sistematizacióniencuentro.consejojuventud mrdla, ayacucho,13 14junio2014

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MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES APURÍMAC-AYACUCHO-HUANCAVELICA-ICA-JUNIN “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” Av. Canaval y Moreyra N°680, San Isidro, Lima (Frente al Ministerio del Interior- Oficina Enlace Administrativo del GR. Apurímac) Telf. (01) 5935454 / www.mancomunidadlosandes.gob.pe e-mail: [email protected] Ayacucho, 13 y 14 de Junio del 2014 Sistematización elaborada por: WALTER ALONSO GARMENDIA SÁNCHEZ Gerente de Integración de Servicios Mancomunidad Regional de los Andes I REUNION DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES

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  • MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES APURMAC-AYACUCHO-HUANCAVELICA-ICA-JUNIN

    Ao de la Promocin de la Industria Responsable y del Compromiso Climtico

    Av. Canaval y Moreyra N680, San Isidro, Lima (Frente al Ministerio del Interior- Oficina Enlace Administrativo del GR. Apurmac)

    Telf. (01) 5935454 / www.mancomunidadlosandes.gob.pe e-mail: [email protected]

    Ayacucho, 13 y 14 de Junio del 2014

    Sistematizacin elaborada por:

    WALTER ALONSO GARMENDIA SNCHEZ Gerente de Integracin de Servicios Mancomunidad Regional de los Andes

    I REUNION DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES

  • MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES APURMAC-AYACUCHO-HUANCAVELICA-ICA-JUNIN

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    I. CONTEXTO.

    I.1. En el marco del proceso de Descentralizacin y Regionalizacin del pas, el

    Congreso de la Repblica del Per, promulga la Ley N29768, Ley de la

    Mancomunidad Regional. Dicha norma nacional, permite formalizar la articulacin

    voluntaria de los Gobiernos Regionales de Apurmac, Ayacucho y Huancavelica,

    que el 14 de junio del 2011 acordaron conformar la MANCOMUNIDAD REGIONAL

    APURMAC- AYACUCHO HUANCAVELICA. El 17 de Febrero se incorpor la

    regin Ica, y el 27 de Mayo del presente ao, la regin Junn. Ambas regiones se

    encuentran desarrollando procesos administrativos y legales para su definitiva

    incorporacin.

    I.2. La Mancomunidad Regional de los Andes, es un proceso de coordinacin y

    articulacin entre los gobiernos regionales conformantes, que tiene como finalidad

    la ERRADICACIN DE LA DESNUTRICIN CRNICA INFANTIL Y ANEMIA, Y

    LA POBREZA en sus territorios.

    I.3. Los das 12 y 13 de Abril del presente ao, en la ciudad de Huancavelica, se

    desarroll el I CONGRESO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD

    REGIONAL DE LOS ANDES, donde cerca de 250 jvenes representantes de las

    regiones de Apurmac, Ayacucho, Huancavelica e Ica, se reunieron y tomaron

    trascendentales acuerdos para la atencin de la juventud en la MRDLA.

    I.4. Para avalar este importante evento mancomunal, se hicieron presentes los

    integrantes del Comit Ejecutivo de la MRDLA, Sr. Wilfredo Oscorima Nuez,

    Presidente Regional de Ayacucho y Presidente del Comit Ejecutivo de la MRDLA;

    Dr. Alonso Navarro Cabanillas, Presidente Regional de Ica y Director de la

    MRDLA; y, Sr. Maciste Alejandro Daz Abad, Presidente Regional de Huancavelica

    y Director de la MRDLA. Posteriormente, el Ing. Elas Segovia Ruiz, Presidente

    Regional de Apurmac y Director de la MRDLA, ratific su compromiso con los

    acuerdos consignados en el ACTA DE HUANCAVELICA A FAVOR DE LOS

    JVENES DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES.

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    El da 03 de Junio del presente ao, la Gerencia General y la Gerencia de Integracin de

    Servicios reciben copia de las Cartas de Convocatoria a la I Reunin del Consejo de la

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    Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes, a travs del correo electrnico. Con

    el texto siguiente:

    Ao de la promocin de la industria responsable y del compromiso climtico

    Ayacucho, 30 de mayo del 2014

    CARTA N 005 -2014/ CMJA

    Seor:

    Lic. Adm. EFRAIN PILLACA ESQUIVEL

    Presidente del Consejo de la Mancomunidad de los Andes.

    ASUNTO: Inauguracin de la I Reunin del Consejo Mancomunal

    de la Juventud de los Andes.

    Es grato dirigirme a Usted y saludarle cordialmente a nombre del Consejo Mancomunal de la

    Juventud de los Andes, y por este intermedio comunicarle que despus del I Encuentro de la juventud de la

    mancomunidad de los andes desarrollado en el mes de abril en la ciudad de Huancavelica, se acordaron

    diferentes acciones a cumplir por parte de los 4 regiones integrantes de la mancomunidad de los andes, evento

    en el cual se reconoci al consejo de la juventud de la mancomunidad de los andes.

    Por tal motivo despus de este evento, venimos organizando la I reunin del Consejo directivo de juventudes la

    Mancomunidad de los Andes a desarrollarse en la regin Ayacucho el 13 y 14 de junio , el cual tiene como

    objetivo generar un espacio de encuentro para la construccin de propuestas ms articuladas para la juventud de

    las 4 regiones, para lo cual solicitamos su presencia en esta actividad para dar las palabras de bienvenida a los

    jvenes de las regiones de la mancomunidad.

    Seor Presidente, agradecemos de antemano su apoyo hacia las iniciativas de las y los jvenes de la

    mancomunidad de los andes.

    Para las coordinaciones del caso srvase a comunicarse al nmero #999212531, o al correo electrnico

    [email protected]

    Sin otro particular la oportunidad para expresarle las muestras de nuestra consideracin y estima personal.

    Atentamente,

    CAT DE LA CRUZ ROJAS

    Coordinadora del Consejo Mancomunal

    de la Juventud de los Andes

    CJMDA Archivo

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    II. OBJETIVOS.

    II.1. El Consejo de la Juventud desarrollan sus documentos de gestin: Plan Operativo

    Institucional 2014, Estatuto y Reglamento.

    II.2. El Consejo de la Juventud elabora una hoja de ruta y disea estrategias para la

    creacin de la sub gerencia o gerencia de juventudes en sus regiones.

    II.3. El Consejo de la Juventud ha identificado estrategias para la movilizacin de

    recursos pblicos privados.

    II.4. El Consejo de la Juventud es debidamente reconocido por la MRDLA.

