semarnat - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/fraccion_xxvii/a-09-iga0170-12-16... ·...

12
SEAT SECRETARÍA DE IEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES AGENCIA DE SEGURIDAD . ENERGÍA Y AMBIENTE Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento _ . .J. Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2Dl7 Ciudad de México,. a/8 de febrem�de1B 1 )'17 "Año del Centenario de la Promulgación d�:¡; Constitución Podtica de los Estados Unidos Mexicanos" PROPIETARIO P R ES E NTE Asunto: Autorización No. 14-ASEA-T-RP-06-17, para prestar el servicio de Recolección y Transporte de Residuos Peligrosos al Sector Hidrocarburos. Bitácora: 09/IGA0170/12/16 Folio: 037321/01/17 Con referencia a su escrito sin número, de fecha 24 de enero de 2017, recibido en la Oficialía de Partes de esta Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, en adelante la AGENCIA, el día 25 de enero de 2017, registrado con número de folio 037321/01/17, turnado para su atención a esta Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento, mediante el cual e, da respuesta al acuerdo de apercibimiento ASEA/UGI/DGGTA/1451/2016 de fecha 15 de diciembre de 2O16, derivado de la evaluación del trámite de autorización para transporte de residuos peligrosos, ingresado el 02 de diciembre de 2016 y registrado con número de bitácora 09/IGAOl 70/12/16. Al respecto le comunico, los siguientes: A NTEC E D E NTES l. Que el , ingresó a esta AGENCIA, el día O2 de diciembre de 2016, su solicitud de autorización para la recolección y transporte de residuos peligrosos, a la que se le asignó el número de bitácora 09/IGA0170/12/16. Mcl d O campo No '69 Col. Nc,eeaAo,c,ce;, Delegac,óo Migc,el Hidalgo. C P. 1 15 9 O. C"'''' de Má,:: g ioa 1 :e ; 2 · TeL(,5255)9126-0100 - www.asea.gob.mx La Agem:ia Nacional d� Seguridad Industrial y de Prot12cc¡ón a! Medio Amh1cntc del Sector Hiciíocrtrburos tabi,n uti!i¿� el acrónio '"ASEA' y las palalJras ··Agencia de Scguridt1d, Energitl y Ambient· como pr:rte de su identidad institucional

Upload: others

Post on 24-Mar-2020

10 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

.VIEDIO AMBIENTE

Y RECURSOS NATURALES

AGENCIA DE SEGURIDAD .

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

_ . .J. Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2Dl7

Ciudad de México,.a/2'8 de febrem�de1B1

)'17 "Año del Centenario de la Promulgación d�:¡; Constitución

Podtica de los Estados Unidos Mexicanos"

PROPIETARIO

P R E S E N T E

Asunto: Autorización No. 14-ASEA-T-RP-06-17, para prestar el servicio de Recolección y Transporte de Residuos Peligrosos

al Sector Hidrocarburos. Bitácora: 09/IGA0170/12/16

Folio: 037321/01/17

Con referencia a su escrito sin número, de fecha 24 de enero de 2017, recibido en la Oficialía de Partes de esta Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, en adelante la AGENCIA, el día 25 de enero de 2017, registrado con número de folio 037321/01/17, turnado para su atención a esta Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento, mediante el cual el , da respuesta al acuerdo de apercibimiento ASEA/UGI/DGGTA/1451/2016 de fecha 15 de diciembre de 2 O 16, derivado de la evaluación del trámite de autorización para transporte de residuos peligrosos, ingresado el 02 de diciembre de 2016 y registrado con número de bitácora 09/IGAOl 70/12/16.

Al respecto le comunico, los siguientes:

A NTEC E D E NTES

l. Que el , ingresó a esta AGENCIA, el día O 2 de diciembre de2016, su solicitud de autorización para la recolección y transporte de residuos peligrosos, ala que se le asignó el número de bitácora 09/IGA0170/12/16.

