borrador plan nacional de derechos humanos rep. dominicana 2015

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BORRADOR PNDH June 12 2015 + Confidencial

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Borrador Plan Nacional de Derechos Humanos Rep. Dominicana 2015

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  • BORRADOR PNDH

    June 12

    2015 + Confidencial

  • 2

    REPBLICA DOMINICANA

    Ministerio de Relaciones Exteriores

    ( BORRADOR DRAFT BORRADOR DRAFT BORRADOR )

    PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, 2015-2020

    SANTO DOMINGO,

    12 de junio de 2015

    PRESENTACIN

    1. En respuesta a la Declaracin y el Programa de Accin de Viena, aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993, el Estado Dominicano ha elaborado su primer Plan Nacional de Derechos Humanos (en lo adelante PNDH). El mismo se propone establecer el marco a partir del cual se desarrollarn las medidas necesarias para garantizar, respetar y promover dichos derechos a lo largo de todo el territorio nacional.

    2. El PNDH, es una muestra del compromiso de la Repblica Dominicana con los derechos humanos de todas y todos sus habitantes. ste ha sido elaborado de manera inclusiva, participativa y democrtica. En ese sentido, durante la fase de elaboracin se consult a la sociedad civil de las distintas regiones del pas; a los ciudadanos de a pie, a travs de un sitio web habilitado para estos fines, www.pndh.mirex.gob.do; y al sector gubernamental, por medio de la Comisin Interinstitucional de Derechos Humanos. Su contenido operativo responde a la situacin real de los derechos humanos en el pas y a las capacidades reales del Estado para mejorarla.

    NDICE PGINA PRRAFOS Presentacin 1 (1-3) Introduccin 2 (4-19) Ia. Parte Consideraciones generales 3 (20-41) 1. Seccin: Principio y fundamento conceptual del PNDH 2015-2020 3 (20-28) 2. Seccin: Marco de referencia normativo 4 (29-36) 3. Seccin: Diagnstico 5 (37-41) IIa. Parte Proceso de Elaboracin 5 (42-51) IIIa. Parte Planes de DDHH 6 (52-90)

    Derechos de la mujer 6 (54-56) Derechos de los nios, nias y adolescentes 7 (57-60) Derechos de los adultos mayores 9 (61-64) Derechos de las personas con discapacidad Derechos civiles y polticos 12 (65-68) Derechos de personas migrantes 14 (69-72) Derechos econmicos, sociales y culturales 15 (73-75) Derechos de los trabajadores 19

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    (76-79) Trata y trfico de personas 21 (80-83) Discriminacin 23 (84-90)

    IVa. Parte: Consejo Nacional de los DDHH y Evaluacin del PNDH 2015-2020 25 (91-108)

    Conclusin 26-26 (109-112) Anexos

    INTRODUCCIN

    3. Los seres humanos, son la razn de ser de la accin pblica y, como tal, sta no puede ni debe contravenir los DDHH de toda persona. De que se valora el impacto positivo de los DDHH de las personas en la vida cotidiana, en plena correspondencia con la Constitucin de la Repblica Dominicana del ao 2010 (Arts. 7 y 8).

    4. El Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), consciente de esa realidad, tom la iniciativa de organizar una consulta nacional para elaborar y proponer al Presidente de la Repblica la promulgacin del Plan Nacional de Derechos Humanos 2015-2020.

    5. El presente documento constituye la versin final del PNDH, aprobado por el Gobierno Dominicano. El mismo es el resultado de un proceso de trabajo en grupos, que involucr a un gran nmero de representantes de los sectores sociales y gubernamentales que colaboraron en la formulacin y validacin de cada uno de sus componentes.

    6. este documento, fruto legtimo de la participacin e iniciativas y sugerencias de los principales actores nacionales, est llamado a contribuir de manera positiva en la materializacin de la siguiente visin nacional:

    La Repblica Dominicana llega a ser un pas que fomenta y garantiza el desarrollo integral de cada persona, grupo humano y poblacin en general disfrutando iguales oportunidades, tanto, como beneficindose de la defensa y promocin de sus derechos humanos, pues stos aseguran el desarrollo y disfrute pleno de los facultades civiles, polticas, sociales, econmicas, laborales, culturales y medio ambientales, esenciales todas ellas a cualquier sociedad que se comprenda y organice, como la dominicana, de manera cada vez ms democrtica.

    7. En tal contexto, el PNDH es un instrumento que busca expandir libertades y satisfacer las necesidades reales de los habitantes del pas; y al mismo tiempo, cumplir con los compromisos asumidos internacionalmente en materia de derechos humanos desde un enfoque transversal.

    8. En otras palabras, el PNDH pretende incidir de manera positiva en las polticas pblicas a ser planificadas e implementadas entre los aos 2015 y 2020 en todo el territorio nacional. Para ello se reforzarn los mecanismos de promocin, proteccin, y ejercicio efectivo de los DDHH en el pas.

    9. El plan se encuentra estructurado en las siguientes tres divisiones: 10. La primera divisin consta de tres secciones; a saber, el principio conceptual a partir del cual se

    concibe y organiza en su conjunto el PNDH y, segunda seccin, el marco de referencia normativo que circunscribe el quehacer dominicano en trminos de DDHH. Ese marco viene dado por un mbito interno: el sistema institucional y jurdico del pas; y otro externo: el conjunto de compromisos adquiridos por la totalidad de instrumentos internacionales de los que Repblica Dominicana es signataria.

    11. La tercera y ltima seccin de la primera parte se refiere a un breve diagnstico por medio del cual pueda contarse, en un futuro inmediato, con una lnea de base que permita medir el nivel de cumplimiento de lo previsto en el Plan.

    12. En la segunda divisin se enuncian el proceso de elaboracin del presente documento cuyas actividades planificadas quedan expuestas en la tercera parte.

    13. Esa tercera divisin presenta las acciones o proyectos de los que el pas es responsable. 14. La presentacin de los derechos por los cuales el pas es responsable se organizan a partir de diez

    temas que son los que sintetizan de manera satisfactoria los desafos ms crticos en trminos de DDHH en Repblica Dominicana:

    -Tema 1. Derechos de la mujer; -Tema 2. Derechos de los nios, nias y adolescentes;

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    -Tema 3. Derechos de los adultos mayores -Tema 4 Derechos de las personas con discapacidad. -Tema 5. Derechos civiles y polticos; -Tema 6. Derechos de personas migrantes; -Tema 7. Derechos econmicos, sociales y culturales; -Tema 8. Derechos laborales; -Tema 9. Trata de personas; y -Tema 10. Discriminacin.

    15. Cabe advertir en este momento que este PNDH contar con un Plan Operativo de Accin (POA) y cada accin expuesta en ese POA de una ficha de seguimiento.

    16. Con este PNDH, y en el perodo comprendido del 2015-2020, el Estado Dominicano, desde su Gobierno central hasta los municipios, asume como poltica estatal el respeto la proteccin, la promocin y la implementacin de los DDHH, comprometindose as de manera unnime, con la materializacin de las condiciones necesarias para que todas y todos los que habitan en el territorio nacional puedan conducir una vida cada vez ms digna, noble y mejor.

    MISIN

    17. Establecer las bases de una poltica de Estado orientada al respeto, promocin y proteccin de los derechos humanos de todas las personas en su territorio, a travs de la coordinacin y cooperacin de los distintos organismos del Estado, con la participacin y colaboracin de las organizaciones de la sociedad civil y la cooperacin de la comunidad internacional.

    VISIN

    18. La Repblica Dominicana llega a ser un pas que fomenta y garantiza el desarrollo integral de cada persona, grupo humano y poblacin en general disfrutando iguales oportunidades, tanto, como beneficindose de la defensa y promocin de sus derechos humanos, pues stos aseguran el desarrollo y disfrute pleno de las facultades civiles, polticas, sociales, econmicas, laborales, culturales y medio ambientales, esenciales todas ellas a cualquier sociedad que se comprenda y organice, como la dominicana, de manera cada vez ms democrtica.

    I. PARTE

    CONSIDERACIONES GENERALES

    1 SECCIN: PRINCIPIO Y FUNDAMENTO CONCEPTUAL DEL PNDH

    1. Los principios y fundamento conceptual del Plan Nacional de Derechos Humanos de Repblica Dominicana 2015-2020, son la dignidad humana y la igualdad de oportunidades. La garanta de ambas implica el respeto de todos los derechos fundamentales de la poblacin.

    2. El derecho a la vida no se limita tan solo a la proteccin de las personas de la muerte arbitraria, sino que tambin se refiere a las condiciones indispensables para asegurar una vida digna. En este sentido, el Estado debe asumir una serie de responsabilidades particulares para garantizar a los habitantes de su territorio las condiciones necesarias que les permitan desarrollar una vida digna y contribuir al goce efectivo de aquellos derechos que bajo ninguna circunstancia pueden restringirse (Art. 7 de la Constitucin).

    3. La Conferencia de Tehern de 22 de abril de 1968 fue el primer marco para este cambio, al declarar que los derechos humanos deben ser protegidos de forma interrelacionada e indivisible. Esta primera conferencia fue sucedida por la Conferencia de Viena de 1993. En esta ltima, se reafirmo de manera categrica la indivisibilidad de los derechos humanos y se declar su fuerte vnculo con la democracia, al afirmar categricamente que la democracia, el desarrollo y los derechos humanos son interdependientes y se refuerzan mutuamente.

    4. Mediando la igualdad de oportunidades, el PNDH cuenta con dos pilares que sustentan las polticas del Estado Dominicano y de todos sus poderes y dependencias en lo relativo a su agenda de DDHH;

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    a saber, la no discriminacin, -- lase bien: la no exclusin sino inclusin e integracin de toda persona para beneficiarse de servicios, facilidades y opciones disponibles a otros--, y las garantas que despejan el acceso a sus derechos e implementan de manera prctica un rgimen de consecuencias cuantas veces sean violados o su implementacin puesta en peligro.

    5. As concebida, la igualdad de oportunidades se constituye en un baluarte para la expansin de libertades y abre la puerta de la Constitucin de la Repblica Dominicana del ao 2010 a la declaracin y defensa de derechos. Se trata de un principio y fundamento que condiciona los derechos e impide cualquier tipo de discriminacin, valindose cuantas veces fuera necesario de la discriminacin positiva y del ajuste razonable.

