derecho económico. tema 2 - distinción técnica y práctica entre el derecho económico, derecho...

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Distinción técnica y practica entre el derecho económico.

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Distincin tcnica y practica entre derecho econmico, derecho publico y derecho privado

Distincin tcnica y practica entre derecho econmico, derecho publico y derecho privadoRelacin del derecho econmico con las ramas del derecho privadoRelacin del derecho econmico con la rama del derecho publicoRelacin del derecho econmico con otras ciencias: filosofa, poltica, y sociologa. El derecho econmico interno y el derecho econmico internacional DERECHO ECONOMICOCul es su relacin con las diferentes ramas del derecho privado?NacionalesExtranjeroscivilMercantil o comercialDel trabajoDe propiedad intelectual.De seguros.Civil internacional.Mercantil internacional.Relacin del Derecho Econmico con las ramas del Derecho Pblico

Derecho PblicoFuertes vnculos, ya que las bases constitucionales de los artculos 5, 25, 26, 27, 28, 131 y 133, orientan y perfilan el sistema de economa mixta y de mercado en actual prctica.Derecho ConstitucionalInterdependencia evidente, ya que ramas como el derecho de la competencia y el propio comercio exterior son regulados por normas jurdico-econmicas.Derecho AdministrativoLas nuevas realidades financieras y bancarias, el crimen organizado y los delitos econmicos son sectores fueremente vinculados al Derecho Econmico, tanto interno como internacional. La responsabilidad penal de las empresas es el nuevo aspecto de la globalizacin.Derecho PenalSe trata de fomentar en los agentes econmicos comportamientos empresariales positivos y consistentes con un desarrollo econmico sustentable y armnico con los sistemas nacionales y regionales.Derecho AmbientalDerecho Econmico - FilosofaComo derecho instrumental, el derecho econmico responde a una escala de valores definidos por los entornos nacionales y globales.Su Filosofa, al menos en el contexto interno, responde a normas jurdicas que organizan el desarrollo econmico con fines de progreso y bienestar social en un contexto de libertades pblicas. Su orientacin es humanista y aspira a organizar la economa y sus agentes hacia metas que expresa el Artculo 3 de la Carta Constitucional.Derecho Econmico - PolticaEn cuanto a la Poltica, su compromiso es articular respuestas solidarias a las tres interrogantes que rigen en todo sistema econmico: que producir, cmo producir y para quien producir. Se trata de producir para los mercados internos y externos, promover que la produccin sea eficiente sin exclusiones de productores zonales y transnacionales, y destinado a los consumidores nacionales y extranjeros, propiciando salarios remunerados y empleos productivos para los miles de mexicanos que anualmente se incorporan al mercado laboral.

Derecho Econmico - SociologaCon la Sociologa, el derecho econmico se relaciona a travs de mltiples aspectos, especialmente con las pequeas y medianas empresas que generan empleos y que indirectamente participan de manera parcial en exportaciones y en la provisin de bienes y servicios a nuestro descuidado mercado interno.En sntesis, el derecho econmico como rama jurdica no dogmtica impacta a todo el orden normativo, va instrumentos y medios, que con criterios prcticos buscan fines y metas propuestos por los grupos y partidos polticos que acceden al poder.

Derecho econmico interno El Derecho pblico econmico interno alude a las reglas que regulan la economa nacional en el marco de su soberana.El derecho econmico interno es el conjunto de normas que enmarcan los lineamientos de orden publico econmico que todo estado establece para el libre actuar de los agentes econmicos en su propio mercado. Derecho econmico internacional Esta referido a las normas, principios y costumbres, que disciplinan los comportamientos privados y estatales de la sociedad globalizada de fin de siglo. Es una rama del Derecho internacional que regula las relaciones comerciales que existen entre los pases que intercambianbienes,inversionesoservicios, estos se pueden realizar entre entes pblicos o privados, y es regulado por distintostratadosinternacionales.

En el caso de Mxico estas normas se refieren al fondo monetario internacional, a la organizacin mundial del comercio, a la organizacin de cooperacin econmica y desarrollo y dems obligaciones que derivan tratados de libre comercio recientemente suscritos, con pases de amrica latina, (chile, costa rica, Bolivia, Colombia, Venezuela) y la unin europea.