resumen historia seguridad social en colombia

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Resumen Historia Seguridad Social en Colombia

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Etapas de la Seguridad Social en Colombia1. PERIODO DE DISPERSIN (Desde el nacimiento de la Repblica hasta 1945) En esta etapa se crearon diferentes beneficios propios de la seguridad social, sin la existencia de un sistema ni una planificacin establecida, limitndose simplemente a la dispersin de algunas prestaciones. Este periodo se caracteriz entre otras cosas por las siguientes circunstancias e innovaciones: Se caracteriz por la ausencia de intervencin estatal en un primer momento, por lo que predominaron los beneficios asistenciales derivados de prcticas mutuales de los militares, artesanos y organizaciones obreras. Se presentaron mecanismos de asistencia privada dirigidas a satisfacer necesidades de salud a travs de JUNTAS DE SOCORRO, ocupando un lugar especial en este trabajo la iglesia Catlica. No obstante lo anterior, se presentaron algunas obras de asistencia pblica promovidas por el General Rafael Uribe Uribe, las cuales tendieron a eliminar la caridad, para reemplazarla por acciones legtimas del Estado tendientes a cumplir con su deber de asistencia social. Ello llev a la reforma constitucional de 1936 en la cual se dispuso la asistencia pblica es funcin del Estado. Se prestar a quienes, careciendo de medios de subsistencia o de derecho para exigirla de otras personas, estn fsicamente incapacitados para trabajar. Por otra parte, se observaron mecanismos de mutualismo en los cuales los militares, los artesanos y los movimientos obreros propendieron por una colaboracin mutua mediante la implementacin de montepos militares, cooperativas de produccin y consumo, y las cajas comunales de ahorro. Los primeros beneficios normativos se otorgaron para el sector oficial, en un primer momento para el estamento militar y posteriormente para las personas civiles oficiales. Fue as como a travs de los decretos de 1821 y 1823 se otorgaron beneficios a viudas, hurfanos y padres de militares cados en combate y pensiones vitalicias a favor del libertador. Adems, los militares contaron con la primera institucin de seguridad social en Colombia denominada Caja de sueldos de Retiro de la Fuerza Militares Por su parte, el personal civil recibi jubilaciones que dependan de requisitos de tiempo, ticos y polticos. Tambin resulta importante resaltar que en esta etapa se protegi el gremio de los educadores, quienes a travs de la Ley 50 de 1986 obtuvieron la pensin de Gracia que exista a favor de los militares. Igualmente los civiles contaron con la creacin de un sistema de Previsin Social para las comunicaciones aplicado a trabajadores de las ramas postal y telegrfica. En bsqueda de la participacin del Estado, se aprueban leyes aisladas sobre pensiones, maternidad, sindicatos, riesgos profesionales, pagos de salarios durante la incapacidad, enfermos de lepra, trabajadores petroleros y de la construccin, seguro de vida, entre otros temas. Avances que se logran gracias a la combinacin de intervencionismo estatal humanitario y los frutos de las primeras reclamaciones obreras. De esta manera se observa que los beneficios en esta poca se otorgaron de manera parcial y restrictiva, privilegindose ciertos sectores y gremios de la economa y de la industria. Por ltimo, en este periodo a partir del ao 1928 se procur armonizar los beneficios sociales y crear instituciones de seguros sociales tomando el modelo alemn, tales como la Caja de Previsin Social de RIOCAJA, surgida de la negociacin colectiva de Fedenal. 