    6. En una sociedad compleja como la dominicana, heredera de mltiples exclusiones y prejuicio, desde los de gnero hasta los sociales, econmicos, culturales y tnicos, la aplicacin del principio de igualdad a travs de polticas pblicas resulta ser una tarea ingrata aunque ineludible.

    7. Ingrata, porque los DDHH en la Repblica Dominicana valen lo que vale su rgimen de consecuencias. Pero ineludible pues, el pas est resguardado por la va de lo que se conoce como bloque de constitucionalidad (Constitucin Dominicana 2010, Art. 74.3) por sus compromisos internacionales y su propio ordenamiento jurdico.

    8. Por ende, el Gobierno Dominicano, en tanto que garante del PNDH 2015-2010, lo tiene como un instrumento til para su salvaguarda.

    9. Cada accin de este Plan debe ser una garanta en s misma. Y lo es porque compromete a las autoridades a realizar acciones en beneficio de uno o todos los derechos de cada persona, grupo, organizacin, institucin o comunidad; igualmente, porque conlleva la informacin necesaria para que su ejecucin pueda ser fiscalizada por las instituciones y organizaciones de la sociedad civil interesadas y comprometidas con la promocin y defensa de los derechos en todo el territorio nacional.

    10. En lo sucesivo, la tarea es comn. Como consecuencia de aquellos compromisos y de esa fiscalizacin hay que:

    - Promover una cultura de DDHH en la Repblica Dominicana a partir del principio de la igualdad de oportunidades para todas las personas en el pas; - Incidir en el diseo e implementacin de prcticas y polticas pblicas de promocin y proteccin de los derechos civiles, polticos, econmicos, sociales, laborales, culturales y ambientales, con especial atencin a los grupos socialmente ms excluidos; y todo eso en funcin de dos variables imprescindibles, a saber, la no discriminacin y la garanta de derechos; - Fortalecer el ordenamiento jurdico interno a travs de la implementacin de instrumentos internacionales para la promocin, proteccin y sancin de los DDHH; y, - Beneficiar las condiciones y la calidad de vida de la poblacin en el pas gracias a la defensa de sus derechos.

    11. En resumidas cuentas, la igualdad de oportunidades a toda persona en el pas, --concebida como superacin de cuantas manifestaciones tenga la discriminacin y como respaldo de las garantas del ejercicio ciudadano e institucional de los DDHH--, resulta ser el principio y fundamento del PNDH 2015-2020, plan que al fin y al cabo no es ni ms ni menos que una estrategia de ardua y continua superacin nacional.

    12. 13. El propsito fundamental de este PNDH consiste precisamente garantizar a todas y todos los

    habitantes del territorio nacional el respeto a una vida digna sin ningn tipo de discriminacin.

    2 SECCIN: MARCO DE REFERENCIA NORMATIVO 14. Repblica Dominicana, en su labor de promocin, proteccin, respeto y defensa de los

    Derechos Humanos dentro de su territorio, ha venido fortaleciendo su sistema jurdico con dicha finalidad. El proceso de fortalecimiento jurdico, realizado por el Estado, se divide en dos ramas: la incorporacin de normativas internas y la adopcin de acuerdos internacionales.

    15. El reconocimiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos es de suma importancia para garantizar los derechos de los habitantes del pas. La concepcin actual de Derechos Humanos se origina del compromiso de la Comunidad Internacional con los mismos despus de las atrocidades cometidas durante las guerras mundiales.

    16. Partiendo de estos funestos conflictos blicos, la Comunidad Internacional, primero travs de la Sociedad de Naciones y posteriormente mediante las Naciones Unidas, se plante el

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    reconocimiento universal -ms all de cualquier rgimen imperante- de un conjunto de derechos que los Estados estn obligados a respetar y a garantizar. Esta visin se ha reflejado en un conjunto de instrumentos, jurisprudencias y doctrinas que conforman un cuerpo normativo con criterios interpretativos que conforman el Derechos Internacional de los Derechos Humanos.

    17. En lo que respecta a la normativa nacional, el enfoque de derechos humanos en la legislacin dominicana ha venido enriquecindose con los aos. La Constitucin de la Repblica, promulgada en el enero de 2010, es un fehaciente reflejo de esta realidad. Los derechos humanos estn cada vez ms presentes en la normativa nacional dominicana, tanto de manera transversal como directa.

    18. En este sentido, estas son las normativas nacionales e internacionales que regulan las reas temticas en las que se articula el PNDH:

    Instrumentos de Derechos Humanos Sistema Universal Instrumentos Incorporacin al sistema

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos 10 de Diciembre 1948 Convencin Internacional sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin Racial

    25 de Mayo 1983

    Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Polticos Enero 1978

    Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Polticos

    Enero 1978

    Pacto Internacional de los Derechos Econmicos Sociales y Culturales

    Enero 1978

    Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer

    Septiembre 1982

    Protocolo Facultativo de la Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer

    Agosto 2001

    La Convencin contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes

    Enero 2012

    Convencin sobre los Derechos del Nio Junio 1991 Protocolo facultativo sobre la participacin de los nios en los conflictos armados

    Octubre 2014

    Protocolo facultativo sobre la venta de nios, la prostitucin infantil y la utilizacin de nios en la pornografa

    Diciembre 2006

    Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

    Agosto 2009

    El Protocolo Facultativo de la Convencin sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

    Agosto 2009

    Instrumentos Derechos Humanos Sistema Regional Instrumentos Incorporacin al sistema

    Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

    Abril 1948

    Carta de la Organizacin de Estados Americanos Abril 1949 Convencin Interamericana de los Derechos Humanos

    Enero 1978

    Convencin Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura

    Diciembre 1986

    Protocolo de la Convencin Interamericana de Proteccin a los Derechos Humanos sobre la Abolicin de la Pena de Muerte

    Diciembre 2011

    Convencin de Belem do Para Junio de 2004 Convencin Interamericana para la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra las

    Diciembre 2006

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    Personas con Discapacidad Convencin Interamericana sobre la Concesin de los Derechos Civiles a la Mujer

    Septiembre 1951

    Convencin Interamericana sobre la Concesin de los Derechos Polticos a la Mujer

    Abril 1949

    19. Normativa nacional: 20. La Ley General de Educacin, No.66-97; la Ley Orgnica de la Estrategia Nacional de Desarrollo

    de la Repblica Dominicana, No 1-12; la Ley de Educacin Superior Ciencia y Tecnologa, No. 139-01; la Ley que crea en Instituto Tcnico Profesional, No. 116-80; la Ley que crea el Ministerio de Cultura, No. 41-00; la Ley No. 19-01, que instituye la figura del defensor del pueblo; La Ley No. 76-02, que establece el Cdigo Procesal Penal; la Ley No. 1692, que establece el Cdigo de Trabajo; la Ley No. 172-13 sobre Proteccin de Datos de Carcter Personal, la Ley No. 55-95 sobre VIH/SIDA; la Ley No. 135-11 de VIH/SIDA, la Ley No. 277-04, que crea el servicio nacional de de defensa pblica; y la Ley Orgnica del Tribunal Constitucional No 137-11, La Ley Institucional de la Polica Nacional, No. 96-04; La Ley No. 87-01, que crea el Sistema Nacional de Seguridad Social; la Ley No. 5892, que crea el Instituto Nacional de la Vivienda; el Reglamento 258-93, para la aplicacin del cdigo del trabajo, con fundamento en los artculos 3, 52, 53, 54, 55, 56 y 57 la ley general sobre discapacidad en la Repblica Dominicana, No. 42-2000; la ley orgnica sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad, No. 05-13; la ley No. 352-98, sobre proteccin de la persona envejeciente, el Decreto No, 1372-04 y la Ley General de Migracin, No. 285-04, entre otras piezas legislativas.

    3 SECCIN: DIAGNSTICO

    21. De acuerdo al Informe de Desarrollo Humano 2014 (IDH 2014), presentado por el PNUD, la

    Repblica Dominicana ocupa la posicin nmero 102 de 187 pases evaluados. En este sentido,

    el pas se encuentra dentro del percentil de pases con un ndice de desarrollo humano alto. La

    tendencia del pas ha sido de un gradual y creciente ndice de desarrollo humano desde la

    presentacin del primer informe en 1980.

    22. De conformidad con el IDH 2014, el pas presenta un promedio de esperanza de vida al nacer

    de 73.4 aos, mayor que la media mundial (70.8) y cercana a la media de la regin (74.9); la

    misma situacin se observa en los aos esperados de escolaridad (Rep. Dom = 12.3, mundo =

    12.2 y regin= 13.7). En el promedio de aos de escolaridad el pas presento 7.5 aos, resultado

    que es menor que el promedio mundial (7.7) y que el regional (7.9). En cuanto al Ingreso

    Nacional Bruto per cpita, el pas presenta un monto de US$ 10,844 muy por debajo del ingreso

    mundial (US$ 13,723) y del regional (US$ 13,767).

    23. De igual manera, es de destacar que a pesar del consistente crecimiento econmico en las

    ltimas dcadas, subsisten grandes desigualdades en la sociedad dominicana. De conformidad

    con el Informe Cuando la Prosperidad no es Compartida del Banco Mundial, el PIB per cpita

    en el pas creci en casi un 50 por ciento del 2000 al 2011, sin embargo, alrededor del 40% de

    la poblacin vive en condiciones de pobreza.

    24. Vistas estas condiciones, es evidente que ms que variables sociales reflejan la situacin de los

    Derechos Econmicos Sociales y Culturales en el pas. Dada la indivisibilidad, integralidad e

    interdependencia de los Derechos Humanos, estas condiciones generan un entorno de

    vulnerabilidad que se extiende al ejercicio de todos los dems derechos fundamentales.

    25. De manera especfica, las 134 recomendaciones realizadas al pas en la presentacin del EPU y

    las recomendaciones recibidas durante las consultas que se realizaron para la elaboracin del

    plan constituyen indicadores claros sobre la situacin de los derechos humanos en el pas. En el

    caso de las ltimas, estas han pasado a ser las acciones operativas que integran este PNDH. Las

    recomendaciones del EPU se encuentran anexas a este documento.

