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    Que, el articulo 6 del citado Decreto Supremo N" 019-2009-MINAM establece que elMinisterio del Ambiente, en su calidad de autoridad ambiental nacional, es el organismo rector d elSEIA; asimismo, constituye la autoridad tcnico normativa a nivel nacional y, como tal, dicta lasnormas y establece los procedimientos relacionados con el SEIA, coordina su aplicacin tcnica y esresponsable de su correcto funcionamiento;

    asi lo determine, con la finalidad de contribuir a la

    Que, en ese contexto, se han elaborado los Lineamientos para la Compensacin Ambiental

    Que, de conformidad con el literal f) de su articulo 7 del Decreto Supremo N" 019-2009-MINAM, el Ministerio d el Ambiente es responsable de aprobar normas, guias, directivas y otrosdispositivos legales y tcnicos para orientar el funcionamiento d el SEIA;

    Que, a la fecha los administrados vienen presentando a las autoridades competentes, planesde compensacin ambiental como parte de la Estrategia de Manejo Ambiental de sus Estudios deImpacto Ambiental Detallados; sin embargo, estos se vienen desarrollando sin contar con criterios oguas que permitan uniformidad en su presentacin y faciliten su evaluacin e implementacin;

    para la Compensacin Ambiental en el marco del Ambiental - SEIA, que como Anexo forma parte

    SE RESUELVE:

    Con el visado del Viceministerio de Gestin Ambiental, del Viceministerio de DesarrolloEstratgico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Direccin General deEvaluacin, Valoracin y Financiamiento d el Patrimonio Natural, de la Direccin General de Polticas,Normas e Instrumentos de Gestin Ambiental, y de la Oficina de Asesora Jurdica; y,

    La presente Resolucin y su Anexo sern publicados, aSimismo, en el Portal WebInstitucional del Ministerio del Ambiente.

    De conformidad con la Ley N 28611, Ley General del Ambiente, la Ley N" 27446, Ley del

    Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, modificada por el Decreto Legislativo N"OE..q 1078; el Decreto Legislativo N 1013, que aprueba la Ley de Creacin, Organizacin y Funciones d el~ Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N" 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de

    ~ JU m D lC A ~ la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.

    t ; ; ' ""/Np..~

    Manuel Pulgar-Vi oraMinistro del Ambiente

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    Ministeriodel Ambiente

    LINEAMIENTOS PARA LA COMPENSACiN AMBIENTAL EN ELMARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACiN DE IMPACTO

    AMBIENTAL (SEIA)

    Diciembre 2014

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    Lineamien tos pa ra l a Compensacin Ambien tal en e l marco de lS is t ema Nac ional de Eva luac in de Impac to Ambien tal - SEIA

    definiciones, sustento normativo, mbito de aplicacin, pnnclplos y criterios, as como la

    estructura minima que se debe considerar para la elaboracin de los Planes de Compensacin Ambiental en el marco del SEtA.

    Definir la formulacin y elaboracin del Plan de Compensacin Ambiental de los Estudios deImpacto Ambiental detallados (EIA-d), en los casos que sea aplicable, en el marco del SistemaNacional de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA), creado mediante Ley N" 27746 Y sus

    normas modificatorias y reglamentarias.

    Los presentes lineamientos son aplicables a los proyectos de inversin pblica, privada o decapital mixto, sujetos al SEIA, que se clasifiquen en la Categoria 1 1 1 (EIA-d). Es decir, aquellosproyectos cuyas caractersticas, envergadura y/o localizacin pueden producir impactosambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente; en los casos quecorresponda la presentacin de un Plan de Compensacin Ambiental.

    Los lineamientos no se aplican a los planes de mitigacin o a cualquier otra forma decompensacin social o econmica, ni a las medidas u obligaciones de los planes de cierre yotros instrumentos de gestin ambiental comprendidos en el SEIA; de tal manera que semantenga la relacin de complementariedad entre los diferentes planes que forman parte de

    los estudios ambientales.

    Las medidas de compensacin ambiental se aplican en forma adicional y sin pe~uicio de lasmedidas de rehabilitacin in si/u, que puedan contener otros planes del EIA-d.

    En el Grfico N 1 se presenta la Clasificacin de los Proyectos de Inversin, segn lodispuesto en el articulo 8 de la Ley del SElA, Ley N 27446, Y el artculo 36 de suReglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N 019-2009-MINAM.

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    Lineamien tos para l a Compensac in Ambien tal en el marco de lS is t ema Nac iona l de Evaluac in de Impacto Ambiental - SEIA

    Grfico N 1.

