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Concurso para la Contratación del Supervisor de Obra del Contrato de Concesión del Proyecto Integral denominado “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro” 1 BASES CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL PROYECTO INTEGRAL DENOMINADO “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AV. RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO”

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Concurso para la Contratación del Supervisor de Obra del Contrato

de Concesión del Proyecto Integral denominado “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro”

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BASES

CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL PROYECTO INTEGRAL

DENOMINADO “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AV. RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO”

Concurso para la Contratación del Supervisor de Obra del Contrato

de Concesión del Proyecto Integral denominado “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro”

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ÍNDICE SECCIÓN GENERAL Capítulo 1: Etapas del proceso de selección 1.1 Convocatoria Pag. 4 1.2 Antecedentes y definiciones Pag. 4 1.3 Base legal Pag. 7 1.4 Registro de postores Pag. 8 1.5 Facultades del Comité Pag. 8 1.6 Formulación de Consultas a las Bases Pag. 9 1.7 Absolución de Consultas e Integración de las Bases Pag. 10 1.8 Forma de Presentación y Alcance de las Propuestas Pag. 10 1.9 Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta Pag. 11 1.10 Contenido de la Propuesta Económica Pag. 12 1.11 Evaluación de las propuestas Pag. 12 1.12 Acto Público de Otorgamiento de la Buena Pro Pag. 13 Capítulo 2: Solución de Controversias durante el proceso de selección 2.1 Recurso de Apelación Pag. 14 2.2 Plazos de Interposición del recurso de apelación Pag. 14 Capítulo 3: Suscripción del Contrato 3.1 Del Contrato Pag. 14 3.2 Vigencia del Contrato Pag. 15 3.3 Requisitos de las Garantías Pag. 15 3.4 De las Garantías Pag. 15 3.5 De las penalidades e incumplimiento de Contrato Pag. 16 3.6 Pagos Pag. 16 3.7 Plazos para los pagos Pag. 16 SECCIÓN ESPECÍFICA Capítulo 1: Generalidades 1.1 Entidad Convocante Pag. 18 1.2 Domicilio Legal Pag. 18 1.3 Objetivo de la convocatoria Pag. 18 1.4 Valor referencial Pag. 18 1.5 Fuente de financiamiento Pag. 18 1.6 Sistema de contratación Pag. 18 1.7 Requerimientos Técnicos Mínimos Pag. 18 1.8 Plazo de ejecución de la supervisión de la obra Capítulo 2: Del Proceso de Selección

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2.1 Cronograma del Proceso de Selección Pag. 19 2.2 Registro de participantes Pag. 19 2.3 Formulación de consultas a las bases 2.4 Acto público de presentación de las propuestas Pag. 19 2.5 Contenido de las propuestas Pag. 20 2.6 Requisitos para la suscripción del contrato Pag. 22 2.7 Plazo para la suscripción del contrato Pag. 22 2.8 Forma de pago Pag. 22 Capítulo 3: Términos de Referencia Pag. 23 Capítulo 4: Factores de Evaluación Pag. 37 ANEXOS Anexo N° 1: Modelo de Carta de Acreditación del Representante Pag. 46 Anexo N° 2: Declaración Jurada de Datos del Postor Pag. 47 Anexo N° 3: Declaración Jurada de Cumplimiento de los TDR Pag. 48 Anexo N° 4: Declaración Jurada Pag. 49 Anexo N° 5: Promesa Formal del Consorcio Pag. 50 Anexo N° 6: Carta de Propuesta Económica Pag. 51 Anexo N° 7: Formato Profesionales y Técnicos Requeridos Pag. 52 Anexo N° 8: Garantía de Validez y Cumplimiento del Contrato Pag. 53 Anexo N° 9: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Pag. 55

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

CAPÍTULO 1

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIA

La Municipalidad de San Isidro interesada en supervisar el cumplimiento del Contrato de Participación de la inversión privada, tal como el Contrato de Concesión para “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro”, convoca al Concurso para seleccionar al Supervisor de dicha Obra.

La Convocatoria será publicada durante un día en un diario de circulación nacional y en la siguiente dirección electrónica: http:/www.munisanisidro.gob.pe

El Concurso se regirá por lo establecido en las presentes Bases, las mismas que se encuentran publicadas en la siguiente dirección electrónica:

http:/www.munisanisidro.gob.pe 1.2 ANTECEDENTES Y DEFINICIONES 1.2.1 En relación al proyecto “Proyecto de Estacionamiento Subterráneo bajo la Av. Rivera

Navarrete-San Isidro”, con fecha Diciembre de 2009 la Empresa Estudios, Proyectos y Planificación S.A. Sucursal Perú (EPYPSA), presentó una iniciativa de inversión denominada “Propuesta de Proyecto Integral de Concesión de Estacionamientos Subterráneos en la Av. Rivera Navarrete”.

Mediante Acuerdo de Concejo N°110-2010/MSI de fecha 25 de Octubre del 2010, el Concejo Distrital declara de interés la iniciativa privada denominada “Propuesta de Proyecto Integral de Concesión de Estacionamientos Subterráneos en la Av. Rivera Navarrete-San Isidro”.

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1.2.2 DEFINICIONES

En este Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que a continuación se indican:

BASES Es el presente documento que contiene los aspectos administrativos, procedimientos y condiciones, incluidos sus Formularios, Anexos y las Circulares que expida la Municipalidad de San Isidro, la misma que fija los términos bajo los cuales se desarrollará el Concurso. CEPS Son las condiciones especiales del proceso de selección establecidas en las Bases. CIRCULARES Son las comunicaciones emitidas por escrito por la Municipalidad de San Isidro, sean de efectos particulares o generales, con el fin de completar, aclarar, interpretar o modificar el contenido de estas Bases, otra Circular o absolver consultas formuladas por quienes estén autorizados para ello conforme a estas bases. Las Circulares forman parte integrante de estas Bases. COMITÉ Es el Comité designado a través de la Resolución de Gerencia Municipal N° 805-2011-GM/MSI de fecha 9 de Diciembre del 2011, encargado de llevar adelante el proceso para seleccionar al Supervisor de Obra del Contrato de Concesión del proyecto “Playa de Estacionamiento Subterráneo bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro”. CONCEDENTE Es la Municipalidad Distrital de San Isidro, (MSI). CONCESIÓN Es la relación jurídica de Derecho Público que se establece entre el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO a partir de la Fecha de Suscripción del Contrato de Concesión. CONCESIONARIO Es la Sociedad Estacionamientos Navarrete S.A. que celebró el Contrato de Concesión respectivo con el CONCEDENTE. CONCURSO Es el Concurso que se regula en estas Bases para seleccionar al Supervisor de Obra del Contrato de Concesión del proyecto “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete”. CONSTRUCTOR Es la persona(s) jurídica(s), que suscribirá(n) el o los contratos de construcción de las Obras de la Concesión con el CONCESIONARIO, pudiendo ser un tercero, un accionista del CONCESIONARIO, una Empresa Subsidiaria o Empresa Vinculada del CONCESIONARIO o de uno de sus integrantes, encargada(s) de realizar la construcción.

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CONTRATO DE CONCESIÓN Es el Contrato incluyendo sus Anexos, celebrado entre el CONCEDENTE y el CONCESIONARIO, el mismo que rige las relaciones entre las Partes para la ejecución y explotación de la Concesión durante el plazo establecido en el mismo. CONTRATO DE SUPERVISIÓN DE OBRA Es el Contrato incluyendo sus Anexos, celebrado entre la Municipalidad de San Isidro y el SUPERVISOR DE OBRA, el mismo que rige las relaciones entre las Partes para la Supervisión de la ejecución de la Obra de la concesión correspondiente del proyecto “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete”. DCPS Son las disposiciones comunes del proceso de selección, establecidas en las presentes Bases. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) Documento técnico que contiene el plan de manejo socio-ambiental de los proyectos de infraestructura vial según su grado de riesgo, para las diferentes fases de estudios, ejecución de obras, conservación y operación incluyendo los sistemas de supervisión y control en concordancia con los dispositivos legales sobre la materia. Además incluye las normas, guías y procedimientos relativos al reasentamiento involuntario y temas de arqueología del área de trabajo. ESTUDIO DEFINITIVO Es el documento técnico que contendrá, a nivel de detalle, el alcance, características, especificaciones, plano, metrados y presupuesto de las Obras, así como la información técnica y económica correspondiente a estas últimas, de acuerdo a lo establecido en la Iniciativa Privada y al Contrato de Concesión correspondiente. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Es la fianza bancaria que será presentada por el Supervisor de la Obra conforme a las condiciones establecidas en el Numeral 3.4.1 de las DCPS, para asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales, así como el pago de las penalidades, según los términos del Contrato de Supervisión de Obra. En el Anexo N° 9 se incluye el modelo de la fianza bancaria, la misma que deberá encontrarse redactada sustancialmente de forma similar a dicho modelo. GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y SERIEDAD DE LA PROPUESTA Es la fianza bancaria que presentará el Postor para asegurar la validez, vigencia y cumplimiento de su Propuesta, y cuyo modelo se encuentra establecido en el Anexo N° 8, la misma que deberá encontrarse redactada sustancialmente de forma similar a dicho modelo. MSI Municipalidad de San Isidro en su calidad de CONCEDENTE. OBRAS Son todas las obras civiles necesarias para la implementación de la infraestructura destinada al estacionamiento vehicular que se desarrollará en el Área de la Concesión,

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con el objeto de que la Sociedad Concesionaria preste el servicio de estacionamiento vehicular. Las Obras abarcan la subsanación de interferencias, provisión de repuestos para las mismas; así como los trabajos y obras que deban realizarse sobre el Área de la concesión para efectos de su rehabilitación o adaptación a las Obras, de acuerdo con los términos del Contrato de Concesión. PROYECTO DE INVERSIÓN Es el proyecto de inversión denominado “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete”. PROPUESTA Comprende en conjunto la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica. PROPUESTA ECONÓMICA Es el documento que presentará el Postor en el sobre N°2, según lo indicado en el Numeral 2.5.2 de CEPS en el Anexo N° 6. PROPUESTA TÉCNICA Es el documento que forma parte del sobre N° 1 que presentará el Postor, el que comprende como mínimo la información señalada en el Numeral 2.5.1 de la CEPS de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 7. SUPERVISOR Es la Municipalidad de San Isidro a través de la Subgerencia de Obras Municipales de acuerdo a lo dispuesto por el Manual y Reglamento de Organización y Funciones (MOF y ROF). SUPERVISOR DE OBRA Es la persona jurídica o consorcio adjudicataria de la Buena Pro del Concurso y que, en virtud de ello, ha suscrito el Contrato de Supervisión de Obra del contrato de Concesión del proyecto de inversión “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete” correspondiente. TÉRMINOS DE REFERENCIA Son las especificaciones a ser cumplidas por el Postor a efecto de acreditar los requisitos mínimos establecidos en su Propuesta Técnica y que forman parte integrante de las presentes Bases.

