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Ayudas para la contratación Edición Mayo de 2018

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Ayudas para la contratación Edición Mayo de 2018

Pág. 2 VOLVER INICIO

CONTENIDO

PARTE I: EL MERCADO DE TRABAJO COMO PUNTO

DE PARTIDA. POLÍTICAS DE EMPLEO.

LAS POLÍTICAS DE EMPLEO EN ESPAÑA.

EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO.

PARTE II: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN A NIVEL ESTATAL.

PARTE III: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN A NIVEL REGIONAL.

PARTE IV: RECOPILACIÓN DE NORMATIVA CONTRATACIÓN

Pág. 3 VOLVER INICIO

Esta guía, se centra fundamentalmente en recopilar información dirigida a empresas interesadas en conocer las posibles ayudas a la contratación existentes en España,

con la intención de que resulte de utilidad para valorar las que pueden aplicarle, identificando el organismo al que debe dirigirse para su solicitud o aplicación.

Pág. 4 VOLVER INICIO

Parte I: Punto de partida

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E I:

EL

MER

CA

DO

DE

TRA

BA

JO.

El mercado de trabajo como punto de partida. Las políticas de empleo.

Las ayudas al empleo constituyen una de las políticas activas de mercado de trabajo más utilizadas en el conjunto de los países

occidentales, especialmente en la Unión Europea.

El conjunto de servicios y programas que desarrollan las políticas activas de empleo tiene como finalidad mejorar las posibilidades de

acceso al empleo de los desempleados y la adaptación de la formación y su recualificación para el empleo, así como aquellas otras

destinadas a fomentar el espíritu empresarial y la economía social.

El fomento del empleo puede apoyarse de forma:

Directa: mediante el establecimiento de una serie de ayudas directas a la contratación, con el objetivo fundamental de

incentivar la creación de empleo en el sector privado.

Indirecta: mediante incentivos indirectos, como pueden ser la creación de nuevas formas de contratos o incluso

modificaciones en la normativa reguladora de contratación, o realizando mejoras en los servicios públicos de empleo.

Esta guía, se centra fundamentalmente en recopilar información relativa a aquellas medidas directas para favorecer la

contratación por parte de las empresas.

Las políticas de empleo en España. El Sistema Nacional de Empleo.

El Sistema Nacional de Empleo es el conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política

de empleo, y está integrado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y los servicios públicos de empleo de las comunidades

autónomas.

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DE

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E.

En el caso de España, las políticas activas de empleo están transferidas a las Comunidades Autónomas. En Ceuta y Melilla es el SEPE

quien las gestiona. Se puede encontrar más información en la siguiente tabla, en función de la CCAA de referencia:

CCAA Servicio de Empleo a nivel regional

Andalucía Servicio Andaluz de Empleo

Aragón Instituto Aragonés de Empleo

Asturias Trabajastur

Canarias Servicio Canario de Empleo

Cantabria Servicio Cántabro de Empleo

Castilla La Mancha

Consejería de economía, empresas y empleo

Castilla y León Servicio Público de Empleo de Castilla y León

Cataluña Servicio Público de Empleo de Cataluña

C

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E I:

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. SN

E.

CCAA Servicio de Empleo a nivel regional

Ceuta Servicio de Empleo Público Estatal

Comunidad de Madrid

Portal de empleo de la Comunidad de Madrid

Comunidad Valenciana

Servicio Valenciano de Empleo y Formación

Extremadura Servicio Extremeño Público de Empleo

Galicia Servicio Público de Empleo de Galicia

Illes Balears Servicio de Empleo de las Islas Baleares

La Rioja Dirección General de Trabajo y Salud Laboral

Melilla Servicio de Empleo Público Estatal

Navarra Servicio Navarro de Empleo

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. SN

E.

CCAA Servicio de Empleo a nivel regional

País Vasco Servicio Vasco de Empleo

Región de Murcia

Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia

Las políticas de empleo en Europa. EalS y FSE.

El Programa de la UE para el Empleo y la Innovación Social (EaSI) es un instrumento financiero a escala de la UE, cuyo objeto es

promover un elevado nivel de empleo de calidad y sostenible, que aporte una protección social correcta, combata la exclusión social y

la pobreza y mejore las condiciones de trabajo. Está gestionado directamente por la Comisión Europea, y se estructura en 3 ejes:

Eje PROGRESS cuyo objetivo es modernización de las políticas de empleo y sociales

Eje EURES, cuyo objetivo es la movilidad profesional

Eje Microfinanciación y emprendimiento social, cuyo objetivo es el acceso a la

microfinanciación y al emprendimiento social

C

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E I:

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DE

EMP

LEO

. SN

E.

En ningún de los 3 casos se financia directamente a las empresas o emprendedores, por lo que pertenecerían a las medidas

indirectas.

El Fondo Social Europeo (FSE) fue establecido en virtud del Tratado de Roma con el fin de mejorar las posibilidades de movilidad y

empleo de los trabajadores en el mercado común. Sus funciones y normas operativas fueron revisadas posteriormente para reflejar

los cambios en la situación económica y laboral de los Estados miembros, así como la evolución de las prioridades políticas definidas a

escala de la Unión.

Las ayudas a la contratación fomentadas a través del FSE, serán gestionadas a través de convocatorias a nivel de cada estado

miembro, en base a las normativas comunitarias que regulan este fondo estructural, y no gestionadas directamente desde la UE, en

base a las particularidades de cada estado y sus propias políticas de empleo.

Tiene especial relevancia la iniciativa Garantía Juvenil, que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. En

España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad

Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o

formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.

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Parte II: Ayudas a la contratación a nivel estatal

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II:

Ayudas dirigidas a fomentar la contratación a nivel estatal

En este apartado se ha recogido información de interés en relación a las convocatorias de ayudas a la contratación a nivel estatal, con

especial atención a los incentivos disponibles en forma de beneficios específicos a aplicar en las cotizaciones a la seguridad social,

como principal herramienta disponible para las empresas en la actualidad.

El siguiente cuadro recoge un resumen de las mismas, en el que se ha integrado tanto la información puesta a disposición por parte

del SEPE relativas a posibles bonificaciones y reducciones para la contratación laboral, así como la puesta a disposición por parte del

Ministerio de Empleo y Seguridad Social en relación a posibles Beneficios en la Cotización de la Seguridad Social y otras peculiaridades

de cotización, que ambos periódicamente actualizan y publican. En el cuadro se indica la página en que se encuentra la referida ayuda

en cada una de las publicaciones analizada, en sus últimas ediciones publicadas, relativas a enero de 2018 en ambos casos.

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Víctima de violencia de género y

victimas del terrorismo (Ley 29/2011,

art. 34)

Víctima de violencia doméstica

Personas en situación de exclusión

social

1.500 €

850 €

600 €

4 años

Ley 43/2006 (art. 2),

modificada por Ley 3/2012

(disposición final 14)

4 y 5

contratación

inicial

7

transformació

n de contrato

3 y 4

contratació

n inicial

7

transforma

ción de

contrato

Personas con discapacidad:

-Menores de 45 años

-Mujeres

-Mayores de 45 años

Si es discapacidad severa

4.500 €

5.350 €

5.700 €

+600 €

vigencia del

contratoLey 43/2006 (art. 2) 5

4

contratació

n inicial

7

transforma

ción de

contrato

Contratación indefinida inicial Víctima de trata de seres humanos 1.500 € 2 añosLey 43/2006 (art. 2),

modificada por Ley 26/20154 4

Mantenimiento de la

contratación (contrato

indefinido nuevo o vigente)

Mayores de 65 años con 38 años y 6

meses de cotización efectiva a la

seguridad social o 67 años y 37 años de

cotización efectiva

En caso de no tener la antigüedad al

cumplir la edad, se aplica cuando se

cumple el requisito

Reducción 100%

cuota empresarial

por contingencias

comunes, salvo

incapacidad

temporal

indefinida

Ley General de la Seguridad

Social, modificada por Ley

27/2011 (art. 2)

RD Legislativo 8/2015 (art.