    Ambito de aplicacin de los Lineamientos de Compensacin Ambiental

    (fllslfk.cI6n de Proyectos (SE 'A)

    SignificativosL e v e s Moderados

    La compensacin ambiental en el Per se rige por el siguiente marco normativo:

    Dcimo Novena Poltica de Estado, sobre Desarrollo Sostenible y Gestin Ambiental. Ley W 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental y su

    modificatoria aprobada por Decreto Legislativo W 1078. Ley W 28611, Ley General del Ambiente.

    Decreto Legislativo W 1013, Ley de Creacin, Organizacin y Funciones del Ministeriodel Ambiente.

    Decreto Supremo W 012-2009-MINAM, que aprueba la Politica Nacional del Ambiente. Ejes Estratgicos de la Gestin Ambiental aprobados por el Consejo de Ministros en su

    sesin del 10 de octubre del 2012, propuestos por la Comisin Multisectorial creadamediante Resolucin Suprema N 189-2012-PCM.

    Resolucin Ministerial N 026-2013-MINAM, que aprueba la Agenda Nacional de Accin Ambiental- AgendAmbiente 2013-2014.

    Decreto Supremo W 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental.

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    Lineamien tos pa ra l a Compensac in Ambien tal en e l marco de lS is t ema Nac iona l de Eva luacin de Impacto Ambien ta l- SEIA

    IS.DEFINICIONE

    Para la aplicacin de los presentes lineamientos, se consideran las siguientes definiciones:

    a. Compensacin AmbientalMedidas y acciones generadoras de beneficios ambientales proporcionales a los daos operjuicios ambientales causados por el desarrollo de los proyectos; siempre que no sepuedan adoptar medidas de prevencin, correccin, mitigacin, recuperacin y

    restauracin eficaces.

    b. Conectividad EcolgicaEs la capacidad de conexin entre ecosistemas similares en un paisaje fragmentado.Esta conexin se realiza mediante corredores ecolgicos.

    c. EcosistemasEs el sistema natural de organismos vivos que interactan entre si y con su entornofisico, como unidad ecolgica. Los ecosistemas son la fuente de los servicios

    ecosistmicos.Tambin es considerado como ecosistema generador de dichos servicios, aqul

    recuperado o establecido por intervencin humana.

    d. Funcionalidad del ecosistema

    Es el proceso dinmico e interrelacionado entre las comunidades ecolgicas, su espacioy el hombre, en el que se vinculan sus diferentes componentes, ciclos y flujos de materia,energa e informacin, en un contexto de paisaje, para garantizar la integridad delecosistema. Este proceso incluye la estabilidad y capacidad de evolucin del ecosistema,as como su capacidad de generar servicios ecosistmicos.

    e. Impacto ambiental negativo no evitableEs aquel impacto ambiental residual de un proyecto o actividad que no ha podido ser prevenido, minimizado ni rehabilitado, conforme a la debida aplicacin dei principio de

    jerarqua de mitigacin.

    f. Impacto ambiental negativo significativoSon aquellos impactos o alteraciones ambientales que se producen en uno, varios o en latotaiidad de los factores que componen el ambiente, como resultado de la ejecucin deproyectos o actividades con caractersticas, envergadura o localizacin con ciertasparticularidades. La identificacin y valoracin de estos impactos ambientales negativosrequieren de una anlisis cualitativo y cuantitativo profundo, as como una Estrategia deManejo Ambiental que incluya medidas preventivas, correctivas, de mitigacin,

    rehabilitacin y compensatorias.

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    Lineamientos para la Compensacin Ambiental en el marco delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental- SE lA

    PcijlNGIPcIQS

    Los titulares de los proyectos se rigen, en lo que sea aplicable, por los principios regulados enla Ley W 28611, Ley General del Ambiente, asi como en el Reglamento de la Ley W 27446,Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto SupremoW 019-2009-MINAM. Adicionalmente, son aplicables los siguientes principios:

    6.1 Adhesin a la Jerarqua de Mitigacin

    El titular del proyecto debe respetar la adopcin secuencial de las siguientes medidas:

    a. Medidas de prevencin: medidas dirigidas a evitar o prevenir los impactos ambientales

    negativos de un proyecto.

    b. Medidas de minimizacin: medidas dirigidas a reducir, mitigar o corregir la duracin,intensidad y/o grado de los impactos ambientales negativos que no pueden ser prevenidos o evitados.

    c. Medidas de rehabilitacin: medidas dirigidas a recuperar uno o varios eiementos ofunciones del ecosistema que fueron alterados, por las actividades del proyecto y, que nopueden ser prevenidos ni minimizados.

    d. Medidas de compensacin: medidas dirigidas a mantener la biodiversidad y lafuncionalidad de los ecosistemas perdidos o afectados por los impactos ambientalesnegativos residuales no evitables, en un rea ecolgicamente equivalente a la impactada.

