acto juridico y negocio juridico

23
TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS CAPITULO I LA TEORIA GENERAL DEL ACTO JURIDICO 1. Según FRANCISCO JAVIER ROMERO MONTES El acto jurídico es un hecho jurídico, humano, voluntario, licito que tiene en común la nota esencial de ser queridos por ser queridos por sus autores para conseguir un cierto efecto, el cual si se verifica es consecuencia inmediata de la voluntad, es decir, existe una manifestación de voluntad con un determinado fin. Los actos lícitos se distinguen según que el efecto jurídico sea consecuencia de una manifestación de voluntad directamente encaminada a producirlo o que no lo sea, solo los primeros se consideran actos jurídicos, porque tienen como nota esencial el ser querido por sus autores para conseguir un cierto efecto, el cual si se verifica es consecuencia inmediata de la voluntad Por ejemplo: El arrendatario se hace poseedor porque ha querido concluir un contrato de alquiler de un bien inmueble. Igualmente, el comprador se hace propietario, porque ha querido concluir la

Upload: jhon-martinez-pingo

Post on 23-Jun-2015

12.472 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

CAPITULO I

LA TEORIA GENERAL DEL ACTO JURIDICO

1. Según FRANCISCO JAVIER ROMERO MONTES

El acto jurídico es un hecho jurídico, humano, voluntario, licito que tiene en común

la nota esencial de ser queridos por ser queridos por sus autores para conseguir

un cierto efecto, el cual si se verifica es consecuencia inmediata de la voluntad,

es decir, existe una manifestación de voluntad con un determinado fin.

Los actos lícitos se distinguen según que el efecto jurídico sea consecuencia de

una manifestación de voluntad directamente encaminada a producirlo o que no lo

sea, solo los primeros se consideran actos jurídicos, porque tienen como nota

esencial el ser querido por sus autores para conseguir un cierto efecto, el cual si

se verifica es consecuencia inmediata de la voluntad

Por ejemplo: El arrendatario se hace poseedor porque ha querido

concluir un contrato de alquiler de un bien inmueble. Igualmente, el

comprador se hace propietario, porque ha querido concluir la

compraventa de una casa, estos actos constituyen manifestaciones

de voluntad en sentido técnico.

La voluntad por sí sola no constituye sino un hecho psicológico, que no puede

comprobarse ya que pertenece a la interioridad del alma humana y en todo caso

es susceptible a continuas variaciones. El derecho exige que cada uno tenga

propósito firme y maduro de provocar una modificación en sus propios derechos

subjetivos y en su caso en los ajenos. Lo mismo podemos decir cuando nos

referimos a la simple manifestación, la misma que no tiene ningún valor sino

corresponde a un propósito, a una intención. Entonces vamos a decir que debe

Page 2: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

haber una sincronización entre lo decidido internamente por el celebrante y la

decisión exteriorizada; es decir, la voluntad debe estar intencionalmente dirigida a

producir el efecto perseguido por el declarante, el propósito se exterioriza

utilizando la forma verbal del presente indicativo y no la condicional, en cuanto

quiere decir quiero o vendo o compro implica el haberse decidido ya a obligarse.

2. Según el CODIGO CIVIL COMENTADO POR LOS 100 MEJORES AUTORES

La construcción teórica del acto jurídico realizada por el maestro León Barandiaran

y para los efectos de su determinación conceptual, partió del hecho jurídico,

considerado como tal a todo hecho susceptible de producir efectos jurídicos. Este

hecho puede ser natural o humano, según produzca independientemente de la

voluntad humana o sea ésta la que los produce. Pero el hecho jurídico para llegar

a ser acto jurídico requiere de voluntariedad, es decir, ser producido por la

voluntad humana, sin ninguna calificación, pues esta voluntad puede provenir de

un incapaz o de un capaz, de un imputable como de un inimputable. Como el

hecho jurídico voluntario va a producir determinados efectos jurídicos, para llegar

a ser acto jurídico debe ser un hecho lícito, por lo que la determinación del acto

