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1 YESENIA SUAREZ SALUD OCUPACIONAL SALUD OCUPACIONAL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO YESENIA SUAREZ TALLER 2 Descripción: 1. Tome como punto de partida la situación hipotética planteada en la semana anterior. 2. De las siguientes normativas estudiadas en el material semanal: Ley 100 de 1993 Decreto 1295 de 1994 Resolución 2400 de 1979 OHSAS 18001 Ley 9 de 1979 Decreto 614 de 1984 Resolución 1016 de 1989 Resolución 1401 de 2007 Resolución 2346 de 2007 Ley 1562 de 2012 Resolución 1409 de 2012 Norma Técnica Colombiana (NTC) 4144 Escoja 3que en su opinión los trabajadores de la empresa ISSAL Ltda. deberían conocer. 3. Por medio de una presentación, un video o un folleto, presente los puntos más importantes y relevantes de las normativas escogidas. (Recuerde que aunque este producto lo verá sólo su tutor, usted debe pensar que es para los trabajadores de la empresa ISSAL Ltda., por lo cual la información consignada allí, debe ser relevante para ellos, así como, mantener un lenguaje entendible y atractivo).

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SALUD OCUPACIONAL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOYESENIA SUAREZTALLER 2

Descripcin:

1. Tome como punto de partida la situacin hipottica planteada en la semana anterior. 2. De las siguientes normativas estudiadas en el material semanal: Ley 100 de 1993 Decreto 1295 de 1994 Resolucin 2400 de 1979 OHSAS 18001 Ley 9 de 1979 Decreto 614 de 1984 Resolucin 1016 de 1989 Resolucin 1401 de 2007 Resolucin 2346 de 2007 Ley 1562 de 2012 Resolucin 1409 de 2012 Norma Tcnica Colombiana (NTC) 4144 Escoja 3que en su opinin los trabajadores de la empresa ISSAL Ltda. deberan conocer. 3. Por medio de una presentacin, un video o un folleto, presente los puntos ms importantes y relevantes de las normativas escogidas. (Recuerde que aunque este producto lo ver slo su tutor, usted debe pensar que es para los trabajadores de la empresa ISSAL Ltda., por lo cual la informacin consignada all, debe ser relevante para ellos, as como, mantener un lenguaje entendible y atractivo).