1.3 BASE LEGAL Contrato de Concesión del proyecto de inversión denominado “Proyecto de

Estacionamiento Subterráneo de Tres Niveles en la Av. Rivera Navarrete” suscrito el 22 de Julio de 2010

Supletoriamente el Código Civil. Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Ley N° 28059, “Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada”. D.S. N° 015-2004-PCM “Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión

Privada” D.S. N° 013-2007-PCM “Modifican el D.S. 015-2004-PC, Reglamento de la Ley

Marco de Promoción de la Inversión Privada”

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D.S. 036-2007-EF “Establecen Disposiciones Complementarias Aplicables a los Proyectos de Inversión que involucren Concesiones Financiadas”

D.S. N° 104-2007-EF “Lineamientos para la Provisión de Servicios a través de Proyectos de Inversión Pública que involucren Concesiones Cofinanciadas”

D.L. N° 1012 “Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la Generación de empleo productivo y Dicta Normas para la agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada”

D.L. N° 1016 “Decreto Legislativo que modifica la tercera disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1012 que aprobó la Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la Generación de empleo productivo y Dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada”

D.S. N° 146-2008-EF “Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de la Inversión Privada”

Directiva N° 004-2009 – PROINVERSIÓN “Tramitación y Evaluación de las Iniciativas Privadas en Proyectos de Inversión”

1.4 REGISTRO DE POSTORES

El registro de los Postores se efectuará desde el día de la convocatoria y hasta un día después de la Integración de las Bases establecida en el correspondiente cronograma de las Bases. Los Postores concursarán para la Supervisión de la Obra, debiendo presentar la Propuesta Técnica y Económica. La persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá presentar el correspondiente recibo entregado por la Municipalidad de San Isidro que acredite el pago por los derechos de participación. Al registrarse, el Postor deberá señalar la siguiente información: Razón Social, representante legal, número de RUC, domicilio legal, teléfono. Los Postores no podrán formar parte, bajo ninguna modalidad del grupo económico de la Sociedad Estacionamientos Navarrete S.A, asimismo, tampoco podrán tener relación comercial directa y/o indirecta con el referido Concesionario.

1.5 FACULTADES DEL COMITÉ 1.5.1 El Comité tiene como función conducir el Concurso, tiene asimismo la facultad, entre

otras, para promover, programar, conducir, regular, modificar, dirigir, interpretar, supervisar, controlar y dictar todas las disposiciones que resulten pertinentes o que estimen necesarias para la ejecución de dicho Concurso, resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases.

1.5.2 El Comité puede modificar los plazos señalados en las Bases. El Concurso podrá ser suspendido o cancelado si así lo considerase pertinente el Comité, sin necesidad de expresión de causa y sin recurrir en responsabilidad alguna como consecuencia de ello.

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Toda modificación a las presentes Bases será comunicada a los postores mediante Circulares.

1.5.3 La sola presentación del sobre N° 1 (Propuesta Técnica) por parte de un Postor al Comité

no obliga a este último a declarar apta su propuesta o que la misma cumpla con el puntaje mínimo establecido en las Bases.

1.5.4 La sola Adquisición del Derecho a Participar en el Concurso por un Postor indica el pleno

conocimiento, aceptación y sometimiento incondicional sin limitación, reserva o restricción alguna por parte del Postor, o el Adjudicatario, según corresponda, a todos y cada uno de los procedimientos, obligaciones y reglas –sin excepción- establecidas en las Bases, las mismas que tienen jurídicamente carácter vinculante para aquellos, así como la renuncia irrevocable e incondicional a plantear, ante cualquier fuero o autoridad, cualquier acción, reclamo, demanda o solicitud de indemnización contra la Municipalidad de San Isidro, el Supervisor, el Comité y/o sus Asesores.

1.5.5 Salvo lo expresamente estipulado en sentido contrario a estas Bases, las decisiones del

Comité con relación a este Concurso son definitivas, no darán lugar a indemnización alguna y no están sujetas a reconsideración y/o apelación en el ámbito administrativo o judicial. En consecuencia, por la sola adquisición del derecho a participar el Concurso o su participación en este Concurso, las personas o Postores que estén comprendidas bajo los alcances de estas Bases, renuncian a interponer cualquier recurso de impugnación contra tales decisiones, salvo que las Bases establezcan lo contrario para casos expresamente determinados.

1.6 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES 1.6.1 Plazo para efectuar consultas

Los Postores podrán hacer consultas sobre las Bases, así como sugerencia y comentarios al Contrato de Supervisión de Obra correspondiente en las fechas señaladas en el Cronograma del Concurso. Dichas consultas deberán ser canalizadas a través de sus Representantes Legales.

1.6.2 Formalidad de las consultas

Las consultas se formularán por escrito en idioma español y deberán estar dirigidas a: Comité / R. G.M. N° 805-2011-0200-GM/MSI “Concurso para la selección del Supervisor de Obra del Contrato de Concesión del proyecto denominado “Playa de Estacionamiento Subterráneo bajo la Av. Rivera Navarrete”.

Avenida República de Colombia N° 717, 8° Piso San Isidro, Lima Las consultas que formulen los Representantes Legales de los Postores en relación a las Bases, así como las sugerencias y comentarios al Contrato de la Supervisión de Obra deberán ser acompañadas opcionalmente en archivo digital en programa WORD, de lo contrario, el Comité Especial las tendrá como no presentadas. Horario de Atención: de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.

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1.7 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS E INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El plazo para la absolución de las Consultas a las Bases está establecido en el Cronograma del Concurso. La decisión que toma el Comité con relación a las consultas presentadas constará en una Circular que deberá ser publicada en cualquiera de las direcciones electrónicas señalada en el Numeral 1.1 de las presentes Bases, se considerarán como parte integrante de éstas y del Contrato de Supervisión de Obra correspondiente Las Bases integradas, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas realizadas al Comité, así como cualquier cambio que ésta estime necesario durante el desarrollo del Concurso. No se absolverán consultas a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no hayan adquirido los derechos de participación en el Concurso.

1.8 FORMAS DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de las Propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma Español o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El Postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero será denominado “Propuesta Técnica” y contendrá la propuesta técnica de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases y en los Términos de Referencia. El segundo sobre denominado “Propuesta Económica” correspondiente al proyecto de inversión. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del representante legal del Postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número 1. Las personas jurídicas concurrirán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación de representante legal. El Acto Público se realizará en presencia del Notario, se inicia cuando el Comité empieza a llamar a los Postores en el orden en que se registraron para participar en el Concurso para que entreguen sus propuestas técnica y económica. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por no presentado y en consecuencia perderá su derecho a continuar participando en el Concurso. Si algún participante es

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omitido, podrá acreditarse con la presentación del documento a través del cual pagó los derechos de participación en el Concurso. Los integrantes de un CONSORCIO no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un Consorcio. Después de recibidas las Propuestas, el Comité procederá a abrir los sobres que contienen la Propuesta Técnica (Sobre N° 01) de cada Postor. El Comité revisará los documentos presentados y verificará que se encuentre la totalidad de la documentación obligatoria establecida en el Numeral 2.5 de la Sección Específica de las presentes Bases, quedando automáticamente descalificado aquel Postor que no haya cumplido con la presentación completa. El Presidente del Comité en el mismo Acto Público notificará a cada Postor si ha cumplido con presentar la totalidad de la documentación obligatoria, y de ser el caso indicará los Postores que pasan a la etapa de pre-calificación y los que han sido descalificados. El Comité pondrá en conocimiento progresivamente los resultados del Proceso de precalificación de cada Postor, para lo cual cursará una comunicación al Postor. No procederá recurso de impugnación alguno contra la decisión del Comité respecto a la pre-calificación de los Postores. Después de abierto cada sobre que contiene la Propuesta Técnica, el Notario procederá a sellar y a firmar cada hoja de todos los documentos originales de cada propuesta técnica. Asimismo, sellará y firmará la Propuesta Económica presentada por cada Postor. Al terminar el Acto Público, se levantará un Acta, la cual será suscrita por el Notario, por los miembros del Comité que participaron en el Acto, así como por los Veedores y Postores que lo deseen. El Notario se quedará con los sobres de Propuesta Económica hasta el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro.

1.9 GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA

1.9.1 El Postor deberá garantizar la seriedad de la Propuesta que realice durante el Concurso. 1.9.2 Para tal efecto, el Postor deberá incluir en el Sobre N° 01, el Original de una Carta Fianza

de Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta con las características de ser solidaria, irrevocable, incondicional sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática, a favor de la Municipalidad de San Isidro, el monto de la Fianza que el Postor debe presentar será de S/. 11,500.00 (Once mil quinientos Nuevos Soles), de acuerdo al Artículo N° 157 de la Ley de Contrataciones.

La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta deberá estar emitida de acuerdo a los términos del modelo incluido en el Anexo N° 08 por una Empresa Bancaria o por un Banco Extranjero de Primera Categoría y confirmada por una Empresa Bancaria.

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El plazo de vigencia de la Garantía debe correr desde la fecha de presentación del Sobre N° 1 hasta la fecha de suscripción del Contrato de la Supervisión de Obra.

1.9.3 Una vez declarada la Adjudicación de la Buena Pro del Concurso por el Comité, la Garantía

de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada por el Postor que resulte Adjudicatario podrá ser ejecutada por el Supervisor, si dicho adjudicatario no cumple con todas las obligaciones que le corresponden en la fecha de suscripción del Contrato, según se estipula en el Numeral 3.1 del Capítulo III de las DCPS de las presentes Bases. La Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta presentada por un Postor que no resulte adjudicatario le será devuelta luego de suscrito el Contrato de Supervisión de la Obra.

1.10 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La Propuesta Económica (Sobre N° 2) deberá incluir obligatoriamente la oferta económica, en Nuevos Soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones pruebas y, de ser el caso, los costos laborables conforma a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pudiera tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos Postores que gocen de exoneraciones legales. La entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la Propuesta Económica y los sub-totales que lo componen deberán ser expresados con dos (2) decimales.

1.11 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas: La Evaluación de la Propuesta Técnica y la Evaluación de la Propuesta Económica. El mínimo puntaje asignado a las Propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica: 100 puntos Propuesta Económica: No tendrá puntuación 1.11.1 Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases y en los Términos de Referencia de las mismas. Las propuestas que no cumplan con dichos requerimientos no serán admitidas. Solo a aquellas propuestas admitidas, el Comité les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y en los Términos de Referencia de las mismas y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor y a la documentación sustentadora presentada por el Postor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de Cien (100) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

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El puntaje de la propuesta técnica tiene como único objetivo determinar que Postor o Postores se encuentran aptos para que su Propuesta Económica sea evaluada por el Comité, en dicho sentido no habrá una ponderación del puntaje obtenido en la Propuesta Técnica de modo que el valor de la Propuesta Económica será el factor de competencia para el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso.

1.11.2 Evaluación Económica La evaluación económica consistirá en contrastar los valores ofertados por los Postores para efectuar la Supervisión de la Obra. Serán admitidas las ofertas que tengan un valor mayor o igual al 90% del valor referencial y, como tope superior el Valor Referencial.

