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Contabilidad presupuestaria (SIGECOF)

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Contabilidad de los Entes Pblicos VenezolanosINFOGRAFIAS:

1.http://www.mf.gov.vePgina del Ministerio donde se muestra los principios de legalidad sobre el cual se ampara como rector de la Actividad Administrativa de la Nacin. En tal sentido se muestran en su Web todos los organismos bajo su adscripcin y la informacin concerniente a la actividad administrativa del Estado.PROMAFE (no posee Web pero su normativa lega se encuentra en la pgina del Ministerio de Finanzas)Programa de Modernizacin de la Administracin Financiera del Estado (PROMAFE) es quien se encarga engranar todo el proceso de modernizacin mediante el Diseo del SIGECOF y dems sistemas necesarios para modernizar las finanzas pblicas y esta adscrita al Ministerio de Finanzas.ONCP (no posee Web pero su normativa lega se encuentra en la pgina del Ministerio de Finanzas)La Oficina Nacional de Crdito Pblico, adscrita al Ministerio de Finanzas, es el rgano rector del Sistema de Crdito Pblico y tiene por misin asegurar la existencia de polticas de endeudamiento; as como una eficiente programacin, utilizacin y control de los medios de financiamiento que se obtengan mediante operaciones de crdito pblico. Entre sus atribuciones, est registrar las operaciones de crdito pblico en forma integrada al sistema de Contabilidad Pblica.La oficina nacional del tesoro (ONT) (no posee Web pero su normativa lega se encuentra en la pgina del Ministerio de Finanzas)Es el rgano rector del Sistema Nacin al de Tesorera y como tal es quien coordinacin de la planificacin financiera del sector pblico nacional y las dems actividades propias del servicio de tesorera nacional, para lo cual a dictado normas relativas a las mismas, las cuales pueden ser accedidas mediante la pgina del Ministerio de Finanzas.2.http://www.seniat.gov.veEl SENIAT es el rgano encargado del control y gestin del sistema tributario y aduanero que es uno de las principales fuentes de recursos del Estado, debe informar sobre los ingresos tributarios y aduaneros a la ONCOP, razn esta que es necesario entender los procesos realizados por este ente el control de la liquidacin y recaudacin del tipo de tributos de su mbito de control, que deben tambin ser contabilizados.3.http://www.oncop.gov.vePagina de la ONCOP, siendo la autoridad rectora del sistema de Contabilidad Pblica es esta pgina encontraran todo lo relativo a las normas emitidas por este Organismo para el registro de los hechos econmicos financieros que afecten o puedan llegar a afectar el patrimonio de la Repblica o de sus entes descentralizados. Entre los que se cuentan todos los manuales del SIGECOF, polticas, normas, procedimientos, as como, cursos, conferencias, publicaciones, guas y orientaciones necesarias para cumplir con el registro y control contable de los organismos involucrados en el proceso de contabilidad pblica. Por lo cual es necesario ingresar a la Web principal del mencionado Organismo y seleccionar las opciones de ver los manuales del SIGECOF y dems datos nombrados como: Lugar donde se encuentra los manuales funcionales del SIGECOF, incluyendo el de Contabilidad. Los ltimos Balances de Hacienda o Cuenta General de Hacienda, publicados. Conferencias pblicas y dictadas por la ONCOP con relacin a las funciones que realiza.4.http://www.cgr.gov.veLa Contralora General de la Repblica siendo el mximo rgano de control de Estado y siendo quien dicta toda la normativa de control de estado donde se incluye el sistema de contabilidad pblica, en su Web se consigue toda la normativa legal relativa a las de control de Estado, entre las que se encuentran las Normas Generales de Contabilidad del Sector Pblico y dems necesarias para el control del sistema antes mencionado.5.http://www.onapre.gov.veLa OCEPRE como rgano Rector del presupuesto pblico Nacional, en su pagina se encuentra todas las polticas, normas y procedimientos relativas a los presupuestos pblicos de la Repblica, el cual es indispensable para la apertura de los asientos contables para la contabilizacin y control de la ejecucin de los presupuestos, as como, el control del cumplimiento de todas las etapas del presupuesto, creacin del plan de cuentas de presupuesto, entre otros.6.http://www.sunai.gov.veLa Superintendencia Nacional de Control Interno (SUNAI), como rgano rector del control interno tambin es quien dicta la normativa legal relativa al Control Interno de la Nacin en Concordancia con la Normas dictadas por la Contralora General de la Repblica, tambin, posee normativa legal relacionada con el control interno que deben llevar los organismos relacionados con el sistema contable pblico.7.http://www.an.gov.veEs quien aprueba toda la normativa legal de la Nacin entre las cuales se encuentra la normativa legal del Sistema Contabilidad Pblica, all se puede encontrar normativa legal como la LOAFSP 2005.8. Entre otras, algunas de las normas relacionadas con el sistema de contabilidad pblica son:

Ley Orgnica de la Administracin Financiera del Sector Pblico (LOAFSP) G. O. 37.606 del 9/1/2003. Ley de Reforma Parcial de la LOAFSP DEL 5/9/2000 de GO 37029. Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgnica de la Administracin Financiera del Sector Pblico (LOAFSP), publicada en Gaceta Oficial N 38.198 del 31-05-05. Reglamento de la LOAFSP G. E. 5592 del 27/6/2002. Ley Orgnica de la Contralora General de la Repblica y del Sistema Nacional de Control Fiscal. G. O. 37.347 del 17/12/2001. Normas Generales de Control interno. G. O. 36229 del 17/6/1997. Manual de Normas de Control Interno sobre un modelo Genrico de la Administracin Central SCI-002-98 de la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pblica. G. E. 5.275 del 1/11/1998. Sistema de Contabilidad para los Organismos del poder publico Nacional. Instrucciones Aplicables al Presupuesto de Gastos del 2001. G. O. 37228 del 27/06/2001. Providencia N SCI-001-99 del 27/12/99 por la cual se establece el Sistema de Contabilidad para los Organismos del Poder Nacional que conforman el ente contable Repblica, como persona jurdica sujeto al sistema, dictado por la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pblica. G. O. 36.879 del 27/1/2000. Providencia N SCI-001-00 del 25/4/2000 por la cual se dictan las instrucciones para la implantacin y prueba del sistema de Contabilidad para los rganos del Poder Nacional, dictado por la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pblica. G. O. 36950 del 15/5/2000. Providencia N SCI-002 del 23/2/2001 por la cual se dictan las instrucciones Vinculas con los Ingresos Nacionales.