    III. ANTECEDENTES.

    III.1. El da 05-JUNIO-2104, en la ciudad de Ayacucho, se desarrolla una Reunin de

    Coordinacin para el I Encuentro del Consejo de la Juventud de la Mancomunidad

    Regional de los Andes, en el local del Instituto Regional de la Juventud de

    Ayacucho (IRJA); donde se toman diversos acuerdos.

    III.2. Se acuerda que los aportes para el traslado de los delegados jvenes de las

    regiones, se gestionan ante las Gerencias Regionales de Desarrollo Social; los

    gastos para el alojamiento y alimentacin de los delegados, los asumir el

    consorcio UNFPA/CARE Per, representado por Dalila Huaman y Elena Esquiche.

    Asimismo, se acord gestionar ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA),

    cuyo Coordinador Regional es el Dr. Celso Arstegui, la autorizacin para el uso

    del local institucional y la logstica necesaria para el desarrollo del evento; mientras

    que el Gobierno Regional de Ayacucho, asume proporcionar los equipos

    multimedia (Dr. Gotardo Miranda-Oficina de Cooperacin Internacional), as como

    la Conferencia de Prensa y garantizar la presencia de las autoridades, a cargo de

    la Directora de Comunicaciones, Lic. Fabiola Eyzaguirre. De igual manera, se le

    solicitarle que gestione una Reunin de Coordinacin con el Lic. Efran Pillaca

    Esquivel, Presidente Regional (e ) de Ayacucho y Presidente del Comit Ejecutivo

    de la MRDLA, para la prxima semana. Se acuerda que los aportes para el

    traslado de los delegados, se gestionar a cargo de cada regin.

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    III.3. Todas las actividades y responsabilidades que fueron desarrolladas a cabalidad

    por cada uno de los responsables, y que contribuyeron al logro de los objetivos del

    evento.

    III.4. Producto del trabajo de los responsables, y considerando la necesidad de avanzar

    con la formalizacin de esta instancia de articulacin y coordinacin de los jvenes

    mancomunados, se consider elaborar y aprobar los Estatutos y el Plan de Trabajo

    del II Semestre 2014.

    III.5. Asimismo, se trabaj la elaboracin del Programa para el I Encuentro del Consejo

    de la Juventud de la Mancomunidad regional de los Andes, acordndose el

    siguiente texto:

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    I REUNIN DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS

    ANDES

    PROGRAMA GENERAL

    PRIMER DA: 13-04-2014

    HORA ACTIVIDAD

    08:30 Recepcin e inscripcin de participantes.

    09:00 Bienvenida de los participantes por parte del IRJA.

    09:10 Inauguracin del evento a cargo del Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho Presidente de la MRDLA, Lic. Efran Pillaca Esquivel. -Inauguracin de la Oficina del IRJA.

    -Reconocimiento oficial del Consejo de la Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes, a cargo del Presidente de la MRDLA. Lic. Efran Pillaca Esquivel, Presidente Regional (e ) de Ayacucho. -Conferencia de Prensa.

    10:00 Revisin y priorizacin de la agenda joven de la Mancomunidad Regional de los Andes.

    Trabajo Grupal: Facilitacin Gerente de Integracin de Servicios-MRDLA, Walter Alonso Garmendia Snchez.

    10:40 Perspectivas del Consejo de la Juventud en la Agenda de la Mancomunidad Regional de los Andes. Exposicin Consejo Directivo MRDLA Gerencia General Ing. Jess O. Quispe Arons Preguntas y Respuestas

    11:00 Diseo de documentos de gestin:

    Revisin y aprobacin del Plan de Trabajo Anual del Consejo de la Juventud de la Mancomunal Regional de los Andes.

    Revisin y aprobacin del Estatuto

    Revisin y aprobacin del Reglamento

    Facilitacin: Presidenta del Consejo de la Juventud de la MRDLA Sra. Cat De La Cruz REFRIGERIO

    Contina Diseo de documentos de gestin:

    Revisin y aprobacin del Estatuto

    Revisin y aprobacin del Reglamento

    Facilitacin: Presidenta del Consejo de la Juventud de la MRDLA Srta. Cat De La Cruz 13.00 ALMUERZO

    14:30 Sustento Tcnico de la creacin de la Gerencia y/o Sub Gerencia de Juventudes en los Gobiernos Regionales.

    Exposicin: Consultora CARE UNFPA Lic. Dalila Huaman Anayhuamn

    15:30 Compartiendo experiencias sobre los procesos de incidencia para el cumplimiento de la AGENDA JOVEN. Panel: Representantes de los COREJUs de la MRDLA

    Moderador: Direccin de Cooperacin Internacional del GRA Abog. Gotardo Miranda Gutierrez

    16:30 REFRIGERIO

    16:45 Estrategias de incidencia y manejo de medios de comunicacin

    Exposicin: Coordinadora Nacional de Salud CARE Per. Lic. Elena Esquiche Len.

    17: 15 Video de estrategias comunicacionales Fin de la jornada

    19:00 CENA

    SEGUNDO DIA: 14-06-2014

    HORA ACTIVIDADES

    08:30 Repasando lo del da anterior IRJA - Luz Anal Tineo Pillaca

    09:00 Elaboracin de Planes de Incidencia y Comunicacin

    Facilitacin: Elena Esquiche Len. Walter Garmendia Sanchez, GIS - MRDLA.

    10:00 Gestin y Movilizacin de Recursos:

    Proyecto de juventudes dentro de la Mancomunidad de los Andes.

    Facilitacin Gerente de Integracin de Servicios MRDLA, Walter A. Garmendia Snchez 11:00 REFRIGERIO

    11.15 Planificacin del IV Congreso Nacional de Juventudes Ayacucho Agosto 2014 12:15 Acuerdos de la I Reunin del Consejo de la Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes.

    Presidenta del Consejo de la Juventud de la MRDLA srta. Cat De La Cruz 13:00 ALMUERZO

    14:30 Visita a los centros tursticos de Ayacucho

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    IV. DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD-TEMAS TRATADOS-RESULTADOS.

    IV.1. REUNIN DE TRABAJO, 23 DE MAYO DEL 2014, LIMA.

    IV.1.1. En cumplimiento del Programa, se do inicio al evento con las palabras de

    Bienvenida a cargo de la srta. Cat De la Cruz, Presidenta del Consejo de a

    Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes. Inmediatamente se

    dio lectura a la Resolucin Presidencial Mancomunal de Reconocimiento del

    Consejo de la Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes, a cargo

    de Walter Garmendia Snchez, Gerente de Integracin de Servicios de la

    Mancomunidad Regional de los Andes. El Administrador del Gobierno

    Regional de Ayacucho, dio por inaugurado el evento, en representacin del

    Lic. Efran Pillaca Esquivel, Presidente Regional (e ) de Ayacucho y

    Presidente del Comit Ejecutivo de la MRDLA. En el mismo momento, se

    impuso las Medallas de Reconocimiento a los integrantes del Consejo de la

    Juventud de la MRDLA.

