2da querella administrativa

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- . I NOTIFICACION DE QUERELLA CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO ENTREGA PERSONAL Fecha : 10 de agosto de 2010 Estudiante: WALDEMIRa VELEZ soro Senor Velez Soto : Culminada la investigaci6n sobre hechos ocurridos el dia 11 de marzo de 2010 en horas de la tarde en el Senado Acadern lco, procede mos a notificarle sobre el inicio de un proceso disciplinario en su contra . Conforme al Articulo 6 .7 del 9' Reglamento General de Estudiantes aprobado el 29 de agosto de 2009 , formulamos esta notificaci6n de querella. Cabe serialar que usted fu e citado para una entrevista el 31 de marzo de 2010 Y el 12 de abril de 2010 . Usted no compareci6 a ninguna de las fechas senaladas, no solicit6 el cambio de las rnisrnas , 0 justific6 su ausencia . Surge de la investigaci6n que una asamblea extraordinaria del Senado Acadern ico fue convocada para el 11 de marzo de 2010 a la 1 : 30 PM . En aras de garantizar la seguridad y el acceso de las personas que iban a asistir a la asamblea ( po r 10 general Senadores y personal de apoyo ) , incluyendo al Pres idente de la Universidad de Puerto Rico , Dr . Jose Ram6n De la Torre , oficiales de segur idad crea ron un perimetro alrededor del Senado y la Rotunda de la Torre del Recinto de Rio Piedras . Poco despues del mediodia Ilegaron a l area frente a la Torre unos grupos de estudiantes , miembros de la comun idad universitaria, y personas ajenas al Recinto de Rio Piedras , y comenzaron una manifestaci6n . La investigaci6n UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO R e Cin to de R o P edra s ond n a d e l a Re c tora PC SO x 23 3 00 S a n Juan , PR 00 931- 33 0 0 T els . 787 ·763 - 38 77 787 - 76 4 -0000 , E x t s 2424, 3 240 F ax 787 -7 64-8 799

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-.

I

NOTIFICACION DE QUERELLA

CERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBO

ENTREGA PERSONAL

Fecha : 10 de agosto de 2010

Estudiante: WALDEMIRa VELEZ soro

Senor Velez Soto:

Culminada la investigaci6n sobre hechos ocurridos el dia 11 de marzo de

2010 en horas de la tarde en el Senado Acadernlco, procedemos a notificarle sobre

el inicio de un proceso disciplinario en su contra . Conforme al Articulo 6.7 del9'

Reglamento General de Estudiantes aprobado el 29 de agosto de 2009 , formulamos

esta notificaci6n de querella. Cabe serialar que usted fue citado para una entrevista

el 31 de marzo de 2010 Y el 12 de abril de 2010. Usted no compareci6 a ninguna

de las fechas senaladas, no solicit6 el cambio de las rnisrnas , 0 justific6 su

ausencia.

Surge de la investigaci6n que una asamblea extraordinaria del Senado

Acadern ico fue convocada para el 11 de marzo de 2010 a la 1:30 PM. En aras de

garantizar la seguridad y el acceso de las personas que iban a asistir a la asamblea

(por 10 general Senadores y personal de apoyo), incluyendo al Presidente de la

Universidad de Puerto Rico, Dr. Jose Ram6n De la Torre , oficiales de segur idad

crea ron un perimetro alrededor del Senado y la Rotunda de la Torre del Recinto de

Rio Piedras . Poco despues del mediodia Ilegaron al area frente a la Torre unos

grupos de estudiantes, miembros de la comunidad universitaria, y personas ajenas

al Recinto de Rio Piedras, y comenzaron una manifestaci6n . La investigaci6n

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

ReCin to de Ro Pedrasondnade laRectora

PC SOx 23300San Juan , PR 00931- 3300Tels. 787 ·763-3877787 -764-0000 , Exts 2424, 3240Fax 787 -764-8799

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Estud ian le Walde miro Velez So toPa gina 210 de ag osto de 2010

tarnbien sugiere que durante la rnanifestacion, los anirnos de los presentes habian

estado caldeados , con manifestantes discutiendo con oficiales de seguridad por la

entrada de un camion de sonido y en ocasiones qritandoles improperios a los

oficiales . Cercana la hora de la sesion, los manifestantes comenzaron a intentar

pasar por el peri metro, causando empujones entre estes y los oficiales. Para

asegurar el transcurso efectivo de los procedimientos , el acceso al Senado seria

primero para los Senadores , luego las dernas personas necesarias para la

asamblea, y entonces los dernas asistentes mientras permitiera el espacio . Sin

embargo, ya para la 1:15 pm, los manifestantes rodeaban el Senado Acadernico.