2. PERIODO DE ORGANIZACIN DEL SISTEMA (De 1945 hasta 1967) En esta poca se establece una legislacin general y relativamente uniforme para las relaciones laborales del sector pblico y privado, establecindose beneficios de seguridad social como prestaciones sociales a cargo del empleador. Se expidi el Decreto Ley 2350 de 1944 , acogido posteriormente como legislacin permanente a travs de la Ley 6 de 1945, en los cuales se estableci que los beneficios de seguridad social quedaban a cargo del empleador a ttulo de prestaciones sociales, razn por la cual se evidencia una diferencia entre los trabajadores pblicos y privados. En el sector privado se establecen las prestaciones en cabeza de los empleadores de manera transitoria, hasta tanto se creara una entidad estatal de seguridad social. As, el artculo 12 de la Ley 6 de 1945 estableci mientras se organiza el Seguro Social Obligatorio, correspondern al patrono las siguientes indemnizaciones o prestaciones para con sus trabajadores... Ello fue reafirmado por el Cdigo Sustantivo de Trabajo cuando dispuso que las prestaciones sociales dejarn de estar a cargo de los patronos cuando el riesgo de ellas sea asumido por el Instituto Colombiano de los Seguros Sociales, de acuerdo con la ley y dentro de los reglamentos que dicte el mismo estatuto En el Sector pblico se fund la Caja Nacional de Previsin como entidad encargada del pago de prestaciones sociales, la cual contaba con personera jurdica autnoma, cuya administracin estaba en manos de la Junta Directiva, integrada por representantes del gobierno, de los empleadores y de los obreros. Esta entidad contaba con apoyo financiero de la Nacin, quien a su vez garantizara todas las obligaciones de la Caja. De la misma manera se autoriz la creacin de otras cajas a nivel territorial, por sectores econmicos y hasta por entidades, lo cual gener posteriores inconvenientes en el sistema. Sin embargo, hacia los aos sesenta y setenta se empez a vislumbrar la crisis de estas entidades, conforme a estudios tcnicos y anlisis oficiales de la poca. En este periodo se crea el Instituto de Seguros Sociales mediante la Ley 90 de 1946, eligindose el modelo alemn en el cual se protega exclusivamente a los asalariados debido a que se crea que la economa capitalista terminara sometiendo a toda la poblacin al rgimen salarial. La fundacin de esta institucin recibi apoyo de las diferentes fuerzas sociales (estado, empleadores y trabajadores), por lo cual el Instituto de Seguros Sociales nace como una entidad autnoma de derecho social, con personera jurdica, patrimonio propio distinto de los bienes del Estado e independiente del mismo, motivo por el que se seal que se encontrara bajo la vigilancia y control de la Superintendencia Bancaria. En este primer momento el Instituto Colombiano de Seguros Sociales slo tena a su cargo prestaciones asistenciales de salud, quedando postergada la asuncin de prestaciones econmicas, lo cual se vea cada vez ms lejano tomando en cuenta las serias dificultades en su desarrollo, derivadas principalmente del dficit hospitalario, las controversias surgidas con el personal mdico y el constante agobio presupuestal del Instituto. Sin embargo, con los Decretos 3169 y 3170 de 1964 se logr poner en marcha el seguro de Riesgos Profesionales, el cual tuvo en general resultados positivos. Por otra parte, la Ley 90 de 1946 seal dentro de las funciones del ICSS la de organizar las cajas de compensacin destinadas a atender a los subsidios familiares que algunos patronos decidieran asumir en beneficio de los afiliados obligatorios. As las cosas, surgen las Cajas de Compensacin Familiar como un beneficio para los trabajadores y sus familias y adems como un alivio para los empleadores quienes podan canalizar algunos pagos de manera que no tuvieran incidencia salarial ni prestacional. En este sentido se expiden los Decreto 118, 249 y 1521 de 1957. Mediante Decreto 118 de 1957 se cre el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) el cual est estrechamente vinculado a la Seguridad Social y busca capacitar a los trabajadores y tecnificar a los aprendices de acuerdo con las Recomendaciones de la Organizacin Internacional del Trabajo. Con la Ley 171 de 1971 se cre la Pensin Sancin como mecanismo ideado por el congreso para evitar que los trabajadores del sector privado fueran despedidos injustamente antes de cumplir los requisitos de la pensin patronal de jubilacin que se causaba con 20 aos de servicios exclusivos al mismo empleador, toda vez que no haba entrado en vigencia el sistema pensional del seguro social

