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Derecho Económico Alberto Vega Hernández Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos Apuntes de Investigación y divulgación científica 10

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Derecho Económico del Mtro. Alberto Vega Hernández.

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Page 1: 10 Derecho Económico

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Derecho Económico

Alberto Vega Hernández

Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos

Apuntes de Investigación y divulgación científica

10

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3

Derecho Económico.

Apuntes de investigación y divulgación científica.

© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.

Prolongación Paseo de la Reforma No. 530, 2º piso,

Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01219.

Ciudad de México, Distrito Federal.

Primera edición: abril de 2012.

Autor: Alberto Vega Hernández.

Las opiniones vertidas de estos apuntes son responsabilidad del autor.

Manual de distribución gratuita, prohibida su venta.

Impreso en México.

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Contenido

UNIDAD I

FUNDAMENTOS DEL DERECHO ECONÓMICO

1.1 Concepto de Derecho Económico ............................................................................... 10

1.2 Diferencia entre Economía y Derecho ........................................................................ 10

1.3 Relación entre Economía y Derecho ........................................................................... 10

1.4 Caracteristicas del Derecho Económico ...................................................................... 10

1.5 El objeto del Derecho Económico ............................................................................... 11

1.6 Ubicación del Derecho Económico ............................................................................. 11

1.7 Evolución Histórica del Derecho Económico ............................................................... 11

1.8 Sujetos del Derecho Económico ................................................................................. 11

1.9 Relación del Derecho Económico con ramas del Derecho ........................................... 12

1.10 Ramas del Derecho Económico ................................................................................ 13

1.11 Diferencia entre Microeconomía y Macroeconomía ................................................. 13

1.12 Definición de Economía Política ............................................................................... 14

1.13 Definición de Política Económica .............................................................................. 14

1.14 Definición de Política ................................................................................................ 14

1.14.1 Política Cuantitativa ........................................................................................ 14

1.14.2 Política Cualitativa .......................................................................................... 14

1.14.3 Política de Reforma ........................................................................................ 14

1.14.4 Política Fiscal .................................................................................................. 15

1.14.5 Política Credicicia ........................................................................................... 15

1.14.6 Política del Gasto Público ............................................................................... 15

1.14.7 Política Monetaria .......................................................................................... 16

1.14.8 Política Cambiaria ........................................................................................... 16

1.14.9 Política Comercial ........................................................................................... 16

1.14.10 Política Arancelaria ....................................................................................... 17

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6

1.14.11 Política de Precios......................................................................................... 17

1.14.12 Política Salarial ............................................................................................. 17

1.15 Organizaciones no gubernamentales ........................................................................ 18

UNIDAD II

LAS FUENTES DEL DERECHO ECONÓMICO

2.1 Las fuentes reales del Derecho Económico ................................................................. 19

2.2 Las fuentes históricas del Derecho Económico ........................................................... 19

2.3 Las fuentes formales del Derecho Económico ............................................................ 19

2.4 Fuentes del Derecho Económico ................................................................................ 19

2.5 Concepto de Planes .................................................................................................... 20

2.6 Concepto de Decreto ................................................................................................. 20

2.7 Concepto de Programas ............................................................................................. 20

2.8 Concepto de Circular .................................................................................................. 20

2.9 Concepto de Ordenanza ............................................................................................. 21

2.10 Diferencia entre Derogación y Abrogación ............................................................... 21

2.11 Artículos Constitucionales que rigen al Derecho Económico ..................................... 21

UNIDAD III

LOS COMETIDOS DEL PODER PÚBLICO MEXICANO EN MATERIA ECONÓMICA

3.1 Características de los princiaples sistemas económicos: capitalista, socialista y

economía mixta ........................................................................................................ 23

3.2 Evolución teórica e histórica de los sistemas económicos en México.......................... 24

3.3 Características de la Economía mixta reguladas en la CPEUM..................................... 24

3.4 La rectoría del Estado y la planeación democrática.................................................... 25

3.5 Propósitos del poder público para el Desarrollo económico ....................................... 25

3.6 Intereses de las clases empresarial y trabajajora ne la producción ............................. 25

3.7 Los cometidos del Estado esenciales y no esenciales .................................................. 25

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UNIDAD IV

LA REGULACIÓN PÚBLICA DE LA ECONOMÍA

4.1 Régimen Jurídico de las empresas públicas ................................................................ 26

4.2 Régimen Jurídico de las empresas privadas ................................................................ 26

4.3 Definiciones de Microindustria, cooperativas, empresas trasnacionales y empresas

maquiladoras ............................................................................................................ 26

4.4 La libre concurrencia .................................................................................................. 28

4.5 La protección al consumidor ...................................................................................... 28

4.6 El fomento a la producción ......................................................................................... 28

4.7 La inversión extranjera ............................................................................................... 29

4.8 La transferencia de tecnología.................................................................................... 29

4.9 La franquicia ............................................................................................................... 30

4.10 Comercio interior y exterior ..................................................................................... 30

4.11 La Ley Aduanera ....................................................................................................... 31

UNIDAD V

RECURSOS NATURALES

5.1 El Derecho Económico y los recursos naturales renovables y no renovables .............. 32

5.2 El Desarrollo Sustentable ........................................................................................... 33

5.3 Regímenes jurídicos establecidos en el artículo 27 Constitucional sobre conceptos:

suelo, subsuelo y espacio aéreo. ............................................................................... 33

5.4 Dependencias del Poder Ejecutivo de la Federación ................................................... 34

5.5 Régimen jurídico de algunos recurso naturales renovables de México ....................... 34

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UNIDAD VI

LAS FINANZAS PÚBLICAS Y EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO DE

LA POLÍTICA FISCAL PARA EL EQUILIBRIO DE LA ECONOMÍA

6.1 Las Finanzas Públicas .................................................................................................. 45

6.2 La distinción entre gastos forzosos y gastos operativos .............................................. 46

6.3 Características jurídicas del Presupuesto .................................................................... 46

6.4 Etapas del Presupuesto .............................................................................................. 47

6.5 Fuentes jurídicas del Presupuesto .............................................................................. 47

6.6 La Ley General de Deuda Pública ................................................................................ 48

6.7 Ley del Banco de México ............................................................................................ 49

6.8 Acuerdos de unidad para superar la emergencia económica ...................................... 51

6.9 Las unidades de inversión (UDIS) ................................................................................ 55

UNIDAD VII

EL DERECHO ECONÓMICO Y EL FOMENTO INDUSTRIAL

7.1 La Política Industrial ................................................................................................... 57

7.2 Las popuestas de la nueva política económica industrial ............................................ 57

7.3 Diferencia entre industria pequeña, mediana e instrumentos internacionales de

fomento industrial .................................................................................................... 58

7.4 Ley de Inversión Extranjera ........................................................................................ 58

7.5 Ley de Propiedad Industrial ........................................................................................ 59

7.6 Ley Federal sobre Metrología y Normalización ........................................................... 60

7.7 Ley Federal de Competencia Económica..................................................................... 61

7.8 Ley de Adquisiciones, Arrendameinto y Servicios del Sector Público y Ley de Obras

Públicas ..................................................................................................................... 61

7.9 La Ley de Comercio Exterior ....................................................................................... 62

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UNIDAD VIII

EL TURISMO Y SU REGULACIÓN JURÍDICA

8.1 El turismo en México .................................................................................................. 63

8.2 El Plan Nacional de Modernización de Turismo (1992-1994) ...................................... 63

8.3 Ley Federal de Turismo .............................................................................................. 66

UNIDAD IX

EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA

9.1 Asentamientos humanos ............................................................................................ 68

9.2 Ley Federal de Vivienda .............................................................................................. 71

9.3 La Secretaría de Desarrollo Social ............................................................................... 73

9.3.1 El INFONAVIT .................................................................................................... 73

9.3.2 Otros organismos de gestión ............................................................................ 75

9.4 Ley General de Protección al Consumidor .................................................................. 76

Bibliografía ...................................................................................................................... 82

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UNIDAD I

FUNDAMENTOS DEL DERECHO ECONÓMICO

1.1 Concepto de Derecho Económico

Se encuentra dentro de Derecho Social y se define como un conjunto de normas

jurídicas que estudia y regula los contenidos legales que afectan a la economía.

1.2 Diferencia entre Economía y Derecho

Economía.- Estudia a los fenómenos cotidianos que surgen de las necesidades

de obtener satisfactores.

Derecho.- Se refiere al contenido legal de la economía.

1.3 Relación entre Derecho y Economía

La relación es de interdependencia, reglamentando la actuación de personas estatales

en la vida económica. El Estado es el rector de la Economía.

1.4 Características del Derecho Económico

Humanista.- Se refiere al hombre.

Dinámico.- Las normas cambian y se adaptan a transformaciones tecnológicas

y productivas.

Complejo.- Muestra facetas duales y de organización.

Finalista.- Tiene una meta a cumplir.

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11

1.5 El objeto del Derecho Económico

Sus normas jurídicas enmarcan los comportamientos económicos de agentes y

operadores; esencialmente privados, tutelando intereses con criterios de

economicidad y simplificación.

1.6 Ubicación del Derecho Económico

En su origen el Derecho Económico se ubica dentro del derecho social pero en algunos

libros diversos autores lo consideran dentro del Mixto, es decir, público, privado y

social por lo que es una mezcla ya que economía es infinita y puede penetrar en

cualquier campo.

1.7 Evolución Histórica del Derecho Económico

En el siglo XVIII, surgen los movimientos de Europa, con la Revolución

Industrial.

Siglos XIX y XX se consolidaron los mercados internos y apertura de los

internacionales.

Siglo XXI, el Estado Liberal de Derecho continúa con normas imperativas.

1.8 Sujetos del Derecho Económico

También conocido como agentes económicos o intermediarios siendo los siguientes

familias, empresas, gobierno y en ocasiones el resto del mundo y se da entre una

persona que compra y una que vende dentro de un mismo mercado.

El sujeto puede ser tanto una persona física como una moral; capaces de obligarse a

una determinada actividad.

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1.9 Relación del Derecho Económico con ramas del Derecho

Con el Derecho Privado:

Con el Derecho Mercantil.- Se relaciona en materia de sociedades mercantiles

enlazándose con la propiedad mercantil.

Con el Derecho Empresarial.- Su relación con las patentes, marcas y

franquicias.

Con Empresas Trasnacionales.- Se vincula con el derecho internacional

privado.

Con el Derecho Público:

Con el Derecho Administrativo.- En relación con el comercio exterior y prácticas

monopólicas.

Con el Derecho Penal.- Se relaciona con las violaciones, infracciones y comisión

de delitos económicos vinculados nacional e internacionalmente.

Con el Derecho Ambiental.- Se relaciona con los agentes de los ecosistemas

regionales.

Con el Derecho Social:

Con el Derecho Agrario.- Se relaciona con la tierra, ejidos y la agricultura.

Con el Derecho Laboral.- Se relaciona con los contratos de trabajo.

Con otras ciencias:

Con la Filosofía.- Responde a una escuela de valores definitivos por los

entornos nacionales y globales de desarrollo económico con fines de progreso

y bienestar social.

Con la Política.- Unir o enlazar respuestas con interrogantes, rigen toda

situación económica como: qué, cómo y para quién producir tanto en mercado

interno como externo. Promueve la protección, los salarios y los empleos.

Con la Sociología.- Las pequeñas y medianas empresas participan en las

exportaciones de un mercado interno.

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1.10 Ramas del Derecho Económico

Derecho Microeconómico.- Aplicada a unidades económicas en particular,

implementa decisiones de una empresa hacia el consumidor, así como la

fijación de precios.

Derecho Macroeconómico.- Agregados y variables macroeconómicas que

implica grandes equilibrios a la Economía.

Derecho Económico-Sectorial.- Contempla una parte de limitada de un sector

agrícola, en otras palabras se trata de una región determinada.

Derecho Económico-Internacional.- Comportamientos públicos o privados,

intercambios de bienes, servicios e inversiones entre agentes políticos de otros

países.

Derecho Económico Público Interno.- se refiere al libre actuar de los agentes

económicos en su propio mercado.

Derecho Económico Interno.- Se refiere conjunto de normas jurídicas que

enmarcan lineamientos de orden público interno para el libre actuar de los

agentes económicos en su propio mercado.

Derecho Económico Internacional.- Se refiere a las normas, principios y

costumbres con respecto al FMI, BM, OMC y demás organizaciones y

obligaciones que derivan de los Tratados de Libre Comercio.

1.11 Diferencia entre Microeconomía y Macroeconomía

Microeconomía.- Estudia la economía en función a sus actividades

individuales.

Macroeconomía.- Estudia a los sistemas económicos en su conjunto.

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1.12 Definición de Economía Política

Ciencia que trata del desarrollo de las relaciones sociales de la producción, hace

referencia a las necesidades humanas y su satisfacción.

1.13 Definición de Política Económica

Proceso utilizado por el Gobierno Federal, para decidir sobre la importancia de metas

macroeconómicas o cambios institucionales para alcanzar tales objetivos metas o

fines.

1.14 Definición de Política

Es la ciencia que trata del gobierno de un Estado.

1.14.1 Política Cuantitativa

Se orienta a ajustar a la economía a cambios que se producen con relación al

desempleo, déficit de la balanza, inflación o aumento y disminución del PIB.