152)

10 14

Transformación de contratos

para la formación y el

aprendizaje en indefinido

Hombres

Mujeres

Caso de trabajador inscrito en SNGJ

1.500 €

1.800 €

La reducción se

convertirá en

bonificación

Ley 3/2012 (art. 2),

modificada por el RD Ley

6/2016 (art. 3)

7 7

Transformación de contrato

primer empleo jovén en

indefinido

Menores de 30 años o menores de 35

años en caso de discapacidad ≥ 33%, sin

experiencia laboral o con experiencia

inferior a 3 meses

Hombres: 500 €

Mujeres: 700 €

hasta que

tasa

desempleo

< 15%

Ley 11/2013 (art. 12) y RD Ley

4/20131 8

Todas las empresas

indefinida

3 años

Contratación indefinida inicial

o transformación de contrato

termporal en indefinido

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Contratación indefinida

tiempo completo, parcial o

fijo discontinuo

Todas las empresas que readmitan

trabajador

Trabajadores que cesaron en la empresa

por reconocimiento de incapacidad

permanente total o absoluta, que

después de haber recibido prestaciones

recuperen capacidad plena o continúen

afectados de incapacidad parcial

Bonificación 50%

cuota patronal

contingencias

comunes

2 años indefinida RD 1451/1983 (art. 2) 11 4

Hombres y mujeres mayores de 45 años

desempleados e inscritos en la oficina

de empleo

Si además es colectivo de de mujeres

subrepresentadas

1.300 €

1.500 €

Jóvenes entre 16 y 30 años

desempleados e inscritos en la oficina

de empleo

Si además es colectivo de de mujeres

subrepresentadas

1er año: 1.000 €

2o año: 1.100 €

3er año: 1.200 €

+100 €

Transformación de contratos

en prácticas, de relevo y

sustitución por jubilación en

indefinido

Hombres

Mujeres

500 €

700 €indefinida Ley 3/2012 (art. 7) 6 7

Empresas con menos de 50 trabajadores 3 años

3

hasta tasa

desempleo

< 15%

Contratación inicial indefinidaLey 3/2012 (art. 4) modificado

por RDL 16/20134

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Empresas de menos de 10 trabajadores

o empresarios autónomos

Desempleados inscritos en la oficina de

empleo, menores de 30 años o menores

de 35 en caso de discapacidad ≥ 33%

12 mesesLey 11/2013 (art. 10) y RD Ley

4/2013

Proyectos de emprendimiento jovén:

trabajadores por cuenta propia menores

de 30 años o menores de 35 en caso de

discapacidad ≥ 33%

Desempleados mayores de 45 años,

inscritos en la oficina de empleo

ininterrumpidamente 12 de los últimos

18 meses o beneficiarios del programa

de recualificación profesional

12 mesesLey 11/2013 (art. 11) y RD Ley

4/2013

Hombres y mujeres mayores de 45 años

desempleados e inscritos en la oficina

de empleo

Si además es colectivo de de mujeres

subrepresentadas

90% aportación

empresarial a SS

100% aportación

empresarial a SS

Jóvenes entre 16 y 30 años

desempleados e inscritos en la oficina

de empleo

Si además es colectivo de de mujeres

subrepresentadas

Aportación

empresarial SS:

1er año: 90%

2o año: 70%

3er año: 40%

+10% extra

hasta que

tasa

desempleo

< 15%

hasta tasa

desempleo

< 15%

3 años

Reducción del

100% cuota

empresarial a la

seguridad social

1 24

Contratación indefinida

Emprendedor con menos de 50

trabajadores y centro de trabajo en la

C.A. de Canarias

Ley 3/2012 modificada por

Ley 3/2017 (art. 4.5 bis) 4 16

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Trabajadores provenientes de ETT con

contrato eventual, primer empleo joven

puestos a disposición de empresa

usuaria.

Bonificación

cuotas

empresariales a la

seguridad social.

Por año:

-Hombres: 500 €

-Mujeres: 700 €

hasta que

tasa

desempleo

< 15%

Ley 11/2013 (art. 12.4) y RD

Ley 4/20133 25

Trabajadores provenientes de ETT con

contrato para formación y aprendizaje

puestos a disposición de empresa

usuaria.

Reducción cuota

empresarial a la

seguridad social.

Por año:

-Hombres: 1.500 €

-Mujeres: 1.800 €

Ley 3/2012 (art. 3),

modificada por Ley 11/2013

(disposición final 4ª)

RD Ley 6/2016

3 7

Usuarias de ETT, con menos de 50

trabajadores

Trabajadores provenientes de ETT con

contrato en prácticas puestos a

disposición de empresa usuaria.

Bonificación

cuotas

empresariales a la

seguridad social.

Por año:

-Hombres: 500 €

-Mujeres: 700 €

Ley 3/2012 (art. 7.2),

modificada por RD Ley

16/2013 (art. 3.2)

3 7

Contratación indefinida

Usuarias de ETT

3 años

indefinida

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Empresas de 250 o más trabajadores

Reducción 75%

cuota empresarial

por contigencias

comunes

Empresas de menos de 250 trabajadores

Reducción del

100% cuota

empresarial por

contigencias

comunes

Empresas con centro de trabajo en

Ceuta y Melilla, de los Sectores de

Agricultura, Pesca y Acuicultura;

Industria, excepto Energía y Agua;

Comercio; Turismo; Hostelería y resto de

servicios, excepto el Transporte Aéreo,

Construcción de Edificios, Actividades

Financieras y de Seguros y Actividades

Inmobiliarias

Todos los trabajadores asociados al

centro de trabajo en Ceuta o Melilla

50% de la base de

cotización por

contigencias

comunes,

desempleo, FP y

FOGASA

vigencia del

contrato

Ley 31/2011 (disposición

adicional primera)

RD Legislativo 8/2015

(disposición adicional

vigesima tercera)

Canarias para contratar tripulantes de

buques inscritos en el Registro especial

de buques y empresas de Canarias

Ninguna

Bonificación del

90% de la

aportación

empresarial

vigencia del

contrato

Ley 19/1994 (art. 78),

modificada por Ley 4/2006

(art. 3.3)

Comtratación indefinida y

temporal9 15indefinida

1 24

Contratación parcial con

vinculación formativa,

indefinida o con duración

determinada

Desempleados inscritos en la oficina de

empleo, menores de 30 años o menores

de 35 en caso de discapacidad ≥ 33%

12 meses

+ 12 meses

prórrogable

hasta que

tasa

desempleo

< 15%

Ley 11/2013 (art. 9) y RD Ley

4/2013

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Empresas de menos de 250 trabajadores

Reducción del

100% cuota

empresario y del

trabajador

Empresas de 250 o más trabajadores

Reducción del

75% cuota

empresario y

100% cuota

trabajador

Contrato temporal de

fomento del empleo

Todas, con duración de contrato mínima

de 12 meses

Personas con discapacidad:

-Hombre menor de 45 años

-Mujer menor de 45 años y hombre

mayor de 45 años

-Mujer mayor de 45 años

Si es discapacidad severa

3.500 €

4.100 €

4.700 €

+600 €

Ley 43/2006 (disposición

adicinal primera)8 10

Contrato temporal, distintos

de formativos e interinidad Todas las empresas

Víctima de:

-violencia de género y doméstica

-terrorismo (Ley 29/2011, art. 34)

-trata de seres humanos

Personas en situación de exclusión

social:

-caso general

-si han finalizado relación laboral con

empresa de inserción en 12 meses

anteriores

600 €

500 €

1er año: 1.650 €

resto: 500 €

Ley 43/2006:

-disposición adicional 1ª

-art. 2, mod. por Ley 3/2012

(disposición final 14ª)

-art. 2, mod. por Ley 26/2015

(disposición final 8ª)

-art. 2

-art. 2, mod. por Ley 31/2015

(art. 6)

8 10

vigencia del

contrato

Ley 3/2012 (art. 3),

modificada por el RD Ley

6/2016 (art. 3)

