afiliado al régimen contributivo,

53
El presente documento, es una herramienta que tiene como fin dar a conocer de una manera clara y precisa a los usuarios, los derechos y obligaciones que tienen dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud y mostrar a los afiliados de EPS Famisanar, los beneficios y los aliados con que cuenta nuestra compañía para gestionar el riesgo en salud y de esta forma, llegar a ser reconocidos y elegidos por más usuarios por la innovación, agilidad y sencillez de nuestro modelo humanizado de atención en salud. En este sentido, EPS FAMISANAR S.A.S. le da la bienvenida y hace entrega de la "Carta de Derechos y Deberes de los Afiliados y del Paciente" y la "Carta de Desempeño", dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional mediante sentencia T - 760 de 2008 y el Auto de seguimiento 264 de 2012 de la misma Corporación y la Resolución 4343 del 2012 expedida por el Ministerio de Salud y de la Protección Social, la cual regula los lineamientos de la Carta de Derechos y Deberes del Afiliado y del Paciente y de la Carta de Desempeño de las entidades promotoras de salud, de los regímenes contributivo y subsidiado. Por favor recuerde que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 3047 de 2013 usted y su grupo familiar tienen derecho a la continuidad del servicio cuando pertenezcan a los niveles I o II del Sisbén y pierda su capacidad de pago o su empleo; por lo anterior debe diligenciar y/o firmar el formato único establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social con su novedad de Movilidad al Régimen Subsidiado en el marco del Decreto 2353 de 2015.“ “Señor usuario cotizante, afiliado al régimen contributivo,

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Page 1: afiliado al régimen contributivo,

El presente documento, es una herramienta que tiene como fin dar a conocer de una manera clara y precisa a los usuarios, los derechos y obligaciones que tienen dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud y mostrar a los afiliados de EPS Famisanar, los beneficios y los aliados con que cuenta nuestra compañía para gestionar el riesgo en salud y de esta forma, llegar a ser reconocidos y elegidos por más usuarios por la innovación, agilidad y sencillez de nuestro modelo humanizado de atención en salud. En este sentido, EPS FAMISANAR S.A.S. le da la bienvenida y hace entrega de la "Carta de Derechos y Deberes de los Afiliados y del Paciente" y la "Carta de Desempeño", dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional mediante sentencia T - 760 de 2008 y el Auto de seguimiento 264 de 2012 de la misma Corporación y la Resolución 4343 del 2012 expedida por el Ministerio de Salud y de la Protección Social, la cual regula los lineamientos de la Carta de Derechos y Deberes del Afiliado y del Paciente y de la Carta de Desempeño de las entidades promotoras de salud, de los regímenes contributivo y subsidiado.

Por favor recuerde que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 3047 de 2013 usted y su grupo familiar tienen derecho a la continuidad del servicio cuando pertenezcan a los niveles I o II del Sisbén y pierda su capacidad de pago o su empleo; por lo anterior debe diligenciar y/o firmar el formato único establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social con su novedad de Movilidad al Régimen Subsidiado en el marco del Decreto 2353 de 2015.“

“Señor usuario cotizante, afiliado al régimen contributivo,

Page 2: afiliado al régimen contributivo,

Página1.

4.5.

10.

2.

6.

7.

8.

9.

11.

13.

3.

12. 53

55

687379

9093

43

37

Notas ContenidoContenido

95

GlosarioPlan de Beneficios en Salud - PBSServicios de demanda inducida: Programas de Promocióny Prevención en Salud (PyP)Pagos Moderadores Red de Prestación de Servicios - IPS Primarias Red de Droguerías Bogotá / Nacional Sistema de Selección y Clasificación de Pacientes en losServicios de Urgencias - TriageAtención de Urgencias Bogotá Atención de Urgencias a nivel nacionalRed Oncológica y paliativaMecanismos de Acceso a los Servicios Acceso a los servicios no incluidos en el plan de beneficiosTransporte y Estadía Derechos de los Afiliados y del Paciente de EPS Famisanar Deberes de los Afiliados y del Paciente de EPS Famisanar Servicios Administrativos de contactoOficinas de Atención al UsuarioIncapacidades y Licencias por Maternidad / Paternidad Pago de AportesSolución de conflictos, inspección y vigilancia Condiciones, procedimientos y términos para ejercer suderecho a libre elección de prestador se servicios de salud Entidades que tienen las funciones de inspección, vigilancia y control de las EPS de los regímenes Contributivo, Subsidiado y sobre los prestadores de servicio de salud.Participación Social Mecanismos de protección Carta de Desempeño

17.

19.20.

14.15.16.

18.

22.

21.

23.

25.

45

87

89

24.

Page 3: afiliado al régimen contributivo,

GLOSARIO

1 2

1.Afiliación: Es el acto de ingreso al Sistema General de Seguridad Social en Salud a través del formulario único de afiliación o del Sistema de Afiliación Transaccional SAT.

SAT es una herramienta de afiliación habilitada por el Ministerio de Salud y Proteccion Social a disposición de los ciudadanos, con el fin, que realice consultas sobre el estado de la afiliación en su EPS, trámite de traslado de una EPS a otra y novedades de afiliación en la actual EPS.

Lo invitamos a conocer más acerca de SAT, ingresando a la siguiente dirección https://miseguridadsocial.gov.co

Afiliado: Es la calidad que adquiere la persona una vez ha realizado afiliación.

Afiliado adicional: Es la persona que se inscribe en el núcleo familiar de un afiliado cotizante mediante el pago de una UPC adicional debido a que no cumple las condiciones para formar parte del grupo familiar básico.

Demanda inducida: Proceso por medio de cual se realizan una serie de actividades encaminadas a canalizar a todos los usuarios a los programas de promoción y prevención.

Enfermedad de alto costo: Las enfermedades "Catastróficas o de Alto Costo" son aquellas que representan una alta complejidad técnica en su manejo, alto costo, baja ocurrencia y bajo "costo - efectividad" en su tratamiento.

Información de referencia: Es la información que permite validar la identificación y datos básicos de los afiliados, el cumplimiento de requisitos para afiliación y las novedades en los regímenes contributivo y subsidiado, o que permite garantizar la integridad y consistencia de la misma.

Inscripción a la EPS: Es la manifestación voluntad libre y espontánea del afiliado de vincularse a una Entidad Promotora de Salud a través de la cual recibirá la cobertura en salud.

Movilidad: Es el cambio de régimen dentro de la misma EPS para los afiliados de los niveles 1 y 2 del SISBÉN y algunas poblaciones especiales.

Novedades: Son los cambios que afectan el estado de la afiliación, la condición del afiliado, la pertenencia a un régimen o la inscripción a una EPS y las actualizaciones de los datos de los afiliados.

Plan beneficios: Es el conjunto de tecnologías en salud a que tienen derecho los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud definido conforme a la normativa vigente, el cual será modificado y tendrá el alcance que se determine en la reglamentación que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.

Poblaciones especiales: Son las personas que por sus condiciones de vulnerabilidad, marginalidad, discriminación o en situación de debilidad manifiesta deben ser identificadas para facilidad en su orientación y uso de servicios.

Prevención de la enfermedad: Es el enfoque de precaución que se aplica a la gestión del riesgo, a la evaluación de los procedimientos y la prestación de los servicios de salud.

Promoción de la salud: Son las acciones de los individuos, la comunidad y las instituciones para generar condiciones, capacidades y medios, necesarios para que los individuos, las familias y la sociedad en su conjunto, logren intervenir y modificar los determinantes sociales de la salud en ese territorio y así las condiciones de calidad de vida, consolidando una cultura saludable basada en valores, creencias y actitudes. (Apartes tomados de Ministerio de Salud y Protección Social Plan decenal de salud Pública 2.012-2021).

Page 4: afiliado al régimen contributivo,

3 4

PLAN DE BENEFICIOS:y sus exclusiones y limitaciones

El Plan de Beneficios en Salud es el conjunto de servicios y tecnologías para la atención en salud al que todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene derecho, cuya actualización integral se encuentra descrita en la Resolución 5857 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social. Constituye un mecanismo de protección al derecho fundamental a la salud para que las EPS o las entidades que hagan sus veces, garanticen el acceso a los servicios y tecnologías en las condiciones previstas en dicha normatividad.

El Plan de Beneficios se encuentra contenido en los actos administrativos del Ministerio de Salud y Protección Social; con los anexos que hacen parte del mismo. Puede ser consultado en el link: https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Norm_Resoluciones.aspx

EPS FAMISANAR, brinda en las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) o con los profesionales adscritos a su red, la atención en salud contenida en el Plan de Beneficios en Salud en virtud a la normativa vigente.

Acceso a programas de promoción y prevención en salud (PyP).Consulta de medicina general, familiar y especializada.

2.

Los Afiliados tienen derecho a los siguientes servicios:

Traslados: Son los cambios de inscripción de EPS dentro de un mismo régimen o los cambios de inscripción de EPS con cambio de régimen dentro del Sistema de Salud.

Page 5: afiliado al régimen contributivo,

5 6

Odontología.Apoyo diagnóstico y terapéutico.Hospitalización, cirugía, medicamentos, urgencias y demás servicios definidos en la Resolución 5857 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social.

En cuanto a los beneficios económicos del Plan de Beneficios en el régimen contributivo, el cotizante tiene derecho a:

1 Pago de incapacidades por enfermedad general, ó 2 Pago de licencias por maternidad ó 3 Pago de licencia de paternidad, según el caso.

-Se continuará prestando la atención preferencial y protección para los niños, adolescentes y mujeres que han sido víctimas de violencia física o de cualquier forma de maltrato físico o psicológico, siempre y cuando estén certificados por la entidad competente.

El Plan de Beneficios en Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado define las exclusiones y limitaciones en la prestación de servicios de conformidad con lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, articulo 15, y en la Resolución 5592 de 2015, artículo 132, el cual refiere que:

"En todo caso, los recursos públicos asignados a la salud no podrán destinarse o financiar servicios y tecnologías en los que se advierta alguno de los siguientes criterios:a) Que tengan como finalidad principal un propósito cosmético o suntuario no relacionado con la recuperación o mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas;

b) Que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica;c) Que no exista evidencia científica sobre su efectividad clínica;d) Que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente;e) Que se encuentren en fase de experimentación;f) Que tengan que ser prestados en el exterior.

Los servicios o tecnologías que cumplan con esos criterios serán explícitamente excluidos por el Ministerio de Salud y Protección Social o la autoridad competente que determine la ley ordinaria, previo un procedimiento técnico-científico, de carácter público, colectivo, participativo y transparente. En cualquier caso, se deberá evaluar y considerar el criterio de expertos independientes de alto nivel, de las asociaciones profesionales de la especialidad correspondiente y de los pacientes que serían potencialmente afectados con la decisión de exclusión. Las decisiones de exclusión no podrán resultar en el fraccionamiento de un servicio de salud previamente cubierto, y ser contrarias al principio de integralidad e interculturalidad".

Exclusiones y limitaciones del Plan de Beneficios

El listado de servicios y tecnologías que serán excluidas de la financiación con recursos públicos asignados a la salud se encuentran descritos en la Resolución 0244 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social.

Page 6: afiliado al régimen contributivo,

SERVICIOS DE DEMANDA INDUCIDA:

Programas de Promoción y Prevención enSalud (PyP)

3.

Los afiliados al Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cuentan con Programas de Promoción y Prevención en Salud, los cuales tienen como objetivo mantener el buen estado de salud de las personas y familias afiliadas; dando alcance a normatividad vigente Resolución 3280 de 2018 del Ministerio de Protección Social, por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación.

8

¿Cómo accede el usuario a los Programas de Promoción y Prevención en Salud (PyP)?El afiliado puede acudir a su IPS Primaria y solicitar los servicios de promoción y prevención descritos a continuación, los cuales no tienen ningún costo.

De acuerdo a su edad o la de su grupo familiar afiliado, identifique el grupo de edad al que usted o algunos de los miembros de su familia pertenece, para que conozca a que actividades puede asistir o tiene derecho a recibir en los programas de PyP.

Page 7: afiliado al régimen contributivo,

9 10

SALUD ORAL CONTROLES DE PLACA BACTERIANA

F-MMayor de 2

años

2años: 2

3 a 4 años:25 a 6 años: 2 7 a 9 años:2

SALUD ORAL APLICACIONES DE BARNIZ

DE FLÚOR F-M

Desde 1 añoa 9 años

2

SALUD ORAL APLICACIÓN DE SELLANTES EN PERSONAS DE 3 A 15 AÑOS

F-MENTRE 3 A

menor de 10 años

3 a 4 años:4 5 a 9 años: 2

MEDICIONES DE AGUDEZA VISUAL A LOS 4 AÑOS

F-M 4 años 1

CONSULTA DE PSICOLOGÍA (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL PACIENTE)

F-MMenor de 10

años

CONSULTA DE NUTRICIÓN (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL PACIENTE)

F-MMenor de 10

años

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

APLICACIÓNDE VACUNA

VACUNA ANTIHEPATITITIS B EN MENORES DE 1 AÑO

F-MMenor de 1

año3

VACUNA CONTRA DIFTERIA, TÉTANOS, TOS FERINA ( DPT)

F-MMenor de 6

años

3 dosis al menor de un año, al año de la 3ra dosis un refuerzo y el Segundo Refuerzo a

los 5 años.

VACUNA CONTRA LA POLIOMELITIS F-MMenor de 6

años

3 dosis al menor de un año, al año de la 3ra dosis un refuerzo y el Segundo Refuerzo a

los 5 años.

VACUNA CONJUGADA CONTRA HAEMOPHILUS INFLUENZAE (Hib)

F-M

Menor de 1 año

Menor 1 año: 3

VACUNA CONTRA SARAMPIÓN, RUBÉOLA , PAPERAS ( SRP) TRIPLE VIRAL NIÑOS

F-M

Menor de 6 años

5 años: 1

VACUNA CONTRA FIEBRE AMARILLA NIÑOS 1 AÑO

F-M

Menor de 6 años

1

VACUNA CONTRA NEUMONÍA, MENINGITIS Y OTITIS CAUSADA POR EL NEUMOCOCO

F-MMenor de 6

añosMenor de 2 años: 2

2 a 3 años: 1

VACUNA CONTRA HEPATITIS A F-MMenor de 6

años1

VACUNA CONTRA DIARREA POR ROTAVIRUS F-MMenor de 1

año2

VACUNA CONTRA EL VIRUS DE LA INFLUENZA ESTACIONAL

F-MMenor de 6

años2

EDUCACIÓN EN HÁBITOS HIGIÉNICOS DE SALUD ORAL

F-MMayor de 2

años

2años: 2 3 a 4 años:2 5 a 6 años: 2 7 a 9 años:2

EDUCACIÓN INDIVIDUAL EN SALUD, CUIDADO DE LOS NIÑOS Y NIÑAS, PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO Y

PREVENCIÓN DE MALTRATO INFANTIL, RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, APOYO A LAS VÍCTIMAS DEL MALTRATO, IMPLICACIONES

LEGALES RELACIONADAS CON EL MALTRATO.

F-MMenor de 10

años

Menor 1 año: 4 1 año: 3 2años: 2

3 a 4 años:1 5 a 6 años: 2 7 a 9 años:1

ENTREGA DE MULTIVIAMINICOS VITAMINA A Y HIERRO SI ES NECESARIO POR EL ESTADO

DEL NIÑO O NIÑA (Presentaciones incluidas en el POS)

F-MMenor de 5

años

Menor 1 año: 2 1año: 2 2años: 2

3 a 4 años:2

CAPACITACIÓN

ENTREGA DEMEDICAMENTO

VACUNA CONTRA VARICELA NIÑOS 1 AÑO F-MMenor de 6

años1

PROGRAMA SALUD

INFANTIL (1 MES A 9

AÑOS)

CONSULTAS

CONSULTA DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE PRIMERA VEZ

POR MÉDICOF-M

Menor de 10 años

1

CONSULTAS DE CONTROL DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

F-MMenor de 10 años

Menor 1 año: 4

1 año: 3 2años: 2

3 a 4 años:1 5 a 6 años: 2 7 a 9 años:1

CONSULTAS DE CONTROL DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

(ENFERMERA)F-M

Menor de 10 años

Menor 1 año: 4

1 año: 3 2años: 2

3 a 4 años:1 5 a 6 años: 2 7 a 9 años:1

CONSULTA ODONTOLÓGICA PRIMERA VEZ MENOR 10

AÑOSF-M

Menor de 10 años

2 VECES AÑO

CONSULTA ODONTOLÓGICA CONTROL

F-MMenor de 10 años

Todas las necesariashasta acabartratamiento

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

Page 8: afiliado al régimen contributivo,

11 12

PROGRAMA ATENCIÓN DEL JOVEN

(10 A 29 AÑOS)

CONSULTA

CONSULTA DEL DESARROLLO DEL JOVEN POR MÉDICO - PRIMERA VEZ

F-M 10a 29 años

10 a 13 años: 1 14 a 16 años: 1

17 a 21 años 22 a 24 años: 1 25 a 29 años: 1

CONSULTA DEL DESARROLLO DEL JOVEN POR MÉDICO CONTROL

F-M 10a 29 años

10 a 13 años: 1 14 a 16 años: 1

17 a 21 años 22 a 24 años: 1 25 a 29 años: 1

CONSULTA ODONTOLÓGICA PRIMERA VEZ F-M 10 a 29 años 1

CONSULTA ODONTOLÓ GICA MENOR CONTROL

F-M 10 a 29 años 1

SALUD ORAL CONTROLES DE PLACA BACTERIANA

F-M 10 a 29 años10 a 19 años: 2 20 a 29 AÑOS: 1

SALUD ORAL DETARTRAJE SUPRAGINGIVAL F-MMayor de 12

a 29 años2

SALUD ORAL APLICACIONES DE FLÚOR TÓPICO

F-MENTRE 10 A

19 AÑOS10 A 19 AÑOS: 2

SALUD ORAL SELLANTES F-MENTRE 10 A

15 AÑOS10 A 15 AÑOS: 2

CONSULTA DE PSICOLOGÍ A (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL PACIENTE)

F-M 10 a 29 años 1

CONSULTA DE NUTRICIÓN (DE ACUERDO CON SITUACION DEL PACIENTE)

F-M 10 a 29 años 1

MEDICIONES DE AGUDEZA VISUAL A LOS 11, 16 AÑOS

F-M 11 y 16 años 1

LABORATORIO

EXÁMEN DE HEMOGLOBINA JÓVENES SOLO PARA MUJERES

F

10 a 13 años

10 a 13 años: 1

COLESTEROL HDL F-M

10 a 29 años

1

EXÁMEN PARA SÍFILIS SEROLOGIA (VDRL)

F-M

10 a 29 años

1

ASESORÍA PRE Y POS PRUEBA DE VIH

F-M

10 a 29 años

1

LABORATORIO VIH F-M

10 a 29 años

1

PRUEBA DE TUBERCULOSIS, BACILOSCOPIA

F-M

10 a 29 años

1

APLICACIÓN DE VACUNA

VACUNA CONTRA TÉTANOS (TD O TT PARA MUJERES EN EDAD FÉRTIL)

F

mayor de 15 años

3

VACUNA CONTRA EL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO

F

9

A 17 años

3 dosis Primera dosis a lo 9 años, segunda dosis a

los 6 meses

de la primera dosis

,y tercera dosis a los

5 años de la segunda dosis.

PROCEDIMIENTO

TOMA Y LECTURA DE CITOLOGÍAS CERVICOUTERINAS

F

MAYORES DE 11 AÑOS

1

COLPOSCOPIA F

MAYORES DE 11 AÑOS

1

TOMA Y LECTURA DE BIOPSIA CUELLO UTERINO

F

MAYORES DE 11 AÑOS

1

CAPACITACIÓN

EDUCACIÓN EN PREVENCION DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y TABACO,

PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO, PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE LA

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FISICA.