Sistema de Contabilidad para los Organismos del Poder Nacional Vinculas con los Ingresos Nacionales, dictado por la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pblica. G E. 5.537 del 15/6/2001.

Reglamento N 4 de la Ley Orgnica de la Administracin financiera del Sector Pblico, sobre el sistema de Contabilidad Pblica. G. E. N 5.623 de fecha 29/12/2002. Providencia N ONT-2002-02 DEL 15/11/2002, que regula la apertura de cuentas bancarias con fondos del Tesoro Nacional y el Registro General de las cuentas bancarias del sector pblico nacional.

Resolucin mediante la cual se dictan instrucciones para el proceso de cierre del Ejercicio Econmico Financiero. Superintendencia Nacional de control Interno y contabilidad Pblica y Oficina Nacional de Presupuesto. G. O. 37.605 del 8/1/2003, e Instrucciones para el proceso de Cierre del Ejercicio Econmico Financiero del 2003 y 2004, Manuales funcionales del SIGECOF, incluyendo el de Contabilidad. Instrucciones para la Contabilidad de los Organismos del Poder Nacional Aplicables al Presupuesto de Gastos 2003, Clasificador Presupuestario 2005, Comparativo plan nico De Cuentas y presupuesto, Documento relativo a Comparacin entre el Plan nico Cuentas y el Presupuesto 2006; Criterios para imputar al ejercicio 2005 los compromisos no causados al 31-12-2004, descripcin del Clasificador de Recursos y Egresos, etc.S.I.G.E.C.O.F.Objetivo General:Formar a los participantes en los conceptos, elementos y requisitos bsicos del sistema de gestin y control de las finanzas pblicas del Estado venezolano, fundamentado en las normas legales aplicables y en el proceso de su adecuacin en los rganos y entes integrantes de la estructura organizativa del sector pblico.MATERIAL DE APOYO1.LA ADMINISTRACION FINANCIERA DEL ESTADO VENEZOLANO.El sistema integrado de administracin financiera del sector pblico (SIAF).Son mltiples las operaciones de tipo administrativas, presupuestarias, contables y financieras, de poco o gran volumen que exigen un sistema informtico nico, integrado, transparente, rpido, confiable, es decir, unsistema de administracin financiera gubernamental,que permita determinar y evaluar en tiempo oportuno y con propiedad, la correcta inversin de los recursos y la adecuada incurrencia en los gastos pblicos; todo ello en el marco del mbito jurdico bsico aplicable en el rea administrativa, social, econmica y financiera del sector pblico, tomando en cuenta la estructura jerrquica y funcional del Estado integrada por entes y rganos de diferentes niveles: la administracin central, administracin descentralizada funcional y territorialmente, con o sin fines empresariales, fundaciones, asociaciones civiles y dems tipos de organizaciones, unas con competencias y funciones complejas y manejo significativo de recursos financieros, otras de funcionamiento sencillo y de pocos recursos.Elsistema de administracin financiera gubernamentalintegra los procesos iniciales, del sistema nacional de planificacin y presupuestacin, sustentados en la modalidad delpresupuesto por proyectos(an cuando en algunas instituciones todava se maneja el presupuesto por programa) continuando con los procesos subsiguientes de la Distribucin Administrativa, la Programacin y la Ejecucin, mediante los registros presupuestarios y financieros (incluyendo los que no tienen incidencia presupuestaria), aunado al proceso de control fiscal y evaluacin de la gestin.El SIAF as concebido debe cumplir con las siguientes caractersticas:Abarca todas las operaciones administrativas, presupuestarias, contables y financieras del sector pblico, en una nica base de datos, tanto las que afecten, como lasque puedan afectarel patrimonio pblico (R-4 LOAFSP- Art. 12).Aplica a todos los rganos y entes pblicos integrantes de la Estructura Organizativa del Estado Venezolano (R-4 LOAFSP-Art. 3).Lo integran sistemas y subsistemas actuando totalmente interrelacionados.Reconoce un solo rgano coordinador (MF), e identifica los rganos rectores de los subsistemas que lo integran (LOAFSP).Se ajusta coherentemente a las leyes, normas y procedimientos aplicables.Se adecua al nivel ytipo de rgano, ente, unidades organizativas del sector y a sus principios y requerimientos.Es nico e integral, modular e informatizado, flexible y perfectible aplicando tecnologas de punta, validaciones y flujos de trabajo, adoptando modalidades que facilitan los procesos de registro, evaluacin y control.Debe contar con la aceptacin del rgano rector contralor del Estado.En ese orden de ideas en losManuales del SIGECOFse presenta el siguiente concepto:Se entiende como sistema de administracin financiera integrado, el conjunto de leyes, normas y procedimientos destinados a la obtencin, asignacin, uso, registro y evaluacin de los recursos financieros del Estado, que tiene como propsito la eficiencia de la gestin de los mismos para satisfacer necesidades colectivas.Y agrega:..para garantizar la integracin en el sistema es fundamental asumir: los entes y unidades organizativas actan absolutamente interrelacionadas; un nico rgano coordinador (MF); coherencia en los principios, normas y procedimientos vigentes en el sistema; una nica base de datos con toda la informacin sobre la gestin de las finanzas publicas; sistema lgico que define reglas e incorpora validaciones que facilita el control.Por otra parte, la normativa legal plantea:La administracin financiera del sector pblico comprende el conjunto desistemas, rganos, normas y procedimientos que intervienen en la captacin de ingresos pblicos y en su aplicacin para el cumplimiento de los fines del Estado(LOAF, Art. 2).Los sistemasde presupuesto, crdito pblico, tesorera y contabilidad, regulados por esta Ley; as como los sistemas tributario y de administracin de bienes regulados por leyes especiales, conforman la administracin financiera del sector pblico. Dichos sistemas estarn interrelacionados y cada uno de ellos actuar bajo la coordinacin de un rgano rector. (LOAF, Art. 3).Se entiende pues y en consecuencia, que el sistema de administracin financiera debe sernico e integrado, para garantizar la uniformidad, coherencia y comparabilidad de la data generada por sus registros; debe llenar las condiciones propias de unsistema abiertode informacin; y debe corresponderse con las leyes, reglamentos y disposiciones especficas establecidas en la normativalegal vigente, sustentadas en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y dems leyes aplicables.2. EL SIGECOFEl sistema integrado de gestin y control de las finanzas pblicas, como sistema central de la administracin financiera, comprende todos los procesos involucrados en la formulacin, obtencin, asignacin, uso, registro y evaluacin de los recursos financieros del Estado, integrados en una misma base de datos, como un sistema informtico nico y lgico, que define normas y procedimientos, incorporando validaciones de autocontrol pertinentes, todo lo cual permite el registro y procesamiento de las operaciones presupuestarias, contables y financieras del sector pblico, regulados por laLOAFy dems leyes aplicables.Las siglas S.I.GE.CO.F.Significan:SistemaIntegrado- Modelo desarrollado segn la teora de sistemas, como sistema abierto.