catalogado con un índice de riesgo global alto, por lo que es susceptible de hacer uso

de este programa (SEDATU, 2015).

De forma complementaria, la SEDATU cuenta con el Programa de Consolidación de Reservas

Urbanas, un instrumento de apoyo a la Política Nacional Urbana y de Vivienda orientado a mejorar la

calidad de vida de los habitantes de las ciudades del país, cerrando la brecha existente entre aquellos

de menores recursos y el resto de la población, mediante el otorgamiento de apoyos presupuestarios al

suelo intraurbano con bajo riesgo y con factibilidad para uso habitacional. El objetivo general de este

programa es contribuir a consolidar ciudades compactas, productivas, competitivas, incluyentes y

sustentables, que faciliten la movilidad y eleven la calidad de vida de sus habitantes, mediante subsidio

federal a los nuevos desarrollos de vivienda social vertical que incrementen la densidad de vivienda

elevando la productividad económica de la ciudad y contribuyendo a mitigar el cambio climático

mediante la reducción de las emisiones de GEI. Con este programa se busca la consolidación de los

centros de población, evitando su expansión irracional, mediante el fomento del uso intensivo de suelo

urbano vacante que propicie la densificación de espacios urbanos, a través de esquemas sustentables

de movilidad que faciliten el acceso pleno a los servicios de infraestructura y equipamiento a las

poblaciones de menores ingresos (SEDATU, 2014).

Sin duda, la aplicación de la visión integral y funcional en la elaboración de los programas

municipales de ordenamiento territorial demanda que durante su formulación técnica, ejecución y

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seguimiento se cuente con la participación de los diferentes actores implicados en la gestión del territorio

(SEDESOL, 2010b), ello a efecto de que la sociedad se empodere e involucre en su cumplimiento.

10. Política turística

La política del desarrollo nacional desde el ámbito turístico deriva de la CPEUM, cuyo su artículo 25,

como ya vimos, refiere que corresponde al Estado la conducción del desarrollo nacional que articule las

políticas públicas y el proyecto de nación del gobierno federal. Asimismo, en el artículo 26, Apartado A

determina que el Estado organizará un sistema nacional de planeación democrática del desarrollo que

imprima solidez, dinamismo, competitividad y equidad al crecimiento de la economía para la

independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. Para ello se contará con la

participación de los diversos sectores sociales y se recogerán las aspiraciones y demandas de la

sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. De forma tal que habrá un plan

nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública

Federal.

Aunado a ello, el ya referido artículo 73, fracción XXIX, inciso K, dispone que el Congreso de la

Unión está facultado para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de

coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, las entidades federativas, los

Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus

respectivas competencias, así como la participación de los sectores social y privado.

De manera que al igual que la protección y preservación del medio ambiente y la regulación del

cambio climático, el turismo es una actividad que involucra de manera directa a los tres niveles de

gobierno, a través de la distribución de competencias que se realice mediante las leyes especiales.

Ley General de Turismo

Ley General de Turismo (LGT), en su artículo 1 advierte que es de orden público e interés social, de

observancia general en toda la República en materia turística, correspondiendo su aplicación en forma

concurrente al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo, y en el ámbito de sus

respectivas competencias a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así

como a los estados, municipios y el Distrito Federal.

El objeto de la LGT consiste, entre otras, en establecer las bases generales de coordinación de las

facultades concurrentes entre el Ejecutivo federal, estados, municipios y el Distrito Federal, así como la

participación de los sectores social y privado; establecer las bases para la política, planeación y

programación en todo el territorio nacional de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social,

sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los Estados, Municipios y el Distrito Federal, a

corto, mediano y largo plazo y, determinar las reglas y procedimientos para la creación de las Zonas de

Desarrollo Turístico Sustentable, su operación y las facultades concurrentes que, de manera coordinada,

ejercerán el Ejecutivo Federal, los Estados y Municipios, y en su caso el Distrito Federal en dicha Zonas

(artículo 2º).

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De forma específica, de acuerdo con el artículo 10 de esta ley, corresponde a los municipios: I.

Formular, conducir y evaluar la política turística municipal; II. Celebrar convenios en materia turística

conforme a lo previsto en la presente Ley; III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean

atribuidos por las leyes locales, así como la planeación, programación, fomento y desarrollo de la

actividad turística en bienes y áreas de competencia municipal, en las materias que no estén

expresamente atribuidas al Ejecutivo Federal, Estados o el Distrito Federal; IV. Formular, ejecutar y

evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan

Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local; V. Establecer el Consejo

Consultivo Municipal de Turismo; que tendrá por objeto coordinar, proponer y formular las estrategias y

acciones de la Administración Pública Municipal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad

turística en el Municipio. Será presidido por el titular del Ayuntamiento, y estará integrado por los

funcionarios que éste determine, conforme a lo que establezcan las disposiciones reglamentarias.

Podrán ser invitadas las instituciones y entidades públicas, privadas y sociales, que se determinen, y

demás personas relacionadas con el turismo en el Municipio, las cuales participarán únicamente con

derecho a voz; VI. Concertar con los sectores privado y social, las acciones tendientes a detonar

programas a favor de la actividad turística; VII. Participar en los programas locales de ordenamiento

turístico del territorio; VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de los

programas locales de investigación para el desarrollo turístico; IX. Formular y conducir la política

municipal de información y difusión en materia turística; X. Coadyuvar en la instrumentación de las

acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta; XI. Promover el impulso

de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas; XII. Participar en los programas de prevención y

atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos,

conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XIII. Operar

módulos de información y orientación al turista; XIV. Recibir y canalizar las quejas de los turistas, para

su atención ante la autoridad competente; XV. Atender los demás asuntos que en materia de

planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística les conceda esta Ley u otros

ordenamientos legales en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente al Ejecutivo

Federal, Estados o el Distrito Federal; XVI. Emitir opinión ante la Secretaría, en aquellos casos en que la

inversión concurra en proyectos de desarrollo turístico o en el establecimiento de servicios turísticos,

dentro de su territorio, y XVII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos.

Ley de Fomento al Turismo del Estado de Nuevo León

La Ley de Fomento al Turismo del Estado de Nuevo León (LFTENL) fue promulgada y publicada en

el Periódico Oficial del Estado el 4 de septiembre de 2006, con el objeto de: I. Planear el desarrollo de

las actividades turísticas con la participación de los sectores involucrados; II. Propiciar la inversión local,

nacional o extranjera en esta materia, que permita mejorar el nivel de vida económico, social y cultural

de los habitantes de los municipios con afluencia turística; III. Fomentar la creación, conservación,

aprovechamiento y protección de los recursos y atractivos turísticos, garantizando la preservación del

equilibrio ecológico; IV. Fomentar la cultura turística entre la población; V. Establecer los mecanismos de

coordinación y participación de las autoridades y organismos competentes para lograr el desarrollo

turístico de la entidad; VI. Impulsar los proyectos turísticos que propicien la creación y conservación del

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empleo; VII. Implementar programas para la promoción del turismo social; VIII. Orientar, auxiliar y

proteger a los turistas; IX. Promover la capacitación de las personas dedicadas a la prestación de

servicios turísticos; X. Garantizar a las personas con capacidades diferentes la igualdad de

oportunidades en los programas del sector turístico; y XI. Establecer las medidas necesarias para la

aplicación y cumplimiento de La Ley (artículo 1°, LFTENL).

Esta ley cuenta con un capítulo de turismo sustentable, en el que se define a éste como: el turismo

basado en el uso, estudio y apreciación de los recursos naturales, incluyendo las manifestaciones

sociales y culturales que en ellos se encuentren (artículo 36, LFTENL).

Reglamento de Turismo del Municipio de Monterrey

El Reglamento de Turismo del Municipio de Monterrey (RTMM) fue publicado en el Periódico Oficial

del Estado el 29 de agosto de 2008. Tiene el objetivo de regular la promoción del turismo y brindar los

servicios de seguridad necesarios a los turistas, en el ámbito municipal.

Entre las facultades encomendadas a las autoridades municipales en este Reglamento,

encontramos: el deber de realizar campañas de concientización entre la población para la conservación

de los sitios turísticos (artículo 5°) y la búsqueda de la preservación y el incremento de zonas turísticas

(artículo 6º). Sin embargo, llama la atención que este ordenamiento carece de disposiciones específicas

sobre la protección y la preservación de zonas turísticas con alto valor ecológico.

Programa Sectorial de Turismo 2013-2018

El Programa Sectorial de Turismo 2013-2018 (PST) reconoce que la sustentabilidad económica en

el turismo se fundamenta en las relaciones económicas sustentables en el tiempo que generan empleos

de calidad, fomentan la creación de comunidad y cuya actividad incrementa el bienestar humano a

través de actividades rentables y amigables con el medio ambiente. Esto no se ha visto reflejado en el

sector turístico en los últimos años, ya que no se ha logrado vincular las actividades económicas a todas

las dimensiones de la sustentabilidad (SECTUR, 2013a).

El turismo guarda una relación ambivalente con el fenómeno del cambio climático. Por una parte, su

estrecha relación con el medio ambiente lo hace vulnerable a cualquier cambio de las condiciones

climáticas en los destinos. Por otra, tiene una elevada y creciente responsabilidad en las emisiones de

gases que provocan el efecto invernadero, causante a su vez del mismo cambio climático. Esto conduce

a repensar los esquemas de intervención en materia de sustentabilidad en el turismo y las acciones de

adaptación y mitigación que se implementen como sector (SECTUR, 2013a).

El deterioro ambiental ha develado los profundos rezagos existentes en algunos destinos turísticos

del país, y en ocasiones la fuente de deterioro está en los propios municipios, la carecer de la

infraestructura de abastecimiento de agua potable, alcantarillado y plantas de tratamiento de aguas

residuales, así como de un programa de manejo integral de residuos.

Por ello es necesario establecer no sólo modelos de desarrollo de bajo impacto ambiental, sino

desarrollos integrales que permitan enfrentar los grandes desafíos nacionales, a través de un esquema

que armonice las condiciones ambientales con los intereses de inversión, delimitando con claridad las

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capacidades de carga y propiciando las facilidades para el cumplimiento de un marco legal moderno que

responda a las exigencias del cambio climático.

Así, tenemos que como parte del Objetivo 2. Fortalecer las ventajas competitivas de la oferta

turística, la Estrategia 2.1. Generar información, investigación y conocimiento sobre los destinos y líneas

de producto, que cuenta con la línea de acción 2.1.8 Fomentar el desarrollo de investigación aplicada en

temas de sustentabilidad y cambio climático del sector, como lo es este estudio.

Además, el Objetivo 5. Fomentar el desarrollo sustentable de los destinos turísticos y ampliar los

beneficios sociales y económicos de las comunidades receptoras, desarrolla diversas estrategias de

interés para este estudio: Estrategia 5.1. Identificar la vocación y el potencial del capital natural y cultural

mediante el ordenamiento turístico del territorio, cuyas líneas de acción plantean: 5.1.1 Formular, expedir

y fomentar la ejecución del Ordenamiento Turístico General del Territorio y consolidar una política

turística congruente con la política nacional; 5.1.2 Promover la concertación e instrumentación de los

procesos de ordenamiento turístico regional y local; 5.1.3 Formular las bases técnicas para

declaratorias, regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable y,

5.1.4 Incorporar los criterios del ordenamiento territorial turístico en los procesos e instrumentos legales

y reglamentarios, en los tres órdenes de gobierno.

La Estrategia 5.2. Diseñar instrumentos con criterios de sustentabilidad para dirigir al sector turístico

hacia una industria limpia y resiliente al cambio climático, refiere las siguientes líneas de acción: 5.2.1

Sistematizar y consolidar el monitoreo de destinos turísticos con un enfoque de sustentabilidad; 5.2.2

Promover la inclusión de criterios de adaptación y mitigación al cambio climático en la planeación y en

las políticas turísticas locales; 5.2.3 Desarrollar diagnósticos de vulnerabilidad que permitan el diseño de

programas de adaptación y sistemas de alerta temprana al cambio climático para destinos turísticos

prioritarios; 5.2.4 Impulsar la estandarización de los criterios de sustentabilidad aplicables y promover la

implementación de mejores prácticas en el sector; 5.2.5 Promover la realización de un inventario de GEI

para reducir las emisiones en actividades asociadas al sector; 5.2.6 Impulsar y fortalecer la cooperación

regional e internacional en materia de cambio climático y, 5.2.7 Promover esquemas de eficiencia y

ahorro de energía y agua, uso de energías alternativas y consumo responsable en la actividad turística

(SECTUR, 2013a).

Agendas de Competitividad de los Destinos Turísticos de México 2013-2018: Monterrey, Nuevo

León.

La Agenda de Competitividad de Monterrey tiene como Objetivo Estratégico: Hacer de Monterrey un

destino turístico urbano y cultural destacado de México. Para ello, la Estrategia 1.1 propone: Fomentar el

enriquecimiento y la diversificación de la oferta cultural y recreativa en el estado.

A tales fines, se cuenta con las siguientes Líneas de Acción: 1. Impulsar la inscripción del Horno 1 y

3 en la Lista de Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO; 2. Gestionar sistemas de préstamo de

bicicletas públicas para recorridos menores a 5 km., entre los hoteleros y los destinos turísticos y

culturales del primer cuadro del Área Metropolitana de Monterrey, estableciendo una red de movilidad

turística sustentable debidamente señalizada; 3. Consolidar y ampliar el proyecto del Paseo Santa Lucía;

4. Promover el uso de los parques estatales y áreas naturales protegidas; 5. Apoyar con criterios de

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sustentabilidad las acciones de ecoturismo que desarrollen las entidades estatales y municipales, así

como la iniciativa privada.

Ordenamiento Turístico del Territorio

Los elementos territoriales constituyentes del destino turístico (clima, relieve, medio ambiente,

núcleos urbanos, arquitectura, vialidades, paisaje, patrimonio, etc.) representan los recursos

primordiales para la conformación de productos turísticos. Por lo que la calidad de dichos elementos

tiene estrecha relación con la utilización del territorio para establecer el grado de competitividad de los

diferentes destinos. Esta relación de los aspectos territoriales con el nivel de competitividad alcanza su

manifestación más sensible en el caso de la superación de la capacidad de carga o acogida de los

espacios turísticos. Es ya ampliamente reconocido que si se supera un límite sustentable en el consumo

de los recursos de ese territorio (suelo, agua, paisaje, espacios naturales, etc.), se produce la

degradación del propio espacio turístico, entrando en el círculo vicioso de la obsolescencia del destino:

pérdida de segmentos de demanda; reducción de ingresos; búsqueda de mayor número de turistas

aunque de menor nivel; incremento de la presión y degradación y, con todo ello, pérdida aún mayor de

competitividad (Fernández, 2004:37).

En este contexto, Fernández (2004:38) afirma que la ordenación territorial resulta de extrema utilidad

como instrumento para mejorar la calidad de los espacios turísticos, dado el enfoque integral necesario

para la actuación sobre destinos turísticos que debe apuntalarse en el diseño de políticas públicas que

consideren un tratamiento integrador, tanto vertical como horizontal de planificación del desarrollo

nacional orientado a la sustentabilidad y resiliencia.

Sólo a partir de la consideración de la planeación territorial y del ordenamiento ecológico puede

materializarse el ordenamiento turístico del territorio, definido, por el artículo 2º, fracción X, de la Ley

General de Turismo (LGT), como el instrumento de la política turística bajo el enfoque social, ambiental y

territorial, cuya finalidad es conocer e inducir el uso de suelo y las actividades productivas con el

propósito de lograr el aprovechamiento ordenado y sustentable de los recursos turísticos, de

conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de medio ambiente y asentamientos

humanos. Cabe señalar que de acuerdo con el artículo 9º de esta ley, corresponde a las entidades

federativas, formular, evaluar y ejecutar los programas locales de ordenamiento turístico del territorio,

con la participación que corresponda a los municipios respectivos.

El ordenamiento turístico del territorio nacional se llevará a cabo a través de programas de orden

general, regional y local. Estos últimos, de conformidad con el artículo 28 de la LGT, serán expedidos

por las autoridades de los Estados con la participación de los municipios y tendrán por objeto: I.

Determinar el área a ordenar, describiendo sus recursos turísticos; incluyendo un análisis de riesgos de

las mismas; II. Proponer los criterios para la determinación de los planes o programas de desarrollo

urbano, así como del uso del suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y aprovechar de

manera ordenada y sustentable los recursos turísticos respectivos, y III. Definir los lineamientos para su

ejecución, seguimiento, evaluación y modificación.

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En la formulación del ordenamiento turístico del territorio deberán, según el artículo 23 de la LGT,

considerarse los criterios siguientes: I. La naturaleza y características de los recursos turísticos

existentes en el territorio nacional, así como los riesgos de desastre; II. La vocación de cada zona o

región, en función de sus recursos turísticos, la distribución de la población y las actividades económicas

predominantes; III. Los recursos ecológicos de conformidad con la ley en la materia; IV. La combinación

deseable que debe existir entre el desarrollo urbano, las condiciones ambientales y los recursos

turísticos; V. El impacto turístico de nuevos desarrollos urbanos, asentamientos humanos, obras de

infraestructura y demás actividades; VI. Las modalidades que, de conformidad con la presente Ley,

establezcan los decretos por los que se constituyan las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable; las

previstas en las Declaratoria de áreas naturales protegidas así como las demás disposiciones previstas

en los programas de manejo respectivo, en su caso; VII. Las medidas de protección y conservación

establecidas en las declaratorias presidenciales de zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e

históricos de interés nacional, así como las declaratorias de monumentos históricos y artísticos, y en las

demás disposiciones legales aplicables en los sitios en que existan o se presuma la existencia de

elementos arqueológicos propiedad de la Nación.

La SECTUR podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación con el objeto de que las

entidades federativas y los municipios colaboren en la administración y supervisión de las zonas de

desarrollo turístico sustentable y elaboren y ejecuten programas de desarrollo de la actividad turística

(artículo 5º, LGT).

De especial relevancia son las disposiciones del artículo 29, fracción II de la LGT, ya que al referirse

a los procedimientos bajo los cuales serán formulados, aprobados, expedidos, evaluados y modificados

los programas de ordenamiento turístico local, supeditan expresamente éste a los ordenamientos

ecológicos del territorio y a los planes o programas de desarrollo urbano, así como a las

determinaciones del uso del suelo. Asimismo, se hace referencia a la coordinación que debe existir entre

las distintas autoridades involucradas en la formulación y ejecución de los programas de ordenamiento

turístico local.

11. Gestión integral de riesgos

Como se ha visto, las acciones de prevención y adaptación ante el cambio climático tienen una

relación directa con la gestión integral de riesgos (GIR), por ello la Estrategia Internacional para la

Reducción de los Desastres Naturales (EIRD), adoptada en el año 2000 en el seno de las Naciones

Unidas, constituye el punto de partida del seguimiento internacional sobre la reducción de desastres

naturales. Considerando que el riesgo a desastres amenaza el desarrollo humano y económico y es

magnificado por el cambio climático, se creó el Marco de Acción de Hyogo (MAH) en enero de 2005; el

cual estima que los países son el principal agente en la reducción de riesgos de los desastres naturales,

y promueve la participación de los actores clave (gobierno, sociedad civil, comunidad científica, sector

privado, sector académico, etc.). Entre los objetivos de este Marco están: a) la integración de la

reducción del riesgo de desastres en las políticas y la planificación del desarrollo sustentable; b) el

desarrollo y fortalecimiento de las instituciones, mecanismos y capacidades para aumentar la resiliencia

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ante las amenazas y c) la incorporación sistemática de enfoques de la reducción del riesgo en la

implementación de programas de preparación, atención y recuperación (UNISDR, 2005).

Otro de los resultados de la EIRD es la Conferencia Mundial para la Reducción del Riesgo de

Desastres, celebrada en Kobe, Japón, del 18 al 22 de enero de 2005, ésta, aunada al MAH, representa

el compromiso de la comunidad internacional para enfrentar la reducción del riesgo de desastres y

comprometerse con el plan de acción de la década 2005-2015. Cabe enfatizar que se consideran áreas

estratégicas decisivas para abordar desde estos enfoques el cambio climático y la reducción de riesgos

(Naciones Unidas, 2011).

Más adelante, también en el seno de las Naciones Unidas, fue adoptado el Marco de Sendai para la

Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, como instrumento sucesor del MAH, el Marco de Sendai

parte del reconocimiento de la necesidad de comprender mejor el riesgo de desastres en todas sus

dimensiones relativas a la exposición, la vulnerabilidad y características de las amenazas; el

fortalecimiento de la gobernanza del riesgo de desastres, incluidas las plataformas nacionales; la

rendición de cuentas en la gestión del riesgo de desastres; la necesidad de prepararse para “reconstruir

mejor”; el reconocimiento de las partes interesadas y sus funciones; la movilización de inversiones que

tengan en cuenta los riesgos a fin de impedir la aparición de nuevos riesgos; la resiliencia de la

infraestructura sanitaria, del patrimonio cultural y de los lugares de trabajo (Naciones Unidas, 2015b).

De acuerdo con el Marco de Sendai, los desastres a nivel mundial, en muchos casos se ven

exacerbados por el cambio climático y la información existente indica que, en todos los países, el grado

de exposición de las personas y los bienes ha aumentado con más rapidez de lo que ha disminuido la

vulnerabilidad, lo que ha generado nuevos riesgos y un incremento constante de las pérdidas

relacionadas con los desastres, con un considerable impacto en los ámbitos económico, social, sanitario,

cultural y ambiental a corto, medio y largo plazo, en especial a nivel local y comunitario. Los desastres

recurrentes de pequeña escala y evolución lenta inciden particularmente en las comunidades, las

familias y las pequeñas y medianas empresas, y constituyen un alto porcentaje de todas las pérdidas.

Todos los países –especialmente los países en desarrollo, donde la mortalidad y las pérdidas

económicas provocadas por los desastres son desproporcionadamente más altas– enfrentan un

volumen creciente de posibles costos ocultos y dificultades para cumplir sus obligaciones financieras y

de otra índole (Naciones Unidas, 2015b).

Por ello, es urgente y fundamental prever el riesgo de desastres, planificar medidas y reducirlo para

proteger de manera más eficaz a las personas, las comunidades y los países, sus medios de

subsistencia, su salud, su patrimonio cultural, sus activos socioeconómicos y sus ecosistemas,

reforzando así su resiliencia. Es necesario trabajar más a todos los niveles para reducir el grado de

exposición y la vulnerabilidad, con el fin de evitar que se dé lugar a nuevos riesgos de desastres, y

asegurar la rendición de cuentas cuando se originen nuevos riesgos. A tales fines, se propone, entre

otras, realizar estudios exhaustivos sobre el riesgo de desastres debidos a amenazas múltiples y la

realización de evaluaciones y mapas regionales sobre los riesgos de desastres que incluyan situaciones

hipotéticas sobre el cambio climático (Naciones Unidas, 2015b:15).

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En este contexto, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) como entidad

técnica del Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC) en México, ha incorporado en sus planes,

programas y proyectos, un enfoque de GIR. Por ello resulta fundamental considerar la sinergia de los

esfuerzos gubernamentales mostrados a través de la promulgación de la LGCC ya referida y la Ley

General de Protección Civil (LGPC), ya que representa un complemento imprescindible para las

acciones de adaptación al cambio climático y es parte de la estrategia para reducir la vulnerabilidad ante

los impactos de los desastres de origen hidrometeorológico.

En el año 2013, 9 de cada 10 desastres en México estuvieron relacionados con fenómenos

hidrometeorológicos, tendencia que se ha presentado desde hace 15 años. De los 312 decesos

atribuidos a fenómenos de origen natural, 300 fueron resultado de este tipo de fenómenos, entre los que

se ubican a los causados por deslizamiento de laderas (CENAPRED, 2014a).

A nivel municipal, entre los años 2001 y 2013 Monterrey ha recibido 11 declaratorias de desastre por

lluvias e inundaciones (CENAPRED, 2014b). Considerando que las amenazas climáticas que

experimenta México se harán cada vez más severas, se torna urgente el desarrollo y la implementación

de acciones que permitan disminuir la vulnerabilidad de las zonas turísticas (CICC, 2009); especialmente

en los ámbitos locales, por lo que para la mayoría de las autoridades municipales tienen más sentido las

estrategias de adaptación, pues en ellas se advierte con claridad las amenazas y las oportunidades

(Moreno y Urbina, 2008).

Ley General de Protección Civil

La Ley General de Protección Civil (LGPC) fue publicada el 6 de junio de 2012 en el DOF, determina

las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de protección civil, entendida

ésta como la acción solidaria y participativa que considera, entre otros, los riesgos de origen natural y

prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social con el fin de crear un

conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera

corresponsable, y privilegiando la GIR y la continuidad de operaciones, se apliquen las medidas y

acciones necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes;

la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente (artículos 1º y 2º, fracción XLII,

respectivamente).

La LGPC define, en su artículo 2º, fracción XXVII, a la Gestión integral de riesgos como el conjunto

de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos,

considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra

a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de

acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos

integrados al logro de pautas para el desarrollo sustentable, que combatan las causas estructurales de

los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las

etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación,

preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción.

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En este contexto, una de las finalidades relevantes de la LGPC es la reducción de riesgos, abordada

en su artículo 2º, fracción XLV, que le concibe como: la intervención preventiva de individuos,

instituciones y comunidades que permite eliminar o reducir, mediante acciones de preparación y

mitigación, el impacto adverso de los desastres. Contempla la identificación de riesgos y el análisis de

vulnerabilidades, resiliencia y capacidades de respuesta, el desarrollo de una cultura de la protección

civil, el compromiso público y el desarrollo de un marco institucional, la implementación de medidas de

protección del medio ambiente, uso del suelo y planeación urbana, protección de la infraestructura

crítica, generación de alianzas y desarrollo de instrumentos financieros y transferencia de riesgos y el

desarrollo de sistemas de alertamiento.

Para la consecución de estos objetivos, los representantes de los tres órdenes de gobierno tendrán

dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de

protección civil, conforme a lo que establezca la presente Ley y la legislación local correspondiente.

Igualmente, en cada uno de sus ámbitos, se asegurarán del correcto funcionamiento de los consejos y

unidades de protección civil, promoviendo para que sean constituidos, con un nivel no menor a Dirección

General preferentemente y de acuerdo a la legislación aplicable, como organismos con autonomía

administrativa, financiera, de operación y gestión, dependiente de la secretaría de gobierno, secretaría

del ayuntamiento, y las delegaciones, respectivamente. Aquellos servidores públicos que desempeñen

una responsabilidad en las Unidades Estatales, Municipales y Delegacionales de Protección Civil

deberán contar con certificación de competencia expedida por alguna de las instituciones registradas en

la Escuela Nacional. Las unidades estatales de protección civil, con sustento en las Leyes y

disposiciones locales, propiciarán una distribución estratégica de las tareas, entre los centros regionales

ubicados con criterios basados en la localización de los riesgos, las necesidades y los recursos

disponibles. La denominación de las unidades municipales, será Coordinación Municipal de Protección

Civil (artículo 17).