Mcl dwc O campo No '69 Col. Nc,eeaAo,c,ce;, Delegac,óo Migc,el Hidalgo. C P. 1 15 9 O. C"'''' de

Má,::gioa 1 :e; 2 Á- ·'lfJ

TeL(,5255)9126-0100 - www.asea.gob.mx �

La Agem:ia Nacional d� Seguridad Industrial y de Prot12cc¡ón a! Medio Amh1cntc del Sector Hiciíocrtrburos tarnbi,::n uti!i¿� el acrónirno '"ASEA' y las palalJras ··Agencia de Scguridt1d, Energitl y Ambiente·· como pr:rte de su identidad institucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 2: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

�·1ED10 AMIIIENTE Y RECURSOS NATURALES

AS A AGENCIA DE SEGURIDAD,

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y A lmacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

11. Que esta Dirección General ·9e. Gestión de Transporte y Almacenamiento mediante oficio ASEA/UGI/DGGTA/1451/2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, apercibió al

, para presentar la información necesaria y obtener la autorización para la recolección y transporte de residuos peligrosos del Sector Hidrocarburos.

12. Que el , ingresó el 25 de enero de 2017, su escrito sin número, en la Oficialía de Partes de esta AGENCIA, mediante el cual dio respuesta al acuerdo de apercibimiento ASEA/UGI/DGGTA/1451/2016 de fecha 15 de diciembre de 2016, a la cual se le asignó el número de folio 037321/01/17, y

CO N SID E RANDO

l. Que es atribución de la AGENCIA expedir autorizaciones en materia de residuos peligrososprevistas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención y GestiónIntegral de los Residuos (LGPGIR) y su Reglamento, con fundamento en los artículos So.fracción XVIII y 7o. fracción 111 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y deProtección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

11. Que dentro de las autorizaciones previstas en el artículo 50 de la Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos, está en la fracción VI la autorización deltransporte de residuos peligrosos.

111. Que esta Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento, adscrita a laUnidad de Gestión Industrial, es competente para expedir, suspender, revocar o anular, totalo parcialmente, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, las autorizaciones opermisos, y registros para el manejo de residuos peligrosos, así como la prestación de losservicios correspondientes conforme se establece en los artículos 4 fracción XVII 1, 12 fracción I inciso i) y 28 fracción XI del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

IV. Que el manifiesta prestar servicio a diferentes- empresas querealizan actividades del Sector Hidrocarburos.

Melchor Oc ampo No. 469. Col Nuev2, AnLuces, D•:legaci,'m /vliguel Hidalgo. C.P 115 90. Ciud?.d rJe México Tel ( 152.55) 9126-0100 - www.asea.gob.mx

L� Agencia N�ctona.! de Seguridad Industrial y de Prot�ccion al Medio Amb1r:ntr cJcl S�ctor rl1drccr1.rburos Lambi,in utili2?. e! acrónin,a "ASEA·· y 1.1s prtlabra:; ··Agencia de Scgurid11c1, Encrgirt y A111bicntc·· como parte de: :;u identidad i11st1tucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 3: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRl'T,\RÍA DE

MEDIO .-\,\\BIENTI'

Y RECURSOS NATURALES

.. ••

A E AGENCIA DE SEGURIDAD.

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

. :,/ V. Que el , proporcionó la información y documentos requeridos en el trámite SEMARNA T-07-033-/ Autorización de transporte de residuos peligrosos, según lo establecido en el formato FF-SEMARNA T-0 3 5 vigente del trámite, en los artículos 80 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y 48 último párrafo, 49 fracción IX, 50 penúltimo párrafo. 77, 85 y 86 del Reglamento de la LGPGIR.

VI. Que el , presentó la siguiente documentación para el trámitede autorización para la recolección y transporte de residuos peligrosos:

l. Escrito sin número de fecha O 1 de diciembre de 2016, en el que solicita autorización

para la recolección y transporte de residuos peligrosos.

2. Formato de solicitud FF-SEMARNA T-0 3 5 para el transporte de residuos peligrosos de

fecha 01 de diciembre de 2016.

3. Copia simple de la identificación emitida por el Instituto Federal Electoral del

.4. Copia simple de la Cédula de Identificación Fiscal del .5. Carta poder de fecha 25 de noviembre de 2016, en el que se otorga poder amplio y

bastante al , para que represente al

respecto del presente trámite.

6. Copia simple de las pólizas de seguro. con cobertura de responsabilidad civil y ecológica

de las unidades y equipos.

7. Copia simple del recibo bancario del pago de derechos.

8. Copia simple del Permiso para la operación y explotación del servicio de autotransporte

federal de carga especializada de residuos, remanentes y desechos peligrosos en

caminos y puentes de jurisdicción federal otorgado por la Secretaría de Comunicaciones

y Transportes CSCT).

