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Catalogo de cuentas empresa comercial

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Primeramente elegir un nombre para la empresa, con el cual ser identificada y reconocida, luego el representante legal, la entidad o propietario de la misma debe investigar y asegurarse en el Registro de Comercio que no exista otra entidad, sociedad o empresa con ese mismo nombre y se encuentre disponible.

En caso que ya exista registrada una empresa con ese mismo nombre, se deber seleccionar otro que no est existente.

"1Luego de asegurarse y seleccionar el nombre de la empresa se prosigue a dirigirse a un Banco local a certificar o Legalizar un cheque de la empresa a fundar, como mnimo por el 25% de Capital Social (Para socios extranjeros el 100%) con el nombre del propietario o representante legal de la empresa, la cantidad en letras y nmeros, firma, lugar y fecha.f CHEQUE SERIE-PRO* No.^ 1 1 357"'8^5{n Manny Darker S.A. df C.V. \&$ 5 noo; Pagese a {la orden de?22232??"".DOLARES.La cantidad de.909O4SB140.O113578-110903 Banco Agrcola, S.A. 0003SAN ML VAMMI KL SALVADOR, t. A.00905935Cinco milOMO LO .1.00000 50 0i 58 U?0 U3578"' .."1

INSCRIPCIN EN ALCALDIA MUNICIPAL, del municipio o ciudad en que la sociedad tenga su domicilio de acuerdo a lo estipulado en pacto social (Escritura Pblica): 1.Presentar formulario de trmites empresariales. 2.Anexar copia de escritura de constitucin autenticada 3.Copia autenticada de NIT de la Sociedad. 4.Copia autenticada de credencial del Representante Legal o Apoderado, anexando DUI y NIT autenticados del Representante Legal. 5.Presentar balance general inicial original, firmado y sellado por Contador Pblico autorizado. 6.Cancelar el 0.1% por el valor del capital social inicial. En el caso de sociedades que se constituye con el moto de capital social mnimo de USD $ 2,000, se cancelara USD $ 2.00

La solvencia municipal es una constancia o comprobante extendido por la Alcalda, en la que se hace constar que una persona se encuentra solvente con el pago de sus impuestos municipales.

De acuerdo al artculo 100 de Cdigo Municipal, establece "Como requisito la presentacin de la Solvencia municipal para poder inscribir documentos al registro de Comercio", como un medio de obligar a los ciudadanos al pago de los Impuestos Municipales.ESCRITURA DE CONSTITUCIN SOCIEDAD ANNIMA DE CAPITAL VARIABLE