Cabe referir que ante una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una

función prioritaria de la protección civil, por lo que las instancias de coordinación deberán actuar en

forma conjunta y ordenada. Con la finalidad de iniciar las actividades de auxilio en caso de emergencia,

la primera autoridad que tome conocimiento de ésta, deberá proceder a la inmediata prestación de

ayuda e informar tan pronto como sea posible a las instancias especializadas de protección civil. La

primera instancia de actuación especializada, corresponde a las Unidades Internas de Protección Civil

de cada instalación pública o privada, así como a la autoridad municipal o delegacional que conozca de

la situación de emergencia. Además, corresponderá en primera instancia a la unidad municipal o

delegacional de protección civil el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de

seguridad (artículo 21).

Ante la eventualidad de desastres de origen natural, la ley pone énfasis en la responsabilidad de los

gobiernos, conforme a su disponibilidad presupuestaria, de contratar seguros y demás instrumentos de

administración y transferencia de riesgos para la cobertura de daños (artículos 2º, fracción XXXIV, 18 y

séptimo transitorio).

En este contexto, resulta prioritaria la identificación y delimitación de lugares o zonas de riesgo que,

entre otras, las unidades municipales de protección civil deben realizar como medida de seguridad

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(artículo 75). Por lo que, el artículo 84 determina que se considera como delito grave: la construcción,

edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo

en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, sin definir las medidas para

su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los atlas municipales, estatales y el

nacional de riesgos y sin contar con la autorización correspondiente.

Ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León

La Ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León (LPCENL) fue publicada en el Periódico

Oficial del Estado el 22 de enero de 1997. Sus disposiciones son de observancia general y tienen por

objeto: I. Regular las medidas y acciones destinadas a la prevención, protección y salvaguarda de las

personas, los bienes públicos y privados, y el entorno, ante la eventualidad de un riesgo, emergencia o

desastre; II. Establecer las bases y mecanismos de coordinación y colaboración con la federación, otras

municipios del Estado, así como entre éstos y los municipios de otros estados para la formulación,

ejecución y evaluación de programas, planes, estrategias y acciones en materia de protección civil; III.

Determinar las bases de integración y operación del Sistema Estatal de Protección Civil, así como de los

sistemas municipales como parte de éste; IV. Establecer los términos para promover la participación de

la sociedad en la elaboración y ejecución de los programas y acciones de protección civil; y V. Definir los

mecanismos para fomentar entre la población una cultura de protección civil y autoprotección (artículo

1º, LPCENL).

En el Capítulo VI, esta ley determina que en cada uno de los municipios del Estado se establecerán

Sistemas de Protección Civil, con la finalidad de organizar los planes y programas de prevención, auxilio

y apoyo a la población ante situaciones de emergencia o desastre (artículo 29, LPCENL). De igual

forma, los municipios, por conducto de sus Sistemas Municipales de Protección Civil, elaborarán planes

de prevención de riesgos, altos riesgos, emergencias, o desastres, los que deberán ser dados a conocer

a la población, mediante su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de más

amplia divulgación en la localidad (artículo 33, LPCENL). También se hace referencia a la importancia

de la cultura de protección civil mediante acciones en educación y capacitación dirigidas a todos los

sectores sociales y a las autoridades municipales (artículo 36, LPCENL). Asimismo, en forma análoga a

lo previsto en la LGPC se establece que los Ayuntamientos se asegurarán del correcto funcionamiento

de los consejos y unidades municipales.

Reglamento de Protección Civil de la Ciudad de Monterrey

Este Reglamento de Protección Civil del Municipio de Monterrey (RPCCM) se publicó en el Periódico

Oficial del Estado de Nuevo León. Es de orden público e interés social y tiene por objeto el regular las

acciones que en materia de protección civil se lleven a cabo en el Municipio, estableciendo las bases de

integración, coordinación y funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil, siendo su

observancia de carácter obligatorio para las autoridades, organismos, dependencias e instituciones de

carácter público, social o privado, grupos voluntarios y en general, para todas las personas que residan,

habiten o transiten en el municipio (artículo 1°, RPCCM).

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12. Guía local de acciones de alto impacto en materia de mitigación y adaptación al

cambio climático en destinos turísticos mexicanos

Esta guía fue liderada por la SECTUR teniendo como insumo los resultados del Estudio de la

vulnerabilidad y programa de adaptación ante la variabilidad climática y el cambio climático en diez

destinos turísticos estratégicos, así como propuesta de un sistema de alerta temprana a eventos

hidrometeorológicos extremos, elaborado por la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, A. C.

(ANIDE), como parte de los proyectos sectoriales CONACyT-SECTUR en 2013 (Bolongaro Crevenna et

al., 2013).

La guía sirve de base a los gobiernos municipales para diseñar líneas de acción de alto impacto que

podrán realizar en el corto, mediano y largo plazo para mitigar las emisiones de GEI del turismo, así

como reducir la vulnerabilidad de la población y de toda la infraestructura productiva de las actividades

económicas, entre ellas, la turística. Por otro lado, puede ser tomada como punto de partida por los

miembros de la industria turística, operadores y prestadores de servicios turísticos, así como

empresarios, académicos y miembros del sector social comprometidos con el medio ambiente y la

actividad turística sustentable.

La guía permite orientar el diagnóstico de la vulnerabilidad del sector turístico a fin de establecer

acciones de adaptación en el sector turístico por tipo de impacto; priorizar, dar seguimiento y evaluar

acciones; así como fomentar la participación ciudadana e identificar las diferentes fuentes de

financiamiento para: prevenir riesgos; contribuir a mitigar GEI a través de la captura de carbono;

promover transporte sustentable; financiar vivienda e implementar proyectos de ahorro de energía.

Como se advierte, todas las disposiciones referidas evidencian la interdependencia de las

categorías: riesgo, vulnerabilidad, impacto y adaptación, las cuales fueron consideradas en la

integración del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático a nivel municipal, a efecto de

contar con una base para estar en posibilidad de llevar a cabo una gestión integral de riesgos y con ello

reducir la vulnerabilidad social y de los sectores productivos, como el turismo, ante el cambio climático.

Evidentemente, el desarrollo de capacidades como estrategia del sector turístico mexicano es una

acción obligada para evitar mayores costos económicos, sociales y territoriales. Es claro que el sector

turístico debe esforzarse para enfrentar los efectos del cambio climático a través del impulso de

capacidades preventivas y de respuesta ante los impactos adversos a los que está expuesto por los

fenómenos hidrometeorológicos extremos. Ello implica, además de la generación de conocimiento e

información sobre la vulnerabilidad del sector, el desarrollo de estrategias concretas, lo cual requiere del

trabajo coordinado de las distintas instancias gubernamentales y de los sectores social y privado, para

que, de manera corresponsable, se participe en los objetivos para minimizar los riesgos, a fin de

contribuir a la resiliencia de la sociedad y los ecosistemas, sustento de la actividad turística.

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13. Vulnerabilidad institucional ante el cambio climático del municipio de Monterrey

Antecedentes generales del municipio de Monterrey

El municipio de Monterrey es la capital del Estado de Nuevo León, se ubica al centro de la entidad y

sus límites son: al norte, los municipios de General Escobedo y San Nicolás de los Garza; al oriente, los

municipios de Guadalupe y Juárez; al sur el municipio de Santiago y al poniente los municipios de San

Pedro Garza García, Santa Catarina y García. Monterrey está ubicado entre los paralelos 25º 35´ y 25º

50´ y meridianos 99º 59´ y 100º 30´ (PMD 2012-2015). En su totalidad cuenta con una extensión de

33,899.85 has., equivalente al 1.2% del territorio del Estado (PDUMM 2013-2025).

Por su parte, el Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM) es la conurbación contigua a la ciudad de

Monterrey que comprende 9 municipios del Estado de Nuevo León: Apodaca, Juárez, García, General

Escobedo, Guadalupe, Monterrey, Santa Catarina, San Nicolás de los Garza y San Pedro Garza García,

lo que involucra un territorio de 572.8 km², convirtiéndola en la segunda área conurbada más grande de

México, después de la Ciudad de México.

Su orografía se caracteriza por la presencia de cuerpos montañosos, circundan al municipio la Sierra

de las Mitras, el Cerro de la Silla, el Cerro del Topo Chico, el Frente Norte de la Sierra Madre Oriental, el

Cerro de la Loma Larga y el Cerro del Obispado (PMD 2012-2015). Lo anterior genera una presencia de

diversos tipos de climas. En las zonas aledañas a la Sierra Madre Oriental predominan los climas secos,

como: secos extremosos, semi-secos, templados y semi-cálidos. Esto se debe principalmente a la

diferencia de altitudes en la sierra, que también trae consigo variaciones en la temperatura, lo cual

produce un efecto de condensaciones que generan lluvias de 600 a 700 mm de precipitación en la

vertiente este de la Sierra Madre (PDUMM 2013- 2025).

Por otra parte, en el área urbana el clima predominante es el seco estepario, cálido y extremoso, con

lluvias irregulares a fines del verano y una temperatura máxima extrema de 45 ºC y una mínima extrema

de -2 ºC; la temperatura media en el área urbana es superior a los 22 ºC con oscilaciones entre 7 ºC y

14 ºC y presencia de canícula, mientras que al sur del municipio, en la zona correspondiente al Cañón

del Huajuco, se tiene un clima semiárido húmedo, cuya temperatura media anual está entre los 20 ºC y

23 ºC, y la precipitación anual entre los 700 y 900 mm (PDUMM 2013- 2025; INEGI, 2006).

La presencia de las zonas montañosas de Monterrey da lugar a una riqueza de paisajes y

biodiversidad, lo cual se ve reflejado en las Áreas Naturales Protegidas, tales como: el Monumento

natural Cerro de la Silla y los parques nacionales “El Sabinal” y “Cumbres de Monterrey” (PDUMM 2013-

2025).

En cuanto a su hidrografía, el municipio se encuentra en la Región Hidrológica Río Bravo, en la

Cuenca río Bravo-San Juan; cuenta con dos ríos principales y varios arroyos: La zona sur,

correspondiente al Huajuco, es la de mayor importancia, ya que sus características de alta

permeabilidad y buena cobertura vegetal permiten la permanencia de la humedad por mayor tiempo.

Estas zonas son consideradas de recarga acuífera. A pesar de la presencia de los cuerpos hídricos, por

su clima extremoso canicular, algunos de ellos se encuentran secos durante periodos largos de tiempo

(PDUMM 2013-2025).

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Cabe mencionar, que dicha Cuenca presenta altos niveles de contaminación debido a la

concentración de nutrientes, grasas, aceites y materia orgánica, especialmente en los ríos Santa

Catarina y Pesquería. Para el año 2008, se atribuyó a los municipios de Monterrey, San Nicolás de los

Garza, Guadalupe, Santa Catarina, Garza García y Saltillo el 72% del total de carga orgánica generado

en la Cuenca. Por lo anterior, es necesario controlar las condiciones de descarga de las aguas

residuales municipales (INE, 2008).

Cabe mencionar que debido a la alta densidad poblacional de la ciudad de Monterrey, ésta ejerce

una gran presión hídrica, para el año 2010 se calculaba un total de 1,135,550 personas, el 24.4% del

total del Estado (4,653,458 habitantes) (INEGI, 2011). Si bien, Monterrey fue considerado durante la

etapa de industrialización de México como fuerte atractivo para la población; de acuerdo con resultados

de los últimos conteos y censos de población, ha pasado a ser un fuerte expulsor, por lo que se ha

favorecido el crecimiento poblacional del resto de los municipios de la Zona Metropolitana de Monterrey

(PMD 2012-2015). No obstante, Monterrey es la novena ciudad más poblada de México (SECTUR,

2013a).

Entre las actividades económicas del municipio de Monterrey está el comercio, con un total de

51,487 unidades económicas de acuerdo a los Censos Económicos levantados en el 2008, destaca que

el 68.7% de la Población Económicamente Activa (PEA) realiza actividades del sector terciario. Lo

anterior identifica el perfil económico de Monterrey, básicamente en actividades de los subsectores

Comercio y Servicios. Su producción económica es de las más Altas de los municipios de Nuevo León y

de la Zona Metropolitana de Monterrey, el 36.9% de la Producción Bruta Total y el 47.9% del Valor

Agregado Censal Bruto de la ZMM se genera en Monterrey (PMD 2012-2015).

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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de

recursos naturales y medio ambiente

Dependencia: Secretaría de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad.

Funcionario y Cargo: Ing. Gabriel Navarro Guerrero, Director de Planeación y Proyectos.

Entrevistadora: Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns.

En materia ambiental la entrevista está orientada a identificar la problemática sobre los recursos

naturales y el medio ambiente en el municipio, así como las acciones que las autoridades municipales

han llevado a cabo para evitar la degradación de los recursos naturales y reducir la vulnerabilidad de los

ecosistemas, la sociedad y los sectores productivos, como el turístico, ante los riesgos del cambio

climático.

La ubicación del municipio de Monterrey, así como su clima dan como resultado una vegetación

compuesta por mezquites, encinos, huizaches y magueyes (INAFED, 2010), en total se estima que una

superficie de 12.80 km2 de pastizales, 48.45 km2 de bosques, 74.90 km2 de matorral xerófilo, y 34.85

km2 de vegetación secundaria (INEGI, 2005); entre la fauna se encuentran pequeñas especies, como:

zorro, comadreja, tlacuache, así como una gran variedad de aves (PMD, 2009-2012).

Por tratarse de municipio altamente industrializado hay varias problemáticas ambientales, como la

contaminación del aire, el constante cambio de uso de suelo y la deforestación; esto en conjunto ha

modificado los ciclos hidrológicos, la recarga de los mantos acuíferos, el hábitat natural de la fauna

silvestre y ha aumentado la pérdida de suelo por erosión (PCMPNCM, 2006).

En cuanto a la contaminación del aire de Monterrey, destaca la ocasionada por fuentes móviles y los

procesos industriales, ya que el consumo de combustibles gasolina, diésel, combustóleo y coque del

petróleo es lo que más contaminantes genera, entre ellos: monóxido de carbono, hidrocarburos sin

quemar, óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre y partículas suspendidas totales; por lo que los niveles de

concentración de Ozono y de partículas menores de 10 micras con frecuencia rebasan los límites

establecidos en la NOM-020-SSA1-2014 que protege la salud16 (CEMDA, 2013); se calcula que en la

zona, el 72.3% de las partículas menores de 10 micras (PM10) son generadas por las industrias y 69.5%

de los hidrocarburos provienen de los automotores (INEGI, 2011).

Datos generados en el año 2014 por el Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la ZMM

revelan problemas de calidad del aire tanto por PM10 como por O3. En seis de las 10 estaciones de

monitoreo se rebasó el límite de 24 horas de PM10 y en todas el límite anual. Las estaciones en las que

16 La Norma Oficial Mexicana que regula la calidad del aire para la protección a la salud humana es la NOM-020-SSA1-2014,

Salud ambiental. Valor límite permisible para la concentración de ozono (O3) en el aire ambiente y criterios para su evaluación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19/08/2014. En esa NOM se establecen 2 valores límite para las concentraciones ambientales del O3: 1) La concentración de O3 debe ser menor o igual a 0.095 ppm como promedio horario, el cual nunca deberá ser rebasado y; 2) concentración del promedio móvil de 8 horas de O3, debe ser menor o igual a 0.070 ppm, tomado como el máximo en un periodo de 1 año calendario. Esta NOM sustituyó a la NOM-020-SSA1- 1993.

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con mayor frecuencia se presenta concentraciones superiores al límite normado de este contaminante

son las localizadas en los municipios de Santa Catarina y San Nicolás. Dada la relación entre la

contaminación atmosférica y sus efectos en la salud de la población el monitoreo de la calidad del aire

debe ser una actividad prioritaria para las autoridades ambientales, ya que es una herramienta básica

que ayuda a evaluar si una ciudad se aproxima o se aleja de lo que puede considerarse como

sustentable en materia de calidad del aire, así como a estimar, en su caso, la magnitud del problema

que se pretende atender (INECC, 2015).

Por otro lado, y debido al clima seco del municipio, es imprescindible contar con un plan de manejo

definido para el cuidado y aprovechamiento de agua. Actualmente, se tiene registro en CONAGUA de

dos acueductos principales que abastecen al municipio, Linares Monterrey y Cuchillo Monterrey y un

acuífero para la ZMM, cuya disponibilidad es negativa y se expresa con déficit (CONAGUA, 2014c).

En el municipio hay dos plantas de tratamiento de aguas residuales en operación, Aceros Planos

con una capacidad instalada de 200 l/s y CYDSA con una capacidad instalada de 140 l/s, ambas utilizan

el proceso de lodos activados (CONAGUA, 2014c); pero en conjunto son insuficientes para dar

cobertura de tratamiento a todas las aguas residuales generadas.

En materia de residuos sólidos, vemos que en la ciudad de Monterrey se realiza el procesamiento de

desechos sólidos no peligrosos generados a través del Sistema Integral para el Manejo Ecológico y

Procesamiento de Desechos (SIMEPRODE), el cual es un organismo público descentralizado del Estado

de Nuevo León dedicado al procesamiento de estos desechos en la ZMM. El SIMEPRODE tiene varios

rellenos sanitarios en distintos municipios del Estado de Nuevo León, en Monterrey se encuentra una

estación de transferencia, que es una instalación en la cual los recolectores de menor capacidad

transfieren su carga a vehículos de mayor capacidad, con el objetivo de hacer más eficiente el servicio

de recolección (Arvizu, 2006).

Como parte de la operación del SIMEPRODE, además de realizarse una correcta disposición de los

residuos sólidos no peligrosos, se instaló una planta de biogás, cuya producción se utiliza para la

generación de energía eléctrica que se aprovecha para proveer energía eléctrica para el servicio de

alumbrado público, para el sistema de agua y drenaje y para el Sistema de Transporte Colectivo

Metrorrey. Los cálculos estiman que durante los diez años de operación de la planta de biogás se ha

evitado un aproximado de 44 mil 300 toneladas de emisiones de gas metano a la atmósfera (el

equivalente a 800 mil toneladas de bióxido de carbono), y se han generado aproximadamente 202 mil

500 MW de electricidad (Pino, 2013).

Como se mencionó, el municipio de Monterrey cuenta con varias Áreas Naturales Protegidas, que

son el monumento natural “Cerro de la Silla”, el Parque Nacional “Cumbres de Monterrey”, “Sierra las

Mitras”, “Cerro El Topo”, “Cerro del Obispado”; el Parque Lineal “Río Santa Catarina” (SEIDRSNL,

2015).

El Parque Nacional Cumbres de Monterrey es uno de los mayores atractivos turísticos en el

municipio; se localiza en el noreste de la Provincia Geológica de la Sierra Madre Oriental, la vegetación

presente en el ANP son los matorrales, el bosque de pino piñonero, el bosque de pino, el bosque mixto

de pino-encino, bosque de encino, vegetación riparia, y pastizales. La zona es hábitat de una gran

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cantidad de especies amenazadas, como: el halcón peregrino, cotorra serrana oriental, el loro

tamaulipeco el tecolote moteado, el oso negro, el ocelote y el jaguaroundi (PCMPNCM, 2006). Este

Parque ha sido clasificado como Región Terrestre Prioritaria para la Conservación, ya que en él se

produce alrededor del 70% del agua que consume la ciudad de Monterrey. Sin embargo, una de las

problemáticas ambientales de mayor importancia es el cambio de uso de suelo por actividades de

desarrollo urbano. Ello ligado a las presiones de fraccionadores y habitantes irregulares por colonizar

este sitio; además de la práctica del turismo desordenado y el manejo inadecuado de residuos sólidos.

Aunado a ello, también se hay problemas de plagas, enfermedades forestales e incendios (CONANP,

2000).

El Monumento Natural Cerro de la Silla tiene un alto grado de relevancia ambiental por los servicios

ambientales que presta, como lo es el servir como fuente de recarga de los mantos acuíferos que

abastecen a los pozos que suministran el agua a los asentamientos urbanos en sus alrededores; a su

vez, la conservación de la vegetación del Cerro de la Silla es fundamental para la reducción de los

procesos erosivos. La fauna del lugar y su protección debe ser prioritaria, ya que en el lugar habitan

especies amenazadas como el aguililla cola roja, el aguililla rojinegra, el halcón pálido, la lechuza de

madriguera y una especie en peligro de extinción, que es el águila real (Gómez-Pompa y Dirzo, 1995).

Entre las problemáticas que hay en el ANP está la presencia de asentamientos irregulares, como las

colonias: San Ángel, Granjitas, La Silla, Fomerrey y Vivienda Popular. La existencia de los

asentamientos irregulares amenaza el equilibrio ecológico del lugar por la contaminación provocada por

residuos sólidos y por la explotación no controlada de los recursos forestales, así como el deterioro de la

vegetación y fauna por su uso intensivo (Gómez-Pompa y Dirzo, 1995).

Por lo que hace al ANP “Cerro del Obispado” se encuentra dentro de una zona urbanizada, entre las

colonias Deportivo Obispado, Jardines del Cerro, Jardín, Obispado y María Luisa. Su vegetación está

caracterizada por la presencia de matorrales xerófilos. Su fauna se compone de aves residentes y

migratorias, así como algunos reptiles y mamíferos pequeños. Al estar dentro de una zona urbanizada

conserva características ecológicas relictuales del municipio; esta área resulta un atractivo para turistas

y residentes (RPMCO, 2008) Mientras que en la Sierra las Mitras hay vegetación de relevancia para el

municipio como lo son el matorral submontano, bosque de encino y el bosque de pino. (SEIDRSNL,

2015).

A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en

materia de recursos naturales y medio ambiente.

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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES Y MEDIO AMBIENTE PARA EL MUNICIPIO DE MONTERREY

Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). México. DOF, 5-02-1917. Últimas reformas del 27-01-2016.

Artículo 115, fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público; c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; g) Calles, parques y jardines y su equipamiento.

Falta de implementación de las facultades municipales en materia de protección ambiental, prestación de servicios básicos y gestión integral de residuos.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA). México. DOF, 28-01-1988. Últimas reformas del 13-05-2016.

Artículo 8o. Corresponden a los municipios las siguientes facultades: I. La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal;

II. La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal; III. La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo con la legislación estatal corresponda al gobierno del estado; V. La creación y administración de zonas de preservación ecológica de los centros de población, parques urbanos, jardines públicos y demás áreas análogas; VI. La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, radiaciones electromagnéticas y lumínica y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y

Falta de cumplimiento de las facultades del municipio. Deterioro ambiental. Escaso involucramiento de la sociedad en acciones de protección y preservación ambiental.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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el ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios; VII. La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como de las aguas nacionales que tengan asignadas, con la participación que conforme a la legislación local en la materia corresponda a los gobiernos de los estados; VIII. La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico local del territorio; IX. La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales; XI. La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan; XII. La vigilancia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas por la Federación; XIII. La formulación y conducción de la política municipal de información y difusión en materia ambiental; XV. La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de protección al ambiente; XVI. La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, y XVII. La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los Estados.

Artículo 11. La Federación, por conducto de la SEMERNAT, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su jurisdicción territorial: IV. La protección y preservación del suelo, la flora y fauna silvestre, terrestre y los recursos forestales.

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Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF 6-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.

Artículo 9o. Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política municipal en materia de cambio climático; II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Estrategia Nacional, el Programa, el Programa estatal en materia de cambio climático y con las leyes aplicables, en las siguientes materias: b) Ordenamiento ecológico local y desarrollo urbano; c) Recursos naturales y protección al ambiente de su competencia.

Artículo 28. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: I. Gestión integral del riesgo; II. Recursos hídricos; III. Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y acuacultura; IV. Ecosistemas y biodiversidad, en especial de zonas de alta montaña, semiáridas, desérticas, recursos forestales y suelos; V. Energía, industria y servicios; VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano; VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública.

Artículo 29. Se considerarán acciones de adaptación: III. El manejo, protección, conservación y restauración de los ecosistemas, recursos forestales y suelos; XVIII. La infraestructura estratégica en materia de abasto de agua, servicios de salud y producción y abasto de energéticos.

Artículo 30. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y municipios; y para prevenir y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático; IV. Establecer planes de protección y contingencia ambientales en zonas de alta vulnerabilidad, áreas naturales protegidas y corredores biológicos ante eventos meteorológicos

Falta de implementación de las facultades municipales en materia de cambio climático y gestión integral de riesgos. Escaso financiamiento para la ejecución de facultades municipales. Cambio de uso de suelo con la consecuente deforestación. Manejo inadecuado de residuos.

Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.

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extremos; VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población; VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos; IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros; X. Elaborar los diagnósticos de daños en los ecosistemas hídricos, sobre los volúmenes disponibles de agua y su distribución territorial; XI. Promover el aprovechamiento sustentable de las fuentes superficiales y subterráneas de agua; XII. Fomentar la recarga de acuíferos; XIII. Impulsar el cobro de derechos y establecimiento de sistemas tarifarios por los usos de agua que incorporen el pago por los servicios ambientales hidrológicos que proporcionan los ecosistemas a fin de destinarlo a la conservación de los mismos; XIV. Elaborar y publicar programas en materia de manejo sustentable de tierras. XVII. Desarrollar y ejecutar un programa especial para alcanzar la protección y manejo sustentable de la biodiversidad ante el cambio climático, en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. El programa especial tendrá las finalidades siguientes: a) Fomentar la investigación, el conocimiento y registro de impactos del cambio climático en los ecosistemas y su biodiversidad, tanto en el territorio nacional como en las zonas en donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción; b) Establecer medidas de adaptación basadas en la preservación de los ecosistemas, su biodiversidad y los servicios ambientales que proporcionan a la sociedad; XVIII. Fortalecer la resistencia y resiliencia de los ecosistemas terrestres, humedales, mediante acciones para la restauración de la integridad y la conectividad ecológicas; XIX. Impulsar la adopción de prácticas sustentables de manejo agropecuario, forestal, silvícola, de recursos pesqueros y acuícolas; XX. Atender y controlar los efectos de especies invasoras.