F-M 10 a 29 años

10 a 13 años: 1 14 a 16 años: 1 17 a 21 años:1 22 a 24 años: 1 25 a 29 años: 1

EDUCACIÓN EN HIGIENE ORAL F-M 10a 29 años 1

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

PROGRAMA ATENCIÓN DEL

ADULTO JOVEN (30 A 44 AÑOS)

CONSULTA

CONSULTA ODONTOLÓGICA PRIMERA VEZ

F-M

30 A 44 AÑOS

1

CONSULTA ODONTOLÓGICA CONTROL

F-M

30 A 44 AÑOS

1

SALUD ORAL CONTROLES DE PLACA BACTERIANA

F-M

30 A 44 AÑOS

1

SALUD ORAL DETARTRAJE SUPRAGINGIVAL

F-M

30 A 44 AÑOS

1

CONSULTA DE PSICOLOGÍ A (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL

PACIENTE)

F-M

30 A 44 AÑOS

1

CONSULTA DE NUTRICIÓN (DE ACUERDO CON SITACIÓN DEL

PACIENTE)

F-M

30 A 44 AÑOS

1

LABORATORIO

GLICEMIA

F-M

30 A 44

AÑOS

30 A 34:135 A 39:140 A 44:1

COLESTEROL, HDL F-MDe 30 a 44

años

30 A 34:135 A 39:140 A 44:1

SEROLOGÍA (VDRL) F-M30 A 44 AÑOS

1

ASESORIA PRE Y POS TOMA DE LABORATORIO VIH

F-M30 A 44 AÑOS

1

LABORATORIO VIH F-M30 A 44 AÑOS

1

PRUEBA DE TUBERCULOSIS, BACILOSCOPIA

F-M30 A 44 AÑOS

1

PROCEDIMIENTO

TOMA Y LECTURA DE CITOLOGÍA CERVICOUTERINA

F30 A 44 AÑOS

1

COLPOSCOPIA F-M30 A 44 AÑOS

1

TOMA DE BIOPSIA CUELLO UTERINO F-M30 A 44 AÑOS

1

APLICACIÓN DE VACUNA

VACUNA CONTRA TÉTANOS (TD O TT PARA MUJERES EN EDAD FERTIL)

FMujeres 30 a 44

años4

CAPACITACIÓN

EDUCACIÓN EN HIGIENE ORAL F-M30 A 44 AÑOS

1

EDUCACIÓN EN PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y TABACO,

PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO, PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE LA

VIOLENCIA, FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FISICA, PREVENCIÓN DEL

CÁNCER

F-M30 A 44 AÑOS

1

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

Page 9: afiliado al régimen contributivo,

13 14

ADULTO MAYOR DE 45 AÑOS

CONSULTA

CONSULTA DE DETECCIÓN DE ALTERACIONES DEL ADULTO POR

MÉDICOF-M

Mayor de 45 años

1

CONSULTAS DE DETECCIÓ N DE ALTERACIONES DEL ADULTO POR

ESPECIALISTA

F-MMayor de 45 años

1

CONSULTA ODONTOLÓGICA MAYOR 45 AÑOS PRIMERA VEZ

F-M

Mayor

de 45 años

1

CONTROLES DE PLACA BACTERIANA

F-M

Mayor de 45 años

1

ADULTO MAYOR A 45 AÑOS, DETARTRAJE SUPRAGINGIVAL

F-M

Mayor de 45 años

1

MEDICIONES DE AGUDEZA VISUAL A LOS 45 AÑOS F-M Mayor de

45 años 1

CONSULTA DE OFTALMOLOGÍA PARA DETECCIÓN DE LAS ALTERACIONES DE AGUDEZA VISUAL A LOS 55, 60, 65, 70,

75, 80 Y MAS AÑOS

F-M

Mayor de 45 años

1

CONSULTA DE PSICOLOGÍ A (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL

PACIENTE)

F-M

Mayor de 45 años

1

CONSULTA DE NUTRICIÓN (DE ACUERDO CON SITACIÓN DEL

PACIENTE)

F-M

Mayor de 45 años

1

LABORATORIO

EXÁMEN PARA SÍFILIS SEROLOGÍA (VDRL)

F-M

Mayor de 45 años

1

ASESORÍA PRE VIH

F-M

Mayor de 45 años

1

LABORATORIO VIH

F-M

Mayor de 45 años

1

ASESORÍA POS VIH

F-M

Mayor de 45 años

1

VACUNA CONTRA TÉTANOS (TD O TT PARA MUJERES EN EDAD FERTIL)

FMayor de 45 años

3

ANTÍGENO PROSTÁTICO MMayor de 45 años

1

PARCIAL DE ORINA ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

CREATININA ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS F-MMayor de 45 años

1

GLICEMIA BASAL EN ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

PERFIL LIPÍDICO HDL EN ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

PERFIL LIPÍDICO LDL EN ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

PERFIL LIPÍDICO COLESTEROL TOTAL EN ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

PERFIL LIPÍDICO TRIGLICERIDOS EN ADULTOS 45 Y MÁS AÑOS

F-MMayor de 45 años

1

PRUEBA DE TUBERCULOSIS, BACILOSCOPIA

F-MMayor de 45 años

1

PROCEDIMIENTO

TOMA Y LECTURA DE CITOLOGÍA CERVICOUTERINA

F

Mayor de 45 años hasta 69

años

1

COLPOSCOPIA F

Mayor de 45 años hasta 69

años

1

TOMA DE BIOPSIA CUELLO UTERINO F

Mayor de 45 años hasta 69

años

1

TOMA Y LECTURA DE MAMOGRAFÍAS FMayor de 50 años

1

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDAD ACTIVIDAD SEXO EDADFRECUENCIA

EN EL PERIODO AÑO

PLANIFICACIÓN FAMILIAR MUJERES (10 A 55 AÑOS) Y HOMBRES (MAYOR 10 AÑOS)

CONSULTA

CONSULTAS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR

DE PRIMERA VEZ EN MUJERES

FFemenino:_

10 años a 55 años

1

CONSULTAS DE PLANIFICACIÓN FAMILIAR

DE CONTROL EN MUJERES

F

10 años a 55 años

DIU: 2 AOC:3

Inyectable:2 Emergencia:0

E. Femenina:1

E. Masculina:2

ISD: 3

CONSULTAS PLANIFICACIÓN

HOMBRES

M

Mayor de 15 años

1

LABORATORIO

PRUEBA DE EMBARAZO

F

Femenino:_ 10 años a 55 años

1

FROTIS DE FLUJO VAGINAL

F

MAYORES DE 11 AÑOS

1

PROCECIMIENTO

APLICACIÓN Y RETIRO DE DE DISPOSITIVO INTRAUTERINO

F

Femenino:_ 10 años a 55 años

1

ESTERILIZACIÓN QUIRURGICA FEMENINA

(POMEROY)F

Femenino:_ 10 años a 55 años

1

ESTERILIZACIONQUIRURGICA MASCULINA

(VASECTOMÍA)M

Mayor de 10 años

1

PLANIFICACIÓN FAMILIAR, RECUENTO

ESPERMÁTICOM

Mayor de 10 años

1

INSERCIÓN Y RETIRO DE IMPLANTE SUBDERMICO

FFemenino:_

10 años a 55 años

1

ENTREGA DE MEDICAMENTOS

ANTICONCEPCIÓN ORAL CICLO* (MUJERES)

(Presentaciones incluidas en el POS)

FFemenino:_

10 años a 55 años

12

ANTICONCEPCIÓN HORMONAL MÉTODOS MODERNOS EXCEPTO

HORMONAL ORAL (Presentaciones incluidas

en el POS)

FFemenino:_

10 años a 55 años

12

ANTICONCEPCION DE EMERGENCIA (MUJERES) (Presentaciones incluidas

en el POS)

FFemenino:_

10 años a 55 años

1

CAPACITACIÓN F-MFemenino:_

10 años a 55 años

DIU: 3 AOC:4

Inyectable:3 Emergencia:0

E. Femenina:2

E. Masculina:3

ISD: 4

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODOAÑO

CONSULTA ODONTOLÓGICA MAYOR 45 CONTROL

F-MMayor de 45 años

Todas las que serequieran hasta

acabar tratamiento

TOMA Y LECTURA DE BIOPSIA SENOPOR FUNCIÓN CON AGUJA FINA

FMayor de 50 años

1

CAPACITACIÓN

1

1

EDUCACIÓN EN PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y TABACO,

PROMOCIÓN DEL BUEN TRATO, PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE LA

VIOLENCIA, FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FISICA.

ADULTO MAYOR 45 AÑOS, EDUCACIÓN INDIVIDUAL EN SALUD,

POR HIGIENE ORAL.

F-M

F-M

Mayor de 45 años

Mayor de 45 años

EDUCACIÓN Y ASESORIA EN MÉTODOS DE PLANIFICACIÓN

EDUCACION EN DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

SENTENCIA C 355 DE 2006 INTERRUPCION VOLUNTARIA

DEL EMBARAZOPREVENCION DE LA

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER F-M

Page 10: afiliado al régimen contributivo,

15 16

PROGRAMA DETECCIÓN ALTERACIONES DE LA GESTANTE

CONSULTA

CONSULTA PRECONCEPCIONAL DE

PRIMERA VEZ POR MÉDICO

F

Femenino:_ 10 años a 55 años

1

CONSULTA PRENATAL DE PRIMERA VEZ POR

MÉDICO

F

Femenino:_ 10 años a 55 años

1

CONSULTAS DE CONTROL PRENATAL POR MEDICO

F

10 años a 55 años

9

CONSULTAS DE CONTROL PRENATAL REA LIZADAS

POR ENFERMERA

F

10 años a 55 años

3

CONSULTAS DE CONTROL PRENATAL REALIZADAS

POR GINECOLOGÍA

F

10 años a 55 años

9

NUMERO DE CONSULTAS PRENATALES DE PRIMERA

VEZ POR MÉDICO ESPECIALISTA

F

Femenino:_ 10 años a 55 años

2

CONSULTA ODONTOLÓGICA

GENERAL PRIMERA VEZ

F

10 años a 55 años

1

CONSULTA ODONTOLÓGICA

GENERAL CONTROL

F

10 años a 55 años

1

CONSULTA DE PSICOLOGÍA (DE ACUERDO CON SITUACIÓN DEL

PACIENTE)

F

10 años a 55 años

3

CONSULTA DE NUTRICIÓN (DE ACUERDO

CON SITUACIÓN DEL PACIENTE)

F10 años a 55 años

1

LABORATORIO

HEMOGRAMA F10 años a 55 años

2

HEMOCLASIFICACIÓN F10 años a 55 años

1

UROCULTIVO F10 años a 55 años

1

UROANÁLISIS F10 años a 55 años

2

GLICEMIA F10 años a 55 años

1

TOXOPLASMA GONDII ANTICUERPOS IG G EIA

F10 años a 55 años

1

TOXOPLASMA GONDII ANTICUERPOS IG M EIA

F10 años a 55 años

1

EXAMEN DE SÍFILIS SEROLOGIA

F10 años a 55 años

2

TEST DE AVIDEZ PARA TOXOPLASMA IG M

F10 años a 55 años

1

PRUEBA DE ANTÍGENO DE SUPERFICIE PARA

HEPATITIS BF

10 años a 55 años

1

FROTIS DE FLUJO VAGINAL

F10 años a 55 años

1

TEST DE SULLIVAN F10 años a 55 años

1

PRUEBA CONFIRMATORIA VIH POR WESTERN

BLOTTING O EQUIVALENTE

F10 años a 55 años

1

ASESORÍA PRE Y POS VIH F 10 años a 1

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODOAÑO

La Sentencia C-355 de 2006 despenaliza el aborto en tres causales específicas: Peligro para la salud o vida de la madre, malformación fetal incompatible con la vida, embarazo producto de un abuso sexual. El Decreto 1683 de 2013, por el cual se debe garantizar la atención de los afiliados en todo el territorio Nacional.

ATENCIÓN DEL PARTO

PROCEDIMIENTO ATENCIÓN DEL PARTO

F

10 años a 55 años

1

LABORATORIO

LABORATORIO DE SÍFILIS SEROLOGÍA EN EL PARTO

F

10 años a 55 años

1

CONSULTA

CONSULTA DE CONTROL POSTPARTO

F

10 años a 55

años

1

CONSULTA MEDICINA GENERAL DE CONTROL POSTPARTO POR

ESPECIALISTA

F10 años a 55 años

1

CONSULTA ENFERMERIA DE CONTROL POSTPARTO

F

10 años a 55 años

1

CONSULTA DE PSICOLOGÍA (DE ACUERDO CON SITACIÓN DEL

PACIENTE)F

10 años a 55 años

1

ATENCIÓN DEL

RECIÉN NACIDO

LABORATORÍO

EXÁMENES DE TSH EN RECIÉN NACIDOS (TOMA Y ANÁLISIS)

F-MMENOR DE

30 DIAS1

APLICACIÓN DE VITAMINA

APLICACIONES DE VITAMINA K AL RECIÉN NACIDO

F-MMENOR DE

30 DIAS1

APLICACIÓN DE VACUNA

VACUNA CONTRA LA TUBERCULOSISBCG

F-M 1

APLICACIÓN DE VACUNA

ANTIHEPATITITIS B EN RECIÉN NACIDO F-MMENOR DE

30 DIAS1

CONSULTA

CONSULTA MÉDICA DE CONTROL AL RECIÉN NACIDO PREVIO AL EGRESO

1

1

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

PROGRAMATIPO DE

ACTIVIDADACTIVIDAD SEXO EDAD

FRECUENCIA EN EL

PERIODO AÑO

PARTO HUMANIZADOSIGNOS DE ALARMA DEL POSPARTO

CUIDADOS DEL POSPARTOLACTANCIA MATERNA

PUERICULTURASIGNOS DE ALARMA DEL RECIÉN NACIDO

VACUNACIÓN

CONTRA RUBEOLA SI NO TENIA ESTA VACUNA ANTES DEL EMBARAZO

EDUCACIÓN

F 10 años a 55 años

1

F 10 años a 55 años

1

HEMOCLASIFICACIÓN

SEROLOGÍA

F-MMENOR DE

30 DIAS1

F-MMENOR DE

30 DIAS1

1

VALORACIÓN POR ENFERMERÍA ALRECIÉN NACIDO PREVIO AL EGRESO

CONSULTA MÉDICA DE CONTROL AL RECIÉN NACIDO 72 HORAS DESPUÉS

DEL NACIMIENTO

PLAN CANGURO PARA RECIÉN

NACIDOS CON MENOS

DE 2500 GR DE PESO

FASE I HASTA CUMPLIR 40 SEMANAS DE EDAD CORREGIDA Y

2500 GR DE PESO

FASE II

F-M

F-M

F-M

F-M

F-M

MENOR DE 30 DIAS

MENOR DE 30 DIAS

MENOR DE 30 DIAS

MENOR DE 30 DIAS

MENOR DE10 SEMANAS

DE EDAD CORREGIDA

HASTA CUMPLIR1 AÑO DE EDAD

CORREGIDA

1

1

Page 11: afiliado al régimen contributivo,

PAGOS MODERADORES

Consulta Médica General y Especializada.Medicamentos formulados en consulta.Consultas Paramédicas (Nutrición, Psicología, Trabajo Social, Optometría).Consulta Odontológica.

17 18

La Ley 1438 de 2011, establece la obligación por parte de las EPS y las IPS de notificar a las autoridades competentes sobre los casos de niños que sufran maltrato físico, psicológico, o violencia sexual.

En este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 459 del 6 de marzo de 2012, adopta el protocolo y modelo de atención integral en salud para víctimas de violencia sexual, en los casos en que pueda existir negligencia de sus padres en la atención de niños, niñas y adolescentes. A su vez, la Superintendencia Nacional de Salud en Circular 10 de 2013 establece la obligación para las EPS y las IPS de brindar atención integral a las niñas o niños que lo requieran, además de brindarles un ambiente que les permita sentirse cómodos y tranquilos con el tratamiento. Se tiene como obligación proteger en todo momento el derecho fundamental de la salud por lo que la IPS debe tener un protocolo de atención de urgencias médicas exclusivo para niños y niñas. Las instituciones hospitalarias, públicas o privadas, del territorio nacional, que prestan servicios de salud, tienen la obligación de prestar atención de emergencia de manera inmediata a las víctimas que lo requieran, con independencia de la capacidad socioeconómica de los demandantes de estos servicios y sin exigir condición previa para su admisión, cuando estas lo requieran.

4.Valores vigentes año 2019

El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente para el año 2019 es de $ 828.116 pesos según lo definido por el Gobierno Nacional en el Decreto 2451 de 2018. La categoría puede variar mes a mes de acuerdo al último Ingreso Base de Cotización (IBC) reportado en la autoliquidación del cotizante.

Régimen Contributivo

Cuotas Moderadoras y Copagos

Son pagos que los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS- del régimen contributivo, deben realizar con el propósito de regular la utilización del servicio de salud, estimular el buen uso y ayudar a financiar el mismo, recuerde que su pago contribuye con el adecuado funcionamiento del Sistema.

Cuota Moderadora

El objetivo es regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso. El aporte lo deben realizar cotizantes y beneficiarios afiliados, al utilizar cualquiera de los siguientes servicios:

Page 12: afiliado al régimen contributivo,

19 20

Exámenes de Laboratorio Clínico y Rayos X de primer Nivel Ambulatorio.Urgencias no vitales.

$ 3.200

$ 12.700

$ 33.500

Valor de las Cuotas Moderadoras para el año 2019

Valor de Copagos para el año 2019

Ingreso�baseS.M.L.M.V.

C

B

A

Categoría

%por�

evento

valor�máximo

por�evento

valor�máximopor�usuario

año

$ 1.904.667.oo

$ 1.904.667.oo

$ 476.167.oo

$ 3.809.334.oo

$ 237.669.oo

$ 952.333.oo

Se exceptúan de copago los siguientes casos:

ALTO COSTO RÉGIMEN CONTRIBUTIVO:

1. Trasplante renal, corazón, hígado, médula ósea y córnea. 2. Diálisis peritoneal y hemodiálisis. 3. Manejo quirúrgico para enfermedades del corazón. 4. Manejo quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central. 5. Reemplazos articulares. 6. Manejo médico quirúrgico del paciente gran quemado. 7. Manejo del trauma mayor. 8. Diagnóstico y manejo del paciente infectado por VIH/SIDA. 9. Quimioterapia y radioterapia para el cáncer. 10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos. 11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas.

S.M.M.L.V.: Salario Mínimo Mensual Legal VigenteEstos valores pueden cambiar de acuerdo a la Ley o últimas reglamentaciones.

Copagos

El objetivo es ayudar a financiar el sistema; por eso corresponden a una parte del valor del servicio. El Copago es un pago porcentual que deben realizar los beneficiarios del cotizante, al recibir cualquiera de los siguientes servicios: cirugía, hospitalización, apoyos terapéuticos y diagnósticos de nivel 2 y 3.

Régimen Subsidiado

Los beneficiarios del Régimen Subsidiado contribuirán a financiar el valor de los servicios de salud que reciban a través de copagos establecidos según los niveles fijados por el Sisbén; en el régimen subsidiado no se aplica el cobro de las cuotas moderadoras.

Copagos

Son pagos que los beneficiarios al Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-del régimen subsidiado, deben realizar con el propósito de regular la utilización del servicio de salud, estimular el buen uso y ayudar a financiar el mismo, recuerde que su pago contribuye con el adecuado funcionamiento del sistema.

Pueden ser consultados en http://www.famisanar.com.co/cuotamoderadoraycopagos/

Page 13: afiliado al régimen contributivo,

21 22

SERVICIOS POS

Nivel SISBENCopago en % del

servicio

Valor máximo por evento

Valor máximo año

Nivel 1 No cancela No cancela

No Cancela

Nivel 2 10% ½ S.M.M.L.V ($414.058)

1 S.M.M.L.V ($828.116)

SERVICIOS NO INCLUIDOS EN EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD

Nivel SISBENCuota de recuperación

en % del servicio

Valor máximo por evento

Nivel 1 5%

Nivel 2 10%

2 S.M.M.L.V ($1.656.232)

1 S.M.M.L.V ($ ) 828.116

Se exceptúan de copago los siguientes casos: ALTO COSTO RÉGIMEN SUBSIDIADO:

1. Trasplante renal, corazón, hígado, médula ósea y córnea. 2. Manejo quirúrgico de enfermedades cardiacas, de aorta torácica y abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales, incluyendo las tecnologías en salud de cardiología y hemodinamia para diagnóstico, control y tratamiento, así como la atención hospitalaria de los casos de infarto agudo de miocardio. 3. Manejo quirúrgico para afecciones del sistema nervioso central, incluyendo las operaciones plásticas en cráneo necesarias para estos casos, así como las tecnologías en salud de medicina física y rehabilitación que se requieran, asimismo, los casos de trauma que afectan la columna vertebral y/o el canal raquídeo siempre que involucren daño o probable daño de médula y que requiera atención quirúrgica, bien sea por neurocirugía o por ortopedia y traumatología. 4. Corrección quirúrgica de la hernia de núcleo pulposo incluyendo las tecnologías en salud de medicina física y rehabilitación que se requieran. 5. Atención de insuficiencia renal aguda o crónica, con tecnologías en salud para su atención y/o las complicaciones inherentes a la misma en el ámbito ambulatorio y hospitalario.

6. Atención integral del gran quemado. Incluye las intervenciones de cirugía plástica reconstructiva o funcional para el tratamiento de las secuelas, la internación, fisiatría y terapia física. 7. Pacientes infectados por VIH/SIDA. 8. Pacientes con cáncer.9. Reemplazos articulares. 10. Internación en Unidad de Cuidados Intensivos. 11. Manejo quirúrgico de enfermedades congénitas. 12. Manejo del trauma mayor.

Cuotas de recuperaciónSon los dineros que deben pagar las personas afiliadas al Régimen Subsidiado y que reciban atenciones por servicios no incluidos en el Plan de Beneficios directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

Pueden ser consultados en http://www.famisanar.com.co/cuotamoderadoraycopagos/

Page 14: afiliado al régimen contributivo,

23 24

De igual manera y en términos generales se exceptúan de copago los siguientes casos:

-Atención de urgencias.-Enfermedades catastróficas y de alto costo. -Eventos y servicios de Alto Costo.-Programas de atención materno-infantil, controles prenatales, atención de parto, control post parto. -Programas promoción de la salud y prevención de la enfermedad.-Programas de control de atención de las enfermedades transmisibles.-Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral para patologías específicas.-Servicios ambulatorios de consulta médica, odontología y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el Plan de Beneficios

b) La población menor de 18 años con diagnóstico confirmado y certificado por el Onco- Hematólogo Pediátrico de Aplasias Medulares y Síndromes de Falla Medular, Desórdenes Hemorrágicos Hereditarios, Enfermedades Hematológicas Congénitas, Histiocitosis y Desórdenes Histiocitarios; c) La población menor de 18 años, cuando el médico general o cualquier especialista de la medicina, tenga sospecha de cáncer o de las enfermedades enunciadas en el literal anterior y se requieran exámenes y procedimientos especializados, hasta tanto el diagnóstico no se descarte.

3.Las personas mayores de edad, en relación con la práctica de la vasectomía o ligadura de trompas (Ley 1412 de 2010, artículos 2° y 3°).

4.Los niños, niñas y adolescentes de Sisbén 1 y 2, con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas que sean certificadas por el médico tratante, respecto a los servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del Plan de Beneficios (Ley 1438 de 2011, por la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud, artículo 18).

5.Los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia física o sexual y todas las formas de maltrato, que estén certificados por la autoridad competente, respecto de los servicios para su rehabilitación física, mental y atención integral hasta que se certifique médicamente su recuperación (Ley 1438 de 2011, artículo 19).

6.Todas las mujeres víctimas de violencia física o sexual, que estén certificadas por la autoridad competente, respecto de la prestación de los servicios de salud física, mental y atención integral, sin importar su régimen de afiliación, hasta que se certifique médicamente la recuperación de las víctimas (Ley 1438 de 2011, artículo 54).

Población exenta de cuotas moderadoras y copagos.

EPS Famisanar, aplicará para la exoneración de cuotas moderadoras y copagos lo definido en la Circular No. 0016 de 2014, sobre poblaciones exentas conforme al Acuerdo 260 de 2004 y leyes especiales expedidas con posterioridad.

Los grupos poblacionales exentos de manera concurrente del pago de cuotas moderadoras y copagos por leyes especiales son los siguientes:

1.Las personas con discapacidad mental que tienen derecho a los servicios de salud de manera gratuita, a menos que su patrimonio directo o derivado de la prestación alimentaria, le permita asumir tales gastos (Ley 1306 de 2009, artículo 12).

2.Los beneficiarios de la Ley 1388 de 2010 (artículo 4°, parágrafo 2°), que de conformidad con lo previsto en su artículo 2°, corresponden a: a) La población menor de 18 años a quien se le haya confirmado, a través de los estudios pertinentes, el diagnóstico de cáncer en cualquiera de sus etapas, tipos o modalidades, certificado por el Onco-Hematólogo Pediátrico, debidamente acreditado para el ejercicio de su profesión, de acuerdo con la normatividad vigente;

Page 15: afiliado al régimen contributivo,

25

RED DE PRESTACIÓN DE

+

BOGOTÁ

26

IPS PRIMARIA

7.Las víctimas del conflicto armado interno en los términos del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, y las pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en los términos del artículo 3° del Decreto-ley número 4635 de 2011, que se encuentren registradas en el Sisbén 1 y 2, en todo tipo de atención en salud que requieran. En caso de no hallarse afiliadas a ningún régimen, tendrán que ser afiliadas en forma inmediata al régimen subsidiado (Ley 1448 de 2011, artículo 52, parágrafo 2°; Decreto-ley 4635 de 2011 artículo 53, parágrafo 2°).

