análisis del pndh de ecuador
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Análisis Del Pndh de EcuadorTRANSCRIPT
ANÁLISIS DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS DE ECUADOR
DECRETADO EN EL AÑO DE 1998
1. CONTEXTUALIZACIÓN DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS DE
ECUADOR.
1.1. Contexto político.
Son tres elementos los que enmarcan el contexto de la Constitución Política de la República
de Ecuador del 5 Junio de 1998 y por ende de su Plan Nacional de Derechos Humanos
(PNDH)emitido el 18 de Junio del mismo año: la crisis política y económica, que como
consecuencia conexa trajo una crisis social.
En relación a la crisis política podemos destacar problemas tales como la fragmentación de
los partidos, la persistencia de lazos clientelares, las pugnas entre las funciones ejecutiva y
legislativa 1990, las cuales parecían solucionables mediante reformas constitucionales que
apuntalaran la gobernabilidad, ya que se consideraba que elevando el perfil del ejecutivo por
medio del reforzamiento del presidencialismo, y bajando el perfil del legislativo, se podía
centralizar el poder y manejar las demandas y problemas que surgieron con el ajuste
estructural. No obstante, contrario a lo pensado el Congreso se convirtió en un escenario de
tráfico de influencias particulares y corporativas, sin ejercer debidamente sus funciones,
anulando su capacidad de representar a la sociedad y de generar consensos, lo que ocasionó
el surgimiento de nuevos movimientos políticos “independientes” principalmente indígenas,
que buscaban compartir el poder y expresarse directamente en el escenario político
institucional. (Ortiz, Santiago: 2008: s/p)
Dichas problemáticas son observables, en el contenido de la constitución de 1998, la cual
paradójicamente tuvo una posición dual, ya que en su momento fue una de las más
avanzadas de América Latina en relación con el reconocimiento de los derechos individuales
y colectivos, pero al mismo tiempo introdujo una serie de elementos propios del modelo de
libre mercado, sin asegurar la equidad social. (Ortiz, Santiago: 2008: s/p)
Lo anterior, se puede sintetizar de la siguiente forma:
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Avanzó en materia de derechos y garantías de los derechos de tercera y cuarta
generación, reproduciendo una serie de preceptos que provenían de otras
constituciones del siglo XX.
Contiene un amplio capítulo sobre los pueblos indígenas y afroecuatorianos, a
quienes reconoce su derecho sobre las tierras ancestrales, sus formas tradicionales de
organización y relaciones comunitarias, el patrimonio histórico, sus conocimientos,
educación y administración de justicia indígena, respetando la ley.
Incorpora la protección del medio ambiente con participación de la comunidad.
Asegura la defensa del consumidor, el hábeas data, el amparo y la defensoría del
pueblo.
Consagró el neoliberalismo.
Abandonó el concepto de “áreas de explotación reservadas al Estado” que tuvo la
Constitución de 1979, viabilizando los procesos privatizadores de los recursos del
subsuelo, servicios de agua potable, energía eléctrica, comunicaciones y empresas
estratégicas, que consideró factibles de concesión. (Paz, Juan: 2008: s/p)
No obstante, si bien la constitución de 1998 ha sido abrogada por la del 28 de
septiembre de 2008, la cual representa un importante avance en materia de derechos
humanos y sus garantías, ya que en ella se desarrollan los derechos de las personas y
grupos de atención prioritaria (art. 35), entre los que se incluye a los adultos mayores,
migrantes, mujeres embarazadas, jóvenes, personas con discapacidad, con enfermedades
catastróficas, privadas de la libertad, usuarias y consumidoras, a la par que desarrolla
derechos sociales y ambientales, tales como, el derecho al agua (art. 12), a la
alimentación y soberanía alimentaria (art. 13), la universalización del derecho a la
seguridad social (art. 34), el derecho a la salud (art. 32), los derechos de la naturaleza
(art. 71). Por lo que respecta a las garantías de los derechos humanos, la Constitución de
2008 fortalece las garantías jurisdiccionales, entre las cuales se encuentra el Amparo, el
Hábeas Corpus y el Hábeas Data, al mismo tiempo que incorpora otras entre las que
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destacan el acceso a la información pública (art. 91), la acción de cumplimiento (art.