Artículo 34. Para reducir las emisiones, los municipios promoverán el diseño y la elaboración de políticas y acciones de mitigación considerando las disposiciones siguientes:

I. Reducción de emisiones en la generación y uso de energía: a) Fomentar

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prácticas de eficiencia energética y promover el uso de fuentes renovables de energía; así como la transferencia de tecnología de bajas en emisiones de carbono; b) Desarrollar y aplicar incentivos a la inversión tanto pública como privada en la generación de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables y tecnologías de cogeneración eficiente; e) Fomentar la utilización de energías renovables para la generación de electricidad; g) Desarrollar políticas y programas que tengan por objeto la implementación de la cogeneración eficiente para reducir las emisiones; h) Fomentar prácticas de eficiencia energética, y de transferencia de tecnología bajas en emisiones de carbono; i) Expedir disposiciones jurídicas y elaborar políticas para la construcción de edificaciones sustentables, incluyendo el uso de materiales ecológicos y la eficiencia y sustentabilidad energética.

III. Reducción de emisiones y captura de carbono en el sector de agricultura, bosques y otros usos del suelo y preservación de los ecosistemas y la biodiversidad: a) Mantener e incrementar los sumideros de carbono; b) Frenar y revertir la deforestación y la degradación de los ecosistemas forestales y ampliar las áreas de cobertura vegetal y el contenido de carbono orgánico en los suelos, aplicando prácticas de manejo sustentable en terrenos ganaderos y cultivos agrícolas; d) Fortalecer los esquemas de manejo sustentable y la restauración de bosques, selvas, humedales; e) Incorporar gradualmente más ecosistemas a esquemas de conservación entre otros: pago por servicios ambientales, de áreas naturales protegidas, unidades de manejo forestal sustentable, y de reducción de emisiones por deforestación y degradación evitada; f) Fortalecer el combate de incendios forestales y promover e incentivar la reducción gradual de la quema de caña de azúcar y de prácticas de roza, tumba y quema; i) Diseñar políticas y realizar acciones para la protección, conservación y restauración de la vegetación riparia en el uso, aprovechamiento y explotación de las riberas o zonas federales.

IV. Reducción de emisiones en el sector residuos: a) Desarrollar acciones y promover el desarrollo y la instalación de infraestructura para minimizar y valorizar los residuos, así como para reducir y evitar las emisiones de metano

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provenientes de los residuos sólidos urbanos. VI. Educación y cambios de patrones de conducta, consumo y producción: a)

Instrumentar programas que creen conciencia del impacto en generación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero en patrones de producción y consumo. b) Desarrollar programas que promuevan patrones de producción y consumo sustentables en el sector turismo a través de incentivos económicos; fundamentalmente en áreas como la generación y consumo de energía, el transporte y la gestión integral de los residuos; c) Incentivar y reconocer a las empresas e instituciones que propicien que sus trabajadores y empleados tengan domicilio cercano a los centros de trabajo, consumo, educación y entretenimiento, así como el establecimiento de jornadas de trabajo continuas; d) Desarrollar políticas e instrumentos para promover la mitigación de emisiones directas e indirectas relacionadas con la prestación de servicios públicos, planeación y construcción de viviendas, construcción y operación de edificios públicos y privados, comercios e industrias.

Ley de Aguas Nacionales (LAN). México. DOF, 1-12-1992. Últimas reformas del 24-03-2016.

Artículo 9. Son atribuciones de "la Comisión" en su Nivel Nacional, las siguientes: XVI. Regular los servicios de riego en distritos y unidades de riego en el territorio nacional, e integrar, con el concurso de sus Organismos de Cuenca, los censos de infraestructura, los volúmenes entregados y aprovechados, así como los padrones de usuarios, el estado que guarda la infraestructura y los servicios. Esto no afectará los procesos de descentralización y desconcentración de atribuciones y actividades del ámbito federal, ni las disposiciones, facultades y responsabilidades estatales y municipales, así como de asociaciones, sociedades y otras organizaciones de usuarios de riego, en la coordinación y prestación de los servicios referidos.

Artículo 13 BIS 3. Los Consejos de Cuenca tendrán a su cargo: XVII. Impulsar el uso eficiente y sustentable del agua, y en forma específica, impulsar el reúso y la recirculación de las aguas; XVIII. Participar en el mejoramiento de la cultura del agua como recurso vital y escaso, con valor económico, social y ambiental.

Falta de monitoreo de la calidad del agua. Falta de remediación de cauces de ríos y arroyos. Descargas de aguas residuales municipales sin tratamiento previo a cuerpos de agua municipales. Contaminación por residuos sólidos municipales.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Artículo 14 BIS. "La Comisión", conjuntamente con los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, los organismos de cuenca, los consejos de cuenca y el Consejo Consultivo del Agua, promoverá y facilitará la participación de la sociedad en la planeación, toma de decisiones, ejecución, evaluación y vigilancia de la política nacional hídrica. V. Concertará acciones y convenios con los usuarios del agua para la conservación, preservación, restauración y uso eficiente del agua.

Artículo 14 BIS 5. Los principios que sustentan la política hídrica nacional son: XIII. El Ejecutivo Federal promoverá que los estados, el Distrito Federal y los municipios a través de sus órganos competentes y arreglos institucionales que éstos determinen, se hagan responsables de la gestión de las aguas nacionales en cantidad y calidad que tengan asignadas, concesionadas o bajo su administración y custodia y de la prestación de los servicios hidráulicos; el Ejecutivo Federal brindará facilidades y apoyo para la creación o mejoramiento de órganos estatales competentes que posibiliten la instrumentación de lo dispuesto en la presente fracción.

Artículo 29. Los concesionarios tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las demás asentadas en el presente Título: X. Cumplir con los requisitos de uso eficiente del agua y realizar su reúso en los términos de las Normas Oficiales Mexicanas o de las condiciones particulares que al efecto se emitan.

Artículo 44. La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales o del subsuelo por parte de los sistemas del Distrito Federal, estatales o municipales de agua potable y alcantarillado, se efectuarán mediante asignación que otorgue "la Autoridad del Agua", en los términos dispuestos por el Título Cuarto de esta Ley. Las asignaciones de aguas nacionales a centros de población que se hubieran otorgado a los ayuntamientos, a los estados, o al Distrito Federal, que administren los respectivos sistemas de agua potable y alcantarillado, subsistirán aun cuando estos sistemas sean administrados por entidades paraestatales o paramunicipales, o se concesionen a particulares por la autoridad competente.

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Corresponde al municipio, al Distrito Federal y, en términos de Ley, al estado, así como a los organismos o empresas que presten el servicio de agua potable y alcantarillado, el tratamiento de las aguas residuales de uso público urbano, previa a su descarga a cuerpos receptores de propiedad nacional, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas respectivas o a las condiciones particulares de descarga que les determine "la Autoridad del Agua". Los municipios que celebren convenios entre sí o con los estados que les correspondan, para la prestación del servicio público de agua potable, alcantarillado y saneamiento y el ejercicio de las funciones a su cargo, así como para prestar los servicios en materia de uso público urbano, serán responsables directos del cumplimento de sus obligaciones ante las autoridades en materia de agua, en términos de esta Ley, de sus Reglamentos y los títulos correspondientes, siendo los estados o quienes en su caso se encarguen de prestar el servicio, responsables solidarios en el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. Los municipios, los Estados y, en su caso, el Distrito Federal, podrán convenir con los Organismos de Cuenca con el concurso de "la Comisión", el establecimiento de sistemas regionales de tratamiento de las descargas de aguas residuales que se hayan vertido a un cuerpo receptor de propiedad nacional y su reúso, conforme a los estudios que al efecto se realicen y en los cuales se prevea la parte de los costos que deberá cubrir cada uno de los municipios, de los estados y, en su caso, el Distrito Federal. Las personas que infiltren o descarguen aguas residuales en el suelo o subsuelo o cuerpos receptores distintos de los sistemas municipales de alcantarillados de las poblaciones, deberán obtener el permiso de descarga respectivo, en los términos de esta Ley independientemente del origen de las fuentes de abastecimiento. Las descargas de aguas residuales de uso doméstico que no formen parte de un sistema municipal de alcantarillado, se podrán llevar a cabo con sujeción a las Normas Oficiales Mexicanas que al efecto se expidan y mediante aviso.

Artículo 45. Es competencia de las autoridades municipales, con el concurso de los gobiernos de los estados en los términos de esta Ley, la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales que se les hubieran asignado,

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incluyendo las residuales, desde el punto de su extracción o de su entrega por parte de "la Autoridad del Agua", hasta el sitio de su descarga a cuerpos receptores que sean bienes nacionales. La explotación, uso o aprovechamiento se podrá efectuar por dichas autoridades a través de sus entidades paraestatales o de concesionarios en los términos de Ley.

Artículo 84 BIS. "La Comisión", con el concurso de los Organismos de Cuenca, deberá promover entre la población, autoridades y medios de comunicación, la cultura del agua acorde con la realidad del país y sus regiones hidrológicas, para lo cual deberá: I. Coordinarse con las autoridades Educativas en los órdenes federal y estatales para incorporar en los programas de estudio de todos los niveles educativos los conceptos de cultura del agua, en particular, sobre disponibilidad del recurso; su valor económico, social y ambiental; uso eficiente; necesidades y ventajas del tratamiento y reúso de las aguas residuales; la conservación del agua y su entorno; el pago por la prestación de servicios de agua en los medios rural y urbano y de derechos por extracción, descarga y servicios ambientales; II. Instrumentar campañas permanentes de difusión sobre la cultura del agua; III. Informar a la población sobre la escasez del agua, los costos de proveerla y su valor económico, social y ambiental; y fortalecer la cultura del pago por el servicio de agua, alcantarillado y tratamiento; IV. Proporcionar información sobre efectos adversos de la contaminación, así como la necesidad y ventajas de tratar y reusar las aguas residuales; V. Fomentar el uso racional y conservación del agua como tema de seguridad nacional, y alentar el empleo de procedimientos y tecnologías orientadas al uso eficiente y conservación del agua, y VI. Fomentar el interés de la sociedad en sus distintas organizaciones ciudadanas o no gubernamentales, colegios de profesionales, órganos académicos y organizaciones de usuarios, para participar en la toma de decisiones, asunción de compromisos y responsabilidades en la ejecución, financiamiento, seguimiento y evaluación de actividades diversas en la gestión de los recursos hídricos.

Artículo 86. "La Autoridad del Agua" tendrá a su cargo, en términos de Ley: I. Promover y, en su caso, ejecutar y operar la infraestructura federal, los

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sistemas de monitoreo y los servicios necesarios para la preservación, conservación y mejoramiento de la calidad del agua en las cuencas hidrológicas y acuíferos, de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas respectivas y las condiciones particulares de descarga; II. Formular y realizar estudios para evaluar la calidad de los cuerpos de agua nacionales; III. Formular programas integrales de protección de los recursos hídricos en cuencas hidrológicas y acuíferos, considerando las relaciones existentes entre los usos del suelo y la cantidad y calidad del agua; IV. Establecer y vigilar el cumplimiento de las condiciones particulares de descarga que deben satisfacer las aguas residuales, de los distintos usos y usuarios, que se generen en: a. Bienes y zonas de jurisdicción federal; b. Aguas y bienes nacionales; c. Cualquier terreno cuando puedan contaminar el subsuelo o los acuíferos, y d. Los demás casos previstos en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en los reglamentos de la presente Ley; V. Realizar la inspección y verificación del cumplimiento de las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, para la prevención y conservación de la calidad de las aguas nacionales y bienes señalados en la presente Ley; VII. Vigilar, en coordinación con las demás autoridades competentes, que el agua suministrada para consumo humano cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes; VIII. Vigilar, en coordinación con las demás autoridades competentes, que se cumplan las normas de calidad del agua en el uso de las aguas residuales; IX. Promover o realizar las medidas necesarias para evitar que basura, desechos, materiales y sustancias tóxicas, así como lodos producto de los tratamientos de aguas residuales, de la potabilización del agua y del desazolve de los sistemas de alcantarillado urbano o municipal, contaminen las aguas superficiales o del subsuelo y los bienes que señala el Artículo 113 de la presente Ley; X. Instrumentar en el ámbito de su competencia un mecanismo de respuesta rápido, oportuno y eficiente, ante una emergencia hidroecológica o una contingencia ambiental, que se presente en los cuerpos de agua o bienes nacionales a su cargo; XI. Atender las alteraciones al ambiente por el uso del agua, y establecer a nivel de cuenca

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hidrológica o región hidrológica las acciones necesarias para preservar los recursos hídricos y, en su caso, contribuir a prevenir y remediar los efectos adversos a la salud y al ambiente, en coordinación con la Secretaría de Salud y "la Secretaría" en el ámbito de sus respectivas competencias; XII. Ejercer las atribuciones que corresponden a la Federación en materia de prevención y control de la contaminación del agua y de su fiscalización y sanción, en términos de Ley; XIII. Realizar: a. El monitoreo sistemático y permanente de la calidad del agua, y mantener actualizado el Sistema de Información de la Calidad del Agua a nivel nacional, coordinado con el Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del Agua en términos de esta Ley; b. El inventario nacional de plantas de tratamiento de aguas residuales, y c. El inventario nacional de descargas de aguas residuales, y XIV. Otorgar apoyo a "la Procuraduría" cuando así lo solicite, conforme a sus competencias de Ley, sujeto a la disponibilidad de recursos.

Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales (RLAN), DOF, 12-01-1994.

Artículo 23. La programación hidráulica precisará los objetivos nacionales, regionales y locales de la política en la materia; las prioridades para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, así como para la conservación de su cantidad y calidad; los instrumentos para la implantación de las acciones programadas; los responsables de su ejecución; y el origen y destino de los recursos requeridos, para lo cual tomará en cuenta: VIII. Los programas, estudios y proyectos sobre las medidas necesarias para la conservación y restauración de los ecosistemas acuáticos, incluyendo los humedales y las interacciones para la conservación y manejo de las cuencas alimentadoras de las aguas nacionales.

Artículo 78. El Ejecutivo Federal podrá decretar la reserva de aguas nacionales para: I. Usos domésticos y abastecimiento de agua a centros de población; II. Generación de energía eléctrica; III. Garantizar los flujos mínimos que requiera la estabilidad de los cauces, lagos y lagunas, y el mantenimiento de las especies acuáticas, y IV. La protección, conservación o restauración de un ecosistema acuático, incluyendo los humedales, lagos, lagunas y esteros,

Falta de monitoreo de la calidad del agua. Falta de remediación de cauces de ríos y arroyos. Descargas de aguas residuales municipales sin tratamiento previo a cuerpos de agua municipales. Contaminación por residuos sólidos municipales.

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climático

así como los ecosistemas acuáticos que tengan un valor histórico, turístico o recreativo.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), DOF, 08-10-2003. Últimas reformas del 22-05-2015.

Artículo 10. Los municipios tienen a su cargo las funciones de manejo integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final, conforme a las siguientes facultades: I. Formular, por sí o en coordinación con las entidades federativas, y con la participación de representantes de los distintos sectores sociales, los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos, los cuales deberán observar lo dispuesto en el Programa Estatal para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos correspondiente; II. Emitir los reglamentos y demás disposiciones jurídico-administrativas de observancia general dentro de sus jurisdicciones respectivas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley y en las disposiciones legales que emitan las entidades federativas correspondientes; III. Controlar los residuos sólidos urbanos; IV. Prestar, por sí o a través de gestores, el servicio público de manejo integral de residuos sólidos urbanos, observando lo dispuesto por esta Ley y la legislación estatal en la materia; V. Otorgar las autorizaciones y concesiones de una o más de las actividades que comprende la prestación de los servicios de manejo integral de los residuos sólidos urbanos; VI. Establecer y mantener actualizado el registro de los grandes generadores de residuos sólidos urbanos; VII. Verificar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos jurídicos en materia de residuos sólidos urbanos e imponer las sanciones y medidas de seguridad que resulten aplicables; VIII. Participar en el control de los residuos peligrosos generados o manejados por microgeneradores, así como imponer las sanciones que procedan, de acuerdo con la normatividad aplicable y lo que establezcan los convenios que se suscriban con los gobiernos de las entidades federativas respectivas, de conformidad con lo

Implementación limitada de las facultades del municipio en materia de manejo integral de residuos.

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establecido en esta Ley; IX. Participar y aplicar, en colaboración con la federación y el gobierno estatal, instrumentos económicos que incentiven el desarrollo, adopción y despliegue de tecnología y materiales que favorezca el manejo integral de residuos sólidos urbanos; X. Coadyuvar en la prevención de la contaminación de sitios con materiales y residuos peligrosos y su remediación; XI. Efectuar el cobro por el pago de los servicios de manejo integral de residuos sólidos urbanos y destinar los ingresos a la operación y el fortalecimiento de los mismos.

Artículo 18. Los residuos sólidos urbanos podrán subclasificarse en orgánicos e inorgánicos con objeto de facilitar su separación primaria y secundaria, de conformidad con los Programas Estatales y Municipales para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos, así como con los ordenamientos legales aplicables.

Artículo 35. Los municipios promoverán la participación de todos los sectores de la sociedad en la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de residuos, para lo cual: IV. Celebrarán convenios con medios de comunicación masiva para la promoción de las acciones de prevención y gestión integral de los residuos; V. Promoverán el reconocimiento a los esfuerzos más destacados de la sociedad en materia de prevención y gestión integral de los residuos; VI. Impulsarán la conciencia ecológica y la aplicación de la presente Ley, a través de la realización de acciones conjuntas con la comunidad para la prevención y gestión integral de los residuos, así como el uso de materiales que cumplan con criterios de eficiencia ambiental y tecnológica. Para ello, podrán celebrar convenios de concertación con comunidades urbanas y rurales, así como con diversas organizaciones sociales.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), DOF, 25-

Artículo 15. Corresponden a los Gobiernos de los Municipios, de conformidad con esta Ley y las Leyes locales en la materia, las siguientes atribuciones: I. Diseñar, formular y aplicar, en concordancia con la política nacional y estatal, la política forestal del municipio; II. Aplicar los criterios de

Deforestación y consecuente cambio de uso de suelo.

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02-2003. Última reforma del 26-03-2015.

política forestal previstos en esta Ley y en las Leyes locales en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente reservadas a la Federación o a los Estados; III. Apoyar a la Federación y al Gobierno de la Entidad, en la adopción y consolidación del Servicio Nacional Forestal; IV. Participar en el ámbito de sus atribuciones, en el establecimiento de sistemas y esquemas de ventanilla única de atención eficiente para los usuarios del sector; V. Elaborar, monitorear y mantener actualizado el Inventario Municipal Forestal y de Suelos, bajo los principios, criterios y lineamientos que se establezcan para el Inventario Estatal Forestal y de Suelos e incorporar su contenido al Sistema Estatal de Información Forestal; VI. Participar, en coordinación con la Federación en la zonificación forestal, comprendiendo las áreas forestales permanentes de su ámbito territorial; VII. Promover programas y proyectos de educación, capacitación, investigación y cultura forestal; VIII. Celebrar acuerdos y convenios de coordinación, cooperación y concertación en materia forestal; IX. Expedir, previo a su instalación las licencias o permisos, para el establecimiento de centros de almacenamiento o transformación de materias primas forestales en el ámbito de su competencia, considerando los criterios de política forestal establecidos en esta Ley; X. Diseñar, desarrollar y aplicar incentivos para promover el desarrollo forestal, de conformidad con esta Ley y los lineamientos de la política forestal del país; XI. Participar y coadyuvar en las acciones de prevención y combate de incendios forestales en coordinación con los gobiernos federal y estatal, y participar en la atención, en general, de las emergencias y contingencias forestales, de acuerdo con los programas de protección civil; XII. Participar en la planeación y ejecución de la reforestación, forestación, restauración de suelos y conservación de los bienes y servicios ambientales forestales, dentro de su ámbito territorial de competencia; XIII. Desarrollar y apoyar viveros y programas de producción de plantas; XIV. Llevar a cabo, en coordinación con el Gobierno de la Entidad, acciones de saneamiento en los ecosistemas forestales dentro de su ámbito de competencia; XV. Promover la construcción y mantenimiento de la infraestructura en las áreas forestales del

Deterioro de los ecosistemas. Falta de programas de manejo y aprovechamiento forestal sustentable. Falta de áreas destinadas a la conservación y restauración de los de ecosistemas forestales. Falta de programas para impulsar el establecimiento y conservación de viveros comunitarios. Falta de programas de manejo de las ANPs presentes en el municipio. Falta de programas integrales de manejo de plagas para los ecosistemas forestales del municipio. Falta de programas integrales de manejo de fuego para los

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municipio; XVI. Promover la participación de organismos públicos, privados y no gubernamentales en proyectos de apoyo directo al desarrollo forestal sustentable; XVII. Participar, de conformidad con los acuerdos y convenios que se celebren con el gobierno federal y de las entidades federativas, en la vigilancia forestal en el municipio; XVIII. Hacer del conocimiento a las autoridades competentes, y en su caso denunciar, las infracciones o delitos que se cometan en materia forestal; XIX. Participar y coadyuvar en los programas integrales de prevención y combate a la extracción ilegal y a la tala clandestina con la Federación y el gobierno de la entidad; XX. Regular y vigilar la disposición final de residuos provenientes de la extracción de materias primas forestales en los términos establecidos en esta Ley, y XXI. La atención de los demás asuntos que en materia de desarrollo forestal sustentable les conceda esta Ley u otros ordenamientos.

Artículo 24. La Federación, a través de la Secretaría y de la Comisión, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los estados, con la participación, en su caso, de municipios, en el ámbito territorial de su competencia asuman las siguientes funciones: II. Programar y operar las tareas de prevención, detección y combate de incendios forestales en la entidad, así como los de control de plagas y enfermedades.

Artículo 142. El Fondo Forestal Mexicano será el instrumento para promover la conservación, incremento, aprovechamiento sustentable y restauración de los recursos forestales y sus recursos asociados facilitando el acceso a los servicios financieros en el mercado, impulsando proyectos que contribuyan a la integración y competitividad de la cadena productiva y desarrollando los mecanismos de cobro y pago de bienes y servicios ambientales.

ecosistemas forestales, con la participación de instituciones gubernamentales y de la sociedad civil.

Ley General de Educación (LGE), DOF. Últimas reformas del 17-04-

Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados

Falta de programas educativos orientados a la divulgación del cambio climático, sus causas y

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2009, y del 28-01-2011.

Unidos Mexicanos, los siguientes: XI. Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad.

efectos. Falta de capacitación de funcionarios públicos en materia de cambio climático.

Inundación fluvial.

Ley Ambiental del Estado de Nuevo León (LAENL), POE, 15-07-2005. Últimas reformas del 13-05-2015.

Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria del segundo párrafo del artículo 3 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León. Sus disposiciones son de orden público e interés social, y tienen por objeto propiciar la conservación y restauración del equilibrio ecológico, la protección al ambiente y el desarrollo sustentable del Estado, y establecer las bases para: III. Ejercer las atribuciones que en materia ambiental correspondan al Estado y Municipios, de conformidad con lo previsto en el artículo 73 fracción XXIX- G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 7 y 8 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Artículo 5. El Estado y los Municipios ejercerán sus atribuciones en materia de preservación, restauración y conservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, de conformidad con la distribución de competencias previstas en la Ley General, en ésta Ley y en otros ordenamientos aplicables. Los Municipios, en el ámbito de su competencia, podrán aplicar de manera supletoria lo dispuesto en esta Ley, a falta de reglamentación municipal específica en la materia.

Artículo 6. En la entidad son autoridades en materia ambiental: II. Los Municipios a través de: a) Los Ayuntamientos; b) El Presidente Municipal; y c) Las dependencias o unidades administrativas que al efecto designen, en los términos de la reglamentación aplicable al ámbito municipal.

Artículo 7. En la ejecución y cumplimiento de la presente Ley, corresponde al Titular del Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones: III. Expedir la declaratoria, así como los lineamientos necesarios para regular, administrar y vigilar las áreas naturales protegidas de competencia estatal, en su caso con la

Falta de estudios técnicos para tener la posibilidad de identificar zonas con potencial de ser decretadas ANPs. Falta de Programas de Manejo de ANPs. Falta de Pago por Servicios Ambientales (PSA). Falta de espacios urbanos verdes, como techos verdes, huertos de azotea, entre otros. Falta de un programa de manejo integral de residuos. Quema de residuos sólidos urbanos.

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participación de los Municipios; IV. Formular y expedir los programas de Ordenamiento Ecológico Regional y Local, con la participación de los Municipios respectivos;

Artículo 8. Corresponde a la Secretaría, además de las facultades que le otorguen otros ordenamientos, el ejercicio de las siguientes atribuciones: VII. Emitir y aplicar los lineamientos, criterios y normas ambientales en las materias y actividades que causen o puedan causar desequilibrios ecológicos o daños al ambiente en el Estado, con la participación de los Municipios y de la sociedad en general; XLIV. Proporcionar, a solicitud de los Municipios, el apoyo, la asesoría técnica, capacitación e información, para la elaboración de los programas de ordenamiento ecológico local;

Artículo 9. En la ejecución y cumplimiento de la presente Ley, corresponderán a los Municipios, las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política ambiental municipal, en congruencia con la política federal y estatal en la materia; II. Aplicar los instrumentos de política ambiental previstos en las disposiciones legales aplicables en la materia; III. Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas al Estado o a la Federación; IV. Aplicar los ordenamientos en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos comerciales o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal o estatal, con la participación que de acuerdo a la presente Ley corresponda al Estado; V. Participar con el Estado en la elaboración y aplicación de las Normas Ambientales Estatales, para regular las actividades riesgosas; VI. Aplicar las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos; VII. Crear y administrar, cuando así se determine en las disposiciones correspondientes, parques urbanos, zonas de preservación ecológica en los centros de población, jardines

Inexistencia de un programa de ordenamiento territorial municipal decretado.