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    IV.1.2. Continuando con el Programa, se revis la AGENDA JOVEN de la MRDLA,

    con participacin de todos los participantes; llegando a priorizar los temas

    principales; quedando un Cuadro de Prioridades de la Agenda Joven de la

    MRDLA:

    PRIORIZACIN DE LOS TEMAS DE LA AGENDA JOVEN(13-06-2014)

    DIMENSIN SOCIAL

    TEMA PRIORIZADO INTERVENCIONES ESTRATGICAS

    METAS 2015-2018

    Sector educacin

    1 Los gobiernos regionales deben tener decisin en la creacin de carreras tcnicas de acuerdo al contexto social y laboral.

    2 Incremento para la inversin en proyectos de investigacin a nivel tcnico y universitario. Especialistas.

    3 Implementacin de carteras de proyectos de investigacin.

    4 Priorizar la educacin ciberntica gratuita.

    5 Implementacin de reas psicopedaggicas gratuitas.

    Escuela para padres Comits antibullying Psiclogos

    El 30-40% de I.E. son psicopedaggicas implementadas

    6 Auspicio y patrocinio en prcticas profesionales.

    Implementacin de las TICs Bibliotecas virtuales Laboratorios audiovisuales

    El 40 50% de I.E. implementadas en TICs.

    Sector salud

    1 Crear un programa de la mancomunidad de prevencin del consumo de alcohol, tabaco y drogas para adolescentes y jvenes+ Embarazo adolescentes y violencia sexual.

    Crear ordenanzas, contra la venta de bebidas alcohlicas, tabaco y drogas Fiscalizar mejor las discotecas y casas de diversin nocturnas. Fomentar espacios saludables como campeonatos deportivos, artsticos. Talleres de prevencin del uso de alcohol, tabaco y drogas.

    2 Reducir el embarazo y abortos en adolescentes, ITS

    Incluir la educacin sexual en el marco

    Reducir las ITS y VIH en el grupo de 15 -29

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    y VIH y la violencia sexual. PROMSA.

    curricular nacional. Mejorar el acceso a MAC y condones acompaado de consejera en salud sexual reproductiva Campaas de sensibilizacin con enfoque intercultural Desarrollar estudios para identificar evidencias de la relacin entre violencia sexual y consumo de alcohol. Ampliar los servicios diferenciados para adolescentes y favorecer los equipos multidisciplinarios en el sector salud.

    aos. Disminuir los embarazos no planificados en los adolescentes. Disminuir la violencia sexual en el grupo de 15 19 aos.

    3 Incrementar los esfuerzos para atender los problemas de salud mental que afecta a los adolescentes y jvenes Valores.

    Asegurar la presencia de psiclogos, e implementar infraestructura. Incrementar los espacios de recreacin y cultura y los centros de desarrollo juvenil. Implementar centros especializados de salud mental para adolescentes.

    Mejorar la salud integral de los estudiantes de educacin superior+ Para colegios

    INTERCULTURALIDAD

    Fomentar la identidad de cada cultura de nuestra regin para promover el turismo.

    Currculo de educacin regional para el desarrollo de un turismo sostenible

    El 40%-50% de la poblacin estudiantil ha mejorado su identidad cultural.

    DIMENSIN ECONMICA

    TEMA PRIORIZADO INTERVENCIONES ESTRATGICAS

    METAS 2015-2018

    Sector

    1 Empleo digno: Contribuir a que ms jvenes accedan a un empleo digno, con enfoque de gnero y atencin a las poblaciones con discapacidad.

    Garantizar el salario para las prcticas pre y profesionales.

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    DIMENSIN AMBIENTAL

    TEMA PRIORIZADO INTERVENCIONES ESTRATGICAS

    METAS 2015-2018

    Sector

    1 Mejorar la gestin ambiental de nuestro territorio regional/local, coordinando con los distintos niveles de gobierno y la sociedad civil+ DRE y UGEL+ONG+instituciones Educativas.

    La creacin de una red de monitores juveniles. Proyectos de inversin pblica y privada con responsabilidad ambiental

    Impulsar acciones regionales de adaptacin y mitigacin frente al cambio climtico.

    -Desarrollar metodologas que eduque a la poblacin juvenil en temas de adaptacin y mitigacin al cambio climtico a nivel regional.

    -Juventud capacitada

    IV.1.3. El Programa acordado, consideraba la exposicin de la Gerencia General

    de la MRDLA; que por mltiples labores directivas no pudo estar presente;

    pero fue reemplazado por el Gerente de Integracin de Servicios; quien

    present Perspectivas del Consejo de la Juventud en la Agenda de la

    Mancomunidad Regional de los Andes. Dicha presentacin considera la

    gestin para la presencia de la Presidenta del Consejo, en la Sesin del

    Comit Ejecutivo y Asamblea Mancomunal. De igual forma, de acuerdo a lo

    manifestado por el Presidente del Comit Ejecutivo de la MRDLA, que el

    protagonismo en la organizacin de la IV Congreso Nacional de la Juventud,

    debe de asumirlo el Consejo de la Juventud de la MRDLA.

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    IV.1.4. Luego, sobre la matriz propuesta por el Equipo de Trabajo, se revis y

    aprob los Estatutos del Consejo de la Juventud de la MRDLA; quedando el

    documento final de la siguiente manera:

    ESTATUTOS DEL CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES

    CAPITULO I GENERALIDADES

    Art 1.- DENOMINACION Y NATURALEZA: Con la denominacin de CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES, con las siglas CJ-MRDLA, se constituye en la ciudad de Huancavelica, el da 13 de Abril del 2014 a las 12:00 m. Una organizacin de naturaleza asociativa de las organizaciones representativas juveniles regionales, y sin fines de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artculo 2 Inciso 13 de la Constitucin Poltica del Per y el Articulo 80 del Cdigo Civil. Este Consejo, es una instancia representativa, consultiva, propositiva y de vigilancia social, dependiente del Comit Ejecutivo de la Mancomunidad Regional de los Andes, declara no tener filiacin poltica partidaria, su carcter es multidisciplinario y pluralista, sin discriminacin alguna. El rgimen del Consejo se determinar por lo dispuesto en los presentes Estatutos y las leyes peruanas vigentes. Art 2.- DOMICILIO: El domicilio social del Consejo, ser donde funciones el Consejo de la Juventud de la Mancomunidad Regional de los Andes. Siendo el primer domicilio, el Jirn 26 de Enero N194 - Urb. Mariscal Cceres (Manzana A Lote 25- segundo piso) ciudad de Ayacucho, regin Ayacucho. Art 3.- AMBITO DE ACTUACION: El mbito territorial donde el Consejo realizar principalmente sus actividades, ser a nivel mancomunal, con facultades para hacer gestiones y coordinaciones a nivel local, regional, interregional, nacional e internacional. Art 4.- DURACIN: El Consejo se constituye por tiempo indefinido. Art 5.- FINES: Los principios que promovemos son:

    a) RESPETO A TODA PERSONA SIN DISTINCION ALGUNA Y A LAS LEYES VIGENTES. b) HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA. c) EQUIDAD, INTERCULTURALIDAD Y JUSTICIA SOCIAL. d) RESPONSABILIDAD SOCIAL Y TRABAJO.

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    IV.1.5. Se concluy con la revisin y aprobacin de los Estatutos, el da 14-JUNIO-

    2014, en el mismo local y en horas de la maana.

    IV.1.6. Inmediatamente, se procedi a elaborar participativamente, el Plan de

    Trabajo 2014, correspondiente a los meses de Junio a Diciembre del 2014. Se

    organizaron las Actividades en tres grupos: Fortalecimientos Institucional,

    Gestin de Inversiones y Actividades Institucionales. Se consider un mes

    para la ejecucin, as como un responsable entre los miembros del Consejo

    de la Juventud de la MRDLA. Qued de la siguiente manera:

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    N ACTIVIDAD MES RESPONSABLE

    FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

    1 Elaboracin y aprobacin del Reglamento Interno del CJ-MRDLA. 15-Julio Maribel y Darwin

    2 Mapeo de Organizaciones Juveniles en la MRDLA. 15-Agosto Consejo Directivo

    3 IV Congreso Nacional de Juventudes 2014 en Ayacucho 21-22-23Agosto IRJA

    4 Fortalecimiento de los COREJUs y CPJ. Junio-Diciembre Maribel y Darwin

    5 Reuniones de la Asamblea del CJ-MRDLA.

    GESTIN DE INVERSIONES

    6 Gestionar la elaboracin de un Programa de Inversiones. Junio- Diciembre Helen y Jaime

    7 Bsqueda de alianzas estratgicas nacionales e internacionales Junio- Diciembre Consejo Directivo

    8 Gestin de convenios de cooperacin interinstitucional Junio- Diciembre Consejo Directivo

    9 Participacin en Fondos Concursables nacionales e internacionales Junio- Diciembre Helen y Jaime

    ACTIVIDADES INSTITUCIONALES

    10 Campaa de solidaridad sobre el friaje, en Ica. 08-Julio Helen

    11 Festival del Agua:Yaku Raymi en la MRDLA, 20 de setiembre Plinio

    12 Da de la Juventud, 23 de setiembre Cat

    13 Encuentro Intercultural de la MRDLA, 15 noviembre Danny

    IV.1.7. Se concluyeron los trabajos, con la firma del Acta de Acuerdos.

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    IV.1.8. Posteriormente a la Clausura del evento a cargo del Gerente Regional de

    Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho, Mg. Flix Valer; se

    procedi a inaugurar el local, cedido por la Oficina de Cooperacin

    Internacional, para el funcionamiento del Instituto Regional de la Juventud

    Ayacuchana (IRJA).

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    V. EVALUACIN DE LA ACTIVIDAD.

    V.1. La Mancomunidad Regional de los Andes, a travs de la Gerencia de

    Integracin de Servicios, en cumplimiento de las directrices de los

    Presidentes Regionales de Apurmac, Ayacucho, Huancavelica e Ica; en

    estrecha coordinacin con los integrantes del Consejo de la Juventud de la

    Mancomunidad Regional de los Andes; han logrado crear una instancia de

    dilogo y concertacin de los y las jvenes; permitiendo que puedan plantear

    sus propuestas y demandas.

    V.2. Los y las jvenes representan el 30% del total de la poblacin de las regiones

    de Apurmac, Ayacucho, Huancavelica, Ica y Junn. Por ende, son una muy

    importante poblacin beneficiaria de las atenciones del estado regional y

    mancomunal, que ascendera a los 800, 000 habitantes; por eso es que

    requieren una atencin prioritaria, y se hace necesario el fortalecimiento de

    este espacio de dilogo interregional.

    V.3. La Mancomunidad Regional en cumplimiento de la ley, tiene que cumplir

    tres funciones principales en el mbito interregional: Desarrollar proyectos

    de inversin pblica, servicios pblicos, y normatividad vinculantes para el

    territorio. Siendo las organizaciones de la sociedad civil, las principales

    beneficiarias de las intervenciones de los servicios pblicos, la juventud

    organizada, se convierte en la principal favorecida por las inversiones

    mancomunales estatales.

    V.4. La iniciativa de la MRDLA de ofrecer la elaboracin y financiamiento de un

    Programa de Inversin Pblica para atender a las necesidades a las

    organizaciones juveniles de las regiones de Apurmac, Ayacucho,

    Huancavelica, Ica y Junn, demuestra la capacidad de dilogo de sus

    autoridades regionales y mancomunales con este importante grupo de la

    poblacin; y el diseo de la estrategia que se est construyendo, tiene como

    finalidad, construir un modelo de trabajo articulado con la juventud de las

    regiones del interior del pas.

    V.5. Los y las jvenes representados en el Consejo de la Juventud de la MRDLA,

    consideran importante, la bsqueda organizada de financiamiento de sus

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    iniciativas y demandas, priorizando el sector privado que est presente en

    sus territorios.

    V.6. Un producto importante de este evento, es la Agenda Joven de la

    Mancomunidad Regional de los Andes, ha priorizado temas necesarios para

    los y los jvenes de estas regiones: En el tema educativo, demandan que las

    autoridades mancomunales y regionales intervengan en la creacin de

    carreras que respondan a las demandas del mercado laboral, que se invierta

    eficientemente en investigacin cientfica y operativa, que se creen sistemas

    de becas y/o prstamos para estudiantes destacados y en situacin de

    riesgo. En el tema de salud, demandan la creacin de un programa de

    prevencin del consumo de alcohol, tabaco y drogas. Tambin, demandan

    inversiones en la reduccin del embarazo y aborto adolescente, de ITS/VIH y

    SIDA; atencin prioritaria en la salud mental juvenil y de prevencin de la

    violencia familiar y sexual. Demandan la cobertura de salud al 100% de la

    juventud de la MRDLA. En el tema econmico, el principal tema, es el empleo

    digno, con enfoque de gnero y atencin a la juventud con discapacidad.