1.12 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha señalada en las Bases, el Comité procederá a informar a los presentes Postores que alcanzaron el mínimo puntaje técnico para que su Propuesta Económica sea abierta y evaluada. Seguidamente se procederá a la apertura de los Sobres de Propuesta Económica con el procedimiento establecido en las presentes Bases. En dicho sentido el Comité Especial, abrirá los Sobres N° 2 de los Postores Calificados, uno por uno y dará lectura a su contenido. Si alguna de las Propuestas Económicas de los Postores Calificados excede los límites de los fijados en los Términos de Referencia del presente Concurso será rechazada por el Comité. El Presidente de la Comisión asistido por el Notario Público, anunciará aquellas Propuestas Económicas válidas presentadas de acuerdo a lo estipulado en las Bases, identificando al titular de la respectiva Propuesta Económica y las ordenará de menor a mayor. La Buena Pro del Concurso será adjudicada al Postor que haya ofrecido la menor Propuesta Económica de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. En caso de empate, el Comité Especial adjudicará la Buena Pro al Postor que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación de su Propuesta Técnica. En caso de mantenerse el empate el Comité llevará a cabo un sorteo a fin de definir el ganador a quien se le adjudicará la Buena Pro del Concurso. Al terminar el Acto Público se levantará un Acta, la cual será suscrita por el Notario, por todos los miembros del Comité y los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los Postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los Postores copia del Acta de otorgamiento de la buena pro. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

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Esta información se publicará en la dirección electrónica establecida en el Numeral 1.1 de las Bases.

CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 Recurso de apelación

A través del Recurso de Apelación, los Postores únicamente podrán impugnar el acto de adjudicación de la Buena Pro del Concurso. El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles. Adjunta al recurso de apelación se presentará una Carta Fianza por el 5% del monto de la Propuesta Económica que resulte ganadora del Concurso, la cual será devuelta al Postor en caso la apelación resulte favorable o, será ejecutada en caso contrario.

2.2 Plazos de interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro debe interponerse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1 Una vez quedó consentido o administrativamente firme el otorgamiento del la Buena Pro,

la Entidad deberá citar al Postor ganador otorgándole cinco (5) días hábiles para presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el Contrato con toda la documentación requerida.

En el supuesto que el Postor ganador (Adjudicatario) no se presente dentro del plazo

otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro y la Entidad ejecutará la correspondiente Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta, en tal caso, el Comité, dentro de las 24 horas siguientes, citará al Postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato de Supervisión procediéndose de acuerdo al plazo señalado en el párrafo anterior.

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Si este Postor no suscribe el contrato, la Entidad procederá a la ejecución de la correspondiente Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta y el Comité convocará por última vez al Postor que ocupó el tercer lugar, en caso que dicho Postor no firme el Contrato de Supervisión, la Entidad procederá a la ejecución de la correspondiente Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta y el Comité declarará desierto el proceso de selección.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o

debidamente autorizado, y por el Postor ganador de la Buena Pro a través de su Representante Legal.

Para suscribir el contrato el Postor ganador de la Buena Pro deberá presentar además de

los documentos previstos en las Bases, lo siguiente:

Garantía de Fiel Cumplimiento cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de la liquidación final y cuyo modelo se encuentra establecido en el Anexo Nº 09.

Contrato de Consorcio con firmas legalizadas de los consorciados, de ser el caso.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del mismo. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidación final.

3.3 REQUISITOS DE LA GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el Supervisor de la Obra deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS 3.4.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El Postor deberá entregar a la Entidad la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión de Obra. Ésta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del Contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

3.4.2 EJECUCIÓN DE LAS GARANTÍAS

La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará a simple solicitud de la Municipalidad de San Isidro ante los siguientes supuestos: 1. Cuando el Supervisor de Obra no la hubiere renovado antes de la fecha de su

vencimiento. Contra ésta ejecución, el Supervisor de Obra no tiene derecho a interponer reclamo alguno.

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2. Se ejecutará en su totalidad solo cuando se resuelva el Contrato por causa imputable al Supervisor de Obra.

3.5 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

En caso de retraso injustificado en las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al SUPERVISOR DE OBRA una penalidad por cada día de retraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10x Monto

0.25 x Plazo en días

En el Contrato podrán establecerse otras penalidades a la mencionada, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora. La Entidad podrá resolver el contrato en los casos en que el Supervisor de Obra: a. Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su

cargo, pese a haber sido requerido para ello. b. Haya llegado a acumular el máximo de penalidad por mora o el monto máximo para

otras penalidades, en la ejecución de la prestación a su cargo; o, c. Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación pese a haber sido

requerido para corregir tal situación. 3.6 PAGOS

Los pagos serán efectuados con fondos de la Sociedad Concesionaria previa aprobación del SUPERVISOR de la Municipalidad de San Isidro a los informes presentados por el Supervisor de Obra.

3.7 PLAZOS PARA LOS PAGOS

El monto total a ser abonado al Supervisor de Obra por los servicios contratados, será determinado de la siguiente manera:

10% del monto total del contrato, a la entrega del Borrador del Informe Final de la Revisión del Expediente Técnico.

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10% del monto total del contrato, a la aprobación del Informe Final del Supervisor de Obra.

El 80% restante en función del porcentaje de avance mensual de la Obra.

3.8 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO

El SUPERVISOR DE OBRA está obligado a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su Propuesta Técnica, con lo señalado en las presentes Bases y los Términos de Referencia del presente Concurso, con el Contrato de Supervisión de Obra y con el Contrato de Concesión. Asimismo, debe cumplir con cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del Contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 29° y 39° de los artículos 1774º del Código Civil.

3.9 RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR DE OBRA

El SUPERVISOR DE OBRA garantiza que el resultado de obra supervisada no cause daños y perjuicios al contratante, concedente y/o a terceros; por el plazo de siete (7) años, contados a partir de la recepción de la obra materia de la supervisión.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

CAPÍTULO I

GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: Municipalidad de San Isidro RUC N° 20130534211

1.2 DOMICILIO LEGAL

Avenida República de Colombia N° 717, piso 8° San Isidro, Lima

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso tiene por objeto seleccionar al Supervisor de Obra que se encargará de la revisión y aprobación del diseño de la elaboración del Estudio Definitivo y de la Construcción de las Obras conforme a lo establecido en los Términos de Referencia del presente Concurso.

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial por los servicios del Supervisor de Obra es de S/. 966,720.00 (Novecientos sementaseis mil setecientos veinte Nuevos Soles). En tal sentido, la Buena Pro se adjudicará a aquel Postor, que habiendo obtenido el Puntaje Mínimo en la evaluación de la Propuesta Técnica, presente la Propuesta Económica más baja en el marco de lo establecido en el acápite N° 1.11.2 de las presentes Bases.

1.5 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Privada: Sociedad Concesionaria La Sociedad Concesionaria sufragará los costos de la Supervisión de Obra de acuerdo a la propuesta económica que haya sido aceptada por el Comité conforme a lo establecido en las Bases y en los Términos de Referencia.

1.6 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de suma alzada, es decir la propuesta es por un monto fijo integral por todo el servicio.

1.7 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

El servicio a contratar está definido en los términos de Referencia que forman parte integrante de las presentes Bases.

1.8 PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA

La Supervisión de la Obra se ejecutará en los plazos establecidos en el Contrato de Concesión correspondiente.

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CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

Convocatoria 8/01/2012 Registro de Participantes Del 9/01/ al 25/01/2012 Formulación de Consultas y observaciones Del 16/01/ al 18/01/2012 Absolución de Consultas y Observaciones Del 19/01/ al 23/01/2012 Integración de Bases 24/01/2012 Present. de Propuestas y apert. (Sobre 1) 26/01/2012, hora 10:00 a.m. Precalificación. Calificación de la Propuesta Económica. (Sobre 2) 31/01/2012, hora: 10.00 am. Otorgamiento de la Buena Pro 31/01/2012

Los actos públicos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se realizarán en Av. República de Colombia N° 717, Piso 12°.

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en la Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Servicios Generales, sito en Av. República de Colombia N° 717, Primer Piso, San Isidro, en las fechas señaladas en el Cronograma, en el horario de 08:00 am. a 5.00 pm., previo pago de la suma de S/.10.00 (Diez Nuevos Soles) en Caja por derecho de participación.

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS A LAS BASES

Las consultas se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad, sito en Av. República de Colombia N° 717, Piso 11°, San Isidro, en las fechas señaladas en el Cronograma, en el horario de 8:00 horas a 17:00 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité, siendo opcional acompañarlo con un CD conteniendo las consultas en archivo digital con formato de texto.

2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, sito en República de Colombia N°717, piso

12° En la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de un Notario contratado para tal fin.

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Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el Acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. Sobre rotulado:

Señores MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Av. República de Colombia N°717, Piso 8°

Atención: COMITÉ

CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO

SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO”

SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR

SOBRE N° 2: Propuesta Económica. Sobre rotulado

Señores MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Av. República de Colombia N°717, Piso 8°

Atención: COMITÉ

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SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO”

SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE/RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Se presentarán en un (1) original y una (1) copia. 2.5.1 SOBRE N° 1 – PROPUESTA TÉCNICA El sobre N° 1 contendrá los siguientes documentos: Documentación de presentación obligatoria:

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a. Índice detallado de todos los documentos que adjunta y que conforman la Propuesta Técnica.

b. Carta de Acreditación del Representante Legal, de acuerdo al Anexo N° 01. c. Declaración Jurada de datos del Postor, según Anexo N° 02.

Cuando se trate de consorcio, esta Declaración Jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

d. Declaración Jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el Capítulo III de la presente Sección. (Anexo N° 03).

e. Declaración Jurada que consta en el Anexo N° 04 de las presentes Bases. f. Promesa Formal del Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el

representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo N° 05).

g. La promesa formal del consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de la convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

h. Profesionales y Técnicos Requeridos respecto al proyecto de Inversión. (De acuerdo a lo indicado en el Capítulo III de la Sección Específica (Términos de Referencia) y al Anexo N° 07).

i. Carta Fianza de Validez, Vigencia y Cumplimiento, de acuerdo al Numeral 1.9 de las DCPS y al Anexo N° 08.

Documentación de presentación facultativa: a. Documentos para la aplicación de todos los factores de evaluación:

Para la acreditación de los Factores de Evaluación referidos al Postor deberá requerirse: Contratos con respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredita documental y fehacientemente.

Para la acreditación de los Factores de Evaluación referidos al Personal Propuesto deberá requerirse: Constancias, contratos o certificados.

b. Consignar cualquier otra documentación que sea necesaria para acreditar los Factores

de Evaluación referidos al Objeto de la Convocatoria conforme a lo establecido en los Términos de Referencia.

2.5.2 SOBRE N° 2 – PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas o cualquier otro concepto, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. (Anexo N° 06).

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El monto total de la Propuesta Económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos (2) decimales. El monto total de la propuesta será en nuevos soles.

2.6 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE LOS CONTRATOS Adicionalmente al Contrato se adjuntará los siguientes documentos:

a. Copia del DNI del Representante Legal. b. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. c. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. d. Copia del RUC de la Empresa. e. Código de Cuenta Interbancaria (CCI), de corresponder. f. Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.

Asimismo, el Postor ganador de la Buena Pro deberá presentar una Carta Fianza para efectos de garantizar el fiel cumplimiento del Contrato de Supervisión de Obra.

2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Una vez que quede consentido administrativamente el otorgamiento de la Buena Pro la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al Postor ganador otorgándole cinco (5) días hábiles, para presentarse a la sede de la entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. La citada documentación deberá ser presentada en Av. República de Colombia N° 717 – Piso 8°, San Isidro, Lima.