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públicos y demás áreas análogas previstas por esta Ley; VIII. Incentivar la instalación de áreas verdes en azoteas de edificaciones, en congruencia con los planes y programas de desarrollo urbano, de medio ambiente, las disposiciones de la presente Ley y demás que resulten aplicables; IX. Aplicar los ordenamientos relativos a la prevención y control de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, provenientes de fuentes fijas que funcionen como establecimientos comerciales o de servicios, las provenientes del resultado de la quema a cielo abierto de cualquier tipo de residuos de su competencia, así como la vigilancia del cumplimiento de los ordenamientos que, en su caso, resulten aplicables a las fuentes móviles excepto las que sean consideradas de jurisdicción Federal o Estatal; X. Promover el aprovechamiento sustentable, la conservación, ahorro, reciclaje y reúso de las aguas que se destinen para la prestación de los servicios públicos a su cargo, así como promover la captación y uso eficiente del agua de lluvia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Aguas Nacionales; XI. Formular, autorizar y expedir el programa de ordenamiento ecológico local, así como el control y la vigilancia del uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dicho programa, en coordinación con el Estado, en términos de lo dispuesto en esta Ley y en otras disposiciones jurídicas aplicables; XII. Establecer y ejecutar en forma continua y permanente campañas o programas de educación ambiental y difusión de cultura ecológica, en el ámbito de su competencia; XIII. Preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger al ambiente en los centros de población, en relación con los efectos derivados de los servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, tránsito y transporte locales, y demás servicios públicos a su cargo, siempre y cuando no se trate de atribuciones otorgadas al Estado por la presente Ley; XIV. Sancionar, en el ámbito de su competencia, la realización de actividades ruidosas, así como las emisiones provenientes de aparatos de sonido, en establecimientos públicos o privados, o en unidades móviles, que rebasen los límites máximos permitidos por las Normas Oficiales Mexicanas y Normas

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Ambientales Estatales, para lo cual podrán imponer cualquiera de las sanciones a que se refiere el Artículo 232 de esta Ley. Los reglamentos municipales de la materia deberán establecer las disposiciones necesarias tendientes a la observancia y debido cumplimiento de la presente disposición; XV. Registrar la emisión de ruidos y vibraciones en áreas habitacionales y en las zonas colindantes a guarderías, escuelas, asilos y lugares de descanso, hospitales y demás establecimientos dedicados al tratamiento de la salud; XVI. Participar en coordinación con el Estado en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o más Municipios y que generen efectos ambientales en su circunscripción territorial; XVII. Participar en la prevención y control de emergencias y contingencias ambientales que pudieren presentarse en su circunscripción territorial, atendiendo a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan por las autoridades competentes; XVIII. Vigilar en la esfera de su competencia el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las fracciones de este artículo; XIX. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia ambiental; XX. Formular, aprobar, ejecutar y evaluar el Programa Municipal del Medio Ambiente y Recursos Naturales, en congruencia con el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Nuevo León; XXI. Celebrar acuerdos o convenios de coordinación en materia ambiental con otros Municipios o con el Estado; XXII. Concertar con los sectores social y privado la realización de acciones en las materias de su competencia;

XXIII. Vigilar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las resolutivas en materia de impacto y riesgo ambiental en las obras y actividades que se realicen en el ámbito de su circunscripción territorial;

XXVI. Elaborar los informes periódicos sobre la situación ambiental y de los recursos naturales en el respectivo Municipio; XXIX. Llevar a cabo el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos; XXXI. Promover el aprovechamiento sostenible, la conservación, ahorro, reciclaje y reúso de los materiales utilizados por los servidores públicos en las diversas dependencias

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municipales así como llevar a cabo la planeación y ejecución de acciones que fomenten en los servidores públicos municipales, la educación ambiental y el fortalecimiento de una cultura ecológica; y XXII. Las demás atribuciones que les otorgue la presente Ley u otros ordenamientos aplicables a la materia.

Artículo 18. El Estado y los Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, formularán sus respectivos Programas Sectorial y Municipal de Medio Ambiente y Recursos Naturales, conforme a lo establecido en esta Ley, la Ley Estatal de Planeación y otros ordenamientos aplicables y vigilarán su aplicación y evaluación periódica. En la elaboración de dichos instrumentos, se deberá considerar la participación de la sociedad.

Artículo 24. Corresponde a los Ayuntamientos la expedición de los Programas de Ordenamiento Ecológico Local, de conformidad con esta Ley. Estos programas tendrán por objeto: I. Determinar las distintas áreas ecológicas que se definan en la zona de que se trate, describiendo sus atributos físicos, bióticos y socioeconómicos, así como el diagnóstico de sus condiciones ambientales, y de tecnologías utilizadas por los habitantes del lugar; II. Regular fuera de los centros de población los usos de suelo con el propósito de proteger el ambiente, preservar y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales respectivos, fundamentalmente en la realización de actividades productivas y la localización de asentamientos humanos; y III. Establecer los criterios de regulación ecológica para la preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que sean considerados en los planes de desarrollo urbano correspondientes. Artículo 31. El Estado y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, diseñarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental […].

Artículo 52. Los Municipios podrán emitir, por sí mismos o a petición de la Secretaría, opiniones técnicas relativas a la obra o actividad de que se trate, durante el proceso de evaluación de impacto o riesgo ambiental que desarrolle la Secretaría, en términos de lo dispuesto en la presente Ley y su Reglamento.

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Artículo 64. El Estado y los Municipios, en coordinación con las autoridades competentes, promoverán la incorporación de educación ambiental en los diversos ciclos escolares, así como la formación de Comités Ecológicos, cuyo objeto es el desarrollo cultural en materia ambiental de los diversos sectores de la sociedad.

Artículo 67. El Estado y los Municipios fomentarán la investigación científica y promoverán programas para el desarrollo de técnicas y procedimientos, que permitan prevenir, controlar y abatir la contaminación, propiciar el aprovechamiento racional de los recursos y proteger los ecosistemas. Para ello, se podrán celebrar convenios con instituciones de educación superior, centros de investigación, instituciones del sector social y privado, investigadores y especialistas en la materia.

Artículo 128. Para la protección al ambiente, el Estado y los Municipios, en sus correspondientes ámbitos de competencia, deberán considerar los siguientes criterios: II. Que la obligación de prevenir y, en su caso, controlar la contaminación del ambiente corresponde tanto al Estado como a los municipios.

Artículo 133. El Estado y los Municipios, dentro de su competencia, llevarán a cabo las siguientes atribuciones: I. Controlar la contaminación del aire en los bienes y zonas de jurisdicción estatal o municipal, así como en fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, comerciales o de servicios, en el ámbito de sus respectivas competencias; II. Aplicar los criterios generales que establece ésta Ley para la protección a la atmósfera, en los planes de desarrollo urbano de su competencia; III. Requerir a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción estatal o municipal, no exceder los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley, en las Normas Oficiales Mexicanas respectivas, Normas Ambientales Estatales, y demás criterios o lineamientos ambientales establecidos en la presente Ley; IV. Establecer y operar sistemas de monitoreo de la calidad del aire, utilizando para ello los dispositivos tecnológicos que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y

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Normas Ambientales Estatales; V. Integrar y mantener actualizados los sistemas estatales y nacionales de información ambiental que se establezcan, así como los reportes de monitoreo ambiental; VI. Formular y aplicar, programas de gestión de calidad del aire con base en las Normas Oficiales Mexicanas y Normas Ambientales Estatales para establecer la calidad ambiental en el territorio del Estado; VII. Promover ante los responsables de la operación de fuentes contaminantes, la aplicación de nuevas tecnologías ambientalmente compatibles o ecoeficientes, con el propósito de reducir o eliminar sus emisiones a la atmósfera; y VIII. Ejercer las demás facultades que les confieren esta Ley y los demás ordenamientos aplicables.

Artículo 162. Los Municipios observarán, según corresponda, las condiciones particulares de descarga que les sean fijadas, de acuerdo a los parámetros establecidos por la Secretaría, y conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, o Normas Ambientales Estatales, para el diseño, operación o administración de sus equipos y sistemas de tratamiento de aguas residuales de origen urbano.

Artículo 178. En materia de residuos, el Municipio emitirá las autorizaciones para: I. La prestación del servicio de recolección de residuos sólidos urbanos por terceros; y; II. La prestación del servicio público de manejo integral de los residuos sólidos urbanos. Los respectivos reglamentos municipales, establecerán los procedimientos para la emisión de las autorizaciones que se señalan en este artículo.

Artículo 243. Los Municipios, en la esfera de su competencia, regularán las sanciones administrativas que correspondan por violaciones a los bandos y reglamentos que expidan para tal efecto, en concordancia con lo dispuesto en esta Ley.

Ley de Agua Potable y Saneamiento para el Estado de Nuevo León (LAPSENL)

Artículo 6o. La administración a que se refiere el Artículo anterior comprenderá las siguientes acciones, conforme a la distribución de competencia prevista en esta Ley: X. La estructuración de un sistema financiero integral, eficiente y equitativo para la prestación de los servicios de agua

Falta de monitoreo de la calidad del agua. Falta de remediación de

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POE, 3-10-1997. Últimas reformas del 07-02-2007.

potable, drenaje sanitario y saneamiento en las zonas conurbadas y en el resto de los municipios del Estado. XII. La corresponsabilidad de la Administración Pública Estatal y Municipal y de la sociedad civil en el aprovechamiento racional del agua, en su preservación, reúso y en la creación de una cultura del agua como recurso escaso y vital.

Artículo 9o. Considerando lo dispuesto por el Artículo 15 de esta Ley, corresponde a los Municipios del Estado: I. Planear, programar y prestar los servicios públicos de agua potable y saneamiento en sus respectivas jurisdicciones, por medio de organismos descentralizados, o mediante concesiones, con sujeción a lo establecido en el Capítulo V de esta Ley y considerando la opinión de la Comisión Estatal de Agua Potable y Saneamiento. Cuando los Municipios afronten circunstancias graves, de carácter extraordinario o de emergencia, que impidan proporcionar los servicios referidos, el Estado por conducto del Poder Ejecutivo, coadyuvará a su prestación, previa solicitud del Ayuntamiento respectivo, y mientras prevalezcan aquellas circunstancias. II. Participar en el seno de la Comisión Estatal de Agua Potable y Saneamiento, en el establecimiento de las políticas, lineamientos y especificaciones técnicas conforme a las que se efectuarán la construcción, ampliación, rehabilitación, administración, operación, conservación, mejoramiento y mantenimiento de los sistemas de agua potable y saneamiento. III. La realización de obras de infraestructura hidráulica y su operación ya sea en forma directa o por medio de sus organismos públicos descentralizados, o concesionar o contratar con terceros. IV. Las demás que ésta u otras leyes les confieran.

cauces de ríos y arroyos. Descargas de aguas residuales municipales sin tratamiento previo a cuerpos de agua municipales. Contaminación por residuos sólidos municipales.

Inundación fluvial.

Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León, 2010-2015 (PACC-NL).

Realizar estrategias para la generación de energía a partir de fuentes limpias y/o renovables, el uso de aislamientos térmicos en la construcción de las viviendas para regular las Altas temperaturas y reducir el uso de aires acondicionados.

Estrategia 1. Proteger y restaurar los ecosistemas y la biodiversidad para fortalecer su resiliencia ante el cambio climático.

Excesivo consumo de energía eléctrica por climatización de vivienda (más del 50% del consumo total de energía en el hogar).

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Acción estratégica de adaptación 1. Instrumentar políticas que garanticen la conservación y permitan el aprovechamiento racional, eficiente y sustentable de la flora y fauna silvestre, como alternativa viable de desarrollo económico y social de las comunidades rurales; 2. Proteger especies de flora y fauna prioritarias privilegiando la repoblación de aquellas en peligro de extinción; 3. Conservar e incrementar el número de áreas naturales protegidas y reservas territoriales estatales; 4. Impulsar acciones coordinadas para la prevención y control de los incendios, plagas y enfermedades tanto forestales como en zonas urbanas, mejorando los tiempos de respuesta a emergencias; 5. Realizar con la Comisión Nacional Forestal las acciones de reforestación de las zonas rurales del Estado, buscando la participación corresponsable de la sociedad; 6. Establecer en conjunto con CONAFOR, CONABIO, CONANP, SEMARNAT, etc. bancos de germoplasma (material reproductivo) de flora y fauna nativa; 20. Mejorar la disponibilidad de agua en cantidad y calidad suficientes para contrarrestar los efectos del cambio climático, mediante esquemas de uso racional del agua disponible, conservación de agua de lluvia y reutilización de agua tratada; 21. Instrumentar acciones que desaceleren los procesos de deterioro y hacer un uso más eficiente y sustentable de los recursos hídricos derivados de las cuencas y sub cuencas.

Escaso aprovechamiento de la energía solar. Sobreexplotación de recursos naturales. Cambio de uso de suelo indiscriminado.

Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (LDUENL), POE, 09-09-2014.Últimas reformas del 03-07-2014.

Artículo 10. Son facultades y obligaciones de los Municipios: XIX. Aplicar criterios ambientales de conservación de áreas naturales y de prevención y control de la contaminación ambiental en los permisos, licencias o autorizaciones de las distintas acciones urbanas.

Artículo 86. En el caso de que un programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio incluyan obras o actividades de las señaladas en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, las autoridades competentes deberán presentar dichos programas a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el propósito de que ésta emita la autorización que en materia de impacto ambiental corresponda, respecto del conjunto de obras o actividades que se

Falta de un programa de ordenamiento territorial municipal decretado.

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climático

prevean realizar en un área determinada.

Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, POE, 26-02-2010. Última reforma del 02-10-2015.

Artículo 18. La Dirección de Proyectos de Urbanismo Social tendrá las siguientes funciones: I. Participar con los municipios en los proyectos y ejecución de acciones, inversiones, obras y servicios en materia de desarrollo urbano, convenidos por el secretario; II. Participar con los sectores social y privado en la realización de acciones e inversiones concertadas por el secretario para el desarrollo urbano sustentable en la Entidad; III. Auxiliar al Subsecretario en la coordinación de acciones e inversiones con el Gobierno Federal y con otras entidades federativas y municipios, que propicien el ordenamiento territorial con otras entidades y países, de conformidad con los tratados, acuerdos y convenios internacionales en la materia; VIII. Prever en forma conjunta con los municipios involucrados, y con la opinión de las dependencias federales competentes, la localización de los derechos de vía necesarios en materia de agua potable, drenaje pluvial, drenaje sanitario, energía eléctrica, comunicaciones, energéticos, vialidad, transporte u otros; con objeto de determinar los trazos y vías públicas que por su importancia, utilización o funcionamiento constituyan o deban constituir el drenaje pluvial y la red vial estatal, intermunicipal y metropolitano, conforme a los planes o programas que correspondan, o a falta de éstos, previo dictamen y opinión de la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano o de la Comisión de la Zona Conurbada correspondiente; XVII. En materia de Áreas Urbanas Protegidas es competente para: a) En materia del Área Natural Protegida en categoría de Parque Urbano Lineal en el cauce del Río Santa Catarina: 1. Junto con el área de comunicación y medios, proponer y en su caso ejecutar políticas y programas para la difusión, promoción y gestión de actividades para fomentar la utilización del Área Natural Protegida denominada Parque Urbano Lineal; 2. Promover y auxiliar al Consejo Técnico Asesor en las acciones de coordinación necesarias con las autoridades u organismos federales, estatales y municipales, así como con los concesionarios o particulares que realicen o

Falta de un programa de ordenamiento territorial municipal decretado. Falta de normatividad y programas que fomenten el empleo de energía a partir de fuentes limpias y/o renovables. Carencia de un reglamento de zonificación y uso del suelo municipal decretado.

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implementen diversas actividades en el Parque; 3. Proponer e implementar las disposiciones necesarias para regular el diseño y la operación interna del Parque Urbano Lineal, en cuanto a construcción, mobiliario urbano, señalización, componentes de seguridad, iluminación, forestación, manejo de agua y de la basura; 4. Coordinar y supervisar el mantenimiento y funcionamiento de los sistemas de riego, jardinería, iluminación, vigilancia, señalización o cualquier otro servicio requerido para la óptima operación de la ciclopista y vitapista ejecutada por el Gobierno del Estado; 5. Vigilar el mantenimiento y funcionamiento del Parque Urbano Lineal, a fin de que en caso de detectar alguna irregularidad hacerlo del conocimiento de la autoridad competente; 6. Realizar actividades de revisión y mantenimiento preventivo de las instalaciones físicas, paisajísticas y de obra civil en la ciclopista y vitapista ejecutada por el Gobierno del Estado; 7. Supervisar la protección del entorno natural del Parque Urbano Lineal Río Santa Catarina; 8. Proponer, gestionar o implementar las acciones, proyectos, modificaciones o mejoras del Parque Urbano Lineal; y 9. Participar en el ámbito de competencia en el Programa de Manejo del Área Natural Protegida denominada Parque Urbano Lineal.

b) En materia de zonas protegidas en las que la Secretaría forme parte de la Junta de Protección y Conservación de conformidad a la Ley de Patrimonio Cultural del Estado de Nuevo León: 1. Verificar y llevar el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones derivadas de los Decretos o declaratorias de zonas protegidas; y 2. Dar seguimiento a los acuerdos de las Juntas de Protección y Conservación de las Zonas Protegidas de los cascos y entornos urbanos históricos.

c) Las demás que le sean conferidas por el Secretario, por el Subsecretario o por Consejo Técnico Asesor del Área Natural Protegida denominada Parque Urbano Lineal o por las disposiciones jurídicas aplicables; y XVIII. Las demás que le sean conferidas por el Secretario, por el Subsecretario o por las disposiciones legales aplicables.

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climático

Reglamento de Protección Ambiental e Imagen Urbana de Monterrey, POE, 02-09-1988. Última reforma del 05-11-2014.

Artículo 3. Para los efectos del presente Reglamento se considera de utilidad pública e interés social lo siguiente: I. El ordenamiento ecológico en el territorio municipal; II. La promoción del desarrollo sustentable; III. El establecimiento de áreas naturales protegidas, zonas de preservación y restauración del equilibrio ecológico, de parques urbanos, monumentos naturales y corredores ecológicos; IV. El establecimiento de zonas de amortiguamiento ante la presencia de actividades riesgosas; V. El establecimiento de medidas para la preservación y restauración de la flora y fauna en el territorio municipal; VI. El establecimiento de medidas para la prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo en el territorio municipal; VII. El adecuado manejo y disposición de los desechos y residuos sólidos, líquidos y gaseosos; VIII. El fomento y promoción de la cultura ambiental en la sociedad; y IX. La forestación y reforestación de las áreas verdes urbanas.

Artículo 7. Corresponden al R. Ayuntamiento las siguientes atribuciones: I. Aprobar los Programas de Ordenamiento Ecológico Municipales; II. Aprobar y evaluar el Programa Municipal de Protección al Ambiente; III. Evaluar el buen desempeño de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología en el cumplimiento de los Programas Ambientales y del Ordenamiento Ecológico; IV. Establecer las áreas naturales protegidas, las zonas o áreas de preservación del equilibrio ecológico y las zonas de amortiguamiento, los monumentos naturales y los corredores biológicos; V. Garantizar que en el presupuesto anual se destinen las partidas necesarias para el desarrollo de la Gestión Ambiental Municipal; VI. Promover y fomentar la Cultura Ambiental; VII. Formular, ejecutar y evaluar el Programa de Educación Ambiental del Municipio de Monterrey; VIII. Establecer a través de las Bases Generales, el otorgamiento de estímulos fiscales (subsidios) a quienes: a) Adquieran, instalen u operen equipo para el control de emisiones contaminantes a la atmósfera; b) Fabriquen, instalen o proporcionen mantenimiento a equipo de filtrado, combustión, control y en general de tratamiento de emisiones que contaminen la atmósfera; c) Realicen investigaciones de tecnología cuya aplicación disminuya la generación de emisiones contaminantes; y, d) Reubiquen sus

Falta de estudios técnicos que permitan identificar potenciales ANPs. Falta de programas para la preservación, protección y conservación de la flora y fauna del municipio. Falta de un programa de manejo integral de residuos. Deforestación. Cambio de uso de suelo.

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climático

instalaciones para evitar emisiones contaminantes en zonas urbanas; IX. Las demás que se establezcan en el presente Reglamento u otros ordenamientos legales.

Plan Estratégico Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey 2021.

Objetivo 1: Desarrollo urbano eficazmente planificado, equitativo y con participación ciudadana. Estrategia: Impulso al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura hidráulica

Líneas de acción: 1. Coordinar en forma ordenada e incluyente los programas de inversión federal, estatal y municipal destinados a dotar de infraestructura hidráulica a las nuevas zonas de desarrollo urbano; 2. Realizar estudios de nuevas fuentes de abastecimiento de agua, de acuerdo con el crecimiento proyectado; 3. Diseñar proyectos de agua y drenaje coherentes con la densidad estimada en el desarrollo de vivienda; 4. Incrementar la cobertura del servicio de agua y drenaje, en coordinación con autoridades federales y municipales; 5. Impulsar el desarrollo del drenaje en aquellas áreas del AMM que lo requieran, por efecto de desarrollo en superficie a través del Sistema Integral de Manejo de las Aguas Pluviales, o por canalización o entubado.

Objetivo 4: Nueva cultura para la protección del medio ambiente y los recursos naturales. Estrategia: Promoción del uso racional del agua y de la prevención a su contaminación

Líneas de acción: 1. Planear, delimitar y proteger las zonas de recarga de los acuíferos, de

manera conjunta con las autoridades competentes; 2. Realizar estudios geohidrológicos detallados de los acuíferos que suministran el AMM, para evaluar la disponibilidad real de aguas subterráneas; 3. Prevenir la contaminación de las fuentes de agua, por medio de la aplicación del marco normativo en materia de residuos provenientes de las zonas habitacionales, comerciales e industriales; 4. Vigilar el estricto cumplimiento de la normatividad en materia de aguas residuales, exigiendo la construcción de plantas para su tratamiento, con relación a las diferentes actividades de los sectores productivos y los centros de población; 5. Actualizar el Plan Hidráulico de la

Falta de una cultura del cuidado de agua en la sociedad. Descargas de aguas residuales municipales, no domiciliarias e industriales sin tratamiento previo. Descargas clandestinas sin tratamiento en los cuerpos de agua del municipio.

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climático

entidad, de acuerdo a los nuevos desafíos en materia del uso y aprovechamiento del agua; 6. Establecer un sistema estatal coordinado entre las distintas instancias, para la evaluación de las fuentes de abastecimiento de agua de los centros de población en crecimiento; 7. Promover políticas de estímulo para la reutilización y aprovechamiento integral del agua, sobre todo en las industrias; 8. Intensificar el mantenimiento del sistema de drenaje pluvial y adecuarlo al crecimiento de las ciudades; 9. Promover, junto con los municipios involucrados, esfuerzos de restauración ecológica de los cauces urbanos, buscando su aprovechamiento integral y sustentable.; 10. Promover el uso obligatorio de agua tratada para el riego en parques y jardines y buscar la creación de circuitos especiales para tal fin.

Objetivo: Incrementar la captación de recursos económicos. Estrategias: 3. Impulsar proyectos para reforzar las actividades de recolección, tratamiento y disposición final de aguas residuales.

Objetivo: Incrementar la cobertura de saneamiento y distribución de agua tratada. Estrategias: 1. Implementar mejoras a la infraestructura de los sistemas de tratamiento de aguas residuales para su mayor eficiencia operativa; 2. Participar en el modelo de gestión de la calidad del organismo.

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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de

salud

Dependencia: Dirección de Salud Pública

Funcionario y cargo: Dr. Fernando Torres Luevano, Director.

Entrevistadora: Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns

En el rubro de salud el objetivo de la entrevista consiste en conocer la situación actual del municipio

en cuanto a la prestación y cobertura de servicios de salud; así como, la implementación de medidas de

adaptación orientadas a prevenir riesgos sanitarios asociados al cambio climático.

El mejor indicador de vulnerabilidad al cambio climático es la tasa existente de enfermedades

relacionadas con el clima (Moreno et al., 2015). Por ello, las medidas de reducción de la vulnerabilidad

más eficaces para la salud a corto plazo son los programas que aplican y mejoran las medidas de salud

pública básica (como el suministro de agua limpia y saneamiento); aseguran una asistencia sanitaria

esencial (que comprenda servicios de vacunación y salud infantil); contribuyen a disminuir la pobreza e

incrementan la capacidad de preparación y respuesta frente a los desastres (Smith et al., 2014).

De manera que uno de los principales indicadores de desarrollo se refleja en las condiciones de

salud de la población, por eso es fundamental determinar la accesibilidad a los servicios de salud, así

como la capacidad de atención de los mismos; sobre todo si consideramos que México es

especialmente vulnerable a los efectos del cambio climático, como consecuencia de la disminución en la

disponibilidad del agua, inundaciones, sequías y enfermedades como dengue, malaria, chikungunya,

zika e infecciones diarreicas agudas. La problemática puede intensificarse en función de las

características geográficas y las condiciones socio-ambientales, económicas y de salud de los agentes

expuestos. Por lo que la evaluación de la vulnerabilidad y la implementación de medidas de adaptación

en materia de salud deben realizarse a nivel local respondiendo a condiciones particulares (SEMARNAT,

2013a).

Debido a que uno de los grandes problemas ambientales en la ZMM es la contaminación

atmosférica, debe trabajarse de forma coordinada entre las autoridades ambientales y las de salud, ya

que la contaminación atmosférica aumenta el riesgo de padecer enfermedades respiratorias agudas,

como la neumonía; y crónicas, como el cáncer del pulmón y las enfermedades cardiovasculares y afecta

de distintas formas a diferentes grupos de personas, los efectos más graves se producen en las

personas que ya están enfermas. Además, los grupos más vulnerables, como los niños, los ancianos y

las familias de pocos ingresos y con un acceso limitado a la asistencia médica, son más susceptibles a

los efectos nocivos de dicho fenómeno (OMS, 2015).

De acuerdo con datos del INEGI (2011), en el municipio de Monterrey el 26% de la población carece

servicios de salud y un 42% de seguridad social; mientras que un 16% no tiene garantizado el acceso

adecuado a la alimentación (PMD 2012-2015).

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El acceso a los servicios de salud y la derechohabiencia son factores que inciden en los niveles de

salud de los habitantes del municipio. En Monterrey se cuenta con 95 unidades médicas y el personal

médico está integrado por 4,670 personas (Tabla 3.1) (INEGI, 2011). De toda su población, 837,548

personas son derechohabientes, por lo que 265,034 personas no son derechohabientes a servicios de

salud (INEGI, 2011).

Tabla 3.1. Personal médico de las instituciones de salud al año 2011.

Municipio Total IMSS ISSSTE PEMEX, SEDENA

y/o SEMAR SSENL

Otras instituciones

Monterrey 4670 2752 438 20 326 1134

Fuente: INEGI, 2011.

Debido al clima extremo que se experimenta en Monterrey, es importante trabajar en una mayor

cobertura en materia de salud, ya que temperaturas más cálidas y cobertura insuficiente podrían tener

efectos negativos. Si a ello se agregan áreas de asentamientos irregulares con graves carencias de

servicios públicos, se crea un ambiente propicio a la expansión de enfermedades infecciosas

relacionadas con el agua (Aguilar, 2004).

A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en

materia de salud.

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climático

Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 6-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.

Artículo 28. Los municipios deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública.

Artículo 29. Se considerarán acciones de adaptación: VI. Construir y mantener infraestructura estratégica en materia de servicios de salud. XVII. Los programas de prevención de enfermedades derivadas de los efectos del cambio climático, y XVIII. La infraestructura estratégica en materia de abasto de agua, servicios de salud.

Artículo 30. Los municipios implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos. VIII. Reforzar los programas de prevención y riesgo epidemiológicos. IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros que faciliten las intervenciones en salud pública.

Falta implementar todas las atribuciones del municipio en materia de salud pública y riesgos asociados al cambio climático. Falta de financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales; respiratorias agudas. Golpes de calor.