    Que las prcticas pre-profesionales sean formativas, y que estn normadas y

    reguladas por las instancias de gobierno mancomunal y regional. En el tema

    ambiental, demandaron mejorar la gestin ambiental del territorio

    mancomunal, a travs de un trabajo articulado y descentralizado; que tenga

    intervenciones de adaptacin al cambio climtico.

    VI. ANEXOS.

    ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE LOS ANDES

    CAPITULO I

    GENERALIDADES

    Art 1.- DENOMINACION Y NATURALEZA:

    Con la denominacin de CONSEJO DE LA JUVENTUD DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL DE

    LOS ANDES, con las siglas CJ-MRDLA, se constituye en la ciudad de Huancavelica, el da 13 de

    Abril del 2014 a las 12:00 m. Una organizacin de naturaleza asociativa de las organizaciones

    representativas juveniles regionales, y sin fines de lucro, al amparo de lo dispuesto en el

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    artculo 2 Inciso 13 de la Constitucin Poltica del Per y el Articulo 80 del Cdigo Civil. Este

    Consejo, es una instancia representativa, consultiva, propositiva y de vigilancia social,

    dependiente del Comit Ejecutivo de la Mancomunidad Regional de los Andes, declara no

    tener filiacin poltica partidaria, su carcter es multidisciplinario y pluralista, sin

    discriminacin alguna. El rgimen del Consejo se determinar por lo dispuesto en los

    presentes Estatutos y las leyes peruanas vigentes.

    Art 2.- DOMICILIO:

    El domicilio social del Consejo, ser donde funciones el Consejo de la Juventud de la

    Mancomunidad Regional de los Andes. Siendo el primer domicilio, el Jirn 26 de Enero N194

    - Urb. Mariscal Cceres (Manzana A Lote 25- segundo piso) ciudad de Ayacucho, regin

    Ayacucho.

    Art 3.- AMBITO DE ACTUACION:

    El mbito territorial donde el Consejo realizar principalmente sus actividades, ser a nivel

    mancomunal, con facultades para hacer gestiones y coordinaciones a nivel local, regional,

    interregional, nacional e internacional.

    Art 4.- DURACIN:

    El Consejo se constituye por tiempo indefinido.

    Art 5.- FINES:

    Los principios que promovemos son:

    a) RESPETO A TODA PERSONA SIN DISTINCION ALGUNA Y A LAS LEYES VIGENTES.

    b) HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.

    c) EQUIDAD, INTERCULTURALIDAD Y JUSTICIA SOCIAL.

    d) RESPONSABILIDAD SOCIAL Y TRABAJO.

    e) INTEGRIDAD, SOLIDARIDAD Y COOPERACION.

    f) AUTOESTIMA, IDENTIDAD Y DIGNIDAD.

    Los Objetivos que perseguimos:

    a) PROMOVER LA PARTICIPACION DE LA JUVENTUD EN LA VIDA POLITICA, SOCIAL,

    ECONOMICA, AMBIENTAL Y CULTURAL DE NUESTRA MANCOMUNIDAD REGIONAL.

    b) ESTIMULAR Y FORTALECER LOS VINCULOS SOCIALES, MORALES Y CULTURALES ENTRE

    LOS JOVENES DE LA MANCOMUNIDAD REGIONAL.

    c) FOMENTAR LAS CONDICIONES PARA QUE, EN EL MARCO DEL BONO DEMOGRFICO - SE

    PRIORICEN LAS INVERSIONES DEL ESTADO Y SECTOR PRIVADO, PARA EL DESEMPEO DEL

    ACTUAL ROL DE LA JUVENTUD EN EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA MANCOMUNIDAD

    REGIONAL.

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    VISION:

    Somos una organizacin interregional consolidada representativa de la juventud en la

    Mancomunidad Regional de los Andes, que se caracteriza por presentar iniciativas para la

    promulgacin de normatividad, programas de inversin pblica y servicios pblicos que

    beneficien a la poblacin juvenil de nuestro territorio; gestiona el desarrollo de capacidades

    en gestin, incidencia pblica y abogaca en sus integrantes, promueve espacios de dilogo

    juvenil, donde se promueve y defiende los derechos humanos, sociales, intelectuales,

    sexuales y laborales y la defensa de los recursos naturales y el ambiente mancomunal, as

    como el rescate de nuestra historia y cultura, en coordinacin permanente con el Comit

    Ejecutivo, la Asamblea Mancomunal e instituciones a nivel interregional, nacional e

    internacional. (Minimizar la redaccin sin perder el contenido)

    FACULTADES:

    Recibir donaciones lcitas, crditos, subsidios y otros destinados al cumplimiento de sus

    programas, estas puede provenir de Instituciones pblicas, privadas, personas naturales,

    jurdicas Nacionales o extranjeras y otras organizaciones con fines anlogas.

    CAPITULO II

    REQUISITOS Y MODALIDADES DE ADMISIN Y BAJA, SANCIN Y SEPARACIN DE LOS

    INTEGRANTES DEL CONSEJO

    Art 6.- ADMISIN DE LOS MIEMBROS:

    Para adquirir la condicin de miembro se requiere:

    a) Ser persona natural de las regiones de Apurmac, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Junn, y

    otras que puedan adherirse a la MRDLA, con residencia actual de 2 aos de antigedad.

    b) Representar al Consejo Regional de la Juventud o su equivalente y/o al Consejo Provincial

    de la Juventud, en el mbito de las regiones conformantes de la Mancomunidad Regional.

    c) Ser elegido como representante regional (COREJU o su equivalente) y representante

    provincial, en su calidad de titular o alterno, en representacin de las organizaciones juveniles

    de las regiones y provincias de la MRDLA.

    d) Ser un@ ciudadan@, mayor de 15 aos hasta los 29 aos de edad.

    e) Contar con un documento oficial de reconocimiento de su eleccin democrtica, por las

    organizaciones juveniles regional y provincial segn corresponda en cada regin de la MRDLA.

    Art.7: ADMISIN DE LOS ADHERENTES:

    f) Los menores de 15 aos y los mayores de 30, podrn pertenecer al Consejo, sin formar

    parte de su rgano representativo.

    g) Las personas que no cumplan con el requisito de 2 aos de residencia podrn ser admitidas

    en calidad de miembros adherentes, con derecho a voz pero no a voto.