8.Las personas con cualquier tipo de discapacidad, en relación con su rehabilitación funcional, cuando se haya establecido el procedimiento requerido, en concordancia con los artículos 65 y 66 de la Ley 1438 de 2011 (Ley 1618 de 2013, artículo 9°, numeral 9).

9.Las víctimas de lesiones personales causadas por el uso de cualquier tipo de ácidos o sustancia similar o corrosiva que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano y generen algún tipo de deformidad o disfuncionalidad, respecto de los servicios, tratamientos médicos y psicológicos, procedimientos e intervenciones necesarias para restituir la fisionomía y funcionalidad de las zonas afectadas (Ley 1438 de 2011, artículo 53A, adicionado por el artículo 5° de la Ley 1639 de 2013).

La no cancelación de cuotas moderadoras o copagos, no puede constituirse en barrera de acceso al servicio de salud para los afiliados tanto del régimen contributivo como del régimen subsidiado.

5.SERVICIOS -

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO IPANEMA CALLE 26 SUR # 93D -067447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO EL PORVENIR CALLE 54 F SUR # 93C -18 LOC 151 CC MI CENTRO7447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO SUBA CL 145 # 92-30 LC 2-1 CENTRO COMERCIAL ACUARELA 7447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO USAQUEN AV 7 # 123 - 65 7447525

CAFAM CALLE 51 CL 51 # 15-343077011

CAFAM CENTENARIOCL 27 Sur 26 24 B. CENTENARIO3077011

CAFAM CALLE 48 CRA.13 # 48-47 3077011

CAFAM CLÍNICA PEDIÁTRICACL 51 # 15-34 3077011

CAFAM FLORESTA AV CRA 68 # 90-883077011

CAFAM KENNEDY CRA 78 K # 37 - 31 A SUR3077011

CAFAM QUIRIGUA TR. 92A # 82-003077011

CAFAM SUBACRA. 113 # 142 A 983077011

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO CALLE 26 CL. 26 # 24-52 PISO 37447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO CIUDADELA CRA 111 A # 82-367447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO SANTA LIBRADA AV CRA 1 A (USME) # 76 A - 04 SUR7447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO PUENTE ARANDA CALLE 13 # 63-807447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO TIERRA GRATA CALLE 71 # 101-217447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO FONTIBÓN CALLE 17 # 114-127447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO PORTAL NORTE AV CRA 45 # 176 - 277447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO 1 DE MAYO AV 1 DE MAYO # 42C - 10 SUR7447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO CHICALA CARRERA 85C # 53 SUR-217447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO RESTREPO CALLE 19 SUR # 21-327447525

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO QUIROGA CALLE 38 SUR # 18-307447525

Page 16: afiliado al régimen contributivo,

27 28

FUSAGASUGÁ COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO FUSAGASUGÁ Av. Las Palmas Cll. 7 No. 26-66 7447525

GACHALÁ E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE GACHETA - CENTRO DE SALUDGACHALÁ CENTRO8535130

GACHANCIPÁ HOSPITAL SAN ANTONIO DE SESQUILÉ / PUESTO DE SALUD DE GACHANCIPÁ Cra. 2 No. 6 - 418568062

GACHETÁ ESE HOSPITAL SAN FRANCISCO DE GACHETÁ Cr. 8 No. 6A-121 Entrada Principal 8535618

GIRARDOT COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO GIRARDOT Cr. 7 A No. 33 - 77 L. 134 7447717

GUACHETÁ CENTRO MÉDICO PROVINSALUD IPS E.U Cl. 1 No.2A-44 8556332

E.S.E HOSPITAL SANJOSÉ DE GUACHETÁ Cra. 2 No. 1 - 50 8556129 - 8556088

GUADUAS UNIPSALUD GUADUAS IPS SAS Cl. 1 A Sur No. 4-22 8417589 - 8466393

GUASCA CENTRO DE SALUD DE GUASCA CLL. 6 No. 6 - 04 8577120 Ext 103

GUATAVITA HOSPITAL SAN ANTONIO DEL MUNICIPIO DE GUATAVITA Cl. 6 No. 6-04 8577120

GUAYABETAL E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE CÁQUEZA - CENTRO DE SALUD DE GUAYABETAL Centro8480353

LA CALERA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DIVINO SALVADOR DE SOPO - CENTRO DE SALUD DE LA CALERA Cra. 4 Cl 8 ESQUINA8572697

LA MESA COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO LA MESA Cl. 4A No. 22-80 7447525

LA PALMA E.S.E. HOSPITAL SAN JOSÉ DE LA PALMA Cr. 5 No. 1- 08 8505166

LENGUAZAQUEE.S.E HOSPITAL EL SALVADORDE UBATÉ - CENTRO DE SALUDDE LENGUAZAQUE Cll. 3 No. 5 - 168557120

LA VEGA IPS CENTRO MÉDICO SANTA MARÍA LIMITADA Cr. 3 A No. 17 - 115 Barrio Centro 8457292 - 314200235

MACHETA HOSPITAL SAN MARTÍN DE PORRES - MACHETÁ Calle 5 No. 8 - 48 8569257

MADRID CAFAM MADRID Cr. 9 No. 7- 49 3077011

MEDINA ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL PILAR MEDINA Cr. 6 No. 11 - 38 6768989 - 3124499990

MOSQUERA E.S.E. MARIA AUXILIADORA DE MOSQUERA CALLE 3 No. 1 - 19 ESTE3505384201

NEMOCÓN HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL NEMOCÓN Cr. 6 No. 9-40 8544121

SILVANIA ESE HOSPITAL ISMAEL SILVA Cll. 9 No. 9 - 388684026

SIMIJACA ESE HOSPITAL EL SALVADOR DE UBATÉ - - CENTRO DE SALUD DE SIMIJACACl. 10 No. 6 - 498555197

SOACHA CAFAM SOACHA Cra 3 No. 29 A - 02 L. 1041 3592424 - 3592323

COLSUBSIDIO CENTROMÉDICO SOACHA Cr. 7 No. 16-56 7447525

COLSUBSIDIO CENTROMÉDICO SOACHAVENTURA TERREROS Cr. 1 No. 38 - 53 L. 2 -22 7447525

SOPÓ CAFAM SOPÓ Cr. 2 No. 3-77 8789214

SUBACHOQUE CENTRO DE SALUD DE SUBACHOQUE 8901818

SUESCA UNIDAD MÉDICO QUIRÚRGICAY ODONTOLÓGICA SANTA CAROLINA Cr. 7 No. 9 B - 058563754 - 8563275

SUPATA E.S.E HOSPITAL SAN RAFAEL DE PACHO - PUESTO DE SALUD DE SUPATA CRA 8 No. 3 - 118540055

SUSA E.S.E HOSPITAL EL SALVADOR DE UBATÉ - CENTRO DE SALUD DE SUSA CRA 3 No. 8 - 278559243

SUTATAUSA E.S.E HOSPITAL EL SALVADOR DE UBATÉ - CENTRO DE SALUD DE SUTATAUSACRA 4 CLL. 128582027

TABIO CENTRO MÉDICO SAN LUIS CLÍNICA QX SOCIEDAD EN COMANDITA Cr. 1 No. 4- 27 8660490

AGUA DE DIOS ESE SANATORIO AGUA DE DIOS Cr. 11 No.21-108 8345000

ANAPOIMA CENTRO DE SALUD DE ANAPOIMA Cll. 3 Cra. 3 8443023

ANOLAIMA HOSPITAL SAN ANTONIO DE ANOLAIMA Cl. 3No. 1-818453603

ARBELÁEZ ESE HOSPITAL SAN ANTONIO DE ARBELÁEZ Cl. 7 A No. 8-48 8686069 / 68

APULO CENTRO MÉDICO COLSUBSIDIO APULO Cl. 8 Casa 131 Barrio Chico

BOJACÁ CAFAM BOJACÁ Cr. 7 No. 6-75 Esquina 8243286

CACHIPAY CENTRO DE SALUD DE CACHIPAY CRA 8 CON CLL 4 5878570

CAJICÁ CAFAM CAJICÁ Cr. 6 # 5 A - 438662769 - 8668780 - 8662761

COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO CAJICÁ Cr. 5 No. 2-85 Sur 7447525

CÁQUEZA E.S.E HOSPITAL SAN RAFAEL DE CÁQUEZA Cll. 6 No. 5 - 00 Centro8480244 - 3136715260

CARMEN DE CARUPA HOSPITAL HABACUC CALDERÓN Cl. 2 No. 1E-50 8554120 - 3132856974

CHIPAQUE E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE CÁQUEZA CENTRO DE SALUD DE CHIPAQUE CARRERA 6 - CENTRO8480353

CHOACHI E.S.E HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE FOMEQUE - CENTRO DE SALUD CHOACHI VIA EL REFUGIO8486172

COGUAHOSPITAL UNIVERSITARIO DELA SAMARITANA - CENTRO DE SALUDCOGUA Cll. 4 Cra. 2 8522456

COTA CAFAM COTA Diag. 11 No.5-11 8631250

CHÍA CAFAM CHÍA Cra. 9 No. 16 A - 093077011

CHOCONTÁ SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIAEN SALUD - SADISALUDCarrera 5 No 7 - 918561277

CUCUNUBÁ E.S.E CENTRO DE SALUD CUCUNUBÁCarrera 4 No 4 - 618580128

EL COLEGIO HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DEL COLEGIO Av. Medina No. 6 - 06 8475026 Ext. 22

EL ROSAL CAFAM ROSAL Cra. 8 No. 11- 07 8240626

EL PEÑÓN ESE CAYETANO MARÍA ROJASCra. 3 No. 3 - 093112405402

FACATATIVÁ CAFAM FACATATIVÁ Cl. 4 No. 2 - 60 8424042 - 8430587

FÓMEQUE E.S.E HOSPITAL SANVICENTE DE PAUL Cl. 4 No. 5-00 8485378

FOSCA CENTRO DE SALUS DE DE FOSCA Cra. 1 No.3 - 05 8490112

FUNZA COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO FUNZA Cra 9 No. 17A-95 7447717 - 8234020 -

CUNDINAMARCANILO PUESTO DE SALUD NILO DUMIANCra 4 No. 5 - 128886000 Ext 19687

NOCAIMA ESE HOSPITAL DE LA VEGA - PUESTO DE SALUD NOCAIMA Cra. 6 No. 9- 188451002

PACHO ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE PACHO Cl. 9 No. 16 - 35 8540055 - 8540185

PASCA E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE FUSAGASUGA - PUESTO DE SALUD DE PASCA Centro8688019

QUETAME HOSPITAL SAN RAFAEL DE CÁQUEZA - CENTRO DE SALUD DE QUETAMECENTRO

RICAURTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO CENTRO DE SALUD RICAURTE CALLE 4 No. 14 B - 228317484

SAN ANTONIO DE TEQUENDAMA E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIO DE TEQUENDAMA CARRERA 5 No. 4 - 183112069340

SAN BERNARDOCENTRO DE SALUD DE SAN BERNARDO CRA. 7 No. 9-448680013

SAN FRANCISCO E.S.E CENTRO DE SALUD SAN FRANCISCO DE SALES Calle 5 Cra. 7 ESQUINA8478336

SASAIMA HOSPITAL LOCAL HILARIO LUGO Cr. 4 No. 8A-75 8468380

SESQUILÉ ESE HOSPITAL SAN ANTONIO SESQUILÉ Cl. 5 No. 8-66 8568240

UNIDAD MEDICO QUIRÚRGICA YODONTOLÓGICA SANTA CAROLINA Cra. 5 No. 4 - 143202111483

Page 17: afiliado al régimen contributivo,

29

CESAR

MAGDALENA

META

TUNJA COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO TUNJA Tv. 11 No. 31- 347447525

VILLA DE LEYVA HOSPITAL SAN FRANCISCO DE VILLA DE LEYVA Cl. 10 # 7 - 98 Plazoleta San Francisco 7320244 – 3212164907

VALLEDUPAR CAFAM VALLEDUPAR Cl. 17 No. 12-764369059

AGUSTÍN CODAZZI SERMULTISALUD - CLÍNICA CODAZZI Cll. 14 No. 13 - 05 5765156

TOLIMA

CARMEN DE APICALA HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN Cll. 2 No. 5 - 072479693 - 2476026

ESPINAL SANTA SOFÍA IPS ESPINAL SAS Cr. 7 No. 5 - 66 2390274 - 3183541033

FLANDES ESE HOSPITAL NUESTRA SEÑORADE FÁTIMA Cll. 6 No. 9 - 452404402

HONDA ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS Cra. 21 / 22 Calle 92514720 - 2513220 - 2515716

IBAGUÉ PROFAMILIA IBAGUÉ Cra. 4 A No. 31 - 953508072018

MARIQUITA HOSPITAL SAN JOSÉ DE MARIQUITA Cr. 4 Calles 10 y 112522450

MELGAR CAFAM MELGAR Cll. 7 No. 25 - 392455398

CIÉNAGA FUNDACIÓN POLICLÍNICA DE CIÉNAGA Cl. 8 No. 12 - 264240485 Ext 231 - 224

SANTA MARTA CAFAM SANTA MARTA Cra. 5 No. 26 A - 534369051

ACACIAS MULTISALUD LTDA Cll. 14 No. 32 - 776719000

GUAMAL MULTISALUD LTDA Cll. 10 No. 4 A - 266719000

30

SANTANDER

BARRANCABERMEJA CLÍNICA SAN JOSÉ

Cll. 47 No. 78 - 726020217 - 3204956573

BUCARAMANGA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMFENALCO SANTANDER Calle 34 No. 26-036577000 - 6309011 Ext 3100 - 3315

CLINICA CHICAMOCHA S.A. - CONUCOS Calle 63 No. 30-816459680 - 6452210

EL PLAYON MEDICAL CENTER LIMITADA Calle 10 No. 5-363156625986

FLORIDABLANCA CLÍNICA CHICAMOCHASEDE AMBULATORIA CAÑAVERAL Cra. 26 No. 30 - 516453232

GIRON CENTRAL MEDICA LAS NIEVES EU

Cll. 29 No. 25 - 076463281 - 3203263076

PIEDECUESTA CLINICA PIEDECUESTA S.A.

Cra. 11 No. 6 - 486551251 - 6913982

CALDAS

LA DORADA MEDICARE IPS

Calle 12 No. 5-358864696

ATLÁNTICO

BARANOA CEMEGS IPS Cl. 16 No. 17-18 L. 2 8788346 - 3002055414

BARRANQUILLA CAFAM BARRANQUILLACr. 53 No. 70- 112 Local 1 3162231

COMFAMILIAR ATLÁNTICOCll. 47 No. 43 - 573207300 Ext 1646

MALAMBO PRONTASALUD LTDACl. 9 No. 17-25 3701287

GALAPA FUNDACIÓN GRUPO DE ESTUDIOBARRANQUILLACl. 10 No. 24 - 693197778

PUERTO COLOMBIA UNIDAD DE ATENCIÓN AMBULATORIA PUERTO COLOMBIA Cl. 2 No. 10-25 3091999

JUAN DE ACOSTA IPS MARÍA DEL MAR S.A.S Cl. 6 No. 5-24 8754301

SABANALARGA UNIDAD DE ATENCIÓN AMBULATORIA SABANALARGA CRA 23 N. 34-86 8783113

SOLEDAD CENTRO DE ATENCIÓN EN SALUD CAFAM CLL. 30 N. 16 - 2203162235

TAUSA E.S.E CENTRO DE SALUD DE TAUSA Cr. 4 No. 4 A - 12 8583024

TENA PUESTO DE SALUD Cr. 5 No. 2 - 908493500

TENJO CLÍNICA DE TENJO Cr. 6 No. 1 A - 048645062

TOCAIMA E.S.E. HOSPITAL MARCO FELIPE AFANADOR Cr. 10 No.5-64 8367544 - 8367547

TOCANCIPÁ CAFAM TOCANCIPÁ Cll.11 No. 4 - 11 8574150

UBALA E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE GACHETA - PUESTO DE SALUD DE UBALA CENTRO8535618

UBAQUEE.S.E HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE FOMEQUE - CENTRO DE SALUD UBAQUE CALLE 4 CARRERA 28407016

UBATÉ CAFAM UBATÉ Cr. 4 No. 5-25 8891790 – 8891792 – 8891793

UNE E.S.E CENTRO DE SALUD TIMOTEORIVEROS CUBILLOSCr. 4 No. 1 - 398488400

UTICA E.S.E HOSPITAL SALAZAR VILLETA - CENTRO DE SALUD UTICA Cra. 1 No. 2 - 14 B8545500

VERGARA ESE HOSPITAL SANTA BÁRBARA DE VERGARA Vereda El Palmar 8459056 - 8459172

VILLAPINZÓN ESE HOSPITAL SAN MARTÍN DE PORRES - VILLAPINZÓN Cr. 9 No. 3- 01 8566037

BOLÍVAR

BOYACÁ

CARTAGENA CENTRO DE ATENCIÓN EN SALUDCAFAM CARTAGENA 4 VIENTOS Av. Pedro de Heredia Cl. 31 No. 50 - 83 Locales 1 -2 - 3 - 46429982

CHIQUINQUIRÁ COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO CHIQUINQUIRÁ Cll. 17 No. 7 - 34 7447525 - 7263890

DUITAMA COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO DUITAMA Cl. 17 No. 12-08 7447525

GARAGOA ESE HOSPITAL REGIONAL VALLE DE TENZA GARAGOA Transv. 8 No. 6 - 65 7500487 – 3208779281

MONIQUIRÁ ESE HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ Cl. 19 No. 8 -1087282360 - 7282854

PAIPA COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO PAIPA Cl. 24 No. 18-23 7447525

PUERTO BOYACÁ ESE HOSPITAL JOSÉ CAYETANO VÁSQUEZ Cr. 5 No. 26 - 02 Av Santander 7384800

SAMACÁ ESE HOSPITAL SANTA MARTA Cl. 4 No. 2-18 7772008

SOATÁ HOSPITAL SAN ANTONIO Cr. 7 No. 6-31 7880264

SOGAMOSO COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO SOGAMOSO Cl. 13A No. 16A-22 7732251 - 7447525

VILLETA IPS CENTRO MÉDICO SANTA MARÍA Cra 4 No 5 - 45 8457292 - 3142002355

YACOPI CENTRO DE SALUD SAN ANTONIOCLL. 11 N. 5 - 258546128

ZIPAQUIRÁ CAFAM ZIPAQUIRÁ Cr. 11 No. 6 - 51 8515502 - 8527846

GRANADA MULTISALUD LTDA Cra. 16 No. 44 - 426719000

PUERTO GAITÁN MULTISALUD LTDA Cll. 8 No. 10 - 226719000

PUERTO LÓPEZ MULTISALUD LTDA Cra. 7 No. 7 - 876719000

SAN MARTIN MULTISALUD LTDA Cra. 4 No. 10 - 276719000

VILLAVICENCIO CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIOFAMILIAR COLSUBSIDIO Cll. 26 37 - 50

Page 18: afiliado al régimen contributivo,

31 32

COLSUBSIDIO FARMACIA CALLE 26 Cl. 26 No.24-34 2451016 FAX: 338 41 44 COLSUBSIDIO FARMACIA PUENTE ARANDA IND Cl. 13 No. 62-96 2615312

COLSUBSIDIO FARMACIA MARLY Cr. 8 No. 49-25 3404408-3400430

COLSUBSIDIO ENTREGAS ESPECIALES Cl. 31 No. 13A-52; Torre I, Sótano 2Edificio Panorama; Local LC 04 6509297

DROGUERÍA CAFAM FLORESTA Cr. 68 No. 90-88 6468000 Ext. 3874 - Revisor 3876 Atención al Usuario Ext. 3886 - 3706 - 3875 DROGUERÍA CAFAM FLORESTA SIMULTANEIDAD COLPATRIA Av. Cr. 68 No. 90 - 88 6468000 Ext. 1534 - 1536

DROGUERÍA CAFAM ZIPAQUIRÁ VIRREYES Cl. 4 No. 6-39 8528180-8528190 DROGUERÍA CAFAM AVENIDA CHILE Av. Caracas No. 71-60 2102459 DROGUERÍA CAFAM ZARZAMORA Av. Cl. 72 No. 90-55 / 61 2236934

DROGUERÍA CAFAM LISBOA Cr. 10 No. 134 - 07 2743406 IP 3687 DROGUERÍA CAFAM SUBA Tv. 114 No. 142A - 98 6620300 Ext. 1097 IP 3685 DROGUERÍA CAFAM EL NOGAL Cr. 11 No. 76 - 45 Local 4 3133561 - 3133572 IP 3689

COLSUBSIDIO SÚPER FARMACIA CALLE 67 Cl. 67 No. 10A-39 6062631

COLSUBSIDIO FARMACIA CALLE 63 Cl. 63 No. 24-45 2101282 - 24930692358634 Ext 117 COLSUBSIDIO FARMACIA USAQUÉN Cr. 7 No.123-65 653 90 99 -653 91 04 COLSUBSIDIO FARMACIA UNICENTRO DE OCCIDENTE Cr. 111C No. 86-32 Local 101 4310182-4314268 COLSUBSIDIO FARMACIA DEP TIERRA GRATA Cl. 70 No. 101-24 2296626 COLSUBSIDIO DROGUERÍA AVENIDA 15 Cr. 15 No. 74 - 22 2555891 COLSUBSIDIO FARMACIA PORTAL DEL NORTE Av. Cr. 45 No.176-31 6700976

CÁQUEZA FAMEDIC CÁQUEZA Cr. 3 No. 3-14 3202749492

ANOLAIMA

APULO

ARBELÁEZ COOPERATIVA MULTIACTIVA COOPSUMAPAZ ARBELÁEZ PHARMAE Cl. 6 No. 8-25 3115504249

CHÍA DROG. CAFAM SUR. CHÍA Av. Pradilla Nº 5 - 92 Local 30 8618004 IP 3334

CACHIPAY DROGUERÍA TULIVIAN Cl. 3 No. 5-32 3107894254

MADRID DROG. CAFAM BOG.SUR. MADRID Cl. 7 No. 9 - 40 8250330 IP 3340

CUNDINAMARCA

CARMEN DE CARUPA

MELGAR DROG. CAFAM EXI. MELGAR Cl. 8 Cr. 15 Centro Vacaciones Cafam 2450500 Ext. 4402

CHOCONTÁ

COLSUBSIDIO FARMACIA DEP. CHICALÁ Cl.53 SUR N° 95 A- 21 7835896

COLSUBSIDIO FARMACIA QUIROGA Cl. 38 Sur 18-30 Piso 2 7606461 COLSUBSIDIO FARMACIA COLMOTORES Av. Boyacá No.33-53 7400111 Ext. 1641

COLSUBSIDIO FARMACIAKENNEDY Cl. 37 Sur No. 78J-21 4540629 COLSUBSIDIO FARMACIA SOACHA Cr. 13 No. 5-41 Local 13-14 7265482 DROGUERÍA CAFAM CALLE 51 Cr. 15 No. 51-45 3105111 Ext. 4554 - 4560 - 4576

DROGUERÍA CAFAM COLSEGUROS Cl. 17 No. 9-82 Int. 203 2811621 DROGUERÍA CAFAM EXPRESS CALLE 48 Cr. 13 No. 48-37 3105111 Ext. 4781 - 4782

DROGUERÍA CAFAM QUIRIGUA Diag. 94 No 82 - 00 4402329 DROGUERÍA CAFAM RESTREPO Cr. 20 No. 14-17 Sur 3734309 DROGUERÍA CAFAM NUEVO KENNEDY Cr. 78K No. 37A - 53 Sur 4481150 Ext. 5715 - 5728

DROGUERÍA CAFAM CIUDAD BOLÍVAR Cl. 62 No. 43B-73 Sur 7171225 IP 3691

COLSUBSIDIO FARMACIA CIUDAD ROMA Cra. 80 No. 53-20 Sur 4506061-4506117 COLSUBSIDIO FARMACIA PRIMERO DE MAYO Av. 1 de Mayo No. 42c-10 4505530 - 4505531 Ext. 108 COLSUBSIDIO FARMACIA RESTREPO Cl. 19 Sur No. 21-32 2784712 - 278 46 66 Ext. 114 FAX: 278 46 66 COLSUBSIDIO FARMACIA SANTA LIBRADA Av. Cr. 1 (Usme) No. 76A-04 2001806 -7631338 Ext. 123

COLSUBSIDIO FARMACIA DEP. FONTIBÓN VILLANUEVA Cl. 17 NO. 114-12 4182377

RED DE DROGUERÍAS

Bogotá - NACIONAL

6.