3. PERIODO DE EXPANSIN (Desde 1967 hasta 1977) Esta etapa se caracteriza por la ampliacin de los beneficios del sistema de seguridad social, as como la expansin geogrfica de su cobertura. Es tambin la etapa que marca el prembulo de la crisis del sistema de seguridad social que se evidenciar en el siguiente perodo En esta etapa se pone en marcha el seguro de invalidez, vejez y muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales, pues hasta antes del 1 de enero de 1967 el Instituto slo cubra los riesgos de enfermedad y maternidad (EGM) y de Riesgos Profesionales (ATEP). A partir de la ampliacin de la cobertura surgen nuevos problemas econmicos para el Seguro Social, originados en el dficit de los aportes realizados por el Estado, en la falta de transparencia en el manejo de los seguros econmicos y en la politizacin de la administracin de la entidad. Se genera una ampliacin geogrfica de la cobertura del Sistema, con la creacin del Seguro Social Campesino que otorga prestaciones a la poblacin del sector rural. Igualmente se ampla la cobertura con la creacin del Seguro Mdico Familiar. En esta etapa se fortalecen los servicios prestados por las Cajas de Compensacin Familiar, las cuales amplan su campo de accin. Se da un importante esfuerzo por unificar normativamente el sistema prestacional oficial, con los Decretos Ley 3135 de 1968 y 3130 del mismo. En esta etapa se empieza a evidenciar la crisis financiera de la seguridad social en el sector oficial y se buscan soluciones econmicas mediante la Ley 4 de 1966 y el Decreto 435 de 1971, las cuales evidentemente no fueron suficientes. Se da el primer esfuerzo para integrar los deberes asistenciales del Estado con el Sistema de Seguridad Social, por lo que se crea el Sistema Nacional de Salud, el cual no logr una integracin adecuada, pero mejor notablemente la atencin de salud de la poblacin. Por ltimo es importante resaltar que en este periodo se busc proteger al pensionado y su familia, mediante la expedicin de normas tendientes a mejorar su situacin. (Ley 10 de 1972, Ley 33 de 1973, Ley 12 de 1975 y Ley 4 de 1976). 4. PERIODO DE CAMBIOS Y CRISIS (Desde 1977 hasta 1990) Es un periodo en el que se introducen cambios de importancia en el sistema de seguridad social, pero es tambin un periodo donde los estudios econmicos y sociales sealan la magnitud de la crisis del sistema y se proponen los diversos mecanismos estructurales de solucin Este perodo inicia con la expedicin de la Ley 12 de 1977 que otorg al Presidente la facultad de reorganizar el rgimen de Seguros Sociales, lo cual realiz mediante el Decreto Ley 1650 del mismo ao, en el cual cambi la denominacin del Instituto Colombiano de Seguros sociales a Instituto de Seguros Sociales y formul la separacin entre seguros asistenciales y seguros econmicos. En esta etapa se pone fin a los enfrentamientos con el sindicato de trabajadores de los funcionarios del ISS, pues el Decreto 1651 de 1977 cre una nueva categora de trabajadores denominada funcionarios de seguridad social, los cuales tenan derecho a la negociacin colectiva. Esta etapa cont con importantes diagnsticos sobre la situacin del sistema, destacndose entre ellos el INFORME CHENERY que destac entre otras problemas que el sistema era disperso y protega de manera incompleta los riesgos sociales, tena muy baja cobertura y mltiples inequidades internas y adoleca de problemas financieros. 