- Los sistemas y Subsistemas que lo conforman estn interrelacionados entre si.- Los Principios y Convenciones garantizan su integracin.- Asume una estructura modular y de niveles (Central Local).GEstin- Esta vinculado con todas las actividades administrativas, presupuestarias, contables y financieras.- Genera informacin oportuna, simplificada, pertinente y rpida.- Es un apoyo eficiente para el proceso de la toma de decisiones.- Los responsables de lagestin administrativa pueden desempearse con transparencia, eficacia, eficiencia y rendir cuentas apropiadamente.COntrol- Facilita el proceso de control de la administracin de los recursos pblicos.- Viabiliza el proceso de evaluacin del cumplimiento de objetivos y metas.- Incorpora validaciones en el workflow y rutas como apoyo para el control interno y la auditoria.-Permite la aplicacin de los indicadores de gestin para el seguimiento, auto evaluacin y control externo de la gestin publica.FSe refiere a las finanzas pblicasEn consecuencia:El SIGECOF, o sistema integrado de Administracin Financiera, comprendeelconjunto de leyes, principios, rganos, subsistemas,normasy procedimientos,que intervienen en la formulacin, obtencin, asignacin,uso, registroyevaluacindela administracinderecursos financieros del sector pblico, cuyo propsito central es la gestin eficiente de los mismos paraelcumplimiento de los fines supremos del EstadoEl SIGECOF ser administrado por la Oficina Nacional de Contabilidad Pblica (ONCOP): mantenimiento; integridad; capacitacin y adiestramiento de los funcionarios; realizar modificaciones, ajustes o mejoras al SIGECOF, en coordinacin con los otros rganos rectores de la AFSP (R-4: Capitulo VI: artculos 31 y 32).A N T E C E D E N T E SEl primer paso en la estrategia de creacin del sistema financiero lo constituye elDecreto 570,del 23.01.95, cuando se formula y asignan recursos presupuestarios al Programa de Modernizacin de la Administracin Financiera del Estado.Luego, el programa se modifica y fortalece, segn DECRETO 2.695, publicado en la G.O.N 36.572 del 02.11.1998 y all se establece:Artculo 1|Se ordena elaborar el Programa de Modernizacin delaAdministracinFinancieradelEstado,(PROMAFE)cuyo propsito ser . . . .Desarrollar e implantar el Sistema Integrado de Gestin y Control de las Finanzas Pblicas(SIGECOF).Fortalecer las funciones de control del gasto pblico y de auditoria interna en los organismos pblicos.........Adems, el Programa estudiar la redefinicin y la reorganizacin de los rganos rectores de la administracin financiera del Estado, para hacerlos msefectivos, eficientes y coherentes.Igualmente en el Decreto se determina la Implantacin del SIGECOF por ETAPAS:1. Etapa: SIGECOF aplicable al Poder Nacional (2001).2. Etapa: SIGECOF para los entes descentralizados funcionalmente sin fines empresariales (Universidades)3.Etapa: Adecuacin del SIGECOF a las Gobernaciones y Municipios.3.BASAMENTOLEGAL DEL S I G E C O FLA LEY ORGNICA DE LA ADMINISTRACIN FINANCIERA DEL SECTOR PBLICO (LOAFSP).Publicada en Gaceta # 37.029 del 05.09.2000 (Mod: G.O. 37.606 del 09.01.03; G.O. 37.978 del 13.07.04; G.O. 38.198 del 31.05.05).En suArtculo 186plantea que el Ministerio de Finanzas (MF) reestructurar el Programa de Modernizacin de las Finanzas Pblicas a fin de que su objetoatienda prioritariamente a la implantacin de los sistemas de administracin financiera y de control interno; a la asistencia a los rganos rectores y a las labores de capacitacin de los funcionarios de los organismos sujetos a las disposiciones de esta Ley; as como a la especializacin de los consultores de dichos programas para integrar el personal de los rganos rectores.Asimismo, en suArtculo 187puntualiza:Sin prejuicio de lo establecido en el artculo 172 de esta Ley, la Administracin Pblica, antes del31 de Diciembre del ao 2002,ajustar sus estructuras y procedimientos a las disposiciones de esta Ley. Asimismo, el Ejecutivo Nacional dictar los reglamentos necesarios antes del 15 de Marzo de 2001.Los Reglamentos de La LOAF, promulgados son:REGLAMENTO N1: Del Sistema Presupuestario. Publicado enG.O. N 37.348 del 18/12/01.Modif. Parcial: G.O. 5.592 del 27.06.02. Modif. Derogatoria: Decreto 3.776 G.O. 5.781 del 12.08.05, entrando en vigencia a partir del 01.01.06.REGLAMENTO N2:Del Sistema de Crdito Pblico.G.O. N 38.117 del 28/01/05.REGLAMENTO N3:Del Sistema de Tesorera. G.O. N 37.419 del 09/04/02.REGLAMENTO N4:Del Sistema de Contabilidad Pblica.G.O. N5.623 Ext. del 29/12/02. Modf. Derogat. G.O. N 38.318 del 21/11/2005 (Decreto 4.099), por error material se public en G.O. N 38.333 del 12/12/2005 (correccin Art. 30).Asimismo el Reglamento que parcialmente trata sobre el sistema de control interno, relacionado con el Ttulo VI de la LOAF, es denominadoReglamento sobre la Organizacin del ControlInterno en la Administracin Pblica Nacional, publicado en GO. 37.783 del 25.09.03.La LEYORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (LOAP): G.O. 37.305 del 17/10/2001, que trata sobre la Organizacin y Funcionamiento del sector pblico.Objeto de la LOAP:Regir la organizacin y funcionamiento de la administracin pblica y de los rganos y entes integrantes de la misma, tanto central como descentralizada.Regular los compromisos de gestin; promoverla participacin ciudadana y el control sobre las polticas y resultados.Normar lo relativo a los archivos y registros pblicosLOAP: Artculo12La revisin y verificacin de los procesos administrativos a los efectos de modificarlos, simplificarlos permanentemente informatizarlos, suprimir los innecesarios, aplicando los principios de economa, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza, segnparmetros de racionalidad tcnica y jurdica.LaLEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL (LOCGR y SNCF) publicada en G.O. 37.347 del 17.12.2001. Esta ley define los elementos exigidos sobre Control y Evaluacin de la Gestin.Su objetoes:Regular las funciones de la CGR,el Sistema Nacional de Control Fiscaly laparticipacinciudadanaenel ejercicio de la funcin contralora.rganos del control fiscal (Art. 24 y 26):La Contralora General de la Repblica.Las Contraloras de los Estados, Distritos, Distrito Metropolitano, Municipios y la Contralora de la Fuerza Armada Nacional.La SUNAI.Las Unidades de Auditora Interna.Lo integran tambin: las Mximas Autoridades y niveles directivos, el Poder Ciudadano.Los Ciudadanos. La Contralora Social.LaLEY ORGANICA DE PLANIFICACIN (LOPLA), publicada en Gaceta # 37.323del 13.11.2001-Entr en vigencia: el 13.05.2002.Su objetoes:*Establecer las bases y lineamientos para la construccin, viabilidad, el perfeccionamiento y la organizacinde la planificacin en los diferentes niveles territoriales de gobierno.