Altas temperaturas. Inundación fluvial.

Estrategia Nacional de Cambio Climático (SEMARNAT, 2013a).

Fortalecer los sistemas de vigilancia epidemiológica e incluir en el diseño de acciones de atención, los impactos en la salud relacionados con el cambio climático.

Fortalecer el diseño de indicadores de salud relacionados con cambio climático que consideren los factores ambientales, laborales y sociales de la población a fin de contar con información actualizada para llevar a cabo acciones de prevención y atención a la población vulnerable.

Instrumentar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la salud asociados a efectos del cambio climático; y para ello considerar a los grupos más susceptibles y sensibles por sus condiciones biológicas y de salud.

Incrementar y fortalecer políticas públicas enfocadas a reducir riesgos a la infraestructura de salud pública.

Escasa integración de las estrategias de adaptación al cambio climático en el sector salud. Enfermedades transmitidas por vectores; infecciosas intestinales y, entre otras, respiratorias agudas. Golpes de calor.

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climático

Ley General de Salud (LGS), DOF, 7-02-1984. Últimas reformas del 04-06-2015.

Artículo 111. La promoción de la salud comprende: III. Control de los efectos nocivos del ambiente en la salud, adoptando medidas y promoviendo estrategias de mitigación y de adaptación a los efectos del cambio climático.

Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto: II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud.

Falta implementar algunas de las atribuciones del municipio en materia de salud pública y riesgos asociados al cambio climático. Escaso financiamiento para ejecutar acciones de adaptación al cambio climático.

Altas temperaturas. Inundación fluvial.

Ley Estatal de Salud de Nuevo León (LESNL), POE, 12-121988. Última reforma del 25-05-2009.

Artículo 35. Las autoridades sanitarias estatales, en coordinación con las autoridades sanitarias federales, y en su caso las municipales, elaborarán programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un peligro real o potencial para la salud pública del Estado o de la Nación. Asimismo, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles: I. Cólera, fiebre tifoidea, paratifoidea, shigelosis, amibiasis, hepatitis virales y otras enfermedades infecciosas del aparato digestivo; VI. Fiebre amarilla, dengue y otras enfermedades virales transmitidas por artrópodos.

Falta de una mayor comunicación de riesgos por enfermedades asociadas con el cambio climático. Incremento de enfermedades transmitidas por vectores como dengue, zika y chikungunya. Falta de sistemas de alerta temprana municipal Falta de promoción de los programas de salud para prevenir y controlar enfermedades relacionadas con el cambio climático.

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climático

Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León 2010-2015 (PACC-NL).

Estrategia 2. Reducir riesgos en la integridad y salud de las personas ante el cambio climático; Acción estratégica de adaptación 7. Instrumentar e implementar del sistema de vigilancia epidemiológica; 8. Crear un grupo de trabajo que integre y correlacione las bases de datos de salud y cambio climático que defina su impacto en la salud de la población; 9. Impulsar la investigación sobre las repercusiones del Cambio Climático y sus efectos en la salud de la población en la entidad; 10. Fortalecer la infraestructura y capacitar al sector salud del estado para llevar a cabo acciones de prevención de enfermedades asociadas al cambio climático; 11. Diseñar y ejecutar un programa de efectos por exposición a contaminantes del aire, haciendo especial énfasis en la población vulnerable, sector y contaminante específico; 12. Establecimiento de convenios con instituciones que cuenten con laboratorios certificados para el análisis de muestras realizadas; 13. Actualizar la información de los efectos a la salud en el Área Metropolitana de Monterrey por los gases de efecto invernadero; 14. Complementar los procedimientos de operación para considerar las medidas de contingencia ante el cambio climático; 19. Fortalecer la infraestructura y capacitar al sector salud del estado para llevar a cabo acciones de prevención de enfermedades asociadas al cambio climático.

Falta de una mayor comunicación de riesgos por enfermedades asociadas con el cambio climático. Incremento de enfermedades transmitidas por vectores como dengue, zika y chikungunya. Falta de sistemas de alerta temprana municipal Falta de promoción de los programas de salud para prevenir y controlar enfermedades relacionadas con el cambio climático. Falta de capacitación al personal de sector salud en enfermedades relacionadas al cambio climático.

Altas temperaturas. Inundación fluvial.

Reglamento de Limpia del Municipio de Monterrey (RLMM), POE, 05-08-1996. Últimas reformas del

Artículo 1. El presente reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular los servicios públicos de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos sólidos, atribuciones y responsabilidades de la autoridad municipal, prohibiciones y obligaciones para los propietarios de inmuebles, habitantes, visitantes o en tránsito en el territorio municipal.

Falta de un programa de manejo integral de residuos.

Altas temperaturas. Inundación fluvial.

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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE SALUD PARA EL MUNICIPIO DE MONTERREY

Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

02-09-2015. Artículo 8. La Presidencia Municipal dotará a la Secretaría de Servicios Públicos del equipo necesario para la prestación del servicio de limpia. Se instalarán depósitos en lugares adecuados con capacidad suficiente para la basura y desperdicios generados en la vía pública.

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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de

turismo

Dependencia: Oficina de Turismo.

Funcionario y cargo: Lic. Maricarmen Martínez Villarreal, Directora de Relaciones Interinstitucionales y Turismo.

Entrevistadora: M. en C. Magdalena Ivonne Márquez García.

En relación con el turismo, la entrevista está dirigida a obtener información sobre la importancia

del sector en el municipio, pero también sobre la forma en la que los funcionarios públicos inciden en

la conducción del desarrollo de las actividades turísticas en un marco de sustentabilidad ambiental y

gestión integral de riesgos ante los efectos del cambio climático.

Monterrey es un municipio altamente industrializado, por lo que se considera un destino turístico

de “reuniones”, ya que la mayor parte de los turistas va por cuestiones de negocios. A pesar de lo

anterior, los atractivos naturales y culturales con los que cuenta Monterrey permiten potenciar el

turismo cultural, de aventura y el ecoturismo (SECTUR, 2013a).

Como vimos, entre los atractivos naturales con los que cuenta el municipio se encuentran: el

Parque Nacional Cumbres de Monterrey, el Parque Ecoturístico Cola de Caballo, ubicado dentro de

Cumbres de Monterrey, el Cerro de la Silla, y la Casa de los Loros. Además hay una gran cantidad de

museos, como el Museo de Arte Contemporáneo de Monterrey (MARCO), Museo de Historia

Mexicana, La Casa de los Títeres, Museo del Noreste (MUNE), Museo del Palacio, Horno 3: Museo

del Acero, Museo Regional de Historia de Nuevo León: El Obispado, Museo Metropolitano de

Monterrey, Museo del Vidrio, Museo de la Fauna y Ciencias Naturales y el Museo del Automóvil.

También hay parques recreativos y lugares tradicionales del municipio, como es el Paseo Santa

Lucía, el Centro de las Artes, la Pinacoteca de Nuevo León, la Casa de la Cultura de Nuevo León,

Parque Fundidora y el Barrio Antiguo (SECTUR, 2013a).

Además de ello, es importante señalar que Monterrey es una de las principales urbes de México

y, en la actualidad, las grandes ciudades son destinos preferidos por el turismo nacional e

internacional. La causa fundamental de ello es la oferta de un bagaje cultural importante del que estos

núcleos disponen, constituido alrededor de la organización de espectáculos, la celebración de

congresos científicos, la realización de encuentros deportivos, la manifestación de tendencias

artísticas particulares y la posibilidad de asistir a exhibiciones de diverso tipo (Sánchez, López y

Propin, 2005).

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En relación con el número, origen y evolución de la llegada de turistas en el municipio, según

datos de SECTUR (2015), se puede observar un aumento en la afluencia turística de 2004 a 2008,

para después tener una disminución considerable hacia 2011, aunque para el 2014 logró un repunte

(Figura 3.1).

Figura 3.1. Evolución, número y origen de visitantes en Monterrey (2004-2014). Fuente: Elaboración ANIDE, a partir de SECTUR, 2015.

Un rubro importante en Monterrey es el turismo médico, el cual se da cuando las personas

deciden viajar a otro país o entidad federativa con la intención de recibir algún tipo de atención

médica; este tratamiento puede abarcar toda la gama de servicios médicos (Lunt, 2011). Para el año

2011 se calculaba que Monterrey era destino del 2% del turismo global de salud, con un gasto

promedio de 10,000 dólares por paciente (Mendoza, 2011). Para el fomento de este tipo de turismo

se consolidó en el municipio un clúster de la salud, llamado “Clúster Monterrey, Ciudad de la Salud”,

el cual cuenta con hospitales certificados internacionalmente.

En general, el fomento del turismo en el municipio se lleva a cabo a través de asociaciones

turísticas, como la Corporación para el Desarrollo Turístico y la Oficina de Convenciones y Visitantes;

además, existe una Comisión de Turismo; no obstante, falta una coordinación con los operadores

turísticos que apoyen la promoción del destino; especialmente, de los destinos de aventura. El

municipio cuenta con 3 módulos de información turística fijos (Módulo Torre Administrativa, Módulo

Museo de Historia y Módulo Central de Autobuses de Monterrey) y 18 temporales; así como, con 110

guías de turistas certificados. La capacidad turística es aproximadamente de 100 hoteles y 14,000

habitaciones (SECTUR, 2013a).

Entre las debilidades del sector turístico del municipio está el desconocimiento de los propios

habitantes sobre los atractivos turísticos del destino, aunado a una actitud de apatía hacia la actividad

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económica del turismo, por considerarla de poca relevancia para el desarrollo económico local

(SECTUR, 2013a).

Por otro lado, hay una falta de política en materia de turismo sustentable, toda vez que no existe

normatividad ni planes que contemplen el desarrollo de la sustentabilidad turística, en su gran

mayoría, los prestadores de servicios turísticos no consideran importante invertir en instalaciones y

equipo que contribuya a reducir el consumo de agua potable y electricidad y a realizar acciones para

proteger el medio ambiente (SECTUR, 2013a).

Sin duda, el municipio de Monterrey cuenta con los atractivos y servicios turísticos necesarios

para potenciar el desarrollo del sector; por lo que es fundamental trabajar en la adaptación al cambio

climático, ya que entre los efectos de éste se encuentran las lluvias extremas que generan

inundaciones y pérdidas en infraestructura de toda índole y, por ende, en los sectores económicos,

como el turístico.

A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública

en materia de turismo.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 06-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.

Artículo 30. Los municipios implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: V. Establecer planes de protección y contingencia en los destinos turísticos, así como en las zonas de desarrollo turístico sustentable.

Falta de un reglamento de turismo municipal. Inexistencia de un programa de ordenamiento turístico local.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

Ley General de Turismo (LGT). México. DOF, 17-06-2009. Últimas reformas del 20-04-2015.

Artículo 10. Corresponde a los municipios las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la política turística municipal; II. Celebrar convenios en materia turística conforme a lo previsto en la presente Ley; III. Aplicar los instrumentos de política turística que les sean atribuidos por las leyes locales, así como la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística en bienes y áreas de competencia municipal; IV. Formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Turismo, el cual considerará las directrices previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Turismo y el Programa Local; VI. Concertar con los sectores privado y social, las acciones tendientes a detonar programas a favor de la actividad turística; VII. Participar en los programas locales de ordenamiento turístico del territorio; VIII. Participar en el diseño, instrumentación, ejecución y evaluación de los programas locales de investigación para el desarrollo turístico; IX. Formular y conducir la política municipal de información y difusión en materia turística; X. Coadyuvar en la instrumentación de las acciones de promoción de las actividades y destinos turísticos con que cuenta; XI. Promover el impulso de las micro, pequeñas y medianas empresas turísticas; XIII. Operar módulos de información y orientación al turista.

Artículo 15. Los municipios estimularán y promoverán entre la iniciativa privada y el sector social, la creación y fomento de cadenas productivas y redes de valor en torno a los desarrollos turísticos nuevos y existentes, con el fin de detonar las economías locales y buscar el desarrollo regional.

Artículo 28. Los programas de ordenamiento turístico local serán expedidos

Falta de un reglamento de turismo municipal. Carencia de un programa de ordenamiento turístico local decretado. Escaso interés del sector hotelero en la certificación de "Calidad ambiental turística”.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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climático

por las autoridades de los Estados y del Distrito Federal con la participación de los Municipios y tendrán por objeto: I. Determinar el área a ordenar, describiendo sus recursos turísticos; incluyendo un análisis de riesgos de las mismas; II. Proponer los criterios para la determinación de los planes o programas de desarrollo urbano, así como del uso del suelo, con el propósito de preservar los recursos naturales y aprovechar de manera ordenada y sustentable los recursos turísticos respectivos, y III. Definir los lineamientos para su ejecución, seguimiento, evaluación y modificación.

Artículo 29. Los procedimientos bajo los cuales serán formulados, aprobados, expedidos, evaluados y modificados los programas de ordenamiento turístico local, serán determinados por las leyes de los Estados, conforme a las siguientes bases: I. Serán concordantes con los programas de ordenamiento turístico general y regional del territorio; II. Las autoridades locales harán compatibles sus ordenamientos turísticos del territorio, con los ordenamientos ecológicos del territorio, y sus planes o programas de desarrollo urbano y uso del suelo. Asimismo, los programas de ordenamiento turístico local preverán las disposiciones necesarias para la coordinación, entre las distintas autoridades involucradas, en la formulación y ejecución de los programas; III. Cuando un programa de ordenamiento turístico local incluya una Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, el programa será elaborado y aprobado en forma conjunta por la Secretaría y el gobierno de los Estados de que se trate, y IV. Las leyes locales en la materia, establecerán las formas y los procedimientos para que los particulares participen en la elaboración, ejecución, vigilancia y evaluación de los programas de ordenamiento turístico a que se refiere este precepto. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, participarán en la consulta a que se refiere la anterior, y podrán emitir las recomendaciones que estimen convenientes.

Artículo 30. La Secretaría podrá respaldar técnicamente la formulación y ejecución de los programas de ordenamiento turístico regional y local, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

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climático

Artículo 31. Las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable podrán ser declaradas como tales por su desarrollo actual o potencial. El Ejecutivo de los Municipios podrá intervenir para impulsar la actividad turística en la Zona, fomentando la inversión, el empleo y el ordenamiento territorial, conservando sus recursos naturales en beneficio de la población. Los Municipios podrán presentar ante la Secretaría, proyectos de declaratoria de Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable. Los requisitos y el procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, así como la clasificación de las mismas, deberán establecerse en el reglamento respectivo.

Artículo 32. Las áreas naturales protegidas no podrán formar parte de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable.

Artículo 66. Corresponde a la Secretaría verificar el cumplimiento de esta Ley, su reglamento y las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Turismo. La Secretaría por sí o a través de los gobiernos locales y municipales, en términos de los acuerdos de coordinación que se establezcan, ejecutará las órdenes de verificación a que haya lugar. Las autoridades de turismo de los deberán brindar apoyo a la Secretaría para que ejerza sus facultades de verificación en las demarcaciones territoriales que les correspondan.

Artículo 36. Para los efectos de esta Ley, se entiende por actividad turística sustentable la que está basada en el uso, estudio y apreciación de los recursos naturales, incluyendo las manifestaciones sociales y culturales que en ellos se encuentren.

Artículo 37. El objetivo de la actividad turística sustentable es la preservación, conservación, restauración y mejoramiento de los recursos naturales, garantizando la permanencia de los procesos biológicos y ecológicos, así como las diversas expresiones históricas, artísticas y culturales.

Artículo 38. La práctica de la actividad turística sustentable será fomentada a través de los convenios que sean celebrados entre los distintos actores involucrados en el sector, promoviéndose de manera especial la educación

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climático

ecológica del turista y de los residentes de las áreas donde se tenga este tipo de turismo.

Reglas de Operación del Programa de

Desarrollo Regional Turístico

Sustentable y Pueblos Mágicos para el ejercicio

fiscal 2016. DOF, 30-12-2015.

(PRODERMAGICO, 2015).

Los recursos se dirigirán preferentemente a la atención de los proyectos que contribuyan a mejorar la capacidad competitiva de los destinos turísticos, considerando los siguientes tipos de apoyo:

OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS: Infraestructura y Servicios: Hasta 250 millones de pesos. Proyectos orientados a mejorar la infraestructura y los servicios básicos de

un destino turístico y su zona de influencia, delimitados en su polígono turístico o en las zonas de alta concentración de visitantes y de los servicios turísticos.

Equipamiento Turístico: Hasta 100 millones de pesos. Proyectos que directamente apoyan y fortalecen la actividad turística local y

sus sitios de interés turístico, orientan e inducen su uso, generando en los turistas y usuarios un mayor grado de satisfacción

Creación o fortalecimiento de rutas, circuitos o corredores turísticos e impulso al Desarrollo Regional: Hasta 50 millones de pesos.

Proyectos que fomenten la movilidad de los turistas en rutas, circuitos y/o corredores turísticos.

Creación de sitios de interés turístico: Hasta 50 millones de pesos. Proyectos encaminados a la renovación e innovación en los destinos

turísticos, ampliando su oferta de amenidades y actividades turísticas y que buscan mayor estadía, mayor gasto y mayor derrama económica en el destino.

Asistencia técnica y servicios relacionados a las obras de los proyectos: Hasta 25 millones de pesos.

Elaboración de proyectos ejecutivos que muestren y/o aporten a la viabilidad y factibilidad técnica para la realización de obras. Asimismo, proyectos y estudios de planeación territorial turística que permitan geo referenciar los polígonos y zonas de actuación de los programas en los destinos turísticos.

Insuficiente conocimiento de los programas de apoyo federal y falta de gestión para acceder a los recursos del mismo. Falta de visión del turismo como una alternativa económica fundamental para el municipio.

Altas temperaturas. Inundación fluvial. Deslaves.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

ACCIONES: Impulso al patrimonio cultural histórico y natural del país: Hasta 8 millones

de pesos. Proyectos para el cuidado y preservación del patrimonio cultural, histórico y

natural del país, vinculado a la actividad turística. Transferencia de tecnologías: Hasta 3 millones de pesos. Proyectos de capacitación. Acciones en materia de seguridad y de protección integral turística: Hasta 20

millones de pesos. Proyectos que vayan dirigidos al fortalecimiento de la seguridad y protección

al turista en las Localidades Pueblos Mágicos y Destinos Turísticos. Estudios, diagnósticos e investigaciones: Hasta 1.5 millones de pesos. Proyectos para el desarrollo de los destinos turísticos, centros, regiones y

productos turísticos, e identificar la problemática existente en los mismos y sus causas.

Planes y Programas de movilidad turística: Hasta 10 millones de pesos. Acciones que incentiven el acceso de los mexicanos al turismo, a través de

programas de movilidad turística.

Ley de Fomento al Turismo del Estado de Nuevo León (LFTENL), POE 04-09-2006.

Artículo 31. El Sector Turístico del Estado de Nuevo León, estará integrado por el Gobierno del Estado, las autoridades municipales, y los prestadores de servicios turísticos de los sectores privado y social.

Artículo 32. Las dependencias estatales competentes coordinarán sus esfuerzos con los gobiernos federal y municipal para promover el desarrollo ordenado del turismo social, el cual comprende todos aquellos instrumentos y medios, a través de los cuales se otorgarán facilidades para que las personas con recursos limitados, menores, adultos mayores o con capacidades diferentes, tengan acceso a lugares turísticos en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad.

Falta de un reglamento de turismo municipal. Falta de un programa de ordenamiento turístico local.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Reglamento de Turismo del Municipio de Monterrey (RTMM), POE, 29-08-2008. Últimas reformas del 15-01-2016.

Artículo 5°. La Secretaría de Desarrollo Económico y Social, a través de la Dirección de Relaciones Interinstitucionales y de Turismo, será la responsable de llevar a cabo, conforme al presupuesto asignado, las siguientes acciones relacionadas con el ramo turístico, independientemente de las atribuciones que establece el Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Monterrey: I. Promover la celebración de convenios tanto con el Ejecutivo Federal como el Estatal, a fin de coadyuvar en la planeación de desarrollo en materia turística dentro del municipio; II. Participar y coadyuvar en los esfuerzos que realicen el Gobierno del Estado así como el sector privado, para promover el turismo; III. Promover y coordinar acciones conjuntas que lleven a cabo los gobiernos tanto del Estado como de la Federación; IV. Fomentar el turismo social entre los estudiantes, familias y otros sectores de la población a fin de que conozcan más sobre los paisajes naturales, museos y lugares históricos de nuestra ciudad; V. Realizar junto con la Dirección de Informática, un programa anual en materia de turismo, así como llevar un catálogo de zonas turísticas de la ciudad y darlo a conocer tanto a los turistas como a la ciudadanía a través del portal de Internet del municipio así como por cualquier otro medio de publicidad que estime conveniente; VI. Colaborar en la celebración de convenios tanto con entidades públicas como privadas a fin de promover que en la ciudad se lleven a cabo diversas ferias, exposiciones y foros que promuevan el turismo en nuestra ciudad; VIII. Promover entre los turistas que visiten la ciudad el servicio de contacto con sus respectivas embajadas y consulados, así como el llevar a cabo todas las relaciones diplomáticas necesarias para brindar el servicio al turista cuando así lo requiera en casos de emergencia; y XII. Hacer campañas de concientización entre la población para la conservación de los sitios históricos y culturales patrimonio del Municipio que puedan ser un atractivo turístico.

Falta de un reglamento de turismo municipal. Escasa promoción del turismo ecológico del municipio. Falta de valor del turismo como un sector económico relevante. Inexistencia de un ordenamiento turístico municipal.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en materia de

protección civil

Dependencia: Dirección de Protección Civil.

Funcionario y cargo: Lic. Erick Cavazos Cavazos, Director. Arq. Alberto Sánchez, Jefe del Área de Prevención.

Entrevistadora: Dra. Andrea Bolongaro Crevenna Recaséns.

En el rubro de protección civil la entrevista busca identificar el nivel de conocimiento que tienen las

autoridades locales sobre sus atribuciones derivadas de la Ley General de Protección Civil (LGPC) y

demás legislación estatal; así como los instrumentos normativos y de política pública con que cuenta el

municipio en materia de gestión integral de riesgos ante el cambio climático y las acciones que sobre

este rubro se llevan a cabo.

El municipio de Monterrey se enfrenta a diversos riesgos hidrometeorológicos y geológicos, uno de

ellos es la sequía, entendida como: “un fenómeno que ocurre cuando la precipitación, en un lapso, es

menor que el promedio, y cuando esta deficiencia es lo suficientemente grande y prolongada como para

dañar las actividades humanas” (CENAPRED, 2002). La severidad del fenómeno de la sequía no sólo

depende del grado de reducción de la lluvia, de su duración y/o de su extensión geográfica, sino también

de las demandas del recurso hídrico para la permanencia de los sistemas naturales y para el desarrollo

de las actividades humanas (Ortega-Gaucin y Velasco, 2013:78). Por ello se ha llegado a considerar que

la sequía es uno de los fenómenos naturales más complejos y escasamente comprendidos (Hagman,

1984; Wilhite y Vanyarkho, 2000).

Para la estimación de sequía, correspondiente al final de la temporada de secas en mayo de 2013,

la zona metropolitana de Monterrey presentó condiciones de sequía con intensidades de D0

(anormalmente seco) a D2 (sequía severa) (CONAGUA, 2014a; CONAGUA, 2014b). De acuerdo con el

Análisis espacial de las regiones más vulnerables ante las sequías en México, la Zona Metropolitana de

Monterrey es una región vulnerable a la sequía (SEMARNAT, 2012). En registros de enero de 2016, la

CONAGUA catalogó a Monterrey como un municipio con sequía moderada (SMN, 2016).

Por otra parte, el municipio de Monterrey, desde su fundación se ha enfrentado a los efectos de

diversos ciclones, debido a los vientos y las lluvias fuertes, lo que provoca inundaciones de gran

magnitud. El registro de los últimos huracanes que han afectado al municipio refiere: Allen (1980), Barry

(1983), Gilberto (1988), Arlene (1993), Gabrielle (1995), Charley (1998), Bret (1999), Beryl (2000), Keith

(2000), Fay (2002), Emily (2005) y Erika (2005), (ARMM, 2009). Estos fenómenos han provocado los

efectos destructivos en la agricultura, sectores de comunicaciones, servicios urbanos e infraestructura;

vivienda e, incluso, la muerte de las personas. Como ejemplo, el huracán Gilberto en 1988 provocó 200

decesos a lo largo del río Santa Catarina y daños de consideración en edificios, vialidades, tendido

eléctrico, carreteras de acceso y sembradíos (Bitrán, 2001).

De acuerdo con el Atlas Municipal de Riesgos, en el municipio se han contabilizado 236 puntos de

inundación, tanto pluviales como fluviales (ARMM, 2009). Además, se tiene registro de al menos una

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cuenca generadora de avenidas súbitas, que es la Cuenca de Topo Chico, la cual tarda 2.14 horas en

manifestar los efectos desde que comienza a llover hasta que se genera el escurrimiento (CENAPRED,

2013).

Actualmente, se cuenta con el Fondo de Agua Metropolitano Monterrey (FAMM), el cual tiene 4

objetivos prioritarios que son: ayudar a mitigar las inundaciones; mejorar la infiltración del agua; fomentar

el cuidado del recurso hídrico, y trabajar de manera conjunta con el gobierno para atraer recursos para

el manejo de las cuencas (The Nature Conservancy, 2013).

Aunado a lo anterior, en el municipio de Monterrey se encuentra instalado un Sistema de Alerta

Hidrometeorológica, que monitorea la lluvia para el alertamiento de la población ubicada en zonas

potencialmente afectables (CENAPRED, 2013).

La implementación de este tipo de acciones gubernamentales es indispensable para enfrentar los

fenómenos meteorológicos extremos que afectan la zona, en este caso la sequía y las inundaciones en

Monterrey, en especial si se considera que estos eventos incrementarán en incidencia e intensidad por

los efectos del cambio climático (Cook, Ault y Smerdon, 2015).

Por otro lado, Monterrey también está expuesto al riesgo geológico, lo que puede provocar deslaves

producto del intenso fracturamiento de los Cerros del Topo Chico y parte de Las Mitras, afectados por

acciones antropogénicas (ARENL, 2012). En la ladera Suroeste del Cerro del Topo Chico se encuentran

tajos de antiguas canteras para la producción de gravas y arenas. También se extrae roca caliza

llamada mármol negro. El material rocoso de esta región es de tipo calizo, conformado en capas

masivas y gruesas con horizontes delgados y medianos de lutita de la formación Aurora con inclinación

paralela a la pendiente natural del terreno, por lo que el terreno es altamente vulnerable (ARMM, 2009).