2.8 PLAZO PARA EL PAGO

El pago al Supervisor de Obra se efectuará en un plazo máximo de diez (10) días calendario de ser notificado de la conformidad de recepción de la prestación.

2.9 FORMA DE PAGO

Para efectos del pago mensual de las contraprestaciones efectuadas por el Supervisor de Obra, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

Recepción y conformidad del Informe Mensual que debe presentar el SUPERVISOR DE OBRA a la Gerencia de Obras y Servicios Municipales (SUPERVISOR), de acuerdo a lo estipulado en los Términos de Referencia.

Comprobante de pago.

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CAPÍTULO III TÉRMINOS DE REFERENCIA

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ÍNDICE

TITULOS Pagina

1 OBJETO 25

2 ANTECEDENTES 25

2.1. EL PROYECTO 25

2.2. DE LA ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA 25

3 ALCANCES DE LOS SERVICIOS 25

3.1. REVISIÓN y APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DEFINITIVO DEL PROYECTO 26

3.1.1. Actividades específicas en la etapa Revisión del Estudio Definitivo. 26

3.2. SUPERVISIÓN TÉCNICA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO 27

3.2.1. Actividades previas a la ejecución de la Obra respecto del proyecto de inversión 28

3.2.2. Actividades durante la ejecución de la Obra. 29

4 DOCUMENTOS A PRESENTAR 30

4.2. INFORME MENSUAL 31

4.2.1. Ficha Resumen de Información Mensual 31

4.2.2. Información Detallada de Obra Referidos a las Obligaciones de la El Concesionario: 31

4.2.3. Información Detallada de Obra Referidos al Supervisor 32

4.3. INFORMES ESPECIALES 32

4.4. INFORME FINAL DE LOS SERVICIOS 33

5 PLAZO 33

6 FINANCIAMIENTO 34

7 REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL SUPERVISOR 34

7.1. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR 34

7.1.1. Tiempo en la Actividad 34

7.1.2. Experiencia en la Especialidad 34

7.2. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO 34

8 RECURSOS QUE PROPORCIONARÁ EL SUPERVISOR 35

9 RESPONSABILIDAD DE SUPERVISOR DE OBRA 35

10 VALOR REFERENCIAL 36

11 PROCEDIMIENTO DE PAGO 36

11 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 36

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1. OBJETO

Los presentes Términos de Referencia tienen por objeto seleccionar al Supervisor de la Obra del Proyecto contenido en el Contrato de Concesión para la “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Avenida Rivera Navarrete”, en adelante El Proyecto, que fuera suscrito por la empresa Estacionamientos Rivera Navarrete S.A., en adelante el Concesionario, y la Municipalidad de San Isidro, en adelante el Concedente, con fecha 22 de julio de 2011. 2. ANTECEDENTES

2.1. EL PROYECTO

El Proyecto consiste en la construcción de la infraestructura necesaria para brindar el servicio de estacionamiento vehicular de tres niveles bajo la Avenida Rivera Navarrete diagramada en el Área de Intervención en el Anexo N° 8 del Contrato de Concesión. El Concedente otorgó la Concesión del proyecto de inversión denominado Playa de Estacionamiento Subterránea bajo la Avenida Rivera Navarrete, cuyo objeto consiste en el diseño, financiamiento, construcción, y explotación de la Obra de conformidad con la Iniciativa Privada presentada y con las estipulaciones contenidas en el Contrato de Concesión. De acuerdo al Contrato de Concesión, el Supervisor significará la persona o personas designadas por el Concedente que ejerza(n) las labores de supervisión de las obligaciones asumidas por el Concesionario en el Contrato de Concesión. Por lo tanto es el Concedente, quien convocará y contratará al Supervisor de la etapa de Diseño y Construcción de las obras requeridas para llevar a cabo el Proyecto.

2.2. DE LA ASOCIACIÓN PÚBLICO PRIVADA

La Asociación Público Privada bajo la modalidad de Concesión fue otorgada como consecuencia de la presentación de la Iniciativa Privada por el Concesionario, declarada de interés y adjudicada directamente por el Concejo Distrital de El Concedente a favor de El Concesionario. La modalidad de participación de la inversión privada es la Concesión, por un plazo de treinta (30) años, contado desde la fecha del Inicio de Operación. La concesión se financiará íntegramente por recursos aportados por el Concesionario. El Concesionario se hace responsable por el Diseño, Elaboración del Estudio Definitivo, por el Financiamiento, por la Construcción y Explotación de la obra, así como de su Mantenimiento y Conservación.

3. ALCANCES DE LOS SERVICIOS

El alcance de los servicios comprende el suministro de los servicios de ingeniería y/o auxiliares necesarios para la Revisión y Aprobación del Estudio Definitivo y la Supervisión Técnica de la Construcción (ejecución) y Recepción de las obras del Contrato de Concesión del Proyecto de inversión denominado “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Avenida Rivera Navarrete”.

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Asimismo, comprende la supervisión integral del Diseño, del Expediente Técnico Completo, de la Construcción e Implementación del proyecto y verificación de las obligaciones contractuales relacionadas a estas actividades, inspeccionando constante y oportunamente que los trabajos se ejecuten estrictamente de acuerdo al Contrato de Concesión hasta la recepción de las Obras, cumpliendo con las Normas de Diseño, Construcción, Fabricación, Pruebas y reglamentaciones vigentes, así como lo referido a la calidad de los servicios e indicadores de calidad de servicios y materiales empleados.

Ello Incluye la verificación del cumplimiento de las obligaciones de las Sociedad Concesionaria y la calidad de los bienes y servicios de sus proveedores, según sus contratos respectivos en relación al Estudio Técnico Completo, y demás disposiciones técnicas establecidas por las Autoridades Gubernamentales competentes respecto a la materia, para verificar que las Obras se ejecuten conforme a los mismos, sin que estas tareas del Supervisor de Obra signifiquen dirección técnica ni dependencia, pues el responsable de la correcta ejecución de las Obras es el Concesionario. Para atender cualquier aspecto técnico no contenido en los presentes Términos de Referencia, la Supervisión tomará como referencia el Reglamento Nacional de Edificaciones y el Contrato de Concesión, el mismo que puede ser observado en la página web de la Municipalidad de San Isidro. El área encargada del seguimiento y control de los alcances de la supervisión integral del Proyecto y Obra en la Gerencia de Obras y Servicios Municipales de la Municipalidad de San Isidro.

3.1. REVISIÓN y APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DEFINITIVO DEL PROYECTO

El Supervisor deberá verificar y opinar sobre el Expediente Técnico Completo del Proyecto de acuerdo a las Normas Técnicas actualmente vigentes que rigen en el Perú, y dará la aprobación respectiva.

3.1.1. Actividades específicas en la etapa Revisión del Estudio Definitivo.

a. El Supervisor verificará que el Estudio Definitivo cumpla con los Términos establecidos en

la Cláusula VIII, Numeral 8.1 del Contrato de Concesión y con las normas de construcción

nacionales en el caso de las obras civiles.

b. Opinará sobre el Estudio Definitivo que presente el Concesionario para la aprobación del

Concedente a través de la Gerencia de Obras y Servicios Municipales.

c. En el caso de haber observaciones al Estudio Definitivo, efectuará el seguimiento del caso

y opinará sobre el levantamiento de las mismas.

d. Asesorará a El Concedente sobre los aspectos relacionados a la materia y absolverá

consultas que se le presente.

e. En forma específica, El Supervisor brindará servicios especializados para revisar, que el

Proyecto cumpla las Normas Técnicas actualmente vigentes que rigen en el Perú.

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3.2. SUPERVISIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO

El Supervisor suministrará totalmente los servicios necesarios para la Supervisión Técnica y Control del Proyecto. Estos servicios comprenderán todo lo relacionado con la supervisión, inspección, control técnico, control de la conservación del entorno ambiental de la obra de las actividades a ejecutarse, orientadas a lograr que la obra sean ejecutada de acuerdo con los diseños y especificaciones aprobados en el Expediente Técnico, velando por la calidad de los materiales de las obras. Sin exclusión de las obligaciones que corresponden a las Empresas Consultoras, conforme a los dispositivos legales vigentes y que son inherentes como tal, entre otros, corresponderá al Supervisor de manera general, fiscalizar el cumplimiento por parte del Concesionario de las obligaciones de Construcción previstas en el Contrato de Concesión, entre las que se encuentran:

a. El Supervisor suministrará totalmente los servicios de ingeniería y/o auxiliares necesarios para inspeccionar, supervisar y controlar el desarrollo de la Obra y el cumplimiento de las obligaciones del Constructor y demás proveedores según los Contratos respectivos, el Expediente Técnico Completo, las Especificaciones Técnicas Básicas y demás disposiciones aplicables, con el objetivo de verificar que las Obras se ejecuten conforme a los mismos.

Las tareas del Supervisor de Obra tampoco significarán una aceptación parcial o total de la Obra.

b. Supervisar las labores de coordinación de El Concesionario ante la empresa prestadora de

servicios públicos durante la ejecución de las obras destinadas a solucionar interferencias.

c. Efectuar las labores de coordinación con las diferentes entidades y gerencias de El

Concedente, así como con la Policía Nacional del Perú para el normal desarrollo de la obra.

d. Deberá revisar y opinar acerca del plan de desvíos y señalización presentada por el

Concesionario.

e. Ejecutar el control, la fiscalización e inspección técnica de la obra, verificando constante y

oportunamente que los trabajos se ejecuten de acuerdo a los Planos, Especificaciones Técnicas

de arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias e instalaciones eléctricas, instalaciones

mecánicas y seguridad humana, y en general con toda la documentación que conforma el

Expediente Técnico, cumpliendo con las Normas de Construcción, Normas Ambientales,

Normas de Seguridad y reglamentación vigentes, así como que la calidad de los materiales que

a emplearse en la obra sean de y se ejecuten con la calidad técnica requerida.

f. Supervisar y disponer las medidas necesarias e indispensables de seguridad en la obra.

g. Realizar las anotaciones en el cuaderno de obra conjuntamente con El Concesionario.

h. Requerir el retiro del personal de construcción civil por deficiencias técnicas o por falta grave.

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i. Coordinar para que los proyectistas absuelvan las consultas que surjan durante el proceso

constructivo.

j. Realizar los Informes de Obra mensuales.

k. Elaborar informes o memoria ejecutivas de obra cuando El Concedente o el Banco prestamista

lo requiera.

l. Asesorar al Comité de Recepción de obras.

m. En caso de observaciones de obra por parte del Comité de Recepción de obra se encargara de supervisar las obras que ejecute El Concesionario para subsanar las observaciones e informar de lo actuado.

n. Registrar los procesos constructivos mediante fotos y filmación digital más importantes de la

obra.

o. Cuaderno de Ocurrencias en Obra será un documento generado electrónicamente, editado en formatos previamente establecidos por el Concesionario y el Concedente que permitan su posterior encuadernación. En él, el Concesionario registrará las ocurrencias técnicas durante la construcción. En él, el Supervisor registrará las instrucciones, las respuestas o aclaraciones a El Concesionario, así como registrará las modificaciones en Obra autorizadas por El Supervisor.

a. La información registrada en el Cuaderno de Ocurrencias en Obra relacionada a las

modificaciones en Obra autorizadas por el Supervisor formará, posteriormente, parte de los planos “como construido”.

b. EL Cuaderno de Ocurrencias en Obra estará bajo el control y responsabilidad de El

Concedente.

p. El Supervisor podrá proponer al Concedente detener la ejecución de las Obras y/o de las pruebas electrónicas cuando considere que dicho acto es absolutamente necesario para asegurar el cumplimiento de lo estipulado en el Contrato de Supervisión de Obra y en el Contrato de Concesión.

q. Otros servicios que se desprendan del proceso de supervisión técnica de obra.