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    II. PARTE

    PROCESO DE ELABORACIN

    26. El proceso de elaboracin del PNDH consta de siete momentos complementarios. El primer momento correspondiente al punto de partida se da en el seno de la Comisin Interinstitucional de DDHH, donde se evalu la informacin expuesta en el EPU de 2014 y se cuestion cmo actualizar el diagnstico y lograr un ms decidido compromiso con los DDHH.

    27. El segundo momento residi en la toma de decisin poltica para que Repblica Dominicana elaborara su plan de DDHH. La decisin fue tomada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Sr. Andrs Navarro Garca, en el transcurso del segundo semestre de 2014, y cuenta con el respaldo e iniciativas de la referida Comisin que agrupa ms de 20 dependencias del Estado Dominicano y organizaciones de la sociedad civil.

    28. Con el aval de las autoridades nacionales, la Direccin General de Derechos Humanos del MIREX se dio a la tarea de del levantamiento de informacin conducente a fortalecer la prctica y la cultura nacional de DDHH en el pas. La direccin se responsabiliz por igual de la organizacin de la consulta nacional que avalara tal propsito.

    29. El tercer momento inici con la consulta nacional propiamente dicha. sta se celebr entre los meses de marzo y mayo del presente ao y cont de cinco consultas regionales. En las mismas participaron representantes 750 organizaciones de la sociedad civil y entidades Las consultas se llevaron a cabo en la regin Ozama, Cibao, Este, Sur Cercano y Sur Profundo. Simultneamente, se recibieron las recomendaciones y sugerencias a travs de la va electrnica en la siguiente pgina web: (http://pndh.mirex.gob.do).

    30. Las propuestas e iniciativas se agruparon por rea de especializacin temtica, en diez mesas de trabajo. Cada una de esas mesas, con un promedio de 10 a 12 personas , trat uno de los diez temas a partir de los cuales se articula la situacin de los DDHH en el pas.

    31. En un cuarto momento se organiz la informacin recabada en las consultas regionales y se la sistematiz para elaborar el primer borrador del PNDH, bajo las orientaciones del la Comisin Interinstitucional de los DDHH y la Direccin General de Derechos Humanos.

    32. Durante el quinto momento, ese primer borrador fue sometido a dos instancias distintas de validacin; una, en mesas temticas de especialistas, en las que se trataba un tema particular de su especialidad, y finalmente una jornada conjunta en la que intervinieron los participantes de las consultas regionales.

    33. En el sexto momento, el borrador del PNDH, que cont con la colaboracin de consultores facilitados por agencias de cooperacin internacional y de pases amigos, fue actualizado a la luz de los ltimos comentarios recibidos, antes de ser dado a conocer a las autoridades ministeriales y presentrsele finalmente al Presidente de la Repblica.

    34. ste lo promulg por ltimo y lo puso en marcha el 29 de junio de 2015, teniendo por testigos de honor a los expertos e instituciones que participaron en las consultas regionales y en las sesiones de validacin, as como al personal diplomtico y representantes de agencias de cooperacin bilaterales y multilaterales.

    III. PARTE

    PLANES DE DDHH

    35. Esta tercera parte consta de diez secciones. Cada seccin aborda uno de los derechos a fortalecer a travs del PNDH.

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    36. En cada lnea de base se comienza con un resumen de las acciones propuestas y sus propsitos generales. Esa sntesis es seguida de una matriz sobre la normativa vigente con relacin al tema y una segunda matriz de las acciones propuestas por los participantes en las cinco consultas regionales que sustentan este documento, la jurisdiccin o institucin responsable de implementarlas, las instituciones involucradas y las metas propuestas.

    37.

    1 DERECHOS DE LA MUJER

    38. Uno de los puntos crticos de los DDHH en Repblica Dominicana es el referente a los derechos de la mujer, comenzando por su seguridad e integridad fsica y la igualdad de oportunidades.

    39. Por va de consecuencia, este Plan pretende adoptar una poltica de prevencin, vigilancia y erradicacin de la violencia de gnero, as como combatir en el terreno de los hechos el abuso y maltrato con prcticas fsicas y psicolgicas contra la mujer. Por igual, suprimir las barreras legales y/o culturales en razn de las cuales predomina an la desigualdad de gnero en los puestos de trabajo y en actividades pblicas y comunitarias.

    40. Normativa Tema Mujer:

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    MUJER Instrumentos Especificaciones

    Constitucin Poltica

    Constitucin Poltica

    Artculo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma proteccin y trato de las instituciones, autoridades y dems personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminacin por razones de gnero, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vnculos familiares, lengua, religin, opinin poltica o filosfica, condicin social o personal. Numeral 1): La Repblica Dominicana condena todo privilegio y situacin que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes; Numeral 4): La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Se prohbe cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres. Se promovern las medidas necesarias para garantizar la erradicacin de las desigualdades y la discriminacin de gnero; Numeral 5): El Estado debe promover y garantizar la participacin equilibrada de mujeres y hombres en las candidaturas a los cargos de eleccin popular para las instancias de direccin y decisin en el mbito pblico, en la administracin de justicia y en los organismos de control del Estado. Artculo 42.

    Numeral 2) Se condena la violencia intrafamiliar y de gnero en cualquiera de sus formas. El Estado garantizar mediante ley la adopcin de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer;

    Artculo 55.

    Numeral 1) Toda persona tiene derecho a constituir una familia, en cuya formacin y

  • 11

    desarrollo la mujer y el hombre gozan de iguales derechos y deberes y se deben comprensin mutua y respeto recproco.

    Artculo 55.

    Numeral 6) La maternidad, sea cual fuere la condicin social o el estado civil de la mujer, gozar de la proteccin de los poderes pblicos y genera derecho a la asistencia oficial en caso de desamparo.

    Normativa Interna

    Normativa Interna

    Normativa Interna

    Ley Estrategia Nacional de Desarrollo de 2010-2030 que establece:

    El compromiso del Estado con la creacin de una cultura de igualdad y equidad entre hombres y mujeres:

    Objetivo General 1.1: Administracin pblica eficiente, transparente y orientada a resultados.

    Numeral 1.1.1.8: Garantizar, mediante acciones afirmativas, la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en los puestos de administracin pblica y en los mandos directivos.

    Objetivo Especfico 1.2.1: Fortalecer el respeto a la ley y sancionar su incumplimiento a travs de un sistema de administracin de justicia accesible a toda la poblacin, eficiente en el despacho judicial y gil en los procesos judiciales.

    Numerales: 1.2.1.5; 1.2.1.8; 1.2.1.9: Objetivo Especfico 1.2.2:

    Numerales: 1.2.2.2; 1.2.2.3; 1.2.2.4; 1.2.2.5; 1.2.2.6; y 1.2.2.9.

    Objetivo Especfico 1.3.1: Promover la calidad de la democracia, sus principios, instituciones y procedimientos, facilitando la participacin institucional y organizada de la poblacin y el ejercicio responsable de los derechos y deberes ciudadanos.

    Numerales: 1.3.1.1 y 1.3.1.2.

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    Normativa Interna

    Objetivo Especfico 1.4.1: Garantizar la defensa de los intereses nacionales en los espacios terrestre martimo y areo.

    Numeral: 1.4.1.3 Objetivo Especfico 1.4.2: Consolidar las relaciones internacionales como instrumento de la promocin del desarrollo nacional, la convivencia pacfica, el desarrollo global, regional e insular sostenible y un orden internacional justo, en consonancia con los principios democrticos y el derecho internacional.

    Numeral: 1.4.2.3. Objetivo General 2.1: Educacin de calidad para todos y todas. Objetivo Especfico 2.1.1: Implantar y garantizar un sistema educativo nacional de calidad, que capacite para el aprendizaje continuo a lo largo de la vida, propicie el desarrollo humano y un ejercicio progresivo de ciudadana responsable, en el marco de valores morales y principios ticos consistentes con el desarrollo sostenible y la equidad de gnero.

    Numerales: 2.1.1.7 y 2.1.1.13. Objetivo General 2.2: Salud y seguridad social integral. Objetivo Especfico 2.2.1: Garantizar el derecho de la poblacin al acceso a un modelo de atencin integral, con calidad y calidez, que privilegie la promocin de la salud y la prevencin de la enfermedad, mediante la consolidacin del Sistema Nacional de Salud.

    Numerales: 2.2.1.2 y 2.2.1.19. Objetivo General 2.3: Igualdad de derechos y oportunidades. Objetivo Especfico 2.3.1: Construir una cultura de igualdad y equidad entre hombres y mujeres.

  • 13

    Normativa Interna

    Normativa Interna

    Numerales: 2.3.1.1; 2.3.1.2; 2.3.1.3; 2.3.1.4; 2.3.1.5; 2.3.1.6; 2.3.1.7; 2.3.1.8; 2.3.1.9 y 2.3.1.10.

    Objetivo Especfico 2.3.2: Elevar el capital humano y social y las oportunidades econmicas para la poblacin en condiciones de pobreza, a fin de elevar su empleabilidad, capacidad de generacin de ingresos y mejora de las condiciones de vida.

    Numerales: 2.3.2.1 y 2.3.2.4. Ley No. 86-99, que crea la Secretaria de Estado de la Mujer (hoy Ministerio de la Mujer); Decreto 423-98, que crea la Comisin Nacional de Prevencin y Lucha contra la violencia; Decreto 974-01 que ordena la creacin de la Oficina de Equidad de Gnero en todos los Ministerios (anteriormente conocidos como Secretarias de Estado) para transversalizar la perspectiva de gnero en las polticas sectoriales y facilitar el rol rector y articulador del Ministerio de la Mujer; Ley Electoral No. 275-97, que incluy una cuota de representacin femenina de un treinta y tres (33%) mnimo en los cargos de eleccin en las candidaturas al Congreso y municipales para mujeres; Ley No. 12-00, que dispone una cuota mnima de representacin poltica de un 33% para las diputaciones y regiduras; Ley No. 13-00, que establece la obligatoriedad de que, cuando el candidato a la sindicatura sea un hombre debe colocarse a una mujer en el cargo de la vicealcaldesa y viceversa; Resolucin de la Junta Central Electoral No. 06-2006 y la 04-2010 Para promover el cumplimiento de la cuota femenina; Resolucin 04-2010 de la Junta Central Electoral, sobre el cumplimiento de la cuota femenina;

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    Normativa Interna

    Ley de Funcin Pblica No. 41-08 y Reglamento de Relaciones Laborales en la Administracin Pblica que establece: Artculo 3.