1.14.2 Política Cualitativa

Se encamina hacia la introducción de cambios estructurales de la economía sin afectar

un sistema económico, por ejemplo: modificación del sistema de pensiones en nuestro

país o cambio cualitativo entre sectores.

1.14.3 Política de Reforma

El objetivo es cambiar los fundamentos del sistema económico de una país, por

ejemplo: la centralización de las decisiones mediante la planificación imperativa, el

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control del derecho de propiedad, la nacionalización, la privatización total de sectores

productivos.

1.14.4 Política Fiscal

Los instrumentos son la Ley de Ingreso y Presupuesto de Egresos:

Ley de Ingresos.- Recursos que va a obtener el Estado, impuestos, derechos,

aprovechamientos (ingresos ordinarios) así como empréstitos dentro o fuera

del país (ingresos extraordinarios).

Presupuesto de Egresos.- El Estado se apropia de recursos materiales

necesarios para satisfacer necesidades a través de un documento llamado

presupuesto.

1.14.5 Política Crediticia

Con el aumento de gastos gubernamentales el Estado ha incurrido al endeudamiento

tanto interno como externo.

Art 73 Constitucional fracción VIII se desprende la Ley de Deuda Pública en

el que hace referencia a la intervención de las autoridades: el Ejecutivo

Federal, el Congreso de la Unión y la SHCP.

1.14.6 Política del Gasto Público

Art 31 Constitucional fracción IV.- Obligación de contribuir en el gasto público.

Esta política es la instrumentación para impulsar el desenvolvimiento económico y

social dentro de un marco saludable, el Estado debe procurar sanear sus gastos con

recursos propios y depender en menor proporción de los créditos.

Art 74 Constitucional fracción IV.- Discutir y aprobar anualmente el presupuesto de

Egresos de la Federación, se desprende la Ley de Presupuesto.

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1.14.7 Política Monetaria

Rama de la política económica que consiste en la acción de autoridades monetarias

(Bancos Centrales) para cambiar la cantidad, disponibilidad o costo del dinero con

objeto de construir o logra objetivos básicos de la política económica.

El objetivo de la Política monetaria es la estabilización del poder adquisitivo de la

moneda nacional.

Tiene como autoridades a la SHCP y al Banco Central.

1.14.8 Política Cambiaria

El Banco de México y las Instituciones Auxiliares de Crédito son las encargadas en el

servicio de Banca y Crédito.

Art 31 fracción I de la Ley del Banco de México; compete regular la emisión y

circulación de la moneda, cambios, intermediación, servicios financieros y sistemas

de pago a Banxico.

Atribuciones del Banco de México encargado de emitir exclusivamente billetes y

ordenar la acuñación de moneda metálica a la Casa de Moneda en México.

1.14.9 Política Comercial

Las operaciones de mercado abierto son instrumentos de la Política Monetaria; estas

operaciones consisten en la compra y venta de fondos públicos por parte del Banco

Central el cual dota de liquidez al sistema financiero o lo retira según sus necesidades

de la Economía.

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17

1.14.10 Política Arancelaria

Art 131 Constitucional el cual dice: Es facultad privativa de la Federación gravar las

mercancías que se importen o exporten, pasen al tránsito por el territorio nacional,

por lo que se reglamenta actos de comercio exterior, regular y promueve el comercio

exterior y se intenta incrementar la competitividad.

Aranceles.- Son cuotas de las tarifas de los impuestos generales de

exportación e importación.

o Ad Valorem.- Se expresa en términos porcentuales del valor de la aduna de

la mercancía.

o Específicos.- Se expresa en términos monetarios por unidad de medida.

o Mixtos.- Existe combinación de las dos anteriores.

1.14.11 Política de Precios

Ley Federal de Competencia Económica es una ley reglamentaria del artículo 28

Constitucional párrafo.

La imposición de precios máximos a los bienes y servicios sean necesarios para la

economía nacional o el consumo popular, le corresponde exclusivamente al Ejecutivo

Federal mediante decreto podrán sujetarse a precios máximos con base al artículo 7o

de la ley de referencia.

A la Secretaría de Economía corresponde formular y conducir la política de abasta y

precios de productos y servicios.

1.14.12 Política Salarial

El Salario se define como la remuneración del trabajo efectuado por una persona.

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18

Art 5 Constitucional contempla el Derecho al Trabajo, el artículo 123 Constitucional

párrafo V dice lo siguiente: Los salarios mínimos que deberán disfrutar los

trabajadores serán generales y profesionales según áreas geográficas y deberán ser

suficientes para satisfacer necesidades.

Trabajo igual corresponde salario igual y solo deberá de pagarse en moneda de curso

legal.

1.15 Organizaciones no gubernamentales

Constituyen grupos de presión y dan puntos de vista y recomendaciones ante

situaciones económicas de emergencia que se presentan.

Fondo Monetario Internacional (FMI)

Banco Mundial (BM)

Organización Mundial del Comercio (OCDE)

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UNIDAD II

LAS FUENTES DEL DERECHO ECONÓMICO

2.1 Las fuentes reales del Derecho Económico

Son los acontecimientos que determinan el contenido del Derecho Público, orienta la

actividad del Estado en una época determinada, por ejemplo: reglamentos, FMI, la

fuente real internacional.

2.2 Las fuentes Históricas del Derecho Económico

Son documentos, inscripciones, papiros, libros que encierran una ley o conjunto de

leyes. Un ejemplo es el digesto.

2.3 Las fuentes formales del Derecho Económico

Procesos de creación de normas jurídicas, por ejemplo: la legislación, la costumbre, la

jurisprudencia, la ley de ingresos.

2.4 Fuentes del Derecho Económico

La Constitución Derecho Código de Comercio

Tratados

Internacionales

Leyes Ley de Sociedades

Mercantiles

Leyes Federales Reglamento Ley de ingresos y

egresos

La Jurisprudencia Decretos Código Fiscal

Federal

Ordenanzas Ley Aduanera

Circulares Ley de Competencia

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Económica

Doctrina Ley de Propiedad

Industrial

Principios

Generales del

Derecho

Ley de Inversión

Extranjera

2.5 Concepto de Planes

Son proyectos; su intención es realizar programas con líneas de acción, para atender

cometidos esenciales del Estado como son: educación, seguridad, vivienda a través del

Plan Nacional de Desarrollo.

2.6 Concepto de Decreto

Es la fuente normativa de mayor utilización por parte del Ejecutivo Federal; se maneja

para organizar a la Economía, su expedición es rápida.

2.7 Concepto de Programas

Son el conjunto de líneas políticas, directrices de los actos que pretende llevar a cabo

el Estado en un determinado periodo de tiempo, por ejemplo: Programas de

Desarrollo Empresarial 2000 – 2006, otro es el Apoyo Financiero hacia la Micro,

pequeña y mediana empresa.

2.8 Concepto de Circular

Denominada como disposición de rango interior de la jerarquía normativa. Por debajo

de la ley o decreto.

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21

2.9 Concepto de Ordenanza

Potestad reglamentaria que se somete a través de disposiciones generales y quedan

sometidas al principio de legalidad según su jerarquía.

2.10 Diferencia entre la Derogación y la Abrogación

Derogación.- Anular o derogar parcialmente una parte de una ley.

Abrogación.- Abolir totalmente una ley.

2.11 Artículos Constitucionales que rigen al Derecho Económico

Art 3 fracción IV.- Toda educación que imparta el Estado será gratuita.

Art 4.- Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa.

Art 11.- Todo hombre tiene derecho en la República, viajar y mudar de residencia sin

necesidad de pasaporte y otro documento.

Art 25.- Rectoría del Desarrollo Nacional del Estado.

Art 26.- Planeación Nacional de Desarrollo.

Art 27.- Tierras y aguas serán de la Nación, tiene el derecho de transmitir el dominio

sobre ellas.

Art 28.- Quedan prohibidos los monopolios y prácticas monopólicas.

Art 31 fracción IV.- Obligación de los mexicanos a contribuir en el Gasto Público.

Art 71.- Derecho de iniciar leyes o decretos:

I.- Al Presidente de la República.

II.- Diputados y Senadores.

III.- Legislaturas de los Estados.

Art 73.- Facultades del Congreso:

Formar nuevos Estados, legislar en materia de: hidrocarburos, minería, industria,

cinematografía, comercio, juegos con apuestas, sorteos y energía eléctrica.

Art 74.- Facultad de la Cámara de Diputados:

I.- Dar a conocer al presidente electo.

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22

II.- Coordinar y evaluar funciones de la Fiscalización.

III.- Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos.

Art 76.- Facultades de la Cámara de Senadores:

I.- Analizar la Política Exterior.

II.- Ratificar nombramientos.

III.- Permitir salidas de tropas.

IV.- Dar consentimiento al Presidente de la República.

V.- Designar Ministros.

VI.- Nombrar y remover al Jefe de Gobierno del DF.

Art 89.- Facultades del Presidente:

I. Promulgar y ejecutar leyes.

II. Remover y nombrar secretarios de despacho, diplomáticos y empleados

superiores de hacienda.

III. Nombrar ministros, diplomáticos y cónsules.

IV. Declarar la guerra.

Art 123.- Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, se

promoverán creación de empleos y organización del trabajo. En el párrafo IV

contempla salarios mínimos profesionales.

Art 124.- Facultades de los funcionarios federales.

Art 131.- Es facultad de la Federación gravar mercancías que se importen y se

exporten, pasen a territorio y su circulación.

Art 134.- Los recursos económicos se administran con eficacia, eficiencia y honradez.

Page 23: 10 Derecho Económico

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UNIDAD III

LOS COMETIDOS DEL PODER PÚBLICO MEXICANO EN MATERIA ECONÓMICA

3.1 Características de los principales sistemas económicos: capitalista, socialista

y economía mixta

Sistema.- Estructura para realizar las actividades económicas con la intervención del

Estado.

Sistema Capitalista:

También conocido como Economía de mercado.

Surgió en el Siglo XVIII, XIX y XX en la Revolución Industrial.

Consolidación de los mercados nacionales (Francia – Inglaterra).

Invención de tecnología productiva.

Apertura de mercados internacionales.

Consolidación de la propiedad privada sobre medios de producción.

División del trabajo.

Desarrollo de instrumentos financieros, monetarios, bancarios y sociedades

mercantiles.

Presencia del Estado.

Mercado que fija precios y da retribuciones al capital y al trabajo.

Libertad económica tanto interna como internacional.

Sistema Socialista:

Fuente filosófica Marxista – Leninista y se basa en la vida de la sociedad

humana sobre los medios de producción.

Planificación económica social.

Concentración de poder la cual representa a las clases trabajadoras.

Distribución equitativa y social de la renta nacional.

Rígido control de cambios

Inexistencia de libertad económica o empresas.

Page 24: 10 Derecho Económico

24

Monopolio estatal del comercio exterior.

En la actualidad las naciones socialistas son: Cuba, Vietnam, Corea del Norte,

República Popular de China.

Sistema Mixto:

Tiene una gama de denominaciones: economía social de mercado, economía de

mercado con planificación indirecta, economía de mercado administrativo y

social.

Creación de un sector público estratégico.

Crea programas de beneficio colectivo.

3.2 Evolución Histórica de los sistemas económicos en México

Surge en la década de los treinta como respuesta al colapso de las economías puras de

mercado, sustentada en las teorías de John Keynes. Sus principales características son

Rectoría del Estado.

Creación de tres sectores: agricultura, industrial y manufacturera.

Existencia de empresas privadas extranjeras.

Liberación pericial del Comercio Exterior.

Protección de sectores: Salud, seguridad social, educación, vivienda.

3.3 Características de la economía mixta reguladas en la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos

Se encuentra regulado en sus artículos 26 y 27 Constitucionales ya que nuestra

economía es la mixta o abierta en nuestro sistema.

Hoy en día, las decisiones emanan del Poder Ejecutivo Federal, el cual indica

crecimiento, se ejerce dentro de un régimen de Economía Mixta mediante la

participación productiva.

Page 25: 10 Derecho Económico

25

3.4 La rectoría del Estado y la planeación democrática

Rectoría Económica.- Es el conjunto de actividades del Estado; su orientación está

constituida por decisiones que toma el jefe de Estado.

Planeación Democrática.- Es una actividad del Estado; organización necesaria para

establecer prioridades a una escala de valores o cuestiones políticas, lo que debe y

como se debe alcanzar y que medios utilizar deben ser a corto, mediano y largo plazo.

3.5 Propósitos del poder público para el desarrollo económico

El Estado propiciará un desarrollo nacional para comunicar con responsabilidad

social de los sectores sociales, públicos y privados. Sus finalidades son:

Preservar y garantizar el bienestar en general.

Fomentar la exportación y el apoyo a empresas extranjeras.

3.6 Intereses de las clases empresarial y trabajadora en la producción

Se recibe un ingreso a cambio del bien o servicio que producen, dicho ingreso equivale

al precio que los consumidores están dispuestos a pagar por los bienes y servicios que

reciben.

Actualmente existe un gran número de empresas que producen bienes y servicios y

buscan la eficiencia tanto en productores como en consumidores su finalidad es

alcanzar el bienestar general.

