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DEMANDA: En la ciudad de Santa Cruz El Quiche, departamento del Quiche. Siendo las once horas con cincuenta y cinco minutos, el veinticuatro de julio del años dos mil catorce se encuentra presente ante el infrascrito juez DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA, DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHÉ, abogada Nancy Aurora Velásquez Girón de Herrera, secretaria que autoriza Irma Nineth Irungaray Reyes y oficial de trámite Pioquinto Castro Tzoc, comparece el señor Pedro David Ixcoy Raynozo a quien se le protesta de conformidad de la ley para que se conduzca conforme a ella y diga la verdad de lo que fuere preguntado, seguidamente le hace saber la pena relativa al delito de perjurio y pena legal, de lo cual si manifestó estar enterado. PRIMERO: Manifiesta llamarse Pedro David Ixcoy Raynozo, de veintidós años de edad, Soltero, Maestro de Educación Primaria Urbana, guatemalteco, vecino del municipio de Santa Cruz del Quiche, departamento del Quiché y se identifica con documento personal de identificación dos mil ciento veintinueve espacio sesenta y cinco mil setecientos diecinueve espacio mil cuatrocientos uno extendido por el registro nacional de las personas de Santa Cruz del Quiche, departamento del Quiche, documento que se tiene a la vista y se devuelve en este momento; señala como lugar para recibir notificaciones su residencia ubicada en la once calle diez guion

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DEMANDA: En la ciudad de Santa Cruz El Quiche, departamento del Quiche. Siendo las once

horas con cincuenta y cinco minutos, el veinticuatro de julio del años dos mil catorce se

encuentra presente ante el infrascrito juez DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO

Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA, DEL DEPARTAMENTO DE EL QUICHÉ, abogada Nancy

Aurora Velásquez Girón de Herrera, secretaria que autoriza Irma Nineth Irungaray Reyes y

oficial de trámite Pioquinto Castro Tzoc, comparece el señor Pedro David Ixcoy Raynozo a

quien se le protesta de conformidad de la ley para que se conduzca conforme a ella y diga la

verdad de lo que fuere preguntado, seguidamente le hace saber la pena relativa al delito de

perjurio y pena legal, de lo cual si manifestó estar enterado. PRIMERO: Manifiesta llamarse

Pedro David Ixcoy Raynozo, de veintidós años de edad, Soltero, Maestro de Educación

Primaria Urbana, guatemalteco, vecino del municipio de Santa Cruz del Quiche, departamento

del Quiché y se identifica con documento personal de identificación dos mil ciento

veintinueve espacio sesenta y cinco mil setecientos diecinueve espacio mil cuatrocientos uno

extendido por el registro nacional de las personas de Santa Cruz del Quiche, departamento del

Quiche, documento que se tiene a la vista y se devuelve en este momento; señala como lugar

para recibir notificaciones su residencia ubicada en la once calle diez guion cero cincuenta de

la zona cuatro de esta ciudad. SEGUNDO: Manifiesta el presente que el propósito de esta

diligencia es para iniciar procedimiento ORDINARIO LABORAL PARA RECLAMAR EL PAGO DE

PRESTACIONES LABORALES POR DESPIDO INDIRECTO E INJUSTIFICADO, en contra señor: Mario

Mejía Solís en su calidad de propietario del Restaurante “ALBAMAR” quien puede ser

notificado en la tercera calle tres guion veinte zona dos, municipio de Santa Cruz del Quiche,

departamento del Quiche. TERCERO

HECHOS:

a) DE LA RELACION LABORAL Y DE SU VIGENCIA: Inicié mi relación laboral con la entidad

denominado “Restaurante Albamar” el UNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE, y termino la

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misma EL QUINCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, por medio de contrato, el cual quedo

perfeccionado; y desempeñando el cargo de CAJERO, con una jornada de trabajo de Ocho de

la mañana a diez y seis horas, de lunes a viernes, devengando un salario base mensual de MIL

OCHOCIENTOS QUETZALES (Q 1,800.00) b) DEL TRABAJO REALIZADO Y SALARIO DEVENGADO:

Labore para el hoy demandado propietario del Restaurante “Alba Mar” como cajero según

contrato escrito que deberá probar mi empleador y que devengue un salario de mil ocho

cientos quetzales exactos mensuales; y no obstante a múltiples requerimientos que le he

formulado en forma verbal a efecto de que me cancele la suma que corresponde a mi

indemnización, aguinaldo, bonificación anual para trabajadores del sector privado y público

(bono catorce) proporcional y vacaciones que he requerido y no ha realizado el pago efectivo

solicitado. C) DE LA JORNADA ORDINARIA: Trabaje jornada ordinaria diurna de ocho horas a

diez y seis horas, de lunes a viernes , no habiendo laborado horas extras; d) DE LAS CAUSALES

