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“ Año de la Consolidación del Mar de Grau” UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL TAYACAJA

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“ Año de la Consolidación del Mar de Grau”

UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL

TAYACAJA

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – UGEL TAYACAJA – 2016

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ÁREA DE GESTION INSTITUCIONAL OFICINA DE RACIONALIZACION

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I N D I C E Pagina

PRESENTACION

03

TITULO I : ASPECTOS GENERALES 04

Capítulo I : Contenido, Alcances, Naturaleza, Ámbito Jurisdiccional. 04

Capitulo II : Finalidad, Base Legal y Funciones. 05

Capitulo III : De la Estructura Orgánica, Cuadro Orgánico de Cargos- CAP. Estructural, Organigrama.

08

TITULO II : DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA. 11

Capítulo I : Órgano de Dirección. 11

Capitulo II : De los Órganos de Línea 14

Área de Gestión Pedagógica 14

Área de Gestión Institucional 28

Capitulo III : Órganos de Apoyo. 39

Área de Gestión Administrativa 39

Oficina de Atención de Denuncias y Reclamos 50

Capitulo IV : Del Órgano de Asesoramiento.

53

Área de Asesoría Jurídica. 53

Capítulo V : Del Órgano de Participación 55

Capítulo VI : De las Relaciones Institucionales. 56

Capítulo VII : De los Órgano s de Ejecución. 56

TITULO III : DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 57

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La Unidad de Gestión Educativa Local-Tayacaja, en el Marco del Proceso de Modernización de la Gestión del Estado a través del Área de Gestión Institucional, ha Formulado el Proyecto de Manual de Organización y Funciones para el año 2016, acción administrativa que ha contado con la participación de los trabajadores de la institución en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones y los actuales Lineamientos de la Administración Pública.

Considerando Objetivo Institucional el lograr mayor eficacia y eficiencia en la prestación del Servicio Educativo a través de la gestión por procesos y el uso de modernos recursos que oferta los sistemas y la tecnología actual.

El Manual de Organización y Funciones establece las competencias, la claridad del desempeño y el grado de cumplimiento de funciones asignadas a los trabajadores de la sede de la Unidad de Gestion Educativa Local de Tayacaja, acorde con el cargo que desempeñan.

La Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja como instancia de Gestión Descentralizada del Ministerio de Educación, dependiente del Gobierno Regional de H u a n ca ve l i c a regula y supervisa los servicios que brinda y asesora el trabajo Pedagógico, Administrativo e Institucional, además de fortalecer la formación académica y profesional de los trabajadores.

Oficina de Racionalización- Marzo- 2016

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL TAYACAJA

TITULO I

ASPECTOS GENERALES

CAPITULO I

CONTENIDO, ALCANCES, NATURALEZA, AMBITO JURISDICCIONAL DEL CONTENIDO

Artículo 1° El Manual de Organización y Funciones (M.O.F), de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja, es un documento de gestión, normativo que contiene la funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo, describiéndolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de las Unidades de Servicios Educativos, aprobado mediante D.S.N° 009-2005-ED.

DE LOS ALCANCES

Artículo 2° El presente Manual de Organización y Funciones, es de aplicación para todos los funcionarios, Directivos, Profesionales, Técnicos y Auxiliares (Titulares, Destacados, Encargados, asignados y contratados) que laboran en la Sede de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja, y en su ámbito jurisdiccional, cuenta con órganos desconcentrados denominados Instituciones Educativas y Programas Educativos, para el desarrollo de sus actividades.

DE LA NATURALEZA

Artículo 3° La Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja, es una Unidad Ejecutora dependiente del pliego del Gobierno Regional de Huancavelica, y a la vez un órgano desconcentrado del Ministerio de Educación, tiene relación normativa y funcional con la Dirección Regional de Educación de Huancavelica y el Ministerio de Educación.

Es responsable de proporcionar el soporte técnico pedagógico, institucional y administrativo a las Instituciones y Programas Educativos de su ámbito jurisdiccional con la finalidad de garantizar un servicio educativo de calidad con equidad.

La Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja depende Administrativa y Presupuestalmente del Gobierno Regional de Huancavelica.

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DE SU AMBITO JURISDICCIONAL

Artículo 4° El ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja, comprende los Distritos de: Pampas, Acostambo, Acraquia, Ahuaycha, Colcabamba, Daniel Hernández, Huaribamba, Ñahuimpuquio, Pazos, Quishuar, Andaymarca, Quichuas, Pichus y Salcabamba.

CAPITULO II

FINALIDAD, BASE LEGAL Y FUNCIONES FINALIDAD

Artículo 5° Son fines de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja: a) El desarrollo integral del educando, mediante prestación de servicios educativos

brindados con calidad, satisfaciendo pertinentemente las necesidades educativas del ámbito jurisdiccional.

b) Fortalecer las capacidades de gestión pedagógica, institucional y

administrativa de las instituciones educativas para lograr su autonomía. Promover y asegurar estrategias para que las instituciones y programas educativos formen niños, adolescentes y jóvenes en el contexto de una educación integral para su desarrollo personal, social y económico sustentado en valores, en concordancia con las exigencias del desarrollo económico y social del país y de nuestro ámbito jurisdiccional.

c) Impulsar la cohesión social; articular acciones entre las instituciones públicas y privadas alrededor del Proyecto Educativo Local, Regional y nacional; contribuir a generar un ambiente favorable para la formación integral de las personas, el desarrollo de capacidades locales, propiciando la organización de comunidades educadoras.

d) Canalizar el aporte del Ministerio de Educación, Gobierno Regional y Gobiernos locales,

así como de otras entidades especializadas para mejorar la calidad del servicio educativo.

e) Asumir y adecuar a su realidad las políticas educativas y pedagógicas establecidas por el Ministerio de Educación, Dirección Regional de Educación de Huancavelica y por la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Huancavelica.

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DE LA BASE LEGAL

Artículo 6° El presente Manual se sustenta en las siguientes normas legales vigentes:

- Constitución Política del Perú - Ley Nº 28044 Ley General de Educación - D.S. N° 011-201-ED Reglamento de la Ley General de Educación. - Ley Nº 27444 Procedimiento Administrativo General. - Decreto Ley Nº 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación. - Ley 26510 modificatoria de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación. - Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27902 Ley que modifica la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial. - D.S. N° 004-2013-ED- Reglamento de Ley de Reforma Magisterial. - Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del Sector Público - D.S. Nº 005-90-PCM.Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276 - D. Ley Nº 800 Norma el horario de atención y jornada laboral en la administración

pública. - R.M. Nº 574 – 94 – ED. Control y Asistencia del Personal en el Ministerio de Educación. - D.S. Nº 0032-92-PCM Normas sobre renuncias en el sector público - D.S. Nº 009 – 2005 – ED Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo - Ley Nº 27815 Código de ética de la función Pública.

- D.S. Nº 033 – 2005 – PCM Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.

- R.M. Nº 114 – 2001 – ED Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Lima y del Callao y de las Unidades de Gestión Educativa.

- Resolución Jefatural N° 095-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva sobre formulación del Manual de Organización y Funciones.

DE LAS FUNCIONES

Artículo 7° La Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja cumple las siguientes funciones:

a) Contribuir a la formulación de la política educativa nacional, regional y local. b) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdicción en concordancia

con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales y con el aporte, en lo que corresponda, de los Gobiernos Locales.

c) Orientar y evaluar los proyectos educativos institucionales de las Instituciones educativas de su jurisdicción.

d) Regular y supervisar las actividades y servicios que brindan las Instituciones -Educativas, preservando su autonomía institucional.

e) Asesorar la gestión pedagógica, administrativa e institucional de las instituciones

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educativas bajo su jurisdicción, fortaleciendo su autonomía institucional. f) Participar en las acciones de evaluación y medición de la calidad educativa que ejecuta

la Unidad de Gestión Educativa local de Tayacaja, Dirección Regional de Educación de Huancavelica, el Gobierno Regional de Huancavelica y el Ministerio de Educación.

g) Prestar apoyo administrativo, logístico y asesoramiento legal a las instituciones educativas públicas de su jurisdicción.

h) Asesorar en la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual de las instituciones Educativas.

i) Asesorar en la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto anual de las

Instituciones Educativas

j) Conducir el proceso de evaluación y de ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal, atendiendo los requerimientos de las Instituciones educativas, en coordinación con la Dirección Regional de Educación de Huancavelica.

k) Promover la formación y funcionamiento de redes educativas como forma de cooperación entre Instituciones y programas educativos de su jurisdicción, las cuales establecen alianzas estratégicas con instituciones especializadas de la comunidad.

l) Apoyar el desarrollo y la adaptación de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información para conseguir el mejoramiento del sistema educativo con una orientación intersectorial.

m) Impulsar la actividad del Consejo Participativo Local de Educación, a fin de generar acuerdos y promover la vigilancia ciudadana.

n) Formular, ejecutar y evaluar su presupuesto en atención a las necesidades de las Instituciones y programas educativos y gestionar su financiamiento local, regional y nacional.

o) Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento, así como participar en su mantenimiento, en coordinación y/ o con el apoyo del gobierno Central, Regional, Sub regional y local.

p) Promover, apoyar y asesorar los procesos de diversificación y desarrollo curricular en las Instituciones Educativas en su jurisdicción.

q) Promover centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte así como el deporte y la recreación y brindar apoyo sobre la materia a los Gobiernos Locales que lo requieran. Esta acción la realiza en coordinación con los Organismos Públicos Descentralizados de su zona.

r) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo; desarrollar programas de capacitación y/o actualización, así como brindar facilidades para la superación profesional.

s) Formular proyectos para el desarrollo educativo local y gestionarlos ante las instituciones de cooperación nacional e internacional.

t) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. u) Informar a las entidades oficiales correspondientes, y a la opinión pública, de los

resultados de su gestión. v) Actuar como instancia administrativa en asuntos de su competencia.

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CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA, CUADRO ORGANICO DE CARGOS-CAP. ESTRUCTURAL, ORGANIGRAMA

ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 8° La U.G.E.L.- Tayacaja, tiene la siguiente estructura orgánica. ORGANO DE DIRECCIÓN Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local ORGANOS DE LINEA Área de Gestión Pedagógica

Área de Gestión Institucional ORGANO DE APOYO Área de Gestión Administrativa Oficina de Atenciones, Denuncias y Reclamos ORGANO DE ASESORAMIENTO Área de Asesoría Jurídica. ORGANO DE PARTICIPACIÓN Consejo Participativo Local de Educación-COPALE.

CUADRO ORGANICO DE CARGOS

Artículo 9° La Unidad de Gestión Educativa de Tayacaja presenta la siguiente estructura orgánica aprobada según R.S. Nº 203-2001-ED (SISTEMA NEXUS) :

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS

CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL

DE LA SEDE ADMINISTRATIVA UGEL TAYACAJA RESOLUCION SUPREMA Nº 203-2003

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CARGOS

ESTRUCTURALES OBSERVACION

A ORGANO DE DIRECCION 05 01 Director de Programa Sectorial III 01 Director UGEL Designado

02 Especialista Administrativo I 01 Numeración, Archivo y Tramite Documentario

03 Técnico Administrativo I 01 Mesa de Partes

04 Secretaria II 01 Secretaria Direccion

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B ORGANOS DE LINEA

B1 AREA DE GESTION PEDAGOGICA 12

05 Director de Programa Sectorial II 01 Jefe de Área Cargo de Confianza

06-07 Especialista en Educación 02 Primaria

08 Especialista en Educación 01 Primaria-EBI

09 Especialista en Educación 01 Inicial –Especial

10 Especialista en Educación 01 Matemáticas

11 Especialista en Educación 01 CTA

12 Especialista en Educación 01 Comunicación

13 Especialista en Educación 01 EBA-CETPRO-PECUD

14 Especialista en Educación 01 Ciencias Sociales

15 Asistente en Serv. De Educ. y Cultura 01

16 Secretaria II 01

B2 AREA DE GESTION INSTITUCIONAL 06

17 Director de Programa Sectorial II 01 Jefe de Área Cargo de Confianza

18 Planificador I 01

19 Especialista en Racionalización I 01

20 Especialista en Finanzas I 01

21 Secretaria I 01

C ORGANO DE APOYO

B1 AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA 13

22 Director de Programa Sectorial II 01 Jefe de Área Cargo de Confianza

23 Especialista Administrativo I 01 Contador I

24 Tesorero I 01

25 Especialista Administrativo I 01 Personal

26 Especialista Administrativo I 01

27 Técnico Administrativo I 01 Escalafón

28 Técnico Administrativo I 01 Proyectista

29 Técnico Administrativo I 01 Operador PAD

30 Chofer I 01

31 Secretaria I 01

32-33 Trabajador de Servicio II 02

D ORGANO DE ASESORAMIENTO

D1 AREA DE ASESORIA JURIDICA 02

34 Director de Programa Sectorial II 01 Jefe de Área Cargo de Confianza

35 Secretaria I 01

E ORGANO DE CONTROL

E1 AREA DE AUDITORIA INTERNA 02

36 Director de Programa Sectorial II 01 Jefe de Área Cargo de Confianza

37 Secretaria I 01

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I.E. primaria

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA UGEL.-

TAYACAJA

DIRECCIÒN Consejo Participativo

Local de Educación

O.A.D.E.R

Asesoría Jurídica

Área de Administración

Área de Gestión Pedagógica

Área de Gestión Institucional

Instituciones Educativas

I.E. INICIAL

I.E.SEC.

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TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

Artículo 10° El Órgano de Dirección, es el responsable de conducir la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja, en concordancia con las normas emitidas por el Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Educación de Huancavelica y los lineamientos de Política Nacional, Sectorial y Regional, en acción directa hacia las instituciones educativas de su ámbito jurisdiccional.

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA DEL ORGANO DE DIRECCION

Artículo 11° El Órgano de Dirección está constituido por:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO CONDICION

ORGANO DE DIRECCION

1 Director de Programa Sectorial III 01 D5-05-290-3 Designado

2 Especialista Administrativo I 01 P3-05-338-1 Nombrado

3 Técnico Administrativo I 01 T5-05-707-3 Contratado

4 Secretaria II 01 T2-05-675-2 Nombrado

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS.