    6.2 Prdida neta cero de biodiversidad y funcionalidad de los ecosistemas

    Se entiende como el baiance neto positivo entre el impacto ambiental de un proyecto, sobre labiodiversidad y la funcionalidad del ecosistema, y el resultado razonablemente esperado de laaplicacin de las medidas contempladas en la Jerarquia de Mitigacin. En ese sentido, elobjetivo de la aplicacin de las medidas de compensacin ambiental es alcanzar prdida netacero de biodiversidad y funcionalidad de los ecosistemas; y, de ser posible, lograr una ganancianeta. Para elio, es importante que las medidas de compensacin ambientai sean diseadas eimplementadas para alcanzar resultados medibles en aspectos cualitativos y cuantitativos deconservacin in situ.

    En ei Grfico N 2 se presenta la relacin que existe entre los niveles de medidas que seaplican en ia Jerarqua de Mitigacin, respecto a los planes contenidos en la Estrategia deManejo Ambiental, que debe contener el Estudo de Impacto Ambiental de un proyecto deinversin, en el marco del SEIA.

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    Lineamien tos pa ra l a Compensac in Ambien tal en e l marco de lS is t ema Nac iona l de Evaluac in de Impac to Ambien tal - SEIA

    Grfico N 2.

    6.3 Adicionalidad

    MINIMIZAR.

    I Plan d~M."~toArnbl ~ntal _1I Plan -de COntlnSendMI Plln-deVlalllnda Amblenta'_l

    , P~~c~l ado nes_ COmunItarias..-..

    l . Plln"de Abandono-o ~rre__ 1

    Las medidas de compensaclon ambiental permiten alcanzar beneficios adicionalesdemostrables, en el estado de conservacin de la biodiversidad y de la funcionalidad de 105

    ecosistemas, que de otra forma no podrian lograrse.

    6.4 Equivalencia ecolgica

    Las reas donde se aplican las medidas de compensacin ambiental deben ser ecosistemasnaturales que mantengan biodiversidad y potencial de valores o atributos ecolgicos, similares,a 105 de aquellas reas que han sido impactadas por el proyecto. Las reas donde seimplementa la compensacin ambiental deben considerar el contexto del paisaje y el rango devariacin de sus elementos, para asegurar su viabilidad ecolgica y sostenibilidad.

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    Lineamientos para la Compensacin Ambiental en el marco delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental- SEIA

    6.5 Sostenibilidad de la compensacin ambiental

    La compensacin ambiental requiere que el titular del proyecto disee las medidas decompensacin con enfoque ecosistmico y de manejo adaptativo, y cuente con las garantasnecesarias a fin de que se mantengan los beneficios generados por los ecosistemas,considerando el tiempo que requieren las actividades de cierre y post cierre del proyecto.

    El titular del proyecto con la obligacin de presentar un Plan de Compensacin Ambiental, debeformularlo tomando en consideracin los siguientes criterios:

    7.1 Determinacin del rea impactada

    Para determinar las caracteristicas del rea impactada se deben tener en cuenta: lascaracteristicas fisicas y biolgicas del rea, de los hbitats, la biodversidad y la funcionalidadde ios ecosistemas; los cuales debern ser debidamente identificados y caracterizados durantela elaboracin de la lnea de base del Estudio de Impacto Ambiental detallado del proyecto.

    7.2 Caracterstcas de las reas para la compensacin ambiental

    Las reas que sern destinadas para la compensacin ambiental, sern aquellas donde loscomponentes, los procesos y los valores o atributos ecolgicos de la biodiversidad y lafuncionalidad de los ecosistemas, sean equivalentes o similares a los del rea antes de ser impactada por el proyecto.

    7.3 Seleccin de las reas para la compensacin ambiental

    La seleccin de las reas para la compensacin ambiental se realizar aplicando, de maneraconcurrente y/o complementaria, los siguientes criterios:

    a. Sean cercanas al rea de influencia del proyecto.

    b. Estn sometidas a presiones o amenazas de prdida o degradacin de la biodiversidad yfuncionalidad de los ecosistemas.

    c. Permitan conectividad que evite o reduzca fragmentacin y propicie la conservacin deespecies.

    d. Cuenten con potenciai para asegurar ganancias de conservacin.

    e. Cuenten con potencial de obtencin de beneficios ambientaies para la poblacin local.

