10 derecho económico
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Derecho Económico del Mtro. Alberto Vega Hernández.TRANSCRIPT
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Derecho Económico
Alberto Vega Hernández
Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos
Apuntes de Investigación y divulgación científica
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Derecho Económico.
Apuntes de investigación y divulgación científica.
© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.
Prolongación Paseo de la Reforma No. 530, 2º piso,
Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219.
Ciudad de México, Distrito Federal.
Primera edición: abril de 2012.
Autor: Alberto Vega Hernández.
Las opiniones vertidas de estos apuntes son responsabilidad del autor.
Manual de distribución gratuita, prohibida su venta.
Impreso en México.
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Contenido
UNIDAD I
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ECONÓMICO
1.1 Concepto de Derecho Económico ............................................................................... 10
1.2 Diferencia entre Economía y Derecho ........................................................................ 10
1.3 Relación entre Economía y Derecho ........................................................................... 10
1.4 Caracteristicas del Derecho Económico ...................................................................... 10
1.5 El objeto del Derecho Económico ............................................................................... 11
1.6 Ubicación del Derecho Económico ............................................................................. 11
1.7 Evolución Histórica del Derecho Económico ............................................................... 11
1.8 Sujetos del Derecho Económico ................................................................................. 11
1.9 Relación del Derecho Económico con ramas del Derecho ........................................... 12
1.10 Ramas del Derecho Económico ................................................................................ 13
1.11 Diferencia entre Microeconomía y Macroeconomía ................................................. 13
1.12 Definición de Economía Política ............................................................................... 14
1.13 Definición de Política Económica .............................................................................. 14
1.14 Definición de Política ................................................................................................ 14
1.14.1 Política Cuantitativa ........................................................................................ 14
1.14.2 Política Cualitativa .......................................................................................... 14
1.14.3 Política de Reforma ........................................................................................ 14
1.14.4 Política Fiscal .................................................................................................. 15
1.14.5 Política Credicicia ........................................................................................... 15
1.14.6 Política del Gasto Público ............................................................................... 15
1.14.7 Política Monetaria .......................................................................................... 16
1.14.8 Política Cambiaria ........................................................................................... 16
1.14.9 Política Comercial ........................................................................................... 16
1.14.10 Política Arancelaria ....................................................................................... 17
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1.14.11 Política de Precios......................................................................................... 17
1.14.12 Política Salarial ............................................................................................. 17
1.15 Organizaciones no gubernamentales ........................................................................ 18
UNIDAD II
LAS FUENTES DEL DERECHO ECONÓMICO
2.1 Las fuentes reales del Derecho Económico ................................................................. 19
2.2 Las fuentes históricas del Derecho Económico ........................................................... 19
2.3 Las fuentes formales del Derecho Económico ............................................................ 19
2.4 Fuentes del Derecho Económico ................................................................................ 19
2.5 Concepto de Planes .................................................................................................... 20
2.6 Concepto de Decreto ................................................................................................. 20
2.7 Concepto de Programas ............................................................................................. 20
2.8 Concepto de Circular .................................................................................................. 20
2.9 Concepto de Ordenanza ............................................................................................. 21
2.10 Diferencia entre Derogación y Abrogación ............................................................... 21
2.11 Artículos Constitucionales que rigen al Derecho Económico ..................................... 21
UNIDAD III
LOS COMETIDOS DEL PODER PÚBLICO MEXICANO EN MATERIA ECONÓMICA
3.1 Características de los princiaples sistemas económicos: capitalista, socialista y
economía mixta ........................................................................................................ 23
3.2 Evolución teórica e histórica de los sistemas económicos en México.......................... 24
3.3 Características de la Economía mixta reguladas en la CPEUM..................................... 24
3.4 La rectoría del Estado y la planeación democrática.................................................... 25
3.5 Propósitos del poder público para el Desarrollo económico ....................................... 25
3.6 Intereses de las clases empresarial y trabajajora ne la producción ............................. 25
3.7 Los cometidos del Estado esenciales y no esenciales .................................................. 25
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UNIDAD IV
LA REGULACIÓN PÚBLICA DE LA ECONOMÍA
4.1 Régimen Jurídico de las empresas públicas ................................................................ 26
4.2 Régimen Jurídico de las empresas privadas ................................................................ 26
4.3 Definiciones de Microindustria, cooperativas, empresas trasnacionales y empresas
maquiladoras ............................................................................................................ 26
4.4 La libre concurrencia .................................................................................................. 28
4.5 La protección al consumidor ...................................................................................... 28
4.6 El fomento a la producción ......................................................................................... 28
4.7 La inversión extranjera ............................................................................................... 29
4.8 La transferencia de tecnología.................................................................................... 29
4.9 La franquicia ............................................................................................................... 30
4.10 Comercio interior y exterior ..................................................................................... 30
4.11 La Ley Aduanera ....................................................................................................... 31
UNIDAD V
RECURSOS NATURALES
5.1 El Derecho Económico y los recursos naturales renovables y no renovables .............. 32
5.2 El Desarrollo Sustentable ........................................................................................... 33
5.3 Regímenes jurídicos establecidos en el artículo 27 Constitucional sobre conceptos:
suelo, subsuelo y espacio aéreo. ............................................................................... 33
5.4 Dependencias del Poder Ejecutivo de la Federación ................................................... 34
5.5 Régimen jurídico de algunos recurso naturales renovables de México ....................... 34
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UNIDAD VI
LAS FINANZAS PÚBLICAS Y EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO DE
LA POLÍTICA FISCAL PARA EL EQUILIBRIO DE LA ECONOMÍA
6.1 Las Finanzas Públicas .................................................................................................. 45
6.2 La distinción entre gastos forzosos y gastos operativos .............................................. 46
6.3 Características jurídicas del Presupuesto .................................................................... 46
6.4 Etapas del Presupuesto .............................................................................................. 47
6.5 Fuentes jurídicas del Presupuesto .............................................................................. 47
6.6 La Ley General de Deuda Pública ................................................................................ 48
6.7 Ley del Banco de México ............................................................................................ 49
6.8 Acuerdos de unidad para superar la emergencia económica ...................................... 51
6.9 Las unidades de inversión (UDIS) ................................................................................ 55
UNIDAD VII
EL DERECHO ECONÓMICO Y EL FOMENTO INDUSTRIAL
7.1 La Política Industrial ................................................................................................... 57
7.2 Las popuestas de la nueva política económica industrial ............................................ 57
7.3 Diferencia entre industria pequeña, mediana e instrumentos internacionales de
fomento industrial .................................................................................................... 58
7.4 Ley de Inversión Extranjera ........................................................................................ 58
7.5 Ley de Propiedad Industrial ........................................................................................ 59
7.6 Ley Federal sobre Metrología y Normalización ........................................................... 60
7.7 Ley Federal de Competencia Económica..................................................................... 61
7.8 Ley de Adquisiciones, Arrendameinto y Servicios del Sector Público y Ley de Obras
Públicas ..................................................................................................................... 61
7.9 La Ley de Comercio Exterior ....................................................................................... 62
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UNIDAD VIII
EL TURISMO Y SU REGULACIÓN JURÍDICA
8.1 El turismo en México .................................................................................................. 63
8.2 El Plan Nacional de Modernización de Turismo (1992-1994) ...................................... 63
8.3 Ley Federal de Turismo .............................................................................................. 66
UNIDAD IX
EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA
9.1 Asentamientos humanos ............................................................................................ 68
9.2 Ley Federal de Vivienda .............................................................................................. 71
9.3 La Secretaría de Desarrollo Social ............................................................................... 73
9.3.1 El INFONAVIT .................................................................................................... 73
9.3.2 Otros organismos de gestión ............................................................................ 75
9.4 Ley General de Protección al Consumidor .................................................................. 76
Bibliografía ...................................................................................................................... 82
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UNIDAD I
FUNDAMENTOS DEL DERECHO ECONÓMICO
1.1 Concepto de Derecho Económico
Se encuentra dentro de Derecho Social y se define como un conjunto de normas
jurídicas que estudia y regula los contenidos legales que afectan a la economía.
1.2 Diferencia entre Economía y Derecho
Economía.- Estudia a los fenómenos cotidianos que surgen de las necesidades
de obtener satisfactores.
Derecho.- Se refiere al contenido legal de la economía.
1.3 Relación entre Derecho y Economía
La relación es de interdependencia, reglamentando la actuación de personas estatales
en la vida económica. El Estado es el rector de la Economía.
1.4 Características del Derecho Económico
Humanista.- Se refiere al hombre.
Dinámico.- Las normas cambian y se adaptan a transformaciones tecnológicas
y productivas.
Complejo.- Muestra facetas duales y de organización.
Finalista.- Tiene una meta a cumplir.
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1.5 El objeto del Derecho Económico
Sus normas jurídicas enmarcan los comportamientos económicos de agentes y
operadores; esencialmente privados, tutelando intereses con criterios de
economicidad y simplificación.
1.6 Ubicación del Derecho Económico
En su origen el Derecho Económico se ubica dentro del derecho social pero en algunos
libros diversos autores lo consideran dentro del Mixto, es decir, público, privado y
social por lo que es una mezcla ya que economía es infinita y puede penetrar en
cualquier campo.
1.7 Evolución Histórica del Derecho Económico
En el siglo XVIII, surgen los movimientos de Europa, con la Revolución
Industrial.
Siglos XIX y XX se consolidaron los mercados internos y apertura de los
internacionales.
Siglo XXI, el Estado Liberal de Derecho continúa con normas imperativas.
1.8 Sujetos del Derecho Económico
También conocido como agentes económicos o intermediarios siendo los siguientes
familias, empresas, gobierno y en ocasiones el resto del mundo y se da entre una
persona que compra y una que vende dentro de un mismo mercado.
El sujeto puede ser tanto una persona física como una moral; capaces de obligarse a
una determinada actividad.
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1.9 Relación del Derecho Económico con ramas del Derecho
Con el Derecho Privado:
Con el Derecho Mercantil.- Se relaciona en materia de sociedades mercantiles
enlazándose con la propiedad mercantil.
Con el Derecho Empresarial.- Su relación con las patentes, marcas y
franquicias.
Con Empresas Trasnacionales.- Se vincula con el derecho internacional
privado.
Con el Derecho Público:
Con el Derecho Administrativo.- En relación con el comercio exterior y prácticas
monopólicas.
Con el Derecho Penal.- Se relaciona con las violaciones, infracciones y comisión
de delitos económicos vinculados nacional e internacionalmente.
Con el Derecho Ambiental.- Se relaciona con los agentes de los ecosistemas
regionales.
Con el Derecho Social:
Con el Derecho Agrario.- Se relaciona con la tierra, ejidos y la agricultura.
Con el Derecho Laboral.- Se relaciona con los contratos de trabajo.
Con otras ciencias:
Con la Filosofía.- Responde a una escuela de valores definitivos por los
entornos nacionales y globales de desarrollo económico con fines de progreso
y bienestar social.
Con la Política.- Unir o enlazar respuestas con interrogantes, rigen toda
situación económica como: qué, cómo y para quién producir tanto en mercado
interno como externo. Promueve la protección, los salarios y los empleos.
Con la Sociología.- Las pequeñas y medianas empresas participan en las
exportaciones de un mercado interno.
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1.10 Ramas del Derecho Económico
Derecho Microeconómico.- Aplicada a unidades económicas en particular,
implementa decisiones de una empresa hacia el consumidor, así como la
fijación de precios.
Derecho Macroeconómico.- Agregados y variables macroeconómicas que
implica grandes equilibrios a la Economía.
Derecho Económico-Sectorial.- Contempla una parte de limitada de un sector
agrícola, en otras palabras se trata de una región determinada.
Derecho Económico-Internacional.- Comportamientos públicos o privados,
intercambios de bienes, servicios e inversiones entre agentes políticos de otros
países.
Derecho Económico Público Interno.- se refiere al libre actuar de los agentes
económicos en su propio mercado.
Derecho Económico Interno.- Se refiere conjunto de normas jurídicas que
enmarcan lineamientos de orden público interno para el libre actuar de los
agentes económicos en su propio mercado.
Derecho Económico Internacional.- Se refiere a las normas, principios y
costumbres con respecto al FMI, BM, OMC y demás organizaciones y
obligaciones que derivan de los Tratados de Libre Comercio.
1.11 Diferencia entre Microeconomía y Macroeconomía
Microeconomía.- Estudia la economía en función a sus actividades
individuales.
Macroeconomía.- Estudia a los sistemas económicos en su conjunto.
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1.12 Definición de Economía Política
Ciencia que trata del desarrollo de las relaciones sociales de la producción, hace
referencia a las necesidades humanas y su satisfacción.
1.13 Definición de Política Económica
Proceso utilizado por el Gobierno Federal, para decidir sobre la importancia de metas
macroeconómicas o cambios institucionales para alcanzar tales objetivos metas o
fines.
1.14 Definición de Política
Es la ciencia que trata del gobierno de un Estado.