DEL DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III.

Artículo 12° Es el funcionario con mayor nivel jerárquico en su ámbito, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a Ley.

Son funciones del titular de la Unidad de Gestión Educativa Local de la Provincia de Tayacaja:

a) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa e implementar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y democratización del servicio educativo.

b) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del proyecto educativo de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja y los planes operativos anuales, en coordinación con el Consejo Participativo Local de Educación; asimismo, aprobar el proyecto educativo local y los planes operativos anuales.

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c) Conducir e incrementar la productividad y eficiencia de los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativa de las Instituciones y Programas educativos a su cargo.

d) Apoyar el proceso de descentralización de la gestión efectiva de las Instituciones y programas educativos.

e) Suscribir convenios de cooperación y/o contratos con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales encaminados a mejorar la calidad de la educación.

f) Evaluar permanentemente la gestión educativa de su ámbito, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes; y, presentar los informes de su gestión a las instancias correspondientes.

g) Designar, nombrar y/o remover en el cargo al Jefe del Área, poniendo de conocimiento a la instancia correspondiente.

h) Concertar con las entidades públicas y privadas en su ámbito, para ejecutar programas de acción conjunta a favor de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación continúa del personal de las Instituciones Educativas y Programas educativos así como del personal de la sede institucional.

i) Organizar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación continua del personal de la sede institucional.

j) Emitir Directivas en materia de organización interna y expedir resoluciones directorales sobre asuntos de su competencia.

k) Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto y sus modificaciones en coordinación con las Instituciones y Programas educativos de su ámbito territorial.

l) Implementar mecanismos de participación y vigilancia ciudadana para garantizar una gestión transparente y equitativa.

m) Aplicar estrategias afectivas y pertinentes para disminuir drásticamente el analfabetismo y apoyar los programas de organización multisectorial de alfabetización.

n) Delegar funciones y atribuciones que faciliten y flexibilicen la descentralización de la gestión educativa.

DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I (Numeración, Archivo y Tramite documentario).

Artículo 13° Depende funcional y jerárquicamente del Director de Programa Sectorial III, debiendo cumplir las siguientes funciones: a) Recepciona, registra y despacha los expedientes presentados por los usuarios a las

diferentes áreas de la institución. b) Mantiene en forma ordenada y actualizada los archivos de los diferentes

documentos emitidos por la UGEL-Tayacaja, así como también las respectivas fascículos de las resoluciones directorales

c) Orientar las acciones destinadas a mejorar la imagen institucional y como optimizar las relaciones de la comunidad Educativa.

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d) Transcribir y enumerar las resoluciones directorales, directivas, oficios memorándums y otros emitidos por la superioridad.

e) Atender, orientar y absolver las consultas de los usuarios. f) Elaborar informes específicos por encargo de la Dirección de la Unidad de Gestión

Educativa local de Tayacaja. g) Revisar los informes y resoluciones directorales para la firma del Director. h) Numerar Resoluciones y registrar en el libro de control y al sistema, distribuirlo a

las Áreas correspondientes y al interesado. i) Expedir copias certificadas y autenticadas de Resoluciones y otros documentos. j) Transcribe las Resoluciones emitidas por la Institución. k) Entregar y notificar a los usuarios la resolución directoral correspondiente. l) Verifica la entrega oportuna de resoluciones emitidas por las entidades homólogas

y/o entidades superiores de la UGEL. m) Realizar otras funciones que le asigne el Director de la UGEL-Tayacaja.

DEL TECNICO ADMINISTRATIVO (Mesa de Partes).

Artículo 14° Depende del Especialista Administrativo I, y realiza las siguientes funciones: a) Verificar requisitos mínimos de expedientes que presentan los usuarios

considerados en el Texto Único de Procedimientos administrativos. b) Recepcionar, registra y asigna el N° de SISGEDO a los expedientes presentados

por los usuarios. c) Clasificar, foliar, archivar y derivar los expedientes y otra documentación que

ingresa a la UGEL Tayacaja, en el Sistema de Gestión Documentaria. d) Atender al público usuario y orientar en la presentación de sus expedientes y

documentos para realizar gestiones en la UGEL-Tayacaja. e) Elaborar información estadística de los expedientes y documentos en forma

mensual y efectuar las acciones correctivas que tuviera lugar. f) Orientar a los Directores de las Instituciones Educativas sobre aspectos de trámite

documentario y archivo. g) Elaborar anualmente el inventario de documentos archivados y elabora la relación

de documentos para su depuración. h) Elaborar otras funciones de su competencia por encargo del jefe. DE LA SECRETARIA I

Artículo 15° Depende directamente del Director de Programa Sectorial y desempeña las siguientes funciones: a) Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir la documentación ingresados al

despacho del Director. b) Realizar el seguimiento y Control de la documentación a su cargo y mantener

informado al Director de los asuntos de su competencia. c) Redactar y digitar la documentación escrita que le disponga el Director. d) Archivar la documentación propia de la Dirección observando las normas

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correspondientes, cuidando y estableciendo la seguridad, conservación y confidencialidad.

e) Velar por la seguridad conservación y mantenimiento de los bienes de su secretaría y de la Dirección así como mantener actualizado el inventario correspondiente.

f) Llevar la agenda de reuniones del Director y registrar las audiencias. g) Atender las comunicaciones telefónicas y brindar información al público usuario; h) Mantener actualizada la información al Director de los casos importantes de la

UGEL Tayacaja. i) Controla el desplazamiento de las Jefaturas. j) Preparar los pedidos de materiales y útiles de oficina para el personal de la

Dirección, recepcionar los, distribuirlos y cuidar de su seguridad y control. k) Organizar y mantener la ambientación de la oficina a su cargo; y l) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Director.

CAPITULO II

DE LOS ORGANOS DE LINEA

Artículo 16° Los Órganos de Línea están integrados por:

AREA DE GESTION PEDAGOGICA. AREA DE GESTION INSTITUCIONAL.

AREA DE GESTION PEDAGOGICA Artículo 17° Tiene la responsabilidad de asesorar, orientar, investigar, adecuar, experimentar, validar, supervisar, monitorear y evaluar las acciones técnico pedagógicas dentro del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local-Tayacaja.

Las funciones del Área de Gestión Pedagógica son: a) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa nacional

y regional, en materia de gestión pedagógica, en las Instituciones y programas educativos de su ámbito jurisdiccional.

b) Aplicar estrategias, alternativas orientadas a mejorar la calidad de los servicios educativos que brindan las Instituciones Educativas bajo su ámbito.

c) Desarrollar programas de prevención y atención integral, así como programas de bienestar social para los educandos de las Instituciones y programas educativos en coordinación con los gobiernos municipales e instituciones públicas y privadas especializadas, dirigido especialmente a la población en situación de pobreza y pobreza extrema.

d) Promover y ejecutar en coordinación con las Instituciones y programas educativos, estrategias efectivas de alfabetización acordes con las características socio culturales.

e) Apoyar y participar en programas y proyectos de investigación e innovación pedagógica y evaluar el impacto de los servicios educativos.

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f) Asesorar, monitorear y supervisar las acciones de diversificación y desarrollo curricular y uso de materiales educativos en las Instituciones y programas educativos a su cargo.

g) Asesorar y apoyar la implementación del Centro de recursos educativos y tecnológicos (CRT/ AIP)que apoyen el proceso de enseñanza - aprendizaje.

h) Asesorar en la implementación y el desarrollo del programa de fortalecimiento de Educación física así como el adecuado funcionamiento en las Instituciones Educativas Focalizadas para su desarrollo.

i) Participar en los programas locales, regionales y nacionales de evaluación y medición de calidad educativa.

j) Realizar acciones de actualización y capacitación continua del personal directivo, jerárquico, docente y administrativo de las Instituciones y programas educativos.

k) Organizar y desarrollar programas en apoyo de la educación, la ciencia y tecnología, la cultura, la recreación y el deporte, propiciando la participación de la comunidad.

l) Garantizar el cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 establecidos por el Ministerio de Educación.

m) Elaborar proyectos educativos para captar recursos de la cooperación técnica financiera de la comunidad local, regional, nacional e internacional.

n) Elaborar informes trimestral, semestral y anual, referente al desarrollo técnico pedagógico de las instituciones educativas y del área de gestión pedagógica.

o) Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA-AREA DE GESTION PEDAGOGICA.

Artículo 18° La estructura Orgánica está constituida de la siguiente manera:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO OBSERVACION

AREA DE GESTION PEDAGOGICA 12

6 Director de Programa Sectorial II 01 D4-05-290-2 Cargo de Confianza

(encargado)

07-08 Especialista en Educación 02 Nombrado

09-15 Especialista en Educación 07 Destacado

16 Asistente en Serv. De Educ. y Cultura 01 P1-25-073-1 Nombrado

17 Secretaria II 01 T1-05-675-1 Nombrado

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

JEFE DE AREA DE GESTION PEDAGOGICA. Artículo 19° Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local-Tayacaja; cumple las siguientes funciones:

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a) Cumplir y hacer cumplir las funciones asignadas al Área de Gestión Pedagógica,

promoviendo en todo momento la mejora de los aprendizajes y de la calidad del servicio educativo.

b) Planificar, coordinar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar el desarrollo de las actividades Técnico Pedagógico, educativas, culturales, deportivas, recreacionales y de prevención, supervisando su aplicación en las instituciones educativas.

c) Proponer a la Dirección, estrategias conducentes a la optimización del servicio educativo.

d) Participar en la formulación del Plan de Desarrollo Educativo, el Plan Operativo Institucional y el Plan de Innovación en Gestión.

e) Comunica al Área de Gestión Institucional, Área de Gestión Administrativa o quien corresponda, cuando una institución educativa amerita una evaluación o investigación especializada.

f) Brindar asesoramiento al Órgano de Dirección en asuntos relacionados con el Área a su cargo.

g) Participar en las reuniones de coordinación de Jefes de Área convocado por la Dirección.

h) Promueve y estimula la superación académica de los Especialistas del Área; i) Promover la suscripción de convenios relacionados con el mejoramiento de

la calidad educativa. j) Orientar, asesorar y brindar asistencia técnico pedagógico, poniendo énfasis en

un trabajo pedagógico, centrado en la calidad de aprendizaje de los educandos. k) Promover y coordinar la participación de la comunidad, organizaciones sociales

de base, instituciones públicas y privados, gobiernos locales en acciones educativas no formales.

l) Elaborar normas de carácter técnico pedagógico que orienten la conducción gerencial de las instituciones y programas educativos.

m) Revisar y aprobar los informes de los especialistas y elevar a la superioridad, n) Apoya las acciones de medición de la calidad Educativa del MED. o) Apoya y participa en los proyectos de investigación e innovación pedagógica. p) Lidera el programa del Programa Estratégico de Logros de Aprendizaje (PELA). q) Participa en la planificación, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación de

las acciones de acompañamiento pedagógico en el ámbito de la UGEL. r) Efectúa el requerimiento de materiales, equipos y otros de acuerdo al Plan

Operativo y que su distribución sea oportuna. s) Velar por el cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 que sean de

su competencia. t) Evaluar, controlar e informar sobre el avance del Plan Operativo del Área a su

cargo. u) Inducir al personal a su cargo al cumplimiento de sus funciones en el marco de

la gestión por procesos v) Realizar las demás funciones a fines que le asigne el órgano de Dirección.

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FUNCIONES DEL EQUIPO DE ESPECIALISTAS EN EDUCACION.

DEL ESPECIALISTA EN EDUCACION INICIAL Y ESPECIAL.

Artículo 20° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica.

Sus funciones son:

a) Participar y evaluar el desarrollo del Plan Operativo del Área a partir del Plan de

trabajo del nivel y modalidad, articulado al Plan Estratégico de la UGEL Tayacaja y los objetivos estratégicos para el mediano plazo.

b) Asesora a los docentes y directores de educación inicial y especial en la adecuación de los programas curriculares básicos y la programación de los mismos y propone métodos y técnicas de aprestamiento.

c) Promover la elaboración de materiales educativos, así como el manejo metodológico.

d) Promover la atención de los niños y niñas de seis (06) meses a cinco (05) años que no estén en el sistema educativo, organizando y/o difundiendo campañas pertinentes.

e) Asesorar a los docentes coordinadores en la organización y ejecución de los programas no escolarizados.

f) Asesora, deriva e informa a la Jefatura problemas que requieren solución. g ) Programar, ejecutar y evaluar las acciones de supervisión especializada en las

instituciones educativas de educación Inicial h) Realizar reuniones de coordinación con los Directores, Coordinadores de

las Instituciones Educativas de Educación Inicial y especial. i) Cumplir con los compromisos de desempeño 2016 en aspectos que sean de su

competencia. j) Orientar el cumplimiento de sus funciones mediante la gestión por procesos. k) Derivar e informar a la jefatura sobre casos de su competencia, asesorar y

elaborar informes; l) Apoyar, asesorar, capacitar e implementar a las docentes coordinadoras

y animadoras; m) Realiza propuestas de innovaciones pedagógicas de Educación Inicial y Especial. n) Adecuar y difundir las normas y disposiciones técnico pedagógicas de nivel

y modalidad; y o) Realizar propuestas de innovación y/o investigación pedagógica en su

especialidad. p) Promueve, coordina y ejecuta la capacitación y actualización de personal

Jerárquico y docente de acuerdo a su necesidad. q) Asesora, Acompaña, Monitorea a los profesionales que integran los equipos

SAANEE. r) Coordinar, asesorar y apoyar acciones en diferentes tipos de excepcionalidad.

Deficiencia auditiva y/o problemas de lenguaje, retardo mental, ceguera, y visión sub normal, desajuste de conducta social, impedimentos físicos y facultades sobresalientes.