jurídico descarta a todo hecho ilícito. Pero la licitud del hecho jurídico no es

suficiente pues, para ser acto jurídico, requiere que la voluntad se ponga de

manifiesto, ya que la voluntad no manifestada no puede dar lugar a la formación

de un acto jurídico. La manifestación de voluntad debe responder a la intención del

sujeto en cuanto a lograr los efectos que quiere, siendo imprescindible la

correlación entre lo manifestado y lo querido, por lo que la carencia de efectos

queridos hace que el hecho siga siendo un hecho jurídico, mas no un acto jurídico,

el que solo se forma cuando el hecho jurídico es voluntario, lícito, con voluntad

manifestada y correlacionada con los efectos que el sujeto quiere producir.

Page 3: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

La voluntad que general el acto jurídico es la voluntad privada y ese es el acto que

legisla el código civil; es el acto que origina las relaciones jurídicas que se instalan

en el ámbito del derecho privado, porque son también actos jurídicos los que se

realizan para la formación, promulgación y vigencia de una ley, como también lo

son los que realizan los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones o

los magistrados en las actuaciones procesales. Lo que ocurre es que estos últimos

no se generan en la voluntad privada sino en la voluntad pública originada por

una investidura que legitima a celebrar actos legislativos, administrativos o

procesales y que, por tanto, no son los actos jurídicos regulados por el código civil

sino por la constitución políticas, las normas que regulan las funciones públicas o

el código procesal civil.

3. Según ANIBAL TORRES VÁSQUEZ

El acto jurídico es un hecho humano por oposición a los actos naturales o

externos. Dentro de los hechos humanos, el acto jurídico es un acto voluntario.

En la esencia predominante del acto jurídico esta la voluntad manifestada; razón

por la que un acto realizado sin voluntad es nulo o si ha sido realizado con

voluntad, pero esta adolece de vicios, el acto es anulable. Los actos jurídicos

dependen de la voluntad del sujeto de regular sus propios intereses, o sea de una

determinación interna del querer, la misma que no es relevante como tal, sino solo

si es una manifestación.

El acto jurídico tiene por fin inmediato producir consecuencias jurídicas

consiguientes en crear, modificar, regular o extinguir relaciones jurídicas. Es decir,

cumple una función social o económica que es tenida presente por quien lo

realiza y que es tomada en consideración por el Derecho. El fin inmediato de

Page 4: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

producir efectos jurídicos es una característica es del acto jurídico que lo

diferencia de los otros actos voluntarios lícitos.

El acto jurídico es una acción u omisión voluntaria, consciente y libre, cuyos

efectos son vinculados por la ley con independencia de que hayan o no ser

queridos por el sujeto. Para su validez se examina únicamente el problema de la

libertad; pero en modo alguno el de la finalidad perseguida por el sujeto al realizar

el acto, ya que el efecto jurídico, depende de la ley y no de la voluntad del hombre.

4. Los PANDECTISTAS ALEMANES

Denominan acto jurídico a todo acto voluntario que produce efectos jurídicos. Para

incidir en los efectos como un elemento característico del acto jurídico, algunos

pandectistas lo denominaron acto jurigeno o jurigenico.

5. según FERNANDO VIDAL RAMÍREZ

La teoría del acto jurídico plantea el rol de la voluntad humana en la generación

de las relaciones jurídicas, en la autorregulación de los intereses por los propios

sujetos que la entablan y en una finalidad practica, puesto que del acto jurídico, se

derivan reglas de aplicación uniforme, cooperando a facilitar el aprendizaje y la

aplicación del derecho.

La teoría del acto jurídico se irradia a todo el derecho objetivo, trascendiendo

al derecho civil, al derecho privado y llegando al derecho público.

6. Según EL LIBRO DE LA UNIVERSIDAD DE LIMA, dice que

La teoría del acto jurídico es una elaboración de la doctrina posterior a la

promulgación del código francés de 1804. Aparece en el siglo XIX, pues los actos

jurídicos bajo una formulación teórica uniforme no fueron concebidos en Roma.

Page 5: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

La teoría del acto jurídico promovió la formulación de un concepto suficientemente

amplio y general como para dar comprensión a toda categoría jurídica susceptible

a ser calificada como acto jurídico y constituirse en fuente de relaciones jurídicas y

dar lugar a su regulación, modificación o extinción.