* El fortalecimiento de los mecanismos de consulta y participacin democrtica en la misma.Adems, es importante sealar otras normas que constituyen en si mismas parte del basamento legal del SIGECOF contenidas en sus Manuales, Instructivos, Resoluciones y Providencias, Decreto-Leyes. Ejemplo: G.O. # 33.228 del 27-06-2001:Instrucciones sobre el proceso de desconcentracin, uso del Sigecof, desarrollo y aplicaciones informticas y uso automatizado de toda la informacin.ORGANO COORDINADOR:MINISTERIO DE FINANZAS (LOAF Art. 4)ORGANOS RECTORESOFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO (Loaf Arts. 20 y 21)OFICINA NACIONAL DE CRDITO PBLICO (Loaf Art. 96)OFICINA NACIONAL DEL TESORO (Loaf Art.108)OFICINA NACIONAL CONTABILIDAD PBLICA (Loaf Art.126)SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORIA INTERNA (Loaf Art.137)MINISTERIO DE PLANIFICACIN Y DESARROLLO (Lopla Art.18).CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.4.ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL SIGECOFEs importante conocer los aspectos conceptuales y metodolgicos ms resaltantes en los cuales se fundamenta el desarrollo del SIGECOF, muchos de ellos considerados como principios y requisitos del sistema.a)Lossistemas de informacintienen como objeto fundamental producir informacin para latoma de decisionesen los diferentes niveles gerenciales de las organizaciones (estratgicos, tcticos y operativos).Lo anterior significa que para disear un sistema de informacin, el primer paso a seguir es conocerlos requerimientos de los centros de decisin, para establecer las salidas necesariasdel sistema; luego, identificar los datosde entraday elprocesamientorequerido para obtener esas salidas.En el desarrollo del modelo del SIGECOF se aplic en toda su extensinla teora general de sistemas, que permite conocer la informacin fsica y la financiera, mediante la identificacin de los elementos bsicos que lo componen, y en cada uno de ellos, definir los procesos que intervienen.Losdatos de entradaestn respaldados por loscomprobantes que corresponden a los documentos de soporte del registro de cada transaccin.Elprocesamientopropiamente consiste en transformar el conjunto de datos de entrada, ya sea para generar las salidas requeridas, o paraalmacenardatos para su uso posterior; all estn identificados losprocesosdel sistema, las aplicaciones informticas, etc., lo cual comprende bsicamente: el plan de cuentas, los registros contables, workflow, metodologa de registro, consultas, y otros, es decir, todas las herramientas que necesariamente operan para producir las diferentessalidas, en cualquier tipo de reporte o documento que se requiera.En ese sentido,el SIGECOF,procesado por medios informticos, incorporada la data (entradas) aplicando el principio del registro nico, permite producir,por agregacin de la informacin previamente almacenada, todos los reportes o tipos de estados financieros necesarios, permitiendo su elaboracin de manera coherente, pues se originan en funcin de procesos integrados y surgen de la misma fuente informativa.b)Cuando las partes de un sistemaestn debidamente integradas, el total opera en forma ms eficaz y eficiente de lo que hara la suma de las partes (R-4 LOAFSP- Art.14).El SIGECOF, conceptual y normativamente es un sistema integrado, y esto es posible por cuanto las normas que regulan los diferentes subsistemas que lo componen, son coherentes entre s y permiten tcnicamente relacionar los tipos de informacin que se manejan.c)En el diseo del SIGECOF deben aplicarse los principios de lacentralizacin normativa, la desconcentracin operativa,ladescentralizacin operativa o funcional.(R-4 LOAFSP- Art. 5, ord. 3; Art.14).LaCentralizacin Normativa:significa que las competencias para dictar normas, reglamentos, sistemas y metodologas sobre elSIGECOF, se concentran en losrganos rectoresde la administracin financiera.LaDesconcentracin operativa:Cada ente u rgano, est conformado y estructurado por unidades o dependencias organizativas, las cuales estn claramente identificadas en su Oganigrama y en elManual de Estructura Organizativa,e igualmente estn descritaslas competencias, atribuciones y funciones de cada una de esas unidades organizativas. Adicionalmente, en los respectivosManuales de Normas y Procedimientos,se desglosan los pasos de cada proceso, los roles y flujo de informacin, lo cual permite identificar los requerimientos de los centros de toma de decisin (datos de entrada, procesamiento y salidas).Todo lo anterior debe estar claramente definido, por cuanto la normativa legal establece una ejecucin desconcentradade los presupuestos de gastos asignados cada ao (aplicando las normas que de manera centralizada generan los rganos rectores), de acuerdo a lo planteado en la LOAFSP y su Reglamento N1. Ello se concreta mediante la constitucin cada ao, de laEstructura de la Ejecucin Financiera del Presupuesto de Gastos (EEFPG),es decir, ladesignacin de las Unidades Administradoras y las Unidades Ejecutoras Locales, seleccionadas de su estructura organizativa,como instrumento y base para laformulacin y ejecucin de los planes y presupuestos.As pues, a travs de la EEFPG se concreta la aplicacin del principio de la desconcentracin operativa. En cuanto a la informacin a ser remitida a los rganos rectores, es necesario determinar claramente losesquemas de flujos de informacin segn se trate, tanto del Sigecof Central como del Sigecof Local.La Descentralizacin Operativa (funcional-territorial).Este principio considera la existencia de transferencia de competencias de un rgano administrativo, hacia otros entes con personalidad jurdica propia e independiente que le estn adscritos o no. Su conexin, adscripcin y control puede ser por vaaccionarial(empresas),de tutela(institutos autnomos, entes descentralizados funcionalmente),estatutaria(fundaciones, asociaciones y sociedades civiles) u otra.d)Cada transaccin se registraruna nica vezde modo que a partir de ese registro sea factible generar todas