    Numerales 2 y 4. En sus dispositivos fundamentales y en los principios, esta ley establece el principio de igualdad de acceso a la funcin pblica,sin discriminacin de gnero, discapacidad, o de otra ndole y que a trabajo igual, en idnticas condiciones de capacidad, desempeo o antigedad, corresponde siempre igual remuneracin, cualesquiera sean las personas que lo realicen.

    Ley General de Educacin No.66 y el diseo del Plan Decenal de Educacin 2008-2018. Incluyen la educacin en gnero como eje transversal en todos los niveles. Ley General de Salud, No. 42-01; Ley de Seguridad Social No. 87-01, en sus artculos 51, 123, 132; Reglamento 98-02 sobre subsidio de maternidad y lactancia; Ley No. 24-97, sobre violencia intrafamiliar; Ley No. 550, que establece el nuevo Cdigo Penal; Ley 136-03, que establece el Cdigo de Proteccin a los Nios, Nias y Adolescentes; Ley 189-01 Que modifico el Cdigo Civil en lo relativo a la comunidad de bienes para eliminar todo tipo de discriminacin. Ley 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Municipios; Decreto 631-2011, que establece los procedimientos que se realizaran en el momento de aplicar cualquier tipo de trmite migratorio,

  • 15

    41. Plan de acciones a propsito de los derechos de la mujer

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin.

    Meta

    Concientizar y promover una cultura de DDHH.

    Realizar campaas de concientizacin con relacin a los derechos de la Mujer, con nfasis en su integridad fsica y psicolgica.

    - Ministerio de la Mujer

    -Ministerio Pblico Despacho de la Primera Dama Polica Nacional Ministerio de Cultura

    Crear una cultura de pleno respeto a los derechos de las mujeres

    Crear programas de reeducacin psicosexual para personas involucradas en casos de violencia de gnero.

    - Ministerio Pblico

    - Ministerio de la Mujer

    Educar a las a personas involucradas en casos de violencia de gnero Personas involucradas en casos de violencia reeducadas

    determinando las prohibiciones de retenciones administrativas de mujeres embarazadas, lactantes, ancianos o envejecientes. Ley No. 137-03, sobre trfico ilcitos de migrantes y de personas;

    Normativa Internacional

    Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar, y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convencin de Belem do Para) Convencin sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer (CEDAW) Pacto de los Derechos Civiles y Polticos. Convencin Americana de Derechos Humanos Convenio 100 OIT sobre la igualdad de remuneracin Convenio 111 OIT sobre la discriminacin en el empleo y la ocupacin Convenio 189 sobre trabajo domestico.

  • 16

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin.

    Meta

    psicosexualmente

    Comenzar un proceso de formacin en cuanto a los nuevos conceptos de masculinidad y femineidad.

    - Ministerio de la Mujer

    - Ministerio de Educacin - Ministerio de Cultura

    Redefinir los conceptos tradicionales de masculinidad y femineidad Poblacin maneja nuevos conceptos de masculinidad y feminidad.

    Fortalecer el marco normativo

    Ratificar y aplicar el Convenio No. 189 de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) sobre trabajadoras domsticas y el Convenio No. 156 sobre corresponsabilidad en la vida familiar y laboral.

    - Congreso Nacional - Presidencia de la Repblica

    Ministerio de Trabajo

    Ratificar los convenios en 2016. Convenios ratificados y en implementacin para el ao 2016.

    Revisar el Concordato de 1954 entre la Santa Sede y la Repblica Dominicana en lo que afecte a los derechos de las mujeres.

    - Congreso Nacional - Presidencia de la Repblica- -Tribunal Constitucional

    Iglesia Catlica Concordato revisado y medidas adoptadas.

    Fortalecer las instituciones y los procedimientos

    Dotar de un presupuesto proporcional al Ministerio de la Mujer, para que pueda operar con mayor autonoma y realizar su labor de manera ms eficiente.

    - Congreso Nacional - Presidencia de la Repblica

    Ministerio de la Mujer

    -Aumentada la Consignacin en la Ley de Presupuesto 2016.

    Ampliar la carta de servicios actualmente ofrecidos por el Ministerio de la Mujer y velar porque stos se realicen efectivamente.

    Ministerio de la Mujer

    -Presidencia de la Repblica -Ministerio de Salud Pblica y Asistencia Social Procuradura General de la Repblica

    -Aumentado el nmero de servicios ofrecidos y personas atendidas, por regin

    Proteger los derechos

    Prestar especial atencin a la poblacin de mujeres campesinas del pas.

    - Ministerio de la Mujer -Ministerio de Agricultura -Direccin de Cooperacin Multilateral (MEPYD) -Banco Agrcola -INDRHI

    -Presidencia de la Repblica

    Mejorar las condiciones de vida de las mujeres campesinas Numero de mujeres campesinas con condiciones de vida mejoradas.

    Monitorear el respeto y las garantas otorgadas a los derechos sexuales y reproductivos de las Mujeres, con el propsito de reclamar su cumplimiento.

    - Ministerio de la Mujer - Ministerio de Salud Pblica Procuradura General de la

    -Defensor del Pueblo

    Reclamos realizados

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin.

    Meta

    Repblica

    Ampliar la cobertura de la seguridad social para situaciones especiales de las mujeres (embarazos, enfermedades catastrficas, etc.).

    - Consejo Nacional de la Seguridad Social

    Presidencia de la Repblica Salud Pblica

    Garantizar el derecho a la salud a las mujeres. Mujeres con situaciones especiales atendidas por el sistema de seguridad social.

    Monitorear las necesidades de las mujeres en el mbito laboral: igualdad pecuniaria, derechos de maternidad, etc., y exigir su debido cumplimiento y sanciones por violacin.

    - Ministerio de Trabajo

    -Defensor del Pueblo Ministerio Pblico

    Eliminar la discriminacin de gnero en el ambiente laboral. Necesidades de las Mujeres atendidas en el sistema laboral y Sancionadas las violaciones

    Creacin de estancias infantiles suficientes, a los fines de que la mujer pueda desarrollar su vida profesional con normalidad.

    -Ministerio de Educacin

    Ministerio de Obras Pblicas Comunicaciones INAIPI

    Facilitar la insercin de las mujeres en el mercado laboral Nios y nias atendidos en el sistema de atencin integral.

    Garantizar la paridad y alternabilidad del papel poltico de la mujer, as como la discriminacin positiva relativa a la cuota de mujeres en puestos electivos.

    - Congreso Nacional Presidencia de la Repblica

    Junta Central Electoral Tribunal Superior Electoral

    Una mayor participacin poltica de las mujeres en la poltica.

    Dar especial seguimiento a los casos judiciales relativos a vulneraciones de los derechos de la mujer.

    - Consejo del Poder Judicial - Procuradura General de la Repblica

    Ministerio de la Mujer

    Garantizar el respeto de los derechos de las mujeres Disminuido los casos de vulneraciones a los derechos de las mujeres.

    Articular el trabajo de las instituciones estatales que tratan el tema

    Ministerio de la Mujer

    Todas las instituciones gubernamentales

    Mejorar la dinmica de trabajo institucional de las entidades que trabajan en pro de los derechos de la mujer.

    Aprobar la ley de violencia de gnero

    Congreso Nacional Presidencia

    Defensora del Pueblo Ministerio de la

    Reducir los casos de violencia gnero.

  • 18

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin.

    Meta

    de la Repblica

    Mujer

    Prestar especial atencin al tema del trabajo domstico

    Ministerio de Trabajo

    Garantizar el respeto de los derechos de las trabajadoras Trabajadoras domesticas insertadas en el sistema de seguridad social

    Proteger los derechos de las mujeres migrantes

    Direccin General de Migracin Ministerio de la Mujer

    Procuradura General de la Repblica

    Garantizar el respeto de los derechos de las mujeres migrantes.

    Combatir la discriminacin de gnero en el mbito educativo

    Ministerio de Educacin Ministerio de Educacin Superior Ciencia y Tecnologa

    Ministerio de la Mujer

    Propiciar una cultura de equidad de gnero en las escuelas. Incluida en la Curricula escolar los temas de equidad e igualdad de gnero.

    Combatir la discriminacin de gnero en el mbito social

    Ministerio de la Mujer

    Presidencia de la Repblica

    Contribuir al desarrollo de una cultura de equidad de gnero.

    Fortalecer la actuacin de la fiscala y los tribunales en los casos de violencia de gnero

    Procuradura General de la Repblica Consejo del Poder Judicial

    Protegidos los derechos de las mujeres

    Prestar especial atencin al tema de los feminicidios

    Procuradura General de la Repblica

    Ministerio de la Mujer

    Proteger la vida de las mujeres.

    Sensibilizar al personal que brinda servicio en instituciones pblicas para que no discrimine a la mujer

    Todas las entidades gubernamentales

    Ministerio de la Mujer

    Educar a todo el personal pblico en materia de gnero.

    Cumplir con lo dispuesto por la Ley No. 176-08 en materia de gnero.

    Todos los ayuntamientos

    Consejo del Poder Judicial

    Garantizar el financiamiento de iniciativas tendentes a reducir la desigualdad de gnero en los ayuntamientos.

    Fomentar el financiamiento para mujeres emprendedoras

    Banca Solidaria

    Presidencia de la Repblica

    Aumentar el nmero de mujeres que incursionan en los negocios.

    Reducir la tasa de embarazos en Ministerio de Presidencia de la Reducir la tasa

  • 19

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin.

    Meta

    adolescentes Salud Pblica y Asistencia Social

    Repblica de embarazos en adolescentes en un 20% durante la implementacin del plan.