1.14.1 Política Cuantitativa
Se orienta a ajustar a la economía a cambios que se producen con relación al
desempleo, déficit de la balanza, inflación o aumento y disminución del PIB.
1.14.2 Política Cualitativa
Se encamina hacia la introducción de cambios estructurales de la economía sin afectar
un sistema económico, por ejemplo: modificación del sistema de pensiones en nuestro
país o cambio cualitativo entre sectores.
1.14.3 Política de Reforma
El objetivo es cambiar los fundamentos del sistema económico de una país, por
ejemplo: la centralización de las decisiones mediante la planificación imperativa, el
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control del derecho de propiedad, la nacionalización, la privatización total de sectores
productivos.
1.14.4 Política Fiscal
Los instrumentos son la Ley de Ingreso y Presupuesto de Egresos:
Ley de Ingresos.- Recursos que va a obtener el Estado, impuestos, derechos,
aprovechamientos (ingresos ordinarios) así como empréstitos dentro o fuera
del país (ingresos extraordinarios).
Presupuesto de Egresos.- El Estado se apropia de recursos materiales
necesarios para satisfacer necesidades a través de un documento llamado
presupuesto.
1.14.5 Política Crediticia
Con el aumento de gastos gubernamentales el Estado ha incurrido al endeudamiento
tanto interno como externo.
Art 73 Constitucional fracción VIII se desprende la Ley de Deuda Pública en
el que hace referencia a la intervención de las autoridades: el Ejecutivo
Federal, el Congreso de la Unión y la SHCP.
1.14.6 Política del Gasto Público
Art 31 Constitucional fracción IV.- Obligación de contribuir en el gasto público.
Esta política es la instrumentación para impulsar el desenvolvimiento económico y
social dentro de un marco saludable, el Estado debe procurar sanear sus gastos con
recursos propios y depender en menor proporción de los créditos.
Art 74 Constitucional fracción IV.- Discutir y aprobar anualmente el presupuesto de
Egresos de la Federación, se desprende la Ley de Presupuesto.
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1.14.7 Política Monetaria
Rama de la política económica que consiste en la acción de autoridades monetarias
(Bancos Centrales) para cambiar la cantidad, disponibilidad o costo del dinero con
objeto de construir o logra objetivos básicos de la política económica.
El objetivo de la Política monetaria es la estabilización del poder adquisitivo de la
moneda nacional.
Tiene como autoridades a la SHCP y al Banco Central.
1.14.8 Política Cambiaria
El Banco de México y las Instituciones Auxiliares de Crédito son las encargadas en el
servicio de Banca y Crédito.
Art 31 fracción I de la Ley del Banco de México; compete regular la emisión y
circulación de la moneda, cambios, intermediación, servicios financieros y sistemas
de pago a Banxico.
Atribuciones del Banco de México encargado de emitir exclusivamente billetes y
ordenar la acuñación de moneda metálica a la Casa de Moneda en México.
1.14.9 Política Comercial
Las operaciones de mercado abierto son instrumentos de la Política Monetaria; estas
operaciones consisten en la compra y venta de fondos públicos por parte del Banco
Central el cual dota de liquidez al sistema financiero o lo retira según sus necesidades
de la Economía.
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1.14.10 Política Arancelaria
Art 131 Constitucional el cual dice: Es facultad privativa de la Federación gravar las
mercancías que se importen o exporten, pasen al tránsito por el territorio nacional,
por lo que se reglamenta actos de comercio exterior, regular y promueve el comercio
exterior y se intenta incrementar la competitividad.
Aranceles.- Son cuotas de las tarifas de los impuestos generales de
exportación e importación.
o Ad Valorem.- Se expresa en términos porcentuales del valor de la aduna de
la mercancía.
o Específicos.- Se expresa en términos monetarios por unidad de medida.
o Mixtos.- Existe combinación de las dos anteriores.
1.14.11 Política de Precios
Ley Federal de Competencia Económica es una ley reglamentaria del artículo 28
Constitucional párrafo.
La imposición de precios máximos a los bienes y servicios sean necesarios para la
economía nacional o el consumo popular, le corresponde exclusivamente al Ejecutivo
Federal mediante decreto podrán sujetarse a precios máximos con base al artículo 7o
de la ley de referencia.
A la Secretaría de Economía corresponde formular y conducir la política de abasta y
precios de productos y servicios.
1.14.12 Política Salarial
El Salario se define como la remuneración del trabajo efectuado por una persona.
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Art 5 Constitucional contempla el Derecho al Trabajo, el artículo 123 Constitucional
párrafo V dice lo siguiente: Los salarios mínimos que deberán disfrutar los
trabajadores serán generales y profesionales según áreas geográficas y deberán ser
suficientes para satisfacer necesidades.
Trabajo igual corresponde salario igual y solo deberá de pagarse en moneda de curso
legal.
1.15 Organizaciones no gubernamentales
Constituyen grupos de presión y dan puntos de vista y recomendaciones ante
situaciones económicas de emergencia que se presentan.
Fondo Monetario Internacional (FMI)
Banco Mundial (BM)
Organización Mundial del Comercio (OCDE)
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UNIDAD II
LAS FUENTES DEL DERECHO ECONÓMICO
2.1 Las fuentes reales del Derecho Económico
Son los acontecimientos que determinan el contenido del Derecho Público, orienta la
actividad del Estado en una época determinada, por ejemplo: reglamentos, FMI, la
fuente real internacional.
2.2 Las fuentes Históricas del Derecho Económico
Son documentos, inscripciones, papiros, libros que encierran una ley o conjunto de
leyes. Un ejemplo es el digesto.
2.3 Las fuentes formales del Derecho Económico
Procesos de creación de normas jurídicas, por ejemplo: la legislación, la costumbre, la
jurisprudencia, la ley de ingresos.
2.4 Fuentes del Derecho Económico
La Constitución Derecho Código de Comercio
Tratados
Internacionales
Leyes Ley de Sociedades
Mercantiles
Leyes Federales Reglamento Ley de ingresos y
egresos
La Jurisprudencia Decretos Código Fiscal
Federal
Ordenanzas Ley Aduanera
Circulares Ley de Competencia
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Económica
Doctrina Ley de Propiedad
Industrial
Principios
Generales del
Derecho
Ley de Inversión
Extranjera
2.5 Concepto de Planes
Son proyectos; su intención es realizar programas con líneas de acción, para atender
cometidos esenciales del Estado como son: educación, seguridad, vivienda a través del
Plan Nacional de Desarrollo.
2.6 Concepto de Decreto
Es la fuente normativa de mayor utilización por parte del Ejecutivo Federal; se maneja
para organizar a la Economía, su expedición es rápida.
2.7 Concepto de Programas
Son el conjunto de líneas políticas, directrices de los actos que pretende llevar a cabo
el Estado en un determinado periodo de tiempo, por ejemplo: Programas de
Desarrollo Empresarial 2000 – 2006, otro es el Apoyo Financiero hacia la Micro,
pequeña y mediana empresa.
2.8 Concepto de Circular
Denominada como disposición de rango interior de la jerarquía normativa. Por debajo
de la ley o decreto.
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2.9 Concepto de Ordenanza
Potestad reglamentaria que se somete a través de disposiciones generales y quedan
sometidas al principio de legalidad según su jerarquía.
2.10 Diferencia entre la Derogación y la Abrogación
Derogación.- Anular o derogar parcialmente una parte de una ley.
Abrogación.- Abolir totalmente una ley.
2.11 Artículos Constitucionales que rigen al Derecho Económico
Art 3 fracción IV.- Toda educación que imparta el Estado será gratuita.
Art 4.- Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.
Art 11.- Todo hombre tiene derecho en la República, viajar y mudar de residencia sin
necesidad de pasaporte y otro documento.
Art 25.- Rectoría del Desarrollo Nacional del Estado.
Art 26.- Planeación Nacional de Desarrollo.
Art 27.- Tierras y aguas serán de la Nación, tiene el derecho de transmitir el dominio
sobre ellas.
Art 28.- Quedan prohibidos los monopolios y prácticas monopólicas.
Art 31 fracción IV.- Obligación de los mexicanos a contribuir en el Gasto Público.
Art 71.- Derecho de iniciar leyes o decretos:
I.- Al Presidente de la República.
II.- Diputados y Senadores.
III.- Legislaturas de los Estados.
Art 73.- Facultades del Congreso:
Formar nuevos Estados, legislar en materia de: hidrocarburos, minería, industria,
cinematografía, comercio, juegos con apuestas, sorteos y energía eléctrica.
Art 74.- Facultad de la Cámara de Diputados:
I.- Dar a conocer al presidente electo.
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II.- Coordinar y evaluar funciones de la Fiscalización.
III.- Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos.
Art 76.- Facultades de la Cámara de Senadores:
I.- Analizar la Política Exterior.
II.- Ratificar nombramientos.
III.- Permitir salidas de tropas.
IV.- Dar consentimiento al Presidente de la República.
V.- Designar Ministros.
VI.- Nombrar y remover al Jefe de Gobierno del DF.
Art 89.- Facultades del Presidente:
I. Promulgar y ejecutar leyes.
II. Remover y nombrar secretarios de despacho, diplomáticos y empleados
superiores de hacienda.
III. Nombrar ministros, diplomáticos y cónsules.
IV. Declarar la guerra.
Art 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, se
promoverán creación de empleos y organización del trabajo. En el párrafo IV
contempla salarios mínimos profesionales.
Art 124.- Facultades de los funcionarios federales.
Art 131.- Es facultad de la Federación gravar mercancías que se importen y se
exporten, pasen a territorio y su circulación.
Art 134.- Los recursos económicos se administran con eficacia, eficiencia y honradez.
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UNIDAD III
LOS COMETIDOS DEL PODER PÚBLICO MEXICANO EN MATERIA ECONÓMICA
3.1 Características de los principales sistemas económicos: capitalista, socialista
y economía mixta
Sistema.- Estructura para realizar las actividades económicas con la intervención del
Estado.
Sistema Capitalista:
También conocido como Economía de mercado.
Surgió en el Siglo XVIII, XIX y XX en la Revolución Industrial.
Consolidación de los mercados nacionales (Francia – Inglaterra).
Invención de tecnología productiva.
Apertura de mercados internacionales.
Consolidación de la propiedad privada sobre medios de producción.
División del trabajo.
Desarrollo de instrumentos financieros, monetarios, bancarios y sociedades
mercantiles.
Presencia del Estado.
Mercado que fija precios y da retribuciones al capital y al trabajo.
Libertad económica tanto interna como internacional.
Sistema Socialista:
Fuente filosófica Marxista – Leninista y se basa en la vida de la sociedad
humana sobre los medios de producción.
Planificación económica social.
Concentración de poder la cual representa a las clases trabajadoras.
Distribución equitativa y social de la renta nacional.
Rígido control de cambios
Inexistencia de libertad económica o empresas.
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Monopolio estatal del comercio exterior.
En la actualidad las naciones socialistas son: Cuba, Vietnam, Corea del Norte,
República Popular de China.
Sistema Mixto:
Tiene una gama de denominaciones: economía social de mercado, economía de
mercado con planificación indirecta, economía de mercado administrativo y
social.
Creación de un sector público estratégico.
Crea programas de beneficio colectivo.
3.2 Evolución Histórica de los sistemas económicos en México
Surge en la década de los treinta como respuesta al colapso de las economías puras de
mercado, sustentada en las teorías de John Keynes. Sus principales características son
Rectoría del Estado.
Creación de tres sectores: agricultura, industrial y manufacturera.
Existencia de empresas privadas extranjeras.
Liberación pericial del Comercio Exterior.
Protección de sectores: Salud, seguridad social, educación, vivienda.
3.3 Características de la economía mixta reguladas en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos
Se encuentra regulado en sus artículos 26 y 27 Constitucionales ya que nuestra
economía es la mixta o abierta en nuestro sistema.
Hoy en día, las decisiones emanan del Poder Ejecutivo Federal, el cual indica
crecimiento, se ejerce dentro de un régimen de Economía Mixta mediante la
participación productiva.
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3.4 La rectoría del Estado y la planeación democrática
Rectoría Económica.- Es el conjunto de actividades del Estado; su orientación está
constituida por decisiones que toma el jefe de Estado.
Planeación Democrática.- Es una actividad del Estado; organización necesaria para
establecer prioridades a una escala de valores o cuestiones políticas, lo que debe y
como se debe alcanzar y que medios utilizar deben ser a corto, mediano y largo plazo.
3.5 Propósitos del poder público para el desarrollo económico
El Estado propiciará un desarrollo nacional para comunicar con responsabilidad
social de los sectores sociales, públicos y privados. Sus finalidades son:
Preservar y garantizar el bienestar en general.
Fomentar la exportación y el apoyo a empresas extranjeras.
3.6 Intereses de las clases empresarial y trabajadora en la producción
Se recibe un ingreso a cambio del bien o servicio que producen, dicho ingreso equivale
al precio que los consumidores están dispuestos a pagar por los bienes y servicios que
reciben.