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s) Realiza Talleres de Capacitación para las profesiones de los equipos SAANEE con el objetivo de prepararlos para el asesoramiento a los docentes inclusivos.

t) Brindar Asesoramiento Técnico Pedagógico, Capacitaciones a docentes y Directores de las IE. Inclusivas.

u) Realizar jornadas de sensibilización a docentes de PRITE, CEBE, e IE Inclusivos. v) Monitorear y Supervisar el proceso de conversión y adecuación de servicios que

brindan los PRITE. w) Monitorear el proceso de Inclusión de los estudiantes con NEE a las escuelas

de EBR, EBA, ETP. x) Realiza la evaluación trimestral, semestral y anual del año académico del nivel,

identificando fortalezas y debilidades. y) Las demás que le asigne el Jefe de Área. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACION PRIMARIA

Artículo 21° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son:

a) Planificar, monitorear, supervisar, evaluar, asesorar y efectuar el seguimiento de

aspectos técnico-pedagógico de Educación Básica Regular-Primaria. b) Asesora a directores y docentes de las instituciones educativas en la elaboración

de los proyectos curriculares de la institución, programaciones anuales, programaciones de corto alcance y evaluación de acuerdo al nuevo enfoque.

c) Participar en la formación, elaboración y ejecución del Plan del Área a partir del Plan de Trabajo del nivel y modalidad, articulado al Plan Estratégico de la UGEL Tayacaja y los objetivos estratégicos para el mediano plazo;

d) Proponer a la Jefatura cronograma de reuniones que sean necesarias para atender actividades y acciones pedagógicas con los directores del nivel y modalidad;

e) Evaluar, consolidar e informar sobre las acciones de supervisión realizadas en las escuelas orientadas a elevar la calidad de los aprendizajes e informar a la Jefatura sobre los resultados;

f) Coordina, ejecuta y evalúa de manera permanente el desarrollo de las actividades en el marco del DCN y las Rutas de Aprendizaje, adecuación de métodos y técnicas en las acciones de enseñanza y aprendizaje, elaboración de materiales educativos y evaluación de estudiantes.

g) Informa, orienta y asesora a los directores, docentes y padres de familia en asuntos pedagógicos por redes educativas.

h) Participa en los programas de prevención integral asesorando y verificando la inserción de los conocimientos en la programación curricular de las Instituciones Educativas.

i) Busca alianzas estratégicas con las instituciones Públicas y Privadas para el beneficio de los estudiantes de las diferentes Instituciones Educativas.

j) Evaluar continuamente el servicio educativo acompañando y asesorando el proceso de enseñanza aprendizaje, para la mejora de la calidad educativa en las Instituciones públicas y privadas.

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k) Realizar el monitoreo, acompañamiento y asesoramiento a los acompañantes pedagógicos y a los docentes acompañados de PELA y de todas las Instituciones Educativas del nivel primaria.

l) Recepcionar, registrar y visar nóminas de matrícula y actas de evaluaciones finales de las Instituciones educativas

m) Informar continuamente al jefe del Área sobre las acciones efectuadas. n) Realiza la evaluación trimestral, semestral y anual del año académico del nivel,

identificando fortalezas y debilidades. o) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos. p) Cumplir cabalmente con los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos

de su competencia. q) Las demás que le asigne el jefe de Área. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACION PRIMARIA - EDUCACION BILINGÜE INTERCULTURAL (E.B.I). Artículo 22° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Orientar la política Regional en Educación Intercultural, Bilingüe y Rural, en el

nivel de educación primaria estableciendo las coordinaciones necesarias con la Dirección Regional de Educación Huancavelica.

b) Desarrollar el enfoque intercultural en todo el sistema educativo del ámbito jurisdiccional, en coordinación con la Dirección Regional de Educación Huancavelica.

c) Orientar, supervisar y evaluar la aplicación del enfoque intercultural y bilingüe. d) Orientar, supervisar y evaluar el desarrollo y la implementación de la EBI rural

en la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja. e) Normar, orientar, supervisar y evaluar el desarrollo y la implementación de

la Educación Intercultural, Bilingüe y Rural en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa.

f) Definir los criterios técnicos para la diversificación curricular, diseñar las estrategias de enseñanza y aprendizaje y las de evaluación de la Educación Intercultural, Bilingüe y Rural.

g) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos. h) Cumplir cabalmente con los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos

de su competencia. i) Desarrollar programas de producción y validación de material educativo, cultural

lingüísticamente pertinentes, en lenguas originarias y en castellano, en las etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas, de educación primaria.

j) Promover la participación de la sociedad civil y los usuarios directos de la Educación Intercultural Bilingüe y Rural, teniendo en cuenta la existencia de formas de organización propias.

k) Identificar y promover la realización de investigaciones sobre temas culturales, lingüísticos, sociales y educativos.

l) Proponer proyectos y convenios con organizaciones nacionales e

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internacionales, públicas y privadas, que desarrollen programas de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural.

m) Propiciar el intercambio de experiencias, para el mejoramiento de los proyectos y programas de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural.

n) Promover, apoyar y facilitar la elaboración de planes educativos articulados a los planes de desarrollo humano sostenibles y con fortalecimiento de la identidad nacional, regional y local.

o) Promover actividades culturales a nivel de la región en quechua y castellano. p) Las demás funciones que le asigne el jefe de Área. DEL ESPECIALISTA EN EDUCACION SECUNDARIA: CIENCIAS SOCIALES Artículo 23° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planificar, asesorar, monitorear y evaluar el cumplimiento de dispositivos

emanados por la Dirección Regional de educación y el Ministerio de Educación. b) Desarrollar acciones de orientación al personal docente y directivo sobre

aspectos referidos al área de Ciencias Sociales. c) Asesorar al personal docente y directivo de las instituciones educativas sobre el

desarrollo de programaciones y manejo de capacidades en las sesiones de aprendizaje referido al área de Ciencias Sociales.

d) Asesorar sobre el manejo de diseño curricular y lineamientos de evaluación en función de la política educativa local, regional y nacional.

e) Orientar y revisar documentos técnicos pedagógicos de los docentes del área. f) Organizar y ejecutar eventos de capacitación y actualización docente, en función

del área y de aspectos pedagógicos generales. g) Orientar y asesorar sobre las estrategias de trabajo para garantizar el uso

adecuado del material otorgado por el Ministerio de Educación h) Garantizar el uso adecuado del tiempo y el cumplimiento de las horas efectivas

de clase, mediante seguimiento y monitoreo. i) Participar en las comisiones de trabajo que su jefe inmediato superior lo designe

sobre asuntos referidos al Área. j) Contribuir con el fortalecimiento el cumplimiento del calendario cívico

escolar en las Instituciones Educativas. k) Planificar y ejecutar su plan de trabajo, presentado oportunamente sus informes

al jefe del área. l) Emitir opinión técnica e informes sobre asuntos referidos a su área y a los

aspectos pedagógicos que le sean consultados. m) Participar en las comisiones de trabajo que su jefe inmediato superior lo designe

sobre asuntos referidos al Área. n) Promover el cultivo del arte y la conservación de la cultura a través de actividades

con participación de las instituciones educativa de la jurisdicción. O ) Cumplir cabalmente con los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos

de su competencia. P ) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos.

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Q ) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe del Área de Gestión Pedagógica.

DEL ESPECIALISTA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA- MATEMÁTICA Artículo 24° Depende del Jefe del Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son:

a) Planificar, asesorar, monitorear y evaluar el cumplimiento de dispositivos

emanados por el Ministerio de Educación. b) Desarrollar acciones de orientación al personal docente y directivo sobre

aspectos referidos al área de matemática. c) Consolidar información recopilada durante el proceso de monitoreo en las

instituciones Educativas e informar al jefe del área. d) Asesorar al personal docente y directivo de las instituciones educativas sobre el

desarrollo de programaciones y manejo de capacidades en las sesiones de aprendizaje referido al área de Matemática.

e) Asesorar sobre el manejo de diseño curricular y lineamientos de evaluación en función de la política educativa local, regional y nacional.

f) Orientar y revisar los documentos oficiales (actas, certificados, nóminas, constancias y primeros puestos) de las instituciones educativas de educación básica Regular (nivel secundaria) y de las demás instituciones que la jefatura del área le encomiende.

g) Organizar y ejecutar eventos de capacitación y actualización docente, en función del área y de aspectos pedagógicos generales.

h) Orientar y asesorar sobre las estrategias de trabajo para organizar el banco del libro y las bibliotecas, velando por el uso adecuado del material otorgado por el Ministerio de Educación

i) Garantizar el uso adecuado del tiempo en la programación del Área de Matemática, mediante seguimiento y monitoreo.

j) Participar en las comisiones de trabajo que su jefe inmediato superior lo designe sobre asuntos referidos al Área.

k) Contribuir con el fortalecimiento el cumplimiento del calendario cívico escolar en las Instituciones Educativas.

l) Planificar y ejecutar su plan de trabajo, presentado oportunamente sus informes al jefe del área.

m) Emitir opinión técnica e informes sobre asuntos referidos a su área y a los aspectos pedagógicos que le sean consultados.

n) Promover, incentivar y organizar el concurso (todos los niveles y modalidades) a nivel de las instituciones educativas del ámbito de la UGEL TAYACAJA.

o) Consolidar y sistematizar informaciones recopiladas durante el proceso de monitoreo y acompañamiento en las Instituciones Educativas.

p) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe del Área. q ) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos. r ) Cumplir cabalmente con los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos

de su competencia.

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DEL ESPECIALISTA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA: CIENCIA, TECNOLOGÍA Y AMBIENTE Artículo 25° Depende del Jefe del Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planificar, asesorar, monitorear y evaluar el cumplimiento de dispositivos

emanados por el Ministerio de Educación. b) Desarrollar acciones de orientación al personal docente y directivo sobre

aspectos referidos al área de Ciencia, tecnología y ambiente c) Asesorar al personal docente y directivo de las Instituciones Educativas sobre el

desarrollo de programaciones y manejo de capacidades en las sesiones de aprendizaje referido al área de Ciencia, tecnología y ambiente.

d) Asesorar sobre el manejo de diseño curricular y lineamientos de evaluación en función de la política educativa local, regional y nacional.

e) Orientar y revisar documentos técnicos pedagógicos de los docentes del área. f) Organizar y ejecutar eventos de capacitación y actualización docente, en función

del área y de aspectos pedagógicos generales. g) Orientar y asesorar sobre las estrategias de trabajo para garantizar el uso

adecuado del material otorgado por el Ministerio de Educación h) Garantizar el uso adecuado del tiempo y el cumplimiento de las horas efectivas

de clase, mediante seguimiento y monitoreo. i) Participar en las comisiones de trabajo que su jefe inmediato superior lo designe

sobre asuntos referidos al Área. j) Contribuir con el fortalecimiento el cumplimiento del calendario cívico escolar

en las Instituciones Educativas. k) Planificar y ejecutar su plan de trabajo, presentando oportunamente sus

informes al jefe del área. l) Emitir opinión técnica e informes sobre asuntos referidos a su área y a los

aspectos pedagógicos que le sean consultados. m) Promover, organizar concursos dirigidos al cuidado y conservación del medio

ambiente. n) Promover, organizar y monitorear los concursos de Ciencia y Tecnología en las

Instituciones Educativas de todos los niveles. o) Planificar y orientar los programas orientados del uso adecuado del agua y el

tratamiento adecuado de los residuos sólidos. p) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. q) Cumplimiento de los compromisos de gestión 2016 a cabalidad en lo que a su

competencia refiere. r) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Pedagógica.

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DEL ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN SECUNDARIA: COMUNICACIÓN Artículo 26° Depende del Jefe del Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Planificar, asesorar, monitorear y evaluar el cumplimiento de las horas

adicionales del programa de comunicación en las instituciones educativas de la Jurisdicción.

b) Desarrollar acciones de orientación al personal docente y directivo sobre aspectos referidos a la programación del área.

c) Consolidar información recopilada durante el proceso de monitoreo en las instituciones educativas.

d) Asesorar al personal docente y directivo de las instituciones educativas sobre el desarrollo de programación y manejo de capacidades en las sesiones de aprendizaje.

e) Asesorar sobre el manejo de diseño curricular y lineamientos de evaluación en función de la política educativa local, regional y nacional.

f) Verificar y orientar sobre las nóminas y actas de las instituciones educativas del nivel secundario.

g) Organizar y ejecutar eventos de capacitación y actualización docente, en función del área y de aspectos pedagógicos generales.

h) Orientar y asesorar sobre las estrategias de trabajo para organizar el banco del libro y las bibliotecas, velando por el uso adecuado del material otorgado por el Ministerio de Educación

i) Participar en las comisiones de trabajo que su jefe inmediato superior lo designe sobre asuntos referidos al Área.

j) Contribuir con el fortalecimiento y el cumplimiento del calendario cívico escolar en las Instituciones Educativas.

k) Planificar y ejecutar su plan de trabajo, presentando oportunamente sus informes al jefe del área.

l) Emitir opinión técnica e informes sobre asuntos referidos a su área y a los aspectos pedagógicos que le sean consultados.

m) Cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 en lo que refiere a su competencia.

n) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. o) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Pedagógica.

DEL ESPECIALISTA DE EDUCACION BASICA ALTERNATIVA (EBA), CETPRO y PECUD.