    Propiciar la concertacin entre los grupos organizados de mujeres

    Ministerio de la Mujer

    Fortalecer las organizaciones que trabajan los temas de mujeres.

    2a DERECHOS DE LOS NIOS, NIAS Y ADOLESCENTES

    42. Factores condicionantes como la composicin y estabilidad familiar, la pobreza y otros anlogos inciden de manera particular en sociedades en vas de desarrollo en las condiciones y calidad de vida de los menores de edad.

    43. Es por eso que las acciones previstas en este Plan procuran entronizar la Convencin sobre los Derechos de Nios, Nias y Adolescentes en el pas como referente para sentar las bases mnimas al establecimiento de una ciudadana plena para la niez y la adolescencia. Se trata de una nueva relacin jurdica entre el Estado y la sociedad con respecto a la infancia, que, traducida a la realidad cotidiana, fortalezca la consideracin de nios, nias y adolescentes como sujetos de derecho; es decir, con derechos especiales por su condicin particular de desarrollo, pero con los mismos derechos que todas las personas.

    44. La consecuencia deseable es que se que abandone el concepto de la niez como objeto solamente pasivo de intervencin por parte de la familia, el Estado y la comunidad, y se adopte el de ciudadana plena.

    45. Normativa en materia de NNA:

    NIAS, NIOS Y ADOLESCENTES Instrumentos Especificaciones

    Constitucin Poltica

    Constitucin poltica

    Artculo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma proteccin y trato de las instituciones, autoridades y dems personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminacin por razones de gnero, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vnculos familiares, lengua, religin, opinin poltica o filosfica, condicin social o personal.

  • 20

    Constitucin Po

    El Artculo 56.- Proteccin de las personas menores de edad. La familia, la sociedad y el Estado, harn primar el inters superior del nio, nia y adolescente; tendrn la obligacin de asistirles y protegerles para garantizar su desarrollo armnico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales, conforme a esta Constitucin y las leyes.

    Normativa Interna

    La ley No. 136-03 La Ley No. 16-92, que establece el Cdigo de Trabajo de la Repblica Dominica con fundamento en los dispuesto en el principio XI, y los artculos 17, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252,253 y 254; El Reglamento 258-93, para la aplicacin del cdigo del trabajo, con fundamento en los artculos 3, 52, 53, 54, 55, 56 y 57.

    Normativa Internacional

    La Convencin sobre los Derechos del nio El Convenio Internacional No. 05 El Pacto Internacional de los derechos civiles y polticos La Convencin Interamericana sobre derechos humanos El Convenio Internacional No. 7 El Convenio Internacional No. 10 El Convenio No. 90 El Convenio Internacional No. 138 Sobre "La Edad Mnima de Admisin al Empleo El Convenio Internacional No. 182 El Protocolo Para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Nios La Convencin Internacional de La Haya Sobre la Proteccin de los nios y Cooperacin en Materia de Adopcin Internacional La Convencin Internacional Sobre Aspectos Civiles en casos de la Sustraccin Internacional de

  • 21

    Menores La Convencin Sobre los Derechos del Nio Relativo a la Venta de Nios, la Prostitucin Infantil y la Utilizacin de Nios en la Pornografa.

    46. Plan de acciones a propsito de los derechos de nios, nias y adolescentes

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin

    Meta

    Concientizar y promover una cultura de DDHH.

    Hacer campaas de concientizacin sobre los derechos de los nios, nias y adolescentes.

    - Poder Ejecutivo - Consejo Nacional de la Niez, CONANI

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, desde el ao 2015.

    Difundir en las escuelas el estudio de la Constitucin Dominicana Infantil, a los fines de que los Nios, Nias y Adolescentes conozcan sus derechos y deberes, as como los mecanismos para protegerlos.

    - Ministerio de Educacin

    - Diseo e implementacin de proyecto de difusin. --Accin continua, a partir de ao escolar 2016-2017.

    Fortalecer el marco normativo

    Ratificar y aplicar el Tercer Protocolo de la Convencin de Derechos del Nio.

    - Poderes Legislativo y Ejecutivo

    - Segundo semestre 2016.

    Velar por el efectivo cumplimiento de la legislacin nacional e internacional en materia de derechos de la niez.

    - Ministerio Pblico - CONANI - Defensor del Pueblo

    - Elaboracin de sistema de reportes y monitoreo de cumplimiento. - Nmero de casos sometidos a la justicia por violacin de dicha legislacin, por regiones y por aos.

    Tipificar sanciones para ser - Poder Legislativo

    -- Primer semestre 2016.

  • 22

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin

    Meta

    aplicadas a aquellos padres o tutores que de una forma u otra vulneren los derechos de los Nios, Nias y Adolescentes.

    - Poder Ejecutivo

    Fortalecer las instituciones y los procedimientos

    Articular el trabajo de las diferentes instituciones que tratan el tema de los derechos de la niez para alcanzar mayor eficiencia de recursos e impacto en el bienestar de los menores.

    - Poder Ejecutivo

    - Puesta en funcionamiento del sistema de coordinacin interinstitucional. -- Segundo semestre 2015.

    Reactivar y ampliar el Observatorio de la Niez.

    - Poder Ejecutivo

    - El Observatorio en funcionamiento con los recursos requeridos. -- Desde el segundo semestre 2015, accin continua.

    Aumentar los equipos multidisciplinarios de los Tribunales de Nios, Nias y Adolescentes.

    Poder Judicial

    - Nmero de equipos operando, por regin y por ao. -- Accin continua.

    Monitorear y difundir el Plan Nacional de Adolescentes Embarazadas.

    - Ministerio de la Juventud - Ministerio de la Mujer - Ministerio de Salud - Ministerio de Educacin - PROFAMILIA

    - Sistema de monitoreo en pie. - Campaas de difusin diseadas y ejecutadas. - Frecuencias regionales, por ao, de los embarazos de adolescentes.

    Proteger los derechos

    Monitorear los indicadores del cumplimiento de los derechos de la niez.

    - Poder Ejecutivo - Defensor del Pueblo - Ministerio Pblico

    - Sistema de monitoreo y de alertas diseado y en funcionamiento. - Nmero de casos de incumplimiento reportados. Nmero de casos sometidos a la justicia. --De accin continua.

    Vigilar que los Nios, Nias y Adolescentes no sean expulsados de las escuelas y, por lo tanto, denegados del derecho a la educacin por simples formalidades, como falta de Actas de Nacimiento. Igualmente crear

    - Ministerio de Educacin - Defensor del Pueblo

    - Nmero de casos de expulsin reportados, por regin y por semestre. Nmero de casos de

  • 23

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin

    Meta

    mecanismos de reintegracin escolar para aquellos Nios, Nias y Adolescentes que hayan sido expulsados por esa causa.

    reintegro, por regin y por semestre. -- Accin continua, comenzando 2015.

    Implementar medidas drsticas y efectivas para que los Nios, Nias y Adolescentes no sean expuestos a trabajos forzosos, concientizando a la vez cules trabajos son permitidos por las leyes que rigen la materia.

    - Ministerio de Trabajo - Ministerio Pblico

    - Nmero de casos de menores expuestos a trabajos forzosos. - Nmero de violadores sometidos a la justicia, por regin y por ao. - Medios de difusin para informar las leyes que rigen la materia.

    Fortalecer la actuacin de los tribunales especializados

    Crear campaas de concientizacin de los derechos y deberes de los nios, nias y adolescentes

    Destinar una mayor inversin econmica a la temtica

    Prestar especial atencin al trabajo infantil

    Prestar especial atencin a los servicios de salud brindados a los nios, nias y adolescentes

    Prestar especial atencin a los servicios de educacin brindados a los nios, nias y adolescentes

    Crear refugios para nios, nias y adolescentes vulnerables

    Dispersar las oficinas de DICAT por todo el territorio

    Asegurar el cumplimiento del ciclo escolar obligatorio

    Prestar especial atencin al trabajo infantil

    Eficientizar los instrumentos de registro civil para el caso de los nios, nias y adolescentes.

    Reducir la tasa de embarazos en adolescentes

    Concientizar y sensibilizar a los padres para que se involucren en la educacin y el cuidado de sus hijos

    Articular el trabajo de las

  • 24

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin responsable/ jurisdiccin

    Instituciones participantes en la ejecucin

    Meta

    instituciones estatales que tratan el tema

    Expandir el curriculum acadmico as como las actividades extracurriculares

    Prestar especial atencin a la venta de bebidas alcohlicas a menores de edad

    Prestar especial atencin a las situaciones de violencia infantil intrafamiliar

    3 ADULTOS MAYORES.

    47. La vulnerabilidad de adultos mayores es preocupante, en virtud de que ellos sufren exclusin diariamente, al tener que interactuar con el entorno, el cual limita su participacin plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las dems personas.

    48. Por tanto, la promocin y la defensa de los adultos mayores, consiste en garantizar los mecanismos necesarios para que alcancen el disfrute de sus derechos plenos. Dicha garanta se valdr cuantas veces sea necesario de ajustes razonables y discriminaciones positivas.

    49. Cuando a esta poblacin se les reconozcan sus derechos, disfruten de la equiparacin de oportunidades, y les sean aseguradas y protegidas, la sociedad dominicana podr decir y enorgullecerse de que los DDHH han llegado a ser una realidad.

    50. Normativa Personas con Discapacidad:

    ADULTOS MAYORES

    Instrumentos Especificaciones

    Constitucin Poltica

    Artculo 57.- Proteccin de las personas de la tercera edad. La familia, la sociedad y el Estado concurrirn para la proteccin y la asistencia de las personas de la tercera edad y promovern su integracin a la vida activa y comunitaria. El Estado garantizar los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

    Normativa Interna

    Normativa Internacional

    La ley No. 352-98, sobre proteccin de la persona envejeciente; la ley No. 87-01, sobre seguridad social en sus artculos 35, 45, 50,72 y 78; y el Decreto No, 1372-04, Que aprueba el Reglamento de Aplicacin de la Ley No. 352-98, sobre Proteccin de la Persona Envejeciente.