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    Art 8.- PERDIDA DE LA CONDICIN DE MIEMBROS:

    La condicin de miembro se perder por alguna de las siguientes causas:

    a) Por renuncia expresa o verbal voluntaria del miembro.

    b) Por Incumplimiento grave del presente Estatuto o de los acuerdos vlidamente adoptados

    por la Asamblea.

    En el supuesto de la letra a) del presente artculo, ser suficiente la presentacin de renuncia

    escrita presentada ante la Secretara del Concejo, luego de ser evaluada y notificada por el

    Comit Ejecutivo.

    Para que opere la causa b) ser requisito indispensable, contar con el acuerdo de la Asamblea

    General adoptado por 2/3 del nmero de votos vlidamente emitidos, motivndose

    suficientemente y previa instruccin, del Comit Ejecutivo, del correspondiente expediente

    sancionador, en el que se dar audiencia al interesado.

    c) Por fallecimiento.

    d) Por ausencia a 2 sesiones ordinarias consecutivas e injustificadas.

    SANCIONES: 1 Amonestacin; 2 Suspensin temporal de una sesin, siendo reemplazado

    por su accesitario y; 3 Separacin definitiva.

    d) En todos los casos de prdida de la condicin de miembros, ser reemplazado por el

    accesitario.

    CAPTULO III

    DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

    Art 9.- DERECHOS:

    Son derechos de los miembros:

    a) Participar en las actividades del Consejo, en los rganos de gobierno y representacin,

    ejercer el derecho de voz y voto, as como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los

    Estatutos.

    b) Ser informado acerca de la composicin de los rganos de gobierno y representacin de la

    asociacin, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.

    c) Ser odo con carcter previo a la adopcin de medidas disciplinarias contra l y ser

    informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo

    que, en su caso, imponga la sancin.

    d) Acceder a la documentacin del Consejo, a travs del Comit Ejecutivo.

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    e) A impugnar los acuerdos de los rganos del Consejo que estime contrarios a la Ley o a los

    Estatutos.

    f) Realizar propuestas, mociones, quejas, etc. Sobre asuntos referentes al inters general de

    la institucin.

    g) Que los miembros del Consejo Directivo participen con derecho a voz en las sesiones del

    Consejo de la MRDLA cuando se traten asuntos relacionados a los acuerdos del Consejo de la

    Juventud a favor de los jvenes de la mancomunidad.

    Art 10.- DEBERES:

    Son deberes de los miembros:

    a) Compartir las finalidades del Consejo y colaborar para la consecucin de las mismas.

    b) Cumplir las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.

    c) Acatar y cumplir los acuerdos vlidamente adoptados por el Consejo Directivo de la

    Juventud y la Asamblea General.

    CAPTULO IV

    DE LOS RGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACIN.

    RGIMEN DE ADMINISTRACIN DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LOS MIEMBROS

    Art 11.- DE LA ASAMBLEA GENERAL:

    El rgano supremo y soberano del Consejo es la Asamblea General de miembros Asamblea

    General del Consejo de la Juventud, integrada por la totalidad de los socios que se hallen en

    uso pleno de sus derechos sociales.

    Adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna (consensos).

    Las Asambleas podrn tener carcter ordinario y sern convocadas cada 2 meses y

    extraordinario cuando sea necesario, en la forma y competencias que se indican en los

    presentes Estatutos.

    Art 12.- CONFORMACION DE LA ASAMBLEA: Estar integrada por 03 representantes jvenes

    (Titulares o accesitarios) de cada regin integrante de la MRDLA.

    Art 12 LEGITIMACION PARA CONVOCAR LAS ASAMBLEAS:

    Las Asambleas sern convocadas por el o la Presidente, por acuerdo del Consejo Directivo

    Ejecutivo o por solicitud firmada por el 30% del nmero legal de miembros de la Asamblea.

    Acordado por el Consejo Directivo, la convocatoria de una Asamblea General, el Presidente

    habr de convocarla en el plazo mximo de quince das naturales desde la fecha del acuerdo.

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    La solicitud de convocatoria efectuada por los asociados habr de contener expresamente la

    agenda a tratar el da de la sesin, adjuntando la documentacin que, en su caso, fuera

    necesaria para la adopcin de los acuerdos. La solicitud habr de ser presentada ante el

    Secretario de Actas.

    Art 14.- DE LA MODALIDAD DE CONVOCATORIA:

    Va documento expreso al titular de la regin, ste a su vez har extensivo a los miembros de

    las provincias.

    Adicionalmente se har uso de las redes sociales.

    Art 15.- DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:

    El Consejo de la Juventud de la MRDLA, desarrollar la Asamblea General Ordinaria en el

    siguiente orden:

    1.- Lectura y aprobacin, si procede, del acta de la sesin anterior (sea Asamblea General

    Ordinaria o Extraordinaria)

    2.- Examen de la memoria de actividades y aprobacin, si procediera, de la gestin del Comit

    Ejecutivo.

    3.- Aprobacin, si procediera, del Plan de Trabajo Anual.

    Art. 16.- FACULTADES DE LA ASAMBLEA ORDINARIA:

    Son facultades de la Asamblea Ordinaria:

    a) Aprobacin de la gestin del Consejo Directivo.

    b) Aprobacin del acta de la reunin anterior y de la memoria anual de actividades.

    c) Decidir sobre la aplicacin concreta de los fondos disponibles.

    d) Aprobar los presupuestos de ingresos y gastos para cada ejercicio y hacer el balance

    anual del mismo.

    e) Aprobar el Plan Anual de Trabajo.

    f) Aprobar el Estatuto y Reglamento Interno.

    g) Acordar las distinciones y sanciones a que se hagan acreedores los miembros. Con

    carcter previo a la adopcin de medidas disciplinarias el asociado ser informado de los

    hechos que den lugar a tales medidas y ser odo previamente a su adopcin que se har de

    forma debidamente motivada.

    h) Resolver los asuntos que resultan de los Estatutos y que estn atribuidos expresamente

    a la Asamblea General o al Consejo Directivo Ejecutivo.

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    i) El estudio, deliberacin y aprobacin, en su caso, de las propuestas de normatividad,

    programas y proyectos de inversin pblica y servicios pblicos, que sean presentadas por el

    Comit Ejecutivo.

    j) La Asamblea ratificar, en su caso, a propuesta del Consejo Directivo, la contratacin de

    personal al servicio del Consejo.