NUMERO cinco mil treinta y dos. En la ciudad de Ciudad Arce, el da 18 de Agosto. Ante m, Claudia Ardon, Notario, de este domicilio, comparecen: El seor Erick Ramrez, de 19 aos de edad, Estudiante, del domicilio de Ciudad Arce y de nacionalidad Salvadoreo, a quien (no ) conozco, pero identifico por medio de DUI: 052045399, NIT: 0502-170795-102-3 ; el seor Manuel Avils , de 18 aos de edad, Estudiante, a quien (no ) conozco, pero identifico por medio de DUI: 05301677-5, NIT: 0706-190196-109-8; El seor Jonathan Fuentes, de 20 aos de edad, Estudiante, del domicilio de Ciudad Arce y de nacionalidad Salvadoreo, a quien (no ) conozco, pero identifico por medio de DUI: 04803782-1 NIT: 0107-010194-098-2, y la Seorita Cecilia Rivas, de 20 aos de edad, Estudiante, a quien (no ) conozco, pero identifico por medio de DUI: 05020728-8, NIT: 0304-210794-101-4 ; Y ME DICEN: Que por medio de este instrumento convienen en constituir una Sociedad de Naturaleza Annima, de conformidad con las clusulas siguientes, las cuales a la vez conformarn sus Estatutos: I) NATURALEZA, REGIMEN DE CAPITAL, DENOMINACION, Y NACIONALIDAD: La Sociedad que se constituye es de naturaleza Annima, sujeta al rgimen de Capital Variable, que girar con la denominacin de "Manny Darker", seguida de las palabras SOCIEDAD ANNIMA DE CAPITAL VARIABLE, pudiendo utilizar como abreviatura "S.A. DE C.V."; siendo de nacionalidad salvadorea. II) DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Ciudad Arce en el Departamento de La Libertad. III) PLAZO: La Sociedad que se constituye es por un plazo indeterminado (si es determinado, expresar el plazo convenido). IV) FINALIDAD SOCIAL: La Sociedad tendr por finalidad: Compra y venta de Perfumera para hombres y mujeres. V) CAPITAL SOCIAL: La Sociedad se constituye con un Capital Social de $ 20000 DLARES, moneda de curso legal, representado y dividido en 100 acciones comunes y nominativas de un valor nominal de 200 DLARES, cada una, siendo su Capital Social Mnimo la suma de 2000 DLARES. VI) SUSCRIPCIN Y PAGO DEL CAPITAL: El capital social est totalmente suscrito y se ha pagado el 25% por ciento de cada accin, as: El seor Erick Ramrez ha suscrito 30 acciones y ha pagado la suma de 750 dlares; el seor Manuel Avils ha suscrito 28 acciones y ha pagado la suma de 700 dlares; el seor Jonathan Fuentes ha suscrito 22 acciones y ha pagado la suma de 550 dlares; la seorita Cecilia Rivas ha suscrito 20 acciones y ha pagado la suma de 500 dlares. El pago respectivo es hecho por medio de cheque certificado que al final de esta escritura relacionar. (El capital suscrito y no pagado se pagar en el plazo de 2 aos, contados a partir de esta fecha (o de la poca que acuerden los otorgantes). VII) CONDICIONES PARA EL AUMENTO Y DISMINUCIN DEL CAPITAL SOCIAL: Los aumentos y disminuciones de capital social se harn previo acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, adoptado con el voto favorable de las trescuartas partes de las acciones en que se encuentre dividido y representado el capital social. La Junta General Extraordinaria de Accionistas fijar los montos de los aumentos o disminuciones de capital social; asimismo, en caso de aumento de capital social, determinar la forma y trminos en que debe hacerse la correspondiente suscripcin, pago y emisin de las nuevas acciones, en su caso, todo de conformidad a la Ley y a las estipulaciones contenidas en esta escritura. Todo aumento o disminucin de capital social deber inscribirse en el Libro a que se refiere el Artculo 312 del Cdigo de Comercio, el cual podr ser consultado por cualquier persona que tenga inters en ello. VIII) DE LAS ACCIONES: Las Acciones sern siempre nominativas; por tanto, los requisitos de emisin de los ttulos, del libro de registro de accionistas, la representacin de acciones, la transmisin o la constitucin de derechos reales sobre ellas, y dems regulaciones relativas a las acciones, se regularn de conformidad con el Cdigo de Comercio. Los ttulos de las Acciones o los Certificados representativos de las mismas, sern firmados por el Presidente de la Junta Directiva o quien haga sus veces o por el Administrador nico de la Sociedad, en su caso. DERECHO PREFERENTE DE SUSCRIPCIN DE ACCIONES EN CASO DE AUMENTO: En caso de aumento de capital social, los accionistas gozarn de derecho preferente de suscripcin de acuerdo a lo establecido en el Artculo 157 del Cdigo de Comercio. IX) GOBIERNO DE LA SOCIEDAD: Las Juntas Generales de Accionistas constituirn la suprema autoridad de la Sociedad, con las facultades y obligaciones que seala la ley. X) JUNTAS GENERALES: Las Juntas Generales de Accionistas sern Ordinarias, Extraordinarias o Mixtas si su convocatoria as lo expresare; sus respectivas competencias, convocatorias, qurums, agendas, porcentajes de votacin, y dems aspectos legales que deben observar se regirn por las disposiciones establecidas en la Seccin "C", Captulo VII, Ttulo II, del Libro Primero del Cdigo de Comercio. XI) ADMINISTRACIN Y REPRESENTACION LEGAL: La administracin de la sociedad, segn lo decida la Junta General de Accionistas, estar confiada a un Administrador nico Propietario y su respectivo Suplente o a una Junta Directiva compuesta de 2 Directores Propietarios y sus respectivos Suplentes, que se denominarn: Erick Ramrez y Manuel Avils. Tanto el Administrador nico y su suplente como los miembros de la Junta Directiva, durarn en sus funciones 2 aos (5 aos mximo), pudiendo ser reelectos. Las vacantes temporales o definitivas de los directores nicos o de junta directiva, se suplirn de conformidad con las reglas establecidas en el Artculo 264 del Cdigo de Comercio. Para el ejercicio de la representacin judicial y extrajudicial de la sociedad y uso de la firma social, se estar a lo dispuesto por el Artculo 