3.2.1. Actividades previas a la ejecución de la Obra respecto del proyecto de inversión

a. Revisión y verificación en campo del diseño del proyecto, incluyendo condiciones

especiales, participar en la entrega del Área de Intervención. Verificación de la existencia

de permisos, licencias y documentación necesaria para el inicio de la obra de acuerdo a la

Cláusula VIII del Contrato de Concesión.

b. Revisión y verificación de la aprobación por el Concedente del Estudio Definitivo.

c. Supervisar la apertura del Cuaderno de Obra por parte de El Concesionario.

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d. Opinar sobre cambios y modificaciones al Estudio Definitivo, así como los diseños

complementarios necesarios, incluyendo la sustentación técnica y administrativa para su

aprobación.

e. Opinar sobre soluciones a las interfaces de los suministros, montajes y pruebas con

empresas prestadoras de servicios y con las demás actividades de la implementación del

proyecto, y en particular, eventuales interferencias o necesidades previas a las obras.

f. Opinar sobre el Plan de Desvíos y Señalización de Tránsito que presenta el Concesionario,

de tal manera que se mitigue al máximo posible los problemas de tráfico que origine la

obra durante la etapa de ejecución.

3.2.2. Actividades durante la ejecución de la Obra.

a. Supervisar las actividades, equipos de construcción, materiales y personal de El

Concesionario, en concordancia con los documentos contractuales y complementarios de

las Obras.

b. Verificar en representación de El Concedente las modificaciones que pudiese proponer el

Concesionario durante el desarrollo de la Obra, siempre que estas modificaciones sean

consistentes con el Estudio Definitivo, las Especificaciones Técnicas Básicas y la Propuesta

Técnica. Esto no exime al Concesionario de su responsabilidad respecto de la ejecución de

la Obra, en los términos previstos en el Contrato de Concesión.

c. Verificar la buena marcha de la Obra sin interferir con su ejecución.

d. Supervisar el estricto cumplimiento de los requisitos de preservación del medio ambiente,

en cumplimiento a las normas vigentes en la materia, así como de lo contenido en el

Estudio de Impacto Ambiental definitivo, aprobado por el Concedente.

e. Controlar el cumplimiento del Cronograma Detallado de ejecución de la obra, informando

a El Concedente respecto del avance de las Obras y el cumplimiento de los Hitos, y de ser

el caso, informar al Concedente con precisión los motivos que generen atrasos, así como

sus implicancias cuantificando el tiempo de desfase.

f. Brindar asistencia a El Concedente durante el replanteo general de la obra.

g. Revisar, controlar y firmar el Cuaderno de Obra y anotar sus observaciones.

h. Brindar asesoramiento técnico - administrativo en controversias con el Concesionario y/o

terceros por daños y perjuicios ocasionados por la ejecución de la obra.

i. Solicitar las pruebas de control de calidad de materiales y los certificados de calidad del

fabricante si fuere el caso, y trabajos que sean requeridos durante la ejecución de la obra.

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j. Verificar que los equipos, materiales, suministros y mano de obra que El Concesionario

proporcione sean de la más alta calidad y especialidad de acuerdo al Estudio Definitivo y

Especificaciones Técnicas Básicas correspondientes.

k. Exigir el reemplazo de determinada pieza o equipo, o rechazar un lote, en caso se

compruebe que estos no se ajustan a los requerimientos del Estudio Definitivo o las

Especificaciones Técnicas Básicas o no hayan pasado las pruebas respectivas y no cuenten

con los certificados de calidad del fabricante si fuera el caso.

l. Supervisar la seguridad de la Obra y el mantenimiento del tránsito peatonal y vehicular

durante la construcción. Supervisando la adecuada aplicación por parte del Concedente

del Plan de Desvíos y Señalización vehicular aprobado.

m. Hacer cumplir las normas de seguridad vigentes durante toda la etapa de ejecución de la

obra.

n. Revisar y recomendar las acciones pertinentes con el fin de controlar los riesgos

relacionados con medidas de seguridad e higiene industrial.

o. Presentar mensualmente un resumen de las consultas y los asuntos que inciden en el

cumplimiento del Contrato, ya sea que hubiesen sido resueltos o que se encuentren

pendientes de solución, precisando en este último caso, las medidas que se deben

adoptar.

p. Asesoramiento al Concedente y participación en la recepción de la Obra.

q. Suscribir las Actas de Recepción de la Obra conjuntamente con El Concedente y El

Concesionario correspondiente.

r. Si durante el proceso de ejecución de construcción y/o de las pruebas electrónicas, se produjeran contingencias que pudieran poner en peligro la vida de personas o de la propiedad pública y privada, o que amenacen causar interrupciones en el tránsito, por la obra en ejecución, el Supervisor por excepción podrá disponer la medida que tienda a mitigar y/o superar dichas situaciones, debiendo dar cuenta al Concedente y al Concesionario en el más breve plazo, incluso podrá paralizar la obra hasta que se levante la contingencia sin que esta paralización de lugar a una extensión del plazo de obra.

s. Recomendar al Concedente respecto de la aplicación de las penalidades y sanciones establecidas en el Anexo 3 del Contrato de Concesión [Penalidades y Sanciones].

t. Las demás funciones recogidas en el Contrato de Concesión para el Supervisor de Obra.

4. DOCUMENTOS A PRESENTAR

El Supervisor deberá presentar al Concedente la siguiente documentación:

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4.1. EXPEDIENTE TECNICO

El Supervisor de la Obra deberá presentar un Informe de Aprobación del Expediente Técnico, necesario para el inicio de obras en el cual verificará y dará su opinión técnica de conformidad con lo establecido en el numeral 8.2 de la cláusula VIII del Contrato de Concesión. Toda la información de evaluación del Expediente Técnico será entregada en físico y digital. El Informe de Revisión deberá contener su opinión, sin carácter limitativo, de los siguientes Ítems:

a. Resumen Ejecutivo

b. Memoria descriptiva

c. Análisis de alternativas

d. Memoria detallada de cálculo

e. Especificaciones técnicas

f. Estudios Básicos

g. Consideraciones ambientales

h. Seguridad en la construcción

i. Metrados

j. Presupuesto

k. Cronograma de avance de Obra

l. Programación de la Obra GANTT

m. Planos de diseño de la obra

n. Plan de Mantenimiento

o. Unidades de ingreso

p. Expediente Técnico de los servicios desarrollados

q. Reporte gráfico (SI fuera necesario).

4.2. INFORME MENSUAL

El Supervisor de la Obra deberá presentar un Informe Mensual de las actividades de supervisión realizadas, el cual deberá ser entregado dentro de los 10 primeros días calendario del mes siguiente, debiendo contener como mínimo en lo que corresponda los siguientes aspectos:

4.2.1. Ficha Resumen de Información Mensual

Datos referidos a las Obligaciones de la El Concesionario:

- Porcentaje de avance programado y avance físico ejecutado en el mes y acumulado.

- Información sobre los documentos Técnicos preparados y presentados por la El

Concesionario, con opinión emitida por El Supervisor.

Datos referidos a la Supervisión:

- Número de concurso, contrato; monto de Contrato, fecha de suscripción del contrato,

inicio de los servicios, ampliaciones de plazo, fin de los servicios.

- Montos pagados mensual y acumulado; porcentaje de pago acumulado.

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4.2.2. Información Detallada de Obra Referidos a las Obligaciones de el Concesionario:

Resumen del Trabajo Efectuado En el mes y de las principales incidencias ocurridas incluirá descripción ordenada de los trabajos efectuados en cada rubro de obra o partida genérica, dificultades y soluciones, juicio crítico sobre la actuación del Contratista en su conjunto y toda información que contribuya a que El Concedente tenga un conocimiento cabal del estado de la obra.

Estado de Avance Físico de la Obra Incluirá una breve descripción de los métodos de construcción propuestos y/o ejecutados por el Concesionario. El estado de avance físico de la obra, seguimiento al cronograma ejecución de la obra. Situación y comparación entre el avance físico real y el Programado; detalle gráfico del estado de avance físico de las partidas del proyecto; partidas a ejecutar el mes siguiente. Resumen estadístico de los controles de calidad.

Copia del Cuaderno de Obra Copia del Cuaderno de obra, con las anotaciones efectuadas en el mes correspondiente al informe, resaltando las anotaciones que se consideren más importantes; relación que incluya la numeración de las anotaciones entregadas en informes mensuales anteriores.

Seguridad de Obra Relación de incidentes y accidentes mensuales y acumulados ocurridos en la obra; y resultados de la investigación de accidentes relacionados con la seguridad.

Videos y Panel Fotográfico Videos y Panel Fotográfico que contenga vistas de los trabajos durante su ejecución, y de los trabajos terminados, así como de aquellas actividades, hechos, ocurrencias y circunstancias que revistan características especiales.

4.2.3. Información Detallada de Obra Referidos al Supervisor

Actividades Desarrolladas por el Supervisor Incluirá una breve descripción de las actividades desarrolladas por el Supervisor, en cuanto al control técnico, control de calidad de la obra, dificultades y soluciones adoptadas; Informe de las actividades Plan y frentes de trabajo para el mes siguiente.

Estado Financiero de la Supervisión Llevará el control y velará por la vigencia de las Garantías de la Obra dadas por EL Concesionario a El Concedente.

Incluirá cuadro resumen de pagos a cuenta efectuadas al Supervisor; Relación de cartas fianzas vigentes; Pronóstico del costo final de la Supervisión.

Recursos Utilizados por el Supervisor Incluirá el Organigrama del Supervisor; Relación del personal profesional, técnico y auxiliar; Relación de vehículos y equipos.

4.3. INFORMES ESPECIALES

Cuando sea necesario a solicitud del Concedente y/o Acreedor Permitido, se presentará Informes Técnicos Especiales sobre aspectos específicos de la supervisión de las obras que estime pertinente el Concedente y/o Acreedor Permitido.

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Los Informes especiales solicitados deberán ser entregados dentro del plazo que el Concedente o Acreedor Permitido establezca, contados desde la recepción del pedido. Podrán presentarse informes a iniciativa del Supervisor cuando se trate de asuntos que requieran decisión o resolución de El Concedente, promoviendo un Expediente Administrativo; o se trate de hacer conocer el Concedente importantes acciones administrativas que haya tomado en el ejercicio de sus atribuciones; y que serán cursadas en el menor plazo posible. En los Informes Mensuales que tienen carácter de reporte, hará un recuento de la acción tomada.

4.4. INFORME FINAL DE LOS SERVICIOS

Al término de los servicios entregara a El Concedente la siguiente documentación:

4.4.1 Informe Final que contendrá lo siguiente:

El consolidado general de los Informes Mensuales e Informes Especiales y la Memoria

Descriptiva presentada por la Sociedad Concesionaria, incluyendo planos de replanteo,

debidamente revisados.