    La Declaracin Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos; y la Convencin Interamericana sobre Derechos

  • 25

    51. Plan de acciones a propsito de los derechos de los adultos mayores

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Instituciones Involucrada

    Meta

    Concientizar y promover una cultura en DDHH

    Realizar campaas educativas y difusiones para que la poblacin de adultos mayores y conozcan sus respectivos derechos y las garantas que le debe brindar el Estado.

    - Poder Ejecutivo - Consejo Nacional de la Persona Envejecientes (CONAPE) - Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS)

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, desde el ao 2015.

    Concientizar sobre la naturaleza de estos derechos, recalcando que no constituyen privilegios ni asistencias especiales por parte del Estado.

    - Poder Ejecutivo - CONAPE - CONADIS

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. -- Accin continua, 2015.

    Ratificar y aplicar la Convencin Internacional de los Derechos de los Adultos Mayores.

    - Poder Legislativo - Poder Ejecutivo

    - Convencin ratificada, segundo semestre 2016. -- Implementacin continua.

    Legislar estableciendo sanciones a familiares que desatiendan y desamparen a sus adultos mayores.

    - Poder Legislativo

    -- Primer semestre 2016 y siguientes.

    Fortalecer las instituciones y procedimientos

    Ampliar el presupuesto que recibe el CONAPE para que pueda continuar con su trabajo de mejorar la calidad de vida de los adultos mayores.

    Poder Ejecutivo

    -- Ley de Presupuesto 2016 y aos subsiguientes.

    Establecer una alianza estratgica entre las autoridades y las organizaciones no gubernamentales especializadas en la temtica, a los fines economizar recursos.

    CONAPE - Nmero de acuerdos y subsiguiente entrada en vigencia del acuerdo interinstitucional. -- Cuarto trimestre 2015.

    Proteger derechos

    Crear mecanismos para que lo adultos mayores puedan recibir alimentos fijos por parte del Estado dominicano.

    - Poder Ejecutivo - Plan Social de la Repblica Dominicana

    - Nmero de adultos mayores recibiendo alimentos. --A partir de nuevo presupuesto general de la Nacin, primer semestre 2016.

    humanos en su artculo 1.

  • 26

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Instituciones Involucrada

    Meta

    Implementar la educacin inclusiva desde la educacin bsica.

    - Ministerio de Educacin

    - Currculum que contemplen la inclusin de las personas con discapacidad . - Nmero de alumnos/as con discapacidad que asisten regularmente a clases Cantidad de escuela accesibles -- A partir del primer semestre 2017

    Dotar los hospitales de las herramientas y el personal capacitado para atender las necesidades de la poblacin de adultos mayores (unidades geritricas).

    - Ministerio de Salud Pblica - Instituto Dominicano de Seguridad Social

    - Hospitales a nivel nacional, por regiones de salud, en capacidad a la poblacin objeto de atencin. - Nmero de adultos mayores atendidos en esos centros de salud, por regiones y aos. -- A partir del primer trimestre 2017.

    Incluir a las personas adultos mayores en la Seguridad Social, expandiendo la cobertura de la misma y, en particular, agilizando los procedimientos.

    - Consejo Nacional de la Seguridad Social - CONADIS

    - Inclusin de esas personas en la Seguridad Social. - Nmero de personas beneficiadas, por regin y por aos. - Nmero de personas sometidas a sanciones administrativas y/o penales. -- A partir de segundo semestre 2016.

    Habilitar areas especificas en clnicas y hospitales del pas para tratar adultos mayores con VIH

    Nuevas reas de atencin

    Que la poblacin adulta mayor pueda continuar recibiendo los beneficios adquiridos despus de

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Instituciones Involucrada

    Meta

    sus pensiones Aumentar del presupuesto de los

    asilos para atender las necesidades de medicamentos y alimentos

    Ampliar los centros de atencin a los adultos mayores con problemas psiquitricos

    Mejorar la participacin del estado con la capacitacin del personal que trabaja con esta poblacin

    Mejorar la infraestructura de las instituciones y organizaciones que prestan servicios a Adultos Mayores

    Crear facilidades especiales y costos reducidos para los trmites gubernamentales de los Adultos Mayores

    Modificar la Ley 352-98 para contemple penalidades

    Creacin de centros de correccin y rehabilitacin para adultos mayores del nuevo modelo penitenciario

    Fomentar el cuidado de los adultos mayores por parte de sus familiares

    Aumentar la ayuda econmica a las instituciones y organizaciones que prestan servicios a Adultos Mayores.

    Dotar de documentacin especial a los Adultos Mayores.

    Fortalecer la seguridad mdica, incluyendo ms cobertura para medicamentos y estudios especiales

    Propiciar el ingreso a asilos de adultos mayores desamparados

    Permitir el acceso crediticio a los adultos mayores.

    Asegurar una vivienda digna. Tipificar sanciones para ser

    aplicadas a aquellas personas que vulneren los derechos de los adultos mayores

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    4 PERSONAS CON DISCAPACIDAD

    52. Las personas con discapacidad enfrentan diariamente dificultades para moverse en un entorno que

    les es adverso, adems de las limitaciones fsicas, se les generan barreras que les limitan el acceso a las infraestructuras pblicas y privadas, al transporte, educacin, salud, seguridad social y dems servicios.

    53. Dichas barreras limitan su participacin plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las dems personas.

    54. Es necesario garantizar los mecanismos que aseguren el disfrute de sus derechos plenos. Lo cual descansa en los ajustes razonables y acciones de discriminacin positiva.

    55. El Plan de Derechos Humanos se direcciona al reconocimiento de sus derechos, garanta para el disfrute de la equiparacin de oportunidades, de manera que la sociedad dominicana al trmino de este, exhiba con orgullo una sociedad donde se respeten y protejan los derechos de las personas con discapacidad.

    56. Normativa Personas con Discapacidad:

    PERSONAS CON DISCAPACIDAD Instrumentos Especificaciones

    Constitucin Poltica

    Artculo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma proteccin y trato de las instituciones, autoridades y dems personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminacin por razones de gnero, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vnculos familiares, lengua, religin, opinin poltica o filosfica, condicin social o personal. El artculo 58.- Proteccin de las personas con discapacidad. El Estado promover, proteger y asegurar el goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, as como el ejercicio pleno y autnomo de sus capacidades. El Estado adoptar las medidas positivas necesarias para propiciar su integracin familiar, comunitaria, social, laboral, econmica, cultural y poltica.

    Normativa Interna

    La ley general sobre discapacidad en la Repblica Dominicana, No. 42-2000; la ley orgnica sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad, No. 05-13; la ley No. 87-01, sobre seguridad social en Repblica Dominicana; y la ley No. 16-92, que establece el Cdigo de trabajo de la Repblica Dominicana en sus artculos 314 y 315.

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos;

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    Normativa Internacional Internacional

    Convencin interamericana para la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra las personas con discapacidad; Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Polticos artculo 26; Convencin Interamericana sobre Derechos Humanos, Art. 1; el Convenio No. 111 sobre discriminacin en materia de empleo y ocupacin, artculo 1; el Convenio No. 159, sobre la readaptacin profesional y el empleo de personas invalidas; la Convencin sobre los derechos de las personas con discapacidad; Protocolo facultativo de la convencin sobre los derechos de las personas con discapacidad.

    57. Plan de acciones a propsito de los derechos de las personas con discapacidad

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Concientizar y promover una cultura en DDHH

    Realizar campaas educativas y difusiones para que las personas con discapacidad, conozcan sus respectivos derechos y las garantas que le debe brindar el Estado.

    - Poder Ejecutivo - Consejo Nacional de la Persona Envejecientes (CONAPE) - Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS)

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, desde el ao 2015.

    Concientizar sobre la naturaleza de estos derechos, recalcando que no constituyen privilegios ni asistencias especiales por parte del Estado.

    - Poder Ejecutivo - CONAPE - CONADIS

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. -- Accin continua, 2015.

    Proteger derechos

    Penalizar a las personas que utilicen a las personas con discapacidad para mendigar.

    Congreso Nacional CONADIS, CONANIS CONAPE

    Aplicar la Ley Orgnica No. 5-13 sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad.

    - Poder Ejecutivo - CONADIS, Ministerio de Trabajo -SENASA -Seguridad Social,

    --Implementacin de la ley.

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Proteger derechos

    -Ministerio de Industria y comercio, - Ministerio Pblico

    Respetar la cuota de empleos a personas con discapacidad dispuesta en la Ley No. 5-13, tanto en el sector pblico como privado, y someter las violaciones a lo dispuesto.

    - Ministerio de Trabajo - Ministerio Pblico -Ministerio de Administracin Pblica - CONADIS

    --Implementacin inmediata. - Nmero de casos sometidos a la justicia.

    Hacer cumplir los mandatos legales respecto a las facilidades de transporte y dems beneficios en provecho de las personas con discapacidad, y someter a la justicia a los infractores.

    - Defensor del Pueblo - Ministerio Pblico - CONADIS

    - Diseo de sistema de monitoreo, puesta en ejecucin y nmero de alertas por violacin a la ley. - Nmero de casos sometidos a la justicia. -- Primer trimestre de 2016, accin continua.

    Ampliar el presupuesto que recibe el CONADIS para que pueda continuar con su trabajo de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.

    - Poder Ejecutivo

    - Inclusin en la Ley de Presupuesto, ao 2016

    Crear un sistema en los laboratorios y centros de salud que permita identificar a las personas con discapacidad desde el momento de su nacimiento, en los casos que aplique; e incluirlos en un seguro de salud, de conformidad con la patologa que presenten. E igualmente, crear el sistema Nacional de Valoracin y certificacin de la discapacidad, previsto por la Ley 05-13.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio de Salud Pblica - CONADIS -Consejo Nacional de la Seguridad Social

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de tamizaje neonatal a nivel nacional. - Inclusin de cobertura en la Seguridad Social. -- Iniciando regionalmente a partir de segundo semestre 2015. -- Inclusin en la Seguridad Social del sistema de tamizaje, primer trimestre 2016. -- Cobertura en el seguro de salud, por patologas, a

  • 31

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Proteger derechos

    partir de 2016.

    Crear el registro nacional de personas con discapacidad, por localidades, y la encuesta para los datos estadsticos. (http://www.one.gob.do/Estadisticas/163/discapacidad) Informacin que debern de manejar los ayuntamientos.