    Art 17.- DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:

    Fuera de los puntos de la agenda, expresados en el artculo anterior, para la adopcin de

    cualquier acuerdo se requerir la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, y en

    concreto para tratar de los siguientes aspectos:

    a) Modificacin parcial o total de los Estatutos.

    b) Disolucin del Consejo.

    c) Disposicin y Enajenacin de Bienes.

    d) Constitucin de una Federacin, Confederacin o Unin de Asociaciones o su integracin

    en ella si ya existiera.

    e) Regirse a la agenda aqu especificada.

    Art. 18.- FACULTADES DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA:

    Son facultades de la Asamblea Extraordinaria:

    a) Modificar y reformar los estatutos y el reglamento de rgimen interno.

    b) Aprobar la federacin con otros consejos.

    c) Acordar la disolucin del consejo.

    d) Los dems asuntos que a peticin escrita de la tercera parte de los socios se inscriban en

    la agenda.

    e) Todos los conferidos expresamente a la Asamblea General Extraordinaria o al Consejo

    Directivo.

    Art 19.- QUORUM DE CONVOCATORIA:

    Las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarn vlidamente constituidas,

    previa convocatoria efectuada quince das antes de la reunin, cuando concurran a ellas, la

    mitad ms uno de los asociados. En una segunda convocatoria con un tercio de los socios

    habr qurum correspondiente.

    Art 20.- FORMA DE DELIBERAR, ADOPTAR Y EJECUTAR ACUERDOS:

    Todos los asuntos se debatirn y votarn por el orden en que estuviesen relacionados en la

    agenda correspondiente. El/la Presidente iniciar el debate abriendo un primer turno de

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    intervenciones, en el que se har uso de la palabra, previa su autorizacin. Igualmente el

    Presidente moderar los debates, pudiendo abrir un segundo turno o conceder la palabra por

    alusiones. Finalizado el debate de un asunto se proceder a su votacin o consenso.

    Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarn por consenso o en su defecto por mayora

    simple de l@s asociad@s, cuando los votos afirmativos superen a los negativos.

    No obstante, requerirn mayora cualificada de l@s asociad@s, que resultar cuando los

    votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolucin de la asociacin,

    modificacin de los Estatutos, disposicin o enajenacin de bienes.

    Los acuerdos adoptados sern ejecutados por el/la Presidente del Consejo Directivo, por las

    secretarias correspondientes o por la persona designada en el propio acuerdo, en la forma y

    en el tiempo que hayan sido adoptados.

    Art 21.- DEL COMIT EJECUTIVO:

    El Consejo Directivo, es el rgano colegiado de gobierno, representacin y administracin del

    Consejo de la Juventud, sin perjuicio de las potestades de la Asamblea General como rgano

    soberano. Slo los delegados regionales podrn formar parte del Consejo Directivo, por el

    periodo de un ao.

    Art 22.- ELECCIN Y SUSTITUCIN:

    Para ser miembros del Consejo Directivo ser requisito tener entre quince a veintinueve aos.

    Los integrantes del Consejo Directivo sern los representantes de las organizaciones juveniles

    democrticamente elegidos en las regiones integrantes de la MRDLA.

    Las organizaciones juveniles regionales, propondrn a sus candidat@s, un titular y un alterno,

    debiendo ser un varn y una mujer, los cuales sern reconocidos oficialmente, por un periodo

    de un ao, sin derecho a reeleccin continua.

    Los integrantes del Consejo Directivo elegirn por consenso al Presidente/a del Consejo del

    Juventud de la MRDLA. Este cargo ser concordante con la regin que ejerza la Presidencia

    del Comit Ejecutivo de la MRDLA.

    Producida una vacante, provisionalmente, el Consejo Directivo podr convocar al candidato

    alterno de la regin correspondiente, para su sustitucin.

    Art 23.- CESE DE LOS CARGOS:

    Los miembros del Consejo Directivo cesarn en sus respectivos cargos por las siguientes

    causas:

    a) Por fallecimiento.

    b) Por ausencia injustificada a 3 sesiones consecutivas.

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    b) Por incapacidad, inhabilitacin o incompatibilidad, de acuerdo con lo establecido en el

    ordenamiento jurdico vigente y en el presente estatuto.

    c) Por resolucin judicial.

    d) Por transcurso del periodo de su mandato. No obstante, hasta tanto no se proceda a la

    Asamblea General subsiguiente para la eleccin del nuevo Comit Ejecutivo, aqulla

    continuar en funciones, debindose expresar dicho carcter en cuantos documentos

    hubieren de firmar en funcin a los respectivos cargos.

    e) Por renuncia.

    f) Por acuerdo adoptado con las formalidades estatutarias, en cualquier momento, por la

    Asamblea General.

    h) Los ceses y nombramientos habrn de ser comunicados a los Registros Pblicos para su

    debida constancia y publicidad.

    CAPITULO V

    EL CONSEJO DIRECTIVO

    Estar integrada por los siguientes cargos:

    Art 24.- DEL PRESIDENTE:

    Corresponde al Presidente:

    a) Ostentar la representacin del Consejo de la Juventud, ante toda clase de personas,

    autoridades y entidades pblicas o privadas regionales, macro regional, nacional e

    internacionales.

    b) Convocar las reuniones del Consejo Directivo y de la Asamblea General, presidirlas, dirigir

    sus debates, suspender y levantar las sesiones.

    c) Ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo y de la Asamblea General, pudiendo para ello

    realizar toda clase de actos y contratos y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin; sin

    perjuicio de que por cada rgano en el ejercicio de sus competencias, al adoptar los acuerdos

    se faculte expresamente para su ejecucin a cualquier otro miembro del Consejo Directivo.

    d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y la Asamblea General.

    e) Ordenar los gastos y pagos del Consejo.

    f) Dirimir con su voto en caso de empates.

    Art 25.- DE LA SECRETARA DE ACTAS Y FISCALIZACIN:

    Corresponde al Secretario del Comit Ejecutivo, las siguientes funciones:

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    Av. Canaval y Moreyra N680, San Isidro, Lima (Frente al Ministerio del Interior- Oficina Enlace Administrativo del GR. Apurmac)

    Telf. (01) 5935454 / www.mancomunidadlosandes.gob.pe e-mail: [email protected]

    a) Efectuar la convocatoria de las sesiones del Comit Ejecutivo y Asamblea, por orden del

    Presidente, as como las citaciones de los miembros de aqulla y socios de sta

    b) Recibir los actos de comunicacin de los miembros del Comit Ejecutivo con relacin a sta

    y de los asociados y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones,

    certificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento

    c) Preparar el despacho de los asuntos, y por lo tanto con la documentacin correspondiente

    que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta.

    d) Tener bajo su responsabilidad y custodia el Archivo, documentos y Libros de la Asociacin,

    a excepcin del/los libros de contabilidad.

    e) Tomar nota de todo el desarrollo de las asambleas.

