consentimiento informado cirugia
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CONSENTIMIENTO INFORMADO
En Medicina, el CONSENTIMIENTO INFORMADO es el procedimiento médico cuyo objetivo es aplicar el principio de
autonomía de la voluntad del paciente.
Autonomía.- Condición de quien, para ciertas cosas, no depende de
nadie.
Voluntad.-Facultad de decidir y ordenar la propia conducta.
HISTORIA DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO.
SUPERACIÓN DEL PATERNALISMO.
Vigente desde la época hipocrática hasta casi
nuestros días.
Su norma de moralidad “El bien del
enfermo”
“Buen médico” era quien actuaba con su
enfermo de modo
paternal, es decir, buscando el beneficio de éste y no el suyo
propio, y “Buen enfermo” el que asumía
un rol pasivo de sumisión, confianza y
respeto.
Se considera al enfermo como un sujeto incapaz de tomar decisiones
morales.
CAMBIOS SOCIOPOLITICOS EN LA SEGUNDA MITAD
DEL SIGLO XIX.
Se asume el principio de
autonomia, que afirma la potestad
moral de los individuos para
decidir libremente como gobernar
su propia vida en todos los aspectos,
mientras no interfiera en
el proyecto vital de sus semejantes.
USO DEL CONCEPTO DE AUTONOMIA EN MEDICINA.
Primera sentencia judicial (1914 USA Juez Cardozo).
“Todo ser humano de edad adulta y juicio sano, tiene el derecho
a determinar lo que debe hacerse con su propio cuerpo, y un
cirujano que realiza una intervención sin el consentimiento de
su paciente comete una agresión por la que se le pueden
reclamar legalmente daños”
CODIGO DE NÜRENBERG (AGOSTO
1947)
Introduce el consentimiento informado en la
investigación.
APLICACIÓN DEL TERMINO C.I. (1957 en
Juicio de responsabilidad por
paraplegia, Juez Bray).
DECLARACIÓN DE HELSINKI (1964).
TRANSFORMACIONES TECNOLOGICAS DE LA
MEDICINA.
MOVIMIENTO DE REIVINDICACIONES DE LOS DERECHOS DE LOS
PACIENTES.
DESARROLLO DE LA BIOETICA.
INFORME BELMONT 1978.
BEAUCHAMP Y CHILDRES (Sistematizan
la bioetica en 4 principios)
“El consentimiento voluntario del sujeto es absolutamente esencial.
La persona involucrada debe tener capacidad legal de dar el consentimiento; debe estar en condiciones que permitan
libre ejercicio del poder de elección • elemento de
presión• fraude • engaño • coacción • Compulsión
conocimiento y la comprensión suficientes de los elementos en juego en la investigación, que le permitan una decisión lúcida y con conocimiento de causa”.
CODIGO DE NÜREMBERG
DEFINICIÓN
proceso comunicativo deliberativo dentro de la relación clínica
entre un profesional sanitario y un paciente competente
toman conjuntamente decisiones acerca de la manera más adecuada de abordar un
problema de salud.
FUNDAMENTO DE LA DOCTRINA DEL C.I.
Obligación de respetar las decisiones autónomas
de los pacientes.
Obligación de procurar el mayor bien de los pacientes y
ayudarles a realizar, en lo posible, su propio proyecto vital.
Reconocimiento de los derechos de los pacientes a ser
informados.
ELEMENTOS DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
Proceso continuo, comunicativo, deliberativo y
prudencial que en ocasiones requiere
apoyo escrito.
Voluntariedad.
Proceso libre no coaccionado ni
manipulado, para decidir de acuerdo
a sus propios valores.
Información suficiente.
Descripción y de los objetivos que se
persiguen con ella.
Molestias y riesgos más significativos, por su frecuencia o por su gravedad, y riesgos
personalizados.
Beneficios esperables con su grado
aproximado de probabilidad.
Alternativas factibles si es que las hay.
Curso espontáneo que tendría la enfermedad,
así como las consecuencias de
dejarla sin tratamiento.
Opiniones y recomendaciones del
médico.
Información necesaria
• características socioculturales del paciente.• Se deben evitar los tecnicismos y utilizar un
lenguaje asequible.
Información comprensible.
• Existe capacidad para decidir cuando: • Darse cuenta de la propia situación y de las
expectativas • razonables.• Deliberar sobre las opciones que se ofrecen, de
acuerdo a sus objetivos y valores. • Comunicarse personal sanitario.
Competencia del paciente.
FUNCIONES QUE CUMPLE EL C.I.
Promover la autonomia de los individuos.
Fomentar la racionalidad en la toma de decisiones.
Proteger a los enfermos y a los sujetos de experimentación.
Alentar la autoevaluación y autoexamen en los profesionales de la medicina.
Disminuir recelos y aliviar temores.
Introducir en la medicina una mentalidad más probabilística y más capaz de hacer frente a la incertidumbre.
FORMULARIOS DE CONSENTIMIENTO ESCRITO.
Soporte documental del proceso
de información.
Garantiza que la
información se entregó.
Explicita la aceptación o
rechazo.
CONDICIONES GENERALES DE VALIDEZ Y DE USO DE UN FORMULARIO.
Quien debe obtener el consentimiento informado es el médico que va a realizar la técnica al paciente.
La redacción del formulario debe ser responsabilidad del Servicio Clínico que realiza la técnica, y la asesoría del Servicio Jurídico.
Todo formulario debería contar de dos partes. Una primera con la información necesaria y suficiente, y una segunda parte de declaraciones y firmas.
Los formularios totalmente generales no son aceptables desde el punto de vista ético ni menos del legal.
La satisfacción de todos los requisitos míminos de la teoría del C.I. debe reflejarse adecuadamente en todo formulario con pretensiones de validez.
CUANDO UTILIZAR FORMULARIO ESCRITO.
En todo trabajo de investigación con humanos.
Cuando la ley o la norma ministerial lo indique:
Transplante y donación de organos. Art. 6 Ley 19.451
Esterilización quirúrgica femenina
Intervenciones quirúrgicas mayores.
Intervenciones, procedimientos diagnósticos y terapéuticos que sean
invasivos, de mucho riesgo o molestias y si es dudosa su efectividad o su indicación.
LAS EXCEPCIONES.
Situaciones de urgencia (riesgo vital)
Tratamiento exigidos por la ley.
Incompetencia del enfermo.
Renuncia expresa del paciente.
Posibilidad de corregir una alteración
inesperada en el seno de otra intervención
programada.
Privilegio terapéutico del médico.
CONCLUSIONES.
Debemos incorporar el Consentimiento Informado al
quehacer clínico habitual, no porque sea o será una
exigencia legal, sino porque constituye un imperativo ético
para una adecuada relación clínica y un derecho humano de
los pacientes. Asistir tal derecho es indudablemente una
garantía de calidad asistencial.
MUCHAS GRACIAS
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