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Senecio Nacional de Aprendizaje - SENA Versión: OI SENA Regional Amazonas Versión: OI mü^ mmm • ^ M yk Regional Amazonas Código: F13-4040-020 PRORROGA OTROSI N" 02 CONTRATO No. 170 de Página 1 de 2 //^ 2014 Página 1 de 2 CONTRATANTE: CONTRATISTA: OBJETO: VALOR CONTRATO: Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Nit. 899.999.034-1 UBALDO MELO DIAZ, identificado con 00. No. 79.304.346 de Bogotá. Compra de Libros para la biblioteca del Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas-SENA Regional Amazonas Seis millones cien mil pesos m/cte. ($6.100.000,00). VALOR TOTAL CONTRATO: Seis millones seiscientos noventa y tres mil pesos m/cte. ($6.693.000,00). PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de la ejecución del contrato será de Treinta (30) días hábiles, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución (registro presupuestal y /^^robación de la garantía única). FECHA DE CONTRATO: 30 de septiembre de 2014. FECHA DE INICIO: 03 de octubre de 2014. FECHA DE TERMINACION: 18 de noviembre de 2014 OBJETO DE MODIFICACIÓN: Pron-oga de 10 días calendario al contrato No. 170 de 2014. Entre los suscritos a saber. FANNY MATILDE PINZÓN CANDELARIO, domiciliada en la ciudad de Leticia, identificada con la O. de O. No. 52.105.550 de Bogotá D.O., quien en su calidad de Subdirectora del Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas, cargo en el que fue nombrada mediante la Resolución No. 001288 del 4 de julio de 2012 y se posesionó con el Acta No. 0124 del 4 de julio de 2012, actúa en nombre y representación del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, Establecimiento Público del orden nacional adscrito al Ministerio del Trabajo, en virtud de la delegación de funciones otorgada en la Resolución No. 069 de 2014, que en adelante se denomina EL SENA, por una parte y por la otra el Señor UBALDO MELO DIAZ, identificado con 00. No. 79.304.346 de Bogotá, quien es el CONTRATISTA, hemos convenido Prorrogar el contrato No. 170 de 2014, en consecuencia se deberá ajusfar el tiempo, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, previas estas consideraciones: 1) Que mediante escrito con número de radicado No. 1-2013-003013 de fecha 13 de noviembre de 2014, el contratista solicita la prórroga de 10 días candelario al contrato 170 de 2014, Justificándola así: "a razón de que 3 de los libros están en trámite de importación..." 2) Que mediante solicitud radicada con No. 1- 2014-003020 de fecha 13 de noviembre de 2014, la supervisora del contrato No. 170 de 2014 solicita la respectiva prorroga a la Subdirectora de Centro por 10 días calendario. 3) Que mediante correo electrónico de fecha 13 de noviembre de 2014, la Subdirección de Centro con Funciones de Directora Regional autoriza la respectiva pron"oga. 4) Que la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, penniten adicionar los contratos, siempre y cuando exista motivación y justificación para la misma. 5) Que la solicitud presentada por el supervisor es comprensible y justifica la adición. 6) Que el contrato No.170 de 2014 se encuentra amparado por el CDP No. 4714 de fecha 29 de mayo de 2014 y Registro Presupuestal No. 38014 del 30 de septiembre de 2014. 7) Que el objeto contractual permite adicionar en valor toda vez que sigue siendo el mismo, por tanto la adición en valor no se encuentra por fuera del objeto contractual. 8) Que dicha adición no altera el objeto del contrato y se hace necesario para la consecución de la ejecución del mismo. 9) Que en concepto 1439 de 18 de Julio de 2002 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado anota: "...Roberto Dromi. Derecho Administrativo. Edición 5^, pág. 348. "El principio de mutabilidad de los contratos administrativos es una consecuencia impuesta por finalidades del interés público, dado que con ellos se tiende a lograr una más eficiente realización de La "justicia distributiva (...) las modificaciones en el contrato pueden traducirse tanto en aumento (adicionales) como en una disminución (reducciones) de las prestaciones". "...De lo anterior resulta claro que es un deber de la administración

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• Senecio Nacional de Aprendizaje - SENA Versión: OI SENA Regional Amazonas Versión: OI

mü^ mmm • ^ M yk Regional Amazonas

Código: F13-4040-020 PRORROGA OTROSI N" 02 CONTRATO No. 170 de

Página 1 de 2 //^ 2014 Página 1 de 2

CONTRATANTE:

CONTRATISTA:

O B J E T O :

VALOR CONTRATO:

Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Nit. 899.999.034-1

UBALDO MELO DIAZ, identificado con 0 0 . No. 79.304.346 de Bogotá.

Compra de Libros para la biblioteca del Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas-SENA Regional Amazonas

Seis millones cien mil pesos m/cte. ($6.100.000,00).

VALOR TOTAL CONTRATO: Seis millones seiscientos noventa y tres mil pesos m/cte. ($6.693.000,00).

PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de la ejecución del contrato será de Treinta (30) días hábiles, previo cumplimiento de los requisitos de ejecución (registro presupuestal y /^^robación de la garantía única).

F E C H A DE CONTRATO: 30 de septiembre de 2014. F E C H A DE INICIO: 03 de octubre de 2014. F E C H A DE TERMINACION: 18 de noviembre de 2014

O B J E T O DE MODIFICACIÓN: Pron-oga de 10 días calendario al contrato No. 170 de 2014.