Por último, los sistemas montañosos del municipio están en riesgo debido a incendios forestales, la

situación se complica porque el acceso a dichos ecosistemas es difícil por lo que se tiene que acudir al

apoyo aéreo de Protección Civil del Estado. Entre las zonas más afectadas por incendios están: el Cerro

Topo Chico, el Cerro las Miras, la Sierra Madre Oriental y el Cerro de la Silla (ARMM, 2009).

Ahora bien, en cuanto a la circunstancias de la población; si bien, Monterrey tuvo en el año 2012 un

porcentaje de población en pobreza y pobreza extrema de los más bajos del Estado, no obstante, fue el

que presentó un mayor número de personas en esta situación, esto es, 244,764 personas en situación

de pobreza (21.0% el total estatal), y 20,804 personas en pobreza extrema (1.8% del total estatal)

(CONEVAL, 2012).

Sin duda, las condiciones precarias en las que viven las personas las pone en un plano de

desigualdad; al respecto, el IPCC (2014) ha hecho mención de cómo los riesgos se amplifican para las

personas que carecen de infraestructura y viven en viviendas de mala calidad y en zonas expuestas y de

cómo mediante la mejora de la vivienda y la construcción de sistemas de infraestructura resiliente se

puede conseguir una reducción significativa de la vulnerabilidad y de la exposición en las zonas de

riesgo.

A continuación se muestra el análisis FODA sobre instrumentos normativos y de política pública en

materia de protección civil.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). México. DOF, 5-02-1917. Últimas reformas del 27-01-2016.

Artículo 115, fracción II. Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

Falta de implementación de las facultades municipales en materia de finanzas públicas orientadas a la gestión integral de riesgos.

Altas temperaturas. Deslaves.

Inundación fluvial.

Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC, 2013).

Diseñar y fortalecer políticas públicas para proteger el patrimonio de la población (vivienda, infraestructura, etcétera) ante los impactos del cambio climático.

Falta implementar acciones para la reducción de GEI y desarrollar medidas de adaptación climática municipal.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

Ley General de Cambio Climático (LGCC). México. DOF, 6-06-2012. Últimas reformas del 01-06-2016.

Artículo 9o. Corresponde a los municipios, las siguientes atribuciones: II. Formular e instrumentar políticas y acciones para enfrentar al cambio climático en las siguientes materias: a) Protección civil.

Artículo 28. La federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, deberán ejecutar acciones para la adaptación en la elaboración de las políticas, la Estrategia Nacional, el Programa y los programas en los siguientes ámbitos: I. Gestión integral del riesgo; VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano; VIII. Salubridad general e infraestructura de salud pública.

Artículo 30. Los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes: I. Elaborar y publicar los atlas de riesgo que consideren los escenarios de vulnerabilidad actual y futura ante el cambio climático, atendiendo de manera preferencial a la

Atlas Municipal de Riesgos no se encuentra actualizado. Falta de un programa municipal de protección civil decretado. Poca construcción de obras de estabilidad de taludes. Asentamientos humanos irregulares.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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climático

población más vulnerable y a las zonas de mayor riesgo; II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de desarrollo urbano, reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y municipios; y para prevenir y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio climático; III. Proponer e impulsar mecanismos de recaudación y obtención de recursos, para destinarlos a la protección y reubicación de los asentamientos humanos más vulnerables ante los efectos del cambio climático; VI. Elaborar e implementar programas de fortalecimiento de capacidades que incluyan medidas que promuevan la capacitación, educación, acceso a la información y comunicación a la población; VII. Formar recursos humanos especializados ante fenómenos meteorológicos extremos; IX. Mejorar los sistemas de alerta temprana y las capacidades para pronosticar escenarios climáticos actuales y futuros.

Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático. Poca profesionalización del personal de protección civil municipal en materia de gestión integral de riesgos asociados al cambio climático.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA). México. DOF, 28-01-1988. Últimas reformas del 13-05-2016.

Artículo 8o. Corresponden a los municipios las siguientes facultades: XI. La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.

Insuficiente profesionalización del personal de protección civil municipal en materia de gestión integral de riesgos asociados al cambio climático.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

Ley de Aguas Nacionales (LAN). México. DOF, 01-12-1992. Últimas reformas del 24-03-2016.

Artículo 29. Los concesionarios tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las demás asentadas en el presente Título: VII. Operar, mantener y conservar las obras que sean necesarias para la estabilidad y seguridad de presas, control de avenidas y otras que de acuerdo con las normas se requieran para seguridad hidráulica.

Insuficiente desarrollo de obras de infraestructura orientadas e la estabilidad y control de avenidas.

Inundación fluvial.

Deslaves.

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Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Ley General de Turismo (LGT), DOF, 17-06-2009. Últimas reformas del 20-04-2015.

Artículo 10. Corresponde a los municipios las siguientes atribuciones: XII. Participar en los programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en acciones para la gestión integral de los riesgos, conforme a las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.

Nula integración de la gestión integral de riesgos asociada al cambio climático en el sector turismo. Falta de un protocolo de comunicación de riesgos climáticos en hoteles y prestadores de servicios turísticos.

Inundación fluvial. Deslaves.

Ley General de Protección Civil (LGPC). México. DOF, 06-06-2012. Últimas reformas del 03-06-2014.

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entiende por: XXVIII. Gestión Integral de Riesgos: El conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción. LIII. Simulacro: Representación mediante una simulación de las acciones de respuesta previamente planeadas con el fin de observar, probar y corregir una respuesta eficaz ante posibles situaciones reales de emergencia o desastre. Implica el montaje de un escenario en terreno específico, diseñado a partir de la identificación y análisis de riesgos y la vulnerabilidad de los sistemas afectables.

Artículo 4. Las políticas públicas en materia de protección civil, se ceñirán al Plan Nacional de Desarrollo y al Programa Nacional de Protección Civil, identificando para ello las siguientes prioridades: I. La identificación y análisis de

Atlas Municipal de Riesgos desactualizado. Falta de un programa municipal de protección civil decretado. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático. Equipo e infraestructura insuficiente para el área de protección civil con énfasis en gestión del riesgo ante el cambio

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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climático

riesgos como sustento para la implementación de medidas de prevención y mitigación; II. Promoción de una cultura de responsabilidad social dirigida a la protección civil con énfasis en la prevención y autoprotección respecto de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y su vulnerabilidad; III. Obligación del Estado en sus tres órdenes de gobierno, para reducir los riesgos sobre los agentes afectables y llevar a cabo las acciones necesarias para la identificación y el reconocimiento de la vulnerabilidad de las zonas bajo su jurisdicción.

Artículo 9. La organización y la prestación de la política pública de protección civil corresponden al Estado quien deberá realizarlas en los términos de esta Ley y de su Reglamento, por conducto de la federación, los estados, el Distrito Federal, los municipios y las delegaciones, en sus respectivos ámbitos de competencia. La Secretaría deberá promover la interacción de la protección civil con los procesos de información, a fin de impulsar acciones a favor del aprendizaje y práctica de conductas seguras, mediante el aprovechamiento de los tiempos oficiales en los medios de comunicación electrónicos.

Artículo 16. El Sistema Nacional se encuentra integrado por todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, por los sistemas de protección civil de las entidades federativas, sus municipios y las delegaciones; por los grupos voluntarios, vecinales y organizaciones de la sociedad civil, los cuerpos de bomberos, así como por los representantes de los sectores privado y, social, los medios de comunicación y los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico. Los integrantes del Sistema Nacional deberán compartir con la autoridad competente que solicite y justifique su utilidad, la información de carácter técnico, ya sea impresa, electrónica o en tiempo real relativa a los sistemas y/o redes de alerta, detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos.

Artículo 17. Los presidentes municipales tendrán dentro de su jurisdicción la responsabilidad sobre la integración y funcionamiento de los sistemas de protección civil.

climático. Poca realización de simulacros de evacuación en instituciones públicas y privadas.

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Igualmente se asegurarán del correcto funcionamiento de los consejos y unidades de protección civil, promoviendo su constitución como organismos con autonomía administrativa, financiera, de operación y gestión, dependiente de la secretaría del ayuntamiento.

Aquellos servidores públicos que desempeñen una responsabilidad en las Unidades Municipales de Protección Civil, las cuales deberán denominarse: Coordinación Municipal de Protección Civil y tendrán que contar con certificación de competencia expedida por alguna de las instituciones registradas en la Escuela Nacional.

Artículo 18 y Transitorio Séptimo. Es responsabilidad de los gobiernos la contratación de seguros y demás instrumentos de administración y transferencia de riesgos para la cobertura de daños causados por un desastre natural.

Artículo 19. La coordinación ejecutiva del Sistema Nacional recaerá en la secretaría por conducto de la Coordinación Nacional, la cual tiene las atribuciones siguientes en materia de protección civil: XXV. Promover entre los gobiernos de las entidades federativas, municipios y delegaciones la creación y construcción de infraestructura y la distribución de equipamiento de protección civil, tendientes a fortalecer las herramientas de gestión del riesgo.

Artículo 21. En una situación de emergencia, el auxilio a la población debe constituirse en una función prioritaria de la protección civil, correspondiendo la actuación especializada a las Unidades Internas de Protección Civil de cada instalación pública o privada, así como a la autoridad municipal que conozca de la situación de emergencia. Además, corresponderá en primera instancia a la unidad municipal de protección civil el ejercicio de las atribuciones de vigilancia y aplicación de medidas de seguridad.

Artículo 22. Las políticas, lineamientos y acciones de coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las delegaciones, se llevarán a cabo mediante la suscripción de convenios de coordinación, en los términos de la normatividad aplicable, o con base en los acuerdos y resoluciones que se tomen en el Consejo Nacional y en las demás instancias de coordinación,

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con pleno respeto de la autonomía de las entidades federativas y de los municipios.

Artículo 37. En la elaboración de los programas de protección civil de los municipios deberán considerarse las líneas generales que establezca el Programa Nacional, así como las etapas consideradas en la Gestión Integral de Riesgos y conforme lo establezca la normatividad local en materia de planeación.

Artículo 39. El Programa Interno de Protección Civil se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles para mitigar los riesgos previamente identificados y estar en condiciones de atender la eventualidad de alguna emergencia o desastre. Para la implementación del Programa Interno de Protección Civil cada instancia a la que se refiere el artículo siguiente, deberá crear una estructura organizacional específica denominada Unidad Interna de Protección Civil que elabore, actualice, opere y vigile este instrumento en forma centralizada y en cada uno de sus inmuebles.

Artículo 40. Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de los municipios deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil, el cual deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por la Unidad Interna de Protección Civil, la que podrá ser asesorada por una persona física o moral que cuente con el registro actualizado correspondiente, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 11 de la LGPC.

Artículo 41. Las autoridades municipales fomentarán la cultura en materia de protección civil entre la población, mediante su participación individual y colectiva. Establecerán mecanismos idóneos para que la sociedad participe en la planeación y supervisión de la protección civil. La población vulnerable y expuesta a un peligro, tiene derecho a estar informada de ello y a contar con las vías adecuadas de opinión y participación en la gestión del riesgo.

Artículo 43. A fin de fomentar dicha cultura, las autoridades correspondientes dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán: I. Fomentar las actividades de protección civil; II. Incorporar contenidos temáticos de protección

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civil en todos los niveles educativos públicos y privados, considerándola como asignatura obligatoria; III. Concretar el establecimiento de programas educativos a diferentes niveles académicos, que aborden en su amplitud el tema de la protección civil y la Gestión Integral de Riesgos; IV. Impulsar programas dirigidos a la población en general que le permita conocer de forma clara mecanismos de prevención y autoprotección; V. Elaborar, estructurar y promocionar campañas de difusión sobre temas de su competencia relacionados con la protección civil, y VI. Promover la celebración de convenios con los sectores público, social, privado y académico con el objeto de difundir la cultura de protección civil. Artículo 46. La profesionalización de los integrantes del Sistema Nacional será permanente y tendrá por objeto lograr una mejor y más eficaz prestación del servicio, así como el desarrollo integral de sus elementos mediante la institucionalización de un servicio civil de carrera cuando se trate de servidores públicos de los tres órdenes de gobierno, de conformidad a lo que se establezca en la Ley de la materia.

Artículo 56. La Secretaría coordinará el funcionamiento de la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios. Para tal efecto, las Unidades Estatales, Municipales y Delegacionales de Protección Civil en las entidades federativas, deberán promover en el marco de sus competencias, la capacitación, organización y preparación de los voluntarios que deseen constituirse en brigadistas comunitarios, pudiendo constituir redes municipales, estatales o regionales de brigadistas comunitarios, y realizar los trámites de registro en la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios ante la Coordinación Nacional.

Artículo 73. En caso de riesgo inminente, sin perjuicio de la emisión de una declaratoria de emergencia o desastre natural, los municipios ejecutarán las medidas de seguridad, a fin de proteger la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y su entorno, para garantizar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad, informando en forma inmediata a las autoridades de protección civil correspondientes sobre las acciones emprendidas, quienes instalarán en los casos que se considere necesario, el centro de operaciones,

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como centro de comando y de coordinación de las acciones en el sitio. Artículo 75. Las Unidades Municipales de Protección Civil tendrán la facultad

de aplicar las siguientes medidas de seguridad: I. Identificar y delimitar los lugares o zonas de riesgo; II. Controlar rutas de evacuación y acceso a las zonas afectadas; III. Movilizar a la población e instalarla en refugios temporales como medida precautoria; IV. Coordinar los servicios asistenciales; V. Aislar temporal, parcial o total el área afectada; VI. Supervisar trabajos, actividades y servicios.

Artículo 78. Los particulares que por su uso y destino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, están obligadas a contar con una unidad interna de protección civil y elaborar un programa interno, en los términos que establezca esta Ley y su reglamento, sin perjuicio de lo señalado en los respectivos ordenamientos locales.

Artículo 79. Las personas físicas o morales del sector privado cuya actividad sea el manejo, almacenamiento, distribución, transporte y utilización de materiales peligrosos, hidrocarburos y explosivos presentarán ante la autoridad correspondiente los programas internos de protección civil a que se refiere la fracción XL del artículo 2 de la presente Ley.

Artículo 80. Los responsables de la administración y operación de las actividades señaladas en los artículos anteriores deberán integrar las unidades internas con su respectivo personal, de acuerdo con los requisitos que señale el reglamento interno de la presente Ley, sin perjuicio de lo que establezcan las Leyes y reglamentos locales.

Artículo 81. Toda persona física o moral deberá informar a las autoridades competentes, haciéndolo de forma directa de cualquier alto riesgo, siniestro o desastre que se presente o pudiera presentarse. Artículo

84. Se consideran como delito grave la construcción, edificación, realización de obras de infraestructura y los asentamientos humanos que se lleven a cabo en una zona determinada sin elaborar un análisis de riesgos y, en su caso, definir las medidas para su reducción, tomando en consideración la normatividad aplicable y los Atlas municipales y no cuenten con la autorización de la autoridad

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correspondiente. Artículo 86. En el Atlas Municipal de Riesgos deberán establecerse los

diferentes niveles de peligro y riesgo, para todos los fenómenos que influyan en las distintas zonas. Dichos instrumentos deberán ser tomados en consideración por las autoridades para la autorización o no de cualquier tipo de construcciones, obras de infraestructura o asentamientos humanos.

Artículo 87. En el caso de asentamientos humanos ya establecidos en Zonas de Alto Riesgo, las autoridades con base en estudios de riesgos específicos, determinará la realización de las obras de infraestructura que sean necesarias para mitigar el riesgo a que están expuestas o, de ser el caso, deberán formular un plan a fin de determinar cuáles de ellos deben ser reubicados, proponiendo mecanismos financieros que permitan esta acción.

Artículo 89. Las autoridades de los municipios determinarán qué autoridad bajo su estricta responsabilidad, tendrá competencia y facultades para autorizar la utilización de una extensión territorial en consistencia con el uso de suelo permitido, una vez consideradas las acciones de prevención o reducción de riesgo referida.

Artículo 90. La autorización de permisos de uso de suelo o de utilización por parte de servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, que no cuenten con la aprobación correspondiente, se considerará una conducta grave, la cual se sancionará de acuerdo con la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos respectiva, además de constituir un hecho delictivo en los términos de esta Ley y de las demás disposiciones legales aplicables.

Ley General de Educación (LGE). DOF, 17-04-2009. Últimas reformas del 28-01-2011.

Artículo 7o. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: […]. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales.

Falta desarrollar las capacidades en materia de educación para la prevención de riesgos asociados al cambio climático.

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Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León (LDUENL), POE, 09-09-2014. Últimas reformas del 03-07-2014.

Artículo 10. Son facultades y obligaciones de los municipios: I. Elaborar, aprobar, administrar y ejecutar los planes o programas municipales

de desarrollo urbano, de centros de población, parciales y los demás que de éstos deriven, los reglamentos y disposiciones de carácter general en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, zonificación, construcción, estacionamientos, así como vigilar su cumplimiento; II. Formular, aprobar y administrar la zonificación prevista en los programas de desarrollo urbano, de centros de población y los demás que de éstos deriven;

IV. Aprobar, en los términos de esta Ley, los programas de ordenamiento de las zonas conurbadas, regionales y metropolitanas, de los cuales forme parte; V. Promover los programas y realizar acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en sus municipios; VI. Participar en la formulación y aprobación de los Atlas de Riesgo en los términos de lo dispuesto por esta Ley; XXII. Evitar el establecimiento de asentamientos humanos en zonas de alto riesgo, en derechos de vía y en zonas de salvaguarda y de desarrollo controlado contiguas a industrias que realicen actividades altamente riesgosas;

El Municipio respectivo deberá sujetarse a lo que dispone la presente Ley, la Ley de Protección contra Incendios y Materiales Peligrosos del Estado y la Ley Ambiental del Estado, así como a los diversos planes y programas aplicables en la materia. Las atribuciones a que se refiere este artículo serán ejercidas directamente por los Ayuntamientos y en su caso por las autoridades administrativas a quienes ellos se las deleguen a través del reglamento municipal correspondiente pero con el control y evaluación de estos. En ningún caso podrá el Ayuntamiento delegar sus atribuciones a ningún funcionario en lo que concierne a licencias o autorizaciones en zonas de riesgo o de montaña.

Artículo 82. Los programas de desarrollo urbano de centros de población son

los instrumentos que integran el conjunto de disposiciones y normas para ordenar y regular su zonificación, reservas, usos y destinos del suelo y sus

Falta de una norma técnica municipal que incorpore los lineamientos de la NMX-AA-164-SCFI-2013 edificación sustentable, criterios y requerimientos ambientales mínimos y la gestión integral de riesgos ante el cambio climático. Atlas Municipal de Riesgos desactualizado. Falta de un programa de ordenamiento territorial municipal. Poca construcción de obras de estabilidad de taludes. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático.

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compatibilidades, las especificaciones de las densidades de población, construcción y ocupación, que tiendan a mejorar el funcionamiento y organización de sus áreas de conservación, mejoramiento y crecimiento, así como establecer las bases para la programación de acciones, obras y servicios. Los programas de desarrollo urbano de los centros de población deberán contener, además de lo estipulado en el artículo 61 de esta Ley, lo siguiente: VIII. Las zonas de riesgo, desarrollo controlado y de salvaguarda que deberán tener los predios dentro de su propiedad especialmente en áreas e instalaciones en las que se realizan actividades riesgosas y se manejan materiales y residuos peligrosos, así como aquellos en que se requieran establecer por causas naturales o factores socio-organizativos para atender contingencias urbanas o ambientales.

Artículo 87. Los proyectos de los programas parciales serán elaborados por la

dependencia encargada del desarrollo urbano del Municipio y se someterán a consulta pública y aprobación en los términos del artículo 54 de esta Ley.

Artículo 166. Tratándose de inmuebles ubicados en zonas de riesgo alto y riesgo muy alto, el Ayuntamiento, antes de otorgar licencias relativas a usos del suelo y edificaciones, construcciones, así como factibilidades y demás autorizaciones relativas a todo tipo de fraccionamientos, podrá solicitar un dictamen de las medidas de mitigación aplicables al Consejo Técnico Geológico o Hidrometeorológico constituido para ese efecto.

II. Artículo 321. Los reglamentos municipales de zonificación y usos del suelo, deben contener: I. La definición de la zonificación del suelo según usos y destinos predominantes; La clasificación de los usos y destinos del suelo en función del grado de impacto que provocan sobre el medio ambiente;

Las normas de control de los usos y destinos del suelo, indicando los usos permisibles en cada zona; V. Los requerimientos específicos para la elaboración de los estudios de impacto ambiental de los proyectos definitivos de urbanización y en su caso, de edificación.

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Programa de Acción ante el Cambio Climático para el Estado de Nuevo León, 2010-2015 (PACC-NL).

Acción Estratégica de Adaptación 16. Integrar la dimensión demográfica en la formulación de políticas públicas de ordenamiento ecológico a fin de reducir la vulnerabilidad de los asentamientos humanos ante los impactos adversos de la variabilidad climática y el cambio climático; 17. Promover la integración de criterios de prevención ante desastres y de adaptación de largo plazo ante el cambio climático en las políticas de población, para reducir la exposición a riesgos, particularmente por eventos naturales extremos; 18. Promover el desarrollo de políticas y elaboración de acciones para el reordenamiento o reubicación de la población expuesta a riesgo hacia zonas de menor vulnerabilidad, de acuerdo con la información disponible en los atlas elaborados por diversas dependencias federales y estatales; 24. Fortalecer capacidades de adaptación ante fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos extremos; 25. Reducir la vulnerabilidad de asentamientos humanos y de la infraestructura hidráulica ante fenómenos meteorológicos e hidrometeorológicos extremos, en coordinación con acciones de gestión integral de riesgo; 45. Crear un programa de adquisición de tierras para reservas territoriales estatales para fines de protección civil.

Falta implementar medidas de adaptación climática municipal. Poca profesionalización del personal de protección civil municipal en materia de gestión integral de riesgos asociados al cambio climático. Asentamientos humanos irregulares.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Ley de Protección Civil para el Estado de Nuevo León (LPCENL), POE, 22-01-1997. Últimas reformas del 02-04-2012.

Artículo 8. En la Ley de Egresos del Estado y en la de los Municipios, se contemplarán las partidas que se estimen necesarias para el cumplimiento de las acciones que se establecen en la presente Ley y las que se deriven de su aplicación, mismas que no podrán ser reducidas en ningún caso y por ningún motivo, en el período para el que fueron asignadas.

Artículo 27 BIS. En el caso de establecimientos como casinos, centros de apuestas, salas de sorteos, casas de juego y similares, deberán contar con sus propias unidades internas de respuesta. Asimismo, en dichos establecimientos se deberán realizar, con la asistencia de personal de la Dirección de Protección Civil y de la autoridad municipal, simulacros de evacuación para hacer frente a altos riesgos, emergencias o desastres.

Artículo 29. En cada uno de los municipios del Estado se establecerán

Sistemas de Protección Civil, con la finalidad de organizar los planes y programas de prevención, auxilio y apoyo a la población ante situaciones de emergencia o desastre. Al frente de cada Sistema, estará el Presidente Municipal.

Artículo 30. Corresponde a los Ayuntamientos de la Entidad, dentro de sus respectivos Municipios: I. Formular y conducir la política y Reglamentos de Protección Civil Municipal, en congruencia con lo establecido en el orden Federal y Estatal; II. Prevenir y controlar las emergencias y contingencias que pudieran presentarse en el ámbito de su competencia; III. Dar respuesta ante la situaciones de riesgos, alto riesgo, emergencia o desastre que se presenten en el Municipio, sin perjuicio de solicitar apoyo a las Autoridades de Protección Civil; y IV. Concertar acciones con los sectores público social y privado en materia de protección civil conforme a la Ley.

Artículo 31. Los Reglamentos que establezcan la organización y regulen la operación de los Sistemas Municipales, serán expedidos por cada Ayuntamiento, de acuerdo a la disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros, así como a la posibilidad de riesgos, altos riesgos, emergencias o desastres,

Atlas Municipal de Riesgos desactualizado. Falta de un programa municipal de protección civil. Poca construcción de obras de estabilidad de taludes. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático. Equipo e infraestructura insuficiente para el área de protección civil con énfasis en gestión del riesgo ante el cambio climático. Falta de brigadas comunitarias capacitadas en materia de protección civil y gestión integral de riesgos asociados al

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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incorporando a su organización a los sectores representativos del Municipio. Artículo 32. La estructura y operación de los Sistemas Municipales de

Protección Civil será determinada por cada Ayuntamiento, en la expedición de su Reglamento respectivo, debiendo contar por lo menos, con una unidad de protección civil de carácter operativo.

Artículo 33. Los Municipios, por conducto de sus Sistemas Municipales de Protección Civil, elaborarán planes de prevención de riesgos, altos riesgos, emergencias, o desastres, los que deberán ser dados a conocer a la población, mediante su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de más amplia divulgación en la localidad.

Artículo 34. Los Sistemas Municipales, a través de la unidad correspondiente, estudiarán las formas para prevenir los riesgos, altos riesgos, emergencias o desastres, así como reducir y mitigar sus efectos, debiendo desarrollar sus programas en coordinación con la Dirección de Protección Civil Estatal.

Artículo 35. En caso de que los efectos de un alto riesgo, emergencia o desastre, rebasen la capacidad de respuesta del correspondiente sistema municipal, el Presidente Municipal solicitará de inmediato el apoyo del Sistema Estatal, quien deberá prestar la ayuda respectiva en forma expedita.

Artículo 36. Los sistemas municipales sin importar la forma de organización que haya adoptado, deberán cumplir con los siguientes objetivos: I. Poner a la consideración del Ayuntamiento, y en su caso ejecutar el Programa Municipal; II. Promover la cultura de protección civil, desarrollando acciones de educación y capacitación a la población, en coordinación con las autoridades de la materia; III. Fomentar la participación activa y responsable de todos los habitantes del Municipio; IV. Prestar y coordinar el auxilio a la población en caso de que acontezca un alto riesgo, emergencia o desastre; V. Realizar la inspección, control y vigilancia de los establecimientos e instalaciones de competencia municipal siguientes: a) Edificios departamentales de hasta cuatro unidades de vivienda; b) Internados o casas de asistencia, que sirvan como habitación colectiva para un número no mayor de veinte personas; c) Oficinas y servicios

cambio climático, coordinadas por protección civil municipal. Poca realización de simulacros de evacuación en instituciones públicas y privadas. Insuficiente profesionalización del personal de protección civil municipal en materia de gestión integral de riesgos asociados al cambio climático.