93), y el Amparo o Tutela contra sentencias judiciales (arts. 94 y 437), algo que estaba
prohibido expresamente en la Constitución de 1998. Además de las garantías
jurisdiccionales, la Constitución del 2008 considera como garantías de los derechos la
actividad legislativa y en general de producción de normas (art. 84), la realización de
políticas públicas (art. 85) y la participación ciudadana (art. 85 inciso final),
posibilitando interponer acción de protección incluso contra políticas públicas cuando
estas violan los derechos constitucionales (art. 88) (Grijalva, Agustín: 2009)
No obstante el avance en materia de derechos humanos en la Constitución vigente de
Ecuador, el plan Nacional de Derechos Humanos creado desde la visión de la constitución
de 1998, no ha sufrido modificación alguna, por lo que además de quedar totalmente
rebasado por el paradigma constitucional actual, ha dejado de responder a las necesidades
que imperan en la sociedad, siendo esta una de las principales críticas que se le pueden
realizar.
Por lo que respecta a la crisis económica en el Ecuador podemos destacar que entre
1980 y 1997 el crecimiento de la producción, fue lento y errático, ya que el PIB creció a
un ritmo promedio anual de apenas un 2,6%. Así mismo, la inflación, medida por el
índice de precios al consumidor del área urbana, se mantuvo alta de1988 a 1997.
(CEPAL:s/f) La debilidad económica y política ecuatoriana comprometió gravemente
su capacidad de crecimiento, así como también dificultó la puesta en práctica de
políticas sociales que contribuyeran a un mejoramiento sustantivo de las condiciones de
vida de la población ecuatoriana, generando así una crisis social eminente-
1.2. Coyuntura de derechos humanos
No obstante lo anterior, conforme al mismo plan nacional de derechos humanos de
Ecuador de 1998, “la situación de los derechos humanos en el Ecuador en lo que se
refiere a los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales se [deterioró]
sin que el Estado ecuatoriano haya logrado hasta el momento crear condiciones
adecuadas para su pleno ejercicio.” (Ecuador: 1998:1)
1.3. ¿Quién lo aprueba?
Fue decretado por el poder ejecutivo.
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1.4. ¿Qué forma adopta? ¿ley? ¿programa de gobierno?
Adopta la forma de una ley, sin embargo carece de mecanismos que permitan su operación y
sanción.
1.5. ¿Por cuánto tiempo se desarrolla?
No establece.
1.6. ¿Diagnóstico previo?
No hay evidencia de que se haya realizado.
2.- CARACTERÍSTICAS FORMALES DEL PLAN NACIONAL DE DERECHOS
HUMANOS DE ECUADOR.
2.1. Estructura
El PNDH de Ecuador tiene la siguiente estructura:
Considerando
Decreto
o (Artículos 1 a 3)
Derechos Civiles y Políticos
o (Artículos 4 a 5)
Derechos Económicos, Sociales y Culturales
o (Artículos 6 a 7)
Derechos de los Pueblos Indígenas
o (Artículos 8 a 9)
Derechos de los Pueblos afroecuatorianos
o (Artículos 10 a 11)
Derechos Humanos y Medio Ambiente
o (Artículos 12 a 13)
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Derechos Humanos por Grupo de Población
o Derechos de la Familia, de los Niños, Niñas y Adolescentes
o (Artículos 16 a 20)
Derechos de la Mujer
o (Artículos 21 a 23)
Derechos de la Tercera Edad
o (Artículo 24)
Derechos de las Minorías Sexuales
o (Artículos 25 a 26)
Derechos de los Extranjeros y de los Migrantes
o (Artículo 27)
Derechos de los Discapacitados
o (Artículos 28 a 29)
Derechos de los Detenidos
o (Artículo 30)
Seguridad Ciudadana y Seguridad de los Individuos
o (Artículo 31 a 34)
Política Internacional
o (Artículo 35)
Disposiciones Generales
o (Artículo 36 a 39)
2.2. ¿Creación de un comité? ¿Funciones?
