argumentos voto nulo
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Jaime Méndez Verónica Alejandra
Taller de Redacción
Fecha: 25 de mayo de 2015
¿Sirve de algo anular el voto?, piénsalo antes de decidir
El siguiente trabajo trata sobre el “voto blanco” o voto nulo. Expondrá las
consecuencias obtenidas de la anulación del voto a nivel jurídico. Buscará
comprobar que no es factible esta práctica. Desmentirá la creencia sobre afectar a
los partidos políticos a través de la demostración de cómo sí son tomados en
cuenta estos votos. Al final, se ofrecerá una solución alternativa a la anulación del
voto. La alternativa se sugiere para ponerla en práctica, pues el lector entenderá
que la anulación del voto no es efectiva para expresar inconformidad o suplantar la
indecisión electoral.
Dentro del marco de las elecciones representativas que se realizarán el día 7 de
junio del 2015 en México, surge la polémica de la anulación del voto. Cada
ciudadano tiene derecho a elegir si vota o no. Al mismo tiempo, tiene la obligación
como ciudadano a efectuarlo de acuerdo con la Constitución Mexicana.1 Hay
electores que dudan sobre desistir de su voto por creer que su acción afectará a
los partidos políticos o por la creencia de que los votos no son tomados en
cuenta2. Sin embargo, parto de la hipótesis de que la anulación del voto no es
recomendable, pues otorga fuerza política a los partidos y sí tiene efectos a nivel
jurídico en el proceso electoral.
Mexicanos que son figuras públicas y/o líderes de opinión (el poeta Javier Sicilia,
las periodistas Lydia Cacho y Denise Dresser, el especialista José Antonio
Crespo, entre otros) convocan a la ciudadanía para que anulen su voto. La razón
es manifestar el descontento hacía los políticos y los partidos. Parten de la
1 Artículo 7, numeral 4: Es derecho y obligación de los ciudadanos, votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, en los términos que determine la ley de la materia y en los procesos de participación ciudadana que estén previstos en la legislación correspondiente. 2 De acuerdo con la encuesta realizada en marzo de 2015 por Grupo Reforma hay un 21% de indecisos y 6% de analistas.
premisa de que todos los políticos y partidos son iguales y tienen la culpa de la
situación del país. José Antonio Crespo3, justifica la acción diciendo que anular el
voto sirve para: “generar una fuerte presión ciudadana para orillar a los partidos a
aceptar reformas que limiten sus privilegios y fortalezcan políticamente a los
ciudadanos. O, en el peor de los casos, hacer patente a los partidos el grado de
inconformidad existente, en lugar de hacerles ver que estamos muy contentos y
satisfechos con su desempeño y sus privilegios” (Crespo, 2009, citado por
Vázquez 2012).
No funciona así, menos con los partidos fuertes. Al anular el voto se otorga más
poder a los partidos políticos en aspectos como lugares de representación en el
congreso y financiamientos económicos. ¿Cómo se logra fortalecer a los partidos
mediante el voto nulo? Armando Luna4 (2015) esclarece la respuesta ubicándola
en los artículos 41, párrafo segundo, fracciones I y II, y 54, fracción II y III de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); también los
artículos 15, numeral 1 y 2, y 21 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales (LEGIPE), y el artículo 94, numeral 1, incisos b) y c) de
la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).
Primero consideremos los tipos de votación que la ley admite. Según la LEGIPE
(2014: 6-8) existen tres tipos de voto:
1) Votación total emitida: todos los votos en las urnas.
2) Votación válida emitida: el resultado de restar los votos nulos y por candidatos
no registrados a la votación total emitida.
3) Votación nacional emitida: resultado de restar los votos de los partidos que no
alcanzan registro en la votación válida, los votos de candidatos independientes y
los votos nulos al total de la votación emitida.
3 Es Doctor en Historia por la Universidad Iberoamericana, profesor e investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas, entre sus investigaciones tiene análisis de campañas y elecciones, cultura política y democratización, Instituciones electorales en América Latina, opinión pública, partidos políticos y sociología de los experimentos democráticos latinoamericanos.4 Politólogo por la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en la Universidad Nacional Autónoma de México, experto en teoría política.
Esto demuestra estadísticamente que el voto nulo supone una función cuantitativa
en la elección. Es falso decir que no se consideran para el proceso. El voto nulo va
a tener tres efectos jurídicos. El primero de ellos consiste en privarlo de efectos, es
decir, no se contabiliza a favor de ningún candidato, entonces de este efecto
devienen los siguientes dos. La ley produce una enredadera de disposiciones que
analizadas, permiten encontrar que el voto nulo si tendrá repercusión a favor de
los partidos principales, que son los que tienen la representación mayor.
El segundo efecto se relaciona con la posibilidad de que se realice un nuevo
conteo de los votos recibidos, en todo el distrito electoral correspondiente, cuando
el número de votos nulos sea mayor a la diferencia de sufragios entre los
candidatos ubicados en el primer y segundo lugar de la votación. En este punto,
quienes promueven la anulación del voto encontrarían un sustento para su
postura; sin embargo, convocar a nuevos conteos supone repetir el proceso de
acuerdo a las leyes, donde los votos nulos serán descartados hasta obtener un
resultado en función de los partidos registrados. Lo anterior porque la ley busca
que haya votos para legitimar la elección.