COLSUBSIDIO FARMACIA MAZURÉN Cl. 152 No 53A-05 3431899 Ext. 3306 COLSUBSIDIO FARMACIA CALLE 95 Autp. Norte 95 - 08 6223388

COLSUBSIDIO DROGUERÍA FONTIBÓN VILLA NUEVA Cl. 17 No. 114-12 4182377

SOACHA DROGUERÍA CAFAM SOACHA Cr. 3 No. 9A-02 Centro Comercial Unisur 7322995 IP 3871

DROGUERÍAS MEDISFARMACARRERA 6 # 3 -22

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA LA ESTRELLA AV. COLOMBIA CALLE 13 # 5 - 14

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA DA SALUD CALLE 4 # 4-48

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGAS CARUPA CARRERA 3 # 3 - 02

COLSUBSIDIO FARMACIA QUINTA CAMACHO Cl. 67 Cr. 7-35 3178651-3178652-3178650 DROGUERÍA CAFAM GRANADA HILLS Av. 45 No. 146 -48 6277137 COLSUBSIDIO FARMACIA STTUGART Cr. 40 No. 169-42 679 20 61

COLSUBSIDIO FARMACIA SUBAZAR Cl. 145B No.91-35 Local 152 6832297

COLSUBSIDIO FARMACIA ALMIRANTE COLON Cr. 16 No. 84A-17 6216429

BOGOTÁ

Page 19: afiliado al régimen contributivo,

33

LA VEGA

MACHETA DROGUERÍA 2001 Cl. 5 No. 8-07 3134253556

BOJACÁ P. DISP CAFAM BOJACÁ Cr. 7 No. 6-75 6505222 IP 3694

MEDINA

EL ROSAL P. DISP CAFAM EL ROSAL Cr. 8 No. 11-07 Barrio San Carlos 6505222 IP 3679

NEMOCÓN

34

EL PEÑÓN ESE EL PEÑÓN Cr. 3 No. 3 - 08 3132978337

COTA P. DISP CAFAM COTA Diag. 11 No. 5 - 11 8640537 - 8641152 IP 3678

CAJICÁ P. DISP CAFAM CAJICÁ Cr. 4 No. 0 - 95 8796739 - 8796740 IP 3677

FACATATIVÁ DROGUERÍA FACATATIVÁ Cr. 10 No. 8 A-12 local L 58 Centro Comercial Nova Plaza 8438727-8438407

FÓMEQUE

FOSCA CENTRO DE SALUD FOSCA ESE Cr. 1 No. 3 - 05 3112139607

FUNZA DROGUERÍA FUNZA Cr. 9 No. 17A- 95 8261795 – 8263999 - 1104

FUSAGASUGÁ DROGUERÍA FUSAGASUGÁ Cr. 5 No.7-25 8733352

FLANDES DROGUERÍA LA FAVORITA Cr. 2 No. 2 - 59 B. La Virgen 3133159704 3134074498

GACHETÁ

GIRARDOT DISPENSARIO GIRARDOT Cr. 10 No. 25-21B/Sucre 8325411

GUACHETÁ

GUADUAS DISPENSARIO GUADUAS C/MARCA Cl. 4 No. 6-50 8416207

GUASCA

GUATAVITA

LA MESA DROGUERÍA LA MESA Cl. 4 No. 22-80 La Mesa 847 14 64

LA PALMA

EL COLEGIO

DROGUERÍAS MEDISFARMA CARRERA 6 # 9 - 30

DROGUERÍAS MEDISFARMA CALLE 5 # 17 - 42

DROGUERÍAS MEDISFARMA CARRERA 3 # 22 -38 - 42

DROGUERÍAS MEDISFARMA CALLE 3 # 2- 15

DROGUERÍAS MEDISFARMA CARRERA 5 # 5 - 06

DROGUERÍAS MEDISFARMA CALLE 6 # 4 - 82

DROGUERÍAS MEDISFARMACALLE 6 # 4 - 75

DROGUERIA SIGLO XXI (FARMACENTER) NEMOCÓN CALLE 2 # 2-50

DROGUERIA MEDISFARMA DROGUERIA POPULAR EL DORADO SARMIENTO CARRERA 6 # 6-21

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA SERVIFARMA MESITAS CRA 7 # 6B-17 CENTRO

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA DEISY LORENA CARRERA 2 # 2 - 45

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA LUZMAVEL CARRERA 6 # 6 - 08

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERIA VALENTINA L

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA DAVISAN MS CARRERA 3 # 3-29

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA LADIMAR CALLE 5 # 3 - 39 CENTRO

DROGUERÍA MEDISFARMA DROGUERÍA SUPERDESCUENTOS 15 CARRERA 4 # 7 -12

DROGUERÍA MEDISFARMA Cl 6 A #1a-35

FACATATIVÁ DROG. CAFAM FACATATIVÁ CALLE 14 Cr. 4 No. 3-31 890 69 78 IP 3332

VENECIA COOPERATIVA MULTIACTIVA COOPSUMAPAZ VENECIA Cl. 2 No. 3-80 Barrio Divino Niño 314 4438223

VERGARA

VILLA PINZÓN DROGUERÍA COOPERATIVA SERVISACOP Cl. 5 No. 3-17 3115176066 - 3138049189

ZIPAQUIRÁ DROG. CAFAM ZIPAQUIRÁ CRA 9 Cr. 9 No. 6 - 15 8815302 IP 3335

DROGUERÍA ZIPAQUIRÁ Cr. 8 No. 6-20 3444000

DROGUERÍA MEDISFARMA MARTÍNEZ CALLE 5 # 1-41 ESTE

DROGUERÍA MEDISFARMA RAÚL HERNANDO CALDERÓN RODRÍGUEZ CALLE 3 # 2-35

Page 20: afiliado al régimen contributivo,

35 36

CALDAS

CESAR

MAGDALENA

META

PAIPA DISTRIMEQ LTDA. - PAIPA Cr. 21 No. 23- 05 3152555998

TUNJA DISPENSARIO UBA TUNJA Cr. 6 No. 47A- 40 Centro Comercial Centro Norte Local 66

7409022

SOGAMOSO DROGUERÍA INDEPENDIENTE SOGAMOSO Cl. 13 No. 11-55 7750288

DUITAMA DISPENSARIO EPS SAN JOSÉ DUITAMA Cra. 16 No 14-42 7623938

MONIQUIRÁ HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ ESE Cl. 19 No. 8-108 7282630-7282854

SAMACÁ ESE HOSPITAL SANTA MARTA DE SAMACÁ Cl. 4 No. 2-18 7372008

SOATÁ HOSPITAL SAN ANTONIO DE SOATÁ Cr. 7 No. 6-31 7880205-7881527

VILLA DE LEYVA HOSPITAL SAN FRANCISCO DE VILLA DE LEYVA Cl. 10 No. 7 - 98 Plazoleta San Francisco 7320516

DORADA AUDIFARMA Cll. 12 No. 6 - 148577437

VALLEDUPAR DROGUERÍA CAFAM VALLEDUPAR Cl. 17 No. 12 -76

SANTA MARTA DROGUERÍA CAFAM EL LIBERTADOR EXITO Av. Libertador Cr. 20 Esquina 4201415

CIÉNAGA NEVADA Cl. 16 No. 13-05 4240329

VILLAVICENCIO DISPENSARIO VILLAVICENCIO Av. 40 No. 27-00 Local 119

SERVICIOS MÉDICOS FAMEDIC S.AS Cr. 41 No. 34-47 3202749492

PUERTO GAITÁN SERVICIOS MÉDICOS FAMEDIC SAS - PUERTO GAITÁN Cr. 4 No. 16-12 Barrio popular 3202749492

ACACIAS SERVICIOS MÉDICOS FAMEDIC SAS- ACACIAS Cl.12 No. 27 -81 B. Las Acacias 3202749492

GRANADA SERVICIOS MÉDICOS FAMEDIC SAS-GRANADA Cr. 16 No. 15 - 26 3202749492

PUERTO LÓPEZ SERVICIOS MÉDICOS FAMEDIC SAS-PUERTO LÓPEZ Cl. 8 No. 7-62 BARRIO GAITÁN 3202749492

SANTANDER

BUCARAMANGA DROGUERÍA CAFAM CABECERA EXITO BUCARAMANGA Cr. 35A No. 49-27 6853051

P. DISP CAFAM BUCARAMANGA REAL MINAS Cr. 33 No. 54 - 41 IP 3698

CLÍNICA CHICAMOCHA SEDE CONUCOS Cl. 40 No. 27A-22 6459680

BARRANCABERMEJA DROGUERÍA BARRANCABERMEJA Cl. 50 No. 24-37 6111982

FLORIDABLANCA DROGUERÍA FLORIDABLANCA Cr. 24 No. 30-27 CAÑAVERAL 6848836

GIRÓN DROGUERÍA GIRÓN Cl. 41 No. 23-81 6469784

PIEDECUESTA DROGUERÍA PIEDECUESTA Cr. 7 No. 6-93 6564800

ESPINAL COLSUBSIDIO DROGUERÍA ESPINAL Cr. 7 No. 8-13 2394759/60 Ext. 86463

IBAGUÉ COLSUBSIDIO DROGUERÍA IBAGUÉ Cr. 5 No. Cl. 42 2654521

COLSUBSIDIO DROGUERÍA IBAGUÉ Cr. 5 No. 13-43 2612292

CÁDIZ Cr. 4 D No. 33-25 Barrio Cádiz 2774376 -77

TOLIMA

BARRANQUILLA

DROG. CAFAM B/QUILLA EXI. MURILLO Cl. 45 Cr. 26-129 Esquina 3468973 IP 3362

P. DISP CAFAM B/QUILLA CALLE 76 Cr. 49B No. 76-93 3605660-3606047

DROGUERÍA CAFAM NUEVO PRADO Cl. 70 No. 54-62 Local 108 3187899 IP 3692

P. DISP CAFAM B/QUILLA CALLE 76 Cl. 70 No. 54-62 Local 108 3187899 IP 3692

CARTAGENA

PLAZA COLON Centro Comercial Plaza Colon Local 5 6531380

SAN FELIPE Cl. 32 No. 20 - 128 Av. Pedro de Heredia 6565417- 6584865

DROGUERÍA CAFAM PEDRO HEREDIA EXITO CARTAGENA Av. Pedro de Heredia No. 69 -75 Sector Contadora 6535000 IP 3569 - 6817428

GARAGOADISTRIMEQ LTDA. - GARAGOA Cr. 9 No. 11-06 3132821677

GUATEQUE DISTRIMEQ LTDA.- GUATEQUE Cl. 3 No. 5-77 3118700908

ATLÁNTICO

BOLÍVAR

BOYACÁ

NACIONAL

Page 21: afiliado al régimen contributivo,

Para determinar la prioridad de la atención de los pacientes en un servicio de urgencias, se tendrá en cuenta la siguiente categorización (de mayor a menor riesgo): Triage I: Requiere atención inmediata. La condición clínica del paciente representa un riesgo vital y necesita maniobras de reanimación por su compromiso ventilatorio, respiratorio, hemodinámico o neurológico, perdida de miembro u órgano u otras condiciones que por norma exijan atención inmediata. Triage II: La condición clínica del paciente puede evolucionar hacia un rápido deterioro o a su muerte, o incrementar el riesgo para la pérdida de un miembro u órgano, por lo tanto, requiere una atención que no debe superar los treinta (30) minutos. La presencia de un dolor extremo de acuerdo con el sistema de clasificación usado debe ser considerada como un criterio dentro de esta categoría. Triage III: La condición clínica del paciente requiere de medidas diagnósticas y terapéuticas en urgencias. Son aquellos pacientes que necesitan un examen complementario o un tratamiento rápido, dado que se encuentran estables desde el punto de vista fisiológico aunque su situación puede empeorar si no se actúa.

Triage IV: El paciente presenta condiciones médicas que no comprometen su estado general, ni representan un riesgo evidente para la vida o pérdida de miembro u órgano. No obstante, existen riesgos de complicación o secuelas de la enfermedad o lesión si no recibe la atención correspondiente.

Triage V: El paciente presenta una condición clínica relacionada con problemas agudos o crónicos sin evidencia de deterioro que comprometa el estado general del paciente y no representa un riesgo evidente para la vida o la funcionalidad de miembro u órgano. Todo usuario tiene derecho a la atención inicial de urgencias en cualquier IPS habilitada en este servicio sin estar sujeta a solicitud de autorización del servicio.

Posterior al ingreso al servicio de urgencias, a todos los usuarios se les debe realizar la clasificación (Triage) para determinar la prioridad y tiempo de la atención, y después de la realización del Triage se realizará el proceso de verificación de derechos.

Los pacientes clasificados como Triage IV y V pueden ser retomados por la EPS mediante la estrategia de optimización de urgencias consistente en la asignación de citas prioritarias. Es deber de los usuarios usar adecuadamente y de forma responsable los servicios de urgencias.

37 38

de pacientes en los Servicios de

SISTEMA DE SELECCIÓN Y CLASIFICACIÓN

Urgencias - Triage

7.

Page 22: afiliado al régimen contributivo,

ATENCIÓN DE URGENCIAS

BOGOTÁ - CUNDINAMARCA

39 40

8.

CAFAM CLÍNICA PEDIÁTRICA CL 51 # 15 - 34 3077011

CAFAM FLORESTA CASAV CRA 68 # 90 - 88 3077011 - 3077011 Ext. 4

CAFAM SUBACR 113 # 142 A - 98 3077011 Ext. 4

HOSPITAL UNIVERSITARIO CLÍNICA SAN RAFAEL CR 8 # 17 - 45 B SOCIEGO 3282300, 3282350

FUNDACIÓN HOSPITAL LA MISERICORDIA AV. CARACAS # 1-13

CLÍNICA NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ CL 13 # 68 F 25 B MONTEVIDEO 2921277 Ext. 406

CLÍNICA NUEVACL 45 F # 16 A 11 B. PALERMO

CLÍNICA VASCULAR NAVARRAAUT. NORTE # 106 - 30 B. CHICO

CLÍNICA PARTENON LTDACL 74 # 76-69 B. TABORA

COLSUBSIDIO CLÍNICA INFANTILCL. 67 # 10-27 7447717

COLSUBSIDIO CLÍNICA CIUDAD ROMA CL. 53 SUR # 85-71 7447525

EUSALUD CLÍNICA DE TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA - EUSALUD S.A. CR 78 # 3 A - 40

CLÍNICA PALERMOCR 23 # 45 C - 31 7420550 - 5727777

E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA CR 8 # 0-29 SUR

CLÍNICA DEL OCCIDENTE S.A. AV DE LAS AMÉRICAS # 71 C - 29

MÉDICOS ASOCIADOS S.A. CLÍNICA FUNDADORES CRA 36 # 25C -15

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ CL 52 # 67 A 71 B. MODELO NORTE

SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD NORTE E.S.EUNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD SIMÓN BOLÍVAR CL 165 # 7 - 06 6513000 - 3012116020

UNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD ENGATIVA CALLE 80 TRANSV. 100 A # 80 A - 50 6513000 - 3012116020

UNIDAD DE SERVICIOS DE SALUD CHAPINERO CL 66 # 15-41

COLSUBSIDIO CENTRO MEDICO QUIROGA CL 38 SUR # 18 - 30 7447525

AGUA DE DIOS E.S.E. SANATORIO DE AGUA DE DIOS

CR 11 # 21-108 8345000

ANOLAIMA E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIO DE ANOLAIMA CL 3 # 1-81 8453603

APULO CENTRO DE SALUD RAFAEL REYES DE APULO CL 7 # 4-74

ARBELÁEZ E.S.E HOSPITAL SAN ANTONIO DE ARBELÁEZ

CL 7 A # 8 - 48 8686069, 8686068

CAJICÁ CENTRO MEDICO SAN LUIS CLÍNICA QX SOCIEDAD EN COMANDITA CRA 4 # 1-30 8795760

CÁQUEZA E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE CAQUEZA AV 5 # 5-80 8480551

CARMEN DE CARUPA E.S.E. HOSPITAL HABACUC CALDERON CARMEN DE CARUPA CL 2 # 1 E 50 B. CENTRO 8554120, 3132856974

CHÍA CLÍNICA UNIVERSIDAD DE LA SABANA

KM. 21 AUTOPISTA NORTE- LA CARO 3077077

CLÍNICA CHIA S.A.CR 6 # 10-125 5938080 Ext. 127

CHOCONTÁ E.S.E. HOSPITAL SAN MARTÍN DE PORRES DE CHOCONTA CR 4 # 8-12 BR CENTRO 8562202 ext. 1268562202 - 8562986

GUASCA CENTRO DE SALUD GUASCA

CL 6 # 6-04 BR GUATAVITA 8577120 Ext. 103

GUATAVITA E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIO DEL MUNICIPIO DE GUATAVITA CL. 6 # 6-24 8577120

LA CALERA E.S.E. HOSPITAL DIVINO SALVADOR DE SOPO CENTRO DE SALUD DE LA CALERA CRA 4 CALLE 8 ESQUINA

LA PALMA E.S.E. HOSPITAL SAN JOSÉ DE LA PALMA

CR 5 # 1-08 8505166

LA MESA E.S.E. HOSPITAL PEDRO LEÓN ÁLVAREZ DÍAZ DE LA MESA CL 8 # 25-34 5878570

MEDINA E.S.E. HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL PILAR DE MEDINA CR 6 # 11-38 BR CENTRO 6768989 - 3124499906768989, 3124499990

MOSQUERA E.S.E. MARÍA AUXILIADORA DE MOSQUERA CL 3 # 1-19 ESTE

NEMOCÓN E.S.E. HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL CR 6 # 9-40 8544121

PACHO E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE PACHO

CALLE 9 # 16-35 BR ANTONIO NARIÑO 8540055 - 8540185

S.ANTONIO DE TEQUENDAMA E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA CRA 5 # 4-18 3112069340

SESQUILÉ E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIOCALLE 5 # 8-66 8568240

SIBATÉ INVERSIONES LUCEDMARB S.A UNIDAD MEDICO QUIRÚRGICO SAN LUIS CR 7 B # 7-129 5902167- 5902184

SILVANIA E.S.E. HOSPITAL ISMAEL SILVA

CL 9 # 9-38 BR KENNEDY 8684026

SOPÓ E.S.E. HOSPITAL DIVINO SALVADOR DE SOPO CRA 4 # 5-89 8572212

SUESCA E.S.E. HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO DE SUESCA CALLE 9 A # 3-80

TAUSA E.S.E. CENTRO DE SALUD DE TAUSA

CARRERA 4 # 4A - 12 8583024

TOCAIMA E.S.E. HOSPITAL MARCO FELIPE AFANADOR CR 10 # 5-64 8367544, 8367547

TOCANCIPÁ E.S.E. HOSPITAL DIVINO SALVADOR DE SOPO - PUESTO DE SALUD DE TOCANCIPÁ CALLE 11 # 6-12 8574130

SAN FRANCISCO E.S.E. CENTRO DE SALUD SAN FRANCISCO DE SALES CL 5 KR 7 ESQ 8478336

SASAIMA E.S.E. HOSPITAL LOCAL HILARIO LUGO

CRA. 4 # 8A-75 8468380

SOACHA PROCARDIO SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LTDA CRA 1 ESTE A # 31-58 SAN MATEO 5922979 Ext: 204

UBATÉ E.S.E. HOSPITAL EL SALVADOR CRA 4 # 5-44

UNE E.S.E. CENTRO DE SALUD TIMOTEO RIVEROS CUBILLOS CRA 4 # 1-39

VERGARA E.S.E. HOSPITAL SANTA BARBARA

VEREDA EL PALMAR 8459056 - 8459172

VILLETA ESE HOSPITAL SALAZAR VILLETA

CL 1 # 7-56 BR ALFONSO LÓPEZ 8444646 - 8445876 ext 120 - 134

YACOPI CENTRO DE SALUD SAN ANTONIO

CALLE 11 # 5-25 8546128

ZIPAQUIRÁ E.S.E. HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA ZIPAQUIRÁ CL 10 # 7-52

BOGOTÁ CUNDINAMARCA

EL COLEGIO E.S.E. HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DEL COLEGIO AV MEDINA # 6-06 CENTRO 8475026 ext 22

FACATATIVÁ E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL FACATATIVÁ CRA 2 # 1-80 8435600

CLÍNICA SANTA ANA LTDACL 3 # 4-22 3118227258 - 8901231

MEDIFACA IPS S.A.SCARRERA 7 # 13-95 8439102 Ext. 1002 - 1110 [email protected]

E.S.E. HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE FOMEQUE CLL 4 # 5 -00 8485378

FOSCA E.S.E. CENTRO DE SALUD DE FOSCA

CR 1 # 3-05 BR FOSCA CENTRO 8490112

FUSAGASUGÁ E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL

TRV.12 # 22-51 BARRIO SAN MATEO VIA A GIRARDOT 8734259

FUNZA E.S.E DEL ORDEN DEPARTAMENTAL HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES DE FUNZA CL 11 # 9-99 BR CENTRO 8264000

GACHETÁ E.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE GACHETA CRA 8 # 6A-121 ENTRADA PRINCIPAL 8535618

GIRARDOT MÉDICOS ASOCIADOS S.A. NUEVA CLÍNICA SAN SEBASTIAN GIRARDOT CRA 5 # 20A-37 8329630 ext 3101 - 3112600559

COLSUBSIDIO CENTRO MÉDICO GIRARDOT CRA 7A # 33-77 LOCAL 134 CENTRO COMERCIAL UNICENTRO 7447717

GUACHETÁ E.S.E HOSPITAL SAN JOSÉ DE GUACHETA CR 2 # 1-50 BR CENTRO 8556129, 8556088

GUADUAS E.S.E. HOSPITAL SAN JOSÉ DE GUADUAS

CL. 4 # 12-41 8416010

Esta red puede cambiar, para mantenerseactualizado comuníquese

con la Línea Amable3078069

Page 23: afiliado al régimen contributivo,

41 42

ATENCIÓN DE URGENCIAS

A NIVEL NACIONAL

ATLÁNTICO

BOLÍVAR

BOYACÁ

CESAR

9.