3.7 Los cometidos del Estado esenciales y no esenciales

Cometidos Esenciales.- Son importantes para la existencia y supervivencia del

Estado, no puede entregarlo a la iniciativa privada, es decir, no pueden estar en manos

de particulares, tales son: banca, crédito, acuñación de moneda, correos, telégrafos,

Page 26: 10 Derecho Económico

26

radiotelegrafía, comunicación vía satelital, emisión de billetes por un solo banco, el

petróleo, hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radiactivos, generación de

energía nuclear, electricidad, ferrocarriles, puestos, aeropuertos, presupuesto, gasto

público, la planeación democrática del desarrollo, rectoría del Estado, el régimen de

economía mixta.

Cometidos no Esenciales.- Aquellos que los concede a los particulares a desarrollar o

explotarlo en un tiempo determinado.

De Servicio Públicos.- Prestación al particular habilitado por un acto de

concesión del Poder Público como son: gas, transporte, seguros, fianzas, radio,

televisión, minería, teléfonos, servicio público de banca y crédito, educación

primaria, secundaria, agua potable, alcantarillado, alumbrado público,

limpieza, mercados, centrales de abasto, panteones, rastros, calles, parques,

jardines, seguridad pública y tránsito.

Cometidos Sociales.- Los particulares actúan por derecho propio, mediante

actos administrativos de autorización para impulsar niveles básicos de poder

público los cuales son: salud pública, ecología, asentamientos humanos,

urbanismo, vivienda, seguridad social.

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27

UNIDAD IV

LA REGULACIÓN PÚBLICA DE LA ECONOMÍA

4.1 Régimen Jurídico de las empresas públicas

Empresa.- Unidad económica de producir, distribuir, circular y consumo de bienes y

servicios con fines de lucro.

Empresa Pública.- También conocida como paraestatal y su finalidad es producir,

distribuir, circular y consumir bienes y servicios de naturaleza económica solo para

satisfacer necesidades humanas.

Su base de regulación se encuentra en nuestra Constitución en el artículo 90.

4.2 Régimen Jurídico de las empresas privadas

Empresa Privada.- Tiene como finalidad la obtención de utilidades su fines siempre

serán de lucro y aumentar el patrimonio del particular.

Su base de regulación se encuentra en el Código de Comercio y leyes mercantiles.

4.3 Definiciones de Microindustria, cooperativas, empresas trasnacionales y

empresas maquiladoras

Microindustria.- Se encuentra en nuestro sistema económico apoyándose en las

pequeñas y medianas empresas.

Cooperativas.- Denominación que se da a las asociaciones de consumidores y

comerciantes con intereses comunes.

Empresas trasnacionales.- Son empresas o sociedades multinacionales, constituidas

Page 28: 10 Derecho Económico

28

en varios territorios nacionales bajo una misma dirección. Su matriz está en el país

desarrollado.

Empresas maquiladoras.- Empresas que realizan un conjunto de procesos de

fabricación de productos; también se le conoce como empresa de montaje.

4.4 La Libre Concurrencia

Abordamos la Constitución Política artículo 28 párrafo 2 y 3 en base a la Ley de

Competencia Económica cuyos fines son: tutelar proceso de competencia, libre

comercio y concurrencia, eliminar prácticas monopólicas, monopolios así como la

distribución y comercialización de bienes y servicios.

4.5 La Protección al consumidor

Consumidor.- Persona física o moral que adquiere o disfruta como destinatario final

bienes y servicios.

La protección al consumidor tiene su base en la Constitución Política artículo 27

párrafo II el cual dice: El Estado evita la concentración o acaparamiento de artículos

de consumo necesarios así como el alza de los precio procurando proteger al

consumidor.

4.6 El fomento a la producción

De acuerdo a la política industrial y al Comercio Exterior se establece la coordinación

de los sectores productivos para desarrollar una actividad industrial competitiva y a

nivel internacional, orientado a producir bienes de alta calidad.

Page 29: 10 Derecho Económico

29

Estos apoyos son:

Subsidios.- Son recursos federales que se asignan para impulsar el desarrollo

de actividades prioritarias como: proporcionar a los consumidores bienes y

servicios a precios y tarifas por debajo del mercado, fomentar la producción,

inversión, innovación tecnológica y maquinaria de punta.

Estímulos fiscales.- Es la ayuda que se le asignan a las industrias a fin de

obtener una carga fiscal, en otras palabras, es un apoyo adicional para los

contribuyentes. Apoyos a regiones específicas a través de mecanismos tales

como disminución de tasas de impuestos, aumento de depreciación de activos.

4.7 La inversión extranjera

Inversión.- Colocación de dinero para hacerlo productivo y redituable.

Art 73 Constitucional fracción XXIX-F.- Explica la manera de expedir leyes tendientes a

la promoción de la inversión mexicana, regulación de inversión extranjera e

interferencia tecnológica.

Se desprende de este artículo y fracción la Ley de Inversión Extranjera que tiene por

objeto la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacía el país y

propiciar el desarrollo nacional, aportando capital para el desarrollo económico.

4.8 La transferencia de tecnología

Tecnología.- Es el conjunto de conocimientos necesarios para la elaboración de una

mercancía, producto o servicio.

Art 27 fracción XXIX-F y Art 34 fracción XXII de la LOAPF asigna a la Secretaría de

Economía regular la Tecnología.

Se crea la ley sobre el control y registro de la transferencia de tecnología y el uso de

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30

explotación de patentes y marcas. Esta ley tiene como objetivo el control y la

orientación de la transformación de tecnología, contratos y convenios.

4.9 La franquicia

Contrato de distribución de mercancías que se ha extendido actualmente con gran

rapidez en el mercado económico.

Esta actividad tiene derecho a la explotación de una franquicia para comercializar

determinado tipo de productos o servicios. En términos generales se trata entre

empresarios el franquiciador trasmite al franquiciado todo un conjunto de derechos

de propiedad industrial para producción y comercialización de bienes y servicios.

4.10 Comercio interior y exterior

Comercio.- Es la actividad propiciando el intercambio.

El comercio interior ha tenido gran auge en apoyo a programas integrales para la

pequeña y mediana empresa con la intervención del Estado.

El comercio exterior representa la negociación entre personas físicas o morales,

comprando y vendiendo bienes y servicios con economías del resto del mundo con fin

de lucro.

La política económica está ligada a la política del comercio exterior y el objetivo son

las grandes ganancias.

Page 31: 10 Derecho Económico

31

4.11 La Ley Aduanera

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan, por medio de un ente administrativo,

las actividades o funciones del Estado, esta relación con el comercio exterior de

mercancías provenientes de otro territorio.

Page 32: 10 Derecho Económico

32

UNIDAD V

RECURSOS NATUALRES

5.1 El Derecho Económico y los recursos naturales renovables y no renovables

Con el término recursos aludimos a los agentes o factores de producción que se

emplean en una economía o empresa para producir y distribuir bienes y servicios.

Recursos naturales.- Llamamos recurso natural a aquellos elementos que nos

aporta la naturaleza.

Los recursos naturales se caracterizan en general, por ser limitados e

interdependientes y también se clasifican en renovables y no renovables.

La constitución nos señala tres principios que coinciden con el ámbito de la política

económica del estado y por ende por el área regulatoria del derecho económico.

1. Derecho a la protección.

2. Derecho a un aprovechamiento racional de los recursos naturales.

3. Ejercicio de facultades de política administrativa que fomenta y controla

actividades económicas.

RECURSOS NATURALES

RENOVABLES NO RENOVABLES

La doctrina económica asegura “que

se debe tomar en cuenta como el

consumo durante cierto periodo

afecta el proceso dinámico de

crecimiento y reproducción de

recursos”.

Estos recursos, a pesar de la más

racional explotación no pueden ser

conservados o renovados, su

explotación conlleva a su extinción.

Petróleo crudo, carbón y depósitos

minerales.

Page 33: 10 Derecho Económico

33

Los bosques, bancos de pesca y

animales de caza salvajes.

El artículo 27 Constitucional establece diversos regímenes jurídicos respecto a la

conservación y explotación de los recursos naturales renovables y no renovables.

5.2 Desarrollo Sustentable

El Desarrollo sustentable es le desarrollo económico caracterizado por el uso eficiente

de la tecnología más apropiada en la producción para evitar la contaminación o

degradación ecológica, y posibilitar la explotación nacional de los recursos naturales

renovables y no renovales.

5.3 Regímenes jurídicos establecidos en el Artículo 27 Constitucional de los

conceptos: Suelo, Subsuelo y Espacio Aéreo

Suelo.- Alude a la superficie del territorio nacional, Comprende la superficie terrestre

de la nación o división de ella, territorio.

Subsuelo.- Comprende el terreo que está debajo de la capa labrantía o laborable o en

general debajo de una capa de tierra. También hace referencia a la parte profunda del

terreno a la cual no llegan los aprovechamientos superficiales y en donde las leyes

consideran estatuido el dominio público, facultando a las autoridades gubernativas

para otorgar concesiones.

Espacio Aéreo.- Es una cosa fija inalterable, susceptible de propiedad y de ser

poseída por el propietario del suelo. La doctrina distingue el aire, como elemento

físico, no es más que la masa gaseosa que envuelve e nuestro globo; y como tal es

inapropiable; es una cosa común.

Page 34: 10 Derecho Económico

34

5.4 Dependencias del Poder Ejecutivo de la Federación

El Poder Ejecutivo de la Federación contará con las siguientes dependencias:

Secretaría de Gobernación

Secretaría de Relaciones Exteriores

Secretaría de la Defensa Nacional

Secretaría de Marina

Secretaría de Seguridad Pública

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Secretaría de Desarrollo Social

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Secretaría de Energía

Secretaría de Economía

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Secretaría de la Función Pública

Secretaría de Educación Pública

Secretaría de Salud

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Secretaría de la Reforma Agraria

Secretaría de Turismo

Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

5.5 Régimen jurídico de algunos Recursos Naturales Renovables en México

En las materias de:

A) Hidrocarburos.- Artículo 27 Constitucional en el párrafo respectivo señala

“corresponde a la nación el dominio…El petróleo y todos los carburos de

hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos.

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35

De acuerdo con la Ley Orgánica, la institución que tiene por objeto la exploración, el

transporte, almacenamiento, distribución y ventas de primera mano del petróleo, el

gas natural, los productos que se obtengan de la refinación de éstos, así como el gas

artificial y de aquellos productos derivados del petróleo que sean susceptibles de

servir como materia industriales básicas es PEMEX.

Petróleos mexicanos como organismo publico descentralizado, fue creado por

decreto publicado en el diario oficial 7 junio 1938. El 6 febrero 1971 su ley orgánica

lo estructuro como un monopolio.

El congreso de la unión transformo esta estructura y promulgo una nueva legislación

se crean 5 entidades:

1. PEMEX corporativo, y cuatro organismos subsidiarios: PEMEX exploración y

producción, PEMEX refinación, PEMEX -gas y petroquímica básica y PEMEX

petroquímica.

2. PEMEX exploración y producción. Esta entidad paraestatal lleva a cabo la

exploración y explotación de los hidrocarburos localizados dentro del

territorio nacional por medio de las llamadas asignaciones.

3. PEMEX refinación. Tiene a su cargo la refinación del petróleo en forma directa

y exclusiva en el territorio de la republica mexicana.

4. PEMEX gas y petroquímica básica. Se encarga del procesamiento del gas

natural, líquidos del gas natural y gas artificial, almacenamiento, transporte,

distribución, comercialización de estos hidrocarburos.

5. PEMEX petroquímica. Se encarga de los procesos industriales petroquímicos

secundarios y terciarios cuyos productos no forman parte de la industria

petroquímica secundaria así como su almacenamiento, distribución y

comercialización, en la cual pueden participar los particulares ya que se trata

de actividades empresariales no necesariamente de carácter estratégico.

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36

B) Energía Eléctrica.- Artículo 27 Constitucional, párrafo VI; Ley de Servicio

Público de Energía.

Como recurso natural no renovable, la energía eléctrica se ubica como reserva

exclusiva.

El párrafo VI del artículo 27 Constitucional establece que “Corresponde

exclusivamente a la nación, generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer

energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público. En esta

materia no se otorgarán concesiones a los particulares sin embargo se prevé que

puedan otorgarse permisos para la generación para consumo propio y que los

excedentes sean vendidos a la C.F.E.

Corresponde a la Secretaría de Energía el establecimiento de políticas y normas

reguladoras de esta actividad y a la Comisión Federal de Electricidad y al organismo

Luz y Fuerza del Centro la distribución de la energía eléctrica y la prestación del

servicio público de conformidad con sus leyes reglamentarias y orgánicas y

reglamentos interiores.

C) Fuentes alternas de energía.- Artículo 27 Constitucional.

Energía nuclear.- El artículo 27 Constitucional indica que corresponde a la Nación el

aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear

y la regulación de sus aplicaciones en otros propósitos. El uso de la energía nuclear

sólo podrá tener fines pacíficos.

En química el uranio es un elemento metálico radiactivo cuyos componentes se usan

en fotografía y para dar color a los vidrios. Tiene un isótopo capaz de una fisión

continuada y es usado en la Bomba Atómica. Número atómico 92, Símbolo U.

Page 37: 10 Derecho Económico

37

Por lo que se refiere a la energía nuclear o atómica es la que se obtiene mediante

modificaciones en el núcleo del átomo, como en la fusión de un núcleo pesado o en la

condensación de núcleos ligeros para formar otros de mayor peso con pérdida de

masa.