8 12Contratación temporal para la

formación y el aprendizaje

Jóvenes desempleados e inscritos en la

oficina de empleo

indefinida

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Todas las empresas para sustituir a

trabajadores durante los periodos de

descanso por maternidad, adopción,

acogimiento, paternidad, riesgo durante

el embarazo o lactancia

Personas desempleadas

-100% cuota

empresarial por

todas las

contingencias del

interino

-100% cuota

trabajador en

situación de

descanso

periodo de

sustitución

-RD Ley 11/1998 (art. 1)

-Ley 12/2001 (disposición

adicional 2ª)

10 12 y 14

Todas las empresas para sustituir a

trabajadores en excedencia por cuidado

de familiares

Personas beneficiarias de prestaciones

por desempleo durante más de 1 año

Reducción de la

cuota empresarial

por contingencias

comunes:

1er año: 90%

2o año: 60%

3er año: 50%

periodo de

excedencia

(hasta 3

años)

Estatuto de los trabajadores

RD Legislativo 2/2015

(disposición adicional 21ª)

Todas las empresas para sustituir a

trabajadoras víctimas de violencia de

género que hayan suspendido su

contrato ejercitando su derecho a la

movilidad geográfica

Ninguna

100% cuota

empresarial a la

seguidad social

por contingencias

comunes

-periodo

sustitución

-6 meses si

movilidad

geográfica o

cambio de

centro de

trabajo

Ley orgánica 1/2004 (art. 21)

Contrato de interinidad por

duración determinada

11 12

indefinida

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II:

Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de

la ayudaNormativa de referencia

Ref. SEPE

(pág)

Ref. SS

(pág)

Contrato en prácticas Todas las empresas

Menores de 30 años o menores de 35 en

caso de discapacidad ≥ 33%, inscritos en

la oficina de empleo:

-caso general

-inscrito en sistema nacional de garantía

juvenil, que realiza prácticas no

laborales (RD 1543/2011)

Reducción cuota

empresarial por

contigencias

comunes:

-50%

-75%

vigencia del

contrato

hasta que

tasa

desempleo

< 15%

Ley 11/2013 (art. 13) y RD Ley

4/2013

Incorporación como socio

trabajador o de trabajo

Cooperativas, optando por régimen de

seguridad social propio de trabajador

por cuenta ajena, o sociedades laborales

Menores de 30 años o menores de 35 en

caso de discapacidad ≥ 33%, inscritos en

la oficina de empleo.

Mayores de 30 años.

1er año: 1.650 €

2o y 3er año: 800 €

800 € / año

3 años indefinida

Ley 5/2011 (art. 9),

modificada por Ley 31/2015

(art. 3)

2 24

Pág. 20 VOLVER INICIO

Parte III: Ayudas a la contratación e nivel regional

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III:

Convocatorias a nivel regional

En este apartado, se ha recogido información de interés puesta a disposición desde los servicios de empleo de cada CCAA, en su caso,

en relación con ayudas específicas destinadas a la contratación en la región. Desde la referencia a la CCAA se puede acceder a la

información actualizada de forma directa, y adicionalmente se ha recopilado la información relativa a las convocatorias con plazo

abierto en el momento de redacción de este documento:

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Andalucía:

Programa Emple@Joven y Emple@30+

El Programa Emple@Joven supone en Andalucía la puesta en marcha de una experiencia piloto basada en los principios de la Garantía Juvenil y el Programa Emple@30+ pretende dar

cobertura a aquel conjunto de población de 30 o más años de edad, con dificultades para acceder al empleo, mediante dos medidas especialmente definidas para ello.

A raíz de la aprobación e implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y la puesta en marcha del Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, es necesario adaptar y

actualizar los programas Emple@Joven y Emple@25+ de forma que se cumplan con los requisitos de edad de la Garantía Juvenil, que incluyen a la población de 18 a 29 años.

El programa se contemplan las siguientes medidas, (pueden optar empresas, en plazo):

- Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+.

- Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas.

- Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven.

- Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.

- Incentivos a la contratación indefinida de personas jóvenes.

Abierto

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Incentivos a la contratación

indefinida de personas jóvenes

(Programa Emple@Joven y

Emple@30+)

Ayuda (cantidad a tanto alzado por importe de 4.750 - 6.000 €) si el contrato se formaliza con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%:

a) Las entidades beneficiarias que contraten de forma indefinida a las personas titulares de un Bono de Empleo Joven, tras la finalización del periodo correspondiente a los doce meses

de la ayuda. Podrá solicitarse este incentivo tanto en los supuestos de mantenimiento de un contrato inicialmente indefinido como en los supuestos de transformación del contrato inicial en indefinido.

b) Las empresas asociadas inscritas en la Iniciativa Prácticas Profesionales en empresas, que contraten con carácter indefinido a las personas jóvenes beneficiarias en el plazo máximo de tres meses desde el momento de finalización de la práctica profesional.

El contrato deberá mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mínimo de doce meses y celebrarse a jornada completa.

Abierto

Ayudas para la contratación de personas

titulares del Bono de Empleo Joven

(Programa Emple@Joven y Emple@30+)

Ayuda económica a las personas o entidades que, cumpliendo los requisitos establecidos, formalicen un contrato laboral con una persona titular de un Bono de Empleo Joven.

La pueden solicitar empresas, trabajadores autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro, así como entidades sin personalidad jurídica que contraten a las personas titulares de un Bono de Empleo Joven (las personas, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el momento de formalización del contrato para el que se solicita la

ayuda tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive y con las siguientes titulaciones:

-Titulación universitaria oficial o titulación en enseñanzas artísticas superiores. -Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas. -Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.)

Abierto

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Incentivos a la contratación dirigidos a las

empresas del Programa Retorno del

talento

Tienen por objeto facilitar el regreso de personas andaluzas que estén desarrollando su actividad laboral en el extranjero y deseen incorporarse al mercado laboral andaluz.

Estos incentivos a la contratación están dirigidos a las empresas que contraten a personas andaluzas que se encuentren residiendo y trabajando en el extranjero.

El contrato laboral deberá formalizarse con carácter indefinido a jornada completa, en la categoría profesional correspondiente a su titulación o equivalente, debiendo mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mínimo de 24 meses. Cumpliendo tener hasta 45 años,

poseer un título universitario oficial de grado o equivalente y estar en situación de alta laboral.

Un mes desde

contrato

Incentivos para la contratación indefinida

de personas mayores de 45 años

Esta línea de incentivos dependiente del Programa para la contratación indefinida de personas mayores de 45 años, tiene por objeto incentivar la contratación indefinida de

personas desempleadas de larga duración de 45 o más años de edad que se lleven a cabo por parte de las empresas ubicadas en Andalucía, como medida de fomento del empleo y estabilidad laboral en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas, las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, incluidas las de economía social, y las entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en Andalucía.

La ayuda consistirá en un incentivo a tanto alzado de 6.000 euros por cada contrato laboral

formalizado o de 7.500 euros si el contrato se formaliza con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Abierto

Convocatoria "Empresas de cualquier

sector en Andalucía. Convenio Manc.

Levante Almeriense"

Ayuda convocada por la fundación EOI. Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o

formación reglada puedan recibir una oferta de empleo.

La cuantía máxima será de 4.000 €.

21/01/2018 a

19/02/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Aragón

Subvenciones para el estímulo del

mercado de trabajo y el fomento del

empleo estable y de calidad

Subvenciones destinadas a fomentar en la Comunidad Autónoma de Aragón la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados.

Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que

contraten a trabajadores por cuenta ajena. Existen 4 líneas de ayuda:

• Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida. • Subvenciones para el fomento de la estabilidad en el empleo a través de la

conversión de contratos temporales en indefinidos

• Subvención de contratos en prácticas celebrados con titulados universitarios • Promoción de la contratación temporal con fines integradores.

Un mes tras alta en Seg.

Social

Financiación de cuotas de seguridad social

a beneficiarios de la prestación por

desempleo en su modalidad de pago único

Tiene por objeto financiar parte de los gastos de cotización a la Seguridad Social de aquellos

emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por el valor actual del importe total de la prestación:

• Socios trabajadores o de trabajo de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral.

• Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%.

Supone para el emprendedor una subvención equivalente:

• al 50% de la cuota al régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización.

• al 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social, si se trata de socios trabajadores o de trabajo de

sociedades laborales o cooperativas, que hayan elegido un régimen distinto del de autónomos.

10/01/2018 a

31/10/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones para Microempresas que

obtengan la calificación deIiniciativa Local

Emprendedora (MILE)

Subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a microempresas locales emprendedoras.

Existen varias líneas de ayuda, además de las específicas para contratación.

Según línea. Para

contratación, un mes tras

formalización.

Subvenciones destinadas a emprendedores

autónomos Subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia.

Subvenciones públicas destinadas a

financiar programas formativos que

incluyan compromisos de contratación

Subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

Las empresas o entidades deben tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, y adquirir para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores

formados en el marco de este programa.

10/01/2018

a 29/06/2018

Asturias

Ayudas a la contratación indefinida de

personas desempleadas con discapacidad

Subvenciones destinadas a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad o por la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para personas con

discapacidad, que se formalicen en ambos casos, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.

Los contratos tendrán una fecha de inicio comprendida entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2019 (ambos incluidos).

12/01/2018 a

30/06/2019

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Canarias

Subvención del 50% del SMI para el

mantenimiento de los puestos de trabajo

de personas con discapacidad en Centros

Especiales de Empleo

Abono del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad que realice una jornada de trabajo normal y que esté en alta en la Seguridad Social, por importe del 50% salario mínimo interprofesional, reducido proporcionalmente en caso de jornada laboral a tiempo parcial.

Las empresas beneficiarias deberán ser Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Abierto

Subvención para la adaptación de puestos

de trabajo de personas con discapacidad

en Centros Especiales de Empleo

Ayudas dirigidas a la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas en Centros Especiales de Empleo para facilitar la integración laboral de personas con discapacidad.

Las empresas beneficiarias deberán ser Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Abierto

Subvención por la contratación indefinida

de personas con discapacidad en la

empresa ordinaria.

Ayuda dirigida al fomento de la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado ordinario. La ayuda será de 3.907,00 euros si la jornada del trabajador es completa y proporcional en caso de jornada a tiempo parcial.

Abierta

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Convocatoria de subvenciones con cargo al

Programa de Incentivos a la Contratación

Laboral de personas jóvenes desempleadas

incluidas en el SNGJ denominado

"Programa de Incentivos al Empleo Joven-

INCENTÍVATE" para los ejercicios 2017-

2018

Ayudas dirigidas a incentivar la contratación, en la modalidad de formación-aprendizaje o en prácticas, de personas jóvenes demandantes de empleo e inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).

La empresa beneficiaria deberá tener un centro de trabajo permanente en Canarias.

Las ayudas dependerán del tiempo por el que se formalice el contrato:

• Contrato de formación y aprendizaje: entre 1.500 € y 4.000 €. • Contrato de prácticas: entre 2.000 € y 5.000 €.

Abierta por periodos,

según momento de

formalización del contrato, (aprox. hasta día 13-15 del

mes siguiente)

Subvención para la adaptación del puesto

de trabajo de personas con discapacidad

en la empresa ordinaria

Ayudas dirigidas al fomento de la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

Para contratos indefinidos o temporales de fomento del empleo para personas con

discapacidad o siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses, contratos en prácticas o para la formación, se otorga una ayuda de 901,52 €.

Abierta

Programa de incentivos a la contratación

"Retorno al Empleo"

Subvención a favor de aquellas empresas que contraten, en la modalidades de contratación previstas, a personas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE) en la condición de demandantes de empleo desempleadas de larga duración, de acuerdo a los condicionantes establecidos en las Bases reguladoras y demás normativa que resulte de aplicación, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a la reincorporación al mercado laboral de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.

La cuantía depende del tipo de contrato:

• Indefinido: 5.000 € (+1.000 € si la persona empleada tiene más de 45 años)

• Temporal (mínimo 6 meses): (+500 € / 6 meses añadidos a la exigencia mínima de celebración del contrato, hasta un máximo de 4.500 €).

Abierta

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Cantabria

Subvenciones destinadas a fomentar la

CONTRATACIÓN INDEFINIDA en la

Comunidad Autónoma de Cantabria,

cofinanciadas por el Fondo Social Europeo

Ayudas para pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), siempre que

desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Estas ayudas sólo son compatibles con las reducciones y bonificaciones de cuota de la Seguridad Social y con los programas de promoción de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres promovidos por el Servicio Cántabro de Empleo.

No podrán ser beneficiarias las empresas que durante los 12 meses anteriores al alta en la Seguridad Social del contrato o de la conversión hayan extinguido contratos indefinidos con

despido nulo, despido por causas objetivas, despido improcedente o despido colectivo.

Periodo mínimo de mantenimiento a tiempo completo de los contratos de trabajo: 3 años.

Un mes desde

contrato

Subvenciones destinadas a fomentar la

creación de empleo autónomo

Ayuda dirigida a personas inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos

de Empleo, que vayan a desarrollar de forma personal, profesional y directa en empresas, radicadas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y cuyo proyecto sea viable desde un punto de vista técnico, económico y

financiero.

Abierto, en un máximo

de 3 meses tras la

emisión del informe de viabilidad previo.

Subvenciones destinadas a promover la

igualdad de oportunidades entre mujeres y

hombres en el empleo

El programa I, Planes de Igualdad, va dirigido a pequeñas y medianas empresas, que tengan una plantilla superior a 3 personas trabajadoras fijas y todos sus centros de trabajo estén

ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Un mes desde firma

del documento

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones en materia de formación de

oferta, en modalidad presencial,

consistentes en la ejecución de acciones

formativas que incluyan compromiso de

contratación 2017

Subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta mediante la realización de acciones formativas que incluyan compromiso de contratación, en modalidad presencial. La

empresa beneficiaria deberá contratar al menos al 60% de las personas formadas, en plazo máximo de 2 meses tras la finalización de la formación.

01/01/2018 a

15/01/2018

Y 01/03/2018

a 14/03/2018

Subvenciones a centros especiales de

empleo destinadas al mantenimiento de

los puestos de trabajo ocupados por

personas con discapacidad.

Subvención para centros especiales de empleo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la misma, asociada a empleados que deberán estar en alta en la Seguridad Social en la Comunidad Autónoma de

Cantabria.

La ayuda cubre parcialmente el coste salarial correspondiente a los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en cada centro especial de empleo, a lo largo de cualquier periodo durante el cual esté contratada la persona que lo ocupe. Cuando la

contratación de una nueva persona con discapacidad no represente un incremento neto del número de personas empleadas en el centro especial de empleo en comparación con la media de los doce meses previos, el puesto o los puestos deberán haber quedado vacantes a

raíz de la dimisión del trabajador o de la trabajadora, de su discapacidad, de su jubilación por motivos de edad, de la reducción voluntaria del tiempo de trabajo o de su despido disciplinario procedente y no de resultas de su despido.

Meses de mayo y

noviembre de cada

anualidad para costes de posterior

semestre natural

respectivo.

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones en materia de formación

profesional para el empleo relativas al

régimen de becas y ayudas a personas

desempleadas, prácticas profesionales no

laborales en empresas y acciones

formativas que incluyan compromiso de

contratación

Ayudas por concesión directa de becas y ayudas a personas desempleadas, prácticas profesionales no laborales en empresas y acciones formativas que incluyan compromiso de contratación, en el ámbito de la formación profesional para empleo, en su modalidad de formación de oferta, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Programa I: Becas, ayudas de transporte, manutención, alojamiento y ayudas de conciliación de los participantes en acciones en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo, incluidas la participación en prácticas no laborales. Plazo: dentro del mes siguiente al alta de

la persona trabajadora en desempleo en la correspondiente acción subvencionable o de producirse el hecho causante que motive el derecho a su percepción.