MAGDALENA

META

SANTANDER

TOLIMA

CALDAS

DUITAMA SOCIEDAD CLÍNICA BOYACÁ LTDA

TRANSV 29 # 9C-41 7604757 - 7604756 7602944 - 7602579

PAIPA E.S.E. HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE PAIPA CR. 20 # 21-37 7850110 - 7853232 - 7853230

SOATÁ E.S.E. HOSPITAL SAN ANTONIO DE SOATA CR 7 # 6-31 B. ALCAZARES 7880264

SOGAMOSO HOSPITAL REGIONAL DE SOGAMOSO E.S.E CL 8 # 11 A 43 B. LA CASTELLANA 7702202 Ext.

CLÍNICA EL LAGUITO S.A. CL 22 # 11 A 73 7703680 Ext 145

CHIQUINQUIRÁ E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE CHIQUINQUIRÁ CR 13 # 18-60 3102675727, 72611527261999, 7261431

GARAGOA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL II NIVEL DE ATENCIÓN VALLE DE TENZA- SEDE GARAGOA TV 8 # 6-65 7500487 - 3208779281

MONIQUIRÁ E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRÁ CL 19 # 8-108 7282630 - 7282854

PUERTO BOYACÁ E.S.E. HOSPITAL JOSÉ CAYETANO VÁSQUEZ CRA 5 # 26 - 02 AV. SANTANDER 7384800

BARRANQUILLA ORGANIZACIÓN CLÍNICA GENERAL DEL NORTE CR 48 # 70-38 3092003

CLÍNICA MEDIESP SASCARRERA 49 C # 84 -141 3576620 - 3576659

FUNDACIÓN HOSPITAL UNIVERSITARIO METROPOLITANO CR 42 F # 75 B 18 B. CIUDAD JARDÍN 3565109

CLÍNICA LA MERCED BARRANQUILLA SAS CLL 60 # 38 - 29 3197704 - [email protected]

CLÍNICA MURILLO - INVERCLINICAS S.A.CLL 45 # 20 - 77 3710500

SAMACÁ E.S.E. HOSPITAL SANTA MARTA DE SAMACÁ CL 4 # 2-18 BR CENTRO SAMACÁ 7772008

TUNJA E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJA CRA 11 # 27-27 7405030 Ext. 2154, 7405030 Ext. 2168

CLÍNICA MEDILASER S.A CR 2 E # 67 B 90 7453000 opciOn 1 – 3212142130

VILLA DE LEYVAE.S.E. HOSPITAL SAN FRANCISCO DE VILLA DE LEYVA CL 10 # 7-98 BR SAN FRANCISCO 7320244, 3212164907

CARTAGENA CLÍNICA BLAS DE LEZO S.A - SEDE NO.1 TV 54 #40-129 BR COUNTRY

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL NAPOLEÓN FRANCO PAREJA BARRIO BRUSELAS TRV 36 # 36-33 3208507116 - 6475420 ext. 124 y 102

PROMOTORA BOCAGRANDE S.A "PROBOCA S.A" CASTILLOGRANDE CL 5 KR 6 Y 7 6932996- 6933052 Ext- 122 3165220364

SOCIEDAD SAN JOSÉ DE TORICES S.A.SCRA 14 # 43-66

AGUSTÍN CODAZZI HOSPITAL AGUSTIN CODAZZI

CL 14 # 8-67 BR SAN VICENTE 5765101

SERMULTISALUD - CLINICA CODAZZICALLE 14 # 13-05 5765156

VALLEDUPAR CLINICA VALLEDUPAR S.A CL 16 # 15-15 5748550 ext 390

CLÍNICA MEDICOS S.A.CALLE 16 B # 11-33 5748320

GALAPA FUNDACIÓN GRUPO DE ESTUDIO BARRANQUILLA SEDE CLÍNICA SAN CRISTOBAL - GALAPA CALLE 10 # 24 - 69 3197778

CIÉNAGA CLINICA GENERAL DE CIENAGA SAS CARRERA 18B # 18A-15

SANTA MARTA CLÍNICA LA MILAGROSA S.A.

CL 22 # 13 A 09 4382101- 3205495985

SOCIEDAD MEDICA DE SANTA MARTA CLÍNICA EL PRADO CL 26 CRA 5 ESQUINA 4329200 - 3145978873 3145961736

INSTITUTO NEUROSIQUIÁTRICO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN INSECAR AV LIBERTADOR # 15-61 4215937

CARMEN DE APICALÁ HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DE APICALÁ CALLE 2 # 5-07 2479693 - 2476026

FLANDES HOSPITAL NUESTRA SEÑORA DE FATIMA E.S.E CLL 6 # 9-45 BARRIO LA CEIBA

MELGAR TORRES & JARAMILLO SAS CLINICA TOLIMED CR 23 # 6-53 2454341

E.S.E. HOSPITAL PASTEUR MELGAR TOLIMACR 26 # 8-10 BR CENTRO 3212163257, 3138530198

ESPINAL HOSPITAL SAN RAFAEL - E.S.E CL 4 # 6-29 2770766

HONDA HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS HONDA E.S.ECRA.21/22 CLLE. 9 2514720-2513220-2515716

IBAGUÉ AVIDANTI S.A.S

AV 19 CRA 13 VIA CALAMBEO 2639016 - 2756030 Ext 4128 - 4125

SOCIEDAD MEDICO QUIRÚRGICA DEL TOLIMA CLÍNICA TOLIMA CR 1 # 12-22 BR CENTRO 2708000 ext. 159 -166

SOCIEDAD N.S.D.R S.A CLÍNICA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIOCR 10 Sur # 66 A 70 BR BARSOBIA 2640010

HOSPITAL FEDERICO LLERAS ACOSTA E.S.E CLL 33 # 4a-50 2739805

MARIQUITA E.S.E. HOSPITAL SAN JOSÉ DE MARIQUITA CRA 4 ENTRE CALLES 10 Y 112522450

ACACIAS HOSPITAL MUNICIPAL DE ACACIAS ESE

DG 15 # 26-21 BR SAN JOSÉ 6560160

GUAMAL HOSPITAL LOCAL DE GUAMAL PRIMER NIVEL E.S.E. CR 7 # 14-28 BR FUNDADORES 6755038, 3138148440

LA DORADA ESE HOSPITAL SAN FELIX CALLE 12 # 5-20 8571900 - 8571888 - 8571870

BARRANCABERMEJA CLÍNICA SAN JOSE S.A.S CALLE 47 # 28-05 6020823 - 6021976 - 6020217

UNIDAD CLÍNICA SAN NICOLÁS LTDACL 52 # 17-85 6210211 - 3164902412 - 6223173

BUCARAMANGA CLÍNICA SAN PABLO S.A.

CR 38 # 48-76 6471382 Ext. 101 – 103 3183731100

CLÍNICA MATERNO INFANTIL SAN LUIS S.A. CL 48 # 25-56 6430026 - 6433322

CLÍNICA CHICAMOCHA S.A.CALLE 40 # 27A - 22 6929991 - 6929992

INSTITUTO DEL SISTEMA NERVIOSO DEL ORIENTE S.A.CLÍNICA PSIQUIATRICA ISNOR CL 50 # 23-100 BR LA CONCORDIA

PIEDECUESTA CLÍNICA PIEDECUESTA S.ACR 11 # 6-48 BR SAN RAFAEL 6551251, 6551451, 6913982

INSTITUTO CARDIOVASCULAR DEL CESAR SA CL 16 B # 11-51 B. SANTANA 5898632 - 5715005 5745656 - 5803094 3205490172 - 3205490176

SOCIEDAD UNIDAD INTEGRAL DE SALUD MENTAL SION SAS CT VIA AL RINCÓN KM 100 FCA LAS PARCELAS 5733701 - 5836143

PUERTO LÓPEZ E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE PUERTO LÓPEZ CL 8 # 6-50 BR GAITÁN 6450614, 6452132

SAN MARTÍN E.S.E. HOSPITAL LOCAL DE SAN MARTÍN CL 4 # 7-34 BR CAMOA 6485791

VILLAVICENCIO INVERSIONES CLÍNICA DEL META S.A.

CALLE 33 # 36-50 6614400 - 6614429 Ext. 6001- 60026004- 6005 - 1105

HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO CL 37 A # 28-53 BARZAL ALTO 9817901

CORPORACIÓN CLÍNICA UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA - CLINICA UCC CL 36 # 35-70 BR BARZAL 6614300

Page 24: afiliado al régimen contributivo,

RED ONCOLÓGICA

ATLÁNTICO

10.

BOLÍVAR

BARRANQUILLA CENTRO CANCEROLÓGICO DEL CARIBE LTDA. CECAC CRA 55 # 84-94 3786118 - 3786128

ORGANIZACIÓN CLÍNICA GENERAL DEL NORTE CR 48 # 70 - 38 3091999 SOCIEDAD DE MEDICINA NUCLEAR S.A. SOMENUCLEAR - S.A- CLL 70 # 48 - 55 OF. 102

PUERTO COLOMBIACLÍNICA PORTOAZUL S.A SIGLA CPA CR 30 # 1 - 850 CORREDOR UNIVERSITARIO KM 2 VIA PUERTO 3597533

CARTAGENACENTRO DE CIRUGÍA LASER OCULAR LTDA CARTAGENA BOCAGRANDE CALLE 6 N. 3 - 39 6551793

CENTRO RADIO-ONCOLOGICO DEL CARIBE S.A.S AV. PEDRO DE HEREDIA CRA 48 ESQUINA 6424565 Ext 501

CLÍNICA BLAS DE LEZO S.ATV 54 NO. 47-57 CT. BOSQUE 6613100-6424616-64246176424618-66424619

CLÍNICA MEDIHELP SERVICES CRA 6 # 5-101 BOCAGRANDE 6655255

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL NAPOLEÓN FRANCO PAREJA TRV 36 NO 36 - 33 B. BRUSELAS (095)6475420

TUNJA CENTRO DE CANCEROLOGÍA DE BOYACÁ LTDA. AV UNIVERSITARIA # 46-71 TUNJA 7444664

CENTRO NACIONAL DE ONCOLOGÍA S.AAV NORTE # 47 - 18 7474693

CLÍNICA MEDILASER S.ACRA 2 E # 67 B 90 7453000

E.S.E. HOSPITAL SAN RAFAEL DE TUNJACRA 11 NO 27-27 7422041

MEDICINA NUCLEAR DE BOYACÁ LTDA AV UNIVERSITARIA NO 46-71 7454743 / 3173651776

VALLEDUPAR CENTRO DE RADIOLOGÍA ELISA CLARA S.A.S. CRA 15 # 14 36 B. ALFONSO LÓPEZ 5 80 16 16

CENTRO REGIONAL DE ONCOLOGÍA SASCALLE 16B NO 12-24 5885989

CLÍNICA MÉDICOS S.A.CALLE 16 B No 11 33 5704747

SOCIEDAD DE ONCOLOGÍA Y HEMATOLOGÍA DEL CESAR LTDA CRA 15 14 - 91 ED. SAN JORGE 5602310

COLSUBSIDIO CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIAR CL. 67 #10-27 7467310 Ext 2005

CENTRO NACIONAL DE ONCOLOGÍA S.A CL 97 # 23 - 37 7428730 ext 200

BIONUCLEAR S.A.SAK 45 # 106 30 Of 204, Cons 201 y 209 6207838 - 7521203 - 6199405

BONILLA RODRÍGUEZ CARLOS FERNANDO CALLE 23 NO. 66-46 INTERIOR 4 CONS 1120 2202700/3155072685

CENTRO DE CONTROL DE CÁNCER LIMITADA KR 16 A # 82 46 CN 403 Y 505 2366927

CENTRO DE CONTROL DE CANCER LIMITADA CRA 16 A 83 11 B. ANTIGUO COUNTRY 5300136-5300138

CENTRO DE INVESTIGACIONES ONCOLÓGICAS CLÍNICA SAN DIEGO S.A. CIOSAD AC 33 # 14 37 3208400 ext 420 - 32064924655

CLÍNICA DEL OCCIDENTE S.A. AV DE LAS AMERICAS # 71 C 29 4254620 Ext 150

CLÍNICA LOS NOGALES SASTRANV 23 Nº 94A – 39 B CHICO 2574474

CLÍNICA PALERMOCRA 23 # 45 C - 31 5727777 - 7420540

INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA CL 1 # 9 - 85 0914320160 Ext.: 2000/2001

FUNDACIÓN ABOOD SHAIODIAGONAL 115 A NO 70C -75 2261025

FUNDACIÓN CARDIO INFANTIL INSTITUTO DE CARDIOLOGÍA CL 163 A # 13 B 60 6672727 Ext. 53304 Cel. 3183569506

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ KR 52 # 67 A 71 B. MODELO 4377540

FUNDACIÓN HOSPITAL LA MISERICORDIA AV. CARACAS # 1-13 3811970 EXT 227

GÓMEZ MIER LUIS CARLOSAC 19 # 4 74 CS 1702 3417421-2831597-3108503509

HOSPITAL UNIVERSITARIO CLÍNICA SAN RAFAEL KR 8 17 45 BR SOCIEGO 3282300 EXT. 2520 , 2740

MESTRE MORENO RAFAEL ALBERTOCRA 14 # 127 11 CONS 302 6581603

RADIOTERAPIA ONCOLOGÍA MARLY S.A.CRA.9 N°49-22 2878154

FLORIDABLANCA CENTRO UROLÓGICO FOSCAL S.A.S ED ARDILA LULE P.10 MD.62 T.B 6394545 CLÍNICA DEL DOLOR Y CUIDADO PALIATIVO ALIVIAR LTDA AV EL BOSQUE 23 60 PI 9 M-61 6392287

IBAGUE AVIDANTI S.A S

AV. 19 CRA 13 VÍA CALAMBEO 2756030

CLÍNICA INTERNACIONAL DE ALTA TECNOLOGÍA CLINALTEC S.A.S. KM 6 VIA IBAGUE ESPINAL SECTOR PICALEÑA 3202712998

MEDICADIZ S.A.SCRA 12 SUR # 93-21 2650573-3164574369

ONCOMEDIC LIMITADACR 4 B # 31 - 44 BARRIO CADIZ 2663643

SOCIEDAD MEDICO QUIRÚRGICA DEL TOLIMA CLÍNICA TOLIMA KR 1 #12 - 22 B. CENTRO 5782708000

BOYACÁ

TOLIMA

SANTANDER

META

VILLAVICENCIO CENTRO NACIONAL DE ONCOLOGÍA S.A CL 33 B N 37 63 B. BARZAL 6740676 Ext. 403 HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE VILLAVICENCIO CL 37 A # 28 - 53 BARZAL ALTO

BUCARAMANGA CLÍNICA CHICAMOCHA S.A.

CALLE 40 # 27A - 22 6929991

CLÍNICA MATERNO INFANTIL SAN LUIS S.A. CL 48 # 25 56 6430026

SOCIEDAD SAN JOSÉ DE TORICES S.A.S CRA 14 NO. 43-66 6565501

VÉLEZ DE POMBO PEDRO ALONSOCRA 6 # 5-15 BOCAGRANDE 6650913

CESAR

PALIATIVA

BOGOTÁ

BOGOTÁ

CENTRO NACIONAL DE ONCOLOGÍA S.A CL 97 # 23 - 37 7428730 ext 200

ASOCIACIÓN DE AMIGOS CONTRA EL CÁNCER PROSEGUIR CRA 16 NO 59-04 5557080 EXT 1026 CENTRO DE INVESTIGACIONES ONCOLÓGICAS CLÍNICA SAN DIEGO S.A. CIOSAD AC 33 # 14 37 3208400 ext 420 - 32064924655 CLÍNICA LOS NOGALES SAS TRANV 23 Nº 94A – 39 BR CHICO 2574474 INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA CL 1 9 85 0914320160 Ext.: 2000/2001 FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ KR 52 # 67 A 71 BR MODELO 4377540 FUNDACIÓN HOSPITAL LA MISERICORDIA AV. CARACAS # 1-13 3811970 EXT 227

VILLAVICENCIO

RHOCAMPO S.A.S.CALLE 35 # 41 - 39 BARZAL ALTO 3133968293

IBAGUÉ CLÍNICA INTERNACIONAL DE ALTA TECNOLOGÍA CLINALTEC S.A.S. KM 6 VIA IBAGUE ESPINAL SECTOR PICALEÑA 3202712998

META

TOLIMA

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Page 25: afiliado al régimen contributivo,

MECANISMOS DE ACCESOa los servicios

11.

¿Cómo acceder a los servicios?

El acceso a los servicios de salud contenidos en el Plan Obligatorio de Salud se realiza a través de la IPS Primaria, seleccionada por el cotizante dependiente o independiente en el momento de la afiliación y que se encuentra registrada en el carné.

El acceso primario a los servicios del POS se hará en forma directa a través de consulta médica y odontológica no especializada. Los menores de 18 años o mujeres en estado de embarazo podrán acceder en forma directa a la consulta especializada pediátrica, obstétrica o por medicina familiar sin requerir remisión por parte del médico general y cuando la oferta disponible así lo permita; el acceso al resto de especialidades médicas se realiza con remisión. Adicionalmente el usuario cuenta con los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.

Para los servicios electivos solicitados mediante orden médica (exámenes de laboratorio clínico, radiografías, ecografías o exámenes especializados, consultas con especialista), se podrá acceder a la sede de atención de su IPS Primaria, o utilizando los canales no presenciales para solicitar servicios.

Todos los afiliados tendrán derecho a los servicios de urgencias cuando exista una alteración física o mental que amenace su vida o requieran atención inmediata desde el momento en que se hace efectiva la afiliación.

Los afiliados de EPS Famisanar que pierdan su capacidad de pago y se encuentren clasificados en la encuesta Sisben como nivel I y II quedaran activos como beneficiarios de Régimen Subsidiado una vez notifique la novedad de retiro al régimen contributivo y firme el formulario destinado por la EPS para tal fin.

Para el suministro de medicamentos ordenados en las consultas médicas realizadas en las IPS Primarias o en Instituciones Prestadoras de Salud -IPS- adscritas a la red de EPS Famisanar, el afiliado se debe acercar a la farmacia más cercana de su red en los 30 días siguientes a la atención, presentando la fórmula médica vigente y documento de identidad. Deberá cancelar el valor de la cuota moderadora correspondiente a la categoría registrada en la base de datos. Consulte la red de farmacias en esta publicación o en nuestra p á g i n a w e b w w w . f a m i s a n a r. c o m . c o , e n e l l i n k http://www.famisanar.com.co/index.php/es/pac/directorio-medico-nuevo

Se recomienda reclamar los medicamentos al finalizar la atención médica puesto que el inicio oportuno del tratamiento beneficiara la recuperación de su estado de salud.

Cuando el afiliado cambie de ciudad de residencia en forma definitiva y si EPS Famisanar cuenta con red en el nuevo sitio de residencia, deberá informar la novedad de cambio de IPS primaria; lo puede hacer personalmente en un punto de atención al usuario, o a través de la línea amable en el teléfono 307 8069 en Bogotá y fuera de Bogotá 01 8000 91 66 62, informando, la ciudad de traslado y los siguientes datos: dirección, teléfono e IPS de la red Famisanar elegida en la ciudad de residencia.

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Si se encuentra en otra ciudad temporalmente y sufre un problema de salud que requiere una atención médica de urgencia, consulte previamente la red de urgencias publicada en este documento o en la p á g i n a w e b w w w . f a m i s a n a r . c o m . c o , e n e l l i n k http://www.famisanar.com.co/index.php/es/pac/directorio-medico-nuevo

EPS Famisanar pensando en la comodidad de nuestros usuarios ha dispuesto para la solicitud de autorizaciones de servicios, canales virtuales a través de correo electrónico, enviando desde su hogar o lugar trabajo, los documentos soporte escaneados al correo: [email protected]. Este medio se encuentra habilitado las 24 horas del día y la respuesta a su solicitud le será enviada al correo electrónico desde el cual se realizó el envío.

De igual manera se encuentran habilitadas las oficinas de atención al usuario de EPS Famisanar, donde puede realizar su solicitud de autorizaciones.

Para el acceso de nuestros afiliados a los servicios de la red adscrita a EPS Famisanar, deben presentar un documento de identificación valido en el territorio nacional y con el cual se realizó el trámite de afiliación.

Portabilidad:

Cuando un afiliado se traslade ocasional o temporalmente a un municipio en el cual Famisanar no tenga autorización para afiliar, podrá solicitar la portabilidad a fin de obtener atención en el municipio al cual se traslada. Si el traslado es menor a 30 días, se considera ocasional y tendrá cobertura del servicio de urgencias, para lo cual deberá presentarse en la IPS que preste este servicio e informar que es afiliado a EPS Famisanar.