9. Copia simple del Alta de vehículos adicionales a los que ampara el Permiso para la

operación y explotación del servicio de carga especializada de residuos, remanentes y

desechos peligrosos en caminos y puentes de jurisdicción federal,. de las unidades y

equipos.

1 O. Copia simple de las tarjetas de circulación de las unidades y equipos de recolección y

transporte.

Página 3 de 12 p 1\1elc:hor Ocarnpo No. 469. Col. Nuev>. /,n1Lwes, Delegación fvlig,.,el Hi,jalgo. C.P 11590, CiucJ:U de M¿.xicG. � -�

Tel: ( , 5 2 .5 5) 9126-0100 - www.asea.gob.mx L� Agc1Kia N?.cional de Seg1.1ridad Industrial y de Prot�cch:1n al Media .A.111.bientc del Sector Hidroc;1rbuíos tambi,�n uti!iz,1 el acrónimo ''ASEA''

y las ptllabras "Agrncia de Scgurid,1d. Energict y Amb¡entc·· corno parte de ::;u identidad institucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 4: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

-':

SEMARNAT SECRETARÍA DF.

MEDIO A,\IIIIENTE

Y RECURSOS NATURALES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD.

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

11. Programa de capacitación del personal' responsable del transporte de residuospeligrosos.

12. Plan de contingencias durante el transporte de residuos peligrosos.

13. Memoria fotográfica donde se visualizan las placas delanteras y traseras de lasunidades y equipos de recolección y transporte.

14. Escrito sin número, de fecha 24 de enero de 2017, con información complementaria.

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos lo., 3o. fracción XI, 4o., So. fracción XVIII y 7o. fracción 111 de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 50 fracción VI y 80 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 48 último párrafo, 49 fracción IX, 50 penúltimo párrafo, 77, 85 y 86 del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 4 fracción XVIII, 12 fracción I inciso i y 2 8 fracción XI del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; así como las demás disposiciones que resulten aplicables, esta Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento:

R ES UE L VE

PRIMERO. AUTORIZAR la actividad de prestación de serv1c1os para la recolección y transporte de residuos peligrosos generados en instalaciones del Sector Hidrocarburos, a favor del de conformidad con lo siguiente:

No. de Autorización 14-ASEA-T-RP-06-17Vigencia 1 O (diez años)

Nombre o razón social del

prestador de servicio Número de Registro

GIABB141201 l Ambiental

Domicilio de encierro de las Calle Durango Núm. 117, Colonia El Mante, unidades y equipos C. P. 45235, Zapopan. Jalisco.

SEGUNDO. Las unidades y los equipos amparados en la presente Autorización para prestar el servicio de recolección y transporte de residuos peligrosos provenientes de las actividades J{)

dJ

+ i\1elch0í ücarnpo No. "'69. Col. Nuen ."-.1vuc,:s, Delegación ivliguel Hi,ja.lgo. CP 11590. Ciuchd de Méxi::

gina 4

de

1

� Tel: (, 52.55) 9126-0100 - www.asea.gob.mx

L� Agencia Nacional el!:: Seguridad Industria! y de Proteccion al Medio Arnbientt del Secror Hidroc,1rburos tambi�n utili2:1 e! auóoirno "ASEA' y las palabras .. Agencia de Scg-u¡idad, Encrgírt y Ambiente( como part:: de su identidad institucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 5: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

MEDIO AMlllENTE

Y RECURSOS NATURALES

A E AGENCIA DE SEGURIDAD.

!NERGÍ,\ Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

.. Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

•• r. \':(.::.;\.del Sector Hidrocarburos reguladas por la AG�NCIA' y consideradas en el artículo 3o)fracción , ':J:r .. ,,· XI de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente :r..i

del Sector Hidrocarburos, son los siguientes:

Permiso de la Número de Tarjeta de Capacidad

SCT Tipo Marca Modelo

serie Placas

circulación (toneladas

/litros)

1431GIAA27042 CAJA VOLKSWAGEN 2006

3VWCA52RX 250EN5 1235613 5 TON

012230302000 SECA 6M900474

1431GIAA2 7042 REDILAS KENWORTH 2015

3BKHHM8X8 820EW6 1548863 12 TON

012230302001 FF302222

143 lGIAAl 1102 REDILAS DODGE 2011

3D6WN5ET JS80344 0492395 4.5 TON

012073603001 0BG536189

TERCERO. Los residuos peligrosos que podrán ser recolectados y transportados por el , con la presente autorización, son los que se listan a continuación,

siempre y cuando provengan exclusivamente de las actividades del Sector Hidrocarburosreguladas por la AGENCIA y consideradas en el artículo 3o. fracción XI de la Ley de la AgenciaNacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos:

Clave UN Descripción

1270 Aceite de petróleo (aceites usados).

3077 Sustancia sólida potencialmente peligrosa para el medio ambiente n.e.p. (desechos sólidos de mantenimiento automotriz v lodos aceitosos).