Programa II: Subvenciones a las empresas para compensar la realización de prácticas profesionales no laborales de personas trabajadoras en desempleo. Plazo: abierto, pero deben solicitarse, al menos, con veinte días hábiles de antelación al inicio de las mismas.

Programa III: Subvenciones a empresas, sus asociaciones u otras entidades para la realización de acciones de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a

personas trabajadoras en desempleo que incluyan un compromiso expreso de contratar un

porcentaje de alumnos formados. Plazo: abierto.

Abierto, pero

acotado según

programa

Subvenciones destinadas al fomento del

empleo de las personas con discapacidad

Ayudas por concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, destinadas a incentivar, en la Comunidad Autónoma de

Cantabria, la integración laboral de las personas con discapacidad mediante la contratación indefinida por cuenta ajena de desempleados, fomentar la estabilidad en el empleo, estimulando la transformación de contratos temporales en indefinidos.

Programa I.- Ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de trabajadores con discapacidad.

Programa II.- Ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de trabajadores con discapacidad. En este caso, la solicitud se deberá presentar junto con la solicitud de

subvención para la contratación indefinida o transformación.

Un mes desde la

contratación

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Castilla La Mancha:

En el momento de publicación de este documento no hay convocatorias abiertas. Se pueden consultar las posibles convocatorias que se vayan publicando

aquí.

Cataluña:

Subvenciones del Programa Barcelona con

la Ocupación de Calidad: Buen trabajo,

Barcelona

Incentivos a la contratación para aquellas personas en situación de desempleo que

presentan especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo como son los

siguientes colectivos:

Supuesto 1: Personas mayores de 40 años en situación de desempleo de

larga duración.

Supuesto 2: Personas en riesgo de exclusión social.

Supuesto 3: Personas participantes en programas y/o itinerarios de inserción

laboral de Barcelona Activa.

Supuesto 4: Personas con residencia en alguno de los territorios de

actuación preferente en la ciudad y con participación acreditada en

dispositivos y/o acciones de mejora de su ocupabilidad.

Cuantía máxima:

10.000 € para los supuestos 1 y 3.

12.000 € para los supuestos 2 y 4.

06/11/2017

a 31/12/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ceuta:

Subvenciones a la contratación indefinida y

a la transformación de contratos

temporales en indefinidos.

Ayudas para la generación de contratos indefinidos y transformación de contratos

temporales en indefinidos.

LINEA I: La contratación indefinida de los trabajadores pertenecientes a los

colectivos desfavorecidos o muy desfavorecidos o discapacitados, siempre que la

persona contratada por la empresa se encuentren en situación de desempleo.

Ayuda máxima entre 4.500 € y 6.300 €, según grupo de cotización.

LINEA II: La transformación de contratos temporales en contratos indefinidos de

los trabajadores pertenecientes a los colectivos desfavorecidos o muy

desfavorecidos o discapacitados.

Ayuda máxima entre 9.100 € y 12.700 €, según grupo de cotización.

El empleo indefinido ha de ser mantenido durante un mínimo de 3 años para ambas

líneas de ayuda.

Se entiende por "trabajador desfavorecido" a toda persona que:

a) no haya tenido un empleo fijo remunerado en los seis meses anteriores, o

b) tenga entre 15 y 24 años, o

c) no cuente con cualificaciones educativas de formación secundaria o profesional

superior (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación), o haya finalizado

su educación a tiempo completo en los dos años anteriores y no haya tenido antes

un primer empleo fijo remunerado,

d) tenga más de 50 años,

e) sea un adulto que viva como soltero y del que dependan una o más personas.

Se entiende por "trabajador muy desfavorecido a toda persona que

a) no haya tenido un empleo fijo remunerado durante al menos 24 meses, o

b) no haya tenido un empleo fijo remunerado durante al menos 12 meses y

pertenezca a una de las categorías "b) a e)" mencionadas en la definición de

"trabajador desfavorecido".

21/12/2017

a 20/02/2018

(último plazo

previsto)

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones públicas destinadas a

fomentar el empleo de jóvenes con un

periodo mínimo de permanencia programa

operativo de empleo juvenil 2014-2020

Subvenciones destinadas a la contratación por parte de las empresas beneficiarias,

por un período mínimo de permanencia de 6 meses y a jornada completa, a jóvenes

identificado/as en el SNGJ.

Se subvencionará con un importe de 4.953 euros cada contrato laboral celebrado.

Periodos bimensuales:

21/12/2017

a 20/02/2018

(21/02/2018

a 20/04/2018)

(21/04/2018

a 20/06/2018)

(21/06/2018

a 20/08/2018)

Comunidad de Madrid:

Subvención para la contratación

indefinida, en especial de mayores de 45

años y mujeres con especiales dificultades

de inserción

Procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Incentivos

para la contratación indefinida, en especial de mayores de 45 años y mujeres con

especiales dificultades de inserción.

Ayuda entre 2.500 € y 3.500 €, según colectivo al que pertenezca la persona

contratada.

Abierta, pero

acotada a

un mes desde alta

en seguridad

social

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones para la contratación de

jóvenes inscritos en el fichero del Sistema

Nacional de Garantía Juvenil

Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo

Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil para la contratación de

jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el

ámbito de la Comunidad de Madrid.

Los jóvenes que sean contratados por las empresas, deberán cumplir los siguientes

requisitos:

a) Ser menor de 30 años.

b) Tener residencia en la Comunidad de Madrid.

c) Figurar como persona inscrita, en situación de beneficiaria, en el Fichero del

Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas: los jóvenes contratados

deberán estar en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un

título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos

oficialmente reconocidos como equivalentes

Programa de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje: los

jóvenes contratados deberán carecer de la cualificación profesional reconocida por

el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo

requerida para concertar un contrato en prácticas

La ayuda será de:

5.500 € para contrato en prácticas a tiempo completo por un mínimo de 12

meses.

4.300 € para contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por un

mínimo de 12 meses.

5.500 € para contrato indefinido a tiempo completo por un periodo mínimo

de 12 meses.

Las cuantías se incrementarán en 500 € en el caso de que los jóvenes contratados

sean mujeres.

Abierta, pero

acotada a un mes

desde alta en

seguridad

social

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones destinadas al fomento del

empleo para personas con discapacidad

Subvenciones destinadas a incentivar la contratación indefinida de trabajadores con

discapacidad inscritos como desempleados en las Oficinas de Empleo, así como la

adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de

protección personal con el objeto de favorecer su integración labor.

Se financia tanto la contratación inicial indefinida, como la transformación de

contratación temporal en indefinida, así como los costes de adaptación de los

puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios para

evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o para

eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los

trabajadores con discapacidad.

En ambos casos, las empresas beneficiarias deberán contar con un informe

favorable sobre la adecuación del puesto al grado de discapacidad, solicitado de

oficio por la por la Dirección General de Empleo.

Abierto pero acotado a

Tres meses tras alta del

trabajador en la

Seguridad Social con límite 1 de noviembre

de cada

ejercicio

Comunidad Valenciana

En el momento de publicación de este documento no hay convocatorias abiertas. Se pueden consultar las posibles convocatorias que se vayan publicando

aquí.

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Extremadura:

Ayudas a la contratación en prácticas y su

transformación en indefinidos

Subvenciones destinadas a fomentar la contratación en prácticas y su

transformación en contratación indefinida de personas jóvenes con titulación en la

Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante dos programas de subvenciones:

Programa I: Ayudas a la contratación en prácticas de personas jóvenes tituladas

universitarias o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior,

o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.

Programa II: Ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en

prácticas subvencionados en el Programa I.

22/09/2017 a

21/09/2018

Ayudas para el fomento de la Igualdad de

Género en el Empleo

Subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante tres programas de subvenciones:

Programa I: Ayudas destinadas a promover la contratación indefinida de mujeres en

empleos masculinizados, entendiendo por tales los relacionados en el Anexo IV de la normativa.

Programa II: Ayudas para la transformación de contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.

Programa III: Ayudas para la contratación indefinida de mujeres que lleven más de

24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.

Ayuda máxima:

Programas I y III: 9.000 € para jornada completa.

