semarnat se104.209.210.233/gobmx/repositorio/fraccion_xxvii/l-09-lua0058 … · que los días 11 de...

7
SEMAT SE '>i'C[U'l'.'\!,\ l'E l>\Fl)IU ,\Mll'NTE AC.tNCIA DE Sf . GURIDAt), FN[RGÍA Y AMl$1ENTE \' 11i:t·l1"u N,\'fi.lf{AI.FS Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos Unidad de estión, Supervisión, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/4946/2016 Ciudad de México a 1O de octubre de 2016 LIC. MARTHA PATRICIA BERNA 4 VILLAVICENCIO GAS IMPERIAL, S.A. DE C.V. (PL NTA TOLUCA) · Licencia Ambiental Única Bitácora: 09/LUAOOS8/08/16 En atención a la solicitud ingresa J a a esta Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del ector Hidrocarburos, en lo sucesivo la AGENCIA, el día 05 de agosto de 2O16 y turnada par su ate,·1ción a la Dirección General de Gestión Comercial. adscrita a la Unidad de Gestión, sul pervisi ó11, Inspección y Vigilancia Comercial, poi- medio del cual en su carácter de representan ¡ e legal del establecimiento GAS IMPERIAL, S.A. DE C.V. (PLANTA TOLUCA), con ubicación en VIA ALFREDO DEL MAZO No.1202, COL. ZONA 1 INDUSTRIAL, MUNICIPIO DE TO UCA, CODIGO POSTAL 50010, ESTADO DE MEXICO, en lo sucesivo el REGULADO, t amita icencia Ambiental Única. Una vez evaluada la información presentada y, l. 11. RESUL T A N D O Que el día 05 de agosto de O16 si: recibió en oficialía de partes de la AGENCIA la solicitud de Licencia Ambien al Única que ingresó el REGULADO, misma que fu. e registrada con número de bitáaora 09/LUA0058/08/16. Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA i _ nformación compl�mentaria para la evaluación de la solicitud de Licencia Ambiental Unica con número �e bitácora 09/ LUA0058/08/16, mediante los escritos de fecha 11 de agosto de 201 1 y 03 de octubre de 2016, mismos que fueron registrados con folios 025577 /08/16 y· 29369/10/2016 respectivamente. ' Página l de 7 klcho . r ()cam p ó . Jo 4 . 6 · 9 . , Colonia Nue j '' Anwrc;, Dcl(' g ación Mrgucl Hrriaigo, CP 1 90. C:1uci,;d de Ml'?:110 Tel(:fono(t�2.S.';)9l ;•6.01..00 ·· www.asea.gob.mx I . J /\;�(·1•c. ir- 'C rri:;,¡ r:,· �:•i'lJi1r!,1c lr· !�1:;•,1i;1I y tk; :c,!:cu. ,)n .:- 1/cf. :'Ir\ ",';:rnt:: lid :;r::�,)r h.·l-¡(¡irlJl J:- l ·:·'nli,,:.t, 0 1: ,:1 v _¡, , ·�r i� v L.i:� :,l�ibrtt ··Ag:11r.1 c 1 dl' S .·urirl�:rl [r.-�··. c. y i,rr,i;:�:nt(: .. rrrHi p;1r� de ::1, :d�:n;id 1(:-11u.r·und1 Dirección, teléfono y correo electrónico del Representante Legal Artículo 113, fracción I de la LFTAIP y 116 primer párrafo de la LGTAIP Nombre y firma de la persona que recibe el documento Artículo 113, fracción I de la LFTAIP y 116 primer párrafo de la LGTAIP

Upload: others

Post on 30-Apr-2020

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNAT SE '>i'C[U'l'.'\!\Í,\ l''E

l>\Fl)IU ,\Mllll'NTE AC.tNCIA DE Sf.GURIDAt), FN[RGÍA Y AMl$1ENTE \' 11i:t·l1"...;u...: N,\'fi.lf{AI.FS

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de (jjestión, Supervisión, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/ 4946/2016 Ciudad de México a 1 O de octubre de 2016

