sociedades parte general

4
SOCIEDADES PARTE GENERAL I. FORMACION DEL CONTRATO DE SOCIEDAD Libertad de Constitución El contrato de sociedad puede formarse libremente (AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD). - Cuando existe el requisito de autorización administrativa, es porque así lo exige el tipo de explotación que se propone realizar la sociedad, sin que importe una condición de condición de constitución para la misma. EJ: corredores de bolsa. - Se la sociedad tiene por objeto una explotación prohibida esta será nula. Por objeto ilícito. - EXCEPCION: Se prohíbe a ciertas empresas adoptar formas de sociedades distintas a las anónimas. EJ: bancos, AEFP, ADMIN. FONDOS de INVERSION. Requisitos Comunes. 1.- CONSENTIMIENTO de las PARTES que se OBLIGAN. - Consentimiento debe estar exento de vicios. - Prueba del consentimiento: ART. 1709CC: Para probar la existencia de la Sociedad civil ésta debe constar por escrito. NO ES UN REQUISITO, sino la forma que se utiliza para probarla. 2.- CAPACIDAD de los SOCIOS. - SOCIEDAD CIVIL: Se aplica en esta materia las reglas generales de los contratos. CAPACIDAD DE GOCE. - SOCIEDAD COMERCIAL: Toda persona que tenga capacidad para obligarse. CAPACIDAD DE EJERCICIO. - CASOS DE INCAPACIDAD: 1 Mujer Casada en Sociedad Conyugal. 2 Sociedad entre los cónyuges casados en régimen de sociedad conyugal. 3 El menor:

Upload: monita223

Post on 17-Aug-2015

221 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Derecho comercial Sociedades parte general

TRANSCRIPT

SOCIEDADES PARTE GENERALI. FORMACION DEL CONTRATO DE SOCIEDAD Libertad de ConstitucinEl contrato de sociedad puede formarse libremente (ATONO!IA DELA "OLNTAD#$% Cuando e&isteel re'uisito deautori(aci)nadministrati*a+ espor'ue as, lo e&i-e el tipo dee&plotaci)n 'ue se propone reali(arla sociedad+ sin 'ue importe una condici)n de condici)n deconstituci)n para la misma$ E./ corredores de bolsa$% Selasociedadtienepor ob0etounae&plotaci)npro1ibidaestaser2 nula$ Por ob0eto il,cito$% E3CEPCION/ Sepro1,beaciertasempresasadoptar formas desociedadesdistintasalasan)nimas$ E./ bancos+ AE4P+ AD!IN$4ONDOS de IN"ERSION$ Requisitos Comunes.1. CONSENTIMIENTO de !as "ARTES que se O#LI$AN.%Consentimiento debe estar exento de vicios.%Pruebadel consentimiento:ART$ 5678CC/ Paraprobar lae&istenciadelaSociedadci*il 9stadebeconstar por escrito$ NOESNRE:ISITO+ sinolaforma 'ue se utili(a para probarla$%.CA"ACIDAD de !os SOCIOS.% SOCIEDADCI"IL/Seaplicaenestamaterialasre-las-eneralesdeloscontratos$ CAPACIDAD DE GOCE.% SOCIEDAD CO!ERCIAL/Toda persona 'ue ten-a capacidad para obli-arse$CAPACIDAD DE EJERCICIO. % CASOS DE INCAPACIDAD/5 !u0er Casada en Sociedad Con;u-al$< Sociedad entre los c)n;u-es casados en r9-imen de sociedad con;u-al$= El menor/% Soc$ Comercial/ no puede participar el menor imp>ber$% Soc$ Ci*il/ Adulto$ !a;or de 5? a@os$A Otros Incapaces$&.O#'ETOART$ 5AB7 CC/Todo contrato debe tener por obeto una o m!s cosas "ue setrata de dar# $acer o de no $acer.Cla prestaci)n 'ue se compromete a dar un contratante+ el con0unto dederec1os ; obli-aciones 'ue 9ste -enera$El OD.ETO DE LA E3PLOTACION CO!ERCIAL$a# Indicaci)n del ob0eto en el acto constituti*o$b# Ob0eto especial de la persona moral/re%la de especialidad respecto delas personas morales de derec$o p&blico.c# Ob0eto L,cito/ toda sociedad debe tener un ob0eto l,cito$CLa sociedad tiene ob0eto il,cito cuando tiene por ob0eto una e&plotaci)npro1ibida$(. CA)SAEs el En perse-uido por la sociedad$ La causa debe ser L,cita$II. EFECTOS DEL CONTRATO DE SOCEDAD.5$ Car*cter "articu!ar de! contrato+los contratantes tienen derec1os ;obli-aciones de i-uales naturale(a ; ob0eto+ sus intereses no sonanta-onistas$ %. Natura!e,a de! Derec-o de! Socio+a. E! derec-o nacido de! contrato de sociedad es en bene/cio decada socio.%El tipo de sociedad determinara el car2cter del derec1o$b. Cesin 0 transmisin de !a 1arte socia!.% Sere'uieredel consentimientodelossocios+ constitu;eenlarealidad la constituci)n de una sociedadcon un nue*o socio$c. Re!acin entre !os socios.% Ri-e el principio de i-ualdad entre los socios$ Tanto para larepartici)n de los beneEcios como de las perdidas$d. $estin en !a Sociedad.% Enausenciadeestipulacionesespeciales+ seconsidera'uelossocios se 1an conferido rec,procamente la facultad de administrar$e. "ro-ibiciones de !os Socios.% E&traer del fondo com>n ma;or cantidad 'ue la asi-nada para sus-astos particulares$% Aplicar sus fondos comunes a sus ne-ocios particulares$% Ceder a cual'uier t,tulo su inter9s en la sociedad ; 1acersesustituir en el desempe@o de sus funciones de administraci)n$5$ La cesi)n del inter9s del socio en la sociedad$