Actualmente existe un gran número de empresas que producen bienes y servicios y
buscan la eficiencia tanto en productores como en consumidores su finalidad es
alcanzar el bienestar general.
3.7 Los cometidos del Estado esenciales y no esenciales
Cometidos Esenciales.- Son importantes para la existencia y supervivencia del
Estado, no puede entregarlo a la iniciativa privada, es decir, no pueden estar en manos
de particulares, tales son: banca, crédito, acuñación de moneda, correos, telégrafos,
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radiotelegrafía, comunicación vía satelital, emisión de billetes por un solo banco, el
petróleo, hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radiactivos, generación de
energía nuclear, electricidad, ferrocarriles, puestos, aeropuertos, presupuesto, gasto
público, la planeación democrática del desarrollo, rectoría del Estado, el régimen de
economía mixta.
Cometidos no Esenciales.- Aquellos que los concede a los particulares a desarrollar o
explotarlo en un tiempo determinado.
De Servicio Públicos.- Prestación al particular habilitado por un acto de
concesión del Poder Público como son: gas, transporte, seguros, fianzas, radio,
televisión, minería, teléfonos, servicio público de banca y crédito, educación
primaria, secundaria, agua potable, alcantarillado, alumbrado público,
limpieza, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, calles, parques,
jardines, seguridad pública y tránsito.
Cometidos Sociales.- Los particulares actúan por derecho propio, mediante
actos administrativos de autorización para impulsar niveles básicos de poder
público los cuales son: salud pública, ecología, asentamientos humanos,
urbanismo, vivienda, seguridad social.
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UNIDAD IV
LA REGULACIÓN PÚBLICA DE LA ECONOMÍA
4.1 Régimen Jurídico de las empresas públicas
Empresa.- Unidad económica de producir, distribuir, circular y consumo de bienes y
servicios con fines de lucro.
Empresa Pública.- También conocida como paraestatal y su finalidad es producir,
distribuir, circular y consumir bienes y servicios de naturaleza económica solo para
satisfacer necesidades humanas.
Su base de regulación se encuentra en nuestra Constitución en el artículo 90.
4.2 Régimen Jurídico de las empresas privadas
Empresa Privada.- Tiene como finalidad la obtención de utilidades su fines siempre
serán de lucro y aumentar el patrimonio del particular.
Su base de regulación se encuentra en el Código de Comercio y leyes mercantiles.
4.3 Definiciones de Microindustria, cooperativas, empresas trasnacionales y
empresas maquiladoras
Microindustria.- Se encuentra en nuestro sistema económico apoyándose en las
pequeñas y medianas empresas.
Cooperativas.- Denominación que se da a las asociaciones de consumidores y
comerciantes con intereses comunes.
Empresas trasnacionales.- Son empresas o sociedades multinacionales, constituidas
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en varios territorios nacionales bajo una misma dirección. Su matriz está en el país
desarrollado.
Empresas maquiladoras.- Empresas que realizan un conjunto de procesos de
fabricación de productos; también se le conoce como empresa de montaje.
4.4 La Libre Concurrencia
Abordamos la Constitución Política artículo 28 párrafo 2 y 3 en base a la Ley de
Competencia Económica cuyos fines son: tutelar proceso de competencia, libre
comercio y concurrencia, eliminar prácticas monopólicas, monopolios así como la
distribución y comercialización de bienes y servicios.
4.5 La Protección al consumidor
Consumidor.- Persona física o moral que adquiere o disfruta como destinatario final
bienes y servicios.
La protección al consumidor tiene su base en la Constitución Política artículo 27
párrafo II el cual dice: El Estado evita la concentración o acaparamiento de artículos
de consumo necesarios así como el alza de los precio procurando proteger al
consumidor.
4.6 El fomento a la producción
De acuerdo a la política industrial y al Comercio Exterior se establece la coordinación
de los sectores productivos para desarrollar una actividad industrial competitiva y a
nivel internacional, orientado a producir bienes de alta calidad.
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Estos apoyos son:
Subsidios.- Son recursos federales que se asignan para impulsar el desarrollo
de actividades prioritarias como: proporcionar a los consumidores bienes y
servicios a precios y tarifas por debajo del mercado, fomentar la producción,
inversión, innovación tecnológica y maquinaria de punta.
Estímulos fiscales.- Es la ayuda que se le asignan a las industrias a fin de
obtener una carga fiscal, en otras palabras, es un apoyo adicional para los
contribuyentes. Apoyos a regiones específicas a través de mecanismos tales
como disminución de tasas de impuestos, aumento de depreciación de activos.
4.7 La inversión extranjera
Inversión.- Colocación de dinero para hacerlo productivo y redituable.
Art 73 Constitucional fracción XXIX-F.- Explica la manera de expedir leyes tendientes a
la promoción de la inversión mexicana, regulación de inversión extranjera e
interferencia tecnológica.
Se desprende de este artículo y fracción la Ley de Inversión Extranjera que tiene por
objeto la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacía el país y
propiciar el desarrollo nacional, aportando capital para el desarrollo económico.
4.8 La transferencia de tecnología
Tecnología.- Es el conjunto de conocimientos necesarios para la elaboración de una
mercancía, producto o servicio.
Art 27 fracción XXIX-F y Art 34 fracción XXII de la LOAPF asigna a la Secretaría de
Economía regular la Tecnología.
Se crea la ley sobre el control y registro de la transferencia de tecnología y el uso de
30
explotación de patentes y marcas. Esta ley tiene como objetivo el control y la
orientación de la transformación de tecnología, contratos y convenios.
4.9 La franquicia
Contrato de distribución de mercancías que se ha extendido actualmente con gran
rapidez en el mercado económico.
Esta actividad tiene derecho a la explotación de una franquicia para comercializar
determinado tipo de productos o servicios. En términos generales se trata entre
empresarios el franquiciador trasmite al franquiciado todo un conjunto de derechos
de propiedad industrial para producción y comercialización de bienes y servicios.
4.10 Comercio interior y exterior
Comercio.- Es la actividad propiciando el intercambio.
El comercio interior ha tenido gran auge en apoyo a programas integrales para la
pequeña y mediana empresa con la intervención del Estado.
El comercio exterior representa la negociación entre personas físicas o morales,
comprando y vendiendo bienes y servicios con economías del resto del mundo con fin
de lucro.
La política económica está ligada a la política del comercio exterior y el objetivo son
las grandes ganancias.
31
4.11 La Ley Aduanera
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan, por medio de un ente administrativo,
las actividades o funciones del Estado, esta relación con el comercio exterior de
mercancías provenientes de otro territorio.
32
UNIDAD V
RECURSOS NATUALRES
5.1 El Derecho Económico y los recursos naturales renovables y no renovables
Con el término recursos aludimos a los agentes o factores de producción que se
emplean en una economía o empresa para producir y distribuir bienes y servicios.
Recursos naturales.- Llamamos recurso natural a aquellos elementos que nos
aporta la naturaleza.
Los recursos naturales se caracterizan en general, por ser limitados e
interdependientes y también se clasifican en renovables y no renovables.
La constitución nos señala tres principios que coinciden con el ámbito de la política
económica del estado y por ende por el área regulatoria del derecho económico.
1. Derecho a la protección.
2. Derecho a un aprovechamiento racional de los recursos naturales.
3. Ejercicio de facultades de política administrativa que fomenta y controla
actividades económicas.
RECURSOS NATURALES
RENOVABLES NO RENOVABLES
La doctrina económica asegura “que
se debe tomar en cuenta como el
consumo durante cierto periodo
afecta el proceso dinámico de
crecimiento y reproducción de
recursos”.
Estos recursos, a pesar de la más
racional explotación no pueden ser
conservados o renovados, su
explotación conlleva a su extinción.
Petróleo crudo, carbón y depósitos
minerales.
33
Los bosques, bancos de pesca y
animales de caza salvajes.
El artículo 27 Constitucional establece diversos regímenes jurídicos respecto a la
conservación y explotación de los recursos naturales renovables y no renovables.
5.2 Desarrollo Sustentable
El Desarrollo sustentable es le desarrollo económico caracterizado por el uso eficiente
de la tecnología más apropiada en la producción para evitar la contaminación o
degradación ecológica, y posibilitar la explotación nacional de los recursos naturales
renovables y no renovales.
5.3 Regímenes jurídicos establecidos en el Artículo 27 Constitucional de los
conceptos: Suelo, Subsuelo y Espacio Aéreo
Suelo.- Alude a la superficie del territorio nacional, Comprende la superficie terrestre
de la nación o división de ella, territorio.
Subsuelo.- Comprende el terreo que está debajo de la capa labrantía o laborable o en
general debajo de una capa de tierra. También hace referencia a la parte profunda del
terreno a la cual no llegan los aprovechamientos superficiales y en donde las leyes
consideran estatuido el dominio público, facultando a las autoridades gubernativas
para otorgar concesiones.
Espacio Aéreo.- Es una cosa fija inalterable, susceptible de propiedad y de ser
poseída por el propietario del suelo. La doctrina distingue el aire, como elemento
físico, no es más que la masa gaseosa que envuelve e nuestro globo; y como tal es
inapropiable; es una cosa común.
34
5.4 Dependencias del Poder Ejecutivo de la Federación
El Poder Ejecutivo de la Federación contará con las siguientes dependencias:
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de la Defensa Nacional
Secretaría de Marina
Secretaría de Seguridad Pública
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de la Reforma Agraria
Secretaría de Turismo
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
5.5 Régimen jurídico de algunos Recursos Naturales Renovables en México
En las materias de:
A) Hidrocarburos.- Artículo 27 Constitucional en el párrafo respectivo señala
“corresponde a la nación el dominio…El petróleo y todos los carburos de
hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.
35
De acuerdo con la Ley Orgánica, la institución que tiene por objeto la exploración, el
transporte, almacenamiento, distribución y ventas de primera mano del petróleo, el
gas natural, los productos que se obtengan de la refinación de éstos, así como el gas
artificial y de aquellos productos derivados del petróleo que sean susceptibles de
servir como materia industriales básicas es PEMEX.
Petróleos mexicanos como organismo publico descentralizado, fue creado por
decreto publicado en el diario oficial 7 junio 1938. El 6 febrero 1971 su ley orgánica
lo estructuro como un monopolio.
El congreso de la unión transformo esta estructura y promulgo una nueva legislación
se crean 5 entidades:
1. PEMEX corporativo, y cuatro organismos subsidiarios: PEMEX exploración y
producción, PEMEX refinación, PEMEX -gas y petroquímica básica y PEMEX
petroquímica.
2. PEMEX exploración y producción. Esta entidad paraestatal lleva a cabo la
exploración y explotación de los hidrocarburos localizados dentro del
territorio nacional por medio de las llamadas asignaciones.
3. PEMEX refinación. Tiene a su cargo la refinación del petróleo en forma directa
y exclusiva en el territorio de la republica mexicana.
4. PEMEX gas y petroquímica básica. Se encarga del procesamiento del gas
natural, líquidos del gas natural y gas artificial, almacenamiento, transporte,
distribución, comercialización de estos hidrocarburos.
5. PEMEX petroquímica. Se encarga de los procesos industriales petroquímicos
secundarios y terciarios cuyos productos no forman parte de la industria
petroquímica secundaria así como su almacenamiento, distribución y
comercialización, en la cual pueden participar los particulares ya que se trata
de actividades empresariales no necesariamente de carácter estratégico.
36
B) Energía Eléctrica.- Artículo 27 Constitucional, párrafo VI; Ley de Servicio
Público de Energía.
Como recurso natural no renovable, la energía eléctrica se ubica como reserva
exclusiva.
El párrafo VI del artículo 27 Constitucional establece que “Corresponde
exclusivamente a la nación, generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer
energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En esta
materia no se otorgarán concesiones a los particulares sin embargo se prevé que
puedan otorgarse permisos para la generación para consumo propio y que los
excedentes sean vendidos a la C.F.E.
Corresponde a la Secretaría de Energía el establecimiento de políticas y normas
reguladoras de esta actividad y a la Comisión Federal de Electricidad y al organismo
Luz y Fuerza del Centro la distribución de la energía eléctrica y la prestación del
servicio público de conformidad con sus leyes reglamentarias y orgánicas y
reglamentos interiores.
C) Fuentes alternas de energía.- Artículo 27 Constitucional.
Energía nuclear.- El artículo 27 Constitucional indica que corresponde a la Nación el
aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear
y la regulación de sus aplicaciones en otros propósitos. El uso de la energía nuclear
sólo podrá tener fines pacíficos.
En química el uranio es un elemento metálico radiactivo cuyos componentes se usan
en fotografía y para dar color a los vidrios. Tiene un isótopo capaz de una fisión
continuada y es usado en la Bomba Atómica. Número atómico 92, Símbolo U.
37
Por lo que se refiere a la energía nuclear o atómica es la que se obtiene mediante
modificaciones en el núcleo del átomo, como en la fusión de un núcleo pesado o en la
condensación de núcleos ligeros para formar otros de mayor peso con pérdida de
masa.