Este Plan hace referencia a la creación de una Comisión para el Monitoreo y evaluación:
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“Artículo 37.- Para la evaluación, seguimiento y ajuste de los planes operativos de
Derechos Humanos se organizará una comisión permanente integrada, paritaria y
descentralizadamente, por representantes del Estado y la sociedad civil”
2.3. Extensión (número de páginas)
Once (11) páginas
2.4. Participación de la sociedad civil
El PNDH de Ecuador prevé la participación de la Sociedad Civil en su
institucionalización (art. 1) y ejecución (art. 2), así como para el desarrollo de acciones
específicas para el mejoramiento del sistema de protección de derechos humanos (art. 4)
y la introducción de mecanismos de consulta, participación, control y sanción (art.5, 6,
7, 13 y 35).
2.5. Instituciones involucradas
En su artículo 2 el PNDH de Ecuador establece como responsables de su cumplimiento
y ejecución al poder público y la sociedad civil. Al respecto, cabe destacar que como se
señaló en el apartado anterior, el plan da un papel preponderante en su implementación
y evaluación a la Sociedad Civil. Por lo que hace al poder público, involucra al Poder
Judicial (art. 4 y 5) y Legislativo (5, 7 y 27), en torno a las reformas, planes, programas
y cambios en el sistema legal, de detención, investigación y penitenciario requeridos
para la implementación del PNDH.
3. CONTENIDO SUSTANTIVO
3.1 Temas totales de derechos humanos
El PNDH de Ecuador engloba como temas torales de derechos humanos los que a
continuación se mencionan:
1. Educación en todos los niveles
2. Igualdad
3. Respeto
4. No violencia
5. No discriminación
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6. Cultura
7. Paternidad responsable
8. Acceso al mercado laboral
3.2 Grupos vulnerables:
La regulación en torno al tratamiento que el PNDH de Ecuador prevé para los grupos
vulnerables en torno a su especial condición, puede considerarse divida en dos
apartados: el apartado de Derechos Colectivos y el apartado de Derechos Humanos por
Grupo de Población.
El apartado de Derechos Colectivos prevé como grupos vulnerables y medidas a tomar
las siguientes:
a) Pueblos indígenas
-El reconocimiento de su autonomía con las limitaciones establecidas en la Constitución
y Leyes de la República.
-Garantizar su acceso a todos los niveles y formas de educación del Estado y programas
especiales de becas.
-Erradicar toda discriminación y violencia contra los pueblos indígenas, sus culturas
-Dar cabida a las manifestaciones culturales ancestrales de los pueblos indígenas en la
Casa de la Cultura Ecuatoriana.
b) Pueblos afroecuatorianos
-Mejorar la calidad de vida del pueblo afroecuatoriano
-Lograr la protección efectiva de sus derechos individuales y colectivos por parte del
Gobierno, a través de políticas sociales, económicas y culturales.
Ahora bien, el apartado de Derechos Humanos por Grupo de Población prevé como
grupos vulnerables y medidas a tomar las siguientes:
c) Familia, niños, niñas y adolescentes
-Adoptar medidas especiales para la paternidad responsable,
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-Eliminar el trabajo infantil
-Reglamentar el trabajo de adolescentes
-Promover la formación de grupos sociales que fomenten la comunicación entre la
familia a fin de fortalecer sus rasgos de identidad y orientación ética y social.
d) Mujeres
-Institucionalizar políticas públicas que garanticen los derechos de las mujeres en
materia de salud, educación, empleo, ingresos, participación política, seguridad social,
cultura, comunicación, vida libre de violencia física, psicológica o sexual.
e) Personas de la tercera edad
-Difundir la Ley del Anciano
-Sancionar el incumplimiento de la Ley del Anciano
-Desarrollar políticas especiales para concederles tratamiento prioritario y asistencia en
todas las dependencias públicas y privadas.