Los residuos anteriores, podrán transportarse bajo el amparo de la presente Autorización, siempre y cuando se encuentren clasificados como residuos peligrosos y no como materiales, es decir cuando ya hayan sido utilizados y se encuentren impregnados o mezclados con otros residuos peligrosos, o que reúnan cualquier otra característica para ser desechado como residuo peligroso.

CUARTO. Quedan excluidos de la presente autorización la recolección y transporte de aquellos residuos que se consideren de manejo especial en términos de la definición establecida en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y en la NOM-161-SEMARNAT-2 O 11, Que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y d

e::z;inar j,-0

-1-, . Mel, he, Ocampo No. '69 Col N,,e,,e A,m,, es, Deiegoc,ó" Mig,,el Hi,Jalgo. CP 115 9 o. C,wled de Mái::

giaa 5

d '.�

2

J.-_ Tel:(:5255)9126-0100 · www.asea.gob.mx

L:.i. A��cncia Nacional d� Segundad !ndustnal y de Prou::coon al Media Arnhien(e del S�ctor Hidrocrtrburos tambi€n utiliz?. el acrónimo ''ASEA .. y 1as paiabras .. Agencia de Seguridad, Energía y Amb¡enre·· corno piirtc de su ident1dad institucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 6: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRET,\RÍA DF.

MEDIO AMIIIF.NTE

Y RECURSOS NATURALES

·' '"":

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD.

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

.. <":· cuáles estcárnsuj'etos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, e/.proc;.edimiento para la inclusión ,,: ._- · o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de losplanes de manejo. Se excluyen también de esta autorización la recolección y transporte de losresiduos clasificados como biológicos infecciosos en la NOM-08 7-SEMARNAT SSAl-2002Protección ambiental - Salud ambiental.., Residuos peligrosos biológico infecciosos - Clasificacióny especificaciones de manejo.

QUINTO. La presente autorización para recolección y transporte de residuos peligrosos otorgado a favor del , queda sujeta a los siguientes términos y condicionantes:

TÉRMI N O S

l. Esta autorización se emite por una vigencia de 10 años a partir de su expedición y amparala actividad de la prestación del servicio de recolección y transporte de residuospeligrosos que realice el , a empresas reguladas por laAGENCIA, entendiéndose por este alcance los residuos peligrosos que provengan deactividades del Sector Hidrocarburos consideradas en el Artículo 3o. fracción XI dela Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al MedioAmbiente del Sector Hidrocarburos y que tengan como destino el acopio, reúso, reciclaje,ca-procesamiento, tratamiento o disposición final en instalaciones que cuenten conautorización vigente para el Sector Hidrocarburos.

11. La presente Autorización se otorga sin perjuicio de las demás autorizaciones y permisos quedeban observarse de otras autoridades competentes.

111. De conformidad con lo establecido en el artículo 161 de la Ley General del EquilibrioEcológico y la Protección al Ambiente, artículos 5 fracciones 111 y VIII, 25 y 26 de la Ley de laAgencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del SectorHidrocarburos y el artículo 13 del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de SeguridadIndustrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la Unidad deSupervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la AGENCIA está facultada para realizar losactos de inspección, vigilancia y, en su caso, de imposición de sanciones por violaciones alas disposiciones establecidas en la normatividad ambiental y en la presente autorización.

e::;;,</ Página 6 de 12

i'v1elchor Ocarnpo No. 469. Col. Nueva AnLUres, Delegacrón Miguel Hidalgo. CP. 11590. Ciudad de iV\éxic:o_ TeL(�5255)9126-0100 - www.asea.gob.mx