260 del mismo Cdigo. XII) ATRIBUCIONES DE LA ADMINISTRACION: La Junta Directiva o el Administrador nico en su caso, estarn encargados de: a) Atender la organizacin interna de la sociedad y reglamentar su funcionamiento; b) abrir y cerrar agencias, sucursales, oficinas o dependencias; c) Nombrar y remover a los gerentes y dems ejecutivos o empleados, sealndoles sus atribuciones y remuneraciones; d) Crear las plazas del personal de la sociedad; e) Reglamentar el uso de las firmas; f) Elaborar y publicar los estados financieros en tiempo y forma; g) Convocar a los accionistas a juntas generales; h) Proponer a la junta general la aplicacin de utilidades, as como la creaciny modificacin de reservas y la distribucin de dividendos o prdidas. La Junta Directiva podr delegar sus facultades de administracin y representacin en uno de los directores o en comisiones que designe de entre sus miembros, quienes debern ajustarse a las instrucciones que reciban y dar peridicamente cuenta de sugestin. XIII) REUNION DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION: Cuando exista Junta Directiva, sta se reunirordinariamente una vez cada 2 Semanas (semanal, mensual, etc.), o cuando se crea conveniente, en el domicilio de la sociedad o en cualquier otro lugar fuera o dentro del territorio de la repblica, si as se expresare en la convocatoria, la cual se har por el gerente o por cualquiera de los directores, por escrito, telefnicamente o por cualquier otro medio, inclusive electrnico. Los acuerdos de la sesin se asentarn en el Libro de Actas que para tal efecto lleve la sociedad y habr qurum con la asistencia de la mayora de sus miembros y tomarn sus resoluciones por la mayora de los votos presentes, teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate. Asimismo, las sesiones de junta directiva podrn celebrarse a travs de video conferencias, cuando alguno o algunos de sus miembros o la mayora de ellos se encontraren en lugares distintos, dentro o fuera del territorio de la repblica, siendo responsabilidad del director secretario grabar por cualquier medio que la tecnologa permita, la video conferencia y hacer una trascripcin literal del desarrollo de la sesin que asentar en el libro de actas correspondiente, debiendo remitir una copia de la misma por cualquier sistema de transmisin, a todos los miembros de la junta directiva, quienes adems podrn requerir una copia de la grabacin respectiva. XIV) DE LA GERENCIA: La Junta Directiva o el Administrador nico en su caso, podrn nombrar para la ejecucin de decisiones a uno o varios gerentes o sub-gerentes, y los poderes que se les otorguen determinarn la extensin de su mandato. XV) AUDITORIA: La Junta General Ordinaria de Accionistas nombrar a un Auditor por el plazo que estime conveniente, el cual no podr ser menor de un ao, ni exceder de 5 aos, para que ejerza todas las funciones de vigilancia de la administracin de la sociedad, con las facultades y obligaciones que determina la ley. En caso de muerte, renuncia, incapacidad o inhabilidad del Auditor, la junta general elegir a otra persona para que ejerza las funciones de vigilancia de la administracin social. Asimismo, la Junta General Ordinaria elegir a un Auditor Fiscal de conformidad como dispone el Cdigo Tributario. En caso de muerte, renuncia, incapacidad o inhabilidad del auditor fiscal, la junta general estar obligado a nombrar nuevo auditor fiscal dentro de diez das hbiles siguientes de suscitada la muerte, renuncia, incapacidad o inhabilidad, debiendo informar dicho nombramiento a la Administracin Tributaria en la forma prevista en el Artculo 131 del Cdigo Tributario, dentro del plazo de cinco das hbiles de ocurrido el nombramiento. XVI) EJERCICIO ECONOMICO: El ejercicio econmico de la sociedad ser de un ao, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 98 del Cdigo Tributario. XVII) RESERVAS: Las reservas sociales sern las que indiquen los Artculos 123, 124 y 295 del Cdigo de Comercio. XVIII) DISOLUCION Y LIQUIDACION: La disolucin de la sociedad proceder en cualquiera de los casos contemplados en la ley, debiendo reconocerse las causales respectivas de conformidad como seala el Artculo 188 del Cdigo de Comercio. Disuelta la sociedad, se pondr en liquidacin, observndose lasdisposiciones del Captulo XI, del Ttulo II, del Libro Primero del Cdigo de Comercio. La junta de liquidadores que se nombre, estar integrada por 2 miembros; la sustitucin de cualquiera de los liquidadores se har de la misma forma en que se debe realizar el nombramiento. XIX) NOMBRAMIENTO DE LA PRIMERA ADMINISTRACION: Los otorgantes del presente acto, acuerdan que para el primer perodo de 2 aos, la administracin de la sociedad estar a cargo de (Junta Directiva) (Administrador nico) y sus respectivos suplentes y acuerdan elegir a los seores Erick Ramrez y Manuel Avils, para los cargos de Administrador nico y Suplente, respectivamente. Yo el Notario Doy Fe: 1) Que he tenido a la vista el Cheque Certificado Nmero 0349215, Serie 9431-1654161, librado en la ciudad de Ciudad Arce, contra el Banco Agrcola, por la suma de 150 dlares, a favor de la sociedad que por medio de esta escritura se constituye. 2) Que antes del otorgamiento de este acto hice a los comparecientes la advertencia a que se refiere el Artculo 353 del Cdigo de Comercio, respecto de la obligacin de inscribir esta escritura en el Registro de Comercio y de las consecuencias de la falta de inscripcin. As se expresaron los comparecientes, a quienes expliqu los efectos legales del presente instrumento; y ledo que les fue por m, ntegramente en un solo acto sin interrupcin, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.-[ MINISTERIO OE HACIENOA a DIRECCION GENERAL OE IMPUESTOS INTERNOS TARJETA OE IDENTIFICACION TRIBUTARLA