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públicos de la Administración Pública Municipal; d) Terrenos para estacionamientos de servicios; e) Jardines de niños, guarderías, dispensarios, consultorios y capillas de velación; f) Lienzos charros, circos o ferias eventuales; g) Actividades o establecimientos que tengan menos de mil quinientos metros cuadrados de construcción; h) Instalaciones de electricidad y alumbrado público; i) Drenajes hidráulicos, pluviales y de aguas residuales; j) Equipamientos urbanos, puentes peatonales, paraderos y señalamientos urbanos; y k) Anuncios panorámicos. VI. Diseñar y llevar a cabo campañas masivas de divulgación en materia de protección civil; VII. Elaborar el respectivo Mapa Municipal de Riesgos; VIII. A petición de los Ayuntamientos, rendir opinión técnica respecto a la autorización de licencias de usos de suelo y edificaciones, construcciones, así como factibilidades y demás autorizaciones en materia de desarrollo urbano relativas a establecimientos e instalaciones señalados en la fracción V de este Artículo, cuando los mismos se pretendan desarrollar en zonas de riesgo. IX. Convocar a funcionarios públicos y a representantes de los sectores social, privado y grupos voluntarios para integrar el Centro Municipal de Operaciones; X. Promover el equipamiento de los cuerpos de respuesta; y XI. Las demás que acuerde el propio Sistema Municipal.

Artículo 37. Los sistemas municipales a través de sus Presidentes, con

aprobación del Ayuntamiento, podrán suscribir convenios de colaboración. Artículo 62. En lo conducente, cada uno de los Municipios del Estado, deberá

elaborar y publicar su propio Programa Municipal de Protección Civil, de manera similar al del Estado, de conformidad con los lineamientos de esta Ley.

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Reglamento de Protección Civil del Municipio de Monterrey. POE, 3-06-2011.

Artículo 1. El presente reglamento y los manuales de las bases y tablas técnicas son de orden público e interés social y tienen por objeto regular las acciones que en materia de protección civil se lleven a cabo en el Municipio, estableciendo las bases de integración, coordinación y funcionamiento del Sistema Municipal de Protección Civil, siendo su observancia de carácter obligatorio para las autoridades, organismos, dependencias e instituciones de carácter público, social o privado, grupos voluntarios y en general, para todas las personas que residan, habiten o transiten en el municipio.

Artículo 8. Las autoridades competentes en materia de protección civil son: I. El Ayuntamiento del Municipio de Monterrey; II. El Presidente Municipal; III. El Secretario de Ayuntamiento; IV. El Director Municipal de Protección Civil; V. El Consejo Municipal de Protección Civil; y, VI. Los coordinadores e inspectores de protección civil.

Artículo 9. Al Ayuntamiento en materia de protección civil le corresponde: I.

Vigilar que en el presupuesto anual se destinen las partidas necesarias para el desarrollo del Sistema Municipal de Protección Civil; II. Aprobar los Manuales y Bases Técnicas; III. Aprobar el Programa Municipal de Protección Civil, el cual deberá ser revisado cuando menos cada tres años; y IV. Las demás que le otorguen el presente Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.

Artículo 10. Al Presidente Municipal en materia de protección civil le

corresponde: I. Promover la participación de la sociedad en la protección civil; II. Crear el Fondo Municipal de Desastres para la atención de emergencias originadas por alguna emergencia o desastre; III. Crear un Patronato Especial, responsable del acopio, administración y aplicación de los canales de distribución de los donativos de bienes y demás recursos que se recauden, con motivo de apoyo y auxilio a la población o comunidades afectadas por alguna emergencia o desastre; IV. Proponer al Ayuntamiento la inclusión de acciones y programas sobre la materia, en el Plan de Desarrollo Municipal; y V. Celebrar

Enfoque fragmentado a la Ciudad, debe integrarse todo el municipio. Atlas Municipal de Riesgos desactualizado. Falta de un programa municipal de protección civil. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático. Equipo e infraestructura insuficiente para el área de protección civil con énfasis en gestión del riesgo ante el cambio climático. Falta de brigadas comunitarias capacitadas en materia de protección civil y gestión integral de riesgos asociados al

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convenios de colaboración o coordinación en materia de protección civil; y VI. Las demás que disponga el presente Reglamento y los demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 11. Al Secretario de Ayuntamiento en materia de Protección Civil le

corresponde: I. Fungir como Secretario Ejecutivo del Consejo Municipal de Protección Civil; II. En ausencia del Presidente Municipal realizar las declaratorias de emergencia o de zonas de desastre de nivel municipal; y, III. Las demás que le otorguen el presente Reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.

cambio climático, coordinadas por protección civil municipal. Poca realización de simulacros de evacuación en instituciones públicas y privadas. Insuficiente profesionalización del personal de protección civil municipal en materia de gestión integral de riesgos asociados al cambio climático.

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Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo del Municipio de Monterrey, Nuevo León, POE, 11-11-2011. Últimas reformas del 29-12-2014.

Artículo 7. La utilización general del suelo en las áreas no urbanizables será la siguiente: I. Por causa de preservación ecológica: estarán a lo dispuesto por los decretos de protección correspondientes y el Plan Metropolitano 2000-2021 Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada; II. Por prevención de riesgos: será aquella que disponga el Atlas de Riesgos correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 168 de la Ley; III. Por tener pendientes mayores al 45-cuarenta y cinco por ciento, en estas zonas queda prohibido el desarrollo de cualquier acción urbana, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 121 fracción III, 195 fracción I y 196 fracción I de la Ley.

Artículo 19. Los usos y destinos del suelo condicionados, indicados en la Matriz de Compatibilidad, para ser autorizados deberán cumplir con los siguientes requerimientos: II. Contaminación: No se deberán sobrepasar los límites máximos permisibles de contaminación del aire, suelo, agua, energías (radiaciones) y ruido, entre otros; cuando el caso lo amerite el tipo y nivel de contaminación será determinado por un dictamen que emita la Secretaría, según lo dispuesto por la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León y demás disposiciones de carácter general aplicables; IV. Seguridad: Que el uso solicitado, no ponga en riesgo la integridad física o el patrimonio de los residentes del sector en donde se localiza el predio en cuestión, será determinado el grado de riesgo mediante dictamen que emita la Dirección de Protección Civil correspondiente o Patronato de Bomberos de Nuevo León.

Artículo 73 BIS-1. Los terrenos que tengan áreas con pendiente natural mayor al 45%, no podrán ser urbanizables. Las áreas con pendientes menores al 45%, ubicadas en el mismo predio o inmueble, podrán ser utilizadas conforme a lo que señale el Plan y este Reglamento, quienes pretendan realizar cualquier acción urbana en estos terrenos deberán acompañar el estudio de pendientes que corresponda. En las áreas con pendientes naturales del terreno de hasta 45%, con la finalidad de disminuir los cortes en el terreno y el impacto ambiental que provoca la urbanización y construcción del suelo, se podrán agrupar las viviendas en las partes bajas del predio o inmueble, debiéndose en todo

Falta de una norma técnica municipal que incorpore los lineamientos de la NMX-AA-164-SCFI-2013 edificación sustentable, criterios y requerimientos ambientales mínimos y la gestión integral de riesgos ante el cambio climático. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático. Poca construcción de obras de estabilidad de taludes.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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momento respetar la densidad, altura y demás lineamientos urbanísticos señalados para la zona en donde se ubique dicho predio o inmueble.

Artículo 119. Se prohíbe bloquear, rellenar o utilizar como vialidad en su plantilla, todos los cauces de ríos y arroyos, cañadas, y los demás escurrimientos naturales. Los propietarios o responsables de la realización de obras deberán prevenir el arrastre aguas abajo de materiales, productos, subproductos, residuos o desechos de las actividades propias de la construcción o de los generados por el personal de ésta.

Artículo 120. Para mitigar los riesgos de inundación en los puntos de coincidencia de caudales pico, se deberán establecer medidas preventivas a fin de que el pico del caudal generado por la urbanización sea amortiguado, mediante su retención temporal, por medio del establecimiento de obras de regulación o estructuras retenedoras, a través de las siguientes medidas: I. Lineamientos de carácter estructural. II. Lineamientos de carácter no estructural.

Artículo 121. Los lineamientos de carácter estructural, comprenden la realización de obras de infraestructura pluvial, en donde se deberá respetar lo siguiente: I. Construir obras de drenaje pluvial, cuando el aporte hidráulico de la cuenca lo requiera; garantizando la calidad de la obra por el término de 3-tres años a partir de la fecha de recepción por parte de la Autoridad Municipal correspondiente; II. Establecer estructuras reguladoras y disipadoras de energía en escurrimientos donde no se tenga continuidad de obras pluviales aguas abajo y que representen problemas de afectación por inundación y acarreo de sedimentos; III. Mantener y respetar los cauces de escurrimientos de cañadas sin enductar, a menos que el estudio así lo indique y salvo la aprobación de las autoridades correspondientes. Estos cauces no deberán ser obstruidos; IV. Las que se señalen en los dictámenes hidrológicos específicos que al efecto realice la Autoridad competente, dentro de las autorizaciones de construcción y urbanización del suelo.

Artículo 122. Los lineamientos de carácter no estructural, comprenden la implementación de programas de mejoramiento de la infraestructura pluvial

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existente. Serán aplicables en las áreas urbanas, en donde se pretendan realizar acciones de crecimiento, donde no exista infraestructura pluvial o la existente sea insuficiente para el manejo y conducción de los escurrimientos pluviales, debiendo observarse lo siguiente: I. Mitigar el caudal generado por las lluvias, debido a las actividades de construcción; II. El interesado en construir deberá establecer en el estudio hidrológico correspondiente, el volumen de escurrimientos a retener y las medidas mitigadoras o sistemas de detención; III. La Secretaría evaluará el estudio hidrológico y autorizará las obras, medidas de mitigación o sistemas de detención que se requieran; IV. El interesado deberá realizar las medidas de mitigación o sistemas de detención, en forma conjunta con las obras de construcción del inmueble.

Artículo 123. Se deberán implementar programas de mejoramiento de la infraestructura pluvial, de forma complementaria a las medidas estructurales y no estructurales, a través de políticas de regulación, de crecimiento y de mejoramiento pluvial, mediante lo siguiente: I. Recuperar riveras y taludes a través de la reubicación de asentamientos humanos irregulares; II. Identificar nuevas zonas de riesgo generadas por la invasión de riveras recientes; III. Implementar programas que contemplen políticas de mejoramiento y recuperación de ductos dañados y azolvados. Cuidar que los ductos limpios descarguen a una salida pluvial (calle, arroyo, canal, ducto mayor, etc.); IV. Establecer programas con soluciones técnicas donde se incluya el control de deslaves y de erosión en taludes mediante reforestación y recuperación de vegetación de galería; V. Establecer programa de cultura ambiental, por medio del cual se promueva entre los particulares conciencia y respecto de las cañadas y arroyos, evitando la invasión de cauces y escurrimientos naturales; VI. Establecer reglamentos o disposiciones que permitan lograr un manejo más eficiente del recurso pluvial en función de las características topográficas, geológicas y de urbanización en las diferentes zonas del Municipio.

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Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey, Nuevo León (RPCMM), POE, 21-06-2010. Últimas reformas del 22-04-2015.

Artículo 53. Los proyectos de construcción deberán desarrollarse en forma escalonada respetando el desnivel de sus propios predios, para evitar riesgos mayores que ocasionan los deslaves naturales, quedando prohibido realizar excavaciones que pongan en peligro la estabilidad de muros separadores o edificaciones aledañas. Para evitar riesgos con los muros de contención, se podrán habilitar plataformas jardín de concreto reforzado y así eliminar el relleno.

Artículo 58. Los taludes que resulten al realizar actividades constructivas deberán tener como altura límite tres metros. En aquellos que resulten mayores que esta altura se deberán presentar los Estudios Geotécnicos que garanticen su estabilidad y seguridad. Su diseño deberá propiciar su protección mediante técnicas que consideren el análisis topográfico y geotécnico, teniendo en cuenta la orientación del corte de acuerdo a un análisis cinemático del talud, el tipo de suelo y la conservación o regeneración de la capa vegetal. Cuando sea necesario construir muros de contención en terrenos con pendiente natural de entre el 30% y 45%, estos deberán ser de hasta 3.5 metros de altura, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 196 de la Ley. En caso de taludes al límite de propiedad o colindancia, en donde exista construcción en predio vecino, se deberá presentar el procedimiento detallado de la ejecución de la excavación o relleno.

Artículo 59. La estabilidad estructural en las zonas en declive se sujetará a: I. Las construcciones se deberán ubicar en las áreas del predio con mayor estabilidad natural y con el menor uso posible de cortes o muros de contención, mismo que estará sujeto a la evaluación del estudio geotécnico correspondiente; II. Toda construcción se soportará en cimentación calculada por un Asesor en seguridad estructural, debiendo protegerse el suelo de soporte contra intemperismo, socavación, arrastre por flujo de agua, falla por capacidad de carga o asentamientos diferenciales; III. El diseño de toda construcción deberá garantizar la estabilidad de la estructura, sin causar daños a la propia cimentación, a la superestructura e instalaciones, ni a elementos no estructurales y acabados, construcciones contiguas o infraestructura. El

Falta de una norma técnica municipal que incorpore los lineamientos de la NMX-AA-164-SCFI-2013 edificación sustentable, criterios y requerimientos ambientales mínimos y la gestión integral de riesgos ante el cambio climático. Poca construcción de obras de estabilidad de taludes. Asentamientos humanos irregulares. Asentamientos urbanos en zonas vulnerables ante los efectos del cambio climático.

Altas temperaturas. Deslaves.

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interesado deberá incluir las medidas de seguridad correspondientes para evitar daños a terceros; IV. En cualquier actividad constructiva que se realice se deberá contar con estudios geológicos o geotécnicos, y en su caso hidrológico e hidráulico, realizados, por perito responsable. Al suscribir el estudio correspondiente el perito deberá adjuntar su cédula profesional; V. Para mitigar los riesgos se deberán aplicar las recomendaciones y soluciones propuestas por los estudios respectivos avalados por la Secretaría.

Artículo 119. […] En el caso de construcciones cimentados en terrenos con problemas especiales, y en particular los que se localicen en terrenos agrietados, sobre taludes, o donde existan rellenos o antiguas minas subterráneas, se agregará a la memoria una descripción de estas condiciones y como estas se tomaron en cuenta para diseñar la cimentación.

Capacidad de respuesta y capital humano de Protección Civil.

Ampliar el número de servidores públicos en el área de protección civil. Desarrollar capacidades preventivas. Capacitar al personal en cuanto a sus facultades y atribuciones en materia de protección civil y cambio climático. Realizar campañas de difusión sobre las funciones y actuaciones de protección civil.

Realizar talleres, rallys o ferias a efecto de involucrar a la sociedad en la prevención de riesgos hidrometeorológicos.

Orientación eminentemente reactiva para atender emergencias y brindar primeros auxilios. Desconocimiento de las facultades establecidas en la Ley General de Cambio Climático y su relación con el área de protección civil. Falta de credibilidad de la gente respecto al personal que se desempeña en protección civil.

Inundación fluvial e Deslaves.

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ANÁLISIS FODA SOBRE INSTRUMENTOS NORMATIVOS Y DE POLÍTICA PÚBLICA EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL MUNICIPIO DE MONTERREY

Fortalezas Oportunidades Debilidades Amenazas por cambio

climático

Plan Estratégico Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey 2021, septiembre 2009.

Objetivo 1: Desarrollo urbano eficazmente planificado, equitativo y con participación ciudadana. Estrategia: Impulso al desarrollo y mantenimiento de la infraestructura hidráulica Líneas de acción: 6. Identificar a nivel de predio, las zonas urbanas que registran inundaciones, a efecto de tomar medidas preventivas; 7. Dar mantenimiento a la infraestructura de la red secundaria de drenaje; 8. Promover la canalización de arroyos, aprovechando las obras respectivas en vialidades o jardines.

Poca construcción de obras de estabilidad de taludes. Asentamientos humanos irregulares.

Altas temperaturas. Deslaves. Inundación fluvial.

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Resultados del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático

Para la valoración del indicador se calculó el porcentaje de instrumentos normativos y de política

pública referidos en este estudio con los que cuenta el municipio; por lo que en función de ello, la

capacidad para gestionar el riesgo ante una emergencia climática municipal es de 38.46%, ya que

Monterrey tiene 5 de los 13 instrumentos normativos y de política pública considerados, lo cual ubica al

municipio en una escala de vulnerabilidad institucional alta ante el cambio climático (Tabla 3.2). En la

Tabla 3.3 se muestra el resultado del indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático y los

instrumentos normativos que se utilizaron para su construcción.

Tabla 3.2. Escala de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático.

Escala Intervalo Vulnerabilidad

1 0.81 - 1.00 Muy baja

2 0.61 - 0.80 Baja

3 0.41 - 0.60 Media

4 0.21 - 0.40 Alta

5 0.00 - 0.20 Muy alta

Fuente: Elaboración ANIDE

Tabla 3.3. Indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático para municipio de Monterrey.

INSTRUMENTO NORMATIVO: SÍ NO

1. Atlas Municipal de Riesgos (2009)

2. Reglamento municipal en materia de protección civil

3. Programa municipal de protección civil X

4. Plan de contingencias en caso de fenómenos hidrometeorológicos (alarmas) X

5. Identificación de refugios y albergues necesarios X

6. Instrumento financiero municipal para enfrentar daños por desastres X

7. Convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos X

8. Plan de desarrollo urbano municipal (Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Monterrey 2013-2025)

9. Reglamento municipal de construcción

10. Reglamentación sobre uso de suelo orientada a la prevención y reducción de riesgos

11. Plan o programa municipal de ordenamiento territorial

X

12. Programa de ordenamiento ecológico local

X

13. Programa de Adaptación Climática Municipal

X

TOTAL 5 8

% de nivel de cumplimiento 38.46%

VULNERABILIDAD INSTITUCIONAL ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO: ALTA

Fuente: Elaboración ANIDE.

Es importante enfatizar que no basta tener los instrumentos normativos o de política pública

relacionados con la atención y gestión integral de riesgos asociados al cambio climático si aquéllos

carecen de una verdadera implementación.

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14. Conclusiones

El reto del cambio climático representa una oportunidad para lograr articular diferentes procesos de

desarrollo sustentable a todos los niveles, con énfasis en el local, y, así, disminuir la vulnerabilidad del

municipio e incrementar su resiliencia. Para lo cual, es fundamental desarrollar una sinergia que

involucre la participación y fortalecimiento de capacidades institucionales, gubernamentales, académicas

y de la sociedad civil.

Regular la gestión integral de riesgos permite disminuir la vulnerabilidad de la población y del

municipio en general ante el cambio climático, lo que, a su vez, puede contribuir a la potenciación del

destino turístico desde una perspectiva de sustentabilidad y competitividad.

En este sentido, el municipio de Monterrey cuenta con 5 de los 13 instrumentos normativos y de

política pública seleccionados para lograr una gestión integral de riesgos ante el cambio climático; sin

embargo, éstos son insuficientes para lograr la resiliencia de la sociedad, infraestructura y sectores

productivos. Por lo que resulta imperativo hacer efectivas las facultades del municipio en materia de

planeación, uso de suelo, ordenación territorial, tanto ecológica como urbana e, incluso, sobre protección

civil y adaptación climática. Entre los rubros a fortalecer se encuentran:

Actualizar el atlas de riesgos para que considere la vulnerabilidad actual y los escenarios futuros

ante el cambio climático.

Elaborar y decretar el Reglamento y el Programa municipal de protección civil a escala municipal.

Realizar la identificación y difusión de refugios y albergues para que la población se familiarice

con su ubicación y sepa a dónde acudir en caso de emergencias climáticas.

Reformar la hacienda pública municipal a fin de contar con un instrumento financiero para

enfrentar daños por desastres y cambiar el enfoque de dependencia hacia la federación bajo el que se

obra actualmente.

Celebrar convenios de coordinación en materia de protección civil y prevención de riesgos con el

Estado y la federación a efecto de coadyuvar al fortalecimiento institucional y social en estos rubros.

Elaborar y decretar los programas de ordenamiento ecológico y territorial; así como del programa de

adaptación climática municipal, ya que se trata de instrumentos fundamentales para lograr el

aprovechamiento sustentable del territorio y reducir la vulnerabilidad ante el cambio climático, para lo

cual se puede tomar como insumo el resultado de este estudio.

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Glosario

Acuífero: Estrato de roca permeable que contiene agua. Un acuífero no confinado se recarga

directamente por medio del agua de lluvia, ríos y lagos, y la velocidad de la recarga se ve influenciada

por la permeabilidad de las rocas y suelos en las capas superiores. Un acuífero confinado se caracteriza

por un manto superior que es impermeable y por lo tanto las lluvias locales no afectan el acuífero (IPCC,

2001).

Adaptación: Ajustes en sistemas humanos o naturales como respuesta a estímulos climáticos

proyectados o reales, o a sus efectos, que pueden moderar el daño o aprovechar sus aspectos

benéficos (IPCC, 2001).

Amenaza: Llamada también peligro, se refiere a la potencial ocurrencia de un suceso de origen

natural o generado por el hombre, que puede manifestarse en un lugar específico con una intensidad y

una dirección determinada (CENAPRED, 2001).

Antropogénico: Resultante o producido por acciones humanas (IPCC, 2001).

Atlas de riesgo: Sistema integral de información sobre los agentes perturbadores y daños

esperados, resultado de un análisis espacial y temporal sobre la interacción entre los peligros, la

vulnerabilidad y el grado de exposición de los agentes afectables (LGPC, 2012).

Biodiversidad: Variabilidad entre los organismos vivos procedentes de todas las fuentes, incluidos,

entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos en general y los complejos ecológicos de los

cuales estos forman parte; esto incluye la diversidad dentro de las especies, entre las especies y de los

ecosistemas (IPCC, 2001).

Cambio climático: Variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que

altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada

durante períodos comparables (LGCC, 2012).

Capacidad de adaptación: Capacidad de un sistema para ajustarse al cambio climático (incluida la

variabilidad climática y los cambios extremos) a fin de moderar los daños potenciales, aprovechar las

consecuencias positivas, o soportar las consecuencias negativas (IPCC, 2014).

Ciclón Tropical: Es una manifestación extrema del flujo atmosférico alrededor de un centro de muy

baja presión sobre la superficie terrestre. Si el ciclón tropical llega a intensificarse suficiente como para

rebasar vientos de 119km/h entonces se le clasifica como huracán (Rosengaus, 1998).

Cuenca: Depresión de la superficie terrestre, de forma y origen diversos. Puede ser exorreica (con

un desagüe que permite que las aguas circulen y sean expulsadas de la c. y endorreica (sin desagüe),

(Lugo, 2011).

Daño: Menoscabo o deterioro inferido a elementos físicos de la persona o del medio ambiente,

como consecuencia del impacto de una calamidad o agente perturbador sobre el sistema afectable

(población y entorno), (CENAPRED, 2001).

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Deforestación: Conversión de bosques en zonas no boscosas debido, entre otras, al uso de la

tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura (IPCC, 2001).

Desastre: Es un evento destructivo que afecta significativamente a la población, en su vida o en sus

fuentes de sustento y funcionamiento (CENAPRED, 2001)

Deslave: Proceso consistente en la separación de rocas, derrubios o suelos en laderas de pendiente

mayor a 30° y su desplazamiento por caída libre, rebote y rodamiento, lo que contribuye a la

fragmentación del material rocoso (Lugo, 2011).

Deslizamiento: Movimiento lento de una masa de material sobre otra, ambas separadas por un

plano de fricción; su construcción puede ser de suelo, derrubios o roca (Lugo, 2011).

Emergencia: Situación o condición anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un

riesgo excesivo para la salud y la seguridad del público en general. Conlleva la aplicación de medidas de

prevención, protección y control sobre los efectos de una calamidad (CENAPRED, 2001).

Erosión: Proceso de retiro y transporte de suelo y roca por obra de fenómenos meteorológicos,

desgaste de masa, y la acción de cursos de agua, glaciares, olas, vientos, y aguas subterráneas (IPCC,

2001).

Erosión fluvial: Destrucción de las rocas por el agua de escurrimiento que, junto con los

movimientos gravitacionales, conduce a la formación de valles, rebajamiento de la superficie de las

cuencas fluviales (Lugo, 2011).

Escenario climático Representación plausible y a menudo simplificada del clima futuro, basada en

un conjunto internamente coherente de relaciones climatológicas, que se construye para ser utilizada de

forma explícita en la investigación de las consecuencias potenciales del cambio climático antropogénico,

y que sirve a menudo de insumo para las simulaciones de los impactos. Las proyecciones climáticas

sirven a menudo como materia prima para la construcción de escenarios climáticos, pero los escenarios

climáticos requieren información adicional, por ejemplo, acerca del clima observado en un momento

determinado. Un ‘escenario de cambio climático’ es la diferencia entre un escenario climático y el clima

actual (IPCC, 2014).

Escorrentía: Proceso del movimiento del agua en la superficie terrestre, a manera de un manto o

lineal, que se lleva a cabo fundamentalmente en las laderas, después de fuertes precipitaciones

pluviales o deshielo (Lugo, 2011).

Escurrimiento: Agua de precipitación pluvial o deshielo, que fluye por gravedad. En geomorfología

se usa preferentemente escorrentía (Lugo, 2011).

Exposición: La presencia de personas; medios de subsistencia; especies o ecosistemas; funciones,

servicios y recursos ambientales; infraestructura; o activos económicos, sociales o culturales en lugares

y entornos que podrían verse afectados negativamente (IPCC, 2014).

Fenómeno Hidrometeorológico: Agente perturbador que se genera por la acción de los agentes

atmosféricos, tales como: ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones pluviales, fluviales,

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costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas; sequías; ondas cálidas y

gélidas; y tornados (LGPC, 2012).

Fragilidad: La fragilidad ecológica puede definirse como la susceptibilidad de los ecosistemas ante

el impacto que pueden ocasionar tanto los procesos naturales como las diferentes acciones

antropogénica a las que pueden estar expuesto (Chiappy, 2001).

Gases de efecto invernadero: Gases integrantes de la atmósfera, de origen natural y

antropogénico, que absorben y emiten radiación en determinadas longitudes de ondas del espectro de

radiación infrarroja emitido por la superficie de la Tierra, la atmósfera, y las nubes. Esta propiedad causa

el efecto invernadero. El vapor de agua (H2O), dióxido de carbono (CO2), óxido nitroso (N2O), metano

186 Cambio climático 2001 Informe de síntesis IPCC Tercer Informe de Evaluación (CH4), y ozono (O3)

son los principales gases de efecto invernadero en la atmósfera terrestre. Además existe en la atmósfera

una serie de gases de efecto invernadero totalmente producidos por el hombre, como los halocarbonos y

otras sustancias que contienen cloro y bromuro, de las que se ocupa el Protocolo de Montreal. Además

del CO2, N2O, y CH4, el Protocolo de Kyoto aborda otros gases de efecto invernadero, como el

hexafluoruro de azufre (SF6), los hidrofluorocarbonos (HFC), y los perfluorocarbonos (PFC), (IPCC,

2014).