LIC. MARTHA PATRICIA BERNA4 VILLAVICENCIO GAS IMPERIAL, S.A. DE C.V. (PL.AiNTA TOLUCA) ·

Licencia Ambiental ÚnicaBitácora: 09/LUAOOS8/08/16

En atención a la solicitud ingresaJ

a a esta Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del ector Hidrocarburos, en lo sucesivo la AGENCIA, el día 05de agosto de 2 O 16 y turnada par su ate,·1ción a la Dirección General de Gestión Comercial. adscrita a la Unidad de Gestión, sulpervisió11, Inspección y Vigilancia Comercial, poi- medio delcual en su carácter de representan¡e legal del establecimiento GAS IMPERIAL, S.A. DE C.V. (PLANTA TOLUCA), con ubicación en VIA ALFREDO DEL MAZO No.1202, COL. ZONA 1 • • INDUSTRIAL, MUNICIPIO DE TO UCA, CODIGO POSTAL 50010, ESTADO DE MEXICO, en lo sucesivo el REGULADO, t amita icencia Ambiental Única. Una vez evaluada lainformación presentada y,

l.

11.

RESUL T A N D O

Que el día 05 de agosto de O 16 si: recibió en oficialía de partes de la AGENCIA lasolicitud de Licencia Ambien al Única que ingresó el REGULADO, misma que fu.eregistrada con número de bitáaora 09/LUA0058/08/16.

Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA i_nformación compl�mentaria para la evaluación de la solicitud de LicenciaAmbiental Unica con número �e bitácora 09/ LUA0058/08/16, mediante los escritosde fecha 11 de agosto de 201 1 y 03 de octubre de 2016, mismos que fueron registradoscon folios 025577 /08/16 y· 29369/10/2016 respectivamente.

Id' Página l de 7

lvklcho

. r ()campó

.

/\Jo 4

.

6·9

.

, Colonia Nue

j

'' Anwrc;, Dcl('gación Mrgucl Hrriaigo, CP .11.5 90. C:1uci,;d de Ml'?:110 Tel(:fono(t�2.S.';)9l ;•6.01..00 ·· www.asea.gob.mx

I.J /\;�(·1•c. ir-... 'C rri:'I;,¡ r:,· �:•i'lJi1r!,1c lr·!��1:;•,1i;1I y tk; :c,!:cu. ,)n .:- 1/cf. :'Ir\ ",';:rnt:: lid :;r::�,)r h,:-.·l-¡(¡irlJl J:- l ·:·'nli,,:,· .t, 0 1: ,:1 v _¡, ,¡.-, ·.:�o:.;r. i� v L.i:� :,:-,,,l�ibrtt..._. ··Agr::11r.1c1 dl' S-2 .·urirl�:rl [r.-�··. c. y i,rr,i;:�:nt(: .. r.r;rrHi p;1r�r:: de ::1, :d�:n;..1..::::id 1(:-.11u.r·und1

Dirección, teléfono y correo electrónico del Representante LegalArtículo 113, fracción I de la LFTAIP y 116 primer párrafo de la LGTAIP

Nombre y firma de la persona que recibe el documentoArtículo 113, fracción I de la LFTAIP y 116 primer párrafo de la LGTAIP

Page 2: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNAT. sr.:ciu:·rAfdA t>E

MLl)IO AMBIENTE Y RFl'lJllSUS N,\ !'l.!ll/\LE�

. ··-�: · ..

' ,_.:./·;''.¡ . QASEA

· ,_, ACfNCtt; DF S:.CURIDAD. ENERCIA Y AMIJIF.Nff

Agen ia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al M�dio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión, Supervisi 'n, Inspección y Vigilancia Comercial Dir cción General de Gestión Comercial

Ofi io ASEA/UGSIVC/DGGC/4946/2016 Ciudad de México a 1 O de octubre de 2 O 16

l. Que esta Dirección General de Gestión Comerci I es competente para revisar, evaluar yresolver sobre la Licencia Ambiental Única solicit. da por el REGULADO, de conformidadcon lo dispuesto en los artículos 4 fracción xxy11 y 3 7, fracción XVIII del ReglamentoInterior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambientedel Sector Hidrocarburos.