Artículo 27° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Elaborar el plan de trabajo, articulado al plan del Área de Gestión Pedagógica. b) Participar en la formulación del plan Operativo del Área de gestión pedagógica. c) Promover, desarrollar y ejecutar eventos de capacitación y actualización a

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directivos y docentes. d) Formular el Plan de Monitoreo y Supervisión de la Educación Básica

Alternativa, constituyendo un instrumento que orienta las acciones de acompañamiento, asesoramiento, orientación a los Directores, Profesores en Gestión, Pedagógica.

e) Identificar la problemática relacionada con la educación técnico-productiva de la jurisdicción.

f) Formular, ejecutar y evaluar el plan específico de las modalidades y proyectos. g) Conducir, asesorar, monitorear y evaluar:

- La aplicación del Diseño Curricular Nacional y su diversificación. - Metodología y técnicas de aprendizaje. - Evaluación del aprendizaje

h) Dirigir, coordinar, apoyar y/o promover estudios de investigación pedagógica en las modalidades de EBA y CETPRO.

i) Orientar, coordinar, ejecutar y evaluar permanentemente la aplicación de la Tecnología en Educación Ocupacional;

j) Coordinar permanentemente sus actividades con el Especialista de Educación

k) Secundaria Formación Técnica del Área; l) Participar en comisiones técnicas a nivel del área o institución. m) Integrar la comisión de aprobación de horas efectivas de las II.EE de EBA y

CETPRO. n) Sugerir la racionalización de plazas docentes y otros recursos, como resultado de

las acciones de supervisión y monitoreo. o) Participar en las acciones de capacitación del personal docente. p) Orientar y monitorear la aplicación de las normas y proponer su adecuación. q) Preparar separatas y otros documentos técnicos de orientación. r) Dirigir y participar en las acciones de supervisión y monitoreo a las II.EE. s) Brindar asesoramiento a los comités de participantes y concejos educativos

institucionales. t) Formalizar alianzas estratégicas con el sector productivo (estatal y privado) para

la implementación de los planes curriculares. u) Tiene a su cargo el desarrollo de las diferentes actividades, competiciones y otros

de índole deportivo, en los niveles establecidos en la programación del Área. v) Realiza la evaluación trimestral, semestral y anual del año académico del nivel,

identificando fortalezas y debilidades. w) Participar en las actividades del programa de alfabetización de la jurisdicción. x) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos. y) Cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 en lo que a su

competencia se refiere. z) Otras que le asigne el jefe de Área.}

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DEL ASISTENTE EN SERVICIO DE EDUCACION Y CULTURA I.

Artículo 28 ° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Analiza normas técnicas, propone mejoras de procedimientos.

b) Estudias y emitir opinión técnica sobre expedientes especializados.

c) Analiza e interpreta cuadros, diagramas u otros similares. d) Coordinar, ejecutar programas y actividades de la especialidad, siguiendo

instrucciones generales. e) Programar, ejecutar y supervisar programas de capacitación. f) Realiza eventos culturales a nivel del área de ejecución provincial. g) Coordina y ejecuta acciones con el Sector Salud y entes ejecutoras, de droga y

otros. h) Ejecuta planes provinciales de salud, saneamiento básico y proyectos de escuelas

modelo, en salud escolar. i) Ejecuta la política cultural del Sector Educación y elevar periódicamente los

informes sobre actividades desarrolladas. j) Promover, efectuar investigaciones y acciones orientadas a rescatar, preservar,

fomentar las manifestaciones nativas, el folklore provincial y arte popular. k) Revisa las nóminas de matrícula, las mismas que previo V°B°, la deriva a la Jefatura

del Área para el visado correspondiente. l) Coordina la ejecución de convenios relacionados con las actividades culturales con

entidades públicas y privadas de acuerdo a normas correspondientes. m) Orientar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades

de su competencia. n) Promover las manifestaciones teatrales en sus aspectos creativos e

interpretativos. o) Utilizar todos los medios de comunicación hablada y escrita para la difusión de

nuestra cultura. p) Realizar un inventario local y catalogación de las danzas autóctonas y trajes típicos

a nivel de la Región Huancavelica. q) Promover la organización y realización de certámenes y jornadas de carácter

Técnico Pedagógico r) Desarrollar acciones orientadas a la revaloración de la cultura, bailes, danzas

locales y de la Región. s) Realiza la evaluación trimestral, semestral y anual del año académico del nivel,

identificando fortalezas y debilidades. t) Cumplir cabalmente con los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos

de su competencia. u) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos.

v) Otras que le asigne el jefe de Área.

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Articulo 29° DEL GESTOR LOCAL DE INTERVENCIONES EN II.EE. POLIDOCENTES COMPLETAS. Depende del Jefe de Área de Gestión pedagógica. Sus funciones son las siguientes: a) Organizar y planificar, conjuntamente con los especialistas pedagógicos de la

UGEL, los talleres de planificación y reuniones de evaluación de la implementación de las intervenciones priorizadas sectoriales en el marco del PELA teniendo como insumo los informes de desempeño de los especialistas pedagógicos de las intervenciones pedagógicas del Ministerio de Educación que laboran en su jurisdicción, a fin de emitir reportes para el Director de Gestión Pedagógica o la que haga sus veces de la UGEL.

b) Organizar, monitorear y evaluar el cumplimiento de las acciones de los acompañantes pedagógicos de las intervenciones sectoriales priorizadas en el PP, PELA teniendo como insumo los informes de desempeño de los especialistas pedagógicos de las intervenciones pedagógicas del Ministerio de Educación que laboran en su jurisdicción, a fin de emitir reportes para el director de Gestión Pedagógica o la que haga sus veces en la UGEL.

c) Realizar las coordinaciones con los especialistas pedagógicos o coordinadores de las estrategias del MINEDU, que laboran en las regiones; a fin de emitir reportes de seguimiento a los indicadores de proceso en la implementación de las intervenciones sectoriales priorizadas del ámbito jurisdiccional que les compete e informar al Director de Gestión Pedagógica de los avances y alertas, con frecuencia mensual.

d) Implementar tableros de procedimientos y cajas de herramientas que permitan incrementar la eficiencia en la implementación de las intervenciones priorizadas, pudiendo para ello, con el liderazgo de los gestores regionales de intervenciones en IIEE polidocentes y asesoría de los gestores para la implementación del equipo de Gestión del PELA – MINEDU.

e) Monitorear que los procesos administrativos se cumplan en los plazos oportunos, acatando las diferentes normativas de los sistemas administrativos públicos, con la finalidad de ejecutar las actividades del programa.

f) Ingresar reportes mensuales del cumplimiento de las metas físicas bajo la responsabilidad de los acompañantes pedagógicos o de los docentes coordinadores que laboran en la jurisdicción; en coordinación con los especialistas pedagógicos de las intervenciones priorizadas del MINEDU y con los responsables de la calidad de información, que laboran en su jurisdicción.

g) Elaborar informes semestrales adjuntando historiales del desempeño de los docentes que son beneficiados por las diferentes intervenciones priorizadas del MINEDU , a fin de darle seguimiento, a nivel nominal, a la mejora en los

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desempeños de los mismos y su impacto en la mejora de los aprendizajes de los estudiantes de las IIEE públicas de su jurisdicción focalizadas.

h) Otras actividades inherentes a su función que le asigne el jefe de Área.

Articulo 30°. RESPONSABLE DE LA ATENCION DEL CENTRO DE RECURSOS DE APRENDIZAJE. Depende del Jefe del Área de Gestión Pedagógica. Liderar la gestión de los centros de recursos del Aprendizaje en la jurisdicción, con la finalidad de brindar servicios de soporte pedagógico a las diferentes intervenciones del PELA; de manera que contribuya a la mejora de la calidad del aprendizaje y al desarrollo integral de los estudiantes. Sus funciones son las siguientes:

a) Dirigir la planificación y ejecución del conjunto de servicios que ofrece el centro de recursos educativos, adecuando su funcionamiento, articulación y el cumplimiento de metas en cada una de sus líneas de acción.

b) Coordinar con las autoridades de la UGEL para asegurar que el centro de recursos del aprendizaje funcione de manera articulada o funcional a las intervenciones pedagógicas que se desarrollan en el marco de los programas o proyectos del sector educación.

c) Velar por la adecuada administración, inventario, cuidado, mantenimiento, seguridad y buen uso del conjunto de espacios y recursos educativos que ofrece el Centro de recursos aprendizaje, adoptando acciones necesarias para ello, en coordinación con la DRE y UGEL.

d) Planificar, ejecutar y evaluar los servicios de la línea de acción de Soporte a la formación y desempeño docente y directivo, en coordinación con los responsables de las intervenciones pedagógicas correspondientes( Acompañamiento Pedagógico, soporte pedagógico, jornada escolar completa, entre otros).

e) Coordinar con las instituciones públicas o privadas, organizaciones sociales, actores o grupos representativos de la comunidad, que contribuyan a la adecuada prestación de servicios de los centros de recursos del aprendizaje, al desarrollo de capacidades de personal responsable de su gestión o al mejoramiento de sus condiciones. (espacios educativos, equipamiento, mobiliario, materiales educativos, recursos tecnológicos, etc.)

f) Reportar mensualmente a la DRE O UGEL las actividades planificadas y desarrolladas del centro de recursos educativos, registrar información en los sistemas o herramientas de monitoreo existentes del MINEDU, la DRE o UGEL y participar en las actividades de evaluación.

g) Otras actividades inherentes a sus funciones que le asigne el jefe de área.

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DE LA SECRETARIA

Artículo 31 ° Depende del Jefe de Área de Gestión Pedagógica. Sus funciones son: a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida y los que

genera el Área, prepara y descarga los que salen de la misma. b) Prepara la documentación para el despacho del Jefe del Área y/o Director. c) Realizar el seguimiento, control e informa sobre la documentación que se

tramita en el Área. d) Organizar y mantener la ambientación de la oficina a su cargo. e) Llevar la agenda de reuniones del Jefe de Área. f) Atender las comunicaciones telefónicas. g) Recibir, orientar, informar al público usuario sobre la situación de la

documentación que se encuentre en trámite dentro del Área. h) Redactar y mecanografiar la documentación que se asigne en el Área. i) Mantener actualizado el archivo del Área de acuerdo a las normas

correspondientes. j) Coordinar la impresión de documentos y demás materiales que se elaboren en

el área. k) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes del Área y

llevar el inventario correspondiente. l) Llevar el control de distribución de los materiales asignados al Área. m) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. n) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Jefe de Área.

AREA DE GESTION INSTITUCIONAL Artículo 32° Es el Área que tiene la responsabilidad de brindar asesoramiento técnico en los sistemas de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización, Estadística, SIAGIE , Perú Educa, SI CRECE e Infraestructura a las Instituciones Educativas de la jurisdicción, y a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja en materia de Gestión Institucional

Las Funciones del Área de Gestión Institucional son: a) Orientar y supervisar la aplicación de la política y normatividad educativa

nacional y regional, en materia de gestión institucional, en las Instituciones y programas educativos de su ámbito jurisdiccional.

b) Elaborar el plan estratégico de la Unidad de Gestión Educativa y otros instrumentos de gestión institucional que orienten el desarrollo integral de la educación fomentando su calidad y equidad.

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c) Asesorar y supervisar a las Instituciones y programas educativos en la

elaboración y aplicación de los instrumentos gestión institucional. d) Elaborar estudios técnicos para autorizar la creación, modificación, traslado

clausura, receso y reapertura de Instituciones y programas educativos públicos y privados en base a la normatividad vigente.

e) Identificar y sistematizar las necesidades de infraestructura, mobiliario y equipamiento de las instituciones educativas de su jurisdicción y solicitar su atención a las instituciones correspondientes.

f) Elaborar y evaluar el Proyecto Educativo Local, Plan Operativo Anual, Planes de coyuntura y proyectos de desarrollo local que implementen los objetivos de la UGEL-Tayacaja.

g) Mantener actualizado el margesí de bienes inmuebles, efectuando las coordinaciones a fin de lograr el saneamiento físico-legal de las instituciones educativas que lo requieran.

h) Recabar y sistematizar el registro de información de los programas SIAGIE, Perú Educa, SI CRECE.

i) Diseñar, organizar, ejecutar y supervisar programas de actualización y capacitación continua, en gestión institucional del personal directivo, profesional y técnico que cumple con las funciones en esta área.

j) Evaluar y medir la eficacia de la gestión institucional y participar en las acciones de evaluación y mejoramiento de la gestión de las Instituciones y programas educativos.

k) Elaborar proyectos de la modernización de la gestión y equipamiento para captar recursos de la cooperación técnica y financiera a nivel local, regional, nacional e internacional.

l) Orientar y asesorar la elaboración, ejecución y evaluación de los planes institucionales y los planes de trabajo anual de las Instituciones y programas educativos a su cargo.

m) Consolidar las estadísticas educativas y construir los indicadores que definan la calidad y pertinencia del servicio, utilizando los modernos sistemas de información.

n) Identificar la necesidad real de plazas docentes y administrativas en función a la demanda de la población escolar y sustentarla ante el órgano regional y nacional competente.

o) Racionalizar en forma efectiva los recursos materiales, físicos, financieros y de personal utilizados en la prestación de los servicios educativos a fin de lograr mayor equidad en su distribución.

p) Dotar progresivamente de tecnología y cultura digital a las diversas dependencias de la sede institucional; así como a las Instituciones y programas educativos de su ámbito, a fin de mejorar su desempeño institucional.

q) Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.

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ÁREA DE GESTION INSTITUCIONAL OFICINA DE RACIONALIZACION

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ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA-AREA DE GESTION INSTITUCIONAL.

Artículo 33° La estructura Orgánica está constituida de la siguiente manera:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO CONDICION

AREA DE GESTION INSTITUCIONAL 06

18 Director de Programa Sectorial II 01 D4-05-295-2 Cargo de Confianza

(encargado)

19 Planificador I 01 P3-05-610-1 Nombrado

20 Especialista en Racionalización I 01 P3-05-380-1 Nombrado

21 Especialista en Finanzas I 01 P3-20360-1 Encargado

22 Secretaria I 01 T1-05-675-1 Contratado

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DEL JEFE DEL AREA DE GESTION INSTITUCIONAL. Artículo 34° Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja y cumple las siguientes funciones: a) Brindar asesoramiento para una adecuada toma de decisiones, proporcionando

la información necesaria sobre aspectos relacionados con los sistemas de su responsabilidad.

b) Coordinar y orientar la formulación del Plan de desarrollo Educativo, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja.

c) Visa los Proyectos de Resoluciones Directorales que Implican la afectación Presupuestal que emita la UGEL-T.

d) Visa los cuadros de distribución de horas de las Instituciones Educativas estatales.

e) Revisar y firmar el estudio sobre Racionalización de plazas docentes y administrativas de las Instituciones Públicas del ámbito de la UGEL Tayacaja; así como la identificación y verificación de las necesidades de incremento de plazas docentes y administrativas

f) Dirige y coordina la elaboración y formulación de los documentos de gestión normativos y evalúa la correcta aplicación de los mismos.

g) Coordina y opina sobre la correcta aplicación de la normatividad de los s istemas administrat ivos a su cargo, priorizando el cumplimiento estr icto de los mismos.

h) Formular el requerimiento de plazas docentes y administrativas por Programas debidamente sustentado con opinión de los especialistas de Estadística, Planificación, Presupuesto , Racionalización y la comisión técnica de

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Racionalización. i) Revisa y opina sobre los documentos que producen los Sistemas de

Estadística, Presupuesto, Planificación y Racionalización. j) Orientar y asesorar las acciones de planificación de la Sede UGEL y la Evaluación

del presupuesto, concordante con el Plan Operativo de la UGEL. k) Participar en la elaboración de trabajos técnicos de demanda, oferta

presupuesto e infraestructura. l) Evaluar al Personal en cuanto a la producción de trabajo. m) Revisar y firmar la distribución de plazas docentes y administrativas de

Instituciones y Programas Educativos. n) Analizar el avance de la ejecución presupuestaria y evalúa el cumplimiento de las

metas, concordante con el Plan Operativo de la UGEL-T. o) Orientar las funciones hacia la implementación de la gestión por procesos. p) Garantizar el cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 en lo que

a su competencia se refiere. q) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Director.

