ta-4-0703- 07207 derecho civil ii-acto juridico martes

Upload: dimas-akerman

Post on 14-Apr-2018

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    1/8

    0703- DERECHO CIVIL II Acto Jurdico

    2012-IIDocente: MENDIZABAL ANTICONA, Walter

    Nota:Ciclo: 4 Mdulo II

    Datos del alumno:FECHA DEENVIO:

    HASTA EL DOM. 01 de Julio2012

    A las 23.59 PM

    Apellidos y nombres:

    Jimmy Fernando

    Valdez Chambi

    FORMA DEENVIO:

    Comprimir el archivo original de su trabajoacadmico en WINZIP y publicarlo en elCAMPUS VIRTUAL, mediante la opcin:

    Cdigo de matricula: 2008301147TAMAO DELARCHIVO:

    Capacidad Mxima del archivocomprimido: 4 MBUded de matricula:2008301147

    Recomendaciones:

    1. Recuerde verificar la correcta publicacin de su Trabajo Acadmico enel Campus Virtual.Revisar la opcin:

    No se aceptar el Trabajo Acadmico despus delDOM. 01 de julio del2012

    2. A las 23.59 PM

    3. Las actividades que se encuentran en el libro servirn para su

    autoaprendizaje mas no para la calificacin, por lo que no debern serremitidas. Usted slo deber realizar y remitir obligatoriamente elTrabajo Acadmico que adjuntamos aqu.

    Gua del

    Trabajo Acadmico

    4. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet esnicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internetsern calificados con 00 (cero).

    5. Estimado alumno:El presente trabajo acadmico tiene por finalidad medir los logrosalcanzados en el desarrollo del curso.Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta lapregunta N 02 y para el examen final debe haber desarrollado el

    trabajo completo.Criterios de evaluacin del trabajo acadmico:

    1 Presentacin adecuada deltrabajoConsidera la evaluacin de la redaccin, ortografa, y presentacin deltrabajo en este formato. Valor: 2 ptos

    2 Investigacin bibliogrfica:Considera la consulta de libros virtuales, a travs de la Biblioteca virtualDUED UAP, entre otras fuentes. Valor: 3 ptos

    3 Situacin problemtica o casoprctico:Considera el anlisis de casos o la solucin de situacionesproblematizadoras por parte del alumno. Valor: 5 ptos

    4Otros contenidosconsiderando los niveles

    cognitivos de orden superior:

    Valor: 10 ptos

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    2/8

    PREGUNTAS DE TRABAJO ACADMICO:

    1.- ACTO Y NEGOCIO JURDICO DIFERENCIAS COMENTADAS:

    Acto jurdico Negocio JurdicoEscuela fundadora

    Escuela Francesa

    Creadora de la teora del

    acto jurdico, proporciona

    una visin completa y

    simtrica tanto del hecho

    como del acto jurdico,

    cuya doctrina es recogida

    por el derecho peruano y

    sus cdigos civiles.

    NOCION: La voluntad es

    generadora de efectos

    jurdicos; el ordenamientojurdico solo los reconoce,

    siempre que no sean

    contrarios al orden pblico

    y buenas costumbres.

    Negocio jurdico es todo

    acto jurdico hecho con

    la manifestacin de

    voluntad del agente. Al

    contrario del acto

    jurdico, depende de lavoluntad expresa del

    agente, generalmente

    porque tiene que cumplir

    un objetivo previsto en la

    ley, por ejemplo

    contratos.

    El negocio jurdico es el

    acto de autonoma privada,

    de contenido preceptivo,

    con reconocimiento y

    tutela por parte del Orden

    jurdico.La formulacin conceptual

    que mejor representa al

    negocio jurdico es la

    propuesta de acto de

    autonoma privada de

    contenido preceptivo con

    reconocimiento y tutela por

    parte del Orden jurdico

    Cdigos actuales (derecho

    comparado).

    Cdigo Francs.

    Cdigo Civil de la

    Repblica de

    Argentina

    Cdigo Civil de Hait

    Cdigo Civil de

    Luisiana (EEUU)

    Cdigo Civil de Chile

    (tambin conocido

    como Cdigo de Bello)

    Cdigo civil de

    Repblica Dominicana.

    Los efectos los crean las

    partes: "negocio jurdico

    es una manifestacin de

    voluntad privada dirigida

    a un fin prctico

    aprobado por el derecho

    y, como tal, capaz de

    producir efectos

    armonizantez con el fin

    querido en las

    condiciones y en los

    lmites determinados por

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 2

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    3/8

    Cdigo Civil Espaol.