las salidas de informacin que se demanden.Dicho registro, se constituir en la entrada nica de informacin ydeber contener todos los datos necesarios para su posterior proceso(Reg. 4-LOAF: Art. 13; igualmente en el Art. 5, Ord.15).Este principio bsico del SIGECOF comnmente se denomina Registro nico oUnicidad,y consiste enincorporar el registro de los datos una nica vez y en el sitio ms cercano donde ocurra la transaccin.Debe abarcar todo lo necesario en la base de datos, de manera tal que el sistema automatizado procure internamente la informacin pertinente a los subsistemas interrelacionados.Asimismo, enviar la data necesaria a los rganos rectores, y almacenar lo necesario para su posterior utilizacin. A este principio, se asocian estrechamente los deuniversalidad, integracin, integralidad y seguridad.e)El SIGECOF prescribirla apertura y formacin de un expedientepor cada transaccin que se registre en el sistema, indicando los documentos soportes, referencias y personas responsables. Aplicar tecnologa de punta,para lograr un eficiente control interno, supervisin, seguimiento y realizacin de las auditorias (R-4-LOAFSP- Art. 24).La fluidez en el recorrido, la claridad y propiedad del registro de las transacciones y su fcil ubicacin, son condiciones indispensables en el sistema integrado, por ello es fundamental y de gran importancia, la tecnologa de punta utilizada en el SIGECOF, entre ellas, la herramienta denominada flujo de trabajo o workflow. Esta modalidad exige la simplificacin y adecuacin decada procesoa las normas establecidas, as como la clara definicin decada tarea o pasosque comprende cada proceso. El sistema apertura un expediente a cada transaccin desde que esta se inicia hasta que culmina, considerando los momentos contables (compromiso, causado y pago).Art.41.f)Una forma de garantizar la interrelacin de los sistemas, subsistemas, organismos, sectores y cualquier informacin relevante que est contenida en la base de datos,es diseando y estableciendo una debida y apropiada codificacinrelacionadas en las tablas respectivas.Es indispensable la utilizacin de las necesarias y diferentes codificaciones de la informacin que se incorpora a la base de datos, para poder relacionarlas de acuerdo a los requerimientos de las salidas o reportes, estados financieros, consultas, etc.Para ello se disean y aplican en el sistema informtico, las TABLAS correspondientes, entre las cuales y como ejemplo se sealan las siguientes:Cdigo Institucional(entes y rganos de la administracin pblica); * Cdigo Sectorial (de acuerdo a los 15 sectores planificacin); * Cdigo de la Ubicacin Geogrfica (Regin, Entidad Federal, Municipio, Ciudad); * Cdigo Categoras Presupuestarias (Proyecto-Actividades Centralizadas = Actividades Especficas); *Cdigo PUC (Plan nico de Cuentas - econmica y por objeto del gasto); * Cdigo de la Estructura de la Ejecucin Financiera del Gasto (Unidad Administradora Central; Unidades Administradoras Desconcentradas; Unidades Ejecutoras Locales); * Codificacin por Fuentes de Financiamiento (Ingresos Ordinarios, Extraordinarios: Deuda Interna y Deuda Externa; Aplicaciones Financieras; Venta de Activos;Privatizacin, y otros); * Cdigo del Plan General de Cuentas (Contabilidad Patrimonial); * Cdigo de Bienes Muebles, Inmuebles, Materiales y Suministros; Otros Cdigos: *De unidades organizativas del ente u organismo, *del cargo, *del funcionario, *tipo de instrumento de pago, *Orden de Compra, *Orden de Pago, *Bancos, etc).g)El SIGECOF como sistema nico e integrado est desarrollado y soportadopor medios informticos.Se ha venido sealando que el SIGECOF es nico, integrado y aplicable a todos los entes y rganos de la Repblica, a los entes descentralizados funcionalmente con o sin fines empresariales, fundaciones y dems rganos pblicos. Y tal como lo establece el Artculo 124 de la LOAF, este sistema deber estar soportado en medios informticos, sustentado en los principios de integracin, integridad, seguridad y control. Asimismo, en el artculo 125, agrega que por medios informticos se podrn generar comprobantes, procesar y transmitir documentos e informaciones, producir los libros de Diario, Mayor e Inventario, y dems libros auxiliares. Evidentemente, los sistemas informticos deben dar la seguridad necesaria e indispensable para resguardar la data procesada.En relacin a esta materia, debe sealarse que10 de Febrero de 2001 se dict elDecreto con Fuerza de Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrnicas(Decreto N 1.204, publicado en G.O. N 37.148 del 28.02.2001), el cual responde a la necesaria reglamentacin de las modalidades utilizadas por los medios electrnicos,ya de uso comn y cotidiano, y sustentarlas en un marco jurdico que permita facilitar su desarrollo y la aplicacin de los avances tecnolgicos que enriquecen y ayudan al logro de la automatizacin de los procesos administrativos del sector pblico.h)Un sistema de informacin para la gerencia pblica debe disponer de los respectivosmanuales de conceptualizacin y operatividad del mismo, que garantice la efectiva utilizacinpor parte de los usuarios.El sistema integrado SIGECOF, tiene editados todos los Manuales correspondientes a la Administracin Central, y de la misma manera se deben editar los de los dems entes integrantes del sector descentralizado y empresas pblicas.Los MANUALES desarrollados y editados por PROMAFE, son:Distribucin Administrativa del Presupuesto de Gastos.Programacin de la Ejecucin Interna de los Crditos Presupuestados y Distribucin de Cuotas.Sistema de Contabilidad Aplicable a los Organismosdel Poder Nacional.(Integrador).Modificaciones Presupuestarias y Reprogramacin de la Ejecucin del Presupuesto de Gastos.Registro de Compromisos de Pagos Peridicos.Registro de Crdito Pblico.Registro de Activos Financieros.Registro de Ingresos.Sistema de Tesorera Nacional.Registro de Fondos en Anticipo.Registro de Materiales y Suministros.Registro de Fondos en Avance: (Remuneraciones al Personal; Gastos de Servicios al Exterior; Gastos de Seguridad y Defensa del Estado.Registro de Bienes Muebles y Semovientes.Registro de Bienes Inmuebles.Registro de Ejecucin de Obras.Registro de Fianzas y Garantas.Registro de las Transferencias.Registro de Expropiaciones.Para analizar la estructura del contenido de estos Manuales, debe incorporarse en la Pgina WEB:www.oncop.gov.ve, en la seccin Manuales Sigecof.A la fecha, las instituciones universitarias, que son entes descentralizados sin fines empresariales, han trabajado en la adecuacin de estos Manuales a las caractersticas propias de este tipo de rganos.5.LAS FASES DEL PROCESO PRESUPUESTARIO EN EL SIGECOF.