Manny Darker S.A. de C.V.NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE8 NO. 05 IDENT1RCAO0N TRIBUTARIA (NIT)

m0614-150814-000-015 08 14MES ANO

DIRECCION GENERAL DE INSPECCION DE TRABAJO INSCRIPCIN DE ESTABLECIMENTOS FORMULARIO DE INSCRIPCION DE PERSONA JURIDICARG-VL-DI-DIC-16SeorDirector General de Inspeccin de Trabajo Ministerio de Trabajo y Previsin Social Presente(INFORMACIN PERSONAL DE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)Yo, Erick Balmore Ramrez Flores con Documento de Identidad 05201539-9 y NIT 0502-170795-102-3 en mi calidad de Representante Legal, de la Sociedad denominada Manny Darker S.A. de C.V. que se puede abreviardel domicilio deCiudad Arce la cul fue constituida por Escritura Pblica otorgada en la Ciudad de Ciudad Arce el da 8 del mes de Agosto del ao 2014 con giro o actividad econmica principal Compra y Venta de Perfumes

(INFORMACIN DE LA SOCIEDAD)Inscrita bajo el Nmero mil ciento diez de Folios quince al quince del Libro Nmero dos mil cincuenta del Registro de Sociedades, con fecha de Inscripcin 18 de agosto de 2014; y con Credencial de Representante Legal inscrita bajo elNmero del Librodel Registro de Sociedades de Folios al y con fecha de inscripcin(En caso de no agregar Credencial, indicar nmerode clusula en donde se designe al representante legal o administrador nico) NIT de la empresa 0614-150814-000-0 correo Electrnico

Nombre del Representante Legal: Erick Balmore Ramrez Flores

Por este medio vengo a solicitarle a favor de mi representada por PRIMERA VEZ la inscripcin del centro de trabajo en el Registro de Establecimientos, que para el efecto lleva la Direccin General de Inspeccin de Trabajo para dar cumplimiento a lo que establece el Art. 55 de la Ley de Organizacin y Funciones del Sector Trabajo y Previsin Social y para ello proporciono la siguiente informacin:

(OTROS DATOS DE LA SOCIEDAD)Direccin del Centro de Trabajo: Ciudad Arce, La Libertad Telfono:(Si posee establecimientos o sucursales adjuntar en documento aparte direcciones, telfonos, correos electrnicos y responsables de cada establecimiento, en este caso anotar en este espacio la direccin de la casa matriz)Segn Balance al: 31 de Agosto de 2014 Con un activo de (letras y nmeros)

(INFORMACION INDISPENSABLE)La designacin de la persona que representar al Titular de la Empresa y establecimiento Manuel Eduardo Avils Cruz (Esta persona deber ser diferente al Representante Legal de la Persona Jurdica; ser persona nacional y adjuntar fotocopia de Documento nico de Identidad).San Salvador, a los 20 das del mes de Agosto de 2014