Si el traslado es mayor a 30 días y menor a un año se considera temporal y deberá informar a EPS Famisanar a través de alguno de los siguientes canales: Correo electrónico: [email protected],Radicar comunicación escrita en alguno de los puntos de atención de EPS FamisanarComunicarse telefónicamente con la línea 3078069 en Bogotá o 018000916662 a nivel nacional. En la comunicación debe informar el municipio y departamento al cual se traslada, la dirección y teléfono de contacto, el correo electrónico, especificar los miembros del grupo familiar a quienes se debe aplicar la portabilidad, y el tiempo por el cual se traslada, al término del cual finalizará el proceso y la atención continuará dándose en la IPS primaria del municipio de origen. En caso de que el traslado sea para parte del grupo familiar, no aplicará la finalización del proceso y continuarán de manera indefinida siendo atendidos en el municipio de portabilidad. Cuando el traslado supere los doce meses, se considera permanente y el afiliado deberá trasladarse a otra EPS que tenga cobertura en el municipio donde reside el afiliado, o solicitar una prórroga hasta por un año más en caso de que persistan las condiciones de temporalidad. En el caso de los traslados temporales, se asignará una IPS Primaria en el municipio al cual se traslada para prestación de los servicios de primer nivel y se comunicará por escrito al afiliado dentro de los 10 días siguientes a la solicitud.

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Calidad de Afiliado a EPS Famisanar

La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud se aplicará en los siguientes términos:

La afiliación se efectuará mediante la suscripción del formulario físico o electrónico que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social.

La afiliación al SGSSS es obligatoria para todos los residentes en Colombia, salvo para las personas que cumplan con los requisitos para pertenecer a uno de los regímenes exceptuados o especiales.

El acceso a los servicios de salud, se garantizará a partir de la fecha de radicación del formulario de afiliación y novedades en la EPS, o desde la fecha de efectividad del traslado o de la movilidad.

Grupo Familiar Básico

Para efectos de la inscripción de los beneficiarios, el núcleo familiar del cotizante estará constituido por:

El cónyuge o compañero(a) permanente incluyendo parejas del mismo sexo.

Hijos menores de 25 años, o de cualquier edad si tienen incapacidad permanente. La EPS califica el grado de discapacidad para afiliados beneficiarios; si el porcentaje es mayor o igual al 50%, el beneficiario podrá ser incluido dentro del grupo familiar básico. En caso de desacuerdo, el afiliado deberá llevar el caso a la Junta Regional de Calificación de Invalidez.

Hijos del cónyuge o compañero(a)

Los padres del cotizante en ausencia de cónyuge, compañero(a) o hijos,

Hijos de beneficiarios mientras estos últimos conserven tal condición, es decir nietos o hermanos en caso de que el padre o el hijo hagan parte del grupo familiar básico.

Menores de edad entregados en custodia por autoridad competente

Cuando los dos cónyuges o compañeros permanentes sean cotizantes, podrán afiliar a en concurrencia a los hijos y a los padres de uno de los dos.

Afiliados de UPC Adicional: Son beneficiarios adicionales aquellas personas diferentes al grupo familiar básico que dependan económicamente del cotizante y se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

Para su afiliación, el cotizante debe pagar un valor denominado UPC adicional, que depende del sexo, la edad y a la ubicación geográfica de las personas, de acuerdo con la tabla que expide el Ministerio de Salud y Protección Social. El cotizante deberá asumir el valor de la UPC adicional en forma mensual y los valores vigentes se encuentran en www.famisanar.com.co

Suspensión de la Afiliación: La norma prevé dos casos en los cuales se suspende la afiliación:

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/ Cuando el cotizante dependiente o independiente o el afiliado adicional incurra en mora de dos periodos consecutivos. Cuando transcurran 3 meses contados a partir del primer requerimiento al cotizante para que allegue los documentos que acrediten la condición de sus beneficiarios.

/ Se excluye la aplicación de la suspensión a las mujeres gestantes y a los menores de edad.

Durante los períodos de suspensión de la afiliación no habrá prestación de los servicios del plan de beneficios, salvo los requeridos por las gestantes y los menores de edad.

Terminación de la Inscripción en una EPS:

- En caso de traslado a otra EPS- Por retiro laboral del trabajador dependiente o reporte de la pérdida de capacidad de pago del trabajador independiente.- Por desaparecer las condiciones para ostentar la calidad de beneficiario - Por fijar residencia fuera del país- Cuando se cumpla con las condiciones para pertenecer a un régimen exceptuado o especial.- Cuando la prestación de los servicios este a cardo del Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad. Estas novedades deberán reportarse directamente a la EPS, en tanto entre a operar el Sistema de Afiliación Transaccional. La terminación de la inscripción conlleva la cesación de las obligaciones por parte de la EPS.

Protección Laboral:

Cuando el cotizante se retire de trabajar o el trabajador independiente informe su retiro por pérdida de capacidad de pago, continuarán recibiendo junto con sus beneficiarios el plan de beneficios durante el periodo de protección laboral. Esta cobertura será de un mes para afiliados que lleven un año inscritos en Famisanar, o de tres meses para afiliados que completen cinco años de inscripción.

Prepensionados:

Con el fin de garantizar la continuidad en la prestación de servicios de salud a los afiliados que hayan radicado documentos para solicitar el reconocimiento de una pensión y que no se encuentren obligados a cotizar, podrán hacerlo, afiliándose como independientes en calidad de prepensionados con un salario mínimo como IBC. Los valores pagados en esta condición serán devueltos una vez se genere el reconocimiento retroactivo por parte del fondo de pensiones. En estos casos el prepensionado deberá informar su condición no solo en el momento de la afiliación, sino en el momento del pago de las cotizaciones.

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ACCESO A LOS SERVICIOS NO INCLUIDOSEN EL PLAN DE BENEFICIOS CON CARGO A LA UPC

12.

Dando cumplimiento con lo establecido en la Resolución 1885 de 2018 y 2438 de 2018, se informa que el proceso definido para el acceso a los servicios y tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, la debe realizar el profesional de la salud tratante en la herramienta MIPRES que es la definida por el Ministerio de Salud. Si se presentan inconvenientes técnicos se puede utilizar el formato de contingencia el cual se debe enviar al correo [email protected] dentro de las 72 horas siguientes a la ocurrencia del evento.

En caso de que el servicio o tecnología en salud no cubierta por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, corresponda a servicios o tecnologías complementarias, de soporte nutricional prescritas en el ámbito ambulatorio y medicamentos del listado UNIRS (uso no indicado en el registro sanitario), la IPS debe conformar una Junta de Profesionales con el fin de aprobar bajo criterios médicos, técnicos y de pertinencia, este tipo de solicitudes.

La EPS consultará el aplicativo de reporte de prescripción de servicios o tecnologías en salud no cubiertas en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, para verificar que al usuario se le suministre la prescripción efectuada por el profesional de la salud, también deberá implementar los controles o mecanismos necesarios para evitar la duplicidad en la entrega, así como garantizar los controles de seguridad y efectividad de las prescripciones, garantizando a sus afiliados el suministro efectivo de lo prescrito por el profesional de la salud.

Para el Régimen Contributivo:

EPS Famisanar dentro de los tiempos definidos en la normatividad envía la respuesta al usuario o IPS por medio de mensaje de texto al celular, por correo electrónico, por línea amable 3078069 y a nivel nacional 018000916662 o en los puntos de radicación, allí se le informa el sitio para reclamar el servicio solicitado.

Para el Régimen Subsidiado:

El proceso para el Régimen Subsidiado: Entre tanto surten los plazos de ley para que los Entes Territoriales de los usuarios subsidiados entren a tramitar por la Plataforma MIPRES en las mismas condiciones que el régimen contributivo, la EPS continuará tramitando a través del modelo antiguo de CTC las solicitudes del Régimen Subsidiado. El profesional tratante debe diligenciar el formato de solicitud que cumpla con la normatividad legal vigente (en la página web www.famisanar.com.co se encuentra una guía del formato que puede ser utilizada) adjuntando copia de la orden médica que cumpla con los requisitos establecidos en el Capítulo IV del Decreto 2200 de 2005 (la prescripción de medicamentos se debe hacer en la denominación común internacional con nombre genérico, con letra clara, sin enmendaduras, ni tachaduras) y copia de la historia clínica donde justifique la pertinencia de la solicitud.

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TRANSPORTE Y ESTADÍA13.

De acuerdo a lo dispuesto en la Resolución 5857de 2018, Resolución 926 de 2017 y la circular 036 de 2017, EPS Famisanar dará cubrimiento al transporte o traslado de pacientes, acuático, aéreo y terrestre (en ambulancia básica o medicalizada) en los siguientes casos:

TRANSPORTE O TRASLADOS DE PACIENTES.

Movilización de pacientes con patología de urgencias desde el sitio de ocurrencia de la misma hasta una institución hospitalaria, incluyendo el servicio prehospitalario y de apoyo terapéutico en unidades móviles.

/ Entre IPS dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta las limitaciones en la oferta de servicios de la institución en donde están siendo atendidos, que requieran de atención en un servicio no disponible en la institución remisora. Igualmente para estos casos está cubierto el traslado en ambulancia en caso de contrarreferencia.

/ El servicio de traslado cubrirá el medio de transporte disponible en el sitio geográfico donde se encuentre el paciente, con base en su estado de salud, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión, de conformidad con la normatividad vigente. Asimismo, se cubre el traslado en ambulancia del paciente remitido para atención domiciliaria si el médico así lo prescribe.

TRANSPORTE DEL PACIENTE AMBULATORIO.

El servicio de transporte en un medio diferente a la ambulancia, para acceder a una atención incluida en el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC, no disponible en el lugar de residencia del afiliado, será cubierto en los municipios o corregimientos con cargo a la prima adicional para zona especial por dispersión geográfica.

El Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC no financia servicios funerarios.

El servicio de estadía se reconocerá, de acuerdo a las políticas de la EPS en los casos que se cumpla con las condiciones definidas.

Cuando el usuario se encuentre en territorios especiales y no se cuente con el servicio contratado ni ofertado y requiera cubrimiento de viáticos para trasladarse a tomar un servicio fuera de su sitio de residencia, previamente autorizado por EPS FAMISANAR, podrá dirigirse a uno de nuestros puntos de atención al usuario y radicar la solicitud con los soportes correspondientes, donde en un periodo no superior a cinco días hábiles se dará respuesta.

Recuerde que en todos los casos debe adjuntar:

- Solicitud escrita.

- Orden médica del servicio que se va a prestar fuera de su territorio de residencia

- Certificación Bancaria

- Fotocopia de la cédula del titular de la cuenta. En caso de que esta pertenezca a un tercero realizar la carta autorizando que los viáticos sean consignados en la cuenta relacionada

- Formato de viáticos debidamente diligenciado

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DERECHOS DE LOS AFILIADOS

y del paciente de EPS Famisanar

Todo afiliado o paciente sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad (niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores), idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen social, posición económica o condición social, tiene derecho a:

1.Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restricción a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios. 2.Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean requeridos con necesidad. 3.Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para determinar si requiere o no un servicio de salud. 4.A que la entidad promotora de salud autorice los servicios que requiera y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se encuentran en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios de salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente. 5.Protección especial a niñas y niños. Indicar que los derechos a acceder a un servicio de salud que requiere un niño o una niña para conservar su vida, su dignidad, y su integridad así como para desarrollarse armónica e integralmente, están especialmente protegidos. Se entiende por niña o niño, toda persona menor de 18 años.

6.Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una institución prestadora de servicios de salud de la red definida por la entidad promotora de salud. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad económica de acuerdo con la estratificación socioeconómica de soportar el pago del mismo. 7.Disfrutar y mantener una comunicación plena y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones sicológicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y el pronóstico y riesgos que dicho tratamiento conlleve. 8.El derecho a que los familiares o representantes, en caso de inconsciencia, incapacidad para decidir o minoría de edad del paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Los profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores promoverán la adopción de decisiones autónomas por parte de los menores de edad. 9.Mantener la confidencialidad y secreto de su información clínica, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia con su autorización o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que la ley determine. 10.Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible, respetando los deseos del paciente, incluso en el caso de enfermedad irreversible. 11.Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos de los servicios obtenidos. 12.Aceptar o rechazar procedimientos, por sí mismo o, en caso de inconsciencia, incapacidad para decidir o minoría de edad, por sus familiares o representantes, dejando expresa constancia en lo posible escrita de su decisión.

14.

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13.Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud que respete sus creencias y costumbres, su intimidad, así como las opiniones personales que tenga, sin recibir trato discriminatorio. 14.Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad, higiene, seguridad y respeto a su intimidad. 15.Recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta oportuna. 16.Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio. 17.Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de la salud, como también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los cambios en la oferta de prestadores por parte de las entidades promotoras de salud no podrán disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisión del servicio y deberán contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación de la salud del usuario. Dicho cambio no podrá eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser racionales y proporcionales. 18.Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profesa o si no profesa culto alguno. 19.Ser respetado en su voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se le haya informado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar. 20.Ser respetado en su voluntad de aceptar o rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos.

21.Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad. 22.Recibir una segunda opinión por parte de un profesional de la salud en caso de duda. 23.Recibir la valoración científica y técnica por parte de la entidad promotora de salud, cuando del concepto médico externo de un profesional de la salud reconocido, se considere que la persona requiere dicho servicio. 24.Recibir las prestaciones económicas por licencia o incapacidad, aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la entidad promotora de salud no ha hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance para lograr el pago de los aportes atrasados. 25.Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud y la prohibición de que 'bajo ningún pretexto' se pueda dejar de atender a la persona, ni puedan cobrársele copagos. 26.Acceder a los bienes y servicios de salud con continuidad. El acceso a un servicio de salud debe ser continuo y en ningún caso puede ser interrumpido súbitamente. 27.Toda persona tiene derecho a que las entidades promotoras de salud o autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio de salud solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo menos, (i) suministrar la información que requiera para saber cómo funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos, (ii) entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales no se autoriza el servicio, (iii) indicar específicamente cuál es la institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un especialista, y (iv) acompañarla durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.

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28.Recibir por escrito, del prestador de servicios de salud, las razones por las cuales el servicio no será prestado, cuando se presente dicha situación. 29.Acceder a los servicios de salud sin que la entidad promotora de salud pueda imponer como requisito de acceso a un servicio de salud el cumplimiento de cargas administrativas propias de la entidad. Toda persona tiene derecho a que su entidad promotora de salud autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados por su médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar dicho trámite. 30.Para la verificación de derechos se solicitará únicamente el documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnológico que permita demostrar el derecho. No podrá exigirse las afiliadas copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento. 31.Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de integralidad.

2. Su derecho a disfrutar de una comunicación plena y clara con el médico, apropiadas a sus condiciones sicológicas y culturales, que le permitan obtener toda la información necesaria respecto a la enfermedad que padece, así como a los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y el pronóstico y riegos que dicho tratamiento conlleve. También su derecho a que él, sus familiares o representantes, en caso de inconciencia o minoría de edad consientan o rechacen estos procedimientos, dejando expresa constancia ojalá escrita de su decisión.3. Su derecho a recibir un trato digno respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre la enfermedad que sufre.4. Su derecho a que todos los informes de la historia clínica sean tratados de manera confidencial y secreta y que, sólo con su autorización, puedan ser conocidos.5. Su derecho a que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible, pero respetando los deseos del paciente en el caso de enfermedad irreversible.6. Su derecho a revisar y recibir explicaciones acerca de los costos por los servicios obtenidos, tanto por parte de los profesionales de la salud como por las instituciones sanitarias. Al igual que el derecho a que en casos de emergencia, los servicios que reciba no estén condicionados al pago anticipado de honorarios.7. Su derecho a recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera que sea el culto religioso que profesa.8. Su derecho a que se le respete la voluntad de participar o no en investigaciones realizadas por personal científicamente calificado, siempre y cuando se haya enterado acerca de los objetivos, métodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar.

Derechos del paciente Declaración de Lisboa:

"(…) Todo paciente debe ejercer sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen social, posición económica o condición social:

1. Su derecho a elegir libremente al médico y en general a los profesionales de la salud, como también a las instituciones de salud que le presten la atención requerida, dentro de los recursos disponibles del país.

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1.La población adulta mayor, dispondrá de ventanillas especiales de atención, debidamente señalizadas, sin perjuicio que las demás concurran a su atención de manera preferencia l e independientemente, de que la persona adulta mayor concurra con acompañante.2.Las instalaciones en donde se atiendan personas adultas mayores deben cumplir con las normas de accesibilidad y seguridad, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.3.Deberá caracterizarse el riesgo en salud de la población adulta mayor que se tenga afiliada, y, aplicar en coordinación con los prestadores de servicios de salud, las rutas de atención integral en salud, acorde con los grupos de riesgo que surjan de la caracterización.4.Se desarrollaran en conjunto con los prestadores de servicios de salud estrategias para sensibilizar y capacitar al personal, para la atención humanizada en los servicios prestados a las personas adultas mayores.5.Deberá garantizarse la continuidad de los tratamientos en curso de las personas adultas mayores sin que se puedan aducir razones administrativas o económicas, en el marco de la normativa vigente.6.La entrega de los medicamentos de la población adulta mayor se hará conforme a las disposiciones previstas en la Resolución 1604 de 2013, de acuerdo con los criterios técnicos y de procedimiento allí establecidos.7.Deberá disponerse de mecanismos orientados a la simplificación de los trámites para la asignación de citas, exámenes diagnósticos y otras atenciones, los cuales deberán verse reflejados en los indicadores de calidad de la atención.

9. Su derecho a que se le respete la voluntad de aceptación a rehusar la donación de sus órganos para que éstos sean transplantados a otros enfermos.10. Su derecho a morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad."

Derecho a la atención de enfermedades huérfanas

La Ley 1392 de 2010 reconoce las enfermedades huérfanas "de especial interés" y se adoptan normas tendientes a garantizar la protección social por parte del Estado Colombiano a la población que las padece. Según el principio de CORRESPONSABILIDAD, la familia, la sociedad y el Estado deben garantizar los derechos de los pacientes que padecen enfermedades huérfanas y propiciarán ambientes favorables para ellos, con el fin de generar las condiciones adecuadas, tanto en el ámbito público como privado, que permitan su incorporación, adaptación e interacción ante la sociedad.

La Resolución 430 del 20 de febrero del 2013 define el listado de las enfermedades huérfanas.

Derechos de la población adulta mayor

Sin perjuicio de los derechos preferentes que les asisten a los niños, las niñas y adolescentes y para efectos de garantizar a nuestra población adulta mayor el goce de una atención que vincule los principios y elementos que garanticen que sea preferencial, ágil, oportuna, humanizada y con calidad, se establece que:

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DEBERES DE LOS AFILIADOS

y del paciente de EPS Famisanar

8. Se garantizará la atención domiciliaria, cuando la persona adulta mayor por su condición física o mental, no esté en condiciones de desplazarse a recibir la prestación de los servicios de salud.9. Deberá garantizarse la atención en servicios de urgencias a la persona adulta mayor brindando un trato preferencial, ágil y humanizado.

Son deberes del afiliado y del paciente, los siguientes:

1.Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.2.Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.3.Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.4.Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud.5.Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el sistema de salud, así como los recursos del mismo.6.Cumplir las normas del sistema de salud.7.Actuar de buena fe frente al sistema de salud.8.Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos de recibir el servicio.9.Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.

15.

Derecho a la participación en las decisiones del sistema de salud:

El derecho de los usuarios al SGSSS a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que los afectan o interesan, incluye:

a)Participar en la formulación de la política de salud así como en los planes para su implementación;b)Participar en las instancias de deliberación, veeduría y seguimiento del Sistema;c)Participar en los programas de promoción y prevención que sean establecidos;d)Participar en las decisiones de inclusión o exclusión de servicios y tecnologías;e)Participar en los procesos de definición de prioridades de salud;f)Participar en las decisiones que puedan significar una limitación o restricción en las condiciones de acceso a establecimientos de salud;g)Participar en la evaluación de los resultados de las políticas de salud.

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SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

de Contacto

- suministros no incluidos en el plan de beneficios en salud - procedimientos no incluidos en el plan de beneficios en salud- medicamentos no incluidos en el plan de beneficios en salud

16.EPS Famisanar les brinda a sus usuarios, servicios administrativos en Bogotá, Cundinamarca y las regiones donde tiene presencia. Estos servicios contemplan Autorizaciones y Servicio al Usuario:

1. AUTORIZACIONES

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2. SERVICIO AL USUARIO

Corresponden a:

-Emisión de carné-Certificaciones -Solución de inconsistencias de afiliación y cartera-Trámites de reembolso por atención médica*-Transcripción de incapacidades-Radicación de cuentas de cobro e información y direccionamiento-Radicación de quejas y sugerencias-Radicación de novedades de cambio de empleador -Cambios IPS-Inclusión de Recién Nacidos (Famisanitos)-Cambio cabeza grupo familiar-Actualización de datos, información y direccionamiento **-Radicación de afiliaciones de trabajador dependiente e independiente -Radicación de afiliaciones de trabajador independiente

* Reembolsos se radican en las oficinas propias de Famisanar: / Oficina Principal/ Avenida 68/Fiesta Suba/Sede Norte/Calle 50/San Antonio

**Algunos servicios requieren que la documentación se deje radicada.

Oficinas de Atención

al Usuario Nacional

17.