-Propender a que el Sistema Ecuatoriano de Seguridad Social preste sus servicios de
cobertura
-Garantizar la presencia de cuerpos médicos en los organismos públicos y privados de
salud.
f) Minorías sexuales
-Garantizar el derecho de las minorías sexuales
-Erradicar la discriminación por razones de orientación sexual distinta.
-Supervisar que los mecanismos y agentes de seguridad del Estado no ejecuten acciones
de persecución y hostigamiento.
g) Extranjeros y migrantes
-Establecer especial atención a los derechos de los refugiados
-Generar políticas de protección para extranjeros y migrantes.
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h) Discapacitados
-Formular programas especiales de educación y capacitación para personas con algún
tipo de discapacidad con el fin de que tengan una participación social y laboral.
-Promover políticas públicas para que tengan un acceso al mercado laboral y a las
carreras profesionales en el sector público y privado.
3.3 Organización de los contenidos temáticos:
El PNDH de Ecuador menciona a manera de introducción los beneficios de tener un
plan de derechos humanos, posteriormente los clasifica en ocho temáticas, mencionando
los objetivos que cada una de ellas pretende alcanzar.
En la siguiente tabla se sintetiza dicha clasificación.
Clasificación Artículo donde
se encuentra
Objetivos
CARACTERÍSTICAS
DEL PLAN
Art. 1 al 3
-Decretar un Plan
Nacional de
Derechos
Humanos
-Identificar las
causas que
impiden el
ejercicio de los
derechos
humanos.
-Promover los
derechos humanos
DERECHOS CIVILES
Y POLÍTICOS
Art. 4 y 5 -Desarrollar
acciones
específicas tanto
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con el Estado
como con la
sociedad civil para
tener un mejor
sistema de
protección de los
derechos
humanos.
DERECHOS
ECONÓMICOS,
SOCIALES Y
CULTURALES
Art. 6 y 7 -Crear un modelo
de desarrollo
sustentable, a
través de políticas
adecuadas, un
sistema educativo
nacional formal y
no formal en
todos los niveles.
-Establecer un
sistema único de
salud.
DERECHOS
COLECTIVOS
Art. 8 y 9
Art. 10 y 11
-Fortalecer las
identidades
individuales y
colectivas de los
pueblos indígenas
para que puedan
vivir en paz,
libertad y
seguridad.
-Fortalecer la
calidad de vida
del pueblo
10
afroecuatoriano.
DERECHOS
HUMANOS Y MEDIO
AMBIENTE
Art. 12 y 13 -Crear
mecanismos para
garantizar la
protección y goce
del derecho a vivir
en un ambiente
sano.
DERECHOS
HUMANOS Y
COMUNICACIÓN
SOCIAL
Art. 14 y 15 -Promover una
vinculación entre
los medios de
comunicación del
Estado y de la
sociedad civil.
-Abrir espacios de
comunicación.
DERECHOS
HUMANOS POR
GRUPO DE
POBLACIÓN
Art 16 al 34
-Adoptar medidas
para la atención
de estos grupos
-Fomentar la
comunicación
entre los grupos
vulnerables.
-Promover
programas de
orientación
psicológica,
cultural y
profesional a
favor de todos
ellos.
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-Desarrollar
políticas
especiales para
garantizar sus
derechos en todo
momento.
POLÍTICA
INTERNACIONAL
Art 35 -Apoyar esfuerzos
mundiales,
regionales y
subregionales para
el logro de una
mejor difusión y
promoción de los
derechos
humanos.
DISPOSICIONES
GENERALES
Art 36 al 39 -Elaborar
conjuntamente
con la sociedad
civil un plan
operativo bajo los
lineamientos
establecidos en el
Plan Nacional.
3.4 Parte operativa
a) Estrategia clara:
El Estado se compromete a elaborar de manera conjunta con la sociedad civil un Plan
operativo, no obstante no da por menores del proceso para ejecutar dicha acción, no
siendo posible durante la investigación realizada encontrar evidencia alguna al respecto,
así mismo, no queda clara la forma de financiamiento y la forma de evaluar el nivel de
cumplimiento del PNDH.