Programa II: según si jornada parcial de contrato inicial

o ≤ 50% de jornada completa: 4.000 € o > 50% y ≤ 75% jornada completa: 3.000 €.

22/09/2017 a

21/09/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ayudas a la contratación de la EOI dentro

del Programa Operativo de Empleo Juvenil

(POEJ) del Fondo Social Europeo.

Convocatoria “Empresas de cualquier

sector en Extremadura”.

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector con

sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que

contraten jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, inscritos en

el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que hayan participado en una

acción formativa desarrollado por EOI en el marco del POEJ.

El importe máximo de la ayuda es de 5.000 €, hasta un máximo del 90% de los

costes laborales.

07/01/2018 a

06/02/2018

Programa I: Ayudas al establecimiento de

personas desempleadas como trabajadoras

autónomas

Ayudas dirigidas para:

personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajador

por cuenta propia a título individual siempre que deban quedar encuadrados en

el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

personas trabajadoras autónomas económicamente dependiente a los que se

refiere el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto

del trabajador autónomo, en los términos establecidos en el artículo 9.1.h

profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la

incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el

Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades

sin personalidad jurídica, formando parte como comunero o socios y se den de

alta en RETA.

01/06/2017 a

31/03/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Galicia:

Ayudas a los proyectos de inversión

empresarial, cofinanciadas por el Fondo

Europeo de Desarrollo Regional, en el

marco del programa operativo FEDER

Galicia 2014-2020.

Línea de ayuda a inversiones generadoras de empleo: ayudas dirigidas a pymes

para la realización de proyectos de inversiones generadores de empleo para la

creación de un nuevo establecimiento o la ampliación de capacidad, que cumplan

una serie de condiciones.

Ampliado hasta

28/03/2018 o fin de crédito

Iniciativas de empleo de base tecnológica

(IEBT)

Las empresas calificadas como IEBT podrán solicitar las siguientes modalidades de

ayudas:

Subvención a la creación directa de empleo estable.

Subvención para la contratación de personal técnico de alta cualificación. Se

establecerá una cuantía máxima por proyecto y se calculará en atención a los

costes laborales totales.

c) Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad. La cuantía de la

ayuda se fijará en un porcentaje del coste con un límite máximo variable en

atención al número de puestos de trabajo.

Para poder acceder a las distintas líneas de ayudas se deberá crear empleo estable

para personas desempleadas.

27/01/2018 a 01/10/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Programa II de ayudas a personas

trabajadoras autónomas por la

contratación indefinida de personas

asalariadas.

Las ayudas consisten en incentivos a la contratación indefinida inicial de personas

desempleadas realizadas por personas trabajadoras autónomas o personas

profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas:

las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera

contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de

actividad.

las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la

segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres

primeros años de actividad.

27/01/2018 a 30/09/2018

Ayudas a la contratación de la EOI dentro

del Programa Operativo de Empleo Juvenil

(POEJ) del Fondo Social Europeo.

Convocatoria “Empresas de cualquier

sector en Galicia”.

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector con

sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia, que

contraten jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, inscritos en

el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que hayan participado en una

acción formativa desarrollado por EOI en el marco del POEJ.

El importe máximo de la ayuda es de 4.000 €, hasta un máximo del 90% de los

costes laborales.

20/01/2018 a

19/02/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

La Rioja:

Ayudas al fomento de la contratación de

jóvenes desempleados (Cheque joven)

Ayudas dirigidas a empresas, con el centro de trabajo donde se vaya a desarrollar

el puesto de trabajo objeto de subvención ubicado en la Comunidad Autónoma de

La Rioja.

Las subvenciones se destinarán a la contratación de jóvenes menores de 30 años

que deberán haberse incorporado al Programa Cheque Joven conforme a lo

dispuesto en la normativa reguladora, con una duración mínima del contrato para

poder ser subvencionado de doce meses, pudiendo ser subvencionado hasta un

máximo de veinticuatro meses, si se mantiene al trabajador contratado.

La cuantía de ayuda dependerá del grupo de cotización.

Abierta

Ayudas al fomento de la contratación de

trabajadores en sustitución de aquellos

otros que ejercitan el derecho de

excedencia para el cuidado de hijos

Ayudas para empresas con sede en La Rioja dirigidas al fomento de la contratación

de trabajadores en sustitución de aquellos otros que ejercitan el derecho de

excedencia para el cuidado de hijos.

Los trabajadores por cuya contratación se solicite subvención deberán encontrarse

desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Riojano de

Empleo hasta la fecha de la contratación.

Abierta pero

acotada a un mes tras

firma de contrato.

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ayudas al fomento de la contratación de

mayores de 45 años desempleados

(Programa Cheque Senior)

Ayudas dirigidas a empresas, con el centro de trabajo donde se vaya a desarrollar

el puesto de trabajo objeto de subvención ubicado en la Comunidad Autónoma de

La Rioja.

Las subvenciones se destinan a la contratación de personas mayores de 45 años

que deberán haberse incorporado al Programa Cheque Sénior, manteniendo las

condiciones iniciales en el momento de ser contratados:

Tener más de 45 años en el momento de solicitar su incorporación al Programa

Cheque Sénior.

Estar desempleado e inscrito en las oficinas de empleo de la Comunidad

Autónoma de La Rioja durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha

de presentación de la solicitud.

Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma

de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.

La duración mínima del contrato para poder ser subvencionado de doce meses,

pudiendo ser subvencionado hasta un máximo de veinticuatro meses, si se

mantiene al trabajador contratado.

La cuantía de ayuda dependerá del grupo de cotización.

Se establece un incentivo económico, que se sumará a la subvención máxima

concedida si el contrato subvencionado es indefinido, o se convierte en indefinido

una vez cumplidos los primeros 24 meses, y se mantiene como tal de forma

ininterrumpida hasta cumplir los 36 meses de antigüedad.

Abierta

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ayudas a la Contratación estable en

Empresas de base tecnológica

Ayuda para empresas de Base Tecnológica que dispongan de un proyecto a realizar

en un periodo máximo de cinco años, que suponga la creación de empleo estable,

contraten con carácter indefinido y a jornada completa o a tiempo parcial, a un

mínimo de 10 trabajadores durante cada uno de los años que dure el proyecto.

Los trabajadores por cuya contratación se solicite la subvención deberán

encontrarse desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio

Riojano de Empleo cumpliendo, además, al menos el 60% de las personas cuya

contratación se subvenciona, alguna de las siguientes condiciones:

menores o iguales de 25 años que hayan permanecido inscritos al menos, los 3

meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.

mayores de 25 años y menores de 45 años que hayan permanecido inscritos al

menos, los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.

mayores o iguales de 45 años que hayan permanecido inscritos al menos, los 3

meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.

mujeres.

colectivos en situación o riesgo de exclusión. Esta situación vendrá determinada

por la participación en un proceso individualizado de inserción sociolaboral y se

acreditará por los Servicios Sociales del primer nivel.

La edad y condiciones del trabajador a tener en cuenta, a efecto de las

contrataciones, será la que tenga el trabajador en el momento de la formalización

del contrato indefinido.

Abierta, pero la

solicitud debe ser

anterior a la fecha de la

contratación indefinida.

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones al fomento del empleo de

trabajadores con discapacidad

Solicitar trabajadores a la Oficina de empleo mediante la correspondiente oferta de

empleo;

Que el puesto de trabajo sea adecuado a la discapacidad del trabajador con

dictamen de aptitud, y se mantenga durante al menos tres años;

En caso de solicitar ayuda por la adaptación del puesto de trabajo o de dotación de

equipos de protección personal o de eliminación de barreras previo dictamen

emitido por la Inspección de trabajo;

Las empresas deben estar de alta en el impuesto de actividades económicas y al

corriente de sus obligaciones tributarias (con la Agencia Tributaria Estatal y con la

Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja) y con la Seguridad Social.

Abierta pero se debe notificar

contrato tras 10 días hábiles de

subvención.