DEL PLANIFICADOR I

Artículo 35° Depende del Jefe del Área y realizan las siguientes funciones: a) Formula, orienta y consolida el Plan Operativo Anual (POA) b) Formula y propone el Plan Estratégico Institucional de la Unidad de Gestión

Educativa local y participa a nivel regional. c) Formula y propone los planes de los programas presupuestales de la Unidad de

Gestión Educativa local y participa a nivel regional. d) Promover y coordinar acciones multisectoriales que facilite el desarrollo del Plan

Operativo de la UGEL-T. e) Analiza y evalúa los planes, programas y otros documentos similares que formulan

las instituciones educativas. f) Propone las modificaciones del Plan Operativo Anual g ) Participar en la formulación d e l Diagnóstico educativo y en acciones de

investigación sobre planificación educativa. h) Evaluar e Informar sobre la evaluación del Plan Operativo Institucional del año

(POI), los objetivos estratégicos, objetivos operacionales de la entidad, áreas y el avance de la ejecución presupuestaria por trimestre;

i) Realizar acciones de coordinación para la conformación para el CONEI de las Instituciones Educativas Públicas.

j) Realizar acciones de coordinación para la conformación del Registro de APAFAS seguimiento y evaluación de las Instituciones Educativas Públicas.

k) Asesorar en materia de la planificación estratégica a las Instituciones, programas educativos de niveles y modalidades;

l) Emitir opinión técnica, brindar asesoramiento, absuelve consultas y proporciona información en asuntos de su especialidad;

m) Brindar asesoramiento en materia de Planeamiento educativo.

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n) Supervisar los planes operativos de las instituciones educativas del ámbito de su jurisdicción.

o) Lleva el control del cumplimiento de las horas efectivas de las Instituciones Educativas de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria

p) Cumplimiento de los compromisos de desempeño 2016 en los aspectos que fueran de su competencia.

q) Orientar el cumplimiento de sus funciones hacia la gestión por procesos. r) Realizar las funciones afines al cargo que le asigne la jefatura.

DEL ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION.

Artículo 36° Depende del Jefe del Área y desempeña las siguientes funciones: a) Elaboración y actualizar los documentos de gestión de la sede Institucional: MOF,

R.I, ROF, TUPA Y MANUAL DE PROCEDIMIENTOS y otros documentos. b) Proponer y realizar acciones para racionalización de estructuras, funciones, cargos

y métodos de trabajo de acuerdo con las normas del sistema y las orientaciones al Círculo de Mejora de calidad del gasto del Ministerio de Educación.

c) Integra en las comisiones de Reorganización de Instituciones Educativas en caso de excedencia.

d) Emitir opinión respecto a la ampliación del servicio educativo estatal en lo que refiere a las acciones de incrementos, creaciones y racionalización de plazas;

e) Realizar estudios y opinar sobre racionalización del potencial humano y recursos

equilibrando el óptimo recurso del Estado. f) Mantener actualizado la data de información para la racionalización (SIRA)

actualizando el presupuesto analítico de personal (PAP) de cada institución educativa.

g) Elabora, Aprueba mediante acto resolutivo y tiene a su cargo el control del cuadro de Distribución de Horas de clases de las Instituciones Educativas del nivel secundario.

h) Realizan constantes monitoreos IN-SITU de Instituciones Educativas para la verificación de metas de atención durante todo el año.

i) Realizar informes de racionalización de I.E. que solicitan ampliación y creación de servicio educativo, elevándole a la DREH para su respectivo pronunciamiento con R.D.

j) Formular y difundir manuales, guía, cartillas para orientar a los usuarios; k) Brindar asesoramientos en aspectos normativos del Proceso de racionalización. l) Llevar el control de los requerimientos de docentes y administrativo de la I.E. m) Realizar la evaluación y verificaciones de los expedientes de Aperturas y

Ampliaciones con los Informes de Infraestructura y Gestión Pedagógica para ser enviados a la DREH.

n) Realizar los respectivos informes de Asignación de Nombre de las I.E.Publicas, efectuando su formalización mediante acto resolutivo.

o) Realizar los Recesos Temporal y Definitivo de la I.E.P, y enviados a la DREH. p) Realizar la evaluación y verificaciones de los expedientes de Aperturas y

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Ampliaciones con los Informes de Infraestructura y Gestión Pedagógica para ser enviados a la Dirección –Regional de Educación de Huancavelica.

q) Elabora informes para la actualización de Nombres propios y números de Instituciones Educativas Públicas, elevándole a la Dirección Regional de Educación para su respectiva aprobación mediante R.D.

r) Participa en la aprobación de cuadro de horas de las instituciones educativas de la jurisdicción.

s) Cumplir con los compromisos de desempeño en lo que a su competencia se refiere. t) Orientar el desarrollo de sus funciones hacia la gestión por procesos. u) Realizar las demás funciones a fines al cargo que le asigne el Jefe del Área.

DEL ESPECIALISTA EN FINANZAS.

Artículo 37° Depende del jefe del Área y desempeña las siguientes funciones: a) Formular el anteproyecto de Presupuesto de la Sede Institucional de la Unidad de

Gestión Educativa Local y de las Instituciones Educativas proponiendo oportunamente los reajustes necesarios.

b) Elabora y desagrega los calendarios mensuales y trimestrales de compromiso en coordinación con la Gerencia de planificación y presupuesto de la Gerencia sub Regional de Tayacaja.

c) Realiza el análisis y evaluación de la ejecución presupuestaria de la UGEL Tayacaja, emitiendo los informes pertinentes.

d) Aprueba anualmente el presupuesto en todos los niveles y/o modalidades educativas a través de las asignaciones presupuestarias según las metas de atención

e) Evaluar el CAP, CNP y el PAP, a fin de que se ejecuten las plazas debidamente aprobadas.

f) Participa activamente en la aprobación de la formulación de los proyectos de cuadro de distribución de horas de clases de las instituciones Educativas por niveles y modalidades.

g) Elaborar y analizar la estadística presupuestaria y realiza el control y distribución de plazas presupuestadas, en coordinación con el planificador y racionalizador.

h) Evalúa, y mantiene actualizado el Cuadro Analítico de personal del ámbito de la UGEl- Tayacaja.

i) Realiza el control de las plazas ejecutadas. j) Revisa la planilla de remuneraciones y realiza el control y la distribución de plazas

presupuestadas y de incremento. k) Actualiza el Presupuesto Analítico de cada Institución Educativa en coordinación

con el racionalizador. l) Revisar todos los proyectos de Resolución que inciden presupuestariamente en la

Institución. m) Elaboración del Proyecto de Formulación Presupuestal para el siguiente

Ejercicio fiscal. n) Manejo y actualización del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF)

Elaboración de los calendarios de compromisos (Inicial y ampliado) Notas

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Modificatorias y de flexibilización de calendario (SIAF). o) Emitir opinión técnica sobre asuntos presupuestales con arreglo a lo establecido

por las normas legales. p) Coordinar permanentemente con el área de administración para la correcta

afectación Presupuestal. q) Elaborar el inventario de PEAS según el reporte de la Oficina de personal. r) Informar sobre las plazas de incremento, en coordinación con la oficina de

Racionalización. s) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. t) Cumplir con los compromisos de desempeño 2016 en aspectos de su competencia. u) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Institucional.

DEL ESTADISTICO.

Artículo 38° Depende del jefe del Área y desempeña las siguientes funciones: a) Recopilar, Validar, Procesar, Consolidar y Publicar la Estadística según los formatos

Anuales. b) Elabora, actualizar y consolida el Padrón de Instituciones Educativas, Públicos y

Privados por niveles y modalidades educativas de la Jurisdicción de la UGEL Tayacaja;

c) Elaborar, Actualizar, Procesar, Consolidar y Difundir a las Áreas y Equipos, el padrón de Estadística de la UGEL Tayacaja, para la toma de decisiones.

d) Preparar informes y demás documentos técnicos e instrumentos referidos al área de su competencia.

e) Alimentar datos estadísticos al Sistema SIRA. f) Monitorea el envió de la Estadística básica, que remiten los directores usando la

clave EOL (incluyendo la de finalización de año). g) Recepcionar, validar y procesar la Estadística del Censo Escolar. h) Realiza estudios técnicos y de procedimiento para la mejor elaboración de la

información estadística en las instituciones educativas. i) Brinda instrumentos para la capacitación estadística, realiza la pre-crítica de las

cédulas estadísticas produciendo documentos de difusión estadística: Miniplan, Padrón de Locales Escolares públicos y privados, Registro de Instituciones y Programas Educativos orientados a modernizar la distribución de información y el adecuado uso de los indicadores educativos necesarios para el mejoramiento de la gestión de las Instituciones y programas educativos.

j) Participa en la formulación y evaluación de metas educacionales. k) Actualizar la carta educativa en coordinación al Ministerio de Educación; l) Emite información técnica con fines de racionalización y brinda asesoramiento en

el área de su competencia. m) Expedir las constancias de ubicación geográfica; n) Lleva a cabo los censo programados por el Ministerio de Educación; o) Llevar el registro de distancias y alturas de las Instituciones Educativas de la

jurisdicción.

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p) Cumplir con los compromisos de desempeño 2015 en aspectos de su competencia.

q) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. r) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Institucional.

DEL INGENIERO I. ( Oficina de Infraestructura)

Artículo 39° Depende del jefe del Área y desempeña las siguientes funciones: a) Realizar estudios técnicos sobre necesidades de construcción, reparación,

mantenimiento, ampliación, reforzamiento, estructural de los locales escolares y equipamiento educativo.

b) Orientar a las instituciones educativas para establecer las necesidades y condiciones de riesgo a la seguridad de los usuarios y para no usar instalaciones que constituyan riesgo.

c) Realizar inspecciones en los locales escolares para verificar el estado físico de la infraestructura y equipamiento, así como su correcto uso y funcionamiento.

d) Coordinar, participar y supervisar los programas de mantenimiento y construcción de locales escolares.

e) Revisar y aprobar los expedientes y rendiciones formuladas por los señores directores correspondientes al presupuesto de mantenimiento de locales escolares

f) Elevar la información a las instancias que lo requieran referente al uso del presupuesto de mantenimiento de locales escolares.

g) Informar a las instancias pertinentes respecto a los señores directores de Instituciones Educativas que incumplieron con la presentación del Formato Nº 2.

h) Brindar asesoramiento técnico sobre la ejecución de obras de inversión del sector y/o financiamiento comunal;

i) Organizar el Margesí de la jurisdicción (registro de locales escolares estatales en coordinación con el Ministerio de Educación);

j) Emitir informes respecto a infraestructura de II.EE a ser declaradas en emergencia.

k) Verificar y opinar técnicamente sobre la disponibilidad de infraestructura para la creación, apertura, ampliación, fusión, receso o reapertura y traslado de Instituciones educativas públicas y privados.

l) Informar sobre acciones de infraestructura escolar que se llevan a cabo por entidades del estado: FONCODES, INFES, Ministerio de Educación y otros;

m) Verificar el buen uso del mobiliario y racionalización del mismo; n) Dar la conformidad de servicio (opinión técnica) a la atención de los

requerimientos realizados a través de Área de gestión Administrativa. o) Preparar los informes respecto a infraestructura de II.EE a ser declaradas en

emergencia. p) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la Gestion por procesos. q) Cumplir con los compromisos de desempeño 2016 en aspectos de su

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competencia. r) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Institucional. DEL ESPECIALISTA EN SIAGIE, PERU EDUCA Y SI CRECE.

Artículo 40° Depende del jefe del Área y desempeña las siguientes funciones: SIAGIE ( Sistema de información de apoyo a la Gestión de la Institución Educativa)

a) Evaluar y visar los documentos técnico pedagógicos (actas de evaluación y/o nóminas de matrícula)

b) Efectuar el manejo de del Sistema de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa SIAGIE

c) Sistematizar información y elaborar informes sobre el tema a su cargo. d) Evaluar y revisar expedientes, emitiendo informes relacionadas a su función. e) Atiende a través del Aplicativo SIAGIE de manera presencial a usuarios del

SIAGIE que se presentan en la Mesa de Ayuda descentralizada. f) Analiza, diagnostica y brinda orientaciones para resolver los inconvenientes y/o

dificultades encontradas por el ciudadano, usuario SIAGIE, en el uso del sistema. g) Registra en el Aplicativo de Registro de Atenciones SIAGIE, los casos

reportados por los usuarios del SIAGIE, detallando los tipos de atenciones y/o orientaciones brindadas en cada caso reportado.

h) Redacta informes por escrito para la resolución de casos que provienen por documentos impresos empleando el Aplicativo SIAGIE.

i) Realizar el seguimiento y control de la documentación que se encuentra en trámite en el área e informa al público usuario sobre su situación.

j) Gestionar la producción e impresión de los documentos que sean requeridos por el Equipo de SIAGIE

k) Atender y efectuar llamadas telefónicas, así como remitir y recepcionar documentos escaneados vía Mesa de Ayuda en cumplimiento de las actividades de la Oficina de SIAGIE.

l) Coordina y participa con el especialista del SIAGIE del MINEDU acerca de las dificultades del aplicativo SIAGIE.

m) Planifica, Coordina y ejecuta taller de capacitación SIAGIE dirigido a los encargados de SIAGIE de las IIEE públicas y privadas con el Jefe del Área de Gestión Institucional.

n) Aprueba las rectificaciones de formatos de Actas de Evaluación y Recuperación que solicitan los Directores de las IIEE públicas y privadas.

o) Coordina con el Especialistas de SIAGIE de Soporte del MINEDU sobre opiniones técnicas de rectificaciones de formatos.

p) Atiende las consultas vía e-mail, fijo, celular y Facebook. q) Realiza el seguimiento en el Registro de Notas de estudiantes en Actas de

Evaluación y Recuperación por parte de los Directores y Docentes encargados de SIAGIE de las IIEE.

r) Monitorear el Cumplimiento de la aprobación de las Nóminas de Matricula. s) Otras funciones que le asigne el jefe inmediato relacionado con su función.