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    Uneamientos para la Compensacin Ambiental en el marco delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental- SEIA

    Mejoramiento del estado de conservacin de ecosistemas, a travs de la creacin

    de corredores biolgicos. Propuesta de creacin y/o ampliacin de reas de conservacin privada;implementacin de acciones de manejo requeridas para lograr resultadosespecficos priorizados en los planes maestros de las reas naturales protegidas deadministracin nacional y reas de conservacin regional, asi como otrasmodalidades de conservacin de la diversidad biolgica, en coordinacin con lasautoridades correspondientes.

    Prevencin y proteccin de la biodiversidad y la funcionalidad de los ecosistemasfrente a amenazas e impactos, a travs de acuerdos de conservacin u otrosmecanismos afines.

    Conservacin y manejo del rgimen hidrico en zonas con alteracin del caudal deagua, humedales y los componentes del sistema hidrolgico.

    Proteccin de las cabeceras de cuenca y del caudal ecolgico. Otras opciones que cumplan con los principios y objetivos de la compensacin

    ambiental establecidos en los presentes lineamientos.

    En ese sentido, la adicionalidad se cumple al evitar la degradacin o prdida debiodiversidad y de la funcionalidad de los ecosistemas que se encuentran bajo amenazay/o bajo presin.

    b. Medidas de Restauracin: acciones que tienen como objetivo restituir la biodiversidad

    y la funcionalidad de los ecosistemas que se encuentran en proceso de degradacin odegradadas.

    La recuperacin o mejoramiento de la funcionalidad y su diversidad en ecosistemas enproceso de degradacin se alcanza a travs de:

    Restauracin de hbitats a travs de obras de ingeniera en reas equivalentes. Restauracin de hbitats a travs de la reforestacin, manejo de bosques incluyendo

    la promocin de especies nativas, agroforestera, entre otras acciones, en ecosistemasforestales en proceso de degradacin.

    Restauracin de la biodiversidad a travs de programas de reposicin y manejo de lasespecies claves de flora y fauna impactadas.

    Creacin de corredores biolgicos para aumentar la conectividad de hbitats. Identificacin y rehabilitacin de las variables clave para la restauracin de la

    funcionalidad del ecosistema y reconstruir sus procesos clave. Recuperacin o mejoramiento de los servcios ecosistmicos en ecosistemas en

    proceso de degradacin. Recuperacin o mejoramiento del rgimen hdrico en ecosistemas con alteraciones del

    caudal del agua, humedales y los componentes del sistema hidrolgico.

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    );. otras opciones que cumplan con los principios y objetivos de la compensacin

    ambiental establecidos en los presentes lineamientos.

    La adicionalidad se cumple al haber logrado el buen estado de conservacin de labiodiversidad y la funcionalidad de los ecosistemas que se encontraban en proceso de

    degradacin o degradados.

    8.4 Inicio y trmino del Plan de Compensacin Ambiental

    La implementacin del Plan de Compensacin Ambiental se inicia, a ms tardar, con elinicio de operaciones del proyecto y culmina en el momento que el titular demuestre, antela autoridad ambiental competente, el logro de los objetivos medibles del Plan de

    Compensacin Ambiental aprobado.

    El Plan de Compensacin Ambiental, debe consignar como minimo para su elaboracin, la

    siguiente informacin:

    a. Objetivos del Plan de Compensacin Ambiental.

    b. Descripcin y evaluacin de los impactos ambientales no evitables en el rea de

    influencia del proyecto

    c. Estimacin de la prdida de valor del rea impactada (por impactos no evitables).

    d. Seleccin, caracterizacin y tamao del rea y de sus componentes para aplicar las

    medidas de compensacin ambiental.

    e. Estrategia y garantias de obtencin de ttulos habilitantes, servidumbres de las reasdonde se realizar la compensacin ambiental. incluyendo el registro catastral.

    f. Conjunto de medidas, plazos y recursos para la restauracin y/o conservacin, a fin dealcanzar las ganancias netas para el logro de la prdida neta cero de biodiversidad yfuncionalidad de los ecosistemas en las reas seleccionadas en aplicacin del principiode adhesin a la jerarqua de la mitigacin, debiendo detallar lo siguiente:

    Sustento de las medidas propuestas, en funcin de los principios de lacompensacin ambiental, sealados en los presentes lineamientos.

    Actividades de restauracin. Actividades de conservacin.

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    Lineamien tos pa ra l a Compensac in Ambien ta l en el marco delS is t ema Nac iona l de Eva luacin de Impac to Ambiental - SEIA

    a. Evaluacin, revisin y aprobacin del Plan de Compensacin Ambiental.

    b. Supervisin y fiscalizacin ambiental de los Planes de Compensacin Ambiental.

    c. Otros que resulten necesarios.

