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Derechos Indígenas en materia electoral Centro de Capacitación Judicial Electoral Autor: No. Doc.: Nivel: Fecha: www.te.gob.mx [email protected] Marco Antonio Pérez De los Reyes M 11 de marzo de 2010

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Derechos Indígenas en materia electoral

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Autor:No. Doc.:

Nivel:Fecha:

[email protected]

Marco Antonio Pérez De los Reyes

M

11 de marzo de 2010

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General

Al final del curso los participantes conocerán el tratamiento específico quese da a los derechos político-electorales de las comunidades indígenas,basadas en usos y costumbres, y su tutela jurisdiccional.

Objetivo

Específicos

� Conocerán el contexto jurídico-político de los grupos indígenas a nivel

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

� Conocerán el contexto jurídico-político de los grupos indígenas a nivelnacional e internacional.

� Señalarán el marco normativo de los derechos político-electorales delindígena.

� Conocerán las prácticas democráticas de los grupos indígenas en Méxicoa nivel nacional y local.

� Conocerán el tratamiento específico que se da a los derechos político-electorales en materia jurisdiccional.

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Temario

1. Conceptos generales

2. Evolución histórica

3. Marco jurídico

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

4. Elecciones indígenas

3. Marco jurídico

5. Actividad jurisdiccional

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Origen y formación de la costumbre jurídica

Conducta realizada

dentro del contexto comunitario

Hecho social

1

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Conducta individual

reiterada

Conducta colectiva

Reiterada

HabitoUso

Nota: hechos sociales, hábitos y usos pueden ser positivos o negativos según una escala valorativa determinada

3 23

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Costumbre jurídica

Fuente formal del derecho

Características Conducta humana

Colectiva

Reiterada

Positiva

Coercible

Objetivo inveterata consuetudo

Costumbre y usos jurídicos

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Elementos Objetivo

Subjetivo

inveterata consuetudo

opinio iuris seu necessitatis

Uso jurídico Conducta

Colectiva

Reiterada

Positiva o Negativa

Incoercible

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indígena

Especialidad jurídica que estudia la organización interna y la regulación específica actual de las étnias

agrupadas en comunidades

Conjunto de normas, instituciones y principios filosófico-jurídicos que España aplicó en sus

territorios de ultramar

Evolución histórica del Derecho Indígena

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Derecho Indiano

Derecho Prehispánico

Conjunto de normas e instituciones que regularon a los pueblos autóctonos de América

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Evolución del tratamiento a las comunidades indígen as en México

Época Siglos Tratamiento

Conquista ycolonización

XVI a XVIII

DominaciónExterminio

ProteccionismoSeparatismo

México independientey porfirismo

XIXMarginación

Discriminación

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

y porfirismoXIX

Discriminación

Revolución XX Marginación

Gobiernos pos-revolucionarios

XX y XXI

AsimilaciónIdentidad

Reconocimiento y regulación nacional e internacional

Reivindicación

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Los indígenas sector socio-cultural esencial en la conform ación de la vida nacional

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

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Derecho electoral indígena mexicano

ConstituciónPolítica de losEstados UnidosMexicanos Art. 2

� La conciencia de su identidad indígena deberáser criterio fundamental para determinar aquienes se aplican las disposiciones sobrepueblos indígenas.

� Decidir sus formas internas de organizaciónpolítica

� Elegir a sus autoridades o representantes parasu gobierno interno

� Elegir representantes ante el ayuntamiento

Marco jurídico nacional

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

� Elegir representantes ante el ayuntamiento

� Acceder plenamente a la jurisdicción del Estado

� Las Constitución y las leyes de las entidadesfederativas contendrán la libre determinación yla autonomía, que de acuerdo a su contextogaranticen mejor a sus indígenas.

Plan Nacional de Desarrollo

Partidos Políticos

Tratados Internacionales

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Plan Nacional de Desarrollo

� Constituir la atención a los indígenas en un objetivo estratégico transversal paratoda la Administración Pública Federal.

� Consolidar los mecanismos de coordinación entre el Gobierno Federal, losgobiernos estatales y municipales, las autoridades y las organizaciones indígenas

� Garantizar el acceso pleno de los pueblos y comunidades indígenas a la jurisdiccióndel Estado.

Busca:

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

del Estado.

� Reconocer y respetar sus costumbres, sus formas internas de convivencia yorganización social, económica, política y cultural, sin que se contravenganpreceptos constitucionales y legales comunes a todos los mexicanos.