11. Que de acuerdo a la cédula de_ identificación fiscal, el REGULADO manifiesta que elestablecimiento tiene una fecha registrada de i�icio de operaciones del 06 de abril de19 5 6, y toda vez que la Ley General del Equili�rio Ecológico y la Protección al MedioAmbiente C_L,GEEPA) se pro�ulgó el 28 d� enero df 1988, el_ REGULADO no estaba sujetoa la obtenc,on de autorizac,on en materia de lmp

t

cto Ambiental. 111. Que el REGU�ADO cumple con los requisitos n cesarías para el trámite de LICENCIA

AMBIENTAL UNICA; mismos que presentó dent o de la solicitud registrada con bitácora09/LUAOOSB/08/16, así como la informa ión complementaria referida en elRESULTANDO II del presente.

1 Por lo tanto, con fundamento en los artículos 1, 3 fra1�ión XI, 4, 5 fracc)ón XVIII y_ 7 fracción 11

de la Ley de. la Agencia Nacional de Seguridad lndusttrial y de Protecc1on al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 11 O y 111 BIS de la Le� General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 4 fracción XXVII y 3 7 frac�ión XVIII del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 6, 16, 17 BIS apartado A) fracción

1 del Reglamento de la Ley General del

Equilibrjo Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera; además del Acuer o por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones al diverso que establece los �rocedimientos para obtener la licencia ambiental única, mediante un trámite único, así co�o la actualización de la información de emisiones mediante una cédula de operación anual, publicado el 11 de abril de 19 9 7, así como las demás disposiciones que resulten aplicables, esta rirección General de Gestión Comercial,

R E SUE LVE

PRIMERO.- Tener por cumplidos los requisitos t�cnicos y legales presentados por el REGULADO para tramitar y obtener la Licencia Am

tiental Única.

i -�. . .

. . _

1 . . . _

. . . . ·- .

flágina 2 de 7

Mckr·,ur 1)cunpu No 469, C.olu111d f'-lrn:va Ar1z1,ri::,. D,· ::gacton 11¡¡,;ucr H1da1go. l.F l 159u, uucJacl fK M,:x.ru,

Tt-�idc,no C+.5') . .S'.,) 91.)6 U1 00 -· www.asea.gob.mx

l.,,''.,:•.". '. l· .. J.1<.'.''1 .11,.:-> \· '),I ;.1,,;·p� l, .. �Ll'".;'i::I y ;j,_, :', .. 'l'.(;1:1·1:';;· :! r\.-t ·-:·,: .. \·1if·ii:: ·1 . .- d• ¡ �-.:. t.:ií !·· ::r(¡(..¡ ·t. .. �:::::: t.: 11;:�.- ·, .i!. ¡,. l:I ,!l 1 ;¡' ·rh.• ."\'il ,:l · y ::- 1;,11,:t·,·,:1:-, ··A 1 .;1..•11t :� Jr.• ;1;gt11 iJ:h.:. l: ·.�r", ·:y:\ ·1t;.ir:1·t �·- ;,,.•,l �1!f: p;-¡'·!.: d·: •,!..e r Jr-;11! -;,1 :J i ;:,11·v(i�1·:l

Page 3: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNAT t.;J·.(:Ht f,\HI:\ 1·,r:

�1(-1)1() ,\iV\IHl:NTl /\(Jl:NCIA DI: SEGU1l1DAD. r·NI.RGÍ/\ Y AMl:\l[NT[ ·; 11¡..CllR,Cl'-. j\J.\º ílif�AI f·\

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de estión, Supervisión, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/ 4946/2016

Ciudad de México a 1 O de octubre de 2016

SEGUNDO.- OTORGAR al REGUj

ADO la

LICENCIA AMBIEINTAL ÚNICA Nº LAU-ASEA/0121-2016

La presente Licencia Ambiental Única queda sujeta al cumplimiento de las siguientes

N DICIO N A N T E Sl. La Licencia ampara el funcionamiento y la operación del establecimiento denominado

GAS IMPERIAL, S.A. DE C. . (PLANTA TOLUCA). que se dedica al comercio al pormenor de Gas L.P. en cilind os y para tanques estacionarios, y que cuenta con unacapacidad estimada de venta anual de 51 18 6 7 7 8 kilogramos de Gas L.P., una estaciónde carburación con un tanqu de almacenamiento de 5 000 litros base. agua al 100%,dos juegos en tomas de recepción, cuatro juegos en tomas de suministro, un motor de.combustión interna a diésel e 6 cilindros y una capacidad de almacenamiento instaladade 7 5 6 41 O litros de gas .P. base agua a través de 7 tanques con las siguientescapacidades:

• Tanques identificado como 1, 2, 3, 4 y 7 con una capacidad de almacenamientode 11 O 000 litros ba e agua al 100% cada uno.