6.-LA DISTRIBUCIN ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS (DAPG)La Distribucin General del Presupuesto de Gastos, constituye la informacin bsica para la presentacin de laDistribucin Administrativa del presupuesto de Gasto (DAPG),de acuerdo a las normas, procedimientos e instrucciones establecidas en la normativa legal, especialmente en la LOAF y su reglamento N 1.En elR-1:42,se establece lo procedente a la DAPG y especficamente plantea:Decretada la distribucin general del PG, la mxima autoridad de cada rgano ordenador de compromisos y pagos, dictar una resolucin que establecer ladistribucin administrativa de los crditos presupuestarios,lo que comunicar a la ONAPRE, as como la distribucin de los crditos por fuente de financiamientoque corresponda manejar a launidad administradora central y a las unidades administradoras desconcentradas que se definen en el presente Reglamento.La distribucin administrativa a que se refiere este artculo contendr informacin discriminada por unidades administradoras y unidades ejecutoras locales, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicte la ONC en el Manual para la DAPG.Las asignaciones presupuestarias correspondientes a las dependencias que se crearen durante el ejercicio, se determinarn antes de iniciar sus actividades, en los trminos contenidos en este artculo.Igualmente en elR-1: 90,referido a los Entes Descentralizados Funcionalmente sin Fines Empresariales establece:Los EDF s/fines empresariales incluidos en el Ttulo III de la Ley de Presupuesto, debern elaborarla distribucin administrativa de los crditos presupuestariosen la cual se determinar la parte de estos crditos cuya ejecucin financiera corresponda a la UAC y los que corresponden a las UAD.En laDAPGse presentan los crditos presupuestarios distribuidos entre lasUnidades Administradoras (UA),establecidas para el periodo fiscal.R-1:43Las UAC y UAD, son las responsables de la ejecucin financiera de los crditos presupuestarios asignados a las UEL.Las UEL, son las que presupuestariamente realizan la ejecucin fsica, total o parcial, de las metas, tareas previstas en las Acciones Especficas.Los crditos asignados a estas categoras presupuestarias, se desagregarn entre las UEL seleccionadas. Las UEL podrn estar encargadas de ms de un proyecto.La DAPG debe indicar que los CP que le son asignados a las UEL, as como su vinculacin con sus respectivas UA.En la LOAF (Arts. 17, 18 y 23), se establece que en los presupuestos se indicarn las unidades administrativas que tengan a su cargo la produccin de bienes y servicios.. y ...las autoridades correspondientes designarn a los funcionarios encargados de las metas y objetivos presupuestarios....Los responsables de las UA a cargo de la ejecucin de los Proyectos, adems de participar en la elaboracin del POA, gerenciarn los recursos reales y financieros, coordinarn la elaboracin del anteproyecto de presupuesto, decidirn conjuntamente con los funcionarios competentes sobre los crditos centralizados y desconcentradosy participarn en la formulacin de la DAPG, as como en la programacin de la ejecucin del mismo.R-1:44 LaDireccin de Administracin de cada rgano ordenador de compromisos y pagos,o quin a tal efecto designe la mxima autoridad, registrar la DAPG en el sistema integrado de informacin financiera.....(SIGECOF) a cargo del MF, y har las notificaciones correspondiente a lasUnidades Administradorasintegrantes de la estructura para la ejecucin financiera del presupuesto de gastos, las cuales a su vez notificarn a las UEL correspondientes.Estructura de la Ejecucin Financiera del Presupuesto de Gastos:R-4 del 47-54)R-1: 47Se entiende porestructura para la ejecucin financiera del presupuesto de gastos,el conjunto conformado por la UAC y las UAD que intervienen en el manejo de los crditos presupuestarios. Las UAC o UAD y sus responsables,sern designadas por la mxima autoridad de cada rgano ordenador de compromisos y pagos, mediante Resolucin que se publicar en la Gaceta de la Repblica Bolivariana de Venezuela. La UAC , es la Direccin de Administracin u otra dependencia con similares atribuciones. Esta unidad podr manejar crditos centralizados de otras unidades y crditos propios, mediante rdenes de pagos directas. Asimismo, previa delegacin de la mxima autoridad, podr girar rdenes de pagos para atender los gastos que deban pagarse mediante Fondos en Avance o Anticipos, a las UAD, sin perjuicio del manejo de los fondos en avance o en anticipo que expresamente se le asignen. Las UAD contarn con la estructura administrativa que les permita manejar un monto anual de crditos presupuestarios igual o superior a dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 UT), mediante fondos girados en anticipo, sin perjuicio del manejo de los fondos en avance, y por rdenes de pago directas contra el Tesoro, que le haya sido delegado por la mxima autoridad del rgano.En la estructura de la ejecucin financiera del presupuesto de gastos quedan plenamente identificados losfuncionarios responsables de las Unidades Administradoras.El R-1: 51. La designacin de los funcionarios responsables de las UA integrantes de la estructura para la ejecucin financiera del presupuesto de gastos, ser efectuada por la mxima autoridad del rgano correspondiente y sea publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela.La informacin contendr: la UAC y las UAD y sus respectivos cdigos, nombre de la Dependencia responsable de cada una de ellas, y la identificacin de los funcionarios titulares de las mismas (Nombre y Apellidos y la Cdula de Identidad).MANUAL DE LA DAPG DEL SIGECOFPROMAFE, conceptualiz y edit el MANUAL de la DISTRIBUCIN ADMINISTRATIVA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS para el SIGECOF, sustentado en la normativa legal aplicable, organizado en cuatro (4) Captulos y varios anexos, indicando conceptos, objetivos, interrelacin con otros sistemas del SIGECOF, base legal y normas generales y especficas, flujo bsico de la informacin que se produce y procesa, proceso genrico para la DAPG, formatos e instructivos y un glosario de trminos.Ver MANUAL en la pgina WEB indicada anteriormente.7.