L:i Agencia N,1.cional d� ScgL1ridad Industrial y de Protcccion al Mcclio Ambiente del Sector Hidroc!lrburos L2.rnbien utilizt: el acrónimo ''ASEA' y las palabras .. Agencia de Scguridrto, Encrgírl. y Ambiente·· corno p,1rtc de su identidad insrnucion.il

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 7: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

MEDIO ,\,\\ll!ENTE

Y RECURSOS NATURALES

AS A AGENCIA DE SEGURI0/\0,

::NERGiA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

: ,;_,,- IV. Las• v�oJaciones a los preceptos establecidos en la Ley deila Agencia Nacional de Seguridad ,. ,.Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la LGPGIR y suReglamento o cualquier otra disposición jurídica aplicable en la materia del manejo integralde residuos peligrosos. independientemente de la responsabilidad que tienen las empresasprestadoras de servicio autorizadas para el manejo de los mismos, se sancionaránadministrativamente según lo establecido en los artículos 5 2, 110, 112 y 113 de la LGPGIR;y los demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables en la materia.

CO ND I C IO NANT E S

l. El . con la presente autorización solamente puede recolectar ytransportar los residuos peligrosos señalados en el Resuelve tercero de la presenteautorización siempre que estos se generen de actividades del Sector Hidrocarburos. para suposterior entrega a destinos tales como el acopio, reúso, reciclaje, ca-procesamiento,tratamiento o· disposición final, que cuenten con autorización vigente para el SectorHidrocarburos. emitida por la AGENCIA o con autorización federal vigente de la SEMARNA T.en materia de residuos peligrosos, cuando esta haya sido emitida con anterioridad al O 2 demarzo del 2015, fecha de creación de la AGENCIA

2. La presente autorización podrá ser prorrogada por un período igual, siempre y cuando lasolicitud se presente en el último año de vigencia de la misma y hasta cuarenta y cinco díashábiles previos al vencimiento de la vigencia mencionada; además de que la actividaddesarrollada por el solicitante sea igual a la originalmente autorizada; que no hayan variadolos residuos peligrosos por los que fue otorgada la autorización original, y que el solicitantesea el titular de la autorización, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 9 delReglamento de la LGPGIR. Además de presentar evidencia documental de no contar conprocedimientos administrativos de inspección y vigilancia pendientes de resolver ante estaAGENCIA

3. El , deberá indicar en los documentos de embarque y en elManifiesto de Entrega, Transporte y Recepción de Residuos Peligrosos, que los residuos quetransporta provienen de una empresa regulada por la AGENCIA, y anotar el número deregistro de generador de residuos peligrosos que tenga dicha empresa.

Página 7 de 12

[\.-1·:!crloí ücarnpo No. 469. Cn!. Nut:va Ar11ures, D 1.::legac1ón tv1igue! Hida!gc. C.P 11590. Ciud?.d de i\:'\�x!co. Tel. C 1 5 2 5 5) 912 6-0100 - www.asea.gob.mx

L� Agencia 1\E1cional o� Scguritfad Industrial y de Protección al Medio Amllienre d·�I S•"2ctor Hidroc,1.rburos tambi,�n utiliz� eí acrónimo "ASEA"" y 1;15 pl1ial1ras ··.A.gi.:ncia de Sc:buiidad, Encrgi;¡ y Ambiente· CiJmO pr'Htc- de :;u identidad i11stitucicn¡1!

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 8: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA üE

,\IEDIO A.\lf\lENTF.

Y RECURSOS NATURALES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD,

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

4. El , entregará. los residuos pelig/osos a los destinos establecidos<!"i· .. ··por las empresas a las que les prestará sus servicios y verificará que los establecimientos enlos que entregue los residuos para su reúso, reciclaje, ca-procesamiento, tratamiento odisposición final, cuenten con autorizaciones vigentes, lo cual deberá quedar asentado en losManifiestos de Entrega, Transporte y Recepción de Residuos Peligrosos.

S. El . deberá cerciorarse de que en cada embarque de residuospeligrosos transportados bajo el amparo de la presente autorización, no transporte al mismotiempo otros residuos, materiales, carga o pasaje, diferente a lo autorizado.