• Tanques identificado como 5 y 6 con una·capacidad de almacenamiento de 103205 litros base agua · I 100% cada uno. ·

11. La presente Licencia Ambient�I Única se expide por única vez en tanto el establecimientono cambie de ubicación o de actividad, según le fue autorizada. Si es este el caso deberá

1

111.

IV.

solicitar una nueva Licencia. i existe cambio de razón social, aumento en la capacidadde almacenamiento, cambios de proceso, ampliación de instalaciones o la generación denuevos residuos peligrosos, deberá presentar la solicitud de actualización a lascondiciones respectivas.La Licencia es intransferible otros establecimientos y se otorga sin perjuicio de lasautorizaciones, permisos y egistros _ que deban obtenerse de ésta u otra autoridadcompetente.La Licencia ampara al REG�LADO para la operación de sus instalaciones, bajo ladeclaratoria de que los pu

¡tos de generación de contaminantes a la atmósfera,

identificados como isla de descarga, llenado de recipientes transportables, carburaciónde autoconsumo. llenado de · utotanques y motor a combustión interna en el cuarto de

:fi.J..

Página 3 de 7

Me!( hor Ocarnpo Nn 469. Colon,a Nu,, ,1 /inzur(',, Ckie1�ació11 Miguel Hidalvo. C: P J 1S90, C:iudilll ele Méx1rnTeldono (+� 2.5'.,) 91 :1.6.01. 00 -- www.asea.gob.mx

L.1 1,:�(:1:c .1 r..:,1cfr,.1:d fk �C•".uri(l,i<! !rii:�,:;tn;1I y ch:: f �(,1 .cu .. ,11 .: ¡,.-e,.�·,� 1\;�1hicnU ... ' tid Sr-.:�·.)r r-1:,:�·,xarl:-L ··:1:; t:1 w.ii,:r d':1ii:,::. ti :1 cr:w,·Hr, ·'I\Sf .. A ·

v I,�:- :,;.i./;;[)r¡¡� ... A!�l:llf'.1J (11; S.::; Jíid�1n [ r'!�, /;: ·.¡ .:\:..,...1l.J1t'r1Ü: r.n·Tn·· p;,r�,:: d� ·.:u ;:i�n �·c:i.d 1··.:,-1 ,t 1 ( :.;r,:11

J

Page 4: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNAT

o EA"il·1...:Rt·'J1\l..:.l r\ IJ!· M f:1)10 .-\,\\ lll FN !"E AGf.NCI.A. DE SfCURiDAD,

ENrnCIA Y AMFllCNTL Y RECUIC\US N .. \ l"IJIL\I.I:.�

v.

VI.

VII.

VIII.

IX.

· Agenc a Nacional de Seguridad Industrial y deProtecciéll al M�dio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión, Su¡pervisi9n, Inspección y Vigilancia ComercialDir¡cción General de Gestión Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/ 4946/2016 Ciudf d de México a 1 O de octubre de 2 O 16

máquinas, son en su mayoría fuentes de emisió� fugitivas y que operan como parte del proceso. El REGULADO, hasta en tanto no se emitan lineamientos, directrices, criterios u otras disposiciones administrativas de carácter gener�I por parte de esta AGENCIA, deberá remitir a la Secretaría de Medio Ambiente y RecJrsos Naturales su Cédula de Operación Anual en los términos vigentes establecidos, a p! rtir del año 2017. El REGULADO deberá cumplir con lo establecí o en los artículos 13 fracción II y 17 fracciones 1, 11, VI, VII, VIII y IX del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Preven ión y Control de la Contaminación de la Atmósfera y a las Normas Oficiales Mexi:anas vigentes que les sean aplicables. El REGULADO deberá dar cumplimien�o al A