SOLUCIN ISSAL LTDA Y SU COMPROMISO CON LA SEGURIDAD Y LA SALUD DE SUS EMPLEADOSLa Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) es una actividad multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la salud de los trabajadores mediante la prevencin y el control de enfermedades y accidentes, y la eliminacin de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo. Adems, procura generar y promover el trabajo sano y seguro, as como buenos ambientes y organizaciones de trabajo; realzar el bienestar fsico, mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo.Considerando estos factores, ISSAL LTDA ha desarrollado un Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), que favorece a sus trabajadores y a otras partes interesadas, acorde con sus necesidades y ajustado a las caractersticas del pas y del sector econmico, y va ms all de la ejecucin de acciones aisladas, donde las actividades de salud y seguridad estn integradas con las de produccin, a fin de proporcionar los requisitos de salud, higiene y seguridad en los lugares de trabajo con el objetivo de proteger de forma integral la salud de los empleados.Para cumplir a cabalidad con dichas exigencias, nuestra empresa da a conocer a todos sus empleados algunas resoluciones y leyes que el Estado ha implantado como estrategia para salvaguardar la seguridad y la salud de todos los trabajadores colombianosRESOLUCIN 1409 DE 2012TRABAJO EN ALTURASRealizar labores o trabajar en alturas est considerado como de alto riesgo as lo establece la Resolucin 1409 de 2012, teniendo en cuenta las estadsticas nacionales, ya que es una de las primeras causas de accidentes laborales y de muerte en el trabajo.Por lo anterior el Ministerio del Trabajo mediante la Resolucin 1409 del 23 de julio de 2012 estableci el REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCION CONTRA CAIDAS EN TRABAJO EN ALTURAS.QUE ES TRABAJO EN ALTURAS?Se entiende por trabajo en alturas o trabajar en altura toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o ms sobre un nivel inferior. Esta es la definicin del Artculo 1 de la Resolucin 3673 de 2008 la cual fue derogada por la Resolucin 1409 de 2012.Entonces la Resolucin 1409 de 2012. Establece: Se entender que el REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LA PROTECCIN CONTRA CADAS EN TRABAJO EN ALTURAS es de OBLIGATORIEDAD en TODO trabajo que exista el riesgo de caer a 1,50 mts o ms sobre un nivel inferior.ES OBLIGATORIO?La misma Resolucin en su artculo 1 establece que es de obligatorio cumplimiento para todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades econmicas de los sectores formales e informales de la economa, que desarrollen trabajo en alturas con peligro de cadas.Para efectos de la aplicacin de la presente resolucin, se entender su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o ms sobre un nivel inferior.OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.Todo empleador que tenga trabajadores que realicen tareas de trabajo en alturas con riesgo de cadas como mnimo debe:1. Realizar las evaluaciones mdicas ocupacionales2. Incluir en el programa de salud ocupacional denominado actualmente Sistema de Gestin de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el programa de proteccin contra cadas3. Cubrir las condiciones de riesgo de cada en trabajo en alturas, mediante medidas de control contra cadas de personas y objetos4. Garantizar que los sistemas y equipos de proteccin contra cadas, cumplan con los requerimientos de esta resolucin;5. Disponer de un coordinador de trabajo en alturas,6. Suministrar equipos, dar capacitacin y reentrenamiento, sin que genere costo alguno para el trabajador;7. Garantizar un programa de capacitacin a todo trabajador que se vaya a exponer al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar labores.8. Garantizar que todo trabajador autorizado para trabajo en alturas reciba al menos un reentrenamiento anual, para reforzar los conocimientos en proteccin contra cadas para trabajo seguro en alturas.9. En el caso que el trabajador autorizado ingrese como nuevo en la empresa, o cambie de tipo de trabajo en alturas o haya cambiado las condiciones de operacin o su actividad, el empleador debe tambin garantizar un programa de reentrenamiento en forma inmediata, previo al inicio de la nueva actividad.10. Los sistemas de proteccin contra cadas deben ser inspeccionados por lo menos una vez al ao11. Asegurar que exista acompaamiento permanente de una persona que est en capacidad de activar el plan de emergencias.12. Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de proteccin contra cadas y/o los certificados que lo avalen.RESOLUCIN 2400 DE 1979Todos los requerimientos para el uso y la implementacin de Elementos de Proteccin Personal en los lugares de trabajo para un ambiente saludable, se encuentran contemplados en la Ley 9 de Enero 24 de 1979 en la Resolucin 2400 de Mayo 22 de 1979 (Titulo IV, Capitulo II, Artculos 176 a 201).Dentro de esta Resolucin, podemos encontrar la clasificacin que se hace de los elementos de proteccin personal de acuerdo a la zona que protege. Esta clasificacin es la siguiente:Proteccin de cabeza y rostro.Proteccin respiratoria.Proteccin de manos y brazos.Proteccin de pies y piernas.Proteccin corporal.NORMAS TECNICAS COLOMBIANAS (NTC 1445)Sobre la cual se determinan las inspecciones planeadasINSPECCIONES PLANEADAS:Es la principal actividad del comit paritario de salud ocupacional, ya que a travs de ellas se cumplen la mayora de sus funciones: Hacer seguimiento y vigilancia de lo ya acordado en el cronograma de actividades del P.S.O y recomendaciones; mantener contacto con los puestos de trabajo y los trabajadores; conocer nuevas inquietudes y problemas; participar y proponer la solucin a estos.Se recomiendan inspecciones generales en forma mensual o trimestral, segn sea el caso. La inspeccin se realiza a las instalaciones locativas, mquinas, equipos, herramientas, elementos para emergencia, brigadas, procesos industriales y operaciones. Esta actividad adquiere especial dimensin ya que su funcin es esencialmente preventiva y por lo tanto debe hacer especial hincapi en detectar las causas no solo deaccidentes sino de los incidentes, para eliminar los agentes de stos.VISITAS DE INSPECCIN:Las visitas de inspeccin se realizan con el fin de vigilar procesos, equipos, mquinas u objetos que en el diagnstico integral de condiciones de trabajo y salud, han sido calificados como crticos por su potencial de dao. Estas inspecciones deben obedecer a una planificacin que incluya los objetivos y frecuencia de la inspeccin.Se definen dos tipos de inspecciones: las generales, durante las cuales se realiza una revisin general de la empresa, y las especficas, cuando se realiza una visita dirigida hacia una problemtica concreta, como seran las inspecciones a los sistemas de incendios, a las instalaciones elctricas, etc. Se deben hacer con el fin de verificar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene establecida de los mtodoscorrectos para operar mquinas, uso de elementos de proteccin personal, etc., el funcionamiento de los controles aplicados, as como de identificar nuevos factores de riesgo. Para facilitar el proceso de inspeccin, se deben elaborar listas de chequeo ajustadas a las condiciones de riesgo y caractersticas de cada empresa.