6. El , deberá verificar que se dé cumplimiento total a lo señaladoen los artículos 85 y 86 del Reglamento de la LGPGIR.

7. En cumplimiento al artículo 7 2 penúltimo párrafo y 7 3 del Reglamento de la LGPGIR, el. deberá remitir a la SEMARNA T su Cédula de Operación Anual

en los términos vigentes establecidos para ello, hasta en tanto no se emitan Lineamientos.Directrices, Criterios u otras Disposiciones Administrativas de Carácter General por parte deesta AGENCIA; en la cual se tendrá que especificar el nombre y RFC o número de registroambiental de las empresas generadoras de los residuos. así como el nombre, número deautorización y RFC o número de registro ambiental de las empresas destinatarias. En cuantola AGENCIA emita sus propios lineamientos. el . tendrá quepresentar su informe anual ante la misma, en los términos que para el efecto se establezcan.

8. Es responsabilidad del contar previo a la prestación de serviciosy mantener en todo momento, la póliza de seguro vigente para todas sus unidades y equiposde transporte listadas en la presente Autorización, con cobertura por responsabilidad civil ydaños ecológicos derivado de la prestación del servicio. El seguro ambiental, las garantíasfinancieras o seguros. deberán dar certeza sobre la reparación de los daños que se pudierancausar durante la prestación del servicio, y al término del mismo, incluyendo los daños por lacontaminación, así como la remediación del sitio; cuando el monto de la póliza de seguro nocubra los daños, no limita la responsabilidad del prestador del servicio para subsanar los dañosambientales que llegase a ocasionar derivado de la actividad del transporte de residuospeligrosos, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 80 fracción IX, 81 y82 de la LGPGIR, 76 y 77 del Reglamento de la LGPGIR.

Página 8 de 12 �

í'vielc hor ·0carnpo No. 4 6 9. Col. Nueva .�n;ures, Delegación f\:liguet Hidalgo. C.P. 115 90. Ciudad de fvlfxico. Tel: ( 1 5 2 .5 5) 912 6-C, l 00 - www.asea.gob.mx

L� Agencia N�cior13! d� Seguridad Industrial y de Prnteccion al Medio Aml1icntc ele! S�ctor Hiciroc/i.rburos tambi1:n utili¿n el acrónimo "ASEA'' y 1.15 p,1labras. .. Agencia de Scguridrtd, Encrgi,t y Ambiente·· como pr:rtc- de su identidad institucion.11

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 9: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRET,\RÍA OF.

MEDIO AMI\IENTE

Y RECURSOS NATURALES

SE AGENCIA DE SEGURIDAD.

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

.::1. Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

9. El deberá observar y dar cumplimiento a lo esta0leóido en las Condiciones generales de operación y Obligaciones del Permisionario del Permiso para la operación y explotación del servicio de autotransporte federal de carga especializada de residuos, remanentes y desechos peligrosos en caminos y puentes de jurisdicción federal, otorgado por la SCT.

10.Ante la ocurrencia de una emergencia derivada de la materialización de algún incidente y/o accidente ocurrido en las instalaciones y con fundamento en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para informar la ocurrencia de incidentes y accidentes a la ASEA, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el 04 de noviembre de 2 O 16; deberá presentar ante la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la AGENCIA:

a) Informe inicial dentro de los tiempos establecidos de acuerdo a la clasificación del tipo de evento, mediante el formato P-ASEA-USIVl-00 l.

b) Informe de evolución del evento dentro de los tiempos establecidos de acuerdo a la clasificación del evento, mediante el formato P-ASEA-USIVl-002.

c) Informe de seguimiento del evento, en un plazo máximo de 24 horas una vez controlado el evento.

d) Informe de hechos, en un plazo que no exceda 10 días naturales, contados a partir del evento.

e) Informe de cierre, en un plazo que no mayor a 10 días naturales, una vez controlado el evento.

f) Informe de consolidación mensual dentro de los tiempos establecidos de acuerdo a la clasificación del evento, mediante el formato P-ASEA-USIVl-003.

g) Aviso Inmediato de la emergencia, mediante el formato P-ASEA-USIVl-004.h) Formalización del Aviso de la emergencia, mediante el formato P-ASEA-USIVl-005.