Entre los suscritos a saber. FANNY MATILDE PINZÓN CANDELARIO, domiciliada en la ciudad de Leticia, identificada con la O. de O. No. 52.105.550 de Bogotá D.O., quien en su calidad de Subdirectora del Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas, cargo en el que fue nombrada mediante la Resolución No. 001288 del 4 de julio de 2012 y se posesionó con el Acta No. 0124 del 4 de julio de 2012, actúa en nombre y representación del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, Establecimiento Público del orden nacional adscrito al Ministerio del Trabajo, en virtud de la delegación de funciones otorgada en la Resolución No. 069 de 2014, que en adelante se denomina E L SENA, por una parte y por la otra el Señor UBALDO MELO DIAZ, identificado con 0 0 . No. 79.304.346 de Bogotá, quien es el CONTRATISTA, hemos convenido Prorrogar el contrato No. 170 de 2014, en consecuencia se deberá ajusfar el tiempo, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, previas estas consideraciones: 1) Que mediante escrito con número de radicado No. 1-2013-003013 de fecha 13 de noviembre de 2014, el contratista solicita la prórroga de 10 días candelario al contrato 170 de 2014, Justificándola así: "a razón de que 3 de los libros están en trámite de importación..." 2) Que mediante solicitud radicada con No. 1-2014-003020 de fecha 13 de noviembre de 2014, la supervisora del contrato No. 170 de 2014 solicita la respectiva prorroga a la Subdirectora de Centro por 10 días calendario. 3) Que mediante correo electrónico de fecha 13 de noviembre de 2014, la Subdirección de Centro con Funciones de Directora Regional autoriza la respectiva pron"oga. 4) Que la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, penniten adicionar los contratos, siempre y cuando exista motivación y justificación para la misma. 5) Que la solicitud presentada por el supervisor es comprensible y justifica la adición. 6) Que el contrato No.170 de 2014 se encuentra amparado por el CDP No. 4714 de fecha 29 de mayo de 2014 y Registro Presupuestal No. 38014 del 30 de septiembre de 2014. 7) Que el objeto contractual permite adicionar en valor toda vez que sigue siendo el mismo, por tanto la adición en valor no se encuentra por fuera del objeto contractual. 8) Que dicha adición no altera el objeto del contrato y se hace necesario para la consecución de la ejecución del mismo. 9) Que en concepto 1439 de 18 de Julio de 2002 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado anota: "...Roberto Dromi. Derecho Administrativo. Edición 5^, pág. 348. "El principio de mutabilidad de los contratos administrativos es una consecuencia impuesta por finalidades del interés público, dado que con ellos se tiende a lograr una más eficiente realización de La "justicia distributiva (...) las modificaciones en el contrato pueden traducirse tanto en aumento (adicionales) como en una disminución (reducciones) de las prestaciones". "...De lo anterior resulta claro que es un deber de la administración

Page 2: SENA mü^ mmm • ^ M yk PRORROGA OTROSI N 02 CONTRATO …contratacion.sena.edu.co/_file/procesos - Copy-Borrarunavezodificad… · mü^ mmm • ^ M yk Código: F13-4040-020 PRORROGA

• Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Versión: 01 Código: F13-4040-020 SENA

•••V Regional Amazonas Versión: 01

Código: F13-4040-020 PRORROGA OTROSI N" 02 CONTRATO No. 170 de

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ordenar las modificaciones necesarias para responder por la buena ejecución de los trabajos v el logro del fin perseguido con la contratación: es un imperativo de su gestión, al cual no puede sustraerse so pena de incurrir en responsabilidad por omisión, pues iría en contra de lo previsto en el artículo 3° de la Ley 80 de 1993. Desde luego que si las modificaciones requeridas implican adiciones en el alcance del objeto contractual o exigen la creación de nuevos ítems de contrato o variación en los precios unitarios, tales modificaciones deberán recogerse en un contrato adicional; si ellas solo exigen modificaciones de diseño o de cantidades de obra simplemente, no será necesario suscribir un contrato adicional y bastará, entonces, el acuerdo entre las partes." "El principio general es que el contrato es lev para las partes y no es susceptible de modificación o variación, sino por el mutuo consenso de las partes o por causas legales, tal y como lo establece el artículo 1602 del Código Civil. " 10) Que la Ley 80 de 1993 permite adiciones hasta por el 50% del valor inicial del contrato y modificaciones al contrato siempre y cuando se requiera, se justifique y no afecte sustancialmente el objeto contractual. En consecuencia las partes acuerdan:

PRIMERO Prorrogar el contrato de Compra Número 170 de 2014 por 10 días calendario a partir del 20 de Noviembre de 2014 hasta el 28 de Noviembre de 2014

SEGUNDO: El CONTRATISTA actualizará la póliza de garantía en lo concerniente a la prórroga solicitada en el presente Otro SI .

T E R C E R O : Las demás cláusulas continuarán vigentes tal y como fueron pactadas inicialmente.

Para constancia se firma el presente documento por las partes intervinientes en la ciudad de Leticia, a los catorce (14) días del mes de noviembre de 2014.

Vo- Bo. Miguel Angel Ramírez Ramírez - CoordtnadorGrupo Apoyo Administrativo Mixto,

Revisó: Alan Anaya - Abogado Extemo

María Shirley Noriega Fíorez - Asesora Jurídica Coníratsción

Proyectó; Luis Fernando Gahuache Rodríguez - Contratación