5. PERIODO DE REFORMAS ESTRUCTURALES (Desde 1990) De esta manera se ha denominado el proceso iniciado en el pas hacia 1990, cuya magnitud definitiva es todava impredecible... en el que convergen cambios radicales en la estructura econmica e institucional del pas, que determinaron la creacin de un nuevo modelo de seguridad social Este perodo estuvo caracterizado por un ambiente de reformas polticas y procesos de globalizacin de la economa con indiscutible predominio del sistema capitalista sobre el socialismo derrocado. Esta etapa est claramente influenciada por la Constitucin Poltica de 1991, con la cual se supera el modelo asistencial de proteccin social al definir la seguridad social como un derecho y un servicio pblico sujeto a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Igualmente estableci que el Estado tiene la direccin, coordinacin y control del sistema; y que la prestacin de los servicios est a cargo de instituciones pblicas o privadas. En desarrollo de la nueva constitucin se inician reformas dirigidas a una racionalizacin del tamao del Estado, suprimiendo y reestructurando entidades. As, se transform la naturaleza jurdica del ISS, convirtindose en una Empresa Industrial y Comercial del Estado y variando consecuentemente la calidad de sus trabajadores. En desarrollo de lo preceptuado por la Constitucin Poltica de 1990, la Ley 100 de 1993 conform el Sistema Integral de Seguridad Social por los sistemas de Pensiones, Salud, Riesgos profesionales y Servicios Sociales Complementarios; sin incluir en l las asignaciones familiares o de subsidio familiar. Las principales caractersticas de este sistema son: Tiene como objetivos garantizar las prestaciones econmicas y de salud de los afiliados. Es dirigido, coordinado y controlado por el Estado. Consagra la posibilidad de gestin pblica y privada, permitiendo la creacin de entidades particulares administradoras del sistema. Conserva la poltica de obligatoriedad de la afiliacin para el reconocimiento de prestaciones, pero otorga la libertad de eleccin de las instituciones, como medio para asegurar la calidad y competencia. Promueve la afiliacin de trabajadores independientes y de otros sectores de la poblacin que anteriormente estaban excluidos. En el sistema de Pensiones estableci un rgimen dual en el cual coexisten el Rgimen solidario de prima media con prestacin definida y el Rgimen de ahorro individual, en el cual los afiliados pueden escoger libremente la entidad. En el Rgimen de Seguridad Social en Salud se cre adems del Rgimen contributivo, un rgimen subsidiado para los sectores de la poblacin marginados. La organizacin del Rgimen de Seguridad Social en Riesgos Profesionales se deleg al Gobierno. Cambios posteriores a la Ley 100 de 1993 En materia de Salud, el Acto Legislativo No. 1 y la Ley 715 de 2001redisearon las transferencias de recursos a las entidades territoriales para la financiacin del rgimen subsidiado de salud, crendose el SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES La Ley 789 de 2002 dispuso crear el Sistema de Proteccin Social como un conjunto de polticas pblicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, especialmente de los ms desprotegidos La Ley 797 de 2003 constituy un fortalecimiento para las cotizaciones y un recorte sistemtico de los derechos para el rgimen de prima media. La Ley 789 de 2002 y la 828 de 2003 buscaron reducir la evasin en materia de afiliacin y cotizaciones. El Acto Legislativo 1 de 2005: Estableci el principio constitucional de la sostenibilidad financiera, asegurndose que en el futuro las Leyes propendan por ella. Igualmente desmont los regmenes pensionales excepcionales (salvo los de fuerza pblica y los de los ex presidentes de la Repblica), fijndoles como fecha de expiracin el 31 de julio de 2010. El acto legislativo prohbe los acuerdos pensionales y las pensiones extralegales. Elimin la mesada pensional de Junio y generaliz el lmite mximo de mesada pensional, estableciendo de esta manera dos deducciones al gasto pensional. Estableci reglas para la revisin de pensiones que se adquieran con abuso del derecho o sin los requisitos legales o convencionales. La ley 1122 de 2007 modifica el Sistema General de Seguridad social en Salud, para obtener una mejor prestacin de los servicios a los usuarios. Se ocupa de reestructurar el rgimen subsidiado, fija nuevas reglas de financiamiento y fortalece la presencia del Estado en la gestin a travs de la red pblica. En cuanto al rgimen contributivo, se introducen limitaciones a la integracin vertical entre administradoras y prestadoras, se aumenta la cotizacin al 12.5% del ingreso base y se fijan reglas de atencin oportuna a los usuarios