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b) Autoridad responsable:
El PNDH de Ecuador prevé como responsables de su cumplimiento y ejecución a la
Sociedad Civil y al Poder Público, dando un papel preponderante en su implementación
y evaluación a la primera e, involucrando al Poder Judicial y Legislativo, en torno a las
reformas, planes, programas y cambios en el sistema legal, de detención, investigación
y penitenciario requeridos para la implementación del PNDH.
No obstante lo anterior, no establece metas, plazos o figura análoga que permita medir
el desempeño de las autoridades responsables y por ende imputarles responsabilidad
alguna.
c) Etiqueta presupuesto:
El artículo 38 del PNDH dispone que “El Estado buscará el financiamiento de los
planes de Derechos Humanos y respaldará los programas y proyectos que presente la
sociedad civil”. Sin embargo, no establece una medida presupuestaria concreta en el
cuerpo del plan ni en algún documento complementario.
3.6 Sistema de seguimiento y evaluación
En su apartado de disposiciones generales, en el artículo 37 menciona que “para la
evaluación, seguimiento y ajuste de los planes operativos de Derechos Humanos se
organizará una comisión permanente integrada, paritaria y descentralizadamente, por
representantes del Estado y la sociedad civil”. A pesar de ello, no se cuenta con el plan
operativo previsto, ni con alguna acta de instalación y de Asambleas que constaten la
existencia de la Comisión permanente.
3.7 Uso de indicadores y metas: útiles para valorar impacto
El plan prevé la adopción de normas internacionales para la elaboración de las políticas
públicas en derechos humanos, pero no especifica a través de que indicadores se
realizará la medición, ni tampoco menciona plazos para cumplir los objetivos que se
propone.
4. CONCLUSIONES Y VALORACIÓN CRÍTICA
4.1 El PNDH de Ecuador se configura como una herramienta válida para la realización
de los derechos humanos (es operacionalizable)
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En el Artículo 36 del Plan se señala que el Estado se compromete a elaborar un Plan
Operativo, bajo los lineamientos establecidos en el mismo, así mismo, sus artículos 37 y
38 señalan que para la evaluación, seguimiento y ajuste de los planes operativos de
Derechos Humanos se organizará una comisión permanente integrada, paritaria y
descentralizada, por representantes del Estado y la sociedad civil. No obstante lo
anterior, si bien durante la investigación se encontró en documento digital una propuesta
de plan operativo del plan nacional de derechos humanos de ecuador denominada
“propuesta participativa desde las organizaciones de la sociedad civil para afianzar la
democracia” elaborada por un conjunto de varias ONG, no se encontró evidencia de que
este o algún otro fuera sancionado por las autoridades correspondientes, por lo que es
dable concluir que únicamente se estipulo en el plan de derechos humanos, la creación
de dicho plan operativo, sin que este llegara a efectuarse.
4.2 Sigue el PNDH de Ecuador las directrices del Manual
Si bien en el plan de Ecuador, se establece una papel predomínate de la Sociedad Civil
para la institucionalización, participación y control de actividades y políticas
conducentes para la operación del mismo, no se establece en él, ni tampoco se encontró
evidencia que validara la generación de consensos para le elaboración de un diagnóstico
de la situación de los derechos humanos en Ecuador, previo a la emisión del plan.
Como consecuencia de lo anterior, el plan tiene una deficiente orientación a la acción,
ya que no indica claramente cuál es la situación de partida, no identifica los problemas
de derechos humanos que deben solucionarse y por ende no cuenta con acciones
específicas dentro de un marco temporal determinado, que corresponda a los dos puntos
anteriores.
No obstante, en su artículo 37 establece la creación de un comité, que tiene por objeto la
evaluación, seguimiento y ajuste de los planes operativos de Derechos Humanos,
nuevamente con la participación de la sociedad civil, sin embargo lo cuestionable en
relación a este punto, es si realmente se ha promovido un monitoreo efectivo y
evaluación de las actividades desarrolladas, no encontrándose algún dato que permita
comprobarlo.