PERUEDUCA t) Revisar, adaptar, implementar e informar las metas propuestas y alcanzadas del

Compromiso por desempeño 2015. u) Brindar asistencia técnica a IE respecto a uso de TICs, plan de mejora,

conformación etc. de Redes Educativas

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ÁREA DE GESTION INSTITUCIONAL OFICINA DE RACIONALIZACION

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v) Implemento/Desarrollo de Plataformas Virtuales de intercambio de experiencias a nivel pedagógico.

w) Planifica y conduce las actividades y el proceso formativo, a través del desarrollo de los módulos con metodología y enfoque pedagógico que promueve el MINEDU.

x) Orienta a los docentes participantes en las actividades presenciales y virtuales formuladas para el desarrollo de los módulos.

y) Organiza a los docentes participantes para formar una comunidad de análisis, reflexión y mejora de la práctica docente.

z) Brinda retroalimentación y orientación a los docentes participantes y los apoya en sus procesos de construcción de conocimientos y desarrollo de competencias.

aa) Evalúa permanentemente el desempeño de los docentes participantes, de acuerdo a los criterios e indicadores de evaluación establecidos.

bb) Mantiene actualizada la Información (registro de asistencia y evaluaciones), en el Sistema Integrado de Gestión.

cc) Participa en las actividades formativas del Programa Nacional de Formadores Líderes, establecido por MINEDU. Este programa acompaña y asesora su rol como formador, de acuerdo al plan de trabajo establecido.

dd) Elabora informes y otros documentos sobre el o los grupos de docentes bajo su cargo, a solicitud del coordinador general.

ee) Participar en los eventos de capacitación y actualización que organiza PERUEDUCA.

ff) Capacitar a docentes de las IIEE de la jurisdicción, en el uso de las XO, Kit de Robótica educativa WeDo de los CRT para los Nivel de Primaria.

gg) Brindar apoyo y asesoramiento a los docentes capacitados. hh) Promover la incorporación de las TIC en las II.EE. de la jurisdicción. ii) Producir materiales educativos digitales de acuerdo a las áreas curriculares del

nivel y especialidad con el uso de las TIC.

SICRECE

jj) Capacitar a Directores de las IIEE de la Jurisdicción, uso y manejo del aplicativo SICRECE para las IIEE de intervención con la ECE

kk) Brindar apoyo y asesoramiento a los Directores para verificar los resultados obtenidos en la ECE a nivel de IIEE.

ll) Brindar información general sobre Resultados según área evaluada a nivel

Nacional, DRE y UGEL y otros documentos descargables. mm) Orientar Resultados de su hijo o hija evaluado en la ECE a padres de

familia. Llll) Monitorear la descarga de Resultados por los Directores de la IIEE. nn) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. oo) Cumplir con los compromisos de desempeño 2015 en lo que a su competencia

se refiere. pp) Las demás funciones que le asigne el jefe de Área. Articulo 41° DEL RESPONSABLE LOCAL DE CALIDAD DE LA INFORMACION: Liderar la gestión local de la calidad de la información de las intervenciones priorizadas sectoriales en la jurisdicción, con la finalidad de asegurar la toma de decisiones en la implementación oportuna y efectiva de las intervenciones

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pedagógicas que contribuyan a la calidad del aprendizaje y al desarrollo integral de los estudiantes. Depende del jefe de Área de Gestión Institucional. Sus funciones son: a) Asistir técnicamente al trabajo que desarrolla la UGEL en la mejora de la calidad

de la información registrada por los especialistas de UGEL o directores de IIEE en los sistemas existentes ( Nexus, SIAGIE, Padrón de IIEE y programas, padrón de acompañamiento, materiales en IIEE y censo escolar; con la finalidad de reducir los posibles errores de registro.

b) Apoyar en la ejecución de la capacitación a los directores de las IIEE y funcionarios de la UGEL en la gestión y seguridad de la información relacionada a los procesos de registro de información en los sistemas de información, en la gestión de personal, gestión de nómina, asistencia y actas de estudiantes, asi como la gestión de recursos educativos y censo escolar.

c) Capacitar, conjuntamente con el Coordinador Regional de Calidad de información, a los acompañantes y coordinadores y responsables de la intervención, sobre el adecuado registro de actividades.

d) Apoyar en la implementación de los sistemas que el MINEDU desarrolle para la mejora de la gestión de los procesos de las IIEE y las UGEL , en coordinación con el coordinador Regional de Calidad de la Información.

e) Revisar la información registrada en los sistemas de información sectoriales Nexus, Censo Escolar , padrón de acompañamiento de materiales en IIEE, en todas las IIEE en el transcurso del año escolar y emitir informes que alerten a los responsables de los sistemas existentes, de la presencia de inconsistencias para realizar las acciones para promover la actualización de la información.

f) Apoyar en las evaluaciones de las intervenciones priorizadas por la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE) del Ministerio de Educación para el seguimiento de ciertos indicadores, supervisión, entre otros. Apoyo para el levantamiento de información para estudios.

g) Otras funciones inherentes a sus funciones que le asigne el jefe de Area.

DE LA SECRETARIA

Artículo 42° Depende del Jefe del Área de Gestión Institucional. Sus funciones son:

a) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación recibida y la que genera el área prepara y descarga la que sale fuera de la misma.

b) Preparar la documentación para el despacho con el Jefe del Área y/o del Director; c) Realizar el seguimiento, el control e informe sobre la documentación que se

tramita en el Área. d) Organizar y mantener la ambientación de la oficina a su cargo. e) Llevar la agenda de reuniones del jefe de Área. f) Atender las comunicaciones telefónicas. g) Llevar el registro de control de asistencia del personal de Área. h) Recibir, orientar e informara al público usuario sobre la situación de la

documentación que se encuentra en trámite dentro de área. i) Mantener actualizado el Archivo del Área de acuerdo a las normas

correspondientes.

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j) Coordinar la impresión de documentos y demás materiales que elabora en el Área. k) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes del área y lleva

el inventario correspondiente. l) Llevar el control y distribución de los materiales asignados al Área. m) Llevar el archivo mecanizado y de informática de la estadística del Área. n) Orientar el cumplimiento de sus funciones mediante la gestión por procesos. o) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Jefe de Área.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

Artículo 43° Los Órganos de Apoyo están integrados por:

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA

AREA DE CONTROL INSTITUCIONAL.

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA Artículo 44° Es el Órgano de Apoyo, responsable de planificar, organizar y dirigir las acciones de personal, recursos materiales, financieros, patrimoniales y servicios, así como de la asesoría administrativa de las instituciones Educativas de la jurisdicción. Las Funciones del Área de Gestión Administrativa son:

a) Proporcionar oportunamente, los recurso económicos, bienes y servicios que demande la prestación del servicio de las instituciones educativas a su cargo, en un marco de equidad y transparencia, mediante la ejecución eficaz de los recursos presupuestarios de la Unidad de Gestión Educativa local de Tayacaja.

b) Participar, en las modificaciones presupuéstales necesarias en coordinación con el Área de Gestión Institucional, a fin de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos.

c) Participar en el proceso de evaluación, ingreso y permanencia del personal docente y administrativo, atendiendo los requerimientos y con la participación de la institución educativa y en estricto cumplimiento de la normatividad vigente.

d) Asesorar a las Instituciones de centros y programas educativos en la elaboración y ejecución de sus presupuestos.

e) Elaborar y/o tramitar, los requerimientos a las instancias correspondientes a fin de garantizar la disponibilidad oportuna de los recursos presupuéstales.

f) Administrar el personal, los recursos materiales y financieros y bienes patrimoniales de la sede institucional y de las Instituciones Educativas y programas educativos a su cargo.

g) Asesorar y supervisar a las instituciones educativas en los procesos técnicos de personal y formalizar las acciones de personal efectuadas por los directores.

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h) Administrar, evaluar y cumplir los procesos técnicos de los sistemas de personal, abastecimiento, contabilidad y tesorería, en las dependencias administrativas a su cargo, de conformidad a la normatividad emitida para cada sistema administrativo.

i) Mantener actualizados la base de datos del registro, NEXUS, escalafónario, el inventario de bienes patrimoniales y el acervo documental, de la sede institucional y de las Instituciones y programas educativos a su cargo.

j) Mejorar permanentemente los procesos técnicos de la gestión administrativa simplificando su ejecución.

k) Mantener actualizado el margesí de bienes inmuebles de su ámbito territorial, efectuando el saneamiento físico legal de aquellos que lo requieran en coordinación con la Dirección Regional de Educación y el órgano competente de la Sede Central del Ministerio de Educación.

l) Identificar y sistematizar las necesidades de infraestructura, mobiliario y equipamiento de las Instituciones Educativas, especialmente en las zonas de menor desarrollo y situaciones más precarias, y solicitar su atención ante las instancias correspondientes.

m) Elaborar y difundir normas técnicas para el adecuado mantenimiento de los locales escolares, en coordinación con la comunidad, con la dirección Regional de Educación de Huancavelica, el Gobierno Regional de Huancavelica y el órgano competente de la Sede Central del Ministerio de Educación.

n) Emitir opinión técnica en aspectos de su competencia.

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA-AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA.

Artículo 45° La estructura Orgánica está constituida de la siguiente manera:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO CONDICION

AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA

24 Director de Programa Sectorial II 01 D4-05-295-2 Cargo de Confianza

(encargado)

25 Especialista Administrativo I (Contador I) 01 P3-05-225-1 Nombrado

26 Tesorero I 01 P3-05-860-1 Contratado

27 Especialista Administrativo I 02 P3-05-338-1 Nombrado

28 Especialista Administrativo I 02 P3-05-338-1 Contratado

29-31 Técnico Administrativo I 03 T3-05-707-1 Nombrado

32 Técnico Administrativo I 01 T3-05-707-1 Nombrado

33 Chofer I 01 T2-05-245-1 Nombrado

34 Secretaria I 01 T1-05-675-1 Nombrado

35-36 Trabajador de Servicio II 02 A2-05-870-2 Nombrado

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS.

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DEL JEFE DEL AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA.

Artículo 46° Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja.

Son funciones del Jefe de Área de Administración: a) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades que realiza el Área a

su cargo; articulado al Plan Estratégico, Plan Operativo y demás documentos normativos de la UGEL Tayacaja y los objetivos estratégicos para el mediano plazo.

b) Efectuar la formulación del presupuesto de bienes y servicios de la UGEL Tayacaja y de las Instituciones Educativas del ámbito jurisdiccional, enmarcado en el presupuesto anual, en coordinación con el Área de Gestión Institucional; siguiendo los lineamientos de la Política Educativa del Ministerio de Educación.

c) Realizar propuestas de mejora de la gestión en el marco de la descentralización hacia las Instituciones Educativas.

d) Revisar y firmar los informes de ejecución presupuestaria y propuestas de modificación.

e) Controlar la distribución de los recursos financieros a las Instituciones y Programas Educativos.

f) Revisar y refrendar las propuestas de abastecimientos de compras y los inventarios de bienes muebles o inmuebles de la UGEL-T. y de las Instituciones y de Centros y Programas Educativos.

g) Disponer la formulación y firmar los proyectos de Resolución Directoral y demás documentos sobre aspectos financieros y contables de las gestiones que le corresponde cumplir a la UGEL Tayacaja.

h) Efectuar los requerimientos de bienes y servicios de acuerdo a las certificaciones presupuestales.

i) Participar en las comisiones de licitaciones, concursos de precios públicos, y adjudicaciones directas, Sub-CAFAE y en otros que le asigne el Director de la UGEL-Tayacaja.

j) Adecuar, asesorar y supervisar a las Instituciones Educativas y a la Dirección de la UGEL Tayacaja, la aplicación de las normas y procedimientos sobre los Sistemas de Personal.

k) Revisar y analizar los expedientes sobre las acciones de personal que se originen en las Instituciones Educativas y en la Dirección de la UGEL Tayacaja y disponer la formulación de su correspondiente proyecto de resolución.

l) Coordinar con los Directores de las Instituciones Educativas, la distribución de recursos, bienes y servicios.

m) Efectuar el despacho de los expedientes con el respectivo proveido para su atención. n) Brindar asesoramiento al Órgano de la Dirección en asuntos relacionados con el área

a su cargo. o) Coordinar, programar y evaluar acciones de capacitación y actualización del personal

directivo y administrativo de la SEDE de la UGEL-T y de las demás Instituciones

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Educativas de la jurisdicción. p) Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y conservación

de las instalaciones, equipos y materiales de la sede de la UGEL-T q) Elaborar y firmar las planillas del pago de incentivos laborales y otros. r) Orientar el desempeño de sus funciones mediante la gestión por procesos. s) Cumplir con los compromisos de desempeño 2015 en las competencias que

correspondan al desempeño de sus funciones. t) Realizar otras funciones de su competencia, que le asigne la Dirección de la UGEL. Art. 47° DEL CONTADOR

Depende jerárquicamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, y cumple

las siguientes funciones:

a) Formular los asientos contables con las del movimiento de Almacén, de acuerdo

con los dispositivos legales vigentes por la Contaduría General de la Republica.

b) Coordinar con el Jefe del Área sobre el avance de la ejecución presupuestal.

c) Visar los comprobantes de pago, previa revisión de la documentación

sustentatoria.

d) Realizar arqueos sorpresivos y programados según normas de control

e) Registrar el avance de gastos por partidas genéricas y específicas del

Presupuesto de Gastos (aplicativo SIAF).

f) Revisar y firmar las operaciones contables de la Unidad de Gestión Educativa

Local de Tayacaja.

g) Revisar y firmar la conciliación bancaria.

h) Elaborar los estados financieros de la Unidad de Gestión Educativa Local de

Tayacaja.

i) Registrar y mantener actualizado los libros y registros contables de la institución.

j) Brindar apoyo y asesoramiento en el manejo de información contable a las

instituciones educativas.

k) Coordinar con el Área de Gestión Institucional, finanzas y presupuesto, sobre la

ejecución del gasto mensual y que estos cumplan con las metas presupuestarias

de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja.

l) Supervisar los registros y movimientos que se realizan en el módulo del

aplicativo S.I.A.F.

m) Revisar y visar las Planillas de viáticos del Personal de la Unidad de Gestión

Educativa local de Tayacaja.

n) Realizar otras funciones de su competencia, que le encargue el Jefe del Área de

Gestión Administrativa.