El Primer Tratado Regional para la Proscripción de Armas Nucleares en América

Latina, fue firmado en la Ciudad de México el 14 de febrero de 1967. (Tratado de

Tlatelolco)

En el Diario Oficial del 4 de febrero de 1985, fue publicada la Ley Reglamentaria del

artículo 27 Constitucional en materia nuclear.

Su primera central núcleo eléctrica esta ubicada en laguna verde Veracruz cabe

mencionar que en nuestro país redujo a la mínima expresión su programa nuclear.

Dos factores intervinieron de manera decisiva; la energía núcleo eléctrica es

competitiva en los escenarios de precios altos de petróleos no se vislumbra en el

futuro inmediato y, por otro lado las dudas que se han originado en la sociedad a

partir del activismo ecológico.

Energía solar.- México se encuentra localizado en una de las regiones

mundiales de mayor intensidad solar, por lo que se han realizado

investigaciones orientadas hacia la utilización térmica y fotovoltaica.

Energía eolítica.- Los molinos de viento para bombeo de agua han sido de

uso común en las localidades rurales en las diversas costas del país.

D) Pesca,- Artículo 27 Constitucional, párrafos, primero, cuarto y quinto.

Ley Federal para el Fomento de Pesca.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 32 Bis otorga las

facultades relativas a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y otro de

Page 38: 10 Derecho Económico

38

los sujetos encargados de la vigilancia y cumplimiento de los objetivos previstos en

esta ley es la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA)

Ley Orgánica de la Secretaría de Pesca; Ley sobre la zona exclusiva de pesca de la

nación.

E) Forestal.- El derecho forestal. Es una parte importante del derecho económico

de los recursos naturales, atiende a la conservación de la flora silvestre y los

bosques, recurso importante no sólo por la función que desempeña en el ciclo

hidrológico, y en la formación de la atmósfera, sino como refugio de toda forma

de vida: Sin flora silvestre no hay lluvia, sin lluvia no hay agua, y sin agua no

hay vida.

Corresponde igualmente a la SEMARNAT los asuntos relativos a establecimiento de

políticas en materia del aprovechamiento de esta riqueza natural, el otorgamiento de

permisos, autorizaciones de pesca y en general la regulación de la actividad

económica pesquera.

Se trata de proteger la flora silvestre, terrestre, incluidos los bosques.

Fundamento para invertir controlar este recurso lo encontramos en el artículo 27

Constitucional que expresa dos vertientes:

1. La facultad de imponer modalidades a los particulares, y

2. La facultad de regular el aprovechamiento para evitar su destrucción en

perjuicio del interés publico.

Ley forestal.- Reserva para el estado el carácter normativo, la custodia y vigilancia

de las reservas y zonas forestales propiedad de la nación y parques nacionales.

Ley de sanidad vegetal.- Esta ley tiene por objeto regular promover la sanidad

vegetal, vigilando la observancia de las disposiciones fitosanitarias, diagnosticando y

previniendo la diseminación e introducción de plagas de los vegetales.

Page 39: 10 Derecho Económico

39

Protección jurídica de ganadería de la fauna silvestre.- La ganadería es un

recurso económico renovable por su relación con el sector alimentario del hombre

como por su eventual exportación a los mercados mundiales.

Lo que respecta a la fauna silvestre.- México ostenta una de las más diversificadas

del mundo. Existen aprox. 3132 especies de mamíferos, de las cuales 40 especies son

cinegéticas (casa mayor o menor) y otras 557 mas son de interés para el hombre,

mientras las especies conocidas de aves ascienden a 1051, los reptiles y anfibios son

altamente diversificados; se conocen 1210 reptiles y 227 anfibios.

Con base en el artículo 27 Constitucional, este recurso es controlado y regulado

(facultad de policía administrativa por la secretaria de agricultura, ganadería y

desarrollo rural, y por la nueva secretearía del medio ambiente, recursos naturales y

pesca (SEMARNAP).

Dos instrumentos legales regulan este sector: la ley federal de caza que tiene por

objeto orientar y garantizar la conservación y restauración y fomento de la fauna

silvestre, y la ley federal de sanidad animal tiene por objeto imprimir competitividad

a su sector pecuario, asegurar el abasto dentro de un esquema de apertura

comercial.

F) Minería.- Históricamente, la minería ha ocupado un lugar de primer orden en

México y su desenvolvimiento económico.

Constitucionalmente la Nación tiene el dominio directo o sea la propiedad absoluta y

perfecta de naturaleza pública que se ve reforzada por los principios de

inalienabilidad e imprescriptibilidad, sobre los yacimientos minerales ubicados

dentro del territorio nacional.

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El articulo 27 Constitucional en su párrafo cuarto y sexto establece el régimen

Constitucional de la minería en México por lo que de ambos párrafos podríamos

afirmar que en México no puede existir la propiedad privada sobre los yacimientos

minerales; exportación de los mismos por particulares solo se puede efectuar

mediante el otorgamiento de la correspondiente concesión del Estado y basado en la

fracción X del articulo 73 de la constitución.

La ley minera se publica en el DO 26 junio 1992.

Las concesiones de exploración tienen una duración improrrogable de 6 años y la de

explotación de 50 años.

Finalmente, conviene señalar que la ley orgánica de la administración publica federal

en su ultima reforma, el sector minero es de competencia de la secretaria de

comercio y fomento industrial hoy Secretaría de Economía, conjuntamente con la

secretaria del medio ambiente, recursos naturales y pesca, quedando la secretaria de

energía sin presencia en el sector.

G) Tierra.- El espacio terrestre de un país constituye el cuadro natural de las

actividades agrícolas, ganaderas y artesanales, actividades primarias que

forjaron el crecimiento y evolución del hombre actual.

Desde la perspectiva del Derecho económico, varios ordenamientos legales se ocupan

de la protección de éste y otros recursos naturales. En efecto, a nivel Constitucional el

párrafo tercero del artículo 27 dispone textualmente:

“La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las

modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el

aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto

de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación,

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41

lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de la

vida de la población rural y urbana”.

H) Régimen jurídico de las aguas.- Artículo 27 Constitucional.

México es un país en donde las aguas se encuentran desigualmente repartidas;

mientras en el sureste y noroeste existe en apreciables cantidades; en el centro y en

el norte su caudal exiguo.

En el derecho comparado económico para ejercer la facultad de policía

administrativa, el estado recurre a la reserva hidráulica, institución de derecho

público cuya finalidad es ”proteger y conservar las aguas en cualquier forma en que

se encuentren, deposito naturales, aguas de dominio públicos o privados”.

En efecto el citado párrafo tercero del artículo 27 Constitucional, otorga a la nación el

derecho de regular en beneficio social el aprovechamiento de los elementos

naturales susceptibles de aprobación entre los cuales se haya el agua con objeto de

distribuirlos equitativamente y cuidar de su conservación.

Con base a dicho precepto se han expedidos los siguientes ordenamientos. Ley de

aguas naturales, ley federal del mar y ley federal de pesca.

Ley de aguas.- Esta ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional, se aplica a

todas las aguas nacionales sean artificiales o del subsuelo.

Ley Federal del Mar.- Esta ley reglamentaria 4, 5,6 y 8 del artículo 27

Constitucional. Rigen la zonas marinas que forman parte del territorio nacional y en

lo aplicable, mas haya en las zonas marinas donde la nación ejerce derecho de

soberanía jurisdicciones y otros derechos esta ley opera sectorial mete armonizada

por alelí general de bienes naturales, por la ley federal de pesca, alelí federal de

turismo, y por la ley de equilibrio ecológico y protección al ambiente, según el tipo de

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42

materia a regular.

Ley Federal de Pesca.- Existen una gran variedad de especies de fauna marina y de

aguas continentales, como las pelágicas o masivas, crustáceos y moluscos y especies

de aguas interiores.

En 1992 como consecuencia en la necesidad de actualizar el marco jurídico de la

pesca, se publica la nueva ley de pesca que hace posible una mayor participación del

sector privado, al abrirse las oportunidades a todos los sectores de la pesca,

contempla las condiciones necesarias para el ejercicio de una pesca responsable

basada en la conservación y preservación de los recursos acuáticos.

El nuevo marco jurídico trasciende en importantes actitudes de conservación de

especies marinas tales como la instalación de veda en la pesca el camarón en los

litorales del golfo de México y del océano pacifico, abatimiento de los índices de

captura incidental de delfines en la pesca del atún, instalación de dispositivos

excluidores de tortugas de las flotas camaroneras nacionales.

Actualmente concurren al sector pesquero una variedad de dependencias como

secretaria de marina, SEDESOL, turismo, comunicaciones y transporte que generan

retrasos y contradicciones en la política de aliento sistemático al sector; Al respecto

se sugiere consultar la reciente publicación del Acuerdo que establece la política

aplicable en materia de Cruceros.

El suelo y su reglamentación jurídica.

Desde la perspectiva del derecho económico, varios ordenamientos legales se

ocupan de la protección de este y otros recursos naturales. A nivel

Constitucional los artículos 3 y 27 Constitucionales son los que regulan.

El seis de enero de 1992 se publica las reformas al artículo 27 Constitucional cuyas

partes son:

1. Reafirmación y actualización del marco jurídico.

2. Fin del reparto agrario.

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43

3. Prohibición Constitucional de los latifundios.

4. Medidas para combatir minifundio.

5. Reactivación de la inversión y las actividades agrarias.

6. Reconocimiento de la personalidad jurídica de los ejidos y comunidades,

7. Respeto a la voluntad de los ejidatarios y comuneros

8. Impartición de justicia agraria y abatimiento del rezago, y

9. Refuerzos de garantías individuales.

Derivados de esas reformas que modifican el suelo rural y agrario se expide la ley

agraria que se publica el 26 de febrero de 1992.

En materia del suelo urbano la ley de asentamientos humanos y la ley de equilibrio

ecológico y protección ambiental, regulan y protegen este recurso natural renovable.

I) Zona económica exclusiva.- Conviene recordar que sobre yacimientos

minerales ubicados en la zona económica exclusiva, el Estado tiene un dominio

eminente; es decir, facultad de legislar sobre los bienes ahí ubicado y colocados

bajo su jurisdicción.

El petróleo, todos los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos y gaseosos, y los

minerales sedimentados, son sustancias no concesionables o no sujetas a concesión y

sólo el Estado puede llevar a cabo su explotación, vía gestión directa. Al respecto

analizar el artículo 27 Constitucional así como la Ley de Inversión Extranjera.

Zona Económica Exclusiva.- Área que se extiende hasta 200 millas náuticas medidas

a partir de la línea de base desde la que se mide el mar patrimonial, y en el cual el

Estado tiene derechos soberanos para fines de exploración, conservación y

administración de los recursos naturales del lecho y subsuelo del mar y las aguas

subyacentes.

Page 44: 10 Derecho Económico

44

La Jurismática.- Informática legislativa no solo trata de la materia relacionada con el

derecho sino que involucra otras áreas sociales y económicas, -según explica Emiliano

Hernández Camargo-, que nos permita perfilar la producción de leyes.

Es la globalización aunada a los avances vertiginosos de la informática, la cual motiva

a que el Derecho no se quede rezagado; sobre todo el Derecho Económico, que no es

exclusivo de un país, o de una empresa, porque estamos ante el avance sin tregua de

las relaciones comerciales que no respetan fronteras.

De ahí la necesidad de legislar en materia de derecho económico de tal forma que no

solo se beneficien unos cuantos sino que la derrama de los beneficios alcance a la

población a la fecha desprotegida y condenada a la miseria o a la mera subsistencia.

Luego entonces el Derecho Económico tiene un largo camino por recorrer en poco

tiempo, para que cumpla su cometido social, económico y político.

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45

UNIDAD VI

Las Finanzas Públicas y el Derecho Económico como instrumento de la Política

Fiscal para el equilibrio de la Economía

6.1 Las Finanzas Públicas

Se define como el conjunto de elementos que participan en la captación de recursos,

administración de los mismos y gastos que realiza el Estado a través de las diferentes

instituciones del sector público.

Los elementos principales de las finanzas públicas son:

a) El presupuesto de ingresos, donde están todos los rubros que representan

captación de recursos por parte del estado, tales como los impuestos, las

tarifas y los derechos;

b) La administración adecuada de los ingresos captados, de tal manera que no

haya evasión fiscal y se distribuyan en forma conveniente los recursos, según

las necesidades de la sociedad;

c) El gasto público, que representa la distribución de los recursos captados en

función de las necesidades sociales.

Las finanzas públicas constituyen un aspecto central para definir o tipificar un

sistema económico.

Cuando el Estado se apropia de los recursos materiales necesarios para satisfacer las

necesidades colectivas o públicas, es el resultado de una decisión política que se

expresa con presupuesto. Es el programa de acción de las fuerzas políticas que

gobiernan el estado cuyas ideas se van a manifestar en el monto y naturaleza de los

gastos, en la relación de estos con los ingresos.

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46

6.2 La distinción entre gastos forzosos y gastos operativos

Los gastos forzosos garantizan la satisfacción de la demanda existencial del

estado y a la vez el modo de vivir de la población.

Los gastos optativos dependen de los gastos en totalidad. Ellos aumentan en

un presupuesto creciente con mayor rapidez que los gastos forzosos.