itículo 109 bis de la Ley General del

Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a los Artículos 9 y 18 de su Reglamento en materia de Registro de Emisiones y Transfer ncia de Contaminantes, cuando existan emisiones o transferencias de contaminantes y pustancias que se encuentren listadas y que cumplen el umbral de reporte estable·cido e1 la Norma Oficial Mexicana NOM-16 5-SEMARNAT-2013, la cual establece la lista de sustancias sujetas a reporte para el registro de emisiones y transferencia de rnnta0inantes; en este mismo orden de ideas, se deberán reportar las emisiones fugitivas correspondientes.· El REGULADO, en caso de paros programados �or mantenimiento de la instalación que impliquen desfogues o emisiones a la atmósfera, deberá dar aviso por escrito a estaAGENCIA por lo menos con 1 O días háb les de

Jnticipación informando las medidas de

seguridad que serán implementadas para evitar riesgos operacionales y ambientales. En el caso de paros no programados o deriva os de · situaciones de emergencia, el REGULADO deberá dar aviso de manen inme�iata a las dependencias de Protección Civil correspondiente, así como aviso a esta A

l

· GENCIA a través de los mecanismos establecidos para dicho fin. El REGULADO, deberá ajustarse de manera permanente y en lo que corresponda a lascondicionantes o recomendaciones asentadas r: • La Aprobación del Programa para la F'revenoión de Accidentes (PPA), otorgada con

número de oficio DGGIMAR.710/0C1082,lexpedido por la Dirección General deGestión Integral de Materiales y Actividades tesgosas de la Subsecretaría de Gestiónpara la Protección Ambiental el día 12 de febrtro de 2009, a nombre de "Gas Imperial,S.A de C.V.", mismo que deberá ser actualiza 6 y presentado ante esta AGENCIA en

� Página 4 de 7

Mclll1or (.l(,unpu l'>.U .1r,:i, Culun:a Nut·va /1,1zur,.:,,, l> i,:g:itión �1¡:,:ur:I i !1dal,:<J. C !-'. J.l!,90. 1 .. 11;rJ:1,.I r.1c f>·1tx.r'.u

11,!dono C,·S�'.5'.)) 91.)6.0i .. OO www.asea.gob.mx

:, ,:- ,·:· r.· n···1:.I ,.:.: :-: ;�1 ·¡,:::1·� ['.'L.1\:'.·1:r! \' :,i,:• ·'·,�'..v,.· :;r· ;,: �,�.-�· �; ;,:'1�· 1(:/'t .. tJ,· �,.:: ··.1f ¡ ... -:�·:.,r.:1'r,•. ;: . t:' ·�·�· · 1.1:. !,: U 3. 1 .: :": •) A\::, . .. ,(.!< .. Í'-t·�·r.1. .� !J(• �·�!:,¡, ,:j;\¡,; 1 ·., :;� : t :. :,;11y¡·,' l,.i¡,;r1 ¡:.:;.· ,· ,.k ·. .J:;1;:·:·;:J ¡ · . 1 ,·,_;,.· . 1 i;

Page 5: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEM.ARNAT �ECRF r,\l<Í,\ DE

M['DIO AM111[NTr AC,l�JCI/\ f)f S[GlJRll)/,1'. l"NrPGÍA y AMBIF!'-.JTr· V flf-CllR"()� N,\�1 lll{;\/ F)

X.

XI.

XII.

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de estión, Supervisión, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/ 4946/2016 Ciudad de México a 1 O de octubre de 2 O 16

un plazo no mayor a 60 d as hábiles posteriores a que surja efecto la notificación del presente oficio.

• La Exención de la Present ción de la Manifestación de Impacto Ambiental, otorgadacon número de oficio SG1A/DGIRA/DG/00084, expedido por la Dirección Generalde Impacto y Riesgo Amlbiental de la Subsecretaría de Gestión para la ProtecciónAmbiental el día 08 de entro de 2014, a nombre de "Gas Imperial, S.A. de C.V."