Toda la documentación recibida y enviada, al y del Concedente y el Concesionario para el

cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Documentación adicional no señalada en los puntos precedentes.

El plazo de la presentación del Informe Final será dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir de la remisión de las observaciones que haga la Municipalidad.

4.4.2 Informe de Recepción de Obra

Toda la documentación, sin excepción alguna, que se genere durante la ejecución de la Supervisión constituirá propiedad del Concedente y no podrá ser utilizada para fines distintos a los de la Concesión y sin conocimiento por escrito del Concedente.

5. PLAZO

De acuerdo al Contrato de Concesión se consideran los siguientes plazos:

Etapa del Expediente Técnico………………………..30 días hábiles

Etapa de Ejecución de Obras……………………...…13 meses.

(Cláusula VIII, Numeral 8.4 del Contrato de Concesión) Respecto a plazos contractuales tanto de la etapa de estudio como de las Obras, y ampliaciones de plazo, están debidamente detallados en las Cláusulas VII y VIII del Contrato de Concesión En el numeral 8.1 de la Cláusula VIII del Contrato de Concesión, se indica que el Concesionario deberá presentar como parte del Estudio Definitivo el Cronograma Detallado respetando el Plazo Máximo de ejecución de Obra.

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Teniendo en cuenta que el Concesionario ha cumplido con presentar el Expediente Técnico a nivel de Especialidades, se debe considerar que el servicio se brindará desde la fecha en que se suscriba el Contrato de Supervisión de Obra hasta la etapa de Recepción de las Obras.

6. FINANCIAMIENTO

Fuente privada: El pago de los honorarios del Supervisor de Obra estará a cargo de El Concesionario.

7. REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBE CUMPLIR EL SUPERVISOR

7.1. FACTORES REFERIDOS AL POSTOR

7.1.1. Experiencia en la Actividad

El postor debe ser una Empresa de Consultoría en Ingeniería y acreditar por lo menos doce (12) años en Elaboración de Estudios y/o Supervisión de Obras, contados a partir de la fecha de constitución de la empresa acreditada con facturación.

7.1.2. Experiencia en la Especialidad

Deberá acreditar por lo menos tres (03) contratos de ejecución de servicios de consultoría de obras en general concluidos, con su respectiva conformidad de prestación de servicios durante los últimos cinco (05) años previos, a la presentación de propuesta.

7.2. FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO

Ítem Descripción Requisitos Mínimos

1 Ing. Civil Estructural

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 12 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en dos (02) servicios en obras de edificación

2 Arquitecto

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 12 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en dos (02) servicios en obras de edificación

3 Ing. Civil especialista en Mecánica de Suelos

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 10 años contados desde el fecha de colegiatura

4 Ing. Civil especialista en Presupuestos y Planificación de Obra

Para Revisión del Exp. Técnico y Supervisión de la Obra Experiencia profesional mínima 08 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en dos (02) servicios en obras de edificación

5 Ing. Electricista

Para Revisión del Exp. Técnico y Supervisión de la Obra Experiencia profesional mínima 06 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en un (01) servicio en obras de edificación

6 Ing. Sanitario

Para Revisión del Exp. Técnico y Supervisión de la Obra Experiencia profesional mínima 06 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en un (02) servicio en obras de edificación

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7 Profesional especialista en Transporte y Vialidad

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 06 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en un (02) servicio en obras de edificación

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Profesional especialista prevención de Riesgo (Humo, Fuego y A.C.I.)

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 06 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en un (02) servicio en obras de edificación

9 Profesional especialista en Medio Ambiente

Para la revisión del Expediente Técnico Experiencia profesional mínima 06 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en un (02) servicio en obras de edificación

10 Jefe de Supervisión Ingeniero Civil

Para Revisión del Exp. Técnico y Supervisión de la Obra Experiencia profesional mínima 10 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima de tres (03) años como Jefe de Supervisión en obras de edificación

11 Ingeniero Civil B Ing. Asistente y Control de Calidad

Supervisión de la Obra Experiencia profesional mínima 08 años contados desde el fecha de colegiatura Participación mínima en dos (02) años en obras de edificación como residente de obra y/o Ing. Supervisor

12 Ing. Electrónico

Supervisión de la Obra Para la revisión del Expediente Técnico y Supervisión de obra Experiencia profesional 5 años desde la fecha de colegiatura. Participación en la especialidad 1 año

8. RECURSOS QUE PROPORCIONARÁ EL SUPERVISOR

a. El Supervisor deberá contar con la organización necesaria para cumplir eficientemente las

obligaciones descritas en los presentes Términos de Referencia y en su Propuesta Técnica –

Económica.

b. El Supervisor proporcionará y dispondrá adecuadamente de una organización de

profesionales, técnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán con todas las

instalaciones necesarias, así como los medios de transporte y comunicación para cumplir

eficientemente sus obligaciones.

c. Los profesionales y técnicos que conformen el equipo del Supervisor, deberán acreditar los

títulos profesionales correspondientes y ofrecer pruebas documentadas de la experiencia

necesaria para los cargos que desempeñarán en el Proyecto. Podrán presentarse copias

simples de los documentos requeridos.

d. El Supervisor de Obra contará con todas las instalaciones necesarias, así como los medios de

transporte y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones descritas en las Bases

9. RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR DE OBRA

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9.1 El Supervisor asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios profesionales prestados para la supervisión de las actividades desarrolladas por el Concesionario, en el marco del Contrato de Concesión.

9.2 La aprobación de los informes del Supervisor de Obra por parte del Concedente durante el desarrollo de la supervisión, no exime al Concesionario y al Supervisor de la responsabilidad final y total de la obra.

9.3 En atención a que el Supervisor es responsable de la supervisión del diseño, de la elaboración correcta del Expediente Técnico Completo y de las obras que ejecutará el Concesionario, deberá garantizar la calidad de las evaluaciones y/o estudios y responder por los trabajos realizados, durante los siete (7) años siguientes a la fecha de aprobación del Informe Final por parte del Concedente, por lo que en el caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, quedara obligado a levantar las observaciones correspondientes.

9.4 La responsabilidad del Supervisor está relacionada al objeto del contrato y al monto del mismo.

10. VALOR REFERENCIAL Y PROPUESTA ECONÓMICA

10.1. VALOR REFERENCIAL DE LOS SERVICIOS

El Valor Referencial por los servicios del Supervisor de las Obras, de acuerdo al proyecto de inversión, no podrá exceder de: S/. 966,720.00 + IGV (Novecientos sesenta y seis mil setecientos veinte Nuevos Soles sin IGV)

11. PROCEDIMIENTO DE PAGO

El monto total a ser abonado al Supervisor por los servicios contratados, será determinado de la siguiente manera:

10% del monto total del Contrato, a la entrega del borrador final de la evaluación del

expediente técnico.

10% de! monto total del Contrato, a la aprobación del Informe Final del Supervisor de Obra.

El 80% restante en función al porcentaje del avance mensual de Obra.

Los pagos serán efectuados por el Concesionario previa aprobación de El Concedente de los

informes presentados por El Supervisor.

12. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

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El Supervisor de Obra deberá prestar apoyo al Concedente por treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de aprobación de su Informe Final; plazo en el cual además presentará la Liquidación de su Contrato por los Servicios de Supervisión.

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CAPITULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Sobre N° 1) Puntaje mínimo: 100 puntos A.- EXPERIENCIA REFERIDOS AL POSTOR 40 puntos

1. Experiencia en la actividad 15 puntos Se calificará 12 años en desarrollar labores de elaboración de estudios y/o supervisión de obras afines, Se contará un (1) punto por cada año contado a partir del tiempo mínimo establecido en el numeral 7.00 de los Términos de Referencia.

2. Experiencia en la Especialidad 25 puntos Se refiere a servicios de Supervisión prestados y acreditados en obras similares en los últimos cinco (5) años a la fecha de presentación de las propuestas. Debiendo acreditar como mínimo que en los últimos 5 años ha realizado labores de Supervisión por el monto acumulado (por concepto de ingresos) de Tres millones quinientos mil Nuevos soles (S/. 3´500,000.00). Por cada trescientos cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 350,000.00) adicionales se le incrementará en dos (02) puntos

B.- FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO 60 puntos

El puntaje para la experiencia y calificación del personal propuesto será determinado de acuerdo con el siguiente procedimiento:

1. Ingeniero Civil (Jefe de Supervisión) (10 puntos)

Para evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La experiencia del Jefe de Supervisión de Obra será la relacionada a Obras de Edificaciones, a partir de la obtención de la Colegiatura, debiendo acreditar como mínimo diez (10) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. Para ser calificado deberá acreditar como mínimo haber sido Jefe de Supervisión en dos (2) Obras iguales o similares. Se otorgará 0.5 punto por cada Jefatura de Supervisión adicional.

2. Ingeniero Estructural (7 puntos) Revisión de Expediente Técnico. La Experiencia del Supervisor del diseño de las estructuras será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de doce (12) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Diseño de Estructuras deberá acreditar haber participado en el servicio de diseño de estructuras y/o supervisión de diseño de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar dos (2) supervisiones como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos.

3. Arquitecto (4 puntos)

Revisión de Expediente Técnico.

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La Experiencia del Supervisor de Arquitectura será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de doce (12) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Arquitectura deberá acreditar haber participado en el servicio de diseño y/o supervisiones de diseño de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar dos (2) participaciones como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

4. Ingeniero Civil (Especialista en Mecánica de Suelos y/o Geotécnica) (4 puntos)

Para la revisión de Expediente Técnico. La Experiencia del Supervisor de Ingeniería será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de diez (10) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería deberá acreditar haber participado en los servicios de supervisión de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar dos (2) supervisiones como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

5. Ingeniero Civil (Especialista en Presupuesto y Planificación de Obra) (8 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La Experiencia del Supervisor de Costos será relacionada a las obras de Edificaciones y considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de ocho (8) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería deberá acreditar haber participado en los servicios de supervisión de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar dos (2) supervisiones como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

6. Ingeniero Electricista (5 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La Experiencia del Supervisor de Ingeniería Eléctrica será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería Eléctrica revisará los aspectos relacionados con instalaciones electro-mecánicas y deberá acreditar haber participado en los servicios de diseño y/o supervisión de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) supervisión como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

7. Ingeniero Sanitario (5 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La Experiencia del Supervisor de Ingeniería Sanitaria será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto.

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El Supervisor de Ingeniería Sanitaria deberá acreditar haber participado en los servicios de diseño y/o supervisión de obras de edificación iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) supervisión o diseño como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

8. Profesional Especialista en Transporte y Vialidad (3 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico. La Experiencia del Supervisor de Transporte y Vialidad será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería Transporte y Vialidad deberá acreditar haber participado en los servicios de diseño y/o evaluación de obras iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) participación como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

9. Profesional Especialista en Prevención de Riesgo (Humo, fuego, A.C.I.) (2 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La Experiencia del Supervisor Especialista en Prevención de Riesgo será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería Especialista en Prevención de Riesgo deberá acreditar haber participado en los servicios de evaluación y/o supervisión de obras iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) participación como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

10. Profesional Especialista en Medio Ambiente (2 puntos)

Para la evaluación del Expediente Técnico. La Experiencia del Supervisor Especialista en Medio Ambiente será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Supervisor de Ingeniería Especialista en Medio Ambiente deberá acreditar haber participado en los servicios de evaluación y/o supervisión de obras iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) participación como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos.