-PROGRAMACIN DE LA EJECUCIN INTERNA DE LOS CRDITOS PRESUPUESTARIOS Y DISTRIBUCIN DE CUOTASLa programacin de la ejecucin del presupuesto, una de las fases ms importantes en el SIGECOF, tiene por objeto compatibilizarla oportunidad de las recaudaciones financieras efectivas estimadas, con la ocurrencia o requerimiento de la ejecucin (compromiso, el causado y pago) de los desembolsos previstos, as como demostrar a futuro como y cuando se espera el cumplimiento de cada meta (OBJETIVOS) y la salida de los productos terminales o intermedios.Laprogramacin presupuestaria es obligatoriapara todos los entes y rganos pblicos.Se realiza de manera preparatoria, en la oportunidad de la formulacin, y una vez sancionado el presupuesto y aprobada la distribucin administrativa de los crditos presupuestarios, de inmediato como fase obligante debe finalizarse la programacin, y ser aprobada, como condicin previa, para el inicio de la ejecucinfsica y financiera.En esta fase del proceso presupuestario, se compatibiliza:La DAPGconel FLUJO de: Recaudacin Mensual del Presupuesto de Ingreso y Disponibilidad Financiera.DEFINICIONES:PROMAFE presenta un concepto muy sucinto de Programacin:La programacin de la ejecucin tiene como propsito compatibilizar, ex ante y a lo largo del ejercicio presupuestario, los recursos materiales y humanos que se requerirn para el cumplimiento de las metas programadas con los recursos financieros efectivamente disponibles, con el fin de asegurar una ejecucin ordenada de los programas presupuestarios. Esta programacin es uno de los instrumentos ms importantes para hacer viables los objetivos de poltica econmica, siendo a la vez una informacin indispensable para que la ONT pueda elaborar su programacin financiera.Y en el Manual del SIGECOF, se presenta un concepto sobre Programacin en los trminos siguientes:La programacin interna de la ejecucin fsica y financiera de las asignaciones acordadas a las unidades ejecutoras y administradoras constituyen los niveles operativos donde se inicia la gerencia de los recursos en funcin de metas concretas.Normativa Legal:LOAF y sus reglamentos; precisamente alfinal del artculo 14 indica: ...El reglamento de esta Ley establecer las tcnicas de programacin presupuestaria y los clasificadores de gastos e ingresos que sern utilizados. En el Art. 21, de las atribuciones de la ONAPRE, en el Ordinal 6 establece, la competencia de aprobar, conjuntamente con la ONT (Art. 109-Ord. 2) la programacin de la ejecucin de la Ley de PP.Asimismo laLOAF en su Art.50,seala:Los rganos de la Repblica as como los entes descentralizados funcionalmente sin fines empresariales programarn, para cada ejercicio, la ejecucin fsica y financiera de los presupuestos, siguiendo las normas que fijar el reglamento de esta Ley y las disposiciones complementarias y procedimientos tcnicos que dicten la ONAPRE y la ONT. Dicha programacin ser aprobada por los referidos rganos rectores, con las variaciones que estimen necesarias para coordinarla con el flujo de los ingresos.Especficamente el Reglamento N 1(vigente a partir del 01.01.2006)de la LOAF, contiene varios artculos que tratan sobre la programacin, tales como:R-1:8, (Ord. 4 y 7) y; Arts.36,45,46,92 y 93.Tipos o Formas de Programacin:Para seleccionar las tcnicas ms apropiadas de programacin a utilizar se toman en cuenta los productos y sus interrelaciones, las metas (acciones volmenes de trabajo) establecidos en el POA, los requerimientos reales y financieros (vinculacin presupuestaria), tiempos de ejecucin, ubicacin geogrfica y otros criterios pertinentes.Las tcnicas ms comunes son:-ProgramacinTemporal (Sub-Periodos, aplicando el criterio tiempo;-ProgramacinEspacial(de acuerdo al lugar geogrfico donde se efecten, o se utilicen o ejecuten los proyectos; y-ProgramacinMixta(Combinacin de las anteriores).Programacin de los Recursos:R-1: 36La ONAPRE programar por sub-perodos mensuales la ejecucin de los ingresos previstos en la Ley de Presupuesto, en coordinacin con los rganos y entes del sector pblico a quienes les competa la administracin de ingresos nacionales, y la remitir a la ONT a objeto de elaborar la programacin del flujo de fondos de la Repblica, conforme al Art. 109, ord. 2 de la LOAF. Las reprogramaciones cumplirn similar trmite.La programacin de la ejecucin de los ingresos y el consecuente flujo de caja,implica determinar los montos a ejecutar disponibles en los saldos de caja al inicio del ejercicio (de acuerdo a la norma); yestablecer el flujo estacional previsto derecaudacinde los recursosdurante cada sub perodo presupuestario.Al respecto, PROMAFE establece: Esta programacin sirve de base a la ONAPRE y ONT para aprobar lascuotas trimestrales de compromiso y autorizar las cuotas mensuales de desembolsos,con el objeto de garantizar que la ejecucin del Presupuesto de Gastos se efecte de acuerdo al ritmo de percepcin de los ingresos fiscales.Cada uno de los rubros de ingresos, incluyendo los ingresos propios, se programan en atencin a sus caractersticas, comportamientos, variables que afectan su recaudacin, considerando las ocurrencias estacionales segn los anlisis estadsticos, estimando la oportunidad del ingreso (por sub perodo mensual)en atencin al momento contable de la recaudacin.Programacin de los Egresos:Debe programarse tanto la ejecucin fsica como la ejecucin financiera del PG, en sus momentos contables, especialmenteen atencin al momento del causado.Debe tomarse en cuenta la categorizacin presupuestaria y la clasificacin de los CP por objeto del gasto (PUC).Adems, se deber indicar a nivel de Proyectos, y Acciones Centralizadas, las Partidas de los CP que se comprometern tanto a nivel de la UAC como de cada una de las UAD, todo ello siguiendo los lineamientos de la ONAPRE, la ONT y las disposiciones normativas internas del ente.En atencin a las categoras presupuestarias, la programacin de los gastos se inicia desdela base o mnimo nivel