Para institucionalizar la permanencia de una política monetaria prudente, en el año

de 1993 el Congreso de la Unión otorgó autonomía al Banco de México y estableció

entre sus objetivos procurar la estabilidad de precios.

La eliminación del déficit fiscal, esencial de la estrategia económica neoliberal, es

presentado como uno de los mayores logros del modelo.

Tal política se ha basado en los siguientes instrumentos:

1. Reducción general del gasto publico;

2. Privatización de empresas paraestatales;

3. Política de financiación y casi fijación del tipo de cambio, que ha rematado en

la sobre evaluación del peso;

4. Eventos ajenos en la política interna coadyuvaron al mismo fin y el “Plan

Brady” que permitió la renegociación de la deuda externa;

5. Abatimiento de las tasas nominales de interés interno y

6. Aumento de la tributación y de los ingresos no tributarios del sector publico

federal.

6.3 Características jurídicas del Presupuesto

1. Competencia exclusiva del Estado para su formulación, aprobación y

ejecución.

2. Principio de legalidad.

3. Anualidad del presupuesto.

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4. De naturaleza jurídica compleja.

5. Unidad del presupuesto.

6. Principio de universalidad. También se le conoce como principio del producto

bruto.

7. Principio de no afectación de recursos.

8. Especificación de gastos.

El artículo 74 Constitucional en su fracción IV prohíbe las partidas secretas a

excepción a aquellas que se consideren necesarias, con ese carácter en el mismo

presupuesto.

6.4 Etapas del presupuesto

Comprende 4 etapas:

1. Reparación o elaboración;

2. Sanción o aprobación;

3. Ejecución, y

4. Control.

La constitución dividió la competencia en dos puntos:

1. El ejecutivo federal prepara y presenta el proyecto de presupuesto, y

2. La cámara de diputados lo aprueba y controla; al examinar, revisar y aprobar.

6.5 Fuentes jurídicas del Presupuesto jurídico en México

Los artículos 74 y 131 Constitucionales facultan al ejecutivo federal para preparar y

presentar el proyecto de presupuesto, la ley de ingresos de la federación, esta

función la cumple la secretaria de hacienda y crédito publico.

Debe efectuarse con estricto apego a los artículos 4, 13 y 17 de la ley de

presupuestos, contabilidad y gasto público mismos que señalan:

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48

Articulo 4. La programación del gasto público federal se basará en las directrices y

planes nacionales de desarrollo económico y nacional que formule el ejecutivo

federal por conducto de la SHCP.

Articulo 13. El gasto público federal se basará en presupuestos que se formularán en

apoyo a programas que señalen objetivos, metas y unidades responsables de su

ejecución.

Articulo 17. Para la formulación del proyecto del presupuesto de egresos de la

federación, las entidades que deban quedar comprendidas en el mismo elaboraran

sus anteproyectos de presupuestos con base a los programas respectivos.

Las fuentes jurídicas que regulan este importante instrumento de la política

económica son las fracciones VIII del artículo 73, y IV del artículo 74 y artículo 126

Constitucional, por la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público, artículo 31-32

y por la Ley General de Deuda Publica.

Los decretos anuales del presupuesto y la práctica presupuestaria de la

administración publican. Una vez ejecutado el presupuesto por el ejecutivo federal

debe dar cuenta al órgano sancionador (cámara de diputados) por medio de la

llamada cuenta pública, es el informe anual que rinde el poder ejecutivo ante la

cámara de diputados, informando de los resultados de su gestión y los alcances del

estado en el desarrollo económico y social del país.

La secretaria de hacienda y crédito publico esta a cargo de la elaboración de este

documento, consolidando los estados financieros y demás información presupuestal

y contable, comprendidas en el presupuestos de egresos de la federación.

6.6 Ley General de Deuda Pública

El aumento creciente de los gastos gubernamentales para atender a las necesidades

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49

colectivas ha llevado a los Estados contemporáneos a recurrir al endeudamiento

tanto interno como externo, lo que les arroja ingresos que coadyuvan a cubrir el

déficit en la recaudación interna.

El Congreso de la Unión aprobó esta ley, cuyos motivos expresa: los recursos

crediticios del poder público federal deben enfocarse a la producción de bienes y

servicios, en tal que su utilización se dirija fundamentalmente, a la realización de

proyectos, actividades impresas que apoyen los planes de desarrollo económico y de

la nación. De fundamental importancia es que el servicio de la deuda pública se

mantenga siempre dentro de la capacidad de pago del sector público y del país en su

conjunto.

La ley general de deuda pública tiende en suma a optimizar el uso de los recursos

financieros que capta el sector público federal a través del crédito tanto interno

como externo. Busca también asegurar los sistemas de información necesarios para

conocer, vigilar y evaluar la situación crediticia del país y su fundamento

Constitucional es la fracción VIII del artículo 74.

Es responsabilidad del ejecutivo federal programar la deuda, del congreso

autorizarla, fijando año con año sus limites. Sin embargo, el congreso puede

autorizar anualmente al ejecutivo montos adicionales en circunstancias

extraordinarias justificadas.

6.7 Ley del Banco de México

El objeto fundamental de la reforma del artículo 28 de la Constitución, fue el de

dotar de autonomía al banco de México, en el párrafo sexto de ese artículo se

establece:

El estado tendrá un banco central será autónomo en el ejercicio de sus funciones y en

su administración, su objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder

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50

adquisitivo de la moneda nacional y que ninguna autoridad podrá ordenarle

conceder financiamiento.

Así mismo, el séptimo párrafo del numeral anterior, señala:

“La conducción del banco estará a cargo de personas cuya designación será hecha

por el presidente de la república con la aprobación de la cámara de senadores o de la

comisión permanente, en su caso, desempeñaran su encargo por periodos por

periodos cuya duración y escalonamiento provean al ejercicio autónomo de sus

funciones.”

Esta autonomía da al banco la facultad de adoptar las medidas necesarias para lograr

un equilibrio en el sistema de pagos, mantener equilibrio sobre la emisión de la

moneda, permite mantener un estándar de control sobre la inflación. Encaminadas a

lograr un sistema financiero sólido y eficaz, que permita fomentar la inversión y la

productividad.

Operar con las instituciones de crédito como el banco de reserva prestar servicios de

tesorería al gobierno federal y actuar como agente financiero y como asesor

financiero en materia económica y particularmente en materia financiera; participar

en el fondo monetario internacional.

El Banco de México emitirá en forma exclusiva los billetes y ordenará la acuñación de

moneda metálica. El banco de México podrá fabricar sus billetes o encargar la

fabricación de éstos a terceros.

Dentro de las operaciones que la ley señala al banco de México en su artículo 7º,

podrá operar con valores, otorgar créditos al gobierno federal, a las instituciones de

crédito, así como a los fondo bancarios de protección al ahorro y de apoyo al

mercado de valores; podrá adquirir valores emitidos por organismos financieros de:

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51

Bancos internacionales; emitir bonos de regulación monetaria; podrá efectuar

operaciones con divisas, oro y plata, incluyendo recorto; también podrá recibir

depósitos de títulos o valores, en custodia y administración de las personas que

señalamos sobre las entidades financieras del país.

El banco de México, además, podrá imponer sanciones conforme a lo previsto en sus

artículos 27,29 y 33; imponer multas a los intermediarios financieros por

operaciones activas y/o pasivas, por sus servicios al contradecir las disposiciones de

esta ley.

6.8 Acuerdos de unidad para superar la emergencia económica

En noviembre de 1994 la administración de Carlos Salinas de Gortari procedió a

suscribir con los diversos sectores de la población y agentes económicos (empresas,

sindicatos, campesinos) el acuerdo nacional para la evaluación para la productividad

y calidad.

Por los sucesos devalúa torios sufridos durante de la administración de Ernesto

Zedillo, (diciembre de 1994, el famoso “Error de diciembre” que motivó una

devaluación del peso frente al dólar muy abrupta y elevada) el gobierno federal,

convocó a los organismos cúpulas de obreros, campesinos y empresarios suscribir el

Acuerdo De Unidad Para Superar La Emergencia Económica, cuyos puntos

principales fueron:

Acuerdos, Precios y salarios:

1. Como condición necesaria para generar empleos permanentes ampliar la

capacidad productiva nacional y atraer nuevas inversiones:

a. Los sectores obreros y empresariales ratifican los acuerdos del pasado

20 de diciembre de 2003 de la comisión nacional de los salarios

mínimos.

b. El acuerdo nacional para la evolución de la productividad y la calidad,

Page 52: 10 Derecho Económico

52

el gobierno de la República se compromete apoyar y asesorar a los

sectores productivos en la medición de la productividad y en su

incremento.

c. El gobierno federal, consciente en la necesidad de incrementar la

productividad de la mano de obra, aumentará el número de becas

otorgadas para su capacitación.

d. Frente al inevitable efecto transitorio que la devaluación tendrá sobre

los costos de las empresas, el sector empresarial se compromete a

realizar un esfuerzo extraordinario para no incrementar los precios

injustificadamente. El gobierno federal con los representantes de a

industria, el comercio, los servidores y el sector agropecuario según

sea el caso, establecerán esquemas y reglas para que los incrementos a

los precios reflejen únicamente las modificaciones derivadas del

aumento de los precios de los insumos importados.

e. El sector empresarial conviene en promover entre las empresas e

industrias fabricantes y comercializadoras, la adopción de estrategias

para la producción y distribución de productos básicos que atiendan

las necesidades de la población de menores ingresos.

f. El gobierno federal y los sectores productivos acuerdan promover

campañas para crear conciencia en las empresas y en los

consumidores para referir en sus compras productos e insumos

nacionales estos sean competitivos en calidad y precios.

g. El régimen de la seguridad social se conservará como patrimonio de

los trabajadores. Se fortalecerá al Instituto De Fondo Nacional De La

Vivienda Para Los Trabajadores (INFONAVIT) y el Fondo De Fomento

Para El Consumo De Los Trabajadores (FONACOT).

h. El gobierno federal mantendrá los apoyos al sector campesino a través

de PROCAMPO.

i. El sector agropecuario promoverá, la adopción de estrategias de

producción y comercialización de sus productos mediante la

Page 53: 10 Derecho Económico

53

concertación y articulación de políticas de fomento.

Fortalecimiento del ahorro público y política monetaria:

2. El ejecutivo federal, conforme a lo establecido en el artículo 23 del decreto

Aprobatorio del presupuesto de egresos de la federación, la reducción del

gasto público se llevará a cabo a través de medidas que permitan la

racionalización del gasto corriente eliminando gastos prescindibles, y dando

prioridad a los proyectos de inversión. El objetivo principal del gasto público

será el gasto social y los programas de abatimiento de la pobreza.

3. Para llevar a cabo una simplificación integral el sistema tributario, el gobierno

federal indicará a la mayor brevedad los trabajos del comité de asesoría fiscal.

4. Se diseñaran esquemas para facilitar el acceso a créditos por parte de

empresas y productores agropecuarios, micro y, pequeñas y medianas

empresas, como para la promoción de exportaciones.

5. El banco de México ha resuelto llevar a cabo sus operaciones en forma que

contribuyan a la consecución de objetivos de este acuerdo, evitará una espiral

inflacionaria y buscará reducir, a la brevedad posible y persistente, la tasa de

incremento de los precios.

Eficiencia económica:

6. El gobierno federal se compromete a acelerar la revisión del marco

regulatorio a fin de apoyar la actividad económica.

7. El gobierno federal se compromete a aplicar estrictamente nuestra legislación

interna para que en el marco de la reciprocidad que debe obtenerse en el

comercio internacional se continúen abriendo mercados para nuestras

exportaciones.

8. Para impedir el contrabando y otras prácticas ilegales se continuara

modernizando la operación aduanera y se intensificarán los organismos

existentes de cooperación entre las autoridades aduaneras y las

organizaciones empresariales.

9. Para impulsar la modernización de las empresas medianas y pequeñas, se

Page 54: 10 Derecho Económico

54

establecerán mecanismos que les permita aprovechar cabalmente las

preferencias que en materia de compra gubernamentales han sido negociadas

en los tratados internacionales.

10. Se adoptarán medidas para fortalecer la capacidad competitiva de las

industrias.

11. Con participación de los sectores públicos y de las instituciones del gobierno

privado, se establecerá el consejo nacional de la pequeña y mediana empresa.

Promoverá mecanismos para que las empresas de este tipo reciban asesoría

industrial especializada en áreas tecnológicas y procesos de producción,

diseño de productos, financiamiento, comercialización y mercadeo.

La carta de intención con el fondo monetario internacional y el acuerdo marco entre

México y Estados Unidos (1995):

12. A fin de obtener acceso a un crédito de emergencia por 50,000 millones de

dólares para hacer frente los compromisos de corto plazo (TESOBONOS) se

suscribió ese acuerdo con el FMI.

13. Para la obtención de dicho crédito, México suscribió obligaciones tanto con el

fondo monetario internacional como con el gobierno de los EE.UU., las cuales

se sintetizan en los siguientes comentarios.

i. Reducción de los salarios reales.

ii. Reducción del gasto público presupuestal.

iii. Política monetaria y crediticia restrictiva.

iv. Privatización de activos nacionales. Se admite la presencia de capital

privado en: ferrocarriles plantas generadoras de electricidad,

puertos y aeropuertos, y telecomunicaciones y la desincorporación

del gas natural, y

v. Política financiera cambiaria no autónoma.