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Por otro lado, cabe destacar que el plan cumple con las características de un documento
público e inclusivo al ser traducido para las minorías lingüísticas, sin embargo,
contradictoriamente a esto, no es tratado como parte de un proceso global y a largo
plazo, pues después de la publicación en 1998 del plan en análisis, no se ha encontrado
alguno posterior que lo actualice a las exigencias de la época actual.
Como corolario de todo lo anterior, parte importante de los beneficios que da la
implementación de un Plan Nacional de Derechos Humanos se ven desaprovechados,
entre ellos: la estimulación de una evaluación global de necesidades, su
aprovechamiento como un instrumento de buena gobernanza que conduzca al
fortalecimiento de la ley, la generación de capital social, y la mejora de las condiciones
de vida de la población en general, así como la facilidad de incorporación de grupos
vulnerables.
4.3 y 4.4 ¿Son útiles las directrices? Recomendaciones de cara a mejorar el Manual
para la elaboración de los planes de derechos Humanos emitido por la ONU
Se considera que las directrices que establece el Manual para la elaboración de los planes de
derechos Humanos emitido por la ONU, son útiles para fijar una base sobre la cual partir, al
proponer una serie de características mínimas que deben de considerarse en su elaboración,
implementación y evaluación, sin embargo ello solo conlleva que los documentos emitidos
conforme a él, cumplan con ellas desde un punto de vista eminentemente formal, lo cual no
implica su plena vigencia o verificación.
Por lo anterior, un ejercicio interesante sería el establecimiento de un sistema de evaluación
y seguimiento efectivo por parte de la ONU de los planes de derechos humanos de las
naciones que voluntariamente así lo soliciten, en relación a su diseño, implementación, re
direccionamiento y evaluación, a fin de obtener el reconocimiento del apego de sus planes
sustantivos y operativos a estándares de calidad mínimos. Lo antes expuesto, se vería en
gran medida incentivado por la relevancia que tiene para la comunidad internacional el
respeto y garantía de los derechos humanos.
5. Análisis del PNDH de Ecuador, Guatemala y México.
a) Semejanzas
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-Observan la mayoría de las especificaciones formales del Manual para la elaboración de los planes de derechos Humanos emitido por la ONU
-Poseen un buen número de acciones genéricas que carecen de un marco temporal
determinado que facilite la medición de su cumplimiento e impacto
-No incluyen la forma en la cual se proveerá de recursos que permitan su funcionamiento, subsistencia y continuidad
-Contemplan la participación de los órganos gubernamentales y a la sociedad civil en el cumplimiento de lo estipulado en el Plan
b) Diferencias
- A diferencia del Plan de Guatemala y México, en el desarrollo del Plan de Ecuador no
se efectuó diagnostico alguno que permitiera la detección de problemas específicos y
poblaciones vulnerables.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
CEPAL (s/f) “La evolución económica y social del ecuador: Principales
tendencias” disponible en:
http://www.cepal.org/publicaciones/xml/8/4648/ecuador.pdf
Grijalva, Agustín: (2009) “Principales innovaciones en la Constitución de
Ecuador del 2008” disponible en:
http://www.institut-gouvernance.org/fr/analyse/fiche-analyse-454.html
Ortiz, Santiago, 2008, “Participación ciudadana: la Constitución de 1998 y el
nuevo proyecto constitucional”, FLACSO.
Ortiz, Santiago: 2008, “El contexto político de la Asamblea Constituyente en
Ecuador”, Información disponible en:
http://www.institut-gouvernance.org/es/analyse/fiche-analyse-450.html
Paz, Juan, 2008, “Visión histórica de las constituciones de 1998 y 2008”: s/p ,
Información disponible en:
http://www.institut-gouvernance.org/es/analyse/fiche-analyse-449.html
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Plan Nacional de Derechos Humanos de Ecuador. (1998)
Trabajo elaborado por:
Ardelia Vega Martínez
María Guadalupe Imormino de Haro
Yolanda de la Peña Treviño
Cecilia Frías Mendoza
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