de desagregacin (Actividades Especficas);y en atencin a los montos, porlas cuentas de menor desagregacin (sub especficas del PUC), segn el PG.Ahora bien, poragregacin y consolidacinse obtienen los montos correspondientes a las categoras presupuestarias de mayor nivel (Proyectos, y Actividades Centralizadas); as como los montos por Partidas.La programacin de la ejecucin fsica y financiera del presupuesto es aprobada por las mximas autoridades de los rganos y entes ejecutores del presupuesto, previa revisin de los organismos rectores, normalmente a montos agregados globales, y en detalle se registra en el SIGECOF.El proceso de programacines dinmico, pues si bien es cierto que se realiza al inicio del ejercicio, como una actividad indispensable para la ejecucin, es en s mismo, un proceso permanente que se realiza consistentemente a lo largo del ejercicio fiscal.Reprogramacin de la Ejecucin Presupuestaria.(R-1: 93)Es una accin necesaria y muy comn en el proceso presupuestario, dado que la formulacin y distribucin del PP y su correspondiente programacin inicial, se basan en estimaciones y proyecciones. El SIGECOF en su Manual Modificaciones Presupuestarias y Reprogramacin de la Ejecucin del Presupuesto de Gastos, contempla normas especficas para el registro de las reprogramaciones.La formulacin y distribucin del PG se aprueban por montos anuales, pero la programacin organiza dicha informacin por sub perodos mensuales, por tanto esta fase permite conocer con mayor detalle y precisin en tiempo y espacio, las realizaciones esperadas, en trminos de productos terminales e intermedios (ejecucin fsica), cumplimiento de metas y acciones, oportunidad de los requerimientos de recursos reales y financieros (ejecucin financiera), distribucin de los CP (centralizados y desconcentrados), y an ms la modalidad para aplicar los indicadores de gestin.Toda esta informacin detallada es muy importante, pues ser la base fundamental para desarrollar y aplicar el proceso de control y evaluacin, utilizando, entre otras tcnicas, los indicadores de gestin, de desempeo, financieros, etc.MANUAL DE LA PROGRAMACIN DE LA EJECUCIN INTERNA DE LOS CP Y DISTRIBUCIN DE CUOTAS DEL SIGECOFDe la misma manera y modalidad utilizada en la DAPG, PROMAFE conceptualiz y edit este Manual para el SIGECOF, sustentado en la normativa legal aplicable, organizado en Captulos y anexos, indicando conceptos, objetivos, interrelacin con otros sistemas del SIGECOF, base legal y normas generales y especficas, flujo bsico de la informacin que se produce y procesa, proceso genrico para la DAPG, formatos e instructivos y un glosario de trminos.Este Manual, basado en los trminos y normas aplicables, fue desarrollado para facilitar la gerencia de los recursos asignados y lograr resultados de forma eficiente y eficaz, entre cuyos objetivos contempla:Facilitar a la UEL a las UA, la programacin interna de las asignaciones anuales acordadas, lo cual incorporar elementos de racionalidad en el manejo de los recursos y el cumplimiento de las metas.Sustentar la programacin de la ejecucin fsica y financiera que deben presentarse a la ONAPRE y a la ONT.Permitir a cada organismo la oportuna informacin de la programacin de los bienes y servicios demandados por las UEL y de la ejecucin financiera que ejecuten las UA, lo cual servir de base para la evaluacin del cumplimiento de las metas y volmenes de trabajo.Criterios Generales para Programar Compromisos y Gastos Causados:El Manual seala lo siguiente:Se deben preparar CRONOGRAMAS que indiquen los tiempos de ejecucin de las acciones de produccin requeridos por: Contratacin de obras, adquisicin de bienes y contratacin de servicios, tomando en cuenta las caractersticas de cada una y las normas aplicables (Leyes y Reglamentos, Ley de Licitaciones, Normas Internas, etc.)En estos cronogramas se definir cuando se deben comprometerlos recursos presupuestarios con la emisin de las rdenes de compra, la suscripcin de contratos, o el documento que proceda; en consecuencia, se estimarn las fechas en que se producir el momento delcausado,el cual se registrar con la emisin de las rdenes de pago.En base a lo causado se programarn los desembolsos o momentodel pago.Asimismo, el Manual presenta la forma de programar el compromiso y causado, de algunas partidas especficas del PUC, como por ejemplo:Para las partidas de Gastos de Personal: 401.01.01; 02, 07, 08 y 09; 401.04.04:COMPROMISO:Se programarn al inicio del ejercicio por los montos totales de las remuneraciones de los cargos fijos ocupados en la nmina (considerando ms o menos las variaciones previstas).GASTOS CAUSADOS: Se programar por sub perodos mensuales. El soporte ser el documento del acto administrativo que origina el gasto.De esto se desprende como condicionante, que de acuerdo a las instrucciones que hasta ahora han sido - y a futuro pudieran ser, formuladas por la ONAPRE, gastos correspondientes a partidas especficas determinadas debern programarse de acuerdo aesos criterios preestablecidosaplicables a todo el sector.REPORTES BSICOS QUE GENERA EL MDULO:-Programacininicialde metas y volmenes de trabajo; Programacin Inicial de Bienes y Servicios de cada Unidad Ejecutora Local; Programacin Inicial de la Ejecucin Financiera; Programacin Inicial de la Ejecucin Financiera por Programa (ahora por Proyecto); Programacin Inicial de la Ejecucin Financiera Consolidada por Organismo.-ProgramacinTrimestralde Metas y Volmenes de Trabajo; Programacin Trimestral de Bienes y Servicios de cada Unidad Ejecutora Local; Programacin Trimestral de la Ejecucin Financiera; Programacin Trimestral de la Ejecucin Financiera por Programa (ahora por Proyecto);Programacin Trimestral de la Ejecucin Financiera Consolida por Organismo; Aprobacin Trimestral de Cuotas de Compromisos y Desembolsos por Organismos.-Distribucin Interna de Cuotas de Compromisos o Desembolsos de cada categora Programtica (ahora categora presupuestaria).-Asignacin de Cuotas de Compromisos o Desembolsos de cada Unidad Ejecutora Local por Unidad Administradora.