Conclusiones:Vemos pues como el mayor inters de su empresa ISSAL LTDA es prevenir, identificar, controlar o minimizar los riesgos de accidentes que puedan originar daos a personas, instalaciones, y al medio ambiente siguiendo para ello las normas y procedimientos de seguridad y la normativa nacional vigente, Mantener los equipos a utilizar en perfectas condiciones y preparar al personal para actuar con seguridad ante los casos de emergencia que puedan surgir durante la ejecucin de las actividades.

SALUD OCUPACIONAL

7YESENIA SUAREZTRABAJO EN ALTURAS 1. DEFINICINSon considerados como "trabajos en altura", aquellos que se realicen a partir de 1,5 m. de diferencia de nivel, sobre la base (suelo o plataforma protegida).Para que una plataforma est protegida, es necesario que tenga barandillas en todo su permetro, aberturas o desniveles, construidas con material rgido de resistencia adecuada, formadas por pasamanos con una altura mnima de 90 cm., una proteccin intermedia que impida el paso o deslizamiento por debajo de las mismas y un rodapi que impida la cada de objetos a niveles inferiores

2. NORMAS GENERALESEn todos los trabajos en altura, los trabajadores utilizarn arns anticada (con tirantes y perneras) con elemento de amarre unido a un punto seguro de la instalacin, en cota superior al enganche del arns o sujeto a una lnea de anclaje (lnea de vida).Es obligatorio el uso de absorbedores de energa que deben formar parte del elemento de amarre, salvo en el caso de utilizar anticaidas deslizantes (rama).Se debe utilizar tambin el barbuquejo.

3. ANDAMIOSLos riesgos ms importantes en la utilizacin de andamios son: Cadas (a distinto nivel, al vaco o al mismo nivel). Desplome del andamio. Desplome o cada de objetos (herramientas, material, componentes del andamio, etc.). Golpes por objetos o herramientas. Atrapamientos. Los derivados de enfermedades no detectadas (epilepsia, vrtigo, etc.). Mal estado del andamio. Montaje defectuoso. Contactos elctricos

Medidas preventivas: El montaje y desmontaje de andamios, se realizar bajo la supervisin y responsabilidad delSupervisor de andamios, quien autorizar por escrito la utilizacin de los mismos. Para ello, se utilizarn etiquetas que indiquen la fecha y la persona competente que autoriza el uso del andamio. Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de los andamios debern construirse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estn expuestas a cadas de objetos. Se prohbe expresamente el uso de tablones para formar plataformas o pasarelas. Los andamios mviles debern asegurarse contra los movimientos involuntarios. Los andamios, tanto en la zona de trabajo como en la zona de paso, se protegern mediante barandillas resistentes con altura mnima de 90 cm., rodapi o reborde de proteccin de al menos 15 cm. y proteccin intermedia que impida el paso por deslizamiento de los trabajadores. Durante el montaje y desmontaje del andamio, nadie debe permanecer debajo del mismo. Todas las conexiones deben tener pasadores de seguridad. Se montarn las barras trasversales para que el andamio tenga estabilidad. No se comenzar el montaje de un nivel superior sin que el inferior sea totalmente estable. El acceso a plataformas superiores, se har por medio de escaleras interiores y fijadas al andamio; nunca se subir o bajar del andamio por el exterior o por las crucetas. Las plataformas no pueden estar resbaladizas, tendrn un mnimo de 60 cm. de ancho v se inmovilizarn con pasadores para evitar vuelcos o deslizamientos. Los mdulos de la base se apoyarn sobre durmientes formados por tableros, no directamente sobre el suelo, o bien sobre placas de apoyo con husillos de nivelacin para garantizar la estabilidad. Cuando se trabaje en las proximidades de instalaciones en tensin, guardar las distancias de seguridad. En caso de fuertes vientos, no se permanecer sobre el andamio. Los andamios de ms de dos cuerpos, debern arriostrarse al paramento o a puntos fijos estables. No mover el andamio si hay personal sobre el mismo. Acotar la zona inferior del andamio. No deben pintarse los andamios, para facilitar la deteccin de defectos estructurales. Se debern utilizar los Equipos de Proteccin Individual apropiados a los riesgos existentes, (casco, guantes, calzado de seguridad, arns anticadas durante montajes, desmontajes y utilizacin de andamios, etc.). Los andamios sern inspeccionados: Antes de su puesta en servicio. Peridicamente. Tras modificaciones, periodos de no utilizacin, exposicin a intemperie u otras circunstancias que hayan podido afectar su resistencia o estabilidad.