INVOCADAS POR MI EMPLEADOR: Ignoro cuál fue el motivo de mi despido, pues le cumplía a

cabalidad y si hubiese cometido alguna falta, mi empleador estaba obligado a percibirme

previamente como lo señala la ley, pues solo existe de conformidad con la ley, un caso de

excepción que faculta al empleador a dar por terminado el contrato de trabajo sin

apercibimiento alguno, tal es el caso de la ebriedad consuetudinaria que ponga en peligro los

bienes de la obra y la vida de los compañeros de trabajo situación en la que no me encuentro

comprendido; e) DE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS: Como consecuencia haberme

despedido injustificadamente, reclamo el pago de mi indemnización del uno de Noviembre del

año dos mil trece al quince de julio de dos mil catorce por la cantidad de mil Ocho cientos

exactos, aguinaldo proporcional de dos mil quinientos quetzales exactos, bonificación anual

para los trabajadores del sector privado y público (Bono 14) por la cantidad de dos mil

quinientos quetzales exactos, vacaciones por dos mil quinientos quetzales exactos que

sumados hacen un total de siete mil quinientos quetzales exactos que me adeuda mi

empleador Mario Mejía Solís en su calidad de propietario de la entidad Restaurante “Alba

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Mar”, costas judiciales atendiendo a las instancias en que deba tramitarse el presente juicio

ordinario laboral, tal como lo establece la legislación vigente de trabajo en relación a los gastos

del proceso y la responsabilidad que debe observar el empleador con relación a tal situación. ç

CUARTO: PRUEBAS:

En la fase procesal respectiva solicito el diligenciamiento con citación de la parte contraria los

siguientes medios de prueba: A) EXIBICION DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS QUE DEBERA

PRESENTAR LA PARTE DEMANDADA EN LA AUDIENCIA QUE PARA EL EFECTO SE SEÑALE:

Documentos; I) Copia del contrato de trabajo suscrito por el empleador : Mario Mejía Solís en

su calidad de propietario de la entidad Restaurante “Alba Mar” para corroborar mi tiempo de

servicio, salario pactado y demás condiciones de trabajo; II) Los recibos de pago de salarios con

el objeto de establecer: a) los salarios devengados durante todo el tiempo de mi relación

laboral; b) Establecer si fueron pagados o no las prestaciones que reclamo; III) libros de

contabilidad que deberá presentar el empleador: Mario Mejía Solís propietario de la entidad

Restaurante “Alba Mar”, con el objeto de establecer los egresos que tiene mi empleador en

concepto de salario y pago de prestaciones; documentos que deberá presentar la parte

demanda en la primera audiencia que para el efecto señale el Juez, conminando al empleador

Mario Mejía Solís en calidad de propietario de la entidad Restaurante “Alba Mar”, con una

multa de cincuenta a quinientos quetzales en caso de desobediencia, sin perjuicio de

presumirse cierto los datos aducidos al respecto por el oferente de la prueba, B)

PRESUNCIONES legales y humanas que de los hechos probados se deriven.

QUINTO: PETICION: a) que se admita para su trámite en la vía ordinaria la presente acta de

demanda ordinaria laboral la cual planteo en contra del empleador Mario Mejía Solís en

calidad de propietario de la entidad Restaurante “Alba Mar”, y en consecuencia se forme el

expediente respectivo; b) que se tome nota del lugar señalado para recibir notificaciones y del

lugar señalado para notificar al demandado anteriormente establecido e indicado; c) que se

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tenga por ofrecido los medios de prueba debidamente individualizados en el apartado de

pruebas de la presente acta de demanda; d) que se señale día y hora para que las partes

comparezcamos a juicio ordinario laboral a este tribunal bajo apercibimiento de que si dejaren

de comparecer cualquiera de las partes sin causa justa se continuara el juicio en rebeldía del

que no compareciere, sin más citarle ni oírle; e) se conmine al demandado para que en la

primera audiencia que fije el tribunal presente los documentos aludidos en el cuerpo de mi

demanda, bajo apercibimiento de que si el mismo no los presenta se le imponga una multa de

cincuenta a quinientos quetzales exactos y se tendrán por ciertos los hechos aducidos por mi

persona en caso de incumplimiento; f) que se decrete el embargo precautorio de las cuentas

de depósitos monetarios hasta por la cantidad demandada, debiendo oficiarse a los bancos del

sistema, dejando como depositario al gerente general de cada entidad bancaria que operan en

la República de Guatemala; g) que al dictarse sentencia se declare con lugar la presente

demanda y en consecuencia se condene al demandado al pago de todas la prestaciones

laborales indicada en el apartado correspondiente de esta demanda, y costas judiciales.

SEXTO: No habiendo otra circunstancia y hechos que hacer constar se finaliza la presente acta

en el mismo lugar y fecha de su inicio siendo las catorce horas con veinte minutos. Leída

íntegramente lo escrito al compareciente y bien enterado de su contenido, objeto, validez y

demás efectos legales, lo ratifica, acepta y firma juntamente con el infrascrito Juez y secretario

que autoriza damos fe.-----------------------------------------------------------------------------------------------

F_____________________________ F_________________________

Licda. Nancy Aurora Velásquez Girón Irma Nineth Irungaray Reyes

Jueza Secretaria

F_________________________

Pedro David Ixcoy Raynozo

Demandante