� Promover el reconocimiento jurídico de las formas de organización y sistemasnormativos de los pueblos y comunidades indígenas, en el marco de lasdisposiciones constitucionales y de los acuerdos internacionales en la materia.

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Regulación de la materia indígena en los partidos políticos

El CEN se integrará por unSecretario de Acción indígena,quien enfatizará la atención agrupos indígenas, promoverá laparticipación indígena

Sin…, Indígenas … NO se puede

El partido luchará contra cualquierforma de discriminación por razónde… etnia.

Reconocimiento del carácter pluriétnico ypluricultural de México y, por tanto, lagarantía de la presencia indígena en susórganos de dirección, representación ylas candidaturas a cargos de elecciónpopular, en por lo menos el porcentaje dela población indígena en el ámbito de quese trate. En los municipios y distritos conmayoría indígena los candidatos seránindígenas.

Respetamos la tradiciónautóctona mexicana.. proponemosconocerla y comprenderla paraaplicar sus principios en la

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

ESTATUTOS

Sin…, Indígenas … NO se puedeefectuar el cambio del país.Luchamos contra la opresión sobrelos pueblos indígenas. Losmunicipios deben tener la capacidadpara determinar libre yresponsablemente las característicaspropias de su gobierno , paragarantizar el pleno desarrollo yrespeto por las comunidades y lospueblos indígenas.

Promover la participación ciudadana en la soluciónde los problemas colectivos, así como gestionar,ante las instituciones gubernamentales pertinentes,la atención y solución de las demandas y causas dela población, principalmente de las personasindígenas

aplicar sus principios en lasolución de los difíciles problemasactuales.

Apreciamos la riqueza cultural deindios y mestizos y deseamosafianzar los valores auténticos deMéxico desde su raíz a la épocaactual.

Cuando se trate de candidaturas que debansurgir de los procesos de consulta a la base ode los formatos que preconizan el respeto a lastradiciones de las comunidades indígenas, losprocedimientos de postulación seránexpresamente señalados en la convocatoriarespectiva.

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Convención para la Prevención y la Sanción del Deli to de Genocidio

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Convención Americana de Derechos Humanos

Tratados internacionales

Participación política y de representación política.

Libre asociación política .

Libre determinación.

Derecho de votar y ser elegido en elecciones periódicas, aut énticas, realizadaspor sufragio universal e igual, y por voto secreto que garant ice la libre expresiónde la voluntad de los electores.

Respeto de la Identidad Cultural.

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes

Convención sobre el Instituto Indigenista Interamer icano

Convenio Constitutivo del Fondo para el desarrollo de los pueblos indígenas de América Latina y el Caribe

Libre asociación política .

Protección a las minorías indígenas

Codificación a favor de los pueblos indígenas.

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Distritos electorales indígenasEntidad Federativas Distritos Indígenas

Oaxaca 8

Chiapas 4

Puebla 3

Veracruz 3

Yucatán 3

Hidalgo 2

Campeche 1

Guerrero 1

Estado de México 1

Elecciones indígenas

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Estado de México 1

Quintana Roo 1

San Luis Potosí 1

Criterio para la redistritaciónCenso General de Población

Continuidad territorial

Comunicación

53 % de la población indígena fue tomada en cuenta

11 Estados 28 distritos de 300 = 9.33%

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Cuotas de representación

Cuotas en los gobiernos y ayuntamientos . Cuando la legislación

Circunscripciones electorales indígenas

Cuotas de Representación Proporcional. Mediante el sistema de listas se proponen indígenas para ocupar cargos públicos.

Cuotas de mayoría relativa . Son aquellas que obligan a los partidos políticos a postular un número determinado de candidatos

indígenas por la obtención de votos en las elecciones.

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Cuotas de militantes indígenas en partidos político s. Son aquellas que dentro de los documentos básicos de los partidos políticos se

contemplan para integrar sus órganos internos.

Cuotas legislativas. Son aquellas que contempla la ley para ocupar lugares en la Cámara de Diputados.

Cuotas en los gobiernos y ayuntamientos . Cuando la legislación local contempla un número o porcentaje determinado para dichos

cargos.

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Panamá

Colombia

Venezuela

México

Perú

Regulación de las circunscripciones electorales indígena s

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Ecuador

Bolivia

Paraguay

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Actividad jurisdiccional

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Interpretación directa de la Constitución y de orde namientos internacionales, para resolver casos de comunidades indígenas

TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERAC IÓN

Ordenamientos complementarios

Casos relevantes y criterios

Tesis y Jurisprudencia

Jurisdicción Internacional

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� Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los PueblosIndígenas.

� Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

� Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre deViolencia.

� Ley General de Asentamientos Humanos .

Ordenamientos complementarios:

Actividad jurisdiccional

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

� Ley General de Asentamientos Humanos .

� Ley General de Derechos Linguísticos de los Pueblos Indígen as.

� Ley General de Desarrollo Social.

� Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres.

� Ley para el Dialogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas

� Ordenamientos Internacionales.

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Casos relevantes y criterios Elección de Concejales al Ayuntamiento del Municipi o de Asunción Tlacolulita, Estado de Oaxaca, por

Usos y Costumbres

18/10/98

26/12/98

31/10/98

08/01/99

09/01/99

22/0/99

30/09/99

11/11/99

10/02/2000

10/05/2000

Elecciones

Declaraciónde Validez

Declaraciónde Invalidez

Convocatoria Nuevas

Elecciones

JRC

Concluye Proceso Electoral

Ratifican anteriores Administradores

JDC

Desechamiento. Elecciones

Extraordinaria

Incidente de Inejecución de

Sentencia

Nueva Elección

Congreso

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Se debe garantizar a los pueblos indígenas el efectivo acceso a la jurisdicción electoral

Para la restitución al justiciable en el uso y goce de los dere chos violados, se le ordenaráen caso necesario a cualquier tipo de autoridad, proceda en c onsecuencia

La interpretación normativa debe hacerse lo más favorable p ara los pueblos indígenas.

Cualquier miembro de una comunidad indígena, tiene legitim ación para promover mediosde impugnación sobre comicios por usos y costumbres

Ciudadanos y autoridades están obligados a respetar el proc edimiento electoralconsuetudinario

La autoridad administrativa electoral debe instrumentar l o necesario para la renovaciónperiódica de representantes indígenas.

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Ciudadano vs. del Consejo General del IFE por la ap robación de listas de representación proporcional del Partido de la Revolución Democráti ca

Casos relevantes y criterios

Lista de R.P. del PRD

1_________

10________ Comisión Indígenista

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

En la acción afirmativa indígena no basta con ostentarse com o tal, sino demostrar que seforma parte de la comunidad indígena.

16________

20 Indígena Vs EstatutosPRD

¿Representante de los pueblos indios?

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Concejales electos en el Municipio de Santiago Yave o, Choápam, Oaxaca, en contra de la LVIII Legislatura del H. Congreso del Estado de Oax aca

5 Ciudadanos Vs

Colegio Electoral

Oaxaca

Revocó la declaración de validez de la elección y la constanc ia de mayoríaDecreto 32

Casos relevantes y criterios

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Para el reconocimiento de las elecciones por usos y costumbr es, no se debe alterar la universalidaddel sufragio.

Para el reconocimiento de las elecciones por usos y costumbr es, sus procedimientos deben sercompatibles con la Constitución y los Derechos Humanos.

Cabecera municipal

Agencias municipales

Agencias de policía

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Ciudadanos en contra de la LIX Legislatura de Oaxac a que estableció falta de condiciones para renovar concejales en Tanetze de Zaragoza

Casos relevantes y criterios

Tanetze Decreto 365/

Decretó la falta decondiciones necesariaspara renovar concejales

No se ha convocado a

nuevas elecciones

2002 JDCAutonomía política

Elección de autoridades

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

Cuando en un JDC se combata el menoscabo de autonomía polític a o derechos de integrantes dela comunidad, la suplencia de la queja será absoluta.

Las autoridades electorales proveerán lo necesario para qu e las comunidades elijanrepresentantes a través de sus usos y costumbres.

La autoridad electoral deberá cerciorarse que la notificac ión sea efectiva para las comunidadesindígenas.

para renovar concejalesde ese ayuntamiento

nuevas elecciones

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OBLIGACIÓN A TODA AUTORIDADDE RESTITUCIÓNDE USO Y GOCE

COMPATIBILIDAD

TUTELAJURISDICCIONAL

EFECTIVA

ANTIFORMALISMO

Actividad jurisdiccional

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

CONSTITUCIONALY DERECHOS

HUMANOS

NOTIFICACIÓNEFECTIVA

EFECTIVOACCESO A LAJURISDICCIÓN

ACCIÓNAFIRMATIVA

INDÍGENA

SUPLENCIAABSOLUTA

TENDENCIA GARANTISTA

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Tesis y Jurisprudencia del TEPJF