El Primer Tratado Regional para la Proscripción de Armas Nucleares en América
Latina, fue firmado en la Ciudad de México el 14 de febrero de 1967. (Tratado de
Tlatelolco)
En el Diario Oficial del 4 de febrero de 1985, fue publicada la Ley Reglamentaria del
artículo 27 Constitucional en materia nuclear.
Su primera central núcleo eléctrica esta ubicada en laguna verde Veracruz cabe
mencionar que en nuestro país redujo a la mínima expresión su programa nuclear.
Dos factores intervinieron de manera decisiva; la energía núcleo eléctrica es
competitiva en los escenarios de precios altos de petróleos no se vislumbra en el
futuro inmediato y, por otro lado las dudas que se han originado en la sociedad a
partir del activismo ecológico.
Energía solar.- México se encuentra localizado en una de las regiones
mundiales de mayor intensidad solar, por lo que se han realizado
investigaciones orientadas hacia la utilización térmica y fotovoltaica.
Energía eolítica.- Los molinos de viento para bombeo de agua han sido de
uso común en las localidades rurales en las diversas costas del país.
D) Pesca,- Artículo 27 Constitucional, párrafos, primero, cuarto y quinto.
Ley Federal para el Fomento de Pesca.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 32 Bis otorga las
facultades relativas a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y otro de
38
los sujetos encargados de la vigilancia y cumplimiento de los objetivos previstos en
esta ley es la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)
Ley Orgánica de la Secretaría de Pesca; Ley sobre la zona exclusiva de pesca de la
nación.
E) Forestal.- El derecho forestal. Es una parte importante del derecho económico
de los recursos naturales, atiende a la conservación de la flora silvestre y los
bosques, recurso importante no sólo por la función que desempeña en el ciclo
hidrológico, y en la formación de la atmósfera, sino como refugio de toda forma
de vida: Sin flora silvestre no hay lluvia, sin lluvia no hay agua, y sin agua no
hay vida.
Corresponde igualmente a la SEMARNAT los asuntos relativos a establecimiento de
políticas en materia del aprovechamiento de esta riqueza natural, el otorgamiento de
permisos, autorizaciones de pesca y en general la regulación de la actividad
económica pesquera.
Se trata de proteger la flora silvestre, terrestre, incluidos los bosques.
Fundamento para invertir controlar este recurso lo encontramos en el artículo 27
Constitucional que expresa dos vertientes:
1. La facultad de imponer modalidades a los particulares, y
2. La facultad de regular el aprovechamiento para evitar su destrucción en
perjuicio del interés publico.
Ley forestal.- Reserva para el estado el carácter normativo, la custodia y vigilancia
de las reservas y zonas forestales propiedad de la nación y parques nacionales.
Ley de sanidad vegetal.- Esta ley tiene por objeto regular promover la sanidad
vegetal, vigilando la observancia de las disposiciones fitosanitarias, diagnosticando y
previniendo la diseminación e introducción de plagas de los vegetales.
39
Protección jurídica de ganadería de la fauna silvestre.- La ganadería es un
recurso económico renovable por su relación con el sector alimentario del hombre
como por su eventual exportación a los mercados mundiales.
Lo que respecta a la fauna silvestre.- México ostenta una de las más diversificadas
del mundo. Existen aprox. 3132 especies de mamíferos, de las cuales 40 especies son
cinegéticas (casa mayor o menor) y otras 557 mas son de interés para el hombre,
mientras las especies conocidas de aves ascienden a 1051, los reptiles y anfibios son
altamente diversificados; se conocen 1210 reptiles y 227 anfibios.
Con base en el artículo 27 Constitucional, este recurso es controlado y regulado
(facultad de policía administrativa por la secretaria de agricultura, ganadería y
desarrollo rural, y por la nueva secretearía del medio ambiente, recursos naturales y
pesca (SEMARNAP).
Dos instrumentos legales regulan este sector: la ley federal de caza que tiene por
objeto orientar y garantizar la conservación y restauración y fomento de la fauna
silvestre, y la ley federal de sanidad animal tiene por objeto imprimir competitividad
a su sector pecuario, asegurar el abasto dentro de un esquema de apertura
comercial.
F) Minería.- Históricamente, la minería ha ocupado un lugar de primer orden en
México y su desenvolvimiento económico.
Constitucionalmente la Nación tiene el dominio directo o sea la propiedad absoluta y
perfecta de naturaleza pública que se ve reforzada por los principios de
inalienabilidad e imprescriptibilidad, sobre los yacimientos minerales ubicados
dentro del territorio nacional.
40
El articulo 27 Constitucional en su párrafo cuarto y sexto establece el régimen
Constitucional de la minería en México por lo que de ambos párrafos podríamos
afirmar que en México no puede existir la propiedad privada sobre los yacimientos
minerales; exportación de los mismos por particulares solo se puede efectuar
mediante el otorgamiento de la correspondiente concesión del Estado y basado en la
fracción X del articulo 73 de la constitución.
La ley minera se publica en el DO 26 junio 1992.
Las concesiones de exploración tienen una duración improrrogable de 6 años y la de
explotación de 50 años.
Finalmente, conviene señalar que la ley orgánica de la administración publica federal
en su ultima reforma, el sector minero es de competencia de la secretaria de
comercio y fomento industrial hoy Secretaría de Economía, conjuntamente con la
secretaria del medio ambiente, recursos naturales y pesca, quedando la secretaria de
energía sin presencia en el sector.
G) Tierra.- El espacio terrestre de un país constituye el cuadro natural de las
actividades agrícolas, ganaderas y artesanales, actividades primarias que
forjaron el crecimiento y evolución del hombre actual.
Desde la perspectiva del Derecho económico, varios ordenamientos legales se ocupan
de la protección de éste y otros recursos naturales. En efecto, a nivel Constitucional el
párrafo tercero del artículo 27 dispone textualmente:
“La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las
modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el
aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto
de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación,
41
lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de la
vida de la población rural y urbana”.
H) Régimen jurídico de las aguas.- Artículo 27 Constitucional.
México es un país en donde las aguas se encuentran desigualmente repartidas;
mientras en el sureste y noroeste existe en apreciables cantidades; en el centro y en
el norte su caudal exiguo.
En el derecho comparado económico para ejercer la facultad de policía
administrativa, el estado recurre a la reserva hidráulica, institución de derecho
público cuya finalidad es ”proteger y conservar las aguas en cualquier forma en que
se encuentren, deposito naturales, aguas de dominio públicos o privados”.
En efecto el citado párrafo tercero del artículo 27 Constitucional, otorga a la nación el
derecho de regular en beneficio social el aprovechamiento de los elementos
naturales susceptibles de aprobación entre los cuales se haya el agua con objeto de
distribuirlos equitativamente y cuidar de su conservación.
Con base a dicho precepto se han expedidos los siguientes ordenamientos. Ley de
aguas naturales, ley federal del mar y ley federal de pesca.
Ley de aguas.- Esta ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional, se aplica a
todas las aguas nacionales sean artificiales o del subsuelo.
Ley Federal del Mar.- Esta ley reglamentaria 4, 5,6 y 8 del artículo 27
Constitucional. Rigen la zonas marinas que forman parte del territorio nacional y en
lo aplicable, mas haya en las zonas marinas donde la nación ejerce derecho de
soberanía jurisdicciones y otros derechos esta ley opera sectorial mete armonizada
por alelí general de bienes naturales, por la ley federal de pesca, alelí federal de
turismo, y por la ley de equilibrio ecológico y protección al ambiente, según el tipo de
42
materia a regular.
Ley Federal de Pesca.- Existen una gran variedad de especies de fauna marina y de
aguas continentales, como las pelágicas o masivas, crustáceos y moluscos y especies
de aguas interiores.
En 1992 como consecuencia en la necesidad de actualizar el marco jurídico de la
pesca, se publica la nueva ley de pesca que hace posible una mayor participación del
sector privado, al abrirse las oportunidades a todos los sectores de la pesca,
contempla las condiciones necesarias para el ejercicio de una pesca responsable
basada en la conservación y preservación de los recursos acuáticos.
El nuevo marco jurídico trasciende en importantes actitudes de conservación de
especies marinas tales como la instalación de veda en la pesca el camarón en los
litorales del golfo de México y del océano pacifico, abatimiento de los índices de
captura incidental de delfines en la pesca del atún, instalación de dispositivos
excluidores de tortugas de las flotas camaroneras nacionales.
Actualmente concurren al sector pesquero una variedad de dependencias como
secretaria de marina, SEDESOL, turismo, comunicaciones y transporte que generan
retrasos y contradicciones en la política de aliento sistemático al sector; Al respecto
se sugiere consultar la reciente publicación del Acuerdo que establece la política
aplicable en materia de Cruceros.
El suelo y su reglamentación jurídica.
Desde la perspectiva del derecho económico, varios ordenamientos legales se
ocupan de la protección de este y otros recursos naturales. A nivel
Constitucional los artículos 3 y 27 Constitucionales son los que regulan.
El seis de enero de 1992 se publica las reformas al artículo 27 Constitucional cuyas
partes son:
1. Reafirmación y actualización del marco jurídico.
2. Fin del reparto agrario.
43
3. Prohibición Constitucional de los latifundios.
4. Medidas para combatir minifundio.
5. Reactivación de la inversión y las actividades agrarias.
6. Reconocimiento de la personalidad jurídica de los ejidos y comunidades,
7. Respeto a la voluntad de los ejidatarios y comuneros
8. Impartición de justicia agraria y abatimiento del rezago, y
9. Refuerzos de garantías individuales.
Derivados de esas reformas que modifican el suelo rural y agrario se expide la ley
agraria que se publica el 26 de febrero de 1992.
En materia del suelo urbano la ley de asentamientos humanos y la ley de equilibrio
ecológico y protección ambiental, regulan y protegen este recurso natural renovable.
I) Zona económica exclusiva.- Conviene recordar que sobre yacimientos
minerales ubicados en la zona económica exclusiva, el Estado tiene un dominio
eminente; es decir, facultad de legislar sobre los bienes ahí ubicado y colocados
bajo su jurisdicción.
El petróleo, todos los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos y gaseosos, y los
minerales sedimentados, son sustancias no concesionables o no sujetas a concesión y
sólo el Estado puede llevar a cabo su explotación, vía gestión directa. Al respecto
analizar el artículo 27 Constitucional así como la Ley de Inversión Extranjera.
Zona Económica Exclusiva.- Área que se extiende hasta 200 millas náuticas medidas
a partir de la línea de base desde la que se mide el mar patrimonial, y en el cual el
Estado tiene derechos soberanos para fines de exploración, conservación y
administración de los recursos naturales del lecho y subsuelo del mar y las aguas
subyacentes.
44
La Jurismática.- Informática legislativa no solo trata de la materia relacionada con el
derecho sino que involucra otras áreas sociales y económicas, -según explica Emiliano
Hernández Camargo-, que nos permita perfilar la producción de leyes.
Es la globalización aunada a los avances vertiginosos de la informática, la cual motiva
a que el Derecho no se quede rezagado; sobre todo el Derecho Económico, que no es
exclusivo de un país, o de una empresa, porque estamos ante el avance sin tregua de
las relaciones comerciales que no respetan fronteras.
De ahí la necesidad de legislar en materia de derecho económico de tal forma que no
solo se beneficien unos cuantos sino que la derrama de los beneficios alcance a la
población a la fecha desprotegida y condenada a la miseria o a la mera subsistencia.
Luego entonces el Derecho Económico tiene un largo camino por recorrer en poco
tiempo, para que cumpla su cometido social, económico y político.
45
UNIDAD VI
Las Finanzas Públicas y el Derecho Económico como instrumento de la Política
Fiscal para el equilibrio de la Economía
6.1 Las Finanzas Públicas
Se define como el conjunto de elementos que participan en la captación de recursos,
administración de los mismos y gastos que realiza el Estado a través de las diferentes
instituciones del sector público.
Los elementos principales de las finanzas públicas son:
a) El presupuesto de ingresos, donde están todos los rubros que representan
captación de recursos por parte del estado, tales como los impuestos, las
tarifas y los derechos;
b) La administración adecuada de los ingresos captados, de tal manera que no
haya evasión fiscal y se distribuyan en forma conveniente los recursos, según
las necesidades de la sociedad;
c) El gasto público, que representa la distribución de los recursos captados en
función de las necesidades sociales.
Las finanzas públicas constituyen un aspecto central para definir o tipificar un
sistema económico.
Cuando el Estado se apropia de los recursos materiales necesarios para satisfacer las
necesidades colectivas o públicas, es el resultado de una decisión política que se
expresa con presupuesto. Es el programa de acción de las fuerzas políticas que
gobiernan el estado cuyas ideas se van a manifestar en el monto y naturaleza de los
gastos, en la relación de estos con los ingresos.
46
6.2 La distinción entre gastos forzosos y gastos operativos
Los gastos forzosos garantizan la satisfacción de la demanda existencial del
estado y a la vez el modo de vivir de la población.