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Navarra:

Subvenciones para el fomento de la

contratación de personas desempleadas

menores de 30 años en empresas de las

áreas económicas prioritarias de la

Estrategia de Especialización Inteligente

Ayuda dirigida a empresas cuya actividad se desarrolla en alguna de las áreas

económicas prioritarias determinadas por la estrategia de especialización inteligente

(automoción y mecatrónica, cadena alimentaria, energías renovables y recursos,

salud, turismo integral e industrias creativas y digitales). Los epígrafes de "división"

(a dos dígitos) de CNAE 2009 correspondientes a dichos sectores son: 20, 21, 22,

23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 30, 33, 35, 38, 39, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 71,

72, 73, 74, 75, 86, 90, 91, 94.

Las empresas deberán tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de

Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra y más de 50 trabajadores en

plantilla.

Las personas contratadas deberán estar desempleadas e inscritas en el Servicio

Navarro de Empleo - Nafar Lansare a la fecha de contrato, tener menos de 30 años,

no haber tenido en los últimos 6 meses un contrato indefinido y no haber trabajado

en la empresa en los 6 meses anteriores.

El período máximo subvencionable será de 12 meses, por las siguientes cuantías:

Contratos suscritos con personas perceptoras de la Renta Garantizada, o

mujeres, cuando el contrato suscrito sea de 12 o más meses: 1.100,00 €/mes

Contratos suscritos con personas perceptoras de la Renta garantizada, o

mujeres, cuando el contrato suscrito sea entre 6 y 12 meses: 1.045,00 €/mes

Contratos suscritos con hombres no perceptores de Renta Garantizada, cuando

el contrato sea de 12 o más meses: 990,00 €/mes

d) Contratos suscritos con hombres no perceptores de Renta Garantizada,

cuando el contrato suscrito sea entre 6 y 12 meses: 935,00 €/mes.

Abierta pero

acotada a un mes

desde firma contrato

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Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones para el fomento de la

contratación en prácticas de jóvenes en

desempleo menores de 30 años

Ayudas dirigidas a fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes

desempleadas menores de 30 años.

Las empresas beneficiarias deberán tener domicilio social y fiscal en la Comunidad

Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.

Los trabajadores contratados deberán:

Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

Estar inscritas en el Registro Nacional de Garantía Juvenil..

Tener una edad inferior a 30 años.

Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:

Titulación universitaria.

Ciclos formativos de Grado Superior (FPII) o Ciclos formativos de Grado

Medio (FP I), siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico

Especialista (FPII) y Técnico Auxiliar (FPI).

Certificado de profesionalidad.

Subvención máxima:

Titulación universitaria: 5.100 euros.

Ciclos formativos de Grado Superior (FPII): 4.350 euros.

c) Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad:

3.600 euros.

Abierta pero acotada a un mes

desde firma contrato

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Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Subvenciones para el fomento de la

contratación de personas perceptoras de

Renta Garantizada

Ayudas dirigidas a empresas que tengan domicilio social y fiscal en la Comunidad

Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra. Y que contraten a

personas que cumplan con:

Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare

Ser perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social

Las cuantías a subvenciona dependerán de la duración del contrato:

3 meses: 600 €/mes para mujeres y 550 €/mes para hombres.

6 meses: 800 €/mes para mujeres y 750 €/mes para hombres.

12 meses: 1.000 €/mes para mujeres y 900 €/mes para hombres.

Abierta pero

acotada a un mes

desde firma contrato

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ayudas a las empresas que contraten con

carácter indefinido a personas con

discapacidad

Ayudas destinadas al fomento de las medidas de tránsito de los trabajadores con

discapacidad desde el empleo en los Centros Especiales de Empleo, al empleo en

empresas del mercado ordinario de trabajo a través de los enclaves laborales

regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, incentivando su

contratación con carácter indefinido.

Se financia la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad y

transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo

celebrados con personas con discapacidad o contratos formativos suscritos con

trabajadores con discapacidad.

El importe de la subvención por contrato indefinido a jornada completa será de:

- 4.000 euros.

- 4.400 euros si es mujer.

- 8.000 euros si es persona con discapacidad con especiales dificultades de acceso

al mercado ordinario de trabajo.

- 8.400 euros si es persona con discapacidad mujer con especiales dificultades de

acceso al mercado ordinario de trabajo.

Se puede complementas con un ayuda para la adaptación del puesto de trabajo del

trabajador con discapacidad por un importe máximo de hasta 1.800 €.

Abierta pero acotada a 3 mes desde

firma contrato o

transformación en

indefinido

Subvenciones para empleo con apoyo de

personas con discapacidad en el mercado

ordinario de trabajo

Ayudas dirigidas a las empresas del mercado ordinario (entre otras entidades) que

promuevan proyectos de empleo con apoyo de personas con discapacidad.

Abierta pero acotada a 3 mes desde

firma contrato

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

País Vasco:

Convocatoria para el año 2018 de ayudas

al retorno juvenil destinadas a la

contratación de personas jóvenes en

centros de trabajo en la CAPV. Subvención

por contratación.

Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que,

durante al menos los últimos 12 meses, no han trabajado ni residido en la CAPV

pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:

- Nacimiento

- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial

- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.

Se establecen dos líneas de ayuda, de las que esta es la primera:

A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas

jóvenes menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.

B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las

personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta

convocatoria.

El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en

todo caso, el 30 de octubre de 2019.

El importe subvencionado depende del tipo de contrato (12 meses o indefinido) y de

la titulación académica o estudios, estando entre 4.800 € y 12.000 €, pudiendo

incrementarse en un 10% si la persona contratada es una mujer.

30/12/2017 a

20/09/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Convocatoria para el año 2018 de ayudas

al retorno juvenil destinadas a la

contratación de personas jóvenes en

centros de trabajo en la CAPV. Subvención

por gastos de desplazamiento a la CAPV

asociados al retorno.

Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que,

durante al menos los últimos 12 meses, no han trabajado ni residido en la CAPV

pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:

- Nacimiento

- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial

- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.

Se establecen dos líneas de ayuda, de las que esta es la segunda:

A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas jóvenes

menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.

B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las

personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta

convocatoria.

Las ayudas por el desplazamiento se concederán, en su caso, previa solicitud y

transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, una vez verificados por Lanbide-

Servicio Vasco de Empleo los datos de identidad y de padrón de la persona

solicitante de la ayuda.

La cuantía de la ayuda por desplazamiento varía en función del lugar desde el que

retornan las personas jóvenes:

- 150 €, desde otra CCAA, siempre que la distancia sea > 300 Km.

- 800 €, desde otro Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo y Suiza.

- 1.000 €, desde otros países del mundo.

30/12/2017 a

10/11/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Medidas de conciliación de la vida familiar

y laboral. 2018.

Ayudas dirigidas para favorecer la implantación de medidas de conciliación. Se

subvencionará:

- la contratación de personas inscritas como desempleadas, para sustituir a

personas trabajadoras que se hayan acogido a una excedencia o reducción de

jornada para el cuidado de hijos/as, y familiares en situación de dependencia o

extrema gravedad sanitaria.

- la ampliación de la jornada laboral de una persona ya contratada a tiempo

parcial para cubrir puesto de otra en excedencia o con reducción de jornada.

08/06/2017

a 31/12/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Ayudas al contrato de relevo. 2018.

Ayudas para los contratos de relevo (destinados a cubrir puesto de persona que

accede a la jubilación parcial), para centros de trabajo en la CAPV.

Los contratos serán a jornada completa y por tiempo indefinido, con retribución

anual bruta de la persona relevista ≥ 12.000 €, y deben haberse iniciado a partir

del 21/12/2017.

La persona relevista debe pertenecer a alguno de estos colectivos:

- < 30 años, inscrita en Lanbide y desempleada en la fecha de inicio del contrato,

que haya mantenido situación de alta al menos 180 días en los 9 meses previos.

- < 30 años, con contrato en prácticas o para la formación y el aprendizaje, o

desarrolle un periodo de prácticas no laborales reguladas en el Real Decreto

1543/2011, y que pase a ser relevista dentro del periodo establecido de vigencia

de dicho contrato o prácticas no laborales, o al día siguiente de su finalización.