INSTRUCCIONES PARA LLENAR EL FORMULARIO DE INSCRIPCIN DE ESTABLECIMIENTOS DE UNAPERSONA JURIDICA

AL PRESENTE FORMULARIO DEBER ADJUNTARSE LA DOCUMENTACINSIGUIENTE: 1) Copia del formulario que contiene la solicitud; 2) Copia de Escritura de Constitucin; 3) Copia de Credencial del Representante Legal; 4) Copia de Balance del ltimo perodo fiscal; 5) Copia del Poder correspondiente en el caso de que la solicitud sea elaborada por un Apoderado de la Sociedad; 6) Copia del NIT de la Persona Jurdica; 7) Copia del documento de identidad del Representante Legal; 8) Copia del NIT del representante legal; 9) Copia del Documento nico de Identidad de la persona designada para representar al titular de la Empresa o Establecimiento.

Disposiciones Legales aplicables:Art. 55 y 56 de la Ley de Organizacin y Funciones del Sector Trabajo y Previsin Social

Art.55. Todo patrono est en la obligacin de inscribir su empresa o establecimiento en los Registros que llevarn la Direccin General de Inspeccin de Trabajo y las Oficinas Regionales de Trabajo.La inscripcin deber hacerse en la Oficina Regional correspondiente.El interesado solicitar por escrito la inscripcin, proporcionando los datosque en seguida expresa, los cuales debern consignarse en el asientorespectivo: a)Nombre del patrono y de la empresa o establecimiento, as como la direccin de uno y otro; b)Nombre del representante legal de la persona jurdica propietaria, cuando proceda, as como los datos relacionados con la personalidad jurdica de la misma; c)Actividad principal de la empresa o establecimiento y su activo; d)Nmero de inscripcin en el Registro de Comercio de la escritura de constitucin, si se tratare de una sociedad mercantil y el nmero de inscripcin de la credencial del representante legal de la misma, en los casos previstos por la ley; y e)La designacin de la persona que representar al titular de la empresa o establecimiento.La sola designacin lleva implcita la concesin de las facultades generales del mandato y de las especiales que enumera el Art. 113 del Cdigo de Procedimientos Civiles, inclusive de la transigir, y con l se entendern las demandas y reclamaciones, quedando facultado para intervenir en ellas. (SUSTITYASE POR EL ART. 69 CDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL)Dicha inscripcin deber actualizarse cada ao.Todo cambio de los datos indicados en este Artculo, se informar a la respectiva Oficina para la modificacin del asiento.El patrono sustituto est tambin obligado a inscribir la empresa o establecimiento.Art. 56 La falta de inscripcin de una empresa o establecimiento, har incurrir a su Titular en una multa de QUINIENTOS HASTA DIEZ MIL COLONES (o su equivalente en dlares), de acuerdo a la capacidad econmica del infractor.Para los efectos judiciales y administrativos, la certificacin de la inscripcin de una empresa o establecimiento expedida por el funcionario competente, har fe, respecto de la existencia de la persona jurdica titular y de la calidad de quienes han de representarla.

Pgina Web: www.mtps.gob.sv

epblica de El SalvadorDocumento nico de IdentidadApellidos / Surname

RAMIREZ FLORESNombres / Given NamesERICK BALMOREConocido pot / Known byGnero / Gender Salvadoreo por / Salvadorean byM NACIMIENTOFecha y Lugar de Nacimiento / Date and Place of Birth17/07/1 MS CIUDAD ARCE, LA LIBERTADFecha y lugar de expedicin / Date and place of issuance, 22/07/2013 COLON, LA LIBERTADFirma o Huella del Titular Holder's SignatureFecha de expiracin / Date of expirabonNmero Uraco de Identidad / 21/07/2021Uraque Id Numbefwft Bp05204539-9Registrador Nacional de las Personas NaturalesResidencia / AddressMunicipio / City CIUDAD ARCEBO SAN JACINTO FINAL PJE COSTA RICA U 22

Departamento / State LA LIBERTAD

Nombre de la Madre / Mother's NameANA CRIST1NA FLORES DE RAMIREZNombre del Padre / Father's NameERICK BALMORE RAMIREZ CHOTOConyuge / Spouse's Name

IDSLV05204539