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o) Cumplir con la recepción y entrega de cargo debidamente documentado, al

asumir o dejar el cargo (vacaciones, culminación de servicios y otros).

DEL TÉCNICO ADMINISTRATIVO (CONTROL PREVIO)

Art. 48°. Depende jerárquicamente del contador, cumple las siguientes funciones:

a) Realizar el control previo de las órdenes de compra y/o servicios, las rendiciones

del fondo para pagos en efectivo, planilla de viáticos, planilla de personal

nombrado y planilla de CAS, y otros dando el visto bueno, según normas

vigentes que emanan del Gobierno Regional Huancavelica y Contraloría General

de la República.

b) Registrar administrativamente los devengados de O/S, O/C, planillas de

remuneraciones.

c) Registrar administrativamente los compromisos anuales, mensuales y

devengados de planillas de viáticos.

d) Ejecutar los análisis de cuentas de los saldos de balance.

e) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el contador.

f) Cumplir con la recepción y entrega de cargo debidamente documentado, al

asumir o dejar el cargo (vacaciones, culminación de servicios y otros).

DEL TESORERO

Art. 49°. Depende jerárquicamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, cumple

las siguientes funciones:

a) Revisar y firmar los documentos referentes en relación de giros, retenciones,

cheques anulados, comprobantes de pago, constancia de pago, conciliaciones

bancarias, recibos de ingresos, comprobantes de ingreso, abonos a CCI.

b) Coordinar para la elaboración de calendario de pagos y solicitud de giros.

c) Controlar el movimiento de los fondos en efectivo de acuerdo a las normas legales

vigentes.

d) Revisar los giros de cheques de remuneraciones, planillas manuales, devoluciones,

reprogramaciones, judiciales, bienes y servicios, otras obligaciones; registrándolos

en el módulo del aplicativo S.I.A.F.

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e) Visar los cheques u otras modalidades de pago de descuentos judiciales para ser

remitidos a su destino.

f) Visar los comprobantes de pago que se emitan en la oficina de tesorería

g) Llevar un control de rendiciones de viáticos, caja chica y/o encargos al personal de

la Unidad de Gestión Educativa local de Tayacaja.

h) Revisar, controlar los documentos que ingresan a tesorería, antes de efectuar los

pagos respectivos.

i) Realizar arqueos sorpresivos y programados a la oficina de Caja según normas de

Control Interno en coordinación con el contador.

j) Efectuar la conciliación bancaria de las cuentas corrientes del tesoro,

remuneraciones, transferencias corrientes, pensiones, bienes y servicios, recursos

directamente recaudados.

k) Registra e informa sobre captación de recursos directamente recaudados.

l) Revisar y custodiar las cartas fianzas que sean ingresadas a la Unidad de Gestión

Educativa Local de Tayacaja.

m) Realizar el pago oportunamente del P.D.T. a la SUNAT de acuerdo al cronograma,

para efectuar el pago mensual de los descuentos de Es Salud y AFPs.

n) Formular el parte diario de fondos.

o) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe de Área de

Gestión Administrativa.

p) Cumplir con la recepción y entrega de cargo debidamente documentado, al asumir

o dejar el cargo (vacaciones, culminación de servicios y otros).

DEL TÉCNICO ADMINISTRATIVO

Art. 50 °. Depende jerárquicamente del tesorero, cumple las siguientes funciones:

a) Realizar giros de acuerdo a la Directiva de tesorería.

b) Efectuar el Giro de remuneraciones del personal activo, cesante, descuentos

judiciales, alquiler de locales, bienes, servicios, encargos y otros.

c) Elaborar cuadro de liquidación de planillas de activos y pensionistas de haberes y

descuentos de acuerdo al resumen de la oficina de informática.

d) Verificación de los documentos fuentes antes de efectuar pagos con cargo a la

cuenta de fondos para pagos en efectivo velando por su correcta utilización y

efectuando la rendición respectiva.

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e) Consolidar la información de captación de recursos propios de las instituciones

educativas y la Sede Institucional.

f) Recepcionar y archivar las planillas, los cheques devueltos por las instituciones

educativas.

g) Preparar la documentación fuente del sistema de tesorería en cada una de las fases

y la firma respectiva.

h) Custodiar los títulos valores que se reciben y/o aquellos que se hacen efectivo

mediante cobro de cheque que cuente la entidad en caja fuerte.

i) Pagar gastos menudos de rápida cancelación como papeleta de movilidad, facturas,

boletas, recibos por honorarios, con su correspondiente requerimiento y

conformidad si así lo amerita el pago.

j) Recepcionar y custodiar el dinero en efectivo por concepto de Reversiones al

Tesoro T-6 ( por pagos indebidos al personal docente, administrativo, Activo y

Cesantes de la Jurisdicción de la UGEL) para luego ser depositados a favor del

Tesoro Publico

k) Mantener el archivo permanente de Comprobantes de pago, que estén pagados

debidamente inventariados y sellados.

l) Efectuar los depósitos respectivos a las cuentas corrientes del Banco de la Nación

para su remisión a la cuenta única del tesoro público.

m) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el tesorero o Jefe del

Área de Gestión Administrativa.

n) Cumplir con la recepción y entrega de cargo debidamente documentado, al asumir

o dejar el cargo (vacaciones, culminación de servicios y otros).

DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I (Oficina de Personal).

Artículo 51° Depende directamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, y cumple las siguientes funciones: a) Dirigir, coordinar, orientar. Efectivizar y supervisar las acciones del Equipo d e

Administración de Personal; articulado al Plan Estratégico de la UGEL Tayacaja y los objetivos estratégicos para el mediano plazo.

b) Actualizar el Cuadro de Plazas vacantes de la UGEL Tayacaja, el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la UGEL Tayacaja en la que se hallen comprendidas la sede y los centros y programas educativos.

c) Mantener actualizado el sistema NEXUS.

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d) Mantener actualizado la información entre los sistemas: NEXUS-SUP-SIRA-PAP-CAP-CNP.

e) Realizar acciones de personal directivo, docente y administrativo de acuerdo a las normas y disposiciones legales vigentes.

f) Revisar y visar los expedientes y Proyectos de Resoluciones Directorales que emita la UGEL Tayacaja.

g) Verifica el registro de control de asistencia y puntualidad del personal que labora en la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja, llevando el record correspondiente, disponiendo de ser el caso el descuento de inasistencias y tardanzas.

h) Mantener actualizado el Cuadro de Plazas Vacantes por niveles y modalidades del ámbito jurisdiccional.

i) Mantener actualizado el control de licencia de personal docente, administrativo y de servicio de la Sede UGEL T a y a c a j a y de las Instituciones Educativas del ámbito jurisdiccional.

j) Ejecutar las acciones de racionalización de personal en coordinación con el Área de Gestión Institucional.

k) Elaborar informes técnicos, que le sean requeridos y demás documentación sobre acciones de personal y/o función.

l) Elabora cuadros estadísticos sobre diversas acciones de personal; m) Elaborar el rol de vacaciones del personal de la sede de la UGEL y de las

Instituciones Educativas y su posterior aprobación mediante acto resolutivo. n) Absolver consultas y asesorar a Directores en asuntos relacionados con el sistema

de personal. o) Analizar y proponer el movimiento de personal de acuerdo con los dispositivos

legales vigentes. p) Proyectar resoluciones de acuerdo a requerimientos y conforme a dispositivos

legales vigentes. q) Proponer y hacer cumplir las normas y procedimientos en asuntos administrativos

de personal. r) Participar en las comisiones que le sea designado como secretario técnico o como

miembro y elaborar los informes de su actuación en las mismas. s) Orientar el desempeño de sus funciones mediante la gestión por procesos. t) Cumplir con los compromisos de desempeño en lo que a su competencia se refiere. u) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Jefe del Área de

Gestión Administrativa.

DEL TECNICO ADMINISTRATIVO I (Oficina de Personal-Proyectista). Artículo 52° Depende directamente del Especialista Administrativo I (Jefe del Equipo), y cumple las siguientes funciones a) Elaborar los Proyectos de las Resoluciones Directorales de acuerdo a los

requerimientos, teniendo en consideración lo establecido por las normas legales

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vigentes, debiendo verificar la existencia de la documentación necesaria. b) Elaborar proyectos de resoluciones de convenios y otros documentos específicos

del Área de su competencia. c) Recepcionar y visar los expedientes del sistema de personal, que se procesen

en el equipo de acuerdo a su función. d) Llevar el control de las Resoluciones y/o expedientes que se tramitan en el

equipo. e) Organizar y mantener actualizados los archivos de proyectos de

resoluciones, así como los dispositivos legales sobre asuntos relacionados con la administración de personal.

f) Participar en el desarrollo de acciones de asesoramiento y monitoreo de los procedimientos técnicos de personal, que sean de aplicación en los programas e instituciones educativas.

g) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Jefe de Eq u ipo .

DEL TECNICO ADMINISTRATIVO I (Responsable de Planillas). Artículo 53° Depende directamente del Especialista Administrativo I (Jefe del Equipo), y cumple las siguientes funciones.

a) Actualizar permanentemente el SUP (Sistema Único de Planillas), del personal activo y cesante de acuerdo al cronograma de cierre de planillas, establecido por la oficina de personal del Ministerio de Educación y en concordancia con el cronograma que emana el Gobierno Regional de Huancavelica.

b) Actualizar y emitir las planillas de remuneraciones observando lo establecido en las normas legales.

c) Ejecutar las resoluciones emitidas por la Dirección de la UGEL por los conceptos: Contratos, Devengados, Reasignaciones, Licencias, Permutas, Ascenso de Nivel, Incorporaciones, Ubicaciones, ceses, y referentes a sistemas pensionarios.

d) Elaborar los requerimientos en coordinación con el Área de Gestión Institucional para la elaboración de los calendarios de compromisos y su posterior presentación ante la oficina correspondiente.

e) Formula los informes técnicos referentes a traslados de pensiones, cese en el servicio, gratificaciones, subsidios, devengados, reintegros, ceses de pago y otros de su competencia.

f) Llevar el control del Nº de plazas presupuestadas y pagadas a nivel de Instituciones y programas educativos y UGEL- T en forma coordinada.

g) Efectuar y actualizar permanentemente los descuentos judiciales y la emisión de las planillas respectivas.

h) Ejecución de descuentos de terceros, de conformidad a los convenios existentes. i) Coordinar la apertura o iniciación de la base de datos de activos y cesantes, para

el inicio del periodo de digitación de cada mes. j) Revisar las planillas antes de efectuarse el pago. k) Actualizar los módulos de planillas del sistema integrado de administración

financiera.

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l) Coordinar acciones con tesorería y contabilidad de la Gerencia Sub Regional de Tayacaja para el pago oportuno.

m) Depurar permanentemente la planilla matriz de activos para su actualización. n) Elaborar los listados de cheques observados por diferentes motivos. o) Realizar los descuentos por inasistencias de acuerdo a los informes recibidos. p) Impresión y entrega oportuna a las oficinas correspondientes de: planilla de pago,

boletas de pago, resúmenes de pago, liquidaciones de terceros, liquidaciones de AFPs y otros.

q) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. r) Cumplir con los compromisos de desempeño en las responsabilidades de su

competencia. s) Realizar las demás funciones afines al cargo que se le asigne. DEL TENICO ADMINISTRATIVO I (Responsable de Escalafón). Artículo 54° Depende directamente del Especialista Administrativo I (Jefe del Equipo), y cumple las siguientes funciones.

a) Organizar, dirigir y controlar el proceso de registro en las fichas escalafonarias de los pensionistas, personal docente en actividad y personal administrativo en actividad de la sede de la UGEL Tayacaja.

b) Mantener actualizado el archivo del personal docente y administrativo de las Instituciones Educativas de la jurisdicción de la UGEL Tayacaja;

c) Emitir los actos resolutivos de reconocimiento de tiempo de servicios de 20, 25 y 30 años de servicios de los servidores del ámbito de la Unidad de Gestion Educativa local de Tayacaja.

d) Emitir los informes y constancias escalafonarias a fin de realizar la respectiva ubicación en la escala magisterial correspondiente.

e) Mantener actualizada la información en el sistema de Escalafón. f) Elaborar las Resoluciones Directorales por concepto de bonificación personal y

familiar. g) Elaborar informes escalafonarios informando la situación laboral del servidor para

atender las diversas acciones inherentes al equipo y/ o para tramites de oficio. h) Ordenar, depurar y archivar en forma funcional y técnica los datos y documentos

que sirven como fuente de información referida a los trabajadores de la jurisdicción.

i) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. j) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el jefe de área. DEL CHOFER. Artículo 55° Depende directamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, y cumple las siguientes funciones. a) Conducir el vehículo de la UGEL-T de uso externo de servicio oficial, bajo

responsabilidad.