La aplicación de estos compromisos, además de provocar recesión, cierre de plantas

y desempleo obligó a una disminución de las importaciones, a revaluar las cadenas

productivas internas afectadas por la abrupta apertura comercial e industrial

Page 55: 10 Derecho Económico

55

motivada por la firma del T.L.C. y de la apertura comercial de México, que al no ser

un país altamente industrializado y sin mucha competitividad internacional ha

provocado el cierre de muchas empresas y una creciente ola de importaciones,

aunque las exportaciones han aumentado se sigue dependiendo en gran medida de la

demanda de nuestros productos en los E.U. y el hecho que en este país exista una

disminución en la actividad industrial hace que se detenga el crecimiento en México.

6.9 Las Unidades de Inversión (UDIS)

Entre las medidas coyunturales de política financiera y de frente al alza vertiginosa

de las tasas de interés y de índice de precios (como consecuencia de la abrupta

devaluación del peso en diciembre de 1994), la SHCP y el banco de México

procedieron a establecer un mecanismo a efecto de compensar la tasa inflacionaria

en las transacciones financieras, sus fuentes jurídicas se encuentran en los decretos

publicados en el Diario Oficial del 1º. y 4 abril 1995 y de la circular fax del banco de

México del 3 abril de 1995.

Se estableció que partir del 4 de abril, la UDI se equipararía al valor del entonces “un

nuevo peso”, a partir de esa fecha su valor se incrementa diariamente, con base en el

índice nacional de precios al consumidor (INPC) el cual es un indicador económico

de la inflación (e indirectamente del valor real de nuestra moneda, cabe sugerir

consultar al respecto la publicación que hace el Banco de México en el Diario Oficial

acerca de la valuación o estimación de dichos “UDI’s”, a 2004, o sea 9 años después

del lanzamiento de estas novedosas figuras o esquemas financieros el valor de la UDI

es aproximadamente de 4.00 (pesos) lo que nos puede referir que la devaluación en

9 años ha sido de 300%

La UDI puede actuar prácticamente en 3 sectores:

* Ahorro personal = AP

* Crédito personal = AC

* Indicador de precios sobre bienes y servicios = IPBS

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56

El ahorro personal.- Si una persona física o moral, deposita ahorro en UDIS,

cotizadas a la fecha del depósito, cuando retire su ahorro, además de los intereses a

percibir, habrá ganado la inflación reflejada en el precio de la UDI, sin embargo el

esquema de inversiones en estas UDIS no fue aceptado por el público inversionista

dados los bajos rendimientos, cayendo en desuso.

Page 57: 10 Derecho Económico

57

UNIDAD VII

EL DERECHO ECONÓMICO Y EL FOMENTO INDUSTRIAL.

7.1 Política Industrial

El modelo económico neoliberal iniciado en la década de los ochenta, ha pretendido

consolidarse al inicio de los noventa con base a tres principales esencias:

1. Saneamiento de las finanzas públicas;

2. Privatización de empresas paraestatales;

3. Apertura económica y comercial.

El instrumento de política económica para llevar a cabo dichas metas han sido los

numerosos pactos o acuerdos para la estabilidad y el crecimiento, no contemplados

en la carta fundamental, ni en el derecho económico nacional.

7.2 Las propuestas de la nueva política económica industrial

Se mencionan:

1. Programas sectoriales de la productividad;

2. Compras gubernamentales;

3. Funcionamiento;

4. Promoción fiscal;

5. Comercio exterior;

6. Formación empresarial;

7. Empresas integradoras;

8. Subcontratación;

9. Economías de escalas;

10. Recursos humanos;

11. Infraestructura;

12. Ley de competencia económica;

13. Precios clave;

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58

14. Industrias sustentables;

15. Desregulación;

16. Planeación estatal y municipal.

7.3 Diferencia entre industria pequeña, mediana e instrumentos jurídicos de

fomento industrial

Industria pequeña.- Empresas manufactureras que ocupan hasta 100

personas y el valor de sus ventas netas anuales rebase el equivalente de

novecientos mil pesos.

Industria mediana.- Aquellas que ocupan hasta doscientas cincuenta

personas y el valor de sus ventas netas anuales no rebasan el equivalente a

dos millones.

Instrumentos jurídicos de fomento industrial.- El gobierno federal dispone

de un marco legislativo que intenta dar seguridad jurídica a los agentes

económicos privados, estos instrumentos legales son: ley de inversión

extranjera, ley de la propiedad industrial, ley de adquisiciones y obras

publicas, ley de metrología y normalización, ley federal de competencia

económica y ley de comercio exterior.

7.4 Ley de Inversión Extranjera

Define conceptos relevantes sobre inversión extranjera, establece las vías para la

canalización del capital extranjero, permite la apertura a la inversión extranjera en

actividades donde su participación se considera necesaria y simplifica los trámites

administrativos.

Estas disposiciones nos muestran la inversión extranjera podrá participar en

cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos

fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica, fabricar nuevas líneas de

productos, abrir y operar establecimientos y ampliar y re localizar los ya existentes

Page 59: 10 Derecho Económico

59

(artículo 4).

Se reservan de manera exclusiva al estado las siguientes áreas estratégicas: petróleo

y demás hidrocarburos, petroquímica básica, electricidad, generación de energía

nuclear, minerales radioactivos, comunicación vía satélite, telégrafos, radiotelegrafía,

correos, emisión de billetes, acuñación de moneda, control, supervisión y vigilancia

de puertos, aeropuertos y helipuertos.

Están reservados de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas:

transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, comercio al por menor

de gasolina y distribución de gas licuado de petróleo, servicio de radiodifusión,

uniones de crédito, banca de desarrollo y servicios profesionales y técnicos que

señalen las leyes.

7.5 Ley de Propiedad Industrial

La propiedad industrial y la propiedad autoral o intelectual que se refieren a la

protección de los derechos de autor, conforman la propiedad intelectual, se puede

decir que son Reglamentarias del artículo 28 Constitucional, el cual prohíbe los

monopolios, pero por excepción permite el otorgamiento de “patentes” de invención

a los inventores y a los autores, derechos que conceden un “monopolio temporal de

explotación comercial o industrial” de las obras intelectuales y de los derechos de

propiedad industrial.

La propiedad industrial consiste en otorgar una protección legal a todas las

creaciones realizadas por personas físicas o morales, a fin de que se puedan

aprovechar en exclusiva por una temporalidad (20 años para patentes, 10 años para

marcas (renovables por períodos iguales e indefinidamente) y la vida del autor más

50 años para los autores en obras intelectuales).

En diciembre de 1993 se creó por decreto presidencial el INSTITUTO MEXICANO DE

Page 60: 10 Derecho Económico

60

PROPIEDAD INDUSTRIAL (IMPI), como un organismo descentralizado con

patrimonio y personalidad jurídica propia.

7.6 Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Se expide con la finalidad de adecuar el marco jurídico de las normas y la metrología

a sistemas internacionales de normalización, permiten una participación activa del

sector privado en su creación, discusión o elaboración y corresponde a las

Secretarías que son cabezas de sector, su expedición, previa consulta con la

ciudadanía.

La normalización y metrología es el campo del conocimiento relativo a las

mediciones, y en lo relativo a la Normalización se pretende adecuar los procesos

nacionales a los estándares mundiales similares o aplicables a fin de que se

resguarden las medidas de seguridad, de información, etc. y brindar una

competitividad de nuestros mercados y productos con el extranjero y evitar en lo

posible la entrada o importación de productos que no reúnan la mínima

normatividad o sean lesivos o dañinos a la población.

Dicha ley tiene por objeto:

1. Establecer el sistema general de unidades de medida;

2. Precisar los conceptos fundamentales sobre metrología;

3. Establecer los requisitos para la fabricación, importación reparación, venta,

verificación y uso de los instrumentos para medir y los patrones de medida; así

como los requisitos para la prestación de determinados servicios. (Por Ej.,

Guías de Turistas)

4. Establecer la obligatoriedad de la medición en transacciones comerciales y de

indicar el contenido neto en los productos envasados;

5. Instituir el sistema nacional de calibración;

6. Crear el centro nacional de metrología, como organismo de alto nivel técnico en

la materia.

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61

7. Regular, en lo general, las demás materias relativas a la metrología.

Otros temas que contempla la ley son el acreditamiento, la certificación, verificación

y vigilancia y sanciones (multa, clausura temporal o definitiva y arresto).

Las empresas ISO 9000. Las empresas exportadoras, además de observar las

regulaciones de petrología y normalización antes descritas, si desean penetrar el

mercado de la unión europea deben cumplir con la norma de calidad ISO 9000.

(Internacional estándar organización). Es un organismo nacido en 1945 con el fin de

emitir normas internacionales para reglamentar el comercio internacional. Su sede

se ubica en ginebra, suiza, y tiene 96 países miembros que han hecho de ISO su

propia norma oficial.

7.7 Ley Federal de Competencia Económica

Tiene por objeto proteger el proceso de competencia la libre concurrencia y amplía

los espacios para la actualización de los diversos agentes económicos o de los

particulares en el ámbito económico, mediante la prevención y eliminación de

estancos, monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al

funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios como la

Concentración.

Promueve la eficiencia económica y protege el proceso competitivo de los

particulares o sea la libre concurrencia en la actividad económica.

7.8 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y Ley

de Obras Públicas

Tiene por objeto la planeación, programación, presupuestación, gasto, ejecución,

conservación, mantenimiento y control de las adquisiciones y arrendamientos de

bienes muebles; las licitaciones podrán ser internacionales (solamente se realizaran

Page 62: 10 Derecho Económico

62

licitaciones de carácter internacional, cuando ello resulte obligatorio conforme a lo

establecido en los tratados.

Es reglamentaria del artículo 134 de la Constitución Política y su ejecución

comprende a todas las entidades del Gobierno (Central, federal, descentralizados,)

teniendo una especial intervención la Secretaría de la Función Pública (Antes

Secretaría de Contraloría) y esas leyes regulan los procedimientos de Concursos y

Licitaciones Públicas, nacionales o internacionales para la contratación de:

Arrendamientos.

adquisición de toda clase de insumos y bienes muebles.

contratación de servicios.

Realización de Obra Pública.

7.9 Ley de Comercio Exterior

Tiene por objeto regular las facultades que el artículo 131 de la Constitución, entrega

al ejecutivo federal quien actúa mediante la secretaria de comercio y fomento

industrial. Esta ley además de darle estado legal a la comisión de comercio exterior

de la comisión mixta para la promoción de exportaciones, incorpora los principales

compromisos que el país adquirió al suscribir al capitulo IX del TLC de América del

norte.

Otros apoyos financieros al desarrollo industrial:

La banca de desarrollo (NAFIN BANSEFI, BANCOMEXT, y BANOBRAS), establecen

una serie de apoyos crediticios y financieros al sector industrial nacional.

Tipos de crédito:

a. créditos destinados a la constitución o fortalecimiento del capital de trabajo.

b. créditos destinados a la adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario.

c. créditos destinados a la adquisición construcción, instalación o modificación

de unidades industriales, locales, comerciales o de servicios.

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63

d. créditos destinados a la reestructuración de pasivos.

e. apoyos a las uniones de crédito para que realicen operaciones en beneficio

común de sus socios.

f. sistema de tarjeta empresarial. Se refiere a la apertura de una línea de crédito

evolvente y automática.

g. sistema de factoraje financiero. Financiamiento mediante descuento de

títulos de créditos y derechos de créditos relacionados con proveeduría de

bienes.

h. arrendamiento financiero. Es la opción de realizar operaciones via

arrendamiento financiero que permita el uso de activos fijos para la

operación normal de la empresa.

Page 64: 10 Derecho Económico

64

UNIDAD VIII

EL TURISMO Y SU REGULACIÓN JURÍDICA

8.1 El Turismo en México

Aproximadamente te tiene registrado cinco mil establecimientos hoteleros, de ellos

40% pertenecen a cadenas extranjeras y un 60% a cadenas hoteleras nacionales.

La secretaria de comunicaciones y transportes con mas de cuatro mil Km.

construidos de autopistas durante el pasado sexenio (1988-1994), la secretaria de

hacienda, posibilito la corachín de reglamento de transporte turístico, que permite la

internación de autobuses extranjeros, y dio paso a la política de cielos abiertos que

incremento los vuelos.

8.2 El Plan Nacional de Modernización de Turismo (1992-1994)

Los propósitos son:

1. Revisar las leyes y reglamentos en materia de inversión extranjera para

facilitar y para aceptar el 100% de inversión extranjera.

2. Orientar acciones hacia a diversificación de lo oferta turística del país.

3. Avanzar en el proyecto de descentralización y modernización del sector

administrativo turístico.

4. Implementar un sistema clasificatorio y reforzador del concepto de calidad

turística.

5. Promover las pequeñas inversiones en hoteles y servicios turísticos.

6. Promoción de mega proyectos.

Políticas generales, son:

1. Las manifestaciones económicas, culturales y políticas del fenómeno turístico,

se inscriban en el proceso de desarrollo de las comunidades donde se

generen;

Page 65: 10 Derecho Económico

65

2. Orientar la dotación de infraestructura física y servicios públicos,, que

respondan a las necesidades del crecimiento del sector, y mayor participación

de la iniciativa privada y de las autoridades locales;

3. Conservar y desarrollar los atractivos turísticos, como parte del patrimonio

nacional, respetando la ecología, la cultura y las tradiciones de cada lugar;

4. Promover la formación de recursos humanos y la investigación básica para

aumentar la calidad y el acceso del desarrollo turístico.