/Calle 63/Chapinero /Madrid /Facatativá/Soacha/Zipaquirá

ZON

A

SAB

AN

A

NO

RTE

Zipaquirá Transv. 18 No 7D - 81 7:30 a 4:30 L - V

Chía Cra. 9 No 16a - 09 7:30 a 4:30 L - V

Ubaté Cra. 7 No 7-75 L.2 7:30 a 12:30 1:30 a 4:30 L-V

Pacho Cll. 9 No 22-67 B. La Palmita

7:30 a 12:30 1:30 a 4:30 L-V

ZON

A

SAB

AN

A S

UR

O

CC

IDEN

TE

7:30 a 1:00

Facatativa

Madrid

El Rosal

Puerto Boyacá

Villeta

Funza Cra 9 # 19 A - 93

Cra 4 # 3-37

Cra 10 # 7-35

Calle 10 # 13-45

Cra 4 # 17-31

Cra 4 # 5 - 45

7:30 a 4:30 L - V

7:30 a 4:30 L - V

7:30 a 12:30 1:30 a 4:30 L-V

7:30 a 4:30 L - V

CEN

TRO

Fusagasugá

Girardot

La Mesa

Melgar

Ibagué

TV 12 # 17 - 72 l. 101/2

Calle 20 N° 8 A -20

Calle 8 N° 18-51

Calle 7 N° 25-39

Cra 5 No. 32 - 21

/Boyacá/Meta /Caribe /Sabana Norte - Sur - Centro/Santander

8:00 a.m a 12:00 m S7:00 a.m a 5:00 p.m L - V

7:30 a 5:00 L - V 8:00 a 12:00 S

Espinal Calle 11 No. 4 - 86 7:30 a 12:00 2:00 a 5:00 L-V8:00 a.m a 12:00 m S

69 70

Page 38: afiliado al régimen contributivo,

BO

YAC

ÁM

ETA

Tunja

Garagoa

Duitama

Paipa

Chiquinquirá

Sogamoso

Transv 11 # 23-36

Cra 8# 6 - 97

Cra. 16 # 18 - 31

Cra 21 # 22 - 01 / 04

Cra 8 #17-71

Cra 11 #24-27 Ed. Pinares

7:30 a 12:00 2:00 a 6:00 L-V

Villavicencio Cra 42 # 34 - 60 7:30 a 5:00 L - V

CA

RIB

E

Barranquilla Principal

Barranquilla Prado

Barranquilla Comfamiliar

Soledad Atlántico - Hipódromo

Santa MartaCartagenaGetsemaní

Cartagena Cuatro Vientos

Valledupar

CR 50 No 84 - 110 L. 1

CR 53 No 70 -112 L. 1

CL 47 # 43 – 57

Centro AV. del Arsenal CL 25 # 9A - 06 Lc 03

Calle 31 No. 50-86 Locales 1,2,3,4

CL 17 # 12-76 B Gaitán

7:30 a 5:00 L - V

7:30 a 12:00 2:00 a 5:30 L-V

7:30 a 5:00 L - V

Santa Marta 7:00 a 5:00 L - V 8:00 a 12:00 S

Santa Marta

CL 29 # 30 - 05

CRA 5 # 26B - 53

7:30 a 5:00 L - V

7:00 a 5:00 L - V

7:00 a 6:00 L - V 8:00 a 12:00 S

7:30 a 5:00 L - V 8:00 a 12:00 S

BO

GO

6:30 a 6:00 L - VOficina Principal

PAC Principal

Suba Acuarela

Sede Norte

Calle 63

Chapinero

Calle 50

CL 78 # 13A - 07

CR 14 # 77A - 62

Cll 145 # 92 -30 - Local 201 CC. Acuarela

Auto Norte # 161A - 12

CR 17 # 62A - 78

CR 11 # 66 - 53

CR 16 # 50 - 59

6:30 a 6:00 L - V

7:00 a 12:30 S

7:00 a 12:30 S

7:00 a 12:30 S

Avenida 68

San Antonio

Oficina Kennedy

Soacha

Unisur

AV CR 14 (Caracas) 3 - 65 Sur

Calle 79 No. 38C 47 Sur

CR 3A # 29A - 02 LC 1041 P 2

AV 68 # 13 - 91

CR 7 # 17 - 40

SAN

TAN

DER

Bucaramanga Cañaveral Cra. 26 # 30 -81 7:00 a 12:00 L - V

Barrancabermeja Calle 49 # 14 - 75 7:30 a 5:00 L - V

2:00 a 6:00

Bucaramanga Principal Cra. 33 # 52 - 18 7:30 a 5:00 L - V

71 72

8:00 a 11:30 S

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

6:30 a 5:00 L - V

Centro Oncológico CR 47 # 94 - 06 6:30 a 5:00 L - V

Floridablanca Cra. 26 # 30 - 51 7:30 a 5:00 L - V

Page 39: afiliado al régimen contributivo,

NOTA: La información actualizada de esta Carta de Derechos de los Afiliados y Deberes y Carta de Desempeño de Famisanar EPS, puede ser consultada en la página web de Famisanar EPS en la siguiente dirección electrónica:http://www.famisanar.com.co/index.php/es/inicio-es

3. A nivel de contactabilidad para los usuarios de EPS Famisanar, contamos con los siguientes canales las 24 horas del día:

Central de Atención TelefónicaLínea Amable 3078069Fuera de Bogotá sin costo01 8000 91 66 62

Correo electrónico: [email protected]

Igualmente contamos con un Portal Transaccional - Famisanar en Línea www.famisanar.com.co a través del cual nuestros afiliados cuentan con servicios en línea.

/ Consulta de pagos (estados de cuenta, certificaciones de pago, semanas cotizadas)./Consulta de estado de grupo familiar./ Actualizar datos./ Documentos pendientes./ Simulador de riesgo para ver planes de promoción y prevención a los que debería asistir./ Impresión de carné./ Impresión de certificaciones de afiliación./ Radicación de quejas y reclamos./ Autorizaciones vía web.

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Page 40: afiliado al régimen contributivo,

INCAPACIDADES Y LICENCIAS POR

Maternidad / Paternidad

18.El Sistema de Salud reconoce al afiliado en el régimen contributivo las prestaciones económicas por incapacidad por enfermedad general, licencia por maternidad y paternidad o parto no viable, cuando cumple con los requisitos para el reconocimiento de las mismas.

Incapacidad por Enfermedad General

Incapacidad es la situación de inhabilidad física o mental de un trabajador, que puede ser temporal o permanente para desempeñar sus labores por causa de enfermedad no profesional (Art. 277 CST).

El trámite de reconocimiento de incapacidad debe ser adelantado directamente por el Empleador ante la EPS. Las incapacidades se reconocerán a partir del tercer día y para su pago se requiere:

-Que los afiliados cotizantes hayan efectuado aportes por un mínimo cuatro (4) semanas.

-Que la incapacidad no tenga origen en tratamientos estéticos o excluidos del plan beneficios y sus complicaciones.

- Que la Incapacidad haya sido expedida por una IPS que se encuentre adscrita a la EPS Famisanar con excepción de los accidentes de tránsito o atenciones con autorización previa de la EPS.

El afiliado tiene derecho a que se le reconozcan hasta 180 días continuos de incapacidad por enfermedad general por parte de la EPS, los cuales se liquidan a las dos terceras partes del ingreso base de cotización los primeros 90 días, y a la mitad del salario durante los restantes 90 días. En ningún caso se reconocerán incapacidades por un IBC inferior al salario mínimo legal vigente. En todo caso los dos primeros días de incapacidad serán a cargo del empleador.

La EPS calificará el origen de la enfermedad: común o laboral; si el afiliado no está de acuerdo debe manifestarlo en los 10 días siguientes para remisión a la Junta Regional de Calificación de Invalidez.

En los casos de accidente o enfermedad común con concepto favorable de rehabilitación, la EPS deberá emitir el concepto antes de cumplirse el día 120 de incapacidad y enviarlo antes del día 150 al Fondo de Pensiones del afiliado.

Prórroga. Se entiende por prórroga de incapacidad, la que se expide con posterioridad a la incapacidad inicialmente otorgada, ya sea como consecuencia de la misma enfermedad o lesión, o por otro diagnóstico que tenga relación directa con ésta, siempre y cuando entre una y otra, no haya interrupción mayor a treinta (30) días calendario. El IBC sobre el cual se reconocerá la incapacidad de prórroga es el mismo sobre el cual se reconoció la inicial.

Para el reconocimiento de las Incapacidades continuas superiores a los 540 días y posteriores al primero de agosto de 2017, el Cotizante deberá presentar los siguientes documentos:

- Certificado de pago de incapacidades emitido por el Fondo de Pensiones.

- Carta del Fondo de Pensiones donde remite el caso del usuario a la EPS.

- Calificación de Pérdida de Capacidad Laboral (obligatorio) y

- Copia de los resúmenes de historias clínicas de los especialistas de los últimos seis meses donde soporten la expedición de las incapacidades.

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Page 41: afiliado al régimen contributivo,

Las cotizantes independientes con un IBC de un salario mínimo tendrán derecho a la licencia completa en caso de que hayan dejado de cotizar máximo dos meses durante el periodo de gestación. Para el reconocimiento y pago se requiere que a la fecha del parto se haya pagado la totalidad de las cotizaciones correspondientes al periodo de gestación.

Licencia para la madre o padre adoptante

Las provisiones y garantías establecidas para la madre biológica se harán extensivas para la madre adoptante o al padre adoptante sin cónyuge o compañera permanente; en este último caso se le reconocerá la licencia de Maternidad y no procederá el reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad.

En caso de la trabajadora independiente las variaciones en el Ingreso Base de Cotización que excedan de cuarenta por ciento (40%) respecto del promedio de los (12) meses inmediatamente anteriores, no serán tomadas en consideración, en la parte que excedan de dicho porcentaje, para efectos de liquidación de la licencia maternidad o paternidad. Las variaciones por encima del 40% serán reportadas por la EPS a la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP) según lo definido en las normas vigentes.

El empleador o trabajador independiente, deberá efectuar el cobro de esta prestación económica ante la EPS presentando la licencia expedida por el médico.

Reconocimiento de la licencia de maternidad en caso de aborto o parto prematuro no viable.

La trabajadora que en el curso del embarazo sufra un aborto o parto prematuro no viable, tiene derecho a una licencia de dos a cuatro semanas según criterio médico. El reconocimiento se hará según el IBC reportado el mes inmediatamente anterior al inicio de la licencia.

Licencia de maternidad

Toda trabajadora en embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar el descanso. Si el salario es variable se promedia lo devengado durante el último año.

Para el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad se requiere que la afiliada cotizante hubiere efectuado aportes durante todo el periodo de gestación.

Cuando se hubiere cotizado por un período inferior al de la gestación se reconocerá y pagará proporcionalmente como valor de la licencia maternidad un monto equivalente al número de días cotizados frente al período real de gestación.

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Page 42: afiliado al régimen contributivo,

El reconocimiento económico se efectuará según el Ingreso Base de Cotización del padre, quien deberá acreditar su condición, con la presentación del registro civil de nacimiento del menor y el registro de defunción. Así mismo deberá presentar una certificación expedida por la EPS en la que se encontraba afiliada la madre, en la que consten los datos de la afiliación y de la autorización de la licencia de maternidad.

Se entiende por enfermedad profesional, todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea por agentes físicos, químicos o biológicos (art. 200 CST).

Las incapacidades generadas por accidente de trabajo o enfermedad laboral deben ser tramitadas ante la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) sin que haya lugar a reconocimiento por parte de la EPS.

Licencia de paternidad

El padre tiene derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad. Para el reconocimiento y pago de esta licencia el afiliado cotizante debe haber efectuado aportes durante los meses que correspondan al período de gestación de la madre y no habrá lugar al reconocimiento proporcional por cotizaciones cuando hubiere cotizado por un período inferior al de la gestación.

Para el pago de la licencia de paternidad se verificará que los aportes se hayan efectuado completos antes de la fecha de nacimiento del menor y deberá presentarse copia del registro civil de nacimiento, trámite que deberá hacerse a más tardar dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de nacimiento del menor.

Enfermedad profesional / Accidente de trabajo

Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera (art.199 CST).

Parto Prematuro

Se reconocerá cuando el menor haya nacido antes de completar las 37 semanas de gestación, información que será validada por EPS Famisanar. El tiempo faltante para completar la gestación se sumará a las 18 semanas de licencia normal.

Parto Múltiple

La licencia de maternidad para las madres con parto múltiple se ampliará en dos (2) semanas más, siempre y cuando los niños hayan nacido vivos.

Licencia al padre por fallecimiento de la madre

En caso de fallecimiento de la madre antes de terminar la licencia de maternidad, el empleador del padre concederá una licencia por el tiempo equivalente al tiempo que falta para expirar el periodo concedido a la madre.

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Page 43: afiliado al régimen contributivo,

PAGO DE APORTES

Plazos para la presentación y pago de la autoliquidación de aportes y parafiscales (Decreto 1990 de 2016)

19. Señor Independiente, recuerde que a partir del mes de septiembre de 2018 el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales debe efectuarse de manera vencida, esto es, los aportes correspondientes al mes de septiembre deben pagarse en el mes de octubre en los plazos establecidos en el Decreto 1990 de 2016 de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación.

La lista de operadores de información la puede consultar en la página internet del Ministerio de Salud y Protección Social en www.minproteccionsocial.gov.co. EPS Famisanar le recomienda hacerlo a través del operador de información SIMPLE S.A. para lo cual puede consultar su página en internet www.pagosimple.com.co o en el teléfono 3432949.

Deberes de los Empleadores y Aportantes

Como integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los Empleadores deberán:

1.Inscribir en alguna entidad promotora de salud a todas las personas que tengan alguna vinculación laboral, sea ésta, verbal o escrita, temporal o permanente. 2.Pagar cumplidamente los aportes que le corresponden.3.Informar las novedades laborales de sus trabajadores a la EPS en materias tales como el nivel de ingresos y sus cambios, las vinculaciones y retiros de trabajadores.

El artículo 123 de la Ley 1438 de 2011 señala que la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales (UGPP), verificará que los empleadores y las personas obligadas a cotizar en el SGSSS cumplan sus deberes y tiene facultad de imponer multas hasta de mil salarios mínimos mensuales a favor de la subcuenta del Fosyga, en caso de comprobar incumplimiento.

00 al 07

08 al 14 15 al 21

22 al 28

29 al 35

36 al 42

43 al 49

50 al 56

57 al 63

64 al 69

70 al 75

76 al 81

82 al 87

88 al 93

94 al 99

Dos últimos dígitos del NIT o documento de identidad

Día hábil

2° 3°

10°

11°

12°

13°

14°

15°

16°

Con la expedición del Decreto 1990 de diciembre 6 de 2016, la fecha de pago se determina con los dos últimos dígitos del Nit o documento de identificación. Desaparece la agrupación de empleadores, de más de 200 y menos de 200 empleados y de cotizantes independientes

El pago se realiza mediante planilla única, para lo cual debe registrarse ante un operador de información autorizado por el Ministerio de Salud y Protección Social quien le guiará y le dará el apoyo necesario para que usted empiece a utilizar esta forma de pago.

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Page 44: afiliado al régimen contributivo,

Consecuencias del no pago de la cotización

Las cotizaciones son recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que EPS Famisanar debe recaudar por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA). Son recursos considerados parafiscales de destinación específica.

El pago inoportuno de las cotizaciones trae las siguientes consecuencias, las cuales están determinadas por la normatividad legal vigente:

/ Pago de intereses moratorios: Cuando se paga después de la fecha oportuna, el operador de información liquidará intereses de mora a la tasa máxima autorizada por la ley.

/ Conductas punibles: El Empleador que descuente al trabajador sumas correspondientes a aportes parafiscales y no las remita a la Seguridad Social y al ICBF, Sena y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello hubiere lugar, será responsable conforme las disposiciones penales por la apropiación de dichos recursos. Será obligación de las entidades de seguridad social, y de las Cajas de Compensación Familiar, ICBF y Sena y de las autoridades que conozcan de estas conductas, correr traslado a la jurisdicción competente.

/ Suspensión de la afiliación:

- Trabajadores Dependientes: después de dos periodos consecutivos de no pago de las cotizaciones, se producirá la suspensión de la afiliación. Durante el periodo de suspensión, el empleador en mora deberá pagar el costo de los servicios de salud que requiera el cotizante y su grupo familiar.

- Durante los periodos de suspensión no habrá lugar al reconocimiento de las prestaciones económicas por incapacidad, licencias de maternidad y paternidad por parte de la EPS y el pago estará a cargo del empleador, excepto en el caso de haber establecido un acuerdo de pago.

- Trabajadores Independientes: El no pago por dos períodos consecutivos de las cotizaciones del independiente dará lugar a la suspensión de la afiliación, no obstante, cuando el trabajador o uno de los integrantes del grupo familiar se encuentre en tratamientos en curso, la EPS garantizará la continuidad de la prestación de los servicios de salud hasta por cuatro periodos consecutivos de mora, transcurrido este tiempo la continuidad de los servicios de salud será a través de la red pública.

- Transcurridos tres (3) meses, contados desde el primer requerimiento de la EPS, de no allegar los documentos que acrediten la condición de los beneficiarios.

Inasistencia a Citas Médicas

La Ley 1438 de 2011, Artículo 55, prohibió el cobro de multas a los cotizantes y beneficiarios de los regímenes contributivo y subsidiado que no asistan a las citas médicas. Las consultas a las que se refiere la citada ley son aquellas de carácter médico que han sido programadas con anterioridad sin importar su nivel de complejidad. De esta manera quedan cobijadas por la norma todas las consultas médicas que hayan sido programadas, sean de carácter general o especializado.

Dado lo anterior, solo es procedente imponer sanción por inasistencia a citas odontológicas y por ayudas diagnósticas.

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Page 45: afiliado al régimen contributivo,

Solución de conflictos, inspección y vigilancia

En virtud de lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1949 de 2019 la cual modificó el artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, con el fin de garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la Ley le asigna funciones de tipo jurisdiccional a la Superintendencia Nacional de Salud y como consecuencia podrá conocer y fallar en derecho, con carácter definitivo y con las facultades propias de un juez, en los siguientes casos:

(…) “Función Jurisdiccional de la Superintendencia Nacional De Salud. Con el fin de garantizar la efectiva prestación del derecho a la salud de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud y en ejercicio del artículo 116 de la Constitución Política, la Superintendencia Nacional de Salud podrá conocer y fallar en derecho, y con las facultades propias de un juez en los siguientes asuntos:

1a) Cobertura de los servicios, tecnologías en salud o procedimientos incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (plan obligatorio de salud), cuando su negativa por parte de las Entidades Promotoras de Salud o entidades que se les asimilen, ponga en riesgo o amenace la salud del usuario, consultando la Constitución Política y las normas que regulen la materia. 2b) Reconocimiento económico de los gastos en que haya incurrido el afiliado en los siguientes casos:

1. Por concepto de atención de urgencias en caso de ser atendido en una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) que no tenga contrato con la respectiva Entidad Promotora de Salud (EPS) o entidades que se le asimilen.

2. Cuando el usuario haya sido expresamente autorizado por la Entidad Promotora de Salud (EPS) o entidades que se le asimilen para una atención específica.

20. y 3. En caso los eventos de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia demostrada de la Entidad Promotora de Salud o entidades que se le asimilen para cubrir las obligaciones para con sus usuarios.

3c) Conflictos que se susciten en materia derivados de la multiafiliación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud y de este con los regímenes exceptuados.

4d) Conflictos relacionados con la libre elección de entidades aseguradoras, que se susciten entre los usuarios y las aseguradoras y entre estos y las con la libre elección de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud dentro de la red conformada por la entidad aseguradora; y conflictos relacionados con la movilidad dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

e) Conflictos entre las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios y/o entidades que se le asimilen y sus usuarios por la garantía de la prestación de los servicios y tecnologías no incluidas en el Plan de Beneficios, con excepción de aquellos expresamente excluidos de la financiación con recursos públicos asignados a la salud.

f) Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La función jurisdiccional de la Superintendencia Nacional de Salud se desarrollará mediante un procedimiento sumario, con arreglo a los principios de publicidad, prevalencia del derecho sustancial, economía, celeridad y eficacia, garantizando debidamente los derechos al debido proceso, defensa y contradicción.”(…)

EPS FAMISANAR SAS, se encuentra sometida a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, entidad que se encuentra ubicada en la Avenida Ciudad de Cali No. 51-66, en la ciudad de Bogotá, teléfono (57-1) 4817000, línea gratuita nacional 01 8000 513700, página web www.supersalud.gov.co.

85 86

Page 46: afiliado al régimen contributivo,

Condiciones, procedimientos y términos paraejercer su derecho a la libre elección de prestador de servicios de Salud.

Condiciones, procedimientos y términos.

-Permanecer un año afiliado a EPS Famisanar para que se pueda trasladar voluntariamente a otra EPS; igualmente para afiliarse en EPS Famisanar deberá tener un periodo de afiliación mínimo de un año en la EPS anterior.

-Para acceder a los servicios, los afiliados beneficiarios deberán realizar el pago por concepto de copagos y cuotas moderadoras. De igual forma, para que el afiliado pueda ejercer el derecho de movilidad a otra EPS debe estar al día por dicho concepto.

-El afiliado independiente debe informar por escrito a la EPS su retiro; de lo contrario, se generará la obligación de pago de aportes al Sistema hasta el momento en que se reciba dicho reporte.

- En el evento en que ambos cónyuges coticen, el grupo familiar debe estar afiliado a una misma EPS.

-El afiliado no puede estar afiliado simultáneamente al régimen contributivo y al régimen subsidiado.

-Cuando el afiliado se haya desafiliado del SGSSS por pérdida de capacidad de pago, debe reingresar a la misma EPS a la cual se encontraba afiliado cuando no reúna los requisitos para ejercer el derecho y pagar los aportes adeudados.

21.

Movilidad hacia el Régimen Subsidiado

El Decreto 3047 de 2013 y Decreto 780 de 2016 estableció que cuando un cotizante pierda su empleo o capacidad de pago, y el nivel de SISBEN sea I o II, tendrá derecho junto con su grupo familiar a continuar afiliado en EPS Famisanar bajo la cobertura del Régimen Subsidiado. El cambio al régimen subsidiado de la EPS deberá ser solicitado por el cotizante mediante el formato de novedad establecido para tal fin.

Una vez efectuada la movilidad hacia el régimen subsidiado, los afiliados continuarán siendo atendidos en la misma red de servicios que EPS Famisanar dispone para todos sus usuarios. Los procesos de autorización, los canales de atención y el acceso a los servicios se continuarán dando en la misma forma.

Libre elección

-Libre elección: Es un principio reconocido en la Ley 100 de 1993 artículo 156 literal g) y artículo 159 numeral 3°; el Decreto 1485 de 1994, artículo 14; Decreto 806 de 1998, artículo 45 y en la Ley 1438 de 2011.

- El afiliado dependiente o independiente puede escoger libre y voluntariamente la entidad promotora de salud a la cual se afilia y también tiene derecho a escoger la institución prestadora de servicio de salud dentro de la red ofrecida por la EPS.

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Page 47: afiliado al régimen contributivo,

Entidades que tienen las funciones de inspección, vigilancia y control de las EPS de los regímenes Contributivo, Subsidiado y sobre los prestadores de servicio de salud.