El REGULADO deberá garan

f

izar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 4 Bis del Reglamento de la Ley Ge eral para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como en la NOM-161-SEMARNAT-2011, que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Esp cial y determinar cuáles están sujetos a Planes de Manejo; el listado de los mismos, el rocedirniento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y pr cedimientos para la formulación de los planes de manejo. El REGULADO deberá garan izar que el manejo dentro y fuera de sus instalaciones de los residuos peligrosos: acei e lubricante gastado (2.23 ton/año), filtros de aire(0.41 ton/año), filtros d . aceite. (0.26 ton/año), sólidos contaminados (LO ton/año), baterías usada 1 (1.08 ton/año), natas de pintura (0.10 .ton/año),recipientes contaminados (0.12 ton/año), agua con aceite (0.005 ton/año), aserrín contaminado (0.10 ton/año), mezcla de hidrocarburos (0.10 ton/año) y lámparas fluorescentes (O. 1 ton/año), que genera cumple con lo establecido en los Artículos 151, 151 Bis, 15 , .15 2 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a los Artículos aplicables de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Resi uos, su Reglamento y a las Normas Oficiales Mexicanas. vigentes aplicables en la mat ria. El REGULADO, deberá cumpl r con lo establecido el artículo 3 5 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y estión Integral de los Residuos, en el cual se establece el procedimiento para la identifi ación de los residuos peligrosos, así como de los artículos 4 3 y 4 5 del Reglamento de I Ley Cenera! para la Prevención y Gestión Integral de .los Residuos, en el caso de que el REGULADO genere nuevos residuos que por sus características sean conside ados peligrosos según la NOM-052-SEMARNAT-2005, deberá actualizar su Licencia.

,JI;,,.: Página 5 de 7

Mr:lchor Ocarnpo No 469, Colonia Nuc d /1.nzurc,, Df'lcgauón Miguel !·Malv.o. C: P 11 S'.10, Ciudad de i\1é:x1uJ Tel{•fono (+� 2.5.S) 91 )6.01 ()0 -· www.asea.gob.mx

L.� /\;�.(:11(:J i'· :iC1(1 ·,;d cir ���t;urid;:c lrn;u.il.fltil y rk ·uu�(�C\)11 Jl :v·c,:::o An1.i1:�nt�: {lr.:1 S�:C:•Jr Hir. ·ot.irbs., ·:i:-: t:1 11J:.·•.:r· .•:ilu> i:I :1u:mi·nr, ,.\::,[,\ · y let:- :"l:"!l:1!:rth ··ti..�;(!nr.ia ch.' 5t- �,;rir1::r! [0,�r:(2 y /'•.nl;n!í'L{:. r()rnV r�ir:.r: dr:: ·�11 •.1:.:n�1�:1,�11t�!1L1:(:\;í1 . .!l

{

Page 6: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNA1' QASEA �ECR! '!:\;U,'\ Ui

M t:l)!U :\,\Uq l ·:N·t F AC[NCIA DI' SEGURIDAD.

[NCRCI/\ Y Aí'-'1Bl[N f"f." Y RE("UHSUS N,\ !"'lJIL�,1.r....:

XIII.

XIV.

XV.

XVI.

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al M�dio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión, Supervisi1n, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial

. 1 Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/ 4946/2016 Ciudkd de México a 10 de octubre de 2016

El REGULADO deberá cumplir con lo establ cido en los Artículos 8 2 y 84 delReglamento de la Ley General para la P·evenci' n y Gestión Integral de los Residuos, respecto el almacenamiento de los residuos peligrosos generados dentro de su establecimiento. El REGULADO deberá contratar los servicios dle empresas debidamente autorizadaspara el manejo de los residuos peligrosos, sbgún lo establece .el artículo 4 6 del Reglamento de la Ley General para la Prevenció1 y Gestión Integral de los Residuos.

El REGULADO deberá llevar una bitácora de opJración, mantenimiento y de supervisióno monitoreo, de su sistema contra incendios y ?e detección de incendios, en la que seincluyan equipos, líneas, dispositivos e instry�entos de control, para verificar laintegridad de sus elementos, la cual será suscepttible a ser verificada por esta AGENCIA

El REGULADO en la operación y funcionamientd de su establecimiento y en adición a loaquí señalado, deberá sujetars� a todas las disp9siciones señaladas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente� los Reglamentos que de ella se derivan,así como en las Normas Oficiales Mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables a las actividades del mismo.