Estrategia: modernización del turismo:

1. Incremento de la productividad, calidad y desarrollo tecnológico.

2. Diferenciación del producto turístico. Aprovechar la oferta de otros productos

turísticos.

3. Fortalecimiento del mercado interno. Atender al consumidor domestico.

Internacionalización del turismo:

Consolidar la actividad turística en la economía internacional-.

Desregulación:

Adecuar las leyes y reglamentos para evitar la limitación a la dinámica

turística, eliminando los cuellos de botella, en el proceso en que los precios y

las tarifas del sector sean producto del libre juego de la oferta y la demanda

disminuyendo así la participación del estado.

Líneas de estrategia:

1. Desconcentración y fortalecimiento de la oferta turística.

2. FONATUR continuará reforzando los mecanismos de apoyo para la hotelería

mediana y pequeña.

3. Dotación de la estructura física y equipamiento urbano

4. Promoción de la inversión y financiamiento.

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66

Se fortalecerá el funcionamiento de FONATUR:

1. Desincorporando inversiones y empresas no prioritarias para ser operadas

por la iniciativa privada.

2. Buscando menor dependencia de recursos fiscales.

3. Mecanismos para aumentar la participación de inversiones privadas.

4. Desarrollo de transporte: en materia de transporte aéreo se promueven

convenios bilaterales;

5. En materia de transporte terrestre se buscan tarifas diferenciales y flexibles,

capacitación a los operadores, registro a los prestadores de servicios,

remodelación de estaciones de ferrocarril y auto transporte.

6. Reorientación y fortalecimiento de la demanda y promoción nacional e

internacional;

7. Formación de recursos humanos;

8. Asistencia y auxilio y seguridad turística;

9. Eliminar y atenuar situaciones que obstaculizan yo eliminan los flujos

turísticos, y

10. Perfeccionamiento de los mecanismos de coordinación, concentración e

inducción.

8.3 Ley Federal de Turismo

El artículo 1o de la ley es de interés público y de observancia general en toda la

república correspondiendo a la SECTUR su aplicación.

El artículo 2 tiene por objeto: Destacar que la ley define al Turista como “ la persona

que viaja fuera de su domicilio con el propósito preponderante de esparcimiento,

salud, descanso , cualquier orto similar que utiliza los servicios turísticos mexicanos

sin prejuicio de lo dispuesto en la ley general de población”.

El turismo puede clasificarse: de recreación, de cultura, deportivo, ecológico y social,

especialmente nivel interno o domestico.

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67

En la ley general de población el turista se caracteriza por entrar y permanecer en el

país (plazo máxima de 180 días) sin desarrollar actividad lucrativa alguna.

También el turista puede constituir empresas, comprar acciones en la bolsa de

valores y adquirir inmuebles.

Se intensifica la capacidad de los trabajadores en todos los niveles en los que

participa activamente los prestadores de servicios turísticos.

Disposiciones de las entidades paraestatales del sector turismo:

Con el fin de promover la inversión para la rama turística, un megaproyecto es

una formula de desarrollo que consiste en la realización de un proyecto

integralmente planeado, perfectamente dentro de un centro turístico de

primera calidad que se ofrece a la inversión privada para que esta desarrolle en

forma garantizada la estructura y la súper estructura, fortaleciendo la imagen y

la entidad de ese centro turístico, contando con el apoyo y supervisión de

FONATUR y, desde luego, en el entorno esencial de un centro turístico ya

creado con una imagen, un aeropuerto y con una población ya establecida lo

cual es garantía de continuidad para el desarrollo. Participa la iniciativa

privada, nacional y extranjera.

En síntesis, la Ley Federal De Turismo plantea los siguientes objetivos:

1. La desregulación del marco jurídico aplicable a los prestadores de servicio;

2. La coordinación del sector con las dependencias afines de la administración

publica federal y la simplificación administrativa;

3. La descentralización de funciones a los gobiernos de los estados y municipios,

4. Fortalecimiento de la promoción turística tanto nacional como extranjera, y

5. Consolidación del turismo social.

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68

UNIDAD IX

EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO PARA LA MEJORA DE LA

CALIDAD DE LA VIDA

9.1 Asentamientos Humanos

Se consideran como fenómenos que surgen paralelos a los procesos de urbanización

y concentración de las actividades industriales.

El surgimiento errático de los asentamientos humanos da origen a las llamadas

ciudades perdidas y a los crecimientos de ciudades y colonias, plantea serios

problemas a la administración pública en cuanto a servicios tales como agua potable,

infraestructura urbana, locales hospitalarios, escolares y mercados.

Detrás de estos está el derecho al a vivienda que el Estado debe garantizar a sus

habitantes en una sociedad planificada y moderna ya que además hay que considerar

ese derecho a la vivienda como un Derecho Humano garantizado y protegido

internacionalmente.

Su fundamento Constitucional esta en los artículos 4, 27, 42, 48, 89-90, 102 123,130

y 132:

Tomando en cuenta lo que dispone el artículo 27 Constitucional: La nación

tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las

modalidades que dicte el deber público, así como regular en benéfico social

el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de aprobación.

En consecuencia se dictarán las medidas necesarias para ordenar los

asentamientos humanos y establecer adecuadas condiciones, usos, reservas

y destinos de tierra ,agua y bosques, a efectos de realizar obras publicas y de

planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de

los cambios de población.

Con tales fundamentos y objetivos, se permite crear las reservas de tierras

Page 69: 10 Derecho Económico

69

necesarias para el ordenamiento de los centros de población y, sobre todo,

aquellas destinadas a la construcción de vivienda, en las entidades

federativas, el DF. y para que los municipios tengan capacidad de adquirir

los bienes raíces necesarios para los servicios públicos.

En particular, ha sido la SEDESOL la dependencia encargada de instrumentar

esquemas de financiamientos para la urbanización básica de reservas

territoriales que en principio van destinadas al desarrollo de lotes con

servicios como una manera de garantizar las condiciones elementales para

el crecimiento de espacios habitables y en general de los centros urbanos.

En julio de 1993 se promulgó la nueva Ley General De Asentamientos

Humanos, la cual derogó a la de 1976 y busca reducir los desequilibrios

regionales, garantizar la calidad de vida tanto de la población rural y urbana,

conservar el medio ambiente reconociendo el valor incuantificable de los

recursos naturales y fortalecer a los Municipios en tanto es la autoridad mas

cercana a las necesidades de la población.

Los municipios adquirieron una importancia fundamental, a ellos les

corresponde pedir licencias y permisos de uso de suelo, construcción de

fraccionamientos, condominios y recodificación, así como la regularización

de la tierra urbana en la adquisición y administración de reservas

territoriales.

Con la nueva ley quedaron enunciadas y reglamentadas las acciones básicas

que en materia de asentamientos humanos el actual gobierno federal: el

fomento a las ciudades medias a la descongestión de las zonas

metropolitanas; el resguardo de los centros históricos como patrimonio

cultural; la concertación como instrumento de la planeación urbana regional

y la regulación del mercado de los terrenos y de la vivienda de interés social.

Contempla el marco jurídico la ley general de equilibrio ecológico la protección al

ambiente establece:

La política ecológica de buscar la corrección de aquellos desequilibrios que

deteriore la calidad de la vida de la población, proveer las tendencias de

Page 70: 10 Derecho Económico

70

crecimiento del asentamiento humano, mantener una relación suficiente

entre la base y recursos de la población.

Es indispensable fortalecer las previsiones de carácter ecológico y ambiental

para proteger y mejorar la calidad de vida.

Las normas de diseño, tecnología de construcción, uso y aprovechamiento de

vivienda y en el desarrollo urbano que expida la secretaria.

En el programa sectorial de desarrollo humano se incorporara los siguientes

elementos ecológicos y ambiéntales:

La observancia del ordenamiento ecológico del territorio.

Cuidado de la proporción que debe existir entre las áreas verdes y

las edificaciones destinadas a la habitación.

La integración de inmuebles de alto valor histórico y cultural con

áreas verdes y zonas de convivencia social.

El programa sectorial de vivienda que ejecute y financia el gobierno federal,

promoverá:

La vivienda que se construya en las zonas de expansión guarde una relación

adecuada en los elementos naturales de dichas zonas y considere área

verdes suficientes para la convivencia social, y

Que la vivienda que se construya en los asentamientos humanos incorpore

criterios ecológicos y de protección al ambiente.

El derecho a la vivienda:

En intima relación a los asentamientos humanos, fue contemplado en el artículo 123

de la originaria carta de Querétaro de 1917, así como en el frac. IV del artículo 4o

Constitucional, regula “toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y

decorosa.

Para dar cumplimiento a estos mandatos Constitucionales, al término del sexenio de

1988-1994, se concluyó el diseño del Sistema Nacional De Vivienda.

Este sistema plantea los siguientes objetivos:

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71

Fortalecer los mecanismos de coordinación entre los organismos públicos de

vivienda.

Orientar los beneficios a grupos de menores ingresos.

Modernizar los instrumentos financieros.

Apoyar a los procesos de descentralización y desconcentración para modificar

el patrón territorial de asentamientos humanos.

Actualizar el aparato productivo y de distribución de los insumos de vivienda.

9.2 Ley Federal de Vivienda

Se trata de la ley reglamentaria del artículo 4 Párrafo IV de la Constitución.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto “establecer

y regular los instrumentos y apoyos para que las familias puedan disfrutar de

viviendas dignas y decorosas”. A continuación transcribimos uno de los principales

artículo de esta ley.

Artículo 2o.- Los lineamientos generales de la política nacional de vivienda, son los

siguientes:

I.- La ampliación de las posibilidades de acceso a la vivienda que permita

beneficiar el mayor número de personas, atendiendo preferentemente a la

población urbana y rural de bajos ingresos;

II.- La constitución de reservas territoriales y el establecimiento de oferta

pública de suelo para vivienda de interés social, para evitar la especulación

sobre el suelo urbano, prever sus requerimientos y promover los medios y

formas de adquisición del mismo;

III.- La ampliación de la cobertura social de los mecanismos de financiamiento

para la vivienda, a fin de que se canalice un mayor volumen de recursos a los

trabajadores no asalariados, los marginados de las zonas urbanas, los

campesinos y la población de ingresos medios;

IV.- La articulación y congruencia de las acciones de las dependencias y

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72

entidades de la Administración Pública Federal, con las de los gobiernos

estatales y municipales y con las de los sectores social y privado, tendientes a

la integración de un Sistema Nacional de Vivienda para la satisfacción de las

necesidades habitacionales del país;

V.- La coordinación de los sectores público, social y privado para estimular la

construcción de vivienda en renta, dando preferencia a la vivienda de interés

social;

VI.- El mejoramiento del inventario habitacional y la organización y estímulo a

la producción, mejoramiento y conservación de la vivienda urbana y rural y

de sus materiales básicos para el bienestar de la familia mexicana;

VII.- El mejoramiento de los procesos de producción de la vivienda y la

promoción de sistemas constructivos socialmente apropiados;

VIII.- El impulso a la función de la vivienda como un factor de ordenación

territorial y estructuración interna de los centros de población y de arraigo y

mejoría de la población rural en su medio;

IX.- El apoyo a la construcción de la infraestructura de servicios para la

vivienda, a través de la participación organizada de la comunidad;

X.- La promoción y el apoyo a la producción y distribución de materiales

básicos para la construcción de vivienda a efecto de reducir sus costos;

XI.- La integración de la vivienda a su entorno ecológico y la preservación de

los recursos y características del medio ambiente;

XII.- La promoción de actitudes solidarias de la población para el desarrollo

habitacional y el impulso a la autoconstrucción organizada y al movimiento

social cooperativista de vivienda; y

XIII.- La información y difusión de los programas públicos habitacionales, con

objeto de que la población beneficiaria tenga un mejor conocimiento y

participación en los mismos.

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Marco jurídico:

A las reformas jurídicas antes mencionadas se suma la reforma al código civil en

materia de arrendamientos (ver D.O. 21 jul. 1993 y del año 2003.)

Existen condicionantes tales como la localización inadecuada de viviendas en la

periferia de las ciudades, el desarraigo social y los altos costos de transporte que

inclinan a sectores importantes de la población a preferir rentar que adquirir

vivienda en propiedad, por lo cual interviene el Estado en materia inquilinaria.

La coherencia Constitucional entre el derecho de propiedad del artículo 27 y el

derecho de la vivienda del artículo 4o puede y debe traducirse en criterios prácticos

que eviten posibles abusos entre las partes contratantes.

9.3 La Secretaría de Desarrollo Social

Hablando de materia de vivienda la SEDESOL asumió sus responsabilidades

normativas de coordinación institucional y promociónales.

Con su creación de sus dos direcciones: la dirección general de política y fomento a la

vivienda, cuyo funcionamiento atiende el propósito de coordinar a los organismos

públicos de vivienda y de incorporar nuevas formas crediticias para ampliar su

cobertura nacional y la dirección general de financiamiento de la vivienda , que

específicamente atiende los programas de financiamiento.