11. Ingeniero Civil (Asistente y Control de Calidad) (5 puntos)

Para la Supervisión de la Obra. Debe contar con ocho (8) años de experiencia contados a partir de su colegiatura. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto. El Ingeniero Asistente para ser calificado deberá acreditar haber participado por lo menos en dos (2) supervisiones de obras iguales o similares. Por cada servicio adicional se le otorgará 0.5 punto.

Ingeniero Electrónico (5 puntos) Para la evaluación del Expediente Técnico y Supervisión de Obra. La Experiencia del Supervisor de Ingeniería Electrónica será considerada a partir de la obtención de la colegiatura, debiendo acreditar un mínimo de seis (6) años de experiencia. Por cada tres (3) años adicionales se le otorgará un (1) punto.

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El Supervisor de Ingeniería Electrónica revisará los aspectos relacionados con instalaciones de red de datos y comunicaciones, domótica, sensores y controles, video cámaras, etc. y deberá acreditar haber participado en los servicios de diseño y/o supervisión de obras iguales o similares. Para ser calificado deberá acreditar uno (1) participación como mínimo. Por cada servicio adicional se le asignará 0.5 puntos

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CAPITULO V

PROFORMA DE CONTRATO Conste por el presente documento, que se extiende por duplicado, el contrato de la Supervisión de obra de la concesión “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Avenida Rivera Navarrete-San Isidro”, que celebra de una parte la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO, en adelante LA ENTIDAD, con RUC No. 20130534211, con domicilio legal en Av. Los Incas N° 370, representada por su Gerente Municipal Sr. ROBERTO ALFREDO LÓPEZ BUSTILLO, identificado con DNI No. 07797720, de acuerdo a lo dispuesto en La Resolución de Alcaldía No. …..de fecha………………; y de otra parte __________________________________, con RUC No. _______________, con domicilio legal en ________________________, inscrita en la Ficha No. ________ Asiento No. ________ del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su ________________________, Sr. __________________________________, con DNI No. _______________, según poder inscrito en la Ficha No. ________, Asiento No. ________ del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA- ANTECEDENTES 1. Con fecha el 22 de Julio del 2011, la Municipalidad de San Isidro, en calidad de CONCEDENTE, y la

empresa Estacionamientos Navarrete S.A. en calidad de CONCESIONARIO, celebraron el Contrato de concesión del proyecto “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Avenida Rivera Navarrete” (En adelante el Contrato de Concesión), el cual tiene por finalidad el diseño , financiamiento, construcción y explotación de las Obras, de conformidad con la Iniciativa Privada y con las estipulaciones contenidas en el Contrato de Concesión.

2. Según lo establecido en el Decreto de Alcaldía N°019-ALC/MSI concordado con lo convenido en las

Definiciones y en la Cláusula VIII del Contrato de Concesión, el Supervisor del proyecto es la Gerencia de Obras y Servicios Municipales de la Municipalidad de San Isidro, quien podrá asumir la supervisión de la Obra de manera directa o a través de terceros, pudiendo convocar y contratar las supervisiones requeridas, en calidad de supervisoras de obra, para efectuar la fiscalización técnica durante la ejecución de la obra.

SEGUNDA – CONVOCATORIA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO La Municipalidad de San Isidro, en calidad de SUPERVISOR de Contrato de Concesión, ha previsto la contratación del Supervisor de Obra del Contrato de Concesión del proyecto “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Avenida Rivera Navarrete”, conforme a los Términos de Referencia de las Bases del Concurso, habiéndose otorgado la Buena Pro a EL SUPERVISOR DE OBRA, conforme a lo señalado en el Acta N°………………….-2011-………………………………., de fecha…………………………………………. del Comité Especial designado mediante Resolución N°………………2011 de fecha……………………….. TERCERA- OBJETIVO Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS Por el presente documento, la Municipalidad de San Isidro contrata los servicios de EL SUPERVISOR DE OBRA para que preste los servicios indicados en la cláusula anterior, de acuerdo a lo especificado en la Propuesta Técnica, en su Propuesta Económica y en los Términos de Referencia, aprobados por la Gerencia de Obras y Servicios Municipales de la Municipalidad de San Isidro, siendo dichos documentos parte integrante de presente Contrato.

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En atención a que la ejecución del proyecto “Playa de Estacionamiento subterránea bajo la Avenida Rivera Navarrete” se enmarca dentro de los alcances de un contrato de concesión, las partes dejan expresa constancia que la contratación del Supervisor de Obra del mencionado proyecto se encuentra fuera de los alcances de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, porque los honorarios se pagarán con recursos del CONCESIONARIO, sin embargo de común acuerdo convienen en utilizar en forma supletoria algunos artículos de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, por lo que cuando en el Contrato se señale LA LEY o EL REGLAMENTO, estarán referidos a dichas normas. Asimismo al tratarse de un Contrato de naturaleza Civil, serán de aplicación las normas del Código Civil vigente, en tanto no se oponga a las cláusulas pactadas. CUARTA – DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del Contrato estará supeditada al tiempo que demande la evaluación del Estudio Definitivo y la ejecución de las Obras, plazo que empezará a regir desde el día siguiente de la fecha de su suscripción hasta su liquidación, aprobada por la Municipalidad de San Isidro. QUINTA – DE LA RESPONSABILIDAD POR LOS SERVICIOS PRESTADOS: EL SUPERVISOR DE OBRA se obliga a responder por cualquier error u omisión en el cumplimiento de sus servicios, conforme a lo estipulado en el presente Contrato y/o por los perjuicios que cause a la Municipalidad de San Isidro en el desarrollo de la supervisión de la obra, obligándose a subsanar y corregirlos defectos que se produzcan. Para tal efecto EL SUPERVISOR DE OBRA garantiza los trabajos materia del presente Contrato por el plazo establecido en el Artículo 50° de la Ley, contado a partir de la recepción de sus servicios. La Municipalidad de San Isidro se reserva el derecho a iniciar las acciones legales pertinentes para el resarcimiento de los daños y perjuicios que se irrogue por deficiencia de los servicios prestados. SEXTA - DE LOS HONORARIOS: El Honorario será pagado por tareas realmente realizadas de acuerdo con la Propuesta Económica aprobada que forma parte del presente Contrato. El Concesionario, pagará al Supervisor de Obra por Honorarios la suma de S/966,720.00 (Novecientos sementaseis mil setecientos veinte con 00/100), incluidos los impuestos de Ley, previa aprobación por la Gerencia de Obras y Servicios Municipales de la Municipalidad de San Isidro. Se cancelará de la siguiente manera:

10% del monto del Contrato, a la entrega del Borrador Final de la Evaluación del Estudio Definitivo.

10% del monto del Contrato, a la aprobación del Informe Final del Supervisor de Obra.

El 80% restante en función del porcentaje del avance de obra. SÉPTIMA – FINANCIAMIENTO: EL SUPERVISOR DE OBRA declara conocer y aceptar que los honorarios pactados serán pagados con recursos de CONCESIONARIO, de acuerdo a lo establecido en el Numeral N°22.5 de la cláusula N° XXII del referido Contrato las mismas que, suscritas por estos últimos, forman parte integrante del presente Contrato.

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OCTAVA – DE LA DECLARACIÓN DE EXCLUSIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO: EL SUPERVISOR DE OBRA mediante la presente cláusula declara que si bien el servicio prestado es a la Municipalidad de San Isidro, en virtud de lo establecido en el Contrato de Concesión, el pago de los servicios que son materia de la presente contratación es de EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD del CONCESIONARIO, por lo que mediante la presente cláusula libera de responsabilidad de pago a la Municipalidad de San Isidro, declarando que cualquier reclamo relativo a dicho pago, sea directo o arbitral, lo dirigirá contra el CONCESIONARIO. NOVENA – DE LAS GARANTÍAS El párrafo anterior De acuerdo a lo establecido en el Artículo 39° de la Ley y en el Capítulo II del Título III del Reglamento, el SUPERVISOR DE OBRA deberá presentar, como requisito indispensable para suscribir el presente Contrato una Garantía de Fiel Cumplimiento a favor de la Municipalidad de San Isidro, por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. La garantía antes indicada, deberá ser extendida por una Entidad autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, sin beneficio de excusión, incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Municipalidad de San Isidro, vigente durante el plazo de prestación del servicio hasta la liquidación final, y cuyos montos cubrirán las penalidades establecidas en el presente contrato. DÉCIMA – DEL PERSONAL DEL SUPERVISOR DE OBRA: El Supervisor de Obra se compromete a prestar los servicios contratados con la diligencia ordinaria requerida, asimismo el equipo mínimo acreditado estará conformado por el personal establecido en su correspondiente propuesta y de acuerdo a lo señalado en los Términos de Referencia de las Bases. En caso fortuito de remplazo del personal profesional comprometido en la oferta, LA ENTIDAD solo admitirá profesionales de calificación igual o superior al propuesto o indicado en las Bases y Términos de Referencia. UN DÉCIMA – DE LAS PENALIDADES: Se aplicará al SUPERVISOR DE OBRA una penalidad por cada día de atraso injustificado en la prestación de sus servicios o en el incumplimiento de sus obligaciones materia del presente contrato, hasta por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato, de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad Diaria= 0.10xMonto/0.25x Plazo en días. La penalidad de calculará de acuerdo a la fórmula establecida en el dispositivo legal citado en el párrafo anterior, cuyo importe será deducido de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuera necesario, según corresponda, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía a que se refiere la Cláusula Cuarta. DUO DÉCIMA – DEL PERSONAL DEL SUPERVISOR DE OBRA: EL SUPERVISOR DE OBRA y/o su personal no tendrá ninguna relación laboral con la Municipalidad de San Isidro, por lo tanto no atenderá ningún reclamo de dicho personal respecto de sus relaciones con el SUPERVISOR DE OBRA. DÉCIMA TERCERA – DE LAS ACCIONES DIRECTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO: La Municipalidad de San Isidro se reserva el derecho a efectuar el control y seguimiento de los servicios del SUPERVISOR DE OBRA, mediante las acciones que considere pertinentes.