    - Poder Ejecutivo - CONADIS - Ayuntamientos

    -Oficina Nacional de Estadstica

    - Diseo, implementacin y tabulacin del censo. - Tercer trimestre 2016.

    Establecer una alianza estratgica entre las autoridades y las organizaciones no gubernamentales especializadas en la temtica, a los fines economizar recursos.

    - CONADIS

    - Nmero de acuerdos y subsiguiente entrada en vigencia del acuerdo interinstitucional. -- Cuarto trimestre 2015.

    Implementar la educacin inclusiva desde la educacin bsica.

    - Ministerio de Educacin

    - Currculum que contemplen la inclusin de las personas con discapacidad . - Nmero de alumnos/as con discapacidad que asisten regularmente a clases Cantidad de escuela accesibles -- A partir del primer semestre 2017

    Garantizar a las personas con discapacidad el efectivo acceso a las infraestructuras pblicas y privadas.

    - Poder Ejecutivo - Despacho de la Primera Dama -Consejo Nacional de Discapacidad

    - Nmero de facilidades y ajustes razonables habilitados, por regiones del pas. - A partir del tercer trimestre 2016, accin continua.

    Prever y facilitar escuelas e institutos educativos para recibir personas con discapacidad.

    - Ministerio de Educacin - Ministerio de Educacin Superior, Ciencia y Tecnologa -Despacho de la Primera Dama

    - Nmero de centros construidos y/o remodelados con ajustes razonables. - Nmero de personas beneficiadas,

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    por regin y aos. --Accin continua, a partir de 2015.

    Adecuar y regular el transporte pblico a los criterios de accesibilidad universal Incorporar ayudas tcnicas y tecnologa vial inteligentes para el libre trnsito de las personas.

    - Ministerio de Obras Pblicas - Autoridades Municipales - OMSA - OPRET

    - Nmero de vehculos habilitados. - Recurso financiero presupuestado. -- Accin continua, a partir de 2017.

    Incluir a las personas con discapacidad en la Seguridad Social, expandiendo la cobertura de la misma y, en particular, agilizando los procedimientos.

    - Consejo Nacional de la Seguridad Social - CONADIS

    - Inclusin de esas personas en la Seguridad Social. - Nmero de personas beneficiadas, por regin y por aos. - Nmero de personas sometidas a sanciones administrativas y/o penales. -- A partir de segundo semestre 2016.

    Aplicacin del reglamento M-007 proyeccin sin barreras de 1991 (actualizarlo). Supervisar las construcciones para que desde un principio cuenten con ajustes razonables.

    - Ministerio de Obras Pblicas - Autoridades Municipales - CODIA - CONADIS

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de monitoreo y alertas. - Nmero de construcciones satisfactorias y no satisfactorias. - Nmero de sanciones administrativas - Nmero de personas sometidas a la justicia -- A partir de segundo semestre 2015.

    Ampliar la accesibilidad para los discapacitados en materia de salud, tanto a nivel pblico como privado.

    Construccin de aceras accesibles para personas con discapacidad.

    Disponer de intrpretes de lengua seal en la escuela.

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Capacitar a los ingenieros del CODIA y los ayuntamientos sobre la accesibilidad.

    Asegurar que en todas las instancias del sistema judicial haya intrpretes de lenguas de seal.

    Realizar un censo y registro detallado, por localidades, de las distintas personas con discapacidad.

    Establecer pensiones especiales para las personas con discapacidad.

    Instruir a los maestros para que sean capacitadores y multiplicadores en terminologa apropiada y trato digno.

    Crear lugares de recreacin y ocio accesibles para las personas con discapacidad.

    Adecuar el transporte pblico para personas con discapacidad.

    Crear centros pblicos de acogida para personas con discapacidad. Ayudar financieramente a los centros privados de esta naturaleza.

    Crear sistema de incentivos para los cuidadores de personas con discapacidad en condiciones de salud severa. Propiciar y velar que las familias se hagan responsables de sus familiares con discapacidad.

    - Poder Ejecutivo - PROFAMILIA

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de monitoreo y alertas. -- Mediados del ao 2016.

    Implementar polticas pblicas en favor de las personas con discapacidad.

    Disponer acciones concretas para la accesibilidad de los discapacitados a los servicios pblicos.

    Disponer de mayores recursos para la proteccin de los derechos de las personas con discapacidad

    Asegurar y propiciar el libre desarrollo de la personalidad de las personas con discapacidad

    Establecer mecanismo de proteccin especial para combatir la violencia y discriminacin contra las personas con discapacidad

    Realizar acuerdos interinstitucionales para capacitar

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    a estos sobre lenguaje apropiado, trato digno y proteccin de derecho

    Mejorar la aplicacin de polticas que protejan a las personas con discapacidad.

    Impulsar contundentemente la autogestin para que puedan vivir de forma independiente y puedan manejar sus asuntos financieros

    Concientizar sobre la naturaleza de estos derechos, recalcando que no constituyen privilegios ni asistencias especiales por parte del Gobierno

    Procurar el acceso real y efectivo a la justicia a nivel nacional.

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Concientizar y promover una cultura en DDHH

    Realizar campaas educativas y difusiones para que las personas con discapacidad, conozcan sus respectivos derechos y las garantas que le debe brindar el Estado.

    - Poder Ejecutivo - Consejo Nacional de la Persona Envejecientes (CONAPE) - Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS)

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, desde el ao 2015.

    Concientizar sobre la naturaleza de estos derechos, recalcando que no constituyen privilegios ni asistencias especiales por parte del Estado.

    - Poder Ejecutivo - CONAPE - CONADIS

    - Nmero de campaas diseadas e implementadas. -- Accin continua, 2015.

    Proteger derechos

    Penalizar a las personas que utilicen a las personas con discapacidad para mendigar.

    Poder Legislativo CONADIS, CONANIS CONAPE

    Aplicar la Ley Orgnica No. 5-13 sobre Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad.

    - Poder Ejecutivo - CONADIS, Ministerio de Trabajo -SENASA -Seguridad Social, -Ministerio de Industria y comercio, - Ministerio Pblico

    --Implementacin inmediata.

    Respetar la cuota de empleos a personas con discapacidad dispuesta en la Ley No. 5-13, tanto en el sector pblico como privado, y someter las violaciones a lo dispuesto.

    - Ministerio de Trabajo - Ministerio Pblico -Ministerio de

    --Implementacin inmediata. - Nmero de casos sometidos a la

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Proteger derechos

    Administracin Pblica - CONADIS

    justicia.

    Hacer cumplir los mandatos legales respecto a las facilidades de transporte y dems beneficios en provecho de las personas con discapacidad, y someter a la justicia a los infractores.

    - Defensor del Pueblo - Ministerio Pblico - CONADIS

    - Diseo de sistema de monitoreo, puesta en ejecucin y nmero de alertas por violacin a la ley. - Nmero de casos sometidos a la justicia. -- Primer trimestre de 2016, accin continua.

    Ampliar el presupuesto que recibe el CONADIS para que pueda continuar con su trabajo de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad.

    - Poder Ejecutivo

    - Inclusin en la Ley de Presupuesto, ao 2016

    Crear un sistema en los laboratorios y centros de salud que permita identificar a las personas con discapacidad desde el momento de su nacimiento, en los casos que aplique; e incluirlos en un seguro de salud, de conformidad con la patologa que presenten. E igualmente, crear el sistema Nacional de Valoracin y certificacin de la discapacidad, previsto por la Ley 05-13.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio de Salud Pblica - CONADIS -Consejo Nacional de la Seguridad Social

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de tamizaje neonatal a nivel nacional. - Inclusin de cobertura en la Seguridad Social. -- Iniciando regionalmente a partir de segundo semestre 2015. -- Inclusin en la Seguridad Social del sistema de tamizaje, primer trimestre 2016. -- Cobertura en el seguro de salud, por patologas, a partir de 2016.

    Crear el registro nacional de personas con discapacidad, por localidades, y la encuesta para los datos estadsticos. (http://www.one.gob.do/Estadisticas/163/discapacidad) Informacin que debern de manejar los ayuntamientos.

    - Poder Ejecutivo - CONADIS - Ayuntamientos

    -Oficina Nacional de Estadstica

    - Diseo, implementacin y tabulacin del censo. - Tercer trimestre 2016.

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Proteger derechos

    Establecer una alianza estratgica entre las autoridades y las organizaciones no gubernamentales especializadas en la temtica, a los fines economizar recursos.

    - CONADIS

    - Nmero de acuerdos y subsiguiente entrada en vigencia del acuerdo interinstitucional. -- Cuarto trimestre 2015.

    Implementar la educacin inclusiva desde la educacin bsica.

    - Ministerio de Educacin

    - Currculum que contemplen la inclusin de las personas con discapacidad . - Nmero de alumnos/as con discapacidad que asisten regularmente a clases Cantidad de escuela accesibles -- A partir del primer semestre 2017

    Garantizar a las personas con discapacidad el efectivo acceso a las infraestructuras pblicas y privadas.

    - Poder Ejecutivo - Despacho de la Primera Dama -Consejo Nacional de Discapacidad

    - Nmero de facilidades y ajustes razonables habilitados, por regiones del pas. - A partir del tercer trimestre 2016, accin continua.

    Prever y facilitar escuelas e institutos educativos para recibir personas con discapacidad.

    - Ministerio de Educacin - Ministerio de Educacin Superior, Ciencia y Tecnologa -Despacho de la Primera Dama

    - Nmero de centros construidos y/o remodelados con ajustes razonables. - Nmero de personas beneficiadas, por regin y aos. --Accin continua, a partir de 2015.

    Adecuar y regular el transporte pblico a los criterios de accesibilidad universal Incorporar ayudas tcnicas y tecnologa vial inteligentes para el libre trnsito de las personas.

    - Ministerio de Obras Pblicas - Autoridades Municipales - OMSA - OPRET

    - Nmero de vehculos habilitados. - Recurso financiero presupuestado. -- Accin

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    continua, a partir de 2017.

    Incluir a las personas con discapacidad en la Seguridad Social, expandiendo la cobertura de la misma y, en particular, agilizando los procedimientos.