La teoría del acto jurídico supone, desentrañar la naturaleza misma del acto,

radicar su esencia en la manifestación de la voluntad, establecer los requisitos

para su validez y eficacia, su interpretación y en fin, todas aquellas materias que

se vinculan para construir el acto jurídico en fuente de relaciones jurídicas.

La teoría del acto jurídico tiene, necesariamente, que orientarse a una

comparación con la del negocio jurídico, planteándose una dicotomía, que no es

tal, pues conceptualmente para nuestra codificación civil, el Acto jurídico y el

negocio jurídico están en una relación de sinonimia.

7. Según el libro EL ACTO JURIDICO SEGÚN EL CODIGO CIVIL PERUANO

El acto jurídico es una especie del género de los hechos jurídicos y, a su vez, es

un concepto más restringido, o mejor dicho, que se asienta en sus

consideraciones distintas de las que se precisan para que se produzca el negocio

jurídico. Abraza todos los actos humanos y por tanto voluntarios, a los que por

mandato a priori de la ley, se les reconoce como causa de un efecto jurídico.

El efecto jurídico se produce independientemente de la ponderación que en otras

circunstancias cabria que la ley haga de la voluntad del sujeto autor.

Así, la ocupación, la toma de posesión o la entrega de un bien son actos jurídicos

productores de consecuencias en el mundo del derecho, independientemente de

que el sujeto, al realizarlos, diga o no que desea poseer o entregar. El control de

hecho que, el sujeto adquiere sobre un objeto, al apropiarse de él dentro de estas

Page 6: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

circunstancias, constituye el único dato que el derecho necesita para que se

realice por supuesto en ella previsto, y considerar, sin requerir de otro análisis, que

la posesión ha comenzado; la tradición real o ficticia es el único dato que el

derecho requiere para considerar que la entrega se ha producido. Estos actos

voluntarios son propiamente actos jurídicos. En ellos la declaración de la intención

del sujeto es irrelevante; el acto del hombre, considerado en si mismo como

productor de un acontecimiento que la ley estima lícito, de los efectos previamente

establecidos en la ley en forma rígida. De tal forma que cuando ocurre el

acontecimiento, dentro de las circunstancias que la ley establece, solo se pueden

producir aquellos efectos y no otros.

Cuando el derecho se desinteresa del contenido de la voluntad del sujeto para

otorgar efectos jurídicos a su actividad o abstención, esta variedad de los actos,

en los que no hay o no interesa que haya una declaración de voluntad

jurídicamente inspirada, son llamados por la doctrina, indistintamente, actos

jurídicos propiamente dichos, actos lícitos no negociables, actos reales,

comportamientos o actos de voluntad. Solo se requiere, para su existencia y

efectos, un despliegue de actividad o una inhibición; el derecho se satisface que

simplemente haya ocurrido el evento voluntario que contempla y que este no

ofenda la ley.

Son casos de actos con consecuencias jurídicas, en los que no se

precisa que haya declaración de voluntad son por ejemplo: la construcción que

hace un propietario para sí, tanto como el artífice que elabora un objeto, o el

artista que crea una obra de arte. En estos casos el derecho les atribuye

directamente la propiedad de aquello que ha construido, producido o creado. El

autor se convierte por ministerio de la ley en dueño de la obra realizada. No

requiere el operario, el orfebre o el artista expresar públicamente, mediante una

Page 7: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

declaración, que es ese su deseo, y aun si lo expresa, el resultado jurídico no

varía: será siempre dueño o autor del producto de su esfuerzo porque la ley le

atribuye esa condición, sin detenerse a indagar acerca de cuál fue su voluntad al

ejecutarla; simplemente la presume.

8. Según JUAN GUILLERMO LOHMANN LUCA DE TENA

Lo vamos a ver en dos conceptos:

a) Conceptos clásico: el acto jurídico ha sido descrito como aquel acto

voluntario y licito que tenga por fin inmediato establecer entre las personas

relaciones jurídicas; crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos,

pero este acto voluntario y licito debe provenir de una expresión de voluntad.