Tesis y Jurisprudencia

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

4ta Época

3ra Época

T= Tesis

J= Jurisprudencia

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4ta Época

USOS Y COSTUMBRES INDÍGENAS. ES VÁLIDA LAREPRESENTACIÓN DE LOS CIUDADANOSPERTENECIENTES A COMUNIDADES O PUEBLOSINDÍGENAS

XXII/2007

COMUNIDADES INDÍGENAS. EL ANÁLISIS DE LA

COMUNIDADES INDÍGENAS. NOTIFICACIÓN DE ACTOSO RESOLUCIONES DE AUTORIDAD ELECTORAL PORPERIÓDICO OFICIAL. EL JUZGADOR DEBE PONDERARLAS SITUACIONES PARTICULARES PARA TENERLA POREFICAZMENTE REALIZADA

X/2007T

T

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

COMUNIDADES INDÍGENAS. LA AUTORIDADELECTORAL DEBE PROVEER LO NECESARIO PARALLEVAR A CABO LAS ELECCIONES POR USOS YCOSTUMBRES (Legislación de Oaxaca)

15/2008

COMUNIDADES INDÍGENAS. EL ANÁLISIS DE LALEGITIMACIÓN ACTIVA EN EL JUICIO PARA LAPROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, DEBE SER FLEXIBLEPOR LAS PARTICULARIDADES DE SUS INTEGRANTES

XX/2008

COMUNIDADES INDÍGENAS. SUPLENCIA DE LA QUEJAEN LOS JUICIOS ELECTORALES PROMOVIDOS PORSUS INTEGRANTES

13/2008

T

J

J

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Criterios del TEPJF

3ra Época

USOS Y COSTUMBRES. ELECCIONES EFECTUADAS BAJO ESTE RÉGIMEN PUEDENSER AFECTADAS SI VULNERAN EL PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD DEL SUFRAGIO S3EL 151/2002

USOS Y COSTUMBRES INDÍGENAS. ATRIBUCIONES DEL CONSEJO GENE RAL DELINSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE OAXACA EN LAS ELECCIONES S3EL 143/2002

USOS Y COSTUMBRES INDÍGENAS. COMPRENDEN EL LUGAR EN QUE SE LL EVAN ACABO LAS ELECCIONES (Legislación de Oaxaca) S3EL 145/2002

T

T

T

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

USOS Y COSTUMBRES INDÍGENAS. EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DICTADAS POREL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, C UANDO SETRATA DE ACTOS MATERIALMENTE ADMINISTRATIVOS DE CARÁCTER E LECTORALDE UN CONGRESO ESTATAL

S3EL 144/2002

USOS Y COSTUMBRES INDÍGENAS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIE NTOELECTORAL CONSUETUDINARIO. CIUDADANOS Y AUTORIDADES ESTÁ NOBLIGADOS A RESPETARLOS (Legislación de Oaxaca)

S3EL 146/2002

S3EL 152/2002USOS Y COSTUMBRES. LAS ELECCIONES POR ESTE SISTEMA NO IMPLIC AN POR SÍMISMAS VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE IGUALDAD

T

T

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Corte Interamericana de Derechos Humanos

Caso Yatama vs. Nicaragua. Los actos llevados a cab o por el Consejo Supremo Electoral de Nicaragua afectaron los derechos de participación p olítica de los candidatos propuestos por el

partido político indígena Yatama en relación a los derechos de igualdad y de participación política al no permitírseles participar en las elecciones munic ipales en el año 2001.

Decisiones de importancia

El derecho de participación política protegido por la Conve nción Americana de Derechos Humanos obliga a losEstados a tomar medidas especiales para facilitar la partic ipación indígena en el proceso político

Los pueblos indígenas tienen el derecho a participar en los p rocedimientos políticos de acuerdo con sus propiosusos y costumbres de organización política

Centro de CapacitaciónJudicial Electoral

usos y costumbres de organización política

Los Estados deben de establecer estándares mínimos para reg ular la participación política. Los estándares debenser razonables en relación con los principios básicos de una d emocracia representativa

Los procedimientos electorales deben promover y fomentar f ormas de participación política para fortalecer a lademocracia, por lo que los Estados deben adoptar normas que f aciliten la participación de los sectores de lasociedad que no estén representados, como los miembros de co munidades étnicas e indígenas

Los indígenas deben estar en los procesos político electora les de modo que puedan integrarse ellos mismos en lasinstituciones estatales, participar de manera directa y pr oporcional a su población en el manejo de los asuntospúblicos, en donde las medidas especiales que deben ser toma das por los Estados, deben adoptarse a través delas instituciones propias de las comunidades, de acuerdo a s us propios valores, usos, costumbres y formas deorganización

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Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas

La sociedad tribal Mikmaq vs. Canadá (1980).