Los gastos optativos dependen de los gastos en totalidad. Ellos aumentan en
un presupuesto creciente con mayor rapidez que los gastos forzosos.
Para institucionalizar la permanencia de una política monetaria prudente, en el año
de 1993 el Congreso de la Unión otorgó autonomía al Banco de México y estableció
entre sus objetivos procurar la estabilidad de precios.
La eliminación del déficit fiscal, esencial de la estrategia económica neoliberal, es
presentado como uno de los mayores logros del modelo.
Tal política se ha basado en los siguientes instrumentos:
1. Reducción general del gasto publico;
2. Privatización de empresas paraestatales;
3. Política de financiación y casi fijación del tipo de cambio, que ha rematado en
la sobre evaluación del peso;
4. Eventos ajenos en la política interna coadyuvaron al mismo fin y el “Plan
Brady” que permitió la renegociación de la deuda externa;
5. Abatimiento de las tasas nominales de interés interno y
6. Aumento de la tributación y de los ingresos no tributarios del sector publico
federal.
6.3 Características jurídicas del Presupuesto
1. Competencia exclusiva del Estado para su formulación, aprobación y
ejecución.
2. Principio de legalidad.
3. Anualidad del presupuesto.
47
4. De naturaleza jurídica compleja.
5. Unidad del presupuesto.
6. Principio de universalidad. También se le conoce como principio del producto
bruto.
7. Principio de no afectación de recursos.
8. Especificación de gastos.
El artículo 74 Constitucional en su fracción IV prohíbe las partidas secretas a
excepción a aquellas que se consideren necesarias, con ese carácter en el mismo
presupuesto.
6.4 Etapas del presupuesto
Comprende 4 etapas:
1. Reparación o elaboración;
2. Sanción o aprobación;
3. Ejecución, y
4. Control.
La constitución dividió la competencia en dos puntos:
1. El ejecutivo federal prepara y presenta el proyecto de presupuesto, y
2. La cámara de diputados lo aprueba y controla; al examinar, revisar y aprobar.
6.5 Fuentes jurídicas del Presupuesto jurídico en México
Los artículos 74 y 131 Constitucionales facultan al ejecutivo federal para preparar y
presentar el proyecto de presupuesto, la ley de ingresos de la federación, esta
función la cumple la secretaria de hacienda y crédito publico.
Debe efectuarse con estricto apego a los artículos 4, 13 y 17 de la ley de
presupuestos, contabilidad y gasto público mismos que señalan:
48
Articulo 4. La programación del gasto público federal se basará en las directrices y
planes nacionales de desarrollo económico y nacional que formule el ejecutivo
federal por conducto de la SHCP.
Articulo 13. El gasto público federal se basará en presupuestos que se formularán en
apoyo a programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su
ejecución.
Articulo 17. Para la formulación del proyecto del presupuesto de egresos de la
federación, las entidades que deban quedar comprendidas en el mismo elaboraran
sus anteproyectos de presupuestos con base a los programas respectivos.
Las fuentes jurídicas que regulan este importante instrumento de la política
económica son las fracciones VIII del artículo 73, y IV del artículo 74 y artículo 126
Constitucional, por la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público, artículo 31-32
y por la Ley General de Deuda Publica.
Los decretos anuales del presupuesto y la práctica presupuestaria de la
administración publican. Una vez ejecutado el presupuesto por el ejecutivo federal
debe dar cuenta al órgano sancionador (cámara de diputados) por medio de la
llamada cuenta pública, es el informe anual que rinde el poder ejecutivo ante la
cámara de diputados, informando de los resultados de su gestión y los alcances del
estado en el desarrollo económico y social del país.
La secretaria de hacienda y crédito publico esta a cargo de la elaboración de este
documento, consolidando los estados financieros y demás información presupuestal
y contable, comprendidas en el presupuestos de egresos de la federación.
6.6 Ley General de Deuda Pública
El aumento creciente de los gastos gubernamentales para atender a las necesidades
49
colectivas ha llevado a los Estados contemporáneos a recurrir al endeudamiento
tanto interno como externo, lo que les arroja ingresos que coadyuvan a cubrir el
déficit en la recaudación interna.
El Congreso de la Unión aprobó esta ley, cuyos motivos expresa: los recursos
crediticios del poder público federal deben enfocarse a la producción de bienes y
servicios, en tal que su utilización se dirija fundamentalmente, a la realización de
proyectos, actividades impresas que apoyen los planes de desarrollo económico y de
la nación. De fundamental importancia es que el servicio de la deuda pública se
mantenga siempre dentro de la capacidad de pago del sector público y del país en su
conjunto.
La ley general de deuda pública tiende en suma a optimizar el uso de los recursos
financieros que capta el sector público federal a través del crédito tanto interno
como externo. Busca también asegurar los sistemas de información necesarios para
conocer, vigilar y evaluar la situación crediticia del país y su fundamento
Constitucional es la fracción VIII del artículo 74.
Es responsabilidad del ejecutivo federal programar la deuda, del congreso
autorizarla, fijando año con año sus limites. Sin embargo, el congreso puede
autorizar anualmente al ejecutivo montos adicionales en circunstancias
extraordinarias justificadas.
6.7 Ley del Banco de México
El objeto fundamental de la reforma del artículo 28 de la Constitución, fue el de
dotar de autonomía al banco de México, en el párrafo sexto de ese artículo se
establece:
El estado tendrá un banco central será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en
su administración, su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder
50
adquisitivo de la moneda nacional y que ninguna autoridad podrá ordenarle
conceder financiamiento.
Así mismo, el séptimo párrafo del numeral anterior, señala:
“La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha
por el presidente de la república con la aprobación de la cámara de senadores o de la
comisión permanente, en su caso, desempeñaran su encargo por periodos por
periodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus
funciones.”
Esta autonomía da al banco la facultad de adoptar las medidas necesarias para lograr
un equilibrio en el sistema de pagos, mantener equilibrio sobre la emisión de la
moneda, permite mantener un estándar de control sobre la inflación. Encaminadas a
lograr un sistema financiero sólido y eficaz, que permita fomentar la inversión y la
productividad.
Operar con las instituciones de crédito como el banco de reserva prestar servicios de
tesorería al gobierno federal y actuar como agente financiero y como asesor
financiero en materia económica y particularmente en materia financiera; participar
en el fondo monetario internacional.
El Banco de México emitirá en forma exclusiva los billetes y ordenará la acuñación de
moneda metálica. El banco de México podrá fabricar sus billetes o encargar la
fabricación de éstos a terceros.
Dentro de las operaciones que la ley señala al banco de México en su artículo 7º,
podrá operar con valores, otorgar créditos al gobierno federal, a las instituciones de
crédito, así como a los fondo bancarios de protección al ahorro y de apoyo al
mercado de valores; podrá adquirir valores emitidos por organismos financieros de:
51
Bancos internacionales; emitir bonos de regulación monetaria; podrá efectuar
operaciones con divisas, oro y plata, incluyendo recorto; también podrá recibir
depósitos de títulos o valores, en custodia y administración de las personas que
señalamos sobre las entidades financieras del país.
El banco de México, además, podrá imponer sanciones conforme a lo previsto en sus
artículos 27,29 y 33; imponer multas a los intermediarios financieros por
operaciones activas y/o pasivas, por sus servicios al contradecir las disposiciones de
esta ley.
6.8 Acuerdos de unidad para superar la emergencia económica
En noviembre de 1994 la administración de Carlos Salinas de Gortari procedió a
suscribir con los diversos sectores de la población y agentes económicos (empresas,
sindicatos, campesinos) el acuerdo nacional para la evaluación para la productividad
y calidad.
Por los sucesos devalúa torios sufridos durante de la administración de Ernesto
Zedillo, (diciembre de 1994, el famoso “Error de diciembre” que motivó una
devaluación del peso frente al dólar muy abrupta y elevada) el gobierno federal,
convocó a los organismos cúpulas de obreros, campesinos y empresarios suscribir el
Acuerdo De Unidad Para Superar La Emergencia Económica, cuyos puntos
principales fueron:
Acuerdos, Precios y salarios:
1. Como condición necesaria para generar empleos permanentes ampliar la
capacidad productiva nacional y atraer nuevas inversiones:
a. Los sectores obreros y empresariales ratifican los acuerdos del pasado
20 de diciembre de 2003 de la comisión nacional de los salarios
mínimos.
b. El acuerdo nacional para la evolución de la productividad y la calidad,
52
el gobierno de la República se compromete apoyar y asesorar a los
sectores productivos en la medición de la productividad y en su
incremento.
c. El gobierno federal, consciente en la necesidad de incrementar la
productividad de la mano de obra, aumentará el número de becas
otorgadas para su capacitación.
d. Frente al inevitable efecto transitorio que la devaluación tendrá sobre
los costos de las empresas, el sector empresarial se compromete a
realizar un esfuerzo extraordinario para no incrementar los precios
injustificadamente. El gobierno federal con los representantes de a
industria, el comercio, los servidores y el sector agropecuario según
sea el caso, establecerán esquemas y reglas para que los incrementos a
los precios reflejen únicamente las modificaciones derivadas del
aumento de los precios de los insumos importados.
e. El sector empresarial conviene en promover entre las empresas e
industrias fabricantes y comercializadoras, la adopción de estrategias
para la producción y distribución de productos básicos que atiendan
las necesidades de la población de menores ingresos.
f. El gobierno federal y los sectores productivos acuerdan promover
campañas para crear conciencia en las empresas y en los
consumidores para referir en sus compras productos e insumos
nacionales estos sean competitivos en calidad y precios.
g. El régimen de la seguridad social se conservará como patrimonio de
los trabajadores. Se fortalecerá al Instituto De Fondo Nacional De La
Vivienda Para Los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo De Fomento
Para El Consumo De Los Trabajadores (FONACOT).
h. El gobierno federal mantendrá los apoyos al sector campesino a través
de PROCAMPO.
i. El sector agropecuario promoverá, la adopción de estrategias de
producción y comercialización de sus productos mediante la
53
concertación y articulación de políticas de fomento.
Fortalecimiento del ahorro público y política monetaria:
2. El ejecutivo federal, conforme a lo establecido en el artículo 23 del decreto
Aprobatorio del presupuesto de egresos de la federación, la reducción del
gasto público se llevará a cabo a través de medidas que permitan la
racionalización del gasto corriente eliminando gastos prescindibles, y dando
prioridad a los proyectos de inversión. El objetivo principal del gasto público
será el gasto social y los programas de abatimiento de la pobreza.
3. Para llevar a cabo una simplificación integral el sistema tributario, el gobierno
federal indicará a la mayor brevedad los trabajos del comité de asesoría fiscal.
4. Se diseñaran esquemas para facilitar el acceso a créditos por parte de
empresas y productores agropecuarios, micro y, pequeñas y medianas
empresas, como para la promoción de exportaciones.
5. El banco de México ha resuelto llevar a cabo sus operaciones en forma que
contribuyan a la consecución de objetivos de este acuerdo, evitará una espiral
inflacionaria y buscará reducir, a la brevedad posible y persistente, la tasa de
incremento de los precios.
Eficiencia económica:
6. El gobierno federal se compromete a acelerar la revisión del marco
regulatorio a fin de apoyar la actividad económica.
7. El gobierno federal se compromete a aplicar estrictamente nuestra legislación
interna para que en el marco de la reciprocidad que debe obtenerse en el
comercio internacional se continúen abriendo mercados para nuestras
exportaciones.
8. Para impedir el contrabando y otras prácticas ilegales se continuara
modernizando la operación aduanera y se intensificarán los organismos
existentes de cooperación entre las autoridades aduaneras y las
organizaciones empresariales.
9. Para impulsar la modernización de las empresas medianas y pequeñas, se
54
establecerán mecanismos que les permita aprovechar cabalmente las
preferencias que en materia de compra gubernamentales han sido negociadas
en los tratados internacionales.
10. Se adoptarán medidas para fortalecer la capacidad competitiva de las
industrias.
11. Con participación de los sectores públicos y de las instituciones del gobierno
privado, se establecerá el consejo nacional de la pequeña y mediana empresa.
Promoverá mecanismos para que las empresas de este tipo reciban asesoría
industrial especializada en áreas tecnológicas y procesos de producción,
diseño de productos, financiamiento, comercialización y mercadeo.
La carta de intención con el fondo monetario internacional y el acuerdo marco entre
México y Estados Unidos (1995):
12. A fin de obtener acceso a un crédito de emergencia por 50,000 millones de
dólares para hacer frente los compromisos de corto plazo (TESOBONOS) se
suscribió ese acuerdo con el FMI.
13. Para la obtención de dicho crédito, México suscribió obligaciones tanto con el
fondo monetario internacional como con el gobierno de los EE.UU., las cuales
se sintetizan en los siguientes comentarios.
i. Reducción de los salarios reales.
ii. Reducción del gasto público presupuestal.
iii. Política monetaria y crediticia restrictiva.
iv. Privatización de activos nacionales. Se admite la presencia de capital
privado en: ferrocarriles plantas generadoras de electricidad,
puertos y aeropuertos, y telecomunicaciones y la desincorporación
del gas natural, y
v. Política financiera cambiaria no autónoma.