Nos encontramos así con 3 elementos que destacan. En primer lugar aparece la

finalidad inmediata; en segundo término figura la voluntariedad, es decir que

aunado a la declaración de la voluntad, debe existir un querer o un afán

destinados al logro u obtención de un determinado resultado; como tercer

elemento se contempla la licitud del acto, entendiéndose esta como adecuación a

un orden jurídico que evita que se vulneren los derechos de los individuos y de la

sociedad. Estos son, en suma, los requisitos de fondo. Aparejados a ellos existen

los de forma, que no son otra cosa que aquellos complementos formales que la

política legislativa reclama para la validez de los actos. En lo que toca a la

capacidad del agente o agentes que contribuyen a dar vida al acto, mucho se ha

discutido sobre si es o no factor sustantivo del mismo o si, por el contrario, es tan

solo condición de validez de los efectos.

b) Concepto contemporáneo: este autor cita a los diferentes autores

modernos que hablan en esta materia.

Page 8: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

Para ENNECCERUS, El acto jurídico viene a significar la realización

querida o al menos previsible de un resultado exterior. Y añade: los actos , o bien

carecen de importancia jurídica o bien producen, conforme a las disposiciones del

ordenamiento jurídico, un efecto jurídico. A estos últimos los llamados actos

jurídicamente eficaces o simplemente actos jurídicos. El único requisito que

merece ser incorporado a la definición parece ser el de la realización de resultados

externos de carácter jurídico; es decir, efectos que revistan importancia para el

derecho. La diferencia, pues, con la postura clásica resulta marcada. Ya no se

estipula que el acto debe poseer tales o cuales condiciones para gozar del

apelativo de jurídico. Para este autor basta el simple resultado, las consecuencias

externas, sean deseadas o no, con efectos ante la ley.

Enneccerus concluye que existen tres grupos. El primero de ellos consiste en los

actos con declaración de voluntad con la finalidad de obtener determinados

resultados, aunque no necesariamente previstos como jurídicos, como pueden ser

la creación, modificación, extinción o confirmación de derechos. El segundo

conjunto está referido a aquellos actos cuyas consecuencias lícitas no las

determina directamente la voluntad humana, sino la ley. Es decir aunque haya

voluntad, los efectos se producen ex lege ex voluntate. En este tipo de actos no se

configura como requisito sustantivo la manifestación de voluntad, sea expresa o

tacita. Y el tercer rubro se constituye por los llamados actos ilícitos, también

denominados contrarios a derecho de los que se deriva, por imperio de la ley, una

obligación de indemnizar.

Para MESSINEO define por su parte al acto jurídico como un acto

humano realizado consciente y voluntariamente por un sujeto, del cual nacen

efectos jurídicos porque el sujeto, al realizarlo, quiere determinar un resultado; y

tal resultado se toma en consideración por el derecho. Consigna así 3 elementos

Page 9: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

saltantes en su definición uy que son: acto realizado consiente y voluntariamente;

que tiene efectos jurídicos; para la obtención de un resultado.

Precisa así mismo que el acto ha de ser celebrado voluntariamente. Si bien no

negamos que, en general, los actos jurídicos dse celebran voluntariamente, no

ocurre asi en todos los casos. No hace falta insistir mucho para notar que no

siempre la voluntad accede a la realización de un acto jurídico. En verdad, lo que

hay en ellos es presencia de voluntad formal, pero el contenido de esa voluntad

bien puede ser involuntario. En otras palabras, lo que existe en muchos acto es

una voluntad formal, que no indispensablemente debe ser acorde con la intención,

que equivale a la voluntariedad.

El acto jurídico se constituye porque el sujeto, al realizarlo, quiere determinar un

resultado y el mismo se toma en consideración por el derecho, cabe hacer unas

reflexiones.