    Cdigo Civil de Brasil

    Cdigo Civil de Mxico

    Cdigo Civil de

    Paraguay.

    Cdigo Civil de Bolivia

    Cdigo civil Italiano.

    el mismo derecho". Para

    Ursicino lvarez Surez.

    "es el acto de autonoma

    privada mediante el cual

    los particulares regulan

    por s mismos sus

    propios intereses, en

    relacin con los

    intereses de otras

    personas, y a cuyo acto

    el derecho objetivo

    atribuye unos efectos

    jurdicos precisos, de

    conformidad con la

    funcin econmico-

    social caracterstica del

    tipo de negocio

    realizado". Entendemos,

    por nuestra parte, que el

    negocio jurdico puede

    definirse como la

    manifestacin libre y

    consciente de la

    voluntad dirigida a lograr

    fines determinados

    reconocidos y protegidospor el ordenamiento

    jurdico.

    Naturaleza jurdica El Acto Jurdico es

    considerado como la

    manifestacin de la

    voluntad humana

    susceptible de producir

    efectos jurdicos. Para

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 3

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    4/8

    que esta manifestacin

    de la voluntad

    produzca efectos

    jurdicos, es preciso

    que se realice de

    acuerdo con los

    requisitos legales

    previamente

    establecidos para cada

    caso

    (4.5 Puntos)2.- NULIDAD Y ANULABILIDAD DIFERENCIAS COMENTADAS:

    Nulidad de Acto Anulabilidad de ActoAplicacin sistemtica

    La accin la pueden

    interponer las partes, el

    tercero con legtimo inters

    econmico y moral, el

    Ministerio Pblico o el Juez

    de oficio. (Artculo 220 del

    Cdigo Civil)

    El acto nulo es aquel que

    carece de algn elemento,

    presupuesto o requisito, oaquel que teniendo todos

    los aspectos de su

    estructura tiene un

    contenido ilcito, por

    contravenir las buenas

    costumbres, el orden

    pblico una o varias normasimperativas.

    La accin de nulidad

    puede ser ejercitada por

    cualquiera siempre que

    acredite legtimo inters

    econmico o moral,

    incluso el Ministerio

    Pblico.

    El acto jurdico carece

    de elemento o tiene un

    contenido ilcito.

    Nunca producen

    efectos, los actosjurdicos nacen muertos.

    Se dice que el acto nulo,

    nunca produce los

    efectos jurdicos que

    deba haber producido

    de acuerdo a la figura

    negocial especifica, sinotan solo produce efectos

    El acto anulable nace

    con vida y produce sus

    efectos pero por

    contener un vicio en su

    conformacin puede ser

    confirmado o declarado

    judicialmente nulo. Es

    decir nace produciendo

    efectos jurdicos con una

    nulidad pendiente, de

    manera que el sujeto

    tiene la alternativa deconfirmar el acto o de

    interponer la accin de

    anulabilidad para que

    sea declarado

    jurdicamente nulo.

    La accin de

    anulabilidad solo esejercida por la parte

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 4

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    5/8

    La accin de nulidad puede

    ser ejercitada por

    cualquiera siempre que

    acredite legtimo inters

    econmico o moral, incluso

    el Ministerio Pblico.

    Puede ser declarada por

    oficio por el juez, cuando

    resulte manifiesta.

    prcticos, o efectos

    jurdicos pero como un

    hecho jurdico distinto

    celebrante del acto

    jurdico, que ha sido

    perjudicada con la

    causal.

    No puede ser declarada

    de oficio, siempre debe

    ser demandada.

    Naturaleza jurdica

    Las causales de nulidad

    Tutelan preferentemente el

    inters pblico.

    No pueden ser confirmados.

    La sentencia que

    declara la nulidad es

    declarativa, porque la

    nulidad es de pleno

    derecho.

    La nulidad de actocomprende causales

    expresas o causales

    tacitas (nulidad virtual,

    inciso 8 del art. 219)

    Prescribe a los 10 aos

    Las causales de nulidad

    Tutelan preferentementeinters privados.

    La sentencia quedeclara la nulidad por

    anulabilidad es

    constitutiva y sus efectos

    son retroactivos a la

    fecha de la celebracin

    del acto jurdico.

    Solo comprendencausales expresas.