Gestión Integral de Riesgos: Conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis,

evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un

proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los

sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e

implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de- pautas de

desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las

capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los

riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio,

recuperación y reconstrucción (LGPC, 2012).

Humedales: Extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean

éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces,

salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no

exceda de seis metros (Ramsar, 1971).

Inundación: Evento que debido a la precipitación, oleaje, marea de tormenta, o falla de alguna

estructura hidráulica que provoca un incremento en el nivel de la superficie libre del agua de los ríos o el

mar mismo, genera invasión o penetración de agua en sitios donde “usualmente” no la hay

(CENAPRED, 2004).

Isoyeta: Es una línea trazada sobre un mapa sinóptico con la que se unen puntos (representación

de una estación meteorológica), donde se registra igual cantidad de precipitación (CONAGUA, 2010).

Medidas de adaptación: Conjunto de acciones planificadas que tienen como objetivo reducir las

condiciones de vulnerabilidad de la población y los asentamientos humanos; las actividades productivas,

y la infraestructura instalada, así como de los ecosistemas y la biodiversidad (GIZ, 2013).

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Mitigación: Aplicación de políticas y acciones destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o

mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero (LGCC, 2012).

Modelo climático regional: Modelo climático de mayor resolución sobre una zona limitada. Estos

modelos se utilizan para reducir la escala de los resultados climáticos globales a dominios regionales

específicos (IPCC, 2014).

Modelo climático: Representación numérica del sistema climático basada en las propiedades

físicas, químicas y biológicas de sus componentes, en sus interacciones y en sus procesos de

retroalimentación, y que recoge todas o algunas de sus propiedades conocidas. El sistema climático se

puede representar mediante modelos de diverso grado de complejidad; en otras palabras, para cada

componente o conjunto de componentes es posible identificar un espectro o jerarquía de modelos que

difieren en aspectos tales como el número de dimensiones espaciales, el grado en que aparecen

representados explícitamente los procesos físicos, químicos o biológicos, o el grado de utilización de

parametrizaciones empíricas. Los modelos de circulación general atmósfera-océano (MCGAO)

acoplados proporcionan la más completa representación del sistema climático actualmente disponible.

Se está evolucionando hacia modelos más complejos que incorporan química y biología interactivas. Los

modelos climáticos se utilizan como herramienta de investigación para estudiar y simular el clima y para

fines operativos, en particular predicciones climáticas mensuales, estacionales e interanuales (IPCC,

2014).

Ola de calor: Período de tiempo anormalmente caluroso e incómodo (IPCC, 2014).

Peligro: Probabilidad de ocurrencia de un agente perturbador potencialmente dañino de cierta

intensidad, durante un cierto periodo y en un sitio determinado (LGPC, 2012).

Periodo de retorno: Es el tiempo que, en promedio, debe transcurrir para que se presente un

evento [hidrometeorológico] igual o mayor a una cierta magnitud (CENAPRED, 2004).

Prevención: En materia ambiental: conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el

deterioro del ambiente. (LGEEPA, 1988). En materia de protección civil:: Conjunto de acciones y

mecanismos implementados con antelación a la ocurrencia de los agentes perturbadores, con la

finalidad de conocer los peligros o los riesgos, identificarlos, eliminarlos o reducirlos; evitar o mitigar su

impacto destructivo sobre las personas, bienes, infraestructura, así como anticiparse a los procesos

sociales de construcción de los mismos (LGPC, 2012)

Protección: En materia ambiental se refiere al conjunto de políticas y medidas para mejorar el

ambiente y controlar su deterioro (LGEEPA, 1988).

Protección civil: Acción solidaria y participativa, que en consideración tanto de los riesgos de origen

natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y

concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional, con el fin de

crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de

manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones,

se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de

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la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente (LGPC,

2012).

Proyección climática: Respuesta simulada del sistema climático a diversos escenarios de

emisiones o de concentraciones de gases de efecto invernadero y aerosoles, frecuentemente basada en

simulaciones mediante modelos climáticos. Las proyecciones climáticas se diferencian de las

predicciones climáticas por su dependencia del escenario de emisiones/concentraciones/forzamiento

radiactivo utilizado, basado en supuestos relativos, por ejemplo, a un devenir socioeconómico y

tecnológico que puede o no materializarse. Véase también Escenario climático (IPCC, 2014).

Recurso natural: El elemento natural susceptible de ser aprovechado en beneficio del hombre.

(LGEEPA, 1988).

Rehabilitación: Conjunto de acciones que contribuyen al restablecimiento de la normalidad en las

zonas afectadas por algún desastre, mediante la reconstrucción el reacomodo y el reforzamiento de la

vivienda, del equipamiento y la infraestructura urbana; así como a través de la restitución y reanudación

de los servicios y de las actividades económicas en los lugares del asentamiento humano afectado

(CENAPRED, 2004).

Residuos sólidos urbanos: Los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación

de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus

envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de

establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarias, y los

resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por esta Ley

como residuos de otra índole. (LGPGIR, 2003).

Resiliencia: capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro

para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a

través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor

protección futura y mejorando las medidas de reducción de riesgos (LGPC, 2012).

Riesgo: Probabilidad de que se produzca un daño en las personas, en uno o varios ecosistemas,

originado por un fenómeno natural o antropógeno (LGCC, 20112). Los riesgos resultan de la interacción

de la vulnerabilidad, la exposición y el peligro (IPCC, 2014). En el presente informe, el término riesgo se

utiliza principalmente en referencia a los riesgos de impactos del cambio climático.

Sensibilidad: Nivel en el que un sistema resulta afectado, ya sea negativa o positivamente, por

estímulos relacionados con el clima. El efecto puede ser directo (por ejemplo, un cambio en la

producción de las cosechas en respuesta a la media, gama o variabilidad de las temperaturas) o

indirecto (los daños causados por un aumento en la frecuencia de inundaciones costeras debido a una

elevación del nivel del mar), (IPCC, 2001).

Sequía: Fenómeno que ocurre cuando la precipitación, en un lapso, es menor que el promedio, y

cuando esta deficiencia es lo suficientemente grande y prolongada como para dañar las actividades

humanas” (CENAPRED, 2002).

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Trayectorias Representativas de Concentración (RCP): Escenarios que incluyen series

cronológicas de emisiones y concentraciones de la serie completa de gases de efecto invernadero y

aerosoles, así como de gases químicamente activos, el uso de la tierra y la cubierta terrestre. La palabra

“representativa” significa que cada RCP proporciona tan solo uno de varios escenarios posibles que

darían lugar a las características específicas del forzamiento radiativo (por ejemplo, el calentamiento

asociado con los gases de efecto invernadero). El término “trayectoria” destaca que no solo interesan los

niveles de concentración a largo plazo, sino también la trayectoria en el tiempo para alcanzar ese

resultado (IPCC, 2014).

Variabilidad del clima: Se refiere a las variaciones en el estado medio y otros datos estadísticos

(como las desviaciones típicas, la ocurrencia de fenómenos extremos, etc.) del clima en todas las

escalas temporales y espaciales, más allá de fenómenos meteorológicos determinados. La variabilidad

se puede deber a procesos internos naturales dentro del sistema climático (variabilidad interna), o a

variaciones en los forzamientos externos antropogénicos (variabilidad externa). (IPCC, 2001).

Vulnerabilidad: En materia de cambio climático, nivel al que un sistema es susceptible, o no es

capaz de soportar los efectos adversos del cambio climático, incluida la variabilidad climática y los

fenómenos extremos. La vulnerabilidad está en función del carácter, magnitud y velocidad de la

variación climática a la que se encuentra expuesto un sistema, su sensibilidad, y su capacidad de

adaptación (LGCC, 2012).

Zona de Riesgo: Espacio territorial determinado en el que existe la probabilidad de que se produzca

un daño, originado por un fenómeno hidrometeorológico (LGPC, 2012).

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Acrónimos

AGEB Área Geoestadística Básica

ANIDE Academia Nacional de Investigación y Desarrollo, A. C.

ANPs Áreas Naturales Protegidas

CEM Continuo de Elevaciones Mexicano

CENAPRED Centro Nacional de Prevención de Desastres

CEPAL Comisión Económica para América Latina y el Caribe

CICC Comisión Intersecretarial de Cambio Climático

CLIVAR Climate Variability and Predictability.

CMNUCC Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

CN Curva Numérica

CONABIO Comisión nacional para el conocimiento y uso de la biodiversidad

CONAGUA Comisión Nacional del Agua

CONAPO Consejo Nacional de Población

CONEVAL Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

CPEUM Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

DENUE Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas

EIRD Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales

ENCC Estrategia Nacional de Cambio Climático

FAMM Fondo de Agua Metropolitano de Monterrey

FODA Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas

GEI Gases de Efecto Invernadero

GETM Generador Estocástico de Tiempo Meteorológico

GIR Gestión Integral de Riesgos

IE Índice de Exposición

IMCO Instituto mexicano para la competitividad A.C.

IMTA Instituto Mexicano de Tecnología del Agua

INECC Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía

IPCC Intergovernmental Panel on Climate Change (Panel Intergubernamental de Cambio Climático)

ISIL Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas

MAH Marco de Acción de Hyogo

MCG Modelos de Circulación General

MDE Modelo Digital de Elevación

OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

ONU Organización de la Naciones Unidas

OSC Organización de la sociedad civil

PECC Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018

PIB Producto Interno Bruto

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PICC Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático

PND Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018

PNUD Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

PPRAS Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos

PST Programa Sectorial de Turismo 2013-2018

RCP Representative Concentration Pathways

RH Región Hidrológica

SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

SCS Soil Conservation Soil

SECTUR Secretaría de Turismo

SEDATU Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

SEDATU Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

SEDESOL Secretaría de Desarrollo Social

SEGOB Secretaría de Gobernación de México

SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

SIATL Simulador de flujos de agua de cuencas hidrográficas

SMN Servicio Meteorológico Nacional

SRTM Shuttle Radar Topography Mission

Tr Períodos de retorno

UE Unidades Económicas

UNAM Universidad Nacional Autónoma de México

UNPD United Nations Development Programme

ZMM Zona Metropolitana de Monterrey

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Agradecimientos

La Academia Nacional de Investigación y Desarrollo A.C. (ANIDE) expresa su sincero

agradecimiento al CONACYT por su apoyo para la realización del proyecto “Estudio de vulnerabilidad al

cambio climático en diez destinos turísticos seleccionados” realizado con el Fondo Sectorial para la

Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica en Turismo” SECTUR-CONACYT.

Este estudio es fruto de un intenso trabajo interdisciplinario en el que participaron investigadores de

diferentes instituciones académicas.

Agradecemos sinceramente al Arq. Manuel Barclay Galindo, Director General de Ordenamiento

Turístico Sustentable y a la MIT. Carolina Chávez Oropeza, Directora de Zonas de Desarrollo Turístico

Sustentable de la Secretaría de Turismo Federal, quienes dieron un seguimiento puntual al proyecto y

facilitaron la realización de los talleres participativos en los que se presentaron los resultados de los

diagnósticos de vulnerabilidad ante el cambio climático y las propuestas de medidas de adaptación para

su correspondiente análisis, retroalimentación y validación a efecto de integrarlas en la propuesta de

programa de adaptación ante el cambio climático de cada municipio.

Finalmente, nuestro mayor reconocimiento a todo el equipo de la ANIDE que con su trabajo,

compromiso y entusiasmo hizo posible la realización de este estudio.

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Índice de figuras

Figura 1.1. Localización del destino turístico de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. .. 12

Figura 1.2. Metodología general para la obtención de modelos de inundación con el método del Índice de Inundación. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................ 18

Figura 1.3. Destrucción de un tramo de la carretera escénica Tijuana – Ensenada, BC., Diciembre de 2014. Fuente: Milenio. ............................................................................................................................ 25

Figura 1.4. Diagrama de flujo de la metodología aplicada para la determinación de inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración propia a partir del trabajo de Mora, 2004. ................................................. 28

Figura 1.5. Calibración del Índice de Susceptibilidad a Inestabilidad de Laderas (ISIL) a partir deslizamientos documentados y el análisis de su distribución en el histograma. .................................... 30

Figura 1.6. Esquema de los factores asociados al riesgo de impactos por cambio climático. Modificada de IPCC, 2014 ........................................................................................................................................ 33

Figura 1.7. Diagrama del cálculo del riesgo en el Sistema e Información Geográfica. ............................ 35

Figura 1.8. Climograma de la estación Monterrey, Nuevo León (observatorio meteorológico) con valores normales de 1951-2010. ......................................................................................................................... 37

Figura 1.9.Climograma de la estación Topo Chico, Nuevo León con valores normales de 1951-2010. ... 37

Figura 1.10. Climograma de la estación Apodaca, Nuevo León con valores normales de 1951-2010. .... 38

Figura 1.11. Valores extremos mensuales del Observatorio de Monterrey, Nuevo León. (1951-2010) ... 38

Figura 1.12. Valores extremos mensuales de la Apodaca, N.L. (1951-2010). ......................................... 39

Figura 1.13. Valores extremos mensuales de la estación Santa Catarina, N.L. (1951-2010). ................. 39

Figura 1.14.Valores extremos diarios históricos del observatorio meteorológico de Monterrey, N.L. (1951-2010). ..................................................................................................................................................... 40

Figura 1.15.Valores extremos diarios históricos de la estación Apodaca, N.L. (1951-2010). ................... 41

Figura 1.16. Valores extremos diarios históricos de la estación Santa Catarina, N.L. (1951-2010). ........ 41

Figura 1.17.Tendencia de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey, N.L. . 42

Figura 1.18.Anomalía de la temperatura máxima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey N.L. .... 43

Figura 1.19.Anomalía de la temperatura mínima histórica y escenario RCP 8.5 para Monterrey, N.L. .... 43

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Figura 1.20.Tendencias en el número de días con precipitación mayor a 10mm al año comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Monterrey, N.L. ................................. 44

Figura 1.21. Tendencias del percentil 95 de precipitación (mm/día) comparando el valor histórico (normal 1960-1990) y los escenarios RCP8.5 para Monterrey, N.L. .................................................................... 44

Figura 1.22. Mapa del indicador de altas temperaturas para el destino turístico de Monterrey. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................................ 46

Figura 1.23.Isoyetas para el Tr de 2 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................. 47

Figura 1.24. Isoyetas para el Tr de 50 años. Fuente: Elaboración ANIDE. .............................................. 48

Figura 1.25. Isoyetas para el Tr de 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ............................................ 48

Figura 1.26. Curva Numérica para el municipio de Monterrey. Fuente: Elaboración ANIDE. .................. 49

Figura 1.27. Índice de inundación fluvial para Monterrey sin calibrar (Tr 100 años). Fuente: Elaboración ANIDE. .................................................................................................................................................... 50

Figura 1.28. Umbral de calibración para los Tr de 2, 50 y 100 años, en a, b y c, respectivamente. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................................ 51

Figura 1.29. Modelación de áreas inundadas para los periodos de retorno a) 2 años, b) 50 años y c) 100 años. Fuente: Elaboración ANIDE. ......................................................................................................... 51

Figura 1.30. Mapa de inundación fluvial en escenarios de cambio climático en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................... 53

Figura 1.31. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Monterrey, Nuevo León, incluye localización general de zonas urbanas inundables, las colonias expuestas se muestran en la Tabla 1.12. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................ 54

Figura 1.32. Acercamiento del mapa de amenaza de inundación fluvial en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................... 55

Figura 1.33. Superficies en amenaza de inundación fluvial (km2) para el destino turístico de Monterrey, Nuevo León. ........................................................................................................................................... 57

Figura 1.34. Indicador de exposición a inundación fluvial de las unidades económicas asociadas al turismo. ................................................................................................................................................... 58

Figura 1.35. Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas para el municipio de Monterrey, Nuevo León. El intervalo del ISIL fue de 2.26 a 4.65 y para facilitar la interpretación en el fondo de la figura se muestra el relieve sombreado. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................... 61

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Figura 1.36. Calibración del Índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL) en el municipio de Monterrey, Nuevo León, el valor umbral fue de 3.95, que representa el percentil 90 para las pendientes mayores a 9 grados. Fuente: Elaboración ANIDE. .................................................................................. 62

Figura 1.37. Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................................ 64

Figura 1.38. Acercamiento del mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Monterrey, Nuevo León. Nótense los establecimientos vinculados al turismo (unidades económicas DENUE, puntos morados) que resultan expuestos a inestabilidad de laderas. Fuente: Elaboración ANIDE. .................................................................................................................................................... 65

Figura 1.39. Vista tridimensional con exageración vertical, se observa la imagen satelital de Digital Globe con las clases superpuestas de las áreas susceptibles a inestabilidad de laderas, así como la ubicación de establecimientos expuestos a inestabilidad de laderas en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®. ......................................................... 68

Figura 1.40. Acercamiento en vista tridimensional, se incluye la imagen satelital de Digital Globe (a) y la superposición de las clases de susceptiblilidad a inestabilidad de laderas (b). En ambas se observa la ubicación de establecimientos expuestos a alguna categoría de inestabilidad de laderas en Monterrey, NL. Fuente: Elaboración ANIDE con imágenes y funciones de Google Earth®. ...................................... 68

Figura 1.41. Fotografía de zona con laderas inestables identificada en el Mapa de susceptibilidad a inestabilidad de laderas del Municipio de Monterrey NL. Fuente: Street view-Google Earth®. ................ 69

Figura 1.42. Fotografía en los alrededores del fraccionamiento los Cristales, en la cual se observa la amenaza latente de elevaciones con altas pendientes y al pie de montaña viviendas (Fuente: Street view-Google Earth®). .............................................................................................................................. 69

Figura 1.43. Localización del establecimiento Abarrotes Ruíz. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) ubicado en pendiente alta y al pie de montaña. Fuente: Street View-Google Earth®. ............................. 70

Figura 1.44. Localización del establecimiento parroquia San José del Uro 1. Se observa la fachada (a) y su entorno (b) con construcciones en pendientes pronunciadas. Fuente: Street View-Google Earth®.... 70

Figura 1.45. Localización del establecimiento Tienda de abarrotes sin nombre 2. Se observa la fachada (a) y su entorno en 3D (b) en pendientes fuertes. Fuente: Street View-Google Earth®. .......................... 70

Figura 1.46. Mapa de vulnerabilidad física ante el cambio climático en Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................................ 72

Figura 1.47. Mapa de riesgo ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey, Nuevo León. Fuente: Elaboración ANIDE. ................................................................................................................... 75

Figura 2.1. Análisis léxico. Las palabras más mencionadas aparecen de mayor tamaño. La nube contiene el total de las palabras recogidas de la pregunta: “Diga tres palabras que piensa cuando escucha cambio climático”. ..................................................................................................................... 95

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Figura 2.2. Se muestra el porcentaje por grupo de palabras relacionadas a las causas o efectos del cambio climático, según las respuestas a la pregunta “Diga 3 palabras en las que piensa cuando escucha «cambio climático»”. Todas las respuestas se ubicaron en alguna de las tres categorías (causas, efectos y otros). ........................................................................................................................ 96

Figura 2.3. Se muestran las principales causas del cambio climático de acuerdo a la población encuestada. Se ofrecieron cinco opciones de respuesta. Respuesta múltiple no suma 100%. ............... 97

Figura 2.4. Porcentaje de respuestas a diferentes afirmaciones relacionadas con las causas y efectos del cambio climático. Para la afirmación: “El ser humano es el responsable del cambio climático”, se dejó abierta la opción de “parcialmente”, además de sí o no. ......................................................................... 98

Figura 2.5. Porcentaje de respuestas afirmativas a la pregunta “Relaciona o no, las siguientes enfermedades con el cambio climático”. Respuesta múltiple, no suma 100%. ........................................ 99

Figura 2.6. Porcentaje de respuesta sobre la percepción de eventos climáticos más riesgosos para la población encuestada. Cada encuestado mencionó en 1º, 2º y 3º lugar, cuáles eventos climáticos considera que son los más riesgosos para la población. Respuesta múltiple, no suma 100%. ............. 100

Figura 2.7. Porcentaje de personas que respondieron sí, no, no sé a la pregunta: “En el municipio, ¿han enfrentado alguna emergencia por fenómenos climáticos?”. ................................................................ 101

Figura 2.8. Porcentaje de respuestas de percepción de la población acerca de la capacidad de respuesta de protección civil y del ayuntamiento de Monterrey. Repuestas múltiples, no suman 100%. ............... 102

Figura 2.9. Acciones que la población está dispuesta a realizar para disminuir el riesgo ante el cambio climático. Respuesta múltiple, no suma 100%. ..................................................................................... 104

Figura 2.10. Porcentaje de la población que vive en casa propia o rentada. ......................................... 105

Figura 2.11. Porcentaje de la población que piensa quedarse a vivir definitivamente en el municipio; está dispuesto o no a realizar cambios constructivos en su vivienda y; reubicarse en caso de estar en zona de riesgo. ................................................................................................................................................... 106

Figura 2.12. Porcentaje de la población que conoce organizaciones de la sociedad civil (OSC) que trabajan temas ambientales, de protección civil, salud, etc. .................................................................. 107

Figura 2.13. Vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático para el destino turístico de Monterrey. Se muestran los valores normalizados obtenidos para cada uno de los indicadores. El nivel de vulnerabilidad social de acuerdo a la escala va de muy alta vulnerabilidad a muy baja vulnerabilidad social. ................................................................................................................................................... 112

Figura 2.14. Mapa de la vulnerabilidad social ante el cambio climático en AGEBs urbanas de Monterrey, N.L. ....................................................................................................................................................... 114

Figura 2.15. Mapa de vulnerabilidad social al cambio climático en Monterrey, N.L. .............................. 116

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Figura 3.1. Evolución, número y origen de visitantes en Monterrey (2004-2014). Fuente: Elaboración ANIDE, a partir de SECTUR, 2015. ...................................................................................................... 204

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Índice de tablas

Tabla 1.1. Vulnerabilidad por altas temperaturas. ................................................................................... 16

Tabla 1.2. Clasificación de la diferencia absoluta entre el rango de la Tmax y la Tmin de la climatología actual y el rango de las mismas en el escenario RCP8.5 futuro lejano. .................................................. 17

Tabla 1.3. Clasificación del tipo de suelo de acuerdo a su potencial de escurrimiento. ........................... 20

Tabla 1.4. Curva numérica para estimar el escurrimiento bajo diferentes complejos suelo - cobertura y manejo. ................................................................................................................................................... 21

Tabla 1.5. Clases incluidas en el mapa de amenaza o de inundación fluvial. Fuente: Elaboración ANIDE. ............................................................................................................................................................... 22

Tabla 1.6. Parámetros utilizados para la determinación del índice de susceptibilidad a inestabilidad de laderas (ISIL). ......................................................................................................................................... 29

Tabla 1.7. Unidades económicas (DENUE) vinculados y asociados al turismo. ...................................... 31

Tabla 1.8. Amenazas consideradas para la generación del Índice de vulnerabilidad física de destinos continentales. .......................................................................................................................................... 32

Tabla 1.9. Elementos considerados para la elaboración del mapa de riesgos a eventos extremos vinculados al cambio climático. ............................................................................................................... 34

Tabla 1.10. Categorías a emplearse en la representación de la amenaza, vulnerabilidad y riesgo (SEDATU, 2014). .................................................................................................................................... 36

Tabla 1.11.Temperaturas máximas actual y proyectada en el escenario RCP 8.5 e indicador de altas temperaturas de Monterrey, Nuevo León. ............................................................................................... 45

Tabla 1.12. Zonas y colonias expuestas a inundación fluvial en el municipio de Monterrey. ................... 56

Tabla 1.13. Áreas afectadas por inundación fluvial para diferentes periodos de retorno en Monterrey, Nuevo León. ........................................................................................................................................... 56

Tabla 1.14. Indicador de exposición (IE) de unidades económicas (UE) sujetas a inundación fluvial, Monterrey, Nuevo León. .......................................................................................................................... 58

Tabla 1.15. Hoteles expuestos a inundación de acuerdo a su periodo de retorno y probabilidad. ........... 59

Tabla 1.16. Ejemplo de unidades económicas (DENUE) vinculadas y asociadas al turismo. .................. 66

Tabla 1.17. Porcentaje de superficie municipal y urbana en cada categoría de riesgo en la zona de Monterrey................................................................................................................................................ 74

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Tabla 2.1. Metodología utilizada para construir el índice de vulnerabilidad social ante el cambio climático del destino turístico de Monterrey. Los indicadores 1 al 3 se construyeron con la información extraída de las encuestas de este estudio. Los indicadores 4-7 se elaboraron con información obtenida de INEGI (2010) y CONEVAL (2014). .................................................................................................................... 83

Tabla 2.2. Escala de vulnerabilidad social............................................................................................... 90

Tabla 2.3. Indicadores socioeconómicos municipales. ............................................................................ 91

Tabla 2.4. Indicadores para determinar la vulnerabilidad social en AGEBs urbanas. .............................. 93

Tabla 2.5. Indicador de percepción de la población sobre la capacidad de respuesta de las autoridades ante emergencias climáticas. ................................................................................................................ 103

Tabla 2.6. Indicador de disposición para la participación ciudadana. .................................................... 105

Tabla 2.7. Indicador de cohesión social ante el cambio climático. ......................................................... 107

Tabla 2.8. Indicador de salud. ............................................................................................................... 108

Tabla 2.9. Número y porcentaje de unidades económicas, vinculadas y asociadas al turismo, expuestas a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en el destino turístico de Monterrey. ............................. 109

Tabla 2.10. Exposición a inundación fluvial e inestabilidad de laderas en hoteles y restaurantes. Se muestra el número y porcentaje de los establecimientos expuestos a alguna de las amenazas en relación al número y porcentaje total de establecimientos. ................................................................... 110

Tabla 2.11. Se muestran los nombres y datos asociados a dos establecimientos vinculados al turismo del destino turístico de Monterrey y su categoría de vulnerabilidad por inundación fluvial. ................... 110

Tabla 2.12. Subíndice de vulnerabilidad social y exposición ante el cambio climático destino turístico Monterrey (0.0 muy baja vulnerabilidad; 1.0 muy alta vulnerabilidad). .................................................. 111

Tabla 2.13. Indicadores censales críticos para el análisis de la vulnerabilidad social asociada a eventos vinculados al cambio climático en el Municipio de Monterrey, Nuevo León. .......................................... 113

Tabla 3.1. Personal médico de las instituciones de salud al año 2011. ................................................. 198

Tabla 3.2. Escala de vulnerabilidad institucional ante el cambio climático............................................. 237

Tabla 3.3. Indicador de gestión de riesgos ante el cambio climático para municipio de Monterrey. ...... 237