- < 30 años, con contrato de duración determinada con la empresa (*).

- Persona trabajadora de la empresa, en el caso de que en esta exista un acuerdo

previo para la sustitución de las jubilaciones parciales mediante contrato de

relevo con personas en activo en la misma (*).

(*) Con obligación de contratación adicional de persona que cumpla uno de los dos

primeros supuestos anteriores.

La subvención será por una cuantía de 6.000 €.

30/12/2017 a

19/10/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Convocatoria de subvenciones para el año

2017 para la formación y contratación de

jóvenes en situación de desempleo en el

marco del Programa Operativo de Empleo

Juvenil 2014-2020. (Contratación)

Ayudas destinadas a la financiación de proyectos que combinen formación y

contratación, a desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco,

dirigidos a jóvenes en situación de desempleo, en el marco del Programa Operativo

de Empleo Juvenil 2014-2020.

Se subvencionan los contratos de trabajo celebrados a jornada completa con el

alumnado de las acciones formativas previamente subvencionadas.

El período subvencionable máximo serán los 6 primeros meses de contrato,

independientemente de que la duración de la contratación sea superior, y siempre y

cuando dicho período se haya cubierto a fecha 31 de Agosto de 2018. La ayuda

máxima será de:

Proyectos de formación previa con compromiso de contratación:

o 6.000 € / contrato

o 4.950 € / contrato

Para proyectos de formación dual: 3.500 € / contrato.

01/01/2018 a

15/09/2018

Landhome 2018 - Ayudas a empresas

radicadas en la CAPV para la contratación

de repatriados vascos.

Ayudas destinadas a que las empresas de la CAPV adapten sus organizaciones y

posibiliten el retorno de profesionales; directivos y técnicos, experimentados en el

exterior.

Las empresas deberán ofertar y formalizar un contrato laboral de carácter indefinido

(plazo no inferior a 4 años) para cubrir un puesto de nivel directivo o de técnico

superior, y contar con un plan de internacionalización vigente.

La subvención cubre una parte del coste salarial bruto del primer año de vigencia

del correspondiente contrato laboral.

15/01/2018 a

31/10/2018

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III:

Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo

Región de Murcia:

Contratación indefinida de trabajadores

discapacitados

Ayudas destinadas a que las empresas del mercado ordinario de trabajo con centro

de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia contraten de forma

indefinida a trabajadores con discapacidad. Abierto

Ayudas a la contratación de la EOI en el marco del POEJ a nivel Regional

En el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinado a todas las regiones de España, y con la financiación del Programa

Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) del Fondo Social Europeo, la Escuela de Organización Industrial (EOI) en calidad de Organismo

Intermedio tiene previsto convocar ayudas a la contratación para las empresas.

En el momento de la edición de este documento se encuentran abiertas convocatorias para Extremadura y Galicia.

Existe previsión de publicación de nuevas convocatorias por parte de la EOI dentro del periodo 2014-2020.

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Parte IV: Recopilación de normativa

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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en

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Última

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publicada

Estatuto de los trabajadores

RD LEG 2/2015

Norma básica que regula el empleo por cuenta ajena en España.

El último texto en vigor es el recogido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

BOE nº 255, de 24/10/2015 13/11/2015 13/05/2017

Estatuto del trabajador autónomo

Ley 20/2007

Norma básica que regula el empleo por cuenta propia en España.

Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

BOE nº 166, de 12/07/2007 12/10/2007 25/10/2017

RD 1451/1983

Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.

BOE nº 133, de 04/06/1983 05/06/1983 07/07/2012

Ley 19/1994 Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

BOE nº 161, de 07/07/1994 08/07/1994 28/06/2017

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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en

vigor

Última

actualización

publicada

RDL 11/1998

Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento.

BOE nº 213, de 05/09/1998 06/09/1998 23/03/2007

Ley 12/2001

Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.

BOE nº 164, de 10/07/2001 11/07/2001 31/10/2015

Ley 45/2002

Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

BOE nº 298, de 13/12/2002 14/12/2002 31/10/2015

Ley 40/2003 Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

BOE nº 277, de 19/11/2003 09/12/2003 29/07/2015

LO 1/2004

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

BOE nº 313, de 29/12/2004 28/01/2005 06/10/2015

Ley 43/2006 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

BOE nº 312, de 30/12/2006 31/12/2006 24/10/2015

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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en

vigor

Última

actualización

publicada

Ley 44/2007

Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

BOE nº 299, de 14/12/2007 13/01/2008 29/12/2012

Resolución de 16 de enero de 2008

Resolución de 16 de enero de 2008, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se imparten directrices para la tramitación de los actos de encuadramiento en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

BOE nº 27, de 31/01/2008 01/01/2008 31/01/2008

Ley 51/2007 y posteriores

Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

BOE nº 310, de 27/12/2007 01/01/2008 31/05/2016

Ley 2/2008 y posteriores Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.

BOE nº 309, de 24/12/2008 01/01/2009 10/04/2014

RD 197/2009

Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.

BOE nº 54, de 04/03/2009 05/03/2009 04/03/2009

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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en

vigor

Última

actualización

publicada

Resolución de 18 de marzo de 2018

Resolución de 18 de marzo de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para el registro de los contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

BOE nº 82, de 04/04/2009 05/04/2009 04/04/2009

RD 1613/2010

Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal y se establece la composición y régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo.

BOE nº 315, de 28/12/2010 29/12/2010 10/09/2015

Orden TIN/449/2011

Orden TIN/449/2011, de 1 de marzo, por la que se publica la convocatoria cuatrienal para la determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal.

BOE nº 54, de 04/03/2011 05/03/2011 04/03/2011

Ley 14/2011 Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

BOE nº 131, de 02/06/2011 02/12/2011 07/10/2017

Ley 27/2011

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

BOE nº 184, de 02/08/2011 01/01/2013 31/10/2015

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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en

vigor

Última

actualización

publicada

Ley 31/2011

Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.

BOE nº 240, de 5/10/2011 06/10/2011 05/10/2011

RDL 18/2011

Real Decreto-ley 18/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y se establecen medidas de Seguridad Social para las personas trabajadoras afectadas por la crisis de la bacteria "E.coli".

BOE nº 279, de 19/11/2011 19/11/2011 19/11/2011

Ley 3/2012 Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

BOE nº 162, de 07/07/2012 08/07/2012 28/06/2017

Ley 17/2012

Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

BOE nº 312, de 28/12/2012 01/01/2013 28/06/2017

RDL 4/2013

Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

BOE nº 47, de 23/02/2013 24/02/2013 07/04/2017

Ley 11/2013

Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

BOE nº 179, de 27/07/2013 28/07/2013 10/09/2015

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Ley 14/2013 Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

BOE nº 233, de 28/09/2013 29/09/2013 29/07/2015

RDL 16/2013

Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.

BOE nº 305, de 21/12/2013 22/12/2013 31/10/2015

RDL 3/2014

Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.

BOE nº 52, de 01/03/2014 02/03/2014 30/12/2014

RD 475/2014

Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador

BOE nº 144, de 14/06/2014 14/09/2014 14/06/2014

RDL 17/2014

Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.

BOE nº 315, de 30/12/2014 31/12/2014 30/12/2014

Ley 36/2014 Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año

BOE nº 315, de 30/12/2014 01/01/2015 28/06/2017

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Orden ESS/86/2015

Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

BOE nº 27, de 31/01/2015 01/02/2015 31/01/2015

Ley 31/2015

Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.

BOE nº 217, de 10/09/2015 11/09/2015 10/09/2015

RD Leg 8/2015

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

BOE nº 261, de 31/10/2015 02/01/2016 25/10/2017

RDL 6/2016

Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

BOE nº 310, de 24/12/2016 25/12/2016 24/12/2016

Ley 3/2017 Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

BOE nº 153, de 28/06/2017 29/06/2017 28/06/2017

Ley 6/2017 Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

BOE nº 257, de 25/10/2017 26/10/2017 25/10/2017