    11.1 Autoridad Competente

    Las autoridades competentes en materia de fiscalizacin ambiental son responsables deefectuar la supervisin, y fiscalizacin ambiental relacionadas con el cumplimiento del Plan de

    Compensacin Ambiental aprobado, en aplicacin del articulo 77 del Reglamento de la Ley delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N"019-2009-MINAM, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Evaluacin yFiscalizacin Ambiental - SINEFA. Son a su vez responsables de definir incentivos orientadosa promover y reconocer conductas de cumplimiento del Plan de Compensacin Ambiental.

    11.2 Actualizacin del Plan de Compensacin Ambiental

    De conformidad con lo establecido en el articulo 78 del Reglamento de la Ley del SistemaNacional de Evaluacin de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N" 019-2009-MINAM, como resultado de las acciones de fiscalizacin ambiental, las autoridades sealadasen el numeral 11.1 precedente, podrn requerir al titular la adopcin de medidas correctivas yotro tipo de medidas complementarias para el cumplimiento de los principios y objetivos de lacompensacin ambiental establecidos en los presentes lineamientos. Sin perjuicio de ello,podr requerir la actualizacin del Plan de Compensacin Ambiental, contenido en la Estrategia Ambiental del EIA aprobado, a la autoridad ambiental competente de la certificacin ambiental.

    En tanto se cumplan las condiciones sealadas en el numeral 10.1 de los presenteslineamientos, el Ministerio del Ambiente impulsar la adopcin voluntaria de los mismos, atravs de acciones de promocin, capacitacin, asistencia tcnica y otras destinadas a motivar su aplicacin inmediata. Para ello, promover la ejecucin de estudios piloto que de maneravoluntaria apliquen los presentes lineamientos para lo cual desarrollar todas las accionesdestinadas a motivar su adopcin.

    Adicionalmente, los presentes lineamientos podrn ser aplicables a los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados (EIA-sd), en el marco del Sistema Nacional de Evaluacin deImpacto Ambiental, cuando corresponda.

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    Lineamientos para la Compensacin Ambiental en el marco delSistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental- SE lA

    Sistema de monitoreo y evaluacin de resultados, basado en indicadores medibles:

    proceso, gestin, resultados e impacto, segn corresponda. En este ltimo caso,precisar indicadores de ganancias en biodiversidad y funcionalidad de ecosistemas.

    Cronograma de implementacin del Plan de Compensacin Ambiental. Anlisis de riesgos e incertidumbres. Arreglos institucionales para la implementacin del Plan de Compensacin

    Ambiental.

    g. Proyeccin del estado y valor del rea sujeta a medidas de compensacin, despus deaplicado el Plan de Compensacin Ambiental.

    h. Resultados esperados medibles respecto de la estimacin de la prdida neta cero debiodiversidad y de la funcionalidad del ecosistema.

    i. Presupuesto del Plan de Compensacin Ambiental, que incluya los costos y recursosnecesarios para asegurar su adecuada implementacin y cumplimiento de objetivos.

    j. Cronograma de ejecucin de las medidas que contiene el Plan de CompensacinAmbiental.

    t!O,'INSTRUMENTOS.CP.LEMENIARIOSre~~' 1:A'.COMp'ENSACfII!AMBIENrAL~

    10.1 El Ministerio del Ambiente, en su condicin de ente rector del SEIA, aprobar lassiguientes guas:

    a. Guia Metodolgica y mtricas para la caracterizacin y valoracin cualitativa ycuantitativa de los impactos ambientales netos no evitables sobre la biodiversidad yfuncionalidad de los ecosistemas, como parte de los EIA-d.

    b. Guia para el diseo e implementacin de la compensacin ambiental, incluyendo elcriterio de equivalente ecolgico o mejor y las mtricas para determinar prdidas yganancias para la compensacin ambiental, en las reas donde se ejecutar el Plan

    de Compensacin Ambiental.

    En consecuencia, la aplicacin de los lineamientos, resultar exigible una vez aprobadas lasGuias referidas en los literales a. y b. precedentes.

    10.2 Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio del Ambiente se encuentra facultado paraaprobar criterios y procedimientos de aplicacin facultativa, que coadyuven a lasautoridades competentes a la mejor aplicacin de los lineamientos:

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    Lineamientos para l a Compensac in Ambien tal en el marco de lS is t ema Nac iona l de Evaluac in de Impac to Ambien tal - SEIA

    ~f>IJGACION,DELIfCQNTENIDO MNIMP,CELi f>L!AN'DECOMf>EIiI~-ACl1