Page 10: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

CAPITULO II

LA TEORIA DEL NEGOCIO JURIDICO

1. FRANCISCO JAVIER ROMERO MONTES, cita a autores diversos para

desarrollar el negocio jurídico.

a) Para ENNECCERUS, Las consecuencias jurídicas tienen su elemento

principal en los hechos jurídicos y cuando hay participación de la voluntad en la

creación de los mismos, da a lugar a los actos jurídicos que pueden ser lícitos o

ilícitos. Y cuando los actos jurídicos son lícitos y producen un efecto jurídico; dan

lugar al negocio jurídico. Así el negocio jurídico, es supuesto de hecho, que

contiene una o varias declaraciones de voluntad y que el ordenamiento jurídico

reconoce como base para producir el efecto jurídico calificado de efecto jurídico.

b) Para LARENZ, la declaración de voluntad viene a ser a la vez

manifestación de la voluntad y actuación de la voluntad dirigida a producir un

efecto jurídico, conformándose así el negocio jurídico, que es diferente al acto

jurídico. el negocio jurídico los efectos están previstos en la declaración de la

voluntad.

c) Para MESSINEO, parte del hecho jurídico humano, es decir, del que se

genera con la voluntad del hombre que puede ser lícito o ilícito que no es otra

cosa que el acto jurídico. Sostiene que el negocio jurídico es una especie de acto

jurídico, que consiste en una declaración de voluntad o varias, dirigidas a la

producción de determinados efectos jurídicos y, que el ordenamiento jurídico

reconoce y garantiza, siempre que se trate de efectos lícitos.

2. Según ANIBAL TORRES VASQUEZ

Page 11: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

La teoría es el resultado de un detenido proceso de síntesis, abstracción y

generalización que ha permitido sacar de diversos actos particulares, por ejemplo,

de los contratos, testamentos, ciertos elementos comunes esenciales y constantes

a todos ellos y así surgió una teoría general del acto jurídico. La categoría más

importante de los actos jurídicos lícitos está dada por los negocios jurídicos o

simplemente declaraciones de voluntad.

En el negocio jurídico el efecto jurídico lo determina directamente la voluntad del

agente. El negocio jurídico es el acto jurídico con declaración de voluntad

directamente orientada a producir efectos jurídicos y es necesaria para la plena

eficacia del acto, la voluntad libre y un querer concreto de los fines del negocio, es

decir, que los efectos son aquí fines conscientemente queridos, ya que sin ese

libre y consciente querer, el negocio jurídico seria ineficaz. El negocio jurídico esta

mas identificado con aquellos actos tendientes a obtener un beneficio pecuniario;

todo lo que es objeto o materia de una ocupación lucrativa o de interés.

Se habla de negocio jurídico, para referirse a los actos de naturaleza patrimonial,

lucrativa, y otras de acto jurídico para designar especialmente a los actos

familiares.

Los códigos que legislan sobre una teoría general del acto jurídico, lo hacen con

significado de negocio jurídico, esto es, manifestación o declaración de voluntad

dirigida a producir efectos jurídicos, que el ordenamiento jurídico tutela en cuanto

son queridos.

3. Según FERNANDO VIDAL RAMIREZ

La teoría del negocio jurídico es de formación relativamente reciente, fue

delineada por los iusnaturalistas alemanes del siglo XVIII y recogida a

Page 12: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

continuación por los pandectistas. Los juristas italianos reelaboraron

magistralmente la teoría, llevando su desarrollo a grados de profundidad y

coherencia notables. La teoría es el resultado de un detenido proceso de síntesis,

abstracción y generalización que ha permitido sacar de diversos actos

particulares, por ejemplo, de los contratos, testamentos, ciertos elementos

comunes esenciales y constantes a todos ellos y así surgió una teoría general del

acto jurídico.

En el negocio jurídico el efecto jurídico lo determina directamente la voluntad del

agente al paso que en el acto jurídico y en el acto ilícito el efecto lo determina la

ley.

El negocio jurídico es el acto jurídico con declaración de voluntad directamente

orientada a producir efectos jurídicos y además un querer concreto de los fines del

negocio, es decir que los efectos son aquí fines conscientemente queridos, ya que

sin ese libre y consciente querer, el negocio seria ineficaz.

Para esta teoría, los actos voluntarios lícitos vienen a conformar el negocio jurídico

que es un supuesto de hecho, que contiene una o varias declaraciones de

voluntad y que el ordenamiento jurídico reconoce como base para producir el

efecto jurídico calificado de efecto querido.