11. El , deberá verificar previo a comenzar la recolección para su transporte, que los residuos peligrosos se encuentren debidamente etiquetados, identificados y, en su caso, envasaci.los y embalados, de acuerdo a su clasificación o división; riesgo secundario; grupo de envase y/o embalaje ONU, y disposiciones especiales de acuerdo a lo que se especifica en las Normas Oficiales Mexicanas, NOM-00 2/ 1-SCT /2 009

Página 9 de 12

tv!elchor Ocarnpo No. 469, Col. 1\!ut:va An1L1res, Deiegac1ón fv1igue! Huja.lgo. C.P. 11590. Ciudad de t\.:iéxico. T el: ( r S 2 5 5) 9126-0 l 00 - www.asea.gob.mx

L� Agencia i'Je1cion3i d� Scguriclao Industrial y de Prot.€.'cc.ion al Medi:J Ambiente del s�ctor Hiclrocaburos tarnbicn uti!iz?. el a.crónirno "ASEA"' y !:is palal1ra:s .. Agenda de Segurid2a, Encrgi<1 y An1bicntc·· como prtru:: de :;u idcnrn1ad institucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 10: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

MEDIO AMIIIENTE

Y RECURSOS NATURALES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD.

,NERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256i2017

y NOM-OS.2-SEMARNAT--2-:00'S, y los artículos 46 fracción IVy-85 fracción I del Reglamento de la LGPGIR.

12. El , deberá tomar en cuenta la incompatibilidad de los residuospeligrosos que transporte en cada una de sus unidades, de conformidad con lascaracterísticas establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-054-SEMARNAT­l 993, NOM-009-SCT2/2009 y NOM-010-SCT2/2009.

13. El deberá contar con personal capacitado para operar lasunidades y equipos de transporte, así como para responder a las emergencias y riesgosasociados a sus operaciones, para lo cual deberá instrumentar el programa anual decapacitación presentado a esta AGENCIA y conservar la evidencia que así lo acredite parafines de inspección.

14. El , deberá instrumentar y actualizar anualmente el plan derespuesta a emergencias presentado a esta AGENCIA, mismo que será específico paralos riesgos asociados al tipo de residuos peligrosos que transporta, y que incluya comomínimo los procedimientos específicos de actuación para cada escenario (fuga, derrame,incendio o explosión), la estructura organizacional para la atención de una emergencia,especificando sus funciones, los equipos e infraestructura disponible para la atención yminimización de las consecuencias de los escenarios de riesgo identificados. Para tal efecto,deberá conservar la evidencia que así lo acredite para fines de inspección.

15. La presente Autorización es personal; en caso de pretender transferirla, el deberá solicitarlo por escrito a esta AGENCIA de conformidad con el artícu I o 64

del Reglamento de la LGPGIR, a efecto de que se determine lo procedente.

16. El , tendrá que dar cumplimiento a los Acuerdos, NormasMexicanas, Normas Oficiales Mexicanas, Lineamientos, Directrices, Manuales, Guías y/oCriterios u otras Disposiciones Administrativas de Carácter General que emita la AGENCIAen materia de transporte de residuos peligrosos que provengan de actividades del SectorHidrocarburos.

c:JJ Página 10 de 12 �

fv1elchor Oca1T1po t-Jo. 469. Col. Nuen /•-.ivu1·es. Ddegación Miguel Hi;jaJgo. C.P. 11590. Ciudad de r+':xico. Tel ( 1 52.55) 9126-0100 - www.asea.gob.mx

L.'.! Agencia Na.cion:al d� Seguridad Industrial y de Protección al Mci:li!..i Ambiente del S12crnr Hidroc�rburos tambi('n utiliz;; el acrónimo ··ASEA" y lrts pii!abras ··Agencia de SegUiidil.d, Encrgi<1 y Ambiente·· como p;Hte de su identidad in5tilucional

Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Dell 15-3558
Nuevo sello
Page 11: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍ,\ DE

MEDIO A,\IBIF.NTE

Y RECURSOS NATURALES

S A AGENCIA DE SEGURIDAD.

:;>ERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de Gestión Industrial Dirección General de Gestión de Transporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

··:e, .; 17. La presente autorización ,Jjeberá actualizarse·'É-uando se incorporen residuos p.eligrosos o ., ., ....unidades y equipos, o por alguna otra modificación de la información establecida en el presente o en la regulación vigente, en cuyo caso, deberá ser notificado a esta Dirección General, mediante el trámite SEMARNA T-07-031 "Modificación a los registros y

autorizaciones en materia de residuos peligrosos" o el que en su oportunidad emita la AGENCIA

SEXTO. La presente Autorización ampara exclusivamente la recolección y transporte de residuos peligrosos provenientes de las actividades del Sector Hidrocarburos y se otorga en cumplimiento a lo establecido en la LGPGIR, su Reglamento y con base én la revisión y evaluación de la información proporcionada por el solicitante, cuyo contenido se presume cierto, salvo que la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la AGENCIA en el ámbito de sus competencias y facultades determine lo contrario.