La aplicación de estos compromisos, además de provocar recesión, cierre de plantas
y desempleo obligó a una disminución de las importaciones, a revaluar las cadenas
productivas internas afectadas por la abrupta apertura comercial e industrial
55
motivada por la firma del T.L.C. y de la apertura comercial de México, que al no ser
un país altamente industrializado y sin mucha competitividad internacional ha
provocado el cierre de muchas empresas y una creciente ola de importaciones,
aunque las exportaciones han aumentado se sigue dependiendo en gran medida de la
demanda de nuestros productos en los E.U. y el hecho que en este país exista una
disminución en la actividad industrial hace que se detenga el crecimiento en México.
6.9 Las Unidades de Inversión (UDIS)
Entre las medidas coyunturales de política financiera y de frente al alza vertiginosa
de las tasas de interés y de índice de precios (como consecuencia de la abrupta
devaluación del peso en diciembre de 1994), la SHCP y el banco de México
procedieron a establecer un mecanismo a efecto de compensar la tasa inflacionaria
en las transacciones financieras, sus fuentes jurídicas se encuentran en los decretos
publicados en el Diario Oficial del 1º. y 4 abril 1995 y de la circular fax del banco de
México del 3 abril de 1995.
Se estableció que partir del 4 de abril, la UDI se equipararía al valor del entonces “un
nuevo peso”, a partir de esa fecha su valor se incrementa diariamente, con base en el
índice nacional de precios al consumidor (INPC) el cual es un indicador económico
de la inflación (e indirectamente del valor real de nuestra moneda, cabe sugerir
consultar al respecto la publicación que hace el Banco de México en el Diario Oficial
acerca de la valuación o estimación de dichos “UDI’s”, a 2004, o sea 9 años después
del lanzamiento de estas novedosas figuras o esquemas financieros el valor de la UDI
es aproximadamente de 4.00 (pesos) lo que nos puede referir que la devaluación en
9 años ha sido de 300%
La UDI puede actuar prácticamente en 3 sectores:
* Ahorro personal = AP
* Crédito personal = AC
* Indicador de precios sobre bienes y servicios = IPBS
56
El ahorro personal.- Si una persona física o moral, deposita ahorro en UDIS,
cotizadas a la fecha del depósito, cuando retire su ahorro, además de los intereses a
percibir, habrá ganado la inflación reflejada en el precio de la UDI, sin embargo el
esquema de inversiones en estas UDIS no fue aceptado por el público inversionista
dados los bajos rendimientos, cayendo en desuso.
57
UNIDAD VII
EL DERECHO ECONÓMICO Y EL FOMENTO INDUSTRIAL.
7.1 Política Industrial
El modelo económico neoliberal iniciado en la década de los ochenta, ha pretendido
consolidarse al inicio de los noventa con base a tres principales esencias:
1. Saneamiento de las finanzas públicas;
2. Privatización de empresas paraestatales;
3. Apertura económica y comercial.
El instrumento de política económica para llevar a cabo dichas metas han sido los
numerosos pactos o acuerdos para la estabilidad y el crecimiento, no contemplados
en la carta fundamental, ni en el derecho económico nacional.
7.2 Las propuestas de la nueva política económica industrial
Se mencionan:
1. Programas sectoriales de la productividad;
2. Compras gubernamentales;
3. Funcionamiento;
4. Promoción fiscal;
5. Comercio exterior;
6. Formación empresarial;
7. Empresas integradoras;
8. Subcontratación;
9. Economías de escalas;
10. Recursos humanos;
11. Infraestructura;
12. Ley de competencia económica;
13. Precios clave;
58
14. Industrias sustentables;
15. Desregulación;
16. Planeación estatal y municipal.
7.3 Diferencia entre industria pequeña, mediana e instrumentos jurídicos de
fomento industrial
Industria pequeña.- Empresas manufactureras que ocupan hasta 100
personas y el valor de sus ventas netas anuales rebase el equivalente de
novecientos mil pesos.
Industria mediana.- Aquellas que ocupan hasta doscientas cincuenta
personas y el valor de sus ventas netas anuales no rebasan el equivalente a
dos millones.
Instrumentos jurídicos de fomento industrial.- El gobierno federal dispone
de un marco legislativo que intenta dar seguridad jurídica a los agentes
económicos privados, estos instrumentos legales son: ley de inversión
extranjera, ley de la propiedad industrial, ley de adquisiciones y obras
publicas, ley de metrología y normalización, ley federal de competencia
económica y ley de comercio exterior.
7.4 Ley de Inversión Extranjera
Define conceptos relevantes sobre inversión extranjera, establece las vías para la
canalización del capital extranjero, permite la apertura a la inversión extranjera en
actividades donde su participación se considera necesaria y simplifica los trámites
administrativos.
Estas disposiciones nos muestran la inversión extranjera podrá participar en
cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos
fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica, fabricar nuevas líneas de
productos, abrir y operar establecimientos y ampliar y re localizar los ya existentes
59
(artículo 4).
Se reservan de manera exclusiva al estado las siguientes áreas estratégicas: petróleo
y demás hidrocarburos, petroquímica básica, electricidad, generación de energía
nuclear, minerales radioactivos, comunicación vía satélite, telégrafos, radiotelegrafía,
correos, emisión de billetes, acuñación de moneda, control, supervisión y vigilancia
de puertos, aeropuertos y helipuertos.
Están reservados de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas:
transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, comercio al por menor
de gasolina y distribución de gas licuado de petróleo, servicio de radiodifusión,
uniones de crédito, banca de desarrollo y servicios profesionales y técnicos que
señalen las leyes.
7.5 Ley de Propiedad Industrial
La propiedad industrial y la propiedad autoral o intelectual que se refieren a la
protección de los derechos de autor, conforman la propiedad intelectual, se puede
decir que son Reglamentarias del artículo 28 Constitucional, el cual prohíbe los
monopolios, pero por excepción permite el otorgamiento de “patentes” de invención
a los inventores y a los autores, derechos que conceden un “monopolio temporal de
explotación comercial o industrial” de las obras intelectuales y de los derechos de
propiedad industrial.
La propiedad industrial consiste en otorgar una protección legal a todas las
creaciones realizadas por personas físicas o morales, a fin de que se puedan
aprovechar en exclusiva por una temporalidad (20 años para patentes, 10 años para
marcas (renovables por períodos iguales e indefinidamente) y la vida del autor más
50 años para los autores en obras intelectuales).
En diciembre de 1993 se creó por decreto presidencial el INSTITUTO MEXICANO DE
60
PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI), como un organismo descentralizado con
patrimonio y personalidad jurídica propia.
7.6 Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Se expide con la finalidad de adecuar el marco jurídico de las normas y la metrología
a sistemas internacionales de normalización, permiten una participación activa del
sector privado en su creación, discusión o elaboración y corresponde a las
Secretarías que son cabezas de sector, su expedición, previa consulta con la
ciudadanía.
La normalización y metrología es el campo del conocimiento relativo a las
mediciones, y en lo relativo a la Normalización se pretende adecuar los procesos
nacionales a los estándares mundiales similares o aplicables a fin de que se
resguarden las medidas de seguridad, de información, etc. y brindar una
competitividad de nuestros mercados y productos con el extranjero y evitar en lo
posible la entrada o importación de productos que no reúnan la mínima
normatividad o sean lesivos o dañinos a la población.
Dicha ley tiene por objeto:
1. Establecer el sistema general de unidades de medida;
2. Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología;
3. Establecer los requisitos para la fabricación, importación reparación, venta,
verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; así
como los requisitos para la prestación de determinados servicios. (Por Ej.,
Guías de Turistas)
4. Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de
indicar el contenido neto en los productos envasados;
5. Instituir el sistema nacional de calibración;
6. Crear el centro nacional de metrología, como organismo de alto nivel técnico en
la materia.
61
7. Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.
Otros temas que contempla la ley son el acreditamiento, la certificación, verificación
y vigilancia y sanciones (multa, clausura temporal o definitiva y arresto).
Las empresas ISO 9000. Las empresas exportadoras, además de observar las
regulaciones de petrología y normalización antes descritas, si desean penetrar el
mercado de la unión europea deben cumplir con la norma de calidad ISO 9000.
(Internacional estándar organización). Es un organismo nacido en 1945 con el fin de
emitir normas internacionales para reglamentar el comercio internacional. Su sede
se ubica en ginebra, suiza, y tiene 96 países miembros que han hecho de ISO su
propia norma oficial.
7.7 Ley Federal de Competencia Económica
Tiene por objeto proteger el proceso de competencia la libre concurrencia y amplía
los espacios para la actualización de los diversos agentes económicos o de los
particulares en el ámbito económico, mediante la prevención y eliminación de
estancos, monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al
funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios como la
Concentración.
Promueve la eficiencia económica y protege el proceso competitivo de los
particulares o sea la libre concurrencia en la actividad económica.
7.8 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y Ley
de Obras Públicas
Tiene por objeto la planeación, programación, presupuestación, gasto, ejecución,
conservación, mantenimiento y control de las adquisiciones y arrendamientos de
bienes muebles; las licitaciones podrán ser internacionales (solamente se realizaran
62
licitaciones de carácter internacional, cuando ello resulte obligatorio conforme a lo
establecido en los tratados.
Es reglamentaria del artículo 134 de la Constitución Política y su ejecución
comprende a todas las entidades del Gobierno (Central, federal, descentralizados,)
teniendo una especial intervención la Secretaría de la Función Pública (Antes
Secretaría de Contraloría) y esas leyes regulan los procedimientos de Concursos y
Licitaciones Públicas, nacionales o internacionales para la contratación de:
Arrendamientos.
adquisición de toda clase de insumos y bienes muebles.
contratación de servicios.
Realización de Obra Pública.
7.9 Ley de Comercio Exterior
Tiene por objeto regular las facultades que el artículo 131 de la Constitución, entrega
al ejecutivo federal quien actúa mediante la secretaria de comercio y fomento
industrial. Esta ley además de darle estado legal a la comisión de comercio exterior
de la comisión mixta para la promoción de exportaciones, incorpora los principales
compromisos que el país adquirió al suscribir al capitulo IX del TLC de América del
norte.
Otros apoyos financieros al desarrollo industrial:
La banca de desarrollo (NAFIN BANSEFI, BANCOMEXT, y BANOBRAS), establecen
una serie de apoyos crediticios y financieros al sector industrial nacional.
Tipos de crédito:
a. créditos destinados a la constitución o fortalecimiento del capital de trabajo.
b. créditos destinados a la adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario.
c. créditos destinados a la adquisición construcción, instalación o modificación
de unidades industriales, locales, comerciales o de servicios.
63
d. créditos destinados a la reestructuración de pasivos.
e. apoyos a las uniones de crédito para que realicen operaciones en beneficio
común de sus socios.
f. sistema de tarjeta empresarial. Se refiere a la apertura de una línea de crédito
evolvente y automática.
g. sistema de factoraje financiero. Financiamiento mediante descuento de
títulos de créditos y derechos de créditos relacionados con proveeduría de
bienes.
h. arrendamiento financiero. Es la opción de realizar operaciones via
arrendamiento financiero que permita el uso de activos fijos para la
operación normal de la empresa.
64
UNIDAD VIII
EL TURISMO Y SU REGULACIÓN JURÍDICA
8.1 El Turismo en México
Aproximadamente te tiene registrado cinco mil establecimientos hoteleros, de ellos
40% pertenecen a cadenas extranjeras y un 60% a cadenas hoteleras nacionales.
La secretaria de comunicaciones y transportes con mas de cuatro mil Km.
construidos de autopistas durante el pasado sexenio (1988-1994), la secretaria de
hacienda, posibilito la corachín de reglamento de transporte turístico, que permite la
internación de autobuses extranjeros, y dio paso a la política de cielos abiertos que
incremento los vuelos.
8.2 El Plan Nacional de Modernización de Turismo (1992-1994)
Los propósitos son:
1. Revisar las leyes y reglamentos en materia de inversión extranjera para
facilitar y para aceptar el 100% de inversión extranjera.
2. Orientar acciones hacia a diversificación de lo oferta turística del país.
3. Avanzar en el proyecto de descentralización y modernización del sector
administrativo turístico.
4. Implementar un sistema clasificatorio y reforzador del concepto de calidad
turística.
5. Promover las pequeñas inversiones en hoteles y servicios turísticos.
6. Promoción de mega proyectos.
Políticas generales, son:
1. Las manifestaciones económicas, culturales y políticas del fenómeno turístico,
se inscriban en el proceso de desarrollo de las comunidades donde se
generen;
65
2. Orientar la dotación de infraestructura física y servicios públicos,, que
respondan a las necesidades del crecimiento del sector, y mayor participación
de la iniciativa privada y de las autoridades locales;
3. Conservar y desarrollar los atractivos turísticos, como parte del patrimonio
nacional, respetando la ecología, la cultura y las tradiciones de cada lugar;
4. Promover la formación de recursos humanos y la investigación básica para
aumentar la calidad y el acceso del desarrollo turístico.