    - Consejo Nacional de la Seguridad Social - CONADIS

    - Inclusin de esas personas en la Seguridad Social. - Nmero de personas beneficiadas, por regin y por aos. - Nmero de personas sometidas a sanciones administrativas y/o penales. -- A partir de segundo semestre 2016.

    Aplicacin del reglamento M-007 proyeccin sin barreras de 1991 (actualizarlo). Supervisar las construcciones para que desde un principio cuenten con ajustes razonables.

    - Ministerio de Obras Pblicas - Autoridades Municipales - CODIA - CONADIS

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de monitoreo y alertas. - Nmero de construcciones satisfactorias y no satisfactorias. - Nmero de sanciones administrativas - Nmero de personas sometidas a la justicia -- A partir de segundo semestre 2015.

    Crear sistema de incentivos para los cuidadores de personas con discapacidad en condiciones de salud severa. Propiciar y velar que las familias se hagan responsables de sus familiares con discapacidad.

    - Poder Ejecutivo - PROFAMILIA

    - Diseo y puesta en ejecucin de un sistema de monitoreo y alertas. -- Mediados del ao 2016.

    5 DERECHOS CIVILES Y POLTICOS

    58. Los derechos civiles y polticos son aquellos que garantizan y protegen las libertades individuales de las personas de la represin por parte del poder, sea ste pblico o privado. De esta manera, los mismos garantizan la capacidad de las personas de participar en la vida civil y poltica del Estado en condiciones de igualdad. Desde la transicin a la democracia, el pas se ha insertado en un proceso continuo de fortalecimiento de los mecanismos de proteccin y reconocimiento de los derechos civiles y polticos de todas y todos sus habitantes.

    59. El pas ha adoptado nmeros convenios internacionales en la materia, ha mejorado el sistema de contrapesos institucional domstico de las entidades encargadas de velar por la proteccin de

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    dichos derechos y ha mejorado su marco jurdico interno para garantizar el ejercicio de los mismos. 60. No obstante, el pas an debe de seguir mejorando sus indicadores en lo que respecta a los

    derechos civiles y polticos de los habitantes de su territorio. En este sentido, el PNDH se propone fungir de gua en la formulacin de las polticas pblicas que ayudarn al pas a seguir mejorando la proteccin de dichos derechos.

    61. Normativa Derechos Civiles y Polticos:

    Derechos Civiles y Polticos Instrumentos Especificaciones

    Constitucin Poltica

    Artculo 37.- Derecho a la vida. Artculo 38.- Dignidad humana. Artculo 39.- Derecho a la igualdad.

    Artculo 40.- Derecho a la libertad y seguridad personal. Artculo 41.- Prohibicin de la esclavitud. Artculo 42.- Derecho a la integridad personal.

    Artculo 43.- Derecho al libre desarrollo de la personalidad.

    Artculo 44.- Derecho a la intimidad y el honor personal.

    Artculo 45.- Libertad de conciencia y de cultos.

    Artculo 46.- Libertad de trnsito.

    Artculo 47.- Libertad de asociacin.

    Artculo 48.- Libertad de reunin.

    Artculo 49.- Libertad de expresin e informacin.

    Normativa Interna

    La Ley 550-14, que establece el Cdigo Penal Dominicano Ley Orgnica de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la Repblica Dominicana, No 1-12; Ley 76-02, que establece el Cdigo Procesal Civil Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Informacin Pblica. Ley 172-13, sobre Proteccin de Datos Personales

  • 39

    Ley 19-01, que instituye la Defensora del Pueblo Ley 277-04 que instituye el Sistema Nacional de Defensa Pblica. Ley Orgnica del Tribunal Constitucional, No. 137-13,

    I Normativa Internacional

    La Declaracin Universal de los Derechos Humanos, Pacto de los Derechos Civiles y Polticos, el Pacto de los Derechos Sociales Econmicos y Culturales, Convencin Americana de Derechos Humanos, la Convencin sobre los Derechos del Nio,

    62. Plan de acciones a propsito de los derechos civiles y polticos

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Concientizar y promover una cultura en DDHH

    Promover una educacin en derechos civiles y polticos en todo el sistema educativo y la administracin pblica.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio de Administracin Pblica -Ministerio de Educacin

    - Diseo e implementacin de cursos y talleres. - Nmero de personas participantes, por regiones. - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, 2015.

    Educar respecto a las vas para las personas exigir sus derechos civiles y polticos.

    - Ministerio Pblico - Defensor del Pueblo

    - Diseo e implementacin de cursos y talleres. - Nmero de personas participantes, por regiones. - Nmero de campaas diseadas e implementadas. --Implementacin continua, 2015.

    Formar los cuerpos policiales y militares en Derechos Humanos.

    - Ministerio de Interior y Polica - Polica Nacional

    - Modificacin del currculum de la academia policial y del Ministerio de

  • 40

    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Defensa - Nmero de cadetes beneficiados. - Segundo semestre 2016

    Fomentar la tolerancia de los servidores pblicos ante las crticas de la poblacin.

    - Ministerio de Administracin Pblica

    - Diseo de cursos de formacin temtica. - Nmero de participantes, por regin. - Accin continua, 2016.

    Fortalecer el marco normativo

    Establecer penalidades y sanciones para aquellas empresas que requieran de la buena presencia de sus empleados, en perjuicio discriminatoria de fenotipos raciales y tnicos, de as como aquellas que discriminen para el acceso al empleo.

    - Poder Legislativo - Ministerio de Trabajo - Ministerio Pblico -Ministerio de Administracin Pblica

    - Aprobacin de sanciones disciplinarias y legales por motivos de discriminacin racial y otras. - Nmero de personas sometidas a la justicia por discriminacin. -- Accin continua, 2015.

    Aplicar sanciones para aquellos lugares pblicos que no respeten el derecho de admisin.

    - Poder Legislativo - Ministerio Pblico

    - Diseo e implementacin de sistema de monitoreo y alarmas. - Nmero de establecimientos sancionados. -- Accin cotinua, 2015.

    Fortalecer instituciones y procedimientos

    Reforma institucional y profesionalizacin de la Polica Nacional.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio de Interior y Polica

    - Reportes trimestrales. -- Proceso continuo, 2015.

    Mejorar las condiciones laborales y los salarios de los miembros de la Polica Nacional y del Ministerio de Defensa.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio de Interior y Polica - Ministerio de Defensa - Ministerio de Hacienda

    - Reportes de mejoras peridicas. - Informe financiero del valor del sueldo policial, usando el ao 2015 como base. -- Ao 2016 y sucesivos.

    Mejorar la capacidad de pesquisa en casos de abuso de fuerza por parte de los cuerpos policial y militar.

    - Ministerio de Interior y Polica - Ministerio Pblico - Ministerio de Defensa

    -- Reportes anuales de mejoras introducidas. - Nmero de casos investigados.

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    -- Accin continua, a partir de 2015.

    Establecer una Comisin de la Verdad y luchar contra la impunidad de los casos de corrupcin estatal.

    - Poder Ejecutivo - Defensor del Pueblo - Poder Judicial - Ministerio Pblico

    - Reglamentos de la Comisin. - Seleccin y nombramiento de su personal. - Nmero de casos asumidos. -- Primer semestre 2016, accin continua.

    Fortalecer los canales de comunicacin entre los actores del sistema de justicia.

    - Poder Judicial - Ministerio Pblico

    - Diseo e implementacin del sistema de comunicacin. - Tercer trimestre 2016.

    Proteger derechos

    Crear un programa de proteccin a defensores de los derechos humanos y periodistas.

    - Ministerio Interior y Polica - Ministerio Pblico

    - Programa diseado e implementado. - - Segundo semestre 2015.

    Asegurar la presencia continua del Juez de Atencin Permanente.

    Poder Judicial

    -- Cuarto trimestre 2015.

    Supervisar los centros de detencin de la Polica Nacional, as como crear mecanismos de vigilancia y sancin para casos de detencin irregular.

    - Ministerio de Interior y Polica - Defensor del Pueblo

    - Diseo e implementacin de sistema de supervisin y alertas de centros de detencin. - Nmero de centros supervisados, por regin. Nmeros casos de detencin irregular, por regin. - Nmero de sanciones disciplinarias o penales, por regin. -- Cuarto trimestre 2015, accin contina.

    Erradicar el porte de armas ilegales en la poblacin civil. Reducir el porte de armas en general.

    - Ministerio de Interior y Polica

    - Nmero de armas ilegales retenidas, por regin. - Nmero de multas infringidas. - 2015, accin continua.

    Proteger a las personas en el ejercicio de sus derechos a la libertad de reunin y libertad de expresin. Condenar la censura previa.

    - Poder Ejecutivo - Ministerio Pblico - Tribunal

    - Nmero de casos reportados de violacin a los derechos. - Nmero de

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    Objetivo Estratgico

    Lnea de Accin Institucin Responsable

    Institucin Involucrada

    Meta

    Constitucional - Defensor del Pueblo

    violaciones sometidas a la justicia. - Nmero de condenas de censura previa. -- Accin continua, 2015.

    Exigir que el Ministerio Pblico motive debidamente las solicitudes de prisin preventiva. Aplicar racional y excepcionalmente las medidas de coercin.

    - Ministerio Pblico - Defensor del Pueblo

    - Nmero de cursos de capacitacin al Ministerio Pblico en procedimientos. - Nmero de beneficiarios. - Nmero de solicitudes de prisin preventiva mal motivadas en los tribunales, por regin y aos. -Numero de medidas de coercin mal instrumentadas.

    Garantizar la laicidad del Estado dominicano.

    Investigar y sancionar a los responsables de realizar intervenciones telefnicas ilegales

    Prohibir y sancionar el uso desmedido de la informacin personal.

    Proteccin de la informacin personal

    Concientizar a la sociedad sobre el derecho a toda persona al libre desarrollo de la personalidad.

    Se busca que las personas conozcan sus derechos fundamentales

    Crear un cuerpo especial que investigue junto a la fiscala los casos de tortura perpetrados.

    Presidencia de la Repblica

    Cuerpo Especializado y de apoyo al combate de la trata y trfico de personas

    Promover que los c