4. Según JUAN GUILLERMO LOHMANN LUCA DE TENA

El negocio jurídico se caracteriza por ser un instrumento puesto al servicio de los

interesados para que ejerzan, con las limitaciones del ordenamiento, la potestad

de establecer un precepto con un contenido reglamentador de sus intereses. La

dogmatica, la disciplina legal y el análisis funcional del negocio giran sobre

instituciones, figuras o situaciones jurídicas que pueden estudiarse

Page 13: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

separadamente entre si, pero cuyos elementos comunes permiten distinguir al

negocio.

El negocio jurídico puede ser conceptuado como la declaración o declaraciones de

voluntad de derecho privado que, por si o en unión de otros hechos, estarán

encaminadas a la consecución de un fin práctico, licito y admitido por el

ordenamiento jurídico, el cual reconoce a tales declaraciones como el sustento

para producir efectos queridos y regular relaciones jurídicas de derecho. De esta

manera, el derecho recoge una pretensión social y económica establecida por los

agentes y le atribuye, luego de meritarla, un valor jurídico.

Page 14: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

CAPITULO III

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE LAS TEORIAS

1. Según FRANCISCO JAVIER ROMERO MONTES

La variable entre acto jurídico y negocio jurídico es muy simple. Ambas avanzan

juntas hasta llegar al hecho jurídico voluntario que se desdobla en lícitos e ilícitos.

Para la teoría del negocio jurídico, estas dos variedades constituyen el acto

jurídico, que consiste en un hecho jurídico voluntario y que comprende tanto a los

actos lícitos como ilícitos. Esto significa que para la teoría alemana, el acto jurídico

es un género del cual se desprende, como algo especifico, el negocio jurídico que

es un acto jurídico licito que contiene una manifestación de voluntad o voluntad

manifestada, que hace realidad lo querido o buscado por el agente que celebra el

negocio jurídico.

Las teorías del acto y negocio jurídico dejan de lado los simples actos voluntarios

lícitos, en la medida que el efecto jurídico no va necesariamente adherido a la

voluntad de sus autores y muchas veces es independiente de ella.

2. Según ANIBAL TORRES VASQUEZ

Entre acto jurídico y negocio jurídico existe, una relación de género a especie,

todo negocio jurídico es un acto jurídico. El acto jurídico puede ser lícito e ilícito,

en cambio el negocio jurídico es el acto jurídico lícito

En el acto jurídico los efectos están predeterminados por la ley como

consecuencia de la especial valoración que hace el comportamiento humano, en

cambio en el negocio jurídico, como acto de autonomía privada. Los efectos son

predeterminados por los sujetos que intervienen en su celebración por cuanto el

ordenamiento jurídico les reconoce la facultad de regular por si mismos sus

Page 15: Acto Juridico y Negocio Juridico

TEORIA DEL ACTO Y DEL NEGOCIO JURIDICO SEMESTRE 2010-I

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

propios intereses, entonces negocio jurídico esta reservada solamente para los

actos patrimoniales.

La palabra acto jurídico comprende a tanto a los lucrativos como a los no

lucrativos, en cambio la palabra negocio jurídico no se puede extender y

efectivamente no se extiende en la experiencia social y jurídica. El negocio jurídico

comprende los actos patrimoniales.

DIFERENCIAS ENTRE ACTO Y NEGOCIO JURIDICO

ACTO JURIDICO NEGOCIO JURIDICO

RESULTADO

Es el resultado de la doctrina

Francesa iniciada en el código

francés de 1804

Es el resultado de la doctrina

alemana con su código civil de

1900

EFECTOS Pueden ser lícitos e ilícitos

determinados por la ley

Solo son los actos lícitos

determinado por los sujetos.

CONTENIDO Con contenido patrimonial y

extrapatrimonial

Solo con contenido

patrimonial.

CONSIDERADO GENERO ESPECIE

FORMA DE

MANIFESTACION

DE LA VOLUNTAD

ES EXPRESA Y TACITA ES EXPRESA