9.3.1 EL INFONAVIT

Creada como nueva política el instituto de fondo nacional de la vivienda para los

trabajadores se transforma y; En sus 21 años de existencia ha contribuido a la

generación de un millón de viviendas, mismas reformas proponen:

1. Las aportaciones del 5% destinada al financiamiento de la vivienda se

acrediten en una subcuenta relativa al fondo nacional de la vivienda de las

cuentas individuales del sistema de ahorro.

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2. Los altos de las mencionas subsecuentes causen intereses en función del

remanente de la operación del instituto.

3. Se dote al instituto del fondo nacional para la vivienda para los trabajadores las

facultades que le permita ser un autentico organismo fiscal autónomo.

4. El monto de los créditos se determine de acuerdo con la capacidad de los

trabajadores.

5. Los trabajadores con un crédito destinado, elijan libremente la vivienda nueva

o usada ala que aplicaran el importe del mismo.

6. Los créditos que otorguen de forma inmediata y sin exigir requisitos

adicionales a los previstos en las reglas.

7. Los términos y condiciones conforme a los cuales el instituto deberá concursar

el financiamiento de conjuntos habitacionales, así como de la obligación de los

constructores de responder ante los trabajadores por los defectos que resulten

de la construcción y de cualquier otra responsabilidad en que incurran en los

términos de las disposiciones aplicables.

Mediante la expedición de la nueva ley del INFONAVIT de 1962 se logro una

profunda modificación del instituto puede identificarse cinco cambios sustanciales:

1. Otorgamientos de créditos con base a un sistema objetivo de puntajes y una

puntuación mínima para tener derecho a recibirlos.

2. La libertad del trabajador para elegir la vivienda, nueva o usada, y su

transferencia.

3. Los montos del crédito.

4. La recuperación del crédito en 100%.

5. El sistema de subastas de financiamiento para la construcción de viviendas.

Sistema para el otorgamiento de créditos. Los factores que se tomaran en cuanta

para determinar la puntuación de los trabajadores interesados son cinco:

1. El salario.

2. La edad.

3. El saldo de la subcuenta del Sistema de Administración Tributaria.

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4. El numero de aportaciones del instituto efectuado por el patrón a favor del

trabajador.

5. El número de dependientes económico del trabajador.

9.3.2 Otros Organismos de Gestión

A. FOVISSSTE

Las reformas realizadas por esta institución buscaron transformarlas en un

organismo eminente financiero, se llevo a cabo primero, una reorganización

administrativa que volviera más eficientes sus funciones y que atendiera la

descentralización. En el campo de la simplificación administrativa la

descentralización se efectuó diversas acciones.

B. FONHAPO

Ha sido un organismo orientado así los sectores de más bajos ingresos, aquellos que

no cuenten con un trabajo estable e ingresos seguros, que constituye a lo que se ha

llamado el sector informal. Contempla los requisitos fundamentales para otorgar

créditos: el beneficiario no sea asalariado, pero además exista una organización de

promedio.

Ofrece programas que buscan fomentar el mejoramiento de una vivienda ya

existente, la construcción por etapas de vivienda o bien la introducción de servicios

básicos. Las acciones de FONHAPO son de un menor costo unitario y de tiempo de

gestión más breve, lo cual permite la culminación de proyectos en plazo de un año y

una recuperación más rápida en los préstamos otorgados.

Entre los cambios mas significativos sobresalen la adopción de mecanismos de

subasta publica para alcanzar transparencia y objetividad en la adquisición de obras

así como el otorgamiento de créditos individualizados en función de, la edad del

solicitante y sus ingresos, los cuales deberán ser menores a 2.5 veces del salario

mínimo de la región que le corresponda.

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C. FOVI

Es un fideicomiso del banco de México, desde su creación, en 1981, a atendido a una

población cuyos ingresos oscilan entre los dos y doce salarios mínimos. En sus 30

años de operación, el fondo conjuntamente con la banca comercial a financiado la

adquisición de un poco mas de un millón de viviendas de interés social.

El FOVI otorga el crédito de largo plazo para el adquiriente final y solicitud de la

banca el crédito.

Para convertirse en auto suficiente desde el punto de vista financiero el FOVI

estableció casas de interés que incluyen el costo de dinero más el costo de

intermediación bancaria. Sin embargo como esta medida pudiera afectar al segmento

de bajos ingresos de 2 a cuatro salarios mínimos, se ampliaron los plazos d

amortización hasta de 25 años a modo de conservar en niveles razonables los pagos

mensuales.

D. LA AUTOGESTION

Las acciones de esta nos- de autoconstrucción- han sido siempre y serán, de gran

importancia para la construcción de vivienda en México y en todos los países.

PRONASOL a buscado facilitar y apoyar esta iniciativa de los mexicanos que buscan

de distinto modo construir sus moradas o mejorar las que ya tienen.

9.4 Ley General de Protección al Consumidor

Luego de consolidarla como institución básica encargada de la promoción y

protección de los derechos e interese de los consumidores, se expide esta ley.

En el Artículo 1.- El objeto de esta ley es promover y proteger los derechos del

consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre

proveedores y consumidores.

En el Artículo 2 fracción I.- Se delimita el concepto de consumidor “la persona física

moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final, bienes, productos o

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77

servicios”.

El proveedor “persona física o moral que habitual o periódicamente ofrece,

distribuye, vende, arrienda, o concede el uso o disfrute de bienes, productos y

servicios”.

El Artículo 3.- Se distribuye la competencia para aplicar la nueva ley entre la

secretaria de comercio y fomento industrial, a la que se encarga de la expedición de

las normas oficiales mexicanas previstas en la propia ley, de la procuraduría federal

de consumidor a la que se le atribuye dar cumplimiento de la ley y sancionar su

incumplimiento.

Articulo 5.- Quedan exceptuadas de las disposiciones de esta Ley, los servicios que se

presten en virtud de una relación o contrato de trabajo, los de las instituciones y

organizaciones cuya supervisión o vigilancia esté a cargo de las comisiones

nacionales Bancaria y de Valores, de Seguros y Fianzas o del Sistema de Ahorro para

el Retiro; así como los servicios profesionales que no sean de carácter mercantil.

Artículo 26.- La Procuraduría tendrá legitimación procesal activa para ejercer ante

los tribunales competentes acciones de grupo en representación de consumidores,

para que dichos órganos, en su caso, dicten:

I. Sentencia que declare que una o varias personas han realizado una

conducta que ha ocasionado daños o perjuicios a consumidores y, en

consecuencia, proceda la reparación por la vía incidental a los interesados que

acrediten su calidad de perjudicados. En este caso la Procuraduría deberá

contar previamente con mandato de los consumidores perjudicados; o

II. Mandamiento para impedir, suspender o modificar la realización de

conductas que ocasionen daños o perjuicios a consumidores o

previsiblemente puedan ocasionarlos.

Articulo 31.- Como auxiliar de las autoridades, funcionará un consejo consultivo para

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la protección al consumidor cuyas funciones serán:

I. Asesorar a la Secretaría en cuestiones relacionadas con las políticas de

protección al consumidor y opinar sobre los proyectos de normas oficiales

mexicanas que se pretenden expedir en los supuestos a que se refiere esta ley;

II. Opinar sobre problemas específicos relacionados con los intereses del

consumidor y dar cuenta de ello a la Secretaría y a la Procuraduría; y

III. Las demás que como órgano consultivo le confiera el acuerdo respectivo

del Secretario de Comercio y Fomento Industrial.

El consejo consultivo estará integrado por un representante de la Secretaría, por

otro de la Procuraduría, por un representante de las instituciones nacionales de

enseñanza superior; hasta tres representantes de los consumidores y hasta tres de

los proveedores, designados por acuerdo del Secretario de Comercio y Fomento

Industrial, de entre las entidades legalmente reconocidas. El Secretario designará al

presidente del consejo. El consejo podrá invitar a sus sesiones de trabajo a las

organizaciones de proveedores y de consumidores, directamente vinculados con el

tema de la sesión.

Artículo 104.- Las notificaciones que realice la Procuraduría serán personales en los

siguientes casos:

I. Cuando se trate de la primera notificación;

II. Cuando se trate del requerimiento de un acto a la parte que deba cumplirlo;

III. Cuando se trate de notificación de laudos arbitrales;

IV. Cuando se trate de resoluciones que impongan un medio de apremio o una

sanción;

V. Cuando la Procuraduría notifique al acreedor haber recibido cantidades en

consignación;

VI. Cuando la autoridad lo estime necesario; y

VII. En los demás casos que disponga la ley.

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Las notificaciones personales deberán realizarse por notificado o por correo

certificado con acuse de recibo del propio notificado o por cualquier otro medio

fehaciente autorizado por la ley.

Organización de los consumidores:

Con la extinción del instituto nacional del consumidor, la procuraduría

asumió las funciones de orientación, información ejecución, educativas y de

investigación que servirán a los consumidores.

El Artículo 24.- Para el cumplimiento de estas tareas a nivel federal, se expidió un

acuerdo que delega en los tutelares de las procuradurías de los estados.

Las atribuciones delegadas son:

Artículo 24.- La Procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

I. Promover y proteger los derechos del consumidor, así como aplicar las

medidas necesarias para propiciar la equidad y seguridad jurídica en las

relaciones entre proveedores y consumidores;

II. Procurar y representar los intereses de los consumidores, mediante el

ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que procedan;

III. Representar individualmente o en grupo a los consumidores ante

autoridades jurisdiccionales y administrativas, y ante los proveedores;

IV. Recopilar, elaborar, procesar y divulgar información objetiva para facilitar

al consumidor un mejor conocimiento de los bienes y servicios que se ofrecen

en el mercado;

V. Formular y realizar programas de difusión y capacitación de los derechos

del consumidor;

VI. Orientar a la industria y al comercio respecto de las necesidades y

problemas de los consumidores;

VII. Realizar y apoyar análisis, estudios e investigaciones en materia de

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protección al consumidor;

VIII. Promover y realizar directamente, en su caso, programas educativos y de

capacitación en materia de orientación al consumidor y prestar asesoría a

consumidores y proveedores;

IX. Promover nuevos o mejores sistemas y mecanismos que faciliten a los

consumidores el acceso a bienes y servicios en mejores condiciones de

mercado;

IX bis.- Promover en coordinación con la Secretaría la formulación, difusión y

uso de códigos de ética, por parte de proveedores, que incorporen los

principios previstos por esta Ley respecto de las transacciones que celebren

con consumidores a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de

cualquier otra tecnología;

X. Actuar como perito y consultor en materia de calidad de bienes y servicios

y elaborar estudios relativos;

XI. Celebrar convenios con proveedores y consumidores y sus organizaciones

para el logro de los objetivos de esta ley;

XII. Celebrar convenios y acuerdos de colaboración de información con

autoridades federales, estatales, municipales y entidades paraestatales, en

beneficio de los consumidores;

XIII. Vigilar y verificar el cumplimiento de precios y tarifas acordados, fijados,

establecidos, registrados o autorizados por la Secretaría y coordinarse con

otras dependencias legalmente facultadas para inspeccionar precios para

lograr la eficaz protección de los intereses del consumidor y, a la vez evitar

duplicación de funciones;

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas, pesas y

medidas para la actividad comercial, instructivos, garantías y especificaciones

industriales, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y

Normalización;

XV. Registrar los contratos de adhesión que lo requieran, cuando cumplan la

normatividad aplicable, y organizar y llevar el Registro Público de contratos

de adhesión;

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XVI. Procurar la solución de las diferencias entre consumidores y proveedores

conforme a los procedimientos establecidos en esta ley;

XVII. Denunciar ante el Ministerio Público los hechos que puedan ser

constitutivos de delitos y que sean de su conocimiento y, ante las autoridades

competentes, los actos que constituyan violaciones administrativas que

afecten los intereses de los consumidores;

XVIII. Promover y apoyar la constitución de organizaciones de consumidores,

proporcionándoles capacitación y asesoría;

XIX. Aplicar las sanciones establecidas en esta ley;

XX. Excitar a las autoridades competentes a que tomen medidas adecuadas

para combatir, detener, modificar o evitar todo género de prácticas que

lesionen los intereses de los consumidores, y cuando lo considere pertinente

publicar dicha excitativa; y

XXI. Las demás que le confieran esta ley y otros ordenamientos.

Educación y consumo:

La procuraduría es concienciar en el buen y racional uso de sus ingresos.

Estas tareas se complementan con programas de radio y televisión y

publicidad periódica de revistas y diarios zonales, a fin de prevenirlos de

prácticas ilícitas que es frecuente encontrar en proveedores y comerciantes

pocos escrupulosos.

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BIBLIOGRAFÍA

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

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Ley de la Deuda Pública.

Ley de Ingresos.

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Ley Federal de Competencia Económica.

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Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público.

Ley Federal de Turismo.

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Derecho Económico.

Apuntes de investigación y divulgación científica.

© Consultoría de Servicios para Gobiernos y Estudios Legislativos.

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Ciudad de México, Distrito Federal.

Primera edición: abril de 2012.

Autor: Alberto Vega Hernández.

Las opiniones vertidas de estos apuntes son responsabilidad del autor.

Manual de distribución gratuita, prohibida su venta.

Impreso en México.