Las entidades que tienen facultades de inspección, vigilancia y control sobre las entidades promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado y sobre las instituciones prestadoras de servicios de salud, en Bogotá son:

» Ministerio de Salud y Protección SocialPunto de atención presencial: Carrera 13 No. 32-76, piso 1, Bogotá.Atención telefónica a través del Centro de ContactoEn Bogotá 57 - (1) 589 3750 Resto del país: 018000960020 http://www.minsalud.gov.co

» Superintendencia Nacional de SaludCentro de Atención al Ciudadano y Recibo de Correspondencia Cra. 13 # 28 - 08 Locales 21 y 22Línea Gratuita Nacional 018000513700Línea Call Center:(57) (1)4817000http://www.supersalud.gov.co

» Procuraduría General de la NaciónCentro de Atención al Público (CAP): Carrera 5ª No. 15 - 80 (Bogotá)Línea gratuita para todo el país: 018000 910 315PBX: (571) 5878750 Línea Reducida [email protected]://www.procuraduria.gov.co

»Personería de BogotáCra. 7 # 21-24 - Bogotá D.C.Conmutador 382 04 50Línea 143 - Atención 24 horashttp://www.personeriabogota.gov.co/

» Contraloría General de la RepúblicaCentro de Servicio al CiudadanoCarrera 69 No. 44 – 35 Piso 1 Bogotá, ColombiaRecibo de correspondencia: Carrera 69 No. 44 - 35 Piso 1PBX: (57) 1 - 518 7000, extensión 21014 - 21015Línea gratuita de atención al usuario: 01 8000 910060 Bogotá - ColombiaCorreo electrónico de contacto: [email protected]://www.contraloria.gov.co/

» Defensoría del PuebloDirección: Cra. 9 Nº 16 - 21 - BogotáTeléfono: PBX: [57 1] 3147300.http://www.defensoria.gov.co/

» Secretaria Distrital de Salud de BogotáCra. 32 No. 12-81Línea Salud para todos (571) 3649666Línea 106 - Atención 24 [email protected]://www.saludcapital.gov.co

» Fiscalía General de la Nación Diagonal 22B No. 52-01 (Ciudad Salitre) Conmutador: 57(1) 570 20 00 - 57(1) 414 90 00Línea 122 - Atención 24 horasLínea nacional gratuita(01 8000 91 97 48); en Bogotá 570 2000 (#7)Línea de Atención Dirección Protección y Asistencia: 018000912280 - 57(1) 7910758http://www.fiscalia.gov.co

Adicionalmente existen otras entidades de carácter ciudadano y comunitario a las que puede dirigirse el afiliado, estas entidades son:/ Asociación de usuarios de la EPS/ Veedurías ciudadanas inscritas en la Personería de cada municipio/ Comités de Participación Comunitaria/ Audiencias públicas de rendición de cuentas/ Audiencias Públicas y/o Consultas ciudadanas convocadas por la Superintendencia Nacional de Salud.

22.

89 90

Page 48: afiliado al régimen contributivo,

PARTICIPACIÓN SOCIAL

MECANISMOS DE PROTECCIÓN

En el desarrollo del fortalecimiento de la Participación Social y adhiriéndonos a la política de calidad en la gestión del riesgo. EPS FAMISANAR SAS cuenta con un canal de comunicación asertivo y resolutivo conformado por sus afiliados y reconocido como ASUFAMISANAR Asociación de Usuarios de la EPS FAMISANAR, cuya filosofía se enfoca en la identificación de oportunidades de mejora de forma propositiva y proactiva en busca del beneficio colectivo, fomentando la práctica de los derechos y deberes en la población afiliada a la EPS.

En este espacio de participación ciudadana se desarrollan propuestas que buscan favorecer la atención integral de los afilados, los interesados pueden recibir mayor información comunicándose a:

Teléfono: 6500200 ext. 104 [email protected] O visitando nuestra página web http://www.famisanar.com.co/index.php/es/pos/asociacion-de-usuarios

23. 24.

El afiliado podrá hacer uso de los siguientes mecanismos de protección:

- Presentar derecho de petición en los términos de la Ley 1437 de 2011, Ley 1755 de 2015 o la norma que la sustituya, tanto a la EPS, a la IPS, como a las demás entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este derecho incluye el de pedir información, examinar y requerir copias, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos y deberá ser resuelto de manera oportuna y de fondo.

- El derecho a la atención prioritaria de las peticiones que formule cuando se trate de evitar un perjuicio irremediable de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 1437 de 2011 o la norma que la sustituya.

El afiliado podrá realizar sus solicitudes y/o derechos de petición a t r a v é s d e l a d i r e c c i ó n e l e c t r ó n i c a [email protected] o a través de la página Web www.famisanar.com.co.

Las sugerencias, solicitudes de mejoramiento e inconformidades deberán ser resueltas, por EPS Famisanar SAS. Con oportunidad y dentro de los términos de ley.

EPS Famisanar cuenta con los siguientes canales de recepción de felicitaciones, sugerencias o quejas:

91 92

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/ Líneas Telefónicas de Servicio al Usuario: Línea Amable 3078069 en Bogotá o 018000916662 a nivel Nacional.

/ Verbal: Presencialmente, en nuestras diferentes Oficinas de Servicio al Usuario

/ Escrito: En nuestras diferentes Oficinas de Servicio al Usuario

/ Internet: a través de nuestra página Web www.famisanar.com.co

/ Buzones de Sugerencias: En nuestras diferentes Oficinas de Servicio al Usuario

- La solicitud de cesación provisional ante la Superintendencia Nacional de Salud cuando un vigilado por acción u omisión ponga en riesgo la vida o la integridad física de la persona, de conformidad con el artículo 125 de la Ley 1438 de 2011.

- El recurso judicial ante la Superintendencia Nacional de Salud en los términos de los artículos 41 de la Ley 1122 de 2007 (modificado por el artículo 6 de la Ley 1949 de 2019) y 126 de la Ley 1438 de 2011 y la práctica de medidas cautelares.

93 94

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93 94

CARTA DE DESEMPEÑO

En cumplimiento a lo establecido en la Resolución 4343 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social, presentamos la CARTA DE DESEMPEÑO de EPS FAMISANAR S.A.S.

25.1 Indicadores de calidad de las EPSResultados de los indicadores de la EPS Famisanar S.A.S que se encuentran en el sistema de información del Ministerio de Salud y protección social - SISPRO, comparados con el Referente Nacional.

25.

Tasa de mortalidad en niños menores de un año (mortalidad infantil)

EFECTIVIDAD

Código Nombre del Indicador

EPS Famisanar

2018 2017 2017 2018

MediaNacional

I SEM II SEM

Proporción de nacidos vivos con bajo peso al nacer - EAPB

E.1.2

E.1.3

12,13 11,62 8,99 9,23

6,23 7,59 10,21 11,38

Código Nombre del Indicador 2018 2017 Media Nacional II SEMESTRE

E.3.3

E.3.4

E.3.5

E.3.6

EXPERIENCIA DE LA ATENCIÓN

Tiempo promedio de espera para la autorización de Resonancia Magnética Nuclear

Tiempo Promedio de espera para la autorización de Cirugía de Cataratas

Tiempo Promedio de espera para la autorización de Cirugía de Reemplazo de cadera

Tiempo Promedio de espera para la autorización de Cirugía de revascularización miocárdica

0,12 2,55 0,65 3,95

1,04 5,75 3,28 1,61

0,28 3,31 0,14 1,43

1,00 1,48 0,47 1,14

Código Nombre del Indicador

EPS Famisanar

AÑO 2015

MediaNacional

E.2.1

E.2.2

E.2.3

E.2.5

E.2.6

E.2.7

GESTIÓN DEL RIESGO

AÑO 2015

E.2.8

Proporción de tamización para Virus de inmunodeficiencia Humana (VIH) en gestantes

Proporción de gestantes a la fecha de corte positivas para Virus de inmunodeficiencia Humano con Terapia Antirretroviral (TAR)

Proporción de gestantes que cuentan con serología trimestral

Captación de Hipertensión Arterial (HTA) de personas de 18 a 69 años

Proporción de pacientes de hipertensons controlados

Captación de Diabetes Miellitud de personas de 18 a 69 años

Proporción de pacientes diabéticos controlados

87,98 78,86

100 93,7

94,47 90,13

30,91 31,52

54,56 60,86

90,97 61,63

51,15 50,33

I SEMII SEM

EPS Famisanar S.A.S

2017 II I SEMESTREMedia Nacional

2018 II

Fuente: Observatorio Nacional de Calidad en Salud- Indicadores de calidad Resolución 0256 de 2016. Ministerio de Salud y Protección Social y Sistema de Información y seguimientos EPS Famisanar S.A.S, Año 2018.

Tabla 1. Resultados EPS Famisanar S.A.S – Dominio Experiencia de la atención

Tabla 2. Resultados EPS Famisanar S.A.S – Dominio Efectividad

Fuente: Observatorio Nacional de Calidad en Salud- Indicadores de calidad Resolución 0256 de 2016. Ministerio de Salud y Protección Social y Sistema de Información y seguimientos EPS Famisanar S.A.S, Año 2018.

Tabla 3. Resultados EPS Famisanar S.A.S – Dominio Gestión del Riesgo

Fuente: Observatorio Nacional de Calidad en Salud- Indicadores de calidad Resolución 0256 de 2016. Ministerio de Salud y Protección Social y Sistema de Información y seguimientos EPS Famisanar S.A.S, Año 2018. (resultados vigentes en SISPRO)

En la resolución 0256 de 2016, se dictan las disposiciones en relación con el sistema de información para la Calidad y se determinan los indicadores para el monitoreo de la Calidad en salud definido por el Ministerio de Salud a través de la plataforma SISPRO.

Para conocer los resultados de cada uno de los dominios : Efectividad, experiencia en la atención y la seguridad, pueden consultar en el enlace: http://calidadensalud.minsalud.gov.co/Paginas/Indicadores.aspx

En nuestra página web, sección Normativa / podrá conocer los resultados de los indicadores de calidad IPS- Red EPS Famisanar S.A.S, o en el enlace

Fuente: Observatorio Nacional de Calidad en Salud- Indicadores de calidad Resolución 0256 de 2016-IPS. Ministerio de Salud y Protección Social y RED de prestadores de servicios de salud -EPS Famisanar S.A.S, Año 2018. (resultados vigentes en SISPRO).

famisanar.com.co/wp-content/uploads/2019/03/Indicadores-de-Calidad-IPS-Red-EPS-Famisanar-2018-1.pdf

25.

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95 96

25.3 Posición en el ordenamiento (Ranking)

25.3.1 Ranking EPS

AñoRanking

Total

2016 11 8

Oportunidad Satisfacción

7

En cumplimiento de la orden 20 de la Sentencia T- 760 de 2008 y del Auto 260 del 16 de noviembre de 2012 de la H Corte Constitucional, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud desarrollaron un instrumento para informar el ordenamiento de las Entidades Promotoras de Salud del régimen contributivo y subsidiado el cual se enseña a continuación:

2018 11 58

2017 5 77

6

Acceso

6

6

Fuente: Sistema de Evaluación y Calificación de Actores. Ranking de Satisfacción EPS 2017. Oficina de Calidad. Ministerio de Salud y Protección Social. Agosto 2018https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/CA/ranking-satisfaccion-eps-2017.pdf

Tabla 4. Ranking EPS Famisanar S.A.S

RANKING IPS PRIMARIAS

RANKING DEPARTAMENTO CUIDAD NIT RAZÓN SOCIAL

1 CESAR AGUSTIN CODAZZI

900345765 SERMULTISALUD - CLINICA CODAZZI

2 BOYACA GARAGOA 900004894 E.S.E. HOSPITAL REGIONAL II NIVEL DE ATENCION VALLE DE TENZA- SEDE GARAGOA

3 CUNDINAMARCA CHOCONTA 900809723 SERVICIOS DE ATENCION DOMICILIARIA EN SALUD S.A.S SIGLA SADISALUD SAS

4 BOYACA MONIQUIRA 891800395 E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE MONIQUIRA

5 CUNDINAMARCA TAUSA 832008321 E.S.E. CENTRO DE SALUD DE TAUSA

6 ATLANTICO BARANOA 901104576 CEMEGS IPS S.A.S

7 CUNDINAMARCA ZIPACON 860009555 CENTRO DE SALUD DE ZIPACON

8 SANTANDER EL PLAYON 804016971

MEDICAL CENTER LIMITADA

9 DISTRITO CAPITAL 860007336

COLSUBSIDIO CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIAR

10 DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ 860013570

CAFAM CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR

RANKING IPS COMPLEMENTARIAS

RANKING DEPARTAMENTO CUIDAD NIT

RAZÓN SOCIAL

1 CUNDINAMARCA GIRARDOT 808000252

CLINICA METROPOLITANA CMO IPS S.A.S -

GIRARDOT

2 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 830090073

ASOCIACION DE AMIGOS CONTRA EL CANCER PROSEGUIR

3 CUNDINAMARCA FUSAGASUGA 900013381

SOCIEDAD MEDICA DE ESPECIALISTAS DIAGNOSTICO E IMAGENOLOGIA MEDSALUD LIMITADA SEDE 1

4 SANTANDER BUCARAMANGA 804002599

CDI-BUCARAMANGA

5 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 900892703

ASISSTANZA IPS -

SAS

6 BOYACA SOGAMOSO 826000261

SERVICIOS INTEGRALES DE REHABILITACION EN BOYACA LIMITADA -

SIREB LTDA.-SOGAMOSO

7 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 900496641CLINICOS PROGRAMAS DE ATENCION INTEGRAL SAS - MARLY

8 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 860066191MEDICOS ASOCIADOS S.A. CLINICA FEDERMAN

9 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 860013779 PROFAMILIA - BOGOTA

10 DISTRITO CAPITAL BOGOTA 900613550 CLINICA SAN FRANCISCO DE ASIS SAS

Tabla 5. Ranking Red de IPS Primarias EPS Famisanar S.A.S

BOGOTÁ

Fuente: Matriz de Evaluación de desempeño red de prestadores de EPS Famisanar S.A.S- Jefatura de Calidad en salud, Año 2018

Se desarrolló para tal fin un instrumento para evaluar el desempeño de las IPS de la Red de EPS Famisanar SAS, cuyos resultados se muestran a continuación:

25.3.2. Ranking IPS Red EPS Famisanar.

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97 98

25.4 Acreditación

Sistema gestión calidad bajo el modelo de acreditación en salud.

IPS acreditadas en nuestra red

“Bajo el modelo de Estándares de Acreditación en salud, establecido por la Resolución 1445 de 2006, EPS Famisanar ha desarrollado su Sistema de Gestión de Calidad. Es así que se han desarrollado 3 fases de autodiagnóstico aplicando la ruta crítica para la acreditación, logrando establecer oportunidades de mejora que han permitido implementar mejoras para reducir las brechas existentes en los procesos frente a los estándares superiores de calidad definidos por la Acreditación. Estas mejoras han permitido sistematizar distintos procesos, mejorar las instalaciones físicas de la EPS, implementar programas especializados en salud con un enfoque preventivo, mejorar los tiempos de respuesta y oportunidad en la atención de usuarios, fortalecer los sistemas de información, desarrollar al capital humano de EPS Famisanar y fortalecer su gestión estratégica."

La EPS Famisanar S.A.S, cuenta con un Sistema Gestión de calidad bajo el modelo de acreditación en salud., establecido por el Decreto 1011 de 2012.

EPS Famisanar propende por el mejoramiento en la prestación de sus servicios, parte de este éxito radica en la articulación de su red prestadora, para ello uno de los factores a tener en cuenta contempla la inclusión de IPS que ofertan servicios con alta calidad, en este sentido se han incluido prestadores con Acreditación en salud en la red para usuario de la EPS como se relacionan a continuación dentro de la Red de proveedores contratada para servicios de hospitalarios y ambulatorios, las siguientes instituciones cuentan con certificado de Acreditación vigente expedido por ICONTEC:

IPS ACREDITADAS RED EPS FAMISANAR

RAZÓN SOCIAL CIUDAD

FECHA DE

OTORGAMIENTO

AMBITO

CLÍNICA LOS NOGALES BOGOTÁ

12/12/2018

AMBULATORIO Y HOSPITALARIO

INVERSIONES SEQUOIA COLOMBIA S.A.S CLINICA VIP BOGOTÁ

12/12/2018

AMBULATORIO Y HOSPITALARIO

UNIDADES DE SERVICIOS DE SALUD USS DE NAZARETH, SAN JUAN DE SUMAPAZ Y ECOTERAPIA (SUBRED SUR)

BOGOTÁ

12/12/2018

AMBULATORIO Y HOSPITALARIO

FUNDACIÓN HOSPITAL DE LA MISERICORDIA HOMI BOGOTÁ

21/02/2018

AMBULATORIO Y HOSPITALARIO

FUNDACIÓN CARDIOINFANTIL -INSTITUTO DE CARDIOLOGÍA BOGOTÁ 24/05/2018AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

FUNDACIÓN OFTALMOLÓGICA DE SANTANDER CLÍNICA CARLOS ARDILA LÜLLE FOSCAL

BUCARAMANGA 26/06/2018 AMBULATORIO

FUNDACIÓN HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO DE SAN JOSÉ BOGOTÁ 17/05/2017AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

CLÍNICA UNIVERSIDAD DE LA SABANA CHÍA 19/07/2017AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

ADMINISTRADORA COUNTRY S.A. BOGOTÁ 19/08/2016AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

CLÍNICA DEL OCCIDENTE S.A.S BOGOTÁ 17/06/2015AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

INSTITUTO DE ORTOPEDIA INFANTIL ROOSEVELT BOGOTÁ 19/08/2015AMBULATORIO Y

HOSPITALARIO

Fuente: Instituciones Acreditadas, Icontec internacional http://www.acreditacionensalud.org.co/qs/Paginas/Index.aspx y red de prestadores de EPS Famisanar S.A.S- Jefatura de Calidad en salud, Año 2019

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99

25.5 Comportamiento de EPS Famisanar como pagadores de servicios

Indicadores Dic-18

Activo Corriente - Pasivo Corriente 145.009Activo Corriente / Pasivo Corriente 0,8Total Pasivo / Total Activo 1,1Total Pasivo Corriente / Total Activo 1,0Total Activo Corriente / Total Activo 0,9Total Pasivo / Total Patrimonio 9,4Cuentas por pagar / Costo en días de rotación 78

FUENTE: Estados Financieros reportados a Supersalud a corte Dic. 18

Durante el año 2018, la Superintendencia Nacional de Salud no ha impuesto sanciones que se encuentren en firme y debidamente ejecutoriadas.

NOTA: La información actualizada de esta Carta de Derechos de los Afiliados y Deberes y Carta de Desempeño de Famisanar EPS,

puede ser consultada en la página web de Famisanar EPS:www.famisanar.com.co - Menú Normativa

25.6 Sanciones

A continuación, se expresan los resultados de los indicadores financieros que reflejen la oportunidad y eficacia de la entidad promotora de salud frente a sus obligaciones como responsable del pago de los servicios de salud.

PachoCra. 9 No. 22 - 67L-V: 7:30 a.m. a 12:30 my 1:30 p.m. a 4:30 p.m

UbatéCra. 7 No. 7 - 75 L-2L-V: 7:30 a.m. a 12:30 my 1:30 a.m. a 4:30 p.m

Trans. 18 No. 7 D - 81

Cra. 42 No. 34 - 60

SubaCll. 145 No. 92 - 30Local 201 / CC AcuarelaL-V 7:00 a.m. a 4:30 p.m

KennedyCra. 79 No. 38 C - 47 surL-V 7:00 a.m. a 4:30 p.mS - 7:00 a.m. a 12:30 m

FunzaCra. 9 No. 19 A - 934 piso de colsubsidioL-V 7:30 a.m. a 4:30 p.m

Tv. 8 No. 7 - 06 Cra. 11 No. 24 - 27

Soledad HipodromoCll 29 No. 30 - 05

Soledad Calle 30Cll 30 No. 16 - 220

Cartagena GetsemaníCentro Av. del ArsenalCll 25 No. 9 A - 06 L.3

Cartagena 4 vientosCll 31 No. 50 - 83Locales 1 al 5

ValleduparCll 17 No. 12 - 76

Santa MartaCra. 8 No. 28 B - 48L-V: 7:00 a.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

Tv 12 No. 17 - 62Locales 101 y 102

ConucosCll. 63 No. 30 - 81

Cll. 16 No. 160 - 94

4:30 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 1:00 p.my 2:00 p.m. a 4:30 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

Cra. 21 No. 22 - 00L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 11:45 a.my 2:00 p.m. a 5:45 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

Barranquilla PradoCra. 53 No. 70 - 112 L. 1L-V: 7:00 a.m. a 6:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

Barranquilla ComfamiliarCll. 47 No. 43 - 57L-V: 7:30 a.m. a 12:00.m 2:00 p.m. a 5:30 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

L-V: 7:00 a.m. a 1:00 p.m 2:00 p.m. a 4:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

L-V: 7:30 a.m. a 1:00 p.m 2:00 p.m. a 5:00 p.m L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

L-V: 7:00 a.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

Cll 20 No. 8 A - 20L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

MelgarCll 7 No. 25 - 39L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

EspinalCll 11 No. 4 - 86L-V: 7:30 a.m. a 12:00 a.m 1:00 p.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

Cra. 5 No. 32 - 21L-V: 7:00 a.m. a 5:00 p.mS- 8:00 a.m. a 12:00 m

PrincipalCra. 33 No. 52 - 18L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m L-V: 7:00 a.m. a 5:00 p.m

ComfenalcoCll. 34 No. 26 - 03

CañaveralCra. 26 No. 30 - 81L-V: 7:30 a.m. a 1:00 p.m L-V: 7:00 a.m. a 1:00 p.m

2:00 p.m. a 5:00 p.m

FloridablancaCra. 26 No. 30 - 51

BarrancabermejaCll 49 No. 14 - 75

L-V: 2:00 p.m. a 5:00 p.m L-V: 7:30 a.m. a 5:00 p.m

5:30 p.m

Principal PAC PrincipalCra. 14 No. 77 A - 62L-V 7:00 a.m. a 5:30 p.m

Cafam SubaTrans. 113 No. 142 A - 98L-V 7:30 a.m. a 4:30 p.m

Cafam QuiriguaCll. 81 No. 9 - 86

Calle 50Cra. 16 No. 50 - 59

Central de ServiciosAv. Cra. 68 No. 90 - 98 Villeta

Cra. 4 No. 5 - 45L-V: 7:00 a.m. a 4:30 p.m

L-V 7:30 a.m. a 4:30 p.m

L-V 7:30 a.m. a 4:30 p.m

L-V 7:30 a.m. a 4:30 p.mClínica MarlyCll. 50 No. 9 - 67L-V 7:00 a.m. a 6:30 p.m

Centro OncológicoCra. 47 No. 94 - 06L-V 7:00 a.m. a 6:30 p.m