Conforme a la investiqacion realizada, se alega que a la 1:15 PM, la

Sra . Carmen J. Raffucci, empleada del Recinto de Rio Piedras de la Universidad de

Puerto Rico , abrio las puertas del Senado Acadernico con la intencion de permitir la

entrada de las personas, comenzando con los senadores . Para esto , la Oficial

Adrninistrativa Valerie Vazquez salle al descanso de las escaleras para identificar a

los senadores. De inmediato , varios manifestantes que se encontraban cerca de las. - ,

vallas que formaban el perimetro comenzaron a empujar y forcejear para adquirir

acceso al Senado. Se alega que usted entre al Senado junto a la Sen. Eneida

Vazquez Colon y que usted se movie rapidarnente hacia las escaleras internas del

Senado que dan acceso al sotano, donde se encuentra el area administrativa. En

ese momento no se encontraba mas nadie en los escalones de la escalera externa,

ya que los oficiales de seguridad mantenian un perimetro alrededor. EI testimonio

de testigos que 10 vieron es que usted se diriqio de prisa al sotano donde abrio una

puerta que daba acceso al exterior y que se supone permaneciera cerrado . Luego

de abrir la puerta, usted diriqio a aJrededor de cincuenta (50) estudiantes a que

entraran por el sotano del Senado Acadernico y se dirigieran al area donde se iba a

celebrar la asamblea . Esto provoco la obstaculizacion de los inicios de los

procedimientos. Ante esta situacion , la asamblea tuvo que cancelarse .

La conducta en la cual se alega usted incurrio constituye violacion al

Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico (en adelante

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Estudionl e Woldemiro Velez So loP6gino 310 de cooslo d e 2010

Reglamento General) y al Reglamento de Estudiantes del Recinto de Rio Piedras

(en adelante Reglamento de Estudiantes).

EI Articulo 6.3 del Reglamento General dispone que "sera responsable por

infracci6n a las normas de este Reglamento cualquier estudiante que tome parte

directa en la conducta objeto del proceso disciplinario, los que fuercen , provoquen,

instiguen 0 induzcan a su comisi6n , asi como los que cooperen con actos

anteriores, sirnultaneos 0 posteriores a su comisi6n. "

El Reglamento General de Estudiantes, en su Parte C - Derechos de

Expresi6n, Actividades y Asociaciones Estudiantiles, Articulo 2.15 , inciso A, seriala

sobre las normas de conducta general 10 siguiente :

HEI estudiante tendra derecho a expresarse, asociarse, reunirse libremente,

formular peticiones y Ilevar a cabo actividades igual que cualquier otra

persona en Puerto Rico y sujeto a las disposiciones de ley y de

reglafuentaci6n universitaria aplicables.

El estudiante tiene derecho a auspiciar y"-

Ilevar a cabo actividades

extracurriculares y cocurriculares en la Universidad en forma libre y

responsable. A estos fines, podra utilizar las instalaciones universitarias

conforme a la reglamentaci6n vigente, siempre que este uso no conflija con

otras actividades legitimas y no interrumpa las labores institucionales , ni

quebrante las normas establecidas para salvaguardar el orden, la seguridad y

la normalidad y continuidad de las tareas institucionales y cumpla con los

canones de respeto propios del nivel universitario."

El Reglamento General en su Capitulo VI sobre Normas Disciplinarias y

Procedimientos-Parte B, establece, en 10 pertinente:

"Articulo 6.2 - Conducta Sujeta a Acci6n a Sanciones Disciplinarias

Estara sujeta a sanciones disciplinarias :

1 ..

2 .

5. Obstaculizaci6n de las tareas y actividades : La obstaculizaci6n de

tareas regulares , tales como la enserianza, investigaci6n y

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Es luo ionte Wa ldemiro Ve lezSo loP6gina 4

10 de ag0 510 de 20 10

administraci6n 0 la celebraci6n de actividades oficiales ,

efectuandose dentro 0 fuera de las instalaciones de la Universidad ,

incluyendo asambleas estudiantiles.

6. Obstaculizaci6n del libre acceso a las instalaciones: La

obstacu lizaci6n parcial 0 total del libre acceso y salida de personas

de las instalaciones de la Universidad y de las aulas 0 edificios que

forman parte de las mismas , asl como del transite de vehfculos

hacfa , dentro de, 0 desde las instalaciones de la Universidad .

7. Conducta contra personas: La conducta que atente contra la vida ,

libertad , propiedad , dignidad , salud y seguridad de las personas ,

incluyendo , pero sin limitarse a, el empleo 0 la incitaci6n al uso de

fuerza 0 violencia contra cualquier persona en las facilidades de

la Universidad con la intenci6n de causar dana 0 de impedir el usa

./

de recursos y servicios 0 el descargo de responsabilidades ,

cualquiera que sean los medios que se emplearen .". ...

EI Reglamento de Estudiantes igualmente penaliza esta conducta en su

Articulo 69.