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b) Realizar el mantenimiento permanente del vehículo de la Institución y tenerlo operativo.

c) Efectuar las solicitudes de reparación del vehículo cuando sea necesario a fin de hallarse operativo.

d) Llevar la tarjeta de control de salida y entrada del vehículo en comisión oficial de servicios.

e) Tener como requisito indispensable la licencia de conducir actualizada de categoría A-II- o A-III.

f) Hacer uso de la papeleta Oficial para el uso del vehículo, tarjeta de control de kilometraje, tarjeta de control de combustible y otros que se encuentran establecidos para el uso de vehículos Oficiales del Gobierno Regional de Huancavelica.

g) Internar en el Garaje que le fuese asignado la unidad móvil cuando no se encuentre brindando servicios Oficiales, siendo esta responsabilidad del conductor.

h) Portar la licencia de conducir actualizada y la tarjeta de propiedad, SOAT, mantener actualizada la tarjeta de mantenimiento del vehículo y otros documentos de su responsabilidad, dando cuenta al jefe inmediato en caso sea necesario.

i) Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne el jefe inmediato superior.

DE LA SECRETARIA Artículo 56 ° Depende directamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, y cumple las siguientes funciones: a) Recepcionar, registra, clasifica y distribuye la documentación recibida y los

que genera el Área, prepara y descarga los que salen fuera de la misma. b) Brindar la documentación para el despacho con el Jefe de Área y/o con el

Director. c) Realizar el seguimiento, control e informe sobre la documentación que se tramita

en el Área. d) Llevar la agenda de reuniones del jefe de Área. e) Atender las comunicaciones telefónicas. f) Llevar el registro de control de asistencia del personal del Área. g) Recibir, orientar e informar al público usuario sobre la situación de la

documentación que se encuentra en trámite dentro del Área. h) Redactar y digitar la documentación que le asigna el Jefe del Área. i) Mantener actualizado el archivo del Área, de acuerdo a las normas

correspondientes. j) Coordinar la impresión de documentos y demás materiales que se elaboran en el

Área. k) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los Bienes de la Unidad

y lleva el inventario correspondiente. l) Llevar el control y distribución de los materiales designados del Área. m) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el jefe del Área.

DEL TRABAJADOR DE SERVICIO II Artículo 57° Depende directamente del Jefe del Área de Gestión Administrativa, y

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cumple las siguientes funciones:

a) Cumplir labores de portería, vigilancia del local de la Sede de la UGEL Tayacaja;

b) Realizar el control de ingresos y salidas de materiales, muebles y enseres de la Sede UGEL Tayacaja;

c) Efectuar la limpieza de las diferentes oficinas de la Sede Institucional; d) Verificar el estado de seguridad diariamente de los ambientes y del local

reportando sobre cualquier incidencia; e) Realizar la limpieza de las oficinas, servicios higiénicos, muebles y equipo a su

cargo; f) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales; g) Realizar traslado de muebles, equipos y enseres; h) Realizar las demás funciones que le asigne el Jefe de mantenimiento.

DEL AREA DE CONTROL INSTITUCIONAL

Artículo 58 ° El Área de Control Institucional, es el responsable de programar, ejecutar

y evaluar las acciones de control preventivo, concurrente y posterior a los actos y operaciones de la entidad acorde a la normatividad emitida por la Contraloría General de la Republica.

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA- DEL AREA DE CONTROL INSTITUCIONAL.

Artículo 59° La estructura Orgánica está constituida de la siguiente manera:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO CONDICION

AREA DE CONTROL

INSTITUCIONAL

39 Director de Programa Sectorial II 01 D4-05-295-2 Cargo de Confianza

40 Secretaria 01 T1-05-675-1 Contratado

Artículo 60° Las funciones que corresponde cumplir al Jefe del Área de Control Institucional son las siguientes:

a) Ejercer el control Interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control a que se refiere el Art. 8° de la Ley 27785 ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica.

b) Efectuar auditorías a los Estados Financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pau tas que señale la contraloría General . Alternativamente. Estas auditorias podrán ser contratadas

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por la entidad con Sociedades de Auditoria Externa, con sujeción al reglamento sobre la materia.

c) Ejecutar las acciones y actividades de Control a los actos y operaciones de la entidad que disponga la contraloría General, así como, los que sean requeridas por el Titular de la entidad. Cuando estas últimas tengan el carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General por el Jefe de OCI. Se consideran actividades de control, entre otras las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones.

d) Efectuar el control preventivo sin carácter vinculante al órgano de mas alto nivel de la entidad con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control Interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, via el control posterior.

e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como, al titular de la entidad y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.

f) Actuar de oficio, cuando en actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.

g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándosele el tramite que corresponda a su merito y documentación sustentatoria respectiva.

h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General de la República de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto.

i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos de plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.

j) Apoyar a las comisiones que designe la Contraloría General para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la entidad. Asimismo , el jefe del OCI y el personal de dicho órgano colaboraran, por disposición de la Contraloría General , en otras acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad.

k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna, aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de esta.

l) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente por la entidad.

m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General de la Republica.

n) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el OCI, incluida la Jefatura a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General o de cualquier otra institución universitaria o de nivel superior con

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reconocimiento oficial en temas vinculados con el control gubernamental, la administración pública y aquellas materias afines a la gestión de las organizaciones.

o) Mantener ordenados, custodiados a disposición durante diez (10) años los informes de control, papeles de trabajo, documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. El Jefe de OCI adoptará las medidas pertinentes, designando la cautela y custodia del acervo documental.

p) Cautelar que el personal del OCI, de cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia.

DE LA SECRETARIA Artículo 61 ° Depende directamente del Jefe del Área de Control Institucional, y cumple las siguientes funciones:

a) Recepcionar, registra, clasifica y distribuye la documentación recibida y los que genera el Área, prepara y descarga los que salen fuera de la misma.

b) Brindar la documentación para el despacho con el Jefe de Área. c) Realizar el seguimiento, control e informe sobre la documentación que se

tramita en el Área. d) Llevar la agenda de reuniones del jefe de Área. e) Atender las comunicaciones telefónicas. f) Llevar el registro de control de asistencia del personal del Área.

g) Recibir, orientar e informar al público usuario sobre la situación de la documentación que se encuentra en trámite dentro del Área.

h) Redactar y digitar la documentación que le asigna el Jefe del Área. i) Mantener actualizado el archivo del Área, de acuerdo a las normas

correspondientes. j) Coordinar la impresión de documentos y demás materiales que se elaboran en

el Área. k) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los Bienes de la

Unidad y lleva el inventario correspondiente. l) Llevar el control y distribución de los materiales designados del Área. m) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el jefe del Área.

CAPITULO IV

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ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

AREA DE ASESORIA JURIDICA Artículo 63° Es el Órgano de Asesoramiento, de naturaleza eminentemente jurídica y se encarga de asesorar al Director de la sede, Jefes de Áreas, Especialistas y demás trabajadores de la sede institucional y de las Instituciones y Programas Educativos de la jurisdicción, en asuntos relacionados a la legislación educacional, laboral, litigios y otros de su competencia, coadyuvando a la conservación los intereses y bienes patrimoniales del Estado a nivel del sector. Las Funciones del Área de Asesoría Jurídica son: a) Asesorar a la Dirección en asuntos de carácter jurídico legal. b) Emitir dictamen u opinión legal sobre recursos impugnativos y en asuntos

relacionados al servicio del sector, como instancia administrativa, incluyendo el proyecto de resolución.

c) Ejecutar la defensa judicial preliminar y por delegación del Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Educación y del Gobierno Regional de Lima.

d) Asumir la defensa legal de la dirección de la UGEL.-Tayacaja, y del personal de la sede institucional en asuntos jurídicos relacionados al desempeño de sus funciones.

e) Sistematizar y difundir la legislación del sector en coordinación con la oficina de Asesoría Jurídica de la Sede Central del Ministerio de Educación y de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica.

f) Participar a requerimiento de la Dirección en la formulación de proyectos de resoluciones, disposiciones, contratos, convenios y otros actos jurídicos de su competencia.

g) Emitir opinión legal en asuntos de su competencia. h) Otras funciones que le sean encargadas por la Dirección de la UGEL.-Tayacaja.

ESTRUCTURA ORGANICA INTERNA-AREA DE ASESORIA JURIDICA.

Artículo 64° La estructura Orgánica está constituida de la siguiente manera:

Nº Ord.

CARGOS CLASIFICADO Y/O ESTRUCTURAL

TOTAL CODIGO DE

CARGO CONDICION

AREA DE ASESORIA JURIDICA 02

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37 Director de Programa Sectorial II 01 D4-05-295-2 Cargo de Confianza

38 Secretaria 01 T1-05-675-1 Contratado

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DEL JEFE DEL AREA DE ASESORIA JURIDICA.

Artículo 65° Depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja y cumple las siguientes funciones: a) Asesorar a la Dirección en asuntos de carácter jurídico legal. b) Asumir la defensa legal de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja, en

asuntos contenciosos, en coordinación con el procurador publico. c) Atender, analizar y procesar expedientes sobre quejas, reclamos, denuncias que le

asigne la dirección. d) Atender los recursos impugnativos que le sean presentados. e) Promover y coordinar eventos de capacitación del personal en aspectos

relacionados al área. f) Ejecutar la defensa judicial preliminar y por delegación g) Estudiar e informar sobre expedientes de carácter técnico – legal. h) Formular y/o revisar anteproyectos de dispositivos legales. Directivas y otros

documentos, concordándolos con la normatividad vigente. i) Absolver consultas y orientar a los usuarios en aspectos legales. j) Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general.

k) Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares. l) Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses entre

organizaciones. m) Intervenir en la solución de litigios entre organizaciones asociaciones, sindicatos

y actuar como Secretario de Consejos y Comisiones. n) Realizar otras funciones de su competencia que le encargue la dirección.

DE LA SECRETARIA. Artículo 66° Depende directamente del Jefe del Área, y cumple las siguientes funciones: a) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que se

realizan en el Área. b) Realizar el seguimiento de la documentación del Área y mantiene informado al

Jefe. c) Preparar la documentación para el despacho con el jefe de Área. d) Llevar el cronograma de reuniones del jefe. e) Recibir y orientar al público sobre las gestiones que realiza. f) Llevar la agenda del jefe. g) Digitar la documentación y distribuir el trabajo. h) Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir la documentación.

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i) Archivar la documentación de acuerdo a normas vigentes, cuidando de su seguridad, conservación y confidencialidad.

j) Velar por la conservación, seguridad y mantenimiento de los bienes y enseres del Área.

k) Orientar el desempeño de sus funciones hacia la gestión por procesos. l) Realizar otras funciones que le asigna su jefe.

CAPITULO V

ÓRGANO DE PARTICIPACION

Artículo 67° Esta representado por el Consejo Participativo Local de Educación y es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración del Proyecto Educativo Local en la Unidad de Gestión Educativa Local. Es presidido por el Director(a) de la Unidad de Gestión Educativa Local Tayacaja e integrado por representantes de los estamentos de la Comunidad Educativa Local, de los sectores productivos, del Municipio y de las Instituciones Públicas y Privadas. La conformación y convocatoria del Consejo Participativo Local de Educación es responsabilidad de la Unidad de Gestión Educativa Local, en coordinación con el Gobierno Local. Artículo 68° Son funciones del Consejo Participativo Local de Educación:

a) Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración, seguimiento y

evaluación del Proyecto Educativo Local, dentro del marco del Proyecto

Educativo Regional.

b) participar

c) Participar anualmente en la elaboración y rendición de cuentas

del presupuesto de la UGEL Tayacaja, cuidando la trasparencia de la

gestión. d) Fomentar las relaciones de cooperación entre la Unidad de Gestión

Educativa Local y las Instituciones Públicas y Privadas y organizaciones

de cooperación institucional.

e) Apoyar la instauración de mecanismos de vigilancia y control ciudadano

que garantice equidad, honestidad y transparencia de la gestión

educativa y rendición de cuentas.

f) Establecer canales permanentes de información y dialogo con la

población, con el Consejo Participativo Regional de Educación y el

Consejo Nacional de Educación.

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g) Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la promoción y

ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora de la eficiencia de

la gestión pedagógica e institucional.

h) Implantar redes de información con los Consejos Educativos

Institucionales y de redes educativas rural, de modo de conocer sus

necesidades y contribuir a mejorar su gestión.

CAPITULO VI

DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES

Artículo 69° La Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local, promueve la cooperación de entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales y otros sectores para realizar acciones que contribuyan al logro de sus fines. Para el cumplimiento de sus funciones la Unidad de Gestión Educativa Local –Tayacaja coordinara con los diversos órganos y organismos del ministerio de educación y de otros sectores, de acuerdo a los requerimientos de sus funciones. La Unidad de Gestión Educativa Local-Tayacaja promoverá la cooperación de entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales, organismos no gubernamentales y otros, para realizar acciones que contribuyan al cumplimiento de sus fines.

CAPITULO VII

DE LOS ORGANOS DE EJECUCIÓN

Artículo 70° Los Órganos de Ejecución están representados por las

Instituciones Educativas. Son responsables de la prestación de los servicios educativos,

desarrollando los procesos y procedimientos educativos orientados al logro de

aprendizajes de los actores educativos directos. Su funcionamiento se rige por las normas de carácter legal emitidas por el Ministerio

de Educación, así como las adecuaciones que puedan expedir las Direcciones regionales

de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local

TITULO III

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

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PRIMERA Las funciones y acciones no contempladas en el presente Manual de Organización y Funciones serán canalizadas y debatidas, cuyo consenso será implementado por el Área de Gestión Institucional. SEGUNDA Los jefes de Áreas de la UGEL.-Tayacaja, son los responsables de la difusión y cumplimiento del presente documento. TERCERA Los servidores de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tayacaja son responsables del fiel cumplimiento de las funciones establecidas en el presente manual. Bajo su entera responsabilidad.