XVII. El incumplimiento de las condicionantes fijadaC en esta Licencia, la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambientf, la Ley General para la Prevención y

. Gestión Integral de los Residuos y los Reglame1

os que de ellas se derivan, así como en las Normas Oficiales Mexicanas y otros inst umentos jurídicos vigentes que sean

. aplicables a la operación y funcionamiento del e tablecimiento, así como la presentación de quejas en forma justificada y reiterada o !al-ocurrencia de eventos que pongan en peligro la vida humana o que ocasionen dañps al medio ambiente y a los bienes partícula.res o nacio�ales,. �odrá s�r . sancio

lado por parte de la AGENCIA, de

conformidad con las d1spos1c1ones aplicables.

TERCERO. La presente resolución no exime al RHGULADO del cumplimiento de otrasobligaciones en materia de protección ambiental d� acuerdo a la legislación vigente, y no deberá ser considerada como causal (vinculante) parr, que otras �utorid�des .en el ámbito desus respectivas competencias otorguen sus a1 torizarnones, permisos o l1cenc1as, entre otros,

· que les correspondan.

CUARTO. Archí�ese el expediente con f\lo. de bitácora 09/LUAOOS8/08/16 comoprocedimiento administrativo concluido de conformidad con el artículo S 7 fracción I de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo.

Página 6 de 7

Mclr.hor Ocarnpu No 469. C: ulo:,ia Nueva /\nwre�. D,:1,:;�ación r �1gucl H1dal1;o. C.P. J. L S 90. C.,uclad de J\·kxiu,

T1,idono (+525'.,) 91.)6.UlOO .. www.asea.gob.mx

Page 7: SEMARNAT SE104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/L-09-LUA0058 … · Que los días 11 de agosto y oJ de octubre de 2016 se recibió en oficialía de partes de la AGENCIA

SEMARNAT \I.C.:f\r r.1\1�1.-·\ \)Ji

,\111'10 .-\Ml:J[N'l'I , H: ClJr.:.,n, i'!,\Tt:R,\I ¡:�

E /,(.d N(.11\ DE Sf ,;l ;¡;11J,\I>. f Nr HC,Íl\ Y Af\.•iHlf hJ"l 1

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de estión. Supervisión, Inspección y Vigilancia Comercial Dirección General de Gestión Comercial

Oficio ASEA/UGSIVC/DGGC/4946/2016 Ciudad de México a 1 O de octubre de 2016

QUINTO Notificar a la LIC. MARI HA PATRICIA BERNAL VILLAVICENCIO en su carácterde representante legal de la emprpa GAS IMPERIAL, S.A. DE C.V. (PLANTA TOLUCA), lapresente resolución de conformid d con el artículo 3 5 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

ATENTAMENTE EL DIRECTOR GENERAL

FOLIOS 025577/08/16 y 029369/10/ 6

Página 7 de 7

M1:lrl101 Oc,unpo Ne; ,169. Coloni« I\Jue •.-1 1\nzure,, í.kl(•:-:«0(¡1, Migu::I Hici,,1¡,,o. cr- ::. l S•)O C1uri;1r! el,· fl..1,:°·x1ro

! el1Jrn10 e+� J.SS) 9 ! i.6.0100 -· www.asea.gob.mx

L.1 A;:u\(;J r ...... :u:ifi:�:·1 fl,· \!'1�u�ir!;¡c; tn��·.t:,1 ··1;11 y ¡1(: ,·cd.C(( :�r .� · 1<·:� ,·1 A:--J�f·:·rit�: cid �: . .:�-,1 H:,_: ·,Jc .. 1;1;.1 �u.· t�t �11·, ,�:-- .,�;; i".- rl :1:-1 :·,r;'111·, "t,�i f. ¡\ '/ .,¡ • 0:-.h [..,�th ·¡._�;r:11r, :· !'k 5.:.¡·.Jrirl:1rl í :···· ·,· V ,.\•··i·1�·rt�:· �l:'"'l"l:· r�:·:.:- ·f·� ·;1 :1�·1¡� ... ;:;� 1 .. ,1 r'yt>;n.,