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EL SUPERVISOR DE OBRA deberá proporcionar toda la información necesaria para tal efecto y brindar las facilidades a los funcionarios de la Municipalidad de San Isidro, para el seguimiento de los servicios. DÉCIMA CUARTA – DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: La Municipalidad de San Isidro podrá resolver el contrato, en los casos que el SUPERVISOR DE OBRA incurra en algunas de las causales previstas en el Artículo 176° del Reglamento. Igual derecho le asiste al SUPERVISOR DE OBRA ante el incumplimiento por parte de la Municipalidad de San Isidro de sus obligaciones esenciales referidas específicamente al pago de honorarios en la fórmula señalada en la Cláusula Octava, así como aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del presente Contrato. Del mismo modo, las partes podrán resolver el Contrato por causas no atribuibles a éstas o, por caso fortuito de fuerza mayor, en cuyo caso se liquidará en forma exclusiva la parte efectivamente ejecutada. Para la resolución del contrato regirá lo dispuesto en el Artículo 44° de la Ley y el Artículo 167° y siguientes del Reglamento. DÉCIMA QUINTA – DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: EL SUPERVISOR DE OBRA elaborará y presentará la liquidación del presente Contrato, por los servicios de SUPERVISIÓN dentro de los noventa (90) días, contados a partir de la fecha de aprobación de su Informe Final. En caso que el SUPERVISOR DE OBRA no presente la Liquidación en el plazo indicado, la Municipalidad de San Isidro deberá efectuarla dentro de los noventa (90) días siguientes, cuyo costo de elaboración será descontado del los honorarios del SUPERVISOR. Dicho costo será calculado según las disposiciones contenidas en la Ley y el Reglamento. DÉCIMA SEXTA – DEL CARÁCTER CEL CONTRATO: El presente contrato es de carácter exclusivo del Titular, no pudiendo ser materia de cesión, permuta, venta ni transferencia a favor de terceros. DÉCIMA SÉPTIMA – SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS: Las partes convienen en establecer que cualquier controversia o reclamo que surja después de la suscripción del presente contrato será sometida para su solución, al procedimiento de conciliación extrajudicial, siguiéndose para tal efecto lo dispuesto en el Artículo 214° del Reglamento. En caso de no llegarse a ningún acuerdo o solución, será de aplicación obligatoria el arbitraje, conforme a las disposiciones contempladas en la Ley, el Reglamento y supletoriamente, en la Ley General de Arbitraje. El arbitraje será resuelto por un árbitro o un Tribunal Arbitral, según lo dispuesto en el Artículo 220° del Reglamento. A falta de acuerdo en la designación del (los) mismo (s) o del Presidente del Tribunal, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Centro de Arbitraje que designen las partes. Igual procedimiento se seguirá en el caso que los árbitros no se pongan de acuerdo en la designación del Presidente del Tribunal. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. DÉCIMA – OCTAVA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO:

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EL SUPERVISOR DE OBRA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato y de los Términos de Referencia, caso contrario será pasible de las sanciones establecidas en la Ley y demás de las que pudiera ser pasible. DÉCIMA NOVENA – DEL DOMICILIO DE LAS PARTES: Para los efectos de este Contrato y todo lo que de ello se derive, ambas partes precisan con carácter de domicilio legal y postal el referido en la introducción de este documento. San Isidro……………………………………….del 2011

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ANEXO N° 1

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE (Fecha)……………………………………………………… Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- …………….………………………………………………………………(nombre del Postor/Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC N°……………………………………………………., debidamente representado por ……………… ………………………………(Nombre del representante Legal de la persona jurídica), identificado con DNI N° … ……………………….., tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes en relación con la CONVOCATORIA a fin de acreditar a nuestro apoderado:…………………………………………….(Nombre del apoderado), identificado con DNI N° …………………………………..quien se encuentra en virtud de este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del Suscrito. ……………………………………………………………………………….. Firma y sello del representante legal Nombre /Razón Social del Postor

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ANEXO N° 2

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- Estimados Señores: El que se suscribe …………………………………………………….(Postor y/o Representante Legal de ………………..), identificado con DNI N°………………………….., RUC N° …………………………………, con poder inscrito en la localidad de ……………………………… en la Ficha N°………………..Asiento N° ………………………., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad: Nombre y Razón Social.- Domicilio Legal.- N° de RUC.- Teléfono.- Fax.- Autorización Municipal Municipalidad de……………………………….. N° de Licencia de Funcionamiento.- Fecha.- (Fecha)………………………………………………………………. …………………………………………………….. Firma del Representante Legal Nombre/Razón Social del Postor Nota.- Cuando se trate de Consorcio, esta declaración Jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO N° 3 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

DEL SERVICIO

Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSDO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- Estimados Señores: En calidad de Postor, luego de haber examinado los documentos de la referencia presentados por la Entidad, Municipalidad de San Isidro y conocer todas las condiciones existentes, el suscrito ofrece el servicio de Supervisión para la Obra denominada “Playa de estacionamiento subterránea bajo la Av. Rivera Navarrete-San Isidro” de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con los Términos de Referencia y demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la Sección Específica de las Bases. (Fecha)………………………………………………………… …………………………………………………….. Firma del Representante Legal Nombre/Razón Social del Postor

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ANEXO N° 4

DECLARACIÓN JURADA

Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- De nuestra consideración.- El que suscribe ………………………………………………………(postor y/o representante Legal de ………………………., identificado con DNI N°…………………………………y RUC N° …………………………………………., domiciliado en …… ……………………………………….; que se presenta como postor de la CONVOCATORIA………………………………….; Declaro bajo juramento:

1. Que conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.

2. Somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presento para

efectos del presente proceso de selección.

3. Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de ser favorecido con la Buena Pro.

(Fecha)……………………………………………………… ……………………………………………………………….. Firma del Representante Legal Nombre/Razón Social del Postor

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ANEXO N° 5

PROMESA FORMAL DEL CONSORCIO

Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- De nuestra consideración.- Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la CONVOCATORIA para la Supervisión de las obras de la Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Av. Rivera Navarrete, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en el artículo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. ………………………………………………………….., identificado con DNI N°……………………………….. Como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en ………………………………………………………………………… OBLIGACIONES DE…………… % Participación

OBLIGACIONES DE…………… % Participación (Fecha)……………………………………………………. ……………………………………………………………….. …………………………………………………. ……………………………………………………………….. …………………………………………………. Nombre, firma y DNI del Nombre, firma y DNI del Representante legal empresa 1 Representante legal empresa 2

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ANEXO N° 6

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ENCARGADO DEL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO” Presente.- Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, los Términos de Referencia y el Contrato de Concesión, NUESTRA propuesta económica es la siguiente: Respecto del Proyecto de Inversión denominado “Playa de Estacionamiento Subterránea Bajo la Avenida Rivera Navarrete-San Isidro”:

CONCEPTO

COSTO TOTAL (Consignar moneda)

TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar. (Fecha)…………………………………………………… ……………………………………………………………….. Firma del Representante Legal Nombre/Razón Social del Postor

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ANEXO N° 7

FORMATO (De Acuerdo al Capítulo III de la DEPS)

PROFESIONALES Y TÉCNICOS REQUERIDOS

CANTIDAD

RELACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO

……………………………………………………………….. Firma del Representante Legal Nombre/Razón Social del Postor

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ANEXO N° 8

Sobre N° 1

Formulario N°….. : GARANTÍA DE VALIDEZ, VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO DE LA PROPUESTA Referencia: Numeral 1.9 de las DCPS de las Bases (Fecha)…………………………………………………………. Señores MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Lima – Perú Postor:………………………………………………………….(Indicar nombre del Postor) Ref.: CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DENOMINADO “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SANISIDRO”. Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores……….(indicar nombre del Postor), constituimos esta fianza solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática por la suma de ……………………………………………………………………………….a favor de la Municipalidad de San Isidro, para garantizar la validez, vigencia y cumplimiento de la propuesta presentada por ………………………………(Indicar nombre del Postor), de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en las Bases del Concurso de la referencia (las “Bases”). Asimismo dejamos establecido que la presente fianza se hará efectiva en caso que dicho Postor resulte adjudicatario de la Buena Pro en el Concurso de la referencia y no cumpla con todas y cada una de las obligaciones que le corresponden en la fecha de suscripción del Contrato, según lo estipulado en las Bases. El pago de esta fianza se hará efectivo de manera automática dentro de las veinticuatro (24) horas de su requerimiento de pago y sin necesidad de acto posterior por parte de ustedes, al recibir nosotros una solicitud escrita en tal sentido, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada de la Municipalidad de San Isidro, manifestando que……………………(indicar nombre del Postor) no han cumplido con cualquiera de las obligaciones garantizadas por esta documento. Dicha solicitud deberá ser cursada por vía notarial a nuestras oficinas sitas en la dirección indicada líneas abajo. Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán afectadas por cualquier disputa entre el Comité y la Municipalidad de San Isidro o sus asesores y nuestros clientes. El plazo de vigencia de esta fianza desde la fecha de presentación del sobre N° 1, hasta la fecha de vencimiento de las propuestas estipuladas en las Bases, es decir, desde ………………hasta……………… Cualquier demora de nuestra parte para pagar el monto de esta fianza, a partir de la fecha en que sea requerida por ustedes conforme a los términos que aquí se indican, devengará, de manera automática, un interés equivalente a la tasa LIBOR a un año más un margen (spread) de 3%. La tasa LIBOR aplicable será la establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo

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devengarse los intereses a partir de la fecha que se ha exigido su cumplimiento y hasta fecha efectiva del pago. Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el mismo significado que se les atribuye en las Bases. Atentamente, Firma y Sello: ………………………………………………….. Nombre y Cargo:…………………………………………….. Entidad:……………………………………………………………(Empresa Bancaria que emite la Fianza). Dirección:…………………………………………………………

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ANEXO N° 9 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Referencia: Numeral 3.4.1 de las DCPS de las Bases (Fecha)………………………………………………………. Señores MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Lima – Perú Ref.: CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DEL SUPERVISOR DE OBRA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DENOMINADO “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEA BAJO LA AVENIDA RIVERA NAVARRETE-SAN ISIDRO”. De nuestra consideración: Por cuenta y orden de nuestros clientes, señores ………………………..(Indicar nombre del adjudicatario), constituimos esta garantía solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática hasta por la suma de ……………………………………………………(números y letras) a favor de la Municipalidad de San Isidro, para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato de Supervisor de Obra por parte de …………………………………………………………(Indicar Adjudicatario). El pago de esta garantía se hará efectivo a simple requerimiento y sin necesidad de acto posterior por parte de la Municipalidad de san Isidro, al recibir nosotros, en nuestras oficinas, sitas en la dirección indicada líneas abajo, la cual deberá estar firmada por alguna persona debidamente autorizada de la Municipalidad de San Isidro, manifestando que…………………… (Indicar nombre del Postor) no ha cumplido con cualquiera de las obligaciones garantizadas por este documento. La Municipalidad de San Isidro podrá requerir el pago total o parcial de esta garantía. Nuestras obligaciones bajo la presente garantía, incluyendo el pago del monto garantizado, no se verán afectadas por cualquier disputa entre el Comité Especial y la Municipalidad de San Isidro o sus asesores y nuestros clientes. El plazo de vigencia de esta garantía será desde la fecha de suscripción del Contrato hasta dos (2) años después del término del contrato de Supervisión de Obra. Nos comprometemos a pagarles el monto reclamado de la garantía dentro de las veinticuatro (24) horas de su requerimiento de pago. Cualquier demora de nuestra parte para pagar el monto de esta fianza, a partir de la fecha en que sea requerida por ustedes conforme a los términos que aquí se indican, devengará, de manera automática, un interés equivalente a la tasa LIBOR a un año más un margen (spread) de 3%. La tasa LIBOR aplicable será la establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m. debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha que se ha exigido su cumplimiento y hasta fecha efectiva del pago. Salvo indicación expresa en sentido contrario, los términos utilizados en esta garantía tienen el mismo significado que se les atribuye en las Bases del Concurso. Atentamente, Firma y sello……………………………………………………. Nombre y Cargo…………………………………………….. Entidad……………………………………………………………(Empresa Bancaria que emite la fianza) Dirección…………………………………………