"Los siguientes actos constituyen infracciones de las normas esenciales al

orden ya la convivencia universitaria y acarrean sanciones disciplinarias :

a) Violaciones al Reglamento General de Estudiantes 0 a cualquier otra

norma adoptada y debidamente publicada por las autoridades universitarias ,

facultadas para ello por la ley 0 los reglamentos .

e) Interrumpir, obstaculizar 0 perturbar las tareas regulares del Recinto 0 la

celebraci6n de actos 0 funciones debidamente autorizados. La norma anterior

es igualmente aplicable cuando los actos que producen la interrupci6n,

obstaculizaci6n 0 perturbaci6n se realizan fuera del Recinto.

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Es tudionte woldemiro Velez SoloP6gino 510de ogos lo de 2010

I) Toda conducta que interrumpa el funcionamiento normal del Recinto",

Es importante senalar que el articulo 6.15 del Reglamento General establece

que "[I]as repetidas violac iones por un estudiante se tornaran en conslderacion para

la evaluacion de la posibilldad de imponer sanciones mas graves , tanto en los

procedimientos informales como en los forrnales ." Su expediente refleja una

violacion anterior por interrumpir una c1ase el 15 de noviernbre de 2006 ya usted se

Ie impuso la sancion de suspension por un sernestre .

Por la naturaleza grave de las alegadas faltas en las cuales se alega usted

ha incurrido , se inicia con la presente querella el procedimiento disciplinario formal

sequn 10 dispone el Articulo 6.16 del Reglamento General y el Articulo 70 del

Reglamento del Reclnto . De probarse los cargos formulados , y sequn el Articulo 6.4

del Reglamento General , usted se expone a una sancion que puede ser desde una

arnonestacion escrita hasta la suspension 0 expuls ion defin itiva de la Universidad

de Puerto ~ i c o    

En cumplimiento con el Articulo 6.16 del R ~ g l a m e n t o   General su querella

sera dilucidada ante un Oficial Examinador a quien referimos esta notificacion de

forma sirnultanea a la notificacion que se Ie esta cursando a usted . He designado a

la ex-jueza, Lcda. Ivelisse Moyano Ares , como Oficial Examinadora a cargo de

presidir el correspondiente procedimiento y de observar el cumpHmiento con las

garantias procesales establecidas para el mismo.

En este proceso y conforme al Reglamento General articulo 6.19 , usted

podra asistir a la vista admlnistrativa acornpariado de un representante legal , de aS I

desearlo. De usted no comparecer a la vista ni excusarse de la misma

oportunamente, esta sera celebrada en su ausencia De solicitar suspension tendra

que tener justa causa para la misma y solicitarla con cinco (5) dias calendario de

antelacion y por escrito , esto conforme al Articulo 6.18 (5) del Reglamento General.

Sequn el Articulo 6.7 del Reglamento General , usted dispone de un termino

que no excedera de treinta (30) dias calendario, contados a partir de esta

notificacion , para responder a los cargos formulados en su contra. De usted no

contestar en el terrnino indicado se entendera que acepta los hechos como han s ide

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Es lud ionte Wo ldemiro Velez Soto

POQlno 610de ogos to de 2010

alegados, a tenor con el Articulo 71(C) del Reglamento de Estudiantes del Recinto

de Rio Piedras .

La Oficial Examinadora designada Ie notificara a usted oportunamente la

fecha , hora y lugar en la cual se celebrara una vista administrativa , conforme a 10

dispuesto en el Articulo 6.17 del Reglamento General de Estudiantes de la

Universidad de Puerto Rico.

De haber presentado contestaci6n a la querella en el terrnino concedido ,

tendra oportunidad de testificar, presentar evidencia, contrainterrogar a los testigos

de cargo y de carearse con la prueba que en su contra se ofrezca. Solamente se

podra considerar prueba 0 evidencia que se ofrezca durante la vista administrativa .

EI descubrimiento . de prueba en este caso esta especificamente

reglamentado por el Articulo 6.21 del Reglamento General y debe realizarse "dentro

de un periodo que no exceda los cuarenta y cinco (45) dias calendarios despues de

notificada la querella ."

La prueba testifical del Recinto consistira del testimonio de las Sras. Valerie. ...

Vazquez Rivera, Iris M. Vargas Mojica y Carmen I. Raffucci , los Sres. Jorge

Rodriguez y Orestes Villegas Melendez. Cualquier otra evidencia se anunciara

oportunamente.

Para su conocimiento esta disponible por internet copia del Reglamento

General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico y del Reglamento de

Estudiantes del Recinto de Rio Piedras de la Universidad de Puerto Rico , ambos en

el portal de la Universidad, www.upr.edu.

Crt'ANAR. 'L;DALUPE, PH.D.Rectora Interina

c Junta de DisciplinaLcda. Ivelisse Moyano Ares, OficiaJ Examinadora