Y en tercer lugar, indirectamente el voto nulo cuenta en la determinación para que
un partido conserva su registro. Los partidos políticos nacionales y locales deben
obtener en la elección inmediata anterior —federal o local respectivamente—
mínimo el 3% de la votación válida emitida para mantener el registro y acceder al
financiamiento público.5
Recuperando la noción de votación válida emitida, la votación nula resulta ineficaz
en la búsqueda de afectación a los partidos porque los cálculos los omiten. Sólo
cuentan para destituir a los partidos que buscan registro y funcionan en la
contabilización que dará sustento al reparto de presupuesto que recibirán los
partidos con más votantes.
Del total obtenido de la votación válida, el 70% del dinero se reparte según el
porcentaje obtenido de votación, el resto es distribuido equitativamente. A parte,
5 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 41, fracción I, párrafo 4 y fracción II.
cuando se considera sólo la votación nacional emitida, los partidos políticos
aumentan proporcionalmente su porcentaje de votación obtenido. Lo podemos ver
ejemplificado con las elecciones presidenciales del 2012. Enrique Peña Nieto ganó
con el 38,2% (“Resultados, ganadores y perdedores. Elecciones 2012”, 2012),
pero sólo de un 62% de la población votante que se convirtió en un nuevo 100%.
Lo que ocurrió fue que al obtener el total de votación nacional emitida, todos los
votos nulos, redujeron el marco contable y crearon un nuevo 100%, que aumento
el porcentaje de Peña Nieto y los demás candidatos.
El voto nulo supone legitimar el sistema de partidos, pues ofrece más porcentaje
de electorado al final del conteo. Por consecuencia, si tienen más porcentaje,
reciben más financiamiento –que es público, pues se obtiene de los impuestos-.
En lugar de perjudicarlos, les beneficia. No funciona la anulación del voto como
protesta en los términos jurídicos de la elección.
Ciertamente los partidos políticos no ofrecen razones para que votes por ellos
pues tienen antecedentes de corrupción derivado de los escándalos y delitos
cometidos por sus militantes6, además que no han dado soluciones eficaces a las
demandas de la sociedad. Sus propuestas recaen en lo mismo que ya es vigente y
sus spots contienen ataques entre sí. Por otro lado, la oferta de candidatos
independientes es escasa y pareciera que no hay de dónde elegir. A pesar de
esto, sólo efectuando el voto podemos afectar a los partidos si es lo que se busca
en el sentido de protesta, ya vimos que la anulación tiene efectos inclinados más a
favorecerlos y que perjudica a partidos jóvenes que buscan mantener registro y a
los candidatos independientes.
Una alternativa para el voto nulo como protesta es la actuación a nivel jurídico:
votar por candidatos independientes u organizarse entre ciudadanos para
proponer candidatos propios (desde la localidad postular a un candidato
independiente distinto a los que ya estén registrados). La alternativa funcionaría
6 Noticiarios, periódicos y revistas han publicado estos escándalos y delitos, por ejemplo: el caso del ex perredista José Luis Abarca detenido por la desaparición de los 43 estudiantes en el municipio de Ayotzinapa; los escándalos sexuales de los diputados de Luis A. Villareal y Jorge Villalobos, diputados del Partido Acción Nacional; “La Casa Blanca” de la primera dama Angélica Rivera, etcétera.
porque aumenta la cantidad de candidatos a elegir, por lo tanto la votación válida
se fragmentaría cuantitativamente y disminuye el porcentaje de votos en favor de
los partidos mayores. De esta manera se afecta su número de representantes en
el congreso, se reduce su financiamiento y los advierte sobre el creciente
descontento de los ciudadanos. La advertencia sería un llamado de atención por
parte de una sociedad más unida y organizada que ya no es pasiva políticamente
y adquiere capacidad para cambiar los elementos dentro del sistema político y
electoral. Por eso votar y fraccionar los porcentajes de los partidos que ya
conocemos influye para hacer cambios efectuados mediante las condiciones de
los propios sistemas. Creer en nosotros como agentes de cambio es el primer
paso para lograrlo.
Referencias:
Canal Trans. (2012). Resultados, ganadores y perdedores. Elecciones 2012.
Recuperado de: http://www.canaltrans.com/2012/elecciones-mexico-2012.html
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2014). Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales. México: Autor. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPE_100914.pdf
Forbes. (2015, Mayo 27). Voto nulo, ¿Qué opinan los expertos? En Forbes.
Recuperado de: http://www.forbes.com.mx/voto-nulo-que-opinan-los-expertos/
Las Tres y Un Cuarto. (2009). Periodistas a favor del voto nulo. Recuperado de
https://lastresyuncuarto.wordpress.com/tag/periodistas-a-favor-del-voto-nulo/
Luna Franco, A. (2015, Abril 15). El problema del voto nulo. En Animal Político.
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---- (2015, Abril 22). Por qué sí votar sin anular el voto. En Animal Político.
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http://www.animalpolitico.com/blogueros-blog-invitado/2015/04/22/por-que-si-votar-
sin-anular-el-voto/
López, M.A. (2015, Mayo 27). Teoría y práctica del voto nulo. En Animal Político.
Recuperado de: http://www.animalpolitico.com/blogueros-la-cuadratura-del-
circulo/2015/05/27/teoria-y-practica-del-voto-nulo/
Secretaría de Relaciones Exteriores. (2014). Reforma político electoral. En Boletín
Informativo de la Dirección General de Derechos Humanos y Democracia. México.
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http://consulmex.sre.gob.mx/frankfurt/images/stories/pdf/Boletines/boletin64.pdf
Vázquez, J.L. (2012). Cuadernos para el debate proceso electoral federal 2011-
2012. El voto nulo (y el voto en blanco) [PDF]. México: Instituto Federal Electoral.