SÉPTIMO. El incumplimiento a cualquiera de los términos y condicionantes establecidas en la presente Autorización, la ocurrencia de eventos que pongan en peligro la vida humana o que ocasionen daños irreversibles al ambiente y a los bienes particulares o nacionales, podrán ser causas suficientes para la cancelación de la presente Autorización.

OCTAVO. La AGENCIA se reserva el derecho de verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo aquí autorizado, así como de las obligaciones y responsabilidades correspondientes. Las violaciones a los preceptos establecidos serán sujetas a las sanciones establecidas en la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, así como en el Código Penal Federal y demás disposiciones aplicables en la materia.

NOVENO. Contra la presente resolución procede el recurso de revisión previsto en el artículo 116 de la LGPGIR, mismo que podrá presentar dentro del plazo de quince días contados a partir de que surta efectos la notificación del mismo.

DÉCIMO. Archivar el expediente con número de bitácora 09/IGA0170/12/16 como procedimiento administrativo concluido, de conformidad con lo establecido en el artículo S 7 fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

"c,!_ld 2 j0 Pagina 11 e 1

1'vklchcr O�arnpCJ No 4 6 9. Cut. ��uen An;ures. Oelegaci,'m /v1ig1_1el Hi,jalgo. C.P 115 90. Ciudad cie iV1éxic G. Tel. ( 1 5 2 .5 5) 9126-0100 - www.asea.gob.mx

L� Agenc.i3 Nf!cional ík: Seguridad lndustnal y de Prot('.ccian al Media Ambicn(t del Seuor Hidracr:rburos tambi,jn utiliz?. el acrónimc• ··,,sE,-\ .. y 1.1s palabras "Agencia de ScgUiidad. Encrgí¡¡ y Ambiente·· como parte de su identidad inst1tucion.1I

J<

Page 12: SEMARNAT - 104.209.210.233104.209.210.233/gobmx/repositorio/FRACCION_XXVII/A-09-IGA0170-12-16... · previstas en el artículo 5 O fracciones I a IX de la Ley General para la Prevención

SEMARNAT SECRETARÍA DE

,'v\EDIO AMillENTEY RECURSOS NATURALES

ASEA AGENCIA DE SEGURIDAD,

ENERGÍA Y AMBIENTE

Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos

Unidad de.Gestión Industrial Direc ción General de Gestión de Tran sporte y Almacenamiento

Oficio ASEA/UGI/DGGTA/0256/2017

.. ;:,: . DÉCIMO PRIMERO. Notifíque'.se la presente rése}[ución al en su carácter de Propietario, por cualquiera de los medios previstos por el artículo 3 5 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

ATENT ¡ ENTE EL DI RECT. 1 . GENERAL

ING.D Por un uso responsable del papel, las copias de conocimiento de este asunto son remitidas vía electrónica.

C.c.p. lng. Carlos de Regules Ruiz-Funes.- Director Ejecutivo de la ASEA [email protected]. en l. José Luis González González.- Jefe de la Unidad de Supervisión, Inspección y Vigilancia Industrial de la [email protected]. Ulises Cardona Torres.- Jefe de la Unidad de Gestión Industrial de la ASEA. [email protected].

Bitácora: 09/IGAOl?0/12/16Folio: 037321/01/17 Expediente: TR-RP-3 3

ok--� /�/ ALDS

Páginal2 del2

i'vlelchor Ocarnpo No. 4 69. Col. 1'\Jueva AnLures, Dt:legac1ón i\-·liguel Hidalgo. C.P. 115 90. Ciudad ele i'\:iéxico.Tel: ( ! 52.55) 9126-0100 - www.asea.gob.mx

L,1 Agencia N?.cional !..i� Seguridad Industrial y de Prou::cci6n al Medio Ambiente de! S!:ctor Hidroc?.rburos también utiliz?. el acrónimo ''ASEA''y las p,tlabras .. Agencia de Segurid;;.d, Energici y Ambiente·· como pan� de su idcnudad instiwciona!

Dell 15-3558
Nuevo sello