Hechos. El pueblo alegaba la negación al derecho de autodeterminación y la exclusión de las reuniones en que sediscutía qué pueblos indígenas adquirirían el derecho de autogobierno, alegando privación de derecho de participación políticaen asuntos públicos y derechos electorales

Importancia. Crea la conciencia del reclamo de este tipo de derechos. Por lo que aún cuando la decisión del Comitéfue a favor del Estado, este hecho sirvió para que la atención de Canadá y de otros Estados se diera hacia la protección deesta gama de derechos de los pueblos indígenas

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Lubicon Lake Band vs. Canadá

Hechos. La denuncia por parte de este pueblo indígena era a razón de la negativa del gobierno a reconocer su derechoa la autodeterminación. Tras un debate en el Comité y un extenso intercambio de notas e información entre el organismo, elgobierno y el pueblo indígena, el gobierno de Canadá decidió dar una compensación de 95 millas cuadradas de tierra más 45millones de dólares canadienses por los daños que se habían alegado por parte del pueblo.

Importancia. Se otorgan ciertas concesiones y beneficios que se relacionan con el derecho al autogobierno, como elcontrol y pertenencia de las tierras.

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Jurisprudencia en derecho comparado

Canadá

Sparrow v. The Queen (1990)

Hechos. El caso versa sobre un cargo en contra de un miembro del grupo Musqueam, por violar unalicencia de pesca que, en el planteamiento del acusado, restringía el alcance de un derecho indígena existente ala pesca que estaba contenido dentro de los derechos de la sección 35 del Acta de Constitución de 1982. LaCorte determinó que el acusado contaba con ese derecho; que era acorde a la sección 35 del Acta deConstitución y que la única manera de eliminar un derecho ahí contenido era mediante una intención clara y

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Constitución y que la única manera de eliminar un derecho ahí contenido era mediante una intención clara yplena de extinguir un derecho indígena (cosa que no pasaba en el caso)

Importancia. Este caso es el más importante de la década de los noventas, debido a que fue la primeravez que la Corte Suprema consideró el significado de la sección 35 del Acta de Constitución de 1982 quereconoce y reafirma la existencia de los tratados de derechos de los pueblos indígenas de Canadá,determinando que esos derechos nunca se habían extinguido. Se determinó que la sección 35 fue creada con laintención de dar protección real a los derechos y tratados aborígenes en el contexto moderno. La Corte tomóuna aproximación mixta, en tanto consideró que los poderes regulatorios de la Federación continuabanexistiendo, pero lo hacían de forma limitada a las situaciones en que se lograse justificar la regulación de losderechos protegidos.

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Jurisprudencia en derecho comparado

Colombia

Corte Constitucional. Sentencia T-257 (1993)

Hechos. La Corte hace un análisis de los niveles en los que se divide el territorio de Colombia enmateria de pueblos indígenas, y de los alcances de los derechos que se presentan en cada caso. Para esto,determina que hay tres tipos de niveles que se presentan en orden ascendente, los resguardos ordinarios (osimplemente resguardos), los resguardos con rango de municipio, y las entidades territoriales indígenas;desprendiendo de la Constitución que las entidades territoriales indígenas tienen plena autonomía para la

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desprendiendo de la Constitución que las entidades territoriales indígenas tienen plena autonomía para laadministración de sus asuntos.

Importancia. En su consideración respecto de los pueblos indígenas, establece que el ejercicio desu autonomía es mayor a las consideraciones generales de autogobierno que se expresan el artículo 287constitucional, el cual contiene las funciones de las entidades territoriales en general, por lo que estableceque la Constitución contempla prerrogativas específicas para los pueblos indígenas en materia decostumbres de gobierno, lengua, jurisdicción y elecciones. Amplía los derechos de autonomía yautogobierno de los pueblos y reconoce el carácter especial y diferente de las prerrogativas de las queestos disfrutan.

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©Derechos Reservados, 2009a favor del autor y del

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sin autorización.

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Podrá utilizarse como cita de textos sin alteraciones, señalando la fuente y con la siguiente leyenda:

AUTOR, TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERAC IÓN, Título de la Presentación, Material Didáctico Centro de Capacitación Judicial Electoral , fecha,

número y/o denominación de lámina.

[email protected]