    (4.5 Puntos)

    3.- MODALIDADES DEL ACTO JURDICO. DIFERENCIAS con un ejemplo:

    Resolutiva

    Es que con las modalidades del acto jurdico pone lmites a los efectos de su

    declaracin de voluntad, haciendo que dichos efectos dependan de un evento

    incierto y futuro (condicin), o que esos efectos se produzcan desde o hasta

    un momento determinado (plazo), o se limita el valor de una atribucin

    patrimonial gratuita (cargo).PLAZO CONDICIN

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 5

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    6/8

    A y B celebrar un contrato de

    compraventa de una casa a

    condicin que no se realicen

    las elecciones para gobiernos

    regionales antes del 2012. si

    las elecciones se realizan se

    rescindir el contrato, es

    decir , A le devolver el precio

    de la venta a B(comprador) y

    B le devolver la casa a A.,

    pero si no se realizan las

    elecciones el acto jurdico

    conservara su eficacia

    A y B celebrar un

    contrato de

    compraventa de

    una casa a

    condicin que no

    se realicen las

    elecciones para

    gobiernos

    regionales antes

    del 2012

    A le devolver el precio

    de la venta a

    B(comprador) y B le

    devolver la casa a A.,

    pero si no se realizan las

    elecciones el acto

    jurdico conservara su

    eficacia

    Suspensiva

    En el art. 1564 establece que el contrato de compra venta de bien futuro est

    sujeto a la condicin suspensiva de que el bien legue a tener existencia; el

    art.1572 dispone que la compraventa a prueba se considera hecha bajo la

    condicin suspensiva de que el bien tenga las cualidades pactadas o sea

    idneo para la finalidad a que est destinado. La condicin y el plazo legalesson elementos esenciales del acto jurdico, uno elementos accidentales

    PLAZO CONDICIN

    A le ofrece a B una coleccion

    de enciclopedias juridica

    OMEBA a condicion que se

    gradue de abogado el 27 .

    08.09

    Se gradu de

    abogado el 27 .

    08.12

    A le ofrece a B una

    coleccin de

    enciclopedias jurdica

    OMEBA

    (4.5 Puntos)

    1. ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL CONTENIENDO LOS VICIOS DE

    VOLUNTAD.

    (4.5 Puntos)

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 6

    Cuando recaesobre la propia

    esencia

    Cuando recaesobre la propia

    esencia

    cuando seaesencial y

    conocible por laotra parte

    cuando seaesencial y

    conocible por laotra parte

    acto o a la calidadde las partes, una

    persona denormal diligenciahubiese podido

    advertirlo

    acto o a la calidadde las partes, una

    persona denormal diligenciahubiese podido

    advertirlo

    La parte queincurre en errorno puede pedir

    la anulacin

    La parte queincurre en errorno puede pedir

    la anulacin

    no da lugar a laanulacin del

    acto sinosolamente arectificacin

    no da lugar a laanulacin del

    acto sinosolamente arectificacin

    solo vicia el actocuando

    expresamente semanifiesta como

    su razndeterminante

    solo vicia el actocuando

    expresamente semanifiesta como

    su razndeterminante

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    7/8

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 7

    Cdigo Civilperuano

    Cdigo Civilperuano

    Requisitos de

    error

    Requisitos de

    errorError

    Esencial

    Error

    EsencialError

    Conocible

    Error

    Conocible

    Anulacion del

    acto juridico

    Anulacion del

    acto juridicoRectificacion del

    acto juridico

    Rectificacion del

    acto juridicoImprocedencia de

    Anulabilidad

    Improcedencia de

    Anulabilidad

  • 7/30/2019 Ta-4-0703- 07207 Derecho Civil II-Acto Juridico Martes

    8/8

    Bibliografa

    ORREGO, Juan; ?Teora del los actos jurdicos?; Apuntes

    Universidad de Chile, 2002.

    LOPEZ MORROY, Jos de Jess. Negocio Jurdico; Diccionario

    Jurdico Mexicano. Editorial Porra, sexta edicin. Mxico, 1993-

    CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU, Diario de los Debates

    Segunda Legislatura Ordinaria de 1999. Lima, Publicacin Oficial de

    conformidad con el artculo 38, inciso g) del Reglamento del

    Congreso de la Repblica, www.congreso.gob.pe

    HORNA, Pierre Martn. ?Internet: Un nuevo desafo para el Contrato

    Predispuesto." Ponencia presentada al VIII Congreso Iberoamericanode Derecho e Informtica. Mxico, del 21 al 25 de noviembre de

    2000.

    Direccin Universitaria de Educacin a Distancia (DUED) 8

    http://www.congreso.gob.pe/http://www.congreso.gob.pe/