Estrategia: modernización del turismo:
1. Incremento de la productividad, calidad y desarrollo tecnológico.
2. Diferenciación del producto turístico. Aprovechar la oferta de otros productos
turísticos.
3. Fortalecimiento del mercado interno. Atender al consumidor domestico.
Internacionalización del turismo:
Consolidar la actividad turística en la economía internacional-.
Desregulación:
Adecuar las leyes y reglamentos para evitar la limitación a la dinámica
turística, eliminando los cuellos de botella, en el proceso en que los precios y
las tarifas del sector sean producto del libre juego de la oferta y la demanda
disminuyendo así la participación del estado.
Líneas de estrategia:
1. Desconcentración y fortalecimiento de la oferta turística.
2. FONATUR continuará reforzando los mecanismos de apoyo para la hotelería
mediana y pequeña.
3. Dotación de la estructura física y equipamiento urbano
4. Promoción de la inversión y financiamiento.
66
Se fortalecerá el funcionamiento de FONATUR:
1. Desincorporando inversiones y empresas no prioritarias para ser operadas
por la iniciativa privada.
2. Buscando menor dependencia de recursos fiscales.
3. Mecanismos para aumentar la participación de inversiones privadas.
4. Desarrollo de transporte: en materia de transporte aéreo se promueven
convenios bilaterales;
5. En materia de transporte terrestre se buscan tarifas diferenciales y flexibles,
capacitación a los operadores, registro a los prestadores de servicios,
remodelación de estaciones de ferrocarril y auto transporte.
6. Reorientación y fortalecimiento de la demanda y promoción nacional e
internacional;
7. Formación de recursos humanos;
8. Asistencia y auxilio y seguridad turística;
9. Eliminar y atenuar situaciones que obstaculizan yo eliminan los flujos
turísticos, y
10. Perfeccionamiento de los mecanismos de coordinación, concentración e
inducción.
8.3 Ley Federal de Turismo
El artículo 1o de la ley es de interés público y de observancia general en toda la
república correspondiendo a la SECTUR su aplicación.
El artículo 2 tiene por objeto: Destacar que la ley define al Turista como “ la persona
que viaja fuera de su domicilio con el propósito preponderante de esparcimiento,
salud, descanso , cualquier orto similar que utiliza los servicios turísticos mexicanos
sin prejuicio de lo dispuesto en la ley general de población”.
El turismo puede clasificarse: de recreación, de cultura, deportivo, ecológico y social,
especialmente nivel interno o domestico.
67
En la ley general de población el turista se caracteriza por entrar y permanecer en el
país (plazo máxima de 180 días) sin desarrollar actividad lucrativa alguna.
También el turista puede constituir empresas, comprar acciones en la bolsa de
valores y adquirir inmuebles.
Se intensifica la capacidad de los trabajadores en todos los niveles en los que
participa activamente los prestadores de servicios turísticos.
Disposiciones de las entidades paraestatales del sector turismo:
Con el fin de promover la inversión para la rama turística, un megaproyecto es
una formula de desarrollo que consiste en la realización de un proyecto
integralmente planeado, perfectamente dentro de un centro turístico de
primera calidad que se ofrece a la inversión privada para que esta desarrolle en
forma garantizada la estructura y la súper estructura, fortaleciendo la imagen y
la entidad de ese centro turístico, contando con el apoyo y supervisión de
FONATUR y, desde luego, en el entorno esencial de un centro turístico ya
creado con una imagen, un aeropuerto y con una población ya establecida lo
cual es garantía de continuidad para el desarrollo. Participa la iniciativa
privada, nacional y extranjera.
En síntesis, la Ley Federal De Turismo plantea los siguientes objetivos:
1. La desregulación del marco jurídico aplicable a los prestadores de servicio;
2. La coordinación del sector con las dependencias afines de la administración
publica federal y la simplificación administrativa;
3. La descentralización de funciones a los gobiernos de los estados y municipios,
4. Fortalecimiento de la promoción turística tanto nacional como extranjera, y
5. Consolidación del turismo social.
68
UNIDAD IX
EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO PARA LA MEJORA DE LA
CALIDAD DE LA VIDA
9.1 Asentamientos Humanos
Se consideran como fenómenos que surgen paralelos a los procesos de urbanización
y concentración de las actividades industriales.
El surgimiento errático de los asentamientos humanos da origen a las llamadas
ciudades perdidas y a los crecimientos de ciudades y colonias, plantea serios
problemas a la administración pública en cuanto a servicios tales como agua potable,
infraestructura urbana, locales hospitalarios, escolares y mercados.
Detrás de estos está el derecho al a vivienda que el Estado debe garantizar a sus
habitantes en una sociedad planificada y moderna ya que además hay que considerar
ese derecho a la vivienda como un Derecho Humano garantizado y protegido
internacionalmente.
Su fundamento Constitucional esta en los artículos 4, 27, 42, 48, 89-90, 102 123,130
y 132:
Tomando en cuenta lo que dispone el artículo 27 Constitucional: La nación
tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las
modalidades que dicte el deber público, así como regular en benéfico social
el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de aprobación.
En consecuencia se dictarán las medidas necesarias para ordenar los
asentamientos humanos y establecer adecuadas condiciones, usos, reservas
y destinos de tierra ,agua y bosques, a efectos de realizar obras publicas y de
planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de
los cambios de población.
Con tales fundamentos y objetivos, se permite crear las reservas de tierras
69
necesarias para el ordenamiento de los centros de población y, sobre todo,
aquellas destinadas a la construcción de vivienda, en las entidades
federativas, el DF. y para que los municipios tengan capacidad de adquirir
los bienes raíces necesarios para los servicios públicos.
En particular, ha sido la SEDESOL la dependencia encargada de instrumentar
esquemas de financiamientos para la urbanización básica de reservas
territoriales que en principio van destinadas al desarrollo de lotes con
servicios como una manera de garantizar las condiciones elementales para
el crecimiento de espacios habitables y en general de los centros urbanos.
En julio de 1993 se promulgó la nueva Ley General De Asentamientos
Humanos, la cual derogó a la de 1976 y busca reducir los desequilibrios
regionales, garantizar la calidad de vida tanto de la población rural y urbana,
conservar el medio ambiente reconociendo el valor incuantificable de los
recursos naturales y fortalecer a los Municipios en tanto es la autoridad mas
cercana a las necesidades de la población.
Los municipios adquirieron una importancia fundamental, a ellos les
corresponde pedir licencias y permisos de uso de suelo, construcción de
fraccionamientos, condominios y recodificación, así como la regularización
de la tierra urbana en la adquisición y administración de reservas
territoriales.
Con la nueva ley quedaron enunciadas y reglamentadas las acciones básicas
que en materia de asentamientos humanos el actual gobierno federal: el
fomento a las ciudades medias a la descongestión de las zonas
metropolitanas; el resguardo de los centros históricos como patrimonio
cultural; la concertación como instrumento de la planeación urbana regional
y la regulación del mercado de los terrenos y de la vivienda de interés social.
Contempla el marco jurídico la ley general de equilibrio ecológico la protección al
ambiente establece:
La política ecológica de buscar la corrección de aquellos desequilibrios que
deteriore la calidad de la vida de la población, proveer las tendencias de
70
crecimiento del asentamiento humano, mantener una relación suficiente
entre la base y recursos de la población.
Es indispensable fortalecer las previsiones de carácter ecológico y ambiental
para proteger y mejorar la calidad de vida.
Las normas de diseño, tecnología de construcción, uso y aprovechamiento de
vivienda y en el desarrollo urbano que expida la secretaria.
En el programa sectorial de desarrollo humano se incorporara los siguientes
elementos ecológicos y ambiéntales:
La observancia del ordenamiento ecológico del territorio.
Cuidado de la proporción que debe existir entre las áreas verdes y
las edificaciones destinadas a la habitación.
La integración de inmuebles de alto valor histórico y cultural con
áreas verdes y zonas de convivencia social.
El programa sectorial de vivienda que ejecute y financia el gobierno federal,
promoverá:
La vivienda que se construya en las zonas de expansión guarde una relación
adecuada en los elementos naturales de dichas zonas y considere área
verdes suficientes para la convivencia social, y
Que la vivienda que se construya en los asentamientos humanos incorpore
criterios ecológicos y de protección al ambiente.
El derecho a la vivienda:
En intima relación a los asentamientos humanos, fue contemplado en el artículo 123
de la originaria carta de Querétaro de 1917, así como en el frac. IV del artículo 4o
Constitucional, regula “toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y
decorosa.
Para dar cumplimiento a estos mandatos Constitucionales, al término del sexenio de
1988-1994, se concluyó el diseño del Sistema Nacional De Vivienda.
Este sistema plantea los siguientes objetivos:
71
Fortalecer los mecanismos de coordinación entre los organismos públicos de
vivienda.
Orientar los beneficios a grupos de menores ingresos.
Modernizar los instrumentos financieros.
Apoyar a los procesos de descentralización y desconcentración para modificar
el patrón territorial de asentamientos humanos.
Actualizar el aparato productivo y de distribución de los insumos de vivienda.
9.2 Ley Federal de Vivienda
Se trata de la ley reglamentaria del artículo 4 Párrafo IV de la Constitución.
Sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto “establecer
y regular los instrumentos y apoyos para que las familias puedan disfrutar de
viviendas dignas y decorosas”. A continuación transcribimos uno de los principales
artículo de esta ley.
Artículo 2o.- Los lineamientos generales de la política nacional de vivienda, son los
siguientes:
I.- La ampliación de las posibilidades de acceso a la vivienda que permita
beneficiar el mayor número de personas, atendiendo preferentemente a la
población urbana y rural de bajos ingresos;
II.- La constitución de reservas territoriales y el establecimiento de oferta
pública de suelo para vivienda de interés social, para evitar la especulación
sobre el suelo urbano, prever sus requerimientos y promover los medios y
formas de adquisición del mismo;
III.- La ampliación de la cobertura social de los mecanismos de financiamiento
para la vivienda, a fin de que se canalice un mayor volumen de recursos a los
trabajadores no asalariados, los marginados de las zonas urbanas, los
campesinos y la población de ingresos medios;
IV.- La articulación y congruencia de las acciones de las dependencias y
72
entidades de la Administración Pública Federal, con las de los gobiernos
estatales y municipales y con las de los sectores social y privado, tendientes a
la integración de un Sistema Nacional de Vivienda para la satisfacción de las
necesidades habitacionales del país;
V.- La coordinación de los sectores público, social y privado para estimular la
construcción de vivienda en renta, dando preferencia a la vivienda de interés
social;
VI.- El mejoramiento del inventario habitacional y la organización y estímulo a
la producción, mejoramiento y conservación de la vivienda urbana y rural y
de sus materiales básicos para el bienestar de la familia mexicana;
VII.- El mejoramiento de los procesos de producción de la vivienda y la
promoción de sistemas constructivos socialmente apropiados;
VIII.- El impulso a la función de la vivienda como un factor de ordenación
territorial y estructuración interna de los centros de población y de arraigo y
mejoría de la población rural en su medio;
IX.- El apoyo a la construcción de la infraestructura de servicios para la
vivienda, a través de la participación organizada de la comunidad;
X.- La promoción y el apoyo a la producción y distribución de materiales
básicos para la construcción de vivienda a efecto de reducir sus costos;
XI.- La integración de la vivienda a su entorno ecológico y la preservación de
los recursos y características del medio ambiente;
XII.- La promoción de actitudes solidarias de la población para el desarrollo
habitacional y el impulso a la autoconstrucción organizada y al movimiento
social cooperativista de vivienda; y
XIII.- La información y difusión de los programas públicos habitacionales, con
objeto de que la población beneficiaria tenga un mejor conocimiento y
participación en los mismos.
73
Marco jurídico:
A las reformas jurídicas antes mencionadas se suma la reforma al código civil en
materia de arrendamientos (ver D.O. 21 jul. 1993 y del año 2003.)
Existen condicionantes tales como la localización inadecuada de viviendas en la
periferia de las ciudades, el desarraigo social y los altos costos de transporte que
inclinan a sectores importantes de la población a preferir rentar que adquirir
vivienda en propiedad, por lo cual interviene el Estado en materia inquilinaria.
La coherencia Constitucional entre el derecho de propiedad del artículo 27 y el
derecho de la vivienda del artículo 4o puede y debe traducirse en criterios prácticos
que eviten posibles abusos entre las partes contratantes.
9.3 La Secretaría de Desarrollo Social
Hablando de materia de vivienda la SEDESOL asumió sus responsabilidades
normativas de coordinación institucional y promociónales.
Con su creación de sus dos direcciones: la dirección general de política y fomento a la
vivienda, cuyo funcionamiento atiende el propósito de coordinar a los organismos
públicos de vivienda y de incorporar nuevas formas crediticias para ampliar su
cobertura nacional y la dirección general de financiamiento de la vivienda , que
específicamente atiende los programas de financiamiento.