    Art 26.- DE LA SECRETARA DE MOVILIZACIN DE RECURSOS:

    a) Recaudar los fondos del Consejo, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por el

    Comit Ejecutivo.

    b) Bsqueda y gestin de recursos, donaciones, aportes voluntarios; pblicos y privados.

    c) La llevar los libros de contabilidad.

    d) La elaboracin del anteproyecto de Presupuestos para su aprobacin por el Comit

    Ejecutivo para su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se proceder con

    arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobacin por la Asamblea.

    Art 27.- DE LA SECRETARIA DE ORGANIZACIN Y DIFUSIN.

    a) Organizar a l@s jvenes de las diferentes instituciones para el cumplimiento de los fines y

    acuerdos de la Asamblea.

    b) Elaborar un plan de organizacin juvenil mancomunal.

    c) Mantener al da el padrn de integrantes.

    d) Gestiona e implementar el Plan de Comunicaciones y Difusin.

    Art.28 DE LA ASESORIA LEGAL:

    a) Asesor(a) legal (Abogad@ colegiad@) para los fines institucionales.

    Art. 29.- COMPETENCIAS:

    El Comit Ejecutivo tendr las siguientes atribuciones

    a) Confeccionar el Plan de Actividades.

    b) Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la Asamblea General.

    c) Aprobar el Proyecto de Presupuesto para su aprobacin definitiva por la Asamblea General

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    d) Aprobar el estado de Cuentas elaborado por la Secretara de Economa, para su aprobacin

    definitiva, si procediere, por la Asamblea General.

    e) Creacin de Comisiones de Trabajo que estime conveniente y trabajar estrechamente con

    las Comisiones ya existentes, para el desarrollo de las funciones encomendadas y las

    actividades aprobadas, as como para cualesquiera otras cuestiones derivadas del

    cumplimiento de los fines sociales. Dichas comisiones regularn su funcionamiento interno en

    la forma que se acuerden por stas en su primera sesin constitutiva.

    Art.30.- DISOLUCION Y DESTINO DEL PATRIMONIO:

    El Consejo se disolver por las siguientes causas:

    a) Por acuerdo adoptado por mayora en Asamblea General Extraordinaria.

    Art. 31.- DESTINO DEL PATRIMONIO:

    La disolucin del Consejo abrir el perodo de liquidacin, hasta cuyo fin la entidad

    conservar su personalidad jurdica. El patrimonio resultante despus de efectuadas las

    operaciones previstas en la Ley, se destinar a entidades no lucrativas que persigan fines de

    inters general anlogos a los realizados por la misma.

    CAPITULO VI

    COMISIONES DE TRABAJO

    Art.-32.- DE LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES:

    a) La comisin estar conformada por un mnimo de tres miembros.

    b) El presidente de la comisin informar y coordinar con el Consejo Directivo todos los

    planes y proyectos realizados.

    c) El presidente de la comisin ser responsable de todos los cargos que se le asigne.

    d) El presidente de cada comisin ser representante en el rea correspondiente ante las

    autoridades y donde sea requerido.

    e) El presidente de cada comisin ser elegido democrticamente en la Asamblea.

    Art.33.- DE LA COMISIN EDUCACIN, CULTURA y DEPORTE:

    a) Presentar un plan de trabajo para la capacitacin de l@s miembros promoviendo una

    comunidad del conocimiento.

    b) Proyectarse a la comunidad con actividades artsticas y culturales.

    c) Coordinar con los estudiantes Universitarios y secundarios organizados.

    b) Promover actividades culturales juveniles para la MRDLA.

    a) Organizar festivales deportivos para los soci@s y la juventud en general.

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    Art. 34.- DE LA COMISIN DE PRENSA Y PROPAGANDA:

    a) Difundir los acuerdos y actividades del Consejo.

    b) Promover las actividades del CJ-MRDLA a travs de las redes sociales.

    c) Elaborar materiales comunicacionales y gestionar su financiamiento.

    Art. 35.- DE LA COMISIN DE FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIN JUVENIL:

    a) Promover la organizacin de los jvenes de los Asentamientos Humanos.

    b) Conformar una comisin de Vigilancia Ciudadana, que permita fiscalizar a nuestras

    autoridades locales en el cumplimiento de sus funciones.

    c) Se les faculta conformar comisiones de Vigilancia Ciudadana donde se estime conveniente,

    integrados por jvenes.

    d) Promover la organizacin de los estudiantes en general.

    Art. 36.- DE LA COMISIN DE ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE:

    a) Promover la limpieza de la ciudad cuidando nuestro medio ambiente.

    b) Organizar Campaas ecolgicas.

    Art.37.- DE LA COMISIN DE DESARROLLO ECONMICO, GENERACIN DE INGRESOS Y

    EMPLEO:

    a) Promover empleo juvenil.

    b) Promover acciones para el desarrollo econmico juvenil.

    c) Promover la capacitacin tcnica productiva de la juventud.

    d) Articular alianzas estratgicas para bsqueda

    Art. 38.-DE LA COMISIN DE GESTIN DE RECURSOS:

    a) Elaborar un directorio de instituciones pblicas y privadas que podran proveernos de

    financiamiento en la MRDLA.

    b) Establecer relaciones con autoridades pblicas y privadas de instituciones que puedan

    brindarnos financiamiento.

    c) Proponer el establecimiento de alianzas estratgicas convenios de cooperacin

    interinstitucional para el logro de financiamiento.

    d) Gestionar la elaboracin de proyectos para ser financiados con recursos del estado y

    privados.

    Art.39.- DE LA COMISIN DE SALUD:

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    Telf. (01) 5935454 / www.mancomunidadlosandes.gob.pe e-mail: [email protected]

    a) Gestionar la elaboracin de un estudio de la problemtica de salud de los jvenes en la

    MRDLA.

    b) Establecer coordinaciones con el Comit de Salud de la MRDLA, para el tratamiento de la

    problemtica de salud de la juventud de la MRDLA.

    c) Gestionar la prestacin de servicios diferenciados para jvenes, a travs del Comit de

    Salud de la MRDLA.

    d) Promover la elaboracin de proyectos de inversin pblica para atender la problemtica

    de salud de la juventud de la MRDLA.

    DISPOSICIONES FINALES, COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS

    Art. 40.-El presente Estatuto entrar en vigencia al da siguiente de su aprobacin.

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    ANEXO: Registro de Participantes.

    ANEXO: Banner del evento.