9.3.1 EL INFONAVIT
Creada como nueva política el instituto de fondo nacional de la vivienda para los
trabajadores se transforma y; En sus 21 años de existencia ha contribuido a la
generación de un millón de viviendas, mismas reformas proponen:
1. Las aportaciones del 5% destinada al financiamiento de la vivienda se
acrediten en una subcuenta relativa al fondo nacional de la vivienda de las
cuentas individuales del sistema de ahorro.
74
2. Los altos de las mencionas subsecuentes causen intereses en función del
remanente de la operación del instituto.
3. Se dote al instituto del fondo nacional para la vivienda para los trabajadores las
facultades que le permita ser un autentico organismo fiscal autónomo.
4. El monto de los créditos se determine de acuerdo con la capacidad de los
trabajadores.
5. Los trabajadores con un crédito destinado, elijan libremente la vivienda nueva
o usada ala que aplicaran el importe del mismo.
6. Los créditos que otorguen de forma inmediata y sin exigir requisitos
adicionales a los previstos en las reglas.
7. Los términos y condiciones conforme a los cuales el instituto deberá concursar
el financiamiento de conjuntos habitacionales, así como de la obligación de los
constructores de responder ante los trabajadores por los defectos que resulten
de la construcción y de cualquier otra responsabilidad en que incurran en los
términos de las disposiciones aplicables.
Mediante la expedición de la nueva ley del INFONAVIT de 1962 se logro una
profunda modificación del instituto puede identificarse cinco cambios sustanciales:
1. Otorgamientos de créditos con base a un sistema objetivo de puntajes y una
puntuación mínima para tener derecho a recibirlos.
2. La libertad del trabajador para elegir la vivienda, nueva o usada, y su
transferencia.
3. Los montos del crédito.
4. La recuperación del crédito en 100%.
5. El sistema de subastas de financiamiento para la construcción de viviendas.
Sistema para el otorgamiento de créditos. Los factores que se tomaran en cuanta
para determinar la puntuación de los trabajadores interesados son cinco:
1. El salario.
2. La edad.
3. El saldo de la subcuenta del Sistema de Administración Tributaria.
75
4. El numero de aportaciones del instituto efectuado por el patrón a favor del
trabajador.
5. El número de dependientes económico del trabajador.
9.3.2 Otros Organismos de Gestión
A. FOVISSSTE
Las reformas realizadas por esta institución buscaron transformarlas en un
organismo eminente financiero, se llevo a cabo primero, una reorganización
administrativa que volviera más eficientes sus funciones y que atendiera la
descentralización. En el campo de la simplificación administrativa la
descentralización se efectuó diversas acciones.
B. FONHAPO
Ha sido un organismo orientado así los sectores de más bajos ingresos, aquellos que
no cuenten con un trabajo estable e ingresos seguros, que constituye a lo que se ha
llamado el sector informal. Contempla los requisitos fundamentales para otorgar
créditos: el beneficiario no sea asalariado, pero además exista una organización de
promedio.
Ofrece programas que buscan fomentar el mejoramiento de una vivienda ya
existente, la construcción por etapas de vivienda o bien la introducción de servicios
básicos. Las acciones de FONHAPO son de un menor costo unitario y de tiempo de
gestión más breve, lo cual permite la culminación de proyectos en plazo de un año y
una recuperación más rápida en los préstamos otorgados.
Entre los cambios mas significativos sobresalen la adopción de mecanismos de
subasta publica para alcanzar transparencia y objetividad en la adquisición de obras
así como el otorgamiento de créditos individualizados en función de, la edad del
solicitante y sus ingresos, los cuales deberán ser menores a 2.5 veces del salario
mínimo de la región que le corresponda.
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C. FOVI
Es un fideicomiso del banco de México, desde su creación, en 1981, a atendido a una
población cuyos ingresos oscilan entre los dos y doce salarios mínimos. En sus 30
años de operación, el fondo conjuntamente con la banca comercial a financiado la
adquisición de un poco mas de un millón de viviendas de interés social.
El FOVI otorga el crédito de largo plazo para el adquiriente final y solicitud de la
banca el crédito.
Para convertirse en auto suficiente desde el punto de vista financiero el FOVI
estableció casas de interés que incluyen el costo de dinero más el costo de
intermediación bancaria. Sin embargo como esta medida pudiera afectar al segmento
de bajos ingresos de 2 a cuatro salarios mínimos, se ampliaron los plazos d
amortización hasta de 25 años a modo de conservar en niveles razonables los pagos
mensuales.
D. LA AUTOGESTION
Las acciones de esta nos- de autoconstrucción- han sido siempre y serán, de gran
importancia para la construcción de vivienda en México y en todos los países.
PRONASOL a buscado facilitar y apoyar esta iniciativa de los mexicanos que buscan
de distinto modo construir sus moradas o mejorar las que ya tienen.
9.4 Ley General de Protección al Consumidor
Luego de consolidarla como institución básica encargada de la promoción y
protección de los derechos e interese de los consumidores, se expide esta ley.
En el Artículo 1.- El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos del
consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre
proveedores y consumidores.
En el Artículo 2 fracción I.- Se delimita el concepto de consumidor “la persona física
moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final, bienes, productos o
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servicios”.
El proveedor “persona física o moral que habitual o periódicamente ofrece,
distribuye, vende, arrienda, o concede el uso o disfrute de bienes, productos y
servicios”.
El Artículo 3.- Se distribuye la competencia para aplicar la nueva ley entre la
secretaria de comercio y fomento industrial, a la que se encarga de la expedición de
las normas oficiales mexicanas previstas en la propia ley, de la procuraduría federal
de consumidor a la que se le atribuye dar cumplimiento de la ley y sancionar su
incumplimiento.
Articulo 5.- Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta Ley, los servicios que se
presten en virtud de una relación o contrato de trabajo, los de las instituciones y
organizaciones cuya supervisión o vigilancia esté a cargo de las comisiones
nacionales Bancaria y de Valores, de Seguros y Fianzas o del Sistema de Ahorro para
el Retiro; así como los servicios profesionales que no sean de carácter mercantil.
Artículo 26.- La Procuraduría tendrá legitimación procesal activa para ejercer ante
los tribunales competentes acciones de grupo en representación de consumidores,
para que dichos órganos, en su caso, dicten:
I. Sentencia que declare que una o varias personas han realizado una
conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en
consecuencia, proceda la reparación por la vía incidental a los interesados que
acrediten su calidad de perjudicados. En este caso la Procuraduría deberá
contar previamente con mandato de los consumidores perjudicados; o
II. Mandamiento para impedir, suspender o modificar la realización de
conductas que ocasionen daños o perjuicios a consumidores o
previsiblemente puedan ocasionarlos.
Articulo 31.- Como auxiliar de las autoridades, funcionará un consejo consultivo para
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la protección al consumidor cuyas funciones serán:
I. Asesorar a la Secretaría en cuestiones relacionadas con las políticas de
protección al consumidor y opinar sobre los proyectos de normas oficiales
mexicanas que se pretenden expedir en los supuestos a que se refiere esta ley;
II. Opinar sobre problemas específicos relacionados con los intereses del
consumidor y dar cuenta de ello a la Secretaría y a la Procuraduría; y
III. Las demás que como órgano consultivo le confiera el acuerdo respectivo
del Secretario de Comercio y Fomento Industrial.
El consejo consultivo estará integrado por un representante de la Secretaría, por
otro de la Procuraduría, por un representante de las instituciones nacionales de
enseñanza superior; hasta tres representantes de los consumidores y hasta tres de
los proveedores, designados por acuerdo del Secretario de Comercio y Fomento
Industrial, de entre las entidades legalmente reconocidas. El Secretario designará al
presidente del consejo. El consejo podrá invitar a sus sesiones de trabajo a las
organizaciones de proveedores y de consumidores, directamente vinculados con el
tema de la sesión.
Artículo 104.- Las notificaciones que realice la Procuraduría serán personales en los
siguientes casos:
I. Cuando se trate de la primera notificación;
II. Cuando se trate del requerimiento de un acto a la parte que deba cumplirlo;
III. Cuando se trate de notificación de laudos arbitrales;
IV. Cuando se trate de resoluciones que impongan un medio de apremio o una
sanción;
V. Cuando la Procuraduría notifique al acreedor haber recibido cantidades en
consignación;
VI. Cuando la autoridad lo estime necesario; y
VII. En los demás casos que disponga la ley.
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Las notificaciones personales deberán realizarse por notificado o por correo
certificado con acuse de recibo del propio notificado o por cualquier otro medio
fehaciente autorizado por la ley.
Organización de los consumidores:
Con la extinción del instituto nacional del consumidor, la procuraduría
asumió las funciones de orientación, información ejecución, educativas y de
investigación que servirán a los consumidores.
El Artículo 24.- Para el cumplimiento de estas tareas a nivel federal, se expidió un
acuerdo que delega en los tutelares de las procuradurías de los estados.
Las atribuciones delegadas son:
Artículo 24.- La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
I. Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las
medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las
relaciones entre proveedores y consumidores;
II. Procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el
ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan;
III. Representar individualmente o en grupo a los consumidores ante
autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante los proveedores;
IV. Recopilar, elaborar, procesar y divulgar información objetiva para facilitar
al consumidor un mejor conocimiento de los bienes y servicios que se ofrecen
en el mercado;
V. Formular y realizar programas de difusión y capacitación de los derechos
del consumidor;
VI. Orientar a la industria y al comercio respecto de las necesidades y
problemas de los consumidores;
VII. Realizar y apoyar análisis, estudios e investigaciones en materia de
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protección al consumidor;
VIII. Promover y realizar directamente, en su caso, programas educativos y de
capacitación en materia de orientación al consumidor y prestar asesoría a
consumidores y proveedores;
IX. Promover nuevos o mejores sistemas y mecanismos que faciliten a los
consumidores el acceso a bienes y servicios en mejores condiciones de
mercado;
IX bis.- Promover en coordinación con la Secretaría la formulación, difusión y
uso de códigos de ética, por parte de proveedores, que incorporen los
principios previstos por esta Ley respecto de las transacciones que celebren
con consumidores a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de
cualquier otra tecnología;
X. Actuar como perito y consultor en materia de calidad de bienes y servicios
y elaborar estudios relativos;
XI. Celebrar convenios con proveedores y consumidores y sus organizaciones
para el logro de los objetivos de esta ley;
XII. Celebrar convenios y acuerdos de colaboración de información con
autoridades federales, estatales, municipales y entidades paraestatales, en
beneficio de los consumidores;
XIII. Vigilar y verificar el cumplimiento de precios y tarifas acordados, fijados,
establecidos, registrados o autorizados por la Secretaría y coordinarse con
otras dependencias legalmente facultadas para inspeccionar precios para
lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar
duplicación de funciones;
XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas, pesas y
medidas para la actividad comercial, instructivos, garantías y especificaciones
industriales, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización;
XV. Registrar los contratos de adhesión que lo requieran, cuando cumplan la
normatividad aplicable, y organizar y llevar el Registro Público de contratos
de adhesión;
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XVI. Procurar la solución de las diferencias entre consumidores y proveedores
conforme a los procedimientos establecidos en esta ley;
XVII. Denunciar ante el Ministerio Público los hechos que puedan ser
constitutivos de delitos y que sean de su conocimiento y, ante las autoridades
competentes, los actos que constituyan violaciones administrativas que
afecten los intereses de los consumidores;
XVIII. Promover y apoyar la constitución de organizaciones de consumidores,
proporcionándoles capacitación y asesoría;
XIX. Aplicar las sanciones establecidas en esta ley;
XX. Excitar a las autoridades competentes a que tomen medidas adecuadas
para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas que
lesionen los intereses de los consumidores, y cuando lo considere pertinente
publicar dicha excitativa; y
XXI. Las demás que le confieran esta ley y otros ordenamientos.
Educación y consumo:
La procuraduría es concienciar en el buen y racional uso de sus ingresos.
Estas tareas se complementan con programas de radio y televisión y
publicidad periódica de revistas y diarios zonales, a fin de prevenirlos de
prácticas ilícitas que es frecuente encontrar en proveedores y comerciantes
pocos escrupulosos.
82
BIBLIOGRAFÍA
BIBLIOGRAFÍA BÁSICA
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LEGISLACIÓN
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Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley Federal de Comercio Exterior.
Ley de la Deuda Pública.
Ley de Ingresos.
Ley Aduanera.
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Ley Federal de Competencia Económica.
Ley de Inversión Extranjera.
Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público.
Ley Federal de Turismo.
85
Derecho Económico.
Apuntes de investigación y divulgación científica.
© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.
Prolongación Paseo de la Reforma No. 530, 2º piso,
Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219.
Ciudad de México, Distrito Federal.
Primera edición: abril de 2012.
Autor: Alberto Vega Hernández.
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Impreso en México.